CUADERNILLO 6 "CONSAGRADOS"

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CONSAGRADOS

III SÍNODO DIOCESANO

DOCUMENTO DE TRABAJO

TEMA: 5.2 CONSAGRADOS

La Vida Consagrada tiene una presencia significativa e importante en la Diócesis. Hay mucha diversidad de carismas que enriquecen la vida diocesana a través de 45 Institutos:

- 5 Institutos de vida contemplativa femenina. - 11 Institutos de vida religiosa masculina. - 19 Institutos de vida religiosa femenina. - 3 Institutos femeninos de derecho Diocesano. - 4 Institutos femeninos nacientes. - 2 Institutos seculares. - 1 Sociedad de Vida Apostólica (Hijas de la Caridad).

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1. Las “mutuas relaciones” entre la autoridad diocesana y los Institutos de derecho pontificio y de derecho diocesano 1.1 Hechos más significativos a) En general hay recíproca estima entre presbiterio y vida consagrada; los consagrados y consagradas participan y colaboran, según su carisma institucional, en los planes diocesanos y tienen buena consciencia eclesial. b) La atención de la Diócesis hacia la vida consagrada se manifiesta en: • El nombramiento del Vicario Episcopal para la Vida Consagrada que ha favorecido unas relaciones más intensas, mejor comprensión recíproca y mayor eficacia en la comunión y participación de los consagrados en la vida de la Iglesia Particular. • La formación de los aspirantes a presbíteros que ha introducido desde años, como materia de estudio, la teología de la Vida Consagrada. Esto facilita una mejor comprensión de la VC en la diócesis. c) Sin embargo se notan algunos hechos problemáticos en las relaciones mutuas: - La vida consagrada no es suficientemente conocida en ámbito diocesano, y a veces no es respetada ni valorada en su carisma propio de presencia testimonial y profética. - Muchas veces las relaciones, a nivel diocesano y parroquial, son superficiales, sin diálogo, poca cercanía fraterna. 2


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- En muchos casos las autoridades diocesanas y el clero, lejos de ser “firmes asertores de la vida consagrada, defensores de las comunidades religiosas, educadores de vocaciones consagradas” (MR 28 b) no valoran el lugar y la naturaleza de los carismas de los/as consagrados/as y no tienen en cuenta a los/as consagrados/as en la preparación, ejecución y evaluación de los planes diocesanos y parroquiales. - A nivel decanal la vida consagrada está casi totalmente ausente de los caminos pastorales. - No es raro que en los ambientes clericales de la Diócesis se tenga en poca consideración y poco valor la presencia y el testimonio de la mujer consagrada, sea en las relaciones humanas como en la eficacia pastoral. 1.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Encontrar estrategias y métodos para que la VC sea conocida y reconocida en la Diócesis por parte del clero. b) Buscar formas adecuadas para que el contenido de “MutuaeRelationes” sea conocido y vivido por los/as religiosos/as y los pastores diocesanos. c) Encontrar espacios en el decanato y la parroquia para una viva y responsable participación de los/as religiosos/as en los planes pastorales. d) Lograr que las religiosas tengan su importancia y dignidad en la mente de los pastores y en el camino espiritual de la Iglesia Diocesana, sobre todo por su testimonio de mujeres consagradas, más que por los servicios pastorales que desarrollan. 3


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1.3 Iluminación doctrinal fundamental a) La Vida Consagrada forma parte de las estructuras eclesiásticas (cfr. LG 45) de ahí que sería un gran error quererlas independizar (cfr. LG 47). Por lo tanto, los Religiosos y Religiosas, sean fieles al objetivo y espíritu del Instituto, en perfecta obediencia y adhesión a la Autoridad jerárquica (MR 34). b) Los Obispos, juntamente con su propio clero, sean firmes asertores de la vida consagrada, defensores de las comunidades religiosas, educadores de vocaciones, eficaces mantenedores de toda característica de las familias religiosas, sea en campo espiritual como apostólico (MR 28 b; cfr. Can. 586,2). c) Es de competencia del Obispo y de los Superiores de cada Comunidad Religiosa, promover la participación de los Religiosos y Religiosas en la vida de la Iglesia particular y en el conocimiento de las normas y disposiciones eclesiásticas vigentes (MR 35). d) En el ancho campo pastoral de la Iglesia ha de darse un puesto nuevo y de grande importancia a la mujer (MR 49). Que las religiosas sean tenidas en grande estima y sean valoradas justamente por el testimonio que dan en calidad de mujeres consagradas, más aún que por los servicios que prestan útil y generosamente (MR50). 1.4 Orientaciones pastorales a) Favorecer encuentros programados y frecuentes entre el Obispo y los Institutos de VC. b) Intensificar en el arco del año pastoral más encuentros de mutuo conocimiento y de planificación pastoral entre el clero y la VC c) Garantizar, de parte de los Superiores Mayores, que haya ma4


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yor estabilidad para el personal religioso que desempeña funciones apostólicas, de acuerdo con los convenios suscritos con el Obispo ya que el trabajo de evangelización y parroquial supone relativa permanencia y estabilidad. d) Regular las actividades que los Párrocos solicitan alas Religiosas para que las mismas actividades respeten el carisma propio y estén dentro de los planes pastorales diocesanos, evitando así todo lo que es de interés puramente personal. e) Garantizar, en los planes pastorales a varios niveles, sea en la programación como en la ejecución y evaluación, la presencia y participación de las religiosas, como testimonio de la dignidad de la mujer consagrada en la pastoral. f) Favorecer que el clero diocesano tenga conocimiento no sólo de la teología de la Vida Consagrada, sino del Derecho de los Religiosos contenido en el CIC. 1.5 Propuestas normativas a) Atendiendo a lo que establece el Motu Propio Ecclesiae Sanctae, todos los Religiosos y Religiosas estarán sujetos a las leyes, decretos y disposiciones del Obispo acerca de las diversas obras en lo que se refiere al ejercicio del apostolado, de la acción pastoral y lo social. b) El Obispo atendiendo a las disposiciones de la Iglesia Universal, realizará la Visita Pastoral a cada Familia Religiosa, con el fin de acrecentar las relaciones fraternas y pastorales, por lo menos cada tres años. c) Dese grande importancia a todo aquello que favorezca la confianza recíproca, la solidaridad apostólica y la concordia fraternaentre el Clero Diocesano y las Comunidades Religiosas. 5


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d) El Obispo sancionará a los Institutos, a las Comunidades, alos Religiosos o Religiosas, que incurran en faltas graves que van encontra de la dignidad de la persona, de su Consagración y delMagisterio de la Iglesia. e) El/la Superior/a de cada uno de los Institutos Religiosos presentes en la Diócesis dará cada año una relación por escrito, de los proyectos, avances, y dificultades en el apostolado, que han brindado cada una de sus comunidades, así como de los cambios de personal efectuados en ellas. f) Inclúyase en la formación permanente del clero diocesano el conocimiento de la teología y del Derecho de los Religiosos.

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2. Identidad y participación de la Vida Consagrada en la Pastoral Diocesana y parroquial, conforme a su propio carisma: espiritualidad, actitud básica, contratos y convenios, subsidios económicos, pastoral vocacional y pastoral de conjunto. Las A.R. y A.C. 2.1 Hechos más significativos a) Muchas veces la presencia de las comunidades religiosas es considerada solamente como mano de obra en las necesidades pastorales. Se desconoce y no se valora la espiritualidad y la misión carismática específica de los/as consagrados/as, especialmente de los Institutos Educativos. b) Algunos Institutos de vida consagrada viven aislados de la pastoral diocesana de conjunto, no participan en las varias instancias de formación y de pastoral diocesana. c) La obra pastoral de las vocaciones, lejos de ser “campo privilegiado de colaboración entre Obispos-clero y religiosos”(MR 39), es muchas veces campo de discordia y de “promoción y pesca” vocacional que desconoce la vida consagrada y a veces hasta la obstaculiza y la desprecia. d) El trabajo pastoral de los Institutos religiosos se rige con contratos entre Diócesis (o Parroquia) y el Instituto. Sin embargo hay algunas anomalías en este ámbito: - No existe una forma de contrato uniforme y preciso en la Diócesis. - Muchas veces las religiosas son mano de obra barata y los subsidios económicos son inadecuados a los servicios prestados. 7


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e) Cada Instituto de vida consagrada tiene su identidad fiscal y jurídica, sea como A.R. o como A.C. Cada Instituto, según las orientaciones del propio gobierno, elige la forma legal más adecuada a sus necesidades y a su presencia en el territorio. La mayoría de los Institutos han elegido la A.C. como figura jurídica. Muy pocos Institutos no tienen identidad jurídica. 2.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Dar un testimonio de vida consagrada más profética, signo de valores evangélicos más claros, creíbles y visibles, una vida más comprometida con los pobres y más lanzada a las periferias del ser humano en nuestro territorio, según el carisma de cada Instituto. b) Vivir una espiritualidad más inserta en la misión, más encarnada en la cultura de hoy. c) Vivir y testimoniar nuevos modelos de vida fraterna, abierta a los laicos en las “familias carismáticas”, donando en humilde fraternidad la propuesta del carisma a todos en la Iglesia Diocesana. d) Buscar estrategias para una mayor inserción de la VC en la vida de la Diócesis y en la Pastoral de conjunto. e) Lograr que el modo de vida y de gobierno de cada uno de los Institutos, sea adecuado a las actuales condiciones psicológicas, culturales y sociales que nuestra Diócesis demanda. f) Lograr una pastoral vocacional más eclesial y abierta a todas las vocaciones, especialmente a las más olvidadas, con una formación de los pastores y agentes más programada y permanente. g) Llegar al ideal de que todos los agentes de pastoral conozcan, valoren, aprecien y promuevan todas las vocaciones y carismas presentes en la Diócesis. 8


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h) Lograr que todos los Institutos de la Diócesis tengan actualizados los convenios con la Diócesis y definida su figura jurídica. 2.3 Iluminación doctrinal fundamental a) La presencia universal de la VC y el carácter evangélico de su testimonio muestran con toda evidencia que no es una realidad aislada y marginal… La Vida Consagrada está en el mismo corazón de la Iglesia, como elemento decisivo para su misión, ya que “indica la naturaleza íntima de la vocación cristiana (VC 3). b) Es necesario que el Obispo, Religiosos y Religiosas unan sus fuerzas en la obra pastoral de las vocaciones. Esta obra pastoral consiste en una acción concorde con la comunidad cristiana en pro de todas las vocaciones, para que la Iglesia sea edificada según laplenitud de Cristo y conforme a la variedad de carismas de su Espíritu. (MR 39). c) Todos los Religiosos y Religiosas tienen el deber, cada uno según su propia vocación, de trabajar intensa y diligentemente para la construcción y crecimiento de todo el Cuerpo místico de Cristo y para el bien de las Iglesias particulares. Deben promover estos fines ante todo con la oración y las prácticas de penitencia y el ejemplo de su propia vida (ChD 33). d) Según las circunstancias de la Diócesis y por el bien de la pastoral que en ella se constituirá, el Consejo Pastoral, al que compete bajo la autoridad del Obispo, estudiar y valorar lo que se refiere a las actividades pastorales de la Diócesis, y sugerir conclusiones prácticas sobre ellas (CIC 511). Dicho Consejo estará integrado a tenor del CIC 512, por fieles que están en plena comunión con la Iglesia Católica, tanto Clérigos y miembros de Institutos de Vida Consagrada como sobre todo Laicos.

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e) Los Religiosos y sus Comunidades están llamados a dar en la Iglesia un público testimonio de entrega total a Dios (LG 31). Es por ello, que en virtud de la obediencia al Ordinario del lugar y según su propio carisma, deben participar de modo especial de la naturaleza sacramental del Pueblo de Dios (cfr. MR 10) que se manifiesta de forma visible en la acción pastoral. f) Toda participación de la Vida Religiosa en la pastoral diocesana y parroquial debe estar protegida por el Obispo y los Superiores Mayores quienes después de intercambiar su parecer ayudarán para que el servicio brindado sea diligente (cfr. CIC 678). Además abra entre ambas partes un mutuo acuerdo por escrito, en el que se determine de manera expresa y bien definida lo que se refiere a la labor que debe cumplirse, a los miembros que se dedicarán a ella y al régimen económico. (CIC 681 & 2) 2.4 Orientaciones pastorales a) Revitalizar el sentido profético, testimonial y misionero de la consagración religiosa, mediante la fidelidad al propio carisma fundacional, abriéndose más al diálogo con la cultura actual y a la misión en las periferias, entre los últimos y marginados. b) Intensificar la participación activay responsable de los Religiosos y Religiosas en las reuniones del Consejo Parroquial, del Decanato y el Consejo de Pastoral Diocesano. c) Reconocer, de parte del gobierno diocesano y parroquial,a los Institutos Religiosos su justa autonomía, gracias a la cual puedan ofrecer la riqueza de su propio carisma espiritual y apostólico en una fecunda comunión de vocaciones, para el bien de la Iglesia. d) Formar mejor a todos los agentes de pastoral en la pastoral vocacional, vocación de toda la pastoral, para que sean animadores de todas las vocaciones y carismas en la Diócesis. 10


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e) Integrar más los colegios católicos de Institutos religiosos a la pastoral diocesana y parroquial. f) Integrar más a los Laicos en los trabajos apostólicos de los/as religiosos/as, respetando su competencia en el orden temporal y reconociéndoles su responsabilidad propia dentro de la Iglesia. g) Realizar una “forma” común de contrato entre la Diócesis (parroquia) y los Institutos religiosos, según las normas eclesiales vigentes, en justicia y criterios de eclesialidad. h) Ayudar al discernimiento de los Institutos religiosos para que todos tengan su identidad jurídica y legal, como AC o AR. 2.5 Propuestas normativas a) Los Párrocos visitarán y animarán de manera regular las actividades pastorales que los IVC desempeñan, así como también las proveerán de los subsidios materiales y económicos necesarios para su desempeño. b) Será garantizada la presencia y la participación de los IVC en el Consejo Diocesano de pastoral y en el Consejo pastoral parroquial y decanal. c) Se realizará, en la formación permanente del clero, al menos una vez al año una sesión plenaria del presbiterio sobre pastoral vocacional, con la participación de los agentes de VC y laicales. d) Todos los agentes de pastoral en una parroquia o al menos los coordinadores de las pastorales, harán un curso básico de pastoral vocacional para garantizar una animación vocacional eclesial y eficaz en cada comunidad parroquial.

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e) Actualizar, si es necesario, y hacerlos donde no los hay, los contratos respectivo entre Di贸cesis (o parroquia) e Institutos religiosos. f) Cada Instituto de vida consagrada, en un per铆odo de tiempo prudentemente establecido, presente a la Di贸cesis, los documentos de su figura jur铆dica actualizada.

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3. La pertenencia de los religiosos sacerdotes al presbiterio diocesano. Parroquias y capellanías confiadas a los religiosos. Su participación en las reuniones del presbiterio y su solidaridad con los programas diocesanos y parroquiales. 3.1 Hechos más significativos a) Dos parroquias en la Diócesis están confiadas a Institutos religiosos: Nuestra Señora de la Soledad (Siervos de María) y San José Obrero (Josefinos). Además 4 capellanías: San Diego (Franciscanos), San Antonio (Agustinos), Sagrada Familia (Trinitarios) y Nuestra Señora del Rosario (Dominicos). b) Solamente algunos miembros de los Institutos de sacerdotes religiosos participan plenamente a la vida y formación junto con el presbiterio diocesano. Alrededor de la mitad de sacerdotes religiosos, no se involucran en la pastoral diocesana. c) En los programas de formación presbiteral casi nunca se tienen en cuenta a los religiosos sacerdotes. d) Algunas comunidades de religiosos sacerdotes, especialmente en las capellanías, no se insertan a los programas pastorales diocesanos y parroquiales. Otros religiosos sacerdotes, en cambio, se distinguen por su participación y comunión con los planes pastorales de la diócesis. 3.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Encontrar estrategias para que todos los religiosos sacerdotes participen activamente en la formación presbiteral y en las actividades diocesanas. 13


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b) Motivar para que las parroquias y capellanías encomendadas a los sacerdotes religiosos sigan los planes pastorales de la Diócesis. 3.3 Iluminación doctrinal fundamental a) La unidad entre los Presbíteros se da en virtud de su ordenación ya que es un vínculo de fraternidad provocado por el sacramento, de ahí que todos (Sacerdotes Diocesanos y Religiosos) forman un único. Presbiterio especialmente en la Diócesis a cuyo servicio se dedican bajo la dirección del Obispo (cfr. PO 8, ChD 28, LG 28, MR 36). b) Para una mejor comunión y colaboración entre el Obispo y su Clero, deberá constituirse el Consejo Presbiteral que será de ayuda en el gobierno de la Diócesis (cfr. CIC 495 & 1). Dicho Consejo estará constituido por Sacerdotes del clero secular incardinados en la Diócesis; como por Sacerdotes miembros de un Instituto Religioso o de una Sociedad de Vida Apostólica que residan en la Diócesis y ejerzan algún oficio en bien de la misma (cfr. CIC 498). c) Los Religiosos (sacerdotes), aun perteneciendo a Institutos de derecho pontificio, deben sentirse verdaderamente miembros de la familia diocesana y procurar la adaptación consiguiente (MR 18b) en las reuniones del Presbiterio y del Decanato donde viven insertos y en cuanto participan de la cura de almas, han de considerarse pertenecientes al Clero de la Diócesis de modo real (MR 36, Medellín 26). d) El servicio pastoral que los Religiosos Sacerdotes ofrecen en la vida parroquial no es paralela a la pastoral diocesana, sino que se nutre y alimenta del Plan Pastoral vigente, ya que su colaboración es una prolongación del ministerio propio del Obispo al servicio de la comunidad de los fieles en su triple función de: enseñar, santificar y gobernar (cfr. LG 25-27; PO 4-6; MR 7). 14


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e) En cuanto el ministerio parroquial, los Religiosos, recuerden que es un deber suyo atenerse a las leyes y normas de la Santa Sede y a los decretos del Obispo local, en el ejercicio del culto público (cfr. can. 678,1 y MR 43). f) Los Religiosos en su trabajo pastoral parroquial, deberán acoger el carisma de su Instituto como una gracia que partiendo de él beneficia y enriquece a la comunidad que les ha sido confiada (cfr. VC 49). 3.4 Orientaciones pastorales a) Promover la participación de los Sacerdotes Religiosos en las reuniones del presbiterio de la Diócesis, para que puedan así conocerse, aumentar la recíproca estima y dar a los fíeles ejemplo de unidad y caridad. b) Urgir a los presbíteros religiosos a vivir su pertenencia y fraternidad en el único presbiterio diocesano, sin menoscabo de su vida comunitaria y del carisma de su Instituto. c) Incluir en los planes de formación del presbiterio diocesano a los presbíteros religiosos, teniendo en cuenta su formación específica. d) Buscar que los presbíteros religiosos a cargo de las parroquias y capellanías estén informados y sigan los planes pastorales vigentes de la Diócesis. 3.5 Propuestas normativas a) Los presbíteros religiosos formen parte en número proporcionado en el Consejo Presbiteral, en las comisiones y consejos pastorales y en las distintas estructuras diocesanas. 15


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b) Todo Instituto religioso regular deberá conocer y aplicar los planes pastorales vigentesen la Diócesis, así como las normas y costumbres de la misma. c) Todo presbítero religioso que esté a cargo de una parroquia o capellanía deberá participar en las reuniones de formación permanente del presbiterio.

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4. Los Institutos religiosos masculinos no clericales 4.1 Hechos más significativos a) En la Diócesis están presentes dos Institutos religiosos no clericales: hermanos maristas y hermanos de la Sagrada Familia y participan activamente en la Diócesis y en la CIRM. b) Es poco conocido y valorado su estilo de vida como auténtica vocación. 4.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Reconocer que los religiosos no clericalesson una opción vocacional completa y de alto valor testimonial y profético en la Iglesia. b) Involucrarse en la pastoral vocacional diocesana para dar a conocer su estilo de vida. 4.3 Iluminación doctrinal fundamental a) En cuanto a su labor pastoral: los Institutos laicales participan en la función pastoral de la Iglesia y prestan sus servicios muy diversos a los hombres mediante las obras de misericordia espirituales y corporales; deben por tanto, permanecer con fidelidad a la gracia de su vocación (CIC 676). b) El estado Laical, es un estado de profesión de los consejos evangélicos completo en sí mismo, es por ello, que los Institutos de Religiosos de Hermanos, están llamados a ser hermanos de Cristo, profundamente unidos a Él; hermanos entre sí por el amor mutuo y la cooperación al bien de la Iglesia; hermanos de todo hombre por el testimonio de la caridad de Cristo hacia todos (cfr. VC 60). 17


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4.4 Orientaciones pastorales a) Que los Religiosos de opción Laical se comprometan en la promoción humana, según su propio carisma, abarcando todos los ámbitos de la sociedad, como un apoyo valioso al ministerio jerárquico. b) Buscar estrategias para que en el pueblo cristiano y entre los pastores se conozca esta vocación específica, se aprecie y se promueva. 4.5 Propuestas normativas a) Todo Instituto religioso laical deberá integrarse, según su propio carisma a la vida y pastoral de la Diócesis para que sea conocida y apreciada su vocación específica. b) Todo Instituto religioso laical deberá estar integrado a la CIRM y a la pastoral vocacional.

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5. La vida religiosa contemplativa: relación con las estructuras diocesanas, formación, clausura, otros puntos disciplinares. 5.1 Hechos más significativos a) La vida contemplativa es muy considerada y estimada en la Diócesis, sea entre los fieles como de parte de las estructuras diocesanas. b) Por medio de la CIRM, hay buena comunión e interés por la vida de los monasterios. c) Algunos monasterios tienen dificultad de recursos para su sostenimiento. Se percibe desinterés de parte de los párrocos donde está inserto el monasterio. d) En algunos monasterios la formación teológica y espiritual es deficiente. 5.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Animar para que el pueblo de Dios conozca y tenga por estima este estilo de vida como una auténtica y necesaria vocación en la Iglesia. b) Sensibilizar a los agentes de pastoral para que aprecien y promuevan, desde la pastoral vocacional,la vida contemplativa. c) Sensibilizar a la comunidad religiosa contemplativa a un mayor sentido de pertenencia y participación a la vida de la Iglesia desde su carisma. d) Llegar a tener comunidades religiosas contemplativas con una profunda formación teológica y espiritual. 19


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5.3 Iluminación doctrinal fundamental a) Los Institutos de vida exclusivamente Contemplativa tienen siempre una parte relevante en el Cuerpo místico de Cristo, pues ofrecen a Dios un sacrificio eximio de alabanza, enriquecen al pueblo de Dios con frutos abundantísimos de santidad, lo mueven con su ejemplo y lo acrecientan con su oculta fecundidad apostólica. Por lo que aun cuando sea urgente la necesidad de un apostolado de acción, los miembros de estos Institutos no pueden ser llamados para que presten colaboración en los distintos ministerios pastorales (CIC 674). (cfr PC 7 y 16; VS 5; ES 30-33). b) Un Monasterio Contemplativo es un don para la Iglesia local. Los obispos, como pastores y guías, son los primeros custodios del carisma contemplativo. Por lo tanto, deben alimentar a la Comunidad Contemplativa con el pan de la Palabra y de la Eucaristía, proporcionarán, si es necesario, un asistente espiritual competente (cfr. VS 8). c) La formación de las Contemplativas es ante todo formación en la fe. Su preparación tiene que estar adecuada a la dignidad y las exigencias de su estado de Vida Consagrada (cfr. VS 22-24). 5.4 Orientaciones pastorales a) Favorecer un profundo vínculo espiritual entre el monasterio y la vida pastoral de la diócesis. b) Fomentar una pastoral vocacional atenta a la vocación de la vida contemplativa. c) Activar programas diocesanos de formación permanente, teológica y espiritual en todos los monasterios.

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5.5 Propuestas normativas a) Corresponde al Obispo velar por la autonomía de losMonasterios Contemplativos, verificar si cuentan con lo necesariopara su sostenimiento y su propia formación. b) La pastoral vocacional diocesana promueva el estilo de vida contemplativa en diálogo con los monasterios. c) La CIRM apoye la formación teológica y espiritual en sintonía con las necesidades de los monasterios.

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6. Criterios para admitir nuevos institutos en nuestra Diócesis. Institutos nacientes en la Diócesis. 6.1 Hechos más significativos a) Se percibe que de parte de la autoridad competente hay apertura y disponibilidad en acoger nuevas fundaciones y nuevas formas de vida consagrada. b) No se conoce que haya criterios escritos y precisos para discernir sobre nuevos carismas y admitir nuevos Institutos en la Iglesia Local. c) Ha habido problemas de disciplina o de claridad carismática en algunos institutos nacientes. Esto ha llevado a la clausura de algunos de ellos, de parte dela autoridad competente. d) Hay algún Instituto naciente que “ha nacido ya viejo”, con carisma lejano a la necesidad de renovación de la Vida Consagrada, sin decir nada o casi nada nuevo a nivel de profecía, de espiritualidad y de misión. e) Algún Instituto naciente ha ocasionado conflicto sobre todo con su pastoral vocacional de pesca, con métodos basados sobre el miedo, manipulando las conciencias y motivando crisis morales en muchas jóvenes. La formación al interior de estos Institutos es carente y poca apertura a la cultura y a las líneas actuales de la Iglesia. 6.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Tener criterios precisos para discernir la aceptación de nuevos institutos de vida consagrada en la diócesis. 22


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b) Hacer llegar la doctrina actual de pastoral vocacional (Plan Nacional para Renovar la Pastoral Vocacional en México, CEM, 2013) a los institutos nacientes. 6.3 Iluminación fundamental a) Para que se establezca un Instituto dentro de una Diócesis debe de existir una aceptación recíproca entre el Ordinario del lugar y el Superior Mayor, considerando con sumo interés en conocer bien, no solamente las dotes y posibilidades de sus cohermanos, las inquietudes y necesidades particulares de ambas partes, sino también las necesidades de la Diócesis en la cual el propio Instituto está llamado a actuar (cfr. MR 38). b) Para el establecimiento de una casa Religiosa dentro de la Iglesia particular debe estar avalado por el consentimiento previo del Obispo diocesano, dado por escrito. La erección de la casa Religiosa se hace teniendo en cuenta la utilidad de la Iglesia y del Instituto, y asegurando todo lo que es necesario para que los miembros vivan debidamente la Vida Religiosa, esto es, vivir según el carácter y los fines propios del Instituto, respetándose las condiciones puestas al otorgar el consentimiento; tener una capilla o iglesia y cumplir los ministerios sagrados, de acuerdo a lo establecido por el derecho (cfr. CIC 608-615; PC 17 y 19). c) Quienes tienen la responsabilidad de discernir la autenticidad de nuevas fundaciones, debe sopesar con humildad, pero también con objetividad y constancia y con vistas al futuro, todos los indicios de una presencia del Espíritu Santo y de sus carismas... sea para acogerlos con gratuidad y consuelo, sea también para evitar que surjan incautamente Institutos inútiles o faltos de la suficiente vitalidad. Cuando el juicio acerca de un Instituto nuevo se basa solamente en el criterio de utilidad y conveniencia práctica o, tal vez, en el modo de obrar de una persona que presenta fenómenos devocionales de por sí ambiguos, se ve claramente que falla el genuino sentido de la Vida Religiosa en la Iglesia (MR 51). 23


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d) A la Sede Apostólica compete exclusivamente la aprobación de nuevas formas de Vida Consagrada. Sin embargo, los Obispos diocesanos han de procurar discernir los nuevos dones de Vida Consagrada otorgados a la Iglesia por el Espíritu Santo, ayudar a quienes los promueven para que formulen sus propósitos de la mejor manera posible y los tutelen mediante estatutos convenientes, aplicando sobre todo las normas generales contenidas en esta parte (CIC 605). 6.4 Orientaciones pastorales a) Que el Obispo, por medio del Vicario Episcopal de Vida Consagrada, sostenga un dialogo continuo con los miembros de los Institutos nacientes pare evitar en lo futuro anomalías que perjudiquen la vida de la Iglesia. b) Acompañar y ayudar a discernir el nacimiento de nuevos institutos según los criterios de la Iglesia. c) Elaborar criterios claros para la admisión de nuevos institutos en la diócesis. d) Elaborar criterios claros para la aceptación diocesana de nuevos Institutos de vida consagrada. 6.5 Propuestas normativas a) La vicaría de vida consagrada llevará el acompañamiento de los institutos nacientes. b) La vicaría de la vida consagrada solicitará la documentación pertinente para estudiar la aceptación o no de los Institutos que soliciten su ingreso a la Diócesis.

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c) El Obispo Diocesano har谩 las consultas a las instancias respectivas para su aceptaci贸n. d) El Instituto que se incorpore a la Di贸cesis asumir谩 el compromiso de sumarse al proceso de Pastoral Diocesano y a las normas de Pastoral Vocacional vigentes.

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7. Capellanes, confesores, y directores espirituales de religiosos/as. 7.1 Hechos más significativos a) Hay atención e interés de parte del Sr. Obispo para nombrar capellanes de las varias comunidades religiosas y obras apostólicas que lo necesiten y/o lo soliciten. b) Hay dificultad en encontrar sacerdotes disponibles para la confesión, dirección espiritual y acompañamiento de las religiosas. c) Algunas casas de formación no tienen confesor ni director espiritual. 7.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Procurar que entre los Presbíteros del clero Diocesano y los institutos de vida consagrada se tenga un acercamiento mutuo para que se comprometan al servicio de las necesidades espirituales de las Comunidades Religiosas. b) Que los institutos religiosos ofrezcan información sobre cursos de Acompañamiento y Dirección Espiritual que favorezcan al clero diocesano en su formación. 7.3 Iluminación doctrinal fundamental a) Considerando el bien de la Comunidad Religiosa el Ordinario del lugar no debe proceder al nombramiento de capellán de la casa de un Instituto Religioso Laical sin consultar al Superior, que tiene el derecho, después de oír a la comunidad, de proponer a un sacerdote. Al capellán le corresponde celebrar u organizar 26


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las funciones litúrgicas; pero no le está permitido inmiscuirse en el régimen interno del Instituto (CIC 567, cfr. VC 104). b) Los Superiores reconozcan a los miembros la debida libertad por lo que se refiere al sacramento de la penitencia y a la dirección espiritual, sin prejuicio de la disciplina del Instituto. De acuerdo con la norma del derecho propio, los Superiores han de mostrarse solícitos para que los miembros dispongan de confesores idóneos, con los que puedan confesarse frecuentemente. En los Monasterios de monjas, casas de formación y comunidades Laicales más numerosas, ha de haber confesores ordinarios aprobados por el Ordinario del lugar, después de un intercambio de pareceres con la comunidad, pero sin imponer la obligación de acudir a ellos (CIC 630 & 1-3). 7.4 Orientaciones pastorales a) Que el Obispo promueva a algunos Presbíteros, de modo que puedan colaborar eficazmente con los Religiosos y Religiosas, ayudándoles en su empeño de progreso espiritual. b) Que los Capellanes de las Comunidades Religiosas, que han sido designados por el Obispo, cumplan fielmente con su ministerio, evitando intervenir en lo que es propio del carisma del Instituto. c) Que las comunidades religiosas asuman responsablemente los compromisos que implican el servicio que está recibiendo. 7.5 Propuestas normativas a) El superior competente solicitará por escrito los servicios de capellán, de director espiritual o confesores que requiera la comunidad. 27


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b) El Obispo nombrará en todas las comunidades de VC que lo requieran la asistencia espiritual de parte de Presbíteros idóneos, que conozcan de vida consagrada, especialmente en las casas de formación. c) Las comunidades religiosas aportarán el estipendio vigente por los servicios recibidos.

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8. Casas de formación presentes en la Diócesis. El Centro Diocesano para la formación de Religiosos y Religiosas (Interreligioso). 8.1 Hechos más significativos a) Nuestra Diócesis acoge a casas de formación de religiosos y religiosas. b) Cada Instituto está preocupado y ocupa sus mejores energías y recursos para una buena formación de sus candidatos/as. c) El “Interreligioso” resulta una excelente y eficaz escuela de formación a la vida consagrada. La participación de Institutos al “Inter” favorece la identidad carismática de cada candidato/a y lo/a prepara para una consagración vivida en la eclesialidad, interculturalidad y comunión de vocaciones y de carismas en la misión. d) No todos los Institutos que tienen casas de formación participan en el “Inter”. e) La escuela Interreligiosa ha mejorado en estos últimos años en sus estatutos, contenidos doctrinales y en su metodología. 8.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Asegurar una sólida formación teológica, espiritual y pastoral en todas las casas de formación de la VC. b) Motivar a que todas las casas de formación participen en el “Inter”. c) Lograr que todos los institutos de VC aprovechen las oportunidades de formación que nuestra diócesis ofrece. 29


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8.3 Iluminación doctrinal fundamental a) La formación de los Religiosos y Religiosas, a pesar de las instancias diocesanas para la mutua colaboración, debe tenerse en consideración lo establecido por el decreto Perfecta Caritatis que demarca que la formación desde el noviciado no ha de ordenarse de idéntica manera en todos los Institutos, sino que debe tenerse en consideración la naturaleza propia de cada uno de ellos (nn 17-20). Esta formación que es propia de cada Instituto, debe además proporcionar los elementos indispensables para que sus miembros tengan conciencia más exacta y de mayor solicitud por la Iglesia particular (Cfr. MR 30 a). b) El noviciado, con el que comienza la vida en un Instituto, tiene como finalidad que los novicios conozcan mejor la vocación divina, particularmente la propia del Instituto, que prueben el modo de vida de éste, que conformen la mente y el corazón con su espíritu, y que puedan ser comprobadas su intención y su idoneidad (CIC 646). c) Después de la primera profesión, la formación de todos los miembros debe continuar en cada Instituto, para que vivan con mayor plenitud la vida propia de éste y cumplan mejor su misión (CIC 659 & 1). d) La formación ha de ser sistemática, acomodada a las capacidad de los miembros, espiritual, apostólica, doctrinal y a la vezpráctica, y también, si es oportuno, con la obtención de los títulos pertinentes, tanto eclesiásticos como civiles (CIC 660 & 1). e) El INTER para que cumpla fielmente con su compromiso de acompañar en la formación inicial a los miembros de las diferentes comunidades Religiosas, debe aprovecharse del trabajo de los mejores colaboradores de cada Instituto y ofrecer servicios que no sólo ayuden a superar eventuales límites, sino que también creen un estilo válido de formación a la Vida Religiosa (cfr. VC 53). 30


CONSAGRADOS

8.4 Orientaciones pastorales a) Integrar en los planes de formación del Seminario Diocesano un estudio formal sobre la teología y la espiritualidad de la Vida Consagrada de manera que los aspirantes a presbíteros lleguen a apreciar sinceramente a las personas consagradas. b) Programar visitas periódicas por parte del Sr. Obispo a la Directiva del INTER, para analizarsus proyectos de trabajo en la formación de los hermanos y hermanas de sus primeras etapas en la Vida Religiosa. c) Integrar en el “curriculum” de la formación en el Inter el estudio de la vocación, identidad y misión del presbítero diocesano. 8.5 Propuestas normativas a) Procurará el Superior de cada Comunidad Religiosa que sus hermanos/as se preparen con una formación adecuada y que responda a las exigencias de los tiempos. b) Se integrará en los planes de formación, tanto del seminario como de la vida consagrada en su formación inicial las materias que favorezcan la eclesialidad, el conocimiento y la mutua valoración. c) Seráresponsabilidad del Obispo y de los Superiores competentesresponder y cooperar eficazmente en la subsistencia y eficiencia del “Inter”.

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Materiales de trabajo / Cuadernillo 6

9. La Vicaría de la Vida Consagrada y la Delegación Diocesana de la CIRM 9.1 Hechos más significativos a) El nombramiento del Vicario para la VC ha favorecido mejores relaciones entre la Iglesia Diocesana y los Institutos de VC y ha impulsado a mayor participación en la vida espiritual y pastoral de la Iglesia Local. b) La delegación Diocesana de la CIRM tiene un programa bien definido e involucra a todos los Institutos de la Diócesis, siguiendo los perfiles y programas de la CIRM nacional. c) Algunos Institutos masculinos y femeninos no participan en las actividades promovidas por la CIRM. d) Se carece de programas para la Formación Permanente para los religiosos/as. 9.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Acrecentar, por medio de la delegación de la CIRM, la fraternidad entre las Comunidades favoreciendo las relaciones intercongregacionales en las que, respetando la particularidad del carisma crezca la unidad. b) Promover en la Diócesis cursos o talleres para la formación permanente de los Religiosos/as. c) Integrar un equipo que represente a las diversas formas de VC presentes en la Diócesis a manera de vicaría de vida consagrada, que apoye los trabajos del Vicario. 32


CONSAGRADOS

9.3 Iluminación doctrinal fundamental a) La CIRM se inspira, en cuanto a sus fines propios y específicos, en el Decreto PerfectaeCaritatis n. 23; en el documento MutuaeRelationes n. 21, y en las disposiciones de los cánones 708 y 709 del CIC. La Junta Directiva no tiene jurisdicción sobre los Institutos de Vida Consagrada, ni sobre sus miembros, sino sólo orientativa y moral. Sin embargo, sus orientaciones deben ser atendidas ya que se trata de un órgano diocesano respaldado por el Obispo y útil para el proceso de formación permanente y la coordinación con la pastoral de conjunto (cfr. Estatutos de la Cirm Aguascalientes 1-7). b) Facilitando las relaciones entre el Obispo y las Familias Religiosas presentes en la Diócesis, la función del Vicario Episcopal para la Vida Consagrada, dotado de potestad ordinaria ejecutiva, ejerce las veces del Obispo en relación con los Institutos y sus miembros. Cuida también de mantener a los Superiores y Superioras debidamente informados sobre la vida y la pastoral diocesana. Sería oportuno, por el grado de responsabilidades y competencias, que el Vicario sea un Consagrado o un Presbítero del Clero Diocesano conocedor de la Vida Consagrada (cfr. VC 2, 3, 46, 48, 49, 102, cfr. EA 43). 9.4 Orientaciones pastorales a) Mejorar y precisar la estructura y la misión de la Vicaría de VC en la diócesis. b) Mejorar el clima de comunión y participación eclesial entre la CIRM diocesana, el Interreligioso y la Vicaría de la VC.

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9.5 Propuestas normativas a) Es competencia del Obispo y del Vicario de la VC promover la participación y colaboración de los diferentes Institutos en las iniciativas programadas por la CIRM; y a los Superiores y Superioras animar a sus propias Comunidades. b) El Obispo o el Vicario Episcopal de la VC realizará la visita pastoral a los institutos presentes en la Diócesis,al menos cada 3 años.

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CONSAGRADOS

10. Institutos Seculares, Sociedades de Vida Apostólica y otras formas de Vida Consagrada. 10.1 Hechos más significativos a) Son pocos los Institutos Seculares y Sociedades de Vida Apostólicas presentes en la Diócesis. b) Su vocación y su carisma son poco conocidos por los fieles. c) Están integrados en la pastoral diocesana y en los espacios de participación en la Vida Consagrada. d) Falta promoción para conocer y estimar estas formas de vida consagrada en la Iglesia Local. 10.2 Desafíos planteados por tales hechos a) Promover el conocimiento y la valoración de estos Institutos en la Diócesis y que los agentes de pastoral conozcan, aprecien y promuevan estos carismas y las demás vocaciones en su ministerio. b) Lograr quela presencia y testimonio de estos Institutos en Diócesis llegue a ser más visible y atrayente. 10.3 Iluminación doctrinal fundamental a) Los Institutos Seculares, que implica la profesión de los consejos evangélicos, confieren una consagración que los obliga, dentro del respeto de su fisonomía propia, a tender a Dios con la caridad más perfecta. Sólo así podrán ser levadura del mundo. Por consiguiente, cuiden los Superiores la instrucción y formación espiritual en sus Institutos (PC 11). 35


Materiales de trabajo / Cuadernillo 6

b) El Espíritu Santo ha suscitado en nuestro tiempo esta nueva forma de Vida Consagrada, que ayuda de alguna manera a resolver la tensión entre la apertura real a los valores del mundo moderno y a la plena y profunda entrega de corazón a Dios (cfr. Puebla 774-776). c) Se aplica a las Sociedades de Vida Apostólica la particularidad de su consagración las distingue de los institutos religiosos y de los institutos seculares. Son sociedades seculares de vida común de clérigos y sociedades seculares de vida común de laicos, masculinos y femeninas, las cuales buscan, con un estilo propio un específico fin apostólico y misionero. En muchas de ellas con vínculos sagrados reconocidos oficialmente por la Iglesia, se asumen expresamente los consejos evangélicos (VC 11). 10.4 Orientaciones pastorales a) Buscar estrategias para que los pastores y fieles reconozcan esta vocación especial en la Iglesia, se aprecie y todos se empeñen en promoverla. b) Estimular el compromiso de estos Institutosen la promoción humana, según su propio carisma, abarcando todos los ámbitos de la sociedad, como un apoyo valioso al ministerio jerárquico. 10.5 Propuestas normativas a) Los Institutos Seculares y Sociedades de Vida Apostólica formarán parte del equipo de la Vicaría de la Vida Consagrada. b) Los Institutos Seculares y las Sociedades de Vida Apostólica se integrarán en el Equipo Diocesano de Pastoral Vocacionaly a la vida de la Pastoral Diocesana. 36


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