300-09-01-01-0034-2013/09-09-2013
CORPOURABA HIZO RECOMENDACIONES POR PRESENCIA DE CARACOL AFRICANO EN CAÑASGORDAS U DE A Y CORPOURABA REALIZARON FORO SOBRE MANGLARES DEL GOLFO DE URABÁ
LOS OLORES TAMBIEN SON FACTOR DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
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CORPOURABA HIZO ENTREGA DE MÓDULOS DE BENEFICIO DE CAFÉ COMO MEDIDA PARA AHORRAR AGUA EN EL SECTOR
COLOMBIA EN LOS PRIMEROS LUGARES EN DIVERSIDAD DE ESPECIES A NIVEL MUNDIAL
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TALLER DEL SISTEMA DE CONTROL Y VIGILANCIA FORESTAL
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contenido
13 CORPOURABA AVANZA EN ELL REGISTRO DE USUARIOSY EL PLAN DE MANEJO DE AGUAS SUBTERRANEAS
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14 ACTOS ADMINISTRATIVOS 18 EN GRAVE AMENZA EL CAIMÁNY LA BABILLA DE LA REGIÓN DE URABAÁ 19 ENSAYO EQUIDAD ENTRE LOOS GÉNEROS, MEDIO AMBBIENTE Y OPORTUNIDADE 21 REGLAMENTACIÓN DE LAS UNIDADES AMBIENTALS COSTERS, UAC página 11
APARTADÓ LANZÓ LA CAMPAÑA YO AMO APARTADÓ LIMPIO página 10
CORPOURABA FORMULA LA ESTRATEGIA DE GOBIERNO EN LÍNEA página 12
CORPORACIÓN “ROSALBA ZAPATA CARDONA” Y CORPOURABA UNEN ESFUERZOS EN EDUCACIÓN AMBIENTAL
EL DIRECTOR GENERAL DE CORPOURABA ESTUVO EN HOLANDA página 13
23 EN URRAO SE ADELANTAN ACCIONES DE PROTECCIÓN DE FAUNA SILVESTRE COMO EL OSO DE ANTEOJOS 24 LA EXTRACCIÓN DE ARENASY GRAVAS, UNA ACTIVIDAD EN AUMENTO 25 CORPOURABA ADVIERTE SOBRE LA DEMANDA Y OFERTA DE AGUA EN EL AÑO 2014 26 LAS RATAS SON ROEDORES QUE HACEN PARTE DE LAS PLAGAS CASERASY URBANA 27 EL RECICLAJE TIENE HISTORIA EN COLOMBIA PIONERA DE SU ORGANIZACIÓN 28 EN EL BARRIO OBRERO DE APARTADÓ SE CUMPIÓ LA PRIMERATOMA EOBARRIAL 29 A PROPÓSITO DE LOS 173 AÑOS DEL MUNICIPIO DE TURBO 30 AVANZA PACTO POR LA MADERA LEGAL EN COLOMBIA 31 CUARTA TOMA ECOBARRIAL EN LA PIÑA COMUNAL SAN JORGE, PONE EN EVIDENCIA PROBLEMÁTICA DE ESCASEZ DE AGUA 32 CORPOURABA Y FUNDACIÓN PANTHERA OBTUVIERON FOTOGRAFÍAS DE JAGUAR (ADULTO Y CRÍA) ENTRE MATUNTUGO Y BOCAS DE ATRATO EN TURBO
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CORPOURABA UN GRAN ECOSISTEMA
EDITORIAL GABRIEL CEBALLOS ECHEVERRI Director General
DIRECTIVOs GABRIEL CEBALLOS ECHEVERRI Director General Email: corpouraba@corpouraba.gov.co ARBEY MOLINA Subdirector Administrativo y financiero Email: amolina@corpouraba.gov.co JOSÉ DOMINGO NAVARRO A. Subdirector de Planeación y OT. Email: jnavarro@corpouraba.gov.co vanessa paredes zúñiga Subdirectora de Gestión y Administración Ambiental Email: vparedes@corpouraba.gov.co SUBSEDES HÉCTOR DORIA M. COORDINADOR Regional Caribe (Arboletes) Email: corpoucar@corpouraba.gov.co Roy Vélez Hernández COORDINADOR Regional Nutibara (Cañasgordas) Email: corpounuti@corpouraba.gov.co Regional Urrao (Urrao) Email: corpourrao@corpouraba.gov.co cARLOS JAVIER PÉREZ SÁNCHEZ Coordinador Regional Atrato Medio (Vigía del Fuerte) Email: coratrato@corpouraba.gov.co Coordinación Editorial BAYRON ARROYAVE MIRANDA Área de Comunicaciones y Divulgación CORPOURABA Email: barroyave@corpouraba.gov.co
CONSIDERACIONES SOBRE EL MARCO CONCEPTUAL DEL ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL Y LA HOJA DE RUTA PARA SU IMPLEMENTACION
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propósito de la ley de Ordenamiento Territorial LOT, y recordando sus cerca de veinte intentos antecedentes fallidos, hoy existe más o menos consenso en que no es comprensible concebir el Ordenamiento Territorial Ambiental independiente de la política económica, social y ambiental, pues por su propia naturaleza debe ser una política integral, no obstante, ello exige una estructura institucional jerarquizada y fortalecida por donde fluyan las directrices y se coordinen las acciones ordenadoras, que no solamente garantice la planificación y ordenamiento, sino también, fundamentalmente, su ejecución y seguimiento. De allí que el ordenamiento ambiental territorial no sea sólo un conjunto de acciones dedicadas a proyectar un territorio a largo plazo a través de planes; requiere la puesta en marcha de estos, es decir su ejecución y la revisión de resultados. El problema es que no solamente se encuentra desarticulación dentro de las políticas y programas sectoriales en relación con el Ordenamiento Territorial y el Ordenamiento Ambiental Territorial, los instrumentos de planeación y ordenamiento ambiental territorial no se encuentran armonizados ni articulados entre sí, lo cual limita a las autoridades su aplicación integral. Nos tocará hacer uso de la imaginación y marcar la pauta. Se deben fortalecer los componentes técnicos generadores de información geográfica y territorial; la implementación de sistemas de información geográfica que faciliten la armonización tecnológica básica; garantizar la coherencia y articulación con los planes o instrumentos de ordenamiento ambiental; determinantes ambientales y visión de futuro compartida regional; asegurar unos mínimos o básicos consensos sociales sobre los proyectos que acompasen el desarrollo y los principios ambientales y culturales que la sociedad está dispuesta a defender. Pd/. Acaban de iniciar una nueva etapa de sus vidas, al iniciar a recibir su pensión, (no jubilación), tres servidores de CORPOURABA: Marlene Linares, Luis Enrique Gutiérrez y Gonzalo Cortés. Para ellos todo nuestro respeto, perenne gratitud y nuestros mejores deseos de fortalecimiento y consolidación de su vida personal y familiar…
Diseño e impresión: HERNÁNDEZ PUBLICIDAD DIRECCIÓN CORPOURABA Apartadó, calle 92 No. 98-39 PBX: 828 10 22 Ext. 27 Línea Gratuita: 01-8000-400-060 FAX: 828 10 01 www.corpouraba.gov.co
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JUAN FRANCISCO SUÁREZ MORENO
Representante de Gremio CAFETERO
Claudia Adalgiza Arias Cuadros
Delegada del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
NICOLÁS ECHAVARRIA MESA
Delegado Presidencia de la República
FRANCISCO ANTONIO CEBALLOS B.
Delegado Ministerio de Agricultura
LUZ ANGELA PEÑA MARÍN
dELEGADA DEL GOBERNADOR
Aicardo Antonio Urrego Úsuga
Alcalde Popular de Cañasgordas
GABRIEL MARQUEZ VÉLEZ
Representante de las ONG’s
GABRIEL JAIME ELEJALDE GAVIRIA
Representante Gremio BANANERO
AGAPITO MURILLO PALACIO
Alcalde popular DE CAREPA
NAZARIO URIBE ECHEVERRI
Representante COMUNIDADES INDÍGENAS
OCTAVIO DE JESÚS ROJAS ROMAÑA
Representante COMUNIDADES NEGRAS
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CORPOURABA HIZO RECOMENDACIONES POR PRESENCIA DE CARACOL AFRICANO EN CAÑASGORDAS
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ediante la Circular 0024 de Junio 25 de 2013, CORPOURABA advirtió sobre las medidas de seguridad para minimizar situaciones de riesgo por presencia del Caracol Africano (Achatina fulica) en la jurisdicción, e informó sobre la presencia de este animal en el Municipio de Cañasgordas, en el área urbana asociada al Río Sucio. La especie, de la cual hasta el momento se han recogido unos 19 kilos para su neutralización y disposición final, está catalogada como una de las especies invasoras más peligrosas del mundo, por el impacto que puede generar sobre la flora, la fauna nativa en el sector agropecuario y la salud pública; capaz de alimentarse de más de 200 tipos de cultivos, granos almacenados y como agente vector de encefalomielitis y enteritis en humanos y animales domésticos. El llamado de CORPOURABA a las Administraciones Municipales, Secretarias de Agricultura y Medio Ambiente y comunidad en general, es a adoptar medidas de manejo, prevención y control; restringir el uso de la especie para cualquier fin ya sea de fomento, crianza, comercialización o consumo; no tocarlos a no ser que se cuente con las medidas de protección necesarias. No consumirlos ni utilizarlos como
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carnada, mascota o adorno. Evitar contacto con la baba especialmente en ojos nariz y boca. No utilizar venenos contra el caracol, ya que puede afectar a niños, mascotas o fauna nativa. Eliminar del jardín restos de madera, materiales de construcción como tejas y ladrillos o cualquier elemento que pueda ser utilizado como refugio por el caracol. No trasladar caracoles hacia otras zonas. Tener precaución al trasladar plantas u otros elementos del hogar donde los caracoles o sus huevos puedan alojarse. En caso de encontrar individuos de Achatina fulica o parecidos a este caracol, reportarlo inmediatamente a CORPOURABA en cualquiera de sus sedes (Tel.8281022), a la Seccional de Salud o Secretaría de Agricultura. De ser necesaria su manipulación, tomar los caracoles con guantes impermeables; ubicarlos en un recipiente hermético teniendo en cuenta los cuidados indicados y llevarlos en el menor tiempo posible a las autoridades. El Caracol Africano tiene una longitud de hasta 20 centímetros; es de concha grande, fuerte, larga y aguda; de color marrón, violeta y crema. Se reproduce por medio de huevos y en cada postura pone entre 100 y 400, que eclosionan entre 8 a 21 días. Su promedio de vida es de 5 a 9 años.
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U DE A y CORPOURABA REALIZARON FORO SOBRE MANGLARES DEL GOLFO DE URABÁ
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n el marco del proyecto Actualización de la Zonificación de los Manglares del Golfo de Urabá que adelantan la Universidad de Antioquia y CORPOURABA, se realizó el pasado 25 de julio en la sede de Ciencias del Mar en Turbo, el foro regional sobre la protección y conservación del manglar, con el propósito de crear conciencia en toda la ciudadanía, sobre la importancia de este ecosistema; participan las diferentes entidades oficiales, Universidades y sociedad civil en general. La actividad se cumplió en la víspera de la conmemoración del Día Mundial del Manglar, el 26 de julio. El manglar es uno de los ecosistemas más frágiles y representativos del Golfo de Urabá, provee bienes y servicios como la protección de las costas contra el oleaje, retención de sedimentos, prevención de la erosión, refugio de fauna y flora, producción y exportación de materia orgánica y guarderías de peces, entre otros. El foro incluyó la presentación oficial del proyecto Actualización de la Zonificación de los Manglares del Golfo de Urabá, Mar Caribe Antioqueño y ajustes al Plan de Manejo. Se dio a conocer lo que pasa en la región con este importante ecosistema, que es de todos y para todos. Para Antioquia y Colombia en general, el golfo de Urabá es un sitio de gran importancia, en lo económico y los ecosistemas que en él se encuentran con el componente cultural que los acompaña. Cumple funciones de conectividad con ecosistemas aledaños tan importantes como el Parque Nacional Natural Los Katíos y la Red de Reservas de la Sociedad Civil de los municipios de Unguía y Acandí (Chocó), permitiendo el flujo de fauna entre los diferentes ecosistemas. Antioquia, uno de los trece departamentos poseedores de manglares en el país, cuenta con este ecosistema en sus municipios costeros de Arboletes, San Juan de Urabá, Necoclí y Turbo. Este último con el 90% de los manglares del golfo y el único con población nativa asociada directamente al recurso natural, como los territorios colectivos de la población negra en las riberas del río Atrato y del resguardo indígena de Caimán ubicados en las inmediaciones de los municipios Turbo y Necoclí.
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LOS OLORES TAMBIEN SON FACTOR DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
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a problemática de la contaminación atmosférica en el país es la que genera los mayores costos, seguida por la contaminación del aire intramural y la contaminación del agua. El sentido del olfato distingue entre más de 10.000 olores diferentes y su conexión con el cerebro es directa. La parte del cerebro responsable de nuestro sentido del olfato – el sistema límbico – está relacionado con las emociones y con la memoria. El Olor ofensivo es el olor generado por sustancias o actividades industriales, comerciales o de servicio, que produce fastidio, aunque no cause daño a la salud humana. Los olores se reglamentan debido a que las actividades generadoras de olores han aumentado en número y en capacidad de producción. Por la expansión de las actividades generadoras de olores, la cantidad de personas expuestas a sus emisiones es mayor. Se requiere establecer un procedimiento que permita evaluar de manera objetiva un tema que por su naturaleza propia es subjetivo.
Los olores tienen las particularidades en que las personas no los percibimos de la misma manera; el olfato humano tiene la capacidad de percibir algunas sustancias de olor a concentraciones extremadamente bajas. Generalmente están compuestos de varias sustancias en proporciones variables; como el ruido los olores también tienen efecto enmascarador (por ejemplo los perfumes). Son determinantes en la calidad de vida de las personas dado que los pueden percibir sin requerir infraestructura adicional. Los olores ofensivos están reglamentados por el Decreto 948 de 1995, artículos 16, 20 y 23, sobre Normas de Evaluación y Emisión de Olores Ofensivos; establecimientos generadores de Olores Ofensivos en zonas residenciales y control a emisiones molestas. Resolución 909 de 2008 Capitulo XI. Estándares de emisión admisibles de contaminantes al aire para instalaciones de tratamiento térmico de subproductos de animales. Artículo 68. Emisiones molestas en establecimientos de comercio y de servicio y la Resolución 601 de 2006 modificada por la 610 de 2010 Art. 5. Principales Sustancias Generadoras de Olores Ofensivos – Umbrales. Las principales actividades generadoras de olores las tenemos en los sectores del recubrimiento de superficies; la cría y explotación industrial de animales; la Industria de fabricación de alimentos; la Industria Química; Aguas residuales; Fertilizantes; Plantas de Procesamiento de Carnes y las Plantas de procesamiento de subproductos animales.
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CORPOURABA HIZO ENTREGA DE MÓDULOS DE BENEFICIO DE CAFÉ COMO MEDIDA PARA AHORRAR AGUA EN EL SECTOR
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n el marco del convenio 1705 de 2012, el Comité Departamental de Cafeteros y CORPOURABA, hicieron entrega de 20 módulos de beneficio de café en el Corregimiento Urama de Dabeiba, con una inversión de 56 millones de pesos. Al acto de entrega asistieron los comités municipal, regional y departamental de cafeteros, la Alcaldía Municipal y la Corporación. Para el apoyo de este sector productivo de la jurisdicción, CORPOURABA suscribió dos convenios con el Comité de Cafeteros de Antioquia, para la construcción e implementación de 42 módulos de beneficio de café en el municipio de Giraldo y 20 módulos de beneficio de café en el municipio de Dabeiba y así contribuir al desarrollo de una caficultura sostenible, con el beneficio directo de 62 familias cafeteras de las veredas La Sierra, La Sierrita y La Planta del municipio de Giraldo y la vereda Urama del municipio de Dabeiba. Los módulos de beneficio ecológicos posibilitan una alta disminución del consumo de agua en el proceso de lavado de café y la orientación del manejo de los residuos sólidos que resultan de este proceso, protegiendo así las fuentes hídricas de los municipios cafeteros y en general el ecosistema que los rodea. Dada la gran acogida del proyecto en el beneficio
del café, se planteó una segunda etapa del proyecto para beneficiar más productores y así entrar de lleno al nuevo programa de Cafés Especiales de Antioquia, el cual ya empezó en el municipio de Giraldo y próximamente iniciará en Dabeiba y Peque. El Plan de Gestión Ambiental Regional de CORPOURABA contempla la incorporación del componente ambiental como una acción inherente en los procesos de cada sector productivo, haciendo énfasis en una producción limpia, a través de la implementación de propuestas tecnológicas sostenibles y la búsqueda de alternativas viables para hacer más eficientes los sistemas productivos, que beneficien a los productores, representados en mayores ingresos familiares. El café es fuente permanente de ingresos y desarrollo. Su producción y las características del territorio, configuran un paisaje excepcional en donde la biodiversidad constituye una de sus mayores riquezas, así como las tradiciones, expresiones culturales y arquitectura tradicional. Implica contar con estándares que proporcionen una buena calidad física al grano para su comercialización, destacándose las oportunidades que tienen en el mercado los cafés especiales, de características sensoriales de calidad en taza y de las “primas” o “sobreprecios” adicionales al precio del producto. La producción de café en el Departamento, presente en 94 municipios, es de 2 millones de sacos aproximadamente y contribuye con el 16% de la producción colombiana, representada en 131.000 hectáreas sembradas y 120.000 familias que participan de los procesos productivos.
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unque en Colombia no existen inventarios biológicos detallados y completos para todo el territorio, los estimativos actuales ubican al país en los primeros lugares en cuanto a la diversidad de especies a nivel mundial. Dentro de estas cifras se reporta que Colombia tiene el 12% de la riqueza vegetal del globo, entre la que se cuentan 927 especies de musgos, 840 especies de hepáticas, 1.515 especies de líquenes, 1.400 especies en helechos y plantas afines. Donde se destacan grupos como las orquí¬deas que representan cerca de 3.500 especies (15% del total de especies de orquídeas del mundo). De igual manera la riqueza de especies de aves corresponde al 19% del total mundial (60% de las especies registradas en Suramérica). Respecto a la diversidad de especies acuáticas, se registran cerca de 1.357 especies de peces dulceacuícolas agrupadas en 16 órdenes y 51 familias. En los ecosistemas costeros y marinos se calcula que hay alrededor de 2.500 especies de moluscos y 2.000 de peces. Aunque no se tiene un estimativo total, se considera que alrededor de 32 especies de mamí¬feros, 400 de anfibios, 66 de aves y una tercera parte de especies de plantas tienen presencia exclusivamente en Colombia. Esto ha llevado a que el país sea considerado, como el segundo en presencia de áreas de endemismo (con 14) en el caso de grupos como las aves y como el lugar en donde ocurren dos de los más importantes ‘puntos calientes’ de la biodiversidad identificados en el planeta, los Andes y el Chocó Biogeográfico. Es impor¬tante resaltar cómo la amplia diversidad de especies mencionada anteriormente no está distribuida de forma homogénea en todo el territorio, sino que varía en las diferentes regiones presentes en el país. En la parte continental, la región Andina es la que presenta mayor riqueza para grupos como anfibios, reptiles, aves, mamíferos y plantas, seguida de la Amazonia y la región Pacífica. En Colombia han sido identificadas 549 especies que pueden considerarse migratorias con distribución
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ocasional cíclica o perma-nente en el país. Dentro de los diferentes grupos taxonómicos se encuentran 21 especies de mamíferos marinos, 6 mamíferos de agua dulce, 28 murciélagos, 275 aves, 6 tortugas, 110 peces de agua dulce, 64 peces marinos y 39 insectos. *Tomado de la Política Nacional para la Gestión Integral de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistémicos.
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TALLER DEL SISTEMA DE CONTROL Y VIGILANCIA FORESTAL
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a Corporación Autónoma Regional de Risaralda (CARDER), el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) y TRAFFIC conjuntamente con varios actores clave del sector forestal, se reunieron durante tres días (20-22 Agosto-2013) en un taller para analizar la situación de la legalidad de la madera y avanzar en el diseño y ajuste del Sistema de Control y Vigilancia Forestal en Colombia, en las instalaciones del Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT), en Palmira (Colombia). Durante el taller, se abordaron temas como la situación actual del sistema de control y vigilancia forestal en Colombia, los avances en la generación de productos para mejorar las actividades de control y vigilancia forestal en el Proyecto de Posicionamiento de la Gobernanza Forestal en Colombia, y la trazabilidad de la madera con la cadena de custodia. Igualmente, se compartieron experiencias de Brasil en la operación de sistemas informáticos de administración, control y verificación forestal, y los casos de los sistemas de control y vigilancia de Ecuador y Perú. A través del trabajo en grupos, teniendo como base la cadena de producción forestal y la teoría de sistemas, se facilitó el análisis para diseñar y proponer ajustes a varios elementos del sistema y observarlo en su integridad. Al final se logró consensuar entre las autoridades ambientales y los actores del sector forestal presentes sobre los elementos necesarios en el sistema, su propósito y ámbito de acción, los sectores clave para su implementación, así como los marcos legales que lo respaldan.
El encuentro reunió a 28 participantes de los sectores público, privado y de la sociedad civil: funcionarios del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Agricultura, Parques Nacionales Naturales, de diferentes Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), y de la Policía Nacional. Así mismo, asistieron miembros del Grupo de Trabajo para la Certificación Forestal Voluntaria (GTCFV), la consultora privada SGS, TRAFFIC, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y WWF. “Con este espacio logramos, una vez más, contribuir a aclarar conceptos relacionados a la legalidad de la madera en el país, alinearnos como actores claves para realizar las acciones pertinentes y profundizar en el análisis conjunto para la construcción y articulación de elementos del Sistema de Control y Vigilancia Forestal en Colombia; todo ello a través de una mirada
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integral, basada en la cadena forestal y en la teoría de los sistemas naturales”, dijo Martha Lucy Mondragón, coordinadora de Gobernanza Forestal de WWF Colombia. “Concretar el sistema en su dimensión e implementar acciones inmediatas y de manera gradual que lo consoliden en el tiempo, es un paso importante en el proceso de fortalecimiento de la gobernanza forestal y del establecimiento de aspectos para la legalidad de la madera en el país”, concluyó. El evento dejó como conclusión e insumos tres análisis de sistemas, un acercamiento al objetivo del sistema como tal y una primera mirada a las necesidades relacionadas a cinco componentes considerados como prioritarios para el establecimiento de un sistema: planificación, fortalecimiento de capacidades, normatividad y política, componentes y aspectos técnicos, y comunicación.
COMUNICACIÓN POLÍTICA
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VOLUNTAD
“El país ha hecho varios intentos de tener un inventario forestal nacional que aún no se ha logrado completar, por lo que las corporaciones deberían tomar esta actividad dentro de sus jurisdicciones para tener un plan de ordenación que implemente un sistema de control y vigilancia forestal sustentado en una gran base de información”, enfatizó Nhaydú Bohórquez, coordinadora regional del Proyecto FLEGT liderado por TRAFFIC. Por su parte, Rubén Darío Moreno, director técnico general del proyecto Posicionamiento de la Gobernanza Forestal en Colombia liderado por la CARDER, hizo un llamado a los técnicos de las autoridades ambientales, a través de su interés, liderazgo, compromiso, y de la coordinación y la cooperación impulsada por un objetivo claro, a impulsar la voluntad política de sus altos funcionarios en pro de una verdadera transformación de la administración forestal en Colombia. También manifestó que “el sistema de control y vigilancia no puede resolver todos los
problemas del sector forestal en Colombia” y comentó “Este sistema es para garantizar y verificar que la madera, desde antes de salir del bosque hasta que entra a los procesos de transformación y comercialización, haya cumplido con los requisitos técnicos, legales y administrativos que ha decidido este país”. Este taller se realizó en el marco del proceso de gobernanza forestal que se consolida en el país, y es apoyado, entre otros, por los proyectos Posicionamiento de la Gobernanza Forestal” de la CARDER, “Apoyar la aplicación del Plan de Acción FLEGT de la Unión Europea (UE) en América del Sur: Catalizar iniciativas para controlar y verificar el origen de la madera en el comercio y apoyar las mejoras en la gobernanza forestal, liderado por TRAFFIC, y Avanzando hacia un comercio mundial de madera legal y sostenible, a través del Plan de Acción FLEGT de la UE, de WWF, todos ellos financiados con apoyo de la UE.
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APARTADÓ LANZÓ LA CAMPAÑA YO AMO APARTADÓ LIMPIO
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CORPORACIÓN “ROSALBA ZAPATA CARDONA” Y CORPOURABA UNEN ESFUERZOS EN EDUCACIÓN AMBIENTAL
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on el propósito de empoderar a la comunidad y dar cumplimiento a las Políticas Nacionales de Educación Ambiental y Gestión Integral de Residuos Sólidos en el municipio de Apartadó, en el marco de la ley 1259 de 2008, sobre COMPARENDO AMBIENTAL, se lanzó el PROGRAMA YO AMO APARTADO LIMPIO. Programa, que cuenta con la vinculación de 800 estudiantes de los grados 10 y 11, de las diferentes instituciones educativas públicas y privadas, que pagarán 80 horas de servicio social obligatoria, mediante actividades pedagógicas y acciones participativas, encaminadas a disminuir la cantidad de residuos que se generan en Apartadó; aumentar el aprovechamiento racional de los residuos sólidos y los sistemas de eliminación, tratamiento y disposición final de los mismos. El Alcalde de Apartadó, Luis Gonzalo Giraldo Aguirre, llamó a la comunidad, para que apoye esta campaña que se extenderá hasta finalizar el año. Estas campañas garantizan acciones conjuntas y dan continuidad a los CIDEA y la consolidación de la política de educación ambiental, de fomento de los espacios intersectoriales, que reúnan esfuerzos técnicos, financieros y de proyección, en pro de una cultura del manejo sostenible del ambiente. Los CIDEA, Comités Interinstitucionales de Educación Ambiental, facilitan la participación y acompañan a las instituciones y organizaciones ambientales y educativas locales, en la concertación de actividades y estrategias de formación, para mejorar la calidad de los impactos de las acciones de las comunidades sobre el ambiente. Inicialmente se crearon los CIDEA departamentales, actualmente se trabaja en la organización de los municipales. Organiza por segunda vez la Administración Municipal, a través de la Secretaría de Agricultura y Medio Ambiente, SAMA, con el auspicio de otras instituciones y empresas, como Futuraseo y CORPOURABA, en el marco de la socialización y aplicación del Comparendo Ambiental de este municipio. El propósito es llamar la atención de la comunidad respecto de la problemática existente de acumulación de residuos sólidos (basuras y escombros) en sitios públicos, buscando generar una cultura de protección del medio ambiente. Con el comparendo ambiental se inicia en firme la sensibilización y aplicación de este instrumento que educa y sanciona a los infractores que arrojen basura al piso, saquen los residuos el día que no pasa el vehículo recolector, disponen escombros en las vías y lotes baldíos, entre otras acciones irregulares.
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on el propósito de aunar esfuerzos técnicos, económicos y financieros, para el desarrollo de un proyecto en comunidades asociadas a las poblaciones beneficiarias, la Corporación “Rosalba Zapata Cardona”, organización sin ánimo de lucro y CORPOURABA, suscribieron un convenio con el propósito de promover la vinculación de las comunidades rurales y urbanas a procesos de educación ambiental No formal y sensibilización, en temas como uso y manejo del agua, la adecuada disposición de los residuos sólidos, el respeto a la fauna silvestre y la promoción de actitudes más responsables con el ambiente por parte de estas comunidades y su entorno. El convenio que invertirá 30 millones de pesos, se enmarca en los programas Gestión en Biodiversidad y Aguas del Plan de Acción Corporativo 2012-2015 de CORPOURABA, incluye el apoyo y acompañamiento a dos colegios en el desarrollo de sus PRAES (Proyectos Ambientales Escolares); la formación y certificación como “Promotores Socio ambientales” de un grupo de 40 líderes comunitarios de Nueva Colonia,
Currulao y Riogrande en el municipio de Turbo y el Barrio Obrero de Apartadó. La realización de cinco “tomas eco-barriales”, con las mismas comunidades, divulgación con Puestos de Información de CORPOURABA y acompañamiento lúdico de la Corporación Artística y Cultural “Camaleón”. La socialización e inicio del ciclo de talleres de capacitación será este viernes 21 de junio, a partir de las 2:00 pm en el auditorio de CORPOURABA en Apartadó. La primera Toma Eco barrial de siete programadas, está prevista para el 28 de junio, a partir de las 7:00 de la noche en la nueva Placa Polideportiva del barrio Obrero de éste municipio. Posteriormente se realizarán en Nueva Colonia (1), Currulao (2) y Riogrande (1) en el municipio de Turbo y el Barrio Obrero de Apartadó (2).
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CORPOURABA FORMULA LA ESTRATEGIA DE GOBIERNO EN LÍNEA
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a estrategia de Gobierno en Línea (GEL) está enfocada en mejorar la calidad de vida de todos los usuarios; la forma de hacerlo es aprovechando los medios tecnológicos de información; procurar que a través de ellos se llegue al usuario final, el cual necesita tener en tiempo real la información pública que las entidades emiten, como certificados, trámites, entre otros, contribuyendo de ésta manera al usuario con ahorro en tiempo, dinero y estrés de filas. La implantación de esta estrategia contribuye en la construcción de un estado más eficiente, tranparente, participativo y que preste mejores servicios, con la vinculación de la ciudadanía en la gestión. Para hacer efectiva la Estrategia GEL, el Gobierno Nacional estableció normas que infunden a las entidades a presentar mecanismos de cumplimiento, entre las cuales tenemos el Decreto 2693 del 2012 por el cual se establecen los lineamientos generales de la estrategia GEL, la Ley Anti trámites y la Directiva Presidencial 04 de 2012 de cero papel. El medio eficaz para reflejar estas acciones es el portal web de cada entidad; CORPOURABA implementó su sitio: www.corpouraba.gov.co, donde ofrece información; posee los aplicativos CITA, SISF, y de interacción con los usuarios a través del CHAT corporativo; sus redes sociales y está en proceso de mejorar la estrategia de Rendición de Cuentas de acuerdo con las nuevas metodologías. La estrategia GEL también está enfocada en “La eficiencia administrativa”, significa esto que todos los servicios y trámites que ofrezca la entidad sean
transmitidos a través del sitio web; que no haya recelo de mostrar la información al ciudadano (Transparencia y equidad). La meta para dar cumplimiento a todo este compromiso con la ciudadanía es el año 2015. La construcción colectiva da los lineamientos de Gobierno en Línea establece mecanismos de participación ciudadana para que los resultados sean retroalimentados y se contribuya a la construcción de una mejor entidad y así un mejor gobierno. No puede quedar atrás la protección del AMBIENTE; todos los esfuerzos de innovación a este nivel deben ir inclinados a su protección y mejora, para evitar la destrucción del planeta y afectar la salud de nuestros usuarios, los niños, la tercera edad, mujeres y hombres, mediante la estrategia de cero papel.
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CORPOURABA AVANZA EN EL REGISTRO DE USUARIOS Y EL PLAN DE MANEJO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
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ORPOURABA en convenio con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, avanza en el registro de usuarios, actualización del inventario de puntos de aguas (pozos profundos, manantiales y aljibes) y la formulación del plan de manejo ambiental del sistema acuífero de la región de Urabá, en cumplimiento del Decreto 1640 de 2012. Estas actividades son importantes porque suministran información sobre el estado del recurso hídrico subterráneo, en términos de uso, demanda y fuentes potenciales de contaminación y el planteamiento de estrategias de conservación y manejo de las aguas subterráneas en la región.
A la fecha se cuenta con un registro en Chigorodó de 428 aljibes o pozos artesanales en su área urbana y 221 aljibes, 6 manantiales y 17 pozos profundos en el área rural. En Turbo se encontraron 267 aljibes y 3 pozos profundos en el sector urbano, mientras que en la zona rural del municipio se hizo el inventario de 1089 aljibes, 21 Jagüeyes, 6 Manantiales y 40 pozos profundos. Aquí es importante resaltar que este trabajo integra un componente social con las comunidades, de divulgación y socialización en la búsqueda de la preservación de los recursos hídricos de Urabá.
Aunque la tendencia es a utilizar los medios tecnológicos para los servicios y trámites en línea y en tiempo real, CORPOURABA seguirá con las puertas abiertas para recibir a sus usuarios, brindándoles todas las asesorías necesarias que requieran. Para este 2013 tenemos el firme propósito de continuar con ahínco reforzando en la Corporación la cultura del cero Papel, tanto en la Sede Central como en las Oficinas Regionales. Para ello pensamos:
EL DIRECTOR GENERAL DE CORPOURABA ESTUVO EN HOLANDA
Continuar Imprimiendo y/o fotocopiando por las dos caras de la hoja. Seguir Utilizando papel ecológico fabricado con materia prima natural, de fácil renovación y biodegradable. Continuar aplicando la política de no imprimir documentos en borrador. Utilizar los medios electrónicos como intranet, correos electrónicos, la carpeta Pública de la Corporación, la nube, el SkyDrive, Dropbox; para remitir y/o compartir información. Usar la remisión y el recibo de fax a nivel electrónico. Seguir Optimizando los sistemas de archivo digitales para evitar la producción de copias. Evitar la impresión y fotocopiado de libros.
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on el objetivo de dar a conocer la experiencia Holandesa en temas de manejo del recurso hídrico, manejo de zonas costeras, institucionalidad y regulación, entre otras, estuvo en los países bajos con 12 representantes más de las autoridades Colombianas en temas ambientales y de agua, el Director General de CORPOURABA, Gabriel Ceballos Echeverri.
La misión pretendía brindar herramientas tanto teóricas como prácticas para tomadores de decisiones que se interesan por conocer más de cerca la experiencia de los Países Bajos en temas de agua. De esta forma, se reunieron con los actores institucionales más relevantes en Holanda para entender los arreglos administrativos e institucionales, las diferentes relaciones, las leyes y reglamentaciones que rigen el sector y la cooperación internacional para temas binacionales. La misión incluyó visitas de campo para apreciar proyectos exitosos de gran envergadura en temas hídricos, fluviales y marítimos. Por último, se logró también un acercamiento con reconocidas empresas en diferentes temas tanto de consultoría, tecnología y obra.
especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-04-0205-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-27
Auto No. 200-03-50-04-0221-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-06 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra de los señores Rubén Darío Zapata, identificado con documento de identidad número 1.038.802.2 y Javier Cancio Herrera, identificado con documento de identidad número 8.339.729, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Resolución No. 200-03-20-01-1500-2013 “Por la cual se otorga Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-06 OTORGAR al señor ROBERTO GARCIA GALVAN, identificado con la cedula de ciudadanía No 6.889.283 de Montería – Córdoba, debidamente autorizado por la señora ELDA ROSA URREA DE DUQUE, identificada con cedula de ciudadanía No 32.251.371 de San Pedro de Urabá – Antioquia, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRANÉAS, para uso industrial a derivar del pozo artesano (aljibe), la captación del agua será de 0.23 L/segundos, durante 5 horas/ día, durante 7 días a la semana equivalente a 29.98 m3 a la semana, ubicado en las siguientes coordenadas Norte 8º16´38.6”; Este 76º22´54.6”, en la zona urbana del Municipio de San Pedro de Urabá. Resolución No. 200-03-20-01-1501-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-09-06 Otorgar a la Sociedad VIAS DE LAS AMERICAS S.A.S identificada con NIT 900.373.783-3, representada legalmente por el señor ALVARO JOSÉ MOVILLA CASTILLO identificado con cedula de ciudadanía No 8.736.402 de Barranquilla, CONCESION DE AGUAS SUPERFICIALES, para uso industrial a derivar de la fuente denominada río Mulatos, para humectación y fabricación de concreto de la vía Necocli – Mulatos, en un caudal de 4 L/s para un régimen de bombeo de 8 horas diarias por seis (6) días a la semana, equivalente a 115200 litros diarios y 691200 litros por semana en las coordenadas N 8º31´18” y W 76º41´25.9”. Auto No. 200-03-50-04-0213-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-04 Vincular al presente trámite sancionatorio y formular pliego de cargos en contra del MUNCIPIO DE TURBO, Antioquia, identificado con NIT 890981138-5, representado legalmente por el alcalde WILLIAM PALACIO VALENCIA, por ser presunto infractor de la normatividad ambiental especialmente de los artículos 1 #6 de la ley 99 de 1993; 8, 34, 35, 36, 38, 179, 180, 181, 182, 326 del Decreto 2811 de 1974; artículos 25, 28, 29 de la ley 9 de 1979 y, por no acatar los requerimientos o indicaciones técnicas hechas por la autoridad ambiental competente mediante oficio 820 del 12/04/13. Al estar depositando los residuos producto de la limpieza del Waffe en sitio que no se encuentra autorizado, afectando el lote con cédula catastral N° 1010250010000400000000, determinado en el POT de Turbo como zona de protección de manglares, modificando el suelo con la sedimentación de la zona de manglar y afectar a la comunidad por no realizar un manejo adecuado de sedimentos con el fin de inactivarlos y garantizar su inocuidad. Auto No. 200-03-50-04-0212-2013 “Por medio del cual se declara iniciado un procedimiento sancionatorio ambiental, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-03 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra de la señora RUTH MANCO ZAPATA identificada con cédula de ciudadanía número 32.288.501, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en el artículo 63, 79 de la Constitución Nacional; Ley 357 de 1997; Articulo 7°, literales d),g) y j) del artículo 8° del Decreto 2811 de 1974; este último literal concordado con los artículos artículos 302 a 304 del Decreto 2811 de 1974 y artículo 132 del
Apartadò, 2013-08-21 AUTORIZAR al Municipio de Necocli con NIT 890.983.873-1, representado por el señor ADALBERTO BAENA OYOLA, para la Tala definitiva de 42 árboles aislados, de varias especies. RESOLUCION No. 200-03-20-01-1423-2013 “Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones”
decreto 2811 de 1974, La Circular 2000-2-70-103 del Ministerio de Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial.
IMPONER la siguiente medida preventiva, consistente en: La suspensión inmediata de las actividades relacionadas con la construcción de la jarillones y canales en la Ribera del rio Carepa, en Predios de la Finca La Rural Ubicadas en Bocas de Chigorodo, del Municipio de Carepa hasta tanto se obtengan los permisos correspondientes. Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente.
RESOLUCION No. 200-03-20-01-1474-2013
Auto No. 200-03-50-04-0199-2013
“Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones”
“Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones”
Otorgar permiso de ocupación de cauce del río Guaduas a la altura del K9+482 de la vía El Tigre- Lomas Aisladas, según las coordenadas geográficas N= 7º 35`48.7” y W= 76º 38`16.1” entre el sector el Tigre y el municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia, a la sociedad VIAS DE LAS AMERICAS S.A.S con Nit. 900.373783-3, representada legalmente por el señor ALVARO JOSE MOVILLA CASTILLO, identificado con cedula de ciudadanía 8.736.402 de Barranquilla, quien a su vez otorgó autorización al señor JHON ELMER MOLINA TRILLOS, identificado con CC. 15.445.250 de Rionegro, para la solicitud del respectivo permiso.
Apartadó, 2013-09-02
Apartadó, 2013-08-22
Resolución No. 200-03-20-04-0313-2013
Otorgar PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE, del río Chigorodó a la altura del K0+026 de la vía nacional Chigorodó – Carepa, según las coordenadas geográficas N=7º40´18.7” y W=76º40´50.4, del casco urbano del Municipio de Chigorodó, para la construcción de seis llaves en bolsacreto que serán instaladas aguas arriba y aguas abajo del puente sobre el río Chigorodó y la construcción de colchogavión entre las llaves propuestas para el control de la socavación de fondo, como medida de protección de la pila y de los procesos de erosión fluvial que puedan afectar la subestructura del puente en mención, a la sociedad VIAS DE LAS AMERICAS S.A.S, identificada con NIT. 900.373783-3, representada legalmente por el señor ALVARO JOSE MOVILLA CASTILLO, identificado con cedula de ciudadanía 8.736.402 de Barranquilla, quien a su vez otorgo autorización al señor JHON ELMER MOLINA TRILLOS, identificado con CC. 15.445.250 de Rionegro Antioquia.
Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra el Señor DENIS JOSÉ PÉREZ, identificado con cédula de ciudadanía Nº 8.338.719, como presunto infractor de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80.
“Por la cual se decide una investigación administrativa ambiental, y se adoptan otras disposiciones”
RESOLUCION No. 200-03-20-01-1473-2013 “Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-02 Otorgar permiso de ocupación de cauce del río Egipto a la altura del K9+236 de la vía El Tigre- Lomas Aisladas, según las coordenadas geográficas N= 7º 35`56.2” y W= 76º 38`20.1”, para la construcción de llaves en bolsacreto localizados aguas arriba y aguas abajo del puente del río Egipto, entre el sector El Tigre con el área urbana del municipio de Chigorodó Departamento de Antioquia, a la sociedad VIAS DE LAS AMERICAS S.A.S con Nit. 900.373783-3, representada legalmente por el señor ALVARO JOSE MOVILLA CASTILLO, identificado con cedula de ciudadanía 8.736.402 de Barranquilla, quien a su vez otorgo autorización al señor JHON ELMER MOLINA TRILLOS, identificado con CC. 15.445.250 de Rionegro, Antioquia. Auto No. 200-03-50-04-0208-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-02 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra los Señores Luis Ángel Martínez identificado con el documento de identidad 2.998.986, de Choachi y Yonis Zabaleta Polo identificado con documento de identidad 73.138.067 de Turbo, como presuntos infractores de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-04-0210-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-02 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra el Señor JORGE CARDONA, como presunto infractor de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-04-0209-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-09-02 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra al Señor Benicio Mayo Pérez, identificado con documento de identidad 71.978.407, como presunto infractor de la normatividad ambiental,
Auto No. 200-03-50-04-0198-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-22 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra los Señores EDWIN SEPULVEDA y HERNAN DARIO MONTOYA, identificado con cédula de ciudadanía Nº 15.486.039 de Urrao (Ant), como presuntos infractores de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. RESOLUCION No. 200-03-20-01-1421-2013 “Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-22 Otorgar permiso de ocupación de cauce del río Guaduas a la altura del K9+482 de la vía El Tigre- Lomas Aisladas, según las coordenadas geográficas N= 7º 35`48.7” y W= 76º 38`16.1” entre el sector el Tigre y el municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia, a la sociedad VIAS DE LAS AMERICAS S.A.S con Nit. 900.373783-3, representada legalmente por el señor ALVARO JOSE MOVILLA CASTILLO, identificado con cedula de ciudadanía 8.736.402 de Barranquilla, quien a su vez otorgo autorización al señor JHON ELMER MOLINA TRILLOS, identificado con CC. 15.445.250 de Rionegro, para la solicitud del respectivo permiso. Resolución No. 200-03-20-01-1424-2013 “Por la cual se otorga una concesión de aguas subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-22 Otorgar a la Sociedad LA HACIENDA S.A.S, identificada con NIT 890.926.412-5, representada legalmente por el señor JAIME ALBERTO ORTIZ FRANCO, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.352.172., propietaria de la finca SANTA MARIA DEL MONTE, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS para USO INDUSTRIAL DE RIEGO, en cantidad de 72 l/seg durante 6.83 horas/día, durante 7 días a la semana equivalente a 12397 m a la semana, a derivar del pozo profundo, ubicado en las siguientes coordenadas X:1045601 Y: 1364700. RESOLUCION No. 200-03-20-01-1422-2013 “Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-22 Otorgar permiso de ocupación de cauce del río El Venado a la altura del K5+885 de la vía Chigorodó-El Tigre, según las coordenadas geográficas N= 7º 37`28.6” y W= 76º 39`9.8” entre el sector el Tigre y el área urbana del municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia, a la sociedad VIAS DE LAS AMERICAS S.A.S con Nit. 900.373783-3, representada legalmente por el señor ALVARO JOSE MOVILLA CASTILLO, identificado con cedula de ciudadanía 8.736.402 de Barranquilla, quien a su vez otorgo autorización al señor JHON ELMER MOLINA TRILLOS, identificado con CC. 15.445.250 de Rionegro, para la solicitud del respectivo permiso. Resolución No. 200-03-20-01-1413-2013 “Por la cual se autoriza la Tala de unos árboles aislados y se adoptan otras disposiciones”
Apartadó, 2013-08-22
Apartadó, 2013-03-18 Declarar responsable a la Sociedad AGUAS DE URABA S.A. E.S.P., identificada con NIT 900.072.303-1, de los cargos formulados mediante acto administrativo No 0176-2012, proferido por esta Corporación, de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia. Como consecuencia de lo dispuesto en el numeral precedente Sancionar a la Sociedad AGUAS DE URABA S.A. E.S.P., identificada con NIT 900.072.303-1, con multa de CUARENTA Y UN MILLON DOCIENTOS SIETE MIL PESOS M/L ($41.207.000), por infracción a los artículos 8 literal a y 51 del Decreto 2811 de 1974, artículos 211, 222 y 238 numerales 1 y 2, del Decreto 1541 de 1978, artículos 39 y 41 Decreto 3930 de 2010, Resolución No 1532 del 30 de diciembre de 2009, expedida por CORPOURABA, artículo 12 del Decreto 3100 de 2003 y Acuerdo Nº 100-02-02-01-012-07 del 13 de diciembre de 2007. Auto No. 200-03-50-04-0196-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-16 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra el Señor ORLANDO CÓRDOBA identificado con el documento de identidad 71.985.935, como presunto infractor de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80. Auto No. 200-03-50-04-0195-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-16
Resolución No. 200-03-20-01-1364-2013 “Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones” Apartadò, 2013-08-08 Otorgar a la Sociedad BANANERAS ARISTIZABAL S.A.S, identificada con NIT 890.920.468-1, representada legalmente por el señor JESUS ARGIRO ARISTIZABAL VAHOS, identificado con cedula de ciudadanía Nº 15.368.234, o quien haga sus veces en el cargo, PERMISO DE OCUPACIOÓN DE CAUCE, para la recuperación del talud de la margen izquierda del Río Apartadó a la altura de las coordenadas geográficas (N 7º 52´16.5” y W 76º 36´50.2” y N 7º 52´14.3” Y W 76º 36´45.6”), ubicadas en la finca EL ENCANTO anteriormente (granada) de la Vereda La Pancha en jurisdicción del Municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010181-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-08-02 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor LUÍS JAVIER MARTÍNEZ PAREJA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 4.348.436 de Anserma (Caldas), en calidad de Propietario del predio denominado La Irlanda, ubicado en la vereda Bedó, Municipio de Mutatá, Departamento de Antioquia. Resolución No. 180-03-20-01-0001-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-06 AUTORIZAR al señor OSMAN MURILLO PALOMEQUE, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.532.165 de Murindó, en calidad de Representante Legal del CONSEJO COMUNITARIO MAYOR POR EL DESARROLLO INTEGRALPDI, respectivamente, propietarios del predio Bejuquito, con un área de 100 hectáreas, ubicado en jurisdicción del Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia; para adelantar APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE de varias especies, con un volumen de 292 metros cúbicos bruto. Resolución No. 200-03-20-01-1347-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-06
Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra los Señores ENRIQUE CUESTA identificado con el documento de identidad 71.982.679 y JESUS ARIEL PATIÑO MESA identificado con el documento de identidad 90.061.350, como presunto infractor de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974, en su artículos 223, 224 y 245 literal c, y el Decreto 1791 en su artículos 74 y 80.
Autorizar al señor DARLIN MOSQUERA CUESTA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.532.759 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante de la comunidad de Bebarameño, para el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE a realizarse en el predio Quebrada Vaca, ubicado en el paraje Caño Escondido, vereda Bebarameño, en jurisdicción del Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia, en un volumen total de 455 m3 brutos, en varias especies.
Auto No. 200-03-50-05-0194-2013
Resolución No. 200-03-20-01-1349-2013
“Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones”
“Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones”
Apartadó, 2013-08-14
Apartadó, 2013-08-06
Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Vincular a la presente actuación administrativa ambiental y formular pliego de cargos contra del señor ADELMO ANTONIO CORREA URIBE identificado con la cedula de ciudadanía Nº 790.068, como presunto infractor de la normatividad ambiental, especialmente del Decreto Ley 2811 de 1974 en su artículo 83 literal d y decreto 1449/1977.
Autorizar al señor ALBERTO PALACIO VALENCIA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.532.232 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante de la comunidad de San Bernardo, para adelantar APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE en el predio Bejucondo, ubicado en el paraje Bejuquillo, vereda San Bernardo, con un área de 87 hectáreas a intervenir en jurisdicción del municipio de Murindó, Departamento de Antioquia, de varias especies, con un volumen de 453 metros cúbicos bruto.
Auto de Iniciación de Trámite No. 150-03-50-010009-2013
Resolución No. 200-03-20-01-1346-2013
“Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Arboletes, 2013-08-02 El señor LUIS MIGUEL LOPEZ MORENO, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 8.165.782 de Necocli - Antioquia , en calidad de Representante Legal de la entidad Municipio de Necocli, identificado con NIT 890983873-1, solicitó Tala o Poda de Árboles Localizados en Centros Urbanos, de varias especies, ubicadas en el Casco Urbano de Necocli, Parque Principal, Departamento de Antioquia.
“Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-06 Autorizar al señor ALBERTO PALACIO VALENCIA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.532.232 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante de la comunidad de San Bernardo, para el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE a realizarse en el predio El Mono, paraje Corobacito, vereda San Bernardo, en jurisdicción del Municipio
de Murindó, Departamento de Antioquia, con un área de 86 hectáreas a intervenir, jurisdicción del municipio de Murindó, en un volumen total de 444 m3 brutos en varias especies. Resolución No. 200-03-20-01-1350-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-08-06 AUTORIZAR al señor PEDRO MANUEL MINOTA MARTÍNEZ, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 3.532.232 en calidad de representante de la comunidad de Bella Luz, para adelantar APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE, en el predio denominado La Negra, ubicado en jurisdicción del Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia; de varias especies, con un volumen de 390 metros cúbicos bruto. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010183-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-08-02 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS PARA USO PECUARIO, en cantidad de 2.9 LPS, para captar del pozo ubicado en el Lote 1 Finca La Cabaña, vereda La Leona, paraje La Cabaña del Municipio Turbo, Departamento de Antioquia según solicitud presentada por el señor JUAN CARLOS RUBIO OSTOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.313.063 de Bogotá (Cundinamarca), debidamente autorizado por la señora ROSA ELVIRA CASAS DE AYALA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.551.342 de Bogotá (Cundinamarca). Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010185-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-08-02 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de PERMISO DE VERTIMIENTO PARA USO DOMÉSTICO, para el predio denominado Lote 1 La Cabaña, ubicado en la vía Panamericana kilómetro 12, corregimiento Lomas Aisladas, vereda La Leona en el Municipio Turbo, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor JUAN CARLOS RUBIO OSTOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.313.063 de Bogotá (Cundinamarca), debidamente autorizado por la señora ROSA ELVIRA CASAS DE AYALA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.551342 de Bogotá (Cundinamarca). Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010184-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-08-02 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de PERMISO DE VERTIMIENTO PARA USO DOMÉSTICO, para el predio denominado RANCHO JEBAL, ubicado entre las vereda Ripea y Peñitas en el Municipio Chigorodó, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor JUAN CARLOS RUBIO OSTOS, identificado con la cédula de ciudadana No. 79.313.063 de Bogotá (Cundinamarca), debidamente autorizado por la señora ROSA ELVIRA CASAS DE AYALA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.551.342 de Bogotá (Cundinamarca). Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010186-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-08-02 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES PARA USO PECUARIO a captar de La quebrada Jebal, en cantidad de 2.9 LPS, para el predio denominado RANCHO JEBAL, ubicado entre las vereda Ripea y Peñitas en el Municipio Chigorodó, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor JUAN CARLOS RUBIO OSTOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.313.063 de Bogotá (Cundinamarca), debidamente autorizado por la señora ROSA ELVIRA CASAS DE AYALA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.551.342 de Bogotá (Cundinamarca). RESOLUCION No. 200-03-20-01-1150-2013 “Por la cual se otorga permiso de ocupación de cauce y se adoptan otras disposiciones”
metros cúbicos bruto. Resolución No. 200-03-20-04-1024-2013
“Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones”
“Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones”
Apartadó, 2013-07-09
Apartadó, 2013-07-12
Apartadó, 2013-07-22 OTORGAR PERMISO DE OCUPACIÓN DE CAUCE, playas y lechos para rehabilitación y ampliación del puente Cirilo, ubicada en el K 17 +450 via Turbo-Necocli, en el corregimiento punta de Piedra, Vereda Bajo Cirilo, Municipio Turbo Departamento de Antioquia, al señor JOHN ELMER MOLINA TRILLOS, identificado con CC. 15.445.250 de Rionegro, debidamente autorizado por el señor ALVARO JOSE MOVILLA CASTILLO, representante legal de la sociedad VIAS DE LAS AMERICAS con NIT 900.373.783-3. Resolución No. 200-03-20-01-1091-2013
de Concesión de Aguas subterráneas en cantidad de 55.00 LPS, así: 1.8 LPS para uso Domestico y 53.2 LPS Riego a captar del pozo ubicado en las coordenadas X: 1.334.209 Y: 1.043.468 Municipio Chigorodó, Vereda Champitas, Comunal Santillana, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor SANTIAGO MARTINEZ ESTRADA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 98.564.481 de Envigado, en calidad de Representante Legal de la Sociedad CENTURION S.A, NIT 800.073.573-3. Auto No. 200-03-40-02-0167-2013
“Por la cual se emite un pronunciamiento ambiental”
“Por medio del cual se inicia indagación preliminar Ambiental y se adoptan otras disposiciones”
Apartadó, 2013-07-19
Apartadó, 2013-07-17
Declarar que, la Viabilidad Ambiental para el Depósito de almacenamiento de mercancías procedentes del exterior, ubicado en la carrera 13 numero 96-01 del barrio obrero Municipio Turbo, Departamento de Antioquia, presentado por la sociedad ZETA Y ZETA ADUANERO S.A.S, con NIT 900.435.693-6, representada legalmente por el señor RAMON EUGENIO ZULUAGA SALAZAR identificado con documento de identidad 70.829.920 no requiere del otorgamiento de licencia ambiental, ni la aprobación de plan de manejo ambiental, de conformidad con el artículo 9 del Decreto 2820 del 5 de agosto de 2010. Emitir concepto favorable de viabilidad ambiental al señor RAMON EUGENIO ZULUAGA, para depósito de almacenamiento de mercancías procedentes del exterior, ubicado en la carrera 13, número 9601 del barrio obrero Municipio Turbo Departamento de Antioquia.
Declarar iniciada la indagación preliminar de que trata el artículo 17 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales e identificar al presunto infractor. Oficiar a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Turbo, para que informe a CORPOURABA el nombre y número de cedula de la persona que aparece como propietaria del bien inmueble denominado COMPAÑÍA LA 35, identificado con ficha catastral N°23320132 y numero predial 8370217017007, ubicado en la Vereda Puya Arriba del Corregimiento de San José de Mulatos, del municipio de Turbo, Antioquia, expedir el correspondiente CERTIFICADO DE TRADICION Y LIBERTAD, FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA, con destino al presente expediente.
Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010177-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-07-31 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS ,en cantidad de 137.00 LPS, para riego por aspersión, a captar del pozo ubicado en la finca Arrocera, vereda Champitas, comunal Santillana, coordenadas Y: 1.335.094 Y: 1.041.173, en el Municipio Chigorodó, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor SANTIAGO MARTÍNEZ ESTRADA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 98.564.481 de Envigado, en calidad de Representante Legal de la sociedad CENTURION S.A., con NIT 800.073.5733. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010180-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-07-31 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, en cantidad de 108.00 LPS, para riego por aspersión a captar del pozo ubicado en la finca Dos, vereda Champitas, comunal Santillana, coordenadas X: 1.335.429 Y: 1.043.449, Municipio Chigorodó, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor SANTIAGO MARTÍNEZ ESTRADA, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.564.481 de Envigado, en calidad de Representante Legal de la sociedad CENTURION S.A., identificada con NIT 800.073.573-3. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010178-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-07-31 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Concesión de Aguas subterráneas, en cantidad de de 55.00 LPS así: 1 LPS para uso doméstico y 54 LPS para riego a captar del pozo ubicado en la finca Uno, vereda Champitas, comunal Santillana, coordenadas X: 1.336.909 Y: 1.045.047en el Municipio Chigorodó, Departamento de Antioquia, según solicitud presentada por el señor SANTIAGO MARTÍNEZ ESTRADA, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.564.481 de Envigado, en calidad de Representante Legal de la sociedad CENTURION S.A., identificada con NIT 800.073.573-3. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010179-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Apartadó, 2013-07-31 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite
Auto No. 200-03-40-02-0166-2013 “Por medio de la cual se ordena una indagación preliminar y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-17 Declarar iniciada la indagación preliminar de que trata el artículo 17 de la Ley 1333 de 2009, con el fin de establecer los hechos u omisiones constitutivos de infracción de la normatividad ambiental. Requerir a la señora María Rosalba Castillón, para que informe, aporte y suministre información necesaria que permita la individualización del señor Eduardo Regino y las demás personas que puedan participar en el comportamiento indagado; así mismo oficiar a La Secretaria de Gobierno del Municipio de Necocli, con el fin de obtener información que permita identificar los miembros de la Junta de Acción Comunal de La Vereda Santa Rosa. Auto No. 200-03-50-05-0159-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-12 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Vincular a la presente investigación administrativa ambiental y Formular pliego de cargos en contra del señor José Gonzalo Jumi Jumi con c.c 78.766.221 , por presunta infracción a las disposiciones contenidas en 74, 77,78,80 Y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Resolución No. 200-03-20-01-1030-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-12 AUTORIZAR al señor NELSON PALACIOS PESTAÑA; identificado con cédula de ciudadanía No. 3.532.928, en calidad de representante de la Comunidad de Tadía-Campo Alegre; respectivamente, propietarios del predio denominado Brazo Seco, con un área de 155 hectáreas, ubicado en jurisdicción del Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia; para adelantar APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE de varias especies, con un volumen de 425 metros cúbicos bruto.
DECLARAR RESPONSABLE a Roberto Castaño, identificado con CC.15.382.683, de los cargos formulados mediante Auto No. 200-0350-04-0108-2013 del 9 de Mayo de 2013. Sancionar a Roberto Castaño, identificado con CC.15.382.683, con el DECOMISO DEFINITIVO de 7.76m3 de Cativo (Prioria) en Bloques, avaluándose el material decomisado en UN MILLON CUATROCIENTOSMIL PESOS ($1.400.000), por infracción a las disposiciones contenidas en el artículo 68 del Decreto 1791 de 1996 y artículos, 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Resolución No. 200-03-20-04-1023-2013 “Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria V se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-11 DECLARAR RESPONSABLE al señor ALEJANDRO GRANDETH OCHOA, identificado con CC.l0.897.370, de los cargos formulados mediante Auto NO200-03-50-05-011-2013 del 18 de Enero de 2013. Sancionar al señor ALEJANDRO GRANDETH OCHOA, identificado con CC.l0.897.370, con el DECOMISO DEFINITIVO de 0.4 mt3 de Roble (Tabebuia Rosea) y 0.51 de Teca (tectona grandis ), avaluándose el material decomisado en doscientos sesenta y un mil quinientos pesos ($261.500), por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 74, 77, 78, 80 Y 81 del Decreto 1791 de 1996 y artículos, 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. Resolución No. 200-03-20-01-1035-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-15 AUTORIZAR al señor NORBERTO ANTONIO VEGA VERGARA, identificado con cedula de ciudadanía No 70.522.147 de Arboletes (Antioquia), en calidad de apoderado del señor WILLIAM DE JESUS VALENCIA ARIAS, identificado con cedula de ciudadanía Nº 3.519.779 de la Unión Antioquia, propietario de los predios denominados LAS MARGARITAS, LA UNION, PARA QUE VEAN, LA FE DE DIOS y LOTE DE TERRENO, con una extensión aproximada de 329.00 has, ubicados en jurisdicción del Municipio de San Juan De Urabá, Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de las especies Roble y Cedro en 868 Mts3. Resolución No. 200-03-20-01-1036-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de regeneración natural y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-15 AUTORIZAR al señor EVARISTO ANTONIO ARTEAGA SALGADO, identificado con cédula de ciudadanía No 78.710.318, en calidad de apoderado de los señores ENRIQUE JOSE VEGA PINEDA Y ANA MILENA DEL SOCORRO VEGA LORA, identificados con cédula de ciudadanía No 6.873.903 y 50.928.037 respectivamente, propietarios del predio denominado HACIENDA YERASCA, con una extensión aproximada de 100.19 Has, ubicado en el Municipio de Arboletes, Corregimiento El Carmelo, Vereda Pueblo Chino, Paraje La Y Departamento de Antioquia; para adelantar aprovechamiento forestal persistente de las especies Cedro y Roble en un volumen de 398 Mts3. Resolución No. 200-03-20-04-1021-2013 “Por el cual se decide de fondo un trámite sancionatorio ambiental” Apartado, 2013-07-11 DECLARAR RESPONSABLES a los señores JAIME DE JESÚS GRANADA, identificado con CCA.593.074, y HERNAN DARÍO HERRERA SERNA, identificado con CC.15A90.987, de los cargos formulados mediante Auto No. 200-03-50-05-0292-2012 del 28 de Noviembre de 2012, por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 74, 77, 78, 80 Y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974. DECRETAR EL DECOMISO DEFINITIVO del material forestal de las especien Encenillo (weinmannia sp), 35 estacones y Algodón (Alchornea verticilata) en cantidad de 35 estacones, avaluados comercialmente en DOSCIENTOSCUARENTAY CINCO MIL PESOS ($245.000).
DECLARAR RESPONSABLE al señor URIEL SEPÚLVEDA VARGAS identificado con CC.15485644, de los cargos formulados mediante Auto Nº 200-0350-05-0300-2012 del 4 de Diciembre de 2012. Sancionar al señor URIEL SEPÚLVEDA VARGAS identificado con CC.15485644, con MULTA de Tres (3) salarios mínimos, equivalentes a UN MILLÓN SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS ($1’768.500), por infracción a las disposiciones contenidas en el Decreto 948 de 1995 en sus artículos 28 y 29. Resolución No. 200-03-20-04-0921-2013
Resolución No. 200-03-20-01-1058-2013
“Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones”
“Por la cual se otorga una Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones”
Apartadó, 2013-07-08
Apartadó, 2013-07-17
Ordenar el ARCHIVO DEFINITIVO de las diligencias obrantes en el expediente radicado 170-165126-0025/12 correspondiente a queja por afectación a los recursos naturales. Un extracto de la presente providencia que permita identificar su objeto, se publicará en el boletín oficial de la Corporación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993. Auto de Iniciación de Trámite No. 180-03-50-01-0021-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental”
OTORGAR a la sociedad AGROPECUARIA EL CONGO S.A, identificada con NIT 800.118.446-1, representada legalmente por la señora ANGELA ELENA ROJAS DE URIBE, identificado con cedula da ciudadanía Nº 21.400.078 de Medellín, o quien haga sus veces en el cargo, CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS PARA USO INDUSTRIAL, a derivar del pozo profundo localizado en la finca EL CONGO, en cantidad de 4,23 l/seg durante 1,35 horas/día, durante 5 días a la semana equivalente a 102 M3 a la semana, ubicado en la vereda El Silencio del Municipio Carepa, Departamento de Antioquia.
Vigía del fuerte, 2013-07-04 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de Aprovechamiento Forestal Persistente, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor JOSE ELIECER ROBLEDO CUESTA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 3.647.706 de Vigía del Fuerte (Antioquia), en calidad de representante legal de la Comunidad SANTA MARÍA, y propietario del predio denominado EL ROBLE, con una extensión aproximada de 200.00 has, ubicados en el Municipio de Vigía del Fuerte, Corregimiento SANTA MARIA, Vereda SANTA MARIA, Paraje EL ROBLE, Departamento de Antioquia. Resolución No. 200-03-20-02-1179-2013 “Por la cual se otorga Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-24 OTORGAR LA CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, para uso agro industrial, a la Sociedad Exportadora de banano, LA HACIENDA S.A.S con NIT 890.926.412-5, para uso agroindustrial a captar del pozo profundo ubicado en las coordenadas X = 1045937; Y=1365476 de la Finca Santa María del Monte, localizada en el corregimiento Palos Blancos, en jurisdicción del Municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia. Auto No. 200-03-40-02-0174-2013 “Por el cual se inicia una indagación preliminar ambiental, y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-25 Declarar iniciada la Indagación Preliminar de que trata el artículo 17 de la Ley 1333 de 2009, con el fin de individualizar en forma plena al presunto infractor. Informar al Ejercito Nacional y a la Policía de Mutatá, los hechos constitutivos de la queja que da inicio a la presente investigación preliminar para lo de su competencia y para que informen a esta CORPORACION quiénes pueden ser las personas (identificándolas con nombre, cedula y dirección) que están realizando el aprovechamiento ilegal de maderas en el sitio denominado, la parcela TRES QUEBRADAS, vereda Caucheras, municipio de Mutatá, Antioquia, ubicada en las coordenadas No 7° 20 46.1” W76° 29´06.0.
Autorizar al señor JUAN EZEQUIEL MOSQUERA PALACIOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 71.590.331 de Turbo Antioquia, en calidad de representante de la comunidad de La Loma de Murri, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE a realizarse en el predio La Lomita, paraje La Madre, vereda Loma de Murri, con un área de 90 hectáreas a intervenir en la jurisdicción del municipio de Vigía del Fuerte, en un volumen total de 274 m3 BRUTOS en varias especies. Resolución No. 200-03-20-01-0836-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-06-28 Autorizar al señor DARLIN MOSQUERA CUESTA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.532.759 de Murindó (Antioquia), en calidad de representante de la comunidad de Bebarameño, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE, a realizarse en el predio Aguas Negras, localizado en el paraje El Loro Grande, vereda Bebarameño, en jurisdicción del Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia, con un área de 95 hectáreas a intervenir, en un volumen total de 326 m3 BRUTOS en varias especie (s). Resolución No. 200-03-20-01-0835-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-06-28
Apartadó, 2013-07-24
Auto No. 200-03-50-04-0163-2013
OTORGAR LA CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, para uso agro industrial, a la Sociedad Exportadora de banano, VERDE S.A.S”, con Nit 811.015.501-6 para uso agroindustrial a captar del pozo profundo, ubicado en las coordenadas X = 1040817; Y 1343115= de la Finca Juana Pio, localizada en la comunal Chiridó, municipio de Chigorodó, Departamento de Antioquia.
“Por el cual se inicia una investigación administrativa ambiental de carácter sancionatorio, se formula pliego de cargos y se adoptan otras disposiciones”
“Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones”
“Por la cual se decide un procedimiento sancionatorio ambiental y se adoptan otras disposiciones”
Resolución No. 200-03-20-01-1029-2013
Apartadó, 2013-07-11
Apartadó, 2013-08-01
“Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente y se adoptan otras disposiciones”
Declarar responsable al señor JHON JAIRO HENAO LOPEZ, identificado con Ce. 98.588.520, de los cargos formulados mediante Auto No. 20003-50-05-00001-2013 del 10 de enero de 2013. Sancionar al señor JHON JAIRO HENAO LOPEZ identificado con CC. 98.588.52 con el DECOMISO DEFINITIVO de material forestal, correspondiente a 1m3 en elaborado de la especie Virola (virola sp), avaluados en CIENTO OCHENTAY CINCO MIL CUATROCIENTOSPESOS ($185.400), por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 74, 77, 78, 80 Y 81 del Decreto 1791 de 1.996, artículo 223 del Decreto Ley 2811 de 1974.
Declarar responsable al señor LUIS ALFONSO CASTAÑO MORETES, identificado con cedula de ciudadanía número 6.241.867 de Cartago, Valle, de los cargos formulados en el Auto No 200-03-50-05-0084-2013 de fecha 11/04/2013. Sancionar al señor LUIS ALFONSO CASTAÑO MORETES, identificado con cédula de ciudadanía número 6.241.867, con el decomiso definitivo del espécimen faunístico, Boa (Boa constrictor), por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 248, 249 del Decreto ley 2811 de 1974, artículos 30, 31, 56, 57, 219 y 245 del decreto 1608 de 1978.
Resolución No. 200-03-20-04-0938-2013
Apartadó, 2013-06-28
“Por la cual se otorga Concesión de Aguas Subterráneas y se adoptan otras disposiciones”
Resolución No. 100-03-20-02-1178-2013
Resolución No. 200-03-20-04-1287-2013
AUTORIZAR al señor NELSON PALACIOS PESTAÑA, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 3.532.928, en calidad de representante de la comunidad de Tadía-Campo Alegre, el APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE, a realizarse en el predio denominado Río Taparal, con un área de 160 hectáreas, ubicado en jurisdicción del Municipio de Murindó, Departamento de Antioquia, de varias especies, con un volumen de 456
“Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal persistente en áreas de bosque natural intervenido y se adoptan otras disposiciones”
Autorizar al señor GUMERCINDO RIVAS GUTIÉRREZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.565.175 de Bojayá Chocó, quien actúa en calidad de representante de la comunidad de Palo Blanco, APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE, a realizarse en el predio Ogodo, ubicado en el paraje Ogodó, vereda Palo Blanco en la jurisdicción del municipio de Vigía Del Fuerte, con un área de 210 hectáreas a intervenir, en un volumen total de 296 m3 BRUTOS en varias especies.
Resolución No. 200-03-20-04-1020-2013
Apartadó, 2013-07-12
Resolución No. 200-03-20-01-0837-2013
Apartadó, 2013-07-15 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. VINCULAR a la presente investigación y FORMULAR PLIEGO DE CARGOS en contra de la señora ORFA NELLYS LOPEZ, identificada con cedula de ciudadanía número 43.140.334, por presunta infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 51, 178, 179, 180 del Decreto 2811 de 1974; y en el artículo 28 Decreto 948 de 1995. Resolución No. 200-03-20-04- 0908-2013 “Por la cual se decide un procedimiento sancionatorio ambiental y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-08 DECLARAR RESPONSABLE al señor JULIO CESAR ROMERO ARRIETA identificado con cedula de ciudadanía número 8.329.514, de los cargos formulados en el Auto No 200-03-50-05-0298-2012 de fecha 03/12/2012. Sancionar al señor EDILBERT GITANA RIVERA, identificado con cedula de ciudadanía 1.028.000.531, con el decomiso definitivo del espécimen
faunístico, lora frente amarilla, cuyo nombre científico es Amazona Ochrocephala, por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 248, 249 del Decreto ley 2811 de 1974, artículos 30, 31, 34, 56, 57, 219 y 245 del decreto 1608 de 1978. Resolución No. 200-03-20-04-0896-2013 “Por la cual se decide un procedimiento sancionatorio ambiental y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-05 DECLARAR RESPONSABLE al señor EDILBERT GITANA RIVERA, identificado con cedula de ciudadanía 1.028.000.531de los cargos formulados en el Auto No 200-03-50-0076-2013, de fecha 03/04/2013. Sancionar al señor EDILBERT GITANA RIVERA, identificado con cedula de ciudadanía 1.028.000.531, con el decomiso definitivo del espécimen faunístico lora frente amarilla, cuyo nombre científico es Amazona Ochrocephala, por infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 248, 249 del Decreto ley 2811 de 1974, artículos 30, 31, 34, 56, 57, 219 y 245 del decreto 1608 de 1978. Resolución No. 200-03-20-01-0916-2013 “Por la cual se autoriza un aprovechamiento forestal de árboles aislados y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-08 AUTORIZAR al señor JOHN ELMER MOLINA TRILLOS, identificado con cedula de ciudadanía No. 15.445.250 de Rionegro (Antioquia), en calidad de apoderado de la sociedad VÍAS DE LAS AMERICAS S.A.S, identificada con NIT 900.373.783-3, contratistas de la obra de ampliación de la vía Necoclí - San Juan K0 al K10+500, en un área aproximada de 5.25 has, para adelantar APROVECHAMIENTO FORESTAL DE ARBOLES AISLADOS, de diferentes especies. Auto de Iniciación de Trámite No. 200-03-50-010172-2013 “Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental” Urrao, 2013-07-22 Declarar iniciada la actuación administrativa ambiental para el trámite de APROVECHAMIENTO FORESTAL PERSISTENTE ÁRBOLES AISLADOS, en las especies y volúmenes señalados en la parte motiva de este auto, según solicitud presentada por el señor HERNANDO DE JESÚS HOLGUIN HERRERA, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.366.779 de Palmira (Valle), debidamente autorizado por el RESGUARDO INDIGENA ANDABU, identificada con resolución del INCORA No. 027 del 31 de Mayo de 1999, en calidad de propietario del predio denominado JUNTAS, con una extensión aproximada de 20.00 has, ubicado en la vereda Orobugo, municipio de Urrao, Departamento de Antioquia. Auto No. 200-03-50-04-0153-2013 “Por el cual se inicia una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-11 Declarar iniciada la investigación de que trata el artículo 18 de la Ley 1333 de 2009, para verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a las normas ambientales. Legalizar el decomiso preventivo realizado mediante acta N°400-01-05- 99-0107-2013 de fecha 25/05/ 2013, del vehículo marca Ford troque de placas FAF 353 color rojo de propiedad de la señora MARIA YISEL TRIVIÑO GONZALEZ identificada con cédula de ciudadanía número 52109817. Auto No. 200-03-50-04-0144-2013 “Por el cual se inicia una investigación preliminar administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” Apartadó, 2013-07-02 Declarar iniciada la investigación preliminar de que trata el artículo 17 del Decreto 1333 de 2009, en orden a verificar los hechos u omisiones constitutivos de infracción a la normatividad ambiental vigente. Decretar la siguiente medida preventiva: Ordenar a todas las personas que puedan estar realizando extracción de material de playa de la Vereda la Petrolera, la suspensión inmediata de las actividades.
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EN GRAVE AMENAZA EL CAIMÁN Y LA BABILLA DE LA REGIÓN DE URABÁ
ENSAYO EQUIDAD ENTRE LOS GÉNEROS, MEDIO AMBIENTE Y OPORTUNIDADES memoria ancestral como la Madre Tierra, que está viva y propicia vida micro territorial y global. En esta imperiosa necesidad que sale de las esferas de lo micro territorial y pasa a ser una necesidad global se retoma el concepto de la sostenibilidad del ambiente como una manera de contrarrestar los efectos negativos de su uso y consumo implacable que le ha vulnerado y le vulnera comprometiendo su vida, la vida del planeta y de los seres humanos.
Peor aún si los animales que llegan vivos y muertos son de ambos sexos y todos los grados de desarrollo biológico; desde infantiles hasta adultos, de todas las tallas, impidiendo así la recuperación de las poblaciones.
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n Urabá habitan dos de las seis especies de cocodrílidos que se encuentran en Colombia, el Caimán aguja (Crocodylus acutus) y la Babilla (Caiman crocodilus). Entre Enero y Julio de este año, el Hogar de Paso de Fauna Silvestre de CORPOURABA ha recibido un total de 296 ejemplares de babilla (Caiman Crocodilus), representados en 27 animales vivos y 269 pieles. Preocupante situación, si se tiene en cuenta que la explotación de estos animales en la región tiene fines económicos y es más importante que en otros especímenes de fauna silvestre, basado en la comercialización ilegal de sus pieles para la fabricación de bolsos, correas, zapatos y otros productos de marroquinería, que van a otros países y en segunda instancia al consumo de su carne y huevos.
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Para minimizar el impacto CORPOURABA desarrolla planes de acción para la conservación, con énfasis en educación ambiental y control al tráfico ilegal. Promueve su rescate en los encuentros fortuitos con humanos, debido al desplazamiento de su hábitat natural por la expansión agrícola y urbana e invita a denunciar su comercio ilegal, en la Línea 3122693781 y 8281022 extensión 21.
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Actualmente el Caimán aguja se encuentra catalogado en Peligro Crítico de Extinción y la Babilla, a pesar de ser más abundante, está en grave amenaza de extinción. Ambas especies están incluidas en el Apéndice I y II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). La importancia de conservar estas especies radica en el significativo papel biológico que cumplen en la naturaleza y la cadena trófica; son predadores reguladores de muchas presas como peces, caracoles y moluscos, lo que favorece la selección natural de las especies, el control de plagas o parásitos y sirven como fuente de alimento para otros animales silvestres y peces.
Hasta aquí no habíamos consentido la necesidad de preservación del medio ambiente como un elemento vivo, indispensable para la subsistencia humana pero que por ser vivo merece y necesita de una regulación para que éste pueda también sobrevivir. En ésta medida, queda abierta la necesidad urgente de la sostenibilidad del medio ambiente, no porque signifique solo la alimentación de los seres humanos, sino también de muchos otros seres quienes, no solo lo usan como medio de alimentación, sino que es su propio hogar y creo, a mi sentir personal, garantiza la vida de otro ser… el planeta tierra, quien tiene vida y quien nos alberga a todos sin distinción alguna por raza, étnia, credo político o religioso… nos alberga simplemente porque es nuestra madre… y nuestro padre… Tierra.
Por: Edinson Ramírez Correa. Contratista CORPOURABÁ Junio de 2013
a dinámica de interacción entre el Medio Ambiente y los seres humanos está medida por el uso que éste último le dé al primero. Aquí tendríamos un primer elemento indiscutible de relación. Ahora bien, la acción consiente o no de las personas determina el grado de afectación (en términos positivos o negativos) que pueda impactar al medio ambiente. El hecho de creer que el medio ambiente es un todo que posibilita la capacidad de subsistencia del ser humano genera una necesidad de uso y aprovechamiento del mismo (sin que hasta el momento el análisis sea bueno o malo).
Las comunidades indígenas, negras y muchos campesinos la heredan, la veneran, la cuidan y la consienten, porque la conocen por herencia y
Cuando hablamos de los seres humanos no solamente nos referimos a las razas y la diversidad étnica y cultural que existe; hablamos expresamente de dos, Femenina y Masculino, Adán y Eva, Hombre y Mujer… A través de los tiempos, la figura Femenina ha sido la sombra Masculina para muchas de las acciones del ser humano aunque en muchas otras ni siquiera hayan sido tenidas en cuenta como una sombra. El hecho que cito aquí no es más que la necesidad responsable de que tanto hombres como mujeres cambien el chip (dicho en términos tecnológicos modernos). No es sólo un ejercicio verbal, es de conciencia, es de sensibilización, es de igualdad. ¿Cuál es la diferencia entre equidad de género e igualdad de género? ¿Y qué puede hacer la gente joven (en cuerpo, alma y pensamiento) para promover la equidad entre los géneros? Equidad de género significa ser justo tanto para las mujeres como para los hombres. Es una condición previa para la igualdad, y conduce a la igualdad.
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Como se citó anteriormente, las comunidades indígenas, negras y muchos campesinos la heredan, la veneran, la cuidan y la consienten, porque la conocen por herencia y memoria ancestral como la Madre Tierra, que está viva y propicia vida desde lo micro territorial. Pues bien, la llamamos Madre Tierra, y a lo largo de los siglos, poetas y escritores la han descrito como fémina. Sin embargo, desde que “el ser humano” comenzó a despejar tierras para la agricultura y la ganadería, su destino casi siempre fue decidido por hombres. Y ésta podría ser una de las muchas razones para la crisis medioambiental que ahora tan claramente enfrenta al planeta. Generalmente, las mujeres al parecer están mejor conectadas con la necesidad de vivir en armonía con la Tierra, de cuidarla y alimentarla. En parte, éste es el enfoque femenino, en parte es sentido común, pero en parte también se debe a que las mujeres –particularmente en el mundo en desarrollo - están en contacto más próximo con el medio ambiente natural, y sufren más cuando es dañado por la esencia misma de ser madres de ser potenciadoras de vida. Y sin embargo, si bien es posible, que haya habido unas pocas sociedades matriarcales – de las cuales muy poco se ha establecido – son los hombres y los valores masculinos que han reinado, y arruinado, el mundo. Hasta hoy día, según ha informado el Informe sobre el Desarrollo Humano del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, no existe ni un solo país en que las mujeres y los hombres gozan de verdadera que varones continúan asistiendo al colegio secundario. En todas partes,
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Igualdad de género se refiere a igual acceso a recursos, oportunidades y recompensas, permitiendo a hombres y mujeres trabajar verdaderamente juntos. Los jóvenes tienen una responsabilidad especial de asegurar que todos gocen de las mismas oportunidades, derechos y obligaciones en todas las esferas de la vida, y de que su propia generación y las generaciones futuras no sufran de los desequilibrios de género del pasado.
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tanto en países desarrollados como en desarrollo, los ingresos de las mujeres son inferiores y su trabajo en manejar los hogares y criar a los hijos no es considerado como económicamente valioso. Y aún así muchas de ellas trabajan en triple jornada y seguramente si hubiese una cuarta de seguro también la trabajarían. Lo que es peor, las mujeres sólo tienen una pequeña parte en tomar las decisiones que determinan el futuro de la Tierra y de sus habitantes. Es verdad que, comparadas con el pasado, las cosas han mejorado: El número de legisladores femeninas ha cuadruplicado en los últimos 60 años. Pero todavía sólo un 15,3% de los legisladores en países en desarrollo son mujeres, y las cosas no son mucho mejores en las naciones desarrolladas, con apenas un 21,1%. Desde luego, no debemos generalizar. Muchos hombres luchan apasionadamente por el medio ambiente, y muchas mujeres han contribuido a ayudar a destruirlo. Pero no cabe duda alguna de que un mejor equilibrio entre los géneros en la toma de las decisiones ayudaría a lograr un mejor equilibrio con la naturaleza. (TUNZA, la revista del PNUMA para los jóvenes www. ourplanet.com y en www.unep.org).
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n la Corporación Autónoma Regional del Atlántico C.R.A, se llevó a cabo por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la capacitación y socialización del decreto 1120 del 31 de mayo del 2013, “Por el cual se reglamentan las Unidades Ambientales Costeras – UAC – y las comisiones conjuntas, se establecen las reglas de procedimientos y criterios para reglamentar las restricción de ciertas actividades en pastos marinos, y se dictan otras disposiciones”. Las UAC estarán conformadas por las corporaciones autónomas regionales, las autoridades ambientales locales, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Parques Nacionales. Como una de las funciones de estos órganos está la elaboración de un Plan de Ordenación y Manejo Integrado de las Unidades Ambientales Costeras POMIUAC, que será el instrumento de planificación que define y orienta la ordenación y manejo ambiental de las unidades ambientales costeras. Entre las disposiciones, se delimitan 10 Unidades Ambientales Costeras, “para la ordenación y manejo integrado de las zonas costeras”. Así mismo, el Decreto establece algunas reglas de procedimiento y criterios para “efectos de restringir parcial o totalmente el desarrollo de actividades mineras, de exploración y explotación de hidrocarburos, acuicultura y pesca industrial. El decreto expedido por Minambiente también estipula la conformación de las comisiones conjuntas y establece reglas de procedimiento y criterios para la restricción de ciertas actividades en pastos marinos.
REGLAMENTACIÓN DE LAS UNIDADES AMBIENTALES COSTERAS, UAC En el taller de socialización participaron funcionarios de la CRA, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, IDEAM, INVEMAR, Corporación Autónoma Regional del Magdalena, CORPAMAG, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique, CARDIQUE y la Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales ASOCARS. El Manejo Integrado de las Zonas Costeras (MIZC) es un proceso dinámico y participativo, mediante el cual se diseñan estrategias y se adoptan decisiones para el uso sostenible y la conservación de la zona costera y sus recursos. La Unidad Ambiental Costera (UAC) es un área de la zona costera definida geográficamente para su ordenación y manejo, que contiene ecosistemas con características propias y distintivas, con condiciones similares y de conectividad en cuanto a sus aspectos estructurales y funcionales. La necesidad prevista institucionalmente por CODECHOCO y CORPOURABA al contar con los lineamientos de manejo de la UAC Darién y la correspondiente exigencia normativa de la ley 1450 de 2011 para la formulación del Plan de Manejo Integrado para las UAC en Colombia, el Plan de Ordenación y Manejo Integrado de la Unidad Ambiental Costera del Darién, en el marco de los principios y estrategias de la Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los Espacios Oceánicos y las Zonas Costeras e Insulares de Colombia, PNAOCI, y las visiones de planificación territorial social y ambiental, actualiza y prioriza los conflictos ambientales buscándoles en el corto, mediano y largo plazo, alternativas de solución; actualiza la zonificación de la zona costera determinando los criterios que deben orientar y sustentar el desarrollo sostenible. El desconocimiento generalizado en la identificación de los problemas y potencialidades más importantes que actualmente tienen las zonas costeras Colombianas, así
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EN URRAO SE ADELANTAN ACCIONES DE PROTECCIÓN DE FAUNA SILVESTRE COMO EL OSO DE ANTEOJOS
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on la participación de los funcionarios de Parque Nacional Natural Orquídeas y docentes del municipio de Urrao, se está conformando un grupo de personas que quieren trabajar por la protección de la fauna silvestre, especialmente por el Oso de Anteojos, el Venado y otros que a través de los tiempos han sido sometidos a la cacería en esta región del país, jurisdicción de CORPOURABA. Recientemente el grupo de 30 personas se desplazó a la cuenca del río Pavón, donde se han tenido avistamientos de Osos e informado que hay cazadores siguiéndolos; se han realizado actividades de entrega de información a través de plegables; consulta a la comunidad sobre la existencia del Oso en el área; sensibilización a la población sobre la importancia de proteger la especie e instalación de avisos de prohibición de la caza. como la deficiente aproximación a su estructura y funcionamiento, ha impedido la elaboración de medidas que apunten a su uso sostenible. Lo que influye para que los niveles de conservación o degradación actuales de las costas Colombianas no hayan sido precisados aún, y por tanto las previsiones de aumento en la presión de uso sobre las costas, así como los riesgos ambientales implícitos en el esquema actual de aprovechamiento tampoco se han definido (Steer, et al. 1997). En el plano regional, los diversos ecosistemas de la UAC DARIEN presentan un nivel alto de intervención y todos están sujetos a fuertes tensores antrópicos (humanos) y naturales. De acuerdo a lo identificado por CORPOURABA, la mayor problemática de esta unidad es el sometimiento de los ecosistemas a intensos procesos de degradación relacionados con las inadecuadas prácticas de aprovechamiento forestal de forma ilegal; las actividades agropecuarias; el desarrollo de infraestructura no planificado; la contaminación costera; el incremento de actividades como el turismo y la pesca sin ningún control; así como también, los cambios en los procesos hidrodinámicos, la variación
en el régimen fluvial que se ven reflejados en la progresiva e incremental carga de sedimentos suspendidos acarreados por los ríos a la zona costera, todo ello potenciado finalmente por los fenómenos de cambio climático y ascenso del nivel del mar. Igualmente la acción erosiva en las costas es un fenómeno que se intensifica anualmente. La tendencia actual por el uso de los recursos costeros genera fuertes conflictos entre los distintos sectores productivos (turismo, transporte, hidrocarburos, portuario, pesca artesanal e industrial, explotación maderera, minera, ganadería extensiva, agroindustria y agricultura de subsistencia), un progresivo deterioro de la base natural y un mayor empobrecimiento de las comunidades tradicionalmente allí asentadas. Esta compleja situación, aunada al creciente desempleo, a las necesidades básicas insatisfechas –NBI-, la baja planificación y el déficit en la construcción de vivienda, las expectativas de desarrollo industrial, a la ausencia de arreglos institucionales apropiados para encausar su desarrollo y las secuelas de un conflicto armado, demandan del esfuerzo mancomunado y armónico de todos los actores locales, regionales y nacionales, públicos y privados, vinculados al desarrollo económico, social y ecológicamente duradero de esta estratégica zona. Son consideraciones tenidas en cuenta en las iniciativas y objetivos elaborados con motivo de la formulación de Plan de Ordenación y Manejo Integrado de la Unidad Ambiental Costera del Darién, el cual se encuentra en etapa de revisión.
Se transmitirán mensajes de evidencias de la problemática, la protección del oso de anteojos, a través de los diferentes espacios radiales y otros medios de comunicación al servicio de las instituciones participantes, con apoyo de la Unidad de Parques y CORPOURABA, con el fin de alertar a la población en general, particularmente a los cazadores. El oso de anteojos o de Frontino está en condición de vulnerabilidad por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. Es en esencia herbívoro, siendo la puya, una especie de cardo, una piñuela, su alimento favorito. En raras ocasiones caza pequeños mamíferos. Es el único úrsido de Sudamérica. Mide 1,50 metros o más de longitud, llegando los machos a 140 kilos. Es buen trepador gracias a sus garras afiladas. Se ha detectado en el parque Las Orquídeas en Antioquia, en un área que abarca 31.983 hectáreas de Abriaquí, Frontino y Urrao. El oso habita el bosque andino y altoandino entre 1.800 y 3.000 metros de altura. No se sabe qué tantos ejemplares existan.
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LA EXTRACCIÓN DE ARENAS Y GRAVAS UNA ACTIVIDAD EN AUMENTO
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or miles de años, las arenas y gravas han sido usadas en la construcción de caminos y edificaciones. Hoy en día, la demanda de estos materiales continúa aumentando. La extracción de arenas de ríos en forma excesiva causa la degradación de los lechos. La extracción rebaja el lecho del río, lo que puede producir la erosión de las riberas o bancos. La extracción en los lechos y áreas costeras causa la profundización de ríos y estuarios, y el agrandamiento de las entradas costeras, lo que puede llevar a intrusión salina (combinación de agua dulce y salada). Cualquier volumen de arena exportado de los lechos fluviales y estuarios es una pérdida para el sistema. La extracción excesiva de arenas de lechos fluviales es una amenaza para los puentes, riberas, y estructuras aledañas. La extracción también afecta el agua subterránea y el uso que le dan al río los habitantes de la localidad. Causa la destrucción de hábitat acuático y florístico, a través de cambios marcados en la morfología del río, con impactos tales como: Degradación del lecho, cambios en el tamaño de las partículas, disminución del agua e inestabilidad del lecho, que a su vez causan la degradación de biota ripario (árboles de orilla de ríos) y acuático, y pueden llevar a la caída de puentes y otras estructuras, que provocan que todo el lecho se rebaje a la profundidad de extracción. La extracción de arenas genera un tráfico vehicular adicional, el cual impacta negativamente el medio ambiente. Las decisiones dónde extraer, cuánto y qué tan seguido, requieren de una definición del estado de referencia, es decir, una condición mínima aceptable o decidida
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CORPOURABA ADVIERTE SOBRE LA DEMANDA Y OFERTA DE AGUA EN EL AÑO 2014
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ara reivindicar una vez más la importancia que tiene el hacer un uso y ahorro eficiente del agua, en prospectiva CORPOURABA advierte sobre la demanda y oferta de agua hacia el año 2024, en los municipios que conforman la jurisdicción. Donde la población de las áreas urbanas se estima en 403.024 habitantes para el año 2012, los cuales poseen una dotación promedio de agua de 150 litros por habitante por día y requieren de 840 litros por segundo (l/s) de agua para sus labores y necesidades domésticas. Si para el año 2024, la población en esas áreas urbanas se proyecta en 650.600 habitantes, se necesita para abastecer esta población de 1.355 litros por segundo (l/s) de agua, lo que equivale a un aumento del 38% del consumo actual.
mediante un estudio, de la condición física y biológica del cauce aluvial. El conocimiento actual de sistemas aluviales no es suficiente para permitir la predicción de las respuestas en forma cuantitativa y con confianza; por lo tanto, los estados de referencia son difíciles de determinar. Sin embargo, un conocimiento general de los procesos fluviales puede proveer guías para minimizar los efectos negativos de la extracción de arenas. Son necesarios casos bien documentados y datos de campo relacionados con el fin de evaluar en forma acertada las relaciones físicas, biológicas, y económicas. La extracción de arenas de cauces aluviales puede tener otros efectos más allá del sitio de extracción. Muchas hectáreas de áreas fértiles adyacentes al cauce se pierden anualmente, así como recursos forestales y hábitats silvestres en las áreas arbóreas de las orillas de los ríos y estuarios. Los hábitats degradados llevan a una pérdida de la productividad de peces, biodiversidad y el potencial de recreación. Los cauces severamente degradados pueden reducir el costo de la tierra y los valores estéticos.
En esa prospectiva para el año 2024 las fuentes de agua que presentan déficit para el abastecimiento de los acueductos en los 19 municipios que conforman la jurisdicción de CORPOURABA, son las de Apartadó, Cañasgordas, San Juan de Urabá, San Pedro de Urabá y Turbo. Apartadó por ejemplo a 2012 tiene una población de 140.419 habitantes y un
consumo de agua de 293 L/s; se calcula que para el 2024 sus habitantes sean 238.712 y el consumo 497 L/s, con una oferta hídrica en promedio de 1300 L/s y en verano de 291 L/s. Esta situación plantea en especial que las empresas prestadoras del servicio de acueducto en las áreas urbanas de los municipios antes mencionados, realicen los estudios tendientes a la identificación y definición de otras fuentes hídricas que puedan abastecer los acueductos. Igualmente dar cumplimiento al artículo 111 de la ley 99/93 referente a la compra de predios en áreas de los nacimientos de las fuentes abastecedoras, a fin de mantener y mejorar la oferta hídrica. La Política Nacional de Gestión Integral del Recurso Hídrico, en la cual está comprometida CORPOURABA y los entes territoriales, busca garantizar la sostenibilidad del recurso hídrico, mediante una gestión y un uso eficiente y eficaz, articulados al ordenamiento y uso del territorio y a la conservación de los ecosistemas que regulan la oferta hídrica, considerando el agua como factor de desarrollo económico y de bienestar social, e implementando procesos de participación equitativa e incluyente. A continuación se presenta por municipio el consumo de agua proyectado a 2024 y la oferta hídrica de las fuentes que abastecen actualmente las áreas urbanas: Municipio Población área urbana 2012 Consumo de agua 2012 (L/s) Población área urbana 2024 Consumo agua área urbana 2024 (L/s) Oferta hídrica promedio (L/s) Oferta hídrica en verano (L/s)
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LAS RATAS SON ROEDORES QUE HACEN PARTE DE LAS PLAGAS CASERAS Y URBANAS
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oy cuando vivir en ambientes sanos debe ser una de las prioridades del hombre moderno, un problema grave, lo constituyen las plagas caseras y urbanas. Los roedores son animales mamíferos llamados así, por el hecho de roer, es decir quitar pequeñas porciones a una cosa royéndola. Cuando su población crece puede causarnos problemas. “Resulta evidente que el mamífero más exitoso después del hombre es la rata común o de alcantarilla”, dice Lilliam Eugenia Gómez Álvarez, Ingeniera Química, Ecóloga y Etóloga, funcionaria de CORANTIOQUIA; quien agrega que “este éxito radica principalmente en un oído muy fino; el gusto muy desarrollado; tacto fundamental (vibrisas); altísima fecundidad; Inteligencia (entendimiento de la etología humana); vista débil (alta sensibilidad a luz pero poca agudeza visual) y lo que representan para estos animales, los colores amarillo y verde, atractivos para los roedores. Las ratas son animales nocturnos y silenciosos, cuando se ven es porque su población es muy abundante. Se conocen solo por los daños que causan. Algunas señales de alarma para tener en cuenta: Donde notemos que ninguna rata es visible: Existen por lo menos de 0-20 ratas; si ocasionalmente son vistas: Pueden haber de 20-200 ratas; si frecuentemente son vistas: Hay más de 200 ratas. Por cada rata vista de noche: Hay 10 más y por cada rata vista de día: Hay 100 más en el sector. Las ratas se alimentan royendo, acción que les permite conservar los dientes cortos. Son omnívoros, comen pescado, carne, basuras, cereales, su ración diaria es de 20 a 30 gramos de alimento seco y de 15 a 30 mililitros de agua. Su daño es considerable destruyen 10 veces lo que se pueden comer. La forma de los excrementos y de los pelos sirve para detectar su presencia en un lugar. La consistencia de los pelos y el color nos dicen si es reciente o vieja su estadía; su forma y su tamaño indican la especie del roedor. Son sexualmente maduros entre los tres y cuatro meses de edad; el período de gestación es de 22 días, con un promedio de a 6 a 10 crías por camada y con unas 4 ó 6 camadas por año.
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EL RECICLAJE TIENE HISTORIA EN COLOMBIA PIONERA DE SU ORGANIZACIÓN
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Los roedores, en este caso las ratas, son huéspedes definitivos de Nematodos PARÁSITOS (viven en sus pulmones); los caracoles y las babosas son huéspedes intermediarios y las personas son huéspedes accidentales, que se infectan al tener contacto con ellos. Estos parásitos ocasionan en el humano y animales silvestres las enfermedades llamadas Meningoencefalitis eosinofílica e ileocecal eosinofílica, ambas confirmadas en nuestro continente. La mejor manera de enfrentar su problemática, dice la experta Lilliam Eugenia Gómez, es mediante un manejo social, de resolución de problemas de vivienda y de una mejor calidad de vida, basada en buena educación, e higiene sanitaria; manejo de desechos y basuras depositándolas en recipientes a prueba de roedores; es decir metálicos y con tapa de cierre hermético. Limpieza profunda de espacios cerrados; supresión de madrigueras en exteriores y en el campo; suspensión de fuentes de alimento y agua.
n el Primer Congreso de Reciclaje “Un compromiso con la sostenibilidad”, organizado por la Cámara de la Industria de la Pulpa, Papel y Cartón y la Vicepresidencia de Desarrollo Sostenible de la ANDI, el año pasado en Bogotá, se dijo que en Colombia el 47% del consumo de papel y cartón se recicla, mientras que en Estados Unidos se recolecta aproximadamente 60%, y en España 70%. Por su parte, la Asociación Nacional de Recicladores, destacó la necesidad de generar consciencia sobre el valor de los recolectores en la cadena de reciclaje; habló de esta actividad no solo como un reto para el país sino como un oficio que cuenta con una historia en Colombia. Casi el 55% del valor total del material reciclado en el país lo asumen los recicladores de oficio. Demostrando que ellos tienen un alto nivel de vulnerabilidad en la cadena. Que el oficio de reciclaje en Colombia tiene más de 80 años, y como proceso organizado de recicladores de base tiene un poco más de 25 años. Colombia es país pionero en la organización de los recicladores. De nuestra experiencia están aprendiendo los países latinoamericanos, europeos y asiáticos. De la organización de recicladores ha aprendido el resto del mundo, incluidos países que nos llevan una delantera importante en la cultura del reciclaje —como España, Alemania e Inglaterra”, dijo la fundadora y directora de esta asociación quien, justamente, fue una de ellos. La informalidad ha sido la característica más notoria del reciclaje. Se estima que entre 30 mil y 50 mil personas en Colombia derivan su sustento de esta actividad; y aún así su ingreso mensual no alcanza a superar un salario mínimo mensual, carecen de cobertura de seguridad social, y esta actividad no reúne las condiciones para tener acceso a una vivienda decente, y mucho menos a una propia. Los recicladores
son responsables de un porcentaje muy significativo del reciclaje en el país; y son un eslabón fundamental de una cadena amplia de valor, integrada además por seleccionadores, comercializadores y distribuidores. El congreso sirvió para presentar los resultados de un estudio llamado “Propuesta para la remuneración por la recolección y transporte de residuos aprovechables”. Un estudio que propone la creación de un nuevo modelo o Sistema Integral de Aseo en el que se dignifique, reconozca y remunere de forma justa a los recicladores, y se les permita aportar la importante experticia y conocimiento que han acumulado durante más de 80 años en esta actividad. Este estudio hizo un cálculo de los costos de separación, recolección y transporte de material reciclable en Colombia – buscando información y datos entre recicladores organizados, recicladores independientes, dueños de bodegas, estudios de información de entidades públicas y privadas de los últimos 10 años, en el marco de todo un profundo trabajo de investigación y recolección de información.
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CORPOURABA UN GRAN ECOSISTEMA
apartadó, 2013
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DOCUMENTOS
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EN EL BARRIO OBRERO DE APARTADÓ SE CUMPLIÓ PRIMERA TOMA ECOBARRIAL E
n cumplimiento de los compromisos adquiridos mediante Convenio con la Corporación Rosalba Zapata Cardona, CORPOURABA realizó la primera Toma Eco barrial y Cultural, de las siete programadas en el Eje bananero de Urabá, en la placa del Barrio Obrero de Apartadó, donde se suministró información y pedagogía acerca de la mitigación de los impactos que sobre el entorno estamos generando al ambiente, en el marco de la Aplicación de la Política de Educación Ambiental. El evento, en el cual participaron niños, jóvenes y adultos del Barrio Obrero, bloque 1 y 2, en especial aquellos beneficiados del programa de vivienda de la Corporación Rosalba Zapata Cardona, organización empresarial sin ánimo de lucro, se cumplió en desarrollo del proyecto de comunidades asociadas a las poblaciones beneficiarias, que las vincula a procesos de educación ambiental No formal y sensibilización, en temas de promoción de actitudes más responsables con el ambiente
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por parte de estas comunidades y su entorno. Se contó con la presentación de la obra de Teatro “Una Aventura Planetaria” de la Corporación Artística y Cultural “Camaleón” y el acompañamiento de la Junta de Acción Comunal del Barrio Obrero y los medios de comunicación RCN Urabá y Urabá TV. La segunda Toma Eco barrial se realizará el viernes 26 de julio, en el parque del Corregimiento Riogrande de Turbo, a partir de las 7:00 de la noche; posteriormente se realizará en Nueva Colonia (1), Currulao (2) en el municipio de Turbo y la última, nuevamente en el Barrio Obrero de Apartadó (2) en noviembre próximo. El Convenio apoya y asesora a dos PRAES (Proyectos Ambientales Escolares); adelanta la formación y certificación como “Promotores Socio ambientales” de 40 líderes de las comunidades señaladas.
A PROPÓSITO DE LOS 173 AÑOS DEL MUNICIPIO DE TURBO…
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l golfo de Urabá que baña su territorio, desde el Cabo Tiburón hasta Arboletes, tiene 614 kms de costa, de los cuales 514,47 kms lineales son de costa en Antioquia y 386 kms corresponden a Turbo, franja que empieza en Boca Tarena y termina en la desembocadura del río Caimán. A lo largo de esta costa se encuentran ecosistemas tan importantes como el Manglar y el mismo sistema de playas; ambos cumplen funciones de protección al continente; es importante resaltar del ecosistema de manglar en el Golfo de Urabá presente en Antioquia, que cuenta con 5 mil 697 has, muy poco para los servicios que le brindan al territorio Colombiano y la humanidad entera, de los cuales el 90% se encuentra en el municipio de Turbo, concentrado fundamentalmente en el Delta del río Atrato. El actual Plan de Ordenamiento, de Ordenación y Manejo Integrado de Zonas Costeras, que adelanta CORPOURABA, planificado para el municipio de Turbo a nivel costero, tiene muy en cuenta el desarrollo portuario, industrial y de servicios que potencializan al municipio. Otras razones más para reconocerle al Puerto Internacional su importancia en Urabá, en su cumpleaños número 173 de fundación…felicitaciones para el pueblo Turbeño!
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apartadó, 2013
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AVANZA PACTO POR LA MADERA LEGAL EN COLOMBIA
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egún el IDEAM, entre 2005 y 2010 se deforestaron 238.273 hectáreas por año, mientras que entre el periodo 2011-2012 hubo una reducción de deforestación a 147.946 hectáreas de bosque por año. En cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo (PND), el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible avanza en la ejecución del Pacto por la Madera Legal en Colombia (PIMLC), el cual tiene vigencia hasta el año 2015. El objetivo del Pacto intersectorial, del que hacen parte entidades públicas y privadas, incluida CORPOURABA, es asegurar que la madera extraída, transportada, transformada, comercializada y utilizada provenga exclusivamente de fuentes legales. El Pacto por la Madera Legal fue suscrito en agosto de 2009 por 24 entidades, y posteriormente en agosto de 2011, fue ratificado por el presidente Juan Manuel Santos hasta 2015. Cuenta con 70 entidades vinculadas de los sectores públicos y privados, entre las que están varios Ministerios, organizaciones estatales del orden nacional, autoridades ambientales y policivas, ONG, gremios relacionados con la cadena forestal, instituciones educativas y otros representantes de los sectores industrial, minero, forestal, ganadero, de la construcción, de la vivienda, transporte y educación.
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CUARTA TOMA ECOBARRIAL EN LA PIÑA COMUNAL SAN JORGE, PONE EN EVIDENCIA PROBLEMÁTICA DE ESCASEZ DE AGUA
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on éxito se cumplió la Cuarta Toma Ecobarrial de cinco programadas, realizada el pasado jueves 26 de septiembre en la vereda la Piña de la Comunal San Jorge en el municipio de Turbo, en desarrollo de los compromisos adquiridos en el Convenio entre la Corporación Rosalba Zapata Cardona – CORPOURABA y la Aplicación de la Política de Educación Ambiental, con miras a suministrar información y pedagogía acerca de la mitigación de los impactos que sobre el entorno estamos generando al ambiente. Recientemente la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, realizó en Bogotá la reunión anual del Pacto para revisar el grado de cumplimiento de los compromisos acordados con esta iniciativa por parte de los actores vinculados. El Pacto ha logrado 12 acuerdos departamentales por la madera legal, y 7 acuerdos en proceso con otras regiones, los cuales son escenarios de socialización, fortalecimiento y compromiso de los actores locales y regionales con la legalidad de la cadena forestal. Los firmantes del PIMLC han participado activamente en el proceso de ajuste de la normatividad relacionada con los bosques, principalmente en temas como Ordenación de bosques, Salvoconductos de movilización, aprovechamiento de la guadua. A agosto de 2013 se cuentan con los siguientes acuerdos suscritos: Caldas, Quindío, Norte de Santander, Cundinamarca, Amazonas, Antioquia, Urabá, Cauca, Chocó, Tolima, Risaralda y Huila. También se ha apoyado la generación de herramientas para mejorar el control y vigilancia forestal, como los protocolos de control y vigilancia para aprovechamientos forestales, movilización de productos forestales y para empresas e industrias forestales, y guías técnicas para manejo y aprovechamiento de los bosques.
El evento reunió a unas 500 personas entre niños, jóvenes, adultos, mujeres, estudiantes, docentes, líderes de las juntas de acción comunal y adultos mayores, que se pronunciaron en torno de las problemáticas ambientales locales y el papel que deben cumplir en pro de un mejoramiento ambiental y conservación de los recursos naturales. Para CORPOURABA y el Convenio en sí, la estrategia representa el que las poblaciones beneficiarias se vinculen a procesos de educación ambiental No formal y sensibilización, en temas de promoción de actitudes más responsables con el ambiente por parte de las comunidades y su entorno. El recurso agua tiene un costo social creciente, pues en diversas partes del mundo, incluida Colombia, muchas fuentes de agua se han
agotado o su caudal ha mermado. Aún estamos lejos de tener una conciencia colectiva acerca de la presión que sobre el agua representa el tipo de desarrollo que el mundo ha seguido, y, menos aún, concebimos que la disponibilidad de este recurso pueda convertirse en un freno para el desarrollo. Para la comunidad de la Vereda La Piña en la Comunal San Jorge de Turbo, la realidad es bien diferente, allí nunca han tenido abundancia de agua y dependen de una pequeña planta potabilizadora, que ayuda en parte a satisfacer la demanda de sus pobladores que han aprendido a valorarla, tanto, que ya conviven con la escasez y la limitante de oferta que un estanque, por decir lo menos, les ofrece como fuente de abastecimiento. La eficiencia en el manejo del agua, así como la capacidad para sostener a la población y mantener el crecimiento económico, están bien ligados. A futuro, la falta de un manejo eficiente del agua afectará significativamente la capacidad de crecer, al tiempo que impactará la calidad de vida de millones de personas en el mundo. La última Toma Ecobarrial en el marco del Convenio entre la Corporación Rosalba Zapata Cardona – CORPOURABA y la Aplicación de la Política de Educación Ambiental, está prevista para el mes de noviembre en el municipio de Apartadó.
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apartadó, Septiembre - Noviembre
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CORPOURABA Y FUNDACIÓN PANTHERA OBTUVIERON FOTOGRAFÍAS DE JAGUAR (ADULTO Y CRÍA) ENTRE MATUNTUGO Y BOCAS DE ATRATO EN TURBO
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n cumplimiento de las actividades de atención a la presencia de felinos en la población de Bocas del Atrato en el municipio de Turbo, CORPOURABA en convenio con la Fundación Panthera, obtuvo las imágenes fotográficas de dos ejemplares de la especie Jaguar mariposa (Panthera onca centralis). Se trata de un cachorro y un macho adulto, que requiere determinar con mayor precisión si el individuo que aparece es el mismo o si son varios, “esto con el estudio del patrón de las manchas, únicas para cada ejemplar, podría cambiar la perspectiva del problema y abrir la posibilidad de definir los ataques incidentales producidos por una madre con cría, las cuales son muy agresivas cuando están cuidando sus cachorros, sin ser precisamente “come hombres”, como se catalogan”, concluye inicialmente el equipo de observación. Pie de Foto. El Jaguar mariposa (Panthera onca centralis) es una de las especies naturales presentes
en el ecosistema de humedales de Bocas del Atrato, la cual, según la Resolución 383/10, está clasificada como especie en estado vulnerable de amenaza. Adicionalmente, se fotografiaron siete (7) especies diferentes de mamíferos, más de 10 especies de aves y 2 de reptiles, que evidencian la presencia de animales silvestres en este ecosistema; el buen estado actual de sus poblaciones y la reproducción de individuos. Las imágenes fueron logradas entre la Boca Matuntugo y el lugar donde se encuentra el poblado de Bocas de Atrato, en un radio de 6 Km2. Estas imágenes y los datos obtenidos podrían dar idea de los grandes carnívoros presentes y la oferta de presas en la zona. La información servirá para el estudio de densidades de población de especies en las que pueden ser reconocidos los individuos por marchas o manchas.