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Consideraciones generales para el sector alojamiento

2.1 RECOMENDACIONES PARA PROTOCOLOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN ESTABLECIMIENTOS DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO

Formación de los trabajadores para el manejo de información de los protocolos de bioseguridad e higiene a implementar.

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Realizar seguimiento por parte de la ocina de Talento Humano de los trabajadores que acuden al puesto de trabajo en buenas condiciones de salud.

En caso de contagio del virus COVID-19, el establecimiento de alojamiento debe garantizar el derecho constitucional a la protección del honor, vida privada, intimidad, propia imagen, condencialidad y reputación del trabajador en la entidad de trabajo e informar a las autoridades sanitarias sobre la situación.

En virtud de lo previsto en la Ley Orgánica de Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, que prohíbe expresamente el acoso laboral, el empleador o empleadora deberá responder de la conducta de sus trabajadores que discriminen o acosen a otros trabajadores o a miembros de su familia que hayan contraído el virus COVID-19.

Para el levantamiento de los protocolos y sello de certicación sobre las medidas de higienización y desinfección que aplican los establecimientos de alojamiento turístico se debe trabajar de manera conjunta con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Turismo y Comercio Exterior (MITCOEX), así como con algún organismo de inspección y certicación con competencia.

Esta iniciativa permitirá reactivar la operación de establecimiento de alojamiento en general adaptados a la nueva realidad social. Además, de rediseñar la experiencia del cliente para ofrecer garantías sanitarias.

3. COMITÉ DE GESTIÓN DE RIESGOS (CGR)

CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE RIESGOS (CGR)

Para cualquier empresa ante estas circunstancias, en especial las que manejan instalaciones de alojamiento, es recomendable establecer un Comité de Gestión de Riesgos, que conjuntamente con el Comité de Seguridad y Salud Laboral, serán los encargados de gestionar las medidas preventivas, acciones correctivas y monitoreo del efecto Covid-19 en sus áreas adyacentes para realizar las recomendaciones pertinentes y tomar decisiones lógicas y oportunas.

CREACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE RIESGOS.

La Gestión del Riesgo, debe formar parte de todos los procesos del establecimiento y la dirección del mismo debe conformar un comité, si no dispone de un consejo de seguridad y salud, que permita denir las estrategias y la toma de decisiones destinadas a minimizar los riesgos.

Para efectos de realizar labores de prevención y de contención de los efectos del COVID-19 en los establecimientos de alojamiento turístico, se debe crear un “Comité de Gestión de Riesgos”. Este comité, es exclusivamente conformado para atender la prevención y atención del virus del COVID-19 dentro de los establecimientos de alojamiento turístico. El término de funcionamiento del comité será determinado por la empresa, en función del tiempo que dure la pandemia por el COVID-19 indicado por la Organización Mundial de la Salud y las Autoridades de Salud del país.

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