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OCTUBRE 2019
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Combo PyME: un beneficio en legalizaciones para abaratar costos y potenciar la economía
Las pequeñas y medianas empresas son el corazón productivo de la Argentina. Más de 850.000 PyME funcionan a lo largo y ancho del país, generando empleos y aportando gran parte del PBI nacional. Pese a ser uno de los actores principales de la economía argentina, están atravesando un momento delicado a tal punto que la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) solicitó declarar la emergencia PyME. Además, la experiencia recogida por nuestra Institución en el contexto actual indica que resulta conveniente facilitar a las pequeñas y medianas empresas el cumplimiento de sus obligaciones y contribuir a la reducción de sus costos.
En este escenario, el Consejo, fuertemente comprometido con la comunidad y con el desarrollo de estas empresas como principal fuente generadora de empleo en el país, decidió lanzar el “Combo PyME” con importantes beneficios a la hora de efectuar legalizaciones.
b) Habiendo legalizado un Estado Contable cuyo cierre opere desde el 01/01/2019, se podrá acceder a la legalización del CM05 o Declaración Jurada de Ingresos Brutos de Contribuyentes Locales (AGIP) del mismo cierre sin cargo (siempre que se realice vía Web).
En concreto, la flamante Resolución 88 de la Mesa Directiva del Consejo establece:
c) Habiendo legalizado un Estado Contable cuyo cierre opere desde el 01/01/2018, se podrá acceder a la legalización de informes precalificatorios para ser presentados a la Dirección General de Empleo, perteneciente a la Subsecretaría de Trabajo del GCBA (siempre que no exceda los 18 meses de la legalización del Estado Contable).
a) Habiendo legalizado un Estado Contable cuyo cierre opere desde el 01/01/2019, se podrá acceder a la legalización del F780 (AFIP) del mismo cierre sin cargo (siempre que se realice vía Web).
Esta medida estará en plena vigencia a partir del 1 de octubre para las PyME registradas como tales, según lo fijado por la Gerencia de Matrículas, Legalizaciones, Control y Servicios a los Profesionales. Un dato a tener en cuenta a la hora de realizar los trámites es que, en todos los casos, se refieren a Estados Contables de ejercicios regulares o irregulares, correspondientes a cierres de estatuto. Vale aclarar, asimismo, que los beneficios del “Combo PyME” tendrán efecto desde la fecha de vigencia; no quedarán incluidas las legalizaciones efectuadas con anterioridad a la misma.