Direcci贸n General de Investigaci贸n, Desarrollo e Innovaci贸n.
www.dgi.ubiobio.cl
· Estudiantes.
¿Qué se protege? Universidad del Bío-Bío, protege sus creaciones según su propio reglamento de PI, vinculando estos derechos a lo indicado en la ley de Propiedad Intelectual e Industrial del Estado de Chle. PROPIEDAD INTELECTUAL Ley de Derecho de Autor Nº 17.336. Ver: www.propiedadintelectual.cl, sección “legislación”. PROPIEDAD INDUSTRIAL Ley Nº 19.996 y Nº 20.160. Ver: www.inapi.cl, sección legislación.
Derechos de los Académicos y Funcionarios: La Universidad del Bío-Bío es titular única y exclusiva de los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos y los eventuales privilegios de propiedad industrial que se deriven de la actividad inventiva y creativa de sus funcionarios, académicos y administrativos, en el cumplimiento de las funciones para los cuales fueron contratados por esta corporación (Art. 3° Reglamento de Propiedad Intelectual UBB). No obstante la Universidad del Bío-Bío compartirá sus derechos de titular con los autores e inventores, funcionarios y/o académicos de la institución, los beneficios que resulten de la comercialización efectiva de aquellos a razón de un 50% para la Universidad y un 50% para él o los autores y/o inventores.
Derechos de los Alumnos de Pre y Postgrado: Los derechos sobre las obras del intelecto desarrolladas por
estudiantes de la Universidad en cumplimiento de sus obligaciones académicas son propiedad de sus autores, así como los eventuales derechos de propiedad industrial resultantes de dichas actividades (Art. 4°, Reglamento de Propiedad Intelectual UBB). Se exceptúa de estos los derechos aquellos desarrollados en virtud de un convenio específico entre el alumno y la Universidad, ya sea en el marco de un proyecto de investigación, de transferencia tecnológica o cualquier otro en que la universidad presta un servicio a un tercero. Para el cual al alumno se le requerirá manifestar previamente y por escrito este acuerdo.
Derechos de Terceros: La propiedad de las creaciones o invenciones resultantes de un proyecto o investigación patrocinado o financiado, en forma total o parcial, por terceros será establecida en el respectivo acuerdo que se suscriba al efecto (Art. 5°, Reglamento de Propiedad Intelectual, UBB).
Propiedad Intelectual e Industrial en la UBB Mayor información Oficina de Transferencia y Licenciamiento, OTL, de la Dirección de Desarrollo y Transferencia Tecnológica, DITEC: Dirección: Avda. Collao 1202, Concepción. Fono: 56 - 41 - 3111287 Av. 18 de Septiembre 580, Chillán. Fono: 56 - 42 - 463626 Email: ditec@ubiobio.cl
OTL DITEC
Oficina de Transferencia y Licenciamiento Universidad del Bío-Bío
Investigación + Innovación Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación. DGI. Universidad del Bío-Bío www.dgi.ubiobio.cl dgi@ubiobio.cl T: 3111286