Bases para la Gesti贸n de la Federaci贸n Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios P煤blicos Limitada (FACE)
INTERCOOP Editora Cooperativa Ltda. Estados Unidos 1354 C1101ABB - Buenos Aires - Argentina Tel/Fax (0054) 11 - 4305 9954 E-mail: editcoop@rcc.com.ar www. intercoop.org.ar
I.S.B.N.
Impreso en la Argentina Hecho el dep贸sito que marca la ley 11.723 2
Indice
Presentaci贸n . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
I.
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Convocatoria de la Conducci贸n . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
II. Conclusiones del XII Congreso Nacional . . . . . . . . . . 19
III. Creaci贸n de la Fundaci贸n FACE . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
Anexo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81
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Presentación Convocatoria de la Conducción Para este apartado, se considera importante la trascripción del mensaje que fuera desarrollado por el presidente de FACE en oportunidad de la apertura del XII Congreso ya que el mismo, por un lado, marca sobre qué principios y bases éticas es que la Federación va a desarrollar sus actividades y, por otro lado, cuáles serán las prioridades de trabajo que tendrá la institución en el futuro inmediato. Los contenidos de ese discurso no sólo representan el pensamiento del presidente sino que fueron compartidos por la totalidad de los integrantes del Consejo de Administración. Esa coincidencia significa una manifestación clara hacia todas las cooperativas asociadas a FACE. Se ha logrado un verdadero consenso en los distintos temas, lo que facilita llevar adelante los planes y programas de trabajo. La discusión queda, entonces, para las cuestiones operativas y no para decidir qué hacer o el cómo hacerlo. El qué hacer queda claro en el mensaje y en el contenido de esta publicación y el cómo hacerlo será siempre utilizando metodologías y formas acordes con los principios de la cooperación.
Conclusiones del XII Congreso Nacional Estas conclusiones del XII Congreso fueron elaboradas a partir del pensamiento de los dirigentes de las Cooperativas de electricidad que participaron del Consejo de Administración de FACE. Las mismas son producto de reflexiones y del trabajo realizado durante este último año e intentan reflejar el mandato que cada dirigente recibió de las Cooperativas que representa. 5
El Congreso en sí, actuó como un disparador de ideas, como un espacio de comunicación y de recepción de las ponencias de los invitados que disertaron. Esos discursos y conferencias fueron tenidos en cuenta representando el pensamiento personal de cada invitado, que no necesariamente debía ser coincidente con el de la dirigencia cooperativa. No obstante, todas las ponencias y disertaciones fueron muy positivas y aportaron visiones distintas que enriquecieron las ideas y los conceptos existentes. Por lo tanto, las conclusiones del Congreso no son sólo producto del trabajo realizado exclusivamente es ese ámbito, sino que además se le ha sumado todo el trabajo del año previo, ya que la dirigencia cooperativa toda, concurrió con un abultado bagaje de conocimientos, que se enriqueció en ese momento con el intercambio de los temas que se desarrollaron. El Congreso permitió reunirse, discutir y consolidar ideas que fueron volcadas en reuniones del Consejo de Administración que dieron origen a estas conclusiones. De esta manera debe leerse esta parte del documento que a continuación se publica. Estas conclusiones significan una guía de trabajo para la gestión que tenemos que realizar hasta el próximo Congreso.
Fundación La tercera parte de esta publicación está destinada a la Fundación que materializa, por primera vez en la historia de FACE, la organización de una entidad jurídica diferente pero, a su vez, dirigida de manera íntegra y estratégica por nuestra Federación. La hemos insertado dentro de esta publicación que forma parte de la guía para nuestra gestión, como una forma de demostrar que Federación y Fundación son la misma cosa, aunque traten diferentes temas. 6
Se trata de separar y despejar, hacia un ámbito más reflexivo y menos contaminado de la urgencia diaria, todos los aspectos de largo plazo que hacen especialmente a la EDUCACIÓN, CAPACITACIÓN e INVESTIGACIÓN. La forma en que se elije la representación de las cooperativas en los órganos de decisión de la Fundación, aseguran el control pleno de esta entidad a la conducción, los objetivos e intereses de la Federación. Por otra parte la temática que tratará la Fundación marca la prioridad que se le da, en primer lugar, a la Educación como reconocimiento al valor de la misma en la dinamización y consolidación del cooperativismo y de las cooperativas. No es posible progresar de manera coherente con la doctrina, sin la educación y divulgación de la misma entre los asociados. Lo repetiremos siempre: Si la cooperativa se destaca por tener una gestión de tipo democrática se necesita entonces, las mejores capacidades para que reunidas en asamblea, entiendan los problemas y debatan la resolución de los mismos con el máximo nivel de conocimiento posible. Cuanto más educación y capacitación exista, mejores opciones se podrán tomar. No es posible la toma de decisiones por parte de minorías “iluminadas” que arrastren a las mayorías a resolver intereses individuales, sin que éstas entiendan los temas que se están resolviendo. La democracia y su ejercicio, en la que todos tienen un voto, exige la educación y la capacitación, que así entendida, es un derecho que tienen los asociados y es a la vez, una obligación que tienen de hacerla realidad. Será, a través de la Fundación, como un espacio exclusivo y abarcador para la Educación, Capacitación e Investigación, que FACE se pone en marcha hacia esos objetivos. Buenos Aires, junio de 2006.
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El Consejo de Administración Presidente: CPN. Marcelo Oscar Gallo Cooperativa de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Intendente Alvear Ltda. - La Pampa Vicepresidente: Sr. Emilio Mario Calvet Cooperativa de Electricidad y otros Servicios Públicos La Paz Ltda. - Entre Ríos Vicepresidente 1º: Sr. Osvaldo Cepeda Cooperativa de Electricidad, Consumo, Crédito y otros Servicios Públicos de Antonio Carboni Ltda. - Buenos Aires Secretario: CPN. Juan Carlos Lelio Cooperativa de Electrificación Rural Alto Verde y Algarrobo Grande Ltda. - San Martín - Mendoza Prosecretario: Ing. Eric Ferroni Cooperativa de Electricidad y Anexos de Río Colorado Ltda. Río Negro Tesorero: Ing. Lucio Troiano Cooperativa de Provisión de Obras, Servicios Públicos y Crédito de Armstrong Ltda. - Santa Fé Protesorero: Dr. Omar Marro Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales de Luque Ltda.Córdoba Vocales Titulares: Cooperativa de Electricidad, Servicios y Obras Públicas de San Bernardo Ltda. - Buenos Aires Cooperativa Río Mayo de Servicios Públicos - Chubut Cooperativa Eléctrica de Laguna Larga Ltda. - Córdoba Cooperativa de Servicios Públicos de Gobernador Virasoro Corrientes 8
Cooperativa de Electricidad de Eldorado Ltda. - Misiones Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos y otros Servicios Públicos de Mojón de Fierro Ltda. - Formosa Cooperativa Provincial de Servicios Públicos y Comunitarios de Neuquén Ltda. CALF - Neuquén Cooperativa Eléctrica, Servicios Públicos y Asistenciales de Rivadavia Ltda. - Santiago del Estero Cooperativa de Servicios Públicos, Asistenciales, Consumo y Vivienda de Río Grande Ltda. - Tierra del Fuego. Vocales Suplentes: Cooperativa Eléctrica de Monte Ltda. - Buenos Aires Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos de la Zona Sur del Partido de 25 de Mayo Ltda. - Buenos Aires Cooperativa de Distribución de Electricidad y Aguas Corrientes de Carrilobo Ltda. - Córdoba Cooperativa Ltda. de Electricidad, Vivienda y Servicios Públicos de Los Cisnes - Córdoba Cooperativa Agropecuaria y de Provisión de Servicios Públicos Integrales Comunitarios de Bella Vista Ltda. - Corrientes La Agrícola Regional Cooperativa Ltda. Agropecuaria de Consumo y Servicios Públicos, Entre Ríos. Cooperativa de Servicios Públicos El Colorado Ltda., Formosa Cooperativa de Servicios y Obras Públicas Ltda. de Gral. San Martín - La Pampa Cooperativa de Electricidad, Consumo, Comercialización, Vivienda y Servicios Anexos de Gral. Alvear Ltda. - Mendoza Cooperativa de Obras, Viviendas y Servicios Públicos de Helvecia Ltda. - Santa Fé Cooperativa Eléctrica Ltda. - Oberá - Misiones Cooperativa Servicios Públicos Plottier Ltda. - Neuquén. Síndico: Prof. Emilio C. Alcalá Cooperativa de Consumo de Electricidad y Afines de Gualeguaychú Limitada - Entre Ríos Síndico Suplente: Dr. Jorge L. Espinosa Aguas y Energía Dos de Mayo Cooperativa Limitada - Misiones 9
Primera Parte
Convocatoria de la Conducci贸n
Discurso del Presidente de FACE, Cr. Marcelo O. Gallo en la apertura del XII Congreso Nacional
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DISCURSO DE APERTURA DEL XII CONGRESO NACIONAL DE F.A.C.E. Gracias, a todos los presentes, por participar de nuestro XII Congreso Nacional, que no casualmente realizamos bajo el lema: “Con energía, para iluminar el futuro”. FACE está empeñada en un proceso de educación y capacitación que nos ayude a “iluminarnos” para resolver los problemas futuros, manteniendo los pies en la presente realidad y conociendo nuestra historia, abrevando del ejemplo de nuestros antecesores y pioneros, pero también intentando entender los nuevos paradigmas que marcan el ritmo de este siglo XXI. Decía Baltazar Jaramillo, en su libro escrito en 1937 y publicado en 1939, año de fundación de nuestra entidad: “En el terreno de la organización y en el terreno de la propaganda, nada más acertado que la constitución de la Federación Nacional de Cooperativas de Electricidad, que al ampliar el radio de acción de cada una, las vincula más estrechamente al contenido social y nacional de la cuestión eléctrica y a sus soluciones más transcendentes”. 66 años después nos convocamos en Paraná, en esta provincia cuya historia destila federalismo y progreso. Porque el cooperativismo eléctrico, después de atravesar diversas etapas históricas, desde enfrentar a los monopolios, pasando por la existencia de una relación bilateral exclusiva con el Estado cuando éste poseía las empresas públicas hasta llegar a las privatizaciones de los 90, no sólo se mantiene en sus principios, sino que ha crecido hasta alcanzar la cobertura a más de 600 localidades del país, brindando servicios de todo tipo. Esto fue posible gracias a la acumulación de un capital social generado a través de la prestación del servicio eléctrico. 13
Decidimos realizar este nuevo congreso no para que nos convoque la melancolía, sino, para que vengamos a debatir y sacar conclusiones sobre los temas que nos preocupan. Cuando hoy parece que están de moda los regresos, lo nuestro es la vuelta a los congresos, espacios naturales de generación de consensos y de nacimiento de procesos integradores. De congresos de FACE han salido propuestas y proyectos que hoy son orgullo para el cooperativismo, y queremos retomar ese camino. El diccionario de la Real Academia Española, define a la palabra integración como “proceso de unificación de varias entidades antagónicas”. Teniendo en cuenta el significado de “antagónico”, que es “contrario, rival u opositor”, no parece una definición adecuada para la integración cooperativa, que no suma entidades antagónicas sino hermanadas en sus principios y valores, pero que no están exentas de vicios y deformaciones que en definitiva afectan un proceso que debería ser inherente a la economía social. Si analizamos la historia del cooperativismo eléctrico este proceso integrador se mantuvo desde los comienzos, cuando en el año 1939 se fundó FACE, para luego desvirtuarse con el tiempo, a raíz principalmente del desarrollo de oscuras facetas del comportamiento humano, cuando se ponen las individualidades por encima de los intereses colectivos. La integración es el principal camino para que la doctrina cooperativista surta efectos en beneficio de todos. Pero la integración no se construye apartándonos de las organizaciones cuando hay disenso, sino todo lo contrario. Como cooperativistas, debemos participar democrática y activamente para hacer valer nuestras convicciones en la toma de decisiones que conduzcan a mejorar el modelo solidario. Las actitudes del o los líderes de una organización, no deben ser interpretadas solamente como un acto de fraternidad, sino que presupone el ejercicio de 14
una distancia ética respecto de los intereses personales, para que se hagan realidad los intereses colectivos. Un mundo solidario en que cada uno de sus integrantes reciba los beneficios resultantes de una política de integración, es posible. No hay necesidad de crear otras estructuras. Con las existentes, si hay voluntad de los dirigentes, se puede lograr. Debemos bregar para que la cooperación entre cooperativistas sea una realidad que beneficie a todos. Decía Juan B. Justo: “a igualdad de inteligencia y energía, quien menos impone su persona es quién más impone sus ideas”. De eso se trata. Atravesamos tiempos de crisis de valores morales y espirituales. Todos los días vemos como se degradan premisas básicas de la convivencia humana en aras del vale todo, y la rapiña organizada. Se bombardean países, matando a miles de civiles, solo para facilitar los negocios de una elite. Se imponen a los más débiles reglas de juego que constituyen la condena a la marginación de varias generaciones. En ese marco, los cooperativistas podemos ser la esperanza de reivindicar los valores perdidos y olvidados, sin los cuales será imposible conformar lazos solidarios. Y debemos señalar que si bien se visualizan cambios de discursos, aún no los vemos reflejados en las conductas. Se trata de volver a ubicar en el centro de la escena a la ética, la libertad, la responsabilidad, la equidad y la solidaridad. Estoy convencido de que todo proyecto ético que concede la debida importancia a la libertad insistirá también en la responsabilidad social de las “acciones” y “omisiones” de cada uno. Así, resulta imprescindible la búsqueda de principios, valores y normas de conducta objetivamente válidos, es decir, basados en la “razón”, prescindiendo de criterios “subjetivos”. Es decir, más allá de la 15
concepción de cada uno, la solidaridad entendida como acto recíproco, comprende a los demás valores que acabo de señalar, como fundamentales. El rol de la dirigencia cooperativa se potencia de esta manera, porque nos cabe la responsabilidad de preservar y generar las condiciones para que se consolide un sector indispensable para aspirar a cambios éticos en la Argentina. Y cobra especial relevancia la capacitación y educación cooperativa, materias en las que nuestra federación está especialmente comprometida. La puesta en marcha del Instituto Argentino de Pensamiento Cooperativo (IAPECO), la Escuela de Capacitación para la Empresa Cooperativa (ECECoop) y el Premio Anual ponen de manifiesto el carácter estratégico que FACE asigna a la educación cooperativa, destinada a dirigentes, funcionarios y asociados de las cooperativas.1 Hace algunos meses celebramos la firma de convenios entre el INAES y federaciones y confederaciones cooperativistas y mutualistas, promovida por el Poder Ejecutivo Nacional, destinando los fondos provenientes de nuestros aportes para los fines que corresponden, ya que durante mucho tiempo terminaban en rentas generales. Pero al mismo tiempo reflexionábamos sobre lo paradójico y revelador de lo profundo de la crisis que padecimos -y de la cual aún estamos intentando salir- que resulta la necesidad de invertir dinero en la difusión de principios solidarios que deberían ser inherentes a la propia naturaleza humana. La principal batalla que se libra en la actualidad es la batalla de las ideas, la disputa de consensos en el terreno de la opinión pública y en los órganos de decisión política. En tal sentido, resulta 1
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Palabras pronunciadas en octubre de 2005. En febrero de 2006, siguiendo la línea de las Conclusiones de este Congreso, el Consejo de Administración de FACE aprobó la creación de la Fundación cuyas actividades engloban a la ECECoop, al IAPECO y al Premio anual. (Ver La Fundación).
indispensable contar con herramientas que permitan dar forma a los fundamentos que esgrime cada sector en defensa de sus intereses, y con ese objetivo impulsamos estos espacios de formación y debate. Consideramos plenamente superada la etapa de los diagnósticos en la Argentina. Luego de la crisis más profunda de nuestra historia, es hora de hacer propuestas, confrontarlas con las que formulen otros sectores, poner en debate las ideas de cara a la sociedad, para que el cooperativismo se proyecte como una solución integral para los problemas que atraviesan las comunidades. Ojalá de aquí salgan esbozos, ideas, planteos que se transformen en propuestas cooperativas para mejorar la vida de nuestra gente. Vale la pena intentarlo, vale la pena que, pese a las dificultades cotidianas, hagamos un alto para reflexionar, cambiar ideas, encontrarnos, en definitiva, reforzar el sentido de pertenencia y de identidad. Esa identidad que debe hacernos sentir orgullosos por estar incluidos en un sector de la economía nacional que siempre actuó en dirección de los intereses de nuestras comunidades, manteniéndose hasta hoy…..CON ENERGÍA, PARA ILUMINAR EL FUTURO. De esta forma dejo formalmente inaugurado este XII Congreso Nacional de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y otros Servicios Públicos.
CPN Marcelo O. Gallo Presidente Ciudad de Paraná, octubre de 2005
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Segunda Parte
Conclusiones del XII Congreso Nacional
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I. Ética y Responsabilidad Social Las cooperativas de electricidad se comprometen a llevar adelante su actividad en forma responsable y con principios éticos, cuidando especialmente su participación en la comunidad y su relación con el medio ambiente. Para ello difundirán sus actividades en estos campos a través de distintas herramientas, de forma tal que puedan exhibir sus avances y sus logros. A su vez, fomentarán la expansión de las técnicas de la cooperación en el resto de las entidades asociativas que funcionen en sus comunidades buscando de esta forma, una sinergia tendiente a concientizar a la población de los beneficios de contar con más entidades locales socialmente responsables. Para lograr este objetivo, las cooperativas por sí mismas o a través de la Federación, desarrollarán actividades de cuidado del medio ambiente, que incluye el uso racional de la energía y el desarrollo de energías alternativas no contaminantes. También estimularán la formulación anual de balances sociales para que los asociados y la comunidad conozcan los principios y valores que rigen a las cooperativas y que los mismos estén materializados a través de índices y ratios explicativos. Aquí la Federación promoverá la generación de un modelo de balance social que pueda ser aplicado por sus asociadas y que demuestre de manera clara los pormenores de la actividad social y la participación de los asociados como ítems de especial relevancia. El Balance Social no es solamente un instrumento de control por parte del asociado en el que puede visualizar la forma en que la cooperativa cumple con los principios, ni un instrumento de publicidad, sino que es además y fundamentalmente, un instrumento que ayuda a la gestión y que permite una mejora permanente en el rol social que tiene que cumplir la cooperativa. Se tienen así dos instrumentos anuales que analizan lo que ocurrió en la cooperativa durante un ejercicio: el Balance tradicional que refleja la 21
actividad de la empresa cooperativa y el Balance social que refleja y mide la forma en que la cooperativa cumple con los objetivos, que no se deben alcanzar de cualquier manera, sino respetando los valores y principios cooperativos. El Balance social no menoscaba, la Memoria que es de cumplimiento obligatorio, sino que la completa y la potencia. La Federación, a través de la Fundación, dará los primeros pasos para capacitar a un grupo de profesionales vinculados con las entidades solidarias, de forma que existan expertos dentro del grupo de cooperativas adheridas a FACE. Así, dentro del plan trienal de la Fundación existirán planes de capacitación y divulgación al respecto. Vivimos un tiempo en que las empresas lucrativas han descubierto la necesidad de llevar adelante la responsabilidad social empresaria, a veces no como una obligación sino como una forma de ir adaptándose mejor a los tiempos, producto de la mayor conciencia que tiene el consumidor-cliente. Es por ello que las empresas de lucro a veces, no tienen más alternativa que invertir o gastar en temas que tienen impacto social. En este sentido el cooperativismo no debe tomar decisiones con responsabilidad social por mera conveniencia circunstancial frente al usuario, sino por convencimiento, que origina una obligación frente al asociado a quien le tiene que demostrar sus bondades sociales, ya que es el dueño de la cooperativa.
II. La Economía Social Las cooperativas de electricidad promoverán a nivel local, el fortalecimiento de la economía social y de las entidades que la componen, especialmente otras cooperativas, mutuales, asociaciones civiles, cooperadoras y clubes. Se procurará de esta manera, una interrelación entre todas ellas a nivel local para generar ámbitos de discusión y de trabajo concreto, de manera de hacerlas crecer 22
tanto social como económicamente. Se considera fundamental el fortalecimiento de grupos de la economía social a nivel local, los que pueden dar origen al desarrollo de un verdadero plan estratégico global para resolver o ayudar a resolver los principales problemas económico-sociales que tiene una comunidad. En este sentido es necesario remarcar que la dirigencia de las cooperativas de electricidad asumen que uno de los principales problemas que poseen las comunidades donde están insertas, es el desempleo. Para ayudar a resolver este flagelo, las cooperativas deben estar atentas a los planes de los gobiernos municipal, provincial y nacional, analizarlos con seriedad y tratar de colaborar en su puesta en funcionamiento, especialmente si son compatibles con la promoción de la ocupación a través de la creación o fortalecimiento de entidades cooperativas o de otras entidades de la economía social. A su vez, acercarán ideas, proyectos y planes, incluso con aportes económicos, de manera de ir reduciéndola paulatinamente. Los integrantes de la Federación tienen conciencia que el desarrollo local no debe alcanzarse de cualquier manera, no debe buscárselo reproduciendo inequidades distributivas en los ingresos de las personas, sino que el cooperativismo de electricidad debe tomar la crisis de ocupación o desempleo, como una oportunidad para fomentar el trabajo, especialmente a través de cooperativas de trabajo, como una forma de alcanzar una distribución más equitativa de la riqueza. En este sentido es importante lograr una integración con el cooperativismo de trabajo. Hay que tener en cuenta las particularidades de estas cooperativas, como por ejemplo, las dificultades legales para el pleno funcionamiento, las relaciones a veces complicadas con el sindicalismo de la misma rama de actividad y las dificultades que existen en la gestión de las cooperativas de trabajo, ya que las personas que las forman vienen, en su anterior ocupación, de realizar tareas en relación de dependencia y, en muchos casos, es difícil el cambio cultural de pasar de un 23
trabajo dependiente a autogestionar un trabajo responsable. Las cooperativas de electricidad, que hace mucho más tiempo que están instaladas en una comunidad, deben comprender estos nuevos fenómenos y ayudar a generar una conciencia solidaria en estos grupos de trabajadores que a veces han llegado a organizar una cooperativa de trabajo no por convicción, sino como la única alternativa de conseguir para sí mismos un trabajo digno. Las cooperativas de electricidad procurarán generar en el ámbito de sus comunidades, organizaciones formales donde estén representadas todas las entidades de la economía social con la finalidad que, dentro de ese ámbito, surjan propuestas constructivas para el desarrollo local. Las cooperativas de electricidad deben asumir que la economía social, a nivel local, no sólo resuelve cuestiones a través de emprendimientos pequeños o marginales de tipo económico, sino que también puede desarrollar proyectos importantes, como lo hacen ellas mismas, que han llegado a ser la principal, o una de las principales, empresas en la localidad donde actúan. En este sentido la organización de talleres de Desarrollo Local que convoquen a una reflexión a todas las entidades de la economía social (cooperativas, asociaciones civiles, cooperadoras, clubes, mutuales), constituirá el primer paso para lograr una organización formal, a partir de la cual podrían surgir actividades conjuntas o planes estratégicos de largo plazo que las involucren a todas. Hay que tener en cuenta que cualquier plan a nivel local, que integre a todas estas entidades de la economía social, se puede decir que abarca a toda la comunidad, por lo que representará sus verdaderos intereses. La Federación organizará a través de la Fundación actividades regulares sobre esta temática. Dentro de otro ámbito, la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad procurará relacionarse no solamente con el resto de las organizaciones o federaciones de cooperativas, a través de 24
las confederaciones existentes, sino también con el resto de las federaciones de las entidades de la economía social y puede llegar hasta promoverlas en aquellos casos donde no existieran. Si bien la Federación, por razones de “proximidad administrativa”, cuenta con relaciones con el movimiento federado mutual, ese mismo vínculo debería trasladarse hacia otras federaciones que agrupen asociaciones, cooperadoras y, por qué no, a las que agrupan a los clubes. Hay que tener en cuenta que todas estas instituciones, a nivel local, persiguen fines compatibles con los de las cooperativas y, para alcanzar esos fines, utilizan las mismas herramientas de solidaridad y gestión democrática que las cooperativas de electricidad.
El cooperativismo La Federación y las cooperativas, en sus respectivos ámbitos de actuación, promoverán “la cooperación” como un medio y un fin para arribar a la solución de los problemas. De esta manera la organización final que se adopte para resolver cuestiones sociales y/o económicas, no sólo podrá ser de forma cooperativa, sino de cualquier otra forma jurídica que se adapte mejor a la circunstancia, siempre que esté comprendida dentro del ámbito de la economía social, ya que garantiza el método de la cooperación para alcanzar los objetivos. No obstante ello, la Federación reafirma que la cooperativa constituye la forma que debiera adoptarse con preferencia, ya que permitirá una interrelación más fluida y una integración federativa más acorde al funcionamiento de las cooperativas de electricidad. Para la promoción del cooperativismo, la Federación potenciará su propio espacio de reflexión en el marco de la Escuela de Capacitación para la Empresa Cooperativa (ECECoop). En este sentido la Federación invita a cada cooperativa a que designe un responsable para la educación cooperativa dentro de su consejo 25
de administración a que tome contacto con la ECECoop, participe de sus actividades y envíe las propuestas que crea necesarias. A través de programas, concursos, jornadas, etc., las cooperativas eléctricas promoverán el cooperativismo en sus distintos niveles tratando que esos planes y actividades estén coordinados con los que tiene la Federación. Cabe el ejemplo del Premio Anual que se instauró en el 2005 y que se realizará todos los años. La constitución del IAPECO (Instituto Argentino de Pensamiento Cooperativo), creado últimamente, pone de manifiesto el carácter estratégico que la Federación le asigna a la investigación, capacitación y promoción cooperativa. Finalmente y como aglutinante de estas actividades hay que mencionar la creación de la Fundación FACE. Esta entidad, controlada por la propia Federación, es decir por las cooperativas de base, significa la apertura de un espacio autónomo a través de una entidad con personería jurídica propia que hará posible el desarrollo de las actividades de educación, capacitación, investigación, promoción y difusión cooperativa y tecnológica y su interrelación con universidades e instituciones de capacitación. Los acuerdos con estas entidades permitirá la realización de actividades educativas y tecnológicas en el máximo nivel, sin tener la necesidad de realizarlas directamente por parte de nuestras cooperativas. (Como Tercera Parte de esta publicación figuran los argumentos de la creación de esta Fundación y, en los Anexos se transcribe el estatuto de la misma).
El cooperativismo de electricidad La Federación asume que las cooperativas de electricidad son entidades de múltiples servicios, creados a partir de la consolidación 26
del servicio eléctrico el que no sólo dio lugar a la formación de un importante capital social, sino especialmente a la conformación de una conciencia solidaria a nivel local que permitió y permitirá el desarrollo de otros emprendimientos de base cooperativa. En las localidades donde existe una cooperativa de electricidad es más fácil que la población se incline por esta forma para resolver otros problemas sociales, que en aquellas localidades donde no las hay. Y esta circunstancia debe ser aprovechada por la cooperativa eléctrica. Los nuevos espacios económicos que se generen serán ocupados por el capital lucrativo si la economía social no promueve que sean ocupados por otra cooperativa. Si esto ocurre, sólo le quedará al cooperativismo resolver los problemas sociales, que por supuesto debe afrontarlos, pero quedaría afuera de los espacios que sean verdaderas oportunidades económicas. Estos nuevos lugares, donde el beneficio económico esté asegurado, deben ser los primeros que tienen que ser ocupados por el cooperativismo, ya que allí su crecimiento será más fácil y el beneficio social estará asegurado. Cuanto más espacios estén ocupados por la economía social, mejor equidad distributiva existirá en la comunidad, más beneficio social se producirá, mayor defensa tendrá la cooperativa eléctrica, y aumentará el poder de incidencia de las entidades solidarias. La Federación recomienda a las cooperativas de electricidad analizar cuidadosamente, antes de emprender una nueva actividad, si es conveniente realizarla dentro del ámbito de la propia cooperativa o crear una nueva entidad para ampliar la base y la participación de la comunidad. La Federación deberá buscar un criterio general de recomendación para este fin. En tal sentido informa que está analizando el siguiente criterio: “Toda nueva actividad que tenga por finalidad la prestación de un servicio público, en lo posible, debería hacerse dentro del ámbito de la cooperativa madre ya que, por la masividad de la prestación, permitirá la reducción de costos, el aprovechamiento de la economía de escala y la utilización de la infraestructura ya existente. Asimismo toda otra actividad que no tenga por finalidad la prestación de un servicio para toda la comunidad, deberá analizársela 27
entendiendo que no a todos los asociados de la cooperativa los beneficia directamente ese nuevo servicio o prestación. De manera que ése sería un punto de partida y argumento que debería analizarse para decidir si es conveniente o no la separación de la cooperativa de electricidad, del nuevo emprendimiento”. Las autoridades de la Federación son conscientes que, con la creación de nuevas cooperativas dentro de un ámbito municipal, se ayudará a fortalecer aún más el modelo cooperativo que en el caso de existir una sola cooperativa que abarque a todas las actividades posibles. Este último modelo hace en el fondo, más vulnerable a la cooperativa que si ésta se encuentra acompañada de varias cooperativas con actividades diferentes no competitivas entre sí. Además de posibles ventajas económicas, tendrá la ventaja social adicional, que existirán más personas de la comunidad que participan de la conducción de cooperativas, que entenderán el modelo y ayudarán a difundirlo y ampliarlo. En este proceso de multiplicación, se recomienda que sean las cooperativas de electricidad las líderes en la promoción, ya que ellas representan los intereses de los asociados que son los de toda la comunidad. Éstas, crecerán en la medida que exista un crecimiento individual de los asociados con equidad y un crecimiento social de la comunidad de manera integral. No es posible la existencia de una cooperativa eléctrica fuerte que provenga de una comunidad débil en lo económico y en el grado de conciencia social.
El cooperativismo de electricidad y el resto del cooperativismo. Las cooperativas de electricidad deberán integrarse a nivel local fortaleciendo las relaciones socioeconómicas. Primero entre las cooperativas del medio, sin distinción de ramas de actividades y 28
luego fortaleciendo a su propia Federación existente. La dispersión de esfuerzos promoviendo estructuras paralelas debilitará las estructuras nacionales existentes. La Federación debe contar con organizaciones de base que no se encuentren aisladas a nivel local sino que deben estar en una íntima relación con las demás cooperativas y con el resto de las entidades de la economía social, formando una extensa red que llegue a todos los rincones de la sociedad, beneficiándola. Los ámbitos provinciales tienen sus particularidades, pero no tienen sustento para ser independientes del nivel global o nacional. De la misma manera que las provincias tienen autonomía pero no tienen independencia, debe trasladarse este criterio al ámbito del cooperativismo y ser congruente con la organización política. Así, la Federación promoverá el tratamiento de los problemas y particularidades provinciales, pero la verdadera fuerza existirá desde un ámbito nacional. Los intermedios; es decir los federativos provinciales, tienden a debilitar el poder global en los procesos de integración y a constituir un escalón de intermediario entre el ámbito nacional y la base cooperativa. Cuanta más intermediación exista menos poder quedará en la base cooperativa y más les costará llegar a los altos niveles de decisión. Es FACE quien debe consolidarse en los espacios nacionales y provinciales en los que participa. Asimismo, por la rama de actividad que desarrollan las cooperativas que representa, deberá tener una especial vinculación con las instituciones oficiales nacionales ya sean del ámbito Cooperativo, del eléctrico, del sindical, del de la economía en general y de los entes financieros en particular. Para que esa vinculación sea posible, efectiva y tenga incidencia, es fundamental la existencia de una Federación fuerte, representativa, de alcance nacional y que lleve adelante una estrategia clara asumida por todas las cooperativas. (Precisamente en esta publicación están los lineamientos básicos de la gestión de FACE). 29
III. La Educación Para el cooperativismo de electricidad el tema de la educación adquiere una preponderancia especial y no se concibe la educación desligada de la capacitación y viceversa. A tal punto que se decidió, apoyar la creación de la Escuela de Capacitación para la Empresa Cooperativa (ECECoop), que no solamente desarrolla actividades para eficientizar la empresa, sino que éstas deberán estar enmarcadas como parte de una educación cooperativa. Dentro de esta faceta, es decisión de la Federación profundizar las vinculaciones con las universidades, especialmente en el marco de las actividades de la Fundación.
El rol de las Universidades La Federación promoverá con la Fundación, la integración de las cooperativas para encarar proyectos estratégicos de educación y capacitación. Para llevarlos a cabo presentará, a partir del año 2006 los planes trienales de la Fundación que serán analizados por el cooperativismo de electricidad convocado al efecto, de modo que estén contempladas sus aspiraciones. Uno de los objetivos principales a plantearse es la vinculación formal del cooperativismo de electricidad, con los máximos niveles de educación y capacitación. Para ello elegirá dentro de las universidades nacionales, los espacios académicos posibles para su vinculación y les propondrá la realización de trabajos conjuntos de forma que la Federación y la Fundación planteen las necesidades, y las universidades hagan propuestas para satisfacerlas. Hay que tener en claro que las universidades atenderán la demanda de las cooperativas tratando de evitar que hagan las ofertas, sin que estén relacionadas con las necesidades cooperativas, haciendo un relevamiento serio y concreto, para resolverlas adecuadamente. No tener en claro cuál es el problema, dará como resultado buscar una capacitación sin rum30
bo y se terminarán aceptando ofertas educativas que no se adecuan a la demanda de las cooperativas. La mejor alternativa para acceder a los máximos niveles de educación y de capacitación dentro de las universidades es que las cooperativas no acudan a aquellas de forma aislada sino a través de la Fundación, obedeciendo a un plan previamente elaborado y coordinado en el ámbito federativo. Es necesario tener en claro que las cuestiones de Educación y Capacitación son estrategias de largo plazo. Por lo tanto, las mismas se encuentran al margen de la problemática que afecta a la coyuntura de las cooperativas. Precisamente para facilitar esa discusión de manera separada es que se ha creado la Fundación, en la que participarán las Cooperativas de electricidad que voluntariamente deseen hacerlo, de la forma que figura en el Estatuto que se anexa a este documento.
IV. La Capacitación Las cooperativas de electricidad promoverán actividades de capacitación orientadas a desarrollar las habilidades de sus empleados, como así también la especialización de sus profesionales, consejos de administración, sindicaturas, cuerpo de delegados y promoviendo la participación activa de sus asociados. Las actividades de capacitación se orientarán al manejo del negocio, entendido como la actividad de explotación de la cooperativa; la administración, con los pormenores de esta particular forma asociativa y de otras que podrán promover; y el componente asociativo, que analizará a la cooperativa como empresa social de participación democrática. Con este análisis se fortalecerán acciones concretas, para las distintas facetas de estas empresas sociales. 31
• En la estructura interna de la cooperativa Las cooperativas de electricidad tomarán el compromiso de desarrollar actividades de capacitación tendientes a mejorar las habilidades de sus empleados. De esta forma las entidades lograrán consolidarse como verdaderos emprendimientos asociativos, donde la estructura interna posea las herramientas necesarias para comprender las particularidades del funcionamiento social y se entienda con claridad la importancia de su relación con los asociados y el valor de su participación en la entidad. Para ello las cooperativas tendrán en la Federación una estructura que las respalde y las ayude a llevar a cabo tareas de capacitación programadas de forma ordenada que tiendan a focalizar en cada una de las entidades los planes de trabajo que éstas requieran, o bien desarrollar tareas conjuntas que permitan abarcar temáticas más amplias o generales para ser aplicadas en cualquiera de ellas o en un grupo de cooperativas. La práctica de estas actividades se sustenta en uno de los principios del cooperativismo, que es uno de los pilares donde el movimiento realiza su apoyo para lograr su expansión de manera sana y siguiendo los lineamientos que componen su esencia. Es por ello que mediante la estructura de la Fundación pensada a este fin, las actividades de capacitación tendrán en el seno de la Federación un ámbito específico desde el cual podrán organizarse para la obtención de fondos, el desarrollo de tareas educativas y una correcta administración en tal sentido.
• En la estructura social de la cooperativa En el caso de la estructura social, las actividades de capacitación tendrán como objetivo tanto a los consejos de administración y las sindicaturas como al conjunto de los asociados. 32
Entendiendo que la solidez de las entidades se encuentra en el compromiso, participación y fidelidad que sus asociados tienen respecto de ellas, será de vital importancia desarrollar programas de educación cooperativa que permitan a los asociados comprender claramente sus derechos y la forma de ejercerlos, sus obligaciones, y las distintas alternativas de participación que existen a su alcance para mantener una relación que tenga que ver con lo asociativo y vaya más allá de la tan conocida “proveedor-cliente”, promoviendo el sentido de pertenencia. Consolidando entonces la participación democrática es que las entidades cooperativas podrán mantener una vida social plena y crecer sobre la base que ofrece una comunidad comprometida con la entidad. • Banco de expertos Las tareas de educación y capacitación llevadas a cabo a través de la Fundación tienen que contar, en primer lugar, con la participación como docentes de los propios expertos que existen dentro del cooperativismo de electricidad, y luego del cooperativismo en general. Para ello la Fundación creará un Banco de Expertos, de forma que se pueda tener una idea clara de la “capacidad instalada” de conocimientos que existe. Estos expertos tienen la ventaja que poseen los conocimientos técnicos necesarios y que los mismos están aplicados de manera compatible con los principios cooperativos. El primer paso será un relevamiento y análisis de los curriculum de las personas. Para formar parte del Banco de Expertos, todas ellas deberán contar con el aval de la cooperativa a la que pertenecen, quien tendrá que certificar la idoneidad de los postulantes. El Banco de Expertos podrá significar, además, una demostración de la cantidad de los recursos humanos que existen para las tareas de educación; pero también para llevar adelante tareas de investigación y de consultoría. De esta manera las necesidades de las cooperativas bien podrán estar cubiertas por esta gran red de expertos que se ordenarán dentro de la Fundación. 33
V.
La Integración
La Federación desarrollará actividades de promoción tendientes a lograr una mayor participación de las entidades de base, buscando generar lazos tanto con entidades cooperativas de servicios públicos, como así también con cooperativas de otra naturaleza y otras entidades asociativas. Esta búsqueda tendrá como objetivo la consolidación de redes asociativas orientadas a la satisfacción de las necesidades de las distintas comunidades y a promover la realización de actividades en forma conjunta, así como estimular la participación con aquellas entidades que cumplan de manera más acabada, los requerimientos de la necesidad que se busca satisfacer. • Rol de las Federaciones y Confederaciones Las cooperativas de electricidad deberán participar activamente de las actividades de su Federación, contribuyendo a su sostenimiento en lo social y lo económico, buscando en todo momento alcanzar metas conjuntas que surjan en su seno y que abarquen amplias temáticas. La Federación y la Fundación funcionan como dinamizadoras para satisfacer las necesidades de las cooperativas que la integran, en general, y contempla las necesidades particulares de cada una de ellas. La Federación, además, analiza periódicamente la situación del sector en que sus asociadas se desenvuelven y arbitra los medios necesarios para hacer escuchar sus demandas ante las autoridades nacionales, prestando especial atención a la situación de las asociadas como empresas y como entidades asociativas, poniendo al alcance de éstas, herramientas adecuadas para optimizar sus capacidades. También invertirá sus esfuerzos en la tarea de recopilar datos para monitorear constantemente la evolución de las entidades y tener una mejor visión de la realidad del conjunto y, a partir de ella, orientar sus acciones. 34
Respecto de la Confederación (Cooperar), las cooperativas de electricidad llevarán adelante su participación mediante sus representantes en la Federación, y serán éstos quienes presentarán sus inquietudes para desarrollar líneas de acción que permitan una integración plena mediante la delineación de estrategias y planes de acción que tiendan a expandir la idea asociativa en general y la cooperativa en particular, fortaleciéndola y permitiendo su expansión a partir de la difusión de su doctrina. A través de ella, las cooperativas de electricidad participarán en la creación y actualización de la normativa mediante su representación en el organismo que posee el carácter de autoridad de aplicación manteniendo una línea de pensamiento orientada a promover una legislación que refleje de forma cabal la filosofía cooperativa y ponga énfasis en la promoción de su doctrina, como así también realice tareas tendientes al control de las entidades que la llevan a la práctica, orientándolas y oficiando de tutor para su correcto funcionamiento.
• Situación respecto del MERCOSUR Sobre este tema, las entidades cooperativas mantendrán vinculación con sus pares de la región a través de las entidades de segundo y tercer grado, promoviendo un avance conjunto en materia de legislación que tienda a la unificación del esfuerzo en defensa de la actividad y su carácter solidario y participativo cuando fuera necesario, tomando como ejemplo la lucha contra las normas que intentan desvirtuar la esencia cooperativa estableciendo pautas que tienden a desfavorecerlas, tal es el caso de la discusión respecto a la naturaleza jurídica del capital social. Las cooperativas a través de su Federación y dentro de la Confederación (Cooperar) deberán aunar esfuerzos para establecer su posición y hacerla prevalecer, dado que la misma reconoce la capacidad asociativa de las personas que las integran y el valor de su constancia en la conformación de empresas de capitales 35
aportados en forma genuina para la consecución de fines sociales mediante la prestación de servicios. Asimismo las cooperativas de electricidad buscarán mancomunar esfuerzos para analizar la posibilidad de llevar adelante obras de infraestructura y proyectos comunes que permitan mejorar la calidad de vida de sus poblaciones, preservando el medio ambiente y llevando a cabo acciones responsables respecto de la generación y manejo de la energía, entre otras.
VI. La Empresa Cooperativa de electricidad Las cooperativas de electricidad, conscientes de su situación de empresas sociales, tomarán el compromiso de llevar adelante, por sí o a través de su Federación, todas aquellas actividades que les permitan mejorar la calidad en la prestación de servicios. Para ello pondrán especial cuidado en el desarrollo de la explotación, contemplando todos los aspectos que hacen al funcionamiento empresarial, especialmente aquellos que, por su problemática, generen o puedan generar un deterioro en las mismas y por ende un perjuicio en las condiciones de su existencia y continuidad. Los aspectos sobre los cuales se basarán serán los relacionados con la gestión, la administración, la contabilidad, la situación tributaria y la financiera. Al respecto las cooperativas, a través de la Federación, ejecutarán acciones tendientes a unificar posiciones para presentar propuestas y proyectos que les permitan desarrollarse en plenitud como empresas sociales. • Aspectos contables Los aspectos contables a tener en cuenta serán aquellos relacionados con la situación actual, especialmente en lo referente al capital cooperativo dada la trascendencia de las normas que 36
actualmente se pretende imponer desconociendo la realidad de las entidades. También se establecerán bases para la registración contable de las obras de la cooperativa, teniendo en cuenta la situación de los asociados que realizan los aportes y la realidad de la institución a partir de los ajustes ocurridos a lo largo del tiempo. Por último, la Federación trabajará junto a los Consejos Profesionales y a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas en la redacción de resoluciones técnicas específicas para el sector, que reflejen con claridad la situación económica y financiera de las cooperativas. 1. El capital cooperativo La Federación a través de las cooperativas de electricidad llevará a la práctica acciones orientadas a defender la naturaleza de los aportes de los asociados como capital de la entidad. Al respecto será de suma importancia dejar establecida una posición en cuanto a la naturaleza jurídica de los aportes, tomando como base no sólo la situación establecida por la norma específica sino además partiendo de la naturaleza asociativa que da forma a estas entidades y la capacidad de las personas que las integran, como sujetos que comprenden la naturaleza de sus actos y las consecuencias de sus acciones. Sobre esta base la argumentación realzará derechos inalienables de las personas en sí, los cuales deben ser protegidos por su naturaleza y su jerarquía respecto de las normas contables que se busca establecer. 2. Registración contable de las obras En cuanto a este punto, FACE a través de las cooperativas de electricidad promoverá el análisis doctrinario para establecer mecanismos que permitan, más allá de los existentes, reconocer la propiedad de los aportes de capital de los asociados para obras específicas y permitir su restitución, como así también establecer períodos de permanencia, o bien la afectación específica de los 37
mismos para la realización de obras, manteniendo una relación en cuanto a sus prestaciones, fijando que podrán quedar íntegramente relacionados con la obra en sí y se encontrarán diferenciados de los aportes de capital ordinarios. 3. Las resoluciones técnicas Las cooperativas de electricidad, pondrán en práctica, a través de FACE, acciones conjuntas con la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y la autoridad de aplicación, para la redacción definitiva de resoluciones técnicas que contemplen los pormenores de la realidad de las entidades y permitan reflejar adecuadamente su situación, mediante información contable clara y ordenada, que a la vez permita a los profesionales desarrollar su tarea con herramientas que reglamente la exposición en forma clara y completa para quienes la utilizarán para la toma de decisiones. • Aspectos impositivos FACE insistirá en que las cooperativas no sean alcanzadas por el impuesto a las ganancias, por ser entidades sin fines de lucro. Promoverá también el análisis de la estructura del sistema tributario y propondrá aquellas reformas que se consideren razonables en función de su propia naturaleza y la relación entre ellas y sus asociados. En este sentido no sólo participará de las normas impositivas que afectan a las cooperativas en particular sino que se preocupará por desarrollar un sistema impositivo no regresivo, en contraposición al existente en la actualidad que castiga en cascada hasta impactar en el consumidor final que es quien está más desprotegido, y que repercute en mayor proporción en quienes menos tienen. Los impuestos a la renta de tipo progresivo, son los que deberían aplicarse en mayor medida ya que tienden a una mayor equidad, pagan más lo que más tienen. El cooperativismo, en este sentido, no trabajará por privilegios del sector 38
sino fundamentalmente para operar en la formación de una mayor conciencia tributaria en el ciudadano. Dar a conocer que es en las empresas lucrativas, donde debería profundizarse el concepto de la responsabilidad social empresaria. También difundir, los niveles de evasión que existe en la economía y compararlos con el sector cooperativo, para que se sepa que es en éste último donde se cumple con todas las normas tributarias. • Aspectos laborales Las cooperativas, a través de la Federación, procurarán resolver las diferencias salariales y los conflictos individuales y/o colectivos que se pueden presentar con los gremios, representantes de sus trabajadores, con relación a la aplicación de convenios colectivos de trabajo y de la legislación vigente, contemplando la situación de sus empleados, haciendo pesar su situación actual y buscando diferenciarse del resto de los prestadores. Como entidades, en algunos casos de menor envergadura y con una realidad económica distinta, donde la situación tarifaria actual impide mantener un equilibrio económico en la cooperativa y su consecuencia afecta directamente a los empleados de la misma. Además es necesario ir buscando la manera de integrar al trabajador de manera más activa en la problemática cooperativa ya que el cooperativismo no debe convertirse en un empleador más, sino buscar diferenciarse de la relación de dependencia tradicional que tiene todo trabajador con una entidad lucrativa. En este sentido es importante que a través de la Fundación se genere una actividad de investigación de forma que intente, en primer lugar, plantear cuál debería ser la aspiración teórica del cooperativismo en general respecto de la relación de dependencia que mantienen las cooperativas con sus trabajadores y la manera de encontrar respuestas que sean superadoras de las tradicionales reglas de la relación de dependencia que hacen que las cooperativas reproduzcan, exactamente, la relación que existe en cualquier empresa de carácter lucrativo. Parecería razonable pensar que si se mantiene 39
este mismo planteo teórico será difícil comenzar a transitar entendimientos distintos con el sindicalismo en general que los que éste tiene con las organizaciones patronales. • Aspectos legales FACE promoverá la actualización del texto de la ley de Cooperativas N° 20337, sancionada en 1973, que a excepción de la reforma introducida por la Ley 22816, para el régimen de sanciones, no ha tenido otras modificaciones. Ha sido aplicada en los treinta y tres años de vigencia, a través de reglamentaciones parciales por medio de actos administrativos de las autoridades de aplicación, no siempre respetuosas de la norma reglamentada. No se ha encarado legislativamente enmienda alguna, para corregir los desajustes que la mutación de hechos socio-económicos en nuestro país han hecho necesaria. Nos parece oportuno, plantear la necesidad de introducir algunas reformas, que adecuen sus disposiciones a la realidad, sin modificar la esencia del sistema. La tarea debería abarcar la parte conceptual, la estructura asociativa, disposiciones orgánicas y ajustes de las disposiciones transitorias. Dentro de esta clasificación, FACE sugiere las siguientes modificaciones: - La redacción del Concepto – Caracteres, debería ajustarse a la definición, valores y principios emergentes de la formulación de las conclusiones del Congreso de la ACI, celebrado en Manchester en el año 1995. Ello porque si bien la redacción actual no difiere en lo sustancial de las aludidas formulaciones, resulta insuficiente y es oportuno dentro de la reforma que planteamos incluir la definición y completar su caracterización con los valores, cuya enumeración surge del documento final del Congreso del Centenario. 40
- Sobre el acto cooperativo, merece un ajuste estableciéndose claramente sus efectos y diferenciación con otros actos jurídicos, facilitándose así afianzar el eje de la autonomía del derecho cooperativo que en los hechos a través de la supletoriedad de normas de otras ramas del derecho, cada vez se asimilan más a actos jurídicos tales como los de comercio, adoptando la doctrina y jurisprudencia relativas a ellos, a la vez que marginan el carácter axiológico del acto jurídico propio del sistema cooperativo. - El procedimiento administrativo para el reconocimiento y autorización para funcionar de nuevas cooperativas, ha ido variando por vía de reglamentaciones administrativas. Atento a ello, debería ajustarse su redacción a fin de dar seguridad jurídica, a la vez que mayor agilidad en los trámites. - Personas jurídicas de carácter público, entes descentralizados y empresas del estado. La confusión de papeles, respecto de las cooperativas de servicios públicos cuando el poder concedente es también asociado a ellas, en los casos de sujetos de derecho público, estamentos gubernamentales de cualquier nivel, y, en general de entes públicos que tienen competencia para otorgar concesiones, genera problemas que resultan tanto más graves, cuando el concedente interviene en la administración y la fiscalización privada de la concesionaria asumiendo simultáneamente los dos roles, con preeminencia de su competencia como ente público. Se hace indispensable un ajuste que además de observar la normativa inherente a la prestación, respete el carácter de persona de derecho privado de la cooperativa. Debiendo asegurar la independencia de la concesionaria, y el respeto de la competencia del ente público. - Educación y capacitación cooperativa. Al igual que el fondo de educación y capacitación cooperativa, el 5% de los excedentes 41
destinado al fondo asistencial y laboral, debe tener plazo de aplicación. La reglamentación respectiva, debería indicar los distintos conceptos dentro del aspecto general del fondo, a fin de que ello no choque con modalidades propias de otras ramas del derecho. - Asambleas de delegados. Esta es una disposición que, no obstante el propósito del legislador, que entendemos no ha sido otro que asegurar la participación de los asociados en el caso enumerado en la norma, la aplicación obligatoria de esta disposición a cooperativas que superen cinco mil asociados, ha resultado en la práctica un procedimiento perturbador del funcionamiento de la cooperativa como empresa. A punto tal que la “politización” de los procedimientos, ha redundado en una desvirtuación del proceso democrático. Entendemos que como paliativo a estos aspectos, podría sustituirse el carácter obligatorio de la realización de asambleas electorales de distrito, por la facultad de hacerlas u otra solución surgida de una amplia discusión entre quienes tengan la responsabilidad de redactar el anteproyecto de reforma. - Remoción de consejeros y síndico. La inestabilidad que genera esta disposición en la continuidad de la administración y de la fiscalización interna, genera falta de confianza a la hora de decidir la formalización de contratos con otras instituciones. Opinamos que tal situación se superaría exigiendo una mayoría especial para adoptar la decisión de remoción, lo que no obstaría al juego de la democracia. - Prohibiciones e incompatibilidades. Las incapacidades, inhabilidades e incompatibilidades, deben ajustarse a la legislación vigente. - Responsabilidad de los consejeros. Exención. Debería mejorarse el tratamiento de la responsabilidad de los consejeros o la 42
eximición de ella, y las normas concordantes atinentes a la sindicatura, conteniendo así un sistema que no precise de la aplicación supletoria de disposiciones de las Sociedades Comerciales. - Atribuciones. La función del síndico no debe consistir solo en facultades. La importancia de la función de la fiscalización interna, justifica que la enumeración de la norma aludida sea precedida por la expresión “deberes y facultades”. - Fiscalización por autoridad concedente. Nos parece que la concurrencia a reuniones de Consejo de Administración o de la Asamblea, de los organismos concedentes debe limitarse solo al punto o puntos del orden del día referidos al cumplimiento de las condiciones de la concesión que fundamentalmente cubren la calidad, regularidad y el carácter general del servicio. Sin embargo, entendemos que siendo los asociados una mayoría cercana a la totalidad de los usuarios, debería buscarse una fórmula que asimismo deje claramente establecido que la generalidad en el uso de los servicios, no implica que se trata de actividades monopólicas. El término monopolio en el sentido de las empresas lucrativas, implican la posibilidad del abuso del dueño hacia los usuarios del servicio. En el caso de las cooperativas donde los dueños son los propios usuarios, nunca se producirá un abuso en el precio, ya que ellos mismos son los que usan el servicio.
• Financiamiento FACE promoverá el financiamiento de las cooperativas mediante el uso de algunas de las herramientas analizadas en el XII Congreso, así como también facilitará el acceso a créditos de distinta índole que exigen formulación de proyectos, mediante la capacitación y eventualmente la preparación de un equipo. 43
1. Alternativas Para llevar adelante la búsqueda de recursos es necesario realizar de forma previa un análisis respecto del origen de los fondos que se intentan obtener. Las alternativas podrían ser: solicitar los fondos a los asociados por medio de capitalización o bien obtenerlos a través de herramientas financieras con las cuales se podrá estimular la participación de los asociados, pero también se podría acceder a la financiación de terceros. 2. Herramientas Las entidades cooperativas, por sí o a través de la Federación, promoverán el uso de herramientas de financiación alternativas al empréstito tradicional. Para ello se estimulará el conocimiento de herramientas como los Títulos Cooperativos de Capitalización, los Fideicomisos y la participación en Sociedades de Garantías Recíprocas, analizando en cada caso cual es la mejor alternativa en función del proyecto que se busque financiar. Las herramientas mencionadas ofrecen atractivos interesantes en materia de costos financieros para las entidades y garantizan, en mayor o menor medida, el recupero de la inversión por parte de quienes aportan los fondos.
• Cajas de Crédito Un párrafo aparte merece el tema de las Cajas de Crédito; entidades cooperativas que legalmente existen pero que en la practica todavía no se han desarrollado, aunque haya antecedentes en la materia desde hace muchos años. Es necesario que las Cooperativas de Electricidad promuevan, en sus distintas comunidades, la creación de estas entidades financieras a nivel local lo que garantizará que el ahorro popular se canalice y vuelva a la comunidad a través de préstamos de poco monto, adaptados al nivel de 44
las necesidades de los pequeños emprendedores que son generadores de empleo y promotores del desarrollo local. En tal sentido, FACE promoverá: “dar poco a muchos y no mucho a pocos”. Donde estas entidades sin fines de lucro, utilicen la política de la democracia económica como herramienta para hacer empresa. El objetivo principal será, fomentar la participación a la vida económica y social y permitir a cada asociado ser protagonista de su propio desarrollo personal.
• Títulos Cooperativos de Capitalización Es conveniente desarrollar con más detalle esta forma de financiamiento ya que constituye una particularidad para las cooperativas. Ante todo es necesario reconocer que este instrumento no fue utilizado por las cooperativas de electricidad las que se limitaron a recurrir a los instrumentos tradicionales de financiamiento, similares a los que utilizan las empresas lucrativas. Esto indica, por un lado, la tendencia y el error a copiar y no a crear instrumentos propios adaptados a la fórmula cooperativa. Siendo una de las necesidades básicas la provisión de recursos, los Títulos Cooperativos de Capitalización (TiCoCa) tienen la ventaja que, por un lado la Cooperativa obtendría recursos financieros más baratos que los de la plaza financiera y, por otro lado al ser suscriptos por los asociados le permitirá a éstos tener mejores ingresos personales que si los depositaran en alguna entidad financiera y fundamentalmente se pondría de manifiesto el grado de fidelidad y de cooperación que tiene el asociado con su cooperativa. La Fundación pondrá en marcha, para favorecer su difusión, discusión y el uso de esta herramienta, jornadas de esclarecimiento y propagación de los pocos ejemplos de cooperativas que utilizaron esta forma de financiamiento. Dada la importancia que se le asigna a este tema, en otro anexo de esta publicación aparecen las disposiciones legales que explican la forma en que 45
se realiza la emisión de estos títulos exclusivos para el cooperativismo de la Argentina. Es importante resaltar que para las obras de carácter masivo que emprenden las cooperativas de servicios públicos, redes eléctricas, de agua, de gas, de telefonía, constituyen una herramienta muy apropiada donde el vecino financia la construcción de su propio servicio, recibiendo además, por ello, un interés que se fija en el Título que suscribe. También es una buena herramienta en las cooperativas de electricidad, para resolver las inversiones en electrificación rural. Incluso, a veces, no será posible financiar todas las obras por esta vía pero, aunque sea de forma parcial son recursos disponibles más baratos que otros del mercado.
VII. El Servicio de electricidad Las cooperativas de electricidad, a través de FACE, deberán asumir un rol destacado en las distintas etapas de la actividad eléctrica que permitan llegar con el servicio hasta el usuario–asociado de la cooperativa de la forma más eficiente. Es obligación de cada cooperativa participar para que la Federación pueda elaborar y actualizar permanentemente una propuesta para llevar adelante el servicio de electricidad que contemple la cuestión local, provincial y nacional.
La generación Es fundamental recordar el origen que tuvieron muchas de las cooperativas de electricidad que nacieron como empresas sociales generadoras locales de electricidad para transportar y distribuir este servicio a sus asociados. En la medida que ello sea posible es importante que haya un espacio de reflexión permanente para que los aspectos de la política de la generación eléctrica estén presentes a nivel de la Federación. Esa generación debería 46
atender especialmente a los intereses de los asociados en su conjunto, compatible con los intereses de la comunidad en donde viven. En tal sentido, los proyectos de generación de electricidad no contaminante, especialmente la eólica, están constituyendo verdaderos ejemplos de interés por la comunidad. La Federación deberá promover y difundir estas oportunidades, teniendo presente que actualmente en nuestro país los generadores de energía eléctrica utilizando el recurso eólico no contaminante a escala comercial, son las cooperativas. El cooperativismo de electricidad se propone acercar permanentemente, a las autoridades nacionales y provinciales propuestas de generación de energía que convengan al desarrollo nacional, que contemplen los intereses de las cooperativas y que preserven el medio ambiente, en cumplimiento del último principio cooperativo. La creación, dentro de la Federación, de un espacio de discusión del tema de la generación eólica deberá ponerse en práctica en coordinación con las actividades de difusión y de investigación que, sobre el mismo, debe desarrollar la Fundación. Es importante que cada año haya una Jornada de alcance nacional sobre las cooperativas y la generación eólica, tratando que un grupo de ellas asuma el liderazgo de este tema dentro del espacio de la Federación y de la Fundación. A pesar que los argumentos no contaminantes de este tipo de energía, son irrebatibles, no hay que olvidar todos los aspectos que hacen a los costos de producción de forma de ir buscando una eficiencia necesaria. Así es como los temas de investigación integral de la energía eólica que abarque las cuestiones tecnológicas y económicas deberán ser motivo de análisis a través de la Federación y de la Fundación.
El transporte de energía La Federación asume que el transporte de energía eléctrica constituye una cuestión estratégica. Las interconexiones eléctricas 47
deben proporcionar una solución integral al problema del abastecimiento y no sólo cubrir las necesidades de los lugares de más alta densidad de población y de consumo. La equidad distributiva que promueve el cooperativismo debe estar presente en todos los aspectos. Si bien las cooperativas en la actualidad son mayormente distribuidoras de energía, deben tener en claro y saber lo que ocurre en todo el proceso, tanto en la generación como en el transporte, dado a que está en sus manos un bien público esencial. La falta de inversión o de políticas respecto de este tramo que recorre la energía no sólo es de competencia de las empresas prestadoras, sino también es incumbencia del cooperativismo, tanto desde lo económico como cliente, como desde lo social por la repercusión que tiene en la vida de los ciudadanos, y desde lo político por el interés público del servicio.
La Distribución Las Cooperativas participan empresarialmente en esta etapa del proceso del servicio público y, en su estrategia, distinguen tres cuestiones fundamentales: a) Cuestiones comunes a todo tipo de entidades que se dediquen a la distribución. En este sentido es conveniente conocer la opinión de todas las empresas distribuidoras, preservando la independencia y los criterios propios de las cooperativas. Hay que tener en cuenta que esas particularidades también tienen relación con la ubicación geográfica que tiene cada cooperativa ya que el poder concedente del servicio proviene de las provincias y, en varios casos de los municipios. Analizar la calidad del servicio en diferentes lugares y tipo de prestadores, sus costos, la incidencia impositiva de distintas provincias, etc., constituyen informaciones que es necesario poseer con claridad y rigurosidad. 48
b) Cuestiones comunes a todas las cooperativas, para lo cual FACE, no sólo estará presente en todo lo que se refiere a los aspectos empresariales sino también a los aspectos cooperativos de la distribución. c) Cuestiones propias de cada cooperativa, las que deberán resolverse dentro del ámbito local, pero contando con el apoyo del conjunto del cooperativismo de electricidad a través de FACE.
Las energías renovables La estrategia de las cooperativas de electricidad federadas, debe propender a la generación de las energías renovables y no contaminantes. A pesar que las cooperativas de electricidad están manejando este tipo de energías, como la solar y la eólica, no resolverán en el corto plazo íntegramente su problema de abastecimiento energético por este medio, pero es importante difundir lo que se está haciendo en el ámbito cooperativo. Son cooperativas (y un municipio) las únicas entidades que aprovechan el recurso eólico para la generación de energía eléctrica y la producen para el consumo de sus asociados. Las cooperativas retoman, de este modo, su carácter de generadoras de energía, pero no existe el debido conocimiento en los niveles políticos que es el cooperativismo de electricidad quien lo está llevando a la práctica con su propio esfuerzo económico. Esta demostración clara que producir y consumir este tipo de energía no se trata de una elección a la que se llega por el costo sino por el beneficio social que se genera, significa una coincidencia teórica con los intereses que representa el sector público. Ahora bien esa coincidencia teórica deberá servir de argumento que permita plasmar trabajos conjuntos concretos, siendo la Federación la que debe encontrar ese espacio común. 49
Para tal fin resulta conveniente la organización, dentro del ámbito de la Federación, de un grupo que se dedique a analizar la generación de energía solar y eólica con la finalidad de difundir sus actividades y procurar que el resto de las cooperativas puedan adoptar este tipo de solución, en la medida de sus posibilidades. La electrificación rural Difundir a la población y a las autoridades, a efectos de generar una conciencia del suceso, que casi la totalidad de la electrificación rural en Argentina fue desarrollada por las cooperativas. Esto se realizó sin finalidad de lucro, por cuanto el servicio de electricidad en el medio rural no es rentable, ni su construcción ni la explotación de la actividad. El cooperativismo de electricidad es quien promueve y en un país netamente agropecuario, la igualdad en la prestación del servicio urbano con el rural. Se debe procurar que se instituya el día de la electrificación rural a efectos de aprovechar las efemérides como oportunidad para que el cooperativismo tenga presencia en diferentes ámbitos y pueda resaltar esta verdadera epopeya, a la vez que se siga promoviendo este tipo de inversiones. Los costos y los precios La Federación inició la construcción de una base de datos que registra los costos internos de las cooperativas y los precios de los distintos insumos, tarifas y salarios, de forma que sea posible que el cooperativismo tenga, no sólo argumentos sociales y cooperativos al momento de realizar cualquier tipo de presentaciones o reivindicaciones, sino también poder hacer demostraciones económicas mediante las cuales se comprueben justificadamente lo que solicita. Los estudios de costos que realicen las cooperativas deberían ser socializados a todas ellas, a través de la Federación. La utilización de la página web de FACE 50
es un instrumento idóneo para que todos puedan acceder a esta información. La tecnología No es posible lograr un crecimiento sostenido y sustentable si no se cuenta con una capacidad tecnológica puesta al día y con posibilidades de actualizarse permanentemente. En este sentido no sólo la capacitación y adquisición de habilidades para el manejo de esas tecnología por parte del personal de las cooperativas es importante, sino también la actualización y las inversiones necesarias para no quedar rezagados desde el punto de vista tecnológico. La tecnología que debe incorporarse es la que se denomina tecnología sustentable, y que sea de posible adquisición, que el personal esté capacitado o pueda capacitarse para utilizarla, y que de su uso no surjan inconvenientes destructivos hacia las personas o hacia el medio ambiente. Las opiniones de los institutos tecnológicos nacionales y de las universidades constituyen un punto de referencia a tener permanentemente en cuenta. En este sentido debe procurarse una ampliación en el contenido del convenio que se ha firmado con la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y procurar hacer acuerdos específicos de investigación utilizando, en lo posible, recursos disponibles que para este fin existen dentro de los presupuestos públicos, como la Secretaría de Ciencia y Tecnología. La Fundación deberá prever, dentro de su plan trienal, actividades orientadas a este fin.
VIII Otros servicios públicos realizados por las cooperativas de electricidad (Tratados en el XII Congreso) • Salud Las cooperativas de electricidad deben analizar el problema de la salud en sus localidades, ver las experiencias asociativas que 51
existen en al ámbito del cooperativismo de electricidad, evaluarlas e intentar replicarlas si ello pudiera solucionar el problema. La Federación podrá orientar en base a la participación que ya tiene en una entidad de la que es co-fundadora, la Federación Argentina de Entidades Solidarias de Salud (FAESS), de forma de estimular el accionar conjunto en esta materia. De dos formas sería posible encarar este problema; primero a través de una nueva sección que se abra dentro de la cooperativa y, segundo, mediante la promoción de una nueva cooperativa. Para ello sería importante que FACE defina una idea rectora al respecto y emita una opinión no vinculante hacia el resto de las cooperativas de electricidad.
• Gas por redes En el caso de este servicio, las cooperativas de electricidad que lo estén explotando procurarán difundir la forma en que realizan esta actividad a las entidades que no presten el mismo. Asimismo la Federación mantendrá actualizadas una serie de cifras que muestren la evolución del servicio, las que serán proporcionadas por las cooperativas de base que se encuentran explotándolo. La evaluación del servicio podrá realizarse en base a estos datos y teniendo en cuenta la continuidad del mismo y las ventajas que pueda ofrecer a las poblaciones donde esta necesidad no se encuentre cubierta o lo este de forma deficiente. La función orientadora de FACE para esta actividad estará dirigida hacia las diferentes alternativas tecnológicas, hacia los costos de distribución del servicio, hacia la organización interna de esta sección en las cooperativas, a variantes tecnológicas existentes, a los trámites administrativos para obtener la prestación del servicio y a las vinculaciones con los productores, los transportistas y los distribuidores. Hay que tener en cuenta que la categoría que tienen las cooperativas que prestan este servicio público es la de subdistribuidores. 52
• Telecomunicaciones Existe una variada gama de puntos que se han puesto bajo análisis respecto de las posibilidades de servicios en esta rama. Cada cooperativa de electricidad debería analizar rigurosamente a la hora de poner en funcionamiento alguno de los servicios de telecomunicaciones fijos, prestando especial atención a la ventana de oportunidades que ofrece la convergencia digital, mediante la cual podrán prestar, llegado el caso, telefonía, internet, radio y televisión utilizando tecnología de última generación que hace posible la prestación de los servicios a través de un solo par. En cuanto a la telefonía celular, las cooperativas de electricidad fomentarán la incorporación del servicio para sus asociados mediante las empresas de telefonía celular cooperativa existentes o que existan en un futuro. Por último, la Federación y las cooperativas de electricidad continuarán impulsando reformas a la Ley de Radiodifusión para lograr que se termine con la discriminación hacia las entidades asociativas en su conjunto.
IX
Otros servicios públicos realizados en las cooperativas de electricidad (Que no fueron analizados en el XII Congreso).
Agua potable y saneamiento Estos servicios tienen una característica muy particular. Se trata de servicios públicos en donde cada cooperativa los resuelve en general por sí sola y de manera más aislada que los anteriores servicios públicos descriptos, ya que son servicios que no están en red como es el caso de la electricidad (donde casi todo el país 53
está interconectado), la telefonía o el gas natural por redes. Constituyen servicios básicos donde cada vez más hay conciencia que pueden transformarse en críticos y que requieren no sólo del cuidado y protección del medio ambiente sino también de brindarlo con equidad a toda la población con el mismo grado de calidad, independientemente del poder adquisitivo que tengan quienes los usan. En este sentido, el cooperativismo de electricidad es garante del principio de igualdad en la prestación y debe constituirse en defensor del servicio. La Federación ocupará los espacios de representación de sus cooperativas en esta materia y coordinará sus esfuerzos con otras Federaciones que se dediquen a esta rama de actividad.
X
El cooperativismo de trabajo
Tomando como referencia el prólogo del Manual de Cooperativas de Trabajo, editado por esta Federación, se puede afirmar que el interés del cooperativismo de electricidad por el cooperativismo de trabajo tiene varios motivos. Entre ellos tenemos que el primero deben colaborar con la comunidad, y uno de los problemas estructurales más graves existentes en la comunidad donde actúan es la desocupación. Sabido es que las cooperativas de trabajo crecen siempre en momentos en que la desocupación es importante, ya que cuando hay ocupación plena las personas no tienden a crear sus propios puestos de trabajo sino que acuden a ofrecer su fuerza laboral donde hay demanda. Pero este cambio de un trabajo dependiente del capital por un trabajo responsable dentro de una cooperativa de trabajo, requieren de apoyo y ayuda para la educación cooperativa y capacitación. Las cooperativas de electricidad están preocupadas por difundir este tema y deben cooperar en la creación y consolidación de verdaderas cooperativas de trabajo, y no de aquellas 54
que se crearon para eludir algunas responsabilidades por parte de empresarios que solo desean sacar fuera de su empresa el riesgo del costo laboral estable. Es necesario aprovechar las vinculaciones locales y la demanda que tiene el cooperativismo de electricidad; que puede dar motivo a la creación de cooperativas de trabajo. La mejor defensa del cooperativismo es agrandar su base de sustentación con más cooperativas. Si el cooperativismo es cada vez más importante, más poderoso económicamente hablando, tendrá más presencia dentro de la sociedad. De manera que en la medida que sea el propio cooperativismo el que promueva nuevas cooperativas, estará actuando en defensa y promoción de sí mismo, de sus principios, de sus valores y tenderá a la estructuración de una comunidad más justa en cuanto a la distribución de la riqueza, a la igualdad de oportunidades de las personas y se allanará el camino hacia la democratización de la economía. Éste es el momento del cooperativismo de trabajo porque la desocupación así lo impone, como en otro tiempo fue el momento del cooperativismo de electricidad cuando las ciudades y pueblos de la Argentina no tenían ese servicio o estaba prestado por privados casi sin control alguno. El cooperativismo de trabajo crecerá en estos momentos no para ser funcional al sistema económico, sino para que sea el punto de partida de una nueva relación entre el trabajo y el capital. El verdadero objetivo es que toda persona desocupada tenga un trabajo digno y eso lo puede hacer dentro de una organización cooperativa. Para que ello sea posible se requiere oportunidad, capacitación, educación y ayuda por parte de personas o entidades como las cooperativas de electricidad. La Federación cree, y así lo corroboró con la publicación en el congreso del Manual de Cooperativas de Trabajo, que es necesario cooperar para promover este tipo de entidades, cuidando que las mismas sean genuinas. La Federación y las cooperativas deberán asumir un discurso claro respecto del cooperativismo de trabajo de 55
manera de dar respuestas sólidas a quienes lo atacan de manera injustificada, con deshonestidad y con argumentos incoherentes.
XI
Rumbo al XIII CONGRESO NACIONAL
El XII Congreso Nacional significó para FACE la recuperación de su tradición en cuanto a la organización de encuentros multitudinarios de reflexión y debate. La estimulante presencia de más cuatrocientos cooperativistas de todo el país, así como la participación de destacados disertantes argentinos y extranjeros que jerarquizaron las jornadas de Paraná, impulsan a renovar la convocatoria y se plantea la realización del XIII Congreso Nacional en 2007. El Consejo de Administración de FACE, en pleno, agradece a todos los que lo hicieron posible el encuentro, a nuestros asesores, personal y colaboradores, a quienes facilitaron y participaron del intercambio de ideas y experiencias. Estamos convencidos que el debate franco favorece la toma de decisiones y el trazado de lineamientos estratégicos que trascienden los límites de la federación, sentando posición en el marco de la economía solidaria, a la cual orgullosamente pertenecemos.
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Tercera Parte
La Fundaci贸n
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Fundación FACE Fundamentos La Federación Argentina de Cooperativas Eléctricas y otros servicios públicos se ha planteado, como un objetivo estratégico, promover no sólo la educación y capacitación en todos los niveles de la organización cooperativa, sino también en el entorno socio económico en donde actúan. Estas cooperativas adheridas a FACE, además de electricidad, brindan otros múltiples servicios que involucran a toda una comunidad, lo que las convierten en organizaciones cuyo destino depende directamente del destino de esa comunidad (comunidades grandes - cooperativas grandes, comunidades en crecimiento - cooperativas en crecimiento). La educación y la capacitación constituyen los elementos fundamentales del desarrollo local, ya que lo que se pretende es que sea armónico y basado en el desarrollo y promoción personal de los integrantes de la comunidad en donde la cooperativa eléctrica debería actuar como una empresa económica líder para favorecer la promoción social. Así, esa mejora de las personas, con valores cooperativos, generaría un comportamiento que tiende a la promoción de emprendimientos económicos sociales en donde los individuos son todos iguales a la hora de decidir. Nacería así un entramado socio-económico más equitativo y existiría una conciencia social que ayudaría a resolver los problemas globales de una comunidad. Es decir, será posible planificar el futuro buscando un desarrollo integral en donde toda la comunidad esté incluída. En definitiva, sobre esta base se estaría construyendo una sociedad democrática en lo económico y en lo social, compatible con la sociedad democrática en lo político, instituida por la organización del Estado (nacional, provincial y municipal). El centro de las decisiones pasa entonces por las personas y no 59
por la cantidad de capital que tienen las personas. Para que, este simple concepto claro y profundo, sea aceptado naturalmente por una comunidad debe haber un trabajo que ayude a alcanzar ese nivel de conciencia social. Por lo tanto, cuanto más capacitación y educación tengan las personas, mejores decisiones estarán en condiciones de tomar. Dicho al revés, en una comunidad de estas características donde no haya preocupación por la educación y por la capacitación, los niveles de discusión serán menores y menor será la calidad de decisión que se tomen. No vale aquí que existan “iluminados” porque ellos solos no deciden sino que dependen de la opinión y decisión de todos y esos todos deben razonar y comprender los problemas y decidir en consecuencia. Sobre esta base es que debe estructurarse una organización que traspase en el tiempo los problemas de la coyuntura y trabaje hacia el largo plazo para consolidar y modificar la estructura económico social de una comunidad. Y esa organización debe preocuparse y ocuparse por desarrollar una estrategia que comprenda a la educación, con contenido cooperativo, y a la capacitación al servicio de la cooperativa (eléctrica en este caso) y del cooperativismo en general. FACE tiene que crear entonces, un ámbito y una estructura propia, que tenga autonomía, pero que esté al servicio del objetivo de la Federación y controlada por ella. Una Fundación presidida por el presidente de FACE organizada de la forma que más adelante se detallará, constituye un elemento fundamental que permitirá que la Federación se dedique a atender las cuestiones que hacen al resultado de las empresas cooperativas y atender las cuestiones diarias que hacen a la gestión eficiente de estas entidades, pero teniendo un lugar donde se debatan cuestiones abstractas y de largo plazo, como son las cuestiones teóricas de la educación y de los planes de capacitación.
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Objetivos La fundación pondrá en práctica los planes de educación y capacitación que anualmente apruebe. En este sentido puede trabajar sobre la base de una oferta que la fundación realice a las cooperativas y sobre la base de la demanda que una o varias cooperativas le efectúe. Esa demanda tiene que estar de acuerdo con los objetivos de capacitación y educación que se ha planteado la propia fundación. La educación y capacitación tienen que estar orientadas principalmente para atender las necesidades de las cooperativas en los distintos niveles, tanto al directivo, como al personal de la entidad y al asociado en general en su relación con la cooperativa. Pero también será posible desarrollar planes, especialmente de educación, hacia el asociado que no tiene cargos dentro de la cooperativa pero que estratégicamente interesa que el modelo cooperativo no sólo lo vea y aplique dentro de la cooperativa de electricidad sino que lo promueva en los otros ámbitos privados de actuación en donde cada asociado realice sus actividades tanto económicas como sociales. Se trata de promover un verdadero comportamiento cooperativo en una comunidad con la finalidad de expandir el modelo y propender a la construcción de una sociedad más justa y equilibrada en todo sentido. El punto central será siempre la cooperativa eléctrica y ésa será la atención preferencial de la fundación. No es posible hacer cooperativismo sin cooperativa; por lo tanto, su fortalecimiento es el objetivo principal. Ahora bien, no es posible tampoco (o es muy difícil), fortalecer la cooperativa en un ambiente adverso al cooperativismo. Financiamiento No es posible llevar a la práctica este proyecto sin los medios adecuados para ello. El primer medio o instrumento es la Fundación en sí, el segundo son las personas que harán posible el trabajo (cuyas características y necesidades se describirán cuando se analice a la Fundación) y el tercero es el financiamiento de las 61
actividades que realice. Al respecto, el objetivo es que cada actividad se autofinancie. Si bien éste tiene que ser el principio rector de la fundación, no es posible poner en funcionamiento una estructura de estas características sin un mínimo de aporte razonable acorde con el objetivo que se está buscando. En este sentido es necesario recurrir a argumentos cooperativos que deben ser asumidos por las cooperativas que voluntariamente deseen participar de este proyecto. Sabido es que todas las cooperativas tienen que constituir un fondo para educación cooperativa. El uso de ese fondo realizado de forma individual hace onerosa la actividad que cada cooperativa se propone realizar de forma aislada. Por ejemplo si cada cooperativa, capacita con recursos propios a sus gerentes con “cursos individuales”, el costo final será muy elevado. Con criterio cooperativo es posible que esa capacitación se realice en conjunto de forma que se consiga el mismo objetivo pero de manera más eficiente. Ahora bien, las cooperativas tienen por un lado, que realizar una capacitación propia y otra que puede ser común a todas. A través de la Fundación, se resolvería la que resulte en común y que se podría hacer utilizando el fondo que deben constituir de forma obligatoria. Ese fondo se nutre de los excedentes cooperativos, que en esta coyuntura no abundan. No obstante ello ésa es la realidad actual y a partir de allí es necesario trabajar. Las cooperativas podrían aportar un porcentaje de ese fondo a la Fundación, que se entiende les será devuelto en servicios que ellas mismas organicen en esta nueva estructura. Las entidades que aporten serán las que pertenezcan a la Fundación; las que tienen derecho a decidir sobre las actividades de la misma en la forma establecida en los Estatutos, los que fueron aprobados por FACE. Con esos aportes se podrá poner en funcionamiento la estructura y se podrá visualizar qué cooperativas desean, por el momento, participar más activamente en este proyecto, reservándose las demás cooperativas de FACE la facultad de ingresar más tarde a la Fundación. Se trata de una nueva actividad voluntaria controlada por FACE pero que no obliga a todas las cooperativas a participar en este proyecto. Se genera así un ámbito en donde 62
los temas de educación y capacitación son tratados por las cooperativas que tienen verdadero interés por ello. A tal punto, que están dispuestas a realizar un aporte con la expectativa cierta que el mismo le sea devuelto en un servicio que necesitan, y que a ellas no les conviene organizarlo individualmente. Como beneficio adicional tenemos que no se incrementa el costo final en educación y capacitación, ya que el dinero del Fondo de Educación obligatoriamente lo tienen que gastar con ese destino, pero a través de las actividades que realiza “Su Fundación”. Actividades Las principales actividades estarían desarrolladas a través de los cursos que la Fundación programe. Se parte de la base que esos cursos tienen que ser autofinanciados. En ese sentido la Fundación no tendrá bajo su ámbito ningún personal docente designado, sino que estos profesionales serán autónomos y contratados al efecto. Es decir los docentes son externos pero los programas y contenidos son aprobados internamente. Los cursos podrían ser: Cursos propios. Diseñados por la Fundación, según el proyecto de largo plazo de la entidad con la garantía de la calidad necesaria que justifique que el mismo sea realizado desde la Fundación. Acuerdos con otras instituciones. Existen, dentro del ámbito de la educación y capacitación, cursos que se ofrecen que pueden ser contratados por la Fundación, sin necesidad que los organice directamente ella. En este sentido la Fundación debe evaluar la calidad de los mismos y hacer la selección de los cursos que ofrecen otras entidades. Existen algunos ofrecidos por ONGs., Universidades, otras Cooperativas o Federaciones, etc, con las cuales será posible acordar o contratar sus servicios. Como premisa básica se tendrá la autofinanciación de los cursos, que es posible hacerlo de una manera muy sencilla. Presupuestar el costo del curso y ofrecerlo, en primer lugar a las que forman parte de la Fundación; 63
si sobra cupo pueden ingresar interesados del resto de las cooperativas adheridas a FACE y luego se le dará cabida al resto del cooperativismo, evaluando el precio distintivo para cada una de ellas. Si el cupo mínimo no se consigue, el curso no se dicta. Investigación. Los programas de investigación tienen que estar seleccionados previamente, garantizándose el financiamiento del mismo. La Fundación, es el ámbito adecuado para planificar investigaciones que varias cooperativas deseen hacer y que si estuvieran trabajando aisladamente no lo podrían hacer. Además en forma individual sería difícil conseguir, a través de organismos oficiales, los importes necesarios que hagan posible la investigación en sí. En general los programas de investigación se ponen en marcha una vez que se consiga el financiamiento para ello. En la medida que haya un espacio que atienda esta problemática, como es la Fundación, seguramente convergerán en ella quienes tengan proyectos de investigación y quienes necesiten que los mismos se realicen. Hasta ahora este lugar no existe y hay en el país fuentes de financiamiento para esta tarea de investigación que el cooperativismo nunca lo exploró. Publicaciones. En este punto se hace referencia no a revistas informativas periódicas donde primordialmente se difunden las noticias de la realidad coyuntural, sino a aquellas que responden a estudios sobre determinados temas específicos con carácter formativo, organizando la distribución y la venta correspondiente. Concursos. Muchas veces el cooperativismo necesita tener conocimiento sobre determinado tema específico y para conseguirlo puede poner en funcionamiento un mecanismo que recoja el pensamiento de expertos en ese tema. A través de un concurso que entregue un premio, puede ser posible, tener un trabajo que refleje el mejor pensamiento sobre un tema y, a su vez estar promoviendo la investigación en forma masiva de manera que la Fundación sea quien dinamice el trabajo alrededor de un tema 64
elegido por FACE. Se genera una mayor difusión, un mejor conocimiento y una conciencia superior sobre el problema a resolver. En la medida que no haya un espacio que piense estas cosas no es posible encarar el tema de la educación y capacitación de manera ordenada, planificada y seria. Educación a distancia. Un párrafo aparte merece el tema de la educación a distancia. En primer lugar hay que tener en cuenta que las cooperativas están muy dispersas entre sí y pensar en una educación y capacitación permanentemente de carácter presencial puede tornarse muy costosa o imposible de realizar. Es necesario pensar la organización de un sistema eficiente de educación a distancia. Los conocimientos hay que ponerlos disponibles a través de internet. Las cooperativas eléctricas se han preocupado para que sus asociados tengan acceso a este servicio. Pero no sólo hay que pensar en el servicio de conexión, sino fundamentalmente qué contenidos se pueden poner a disposición de las entidades solidarias y de los asociados. Porque se está dando la paradoja que las cooperativas (eléctricas y telefónicas) están haciendo el esfuerzo para que sus comunidades no estén aisladas del servicio, pero son otros los que ponen los contenidos que generalmente no son de índole cooperativo. El cooperativismo pone el dinero y los demás ponen los contenidos, que “imponen una cultura que no es generadora de mayor conciencia cooperativa”. El cooperativismo tiene que participar en este proyecto y no puede hacerlo aisladamente y en algunos casos, ni siquiera por la propia Fundación. Es decir no puede construir todo el conocimiento necesario y ponerlo disponible a través de internet. Pero puede seleccionar, especialmente universidades públicas, y acordar con ellas los contenidos a difundir. La alianza estratégica entre universidad y cooperativismo es importante plantearla y profundizar la que ya existe, como es el acuerdo entre FACE y la Universidad Nacional de Tres de Febrero a 65
través del Posgrado en Economía Social y Dirección de Entidades sin fines de Lucro y el acuerdo con la Universidad Tecnológica Nacional. Si el cooperativismo de electricidad tiene un ámbito específico para la educación y capacitación, como es la Fundación, será posible que realice acuerdos con más Universidades y planificar qué contenidos quieren que estén disponibles. La Fundación. No es una contradicción el hecho que desde una Federación Cooperativa, FACE, se esté promoviendo una estructura de Fundación. Sabido es que esta última se caracteriza, en general, por tener una conducción que no es elegida democráticamente. Pero, hay que tener en cuenta que la forma democrática está presente tanto en las cooperativas de base como en la Federación. Por esto es necesario reforzar esas estructuras (Cooperativas y Federación) y no tender a debilitarlas. No se puede correr el riesgo de generar una estructura paralela a la Federación y a las cooperativas que tenga independencia de los objetivos que estas entidades madres se plantean. La democracia está en la Federación y todas las demás estructuras que se creen deben fortalecer esa organización y esa democracia. Los poderes paralelos independientes generan intereses propios que tienden a alejarse de los intereses originarios de la Federación. La autonomía es importante para tener un manejo de la ejecución de las actividades pero no debe correrse el riesgo de generar caminos paralelos o divergentes. Por ello es que la presidencia de la Fundación debe ser ejercida por la presidencia de la Federación y, si acaso, el cargo a disputar de manera democrática será el de presidente de la Federación quien conducirá a las dos instituciones. El Estatuto de la Fundación define que el resto de los cargos, fuera de la presidencia, serán electos entre las cooperativas más comprometidas con esta tarea educativa y los cargos directivos deben estar en manos de las cooperativas que forman parte. Lo que sí tiene que quedar claro que debe autosustentarse y que sus actividades de educación y capacitación no serán realizadas con personal propio sino con docentes o investigadores contratados al efecto. 66
ESTATUTO SOCIAL DE FUNDACION FACE. Art. 1º - Queda constituida por plazo indeterminado la «Fundación de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Limitada», con domicilio legal en Av. Corrientes N° 1762 4° “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pudiendo trasladarse a cualquier otro punto de la Argentina y establecer filiales, dentro y fuera del país. Art. 2º - La Fundación tiene por objeto primordial realizar, promover y facilitar estudios e investigaciones en los campos de la energía, los servicios, la economía, las finanzas, la sociología, el derecho y cualquier otro tema afín, orientados al perfeccionamiento del sistema económico social que, basado en principios Cooperativos, sostiene la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda., todo ello con el propósito que redunde en beneficio de la comunidad y particularmente de la juventud, a fin de prepararla en forma adecuada para el ejercicio de aquellas disciplinas. Para el cumplimiento de sus fines podrá organizar cursos, crear y sostener cátedras, otorgar becas, contratar profesionales, realizar concursos y llevar a cabo todo tipo de actividad. La Fundación podrá conceder préstamos o realizar donaciones a asociaciones y/o entidades civiles con personería jurídica comprendidas en el artículo diez y nueve, inciso f), primer párrafo de la Ley 11.682 (texto ordenado en 1960). Podrá también propiciar y solventar campañas para divulgar los principios del asociativismo en todas sus formas. Art. 3º - Para el cumplimiento de sus fines, la Fundación tiene capacidad de derecho para aceptar donaciones, comprar, vender y transferir toda clase de títulos, acciones y bienes muebles e inmuebles, y para celebrar toda clase de contratos y convenios como asimismo llevar a cabo cualquier operación todo tipo de Bancos, así como también con cualquier otra institución de carácter oficial, mixta o privada, creada o a crearse, dar y tomar en 67
arrendamiento bienes urbanos o rurales; llevar a cabo contratos públicos o privados con los gobiernos nacionales, provinciales o municipales, reparticiones autónomas o autárquicas, o con cualquier otra autoridad pública del país o del extranjero y constituir sobre bienes muebles o inmuebles toda clase de derechos reales. Podrá llevar a cabo todos los demás actos jurídicos previstos en el artículo 1881 del Código Civil que sean inherentes a esta Fundación, y los civiles y comerciales que fuesen necesarios para su desenvolvimiento, siendo la precedente enumeración meramente enunciativa. Art. 4º - Las actividades de beneficio público que desarrolle la Fundación se solventarán con su patrimonio. Art. 5º - La Fundación será dirigida, representada y administrada por una Junta Directiva compuesta por siete miembros que desempeñarán sus funciones «ad honorem», integrada de la siguiente forma: a) Por el Presidente de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda., quien ejercerá el cargo de Presidente de la Fundación. b) Tres miembros elegidos por el Consejo de Administración de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda. c) Tres miembros elegidos por las Cooperativas Eléctricas que forman parte de la Federación quienes, durarán tres años en sus funciones. El miembro a que se refiere el inciso a) permanecerá en su cargo mientras sea Presidente de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda. Los miembros a que se refieren los incisos b) y c) serán designados por tres 68
años, podrán ser reelegidos, y sus mandatos pueden ser revocados por decisión fundada del Consejo de Administración de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda, adoptada por el voto de las dos terceras partes de sus miembros con derecho a voto. El Presidente, tendrá a su cargo la ejecución de la política de las inversiones y el plan de acción fijados por la Junta Directiva. La Junta designará de entre sus miembros un Secretario y un Tesorero. Art. 6º - Para el cumplimiento de las funciones que se determinan en el artículo 11º, el Presidente designará, entre los miembros de la Junta Directiva, un Comité Ejecutivo que estará compuesto por un mínimo de tres miembros y un máximo de cinco titulares y tres miembros suplentes, estos últimos, los suplentes, serán elegidos de la siguiente manera: dos por el Consejo de Administración de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda. y uno por las cooperativas asociadas a la Federación que no formen parte del Consejo de Administración de la misma. Los miembros del Comité durarán un año en sus funciones, podrán ser reelegidos indefinidamente. Los integrantes del Comité designarán un Vicepresidente y un Secretario, y desempeñarán sus funciones «ad honorem». Art. 7º - Son atribuciones y deberes de la Junta Directiva de la Fundación: a) Aprobar el plan anual del actividades; b) Aprobar antes del 30 de junio de cada año el presupuesto anual de recursos y gastos de la Fundación, correspondiente al período 1º de julio/ 30 de junio de cada año; c) Aprobar la memoria, balance general, cuenta de gastos y recursos e inventario dentro de los tres meses de cerrado el ejercicio; 69
d) Nombrar y remover al personal de la entidad y fijar su remuneración; e) Fijar la política de inversión de su patrimonio; f) Fijar la periodicidad de sus sesiones, que deberán tener lugar por lo menos una vez cada seis meses; g) Nombrar a propuesta de los Síndicos de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda, el auditor contable de la Fundación y, en su caso, fijarle su remuneración; h) Aprobar los balances trimestrales de la Fundación; i) Acordar licencia a sus miembros y a los del Comité Ejecutivo, cuando éstos las soliciten, por plazos mayores de 45 días; j) Disponer las partidas para viáticos y gastos de representación en caso de comisiones de servicios a ser cumplidas en el interior o exterior que deberán establecerse y contabilizarse en particular para cada ocasión o acontecimiento societario que así lo requiera. La Fundación no podrá otorgar suma alguna en concepto de viáticos o gastos de representación a los miembros de su Junta Directiva y Comité Ejecutivo, en forma permanente o periódica; k) Disponer la compra o venta de inmuebles y constituir derechos reales sobre los mismos; l) Conferir poderes especiales o generales pudiendo revocarlos o sustituirlos, hacer novaciones, prorrogar y declinar jurisdicciones, celebrar convenios de locaciones de cosas muebles o inmuebles por menor o mayor tiempo que el de seis años, de obras, de servicios y toda clase de contratos. Podrá otorgar au70
torizaciones a sus miembros, a sus funcionarios o a funcionarios de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda, a fin de efectuar pagos detallados en las autorizaciones referidas en el artículo 9º inciso e); m)Celebrar escrituras públicas cualquiera sea su objeto o finalidad las que serán suscriptas por quienes designe la Junta en cada caso, debiéndose transcribir en cada escritura el acta en que se resuelve la operación y se efectúa la designación; n) Vigilar la aplicación y cumplimiento de estos estatutos y de los reglamentos que se dictaren, con amplia facultad de interpretación, conforme a las finalidades perseguidas por la Fundación. Art. 8º - Corresponde al Presidente de la Junta Directiva: a) Ejercer la dirección y representación general de la Fundación en todos aquellos actos que son facultad de la Junta Directiva, pudiendo delegar tal representación inclusive para absolver posiciones en juicio; b) Designar a los miembros del Comité Ejecutivo. c) Suscribir juntamente con el Secretario las actas de las reuniones de la Junta Directiva; d) Convocar a la Junta Directiva cuando lo estime conveniente, cuando lo pidan por lo menos cinco de sus miembros o lo solicite el Comité Ejecutivo. En estos dos últimos casos deberá convocarse la reunión para ser celebrada no después de los quince días de solicitada. La convocatoria se hará con siete días de anticipación y contendrá el orden del día; e) Presidir las reuniones de la Junta Directiva; 71
f) Vetar aquellas decisiones que considere incongruentes con las políticas establecidas para el funcionamiento de la Fundación, especialmente las que no concuerden con las actividades de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda. g) Suscribir las autorizaciones de pagos necesarias para el cumplimiento de las actividades de la Fundación y los cheques generales correspondientes, estos últimos de forma conjunta con otro miembro de la Junta Directiva . En caso de ausencia temporaria, dimisión u otro impedimento del Presidente, ejercerá sus funciones con los mismos deberes y atribuciones, quien la Junta Directiva designe para el caso. Art. 9º - El quórum para las reuniones será de la mitad más uno de los miembros de la Junta Directiva, debiendo adoptarse las decisiones por el voto de la mayoría dentro de este quórum y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo anterior. En caso de empate en la votación, quien preside decidirá con doble voto. Art. 10º - Son atribuciones y deberes del Comité Ejecutivo: a) Realizar todos los actos que conforme a lo dispuesto por el artículo 3º pueda efectuar la Fundación para el cumplimiento de sus fines y que no se encuentren expresamente a cargo de la Junta Directiva; b) Concretar convenios con autoridades públicas nacionales, provinciales, municipales, instituciones, asociaciones y particulares; c) Elaborar el programa anual de actividades de la Fundación y elevarlo para su aprobación a la Junta Directiva;
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d) Elaborar dentro de los dos meses de cerrado el ejercicio la memoria, balance general, cuenta de gastos y recursos e inventario, y elevarlo para su aprobación a la Junta Directiva; e) Reunirse obligatoriamente una vez cada tres meses o cada vez que convoque el Presidente, o lo soliciten por escrito por lo menos dos miembros integrantes del mismo cuya solicitud deberá ser resuelta dentro del término de diez días de formulada, convocándose la reunión para ser celebrada no después de diez y siete días de recibido el pedido; f) Designar y remover a todo el personal no jerarquizado de la Fundación, asignándose las funciones que le correspondan así como su retribución; g) Mantener relaciones con instituciones similares, nacionales o extranjeras, tendientes al mejor cumplimiento de los fines de la Fundación; h) Solicitar al Presidente de la Junta Directiva convocatoria de la Junta; i) Presentar antes del 31 de mayo de cada año a la Junta Directiva un proyecto de presupuesto que comprenderá el 1º de julio al 31 de junio; j) Elevar a la Junta Directiva los balances trimestrales dentro de los cincuenta días del vencimiento de cada trimestre; k) Nombrar de entre sus miembros a quienes ejercerán las funciones de Vicepresidente y de Secretario. El quórum para las reuniones del Comité Ejecutivo será de la mitad más uno de sus miembros debiendo adoptarse las decisiones por mayoría de votos. En caso de empate, quien presida decidirá con doble voto.
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Art. 11º - El Presidente del Comité Ejecutivo ejercerá la representación de la Fundación en todos aquellos actos que este estatuto no se la acuerda al Presidente de la Junta Directiva, y firmará las actas de las sesiones del Comité en forma conjunta con el Secretario. En caso de ausencia o impedimento transitorio del Presidente, lo reemplazará quien tenga la delegación expresa del Presidente. Art. 12º - El ejercicio de la Fundación es anual: comienza el 1º de julio y termina el 30 de junio del próximo año. Art. 13º - El Consejo de Administración de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda designará anualmente dos Revisores de Cuentas, quienes junto con el Síndico Titular de dicha Federación, llevarán a cabo funciones que serán las de vigilar los aspectos contables y financieros de la marcha de la Fundación con la atribución de examinar sus libros y documentos y verificar el estado de patrimonio siempre que lo juzgue conveniente, cuidando de ejercer sus funciones de modo que no entorpezcan la regularidad de la administración. Los tres revisores de cuentas actuarán en forma colegiada, requiriendo sus dictámenes dos votos y pudiendo el tercero, si fuera disidente, salvar su opinión. Art. 14º - Las reformas de los estatutos de la Fundación, serán resueltas por el Consejo de Administración de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda, quien adoptará sus resoluciones por mayoría de votos de los miembros presentes y comunicará a la Junta Directiva de aquella las reformas que se hubiesen llevado a efecto, previa aprobación de las mismas por la Inspección General de Personas Jurídicas. Art. 15º - La Junta Directiva de la Fundación, podrá decidir en cualquier tiempo la disolución de la Fundación y la liquidación de 74
su patrimonio, en cuyo caso el producto neto de dicha liquidación pasará a las asociaciones y/o entidades civiles con personería jurídica comprendidas en el artículo 19 inciso f) primer párrafo de la Ley 11.682 (texto ordenado en 1960) que al efecto se resuelva especialmente. La Fundación no se disuelve por la disolución de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda; en ese supuesto, la designación de los posteriores miembros de la Junta Directiva recaerá en quienes al tiempo de la disolución de la Federación, integran dicha Junta, estableciéndose a partir de entonces, una duración uniforme de tres años para el mandato de todos los integrantes de la Junta, los que podrán ser reelectos una vez. En este evento, las facultades y atribuciones conferidas en los artículos 5º, 13º y 14º de estos estatutos al Consejo de Administración de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda, pasarán a ser ejercidas por los integrantes de la Junta Directiva. Art. 16º - La Fundación podrá contar con un Consejo Consultivo Honorario cuyos miembros serán propuestos por el Consejo de Administración de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Ltda a propuesta de sus asociadas. La tarea de este Consejo será la de asesorar en aquellos temas que el Junta Directiva lo solicite siendo su opinión no vinculante para esta última. Artículo transitorio - Autorízase al Presidente de la Fundación o a quien este designe mediante autorización con firma certificada para efectuar los trámites de aprobación por la Inspección General de Justicia así como para aceptar las sugerencias de reformas que efectúa dicha Inspección.
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ORADORES DEL XII CONGRESO NACIONAL DE FACE (Ordenado de acuerdo al programa). - CPN Juan Carlos Fissore, presidente de la Confederación Cooperativa de la República Argentina (COOPERAR) - Prof. Juan José Sarachu, presidente Pro-tempore de la Reunión Especializada de Cooperativas del MERCOSUR (RECM) - Uruguay - Valentin Galeano, miembro del consejo del Instituto Nacional de Cooperativas (INCOOP) – Paraguay - Gonzalo Alvarez Maldonado, vicepresidente de la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) - Dr. Ricardo López, presidente de la Federación Argentina de Entidades Solidarias de Salud (FAESS) y secretario de COOPERAR - Julián Kopecek, director de la Licenciatura en Turismo de la Universidad Nacional de Lanús - Carlos Giribaldi, director de TECOOP - Dr. Antonio Roncoroni, presidente de la Federación de Cooperativas del Servicios Telefónico de la Zona Sur (FECOSUR) y de Comarcoop S.A. - Lic. Guillermo Moreno, Secretario de Comunicaciones de la Nación - Dr. Leonardo Bleger, asesor económico-financiero del Banco Credicoop - Carlos Vidal, asesor del Fideicomiso Banco Provincia de Buenos Aires - Dra. Gabriela Ciganotto, directora del Banco de la Nación Argentina - Profesor Peter Davis, fundador y director de la Unidad de Organizaciones Asociativas del Centro de Gestión de la Universidad de Leicester y representante ante el Comité Mundial de 76
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Desarrollo de Recursos Humanos de la Alianza Cooperativa Internacional. Carlos Molina, secretario de Energía de la provincia de Entre Ríos Dr. Marcos Rebasa, presidente del Foro de los Servicios Públicos y el Petróleo (FOROSEPU) y ex director del ENRE) Dr. Ricardo Passadore, asesor laboral de FACE Alicia Baragatti, Directora Nacional de Promoción de la Secretaría de Energía de la Nación Dra. Ana Jaramillo, rectora de la Universidad Nacional de Lanús Dr. Armando Alfredo Moirano, docente del Posgrado en Economía Social de la Universidad Nacional de Tres de Febrero Jorge Hippler, presidente de Miscoopgas Dr. Rodolfo Santecchia, presidente de la Cámara Argentina de Cooperativas, Mutuales y otros prestadores comunitarios de Radiodifusión (CARCO) Dra. Elsa Cuesta, asesora institucional de FACE Dr. Jorge Bragulat, director del Posgrado en Economía Social y Coordinador de la Escuela de Capacitación para la Empresa Cooperativa de FACE Daniel Bentancur, secretario técnico de la Reunión Especializada de Cooperativas del Mercosur Presentación del libro de FACE “Aportes para el desarrollo de las Cooperativas de Electricidad”, a cargo de Omar Marro, pro tesorero de FACE Israel Chalupowicz (asesor impositivo de FACE) Dr. Flavio Vega (coordinador institucional de FACE) Dr. Nelson Arias (Fiscalización del INAES) Dra. Claudia Beltramo y Dra. Moira Fernandez (IEsCOOM). Dr. Gabriel Clemente (auditor externo de FECOTEL) Dr. Oscar D. Alpa (auditor externo de FACE) 77
El Consejo de Administración de FACE, agradece el aporte realizado por los Dres. Jorge Bragulat y Cesar Gaetani en la coordinación académica del XII Congreso Nacional y en la elaboración de las conclusiones y propuestas de este documento.
COOPERATIVAS ASOCIADAS A FACE. COOP. DE ELECTRIC. OBRAS Y SERV. - ADELIA MARIA COOP. DE ELECTRICIDAD, SERV. Y OBRAS PUB. GIGENA COOP. DE PROVISION DE SERV. PUB. LTDA - NEUQUEN COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS - ALMAFUERTE COOP. DE ELECTRICIDAD - AGUSTINA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - AMEGHINO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - ARROYITO COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS LTDA - VILLAGUAY COOP. PROVISION OBRAS SERV.PCO PS.D - LABORDE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - BOWEN COOP. DE OBRAS Y SERV. PUBLICOS - CANALS COOP. DE PROVISION ELECT. LTDA. - CARLOS TEJEDO COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS - COLONIA CAROYA COOP. LA AGRICOLA REGIONAL LTDA - CRESPO COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS LTDA. - VILLA SEGUI COOP. SERVICIOS PUBLICOS LTD RUTA J - CASEROS COOP. DE ELECTRICIDAD - ISLA VERDE COOP. VICTORIA ELECTRIFICACION - VICTORIA COOP. DE ELECTRICIDAD Y SERV. PUBLICOS- BENJAMIN COOP. DE ELECTRICIDAD - ELDORADO COOP. DE LUZ Y FUERZA - ELENA COOP. DE ELECTRICIDAD Y SERV.PC - CHARRAS COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS - LUCAS GONZALEZ COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - HERNANDO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - ETRURIA COOP. RURAL ELECT. OBRAS Y DES - TEODELINA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - GRAL. ALVEAR COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS QUEBRACHO - VIALE COOP. DE ELECTRICIDAD - GRAL LEVALLE COOP. DE ELECTRICIDAD, SERV. LTDA. - MIRAMAR COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - GRAL PIRAN COOP. DE CONSTRUCCION LTDA - PASTEUR COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS - GERMANIA COOP. DE CONSTRUCCION - QUIROGA COOP. DE CONSUMO LIMITADA - CURARU COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - JUSTINIANO POSSE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - LAGUNA LARGA COOP. DE ELECTRICIDAD, OBRAS - LAS HIGUERAS COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - LAS PERDICES COOP. DE ELECTRICIDAD Y TECNIFICAC. - AZCUENAGA COOP. DE ELECTRICIDAD, O.S.P. LTDA - L.N.ALEM COOP. LUZ Y FUERZA LTDA. - PUERTO RICO COOP. DE ELECTRICIDAD - SANTA MONICA COOP. LUZ Y FUERZA LTDA. - LOS CONDORES COOP. INDUSTRIA Y AHORRO LTDA. - JUAN COUSTE
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COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - TODD COOP. DE ELECTRICIDAD POPULAR LTDA - LA NIÑA COOP. LTDA. DE CONSUMO POPULAR - PIEDRITAS COOP. SERVICIOS - RIO MAYO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - GRAL. DEHEZA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - JUNIN COOP. DE LUZ Y ENERGIA - ACEBAL COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - VILLA SAN ISIDRO COOP. OBRAS, SERV. PUB. CREDITOS - MONTE CRISTO COOP. DE OBRAS Y SERV. - VILLA LIA COOP. LUZ Y FUERZA E INDUSTRIA AN - LOPEZ COOP. DE ELECTRICIDAD - LAS JUNTURAS COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - URQUIZA COOP. DE ELECTRICIDAD - COLONIA PROSPERIDAD COOP. PROV. DE ELECTRICIDAD, OBR.Y S.S. - BENGOLEA COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS - OLIVA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - CHAZON COOP. SERVICIOS PUBLICOS LTDA. - PLOTTIER COOP. PROVISION DE ELECTRICIDAD LTDA. - VIÑA COOP. PROVISION DE ELECT. O.SERV. - VILLA DEL ROSA COOP. OBRAS, Y SERV. PUBLICOS LTDA. - BAIGORRITA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - SANTA EUFEMIA COOP. PROVISION O.SER.PUB., SERV.S - AMBOY COOP. DE CONSUMO DE ELECTR. - GUALEGUAYCHU COOP. DE SERVICIOS LIMITADA - TRANSITO COOP. PROVISION DE ELECTRICIDAD, LTDA. - LEZAMA COOP. DE CONSUMO LIMITADA - LA PAZ COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - CORONEL BAIGORRIA COOP. PROVISION DE SERV. ELECT., AGUA - MORSE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - TORTUGA COOP. DE CONSUMO LIMITADA - SA PEREIRA COOP. LTDA. DE CONSUMO POPULAR - VIAMONTE COOP. PROVISION DE SERV.ELECTRICOS - JUNCAL COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - MALABRIGO COOP. DE ELECTRICIDAD DE V. HUIDO- CAÑADA VERDE COOP. DE ELECTRICIDAD, OBRAS- INTENDENTE ALVEAR COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - RANCHOS COOP. DE ELECT. SERV. ANEXOS Z. SUR - 25 DE MAYO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - TIO PUJIO COOP. DE ELECTRICIDAD - GOBERNADOR VIRASORO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - MAR DE AJO COOP. AGUARA LIMITADA - MONTE CASEROS COOP. DE ELECTRICIDAD Y OBRAS D - CUCULLU COOP. DE AGUA POTABLE - GENERAL PINTO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - GONZALEZ MORENO COOP. DE ELECTRICIDAD - TRES LOMAS
COOP. SERVICIOS PUBLICOS - RIO GRANDE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - PARADA ROBLES COOP. DE ELECTRICIDAD - RAFAEL GARCIA COOP. OBRAS, Y SERV. PUBLICOS - LEONES COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - MONTE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - MONTECAR COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - MONTE HERMOSO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - ORENSE COOP. DE OBRAS LTDA. - LOS ZORROS COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - AUSONIA COOP. DE ELECTRICIDAD, SERV. PUBLICOS Y SOCIAL COOP. DE PROVISION DE ELECT - ROBERTS COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - LA PARA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - SAN BERNARDO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - CHASICO COOP. DE ENERGIA ELECTR.COL. SAN BARTOLOME LTDA COOP. DE PROVISION DE SERV. - ALDEA SAN ANTONIO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - TACURAL COOP. DE LUZ Y FUERZA - LA CAUTIVA COOP. DE ELECTRICIDAD Y OBRAS SAN - CONCORDIA COOP. DE ELECTRICIDAD, OBRAS SERV.PUB. - LOZADA COOP. DE ELECTRICIDAD Y ANEXOS - RIO COLORADO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - CAVANAGH COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - CARNERILLO COOP. DE ELECTRICIDAD - ELCOLORADO COOP. LUZ Y FUERZA LTDA. - FRONTERA COOP. PROVISION SER. ELECT. LTDA.-MANUEL OCAMPO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - VILLA DEL DIQUE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - TIMOTE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - LAS TOSCAS (BS.AS.) COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - VILLA RUMIPAL COOP. DE ELECTRICIDAD, OBRAS - WINIFREDA COOP. PROV. DE ENERGIA ELECT. Y VIVIENDA - ZAPALA COOP. COMUNAL DE CONSUMO - JUAN B. MOLINA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - DALMACIO VELEZ COOP. DE ELECTRICIDAD Y SERV. PUBLICOS- MANFREDI COOP. DE OBRAS Y SERV. PUBLICOS - CARCARAÑA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - EL TRIUNFO COOP. DE ELECTRICIDAD, PROVISION - GENERAL ROJO COOP. DE ELECTRICIDAD - ALPA CORRAL COOP. SERVICIOS PUBLICOS LTDA. - SAMPACHO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - GENERAL PAZ COOP. DE ELECTRIFICACION - GRAL. SAN MARTIN COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS - LA TORDILLA COOP. DE ELECTRICIDAD - CAÑADA SECA COOP. DE SERV. PUBLICOS PUEBLO ITALIANO LTDA. COOP. SERVICIOS PUBLICOS LTDA. - EL TIO COOP. DE AGUA Y ENERGIA - 2 DE MAYO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. – ARIST. DEL VALLE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - LOS HORNILLOS COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - LOS CISNES COOP. DE CONSUMO DE ELECTR. - CAÑADA DE GOMEZ COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - ANTONIO CARBONI COOP. DE ELECTRICIDAD - CENTENO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - GUATIMOZIN COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS PASCO LTDA. COOP. LUZ Y FUERZA LTDA. - VILLA DE SOTO COOP. DE OBRAS Y SERV. - BIGAND COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - OBERA COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS - LUQUE COOP. PROVISION DE ELECTRICIDAD - ORDOÑEZ
COOP. DE DITRIBUCION DE ELECT. - CARRILOBO COOP. DE ELECTRIC. Y SERV. PUB. - COLONIA BISMARK COOP. DE ELECTR. LTDA.- EL PARADOR DE LA MONTAÑA COOP. OBRAS, Y SERV. PUBLICOS - FOTHERINGHAM COOP. DE SERVICIOS PUBL., VIVIENDAS - LA LAGUNA COOP. HIDROELECTRICA - SAN JOSE DE LA QUINTANA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - SAN MARCOS SIERRA COOP. OBRAS, Y SERV. PUBLICOS LTDA. - TANCACHA COOP. AGROPECUARIA Y DE ELEC CAEMC.-MONTE CAS COOP. DE ELECTRICIDAD - BELLA VISTA COOP. DE PROVISION DE SERVICIOS- MOJON DE FIERRO COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS “25 - HASENKAMP COOP. OBRAS, Y SERV. PUBLICOS - MORRISON COOP. DE ELECTRICIDAD ALTO URUGUAY - 25 DE MAYO COOP. DE ELECTRICIDAD Y SERV. P - BRDO LARROUDE COOP. DE ELECTRICIDAD - DAIREAUX COOP. DE SERVICIOS PUBLICOS LTDA. - CERRITO COOP. DE PROVISION DE OBRAS - CLORINDA COOP. DE SERVICIOS Y OBRAS - GENERAL SAN MARTIN COOP. DE ELECTRICIDAD - IRIARTE COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - PASCANAS COOP. DE ELECTRICIDAD Y SERV. ANEX. LTDA - SELVA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - GENERAL CABRERA COOP. DE PROVISION DE OBRAS - LAS TOSCAS (STA. FE) COOP. DE AGUA POTABLE Y OTROS SERV. - LAS HERAS COOP. DE OBRAS, Y VIVIENDAS - COSERVHEL COOP. DE EL ECTRIFICACION RURAL - CALCHAQUI COOP. DE ELECTRICIDAD - ALEJANDRO COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - UCACHA COOP. DE PROVISION DE OBRAS - MARGARITA COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - CHAJARI COOP. DE COOPERATIVAS - MISCOOPGAS COOP. DE ELECTRICIDAD - MBURUCUYA COOP. DE ELECTRICIDAD - PEDERNALES COOP. DE VIVIENDA, PROVISION - HERSILIA COOP. DE PROVISION DE OBRAS - OLAETA COOP. DE PROVISION DE ELECT. - CALCHIN OESTE COOP. DE ENERGIA ELECTRICA -PLAZA SAN FRANCISCO COOP. DE PROVISION DE AGUA - LAGUNA ALSINA COOP. PROVISION DE SERV. ELECT. Y - COLONIA TIROLE COOP. DE ELECTRICIDAD Y SERV.PC - COSTA SACATE COOP. OBRAS, Y SERV. PUBLICOS. RUR - ARIAS COOP. PROV. DE ELECT. Y SERV. PUB.-SAN CARLOS MIN COOP. DE ELECTRICIDAD - LAS ARRIAS COOP. DE OBRAS Y SERV. PUBLICOS - BOUWWER COOP. DE LUZ Y FUERZA - LA CUMBRECITA COOP. OBRAS, Y SERV. PUBL. Y CONS - LOS ESPINILLOS COOP. DE ELECTRICIDAD - LOS REARTES COOP. DE PROVISION DE ELECT. - BERROTARAN COOP. DE SERVICIOS PUBL. LTDA - RIO DE LOS SAUCES COOP. DE PROV. DE ENERGIA ELEC.- STA ROSA CALAMU COOP. DE PROVISION DE SERV. ELECTR. - ESPARTILLAR COOP. DE PROVISION DE SERV. PUBLIC. - WASHINGTON COOP. TAMBEROS PAMPAYASTA NORTE USINA POPULAR COOPERATIVA - NECOCHEA COOP. DE LUZ Y FUERZA - SANTA TERESA COOP. OBRAS, Y SERV. PUBLICOS - ARMSTRONG COOP. DE ELECTRICIDAD LTDA. - CALCHIN COOP. DE OBRAS Y SERV. – VILLA AMELIA COOP. DE ENERGIA ELECTRICA - LAS VARILLAS
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LOGOTIPO DEL XII CONGRESO NACIONAL DE FACE
En este caso el logotipo -la forma gráfica estable y explícita del principal identificador de toda institución que es el nombre- comparte su función con el isotipo, el cual le agrega a la versión visual del nombre una imagen que puede actuar independizada de él o no, para cumplir con distintos tipos de funciones identificadoras. Nos pareció pertinente que el isotipo del “XII Congreso Nacional de FACE” fuera “El Hombre”, ya que es el que hace posible que este exista como tal, con su heterogeneidad, sus recorridos, sus lugares y no-lugares, sus individuos, sus relaciones. El hombre está presente como representante del elemento humano que compone este “Congreso Cooperativo”, por supuesto con los siete colores que lo representan indiscutidamente.
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Anexo Resoluciones 394/95 y 593/99 INAES TI.CO.CA.
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Res. Nº349/95 INAC Adóptanse medidas en relación a la capitalización ya su funcionamiento Buenos Aires, 14 de marzo de 1995 VISTO las dificultades que, en general, se aprecian en cuanto a la capitalización de las cooperativas y a su financiamiento, y CONSIDERANDO Que la formación de un capital adecuado a su funcionamiento constituye para las Cooperativas uno de los problemas más notorios de los últimos tiempos. Los fenómenos propios de la actual apertura de la economía, volcada a una capacitación competitiva de los recursos disponibles en el mercado crean dificultades que repercuten negativamente en la financiación de las Cooperativas, resienten así su operatoria y se constituyen muchas veces en amenaza respecto de la existencia misma de las entidades. Que conforme la Ley de Cooperativas este Instituto tiene por fin principal concurrir a la promoción y desarrollo del Cooperativismo. Tal desarrollo sólo será posible a partir de la existencia de Cooperativas fortalecidas en su estructura empresaria, capaces de desenvolverse a satisfacción en un medio cada vez más competitivo, para la cual es condición esencial su vigor económico financiero. Es por lo tanto obligatorio de esta administración en el cumplimiento del rol que le compete y haciendo uso de las facultades reglamentarias que la ley le acuerda, proporcionar en la medida de lo posible los elementos normativos que puedan contribuir con el fin deseado. Que en orden a dicho funcionamiento económico financiero se considera preferible un mecanismo que, a la par que allegue 83
fondos a la economía cooperativa, contribuya a una mejor exposición patrimonial de las entidades en sus estados contables. Por tanto aquel fortalecimiento debe resultar por vía de la capitalización, a cargo Claro está de quienes son los primeros interesados en la solidez y desarrollo de su cooperativa, los asociados. No se trata sin embargo de establecer normas que constriñan a los asociados a efectuar aportaciones superiores a las ordinarias según estatuto, es decir de modificar post-facto los contratos de suscripción. Se trata de la posibilidad de que los asociados que lo deseen capitalicen fondos suyos disponibles, con adecuada remuneración, reembolsables en condiciones prefijadas que no se vinculan con el egreso de los aportantes de la cooperativa, e independientes del uso de los servicios sociales. La ilimitación del capital cooperativo permite el incremento de que se trata añadiendo al capital resultante de las disposiciones estatutarias ordinarias una porción de capital de características especiales. Que de conformidad con lo precedentemente expresado, se considera necesario estructurar un sistema basado en títulos cooperativos de capitalización, fijándose sus características generales, dentro de las cuales cada una de las entidades establecerá las particularidades con arreglo a sus circunstancias empresarias. Que en cuanto a la forma que cada una de las cooperativas adoptará la decisión de instrumentar la emisión dada la importancia de la misma, se considera que ha de ser de competencia del órgano de gobierno, requiriéndose para su aprobación la mayoría calificada que para casos especiales establece el Art. 53 de la Ley de Cooperativas. Que el éxito del sistema se relaciona en buena parte con las condiciones de remuneración de los aportes mediante títulos cooperativos de capitalización. En este sentido es evidente la necesidad de un adecuado estímulo a la inversión, reconociéndosele intereses. El pago de intereses al capital es aceptado por la Ley 84
de Cooperativas, a condición de la existencia de retornos para afrontarlos, y a condición también de la limitación de su tasa, límite que fija el Art. 42 inciso 4 de la ley citada. Podría argüirse que, en el caso de cooperativas que no prevean retribución mediante intereses al capital aportado, el hacerlo respecto del capital representado por los títulos cooperativos de capitalización que por la presente resolución se establecen, constituiría un tratamiento desigual en relación con una porción del capital social, cuestión contraria al principio de igualdad vigente en materia cooperativa. Que en este punto es necesario hacer prevalecer el valor de la existencia de las cooperativas que se encuentren afectadas por el fenómeno de la descapitalización con grave riesgo en cuanto a su permanencia o, en el mejor de los casos, de mengua de su capacidad de organizar y prestar servicios. Y a partir de ello admitir la existencia del capital ordinario conformado en base a las disposiciones estatutarias comunes y una masa de capital complementario indispensable para la subsistencia, aportado en forma voluntaria por los asociados en actitud armónica con el principio de solidaridad, reembolsable independientemente de la disolución del vínculo asociativo y limitadamente remunerado. Ello se justifica sobre la base de una interpretación no rígida del principio de igualdad en esta materia, a partir de una percepción realista de las cosas, que armoniza con el valor solidaridad, al permitir que quienes puedan contribuyan al sostenimiento de las finanzas comunes con la sola contraprestación de un interés limitado, lo que excluye un propósito lucrativo indebido e inadecuado al sistema. Que de esta manera se establece un tratamiento igualitario para los que participan en cada una de dos circunstancias distintas; los aportes del capital ordinario según estatutos y los aportes de una masa de capital complementario imprescindible para mantener vigente la organización empresaria cooperativa de todos. 85
Que la estructura del sistema debe complementarse con las normas necesarias que lo enmarquen en cuanto a la forma en que tendrán lugar los reembolsos, las características de los títulos y su transmisibilidad, estableciéndose pautas generales dentro de las cuales las cooperativas interesadas fijarán las particularidades que estimen correspondientes. Por ello, EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA RESUELVE: Artículo 1° Las cooperativas podrán incrementar su capital mediante suscripciones e integraciones complementarias de las ordinarias según estatutos, mediante aportaciones voluntarias de sus asociados, conforme las disposiciones de la presente resolución. Artículo 2° Dichos aportes de capital Complementario, independientes del uso real o potencial de los servicios sociales, son reembolsables a su titular en el plazo que fije la asamblea que disponga la emisión de los títulos. Dicho reembolso podrá tener lugar mediante amortizaciones parciales. Podrá también establecerse un sistema de rescate rotativo, de manera tal que una vez suscripta totalmente la emisión, se admitan nuevas suscripciones cuyo monto ha de dedicarse a rescatar las existentes, según su antigüedad. Artículo 3°- Los aportes de capital complementario deberán ser integrados totalmente en el momento de la suscripción. Artículo 4°.- Dichos aportes serán retribuidos con intereses a pagarse con excedentes repartibles, según la tasa que determine la 86
asamblea que decida la emisión, de conformidad con el Artículo 42, inciso 4 de la Ley 20.337. La Asamblea decidirá también si se afectan al pago de estos intereses la totalidad de los excedentes repartibles o sólo un porcentaje de los mismos, a fin de afectar el resto a intereses a las cuotas sociales, si así tuviera previsto en el estatuto, o a retornos, en efectivo o en cuotas sociales. En el caso que, por inexistencia de excedentes repartibles o por insuficiencia de éstos en determinado ejercicio, resultasen insatisfechos intereses debidos a capital cooperativo complementario, el pago de aquellos se diferirá a los futuros ejercicios. Artículo 5°.- El capital complementario estará representado por títulos cooperativos de capitalización, en moneda de curso legal o en moneda extranjera de libre convertibilidad, de igual valor y serán nominativos. Se podrán emitir títulos representativos de más de un titulo cooperativo de capitalización, los que, además de las formalidades del Articulo 26 de la Ley 20.337y adecuándose la denominación del titulo, deberán contener: a) El monto total de la emisión autorizada. b) La fecha de la asamblea que autorizó la emisión. c) Las condiciones de remuneración. d) Las condiciones de reembolso. Artículo 6°.-Los títulos representativos de capitalización podrán transmitirse solamente entre asociados, requiriéndose la comunicación fehaciente a la cooperativa. Artículo 7°- Las cooperativas deberán practicar los asientos correspondientes a las emisiones de títulos cooperativos de capitalización, incluidas las transferencias que se operen de los títulos, 87
en un libro ad hoc, el que deberá contar con la rúbrica prevista en el Artículo 38 de la Ley 20.337. Articulo 8°.- La implementación de capital complementario será de competencia de la asamblea general, requiriéndose una mayoría de los dos tercios de los asociados presentes. A los efectos de este cómputo no serán consideradas las abstenciones. La asamblea deberá pronunciarse sobre los siguientes tópicos: a) El monto total de la emisión. b) El sistema de reembolso de capital complementario. c) La tasa de interés. d) La afectación total o parcial de excedente repartible al rescate de títulos. Artículo 9°.- De forma.
Res. Nº593/99 INACyM Reglaméntase la integración y suscripción de Capital Complementario (TI. CO. CA.) establecido por la Resolución N° 349/95 ex INAC que dispone la integración de dicho capital en forma total al momento de la suscripción, como así también fijar un plazo mínimo por el que se deberá permanecer efectivizados la aportación de este capital. Bs. As. 15/4/99 VISTO lo establecido en el artículo 106, inc 8° de la Ley 20.337 y lo dispuesto mediante la Resolución N°349/95 INACyM y, 88
CONSIDERANDO: Que se hace necesario reglamentar la integración y suscripción de Capital Complementario (TI.CO.CA.) establecido por la Resolución N° 349/95 ex INAC que dispone la integración de dicho capital en forma total al momento de la suscripción, mediante una norma más flexible, como así también fijar un plazo mínimo por el que deberá permanecer efectivizados la aportación de este capital. Que resulta razonable establecer las bases de un indicador de referencia a la relación de los Títulos Cooperativos de Capitalización (TI.CO.CA). Que la relación a observar en el circulante de los títulos debe referirse al patrimonio neto y su equivalente que son los recursos propios, ya que estos recursos pueden ser superiores o inferiores al monto de las cuotas sociales suscritas. Que de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente, la «integración computable» surge de una ecuación en que los términos computables son entre otros conceptos, un «patrimonio neto básico» más o menos un «patrimonio neto complementario». Donde el «patrimonio neto básico» incluye: el capital social, los aportes no capitalizados, los ajustes al patrimonio, las reservas de excedente y los resultados no asignados. Mientras que el «patrimonio neto complementario» incluye entre otros rubros los resultados devengados por el avance del ejercicio económico en curso. Sobre el particular, y reforzando la determinación del ente, deberá acompañarse una certificación contable emitida por Contador Publico Independiente sobre el contenido de la información contable. Que corresponde determinar el momento en que la entidad cooperativa deba controlar su variable de Capital Complementario con respecto a una emisión aprobada y en circulación, respecto del valor tope autorizado de acuerdo al cálculo que arroje la ecuación propuesta. La determinación del valor de la relación técnica se hará, también, cuando se decida: 89
a) Realizar la primera emisión. b) Ampliar la emisión en circulación o, c) Cuando la emisión se encuentre agotada. Obtenido el valor de la relación técnica, la emisión de TI.CO.CA. no podrá superar el 150% de dicho resultado. La información conteniendo la elaboración y cálculo de la relación técnica y certificada por Contador Público Independiente será agregada por el Consejo de Administración a la convocatoria de asamblea. Que si el monto de títulos emitidos resultare ulteriormente superior a la relación técnica anual en alguno de los sucesivos ejercicios, situación factible por la naturaleza dinámica de los componente utilizados en el cálculo, tal circunstancia debería ser informada en los estados contables del ejercicio. Esta situación podría generar un ajuste en la relación técnica, ya sea a través de un rescate anticipado y forzado de los títulos cooperativos hasta el límite admisible, en cuyo caso la entidad podría verse obligada a liquidar anticipadamente activos para afrontar el flujo pagador de fondos o compelida a realizar una capitalización vía suscripción de cuotas sociales respecto de la que los asociados podrían no estar en condiciones de afrontar. Que si en la oportunidad de entrada en vigencia de la presente resolución, las entidades contarán con un monto de emisión o emisiones colocadas, superiores a las que pudieran resultar admisibles de acuerdo a la relación técnica establecida, las mismas deberán arbitrar los medios pertinentes para su paulatina adecuación, a efectos de evitar poner en peligro la existencia de la cooperativa. Que el Consejo Federal Cooperativo y Mutual ha considerado la presente dando despacho favorable al proyecto. Por ello, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos 420/ 96,471/96, 723/96y 1039/96, 90
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL RESUELVE: Artículo 1°.- Los aportes en Títulos Cooperativos de Capitalización establecidos mediante la Resolución N° 349/95 ex INAC podrán realizarse de la siguiente manera: los aportes de capital complementario podrán ser integrados totalmente en el momento de su suscripción o fraccionadamente en cuanto a sus montos y plazos. En este último caso, deberán observarse las disposiciones que en materia de integración de cuotas sociales prevea el estatuto social y el artículo 25 de la Ley 20.337. Las aportaciones de este Capital Complementario deberá efectuares por un período de tiempo no inferior a seis meses a partir del momento en que el socio comprometió y efectivizó totalmente su aporte». Artículo 2° -A efectos de determinar la relación técnica a observar en el circulante de los TI.CO.CA., la que deberá estar referida al Patrimonio Neto y su equivalente que son los recursos propios, se establece el siguiente indicador: C.C. = PNcea +1- VPNe Donde C.C. = Capital Complementario PNcea = Patrimonio Neto al cierre del ejercicio anterior (libre del circulante de TI.CO.CA. emitido). VPNe = Variación del Patrimonio Neto (al inicio) operado durante el ejercicio hasta la fecha de corte de la medición contemporánea. EL PNcea ES EL QUE SURGE DEL ÚLTIMO BALANCE AUDITADO, MIENTRAS QUE LA VPNe estará determinada por la variación que desde el inicio del ejercicio (O sea el momento del PNcea) se ha verificado contablemente. Para el último caso puede existir la conjunción de aumentos y/ o rescate de cuotas 91
sociales, retribuciones por el trabajo personal de los consejeros (artículo 67 Ley 20.337), utilización efectiva de reservas artículo 42 de la Ley Cooperativa y, los propios excedentes o quebrantos devengados por el ejercicio de la actividad social. Artículo 3°.-Las entidades cooperativas deberán verificar su variable de Capital Complementario (C.C.) con respecto al valor tope autorizado según la ecuación del artículo 2°, al momento de considerar una emisión aprobada y en circulación. También deberá necesariamente, verificar esta relación técnica al momento de: a. Realizar la primera emisión; b. Ampliar la emisión en circulación o; c. Cuando la emisión se encuentre agotada. En cualquiera de los casos mencionados, el Consejo de Administración deberá realizar el estado de cálculo de la ecuación al momento más cercano a la época en que la asamblea se reúna para tratar la cuestión. Para ello, conjuntamente con la comunicación de la convocatoria a asamblea se deberá anexar un documento con la determinación y cálculo a que se ha llegado, certificado por Contador Público independiente. De igual modo, las entidades cooperativas que tengan emitidos los Títulos Cooperativos de Capitalización deberán presentar un estado con el valor y cálculo de la «C.C.» certificado por Contador Público Independiente, conjuntamente con la documentación contable requerida por el artículo 41de la Ley 20.337. Obtenida la relación técnica del artículo 2° se establece que la emisión de Títulos Cooperativos de Capitalización (TI.CO.CA.) no podrá superar en una vez y media dicho resultado. 92
Artículo 4°.- Cuando por la naturaleza dinámica de los componentes utilizados en la relación técnica del artículo 2° una emisión oportunamente encuadrada dentro de los límites establecidos quede por sobre el valor del cálculo de la «C.C. anual», la emisión deberá mantenerse dentro de los vencimientos y modalidades originarias pactadas, no debiendo en consecuencia, proceder al rescate anticipado y forzado de los Títulos Cooperativos de Capitalización hasta el límite admisible. Tampoco procederá provocar una capitalización vía suscripción de cuotas sociales. Artículo 5° - Al entrar en vigencia la presente norma, las entidades que ya cuenten con emisión de Títulos Cooperativos de Capitalización, podrán atender en las condiciones originarias las obligaciones oportunamente contraídas. Las nuevas suscripciones quedarán supeditada a la determinación del valor de la «C.C.». Artículo 6° - Lo establecido en la presente resolución entrará en vigencia a partir de los quince días de su publicación en el Boletín Oficial. Artículo 7°. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
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HISTORIA Y RECUERDOS DE FACE A principios de siglo, un grupo de argentinos progresistas, con visión de futuro, se lanzaron a acometer la empresa de brindar servicios, cuando los riesgos eran avasallantes y los resultados de la explotación totalmente inciertos.- Pero, poco a poco, esos servicios fueron siendo asimilados por empresas de capital internacional, llegándose a la década de 1920 en que las prestaciones de electricidad en las ciudades más importantes se encontraban a cargo de ese tipo de empresas, abarcando un proceso técnico y económico que el capital nacional, en su inexperiencia desconocía.Esos cinco grandes grupos eran C.A.D.E. dependiente del «holding», S.O.F.I.N.A.; con idénticos intereses en Alemania, Francia, España, México, Inglaterra, Canadá, Turquía, Bélgica, Italia, etc.; I.T.A.L.O. cuyo «holding» era el consorcio Motor Colombus; A.N.S.E.C. cuyo «holding» es la American and Foreign Power Company; SUIZO, probablemente filial de Motor Colombus.En el año 1926 cuando el descontento que se venía suscitando en diversos sectores por la abusiva e indiscriminada aplicación de las tarifas por el consumo de electricidad, hace eclosión en la pequeña población de Punta Alta, situada en el sur de la provincia de Buenos Aires a 480 Km. de la Capital Federal Argentina, contra el consorcio, representado por la empresa La Industria Eléctrica S.A., que abarcaba la totalidad del servicio.El 4 de julio de 1926 en una asamblea vecinal realizada en la Sociedad de Fomento, se constituye la Cooperativa Eléctricas de Punta Alta.- Transcurridos trece años de la creación de la primera cooperativa, sus resultados y eficacia se habían difundido ampliamente.- Por ello, eran varias las ciudades y poblaciones que contaban con cooperativas eléctricas.- Los negros vaticinios iniciales con que los intereses afectados saludaron la iniciación del Movimiento, no se habían concretado.- Todo el misterio de los costos, 95
las elucubraciones sobre tarifas, las argumentaciones sobre carencia de capital y dirección técnica adecuada, se estrellaron contra algo real e irreversible: cada vez era mayor el número de vecindarios que en materia de servicio eléctrico estaban dispuestos a ser dueños de su propio destino.Era pues necesario contar ya con una entidad que agrupara a las cooperativas existentes, vinculándolas para una mejor acción de conjunto que orientara a la vez a los núcleos de formación.Durante el año 1938 se gestó la idea de realizar un congreso de cooperativas de electricidad y constituir la Federación.- Había funcionado en forma precaria, con el mismo nombre, una entidad que tuvo sede en la ciudad de Olavarría, realizando reuniones también en La Plata y Buenos Aires.Las finalidades de la nueva entidad quedaron claramente expresadas en su estatuto, que constituye todo un ambicioso programa de acción para el Movimiento.Su funcionamiento se inició en dos modestas oficinas arrendadas en el edificio de la Bolsa de Comercio, en la Capital Federal, calle 25 de Mayo 347.- Pero la importancia que fue adquiriendo año tras año, y la complejidad y diversificación de tareas que la evolución del Movimiento y creación de nuevas cooperativas fueron imponiendo, hizo que se pensara en un lugar donde desempeñar más cómodamente sus actividades y así llega el año 1958 en que se habilitan las nuevas instalaciones del edificio, Sarandí 1264, que se fue ampliando paulatinamente para poder absorber todas las necesidades de trabajo, en particular las vinculadas a la atención de las operaciones en común entre las asociadas, en las que FACE actuara como agente central de las compras y pagos que aquellas le confiaran.A ello se fueron anexando, con el correr de los años y las nuevas necesidades, diversos servicios de asesoramiento y la ejecución 96
de un plan de largo aliento, cual es el de electrificación rural, en el que la Federación cumple una importante función, al ser vehículo canalizador de los préstamos que el Banco Interamericano de Desarrollo otorga a través del Banco de la Nación y Secretaría de Energía.Cumplidas las pautas que permitieron el desarrollo del Movimiento Cooperativo Eléctrico en las áreas urbanas, a través de la gestión de las numerosas cooperativas eléctricas que se fueron constituyendo con el correr de los años a partir de 1926, y que posibilitaron a la vez dar solución a todos los problemas que el crecimiento y desarrollo de las mismas plantearon, la acción comenzó a orientarse hacia la zona rural tratando de llevar a esos sectores los beneficios de la electrificación.Constituye una premisa irrefutable que nuestro país es esencialmente agrícola-ganadero y que sobre la base de su producción cimentó su economía, siendo precisamente la sustentación económica en la que se fundamenta el desarrollo de un Estado, y resultando el sector agropecuario el pilar básico de aquélla, es fácil colegir la incidencia que tiene el desarrollo de ese sector para el sostenido progreso de nuestro país.Y por ende, el papel propietario de la electrificación en el desenvolvimiento del agro, a través del establecimiento de una adecuada infraestructura energética que posibilite la introducción de nuevas tecnologías en las distintas actividades rurales, para que se incremente, no sólo la producción, sino la productividad, en beneficio de productores y consumidores.El convencimiento de la importancia que la electrificación rural revestía para el desarrollo del agro, en la ampliación de la frontera agropecuaria, sobre lo que se ha insistido tanto, hizo que el Cooperativismo Eléctrico volcara al medio rural sus mejores esfuerzos, constituyéndose a la vez, en uno de los más activos y 97
eficaces propulsores de las gestiones para lograr los aportes de organismos de créditos, destinados a financiar planes de electrificación rural.A partir del año 1970 comienza a ejecutarse en el país, en forma orgánica, el primer plan nacional de electrificación rural.- Ya con anterioridad, a través de diversas fuentes de financiamiento privadas u oficiales, algunas cooperativas habían afrontado trabajos de ese tipo.Las cifras totales de los primeros tramos del programa de Electrificación Rural son harto elocuentes de la trascendencia que las obras revisten en sí y del renovado interés de los productores en dotar a sus predios de energía eléctrica.La labor de FACE cumplida en este campo se complementó, por una parte, con la organización de conferencias nacionales y congresos, en los que se fijó como tema prioritario el de la electrificación rural, y por otro lado, mediante la presentación de trabajos y ponencias en reuniones cumplidas en diversos países latinoamericanos en las que se debatían específicamente los distintos aspectos de la electrificación rural.Hoy, luego de 66 años el Movimiento Cooperativo de Servicios Públicos se encuentra en una etapa de plenitud y expansión, en los cuatro puntos cardinales del país, e instalado en las más diversas regiones del suelo patrio.En los últimos años el desarrollo de la cooperación en el campo de los servicios públicos, ha asumido características arrolladoras.- Estas entidades populares pueden reivindicar para sí, con justicia, el mérito de haber llevado servicio eléctrico, agua potable, cloacas, gas, telefonía, etc. a poblaciones que de ninguna otra manera hubieran podido contar con ellos.-
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