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CIUDAD

PRESENTAN LEY MALENA EN CONGRESO CDMX; BUSCAN PENAS SEVERAS POR ATAQUES CON ÁCIDO

Se propone que este tipo de conductas se consideren delitos independientes y no solo como agravantes

Redacci N Contrar Plica

POR LEY ANTITABACO, SEDESA REALIZA VISITAS EN ESTABLECIMIENTOS DE LA CDMX

A los establecimientos con omisiones de bajo riesgo, se les apercibirá y se hará una segunda visita

Redacci N Contrar Plica

Con el objetivo de cumplir con el reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, la Secretaría de Salud (SEDESA) de la Ciudad de México, a través de la Agencia de Protección Sanitaria (AGEPSA) realiza visitas de verificación, prevención y fomento sanitario en establecimientos privados y espacios públicos de la capital del país.

COMO RESULTADO DE ESTAS VISITAS, LA DEPENDENCIA CAPITALINA REPORTÓ LO SIGUIENTE:

• 54 visitas de verificación sanitaria realizadas.

• Fueron 7 medidas de aseguramiento, con un total de 346 piezas de vapeadores y 582 esencias y cartuchos que se utilizan para estos dispositivos.

• También, 1,263 piezas de tabaco y 160 gramos de puros y accesorios para tabaco sin etiquetado en español.

• Una medida de suspensión parcial de actividades por producto que no presentaba etiquetado en español.

• Se dejaron cuatro citatorios a establecimientos de estos giros, que se encontraron aparentemente cerrados durante el operativo, a fin de emplazarlos a que reciban la visita en fecha próxima, apercibiéndolos de que de no hacerlo se sancionaria.

La dependencia realiza visitas en establecimientos e instalaciones que deben cumplir con ese reglamento, por lo que la AGEPSA realiza recorridos en centros de servicio, comercios, parques, jardines, albercas, estadios y todo lo que implica el nuevo Reglamento.

A los establecimientos con omisiones de bajo riesgo, señaló que se les hará un apercibimiento donde se les informan las razones y normativas de salud que violan el reglamento, por ejemplo, la venta de tabaco en establecimientos fuera de las escuelas. Posteriormente, se realizará una segunda visita para saber si se cumplió con la disposición, sobre todo, si hay una queja ciudadana.

Para aquellas sanciones catalogadas como riesgo mediano, se realizará una amonestación y resguardo de mercancía; se programa una visita de revisión con el fin de verificar que se haya cumplido con las observaciones.

Quienes cometan lo que se considerará como riesgo elevado, se procederá a suspender actividades del establecimiento.

Para los operativos se cuenta con un diagnóstico sanitario de la CDMX, en el que identifican todos los giros que son de alto riesgo sanitario, como las tiendas de autoservicio, de abarrotes, misceláneas o puntos de venta de cadenas que comercializan tabaco.

La diputada Marcela Fuente, presentó ante el Congreso de la Ciudad de México la Ley Malena, un paquete de reformas que buscan que los ataques con ácido sean considerados como un delito independiente y no agravante, con penas más severas contra quien resulte responsable.

De acuerdo con la legisladora, la Ley Malena hace honor a la saxofonista María Elena Ríos, sobreviviente a un ataque con ácido presuntamente ordenado por Juan Antonio Vera Carrizal, ex diputado local de Oaxaca por el PRI. En su exposición, dijo que las víctimas de este tipo de agresiones deben de lidiar para toda su vida con afectaciones a la salud, a la dignidad, deformación, pérdida de órganos o incapacidad permanente.

Añadió que las lesiones pueden poner en riesgo la vida de la víctima, por lo que la iniciativa busca calificar como tentativa de feminicidio si el atacante genera daños mayores a la salud.

“Se espera crear el concepto de violencia ácida como “aquella que pretenda causar daño físico irreversible, que lastime, altere y/o cause alguna incapacidad mediante la acción de arrojar ácido álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones en órganos internos, externos o ambos”, expuso la dipuatada.

También se instruye a la Secretaría de Salud informar a las autoridades correspondientes, la información estadística de las personas que pudieran ser víctimas de ataques con ácido.

Respecto al Código Penal, se busca ampliar el castigo en relación a este crimen, pues se crea todo un capítulo nuevo: “Lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas”.

Cabe recordar que, en el Artículo 135 se determina que quien incurra en este crimen y se le encuentre culpable se le condenará de ocho a 12 años de prisión y deberá de pagar una multa de 300 a 700 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Mientras que, el Artículo 135 Ter especifica los agravantes, donde se aumentarán un tercio o la mitad de la pena según la afectación de la que sea objeto la víctima, es decir, se pueden establecer condenas de hasta 18 años.

En materia de género, la iniciativa aparece en el Artículo 135 Quater. Define que estas agresiones se realizan contra las mujeres en razón de su género si existe algún vínculo entre ella y su agresor (relación sentimental, sexual, afectiva o de confianza, parentesco, laboral, docente o de hecho) o que el agresor tenga antecedentes previos en delitos de razón de género.

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