Ecosistema Consumidor Financiero
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“Ecosistema – Consumidor Financiero” • El legislador quiere que el consumidor lea y comprenda bien el significado de las cláusulas. • El consumidor no quiere perder tiempo tratando de leer y comprender las condiciones generales. • El consumidor medio normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz está en condiciones de valor las consecuencias contractuales • La falta de transparencia en las cláusulas predispuestas puede conducir a temas abusivos. • En las relaciones masivas se exige la buena fe objetiva para evitar desequilibrios contractuales.
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“Ecosistema – Consumidor Financiero” • El alcance de la información precontractual busca proporcionar a los consumidores elementos esenciales para la toma de decisiones. • El legislador se ocupa de que el consumidor conozca, consienta y reciba la información de manera oportuna. • Es necesario prohibir la comercialización de los productos financieros a ciertas categorías de consumidores, para reducir la peligrosidad a limites tolerables.
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Eje Central
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Eje Complementario
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“Ecosistema normativo – Consumidor Financiero” • Ley 1266 de 2008: Mediante esta Ley se dictan disposiciones del hábeas data y regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales. • Ley 1328 de 2009: Mediante esta Ley se establece el régimen de protección al Consumidor Financiero. • Ley 1480 de 2011: Mediante esta Ley se expide el Estatuto del Consumidor. • Ley 1555 de 2012: Mediante esta Ley se permite a los consumidores financieros el pago anticipado en las operaciones de crédito. • Ley 1581 de 2012: Mediante esta Ley se dictan las disposiciones generales para la protección de datos personales. • Ley 1735 de 2014: Mediante esta Ley se dictan medidas para promover el acceso a los servicios financieros transaccionales. • Ley 1748 de 2014: Mediante esta Ley se establece la obligación de brindar información transparente a los consumidores financieros. • Ley 1777 de 2016: Mediante esta Ley se regulan las cuentas abandonadas y se les asigna un uso eficiente a estos recursos. • Ley 1793 de 2016: Mediante esta Ley se dictan normas en materia de costos de los servicios financieros. • Ley 2009 de 2019: Mediante esta Ley se incluye sin costo adicional un paquete de productos y/o servicios financieros por el pago de la cuota de manejo de las tarjetas débito y crédito. • Ley 2157 de 2021 (Ley Borrón y Cuenta Nueva): Mediante esta Ley se dictan disposiciones generales de Hábeas Data con relación a la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países. • Ley 2300 de 2023 (Ley Dejen de Fregar): Mediante esta Ley se establecen medidas que protegen el derecho a la intimidad de los consumidores. u s t a r i z a b o g a d o s . c o m
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“Ecosistema normativo – Consumidor Financiero” • Decreto 1854 de 2015: Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con el Valor Total Unificado (VTU) de operaciones activas y pasivas realizadas por entidades financieras. • Decreto 2071 de 2015: Mediante este Decreto se modifica lo referente al régimen de protección del consumidor financiero del sistema general de pensiones. • Decreto 222 de 2020: Mediante este Decreto se modifica lo relacionado a los corresponsales, cuentas de ahorro electrónicas, depósitos electrónicos y crédito de bajo monto. • Decreto 1234 de 2020: Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera. • Decreto 1393 de 2020: Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y cesantía, las entidades aseguradoras y sociedades de capitalización. • Decreto 1398 de 2020: Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con las condiciones de operación de la renta vitalicia inmobiliaria. • Decreto 1692 de 2020: Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con los sistemas de pago de bajo valor para contar con un sistema de pagos moderno que facilite la inclusión financiera.
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“Ecosistema normativo – Consumidor Financiero” • Circular Externa 003 de 2020: Mediante esta Circular Externa se imparten instrucciones relacionadas con la divulgación a los consumidores financieros del paquete mínimo de productos y/o servicios sin costo adicional. • Circular Externa 014 de 2020: Mediante esta Circular Externa se imparten instrucciones relacionadas con los elementos mínimos de modificaciones a las condiciones de los créditos e información básica para la decisión informada de los consumidores financieros. • Circular Externa 023 de 2021: Mediante esta Circular Externa se imparten instrucciones relacionadas con la implementación del desarrollo tecnológico Smartsupervision y el Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC). • Circular Externa 013 de 2022: Mediante esta Circular Externa se imparten instrucciones para fortalecer y consolidar la figura del Defensor del Consumidor Financiero. • CONPES 4005 de 2020: Mediante este documento se recomendó a la SFC elevar a estándares internacionales los programas de supervisión de riesgo de conducta del sistema financiero para mejorar la protección al consumidor financiero. • Proyecto de Ley 223/2022 Cámara: Esta iniciativa legislativa busca establecer medidas para proteger al consumidor financiero frente a los delitos en contra de la información y de los datos en el sector financiero.
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Ley 1266 de 2008 • Ley 1266 de 2008: Mediante esta Ley se dictan disposiciones del hábeas data y regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales (información financiera, crediticia, comercial y de servicios).
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Ley 1328 de 2009 • Mediante esta Ley se establece el régimen de protección al Consumidor Financiero. • Define el concepto de consumidor financiero. • Se indican los derechos de los consumidores financieros. • Establece obligaciones especiales para las entidades vigiladas. • Establece la obligación a las entidades vigiladas para implementar el SAC. • Señala prácticas y cláusulas abusivas. • Introduce la figura del consumidor financiero.
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Ley 1480 de 2011 • Mediante esta Ley se expide el Estatuto del Consumidor. • Señala las obligaciones de los productores con respecto a la calidad, idoneidad y seguridad de los productos. • Establece el concepto de las garantías legales y sus características. • Indica la responsabilidad del productor o expendedor por productos defectuosos. • La Ley señala que los contratos serán interpretados de la manera más favorable al consumidor. • Se enlista las cláusulas que se entienden como abusivas. • Regula las ventas a través de métodos no tradicionales, a distancia y de comercio electrónico. • Atribuye facultades jurisdiccionales a la SFC.
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Ley 1555 de 2012
• Mediante esta Ley se permite a los consumidores financieros el pago anticipado en las operaciones de crédito sin incurrir en ningún tipo de penalización o compensación por lucro cesante, de las cuotas o saldos en forma total o parcial, con la consiguiente liquidación de intereses al día del pago (excepción para operaciones de crédito superiores a 880 SMMMLV).
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Ley 1581 de 2012
• Mediante esta Ley se dictan las disposiciones generales para la protección de datos personales. • Esta Ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos. • Se define el Tratamiento de datos como cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión. • Las Bases de Datos se definen como el conjunto organizado de datos personales que sean objeto de Tratamiento.
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Ley 1735 de 2014 • Mediante esta Ley se dictan medidas para promover el acceso a los servicios financieros transaccionales. • Se señala que para a apertura o cualquier otro trámite relacionado con productos financieros que requiera la identificación del consumidor financiero, la Registraduría Nacional pondrá a disposición de las entidades financieras y/o de los operadores de información financiera, previa solicitud de estos, la información necesaria para la verificación de la identidad de los mismos, incluyendo los códigos alfanuméricos correspondientes a la producción de los documentos de identidad. • Se habilita a los operadores de información para incorporar la información más amplia posible sobre hábitos transaccionales e historial de pagos de las operaciones y transacciones realizadas por los consumidores financieros (usuarios de las SEDPEs).
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Ley 1748 de 2014
• Mediante esta Ley se establece la obligación de brindar información transparente a los consumidores financieros. • Se obliga a las entidades vigiladas a informar a sus clientes el Valor Total Unificado para todos los conceptos efectivamente pagados o recibidos por él, tanto para operaciones activas o pasivas. • Se obliga a las administradoras de Fondos de Pensiones del Régimen de Ahorro Individual poner a disposición de sus afiliados a través de los distintos canales que dispongan las administradoras la información mínima relacionada al ahorro del usuario.
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Ley 1777 de 2016
• Mediante esta Ley se regulan las cuentas abandonadas y se les asigna un uso eficiente a estos recursos. • La Ley señala que los saldos de las cuentas abandonadas que se encuentren en establecimientos financieros serán invertidos en la creación y administración de un fondo en el ICETEX para el otorgamiento de créditos de estudio.
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Ley 1793 de 2016 • Mediante esta Ley se dictan normas en materia de costos de los servicios financieros. • Se establece que los consumidores financieros podrán disponer de todo el dinero que tienen depositado en sus cuentas de ahorros o depósitos electrónicos, sin tener la obligación de mantener un saldo mínimo. • Se limita y regula el cobro de costos financieros y transaccionales a las entidades autorizadas para captar recursos del público. • Se obliga a las entidades autorizadas para captar recursos del público reconocer intereses remuneratorios a las cuentas de ahorro de los consumidores financieros.
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Ley 2009 de 2019 • Mediante esta Ley se incluye sin costo adicional un paquete de productos y/o servicios financieros por el pago de la cuota de manejo de las tarjetas débito y crédito. • Las entidades financieras deben brindarle información clara y oportuna de los paquetes a los consumidores financieros. • Las entidades vigiladas no podrán cobrar por operaciones de consultas de saldo o de descarga de extractos realizados mediante plataformas tecnológicas.
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Ley 2157 de 2021 (Ley Borrón y Cuenta Nueva) • Mediante esta Ley se dictan disposiciones generales de Hábeas Data con relación a la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países. • Se limita la permanencia de la información negativa en los bancos de datos a máximo 4 años. • Se regulas los casos de suplantación. • Se establece que los operadores, fuentes y usuarios de información financiera, crediticia, comercial y de servicios deben ser capaces de demostrar que han implementado medidas apropiadas, efectivas y verificables para cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 1266 de 2008.
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Ley 2300 de 2023 (Ley Dejen de Fregar)
• Esta Ley tiene como objetivo proteger el derecho a la intimidad de los consumidores durante las horas inhábiles, domingos y días festivos, de los contactos a través de mensajes de texto, mensajes de datos, llamadas telefónicas, correos electrónicos y similares, provenientes de entidades que adelanten gestiones de cobranza de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación.
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Decreto 1854 de 2015
• Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con el Valor Total Unificado (VTU) de operaciones activas y pasivas realizadas por entidades financieras. • Se establece que las entidades financieras que ofrezcan todos los servicios que componen el paquete de servicios básicos establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia, cotizarán dentro de su portafolio de productos dicho paquete y éste deberá estar disponible para el conocimiento del consumidor financiero.
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Decreto 2071 de 2015 • Mediante este Decreto se modifica lo referente al régimen de protección del consumidor financiero del sistema general de pensiones. • Se obliga a las Administradoras de Fondos de Pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad a enviar los extractos a sus afiliados y pensionados trimestralmente por cualquier medio electrónico o físico. • Se indica que las Administradoras de Fondos de Pensiones deben actuar con debida diligencia en la promoción y prestación del servicio, con el fin de que los consumidores financieros reciban la atención, asesoría e información suficiente para la toma de decisiones informadas.
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Decreto 222 de 2020 • Mediante este Decreto se modifica lo relacionado a los corresponsales, cuentas de ahorro electrónicas, depósitos electrónicos y crédito de bajo monto. • Se precisa que el consumidor financiero solamente podrá ser titular de un (1) depósito de bajo monto en cada entidad financiera. • Se habilita para que el consumidor financiero realice un trámite simplificado de apertura del depósito de bajo monto (no necesita ser presencial).
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Decreto 1234 de 2020 • Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera. • El funcionamiento, regulación y supervisión del espacio controlado de prueba tiene como uno de sus objetivos la protección y los intereses de los consumidores financieros. • Los desarrollos tecnológicos innovadores del espacio controlado de prueba deberán buscar aumentar la eficiencia en la prestación de servicios u ofrecimiento de productos financieros, resolver problemáticas para los consumidores financieros, facilitar la inclusión financiera y mejorar el cumplimiento normativo.
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Decreto 1235 de 2020 • Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera. • El funcionamiento, regulación y supervisión del espacio controlado de prueba tiene como uno de sus objetivos la protección y los intereses de los consumidores financieros. • Los desarrollos tecnológicos innovadores del espacio controlado de prueba deberán buscar aumentar la eficiencia en la prestación de servicios u ofrecimiento de productos financieros, resolver problemáticas para los consumidores financieros, facilitar la inclusión financiera y mejorar el cumplimiento normativo.
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Decreto 1393 de 2020 • Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y cesantía, las entidades aseguradoras y sociedades de capitalización. • El Decreto señala que la Sociedad Administradora del fondo de capital privado o el Gestor Profesional, deberán tener a disposición de sus inversionistas toda la información relevante acerca de la constitución de los portafolios de inversión, la valoración de los activos subyacentes y los elementos que permitan conocer, identificar y valorar cada una de sus inversiones. • La Política de Inversión deberá contener procedimientos de revelación de información detallada sobre las operaciones realizadas y sobre el cumplimiento de los deberes relacionados a la administración y revelación de conflicto de intereses.
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Decreto 1398 de 2020 • Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con las condiciones de operación de la renta vitalicia inmobiliaria. • Este Decreto pretenda crear condiciones de protección al tomador o tomadores, quienes adquieren la calidad de consumidor en el marco de la operación de renta vitalicia inmobiliaria, con el objeto de proteger los derechos que recaen en su titularidad y de instituir relaciones fundamentadas en la equidad, la transparencia, la seguridad jurídica y el derecho a recibir información cierta, suficiente, oportuna y de fácil comprensión.
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Decreto 1692 de 2020 • Mediante este Decreto se modifica lo relacionado con los sistemas de pago de bajo valor para contar con un sistema de pagos moderno que facilite la inclusión financiera. • En materia de consumidor financiero, las entidades administradoras de sistemas de pago de bajo valor, adicionalmente a lo establecido en la Ley 1328 de 2009, deberán informar a los participantes y al público en general, en su página web o cualquier otro medio de amplia divulgación, la siguiente información: a.
Las características del sistema.
b.
Los requisitos de acceso de los participantes.
c.
Las tarifas y comisiones cobradas en desarrollo de la actividad de compensación y liquidación.
d.
Los costos y requisitos de vinculación del comercio de cada uno de los adquirentes participantes en su sistema.
e.
El valor de la comisión de adquirencia cobrado por los adquirentes participantes en su sistema, discriminado por cada una de las categorías de establecimientos de comercio o sectores, de conformidad con la clasificación que los adquirentes tengan establecidos.
f.
La tarifa de intercambio.
g.
Los plazos para la acreditación de pagos a los participantes del sistema.
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Circular Externa 003 de 2020 • Incorpora reglas relativas a la reversión de cobros realizados en cajeros automáticos por operaciones fallidas. • Señala las reglas relativas a la divulgación de información respecto de la composición de los paquetes mínimos de productos y/o servicios sin costo adicional. • Se tipifican como prácticas abusivas aquellas relacionadas con los cobros por operaciones de consulta de saldos o descarga de extractos. • Indica que los incumplimiento a la Ley 2009 de 2019 pueden clasificarse como una queja exprés.
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Circular Externa 014 de 2020
• Mediante esta Circular Externa se imparten instrucciones relacionadas con los elementos mínimos de modificaciones a las condiciones de los créditos e información básica para la decisión informada de los consumidores financieros. • Las entidades vigiladas deben explicar de forma clara a los consumidores financieros cuando se definan periodos de gracia o prórrogas y si éstas aplican sobre el capital, intereses u otros conceptos.
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Circular Externa 023 de 2021
• Mediante esta Circular Externa se imparten instrucciones relacionadas con la implementación del desarrollo tecnológico Smartsupervision y el Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC). • Se crean las proformas para definir la información que deben reportar las entidades vigiladas a la SFC.
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Circular Externa 013 de 2022 • Mediante esta Circular Externa se imparten instrucciones para fortalecer y consolidar la figura del Defensor del Consumidor Financiero. • Se establecen las calidades que deben acreditar los consumidores financieros principales y suplentes. • Las entidades vigilas deben solicitarle al defensor del consumidor un informe de gestión. • Se hace énfasis en la función de vocería que debe desarrollar el defensor del consumidor. • El defensor del consumidor debe contar con mecanismos gratuitos de atención para el correcto acceso a un a adecuada conciliación.
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CONPES 4005 de 2020
• Mediante este documento se recomendó a la SFC elevar a estándares internacionales los s los programas de supervisión de riesgo de conducta del sistema financiero para mejorar la protección al consumidor financiero.
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Proyecto de Ley 223/2022 Cámara
• Esta iniciativa legislativa busca establecer medidas para proteger al consumidor financiero frente a los delitos en contra de la información y de los datos en el sector financiero. • Se presume la responsabilidad de las entidades financieras cuando se realicen defraudaciones a sus clientes a través de los diferentes canales de la misma. • Cuando un consumidor financiero solicite algún producto nuevo en línea, será obligación de la entidad financiera verificar la identidad del consumidor financiero para el otorgamiento del producto.
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