SeguVoz
Los pueblos consolidan su desarrollo social, Ciltural, Politico, eductivo y economico mediante el esfuerzo que realizan sus pobladores. Ese Esfuerzo se siembra con optimismo cuando tambien hay conciencia para vencer los obtaculos que suelen presentarse.
Nuestro pais,en las utimas decadas, ha sido victima de innumerables acontecimientos los cuales han socabado e impedido de alguna forma nuestro crecimiento y desarrollo en muchas de las actividades que conforman la vida cotidiana. En este aspecto, la Actividad Aseguradora nacional no ha escapado de ello donde sus intituciones y protagonistas de esta importante profesion, actuan de manera individual pensando cada uno quizas en sus metas personales u economicas abandonando la genesis o el fin de su creacion cual es la Proteccion de los bienes Asegurados sea del tipo del se y cumpliendo con lo establecido en la ley, Condicionados y Providencias emitidas y regidas por el ente rector como lo es la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.
En el Colegio de Productores de Seguros del Estado Lara estamos convecidos que este pequeño Organo Informativo hoy en su primera EDICION, servirá para mantener informados a todos los protagonostas de esta bella y digna profesion con el fin de cada dia podamos ser mucho mas Profesionales con el unico y principal fin de brindar a nuestros ASEGURADOS el mejor y mas exclucio servicio en la proteccion de su PATRIMONIO.,
MIGUEL FIGUEROA KAZEN Director - EditorEl presidente del Instituto de Altos Estudios de Seguros y Reaseguros, Rafael Eduardo Ares-Palma, afirmó que 10.000 puestos relacionados con el sector seguro están en riesgo luego que la reforma de la Ley de la Actividad Aseguradora fuera aprobada en segunda discusión por la Asamblea Nacional el 11 de octubre y remitida a Ejecutivo Nacional para su promulgación. Detalla que esta reforma pone el peligro de extinción a los intermediarios, quienes son los encargados del enlace entre las empresas aseguradoras y el asegurado. Alega que son personas que “estudian, se preparan y se especializan para el asesoramiento a toda la familia venezolana”. En ese sentido, el gremio objeta varios artículos de la ley, precisamente, por poner en riesgo a los productores o corredores.
Luis Pineda Márquez, presidente de la Federación de Productores de Seguros, detalló que uno de los problemas que confrontan con la reforma es que cambiaron el nombre de productor de seguros o corredor de seguros por intermediario. Expresa que con este término se cuelan “otros actores que siempre sehan querido beneficiar de esta actividad”.
Deja ver que “desde hace 20 años los sectores financieros han buscado ser ellos quienes cubran esa parte y de alguna manera tomar beneficios aguas abajo. La banca quiso incorporarse en eso bajo una figura conocida como banca-seguro (…) Esto involucra otros actores que poseen bases de datos y que podrían facilitar la colocación de seguro a a través de un tercero, que no esté preparado”.
Ares-Palma refuerza esta hipótesis al decir que ya en ocasiones se ven a personas tras un Call centers ofreciendo este tipo de productos.
Pineda Márquez teme que estas empresas puedan quitar el trabajo esas personas que se han preparado y colegiado para ser intermediarios entre las aseguradoras y el asegurado. “El seguro es un contrato de adición y tiene muchísimas condiciones; causas por las cuales pierden efectividad o coberturas (…) para eso se requiere un asesoramiento y un acompañamiento, quienes están siendo afectados son mas de 10 mil trabajadores independientes. Cómo se redactó la ley parece que está destinada a crear desempleo. Los productores de seguros van a ser destituidos por los bancos u otras instituciones financieras”.
Asegura que en el Artículo 13 establece cuáles son los sujetos regulados “lo que está ocurriendo con la reforma es que crearon dos tipos de intermediarios: los corredores o productores de seguros y otra cosa que inventaron que se llama canales de comercialización que pueden ser todas las descritas en ese artículo (banco, industrias, empresas públicas y privadas, gremios o asociaciones entre otros) y son nombrados canales alternativos”.
Ambos expositores coinciden que este artículo de la reforma a la Ley de Actividades Aseguradora es muy perjudicial para los corredores de seguro; consideran que esta labor no puede ser reemplazada debido a que los intermediarios realizan una serie de estudios y están regularizados por la Sudeaseg con una renovación de cada tres años “Nosotros tenemos una capacitación, pero también obligaciones administrativas que cumplir que si no lo hacemos somos multados. Incluso se nos exhorta a mantenernos al día con la Ley de Legitimación de Capitales. A nosotros nos establecen sanciones civiles o penales”, alega “pero esos canales alternativos no van a tener ninguna obligación, no van a tener ninguna sanción, no van a estar regulado por la superintendencia. Es decir, mientras ellos tienen todos los privilegios nosotros tenemos todas las obligaciones”.
Tanto Pineda Márquez como Ares-Palma aseguran que nadie del sector fue invitado para discutir, estudiar o proponer la reforma discutida por los diputados del Parlamento. Pineda Márquez recuerda que la única vez que fueron invitados a debatir fue en la que se sancionó en 2010 y en esa oportunidad el gremio impidió que las instituciones bancarias ingresaran. “Ellos son un sector muy poderoso. Se nos mantuvo alejado intencionalmente y no es descabellado pensarlo porque que aquella vez desmentimos a los banqueros y ahora ni nos convocaron”
Fuente:https://n9.cl/ev5yr
Analistas aseguran que el sector bancario quiere formar parte y hacerse un espacio en el tema de los seguros. Los corredores se quejan de que no fueron invitados a la discusión de las reformas le hicieron a la Ley. El Reglamento de la misma data de 1999
Cs - JORGE HUMBERTO BARRIOS
Presidente
Cs - MIGUEL FIGUEROA KAZEN
Director General
Cs - DOLORES EMILIA RUIZ Directora de Organización
Cs - RONNY PINO Director de Finanzas
Cs - PEDRO RAFAEL CATARÍ
Director de Capacitación y Bienestar Social
Cs - GUSTAVO LÓPEZ
Primer Vocal
Cs - MARCOS PINO Segundo Vocal
DR. Cs- CARLOS ARTURO RAMÍREZ Tribunal Disciplinario
DR. Cs- ROBERTO PERNALETE Tribunal Disciplinario
Cs - JOSE ALEJANDRO VIZCAYA Tribunal Disciplinario
Cs - ALBERTO MELENDEZ
Cs - SIMON SILVA ALVAREZ
Cs - LUIS ALBERTO SERRANO Suplentes Tribunal Disciplinario
DR. Cs - MIGUEL RODRIGUEZ MOLINA
FISCAL
Cs - MANUEL TOLOSA PICON Comisión Permanente de Capacitación y Bienestar Social
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DEL PRODUCTOR DE SEGUROS
Declaración de Principios
Los delegados asistentes al "Primer Congreso Panamericano de Productores de Seguros" y en y en ocasión de la Fundación de la Confederación Panamericana de Productores de Seguros "COPAPROSE” en la ciudad de Caracas Venezuela el día 3 de Marzo de 1967-
DECLARAMOS:
Creo en la institución del Seguro, en su futuro y en el Productor de Seguros como único conducto a través del cual se logra su máximo desarrollo. En el ejercicio profesional, principios de rectitud y honradez trataré de conducirme en forma que merezca Confianza y Respeto.
ACEPTO COMO DEBERES:
HACIA LA SOCIEDAD
Haré todo lo que esté de mi parte para divulgar información amplia y precisa sobre la institución del Seguro. Promoveré y apoyaré medidas para proteger la vida y la propiedad. Participaré en aquellas actividades cívicas y filantrópicas que contribuyan al bien de la sociedad y al progreso de mi país. Apoyaré toda legislación que favorezca los intereses de la sociedad.
HACIA MIS CLIENTES
Analizaré con lealtad las necesidades de protección de mis clientes recomendándoles en forma completa legal y honesta cómo cubrirlas. Consideraré como secreto profesional todas las informaciones relativas a mis clientes. Prestaré servicio continuado con máximo conocimiento, habilidad y eficacia.
HACIA LAS COMPAÑIAS
Procuraré por medio de divulgación permanente formar la fIel imagen de las compañías. Evitaré la comparación maliciosa y mal intencionada de una compañía en detrimento de otra. Me esforzaré por merecer la confianza que han depositado en mí las compañías, cuidando la selección de los riesgos mediante información cierta y precisa. Mantendré el celo necesario en la custodia de los valores de propiedad de las Aseguradoras, que tenga en depósito.
HACIA LOS COMPAÑEROS
Cooperaré en todo lo que me sea posible con mis colegas para elevar el nivel profesional del Productor de Seguros. Consideraré como falta de ética obtener negocios a base de soborno, descuentos, presiones o procedimientos desleales. Brindaré todo apoyo en la formación y desarrollo de Asociaciones y Colegios de Productores de Seguros. Creo que los principios contenidos en esta declaración llenan mis aspiraciones y deberes como Productor de Seguros.
En nuestra III Reunión Mundial, hemos aprobado nuestra Profesión de Fe en favor del Asegurado y nuestra determinación inquebrantable de servirle en primer lugar a él y sólo a él, ejerciendo y perfeccionando nuestra función profesional en cuanto partícipes de la institución del seguro.
PROFESION DE FE DE LOS PRODUCTORES DE SEGUROS
El Asegurado es la figura conceptual que representa a todos, los miembros de la sociedad humana, cuyo interés la institución del seguro tiene la finalidad y el deber de servir y proteger. Independientemente de las diferencias en la legislación y en la cultura, hay un aspecto común en la práctica de los seguros en los distintos países del mundo, lo cual constituye la distinción constante y necesaria entre las funciones de los grupos que integran la institución del seguro, en relación con el interés del Asegurado.
Cabe a las Aseguradoras la función de asumir los riesgos que el Asegurado les transfiere, ofreciendo coberturas de seguro que acompañen la evolución de la tecnología y de las relaciones sociales.
Cabe a los órganos de Gobierno velar por la estabilidad de la institución, para preservar, bajo todos los aspectos, su capacidad de responder con rápidez y eficacia a las necesidades sociales de protección contra la adversidad. A nosotros, Productores de Seguros, cabe la función inconfundible de definir las necesidades y de buscar la mejor protección del interés del Asegurado, además de representarlo junto a las Aseguradora s en todas las circunstancias, ofreciéndole todos los servicios inherentes al mantenimiento adecuado de los seguros resultantes.
Más que intermediarios entre el Asegurado y las Aseguradoras y más que Productores de Seguros, somos los valoradores y los intérpretes de las necesidades reales del Asegurado, así como administradores y representantes permanentes de su interés en el campo del seguro . Conscientes de la obligación de servir, administrar y defender bien el interés del Asegurado, los Productores de Seguros consideran su deber estar siempre determinados en el propósito de perfeccionar su conocimiento y saber en el campo de seguro, para que sus servicios se vuelvan cada vez más eficientes.
En vista de ese objetivo, es indispensable que nosotros, los productores de Seguro, luchemos de manera constante y obstinada en todos los países para impedir la intromisión de otras personas, no comprometidas fundamentalmente con el interés del Asegurado, en nuestro campo específico de actuación.
Para que el Asegurado sea suficientemente informado, reduciendo así rápidamente, hasta que desaparezca por completo, dicha intromisión que pone en riesgo la protección adecuada que él necesita, los Productores de Seguros deben divulgar con todo empeño, a través de sus organismos nacionales en sus respectivos países, la naturaleza y la importancia de nuestro papel que es, entre todos, el más inmediatamente ligado al interés del Asegurado.
Con nuestra palabra, y aún más con el ejercicio fecundo de nuestra profesión, haremos siempre con que el Asegurado comprenda perfectamente que, a la par que somos promotores de negocios de seguros, nuestra función primordial es la de garantizarle la tranquilidad del equilibrio en sus relaciones con las Aseguradoras, gracias a nuestra capacidad de planificar la mejor protección de seguro para su necesidad específica y de mantener y adaptar dicho seguro a la evolución de su riesgo, administrando y defendiendo su interés con la máxima eficacia y lealtad.
Al Asegurado; nosotros Productores de Seguros, declaramos solemnemente que le brindaremos siempre nuestros mayores esfuerzos y lo mejor de nuestro conocimiento y de nuestra integridad profesional.
RESUMEN ACTIVIDADES REALIZADAS
29/06/22 - Asamblea Juramentacion Junta Directiva ante FECOPROSE representada en el acto por CS MARTHA L GARCÍA)Sede La Ccia Venezolana de Seguros y Vida. Barquisimeto – Lara 07/07/22 Reunión Junta Directiva (Estrategias Planificación y (Desarrollo integrantes de la junta y designación de comisiones) 11/07/22 al 23/07/22 Estudio y Orientacion para colegas en situación de Suspencion por la SUDEASEG. 18/07/22 Reunión Junta Directiva(Revisión y obtención de Documentos, recaudos para el Registro y Protocolizacion del registro del Colegio) 21/07/22- COORDINACIÓN para efectuar el PRIMER CURSO DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES (On Line) 03/08/22 -Reunión Junta Directiva para JORNADAS DE CAPTACIÓN DE AGREMIADOS 08/08/22 PRIMER CURSO DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES (On Line)lic Roland Milano (17 Certificados entregados) 09/08/22 Reunión Junta Directiva (EXTRAORDINARIA) (Posicion y Lineamientos de FECOPROSE sobre la Nueva Ley) 23/08/22 Se efectuó “Taller de Profesionalización” Colegio de Abogados. Barquisimeto-Lara 08/09/22- 2do CURSO DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES (On Line) Lic. Rolan Milano ( 20 Certificados entregados) 22/09/22- 3º CURSO DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES (On Line) Lic. Rolan Milano (18 Certificados entregados) 28/09/22- Misa de Acción de Gracias “DÍA INTERNACIONAL DEL PRODUCTOR DE SEGUROS” Oraciones por los colegas fallecidos. 06/10/22- 4º CURSO DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES (On Line) Lic. Rolan Milano ( 15 Certificados entregados) 11/10/22- Visita a los medios de comunicación PROMAR TV, EL INFORMADOR, EL IMPULSO para manifestar nuestro rechazo al Proyecto de reforma de la L.A.A 14/10/22- 5º CURSO DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES (On Line) Lic. Rolan Milano ( 13 Certificados entregados) 19/10/22 –“CONVERSATORIO SOBRE REFORMA DE L.A.A” Colegio de Abogados Estado Lara. 24/10/22- “CURSO TEÓRICO-PRACTICO DE REDES” Máster Class “Impulsa tu Marca” Grupo 1.SuperNova Group. Colegio de Abogados . Estado Lara 26/10/22- “CURSO TEÓRICO-PRACTICO DE REDES” Máster Class “Impulsa tu Marca” Grupo 2. SuperNova Group. Colegio de Abogados . Estado Lara 28/10/22- “ INCIDENCIAS DE LA NUEVA LEY DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA 03/11/22 -6º CURSO DE LEGITIMACIÓN DE
10/11/22
Curso de Profesionalización “Máster Class REDES”
Visita a Compañías de Seguros
Visita a los Medios de Comunicación
Colegio de Productores de Seguros del Estado Lara debatió sobre la Ley de Actividad Aseguradora
En horas de la tarde de este miércoles 19 de octubre, la Junta Directiva del Colegio de Productores de Seguros del Estado Lara y sus agremiados, debatieron en las instalaciones del Colegio de Abogados de la entidad sobre la reforma de la Ley de Actividad Aseguradora, por medio de la cual indicaron, se vulnera su derecho al trabajo.
Roberto Pernalete, abogado y miembro de la Junta Directiva del Colegio de Productores de Seguros del estado Lara, indicó que se convocó a todos los trabajadores del área de seguros de la región, para conversar sobre la reforma de esta ley discutida recientemente en la Asamblea Nacional electa en 2020.
«El día de hoy se realizó una convocatoria a todo el gremio que trabaja en el área de seguros, en especial de compañías de seguros e intermediarios de estos, los cuales venimos a debatir antes de que sea promulgada la norma que se discutió en la Asamblea Nacional donde se evidencia una vulneración de nuestros derechos como el derecho al trabajo y a la igualdad, porque están incluyendo dentro de esta una serie de asesores o canales alternativos los cuales nos están perjudicando en nuestra función», declaró Pernalete a El Impulso.
Una opinión similar tiene El Dr: Carlos Arturo Ramírez, corredor de seguros, quien agrega que esta reforma a Ley de Actividad Aseguradora puede generar confusión en la población al momento de adquirir un seguro.
«La Ley del Mercado Asegurador acaba de tener la primera y segunda discusión la semana pasada y después de eso lo que falta es que el Ejecutivo la ejecute. Luego de eso van a poder empezar los bancos y otras instituciones a ofrecer seguros de primas muy bajas donde van a ser cargadas a las cuentas de forma automática pólizas que el cliente va a pensar que está asegurado pero realmente no lo está», indica.
«Por ejemplo si alguien compra un seguro para su vivienda por tan solo 5,00 bolívares mensuales, resulta ser que está asegurando su casa por 1.000 bolívares, pero esta cuesta 10,20,30 y hasta 50 mil dólares. Lo que más nos preocupa a nosotros es que pueden engañar a la población haciéndoles creer que están asegurados o protegidos cuando realmente no le están haciendo una venta profesional», explicó el especialista en el área de seguros.
Los entrevistados coincidieron en que no fueron tomadas en cuenta las observaciones que el gremio de corredores de seguros planteó a los entes encargados de regular al sector, en relación a los artículos que forman parte de la reforma a la Ley de Actividad Aseguradora.
«En Lara nos hemos reunido varias veces evaluando esta situación y a nivel nacional han habido muchísimas reuniones incluso con el Poder Legislativo y la Superintendencia de Seguros. La ley la redacta la Superintendencia de Seguros y la lleva conjuntamente a la Asamblea Nacional para que se promulgue», dijo.
«Suponiendo que hay una buena fe y trataron de hacer algo que se ajuste a las necesidades de la población, se debe señalar que no vieron a todos los afectados en esta norma, las personas que dependen de la Ley de la Actividad Aseguradora como somos nosotros los intermediarios de seguros», sentenció.
Cabe resaltar que la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 aprobó el articulado que establece que las empresas de seguros y medicinas prepagadas «amparen a los sectores vulnerables, excluidos o desatendidos por el mercado asegurador tradicional», esto durante la segunda discusión del Proyecto de Ley de la Actividad Aseguradora.
También se aprobó que las empresas de seguros y medicinas prepagadas «puedan colocar los microseguros, seguros inclusivos y seguros masivos de forma directa, través de intermediarios de la actividad aseguradora o canales alternativos».
Asimismo, quedó establecido igualmente que las empresas de seguros están obligadas trimestralmente a publicar y remitir el margen de solvencia y el patrimonio propio no comprometido en la forma y término establecidos por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg), según información reseñada por Correo del Orinoco.
Por barbara.mendez.jaimes -octubre 20, 2022 Texto de El Impulso.
Examen
para actuar como agente de seguros.
Continuando con las atribuciones como Servicio Desconcentrado que ejerce el control, regulación y supervisión de los sujetos regulados; así como garantizar la calidad de los agente de seguro, en sus actuaciones como intermediarios de la actividad aseguradora, la SUDEASEG realizó el viernes 4 de noviembre un nuevo examen de competencia profesional para certificar a estos sujetos regulados. Es importante recordar que esta actividad se realiza de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 113 y 115 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora, en continuación con las Normas emitidas por la SUDEASEG para regular esta materia.
Para esta ocasión, se presentaron 36 candidatos al examen de competencia profesional, con el fin de obtener la autorización para ejercer la intermediación como agente de seguros.
De esta manera, en la SUDEASEG continuamos el trabajo constante, fortaleciendo al sector asegurador, buscando el equilibrio para el mayor beneficio posible de todos los actores que conforman la contratación en la actividad aseguradora; y siempre pensando en pro del crecimiento económico del país.
PrensaSudeaseg/Nadia Santana
de competencia profesional
REfORmA dE LEy dE LA ACtividAd AsEGuRAdORA Es «AntiLey»
1. Cuando no se toman en cuenta normas de convivencia básicas fundamentales como la protección a derechos colectivos y difusos que son imperantes de obligatorios cumplimientosen la Constitución.
2. Vulnera el principio máximo de la Buena Fe entre las partes al permitir a la aseguradora eludir compromisoscon alegatos genéricos sin bases del derecho, ni de hechos, indicando continuamente preexistencia, reticencia, omisiom o falsedad para dejar sin efecto o anular en cualquiermomentolapóliza.
3. Rompe con la Bilateralidad de contratos de seguros al dejar a que una sola parte la aseguradora imponga condiciones contractuales generales al Tomador, Asegurado y Beneficiario con cláusulas ambigüas y de interpretacionesconfusas.
4. Reforma que pretende abrir a que sujetos no obligados, ni regulados como Canales Alternativos a que coloquen Pólizas de Seguros con la dudosa premisa de que lleguen a más población sin control de sus actividades en contra de la Ley de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento del Terrorismo, y Financiamiento de Proliferación de Armas de Distribución Masiva creandodesconfianzae incertidumbre a asegurados y proveedores, mientras a Intermediarios Productores de Seguros que sin son por años quienes tienen autorización oficial para operar son más que sometidos a supervisión por el ente rector la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.
5. La Desproporcionalidad en aplicacion para con ^Intermediarios Productores de Seguros^ que sin ser sometidos al debido proceso serán suspendidos, revocados con penalidades que no son acordes con sus ingresos que perderán definitivamente su posibilidad laboral en el ramo asegurador.
6. Deja al ente rector sin principal atribución de obligar a las aseguradoras a complir con compromisos contractuales con asegurados y proveedores en el tiempo fijado para que el Superintendente a través de oficio sea quien haga efectiva la resulta acordada en sala de Conciliación o de Arbitraje cuando esta favorezca al beneficiariodelapóliza.
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«La Reforma a la ley de la Actividad Aseguradora NO está promulgada Constitucionalmente»
La anticipación de publicidad por ente rector que supervisa y controla, pronunciándose a favor de reforma que no está firmada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela puede serobjetode nulidadabsoluta.
«La Reforma de Ley de la Actividad Aseguradora no ha sido promulgada», está en extemporaneidad porque fue sancionada por Asamblea Nacional el 11 de octubre del presente año, según la Constitución plazos están ya cumplidos al menos uno que se copia a continuación.
"Artículo 214. El Presidente o Presidenta de la República promulgará la ley dentro de los diez días siguientesaaquélenquelahayarecibido".
Aún más no ha salido publicada en Gaceta Oficial, sin embargo el ente rector está dándole divulgaciones publicitarias en redes sociales a artículos que están supuestamente previstos que públicamente no se conocen, estas acciones publicitarias anticipadas de quien tiene que ser imparcial podrían traer sesgadas interpretaciones que pueden catalogarse de ser ventajismos a quienes se oponen por desvirtuar el vedadero espíritu de legisladores, del poder judicial constitucionalydelmismopoderejecutivo,máximeque actores como Intermediarios Productores de Seguros están en contra por desfavorecer a «Asegurados» porque en gran parte se dejan sin defensa al derogar el decreto de Ley vigente que norma a contratos de seguros, que será ahora a discreción de redacción de aseguradoras perdiendo la usual bilateralidad, a pesar que el ente rector tiene que previamente aprobar condiciones contractuales Éste se pronunció pública comunicacionalmente a favor; además abriendo a formas de colocar pólizas de seguros que denominan canales alternativos a personas jurídicas no reguladas, ni obligadas, que ahora el mismo ente rector informa que llamará a consulta pública que se aprecia está violándose la Constitución en derechos colectivos y difusos en la pretendida reforma, porque tácita está asumiendo que la sancionada ley no cumplió extremos delegalidadConstitucionalensutotalidad.
Felipe Hernández y Hernández Actuario Cs
D
estas modalidades se les va a llegar a un alto porcentaje de la población, ya que existen unos 19 millones de personas en ese segmento, que para mí, es más. Son cifras con las que NO estoy de acuerdo, cómo tampoco con las que se manejan en el mercado asegurador sobre los Productores de Seguros.
Ustedes pueden oír que son 16 mil, otros se refieren a 10 mil, pero yo manejo otras que serían las VERDADERAS, las oficiales y que paso a describirlas, en el año 2021 más de 8 mil sujetos regulados o declarantes cumplieron con su deber, 8 mil 346 exactamente, entre ellos Productores o Intermediarios, Sociedades de Corretajes de Seguros y Reaseguros, Corredores de Seguros, Inspectores de Riesgos, Peritos, Avaluadores y Ajustadores de Perdidas.
Ahora, este 2022 me quedé corto en mis estimaciones de las actuales cifras, pero que para este 30/Nov/2022 debo tener de forma definitiva. Como les dije, las cifras están muy por debajo de las del 2021, o sea, cada vez somos menos los miembros de la Fuerza Productora de Seguros del País.
Continuando con el tema principal de la población a asegurar con TODAS estas modalidades de productos se encontrarán que el bajo ingreso que tienen esas personas, no les da para adquirir, para contratar un seguro. Y, las empresas para las que trabajan no les contratan tampoco una póliza de salud a pesar de que las empresas tienen obligaciones con sus trabajadores, que están contempladas en la Ley del Trabajo, que establece sanciones civiles y penales al patrón, quienes se defienden con el obligatorio Seguro-Social, pero no es del desconocimiento de todos, que los profesionales de la salud pública enfrentan de manera recurrente la falta de equipos y suministro médicos.
En fin, la situación está difícil, muy difícil para la población de bajos recursos. Ustedes observan la publicidad del ente rector de la Actividad Aseguradora y de algunas empresas de seguros refiriéndose a ése sector, y manejando cifras actuariales de cómo llegarán a ellos, pero las condiciones no son las más óptimas y menos con el sueldo más bajo de la región qué percibe este sector. Para mí es que irán por un 80% de ese 25% que están bancarizados, obligándolos a adquirir pólizas de seguros Inclusivos, solidarios, comprensivos y los micros-seguros al sector de las pequeñas industrias, cómo al comercio informal.
Ya para finalizar, siempre pido leer la exposición de motivo de la Ley 2016 y leer la de la reforma de ley (para que hagan comparaciones), cuál de ser promulgada y publicada en Gaceta Oficial es la que tendremos este 2023. Sabemos que NO tenemos los mejores indicadores, pero sí, que buscaremos las soluciones más efectivas para la sustentabilidad de la industria del seguro en nuestro país.
Rafael Ares-Palma Director-Editor de NOTISEGUROSEDUCANDO PARA EL MAÑANA
EL Profesor Héctor Badillo, Director del Instituto Universitario de Seguros (IUS), con sede en Caracas, destacó que en el ámbito académico esa institución ha adaptado progresivamente sus programas para que los jóvenes egresados como técnicos universitarios puedan, con el aval de la Superintendencia de Seguros, obtener sus códigos para fungir como corredores, asesores o desempeñar cualquier cargo gerencial en el área de la actividad aseguradora.
“Hemos creado unos diplomados de seguros que su período lectivo es de 3 meses, y especializaciones para la alta gerencia responsable de las auditorías, negociaciones de seguros y reaseguros, tanto en las áreas de talento humano, economía digital y fraude de seguros”, dijo.
Añadió que ahora el IUS trabaja también para que el profesional graduado adquiera las competencias para fortalecer sus conocimientos en el idioma inglés, herramienta que le permitirá estar mejor preparado ante un mercado cada vez más exigente.
El IUS, única institución en el país que en la actualidad prepara profesionales universitarios en el área de seguros, enfrenta el reto de formar a más jóvenes con visión de gerentes.
“No formamos a intermediarios de seguros sino a gerentes bien preparados. Nuestro egresado es una persona responsable, con conocimiento. No damos cursos de 15 días para ser corredores y esa es una de las razones por la que la Superintendencia ve con buenos ojos a quien va como TSU a solicitar su código para ejercer como intermediario”.
Precisó Badillo que lamentablemente la pandemia causó estragos en el sector, tanto en los negocios como en el aspecto educativo. “Afortunadamente en los años 2015 al 2018 comenzamos con el sistema de aulas virtuales, principalmente por las fallas en el transporte público, problemas con el Metro y la inscripción de estudiantes de las zonas periféricas como La Guaira, Guarenas y Los Teques”.
“La realidad nos llevó a incorporar materias como Economía Digital, Criptomonedas y Social Media para abordar el impacto y las bondades de las redes sociales y comprender sus métricas. Nos estamos preparando incluso ante la Reforma a la Ley de Seguros porque no podemos estar de espalda al mercado”, indicó el director del IUS.
Fuente.SEGVEN en Linea.Junio2022
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Históricas del Seguro.
Cuando se discutían los artículos del Anteproyecto de Reforma del Decreto De la Ley de la Actividad Aseguradora vigente, me trasladé en retrospectiva al año 1935, cuando en el otrora Congreso Nacional de los Estados Unidos de Venezuela, pasaba por una situación parecida.
Para entonces, el Congreso Nacional era bicameral (Cámara del Senado y Cámara de Diputados), en el casi postrero gobierno del General Juan Vicente Gómez (segundo semestre del año 1935), en un régimen que ya estaba totalmente agotado.
Para los meses de junio (finales) y julio (principios), se discutía en el Hemiciclo el proyecto de Ley sobre Inspección y Vigilancia de las Empresas de Seguros, que, previamente había Sido discutido, revisado y ensamblado por la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados.
Abiertas las discusiones el día 26 de junio de 1935, aquel sencillo documento contentivo de 22 artículos, pasó por las respectivas revisiones los días 29 de junio, 2, 3, 5 y 8 de julio, de las cuales las tres últimas fechas fueron aprobadas por la Cámara del Senado de aquella bucólica República gomecista.
SABIA USTED QUE?…..
Las primeras formas de seguro datan de la Edad Antigua en las civilizaciones griegas, romanas o babilónicas. En este período buscaban proteger tanto sus intereses personales como de la comunidad, vivían en pequeños grupos y a través de la colaboración hacían frente entre todos a los infortunios. Además, se dieron cuenta de que al unirse en grupo era más fácil enfrentarse a las adversidades como encontrar alimentos, cazar animales o enfrentarse a otras desgracias que les fueran sucediendo, por ejemplo, si una familia quedaba desamparada, el grupo asumía la responsabilidad de protegerla. Se trataba de una colaboración solidaria.
Los antecedentes del seguro los encontramos entre los mercaderes babilónicos unos 3.000 años antes de Cristo. Entre todos asumían la pérdida de mercancías al atravesar el país. Esto se conocía como ‘préstamos a la gruesa’: una persona física prestaba dinero a otra por el valor de ciertos objetos que llevará en sus mercancías. Hacia el 2.250 a.C. esta práctica se legalizó y se conoció como parte del Código Hammurabi. Una costumbre que se basaba en la solidaridad vecinal y que cubría cualquier contingencia imprevista. Según el acuerdo con el que se entraba a formar parte del grupo, se podía reponer desde una nave a un animal muerto. Este sistema ya preveía un sistema de indemnización a la esposa en caso de fallecer el cónyuge.
EL CODIGO DE HAMMURABI es uno de los conjuntos de leyes más antiguos que se han encontrado.Los hebreos también contemplaban estas prácticas tal y como se reflejan en el Talmud de Babilonia, donde los trabajadores en puestos públicos de la sociedad se dedicaban a recaudar impuestos para crear un fondo comunitario para hacer frente a situaciones que pudieran surgir.
El comercio marítimo en Grecia existía una asociación llamada Eranoi que tenía el objetivo de socorrer a sus socios mediante una cotización de todos los pertenecientes al gremio. También había asociaciones de artesanos en las que, a través de una aportación, se aseguraban sus funerales.
Unos 1.000 años a.C., Grecia regula que en caso de avería gruesa y de verse obligados a lanzar la mercancía por la borda por riesgo de hundimiento, las pérdidas deben repartirse proporcionalmente entre todos los comerciantes.
Edad Media
La Edad Media estuvo marcada por el desarrollo y crecimiento comercial. En esta época aparecen los primeros seguros sobre la vida humana debido a los viajes que se realizaban a través del océano. Los piratas se dedicaban a capturar a la tripulación y pedir un rescate, y si éstos no lo tenían, eran lanzados al mar. Así surgió este tipo de seguros para poder garantizar el rescate y más tarde, se amplió la cobertura a fallecimiento en caso de naufragio o por diversos incidentes que pudieran encontrarse durante el viaje.
En la época de las cruzadas, el ‘préstamo a la gruesa’ evolucionó hasta el punto en el que se podía asegurar el buque y la carga pagando una prima fija. En los gremios medievales se formaron asociaciones con fines solidarios para proteger a los miembros contra pérdidas por incendio, inundaciones o robo.
En la Inglaterra del siglo IX nacen las “Guilds”, una corporación de mercaderes o comerciantes que funcionaban institucionalmente como los gremios de artesanos. Este grupo de personas con una actividad común establecían reglas comunes a todos ellos. A su vez, en Francia y Alemania aparecen instituciones de carácter profesional. Los primeros aseguradores eran personas físicas que asumían individualmente uno o varios riesgos. En este punto, se podrían comparar los seguros de aquella época con un juego de azar.
El seguro con ánimo de lucro tiene su origen en Italia en el siglo XIV. En esa época, los aseguramientos marítimos se hacían a través de préstamos. Era una forma de establecer las garantías de solidaridad de todas las expediciones. A esta época pertenece el primer contrato de seguro marítimo firmado en 1347 en el que se aseguraba el buque ‘Santa Clara’ que hizo la ruta entre Génova-Mallorca. Estos contratos recibieron el nombre de pólizas.
Y en 1435 se promulgó la Ordenanza del Seguro Marítimo en Barcelona, la regulación más antigua que se conoce hasta la fecha.
Época Moderna
En este período, Carlos I dicta la 1º Ley que regula de carácter obligatorio el contrato de Seguro Marítimo. En este momento pasan de estar representados por una persona física a estar formado por entidades pluripersonales y sociedades anónimas.
El 2 de septiembre de 1666 hay un antes y un después en el mundo de las aseguradoras. Ese día se produjo el gran incendio de Londres que comenzó a extenderse sin límites y que arrasó gran parte de la ciudad. El resultado fue catastrófico, 12.300 casas y 87 iglesias destruidas y miles de personas que perdieron sus casas y negocios. El médico Nicholas Barbon dejó su profesión de médico y comenzó a reconstruir las viviendas que habían sido arrasadas. Esto le llevó a crear su propia compañía aseguradora contra incendios en 1667, la Fire Office.
El seguro en Inglaterra estaba asociado a los cafés donde se reunían comerciantes y hombres de negocio. Edward Lloyd era propietario de una cafetería llamada Lloyd’s que se encontraba ubicada en el sector financiero de Londres. Tras encabezar varias reuniones, comenzó a publicar en 1698 las ‘Lloyd’s News’, donde daba información de los viajes más recientes y de los mercados en el mundo, además de noticias sobre los cargamentos enviados y las pérdidas en el mar. Se convirtió en una auténtica bolsa de seguros y se creó la primera asociación de aseguradores particulares: ‘Lloyd’s Underwriters’. De esta forma, la institución se ha convertido en la sociedad anónima de aseguradoras más famosa del sector que se dedica a reasegurar cualquier tipo de póliza. Hasta mediados del siglo XX, la compañía monopolizó todos los seguros marítimos de Inglaterra.
Fuente: Faro de Vigo.Fundacion Mapfre.