PLAZOS PARA PRESENTAR DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO AÑO GRAVABLE 2015 GRANDES CONTRIBUYENTES Último dígito
Hasta el día
Último dígito
Hasta el día
0
12 de abril
5
19 de abril
9
13 de abril
4
20 de abril
8
14 de abril
3
21 de abril
7
15 de abril
2
22 de abril
6
18 de abril
1
25 de abril
PERSONAS JURÍDICAS Y DEMÁS CONTRIBUYENTES, NO CALIFICADOS COMO GRANDES Último dígito
Hasta el día
Último dígito
Hasta el día
96 a 00
12 de abril
46 a 50
26 de abril
91 a 95
13 de abril
41 a 45
27 de abril
86 a 90
14 de abril
36 a 40
28 de abril
81 a 85
15 de abril
31 a 35
29 de abril
76 a 80
18 de abril
26 a 30
02 de mayo
71 a 75
19 de abril
21 a 25
03 de mayo
66 a 70
20 de abril
16 a 20
04 de mayo
61 a 65
21 de abril
11 a 15
05 de mayo
56 a 60
22 de abril
06 a 10
06 de mayo
51 a 55
25 de abril
01 a 05
10 de mayo
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS POR EL AÑO GRAVABLE 2015 GRANDES CONTRIBUYENTES Último dígito
Pago 1° cuota hasta el día
Declaración y pago 2° cuota hasta el día
Pago 3° cuota hasta el día
0
09 de febrero
12 de abril
09 de junio
9
10 de febrero
13 de abril
10 de junio
8
11 de febrero
14 de abril
13 de junio
7
12 de febrero
15 de abril
14 de junio
6
15 de febrero
18 de abril
15 de junio
5
16 de febrero
19 de abril
16 de junio
4
17 de febrero
20 de abril
17 de junio
3
18 de febrero
21 de abril
20 de junio
2
19 de febrero
22 de abril
21 de junio
1
22 de febrero
25 de abril
22 de junio
PERSONAS JURÍDICAS Y DEMÁS CONTRIBUYENTES NO CALIFICADOS COMO GRANDES DECLARACIÓN Y PAGO DE PRIMERA CUOTA (50%) Últimos dos dígitos
Hasta el día
Últimos dos dígitos
Hasta el día
96 a 00
12 de abril
46 a 50
26 de abril
91 a 95
13 de abril
41 a 45
27 de abril
86 a 90
14 de abril
36 a 40
28 de abril
81 a 85
15 de abril
31 a 35
29 de abril
76 a 80
18 de abril
26 a 30
02 de mayo
71 a 75
19 de abril
21 a 25
03 de mayo
66 a 70
20 de abril
16 a 20
04 de mayo
61 a 65
21 de abril
11 a 15
05 de mayo
56 a 60
22 de abril
06 a 10
06 de mayo
51 a 55
25 de abril
01 a 05
10 de mayo
PAGO DE LA SEGUNDA CUOTA (50%) Últimos dos dígitos
Hasta el día
Últimos dos dígitos
Hasta el día
0
09 de junio
5
16 de junio
9
10 de junio
4
17 de junio
8
13 de junio
3
20 de junio
7
14 de junio
2
21 de junio
6
15 de junio
1
22 de junio
PERSONAS NATURALES Y ASIMILADAS – IMPUESTO SOBRE LA RENTA O IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO SIMPLIFICADO- IMAS
Últimos dos dígitos
Hasta el día
Últimos dos dígitos
Hasta el día
99 y 00
09 de agosto
49 y 50
14 de septiembre
97 y 98
10 de agosto
47 y 48
15 de septiembre
95 y 96
11 de agosto
45 y 46
16 de septiembre
93 y 94
12 de agosto
43 y 44
19 de septiembre
91 y 92
16 de agosto
41 y 42
20 de septiembre
89 y 90
17 de agosto
39 y 40
21 de septiembre
87 y 88
18 de agosto
37 y 38
22 de septiembre
85 y 86
19 de agosto
35 y 36
23 de septiembre
83 y 84
22 de agosto
33 y 34
26 de septiembre
81 y 82
23 de agosto
31 y 32
27 de septiembre
79 y 80
24 de agosto
29 y 30
28 de septiembre
77 y 78
25 de agosto
27 y 28
29 de septiembre
75 y 76
26 de agosto
25 y 26
30 de septiembre
73 y 74
29 de agosto
23 y 24
03 de octubre
71 y 72
30 de agosto
21 y 22
04 de octubre
69 y 70
31 de agosto
19 y 20
05 de octubre
67 y 68
01 de septiembre
17 y 18
06 de octubre
65 y 66
02 de septiembre
15 y 16
07 de octubre
63 y 64
05 de septiembre
13 y 14
10 de octubre
61 y 62
06 de septiembre
11 y 12
11 de octubre
59 y 60
07 de septiembre
09 y 10
12 de octubre
57 y 58
08 de septiembre
07 y 08
13 de octubre
55 y 56
09 de septiembre
05 y 06
14 de octubre
53 y 54
12 de septiembre
03 y 04
18 de octubre
51 y 52
13 de septiembre
01 y 02
19 de octubre
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD – CREE AÑO 2015 Y ANTICIPO DE LA SOBRETASA AÑO 2016 Último dígito
Declaración y pago 1° cuota 50% hasta el día
Pago 2° cuota 50% hasta el día
0
12 de abril
09 de junio
9
13 de abril
10 de junio
8
14 de abril
13 de junio
7
15 de abril
14 de junio
6
18 de abril
15 de junio
5
19 de abril
16 de junio
4
20 de abril
17 de junio
3
21 de abril
20 de junio
2
22 de abril
21 de junio
1
25 de abril
22 de junio
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO A LA RIQUEZA AÑO 2016
Último dígito
Presentación y pago 1° cuota Hasta el día
Pago 2° cuota Hasta el día
0
11 de mayo
08 de septiembre
9
12 de mayo
09 de septiembre
8
13 de mayo
12 de septiembre
7
16 de mayo
13 de septiembre
6
17 de mayo
14 de septiembre
5
18 de mayo
15 de septiembre
4
19 de mayo
16 de septiembre
3
20 de mayo
19 de septiembre
2
23 de mayo
20 de septiembre
1
24 de mayo
21 de septiembre
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR EL AÑO 2016 Bimestral Cuatrimestral Anual Último dígito 0 9 8 7 6 5 4 3 2 1
Enero – Febrero
Marzo – Abril
Mayo – Junio
Enero – Abril
Hasta el día 08 de marzo 09 de marzo 10 de marzo 11 de marzo 14 de marzo 15 de marzo 16 de marzo 17 de marzo 18 de marzo 22 de marzo
1° Anticipo 30% Hasta el día 11 de mayo 12 de mayo 13 de mayo 16 de mayo 17 de mayo 18 de mayo 19 de mayo 20 de mayo 23 de mayo 24 de mayo
Hasta el día 12 de julio 13 de julio 14 de julio 15 de julio 18 de julio 19 de julio 21 de julio 22 de julio 25 de julio 26 de julio
Bimestral Cuatrimestral
Julio – Agosto
Septiembre – Octubre Noviembre – Diciembre
Mayo- Agosto
Septiembre – Diciembre
Anual
2°Anticipo 30%
Último dígito
Hasta el día
Hasta el día
Declaración y pago última cuota Hasta el día
0 9 8 7 6 5 4 3 2 1
08 de septiembre 09 de septiembre 12 de septiembre 13 de septiembre 14 de septiembre 15 de septiembre 16 de septiembre 19 de septiembre 20 de septiembre 21 de septiembre
09 de noviembre 10 de noviembre 11 de noviembre 15 de noviembre 16 de noviembre 17 de noviembre 18 de noviembre 21 de noviembre 22 de noviembre 23 de noviembre
12 de enero 13 de enero 16 de enero 17 de enero 18 de enero 19 de enero 20 de enero 23 de enero 24 de enero 25 de enero
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE RENTA E IVA AÑO 2016 Último dígito
Enero Hasta el día
Febrero Hasta el día
Marzo Hasta el día
Abril Hasta el día
0
09 de febrero
08 de marzo
12 de abril
11 de mayo
9
10 de febrero
09 de marzo
13 de abril
12 de mayo
8
11 de febrero
10 de marzo
14 de abril
13 de mayo
7
12 de febrero
11 de marzo
15 de abril
16 de mayo
6
15 de febrero
14 de marzo
18 de abril
17 de mayo
5
16 de febrero
15 de marzo
19 de abril
18 de mayo
4
17 de febrero
16 de marzo
20 de abril
19 de mayo
3
18 de febrero
17 de marzo
21 de abril
20 de mayo
2
19 de febrero
18 de marzo
22 de abril
23 de mayo
1
22 de febrero
22 de marzo
25 de abril
24 de mayo
Último Mayo dígito Hasta el día 0 09 de junio 9 10 de junio 8 13 de junio 7 14 de junio 6 15 de junio 5 16 de junio 4 17 de junio 3 20 de junio 2 21 de junio 1 22 de junio
Junio Hasta el día 12 de julio 13 de julio 14 de julio 15 de julio 18 de julio 19 de julio 21 de julio 22 de julio 25 de julio 26 de julio
Julio Hasta el día 09 de agosto 10 de agosto 11 de agosto 12 de agosto 16 de agosto 17 de agosto 18 de agosto 19 de agosto 22 de agosto 23 de agosto
Agosto Hasta el día 08 de septiembre 09 de septiembre 12 de septiembre 13 de septiembre 14 de septiembre 15 de septiembre 16 de septiembre 19 de septiembre 20 de septiembre 21 de septiembre
Último dígito 0 9 8 7 6 5 4 3 2 1
Septiembre Hasta el día 11 de octubre 12 de octubre 13 de octubre 14 de octubre 18 de octubre 19 de octubre 20 de octubre 21 de octubre 24 de octubre 25 de octubre
Octubre Hasta el día 09 de noviembre 10 de noviembre 11 de noviembre 15 de noviembre 16 de noviembre 17 de noviembre 18 de noviembre 21 de noviembre 22 de noviembre 23 de noviembre
Noviembre Hasta el día 09 de diciembre 12 de diciembre 13 de diciembre 14 de diciembre 15 de diciembre 16 de diciembre 19 de diciembre 20 de diciembre 21 de diciembre 22 de diciembre
Diciembre Hasta el día 12 de enero 13 de enero 16 de enero 17 de enero 18 de enero 19 de enero 20 de enero 23 de enero 24 de enero 25 de enero
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR AUTORRETENCIÓN DE CREE AÑO 2016
Mensual
Enero
Febrero
Marzo
Cuatrimestral
Abril Enero – Abril
Último dígito
Hasta el día
Hasta el día
Hasta el día
Hasta el día
0
09 de febrero
08 de marzo
12 de abril
11 de mayo
9
10 de febrero
09 de marzo
13 de abril
12 de mayo
8
11 de febrero
10 de marzo
14 de abril
13 de mayo
7
12 de febrero
11 de marzo
15 de abril
16 de mayo
6
15 de febrero
14 de marzo
18 de abril
17 de mayo
5
16 de febrero
15 de marzo
19 de abril
18 de mayo
4
17 de febrero
16 de marzo
20 de abril
19 de mayo
3
18 de febrero
17 de marzo
21 de abril
20 de mayo
2
19 de febrero
18 de marzo
22 de abril
23 de mayo
1
22 de febrero
22 de marzo
25 de abril
24 de mayo
Mensual
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Cuatrimestral
Mayo- Agosto
Último dígito
Hasta el día Hasta el día
Hasta el día
Hasta el día
0
09 de junio 12 de julio
09 de agosto
08 de septiembre
9
10 de junio 13 de julio
10 de agosto
09 de septiembre
8
13 de junio 14 de julio
11 de agosto
12 de septiembre
7
14 de junio 15 de julio
12 de agosto
13 de septiembre
6
15 de junio 18 de julio
16 de agosto
14 de septiembre
5
16 de junio 19 de julio
17 de agosto
15 de septiembre
4
17 de junio 21 de julio
18 de agosto
16 de septiembre
3
20 de junio 22 de julio
19 de agosto
19 de septiembre
2
21 de junio 25 de julio
22 de agosto
20 de septiembre
1
22 de junio 26 de julio
23 de agosto
21 de septiembre
Mensual
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre SeptiembreDiciembre
Cuatrimestral
Último dígito 0
11 de octubre 09 de noviembre
09 de diciembre 12 de enero
9
12 de octubre 10 de noviembre
12 de diciembre 13 de enero
8
13 de octubre 11 de noviembre
13 de diciembre 16 de enero
7
14 de octubre 15 de noviembre
14 de diciembre 17 de enero
6
18 de octubre 16 de noviembre
15 de diciembre 18 de enero
5
19 de octubre 17 de noviembre
16 de diciembre 19 de enero
4
20 de octubre 18 de noviembre
19 de diciembre 20 de enero
3
21 de octubre 21 de noviembre
20 de diciembre 23 de enero
2
24 de octubre 22 de noviembre
21 de diciembre 24 de enero
1
25 de octubre 23 de noviembre
22 de diciembre 25 de enero
Hasta el día
Hasta el día
Hasta el día
Hasta el día
PLAZO PARA PRESENTAR INFORMACIÓN EXÓGENA CON DESTINO A LA DIAN - AÑO GRAVABLE 2015 La información a que se refieren los artículos 623, 623-2, 623-3, 624, 625, 628, 629, 629-1, 631 y 631-3 E.T. y los títulos III, IV, V, Capitulo 1, 3, 4, 6 y 7 del Título VI y Titulo VII: GRANDES CONTRIBUYENTES
Último dígito
Hasta el día
Último dígito
Hasta el día
4
29 de marzo
9
05 de abril
5
30 de marzo
0
06 de abril
6
31 de marzo
1
07 de abril
7
01 de abril
2
08 de abril
8
04 de abril
3
11 de abril
PERSONAS JURÍDICAS, ASIMILADAS Y NATURALES
Últimos dos dígitos
Hasta el día
Últimos dos dígitos
Hasta el día
31 a 35
12 de abril
81 a 85
26 de abril
36 a 40
13 de abril
86 a 90
27 de abril
41 a 45
14 de abril
91 a 95
28 de abril
46 a 50
15 de abril
96 a 00
29 de abril
51 a 55
18 de abril
01 a 05
02 de mayo
56 a 60
19 de abril
06 a 10
03 de mayo
61 a 65
20 de abril
11 a 15
04 de mayo
66 a 70
21 de abril
16 a 20
05 de mayo
71 a 75
22 de abril
21 a 25
06 de mayo
76 a 80
25 de abril
26 a 30
10 de mayo
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO AÑO 2016 RÉGIMEN COMÚN Bimestre
Enero – Febrero
Marzo – Abril
Mayo – Junio
Último dígito
Hasta el día
Hasta el día
Hasta el día
0
08 de marzo
11 de mayo
12 de julio
9
09 de marzo
12 de mayo
13 de julio
8
10 de marzo
13 de mayo
14 de julio
7
11 de marzo
16 de mayo
15 de julio
6
14 de marzo
17 de mayo
18 de julio
5
15 de marzo
18 de mayo
19 de julio
4
16 de marzo
19 de mayo
21 de julio
3
17 de marzo
20 de mayo
22 de julio
2
18 de marzo
23 de mayo
25 de julio
1
22 de marzo
24 de mayo
26 de julio
Bimestre
Julio – Agosto
Septiembre – Octubre
Noviembre – Diciembre
Último dígito
Hasta el día
Hasta el día
Hasta el día
0
08 de septiembre
09 de noviembre
12 de enero
9
09 de septiembre
10 de noviembre
13 de enero
8
12 de septiembre
11 de noviembre
16 de enero
7
13 de septiembre
15 de noviembre
17 de enero
6
14 de septiembre
16 de noviembre
18 de enero
5
15 de septiembre
17 de noviembre
19 de enero
4
16 de septiembre
18 de noviembre
20 de enero
3
19 de septiembre
21 de noviembre
23 de enero
2
20 de septiembre
22 de noviembre
24 de enero
1
21 de septiembre
23 de noviembre
25 de enero
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
Último dígito
Hasta el día
Último dígito
Hasta el día
0
12 de enero
5
19 de enero
9
13 de enero
4
20 de enero
8
16 de enero
3
23 de enero
7
17 de enero
2
24 de enero
6
18 de enero
1
25 de enero
PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM GRANDES CONTRIBUYENTES Periodo gravable
Hasta el día
Enero
18 de febrero
Febrero
17 de marzo
Marzo
21 de abril
Abril
19 de mayo
Mayo
16 de junio
Junio
22 de julio
Julio
18 de agosto
Agosto
22 de septiembre
Septiembre
20 de octubre
Octubre
17 de noviembre
Noviembre
16 de diciembre
Diciembre
18 de enero 2017
RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARÁMETROS A CONSIDERAR POR EL AÑO 2016 Requisitos
Uvt
Pesos
a) Persona natural b) Comerciantes y artesanos, minoristas Agricultores y ganaderos c) Ingresos brutos provenientes de la actividad en el año anterior (2015) inferiores a
4000
d) Máximo 1 establecimiento, oficina, sede, local o negocio donde ejerce actividad
113.116.000
e) No desarrollar actividad bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier sistema que implique explotación de intangibles f) No ser usuario aduanero g) No haber celebrado en el año anterior (2015) contratos gravados por valor individual y superior a
3300
93.321.000
h) No haber celebrado en el año en curso (2016) contratos gravados por valor individual y superior a
3300
98.185.000
i) El monto de consignaciones, depósitos o inversiones financieras en el año anterior (2015) no superen
4500
127.256.000
j) El monto de consignaciones, depósitos o inversiones financieras en el año en curso (2016) no superen
4500
133.889.000
PERSONAS NATURALES O ASIMILADAS NO OBLIGADAS A PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2015 CRITERIO
Quienes e ingresos por
EMPLEADOS Prestación de servicios personales o realización de una actividad por cuenta y riesgo del empleador o contratante, mediante vinculación laboral o de cualquier otra naturaleza. Desarrollo de una profesión liberal o servicios técnicos que no requieran materiales o insumos especializados o maquinaria o equipo especializado.
TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA
DEMÁS PERSONAS NATURALES
Residentes en el país Realización de una de las actividades previstas en el Dcto 1473 de agosto 2014. Ingresos debidamente facturados y sobre los que se haya practicado retención en la fuente
Residente que no califiquen como empleados o traba jadores por cuenta propia
Proporcionalidad
Ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos mencionados
Ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de una de las actividades mencionadas
Responsabilidad IVA
No ser responsable del Régimen común
No ser responsable del Régimen común
No ser responsable del Régimen común
Ingresos brutos (*)
Inferiores a 1.400 UVT ($39.591.000)
Inferiores a 1.400 UVT ($39.591.000)
Inferiores a 1.400 UVT ($39.591.000)
Patrimonio bruto el último día del período gravable
No exceda de 4.500 UVT ($127.256.000)
No exceda de 4.500 UVT ($127.256.000)
No exceda de 4.500 UVT ($127.256.000)
Consumos mediante tarjeta de crédito
No excedan de 2.800 UVT ($79.181.000)
No excedan de 2.800 UVT ($79.181.000)
No excedan de 2.800 UVT ($79.181.000)
Total de compras y consumos durante el año
No excedan de 2.800 UVT ($79.181.000)
No excedan de 2.800 UVT ($79.181.000)
No excedan de 2.800 UVT ($79.181.000)
Valor acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año
No exceda de 4.500 UVT ($127.256.000)
No exceda de 4.500 UVT ($127.256.000)
No exceda de 4.500 UVT ($127.256.000)
(*)Para establecer la cuantía de los ingresos brutos, deben sumarse todos los ingresos provenientes de cualquier actividad económica, independientemente de la categoría de persona natural a la que pertenezca.
VALORES HISTÓRICOS DE INTERÉS
Año
% Reajuste Fiscal
IPC
Salario Mínimo
% Incremento Salario Mínimo
Auxilio Transp.
UVT
Deducción Intereses Vivienda
Deprec. En el año Activos Menores
Sanción Mínima
TRM Dic 31
Intereses Presuntos
2006
4,87%
4,48% 408.000
6,95%
47.700
20.000
25.726.000
1.001.000
201.000
2.238,79
6,31%
2007
5,15%
5,69% 433.700
6,30%
50.800
20.974
25.169.000
1.049.000
210.000
2.014,76
6,82%
2008
7,75%
7,67% 461.500
6,41%
55.000
22.054
26.465.000
1.103.000
221.000
2.243,59
9,15%
2009
3,33%
2,00% 496.900
7,67%
59.300
23.763
28.516.000
1.188.000
238.000
2.044,23
9,82%
2010
2,35%
3,17% 515.000
3,64%
61.500
24.555
29.466.000
1.228.000
246.000
1.913,98
4,11%
2011
3,65%
3,73% 535.600
4,00%
63.600
25.132
30.158.000
1.257.000
251.000
1.942,70
3,47%
2012
3,04%
2,44% 566.700
5,81%
67.800
26.049
31.259.000
1.302.000
260.000
1.768,23
4,98%
2013
2,40%
1,94% 589.500
4,02%
70.500
26.841
32.209.000
1.342.000
268.000
1.926,83
5,27%
2014
2,89%
3,66% 616.000
4,50%
72.000
27.485
32.982.000
1.374.000
275.000
2.392,46
4,07%
2015
5,21%
6,77% 644.350
4,60%
74.000
28.279
33.935.000
1.414.000
283.000
3.149,47
4,34%
689.455
7,00%
77.700
29.753
35.704.000
1.488.000
298.000
2016
OBLIGACIÓN DE FIRMA POR CONTADOR EN DECLARACIONES TRIBUTARIAS Obligación de firma contador
Uvt
Pesos
OBLIGACIÓN DE TENER REVISOR FISCAL EN SOCIEDADES Obligación de tener revisor fiscal
2.827.900.000
b) Sucursales de sociedad extranjera (art 203Co.Co)
b) Declaración de renta 2015. (Art 596 E.T.): Ingresos o patrimonio bruto en 2015 exceda
2.827.900.000
c) Todas las sociedades comerciales de cualquier naturaleza, con (par 2° art 13 L43/90):
c) Declaraciones IVA con saldo a favor de quienes estén obligados a llevar contabilidad (art 602 E.T.)
100.000
Smmlv
Pesos
a) Sociedades por acciones (art 203 Co. Co)
a) Retención e IVA. (Art 602 y 606 E.T.): Ingresos 100.000 brutos o patrimonio bruto en 2015 exceda
Activos brutos diciembre 31 de 2015 superiores a
5.000 3.221.750.000
Ingresos brutos diciembre 31 de 2015 superiores a
3.000 1.933.050.000
TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE AÑO 2016
Concepto
Base sometida
Rendimientos en general y de cuentas de ahorro diferentes de UVR
70% del pago o abono, si el rendimiento diario supera 0,055 UVT ($1.600)
TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE AÑO 2016 Pagos superiores a
Tarifa
UVT 10%
0
11% / 10% / Tabla Art. 383 E.T. (1)
Servicios en informática, diseño páginas web, licenciamiento y uso de software
100%
Declarante: 3,5% No declarante: 10%
0
0
Servicios en general
100% pago o abono superior a 4 UVT / Parte gravada según depuración si es empleado
4%, 6%, Tabla art 383 E.T. (2)
4
119.000
Empresas de servicios temporales de empleo
100% del AIU superior a 4 UVT El AIU no podrá ser inferior al 10% del valor del contrato
1%
4
119.000
Servicios de vigilancia (prestados por empresas de vigilancia autorizadas)
100% del AIU superior a 4 UVT El AIU no podrá ser inferior al 10% del valor del contrato
2%
4
119.000
Servicio integral de aseo y cafetería prestados por empresas de aseo
100% del AIU superior a 4 UVT El AIU no podrá ser inferior al 10% del valor del contrato
2%
4
119.000
Servicios integrales de salud que involucren servicios calificados y no calificados 100% pago abono superior a 4 UVT (prestados por IPS)
2%
4
119.000
0
Compras de combustibles derivados del petróleo
100% del pago o abono
0,10%
0
0
1%
27
803.000
UVT
0
Servicios de aseo prestados por empresas de aseo
100% del pago o abono superior a 4 UVT
2%
4
119.000
100% pago o abono superior a 4 UVT
1%
4
119.000
Transporte nacional terrestre de pasajeros
100% pago o abono superior a 27 UVT
3,50%
27
803.000
Arrendamiento bienes muebles
100% pago o abono
4%
0
0
Arrendamiento de bienes raíces
100% pago o abono superior a 27 UVT
3,5%
27
803.000
Enajenación de activos fijos por persona natural no agente de retención
100% del valor de enajenación
1%
0
0
Otros ingresos tributarios (Compras y otros ingresos no clasificables en una categoría regulada)
100% pago o abono superior a 27 UVT
Declarante: 2,5% No declarante: 3,5%
27
803.000
1,50%
92
2.737.000
100% pago o abono superior a 27 UVT
Pesos
Contratos de construcción o urbanización
100% pago o abono superior a 27 UVT
2%
27
803.000
Restaurante, hotel y hospedaje
100% pago o abono superior a 4 UVT
3,50%
4
119.000
Emolumentos eclesiásticos
100% pago o abono superior a 27 UVT
Declarante: 4% No declarante: 3,5%
27
803.000
Loterías, rifas, apuestas y similares
100% premio valor superior a 48 UVT
20%
48
1.428.000
15%
0
RETENCIÓN A TITULO DE IVA Retención de IVA en operaciones con tarjetas débito o crédito
100% IVA generado en la operación
Retención de IVA por servicios
100% del IVA cuando el pago o abono sea mayor a 4 UVT
15%
4
119.000
Retención de IVA por compras
100% del IVA cuando el pago o abono sea mayor a 27 UVT
15%
27
803.000
10
298.000
<o=
50
1.488.000
Sancion Mínima Activos a depreciar dentro del año
Transporte nacional carga: terrestre, aéreo y marítimo y transporte nacional de pasajeros: aéreo y marítimo
Adquisición de productos agropecuarios sin 100% del pago o abono superior procesamiento industrial a 92 UVT
Tarifa
Adquisición de vehículos
100% / Parte gravada según depuración art 383 E.T.
Honorarios en general, comisiones en general, consultoría
Base sometida
Pesos 0
Pagos superiores a
Concepto
(1) Si el beneficiario del pago es una persona natural perteneciente a la categoría de empleado la retención se calcula según la taba del articulo 383 E.T.; si es persona natural no empleado la tarifa de retención es del 10%. Si es persona jurídica o persona natural (en los siguientes casos) la tarifa será del 11%: - Si con ocasión del contrato, la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta obtendrá en el año gravable 2016 ingresos superiores a 3.300 UVT ($98.185.000). - Si los pagos o abonos en cuenta realizados por el mismo agente retenedor a una misma persona natural durante el año gravable 2016 superan 3.300 UVT ($98.185.000), a partir del pago que supere dicha cifra. (2) Cuando el beneficiario del pago sea un contribuyente declarante del impuesto de renta o una persona natural no declarante del impuesto sobre la renta no catalogada como empleado y que presente alguna de las siguientes situaciones, la retención será del 4%: - Si con ocasión del contrato, la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta obtendrá en el año gravable 2016 ingresos superiores a 3.300 UVT ($98.185.000). - Si los pagos o abonos en cuenta realizados por el mismo agente retenedor a una misma persona natural durante el año gravable 2016 superan 3.300 UVT ($98.185.000), a partir del pago que supere dicha cifra. Para los beneficiarios del pago, personas naturales no declarantes no catalogadas como empleados y que no se encuentren dentro de las situaciones anteriormente descritas, la tarifa de retención aplicable es el 6%. Para los beneficiarios del pago que sean personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados según art 329 ET, la retención se calculará según la tabla del art. 383 E.T.