REALIDAD JURÍDICA 12 - DEMÓCRATAS O DICTADORES (DEL DICHO AL HECHO)

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REALIDAD JURÍDICA 12: JAIME ARAUJO RENTERÍA DEMÓCRATAS O DICTADORES (DEL DICHO AL HECHO) 6. NOV. 2016 HOMENAJE CONMEMORATIVO A TODAS LAS VÍCTIMAS DE LA TOMA Y RETOMA DEL PALACIO DE JUSTICIA. UNA SOCIEDAD QUE LE APUESTA A LA PAZ CON JUSTICIA SOCIAL, DEBE SABER, DEBE EXIGIR Y DEBE DECIDIR COMO TRAMITAR LA VERDAD SOBRE ESTE VEJÁMEN QUE SE COMETIÓ BAJO EL LEMA “aquí defendiendo la democracia maestro”, COMO TAMPOCO DEBE OLVIDAR que quien lo dijo está gozando de 31 años de impunidad…

DEMÓCRATAS O DICTADORES (DEL DICHO AL HECHO) “No se le puede preguntar al electorado para luego ir en contra de su voto. Esto sería irrespetuoso.” David Trimble, irlandés, premio Nobel de paz 1998

REPASANDO PRINCIPIOS DEMOCRATICOS En Colombia, muchos de los actores políticos que se dicen demócratas, en los hechos reniegan de la democracia y se comportan como verdaderos dictadores. Creen que porque se auto-endilgan el apelativo de democrático, esto los convierte automáticamente en demócratas; cuando en realidad no están más que enmascarando su ideología y sus prácticas nazi-fascistas, autocráticas, con el fin de cazar incautos políticos, que no tienen claro el verdadero concepto de democracia. Con el objeto de evitar, que los ingenuos políticos caigan en sus redes, se hace necesario precisar el concepto de democracia, ya que en Colombia, hasta la derecha se denomina Centro… Democrático. 

Democracia

Desde hace 2500 años cuando nació el concepto comenzó a ser utilizado en Atenas, era claro que tenía tres elementos fundamentales: poder del pueblo (soberanía popular); libertad; e igualdad de los hombres. Aristóteles en su libro la política deja claro lo siguiente: "La democracia es la forma en que la soberanía del pueblo está, por encima de las Leyes". “Forzosamente tiene que ser soberana la muchedumbre, y lo que apruebe la mayoría, eso tiene que ser el fin y lo justo (lo que beneficie a la mayoría) ...”. Dice también que todos los ciudadanos decidan todos los asuntos del Estado: “En la democracia es propio que todos los ciudadanos decidan de todos esos asuntos”; "El principio de la aristocracia es la virtud, es de la oligarquía la riqueza y el de la democracia la libertad. “…Otra es el vivir como se quiere, esta es el resultado de la libertad... Este es el segundo rasgo esencial de la democracia, y de aquí vino el no ser gobernado, si es posible por nadie, y si no, por turno. Esta característica contribuye a la libertad fundada en la igualdad". "Las sublevaciones tienen, pues, siempre por causa la desigualdad y los que se sublevan lo hacen buscando la igualdad".

Lo que vemos hoy en Colombia es que el modelo económico, que ni Santos ni Uribe quieren cambiar, hace mas imperfecta a la democracia, pues como cualquier fenómeno social, ésta no es libre de la base económica sobre la cual descansa; depende de la base material de vida de la sociedad. Esta relación ya había sido manifiesta por Aristóteles: "El verdadero demócrata debe procurar que el pueblo no sea demasiado pobre, porque esto es la causa de que la democracia sea mala. Por tanto, hay que discurrir los medios de dar al pueblo una posición acomodada permanente" El genio de Rousseau, observó la misma correlación: “En cuanto a la igualdad, no debe entenderse por tal el que los grados de poder y de riqueza sean absolutamente los mismos, sino que el primero


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esté al abrigo de toda violencia y que, no se ejerza jamás sino en virtud del rango y de acuerdo con las leyes; y en cuanto a la riqueza, que ningún ciudadano sea suficientemente opulento para poder comprar a otro, ni ninguno bastante pobre para ser obligado a venderse,” "Si queréis dar consistencia a un Estado, aproximad todo lo posible los términos (pobreza y riqueza); no consintáis ni opulentos ni mendigos. Estos dos Estados naturalmente inseparables, son igualmente funestos para el bien común: de uno brotan los factores de la tiranía, del otro surgen los tiranos. Entre ellos se hace siempre el tráfico de la libertad pública: unos la compran, otros la venden". SINTESIS Sólo se puede llamar demócrata, quien acepte que el pueblo es soberano, y que quienes lo integran son libres e iguales en derechos. Quien no acepte la soberanía del pueblo no es demócrata; como no lo es, aunque se coloque el apelativo de demócrata, quien no acepte que los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos, como dicen la Declaración Francesa de 1789 o la de la ONU de 1948, respectivamente: “Artículo primero.- Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos…” “Artículo primero.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. 

Soberanía

Entendido, que en la democracia el soberano del pueblo; debemos preguntarnos: ¿qué es la soberanía?. La soberanía es el máximo poder político; lo que significa que en un Estado puede haber varios detentadores del poder político; por ejemplo, el Presidente de la República tiene poder político, como lo tiene el Congreso y las Cortes; sin embargo, no tienen el máximo poder político; porque el máximo poder político lo tiene el pueblo colombiano; de modo que el Presidente, el Congreso y las Cortes, actúan por delegación del pueblo colombiano, pero nunca están por encima de él. 

Poder constituyente y constituido

El soberano, esto es el pueblo colombiano, tiene como principal atributo el poder para dar la ley, lo que conlleva el poder para dar la máxima ley. La máxima ley de un Estado es la Constitución; de manera que el principal atributo de la soberanía, es el poder constituyente. El pueblo titular de la soberanía, es por este mismo hecho, titular del poder constituyente; en cambio, el presidente, el Congreso y las Cortes, son poderes constituidos y como tales sometidos al poder constituyente del pueblo. La Constitución es un límite a los poderes constituidos, no para el pueblo soberano y titular del poder constituyente. Las constituciones, como dijo Sieyes, son llamadas fundamentales, no en el sentido de que puedan llegar a ser independientes de la voluntad del pueblo, “sino porque los cuerpos que existen y obran gracias a ellas no pueden tocarlas ni violarlas. En cada una de sus partes la constitución no es obra del poder constituido, sino del poder constituyente. Ninguna clase de


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poder delegado puede cambiar nada en las condiciones de la delegación”. El pueblo soberano no está sometido a la constitución: esto implica: 1) El pueblo no está sometida a ninguna forma de derecho positivo y 2) El pueblo puede darse la forma-de Gobierno-politica que quiera. La Constitución es un medio para un fin: proteger los derechos del individuo. La protección de estos derechos, es la razón de ser de la organización política. Como dijera el abate Sieyes: El pueblo en momentos de crisis, debe ser siempre consultado, como árbitro supremo que es, y, si no pudiesen serlo todos los ciudadanos, debe serlo, a través de una representación extraordinaria, … Esta representación extraordinaria, obra en virtud de mandato extraordinario y puede tener el poder constituyente”. Ningún poder constituido puede usurparle al pueblo la soberanía ni el poder constituyente, porque como dijera Rousseau “de suerte que, en el instante en que el gobierno usurpa la soberanía, el pacto social queda roto, y los ciudadanos recobrando de derecho su libertad natural, están obligados por la fuerza, pero no por deber, a obedecer”. Definido que los dueños de la soberanía y del poder constituyente somos el pueblo y no los poderes constituidos, llámense presidente, Congreso o Cortes; que estos poderes constituidos están sometidos a la Constitución; pero que el pueblo, como soberano está por encima de ella; que el pueblo puede siempre reformar, cambiar o destituir a los poderes constituidos, que el árbitro supremo en la democracia siempre es el pueblo y NO los poderes constituidos y que en los momentos de crisis, debe ser consultado obligatoriamente; es un absurdo querer excluir a la sociedad civil, a 34 millones de miembros de la sociedad civil, del proceso de paz o de cualquier otro asunto; a las víctimas de la violencia de la sociedad civil de participar de en las decisiones que las afectan. CRISIS DEL PROCESO DE PAZ Y PROPUESTAS ANTIDEMOCRATICAS PARA RESOLVERLA Señaladas las premisas anteriores, es claro que los órganos constituidos (ejecutivo, legislativo o judicial) en conjunto o individualmente, NO pueden excluir al pueblo soberano, titular del poder constituyente, de la solución de la crisis del proceso de paz, y que cualquier intento de hacerlo es antidemocrático y dictatorial. Como dictatoriales y autocráticas son las propuestas de hacerlo por conducto de un órgano constituido como en el Congreso, a iniciativa de otro órgano constituido como es el presidente, con la complicidad de un tercer órgano constituido como es la Corte Constitucional. En todos esos casos se estaría usurpando, como dijera Rousseau, la soberanía del pueblo, lo que obligaría al pueblo colombiano a pensar en los mismos remedios en que pensaron los hijos espirituales de Rousseau, los jacobinos, y que plasmaron en varios artículos de la constitución jacobina de 1793: “Artículo 27. Que todo individuo que usurpe la soberanía sea al instante ejecutado por los hombres libres.” “Artículo 31. Los delitos de los mandatarios del pueblo y de sus agentes nunca deben quedar impunes. Nadie tiene derecho considerarse más inviolable que los demás ciudadanos.” “Artículo 33. La resistencia a la opresión es la consecuencia de los demás derechos del hombre. Artículo 34. Hay opresión contra el cuerpo social cuando uno sólo de sus miembros es oprimido. Hay opresión contra cada miembro cuando el cuerpo social es oprimido. Artículo 35. Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la insurrección es, para el pueblo y


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para cada una de sus porciones, el más sagrado de los derechos y el más indispensable de los deberes.” (Subraya nuestra). Ojalá, que los órganos constituidos, que aplican la violencia de la exclusión al pueblo constituyente y soberano, no lo obliguen a ejercer sus derechos a la resistencia a la opresión, o a la insurrección, como dijera la constitución jacobina, o no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión, como dice el preámbulo de la carta de las Naciones Unidas de 1948. 

Fines y medios democráticos o autocráticos

La democracia, se refleja no sólo en los fines que perseguimos, sino también en los medios que utilizamos para lograrlos. Es importante, definir el concepto opuesto; esto es el de autocracia, que es un concepto político plurívoco, pues se le utiliza para designar la dictadura, el despotismo y la tiranía; a veces se le denomina Estado policía y, finalmente, estado autoritario o totalitario. En el Estado democrático de derecho, el poder político viene de abajo hacia arriba y la voluntad estatal u orden jurídico es producida por los mismos que están sometidos a ella. Frente a él se encuentra la autocracia, donde el poder político viene de arriba hacia abajo y el orden jurídico o estatal es creado por un único señor, contrapuesto a todos los gobernados, a los que se excluye de participar en la creación de la voluntad del estado y que está libre de cualquier control eficaz. La diferencia entre un Estado democrático y uno autocrático, dictatorial o totalitario, no está dada por la existencia o ausencia de conflictos; ya que en toda sociedad existen conflictos, situaciones de crisis; la diferencia está en la forma cómo resolvemos los conflictos; en la manera como nos enfrentamos a quienes piensan o son distintos a nosotros y especialmente a quienes tienen una cosmovisión política diversa: Para los autócratas Nazi-Fascistas, en política, sólo hay amigos o enemigos, no es posible otra opción. El enemigo debe someterse y si no lo hace, hay que destruirlo. En la actitud ante el enemigo político se refleja una diferencia fundamental entre la democracia y el totalitarismo Nazi-fascista, pues el primero se enfrenta al enemigo político con la fuerza de la razón, su método es la discusión y el diálogo y lo que busca es convencer o persuadir y si esto no se logra, la manera de dirimir el conflicto es por medio del juego de las mayorías y las minorías; en cambio el autócrata Nazi-fascista se enfrenta al enemigo político con la razón de la fuerza, su método es la violencia y el fin que persigue es someter a su adversario y si no lo logra a las buenas lo logra a las malas, por la violencia, de toda clase, torturándolo, desapareciéndolo o eliminándolo físicamente. Como el demócrata, sabe que el pueblo es soberano, siempre lo consulta en situaciones de crisis; en cambio, el autócrata dictador o nazi fascista, siempre desconfía del pueblo, cree que es superior a él, lo considera ignorante, tonto e imbécil. Como el estado totalitario parte del supuesto de la desigualdad de los hombres, los hombres superiores, que normalmente son los miembros del grupo gobernante, no confían en los hombres inferiores que son la gran mayoría del pueblo. El desprecio del propio pueblo, al que se considera incapaz, se traduce en la exclusión del pueblo, la eliminación del sufragio universal; la no consulta al pueblo (supresión de elecciones), y en el caso de hacerlo, en un tipo de sufragio amañado, casi siempre a través de plebiscitos. Para el Estado democrático, los


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hombres son libres e iguales y posee unos derechos y la misión del estado es permitir y hacer que el hombre desarrolle esos derechos. La manera de resolver las crisis dentro de la sociedad y del Estado o las diferencias existenciales al interno de esas organizaciones, es lo que diferencia el método democrático, del método dictatorial. No es cierto, que fue un error el plebiscito, porque dividió a la sociedad colombiana; al contrario, la división ya existía desde antes del plebiscito; lo único que éste hizo fue poner la presente, sacarla a la luz pública y mostrar que la división, era más fuerte de lo que se creía, pues no era sólo entre si y el no; sino también entre quienes no votaron ni por el sí ni por el no, sino por la constituyente; y que era más grave aún porque el 63% de los colombianos, rechazo a santos y Uribe juntos y demostró que ellos dos no son ni siquiera dueños del sí y del no; que en realidad están usurpando el nombre del pueblo y su representación, pero que no son ni el pueblo ni lo representan. Por otra razón jurídica-política: en la democracia, cuando hay problemas existenciales, que dividen y polarizan a la sociedad civil, se debe consultar al pueblo soberano y constituyente y que por lo mismo es el árbitro supremo para dirimir conflictos y es él quien debe adoptar las decisiones. Los problemas conflictuales de toda las sociedades civiles, desde el punto de vista de legitimación del poder político, es obligación llevarlos al pueblo, para que diga quien tiene la razón. No sólo el tema o la manera de hacer la paz. Temas como el aborto, como el divorcio, como la pena de muerte: en ninguna sociedad hay unanimidad. No hay unanimidad en Estados Unidos, no la hay en Europa. No hay unanimidad ni en Colombia ni en China. Entonces ahí tienen que jugar las mayorías y las minorías. Porque cuando uno ve las estadísticas las diferencias siempre son mínimas. Por ejemplo, la gente está de acuerdo con el aborto en un 51%, pero hay un 49% en contra. Lo mismo sucede, con la pena de muerte, o la adopción de niños por parejas del mismo sexo; o si los actores armados tanto del Estado como de la guerrilla van a quedar impunes o no. Esta falta de unanimidad, en estos y otros temas, es un dato de la realidad política y psicológica. Esos conflictos, existenciales para llamarlos de alguna manera, la mejor forma de definirlos, para que uno acepte que no es una imposición, es la democracia: mayorías y minorías. Pero además, hay que estar preparados para cualquier resultado. Aquellos que dicen ser demócratas y representar al pueblo, cuando pierden, aun que sea por un voto, no pueden salir después con la tesis de que “el pueblo no es el titular del poder y no era quien debía definir el asunto”. En eso tenemos que ser claros, absolutamente claros y serios, absolutamente serios y consecuentes. MENTALIDADES DE GULLIVER Concepto de autoritarismo El concepto de autoritarismo, se emplea fundamentalmente en tres acepciones: psicológica, ideológica y política.


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En sentido psicológico, se menciona la personalidad autoritaria para indicar un tipo de persona, que como divide a los hombres en inferiores y superiores, tiene por una parte una disposición a la obediencia servil hacia los superiores, al respeto y adulación de todos los que detentan el poder o la fuerza; y por otra, la disposición a la arrogancia y el desprecio de los inferiores jerárquicos y en general de todos a los que consideran sin poder o sin fuerza, son los que yo denomino mentalidades de Gulliver, enanos en tierra de gigantes y gigantes en tierra de enanos; humildes ante los soberbios y déspotas soberbios ante los humildes. En sentido ideológico, son acepciones autoritarias las que niegan la igualdad de los hombres, rinden culto al principio jerárquico, a la idea de progreso contraponen la de tradición, a la razón oponen lo irracional, a los derechos del ciudadano enfrentan el deber absoluto de obediencia del súbdito, al detentador del poder o al estado, como dijera Mussolini en su tristemente célebre frase: "Todo dentro del Estado, nada fuera del Estado, nada contra el Estado". Desde el punto de vista político, se llaman autoritarios a los regímenes que privilegian el mando y menosprecian el método del consenso, que concentran el poder político en un solo órgano o en una sola persona, normalmente en el ejecutivo, y que le quitan valor o anulan las instituciones representativas, que reducen la oposición a su mínima expresión y eliminan los procedimientos y las instituciones encaminadas a transmitir el poder de abajo hacia arriba; el pluralismo de los partidos es prohibido o reducido a un simulacro. El antecedente del Estado liberal autoritario, hay que buscarlo en las Constituciones de Napoleón Bonaparte. Como dice Karl Loewenstein “El concepto «autoritario» caracteriza una organización política en la cual un único detentador del poder –una sola persona o dictador, una asamblea, un comité, una junta o un partido– monopoliza el poder político sin que les sea posible a los destinatarios del poder una participación real en la formación de la voluntad estatal. El único detentador del poder impone a la comunidad su decisión política fundamental, esto es, la «dicta» a los destinatarios del poder. DEMOCRACIA DIRECTA Cuando el pueblo expresa su voluntad directamente, sin intermediarios, representante y representado son una misma persona, el soberano es representado por sí mismo por lo que no existe conflicto ni actual ni potencial entre representante y representado, ni tampoco necesidad de control, del segundo sobre el primero. La existencia de conflicto y la necesidad de control se presenta cuando representante y representado son personas distintas. Las relaciones entre representante y representado son el punto inguinal de la representación política. La democracia directa ha tenido ardientes defensores como Rousseau, quien deseaba que el pueblo decidiera directamente sus propios asuntos: “Tan pronto como un pueblo se da representantes, deja de ser libre y de ser pueblo.” Quienes proponen excluir al pueblo soberano y constituyente de la solución de la crisis política por la que atraviesa Colombia, quieren hacer retroceder la rueda de la historia, 2500 años, cuando el titular del poder político no era el pueblo constituyente, sino los poderes constituidos, a quienes


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para encubrir su dominación, se les inventaba que eran dioses o hijos de Dioses, o que recibían el poder directamente de Dios, o por medio de los representantes de Dios en la tierra (el Papa); ¡que no nos vengan hacer creer, que a causa del Nobel, nuestro Santo se convirtió en Dios! ¡O qué el premio que el Papa le dio, le entregó también el poder de Dios!; pues nos tocaría recordarle las palabras de alguien que de verdad comprende que ser demócrata, no es solo ponerse el apelativo, sino que hay que actuar respetando sus principios como David Trimble, irlandés, premio Nobel de paz 1998: “No se le puede preguntar al electorado para luego ir en contra de su voto. Esto sería irrespetuoso.”. Descartada la maniobra, de que los poderes constituidos suplanten al soberano titular del poder constituyente, sólo queda la posibilidad de que el pueblo intervenga por medio de otro plebiscito o de una Asamblea Nacional Constituyente. Otro plebiscito, sólo produce efectos políticos en relación con el presidente y no ocasiona ningún efecto jurídico, por lo que los acuerdos de La Habana no se pueden elevar ni siquiera a la categoría de ley, mucho menos al nivel constitucional, por medio de este instrumento. Como es necesario, ir más allá de los acuerdos de La Habana, más allá de la cesación parcial de un conflicto armado; hacia la verdadera paz con justicia social; esto es, con más derechos humanos, mas democracia política y económica, educación y la salud para todos; la preservación del medio ambiente; la lucha contra la corrupción y el desempleo. Las Reformas agraria, urbana y del sistema financiero; la reforma del Congreso, de la Justicia. La redistribución de la riqueza y la lucha contra todas las formas de discriminación incluidas la sexual y la racial. Libertad e igualdad para los colombianos. Creación del estado autonómico o federal; el derecho a la vivienda; con verdadero respeto de los derechos de las víctimas de la violencia, a la verdad, a la justicia, a la reparación y la garantía de no repetición; es que seguimos reiterando que estos derechos sólo pueden hacerse realidad mediante una Asamblea Constituyente Popular, amplia y democrática, con representación de las organizaciones sociales, por la que creen las nuevas instituciones que hagan posible los cambios estructurales que requiere el Estado y la sociedad colombiana. Cambios que no nos darán ni Uribe ni Santos, ni la clase política representada en el Congreso. JAIME ARAUJO RENTERIA


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