La Resistencia Mapuche y el Estallido Social en Chile editores: Nicolรกs Rojas Pedemonte, Constanza Lobos y David Soto
Observatori del Conflicte Social universitat de barcelona
La Resistencia Mapuche y el Estallido Social en Chile anuario del conflicto en territorio mapuche, 2019 editores: Nicolรกs Rojas Pedemonte, Constanza Lobos y David Soto
La Resistencia Mapuche y el Estallido Social en Chile ANUARIO DEL CONFLICTO EN TERRITORIO MAPUCHE, 2019. Editores: Nicolás Rojas Pedemonte, Constanza Lobos y David Soto. ISSN en línea: 2014-6760 Este libro, editado por el Centro Vives y el Programa Territorios de la U. Alberto Hurtado, corresponde a un volumen especial del Anuari del Conflicte Social, publicado por el Observatori del Conflicte Social de la U. de Barcelona desde el año 2011. Esta colección contiene un registro y un análisis de los principales episodios de conflicto de los años estudiados. Los trabajos son principalmente de carácter académico y de investigación, y la publicación es indexada por Latindex, Dialnet, RACO, REDIB, MIAR. Su elaboración contó con la participación y apoyo de la Comunidad Jesuita de Tirua-Fundación Lican, de la Fundación Heinrich Böll y de la Red ODSAL, Red de Observatorios de la Deuda Social de América Latina. Foto de portada: Luis Hidalgo. Plaza Dignidad, viernes 20 diciembre 2019. Diseño: Mercedes Lincoñir H., Ediciones Revista Mensaje. Corrección de estilo: Carolina Ugarte. Primera edición digital publicada en octubre de 2020. Primera edición impresa publicada en octubre de 2020. Impreso en Santiago de Chile. Obra liberada bajo licencia Creative Commons.
Licencia Creative Commons: Reconocimiento - No comercial - Compartir igual El artículo puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se reconoce la autoría en los créditos. No se puede obteer ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original. Más información en http://creaticecommons.org
ÍNDICE 7
prólogo Pedro Cayuqueo
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introducción. El conflicto en territorio mapuche en el año del Estallido Social. Nicolás Rojas Pedemonte, Constanza Lobos y David Soto.
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capítulo 1. Políticas públicas y Pueblo Mapuche: brechas y desafíos para una agenda insuficiente. Verónica Figueroa Huencho
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capítulo 2. La protesta mapuche más allá (y más acá) del Estallido Social. Nicolás Rojas Pedemonte y Diego Gálvez
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capítulo 3. Un año más de desencuentros: participación y política institucional mapuche en 2019. Tokichen Tricot y Germán Bidegain
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capítulo 4. Derechos Humanos y Pueblo Mapuche. Soledad Molinet y Cristián Peralta
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capítulo 5. La judicialización de la protesta social: entre estrategia represiva y búsqueda de un ámbito de protección. CIDSUR
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capítulo 6. El Movimiento Mapuche y la Primavera Chilena. Tito Tricot
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capítulo 7. Derecho Internacional, nudos y desafíos. Implicancias para el ejercicio de los derechos territoriales del Pueblo Mapuche. Nancy Yañez
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capítulo 8. Las organizaciones de mujeres mapuche en el Chile de La Revuelta. Millaray Painemal y Susana Huenul
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capítulo 9. Balance del año y reflexiones finales desde la sociedad chilena. Juan Carlos Skewes y Roberto Morales
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capítulo 10. Balance del año y reflexiones finales desde Wallmapu. Pablo Mariman
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prólogo
Una Ruca donde quepamos todos y todas Pedro Cayuqueo
Comenzaré con una confesión; nunca pensé que sería testigo del despertar del pueblo chileno. Primero nos liberamos los mapuche, luego avanzamos sobre Santiago y, finalmente, invitamos a los chilenos a ser parte de nuestras ancestrales y democráticas formas de gobierno. Aquel era para mí el escenario más realista, y no que Chile despertara y menos aun enarbolando, de Arica a Magallanes, tres banderas de profundo significado: nuestra rebelde Wenufoye, la ceremonial Wüñelfe —aquella de campo azul y estrella blanca de ocho puntas— y también la ancestral Wiphala de los pueblos andinos, “el triunfo que ondula al viento” en lengua aymara. Pero el milagro aconteció: Chile despertó y lo hizo, de manera doblemente sorpresiva para mí, identificando sus propios anhelos de cambio social y profundización democrática con aquella larga lucha de nuestros pueblos por reconocimiento y dignidad, por justicia y reparación. Este despertar chileno, fruto de la revuelta social del 18 de octubre de 2019, es, sin duda, el principal hito del periodo que aborda el presente Anuario sobre el conflicto en Wallmapu, el lado occidental del país mapuche. Cómo este hito dialoga con nuestra lucha en sus causas más directas —desigualdad social, crisis de la política representativa, desborde de la institucionalidad— y sobretodo en sus consecuencias más inmediatas —violación de derechos humanos, tal vez su cara más dramática— es una de las interrogantes que este Anuario busca dilucidar. Enhorabuena. Todo esfuerzo tendiente a observar en profundidad lo que sucede en las regiones del sur del Biobío merece ser valorado y acompañado. Los y las investigadoras que aportaron sus análisis para este libro poseen una brillante trayectoria. En su mayoría llevan años, cuando no décadas, estudiando el conflicto desde sus diversas disciplinas y perspectivas académicas. Desde el derecho indígena a la sociología crítica; desde la
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historiografía decolonial a las actuales luchas de género; desde el análisis de las políticas públicas al tan necesario enfoque de derechos humanos. Todo señalado desde un genuino compromiso con las vías pacíficas de resolución de conflictos, posiblemente el gran déficit en toda esta (mala) historia. Pero más que comentar cada uno de los trabajos que componen esta obra —tarea que es vuestra, queridos lectores y lectoras— permítanme que aporte también una mirada propia sobre este 2019 de estallidos sociales y esperanzas constituyentes. Hasta antes de aquel octubre, parto reconociendo, dudaba seriamente que aquel letargo neoliberal chileno llegase algún día a su fin. Los mapuche en cambio, desde el día dos del retorno de la democracia, identificamos al modelo económico y al pacto social heredado de la dictadura como dos adversarios centrales de nuestra lucha. Quinquén y Truf–Truf, Ralco y Lumaco, cuatro emblemáticos conflictos con mega empresas constructoras, hidroeléctricas y forestales que tempranamente instalaron en Wallmapu la contradicción Pueblo Mapuche / modelo de desarrollo; Pueblo Mapuche / institucionalidad del Estado. Treinta años han pasado y seguimos luchando. Sí, el despertar mapuche fue mucho antes que el chileno y los costos que hemos debido pagar han sido tan altos como dolorosos. Mientras escribo estas letras, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol acaba de anunciar la reprogramación, para el 21 de enero de 2021, del inicio del juicio oral en contra del coronel de Carabineros en retiro Marco Aurelio Treuer, acusado del crimen — mediante un escopetazo en la cabeza— del adolescente mapuche Álex Lemun. Los hechos acontecieron en noviembre del año 2002 al interior del fundo Santa Alicia de Angol, en el marco de un violento desalojo policial. Hablamos de un crimen que ha permanecido impune por veinte años. ¡Dos largas décadas! No muy lejos de aquel fundo, al interior del lof Temucuicui de Ercilla, Camilo Catrillanca sería acribillado por efectivos del GOPE en noviembre del año 2018. El juicio contra los responsables, también radicado en el Tribunal de Angol, debería reanudarse el próximo 27 de octubre tras ser postergado hace medio año por la crisis sanitaria global. Siete son los ex funcionarios de Carabineros acusados por el Ministerio Público, además de un abogado civil. Se les imputa homicidio consumado, homicidio frustrado, apremios ilegítimos, obstrucción a la investigación, falsificación de instrumento público, infidelidad en la custodia de documentos y prevaricación, entre otros delitos. Dos casos judiciales que son noticia mientras redacto estas líneas. Pero los chilenos, tras el Estallido Social, también han pagado un alto costo por su rebeldía. Según un informe del Instituto Nacional de Derechos Humanos, desde octubre de 2019 se han reportado en Chile 490 casos de torturas y vulneración de derechos en manos de Carabineros. Entre ellos, 112 corresponden a casos de violencia sexual. El informe constata, además, 259 casos de heridas oculares, entre ellos Gustavo Gatica y Fabiola Campillay quienes perdieron dramáticamente la vista en ambos ojos. Nada hace suponer que intervenir y reformar Carabineros sea una prioridad para la actual administración. Todo lo contrario. En días recientes un joven manifestante terminó gravemente herido, en el lecho del río Mapocho, tras ser lanzado allí por un efectivo policial desde el Puente Pío Nono. Salvó con vida de milagro. Desatada la polémica, el respaldo
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de La Moneda a los protocolos y la —cito textual— “necesaria y fundamental labor de Carabineros”, fue absoluto. El joven apenas tenía 16 años, misma edad de Alex Lemun al recibir aquel disparo fatal en su cabeza. “Peñi, los abusos de Carabineros se han agravado; ahora cargan por igual contra todos, seamos o no mapuche”, me comentó tiempo atrás un destacado lonko de Malleco. Su observación, cargada de crudo realismo, no deja de ser cierta. Pero de la misma forma que se ha generalizado la violencia y brutalidad policial, también lo ha hecho la solidaridad entre nuestros pueblos. Quizás como nunca antes. De ello trata el momento constituyente que estamos viviendo en Chile. Ad portas de un plebiscito histórico, la oportunidad de zafar de la camisa de fuerza constitucional heredada de la dictadura puede que sí valga el sacrificio. He allí nuestra esperanza. Reescribir juntos, chilenos y mapuche, una nueva Carta Fundamental asomó en 2019 como un desafío democrático de primer orden. Ello podría canalizar pacífica e institucionalmente no solo los anhelos de justicia social de las grandes mayorías de chilenos y chilenas, también las postergadas aspiraciones de justicia, territorio y libertad del conjunto de las primeras naciones que, mucho antes que los descendientes de europeos, hicieron de este bello rincón del continente su hogar. Fuera del proceso constituyente, les soy honesto, no veo a corto y mediano plazo caminos de solución a un conflicto que cada día en Wallmapu recrudece en intensidad y violencia. Coincido en este punto con el realista diagnóstico de varios de los autores y autoras de este libro. Ya leerán también ustedes sus respectivos análisis. Entre ellos, la militarización que persiste en los territorios, la ineptitud —a ratos criminal— de quienes nos gobiernan, el diálogo y la negociación que brillan por su ausencia, y la incapacidad del Estado y sus instituciones para reconocer derechos, reparar el daño causado y transferir poder y competencias a nuestros pueblos. El proceso constituyente, en cambio, nos ofrece una inédita oportunidad de diálogo interétnico con la sociedad no indígena, algo clave si queremos avanzar en un entendimiento mutuo más allá del Estado y sus deficiencias. En momentos en que chilenos y chilenas se cuestionan tantas cosas —los negativos efectos del modelo económico, la mercantilización de derechos sociales, la corrupción política y el abuso de poder— bueno sería invitarlos también a repensar su relación con los pueblos originarios, a deconstruirse de más de un siglo de negación y menosprecio de sus verdaderos ancestros. Ello implica participar, aunar voluntades de cambio, no restarse. La nueva Constitución, plurinacional e intercultural, será la casa grande que heredaremos a las nuevas generaciones. Que sea una ruca donde por fin quepamos todos y todas. Viña del Mar, octubre de 2020.
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introducción
El conflicto en territorio mapuche en el año del Estallido Social Nicolás Rojas Pedemonte1, Constanza Lobos2 David Soto SJ3
El conflicto es constitutivo de toda sociedad y la violencia es el origen histórico de los Estados nacionales. Sin embargo, en diversas latitudes del mundo, y en nuestro continente, los modelos de democracia han logrado consolidar mecanismos institucionales para canalizar buena parte de la conflictividad social. En el territorio chileno y, en especial en territorio mapuche, se ha hecho evidente en las últimas dos décadas la incapacidad de la institucionalidad democrática chilena de sustentar el orden y la convivencia sin vulnerar los derechos humanos en la sistemática represión de la protesta social. En definitiva, la ilegitimidad social del modelo heredado de la dictadura cívico–militar redunda en un ejercicio abusivo del poder y sin autoridad. Toda sociedad moderna enfrenta el desafío de articular la solidaridad, la colaboración y la pacífica convivencia entre actores y territorios diversos, pero el Estado chileno ha reprobado reincidentemente esta tarea. La sostenida escalada del conflicto en territorio mapuche y el reciente Estallido Social no han hecho más que confirmar este fracaso, desestimando, por ejemplo, sucesivas reconvenciones y recomendaciones internacionales en materia indígena. Si bien toda sociedad desarrolla un umbral de tolerancia a determinadas violencias e injusticias, el Pueblo Mapuche y el pueblo chileno han manifestado con suficiente claridad y disrupción que este límite se
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Director el Centro Vives de la Universidad Alberto Hurtado. nrojas@uahurtado.cl Investigadora del Centro Vives de la Universidad Alberto Hurtado. coni.lobos@ug.uchile.cl Investigador asociado del Centro Vives de la Universidad Alberto Hurtado y miembro de la comunidad jesuita de Tirua, Provincia de Arauco. dsotogmz@gmail.com
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ha superado. Solo la clase política chilena y la élite social parecen tolerar y justificar los elevados costos humanos que ha acarreado la prolongación de un modelo profundamente violento, abusivo y socioambientalmente insostenible. Es precisamente esta brecha de ilegitimidad política cubierta con represión y violencias, la que aborda este nuevo número de nuestra colección anual inaugurada hace ya casi un año con el libro “De la Operación Huracán al Comando Jungla”. Esta colección hoy ofrece un segundo número de análisis multidimensional de un conflicto con profundas raíces políticas e históricas. Mientras aquella primera publicación abordó el desarrollo de un año 2018 marcado por los montajes y el asesinato de Camilo Catrillanca, hoy “La Resistencia Mapuche y el Estallido Social en Chile” cubre en sus distintos capítulos los principales procesos e hitos del año 2019, destacando entre ellos, aquel ciclo de movilizaciones conocido como “Primavera Chilena”, “Revuelta”, “Estallido” y “El Despertar de Chile”, entre otros. Esta nueva publicación pretende abarcar todo el último año, pero ineludiblemente presta especial atención en este ciclo de contienda que, por un lado, elevó a escala nacional las demandas por dignidad y justicia y, por otro, amplificó la represión policial y las violaciones a los derechos humanos por décadas institucionalizadas en territorio mapuche. El año 2019 será recordado como parteaguas entre un Chile, aparentemente estable, que gestionaba específicos conflictos locales o sectoriales, a un país movilizado, con su institucionalidad desbordada y atravesado por la represión y la violencia colectiva en sus principales ciudades. Dado este escenario, la presente publicación estudia la conflictividad, las políticas y las principales coyunturas del año reciente respecto a la causa mapuche, pero también analiza con detención lo específico del ciclo del Estallido. Por una parte, se estudia y evalúa el impacto y la proyección política del Estallido y, por otra, su vínculo con la lucha mapuche, ya sea en relación con la dimensión “mapuche” del Estallido, como también con respecto al alcance e impacto real del Estallido en la contienda, las comunidades y organizaciones histórica de Wallmapu. En las calles de las principales ciudades del territorio ondearon numerosas banderas durante el Estallido, pero destacaron cuatro banderas como las más icónicas y recurrentes: una bandera chilena negra con ribetes blancos, y las tres banderas indígenas: la Wiphala altiplánica, la tradicional Wünelfe mapuche y, por sobre todo, la contemporánea Wenufoye, con su carga simbólica y política vinculada al movimiento social mapuche. Así, esta nueva publicación analiza las intersecciones entre la resistencia mapuche y el “despertar de Chile”. Las autoras y los autores, mapuche y no mapuche, que se hacen parte de este número aportan diversas claves de análisis, para entender las conexiones entre la resistencia mapuche y el Estallido, pero también las incógnitas y particularidades que cada lucha particular supone. Nuevamente hemos convocado a expertos y expertas en temáticas relacionadas con la causa mapuche y el conflicto territorial, con el objetivo de brindar un análisis lo más completo y pormenorizado de lo sucedido durante el año pasado. El primero de los capítulos indaga en la política indígena. Por ende, en este apartado se revisan las medidas tomadas desde el Gobierno e implementadas en la agenda del año 2019, de las que se desprenden la continuidad de la militarización en territorio mapuche, la suspensión del proceso de Consulta Indígena y el permanente desencuentro entre los aparatos estatales y las comu-
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nidades. Posteriormente, el segundo capítulo analiza la dinámica de la protesta mapuche, su distribución territorial y sus principales ciclos e hitos, preguntándose en particular sobre el alcance y la expresión que tuvo el Estallido en territorio mapuche. El capítulo tercero aborda la participación política e institucional mapuche, pero —a diferencia del primero— desde el análisis de las acciones que el propio Pueblo Mapuche ha llevado a cabo durante el año 2019, evaluando el despliegue institucional de las demandas mapuche en distintos ámbitos y espacios de poder político y estatal. Especial atención se presta al fracaso del proceso de Consulta Indígena y la contienda institucional durante el desarrollo del Estallido. El cuarto artículo aborda la vulneración de los derechos humanos en el contexto de represión de la protesta social mapuche y, sobre todo, en el marco del Estallido. El siguiente capítulo, estrechamente relacionado con el anterior, expone cómo el sistema judicial termina siendo una arena de disputa política. A partir de la revisión de condenas y formalizaciones, los autores señalan que la contienda desatada en octubre deja en evidencia que la pugna legal se trata de un tablero desnivelado, donde las iniciativas de “judicialización represiva de la protesta” serían más eficaces que las de “protección” y defensa, dados los recursos y esfuerzos que el propio Estado allí deposita. Se describe en este contexto, el desamparo histórico de las comunidades mapuches y hoy, también, el del movimiento popular chileno, frente a un sistema judicial, deviene en un instrumento estatal para el ejercicio de la represión a la ciudadanía. El sexto apartado aborda y evalúa las diversas vinculaciones entre el movimiento mapuche y la “Primavera chilena”. A pesar de que difieren en sus antecedentes históricos —pues el movimiento mapuche es de más larga data que este nuevo movimiento popular ciudadano— el autor deja en claro que existen importantes elementos comunes, tales como el ejercicio del poder desde abajo, una respuesta represiva desde las entidades estatales y el fuerte cuestionamiento a las lógicas coercitivas, al poder político, a las figuras políticas y al modelo neoliberal en general. Consecutivamente, el capítulo 7, sobre derecho internacional, revisa la aplicación e implementación de los derechos colectivos y territoriales del Pueblo Mapuche en Chile. Así, se revisan la evolución de los estándares interamericanos en la materia, para luego dar paso a la revisión de las formas en que organismos internacionales se han pronunciado frente al cumplimiento de los compromisos internacionales contraídos por el Estado chileno en relación a la protección de derechos humanos e indígenas. Por último, se destacan las enormes brechas del marco normativo chileno y los estándares internacionales, con profundos déficits en reconocimiento de derechos políticos y restitución de tierras. El último capítulo temático de esta publicación plantea la necesidad de una mirada feminista decolonial para abordar la realidad de las mujeres mapuche. Expone diversas experiencias de organización de mujeres mapuche en contexto de crisis social. Basadas en relatos de mujeres, las autoras relevan la importancia de la organización comunitaria, de una economía local alternativa y del fortalecimiento del tejido social para la protección de los derechos de las mujeres ante las arremetidas de la violencia extractivita y patriarcal. Finalmente, el libro cierra con dos balances del año y del proceso político desplegado: uno desarrollado desde la perspectiva mapuche y el otro desde la perspectiva chilena. Ambos
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balances, desde enfoques críticos, destacan la complejidad política de traducir la movilización telúrica del 2019 en una nueva relación entre el Estado chileno y el Pueblo Mapuche. Si bien gran parte de esta publicación destaca la dimensión institucional del conflicto, estos capítulos de balance son particularmente iluminadores respecto a los desafíos aún pendientes del proceso decolonizador en curso y el trasfondo ideológico de un conflicto con profundas raíces históricas y, por cierto, también culturales. Los capítulos que componen este libro aportan miradas críticas que reconocen en el Estallido una oportunidad política para el movimiento mapuche, pero también profundos retos. Es que, ciertamente, para que las oportunidades se traduzcan en impacto efectivo, deben primero interpretarse como tal, para luego ser aprovechadas y canalizadas estratégicamente como recursos transformadores en el sistema político. Y es precisamente la proyección política del Estallido la que plantea desafíos mayúsculos para las organizaciones populares chilenas y mapuche movilizadas. Por un lado, se destacan los retos propios del movimiento mapuche y popular chileno, respecto a su fortalecimiento interno y a una potencial articulación entre sí. Y por otro, se alerta sobre las trabas institucionales —jurídicas, pero también políticas— para la construcción de una nueva relación entre Estado y Pueblo Mapuche, basada en el reconocimiento y los derechos colectivos del territorio. Vale identificar aquí a la propia clase política actual como “enclave autoritario” aún remanente y a la ideología colonial que encarna, como una amenaza y potencial cortapisa para la consagración de la democracia de justicia y dignidad demandada en las calles y comunidades. Si algo ha quedado demostrado con el Estallido, tal como lo planteó Alvarado Lincopi en el prólogo el número anterior, es que el debate propuesto hace décadas por el movimiento mapuche acerca del modelo político administrativo y la democracia, hoy se ha abierto y ha escalado territorial y políticamente. Esto evidencia, una vez más, que el impacto del movimiento mapuche no se reduce a su demostrada capacidad de resistencia–disrupción ni al control territorial, pues también se expresa en su efecto democratizador y decolonizador en la discusión pública. Así mismo, el Estallido ha gatillado procesos de deconstrucción identitaria e intersubjetiva invaluables entre los actores implicados que, aun cuando hoy podrían parecer aspectos meramente folclóricos y pintorescos, a la postre podrían redundar en nuevas formas de militancia y reordenamiento de las solidaridades movilizadas. El espiral de oportunidades políticas desatado por el Estallido está en curso y las ventanas de transformación aún abiertas. Las demandas mapuche se han difundido a nuevos actores y escalado a nuevos territorios donde, no solo se han realineados los discursos y los actores, sino además, se ha agotado la tolerancia a la violencia y la injusticia propias de la ilegítima institucionalidad vigente. Creemos que esta nueva publicación, en complemento con el número anterior y con nuestro libro “Mitos chilenos sobre el Pueblo Mapuche” (Ediciones UAH, 2019), contribuye a una comprensión históricamente fundamentada de la conflictividad social en Chile y en Wallmapu. Enfatiza el carácter dinámico del conflicto, sin desconocer su larga data, así como también destaca la importancia de las realidades locales y sus actores, sin desestimar la raíz estructural de las violencias que aquejan al territorio. Estudiar y documentar la interacción entre los actores implicados y los hitos que definen el curso del conflicto, nos parece una tarea ineludible para aportarle realismo y menos romanticismo y épica al
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estudio de una lucha histórica que no lo necesita. El Pueblo Mapuche hoy es sobreviviente de diversas invasiones y despojos territoriales, y esta resistencia es producto de actores y organizaciones concretas que se movilizan activa e interactivamente contra otros actores, instituciones y violencias presentes en el territorio. Así mismo, los costos sociales y humanos, del conflicto y la represión no son el simple efecto marginal de la crisis institucional, sino resultado de interacciones entre los actores y las autoridades implicadas. En esta perspectiva es que esta colección presta particular atención a la dimensión dinámica, local y relacional de la contienda. Continuaremos trabajando en esta colección tal como el Observatorio del Conflicto Social de la Universitat de Barcelona lo hace con su anuario mundial del conflicto, desde hace una década, apostando así por la acumulación de un conocimiento de utilidad para que quienes se movilicen y trabajen por un nuevo marco de relacionamiento entre los poderes del Estado y el territorio mapuche. Confiamos en que la evidencia histórica condensada y sistematizada contribuirá al cambio de rumbo y logrará, a la postre, disuadir a quienes abogan por continuar reprimiendo y convirtiendo —más allá de la caricatura4— a Wallmapu en el “Vietnam” de un Estado chileno reincidente y obstinado en una solución violenta de un conflicto que demanda a gritos una nueva política. En sociedades cada vez más diversas, el conflicto social jamás se podrá descartar o anular, pero sí canalizarse para que sea dinamizador de los territorios y no aniquilador de las oportunidades vitales y de la diversidad ecosistémica. Mientras editamos este libro en plena crisis pandémica —que abordaremos, junto al proceso constituyente, en el próximo número—, se ha potenciado la militarización y la exclusión en territorio mapuche. No obstante, también y, por sobre todo, se ha visibilizado la capacidad que, como pueblo, los mapuche han desarrollado históricamente para ejercer la autonomía y el autocuidado comunitario y, en la práctica, para autosustentar su vida. La sabiduría mapuche y su medicina, como también sus tradiciones e instituciones políticas, se mantienen activas y cada vez más necesarias en un territorio donde el Estado chileno no es garante del bienestar, en particular de la salud y de la pacífica convivencia. Ciertamente, el dinamismo y vigencia del conflicto nos anima a desarrollar esta colección anual, y a invitar a las y los lectores a una buena y crítica lectura.
4 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2020/08/10/diputado-rn-borro-foto-vinculaba-la-cam-trampa-delviet-cong-araucania-vietnam.shtml
Políticas públicas y Pueblo Mapuche: brechas y desafíos para una agenda insuficiente | 17
capítulo 1
Políticas públicas y Pueblo Mapuche: brechas y desafíos para una agenda insuficiente Verónica Figueroa Huencho
Introducción La relación entre el Estado de Chile y los pueblos indígenas ha sido compleja desde el nacimiento mismo del Estado. Si bien en las últimas décadas las demandas de los pueblos indígenas han ido adquiriendo mayor notoriedad en los espacios públicos, la naturaleza de esas demandas es de largo aliento, y abarcan desde aspectos estructurales hasta otros de carácter político y/o administrativo que impactan en su calidad de vida y que inciden, a su vez, en la persistencia de demandas legítimas por la introducción de cambios profundos a las reglas de convivencia. Sin embargo, la solución a dichas demandas difícilmente puede ser abordada en un solo periodo de gobierno, sino que requieren de la identificación de una agenda política con mirada de largo plazo, cuestión bastante compleja de asumir como parte de compromisos a cumplir en cuatro años. Al igual que años anteriores, el año 2019 estuvo marcado por decisiones de política pública que dejaron en evidencia, una vez más, las visiones sesgadas que existen al momento de definir e implementar estas políticas cuando se orientan a los pueblos indígenas, particularmente al Pueblo Mapuche, especialmente cuando se diseñan sin considerar aspectos sociales, culturales, económicos y políticos relevantes para estos pueblos. Por lo tanto, el análisis de estas decisiones no puede ser asumido solo desde una perspectiva occidental, propia de los modelos de Estado–Nación, sino que requiere incorporar la mirada de los pueblos indígenas de manera de diversificar las posibilidades de avance y solución.
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Entre los principales ejes temáticos presentes en la agenda de gobierno en el año 2019, podemos encontrar la continuidad en la estrategia de militarización en zonas mapuche, la aplicación de leyes especiales para resolver conflictos con comunidades mapuche, el avance en el Plan Araucanía y la política de entrega de tierras a través de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.253, entre otros. Sin embargo, uno de los principales temas fue la implementación de la Consulta Indígena para modificar algunos contenidos de la Ley Indígena, lo que suscitó una serie de movilizaciones que decantaron, finalmente, en la suspensión definitiva del proceso, dando cuenta de la falta de entendimiento entre los intereses de los pueblos indígenas y los del Gobierno. En este capítulo analizaremos, desde la perspectiva de las políticas públicas, los contenidos y alcances de estas medidas impulsadas en 2019 y que permiten evidenciar elementos relevantes que tensionan la relación entre el Estado y los pueblos indígenas, pero que pueden servir de base para introducir cambios a los procesos de toma de decisiones, si existe voluntad política para ello. El foco de análisis estará puesto en el Pueblo Mapuche, pues ha sido este quien ha tenido mayor protagonismo en esta agenda. Sin embargo, las reflexiones se abordarán desde una perspectiva integral, pues las soluciones requieren cambios profundos a la institucionalidad existente en Chile para abordar la relación con los pueblos indígenas.
Agenda indígena 2019: principales ejes de las políticas públicas De manera comparativa, no ha existido un cambio sustantivo en las políticas públicas indígenas en las últimas décadas. Más bien, las estrategias han sido de continuidad, lo que ha llevado a los gobiernos a enfrentar, de manera persistente, diferentes hechos que manifiestan el descontento de los pueblos indígenas y las limitantes que aún existen en materia de formulación e implementación de políticas. En ese sentido, el año 2019 estuvo marcado por diferentes hechos que nos permiten identificar las temáticas no resueltas y que se convierten en focos de conflicto de carácter permanente, los que abordaremos a continuación como ejes problemáticos que han requerido alguna respuesta del Estado. Militarización del territorio mapuche El año 2019 comenzó con incidentes entre comunidades mapuche y organismos del Estado. Entre ellos, la toma de la municipalidad de Collipulli5 y la quema de maquinaria agrícola y de puestos de Carabineros en la provincia de Malleco6, los que fueron atribuidos al movimiento mapuche en reclamo por el asesinato de Camilo Catrillanca, ocurrido a manos de Carabineros en noviembre de 20187.
5 https://www.latercera.com/nacional/noticia/desalojo-de-municipio-de-collipulli-termino-con-12-personasdetenidas/479771/ 6 https://www.latercera.com/nacional/noticia/gobierno-endurece-postura-usa-ley-seguridad-del-estado-violencia-laaraucania/468661/ 7 Mayores antecedentes se pueden encontrar en el primer número de esta colección “De la Operación Huracán al Comando Jungla. Anuario del Conflicto en Territorio Mapuche, 2018”. Rojas Pedemonte, N., Lobos C. y Soto, D. (eds.) (2020).
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Esta actuación de Carabineros de Chile dejó en evidencia la precariedad de los sistemas de control y fiscalización de las actuaciones de esta institución del Estado en territorio mapuche, así como la falta de transparencia en sus prácticas y en la aplicación de sus protocolos. De cara a la opinión pública, este hecho aumentó los niveles de desconfianza hacia la institución que ya se habían originado con la denominada “Operación Huracán”8. De hecho, el fiscal regional de La Araucanía, Cristián Paredes, daba cuenta del aumento en un 28% de las causas por delitos vinculados a hechos de violencia rural, algunos de ellos, producto del descontento de las comunidades mapuche por el actuar de Carabineros en los dos casos mencionados. Es así como, según cifras de la Fiscalía Regional, entre noviembre (58) y diciembre (31) de 2018 se registró un tercio de los casos de violencia rural en la zona acumulados a lo largo de ese año (33%)9. Lo anterior ha servido de base para continuar con una política sostenida por los últimos gobiernos de aumentar el contingente de Carabineros y de la Policía de Investigaciones en la Región de La Araucanía. Aun cuando la Ley Nº 19.253 entrega al Ministerio de Desarrollo Social y Familia la coordinación de las políticas públicas de los gobiernos de turno en torno a los pueblos indígenas a través de CONADI, desde mediados del año 2000 se ha privilegiado un tratamiento de las demandas indígenas como parte de una agenda de seguridad, entregando un rol importante al Ministerio del Interior y a sus instituciones encargadas de resguardar el orden y la seguridad pública: Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones (Figueroa, 2014). Esto ha incidido en una serie de medidas que se han intensificado en las últimas décadas, donde se ha aumentado la dotación de personal de estas instituciones en territorios ancestrales y en la denominada “zona roja”, lo que se refleja tanto en las declaraciones del entonces ministro del Interior Andrés Chadwick10, como en los $670 millones invertidos en 11 vehículos policiales en La Araucanía a inicios del 201911. Se trata de una situación compleja, pues mientras se siga entendiendo que la solución es intensificar las medidas de seguridad, se continuará afectando el ejercicio de derechos legítimos de los pueblos indígenas, especialmente de aquellos que se resguardan desde el marco internacional. Los cambios en materia de política indígena han sido graduales, pero con un claro énfasis en la intensificación de las medidas de seguridad en la Región de La Araucanía. Esto da cuenta de la visión que aún prima en las autoridades de Gobierno de distintas coaliciones, y que no ha cambiado en más de 20 años, como se refleja en las decisiones de política pública tomadas durante el año 2019. 8 Op cit. 9 https://www.latercera.com/nacional/noticia/fiscalia-delitos-violencia-rural-la-araucania-subieron-28/475152/ 10 A raíz de diferentes ataques incendiarios atribuidos a comunidades mapuche, señalaba a los medios que “hay más de 15 personas detenidas por estas acciones y hemos ampliado y fortalecido la presencia de la PDI y Carabineros. De hecho, hay más de 208 nuevos carabineros que están redoblando la dotación frente a estos hechos de violencia; y se han iniciado acciones para recuperar terrenos tomados de forma ilegal” (https://www.google.com/search?q=gobierno+endurece+postura+en+la+araucan%C3%ADa+enero+2019&oq=gobiern&aqs=chrome.0.69i59l2j69i57j69i59j0j69i60j69i61j69i60.1551j0j4&sourceid=chrome&ie=UTF-8 ) 11 Presentados el 3 de enero de 2019 por el director de la PDI, Héctor Espinosa. Según explicaron desde el gobierno regional de La Araucanía, “la inversión responde a las solicitudes de las juntas de vecinos, organizaciones sociales y juntas de vigilancia rural, de contar con mayor presencia en terreno de la policía civil”. (https://www.google.com/ search?q=gobierno+endurece+postura+en+la+araucan%C3%ADa+enero+2019&oq=gobiern&aqs=chrome.0.69i59l2j69i57j69i59j0j69i60j69i61j69i60.1551j0j4&sourceid=chrome&ie=UTF-8)
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Aplicación de leyes especiales Otro eje problemático durante el año 2019 se relaciona con la continuidad en la aplicación de leyes especiales para resolver las demandas del Pueblo Mapuche. La Ley Nº 18.314 (o denominada “ley antiterrorista”) ha sido utilizada como mecanismo para judicializar dichas demandas, de manera de disminuir la presión en la agenda política. Esta estrategia no ha dado resultados, sino que, por el contrario, ha sido fuertemente criticada por organismos de derechos humanos, tanto en Chile como a nivel internacional12. Solo consideremos que entre 2001 y 2010 se invocó esta ley solamente para procesar a comuneros mapuche13. Sin embargo, a la fecha solo ha habido un procesamiento por esta ley, el caso de Juan Castro Antipan, quien declaró ser (desde el año 2009) un informante de Carabineros, infiltrado en el activismo mapuche tanto universitario como rural de La Araucanía. Asimismo, reconoció su participación en, a lo menos, cuatro atentados, los que fueron visados por los oficiales de inteligencia policial a quienes rendía periódicos informes en Temuco14. En el año 2019, el Gobierno invocó esta ley antiterrorista al interponer una denuncia ante la fiscalía regional de La Araucanía por una serie de hechos violentos, entre ellos, la quema de maquinaria en el fundo San Antonio, en Lanco, y el ataque a Carabineros de Collipulli, ocurridos el martes 1 de enero. Según fuentes del Gobierno, esto respondería a un llamado hecho por diversos líderes mapuche luego de un gran encuentro en Temucuicui, en el que participaron líderes de diferentes comunidades mapuche, luego del asesinato de Camilo Catrillanca. A esto se sumó el incendio a ocho maquinarias de trabajo forestal en la comuna de Lumaco15. En el caso de los atentados incendiarios, si bien en algunos casos no se ha podido establecer la responsabilidad, personeros del Gobierno, como el ex subsecretario del interior Rodrigo Ubilla16, hicieron una serie de declaraciones que contribuyeron a aumentar los prejuicios en torno al Pueblo Mapuche y sus demandas, como una forma de justificar la aplicación de estas leyes especiales. Como lo evidencian los hechos, la aplicación de la ley antiterrorista ha sido una vía utilizada por el Estado, a través de sus diferentes gobiernos, para enfrentar las demandas políticas que tiene el Pueblo Mapuche. Efectivamente, se ha discutido en diferentes ins12 Amnistía Internacional y la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la aplicación de esta ley afecta el ejercicio de derechos y viola la igualdad ante la ley de los pueblos indígenas. 13 De hecho, fue aplicada por primera vez en democracia contra los lonkos Pascual Pichun y Aniceto Norin, acusados de un ataque incendiario en los fundos San Gregorio y Nancahue, ocurridos en diciembre de 2001. También en el caso del atentado incendiario al Fundo Poluco Pidenco, de propiedad de la empresa forestal Mininco S.A., ocurrido en el mismo mes de ese año (acusando a 10 comuneros mapuche por los hechos) y a 15 mapuche acusados de asociación ilícita terrorista, los que habrían actuado bajo el amparo de la Coordinadora Arauco-Malleco, según la acusación del Ministerio Público. En este contexto se acusaba al líder de la CAM, Víctor Ancalaf, de haber perpetrado ataques incendiarios a maquinarias que desarrollaban faenas en la construcción de la Central Hidroeléctrica Ralco, hechos ocurridos el 29 de septiembre de 2001 y el 3 y 17 de marzo de 2002. Estos casos han sido solo algunos que se pueden señalar. 14 https://www.latercera.com/voces/raul-castro-antipan-el-infiltrado/ 15 https://www.google.com/search?q=gobierno+endurece+postura+en+la+araucan%C3%ADa+enero+2019&oq=gobierno&aqs=chrome.1.69i59l3j69i57j0j69i60j69i61j69i60.1726j0j4&sourceid=chrome&ie=UTF-8 16 Con motivo de la ocurrencia de veinte incendios forestales en la Región de La Araucanía en enero de 2019, donde unas 1.699 hectáreas fueron afectadas por el fuego, el ex subsecretario del interior, Rodrigo Ubilla, señalaba a la prensa: “ Yo diría que algunos de los incendios que se han producido en el último tiempo están asociados al tema de la causa mapuche” (https://www.latercera.com/politica/noticia/ rodrigo-ubilla-ministro-s-del-interior-incendios-del-ultimo-tiempo-estan-asociados-al-tema-la-causa-mapuche/532043/)
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tancias respecto de la naturaleza de las demandas de este pueblo, donde el problema real tiene una base política y no de seguridad interior o de conductas terroristas. El Estado no ha estado a la altura de asumir la solución real a este problema. De hecho, en mayo de 2019 la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenaba al Estado de Chile a cumplir con los estándares internacionales en materia de derechos humanos en el denominado caso Norin Catriman, en donde Aniceto Norín, Pascual Pichún, Víctor Ancalaf, Florencio Marileo, Juan Marileo, José Huenchunao, Juan Millacheo y Patricia Troncoso fueron acusados bajo la ley antiterrorista, dejando sin efecto la resolución de la Corte Suprema. Este hecho es de gran relevancia, pues pone al Estado de Chile en una posición compleja frente a la opinión internacional respecto de la legitimidad en el accionar de diferentes instituciones del Estado frente a las demandas del Pueblo Mapuche17. Demandas por restitución territorial Las demandas del Pueblo Mapuche por restitución territorial volvieron a emerger en el año 2019, dando cuenta de la profundidad de esta problemática y de la necesidad de modificar la legislación vigente en torno a los mecanismos establecidos para la restitución de tierras. La mayoría de los hechos reseñados en el apartado anterior dicen relación con la lentitud que aún existe en la devolución de territorio ancestral, cuestión sustantiva para la mayoría de las comunidades mapuche. Una revisión de esta temática durante 2019 da cuenta de que, ya desde enero, las demandas de tierras fueron foco de conflicto al publicar la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) un informe con un catastro, señalando que las reclamaciones de las comunidades mapuche se centraban en 66 predios forestales en la Región de La Araucanía, los que, a su juicio, corresponderían a casi 30 mil hectáreas18. Esto llevó a implementar una mesa de negociación entre empresas forestales, CONADI y representantes de distintas comunidades mapuche, de manera de encontrar soluciones en el marco de lo establecido en la Ley Nº 19.25319. Uno de los principales problemas existentes deriva de las inconsistencias entre las cifras manejadas por las comunidades mapuche, las empresas forestales y la misma CONADI respecto a la magnitud de las tierras que deben ser restituidas a las comunidades a través de los títulos de merced. De acuerdo con las empresas forestales, la cantidad de tierras que 17 Mayores antecedentes se pueden encontrar en el capítulo de Nancy Yáñez incluido en este mismo libro. 18 https://www.latercera.com/nacional/noticia/la-araucania-traspaso-tierras-divide-actores-la-region/493430/ 19 La que establece en su artículo Nº 20, inciso b), que se destinarán fondos para financiar mecanismos que permitan solucionar los problemas de tierras, en especial con motivo del cumplimiento de resoluciones o transacciones judiciales o extrajudiciales relativas a tierras indígenas, para dar soluciones sobre litigios de tierras indígenas o transferidas a los indígenas. Lo anterior se financiará con recursos aprobados año a año en la ley de presupuestos de la CONADI para el Fondo de Tierras y Aguas Indígenas (creado en esta misma ley), el que, en su aspecto central, se refiere a la solución de litigios sobre tierras entre personas indígenas, comunidades indígenas y particulares, provenientes de títulos de merced o reconocidos por títulos de comisario u otras cesiones o asignaciones hechas por el Estado a favor de los indígenas. Al año 2017, el Estado de Chile había invertido más de $454 mil millones (USD 732 millones) en tierras (entre 1996 y 2016) en cuatro regiones del sur del país: $354 mil millones en La Araucanía, $48 mil millones en Biobío, $26 mil millones en Los Ríos, $25 mil millones en Los Lagos, y donde un 22% de la compra de tierras se efectuó fuera de la Región de La Araucanía. De acuerdo con el registro del año 2018, a la fecha se ha entregado un total de 412 tierras a 505 familias indígenas en las regiones del Biobío, La Araucanía y Los Ríos, por un total de $789.009.945 (ver https:// www.emol.com/noticias/Nacional/2018/01/20/891947/Costo-de-tierras-compradas-por-Conadi-para-grupos-mapuches-crecio-12-veces-en-23-anos.html ).
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se superponen con títulos de merced concedidos mediante leyes del siglo XIX ascienden a 3.706 hectáreas. Sin embargo, de acuerdo con las cifras de CONADI, que consideran las solicitudes ingresadas a la institución, las reclamaciones de las comunidades mapuche serían de 30.000. Finalmente, estas cifras distan de las magnitudes planteadas por las propias comunidades, quienes han señalado que estas ascienden a más de 150.00020. De acuerdo con cifras de 2019, la mayoría de las tierras reclamadas por las comunidades mapuche están en manos de empresas forestales, las que poseen más de 280 mil hectáreas de las 435 mil hectáreas que existen en la Región de La Araucanía. El holding CMPC, de acuerdo con sus propios informes, posee 170 mil hectáreas en esta región. La empresa Arauco, por su parte, posee unas 35 mil hectáreas. CONADI, a partir de esta mesa de negociación, ha señalado que la compra de tierras, en el marco de los acuerdos que puedan surgir, debe responder a ciertos criterios21: • no se comprarán predios que hayan sido perturbados, que estén en toma o con historias de violencia; • se deberá priorizar comunidades que no tengan compras anteriores; y • se privilegiará la antigüedad de los reclamos de tierras de las comunidades22. Lo anterior, además, se ve presionado por los recursos de los que dispone la institución para enfrentar las demandas por compra de tierras donde, según cifras de 2019, el Fondo de Tierras y Agua disponía de $74 mil millones, lo que obliga a adquisiciones graduales y parceladas y donde el precio promedio que se ha pagado es de $2,8 millones por hectárea. No se debe olvidar que la especulación ha sido uno de los efectos negativos del sistema de compra de tierras. Un ejemplo: mientras que en 1994 se pagaba por los predios en conflicto un precio aproximado de $146.000 por hectárea, al año 2000 se estaban pagando, en promedio, cerca de $1.200.000 por hectárea, es decir, el precio había aumentado casi seis veces (Figueroa, 2018). En síntesis, la demanda territorial constituye un aspecto abordado de manera limitada desde las políticas públicas, especialmente por las restricciones que la misma Ley Nº 19.253 define en esta materia. Mientras para el Estado se trata de cuantificar espacios de tierra, principalmente porque la legislación no reconoce la existencia de “territorios indígenas”, para el Pueblo Mapuche se trata de un sustento vital para la supervivencia material e inmaterial. Mientras no exista un cambio en la perspectiva con la que se valoran las culturas indígenas, o mientras exista una visión productiva de la tierra y de su explotación, seguirán existiendo inconsistencias que harán difícil la formulación de políticas. Proceso de Consulta Indígena Uno de los principales ejes de las políticas indígenas en el año 2019 fue la implementación de la Consulta Indígena23, con el fin de modificar algunos aspectos de la Ley Nº 19.253, la que se inició el 22 de mayo de 2019, fundamentándose en lo establecido en el artículo 6 20 https://www.google.com/search?q=las+empresas+forestales+se+sientan+a+la+mesa+2019&oq=las+empr&aqs=chrome.0.69i59j69i57j0l3j69i60l3.1993j0j4&sourceid=chrome&ie=UTF-8 21 http://www.primeranota.cl/web/region/los-predios-que-ofrecen-vender-las-empresas-forestales/ 22 https://www.latercera.com/nacional/noticia/los-predios-ofrecen-vender-las-empresas-forestales/757534/ 23 Liderada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a cargo del ministro Alfredo Moreno.
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del Convenio 169 de la OIT24. Este proceso de consulta se enmarcó, asimismo, en la política iniciada en septiembre del año 2018 denominada “Acuerdo Nacional por el Desarrollo y la Paz en La Araucanía – Plan Impulso Araucanía”, la que tenía un foco principal en la Región de La Araucanía, donde se concentra gran parte de las acciones reivindicatorias de comunidades mapuche. Si bien esta política fue ampliamente criticada por no haber sido sometida a consulta, esta vez se entendió que la no implementación de ese proceso en la nueva consulta contravenía de manera grave lo estipulado en el Convenio 169 de la OIT, pues se buscaba proponer una modificación a la Ley Nº 19.253 que afectaría a todos los pueblos indígenas, siendo deber del Gobierno implementar una consulta a nivel nacional. Esta consulta constaba de 11 puntos que afectaban, principalmente, el artículo 13 de la Ley Nº 19.253, el que señala la protección de las tierras indígenas, las que “no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas, ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas indígenas de una misma etnia”. Este artículo también señala que estas tierras no podrán ser arrendadas, dadas en comodato, ni cedidas a terceros en uso, goce o administración, en el caso de que los titulares sean comunidades. Sin embargo, podrán serlo, solo por un plazo no superior a cinco años, en el caso de las de propiedad individual. Además, solo podrán permutarse por tierras de no indígenas de similar valor, con la autorización de CONADI, las que se considerarán tierras indígenas, desafectándose las primeras. Los 11 puntos que buscaban ser sometidos a consulta en este proceso eran: 1. Posibilitar a las comunidades indígenas recibir o generar títulos individuales de dominio. 2. Permitir que el derecho real de uso y derecho real de goce puedan constituirse en título individual de dominio. 3. Eliminar la restricción de subdivisión mínima de tres hectáreas, aplicándose las reglas generales de subdivisión. 4. Permitir la venta de tierras indígenas entre indígenas a partir de los cinco años contados desde su entrega. 5. Reglamentar el mecanismo de permuta de tierras indígenas para clarificar y precisar sus condiciones. 6. Permitir la realización de contratos de arriendos, comodatos o medierías en tierras indígenas por un plazo de hasta 25 años. 7. Permitir mecanismos alternativos y voluntarios de reparación a los problemas de tierras indígenas. 8. Permitir el acceso a beneficios asociados a la calidad indígena solamente a personas con calidad indígena adquiridas por el artículo 2, letras a) y b) de la Ley N° 19.253. 9. Mayores requisitos para la constitución de nuevas comunidades indígenas.
24 Ésta establece la obligatoriedad de los gobiernos a: i) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; ii) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población y a todos los niveles, en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan; y iii) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos y, en los casos apropiados, proporcionar los recursos necesarios para este fin”.
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10. Permitir que las asociaciones indígenas puedan ser constituidas por un mínimo de dos integrantes. 11. Permitir que las asociaciones indígenas puedan postular al Fondo de Desarrollo Indígena. Sin embargo, desde un inicio, este proceso fue rechazado por la mayoría de los pueblos indígenas, impidiendo su realización, negándose a participar o tomando por la fuerza los recintos destinados a la realización de los talleres. Entre los fundamentos para ello se encontraban que no se contaba con toda la información para participar del proceso, las propuestas del ejecutivo no estaban disponibles en la página de la consulta para poder ser revisadas y no existían garantías de que los acuerdos o consentimientos logrados fueran vinculantes, es decir, que fueran respetados por el Estado al someter la modificación de la ley al trámite legislativo de rigor25. Entre las principales críticas que se hicieron es que la mayoría de estas propuestas se centraban en lo económico, donde las primeras siete medidas se referían a los títulos de dominio de tierras indígenas y la posibilidad de arrendarlas, propiciando el debilitamiento de la propiedad colectiva y favoreciendo la inversión económica de terceros no indígenas. Por otra parte, se argumentó que las medidas proponían una división de la propiedad de la tierra que sería entregada a título personal, lo que contraviene la cosmovisión de los pueblos indígenas. En ese contexto, la Asociación de Municipalidades con Alcalde Mapuche (AMCAM), luego de una serie de incidentes entre comuneros de distintas localidades de las regiones del Biobío y La Araucanía con funcionarios del Gobierno a cargo de la consulta, pidió su suspensión señalando que “la realización del proceso de consulta en un clima hostil evidencia la polarización que genera y que su contenido no ha sido socializado debidamente con las comunidades”26. Finalmente, debido a todos estos problemas, en noviembre de 2019, el nuevo ministro de Desarrollo Social, Sebastián Sichel, anunció la suspensión definitiva del proceso de consulta a través de una minuta interna27. Lo anterior da cuenta de la necesidad de considerar los derechos consagrados en la normativa internacional respecto de la obligatoriedad de los Estados de consultar a los pueblos indígenas las medidas que les afecten. En ese sentido, si bien Chile ha ratificado el Convenio 169 de la OIT en el año 2008, los procesos de consulta implementados a la fecha han sido criticados por las comunidades por no cumplir con los estándares apropiados, la buena fe y la disponibilidad de información. Por lo tanto, las políticas públicas deben adecuarse a estos requerimientos no solo como una obligación, sino como un marco para avanzar hacia una institucionalidad que no contravenga los derechos de estos pueblos.
25 https://www.noticiaslosrios.cl/2019/05/28/que-es-la-consulta-indigena-y-por-que-su-rechazo/ 26 https://www.latercera.com/nacional/noticia/la-consulta-indigena-los-pueblos-no-quieren/696810/ 27 Donde señalaba que “habiéndose analizado la oportunidad y conveniencia de continuar adelante con el procedimiento de Consulta Indígena antes mencionado, y en virtud del artículo 61 de la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, que permite la revocación de los actos administrativos a los órganos que los hubieren dictado, esta secretaría de Estado ha decidido revocar la Resolución Exenta N° 241, de 2019, del Ministerio de Desarrollo Social, poniendo término al procedimiento de Consulta Indígena iniciado en el mes de abril del presente año” (https://www.latercera.com/politica/noticia/gobiernocancela-definitivamente-consulta-indigena-medio-crisis-ad-portas-conmemoracion-muerte-catrillanca/899770/) Mayores antecedentes sobre este proceso de consulta y la conflictividad desatada se pueden encontrar en el capítulo de Víctor Tricot y German Bidegaín incluido en este mismo libro.
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Avances, desafíos y brechas de las políticas indígenas en Chile En el caso de Chile, los pueblos indígenas se han convertido en un importante actor social y político que ha presionado por cambios en las políticas públicas y por el reconocimiento efectivo de sus derechos, muchos de los cuales han sido recogidos en pactos y convenios internacionales ratificados por el Estado de Chile en las últimas décadas. El análisis de las principales problemáticas surgidas en el año 2019 permite evidenciar que la política indígena continúa siendo un ámbito problemático en las agendas de los gobiernos, donde no ha existido voluntad o capacidad para comprender el verdadero alcance de sus demandas, las que provienen de un sector de la población que no solo representa culturas diferenciadas, sino que, además, está compuesta por sujetos de derechos específicos. De esa manera, mientras no existan avances sustantivos en esta materia, las reclamaciones de estos pueblos continuarán, especialmente porque no se respetan sus derechos legítimos, cuestión que ha sido visibilizada por diferentes organismos internacionales. Si bien la promulgación de la Ley Nº 19.253 en el año 1993 significó un importante hito al establecer normas específicas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y al crear la institucionalidad encargada de la implementación de las políticas indígenas, la CONADI (vigente hasta nuestros días), no ha implicado cambios sustantivos en el reconocimiento de derechos políticos. En efecto, el Estado de Chile no ha reconocido constitucionalmente a los pueblos indígenas que se encuentran en su territorio. Tampoco existe el estatus jurídico de “pueblo” para ellos, pues la ley vigente les entrega el estatus de etnias, limitando el ejercicio de derechos recogidos en las normas internacionales, entre otros elementos. Todo esto ha incidido en la situación de marginación y exclusión que aún siguen experimentando. De acuerdo al Censo 2017, 12,8% de la población del país se considera perteneciente a algún pueblo indígena, de los cuáles 79,8% se reconoció como mapuche, 7,2% aymara, 4,1% diaguita, 1,5% quechua, 1,4% lickanantay, 0,9% colla, 0,4% rapa nui, 0,2% kawésqar y 0,1% yagán. En el caso de la pobreza indígena, la Encuesta CASEN 2015 mostró que el 18,3% de la población indígena es pobre, mientras que dentro de la población no indígena, esta cifra corresponde a un 11%. Relacionado con lo anterior, otros estudios dan cuenta del empobrecimiento de estos pueblos, especialmente en las denominadas Áreas de Desarrollo Indígena (la mayoría ubicadas en la Región de La Araucanía), donde la pobreza de la población mapuche es de un 24,34 %. Más recientemente, esta misma encuesta aplicada en el año 2017, indicó que 19,8% de la población en territorio chileno era pobre multidimensionalmente, mientras que entre el Pueblo Mapuche esta cifra ascendía a 30,8%. Respecto de las lenguas indígenas, si bien desde el año 1996 existe un Programa de Educación Intercultural Bilingüe, existe una pérdida progresiva de estas. Un 78,6% de la población indígena no habla ni entiende su lengua, siendo esto particularmente grave en los menores de 14 años, donde un 88,6% se encuentra en esa condición (CASEN 2015). En salud, por su parte, un estudio del Ministerio de Salud (MINSAL) de 2016, muestra tasas mayores de mortalidad infantil en población indígena a partir de una muestra de 11 consultorios en diferentes comunas con alta población indígena. Las problemáticas que enfrentan los pueblos indígenas son multidimensionales y resulta de particular atención la que vive el Pueblo Mapuche. Este pueblo no solo es mayo-
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ritario, sino que ha protagonizado la mayoría de las acciones de reivindicación que han tenido como respuesta acciones sesgadas desde los espacios de política pública. Son finalmente sus comunidades las principales destinatarias de las decisiones de militarización del territorio, de aplicación de leyes especiales y de proyectos de extracción que afectan el territorio y sus ecosistemas, entre otros. Es por ello que la política indígena ha tendido, en las últimas décadas, a focalizarse en este pueblo, derivando también en un enfoque restringido respecto de la propia diversidad que tienen los pueblos indígenas. En este sentido, el análisis de las brechas y los desafíos que aún persisten en la política indígena deben ser abordados desde una perspectiva sistémica, que considere aquellas demandas de carácter estructural que implicarían cambios profundos al modelo de Estado actual y a la distribución y ejercicio del poder, hasta otras que se encuentran en el ámbito de la institucionalidad política necesaria para representar de mejor forma los intereses de estos pueblos. Y finalmente, aquellas demandas que se encuentran en un nivel administrativo, principalmente, la generación de programas o proyectos específicos, y que han sido el foco de las acciones de política pública en los últimos años. A continuación, analizaremos estas tres dimensiones (estructural, política y administrativa) de manera de aportar elementos para una discusión en torno a los temas pendientes, pero también en aquellas temáticas que deberían ser incorporadas a la agenda nacional. Brechas y desafíos en el ámbito estructural Las movilizaciones surgidas desde el 18 de octubre del año 2019 no solo evidenciaron las desigualdades que existen en nuestra sociedad, sino también aquellas que de manera específica han afectado y afectan a los pueblos indígenas. Es así como desde la marcha masiva del 25 de octubre, hasta otras que se fueron produciendo en fechas posteriores, la bandera mapuche tuvo un protagonismo importante, convirtiéndose en un símbolo de resistencia no solo del Pueblo Mapuche, sino como una forma de representar el descontento de toda la sociedad chilena28. De esa manera, la discusión en torno a la reforma constitucional también incorporó la dimensión de las demandas de los pueblos indígenas, donde la idea de avanzar hacia un Estado plurinacional se ha convertido en un ámbito que ha concitado gran interés. Como ha expresado el historiador Fernando Pairican “la república de Chile vive un momento constituyente. Como en pocas ocasiones, la posibilidad de desmantelar el republicanismo homogéneo ha develado la oportunidad de pensar en un nuevo tipo de Estado que aspire a que las naciones originarias sean portadoras y sujetos de derecho al interior de la democracia chilena”29. Es que, por siglos, el modelo de Estado–Nación ha privilegiado la prevalencia de una cultura occidental chilena por sobre los pueblos indígenas. Esto sirvió de base para la consolidación de un proyecto de nación homogénea y para la generación de mecanismos uniformes y centralizados de participación y representación de los intereses ciudadanos. De esa manera, no solo se configuró un espacio estandarizado de interrelaciones, sino que se consolidó una visión negativa de lo indígena, siendo asociado a la 28 https://interferencia.cl/articulos/el-protagonismo-de-la-bandera-mapuche-en-la-gran-marcha-un-simbolo-politico-de-las 29 https://ciperchile.cl/2019/12/20/estado-plurinacional-el-debate-mapuche-actual/
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pre–modernidad y al subdesarrollo, donde su forma de vida no concordaba con los ideales de la nación que se buscaba instalar (Figueroa, 2014). Esto dio lugar a un diseño de Estado y de sociedad sin los pueblos indígenas, donde la igualdad sirvió de sustento para la homogeneización de los sistemas de representación política, pero también para la utilización y ocupación de los espacios públicos y de poder. En Chile, la idea de una sola nación ha significado la adopción de un solo modelo cultural, jurídico, político e incluso (hasta antes de 1925) religioso, y que se tradujo en una concepción centralista del ejercicio del poder. El reconocimiento de la plurinacionalidad del Estado es un ámbito estructural que implicaría un cambio sustantivo en la forma en la que se formulan e implementan las políticas de pueblos indígenas en nuestro país. Sin embargo, no ha sido objeto de atención de los actores políticos en las últimas décadas. En el año 2018, el senador Francisco Huenchumilla presentó un proyecto de reforma constitucional para el reconocimiento de la plurinacionalidad en Chile, el que no tuvo el apoyo necesario para avanzar en el poder legislativo, siendo una de las propuestas más acabadas que se han presentado a la fecha30. Ningún Gobierno ha incluido en sus programas o iniciativas la posibilidad de avanzar hacia un Estado plurinacional, siendo una demanda planteada más bien desde la ciudadanía, por lo que cabrá esperar el desarrollo del proceso constituyente para evaluar cómo avanzará esta demanda. Relacionado con lo anterior, también se encuentra el reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas, cuestión que no ha sido considerada en ninguna de las Constituciones que el Estado de Chile ha tenido hasta ahora. En el año 2015, a partir del proceso constituyente llevado a cabo en el Gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2014– 2018), se realizaron una serie de encuentros específicos para los pueblos indígenas, cuyos resultados mostraban las demandas más relevantes para ellos: cambio constitucional con reconocimiento de los pueblos originarios, la definición del Estado chileno como uno plurinacional y el respeto a los tratados internacionales ratificados por Chile, así como la no aplicación de la ley antiterrorista31. De esa forma es posible evidenciar que las problemáticas que surgieron durante el año 2019 responden a demandas insatisfechas y sentidas de la población indígena, entre ellas, el Pueblo Mapuche. La propuesta de reforma constitucional para el reconocimiento de los pueblos indígenas que surgió de este proceso fue claramente insuficiente. En ella se señalaba que el Estado se comprometía a respetar la integridad, derechos y cultura de los pueblos indígenas y reconocía las distintas formas de educación indígena. Sin embargo, no se hacía referencia a la libre determinación, autonomía, derechos territoriales o la plurinacionalidad, entendiendo a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena. Desde esa fecha, no se ha avanzado en esta materia, y la agenda del Gobierno actual tampoco se ha hecho cargo de esta demanda. En una reunión sostenida en La Moneda el 14 mayo de 2019, con diputados y senadores de diferentes partidos, el presidente Sebastián Piñera señalaba que “estamos conversando para encontrar acuerdos para incorporar el reconocimiento constitucional de nuestros
30 “Proyecto de reforma constitucional que reconoce la plurinacionalidad y los derechos de los pueblos indígenas” (Boletín N° 11.873-07). 31 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-los-lagos/2017/06/06/presentan-los-resultados-del-procesoconstituyente-indigena-desarrollado-en-osorno.shtml
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pueblos originarios en nuestra Constitución” y que “este es un tema, un problema y una oportunidad; se arrastran durante décadas y siglos, estamos conscientes. Por eso, no podemos dejar pasar un minuto más”32. Por otra parte, en la cuenta pública del año 2019, el presidente señalaba que impulsará “el reconocimiento constitucional de nuestros pueblos originarios, sin debilitar la unidad de nuestra nación”33. Tal como se ha señalado, no ha habido ningún avance. El reconocimiento constitucional podrá ser discutido e incorporado en la discusión en torno a la nueva Constitución que se llevará adelante este año, pero se trata de una cuestión aún incierta. Lo anterior se relaciona, asimismo, con otros derechos importantes para el Pueblo Mapuche que han estado presentes en los trawün (encuentros) realizados en el año 2019, donde destaca el realizado el 2 de noviembre en el sector de Kowilew con comunidades mapuche de Temuco, con la participación de diferentes líderes y lideresas de estos territorios, quienes acordaron los puntos mínimos a ser recogidos en una nueva Constitución. Entre ellos: a) Nueva Constitución plurinacional, donde se reconozca a las múltiples naciones que componen este Estado. b) Reconocimiento histórico del despojo e invasión del territorio mapuche. c) Derecho al autogobierno y autonomía. d) Retiro de las forestales en Wallmapu. e) Educación mapuche y administración propia. f) Escaños reservados para el Pueblo Mapuche. g) Desmilitarización del Wallmapu. h) Que los convenios internacionales y procesos de consulta y participación sean vinculantes. Estas demandas son coincidentes con aquellas que se han planteado a lo largo de las últimas décadas por el Pueblo Mapuche y su movimiento social, y que supone el reconocimiento de derechos culturales, económicos y lingüísticos, entre otros. De las demandas señaladas hay dos que también emergieron con fuerza durante el año 2019 y que no han sido abordadas desde las políticas públicas. Una de ellas es el derecho a la autonomía y a la libre determinación. La libre determinación como derecho humano se consagra en dos pactos internacionales de derechos humanos fundamentales, adoptados por la ONU en 1966: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, además del Convenio 169 de la OIT. Todos, instrumentos ratificados por el Estado de Chile. En ese sentido, el nuevo proceso constituyente también permite repensar cómo ejercer este derecho desde la realidad que tienen los pueblos indígenas en la actualidad, donde producto del despojo territorial se nos ha limitado la idea de una real autonomía. El otro es el de los escaños reservados, especialmente en la representación en el Congreso, de manera de asegurar la participación de los pueblos indígenas en el proceso legislativo a través de mecanismos que respeten sus propias institucionalidades ancestrales y de elección de representantes. De hecho, en una encuesta realizada por el Laboratorio 32 https://prensa.presidencia.cl/discurso.aspx?id=95630 33 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2019/06/01/la-araucania-pinera-reitera-firmezacontra-terrorismo-y-mas-reconocimiento-a-pueblos-originarios.shtml
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Constitucional de la Universidad Diego Portales en marzo de 2019, un 66% de los encuestados favorecía la idea de establecer escaños reservados para pueblos indígenas en el Congreso. Sin embargo, dado que esa alternativa no avanzó, el proceso de reforma constitucional ha permitido que se discuta la disponibilidad de escaños reservados en la integración de la Convención Constituyente. Este proyecto fue aprobado el 19 de diciembre en la Cámara de Diputados sin acuerdo respecto de la proporcionalidad de estos34. El análisis de esta dimensión estructural resulta, por tanto, importante para señalar que es aquí donde debe existir una voluntad real del Estado por avanzar en el reconocimiento de los pueblos indígenas, pues se convierte en un paraguas fundamental que orientará la formulación e implementación de políticas públicas. Sin embargo, dado que se trata de cambios profundos que requieren, a su vez, de cambios culturales de mediano y largo aliento, hasta el día de hoy se carece de voluntad política por parte de los tomadores de decisión por focalizar acciones en este ámbito. Brechas y desafíos en el ámbito político–institucional El ámbito de la institucionalidad es otra dimensión donde las políticas públicas indígenas han sido insuficientes, lo que podría atribuirse a las limitantes estructurales a las que hacíamos mención anteriormente. Esto incide en las posibilidades de innovar en este ámbito, donde han sido los ideales de la república y de la democracia liberal los privilegiados para la definición de las normas y leyes que han regido la convivencia social y, por tanto, también a los pueblos indígenas. Dado que no existe reconocimiento constitucional, los derechos que buscan hacer exigibles los pueblos indígenas se ven obstaculizados. El reconocimiento de la existencia de una sola nación y la afirmación de que la soberanía recae en ella, ha servido para limitar la búsqueda de sistemas de participación que consideren las prácticas territoriales, culturales o políticas particulares de estos pueblos, en particular del Pueblo Mapuche. Por otra parte, Chile se ha caracterizado por ser un Estado unitario, con un alto nivel de centralismo político y con una concentración importante de poder a nivel presidencial, el que posee atribuciones legislativas y poderes exclusivos (Mainwaring y Shugart, 2002). Esa centralización del poder ha limitado el desarrollo de normas que permitan un reconocimiento apropiado de los pueblos indígenas, buscando, más bien, su asimilación a la nación chilena. Tampoco han existido sistemas federados o descentralizados de ejercicio del poder que permitan el desarrollo de algún nivel de autonomía territorial para este pueblo. Entre las principales limitantes en este ámbito podemos encontrar el escaso avance en materia de institucionalidad indígena y reconocimiento de derechos. La Ley Nº 19.253 de 1993 que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas no reconoce la existencia de pueblos indígenas u originarios con preexistencia al Estado de Chile. Si bien en su artículo 1 señala que “El Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiem34 Por su parte, el 20 de enero de 2020, la Comisión de Constitución, legislación, justicia y reglamento del Senado aprobó la idea de legislar el proyecto de reforma constitucional para reservar “escaños a representantes de los pueblos originarios en la integración del órgano constituyente que se conforme para la creación de una nueva Constitución política”, lo que aún no ha sido aprobado por la Sala del Senado. Ver https://www.senado.cl/respaldo-unanime-a-reforma-queestablece-escanos-reservados-para-pueblos/senado/2020-01-20/152304.html
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pos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura”, a continuación indica que estas tendrán el carácter de “etnias”, diferenciadas cultural y lingüísticamente respecto de la población nacional, pero sin un estatus legal que reconozca sus derechos en cuanto pueblo. Con ello se desconocen una serie de derechos que ampara la normativa internacional y que incidirá en aspectos como la autodeterminación, el autogobierno, así como el ejercicio de derechos políticos y de representación, los que se ven limitados en una política de este tipo. La ley, más bien, entiende a estas “etnias” como grupos a los que se debe proteger sin darles un lugar estratégico en definiciones de carácter político. Es así como la ley, en su artículo 1, inciso 3, señala que “es deber de la sociedad en general, y del Estado en particular, respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades”. Junto con lo anterior, la Ley Nº 19.253 creó la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) como un organismo público dependiente del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, encargado de promover, coordinar y ejecutar la acción del Estado en favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas en lo económico, social y cultural, así como de impulsar su participación en la vida nacional. De esa forma, se generó una figura compleja, pues no se crea una institución que formule políticas públicas, sino una que solo actúa como ente coordinador de las decisiones de los gobiernos de turno. La formulación queda depositada en diferentes ministerios sectoriales con dificultades para identificar las demandas de estos pueblos, pues no son destinatarios directos de sus respectivos ministerios. El principal desafío en este ámbito es avanzar en la creación de institucionalidad que permita, al menos, fortalecer la centralización en la formulación de políticas públicas indígenas, a través de la creación del Ministerio de Pueblos Indígenas y el Consejo de Pueblos indígenas, ambos aún en discusión en el Congreso Nacional. En enero del 2016 se ingresó el proyecto de ley que crea el Ministerio de Pueblos Indígenas35 al Senado36, sin embargo, a la fecha este proyecto no ha avanzado, encontrándose actualmente en segundo trámite constitucional en el Senado. Si bien en su discurso de cuenta anual del año 2019, el presidente Sebastián Piñera señalaba que un pilar de su Gobierno sería “reconocer, valorar y promover la cultura, historia, tradiciones, lenguaje y cosmovisión de nuestros pueblos originarios, a través de la creación del Ministerio de Pueblos Indígenas y el Consejo de Pueblos Indígenas, y una consulta para perfeccionar la Ley Indígena”, luego de cuatro años de discusión legislativa esto no se ha concretado. Misma suerte ha corrido la creación del “Consejo de los Pueblos Indígenas”37, ingresado a la Cámara de Diputados el 11 de enero de 201638, encontrándose actualmente en su se35 El proyecto de ley señala que su objetivo es crear “una Secretaría de Estado encargada de colaborar con el(la) Presidente(a) de la República, en el diseño, coordinación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a promover y fortalecer los derechos de los pueblos indígenas, su desarrollo económico, social y cultural, procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria contra los pueblos, comunidades y personas indígenas”. 36 A través del boletín N° 10.525-06 a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización. Sin embargo, la discusión sobre la nueva institucionalidad estuvo cuatro meses detenida sin tramitación, lo que llevó al Gobierno a retirar del Senado la iniciativa para poder reponerla en la Cámara, lo cual finalmente realiza el día 17 de mayo de 2016, a través del boletín Nº 10.687-06. 37 Tal como se señala en el proyecto, su objetivo es “crear un Consejo Nacional de los Pueblos Indígenas y los Consejos de Pueblos, para efectos de generar instancias de representación de los intereses, las necesidades y los derechos colectivos de los pueblos indígenas ante los organismos del Estado”. 38 A través del boletín N° 10526-06.
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gundo trámite constitucional en el Senado. En términos generales se busca crear consejos de cada uno de los nueve pueblos indígenas, como “entidades autónomas, representativas, participativas y de consulta” ante los organismos del Estado, los que se regirán por ley y por normas internas, que deberán conservar los valores tradicionales de cada pueblo. Además, establece la creación del “Consejo Nacional de Pueblos Indígenas”, entidad autónoma, participativa y de consulta, que abordará materias que afecten a todos los pueblos indígenas. Por lo tanto, el marco legal y normativo de los pueblos indígenas requiere una actualización a la luz de los avances que existen en esta materia en el ámbito internacional, resguardado el derecho a consulta de estos pueblos y propendiendo a la creación de espacios de representación apropiados a democracias modernas, caracterizadas por la diversidad de sus sociedades. Se hace urgente, asimismo, avanzar en la creación de institucionalidad que permita formular políticas públicas indígenas a través de un ministerio que cuente con las prerrogativas para ello, que pueda centralizar la toma de decisiones y actuar al más alto nivel político. Brechas y desafíos en el ámbito administrativo Finalmente, es posible evidenciar que la mayoría de los esfuerzos de los gobiernos han estado focalizados en el ámbito administrativo, especialmente a través de la adecuación de ciertos espacios dentro de la misma burocracia pública con planes o programas específicos para los pueblos indígenas. Iniciativas que, finalmente, no tienen un efecto importante en la promoción de nuevas formas de interrelación o de posicionamiento de estos pueblos en los espacios de toma de decisiones. Se trata, por lo tanto, de uno de los ámbitos con mayor desarrollo en las últimas décadas porque no significa, necesariamente, costos políticos. Como se ha señalado, el año 2019 marcó la continuidad de la política “Acuerdo Nacional por el Desarrollo y la Paz en La Araucanía – Plan Impulso Araucanía”, donde existió un énfasis en el ámbito económico que buscaba el aumento de la inversión privada y pública en la Región de La Araucanía. Este plan, anunciado en 2018, consideraba una cartera inicial de 491 proyectos de inversión pública a desarrollarse en un periodo de ocho años. Esta cartera de proyectos de inversión equivale a un aporte de cerca de USD 8.043 millones para el periodo 2018 a 2026, es decir, un promedio de inversión de USD 894 millones por año. Solo para el año 2019, este esfuerzo de priorización implicaría un incremento de 35% de los recursos dispuestos para inversión en la región respecto del año 2018, pasando de USD 695 millones a USD 940 millones. En mayo de 2019, en la presentación de la agenda legislativa indígena, el presidente Sebastián Piñera señalaba que el Plan Araucanía había permitido el crecimiento de la región “en un 6,5%, creó 12.500 nuevos empleos y logró reducir la tasa de victimización”, contemplando “una inversión de 8.200 millones de dólares que va a permitir a La Araucanía recuperar el tiempo perdido, y ojalá ponerse a la vanguardia del desarrollo de nuestras regiones”39. Por su parte, en la cuenta pública del año 2019, señalaba que se continuaría profundizando en la implementación de este plan, fortaleciendo la capacidad de desarrollo, creación de empleos e infraestructura económica y social en La Araucanía, donde el
39 https://prensa.presidencia.cl/discurso.aspx?id=95630
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Plan Impulso Araucanía habría “permitido a esta región pasar de un crecimiento de 2,8% en 2017, a 6,5% en 2018, y reducir su tasa de desempleo de 8,8% a 6,2%”40. Una de las principales críticas que se han hecho a este tipo de iniciativas no solo es su sesgo economicista, sino que restringe el análisis de la realidad de la política indígena a indicadores cuantitativos, tratándolo solo como un tema de pobreza y no como un tema de derechos. En ese sentido, este plan fue criticado por no haber sido sometido a consulta, de acuerdo con los estándares del Convenio 169 de la OIT, entendiendo que, al tratarse de una medida centrada en la gestión de recursos, no tenía un impacto en el ejercicio de derechos legítimos. Asimismo, la implementación del Plan Araucanía demuestra la necesidad de coordinación en materia de gestión, así como una vinculación permanente entre los niveles políticos y administrativos, pues de los primeros depende la aprobación oportuna de recursos. De hecho, desde el propio oficialismo surgieron críticas por el escaso avance en la ejecución de presupuestos vinculados al Plan Araucanía, donde no han existido avances adecuados en el ámbito legislativo41. También este Plan tiene una limitante estructural al entender que el desarrollo de los pueblos indígenas solo se centra en la Región de La Araucanía. Si bien, de acuerdo con la encuesta CASEN 2017, es una de las regiones más pobres de Chile, la problemática indígena es de carácter sistémico y requiere de una acción del Gobierno que incorpore a los demás pueblos. Finalmente, es importante señalar que este plan contemplaba una medida compleja como era el establecimiento de un proceso de regularización de títulos en la región, lo que incide en la elaboración de catastros de tierra. Por esa vía se esperaba conocer con certeza la magnitud de las tierras reclamadas por las comunidades y, en función de eso, estimar la “deuda” pendiente, pues un problema para CONADI ha sido que las comunidades, producto de sus sistemas de herencia u otros, se subdividen y esto lleva a multiplicar la demanda de predios. De acuerdo con algunos organismos de derechos humanos, esta medida podría vulnerar los derechos sobre el territorio de los pueblos indígenas consagrados en el Convenio 169 de la OIT y la Declaración sobre Pueblos Indígenas. Otra dimensión administrativa en la que se debe avanzar es en la modernización de CONADI. Si bien el proyecto de ley que crea el Ministerio de Pueblos Indígenas contempla la creación de un Servicio Nacional de Pueblos Indígenas, que vendría a reemplazar a la actual CONADI, mientras este proyecto de ley no avance, será este organismo el encargado de coordinar los esfuerzos de los gobiernos en la implementación de políticas indígenas, sin atribuciones políticas. Dentro de los programas más complejos se encuentra el Fondo de Tierras y Agua, el que requiere de una revisión, especialmente, por las limitaciones que tiene para resolver los problemas de demandas de restitución territorial. El sustento de este fondo, destinado a resolver estas demandas vía compra de terrenos o de entrega de subsidios, no considera dimensiones políticas o culturales relevantes. Además, el rol asignado al mercado en la compra de tierras por parte de CONADI ha dado lugar a la especulación, como ya se ha señalado.
40 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2019/06/01/la-araucania-pinera-reitera-firmezacontra-terrorismo-y-mas-reconocimiento-a-pueblos-originarios.shtml 41 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2019/09/22/a-casi-un-ano-del-anuncio-del-planaraucania-diputados-critican-baja-ejecucion-y-estancamiento.shtml
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Por otra parte, es necesario dotar a CONADI de recursos de diferente tipo para afrontar diferentes dimensiones de las demandas territoriales. Por ejemplo, la autorización de compras de tierras indígenas por personas no indígenas ha puesto nuevamente en tela de juicio la efectividad de CONADI para fiscalizar este procedimiento, relevando la dimensión política de estas decisiones. Entre ellas, el caso más bullado ha sido la compra de tierras por parte del ex subsecretario del Interior Rodrigo Ubilla, quien enfrenta una demanda por una presunta compra de tierras indígenas, lo que sería ilegal de acuerdo con la normativa actual42. Finalmente, mientras no se avance en materia institucional y se continúen generando programas para pueblos indígenas, una cuestión a resolver será la coordinación interinstitucional. Una investigación del Centro de Estudios Públicos (CEP), en el año 2019, daba cuenta de la falta de coordinación y coherencia entre los programas indígenas desarrollados desde diferentes instituciones públicas, donde la mayoría surge por cuestiones coyunturales más que planificadas, siendo sujetos de constantes modificaciones por parte de las autoridades. Asimismo, en el proceso de diseño no se tiene claridad sobre los potenciales beneficiarios, abundan los problemas de gestión (acentuados por los constantes cambios) y no se cuenta con mediciones de eficacia y calidad de los programas (Aninat y Hernando, 2019).
Conclusiones En este capítulo buscamos abordar el análisis de la realidad de los pueblos indígenas desde un enfoque de política pública, con foco en los problemas que ha debido enfrentar el Pueblo Mapuche durante el año 2019, y que da cuenta de las limitantes que aún existen en los procesos de formulación e implementación de las políticas públicas para estos pueblos. De esa forma, surgen desafíos a las agendas gubernamentales donde es necesario abordar la relación del Estado con los pueblos indígenas de manera sistémica, diferenciándola de otras políticas públicas al tratarse de una parte de la población con derechos específicos que no ha sido adecuadamente reconocida en el caso de Chile. Los ejes analizados muestran la persistencia en el tiempo de áreas que se hace necesario abordar de manera estructural. Sin embargo, esto requiere de enfoques de política que consideren a los pueblos indígenas como actores sustantivos del proceso. Los resultados del proceso de consulta implementado el año 2019, así como aspectos del Plan Araucanía o de las demandas territoriales, entre otros, demuestran los sesgos y el desconocimiento respecto de los pueblos indígenas, de su historia, de sus derechos y de sus culturas. Por otra parte, queda en evidencia que el tratamiento sectorial de la política indígena no constituye un enfoque apropiado. Se trata de un ámbito de política pública con incidencia en otros de carácter económico, educativo, sanitario y social, entre otros. En ese sentido, el análisis presentado reafirma la necesidad de cambios estructurales que incorporen marcos de formulación desde nuevos paradigmas para con los pueblos indígenas, considerando sus conocimientos, epistemologías, formas de representación, etc. Mientras 42 Esta demanda se originó a partir de hechos ocurridos en 2009 cuando Ubilla adquirió cuatro predios al interior de la comunidad Mariano Millahual, en Pucón. La compraventa se efectuó entre el entonces subsecretario y Guadalupe Moris Gajardo tras la liquidación de la sociedad conyugal que había mantenido esta última con Jorge Painequir. Esto dejó en evidencia la existencia de resquicios para adquirir tierras indígenas fuera de lo estipulado en la Ley Nº 19.253. (https:// www.latercera.com/nacional/noticia/subsecretario-ubilla-declara-denuncia-compra-irregular-tierras-indigenas/909824/)
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se siga privilegiando la mirada desde la seguridad, con protagonismo del Ministerio del Interior, será difícil establecer confianzas que permitan avanzar hacia cambios reales. Estamos, por tanto, frente a una agenda insuficiente e inconclusa.
Bibliografía FIGUEROA HUENCHO, V. (2014). Formulación de políticas públicas indígenas en Chile. Santiago: Editorial Universitaria (2018). “Tierras y territorios indígenas: dimensiones complejas para las políticas públicas”. Serie Policy Papers CIIR, 2. MAINWARING, S., y SHUGART, M. (2002). Presidencialismo y democracia en América Latina. Buenos Aires: Paidós.
Cronología Fecha 1 de enero de 2019 2 de enero de 2019
4 de enero de 2019
10 de enero de 2019 20 de enero de 2019 14 de mayo de 2019 16 de mayo de 2019 22 de mayo de 2019 13 de noviembre de 2019
Acontecimiento Ataques incendiarios en La Araucanía Gobierno se querella por ley de seguridad del Estado
Descripción Quema de maquinaria en el fundo San Antonio, en Lanco, y el ataque a Carabineros de punto fijo en Collipulli. El gobierno, a través de la Intendencia de La Araucanía presentó una denuncia a la fiscalía regional, contra quienes resulten responsables de incitación a la violencia por varios hechos. Gobierno impulsa La policía civil aumentará dotación investigativa en la mayor presencia de zona, tras últimos hechos de violencia. efectivos de la PDI en La Araucanía Desalojo de Munici- La sede se encontraba tomada por un grupo de comunepio de Collipulli ros mapuche con varias demandas, entre ellas el asesinato de Camilo Catrillanca. Instalación de mesa Forestales, comunidades mapuche y CONADI buscan depor traspaso de finir las magnitudes de las demandas territoriales. tierras Agenda legislativa Presidente Piñera presenta la agenda legislativa indígena indígena en La Moneda. Sentencia Caso Corte Suprema deja sin efecto las condenas, siguiendo Norín–Catrimán lo planteado por la Corte Interamericana de derechos Humanos. Inicio de Consulta El Ministerio de Desarrollo Social y Familia inicia el proIndígena ceso de Consulta Indígena que busca modificar aspectos de la Ley 19.253. Suspensión de Con- Debido al rechazo de las comunidades indígenas el Misulta Indígena nisterio de Desarrollo Social y Familia decide suspender definitivamente la Consulta Indígena.
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La protesta mapuche más allá (y más acá) del Estallido Social43 Nicolás Rojas Pedemonte44 Diego Gálvez45
Introducción El Estallido Social de octubre de 2019 es un hito histórico, pero no un hecho aislado ni fortuito. Es resultado, en parte, de una crisis institucional, pero también de una acumulación de fuerza movimentista, de nuevas coaliciones de organizaciones y actores, de discursos reivindicativos que el tiempo consolida y aquilata y de la profundización y generalización de la violencia estructural y policial en manos del Estado. El Estallido es resultado de una profunda crisis estructural, pero no se trata de la crisis misma ni se reduce a ésta, pues también y directamente es producto de un conflicto dinámico entre políticas y resistencias encarnadas y desplegadas por actores concretos, por las autoridades y las élites, de un lado y la sociedad civil, del otro. No se trata de un proceso político inexorable, ni menos de un resultado predecible mecánicamente, sobre todo, porque sus costos humanos eran evitables políticamente y respondieron principalmente a los costos que los actores y sobre todo 43 Los autores agradecen el apoyo de la Red ODSAL, Red de Observatorios de la Deuda Social de América Latina. Su colaboración y patrocinio fueron fundamentales para la elaboración de este estudio. 44 Doctor en Sociología y Máster Europeo de Investigación en Sociología, Universitat de Barcelona. Sociólogo, Universidad de Chile. Ha sido Profesor Visitante en Cornell University, Nueva York, y hoy ejerce como director del Centro Fernando Vives de la Universidad Alberto Hurtado. Miembro fundador del Observatori del Conflicte Social (Universitat de Barcelona). Sus áreas de especialización son conflicto político, movimientos sociales, exclusión y migraciones. nrojas@uahurtado.cl 45 Geógrafo de la Universidad de Chile, diplomado en Geomática Aplicada por la Universidad de Chile, especializado en programación y análisis de datos. Es investigador del Centro Vives y se encuentra desarrollando trabajos sobre conflicto político en territorio mapuche y fenómenos migratorios. dgalvez.pino@gmail.com
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las autoridades estuvieron dispuestas a asumir. Como describimos en nuestro capítulo del libro anterior (Rojas Pedemonte y Gálvez, 2020), el Estallido tuvo su sinopsis en el ciclo de protestas del 2018 en repudio al asesinato de Camilo Catrillanca. El ciclo de protestas desatado desde octubre de 2019 conjugó diversos discursos y causas, no obstante, destaca la conjunción desde los primeros días de cuatro movimientos urbanos que en noviembre de 2018 ya se habían manifestado en las calles: el movimiento ambientalista contra las zonas de sacrificio; las organizaciones mapuche de Santiago; los estudiantes secundarios; y el movimiento feminista. La represión policial desatada en las movilizaciones nacionales en rechazo al asesinato de Catrillanca y contra las zonas de sacrificio, así como el nivel de disrupción alcanzado en esos días de noviembre del 2018 en una capital con microbuses incendiados, más que un teaser referencial de una película aún no rodada, nos mostró un trailer con gran parte de los actores que veríamos en la película del año siguiente. Es el caso de la ACES y su compromiso asumido en las protestas por Camilo Catrillanca, donde incluso su aún desconocido vocero, Víctor Chanfreau, fue detenido mientras protestaba a la par de organizaciones mapuche urbanas y medioambientalistas46. Tampoco se puede desestimar la capacidad política y organizativa que recobró el movimiento feminista desde el 2018, ni la escalada represiva que se evidenció en las últimas marchas “mapurbes” del 12 de octubre en Santiago, destacando particularmente la que ocurrió seis días antes del Estallido Social, con 40 detenidos registrados47. Con todo este entramado de organizaciones y articulación progresiva de causas en los últimos años, no sorprende que la wenufoye flameara nuevamente en Plaza Italia, ahora la Plaza de la Dignidad. Menos aún, cuando los primeros en portar la bandera fueron mapuche, incluido Mauricio Lepin Aniñir, nacido en Galvarino, quien la empuñó en la foto histórica del Estallido, en lo más alto del monumento de Baquedano. Ciertamente, el Estallido alcanzó escala nacional, no obstante, se trata principalmente de una protesta urbana, desatada desde la ciudad de Santiago que resuena y se propaga en el resto del territorio. A diferencia de otros movimientos con raíz campesina y/o indígena, que nacen desde el mundo rural, este ciclo de protestas iniciado en octubre de 2019, se despliega como una movilización en las ciudades y desde las ciudades. En ese sentido, este artículo, más que estudiar la dimensión mapuche del Estallido, estudiará en general la protesta mapuche durante el 2019 y evaluará, en particular, la expresión y el alcance de este proceso histórico de movilización urbana en el territorio mapuche. En especial, se prestará atención a las dinámicas propias de la capacidad movimentista que el movimiento mapuche ha acumulado históricamente en las zonas rurales, frente a la escalada de la protesta urbana que registró el Estallido. Sin entenderlas como realidades contrapuestas o desvinculadas, el presente estudio analizará la protesta mapuche, reconociendo posibles articulaciones entre las diversas geografías, pero también dinámicas que pueden ser propias y particulares.
46 https://www.eldesconcierto.cl/2018/11/23/estudiante-secundario-de-la-aces-fue-detenido-por-carabineros-y-pasocuatro-horas-inubicable/ 47 https://interferencia.cl/articulos/belen-curamil-no-hay-nada-que-celebrar-en-esta-fecha https://www.latercera.com/ nacional/noticia/marcha-encuentro-dos-dos-mundos-deja-saldo-40-detenidos/858965/
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Así, este estudio pondrá atención en aquellos hechos noticiosos de protesta que se han registrado en el Wallmapu —en particular, en las provincias de Arauco, Malleco y Cautín— durante el año 2019. Se describirán y analizarán, en base a las noticias cubiertas por distintos periódicos en línea y habida cuenta de los sesgos que conlleva el tratamiento mediático del conflicto (Amolef, 2005; Labrín, 2011), repertorios de protesta que incluyen, desde aquellos convencionales–pacíficos hasta los más confrontacionales y de marcada violencia política. Con el objetivo de alcanzar una mayor diversidad ideológica y más amplia cobertura en los territorios, este artículo ha incluido tanto a los grandes medios de prensa o vinculados a medios corporativos como El Mercurio, Soy Chile, La Tercera y Biobío, como también a aquellos medios independientes o locales que permitieran aportar con otra perspectiva y cobertura del conflicto —más crítica o, en algunos casos, afín al movimiento— como Mapuexpress, El Ciudadano, Diario UChile y El Werken. La búsqueda de hechos noticiosos se realizó a través de cada página web de los medios de prensa en línea, principalmente, recurriendo a las herramientas de Google en aquellos casos donde no fuera posible realizar la búsqueda de manera óptima. Los filtros aplicados para llegar a cada protesta en territorio mapuche se realizaron según fecha de publicación de la noticia y palabras claves, como “mapuche”, “Arauco”, Cautín”, “Malleco” y sus respectivas comunas. La búsqueda fue seguida de una sistematización de cada hecho noticioso, construyendo una base de datos en la que se incluyeron variables como “Región”, “Provincia”, “Comuna”, “Fecha de Publicación”, “Fuente de información”, “Coordenadas Geográficas”, “Tipo de repertorio” y “Tipo de conflicto”, entre otros. Hechos de protesta en un territorio históricamente en conflicto Los repertorios de protesta durante el 2019, tal como expone el Gráfico 1, dan cuenta de un conflicto que se concentró mayoritariamente en el ámbito forestal y en la judicialización de la contienda. Por un lado, 19% de las acciones corresponden a sabotajes a la industria maderera, en lo que el gráfico categoriza como “daño a maquinaria” y que aumentó tres puntos porcentuales frente al año anterior. Esta tendencia se condice con el estudio de Maher, Rojas Pedemonte y Gálvez (aún inédito), que identifica una sostenida escalada de la protesta antiforestal desde el año 2014 a la fecha. Por otro lado, las acciones legales o judiciales también concentraron 19% de los eventos. Sin duda, como bien lo expone el capítulo de CIDSUR en este libro, corresponde a lo que ellos denominan la “judicialización de la protesta social”, con particular énfasis desde el Estallido Social de octubre. Si bien, como demuestra aquel capítulo, la mayor parte de la judicialización de la protesta durante el periodo se vinculó a “judicialización represiva”, aquel 19% correspondería, específicamente, a acciones de denuncia y protección de los derechos humanos frente a la generalización de los atropellos y violaciones a los derechos humanos documentados por cinco informes internacionales desde octubre.
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Gráfico 1: Total de hechos noticiosos en las tres provincias de estudio.
Fuente: Elaboración propia según medios de prensa estudiados.
A la cotidiana vulneración de derechos de las comunidades y organizaciones mapuche durante el Estado de Excepción, se sumó una política generalizada de castigo y represión a la protesta social, que redundó también en mayor represión a miembros del Pueblo Mapuche y en el consecuente incremento de denuncias judiciales. El conflicto y la represión son procesos interactivos y los activistas mapuche tampoco se quedaron de brazos cruzados. La represión consiste, básicamente, en el aumento de los costos multidimensionales de la protesta y la persecución de un fin en sí mismo: la desmovilización (Tilly, 1978). No obstante, como se evidencia en las últimas dos décadas en Wallmapu, la represión ha tenido un efecto radicalizador, más que desmovilizador (Pairican, 2014; Rojas Pedemonte y Miranda, 2016; Rojas Pedemonte y Gálvez, 2020), y durante el 2019, mientras el Estado más reprimió, el movimiento mapuche más radical fue contra las empresas madereras y más activo se hizo en el ejercicio de la denuncia48. Con todo, esa radicalización estuvo lejos de ser dispersa y “anti todo”, pues, durante el 2019, se enfocó más aún en la resistencia al extractivismo y mucho menos en los ataques a vivienda, iglesias o colegios. Estas últimas acciones no superaron el 8% de los repertorios estudiados, bajando cinco puntos porcentuales en relación al 2018. Ciertamente, el carácter histórico y estructural del conflicto consolida determinados repertorios de protesta y los objetivos de las acciones políticas que despliega el movimiento. No obstante, llama particularmente la atención el significativo aumento porcentual de las acciones contra las empresas forestales en la Provincia de Arauco, como lo evidencia el Gráfico 2, aumentando en 75% el porcentaje de sabotajes a maquinarias forestales frente a 48 Sobre la eficacia de la denuncia o la judicialización protectora, el capítulo de CIDSUR en esta publicación aporta una documentada mirada crítica.
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las cifras del año 2018, pasando de concentrar 20% de los repertorios en aquel año, a 35% durante el 2019. En general, se mantuvieron en niveles similares al año anterior el resto de las modalidades más violentas y disruptivas de protesta: ataques a vivienda (20%) y emboscada (9%). Sin embargo, el agregado de acciones más disruptivas, sumando el sabotaje a maquinarias, concentra el 64% de las acciones, superando en 16% al año anterior, evidentemente explicado por el aumento de las acciones contra las empresas madereras. Gráfico 2: Hechos noticiosos según repertorio de protesta, Provincia de Arauco.
Fuente: Elaboración propia según medios de prensa estudiados.
Por su parte, la Provincia de Malleco, aquella que fue golpeada el año anterior por el asesinato de Camilo Catrillanca en Temucuicui, disminuyó porcentualmente la protesta altamente disruptiva durante el 2019, como evidencia el Gráfico 3. Mientras en el año 2018 este tipo de repertorios concentró 35% de las acciones, durante el 2019 disminuyó tres puntos porcentuales, registrando 32 de los eventos de protesta. Complementariamente, fueron las acciones legales relacionadas con las denuncias de violaciones a derechos humanos, la que concentraron la mayor parte de las acciones reivindicativas de la causa mapuche. Durante el 2019, las acciones judiciales representaron 22% de los repertorios de acción colectiva del movimiento mapuche, es decir, ocho puntos porcentuales más que en el año anterior. Por cierto, los “coletazos” del caso Catrillanca y la represión acumulada en la provincia, explicarían en gran parte esta tendencia a la judicialización del conflicto. En efecto, al estudiar las modalidades de supresión de la protesta que desarrolla el Estado, se identifica que esta provincia concentró, durante el 2019, la mayor parte de las acciones de supresión de la protesta en todo el territorio mapuche estudiado, acumulando 43,4% de las acciones. En particular, fueron mayoritariamente acciones de represión policial,
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acumulando este territorio el 60,6% de las acciones de las fuerzas de orden contra el Pueblo Mapuche. Esta dinámica reitera un patrón evidenciado ya en el primer Gobierno de Piñera, donde el “espectáculo represivo” (Rojas Pedemonte y Miranda, 2016) se concentró en Malleco contra las comunidades autónomas y, en gran medida, contra la Alianza Territorial Mapuche (ATM). Gráfico 3: Hechos noticiosos según repertorio de protesta, Provincia de Malleco.
Fuente: Elaboración propia según medios de prensa estudiados.
La provincia de Cautín, que incluye la capital regional de La Araucanía, Temuco, es aquella que concentra la mayor cantidad de protesta total del territorio estudiado (41%), similar a la cifra del año 2018. Como lo expone el Gráfico 4, esta provincia —al igual que el año anterior— es la que registra el mayor porcentaje de repertorios de baja disrupción. Destaca aquí un significativo aumento de las acciones reivindicativas de corte legal, superando en 28 puntos porcentuales al año 2018. Ciertamente, la concentración de oficinas públicas y agencias del sistema judicial en la capital regional propicia una tendencia a la contienda institucional–legal en la provincia, no obstante, el aumento significativo de la judicialización protectora da cuenta, en gran medida, del recrudecimiento de la represión durante el 2019 y, en particular, en las semanas posteriores al 18 de octubre. Esto coincide, además, con las estadísticas que sitúan a esta provincia como aquella que más acciones de supresión judicial de la protesta concentra en el territorio estudiado (61%). Es decir, esta provincia se posiciona, y especialmente la comuna de Temuco, como epicentro de la judicialización del conflicto. En consonancia con ello, destaca esta como aquella que concentra la mayor cantidad de acciones políticas de supresión de la protesta, 5 de las escasas 12 respuestas institucionales de “política indígena” a las demandas mapuche en todo el territorio estudiado.
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Como se evidenció en el volumen del año 2018 (Rojas Pedemonte y Gálvez, 2020), las particularidades históricas de la estructura social y productiva de esta provincia, con un marcado clivaje colonial y una matriz agrícola ganadera, definen un territorio donde la lucha antiforestal no monopoliza la conflictividad, como sí ocurre en Malleco y, sobre todo, en Arauco. De cualquier modo, es significativo también el porcentaje de sabotajes y daños a maquinaria (15%), versus la baja concentración de repertorios asociados a los atentados a iglesias, en la provincia que inauguró y concentró estas prácticas. Esto podría vincularse —en cierta medida— con el giro discursivo de la organización local, Weichan Auca Mapu (WAM), que luego de tener un énfasis antioccidental, optó por enfocarse —en sus comunicados— en la lucha contra el gran capital como la mayor parte de las organizaciones insurreccionales, entre ellas la histórica Coordinadora Arauco–Malleco (CAM). Gráfico 4: Hechos noticiosos según repertorio de protesta, Provincia de Cautín.
Fuente: Elaboración propia según medios de prensa estudiados.
Territorialización del conflicto, la protesta en el espacio En el estudio desarrollado para el volumen anterior que abordó la protesta del año 2018, describimos tres realidades territoriales asociadas a determinadas matrices productivas y actores sociales específicos vinculados a patrones y dinámicas de contienda particulares. Estas tres geografías del conflicto se asocian a los tres principales focos de protesta, una en cada provincia estudiada. Estos tres epicentros también destacan en la distribución territorial de la protesta durante el año 2019, como muestra la Figura 1, y se consolidan en las últimas dos décadas como realidad interconectadas, pero con ciertas pautas propias.
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Grosso modo, la primera realidad socioterritorial del conflicto corresponde a la del mundo lafkenche de la Provincia de Arauco, entre Tirúa y Cañete. Como se describió en la sección anterior sobre los repertorios de protesta, se trata de un conflicto principalmente en torno al extractivismo forestal y caracterizado por repertorios altamente disruptivos de sabotaje a las empresas madereras. La segunda realidad territorial es parte de la Provincia de Malleco, con Collipulli y Ercilla como las comunas con mayor concentración de la protesta. Ercilla es la comuna que ha concentrado gran parte de los esfuerzos desmovilizadores/represivos del Estado en los últimos dos años. Como se describió en la sección anterior, es esta realidad territorial del conflicto la que, por un lado, concentra la mayor parte de la represión policial y, por otro, presenta la mayor diversidad y versatilidad de los repertorios de protesta, donde se despliegan acciones altamente disruptivas, pero también y, sobre todo, acciones judiciales que hacen frente a la nueva arremetida represiva desplegada por el Gobierno de Piñera desde el año 2018. La complejidad de esta geografía del conflicto aumenta cuando se conjuga la presencia del extractivismo forestal con la gran propiedad de particulares, a diferencia de Arauco, donde la matriz es principalmente extractiva. Por último, la tercera geografía del conflicto se localiza en Temuco, sus alrededores y conurbaciones, como Padre Las Casas. Se caracteriza por una conflictividad donde el clivaje étnico cultural y los problemas de convivencia destacan, tendiendo a la judicialización. Este territorio se distingue así de aquellos cruzados por el extractivismo, donde la conflictividad gira principalmente en torno a la presencia forestal y a la canalización policial y violenta. Figura 1: Focos de protesta, territorio de estudio.
Fuente: Elaboración propia según medios de prensa estudiados.
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Si bien esta descripción no agota la dinámica de estas realidades y desestima los aspectos comunes, permite reconocer tendencias y pautas locales que le imprimen características locales ineludibles al conflicto. Finalmente, vale destacar que la concentración de inusuales iniciativas de canalización políticas del conflicto en la Provincia de Cautín, da cuenta de un territorio marcado por las pautas de la gran capital económica y política de La Araucanía, Temuco. Así mismo, también describe un epicentro del conflicto en torno a una realidad urbana que fue más alterada por el Estallido que la realidad rural de Tirúa o Ercilla. Un territorio urbano que incrementó su actividad movimentista, pero que también padeció altos niveles de descontrol represivo por parte de las fuerzas de orden desde el mes de octubre. A diferencia de la distribución territorial de la protesta durante el 2018, el Estallido de 2019 concentró la conflictividad en la gran capital de La Araucanía. El año anterior, la movilización mapuche mostró una alta concentración en los tres focos provinciales, sin embargo, el mapa de la Figura 1 insinúa que el Estallido Social fue más un fenómeno urbano que rural. Comunidades de zonas rurales se trasladaron masivamente a históricas manifestaciones en las principales ciudades de Wallmapu, sin embargo, no se tradujo en una participación cotidiana por parte de ellas durante los meses del Estallido. Las organizaciones y comunidades en resistencia territorial no vieron alteradas sus rutinas de lucha durante el Estallido, aun cuando sí estuvieron mayormente expuestas a la arremetida represiva propia del Estado de Excepción, principalmente allí donde se desarrollan faenan forestales. La resistencia territorial mapuche en las comunidades rurales es un proyecto político e histórico de larga data que, si bien no es ajeno al contexto nacional, guarda cierta independencia local. A pesar de que el Estallido aumenta la cantidad de movilizaciones en el territorio a fines del 2019 y emergen hitos relevantes como la ‘desmonumentalización’, además de abrirse oportunidades políticas y asociativas para la causa mapuche, no es claro aún que la movilización desatada en las ciudades represente un antes y un después para el movimiento autonomista local. El conflicto en territorio mapuche es estructural y presenta una escalada sostenida en la última década, con actores y proyectos políticos definidos. La reconfiguración del escenario y de las fuerzas políticas a nivel nacional podría ser interpretada como una oportunidad por parte del movimiento mapuche, sin embargo, la lectura del escenario y de la historia no es un ejercicio precipitado en el pensamiento mapuche. Por ejemplo, entrevistas desarrolladas en Tirúa durante los primeros meses del Estallido, dan cuenta de que la experiencia de resistencia cotidiana y la larga historia aprendida por las comunidades le imprimen mesura a su interpretación del Estallido Social. Se identificó solidaridad con la causa en las visiones y discursos de las comunidades rurales, pero sobre todo cautela frente a la nueva lucha desatada en las urbes y, en particular, acerca del curso que la política y los políticos le darán al proceso.
Dinámicas del conflicto: la protesta mapuche durante el 2019 La dinámica de la protesta durante el 2019 muestra dos micro ciclos, como lo ilustra el Gráfico 5. El primero, asociado principalmente a la protesta contra el proceso de consulta y el segundo, asociado al Estallido Social. El caso Catrillanca se posicionó como la causa más aludida en las acciones reivindicativas del año. También se evidencia que el Estallido
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Social se tradujo en una importante alza de la protesta convencional y solo en un leve incremento de las acciones más disruptivas relacionadas a la causa mapuche. Esto refuerza la tesis aquí planteada sobre el carácter principalmente urbano del Estallido y su acotado impacto en las acciones de las organizaciones más disruptivas con un despliegue principalmente rural. Al respecto, es significativo que el ciclo de protesta mayo–julio, asociado al rechazo a la Consulta Indígena, muestra niveles de protesta cercanos a los registrados durante el Estallido, tanto en su modalidad convencional como en la más disruptiva. Es decir, esto da cuenta de una permanente actividad movimentista que durante el Estallido vivió un impulso, pero que no fue drástico. Gráfico 5: Dinámica de la protesta según disrupción y causa aludida (frecuencia mensual) 29-oct Derriban busto 02-nov de Pedro de Valdivia y Diego Derriban Portales en estatua de Valdivia y de Temuco Mendoza en Cañete
31-ene 20-feb Prisión Confirman preventiva prisión por homicidio preventiva de Alex de Carlos Lemun Alarcón
11-jun Chadwick 24-jul niega responsabili- Rebajan 26-may medidas dades apuncautelares a Vocero de tando a general Temucuicui Carabineros rechaza y Gobierno Gonzalo Blu, imputado en Consulta anterior Operación Indígena del Huracán Gobierno
13-mar Manifestaciones piden traslado de comuneros Tralcal a Temuco
7-sep Hortaliceras mapuche acuden a Comisión de DD.HH. tras reiterada violencia en Temuco
9-abr Inicio Consulta Indígena
10
35
30
18-oct Inicio Estallido Social
25
20
15
10
Número de protestas según disrupción
Porcentaje de protestas según coyunturas
100
5 1 E
E
M BR CI E DI
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0
Asesinato de Camilo Catrillanca
Juicio Luchsinger-Mackay
Consulta Indígena
Protesta con disrupción baja
Caso Operación Huracán
Estallido Social
Alberto Curamil
Protesta con disrupción alta
Fuente: Elaboración propia según medios de prensa estudiados.
Un análisis semanal del ciclo mayo–julio, a partir del Gráfico 6, permite identificar que la semana del 21 de mayo es aquella con mayor cantidad de protesta mapuche de alta disrupción. La radicalidad de la protesta durante esta semana —como se verá posteriormente en el Gráfico 7— es equivalente a la desplegada en la primera semana del Estallido e incluso mayor a la disrupción registrada en la semana del primer aniversario del asesinato de Camilo Catrillanca. Durante esta semana se manifiesta rechazo a la Consulta Indígena y se despliegan acciones de reivindicación territorial, dentro de las cuales un miembro de la comunidad Antonio Calbún de Victoria recibió un disparo de bala en su cabeza49, sumán49 https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/pueblos-originarios/mapuche/comunidad-denuncia-que-mapuche-resultoherido-a-bala-en-operativo-policial/2019-05-28/154356.html
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dose al ataque reciente que hace pocas semanas había recibido José Queipul en Traiguen a fines de abril50. Estos eventos ejemplifican la sistemática represión policial orientada a aquella geografía del conflicto más golpeada desde el 2018, y coincidentemente la más espectacularmente reprimida durante el primer gobierno de Sebastián Piñera (mientras los dos gobiernos de Bachelet orientaron sus mayores esfuerzos desmovilizadores a la Provincia de Arauco en protección de las empresas forestales allí concentradas). Por su parte, el mayor auge de protesta convencional, de menor impacto disruptivo, se registró en la semana del primero de julio, coincidiendo con acciones en contra de la Consulta Indígena. Gráfico 6: Dinámica de la protesta según disrupción y causa aludida (semanas mayo–julio) 28-may Joven mapuche recibe un 10-jun disparo de CaraComunidades de bineros en medio Tirúa rechazaron de una recupeen forma unánime ración territorial Consulta Indígena 26-may 09-jun Vocero de AMCAM llama Temucuicui rechaza a Gobierno a susConsulta Indígena pender Consulta del Gobierno Indígena y avanzar en acuerdo nacional
20 18 16 14 12 10 8 6
01-may Justicia declara ilegal detención de dirigente mapuche José Queipul, baleado por Carabineros
13-may Héctor Llaitul presenta querella contra fiscal Moya y Villalobos por vínculos con Caso Operación Huracán
05-jul Operación Huracán: citan a declarar a fiscal Moya por ocultamiento de pruebas en la causa
20 18
23-jul Condenan a oficial de Carabineros 02-jul por homicidio Comunidades de 21-jun frustrado de 27-jul INDH amplía Collipulli rechazan comuneros Hostigamiento y Consulta Indígena querella contra mapuche en Tirúa violencia en dos exgenerales contra de familia de Carabineros de lonko Curamil por caso Catrillanca 19-jul Comunero mapuche muere baleado por dueño de predio en Tirúa
16 14 12 10 8 6
4
4
2
2
0
0 01-May/10-May 11-May/20-May 21-May/31-May 01-Jun/10-Jun 11-Jun/20-Jun 21-Jun/30-Jun
Asesinato de Camilo Catrillanca
Violencia y contraviolencia
Caso Operación Huracán
Otros
01-Jul/10-Jul
Consulta Indígena
11-Jul/20-Jul
21-Jul/31-Jul
Protesta con disrupción baja Protesta con disrupción alta
Fuente: Elaboración propia según medios de prensa estudiados.
Como se adelantó más arriba, el ciclo del Estallido, en lo que respecta a la protesta mapuche, se desplegó con mayor impacto en la realidad urbana. El Gráfico 7 describe un ciclo de protesta mapuche con dos semanas de apogeo. La primera semana del Estallido es la que concentra la mayor cantidad de acciones disruptivas, mientras que la semana del aniversario del asesinato de Camilo Catrillanca presenta el mayor peak de protesta con baja disrupción, es decir, principalmente manifestaciones convencionales y pacíficas. Lo más significativo de este ciclo se expresa en lo que ha sido conocido como “desmonumentalización” o derribamiento de estatuas de íconos coloniales o de las fuerzas armadas chi50 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2019/04/30/comunero-mapuche-resulta-heridode-bala-tras-procedimiento-policial-en-ercilla.shtml
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lenas; un repertorio de protesta popularizado por los indígenas zapatistas, quienes el 12 de octubre de 1992, en San Cristóbal de las Casas, precipitaron la figura del conquistador de Chiapas, Diego de Mazariegos. Destacó durante el Estallido el derribamiento del busto de Pedro de Valdivia y Diego Portales en Temuco, el 29 de octubre, del busto de Cornelio Saavedra, el 30 de octubre en Collipulli, de la estatua del propio Valdivia y García Hurtado de Mendoza en Cañete, el 2 de noviembre, y de la figura de Arturo Prat en Temuco. Sin duda, se trata de acciones con una fuerte carga simbólica y reivindicativa, en sintonía con el proyecto político decolonial desplegado hace décadas por las principales organizaciones mapuche. No se trata de meras acciones vandálicas o destructivas, sino de iniciativas autoafirmativas, que canalizaron energía transformadora, reforzaron identidades y comunicaron la necesidad de revertir el orden colonial aún vigente. Gráfico 7: Dinámica de la protesta según disrupción y causa aludida (semanas octubre–diciembre) 14-nov Primer aniversario asesinato Catrillanca y manifestaciones
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14-oct Formalizan a carabinero por disparo en ojo a estudiante mapuche en Padre Las Casas
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29-oct Derriban busto de Pedro de Valdivia y Diego Portales en Temuco
02-nov Derriban estatua de Valdivia y de Mendoza en Cañete
18-oct Inicio Estallido Social
12-dic Anuncio de nuevo Gobierno mapuche tras reunión en Cerro Ñielol
30-nov Confirman prisión preven14-nov tiva de exGOPE Derriban Carlos Alarcón y estatua de Arturo familia de Prat en Temuco comunero exige cadena perpetua 26-nov Curamil no ingresa a juicio en protesta por inclusión de polémica prueba, represión en cárcel impunidad de caso Catrillanca
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13-dic Absuelven a lonko Alberto Curamil, luego de 16 meses de prisión preventiva
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16-dic 01-dic Comunidad de Consejo de Lonkos Tirúa decide que se retiren llama a mapuche empresas a unir criterios para participar de forestales tras histórica votación una nueva Constitución
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5
5
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0 01-Oct/10-Oct
11-Oct/20-Oct
21-Oct/31-Oct
01-Nov/10-Nov 11-Nov/20-Nov 21-Nov/30-Nov
Asesinato de Camilo Catrillanca
Violencia y contraviolencia
Estallido Social
Otros
01-Dic/10-Dic
Alberto Curamil
11-Dic/20-Dic
21-Dic/31-Dic
Protesta con disrupción baja Protesta con disrupción alta
Fuente: Elaboración propia según medios de prensa estudiados.
Sin bien la subversión de los íconos coloniales no es algo nuevo en territorio mapuche, y anteriormente se atentó contra estos estatus de íconos coloniales, la desmonumentalización emerge como un nuevo repertorio desde el Estallido e incluso durante el año 2020, ha continuado desplegándose51. Estos hitos del Estallido en Wallmapu se desplegaron na51 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2020/08/07/manifestantes-lanzan-al-rio-lumacoestatua-de-cornelio-saavedra-alcalde-confirma-que-se-trata-de-el.shtml
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turalmente en plazas de ciudades y tuvieron, por tanto, un carácter urbano, no obstante, en ellos confluían diversos actores mapuche y no mapuche, militantes urbanos y también de comunidades rurales. Tal fue el caso, por ejemplo, de las históricas manifestaciones en Cañete donde se congregaron miembros de diversas comunidades y organizaciones lafkenches de la Provincia de Arauco. Diversos actores también confluyeron en el resto de las plazas de ciudades del territorio mapuche. El ciclo del Estallido, por cierto, continuó durante el verano del 2020, pero en lo que concierne a este estudio, es importante mencionar que el 2019 culminó con cierta radicalización de los repertorios y diversas manifestaciones y comunicados que cuestionaron la canalización política del conflicto social a través del Acuerdo Político por la Paz. Entre estas acciones, destaca el trawün convocado por el Consejo de Todas La Tierras (CTT) en el Cerro Ñielol el 11 y 12 de diciembre, donde se comunica la decisión —ya conocida en la agenda del CTT— de conformar un Gobierno mapuche. El alcance político de las diversas agendas y las posibilidades de articulación e impacto en la transformación institucional son abordados con mayor detalle en diversos capítulos de este libro52. Con todo, es destacable que en diciembre, luego de la institucionalización del conflicto a través del Proceso Constituyente y de la indiscriminada represión de octubre y noviembre documentada en los informes internacionales, disminuyó significativamente la protesta convencional asociada a la movilización urbana del Estallido, mientras las acciones más radicales mantuvieron cierta estabilidad asociada al conflicto estructural y a la capacidad disruptiva propia de las organizaciones mapuche insurreccionales. Al igual que la desmovilización en Santiago de la Plaza Ñuñoa y de su moderada militancia progresista luego del acuerdo político por la nueva Constitución y de los elevados costos humanos de la represión callejera, gran parte de las manifestaciones en las plazas de las ciudades de Wallmapu disminuyeron su convocatoria y dejaron de concentrar la actividad contenciosa. El conflicto retomó su curso y su histórica distribución territorial, con una sostenida actividad movimentista en las zonas rurales. Si acaso los contenidos de esta lucha, sus agendas y discursos, las alianzas y el contexto político, abren o no paso a un nuevo ciclo de conflicto, solo será posible evaluarlo con la perspectiva del tiempo que dará el estudio de su dinámica en los años venideros.
Conclusiones Este artículo estudió los diferentes repertorios de protesta mapuche durante el año 2019 en las provincias de La Gran Araucanía: Arauco, Cautín y Malleco. Se ha puesto especial atención en las dinámicas que se han desplegado este año, pero también se ha resaltado su desarrollo en comparación con las dinámicas analizadas en el anuario del 2018. Así, los resultados han dado cuenta de un conflicto fuertemente concentrado en la protesta antiforestal y en la judicialización de la contienda como respuesta a los generalizados atropellos y violaciones a los derechos humanos que viven las comunidades mapuche, sobre todo teniendo como antecedente el asesinato de Camilo Catrillanca el año anterior. 52 Destacan al respecto los capítulos escritos por Victor Tricot y Germán Bidegain, como los de Verónica Figueroa Huencho, Tito Tricot y Pablo Mariman, entre otros.
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Por otro lado, en la geografía del conflicto se remarcan tres realidades territoriales en el Wallmapu. La realidad lafkenche de la Provincia de Arauco mostró un conflicto en torno al extractivismo forestal, con repertorios altamente disruptivos de sabotaje a las empresas madereras. Malleco, con especial concentración en Collipulli y Ercilla, mostró una realidad que combina diferentes repertorios de protesta, aumentando las acciones judiciales ante la arremetida represiva del Gobierno de Piñera desde el 2018 en la zona. Finalmente, Cautín destacó, por un lado, por una tendencia hacia la judicialización del conflicto y, por otro, como el mayor de los epicentros estudiados del conflicto, desplegado en torno a una realidad urbana que fue más alterada por el Estallido y que se concentró en la gran capital económica y política de La Araucanía, Temuco. En este sentido, sin duda la presencia de un hecho histórico en Chile como el Estallido Social de octubre del 2019, condiciona el curso de la contienda política y movimentista de los territorios estudiados. Sin embargo, los resultados aquí expuestos han relevado que, si bien el Estallido influye en un aumento en la cantidad de movilizaciones a fines del 2019 —sobre todo en la protesta convencional—, abriendo oportunidades políticas para la causa mapuche, no queda claro que represente un antes y un después para el movimiento mapuche del territorio. El conflicto en territorio mapuche es estructural y ha presentado una escalada sostenida durante la última década, por lo tanto, se puede sostener que el Estallido es un evento relevante, pero no único para el Pueblo Mapuche. Más bien, pareciera que se configura como un hito histórico para el pueblo chileno y para los militantes mapuche urbanos, pues fueron ellas y ellos quienes protagonizaron aquella movilización social que se concentró en las principales ciudades del país y quienes también, seguramente, ya habían estado protestando el año anterior contra la represión y el asesinato de Camilo Catrillanca. Al ser el Estallido Social un evento eminentemente urbano, sus protagonistas despliegan ciertos repertorios de protesta como las manifestaciones convencionales en las ciudades, teniendo acotado impacto en las rutinas de aquellas organizaciones más disruptivas que se despliegan principalmente en al ámbito rural hace décadas. Sin embargo, sí es importante resaltar la desmonumentalización como dinámica de la protesta urbana a partir del Estallido, al tratarse de acciones en sintonía con el proyecto decolonial desplegado intensivamente en las últimas décadas por las principales organizaciones mapuche. Estos eventos dieron cuenta de una confluencia de actores mapuche y no mapuche, militantes urbanos y también comunidades rurales en las ciudades. Por otro lado, el Estallido ha evidenciado que la lucha no es de un pueblo contra otro, sino una pugna contra un modelo de desarrollo, donde las solidaridades y alianzas emergen en un horizonte de dignidad común proyectado en el tiempo. Aun cuando las demandas mapuche son por derechos colectivos y territoriales, son también demandas populares por dignidad y el Estallido ha dado cuenta de que su lucha es contra el modelo y no contra el pueblo chileno, el cual emerge más bien como un potencial aliado. Tal como lo expresara Claudio Alvarado Lincopi53, el movimiento mapuche es “un movimiento democratizador del país” y procura depositar el poder y la toma de decisiones en quienes habitan los propios territorios.
53 https://www.eldesconcierto.cl/2020/08/11/claudio-alvarado-100-dias-de-la-huelga-de-hambre-confianzas-dialogar/
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El Estallido ha visibilizado y también propagado a las ciudades la represión política de la protesta social que cotidianamente se vive en territorio mapuche. Es en última instancia, la ilegitimidad social del modelo chileno la que se procura contrarrestar artificiosamente mediante la represión sistemática de la protesta social, por la vía policial y judicial. De tal manera, urge contar con un nuevo contrato social que sustente legítimamente el orden y la convivencia, pues hoy tanto el Pueblo Mapuche como el pueblo chileno cuentan con presos políticos y víctimas de la represión sistemática desplegada contra la protesta social. En definitiva, es la ilegitimidad de un modelo vacío de autoridad, la que transforma a la violencia y represión en dispositivos de la más alta necesidad política. Finalmente, es necesario apuntar que, si bien el proceso constituyente se configura como potencial camino de paz y legitimidad, también representa una amenaza y riesgo de generar una nueva fractura o una profundización de las desconfianzas si no se considera la efectiva participación política de los pueblos originarios en la construcción de sus derechos fundamentales. Esto es particularmente crítico a la luz de las lamentables experiencias históricas de engaños y promesas no cumplidas del Estado, que no han hecho más que mermar las confianzas y fortalecer la protesta insurreccional como alternativa para la canalización de las demandas políticas del Pueblo Mapuche.
Bibliografía AMOLEF, F. (2005). La alteridad en el discurso mediático: los mapuche y la prensa chilena. Boletín IFP, 2(6). LABRÍN, J. M. (2011). Análisis de cobertura y tratamiento de conflictos indígenas 2010–2011. Santiago de Chile: Universidad de Chile/Unesco. PAIRICAN, F. (2014). Malon. La rebelión del movimiento mapuche 1990–2013. Pehuén Editores. ROJAS PEDEMONTE, N., & GÁLVEZ, D. (2020). La protesta mapuche como proceso interactivo: Espacios y dinámicas del conflicto en el retorno de Piñera. En N. Rojas Pedemonte, C. Lobos, & D. Soto, De la Operación Huracán al Comando Jungla. Anuario del conflicto en territorio mapuche, 2018 (págs. 16–39). Santiago: Observatori del Conflicte Social. Universitat de Barcelona. ROJAS PEDEMONTE, N., & MIRANDA, O. (2016). Dinámica sociopolítica del conflicto y la violencia en territorio mapuche. Particularidades históricas de un nuevo ciclo en las relaciones contenciosas. Revista de Sociología(30), 33–69. TILLY, C. (1978). From Mobilization to Revolution. McGraw–Hill.
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Cronología Fecha Acontecimiento 24 de enero Condena por cuatro de 2019 años a ex carabinero en caso Brandon Hernández 20 de febrero Confirman prisión de 2019 preventiva de Carlos Alarcón 13 de marzo Manifestaciones por de 2019 traslado de comuneros Tralcal
09 de abril de 2019 01 de mayo de 2019
Inicio Consulta Indígena Justicia declara ilegal detención de dirigente mapuche José Queipul
13 de mayo Héctor Llaitul prede 2019 sente querella contra fiscal Moya y Villalobos, caso Operación Huracán
26 de mayo Vocero Temucuicui de 2019 rechaza Consulta Indígena
28 de mayo Joven mapuche rede 2019 cibe un disparo de Carabineros en medio de recuperación territorial
Descripción Condenan a más de cuatro años de libertad vigilada a ex carabinero que disparó por la espalda a joven mapuche. El Tribunal Oral de Angol sentenció a Christian Rivera por los delitos de lesiones graves y vejación injusta, respectivamente. Caso Catrillanca: Corte de Temuco confirma prisión preventiva de Carlos Alarcón. El exuniformado se encuentra imputado como autor del delito consumado de homicidio del comunero mapuche. Con una manifestación pacífica en las afueras de las oficinas de la dirección de regional del organismo, un grupo de familiares y cercanos a los primos Luis Tralcal Quidel y José Tralcal Coche, exigieron el traslado de los condenados hasta el centro de cumplimiento penitenciario de la capital de La Araucanía. Ministerio de Desarrollo Social inicia procedimiento administrativo y convoca a proceso de Consulta Indígena Juzgado de Garantía de Victoria declaró ilegal la detención del dirigente mapuche José Queipul, que la tarde de este martes fue detenido por Carabineros luego de un operativo en el que Queipul recibió un disparo en su muslo por parte de los efectivos de Fuerzas Especiales. El vocero de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, presentó una querella en contra del fiscal de Alta Complejidad de Rancagua, Sergio Moya, por los presuntos vínculos que éste tendría con la Operación Huracán, en la que el comunero y otros seis mapuches fueron detenidos tras un montaje realizado por Carabineros de La Araucanía en septiembre de 2018. El werken de la comunidad autónoma de Temucuicui, Jorge Huenchullan expresó su rechazo a la Consulta Indígena y todas las acciones del Gobierno que no tengan relación con la recuperación de tierras, afirmando que los terrenos desde donde han sido desalojados volverán a ser ocupados. Tras un operativo policial en la comunidad Antonio Calbún, en Victoria, en La Araucanía, un joven mapuche resultó baleado en la cabeza, luego que Carabineros ingresara al predio. La comunidad se encontraba en proceso de recuperación territorial y, en medio de eso, el propietario del fundo habría dado aviso a Carabineros.
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Fecha Acontecimiento Descripción 09 de junio AMCAM llama a La Asociación de Municipios con Alcalde Mapuche (AMde 2019 suspender Consulta CAM) emitió un comunicado pidiendo al Gobierno que Indígena dé pie atrás y suspenda la realización de la consulta. La organización manifestó su “disconformidad al cómo se ha planteado el proceso, por lo cual solicita suspender su desarrollo para socializar y replantear los temas a tratar mediante un acuerdo nacional”. 10 de junio Comunidades de Un rechazo absoluto al proceso de Consulta Indígena se de 2019 Tirúa rechazan Con- produjo durante la jornada de este sábado en Tirúa, luego sulta Indígena que casi medio centenar de representantes lafkenche se apostaran en las afueras de la Escuela Municipal Eloísa González, espacio que había sido dispuesto por la Comisión Consultora del Ministerio de Desarrollo Social, para llevar adelante esta instancia, la que ha sido resistida en prácticamente todas las comunas donde ha intentado imponerse. 11 de junio Chadwick niega res- El ministro del Interior, Andrés Chadwick, asistió a la de 2019 ponsabilidades en penúltima sesión de la comisión investigadora sobre la caso Catrillanca actuación de su cartera, de Carabineros y la PDI, en relación a la muerte del joven mapuche Camilo Catrillanca; para responder las consultas de los diputados. El ministro señaló que no esperaba recibir un informe falso de Carabineros, situación que calificó de inaceptable y condenable. Indicó que el primer documento que se le hace llegar (documento ejecutivo) es una versión que viene firmada por dos funcionarios de Carabineros. 21 de junio INDH amplía que- El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) amde 2019 rella contra dos ex- plió la querella contra exgenerales de Carabineros por el generales por caso caso Catrillanca. La acción judicial apunta a Christian Franzani y Mauro Victoriano, como presuntos encubriCatrillanca dores del crimen contra el comunero mapuche. 02 de julio Comunidades de Comunidades mapuches de Collipulli rechazaron la Conde 2019 Collipulli rechazan sulta Indígena del Gobierno, al igual que en la mayoría de Consulta Indígena comunas del país. El Ejecutivo informó que buscarán una nueva fecha para realizar el procedimiento 05 de julio Citan a declarar El fiscal de Rancagua Sergio Moya prestará declaraciones de 2019 a fiscal Moya por ante el Tribunal de Garantía de Temuco, tras ser invoocultamiento de lucrado por uno de los imputados de solicitar el ocultapruebas en caso miento de pruebas de la fallida operación de inteligencia Operación Huracán de Carabineros. 19 de julio Comunero mapu- El comunero mapuche identificado como Lemuel Gamade 2019 che muere baleado li Fernández Toledo (25) fue baleado por un particular por dueño de predio durante la madrugada. La información preliminar que se maneja es que Lemuel Gamali recibió un impacto de bala en Tirúa por parte del dueño de un predio, en el sector de Tranaquepe, cuando habría ingresado al fundo.
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Fecha Acontecimiento 23 de julio Condenan a oficial de 2019 de Carabineros por homicidio frustrado de comuneros mapuche en Tirúa
24 de julio Rebajan medidas de 2019 cautelares a general Gonzalo Blu
27 de julio Hostigamiento y de 2019 violencia en contra de familia de lonko Curamil 29 de agosto Querella por homide 2019 cidio frustrado contra Carabineros por comuneros heridos en Ercilla 07 de sep- Hortaliceras matiembre de puche acuden a 2019 DD.HH. tras reiterada violencia en Temuco 14 de octu- Formalizan a Carabre de 2019 binero por disparo en ojo a estudiante mapuche en Padre Las Casas 18 de octu- Inicio Estallido bre de 2019 Social 29 de octu- Derriban busto de bre de 2019 Pedro de Valdivia y Diego Portales en Temuco 02 de no- Derriban estatua de viembre de Valdivia y Mendoza 2019 en Cañete 14 de no- Primer aniversario viembre de del asesinato de Ca2019 milo Catrillanca
Descripción La Fiscalía indicó que los comuneros recibieron impactos de bala después de un incidente ocurrido en la madrugada del 26 de diciembre en el sector de Tranaquepe. En medio de esta situación los carabineros utilizaron pistolas calibre 9 milímetros y efectuaron al menos 10 disparos a una camioneta donde se trasladaban cuatro personas. Hasta antes de este fallo, el ex jefe de Inteligencia de Carabineros se encontraba en prisión preventiva. Ahora, tras la revisión del tribunal, las medidas cautelares fueron rebajas, quedando Blu con arresto domiciliario total y prohibición de comunicarse con otros imputados en la misma causa. El pasado sábado, personas desconocidas ingresaron a la vivienda del lonko Alberto Curamil, causando destrozos y daños a la casa, sumándose lo anterior, al hostigamiento y amedrentamiento continuo que ha sufrido la familia del dirigente mapuche hace casi un año. Una querella en contra de Carabineros, por el delito de homicidio frustrado, ingresó en el Juzgado de Garantía de Collipulli, la defensa de dos comuneros mapuches de Ercilla que resultaron heridos con numerosos perdigones, disparados a corta distancia. Dos asociaciones indígenas que representan a 52 mujeres productoras y emprendedoras, asistieron a la Comisión de DD.HH. de la Cámara de Diputados, a denunciar que son tratadas como delincuentes, y a solicitar el respeto de su cultura y el derecho al trabajo que tienen. Un suboficial mayor en retiro de Carabineros, fue formalizado por cuasidelito de lesiones graves gravísimas, tras utilizar una escopeta para disparar gas lacrimógeno, impactando con uno de los proyectiles en el rostro de una estudiante mapuche en 2017. Con diversas protesta en Santiago, se da inicio al ciclo de movilizaciones conocido como Estallido Social Durante las movilizaciones convocadas por distintas comunidades mapuche en apoyo a las diferentes protestas que se han registrado en el país, dos estatuas han sido derribadas por grupos de manifestantes en Temuco. Cerca de 500 comuneros mapuche llegaron al sector a participar en una marcha convocada en la zona. En este contexto, los bustos fueron arrancados de sus bases, rayados y lanzados al piso. Primer aniversario del asesinato de Camilo Catrillanca, perpetuado por funcionarios de Carabineros y el Comando Jungla.
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Fecha Acontecimiento Descripción estatua Derriban estatua de Arturo Prat en medio de incidentes 14 de no- Derriban viembre de de Arturo Prat en aislados en Temuco. A un año del asesinato del comune2019 Temuco ro mapuche, Camilo Catrillanca, unas tres mil personas llegaron al lugar donde se encontraba el monumento de Arturo Prat para derribarlo. 26 de no- Curamil no ingresa Esta mañana se suspendió el juicio por el robo en la Caja viembre de a juicio en protes- de Compensación Los Héroes de Galvarino por negativa 2019 ta por inclusión de de los cuatro acusados a ingresar al juicio, reclamando la prueba, represión inclusión de evidencia que no estaba originalmente en la en cárcel e im- carpeta investigativa, la represión sufrida ayer en cárcel punidad en caso de Angol y la impunidad en el caso de Camilo Catrillanca Catrillanca 30 de no- Confirman prisión El Tribunal Oral en lo Penal de Angol ratificó la prisión viembre de preventiva de ex preventiva del ex–sargento del GOPE de Carabineros, 2019 GOPE Carlos Alar- Carlos Alarcón. El otrora uniformado es indicado como cón y familia de co- quien disparó y asesinó a Camilo Catrillanca el 14 de nomunero exige cade- viembre del año 2018. na perpetua 01 de di- Consejo de Lonkos El Consejo de Lonkos de La Araucanía llamó a todas las ciembre de llama a mapuche a organizaciones mapuche del país a unir criterios para 2019 unir criterios para participar en la construcción de una eventual nueva participar de una Constitución, exigiendo al Congreso escaños reservados nueva Constitución en la Convención Constituyente. 12 de di- Anuncio nuevo Go- El próximo 11 y 12 de diciembre en el cerro Ñielol de Teciembre de bierno mapuche muco, el Consejo de Todas las Tierras convocó a un pro2019 tras reunión en Ce- ceso constituyente, para iniciar —lo que denominan— un autogobierno mapuche. rro Ñielol 13 de di- Absuelven a lonko El Nobel Verde fue liberado y absuelto de todos sus carciembre de Alberto Curamil lue- gos tras estar más de un año en prisión preventiva en la 2019 go de 16 meses de cárcel de Temuco. prisión preventiva 16 de di- Comunidad de Ti- La consulta ciudadana realizada en Tirúa, se destacó, enciembre de rúa decide que se tre otras cosas, por preguntar si la comunidad deseaba 2019 retiren empresas fo- que continuaran las cuestionadas empresas forestales y restales tras históri- el monocultivo de árboles en su territorio. En 22 mesas de votación que se dispusieron en la comuna para esta ca votación Consulta Ciudadana 2019, las preferencias estuvieron a favor de la expulsión del monocultivo forestal.
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capítulo 3
Un año más de desencuentros: participación y política institucional mapuche en 2019 Víctor Tricot 54 German Bidegain55
Introducción Durante 2019, y pese al asesinato de Camilo Catrillanca llevado a cabo por Carabineros el año anterior, el Gobierno de Sebastián Piñera intentó de todas formas imponer su agenda en cuanto a la relación del Estado con los pueblos indígenas. En este sentido, un esfuerzo clave fue la campaña, encabezada tempranamente por el ministro Alfredo Moreno, para reformar la Ley Nº 19.253 de 1993 sobre fomento, protección y desarrollo de los indígenas, la llamada Ley Indígena. Como es sabido, la Ley Indígena está vigente desde 1993 y, pese a las muchas críticas que se le ha realizado, ha sido una de las pocas herramientas legales que dota a los pueblos indígenas de instrumentos para defender sus derechos en Chile. No obstante, desde el Gobierno se buscó su modificación con el argumento de que algunos aspectos de esta protección conspiraban contra el desarrollo económico de la población mapuche. En el Acuerdo Nacional por el Desarrollo y la Paz en La Araucanía, elaborado durante 2018, se planteaba que la tenencia de tierras bajo la lógica de la Ley Indígena limitaba el emprendimiento, y que se asumía de facto que los indígenas eran ciudadanos incapaces de tomar decisiones (Ministerio de Desarrollo So54 Profesor Universidad de Girona. Director Académico Spain: Policy, Law and Regional Autonomy, SIT Study Abroad. El autor es miembro del proyecto “Autodeterminació i sobirania dels pobles indígenes: atles d’un estudi en perspectiva interdisciplinària”. Universitat de Girona/Institut d’Estudis de l’Autogovern (IEA). 55 Profesor e investigador del Instituto de Ciencia Política de la Universidad de la República, Uruguay. Investigador del Centro de Informaciones y Estudios del Uruguay (CIESU).
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cial, 2018:13). La intención manifiesta de reformar la Ley Nº 19.253 y la Consulta Indígena que se debía realizar en este marco fueron parte medular de la agenda política institucional mapuche durante la primera parte del año. Como se verá más adelante, se generó un gran debate respecto a las verdaderas motivaciones de la reforma y sus posibles consecuencias, que concentró gran parte de la agenda de organizaciones mapuche, académicas, de las comunidades y de medios de comunicación. Por su parte, la Cámara de Diputados del Congreso, lugar por décadas prácticamente negado a la presencia indígena y mapuche, en particular, ha visto cómo la diputada Emilia Nuyado ha asumido un rol interesante en cuanto a visibilizar demandas indígenas y otorgar voz a las comunidades, tanto desde su rol de diputada, como desde las comisiones de investigación y de derechos humanos y pueblos indígenas. El 2019 también fue el año en que los chilenos en masa se volcaron a las calles, en lo que se ha bautizado mediáticamente como el Estallido Social, fenómeno sin precedentes contemporáneos pero que, indefectiblemente, será recordado como una coyuntura crítica para Chile, cuya relevancia transformadora está aún por verse. Desde un punto de vista institucional, es posible argumentar que, para el país, habrá un antes y un después de octubre de 2019. Este nuevo escenario debiese extenderse potencialmente también hacia los pueblos indígenas y sus demandas, situación que se ve reflejada en la intención de organizaciones indígenas de influir para lograr cupos reservados en la nueva convención constitucional, intentando paliar de esta forma la exigua presencia indígena y mapuche en los espacios de política institucional. En el artículo “Participación y política institucional mapuche durante 2018” (Tricot y Bidegain, 2020), trabajamos bajo la premisa de que existían novedades y continuidades en cuanto a la forma en que el Estado chileno se relacionaba con el pueblo y movimiento mapuche. Otra premisa relevante fue que tanto el movimiento como las organizaciones indígenas no actúan en un vacío. Por el contrario, están influidas por el contexto, que, desde un punto de vista institucional, muchas veces les es adverso. Con estas premisas aún muy presentes, los efectos de las movilizaciones populares acaecidas a contar de octubre no pueden obviarse a la hora de entender la participación en política institucional mapuche durante 2019. A priori, quizás los espacios institucionales no han tenido la relevancia o incidencia de aquellos repertorios de acción colectiva más contenciosos. Sin embargo, la lucha por las reivindicaciones y demandas mapuche siempre se ha llevado a cabo también desde instancias institucionales o de política más convencional. Es por ello que parece relevante, para entender lo acontecido con el movimiento mapuche, analizar también lo ocurrido desde el marco de las instituciones y la política convencional durante el año 2019. Para esto, se analizaron acciones, declaraciones y la participación de organizaciones mapuche mediante diversos canales institucionales. El presente trabajo se articula en tres secciones. En primer lugar, se realizará una breve actualización de lo analizado en el Anuario 2018, revisitando someramente dos instancias en las cuales se profundizó en aquella instancia, a saber, la Asociación de Municipalidades con Alcalde Mapuche (AMCAM) y la representación mapuche en el Congreso. En segundo lugar, se profundizará en uno de los puntos más controvertidos y relevantes de participación institucional mapuche en 2019: la realización y fracaso de la Consulta Indígena llevada a cabo por el Gobierno para refor-
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mar la Ley Indígena. Y finalmente, se analizará la actuación de organizaciones mapuche durante el Estallido Social comenzado el 18 de octubre de 2019.
Continuidad del actuar desde instituciones Nuestro artículo en la versión 2018 de esta colección se ocupó de identificar, mediante el repaso y análisis de las acciones llevadas a cabo desde la política institucional por organizaciones o dirigentes mapuche, si estas formas de actuación política correspondían a dinámicas novedosas o si, contrariamente, eran más bien parte de un continuo. Con este objetivo, se analizó el trabajo realizado en espacios institucionales en los que miembros del movimiento y del Pueblo Mapuche participaron políticamente durante 2018. Concretamente, se abordó el trabajo realizado por la Asociación de Alcaldes Mapuche (AMCAM), la labor en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), el trabajo llevado a cabo en el marco del Congreso Nacional y las consultas indígenas. Se identificaron continuidades, pero también novedades en cuanto a la participación institucional mapuche, representadas principalmente por el rol de la asociación de alcaldes y la elección de diputadas de ascendencia mapuche. Como veremos a continuación, ambas instancias tuvieron un rol relevante antes y después del Estallido de octubre. La AMCAM, que el año anterior había asumido un rol protagónico dentro de la institucionalidad, retomó su agenda de construcción de lazos institucionales y de interlocución con distintas instancias del Estado a lo largo del año hasta el Estallido de octubre. El asesinato de Camilo Catrillanca marcó el final del año 2018, pauteando, a su vez, la agenda política de La Araucanía a comienzos de 2019. Cuatro meses después del homicidio, el presidente de AMCAM, Juan Carlos Reinao, planteaba lo siguiente con respecto a la posibilidad de reanudar los diálogos con el Gobierno. Me parece complejo, pero no imposible. Lamentablemente pareciera que el odio y las diferencias están ganando. Es extraño, porque vimos a un ministro (Alfredo) Moreno conversando con muchas personas e instituciones mapuche, generando expectativas en nuestra gente y parecía que había intención de hacer algo diferente. Pero vino el asesinato de Camilo Catrillanca. Con él, el Estado en su conjunto vio caer su política de militarización [...] Lo que no se debe perder de vista es el propósito de lograr un desarrollo inclusivo en el territorio y no agotar el diálogo en busca de la paz56. El dirigente agregó que en el diálogo deben estar todos y que inclusive la Coordinadora Arauco–Malleco (CAM) debía ser parte. En este sentido, planteó su disposición a construir acuerdos entre estos, el Gobierno y las empresas forestales. Esta intención de la AMCAM de relacionarse e interactuar con el Estado la podemos ver también en las distintas instancias en las cuales se han reunido con autoridades de gobierno o, por ejemplo, en la gira internacional realizada por dos de sus miembros, Manuel Painiqueo y Juan Carlos Reinao57 (Italia, Perú, China y Corea del Sur). Visitas donde la idea, según reportes periodísticos, era 56 Fuentes, V. (2019). “Alcalde que integró la CAM apoya reactivar diálogos en La Araucanía”, El Mercurio, 18 de marzo de 2019. Disponible en http://www.economiaynegocios.cl/noticias/noticias.asp?id=554884 57 Alcaldes de Lumaco y Renaico, respectivamente.
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el posicionar a AMCAM en ProChile para así, posteriormente, poder contar con el respaldo en eventuales presentaciones de proyectos a instituciones gubernamentales en Chile, específicamente en lo relacionado a proyectos de turismo de intereses especiales y productos que cada comuna pueda ofrecer58. La participación política desde los municipios y, concretamente en este caso, de la asociación que reúne a los alcaldes mapuche, continúa siendo una estrategia política para posicionar demandas mapuche (Antileo et al., 2009; Pairican, 2014; Tricot, 2018). A través de la misma se visibilizan demandas y problemáticas a nivel institucional, por ejemplo, mediante reuniones con autoridades o reclamando audiencias a representantes regionales, nacionales o al mismo presidente de la República, como lo hizo en agosto el alcalde de Renaico en una visita de Sebastián Piñera a su comuna. Esta labor de visibilización es, sin duda, relevante. Sin embargo, igual o más importante es el rol como interlocutores, como actores políticos con presencia en conflictos que implican a los mapuche. Este fue el caso, no solo con posterioridad al Estallido Social de octubre, sino también durante el conflicto suscitado a comienzos de año con respecto a la intención manifiesta del Gobierno de reformar la Ley Indígena, contexto en el cual, como indica el Convenio 169 de la OIT, el Gobierno inició un proceso de consulta (que será explicado en detalle en el segundo apartado de este artículo). Frente a la ofensiva gubernamental, AMCAM fue clara en su rechazo ante esta instancia, declarando que El contexto actual de desconfianza en que se encuentran las relaciones entre el Estado de Chile y los pueblos originarios no favorece la adecuada implementación del proceso de consulta. Como AMCAM estamos convencidos de que la Ley Indígena fue una conquista significativa para nuestro pueblo y hoy es un factor principal de protección a nuestros derechos, por lo que vemos con preocupación los intentos de modificar algunos aspectos de ella59. Si 2018 será recordado porque se evidenció un matiz sin precedentes en cuanto a representación descriptiva en el parlamento: la presencia de dos diputadas y un senador de ascendencia mapuche, es posible argüir que 2019 nos permite observar muestras, más bien, de representación sustantiva, con una activa y destacada participación de la diputada Emilia Nuyado en la defensa y visibilización de problemáticas indígenas desde su labor parlamentaria. Desde 2018 la diputada se integró a las comisiones de Comisiones Permanentes de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, y de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural. Cabe destacar que el 3 de abril de 2019 fue electa por sus pares para presidir la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas. Además, la diputada ha participado en seis comisiones de investigadores, de las cuales tres están directamente ligadas al conflicto entre el Estado de Chile y el Pueblo Mapuche60. El trabajo parlamentario de la diputada Nuyado durante la primera mitad de 2019 fue variopinto, con presencia a nivel de su territorio, abordando temáticas sobre el agua, trans58 Fuente: soychile.cl - https://www.soychile.cl/Temuco/Sociedad/2019/04/25/592407/Alcaldes-mapuche-realizan-girainternacional-para-potenciar-sus-comunas.aspx 59 Fuente: soychile.cl - https://www.soychile.cl/Temuco/Politica/2019/06/07/599662/AMCAM-solicito-al-Gobierno-asuspender-Consulta-Indigena.aspx 60 “Comisiones sobre: actuación de organismos policiales, de persecución criminal y de inteligencia en Operación Huracán; actuación del Ministerio del Interior y organismos policiales en muerte de Camilo Catrillanca; y comisión Especial Investigadora sobre adquisición de tierras indígenas”.
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parencia municipal, reuniones con dirigentes regionales, etc. Además, ha tenido una labor muy activa en temáticas que afectarán a los pueblos indígenas, como el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico o TTP11, llamando a rechazarlo, precisamente, por los efectos que tendría sobre el patrimonio, propiedad intelectual indígena y la soberanía alimentaria61. Posteriormente a su aprobación por parte de la cámara de diputados, Nuyado lamentó la decisión y criticó la falta de participación de los pueblos indígenas en este proceso, Según manifestó en redes sociales: Lamento la aprobación del TTP11, una vez más se hace oído sordo a las voces de miles de campesinos y nuevamente el Estado elude su obligación con los pueblos indígenas, el TTP11 no fue consultado como lo establece el convenio 169 de la OIT porque priman los intereses económicos62. Antes de abordar lo que es posible de argüir como el hito de política institucional mapuche más importante previo al Estallido de octubre, vale la pena mencionar dos muestras de acciones realizadas en el Congreso que pueden ayudar a ejemplificar la representación sustantiva de 2019. El primero de ellos, puede parecer simbólico, sin embargo, representa un reconocimiento institucional hacia los pueblos indígenas y el Pueblo Mapuche, en particular, como existentes en el país como pueblos con cultura, lengua, tradiciones e incluso vestimentas diferentes a las de Chile. La moción 12919–27 del 10 de septiembre intenta reformar los artículos 1 y 2 de la Ley Indígena de forma de permitir, por una parte, incluir en la cédula de identidad la pertenencia a un pueblo indígena. Por otra parte, que el Registro Civil del país permita que en la fotografía de este documento quienes lo deseen puedan aparecer con sus indumentarias, atuendos o adornos propios de su cultura. Esta moción fue firmada por la diputada Nuyado. El segundo ejemplo son los oficios N° 25295 y N° 33474. En el primero, la diputada, en uso de su facultad, oficia al ministro de Desarrollo Social para que responda acerca de las gestiones realizadas para responder a las demandas de la Asociación de Educadores Tradicionales Mapuche de las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos. En el segundo, lo hace para que responda acerca del presupuesto destinado para los institutos y academias de lengua indígena en el año 2019. De todas formas, innegablemente la agenda política mapuche previa al Estallido estuvo fuertemente influida por el asesinato por parte de Carabineros de Camilo Catrillanca, ocurrido a finales de 2018. El 21 de enero de 2019, Marcelo Catrillanca (padre de Camilo) fue invitado a relatar lo ocurrido a la comisión investigadora por el asesinato. Tres meses después vemos cómo la diputada Nuyado informa vía redes sociales de la reunión sostenida entre ella y la presidenta de la Cámara de Diputados con la coordinadora de Temucuicui “para acordar espacio de encuentro en que comuneros puedan venir a explicar situación que viven en La Araucanía”. Esta reunión tendría su fruto en una instancia única para la institucionalidad política del país, la realización en el salón plenario del Congreso Nacional el 12 de junio de 2019, de un trawün histórico, donde werkenes, lonkos y dirigentes de la comunidad de Temucuicui, llegaron invitados por la Comisión de Derechos Humanos
61 http://www.tvinet.cl/contenido.php?subaction=showfull&id=1548289045&archive=&start_from=&ucat=16& 62 https://twitter.com/DEmiliaNuyado/status/1118596217590644737
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y Pueblos Indígenas a interactuar en primera persona con los diputados. En palabras de Marcelo Catrillanca, Nosotros tenemos cuatro puntos que hemos podido desarrollar en el trawün de Temucuicui, buscar un buen entendimiento entre los dos pueblos que viven y existen hoy en Chile, varios pueblos más, pero lo que nosotros queremos es la desmilitarización; que haya una reparación al daño causado al Pueblo–Nación Mapuche; justicia para Camilo; y también decirles en su cara que nosotros como Pueblo–Nación Mapuche estamos en posición de poder nombrar nuestras propias autoridades… nosotros vamos a proclamarnos como autogobierno del Pueblo–Nación Mapuche63. La sesión fue presidida por la diputada Emilia Nuyado, asistiendo, además de los invitados, miembros de ambas cámaras, incluidos el presidente del Senado y la vicepresidenta de la Cámara Baja. El acta de la sesión señala que Los invitados expusieron sobre diversas temáticas vinculadas con materia indígena, tanto en idioma español como en mapudungun, refiriéndose especialmente al caso de la muerte del weichafe Camilo Catrillanca, la necesidad de diálogo entre el Pueblo Mapuche y el Estado chileno, la militarización del Wallmapu, entre otros asuntos de interés. Las diversas intervenciones, tanto de los dirigentes mapuche como de los parlamentarios, constan en el registro audiovisual de esta sesión, que contiene el debate en su integridad64. Una reunión de estas características no es baladí, representa un reconocimiento institucional a la discriminación y racismo que han sufrido los mapuche. Es un intento, simbólico tal vez, de confrontar desde una institucionalidad liderada por una diputada mapuche la ya centenaria relación o continuum de dominación agenciado entre el Estado chileno y el Pueblo Mapuche (Tricot, 2013). Así como, el año anterior, la diputada llevó al hemiciclo de los diputados demandas de largo aliento del pueblo y el movimiento mapuche, en esta ocasión podemos encontrar la presencia de los protagonistas del conflicto en las comisiones, entregando sus experiencias, y también en el salón plenario del Congreso Nacional, exponiendo y debatiendo acerca de terminar la militarización, la represión, la aplicación del Convenio 169 y de una revisión histórica que exponga las injusticias vividas por los mapuche65. Para finalizar, debe mencionarse otra situación en el marco de política institucional que no tiene precedentes. A fines de noviembre de 2019, poco después del Estallido Social, el Gobierno de Sebastián Piñera designa como gobernador de la Provincia de Cautín al abogado mapuche y ex director ejecutivo de la Corporación de Profesionales Mapuche (ENAMA), Richard Caifal, convirtiéndose, de esta forma, en el primer gobernador mapuche de la provincia. En una entrevista ofrecida pocos días después, señalaba: Se agradece el voto de confianza que entrega el presidente y es importante recalcar que aquí se ha dado una señal política para la región y para el país, en el sentido de que él mismo dijo que se debía gobernar con los mapuche y no para 63 https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/region-de-la-araucania/papa-de-camilo-catrillanca-nos-reuniremos-con-losdiputados-buscando/2019-06-10/210508.html 64 Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, periodo legislativo 2018-2022, legislatura 366ª, Acta de la sesión N° 56, especial. Miércoles 12 de junio de 2019, de 15:00 a 17:00 horas. 65 Tweet de Emilia Nuyado del 13 de junio de 2019.
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los mapuche. Y lo que también ha establecido es que, para este proceso constituyente, estén todos los sectores representados, ya sea con el Pueblo Mapuche en La Araucanía y con los nueve pueblos originarios a lo largo del país66.
La consulta para reformar la Ley Indígena La consulta para reformar la Ley Indígena fue, sin lugar a dudas, el mayor fracaso del Gobierno en materia de política indígena durante el año 2019. Como ha sido la tónica imperante en los procesos de Consulta Indígena llevados adelante desde la ratificación del Convenio 169 de la OIT (Fuenzalida B., 2015; Tricot y Bidegain, 2020), se trató de un proceso plagado de críticas por no respetar los estándares internacionales67. Las críticas provenientes de distintos actores se dieron a la par de significativas protestas en la primera etapa de la consulta. Algunas de las protestas culminaron con escenas rocambolescas, como el caso del escape por los techos de funcionarias del Gobierno en Carahue o la quema de documentos relacionados a la consulta en Tirúa68. Finalmente, el proceso de consulta solo cumplió una de las cinco etapas previstas en el diseño gubernamental. Fue suspendido a dos meses de comenzado y unos meses más tarde, derechamente cancelado. El 9 de abril el Diario Oficial publicó una resolución del Ministerio de Desarrollo Social que indicaba el inicio de un procedimiento administrativo para iniciar el proceso de consulta “respecto de las medidas relativas a introducir modificaciones en la Ley Nº 19.523 y/o en cualquiera de los procedimientos que deriven de ella”69. Las críticas a esta iniciativa rápidamente se hicieron sentir. Por ejemplo, una columna del abogado mapuche Lautaro Loncon destacó distintos elementos del proceso que, a su juicio, mostraban problemas de fondo en la iniciativa y daban cuenta de mala fe en la consulta por parte de las autoridades70. En primer lugar, la propia resolución del ministerio enmarcaba el proceso dentro del Acuerdo Nacional para el Desarrollo y la Paz en La Araucanía. Su artículo 6 justificaba la necesidad de modificar la Ley Indígena “(…) de conformidad a las medidas propuestas en el Acuerdo (…)”71. Según Loncon, esta situación se relacionaba, al menos, con problemas de dos tipos. Por una parte, se promovía la reforma de una normativa con alcance general a todos los pueblos indígenas de Chile para atender la situación de un grupo particular de la población mapuche, aquella ubicada en el territorio histórico. Por lo tanto, para atender una situación específica se buscaba modificar una norma que también refiere a los mapuche no residentes en el sur, así como a los otros ocho pueblos indígenas del país. Por otra parte, el propio Acuerdo Nacional para el Desarrollo y la Paz en La Araucanía no incluyó a 66 https://www.diariomayor.cl/temuco/index.php/comunidad-u-mayor/alumni/533-alumni-abogado-richard-caifal-es el-nuevo-gobernador-de-la-provincia-de-cautin 67 En los primeros meses de este año culminó el proceso de Consulta Indígena sobre la asignatura de Lengua y Cultura de Pueblos Originarios, cuyo desarrollo se dio en su gran mayoría durante 2018. Los representantes del Pueblo Mapuche se retiraron antes de su finalización por no aceptar el requisito de 20% en la matrícula de población indígena para que se dicte la materia Lengua Mapuche. Este proceso de consulta es analizado en el capítulo de participación política institucional mapuche del año 2018 (Tricot y Bidegain, 2020). 68 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2019/06/10/consulta-indigena-la-historia-de-un-fracaso.shtml 69 https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2019/04/09/42326/01/1572409.pdf 70 https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2019/04/18/modificacion-de-la-ley-indigena-una-usurpacion-legal-delas-tierras-y-territorios/ 71 https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2019/04/09/42326/01/1572409.pdf
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las organizaciones mapuche representativas, como tampoco lo hizo con las organizaciones de los otros pueblos indígenas. En segundo lugar, la reforma de la Ley Indígena jamás estuvo en las plataformas reivindicativas de las organizaciones indígenas, mapuche o no mapuche. Por lo tanto, se trató de un impulso de pura iniciativa gubernamental que fue la primera señal fuerte de retomar la agenda de políticas indígenas después del asesinato de Catrillanca. El contexto en que se realizó esta apuesta, de creciente desconfianza entre el Estado y las organizaciones mapuche, y la orientación de las medidas propuestas, se combinaron para generar una rápida resistencia. Veamos entonces cuáles eran las principales medidas del paquete de reformas impulsado por el Gobierno. La propuesta gubernamental sometida a consulta constaba de 11 puntos. Presentados sintéticamente, estos puntos son los siguientes: i) habilitar la subdivisión de tierras de comunidades provenientes del Fondo de Tierras de CONADI; ii) permitir que el derecho real de uso y de goce se constituyan en título individual de dominio; iii) eliminar la restricción de subdivisión mínima de las tierras indígenas de tres hectáreas; iv) disminuir de 25 a 5 años el periodo a partir del cual se pueda vender la tierra entre indígenas; v) reglamentar el mecanismo de permuta de tierras indígenas; vi) permitir contratos de arriendos, comodatos o medierías en tierras indígenas por un plazo de hasta 25 años, en vez de los 5 años actuales; vii) permitir mecanismos alternativos y voluntarios de reparación de tierras en casos de conflicto por tierras indígenas; viii) permitir el acceso a beneficios asociados a la calidad indígena solamente a personas con calidad indígena por el artículo 2 letras (a) y (b) de la Ley Indígena; ix) exigir mayores requisitos para la constitución de comunidades indígenas; x) permitir que las Asociaciones Indígenas puedan constituirse con un mínimo de 2 integrantes en vez de los 25 integrantes exigidos en la actualidad; y xi) permitir que las asociaciones indígenas puedan postular al Fondo de Desarrollo Indígena72. Como fuera oportunamente señalado, un conjunto de medidas se refiere a cuestiones asociadas a los títulos de tierra indígena, mientras que un segundo grupo se vincula a temas de las formas organizativas de las comunidades. Vale nuevamente señalar que no se trata de demandas que hayan estado en las plataformas de las organizaciones mapuche. Por el contrario, las demandas de las organizaciones han estado históricamente ligadas al fortalecimiento de la protección de las tierras indígenas, mientras que las reformas propuestas iban en sentido contrario. Aunque no habilitaban la venta de tierra indígena a personas no indígenas, establecían una serie de modificaciones al sistema actual que buscaban dinamizar su ingreso al mercado de tierras mediante la flexibilización de su protección73. Desde la perspectiva gubernamental, las medidas buscaban mejorar la calidad de vida de las comunidades, dotando a sus miembros de herramientas para poder aprovechar sus recursos en el marco de una sociedad de mercado. En palabras del director (s) de CONADI, Fernando Sáenz, las modificaciones responderían a demandas de algunas comunidades que habían señalado al Gobierno problemas de funcionamiento interno: “todo lo que dice relación con asociatividad, poder arrendar, subdividir y todo lo que con ello conlleva para poder mejorar la vida de las co-
72 http://www.consultaindigena2019.gob.cl/medidas 73 https://www.elmostrador.cl/destacado/2019/05/30/la-reforma-a-la-ley-indigena-un-gobierno-que-no-respeta-ni-escucha/
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munidades, a eso es lo que apunta esta consulta para poder mejorar la ley”74. Desde las organizaciones mapuche, estas modificaciones fueron interpretadas como un nuevo intento gubernamental por desproteger el territorio indígena y ponerlo al servicio de los sectores económicos interesados en su explotación productiva. Esta tensión, entre la voluntad de integrar las tierras indígenas al mercado de tierras general por parte de distintos gobiernos y su defensa por parte de organizaciones mapuche, tiene una larga historia en el país (Rupailaf, 2002). El antecedente de las políticas de la dictadura pinochetista en este sentido encendió las alarmas. La Ley Indígena fue justamente un dique contra estos impulsos, su reforma fue interpretada como “25 años de retroceso en la política indígena, un acto contrario al Convenio Nº 169 de la OIT (…)”75. La posibilidad de fragmentación de las tierras en muy pequeñas parcelas y su arriendo por 25 años, sin claridad, incluso, con respecto a si este periodo era renovable, fue entendida por muchos como una fórmula propicia para su renta por parte de grandes productores. Sergio Caniuqueo sintetizó el pensamiento de estos sectores preguntándose “¿Consulta Indígena para quién?”76. De acuerdo a su análisis, aunque el discurso gubernamental insistía en la importancia del aumento de la libertad individual de los indígenas para disponer de sus tierras, los beneficiarios últimos parecían ser las compañías forestales que, a través del arriendo de pequeñas parcelas, accederían a la explotación de un territorio que en el marco actual les está vedado. Además, el debate impulsado por el Gobierno contrapondría dentro del mundo mapuche a quienes promueven estrategias colectivas de lucha con quienes desarrollan estrategias que ponen el énfasis en situaciones particulares. El derrotero de la consulta fue accidentado y con un final prematuro. De acuerdo al plan del Gobierno se preveían cinco etapas77: i) planificación (entrega preliminar de información, de metodología y definición de participantes); ii) información (entrega de antecedentes de la medida e información sobre la misma); iii) deliberación interna (análisis de los pueblos indígenas sobre la medida); iv) diálogo (llegar a un acuerdo o consentimiento sobre la medida); y v) sistematización y cierre (elaboración de relación detallada del proceso). Los problemas se hicieron evidentes previo al comienzo de la primera etapa, que sería la única implementada antes de la suspensión y posterior cancelación del proceso. El 22 de mayo comenzó a andar la primera etapa, en un marco en que ya distintas voces habían manifestado públicamente lo inconveniente de la consulta. Al comenzar la agenda de reuniones previstas por el Gobierno, distintas protestas impidieron su funcionamiento de acuerdo a lo esperado por las autoridades. En algunos casos se dieron altercados, algunos de los cuales fueron denunciados como hechos violentos hacia los funcionarios a cargo de las reuniones78. A estas situaciones conflictivas se agregaron otras polémicas,
74 https://www.emol.com/noticias/Nacional/2019/04/16/944793/Consulta-para-modificar-ley-indigena-iniciara-conconvocatoria-en-126-localidades-del-pais.html 75 https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2019/04/18/modificacion-de-la-ley-indigena-una-usurpacion-legal-delas-tierras-y-territorios/ 76 https://www.theclinic.cl/2019/06/04/columna-de-sergio-caniuqueo-huircapan-consulta-indigena-para-quien/ 77 http://www.consultaindigena2019.gob.cl/etapas 78 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2019/06/10/consulta-indigena-la-historia-de-un-fracaso.shtml
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como la denuncia por parte de comunidades mapuche de la participación de conscriptos mapuche en una de las reuniones organizadas por el Gobierno79. Desde la Cámara de Diputados, la diputada Nuyado hizo eco de estas denuncias solicitando a los ministros de Defensa y de Desarrollo Social y Familia, en el entendido de que se estaría vulnerando el principio de buena fe reconocido por el Convenio 169 de la OIT. Otros representantes mapuche con actuación en política institucional también hicieron sentir su desacuerdo con el proceso. La AMCAM presentó, el 9 de junio, un comunicado en el que hacía un “llamado al Gobierno a suspender y reformular este proceso con el propósito de mejorar la información y recuperar las confianzas”80. Las críticas del proceso se acumularon con el tiempo, ampliándose los frentes desde los que provenían. Las críticas de los sectores mapuche se combinaron con críticas de representantes otros pueblos originarios, como el pueblo atacameño, a través del presidente del Consejo de Pueblos Atacameños de la Región de Antofagasta81. Más adelante, incluso representantes del propio Gobierno comenzaron a criticar el proceso. El senador Ossandón, de Renovación Nacional, criticó públicamente al ministro Moreno de crear un caso “Catrillanca 2”82. Recibiendo fuego desde todas partes, la consulta se vio severamente afectada. El 13 de junio, el ministro Moreno fue reemplazado por Sebastián Sichel, quien debió hacerse cargo de un proceso herido de muerte. Un mes más tarde, el nuevo ministro suspendió la consulta, atribuyendo sus problemas a “errores comunicacionales” y a la “violencia” de algunos sectores que había imposibilitado la realización de los talleres planificados83. De hecho, de 139 talleres realizados hasta ese momento, solo 79 se habían logrado completar. No obstante, más allá de este argumento, otros personeros del Gobierno reconocieron problemas de fondo. Por ejemplo, el jefe de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas del ministerio, Gonzalo Arenas, reconoció que “No queremos seguir con una consulta que el día de mañana tenga tales grados de deslegitimidad política y social que, al final, haya sido un ejercicio totalmente en vano, que no sea representativo”84. Efectivamente, se trató de un proceso con altos grados de deslegitimidad política y social desde sus comienzos. La suspensión del mes de julio fue prorrogada por dos ocasiones y el 13 de noviembre se dictaminó, por parte de las autoridades, su cancelación definitiva. El fin de este proceso, en pleno Estallido Social post 18 de octubre y un día antes del aniversario del homicidio de Catrillanca, buscó ser una señal de acercamiento por parte del Gobierno hacia el Pueblo Mapuche. No obstante, no puede dejar de señalarse que se trató de una señal de descompresión de una situación que fue de completa responsabilidad del Gobierno, dando cuenta de un desatino flagrante en un contexto que ya era agitado. En definitiva, el caso del fracaso de la consulta es un ejemplo más de la dificultad de los sucesivos gobiernos chilenos para atender las demandas del Pueblo Mapuche y promover espacios genuinos de 79 https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/region-de-los-rios/ejercito-respondio-a-comunidades-y-confirmo-participacionde-conscriptos/2019-06-07/021628.html 80 amcam.cl/post/alcaldes-mapuche-solicitan-al-gobierno-suspender-consulta-indígena-y-avanzar-en-un-verdadero-acuerdo 81 https://www.latercera.com/nacional/noticia/la-consulta-indigena-los-pueblos-no-quieren/696810/ 82 https://www.latercera.com/politica/noticia/alfredo-moreno-creo-catrillanca-2-senador-ossandon-rn-lanza-dura-criticaal-ministro-desarrollo-social-consulta-indigena-la-araucania/677324/ 83 https://www.eldesconcierto.cl/2019/06/29/el-eufemismo-de-sichel-que-esconde-el-fracaso-de-la-consulta-indigena/ 84 https://www.latercera.com/politica/noticia/gobierno-suspende-consulta-indigena-evalua-cancelarladefinitivamente/754847/
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intercambio y escucha de demandas que sigan los estándares internacionales y sean bien recibidos por sus destinatarios.
Rol de lo institucional post octubre de 2019 Lo que inició con actos de desobediencia civil por parte de estudiantes secundarios, saltando los torniquetes del Metro de Santiago en protesta por el aumento de los precios del pasaje, derivó en las movilizaciones populares más multitudinarias vistas en el país desde el final de la dictadura. El 18 de octubre de 2019 marca un hito que enfrenta a la democracia chilena a una coyuntura crítica. La gente se volcó a las calles cansada, entre otras cosas, de la desigualdad, los abusos y las injusticias. El correlato institucional más evidente de la magnitud del Estallido Social es la convocatoria a un plebiscito para dirimir la realización o no de una Convención Constitucional que se encargará de redactar una nueva Constitución para el país. Puede parecer un sinsentido analizar la participación política mediante la institucionalidad en el marco de un Estallido Social que critica e interpela desde la calle, precisamente, a gran parte de las instituciones del país, incluidos el Gobierno, los políticos y parlamentarios. Sin embargo, la actuación política mapuche y del movimiento no se circunscribe a solo una dimensión. Por el contrario, responde a una cultura política donde la participación desde las instituciones es consustancial al movimiento mapuche y representa, junto a las diversas manifestaciones movimentales visibles, una cara más de la lucha por la recuperación territorial y por la autonomía. Se trata de una actuación proactiva que muchas veces confluye con un horizonte o praxis autonómica tanto convencional como no convencional (Tricot y Bidegain, 2020). Las movilizaciones de octubre abrieron muchos debates postergados en el país, además de visibilizar prácticas que el común de la población consideraba erradicadas o incompatibles con la democracia, pero que durante décadas las comunidades mapuche vienen denunciando como cotidianas. A saber, la militarización, criminalización, racismo y violaciones a sus derechos humanos (Tricot, 2020). Fue precisamente la violencia extrema ejercida por agentes del Estado lo que motivó una actuación activa de la diputada Emilia Nuyado en su rol de presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas de la Cámara Baja, emitiendo declaraciones públicas y mediante oficios de la comisión. Desde el día siguiente al inicio de la represión, la diputada publicó mediante redes sociales críticas a la violencia y la actuación del Gobierno, compartiendo el día 21 de octubre una declaración más extensa donde señalaba la importancia de finalizar con la violencia para poder iniciar la discusión política. Primero deben cesar ya las medidas de fuerza y represión desproporcionadas que han sido decididas desde el Gobierno. Como mujer indígena me consta que esas medidas solo exacerban los conflictos y sus costos siempre los pagan las y los pobres, las y los marginados. Deben cesar de inmediato el Estado de Excepción y la militarización de estos asuntos y dar señales inmediatas de un urgente y amplio diálogo democrático85.
85 https://www.facebook.com/100024186042286/posts/535032293979634?sfns=mo
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Entre aquellas discusiones que reemergieron, fue —paradójicamente— una de tipo institucional la que concitó mayor atención y se convirtió en la forma en la cual se canalizó el descontento. El debate en torno a lo imperativo que se hacía cambiar la Constitución que impera en el país desde la dictadura, logró abrir una ventana de oportunidad impensable hace poco: la convocatoria de un plebiscito en el cual la ciudadanía podría tomar dos decisiones. En primer lugar, decidir si debía cambiarse o no la Constitución y, en segundo lugar, en caso de aprobarse lo primero, decidir la forma en que debía realizarse este cambio, si mediante una Convención Constitucional, completamente elegida por la ciudadanía, o una Convención Mixta, donde la mitad fuera elegida por la gente y la otra mitad integrada por parlamentarios. Este escenario ofrece oportunidades de reformas institucionales inexistentes hasta hoy, muchas que habían sido parte del debate y de las demandas del movimiento mapuche, pero que habían carecido, hasta ahora, de un horizonte claro en cuanto a su concreción. Sin ir más lejos, el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas del país es un compromiso que se mantiene incumplido. A casi treinta años del Acuerdo de Nueva Imperial y habiendo transcurrido gobiernos de distinto color político, hoy la Constitución Política del país no reconoce la existencia de los pueblos indígenas. Pese a que es posible argumentar que estos reconocimientos son formales y poco sustantivos, asociándose más que nada a consentir con la democracia neoliberal (Richards y Garner, 2013), también es factible plantear que implican reconocer y hacer partícipes a los pueblos que viven en el país del más alto nivel de las normas jurídicas del Estado, entendiendo la Constitución como el pacto político que fija las reglas del juego por las que se rige la sociedad y el Estado de Chile (Huenchumilla, 2017). Además, esta demanda no es solo una demanda histórica del movimiento mapuche, sino que se ha vuelto transversal de los pueblos indígenas del país con amplio reconocimiento en la población en general. Así lo demuestra, por ejemplo, el Estudio de Opinión Pública y Nueva Constitución de abril de 2020 realizado por el Centro de Estudios Interculturales e Indígenas86. De acuerdo a una encuesta a hogares en comunas de más de 50.000 habitantes a nivel nacional, el 97% de los entrevistados declaró que los pueblos indígenas debían ser reconocidos constitucionalmente. En el mismo sentido, en su declaración pública del 21 de octubre, la diputada Emilia Nuyado incluía también dentro de las razones que justificaban la necesidad de cambiar la carta fundamental del país el reconocer a los pueblos indígenas. Este sistema que promueve abusos se basa en una Constitución que debe ser sustituida, este descontento es obviamente un momento constituyente en que el pueblo de Chile debe decidir un nuevo pacto que garantice el derecho a la salud y a la educación de calidad, a una vivienda digna, al agua como un bien efectivamente público; un sistema tributario que corrija efectivamente la gran inequidad económica que no solo afecta la igualdad del país sino las bases mismas del desarrollo y la prosperidad de Chile; es simple, los que más tienen deben pagar más impuestos; el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas es también imprescindible87. 86 La muestra fue de 1.529 casos. Estudio disponible en: http://www.ciir.cl/ciir.cl/wp-content/uploads/2020/05/Estudiode-opinion-publica_Pueblos-originarios-y-nueva-constitucion_Librillo-Digital.pdf 87 https://www.facebook.com/100024186042286/posts/535032293979634?sfns=mo
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La idea de reconocimiento sigue en la agenda, aunque ya un poco rezagada ante la emergencia de otras demandas, como que se reconozca al país como plurinacional o que los pueblos indígenas, dentro de sus derechos políticos colectivos, tengan representación propia en las instituciones del país y, en concreto, en el Parlamento. En la declaración pública del 24 de octubre, el presidente de AMCAM, Juan Carlos Reinao, afirmaba que en esa coyuntura deben cambiar los cimientos de este injusto modelo a través de una nueva Constitución nacida desde el pueblo y que garantice derechos a todos los habitantes de este territorio. En este nuevo pacto social se debe establecer una nueva relación entre el Estado con el pueblo de Chile, y en particular con sus pueblos originarios a través Gobiernos Locales Interculturales, para así generar un Estado plurinacional e intercultural que garantice nuestros derechos colectivos, recursos naturales, representación política, y mecanismos de autonomía que nos permita construir nuestro destino88. La representación política mediante cupos reservados ha sido parte medular de la discusión en el marco de la institucionalidad, concretamente, la forma en la cual serían representados los pueblos indígenas en la potencial Convención Constitucional. Según el estudio de opinión pública ya citado, el 82% de los encuestados está de acuerdo con que los pueblos indígenas tengan cupos reservados para el Congreso Nacional. Este guarismo se repite en lo referido a la pregunta acerca de si el órgano encargado de redactar la nueva Constitución debiese tener cupos para pueblos indígenas. Este acuerdo se logra observar también en el marco de las organizaciones y políticos mapuche que apuestan por la política institucional. Los alcaldes representados por AMCAM estuvieron presentes en el Congreso defendiendo precisamente esta postura. Al respecto, el vicepresidente de la organización Adolfo Millabur señaló que Hay un tema muy importante que es la paridad de género en la constituyente, y el otro aspecto importante es la presencia de los pueblos originarios en la constituyente. No tiene sentido que nosotros, como siempre ha sido en la historia, desde afuera tratando de reclamar, en circunstancia que hoy día existe la posibilidad que, al construir una nueva Constitución, estén todos los actores involucrados y, en este caso, los pueblos originarios89. Por su parte, la diputada Nuyado no solo planteaba la necesidad de estos cupos, sino que señalaba el porcentaje que debería estar representado en la instancia, planteando que La coincidencia es que estos no deberían ser inferior a la cantidad de habitantes que señala el Censo de 2017, que son un 12,8% que, redondeando, es un 13%. Por lo tanto, no debe ser inferior de 22 a 23 escaños. Con respecto a la propuesta que tienen los alcaldes y representantes de los pueblos, se plantea una macrozona, un registro único90. 88 https://www.amcam.cl/post/juan-carlos-reinao-pdte-de-la-amcam-es-necesaria-una-nueva-constituci%C3%B3n-quenazca-del-pueblo 89 https://www.tvu.cl/comunidades/entrevistas-lcc/2019/12/09/asociacion-de-municipalidades-con-alcalde-mapucheapuestan-por-la-creacion-de-un-estado-plurinacional.html 90 https://www.eldesconcierto.cl/2020/01/20/diputada-nuyado-por-escanos-indigenas-no-se-que-consciencia-pudierantener-los-que-van-a-votar-en-contra/
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Desde una perspectiva un poco más indigenista, pero también defendiendo la necesidad de la representación de los pueblos indígenas en la convención constitucional, el director de CONADI, Ignacio Malig91, también se mostró de acuerdo con los cupos reservados, señalando que Los pueblos indígenas deben estar representados, si es que se da el hecho de que haya una nueva Constitución, esta debe recoger la participación de todas las personas para que la identidad nacional de la que es parte y que forman los pueblos indígenas que construyen Chile, deba ser vista y tengan una visión que los incluye a todos y cada uno de los nueve pueblos indígenas92. Por último, otra de las organizaciones políticas que ha optado por las instituciones como uno de sus escenarios privilegiados de actuación es Wallmapuwen. La organización reemerge de un tiempo de silencio, tras su breve legalización como partido, ahora como movimiento político autonomista que entendió como correcto el trabajo hecho en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, que estableció los escaños reservados para la convención que redacte la nueva Constitución. En este sentido, en una declaración pública manifestaron que Como Wallmapuwen, consideramos que esta fórmula posibilita una participación más equilibrada y justa de la sociedad mapuche en la Convención Constituyente, por lo que hacemos un llamado a la totalidad de fuerzas políticas a ratificar esta indicación en sala, no es posible que un pueblo que representa el 10% de la población de un país quede excluido en el proceso de elaboración de una nueva Constitución. Creemos que nuestra participación es fundamental, pues solo así se podrá iniciar un camino que permita subsanar la exclusión, construya mayores y mejores relaciones entre el Estado chileno y el Pueblo Mapuche generando condiciones para dar cauce político a las reivindicaciones históricas de nuestro pueblo93. Lo descrito anteriormente brinda un panorama de la disputa político institucional en un año que seguramente será recordado por la política de las calles. Sin embargo, la revisión de la dinámica contenciosa convencional durante el 2019 visibiliza su imbricación e interdependencia con la protesta social. A continuación, se ofrece una síntesis y balance de lo expuesto en este documento.
Conclusiones El año 2019 no se caracterizó por cambios sustantivos en la tónica histórica de clausura institucional del Estado chileno hacia la participación mapuche. Por el contrario, como muestra el análisis realizado en este capítulo, el año comenzó signado por la tensión evidente que dejó el asesinato de Camilo Catrillanca y tuvo en la fallida consulta para reformar la Ley Indígena, una cuenta más del largo “rosario” de desencuentros entre los sucesivos go91 Vale destacar que el nombramiento de Malig como director de CONADI, en junio de 2019, reafirmó la práctica, ya bastante habitual, de nombrar personas no pertenecientes a pueblos originarios a la cabeza de la institución más importante de participación indígena del país. 92 https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2019/12/26/director-de-conadi-a-favor-de-cuotaindigena-en-proceso-constituyente-deben-estar-representados.shtml 93 https://www.mapuexpress.org/2019/12/17/wallmapuwen-ante-los-escanos-reservados-para-pueblos-indigenas-enla-convencion-constituyente/
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biernos y el Pueblo Mapuche. El impulso unilateral por reformar la emblemática ley en un sentido contrario a lo que históricamente han sido las demandas de organizaciones y comunidades movilizadas, fue una estrategia errada que rápidamente generó tensiones y llevó al fracaso prematuro de la consulta. Este es el último caso, y uno de los más resonantes, de los problemas que el Estado chileno ha tenido para implementar la consulta prevista en el Convenio 169 de la OIT. También, es un ejemplo más de la profunda incomprensión del Gobierno chileno respecto de las necesidades, demandas y procesos del Pueblo Mapuche. Más allá de que se mantuvo la lógica habitual impulsada por los gobiernos chilenos, existieron algunos aspectos dignos de destacar relacionados al posicionamiento de algunas figuras y organizaciones políticas mapuche con participación en la arena institucional, así como a la peculiar coyuntura inaugurada con el Estallido Social que comenzó en el mes de octubre. Con respecto a lo primero, se debe subrayar la labor que, desde la Cámara de Diputados, llevó adelante la diputada Nuyado, así como el trabajo de los alcaldes mapuche nucleados en AMCAM. Su presencia en el debate público, antes y después del Estallido de octubre, dan cuenta del agenciamiento de nuevos espacios para las voces mapuche, impulsados estos desde esferas institucionales. En segundo lugar, cabe también destacar la ventana de oportunidad que el Estallido abrió para el debate sobre reformas institucionales que garanticen una mejor representación del Pueblo Mapuche y los pueblos originarios, en general, en el seno del Estado. El reconocimiento constitucional y la discusión sobre cupos reservados para indígenas en la Constituyente o el Congreso son los ejemplos más evidentes de un debate de larga data que ha sido relanzado en el contexto actual. Si bien el resultado de los debates actuales es aún incierto, la histórica acumulación de movilización social y desde los espacios institucionales por parte del Pueblo Mapuche encuentra en el contexto actual un terreno propicio para impulsar sus justos reclamos por nuevos esquemas que aseguren una relación deseable con el Estado chileno.
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Cronología Fecha
Acontecimiento
CONADI presenta listado de “apellidos 14 de enero mapuche evidentes” de 2019 para la acreditación indígena
Termina Consulta Indígena sobre 29 de marzo nueva asignatura de Lengua y Cultura de de 2019 los Pueblos Originarios Ancestrales Resolución Diario 09 de abril Oficial Consulta Ley de 2019 Indígena Diputada Nuyado rechaza descono24 de abril cimiento del Gobierno del Sistema de 2019 Interamericano de DD.HH. Diputada Nuyado llama a rechazar 05 de mayo consulta por Ley Inde 2019 dígena ya que beneficiará a empresarios Gobierno expuso ante el Consejo Na07 de mayo cional de CONADI los lineamiende 2019 tos de la Consulta Indígena Comienza Consulta Indígena 2019 en 27 de mayo la Región de Magade 2019 llanes y la Antártica Chilena
Descripción El listado busca ser un insumo para acortar los plazos de entrega de certificados de calidad indígena en línea. Aunque el organismo informó que en los próximos días se agregarían más apellidos a la lista inicial compuesta por 117, la presentación del listado generó polémica por la falta de varios apellidos mapuche reconocidos como Catrillanca, Huilcaman o Huenchumilla. Concluye este proceso de consulta que se desarrolló mayoritariamente durante el año 2018. A poco de culminarse los representantes del Pueblo Mapuche se retiraron de la consulta por no aceptar la exigencia de 20% de presencia indígena para que se imparta la asignatura Lengua Mapuche. El proceso de esta consulta es analizado en el capítulo sobre participación política institucional mapuche del año 2019. Se publica en el Diario Oficial la resolución que da inicio al proceso de consulta para reformar la Ley Indígena
El Gobierno presenta frente al Consejo Nacional de CONADI sus fundamentos para reformar la Ley Indígena y los lineamientos principales de la consulta asociada a tal proceso.
Tiene lugar la primera sesión de la Consulta Indígena en la Región de Magallanes y Antártica Chilena.
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Fecha
Acontecimiento
División interna en Chile Vamos debido 01 de junio a nombramiento del de 2019 nuevo director de la CONADI
06 de junio Participación consde 2019 criptos consulta
Descripción La designación de Ignacio Malig como nuevo director de la CONADI, miembro de Evópoli, genera resistencias dentro de Chile Vamos. Desde Renovación Nacional valoran como un error nombrar a una figura de Evópoli en este cargo. Se señala, en particular, que es equivocado asignar al cargo a una persona que no pertecene a los pueblos originarios. Lamentablemente, el nombramiento de personas no pertenecientes a los pueblos originarios a la cabeza de la institución más importante de representación indígena en el país es una práctica habitual en Chile. Fuerte polémica y malestar tras denuncia de participación de militares de origen mapuche en proceso de consulta. Ejército afirma que la participación fue voluntaria y afirma que “se otorgaron facilidades” para que asistieran. El caso agrega dificultades a un proceso por demás controversial y acusado de viciado por distintos dirigentes y comunidades mapuche.
Nuyado pide renun- La diputada pide la renuncia del ministro al aparecer an07 de junio cia de Moreno por tecedentes de la compra irregular por parte de su jefe de de 2019 compra de tierras gabinete, Juan Pablo Longueira, de tierras indígenas.
Dirigentes mapuche se reúnen con 12 de junio diputados en históde 2019 rico encuentro en el Congreso
Se llevó adelante un encuentro en la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados con 250 personas pertenecientes a comunidades mapuches. Uno de los participantes fue el padre de Camilo Catrillanca que interpeló al Presidente de la República y al ministro del Interior por haber asesinado a su hijo. También participó del encuentro Aucan Huilcaman, quien manifestó haber informado formalmente a los diputados de la creación de Gobierno autónomo en el sur.
13 de junio Moreno deja de 2019 MIDEPLAN
Piñera realiza su segundo cambio de gabinete y reemplaza a Alfredo Moreno en MIDEPLAN por Sebastián Sichel, en medio de la controvertida Consulta Indígena.
el
Estudio muestra Investigación de la Fundación Aitue da cuenta de la es16 de julio baja participación casa participación femenina en cargos dirigenciales de de 2019 de mujeres indígeCONADI. nas en CONADI El nuevo ministro de MIDEPLAN suspende la Consulta 24 de julio Gobierno suspende Indígena temporalmente en un contexto de fuertes conde 2019 Consulta Indígena troversias y resistencias de los pueblos indígenas a este proceso. Alcalde mapuche le El alcalde de la comuna de Reinaco, Juan Carlos Reinao, pide a Piñera que lo entregó documento a Sebastián Piñera durante su visita 21 de agosto reciba en La Monea la Región de La Araucanía solicitando mayor atención y de 2019 da: debe “conversar diálogo frente a los problemas de la población mapuche. más con el pueblo”
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Fecha
Acontecimiento
18 de no- Nuyado firma acuviembre de sación constitucio2019 nal a Piñera Asociación de AlMapuche 22 de no- caldes viembre de exige cupos garantizados en acuerdo 2019 constituyente 26 de no- Richard Caiviembre de fal es nombrado 2019 gobernador
Descripción Luego de haber suspendido la consulta en dos ocasiones a través de resoluciones exentas (números 553 y 631), el Gobierno decide cancelar definitivamente la Consulta Indígena para reforma la Ley Indígena. Esta decisión se toma a un mes de comenzar el Estallido Social chileno y a un día de conmemorarse el asesinato de Camilo Catrillanca. Diputada Nuyado apoya la acusación constitucional contra el Presidente Piñera, impulsada por diputados del Frente Amplio y el Partido Comunista. AMCAM lleva adelante encuentros con presidentes de los partidos políticos chilenos para abogar por cupos garantizados a los pueblos originarios en el proceso constituyente que se debate en el marco del Estallido Social chileno. Richard Caifal, miembro de Evópoli y del directorio de ENAMA, es nombrado por Sebastián Piñera como nuevo gobernador de la Provincia de Cautín.
Comunidades mapuche anuncian 12 de diinstalación de nueciembre de vo Gobierno inde2019 pendiente desde el río Biobío al sur
Luego de una asamblea que duró dos días en el Cerro Ñielol con más de 250 representantes de comunidades mapuche el líder del Consejo de Todas las Tierras, Aucan Huilcaman, informó de la voluntad de los representantes reunidos por avanzar hacia un Gobierno independiente en el territorio mapuche.
Intervención de al13 de dicaldes mapuche en ciembre de omisión de consti2019 tución de diputados
Alcaldes mapuche participan en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados. Demandan escaños reservados en el nuevo proceso constituyente y exigen fin de racismo y discriminación. El movimiento político autonomista Wallmapuwen manifiesta su apoyo a la definición de escaños reservados para los pueblos indígenas en la Convención Constituyente. Hacen un llamado, además, a que los mapuche miembros de partidos políticos no compitan por los escaños reservados. El director de CONADI se manifestó favorable a que en caso de haber proceso constituyente exista una cuota que asegure la participación indígena en Convención Constituyente.
Gobierno cance13 de nola definitivamente viembre de consulta por Ley 2019 Indígena
18 de di- Declaración de Waciembre de llmapuwen sobre 2019 escaños reservados
Director de CO26 de dicienNADI apoya cuota bre de 2019 indígena
Derechos Humanos y Pueblo Mapuche | 73
capítulos 4
Derechos Humanos y Pueblo Mapuche Soledad Molinet Cristián Peralta
Son muchas las interrogantes que tengo, ¿por qué nuevamente el Estado me acusa de algo que no he cometido? Nunca me imaginé vivir un segundo allanamiento, de noche, transgrediendo mi espacio sagrado y rompiendo nuevamente mi equilibrio. ¿Por qué se quiere dañar la imagen de una Machi? Me gustaría explicarle mi rol: yo no elegí ser Machi, sino que es una función que llegó a mí y debí asumir, es un trabajo al servicio de los demás con la finalidad de devolver la salud física, espiritual y guiar en el proceso de ser persona en el mundo mapuche. Como le contaba la vez anterior, vivo con mi hermana, una sobrina que es como nuestra hija y su pequeña hijita Paula; somos mujeres que hemos salido adelante gracias al trabajo, esfuerzo y también a la dignidad de nuestro Pueblo. Por ello no merezco ser condenada públicamente sin una investigación seria y un juicio justo, en realidad no debo pasar por dicho proceso, pues soy inocente. La otra vez le escribí para contar sobre las diversas gestiones que he realizado para lograr vivir plenamente, en mi territorio, ejerciendo mi rol tradicional, lo cual busco desde el año 2008, donde lucho por acceder a un sitio de significancia cultural y donde recolecto mi lawen (plantas medicinales), espacio al cual aún no puedo acceder libremente, pero que se constituye en el primer recurso de protección donde se utiliza el Convenio 169 de la OIT, y que me hace conocida a nivel nacional e internacional. Machi Francisca Linconao. Extracto carta abierta a Michelle Bachelet, Lof Rahue, abril, 2016.
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La urgente necesidad de comprender, respetar y promover los derechos humanos Desde octubre del año recién pasado (2019) nuestra sociedad se vio, lamentablemente, obligada a hablar cotidianamente de las graves violaciones a los derechos humanos que ocurrían, incluyendo muertes a manos de agentes del Estado. Se hizo urgente el rechazo generalizado de las masivas y sistemáticas violaciones que ocurrían a nivel nacional, lo que trajo a la memoria los terribles actos de atropello a los derechos humanos durante la dictadura cívico militar que inició en 1973. Sobre la noción de derechos humanos no encontraremos una única definición, por ejemplo, Naciones Unidas señala: “Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición” (ONU, 1948: 12). Por otro lado, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en sus inicios, lo define como: “Las expresiones de derechos humanos y derechos fundamentales indistintamente se refieren a las facultades que tienen las personas, por una parte, para vivir libres de la intervención arbitraria del Estado, y por otra, para solicitar al Estado que realice determinadas acciones destinadas a permitirles desenvolverse en sus vidas” (INDH, 2010:16). En contextos de crisis sociopolíticas se torna central reforzar las características y principios que rigen a los derechos humanos. Dentro de ellas se destaca que son inherentes a las personas (solo por el hecho de ser personas ya tenemos derechos), son indivisibles (es decir no podemos gozar solo de algunos derechos y de otros no) e interdependientes (se relacionan entre sí derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales) y, por sobre todo, tienen como eje central la dignidad de la persona. Estas características van de la mano con los principios, donde encontramos como eje la igualdad y no discriminación, la participación, ser pro persona y la no regresividad de los derechos. Los derechos humanos han tenido un desarrollo histórico. Por ejemplo, Squella (2000) reconoce al menos cinco etapas: positivación, generalización, expansión, internacionalización y especificación. En esta última etapa, con la activa movilización de la sociedad civil, se amplió el sujeto de especial protección, apareciendo obligaciones más específicas a los Estados para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, de las mujeres, de los pueblos originarios, de las diversidades sexuales y de las personas mayores, entre otros grupos de especial protección. Esta especialización de derechos no ha estado exenta de debates sobre la primacía de visiones monoculturales o de la occidentalización del desarrollo de los derechos humanos. Todas las movilizaciones e incidencia, tanto en el sistema universal, como americano de derechos humanos, se ha concretado en diversas relatorías94 que han ido acogiendo la diversidad y han desarrollado un gran contenido temático sobre las preocupaciones y la agenda de urgencias en derechos humanos. Dada la importancia de este desarrollo, la educación en derechos humanos también es una obli-
94 Comisiones especializadas que generan informes con recomendaciones a los Estados, realizan visitas in situ a los países y son un nexo activo con la sociedad civil, entre otras funciones.
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gación para los Estados. Existe una declaración específica al respecto95, la que debe implementarse en todos los niveles de enseñanza, desde pre–básica a la universidad. Una educación efectiva en derechos humanos aportará en que los prejuicios que existen sobre los derechos humanos vayan decayendo, comprendiendo que la misión de la promoción y defensa de los derechos humanos nos compete a todas y todos.
Derechos humanos y casos emblemáticos Para el Pueblo Mapuche, ejercer derechos ha representado una lucha constante en el plano institucional y organizacional. Cuando se ha reclamado la autonomía, autodeterminación y recuperación territorial, la respuesta del Estado ha sido la represión policial, tanto en las movilizaciones, allanamientos a los territorios y persecución a autoridades tradicionales. Esta situación ha develado una masiva y sistemática violación de sus derechos de parte del Estado (Pairican, 2014). El Art. 1 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1966), señala “(…) Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de ese derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural”, y en el Art. 15 a) se reconoce el derecho a “participar en la vida cultural”. Han pasado más de 50 años de este importante tratado de derechos humanos, donde se reconocen derechos activos en el ámbito cultural. Chile aún tiene pendiente de ratificación su protocolo facultativo, el cual permite que “las víctimas busquen justicia a nivel internacional por violaciones a sus derechos económicos, sociales y culturales, mediante el envío de comunicaciones individuales al Comité DESC” (ONU, 2010). En el caso del ejercicio de los derechos culturales en los diversos penales donde han permanecido los presos políticos mapuche96 se ha develado aún más la actitud racista del Estado, negando el ejercicio de una cultura propia, con valores y tradiciones, que independientemente de la situación procesal de las personas, deben ser garantizados por el Estado. Nos detendremos en un breve análisis sobre el acceso a la espiritualidad, alimentación y salud tradicional mapuche, reclamaciones permanentes por las personas privadas de libertad mapuche que les ha llevado a realizar movilizaciones radicales, como las huelgas de hambre97. 95 Declaración de Naciones Unidas sobre Educación y Formación en Materia de Derechos Humanos (2011), la que en su Art. 2 señala “(…) 1.- La educación y formación en materia de derechos humanos están integradas por el conjunto de actividades educativas y de formación, información, sensibilización y aprendizaje que tienen por objeto promover el respeto universal y efectivo de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, contribuyendo así, entre otras cosas, a la prevención de los abusos y violaciones de los derechos humanos al proporcionar a las personas conocimientos, capacidades y comprensión, y desarrollar sus actitudes y comportamientos para que puedan contribuir a la creación y promoción de una cultura universal de derechos humanos”. 96 Denominación que se han dado desde fines de la década de 1990 y que busca reivindicar la situación por la cual se encuentran privados de libertad. 97 La huelga de hambre es una medida extrema de reclamación, se llega a ella cuando se agota el diálogo o cuando los acuerdos con la autoridad política no se cumplen. Han sido múltiples las huelgas de hambre desarrolladas por personas mapuche que han marcado el escenario político chileno. Una de las huelgas de hambre históricas fue la que llevó adelante Patricia Troncoso, conocida como “la Chepa”, quien a fines del año 2017 y comienzos del 2018, mantuvo por 112 la medida de presión. También está la huelga de la machi Francisca Linconao (diciembre 2016) quien, a pesar de haber estado solo 14 días, estuvo en una condición crítica por su estado de salud y espiritual ya muy deteriorado por la prisión preventiva. Ver más antecedentes en: https://radio.uchile.cl/2016/12/31/colegio-medico-sobre-machi-francisca-linconao-aqui-no-contamos-con-semanas-contamos-con-dias/ http://www.mapuche.info/news/lanacioncl080130.html, https://radio.uchile. cl/2016/12/31/colegio-medico-sobre-machi-francisca-linconao-aqui-no-contamos-con-semanas-contamos-con-dias/
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Los petitorios de estas huelgas comienzan, por lo general, con una reivindicación política profunda sobre el derecho a la autodeterminación, la recuperación territorial y el rechazo a la aplicación de la Ley Antiterrorista (Le Bonniec, 2014). Luego, algunas invocan las necesidades más inmediatas, que se relacionan con mantener su cultura al interior de los penales. (…) Como es sabido por todos, en estos días me ha tocado asumir nuevamente la prisión política, esta vez aislado y silenciado en el penal CCP–Biobío. Todo producto de la presión política del poder ejecutivo de este Gobierno fascista que no titubea en asumir la defensa de los intereses de los grandes grupos económicos transnacionales y de las oligarquías criollas, de las que son sus lacayos y representantes. En sus intenciones, además buscan silenciar y deslegitimar nuestras justas demandas históricas de territorio y autonomía, y en mi caso, buscan quebrar mi voluntad de lucha y callar mi voz98. (…) Yo Álvaro Millalen, preso político mapuche en la cárcel de Temuco, comunico a nuestro pueblo y sociedad en general que a partir de hoy martes 19 de febrero de 2019 me sumo a la huelga de hambre líquida que están llevando a cabo los peñi Facundo Jones Huala, Jorge Cayupan y José Cáceres, para exigir derechos intra–penitenciarios de los presos políticos mapuche, como un protocolo de visitas masivas, autorización para realizar ngellipun y taller de cultura mapuche, entre otros99. Las reclamaciones para acceder a la espiritualidad tienen que ver con acceder principalmente a realizar ceremonias tradicionales como llellipun (rogativa mapuche), celebración wexipantu (inicio de un nuevo ciclo de vida) y machitun (restablecimiento de la salud física y espiritual) (Antona, 2014). Cuando se trata de autoridades tradicionales mapuche, como lonko o machi, la complejidad aumenta, pues ellos/as requieren de un ejercicio cotidiano para mantener el equilibrio en su salud tanto física como espiritual y que requiere la conexión con su lof o rewe. Sobre la necesidad de ingresar alimentos, esta se encuentra relacionada directamente con el ejercicio espiritual, ya que para algunas ceremonias son necesarios determinados alimentos tradicionales (muday, harina tostada, mote), los cuales no se encuentran permitidos por Gendarmería, salvo autorización escrita por el jefe/a de cada penal. Tal como lo menciona el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), en su artículo 18.1100, se debe garantizar el ejercicio a la libertad de culto, ya sea de manera individual o colectiva. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en su Art. 5. a y b, señala la obligación del Estado de reconocer y proteger las prácticas culturales propias de los pueblos indígenas101. Sin duda, este es uno de los principales déficits del Estado chileno, ya que cuando se ha autorizado el desarrollo de ceremonias en 98 Extracto de petitorio huelga de hambre Ramón Llanquileo, año 2013, disponible en: https://www.lemondediplomatique. cl/huelga-de-hambre-mapuche.html 99 Extracto de petitorio huelga de hambre Álvaro Millalen, año 2019, disponible en: https://www.mapuexpress. org/2019/02/19/comunicado-publico-alvaro-millalen-preso-politico-mapuche-se-suma-a-huelga-de-hambre-liquida/ 100 “(…) Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza”. 101 “(…) a) deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente, b) deberá respetarse la integridad de los valores, prácticas e instituciones de esos pueblos. Convenio 169 OIT.
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los penales, han estado condicionadas al cumplimiento de buena conducta, entregadas a través de un beneficio y no de un derecho. En el ámbito del acceso a la salud tradicional mapuche a personas privadas de libertad, se ha ejercido dicho derecho principalmente por la vía judicial. Así se evidenció con la machi Francisca Linconao cuando se encontraba en prisión preventiva (2016) y reclamó en reiteradas ocasiones la necesidad de atención pertinente culturalmente, tanto al interior del Centro Penitenciario Femenino de Temuco, como en el Hospital Intercultural de Nueva Imperial102. En Temuco, en julio de 2019, se realizó un encuentro denominado “Nvtram: Las condiciones penitenciarias de la población mapuche. El caso del machi Celestino Córdova”, donde se constató que con el actual sistema penitenciario los presos mapuche ven constantemente vulnerado su derecho a la salud, ya que en el penal no hay acceso a médico de manera expedita y el derecho a la atención tradicional mapuche encuentra también múltiples obstáculos103. Al respecto, el Convenio 169 de la OIT señala en su Art. 25 “(…) 1. Los gobiernos deberán velar por que se pongan a disposición de los pueblos interesados servicios de salud adecuados…”. Un estudio realizado por el Centro de Estudios Socioculturales de la Universidad Católica de Temuco (2018)104, constató una serie de brechas en relación al ejercicio de la cultura en los penales, versus el estándar internacional de derechos humanos. El estudio reconoce buenas prácticas en unos penales más que otros, no obstante, el ejercicio de derechos no debe quedar condicionado a la arbitrariedad, se debe garantizar en todo momento y lugar.
Derechos culturales: una aproximación En otra arista de los derechos culturales que afectan al Pueblo Mapuche, en junio del año 2019 el Gobierno ingresó un proyecto de ley sobre patrimonio cultural, en cuyos objetivos se encuentra “modernizar la institucionalidad de la actual Ley de Monumentos Nacionales, actualizar sus categorías y otorgar una protección efectiva al patrimonio cultural de Chile, mediante su identificación, conservación, puesta en valor, gestión y promoción”105. Este proyecto de ley es ampliamente rechazado por múltiples actores como organizaciones de pueblos indígenas, colegio de arqueólogos y artistas, entre otros. Los principales reparos son la nula participación de agentes expertos y la no realización de la Consulta Indígena, tal como lo mandata el Convenio 169 de la OIT. Además, dicha ley no reconoce el patrimonio cultural indígena, ni menos la propiedad intelectual indígena colectiva. Esto representa una grave afectación a los derechos de los pueblos indígenas y contraviene lo recomendado a Chile por el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, “(…) El Comité recomienda al Estado parte que a) tome las medidas necesarias para fortalecer 102 Ver en https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2016/11/21/autorizan-que-machi-franciscalinconao-sea-internada-en-hospital-intercultural-de-nueva-imperial.shtml 103 Ver en https://radiokurruf.org/2019/07/19/nvtram-las-condiciones-penitenciarias-de-la-poblacion-mapuche-el-casodel-machi-celestino-cordova/ 104 Estudio sobre condiciones intra-penitenciarias para imputados y condenados mapuche según estándar de derechos humanos e indígenas vigente en Chile. Temuco, septiembre 2018. 105 Además, la propuesta aborda cuatro áreas: i) centralismo del órgano colegiado, donde, además, se visualiza una estructura orgánica insuficiente y desactualizada; ii) categorías de protección obsoletas y poco eficaces; iii) ausencia de un sistema de compensaciones e incentivos para la conservación, restauración, preservación, puesta en valor y salvaguarda del patrimonio cultural; y iv) delitos e infracciones. Disponible en: https://www.camara.cl/prensa/sala_de_prensa_detalle. aspx?prmid=137320
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la protección de los derechos culturales y el respeto a la diversidad cultural, b) promueva la concientización sobre el patrimonio de los pueblos indígenas y c) cree condiciones favorables para que los pueblos indígenas puedan conservar, desarrollar, expresar y difundir su identidad, historia, cultura, lenguas, tradiciones y costumbres…” (DESC, 2015)106.
Consulta Indígena Entre los meses de abril y junio 2019 se realizó el proceso de Consulta Indígena, desarrollada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia con la finalidad de modificar la Ley Indígena107. El proceso de consulta que consideraba cinco etapas108, solo logró avanzar en la primera, donde recibió un amplio rechazo a nivel nacional de parte de los nueve pueblos indígenas que habitan el país. El proceso se suspendió el 25 de julio109 y luego, en noviembre de 2019, se canceló definitivamente el proceso. Las críticas desde las organizaciones mapuche se centraron en que el Gobierno impuso un tema que las comunidades no habían requerido, y que se liberalizaba al mercado de tierras la propiedad indígena, beneficiando a las empresas inmobiliarias y forestales más que a las comunidades mapuche. Por otro lado, se visibilizó que el Estado no ha aprendido nada del diálogo con el Pueblo Mapuche, pues no estableció vínculos previos con las autoridades tradicionales y dirigentes territoriales mapuche. Las dinámicas que establecieron las comunidades mapuche de la Región de La Araucanía para presentar su firme rechazo a la consulta fueron diversas, en algunas reuniones escuchaban la presentación que realizaba el Gobierno, y por medio de los profesionales daban a conocer su rechazo y firmaban las actas requeridas. En otras jornadas comenzaban con una rogativa mapuche, llevaban su propia comida (para no recibir la alimentación proporcionada por el Estado), no se firmaba ningún documento emanado por la institucionalidad y las intervenciones se realizaban mayoritariamente en mapudungun. Lo común fue siempre la indignación al ver que, una vez más, no se respetaba el derecho a la autodeterminación y protección de la propiedad colectiva de la tierra y el territorio mapuche.
Estallido Social y derechos humanos en La Araucanía El Estallido Social iniciado el 18 de octubre de 2019, la “revolución de octubre” o la “revuelta popular”, implicó un punto de inflexión en la historia nacional post dictatorial, proceso que solo quedó en pausa por la emergencia del COVID–19. En él convergieron diversas subjetividades que expresaban un profundo descontento y malestar. Un “¡basta ya!”, ante un sistema o modelo de vida implementado —de forma ilegítima— a sangre y fuego, y que se cristalizó, casi treinta años antes, con la Constitución de 1980. Si bien, la Carta Magna 106 Disponible en https://acnudh.org/24619/ 107 Eran once las medidas que se someterían a consulta, las cuales afectaban la propiedad colectiva de las tierras indígenas, acortaba los años de prohibición de venta de la tierra indígena entre personas indígenas, se permitían los contratos de arriendo, comodatos o medierías hasta por 25 años y aumentaban los requisitos para la constitución de comunidades indígenas, entre otras medidas. 108 Planificación, información, deliberación interna, diálogo y sistematización y cierre. 109 Por medio de la Resolución N° 241.
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fue signada por Ricardo Lagos Escobar y reformada durante la “transición a la democracia”, su núcleo o esencia, se mantuvo intacta. La Constitución, como expresión ideológica de sectores antidemocráticos, se constituyó en un traje a la medida (Salazar, 2020) para las élites económicas y la “inversión extranjera”, logrando perpetuar un sistema socialmente injusto e insostenible. Primero, debilitando y precarizando lo público y restringiendo o limitando los derechos adquiridos por los movimientos sociales durante gran parte del siglo XX (salud, educación, vivienda, derechos laborales, sistema de pensiones). Y segundo, favoreciendo la concentración de la riqueza, la propiedad y la tierra. En definitiva, un sistema social y político que sigue reproduciendo la desigualdad y cuyos orígenes nos remiten a la Colonia110. Además, en este modelo subyace una racionalidad económica de “libre mercado”, pero cuyo sustento real se basa principalmente en las actividades de carácter extractivista (minería, agroindustria, industrial forestal, acuícolas, explotación de recursos marítimos), a partir de las concesiones e incentivos estatales a la inversión de privados para la explotación de bienes y activos públicos estratégicos (Código de Aguas, Ley de Pesca y concesiones marítimas, concesiones mineras y DF 70, entre otros). Por otro lado, la Constitución se ha establecido como una camisa de fuerza para que la soberanía popular se exprese y sea representada legítima y democráticamente hoy en su diversidad o pluridiversidad (Salas, 2006). Diversidad expresada en pueblos indígenas, mujeres, jóvenes, minorías sexuales LGTBIQ+, comunidades inmigrantes, trabajadoras y trabajadores, y otros grupos que dan cuenta del traspaso intersubjetivo e intergeneracional de una memoria política, así como también de la emergencia de nuevas culturas políticas y formas de expresión (CCHDH, 2020).
¿Hacia un estado plurinacional? Los usos sociales de la bandera mapuche como símbolo de la revolución político-cultural que estaría dando cuenta de un nuevo imaginario de nación. Foto: Susana Hidalgo, “Revolución”, Plaza Dignidad, Santiago de Chile, 25 de octubre de 2019.
¿El ocaso de la “soberanía suspendida”? (Mariman, et al., 2006). Fotografía de la estatua de Caupolicán en Temuco con la bandera mapuche y sosteniendo la cabeza de Dagoberto Godoy. La simbolización de procesos de descolonización y de la vigencia de la demanda indígena en La Araucanía111, reivindicando no solo derechos culturales, sino que derechos político-territoriales.
110 Ver capítulo I “La distribución de la riqueza” de la serie documental “La Copia feliz del edén: una mirada a la historia social en Chile 1810-2014” realizada por la Fundación para la Superación de la pobreza y Wood producciones el año 2015.: https://www.youtube.com/watch?v=NwEuYtzvgzM&list=PL0SKxyGtgoWRqlTqlRMABs9Yk7k24_wBR 111 Ver el artículo publicado en El Desconcierto el 29 de noviembre de 2019 denominado: “Más justicia, menos monumentos”: https://www.eldesconcierto.cl/2019/11/29/temuco-mas-justicia-menos-monumentos/
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La legítima protesta social en Chile fue violentamente reprimida por la acción de la fuerza militar y de las fuerzas del orden. La figura del enemigo interno y la criminalización de la protesta social emergió discursivamente ya en los primeros y célebremente tristes mensajes presidenciales112. La clase política y, en particular, el Gobierno, no fueron capaces de hacer un ejercicio reflexivo y menos autocrítico. Por un lado, su respuesta fue el uso de la violencia de Estado a través de la acción militar y policial legitimada a través de la declaración de Estado de Excepción constitucional de emergencia113 y, por otro, activó en el Parlamento la incorporación de artilugios jurídicos en el Código Penal para criminalizar la protesta social (ley anti–encapuchados)114. Desde octubre del 2019 hasta marzo del 2020, quedó en evidencia que el enemigo interno no era un ser abstracto, sino que tenía cuerpo y rostro de mujer, de jóvenes, de niños y niñas, de estudiantes, de trabajadoras y trabajadores, adultos mayores, inmigrantes, de personas en situación de calle, de los sin casa (campamentos/tomas). Es decir, de miles de ciudadanas y ciudadanos que sueñan —y soñamos— con un país más justo.
Derechos humanos en La Araucanía en el contexto del Estallido En el ya friccionado contexto regional de La Araucanía, la activa y pacífica movilización social en los principales centros urbanos de la región, tuvo como contracara la violación sistemática de los derechos humanos a partir de la acción de agentes del Estado, donde la Institución de Carabineros de Chile ha tenido un marcado protagonismo, sin omitir u olvidar acciones de otras instituciones del Estado, algunas de las cuales han tenido una alta connotación pública. Sin duda, uno de los casos de mayor impacto a nivel nacional fue el simulacro de fusilamiento por parte de efectivos militares a dos jóvenes en la ciudad de Temuco en el contexto de Estado de Emergencia115. Según los reportes mensuales del Instituto Nacional de Derechos Humanos de La Araucanía (2020), hasta la primera semana del mes de marzo del presente año se estimaba aproximadamente un total de 440 víctimas de la represión estatal a partir de denuncias canalizadas directamente por el INDH o a través de algunas denuncias derivadas por parte de organizaciones público/privadas, tales como, ABOFEM, Pikete Jurídico, Organismos colaboradores de SENAME, La Defensoría de la Niñez y Brigada Negra, entre otras. De ese universo de personas, el INDH había logrado dar curso a al menos 152 querellas, 53 denuncias individuales, 5 amparos preventivos, 1 amparo de garantía y 1 denuncia colectiva. Estas acciones legales representaban a un total aproximado de 233 personas (183 hombres y 50 mujeres). Estas acciones jurídicas estaban asociadas a delitos atribuidos a agentes del Estado, tales como tortura, amenazas a la libertad, apremios ilegítimos, disparo con perdigón y bombas lacrimógenas al cuerpo y al rostro, y violencia sexual, entre otros. Dentro
112 Ver Emol 20/10/2019: “Presidente Piñera: Estamos en guerra contra un enemigo poderoso que no respeta a nada ni a nadie”. En: https://www.emol.com/noticias/Nacional/2019/10/20/964954/Pinera.html 113 Ver Diario Oficial 19 de octubre del 2019, “Estado de Excepción constitucional de emergencia” https://www.diariooficial. interior.gob.cl/publicaciones/2019/10/19/42481-B/01/1671764.pdf 114 Ver: https://ciperchile.cl/2019/12/26/sobre-la-ley-anti-encapuchados-y-otras-adaptaciones-legales-fascistas/ 115 Al respecto, ver: https://www.eldesconcierto.cl/2020/02/05/simulacro-de-fusilamiento-en-temuco/
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de las lamentables estadísticas regionales se contabilizaban al menos 12 personas con lesiones oculares y al menos 28 niñas, niños y adolescentes afectados. Cabe destacar que, según la adscripción étnica, un 20% de las víctimas asociadas a las acciones legales interpuesta por el INDH eran mapuche, a partir de las denuncias recibidas y canalizadas en el contexto de la movilización social. En estos casos, la mayoría de las víctimas denunciaban no solo maltrato físico, sino que también psicológico a partir de acciones explícitamente discriminatorias, donde los efectivos policiales utilizaban un discurso explícitamente racista, fenómeno que no es casual, sino que responde a un fenómeno de larga data y que da cuenta de una violencia simbólica y material a nivel estructural en La Araucanía (Tricot, 2017; Lepe–Carrión, 2018).
Informes de delegaciones internacionales de derechos humanos De la violación masiva y sistemática a los derechos humanos en Chile durante el denominado Estallido Social, dan cuentan tanto los informes de organismos internacionales a partir de misiones y observaciones realizadas en Chile por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Human Rights Watch, Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas (ACNUDH) y Amnistía Internacional, así como los diversos reportes emitidos por el propio Instituto Nacional de Derechos Humanos. Uno de los primeros reportes fue el del equipo de crisis de Amnistía Internacional, quienes el 21 de noviembre de 2019 emiten el informe de resultado de la misión. La directora para las Américas, Erika Guevara, destacaba que “(…) la intención de las fuerzas de seguridad chilenas es clara: lesionar a quienes se manifiestan para desincentivar la protesta, incluso llegando al extremo de usar la tortura y violencia sexual en contra de manifestantes”116. También se hizo presente una delegación de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. La delegación visitó las regiones de Antofagasta, Araucanía, Biobío, Coquimbo, Maule, Metropolitana y Valparaíso. En su primer comunicado el equipo declara que “(…) ha revisado alegaciones de uso excesivo de la fuerza por parte de agentes de orden y seguridad en el contexto de protestas; reportes de malos tratos en detención, incluyendo abusos y violencia sexual; alegaciones de vulneraciones a derechos durante la privación de libertad…”117. Asimismo, la observación realizada por Human Rights Watch expresa que “(…) hay centenares de preocupantes denuncias sobre uso excesivo de la fuerza en las calles y abusos contra detenidos tales como golpizas brutales y abusos sexuales que no pueden quedar impunes y deben ser pronta y rigurosamente investigadas y sancionadas… Es justamente por ello que las autoridades deben impulsar una reforma policial urgente”118. Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos realizó una visita preparativa a una misión in loco, encabezada por su secretario ejecutivo Paulo Abrão, quien destacó “(…) su grave preocupación por el elevado número
116 Ver en https://www.amnesty.org/es/countries/americas/chile/report-chile/ 117 Ver en https://acnudh.org/equipo-onu-derechos-humanos-finalizo-su-visita-a-chile/ 118 Ver informe completo en https://www.hrw.org/es/news/2019/11/26/chile-llamado-urgente-una-reforma-policial tras-las-protestas
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de denuncias de graves violaciones a los derechos humanos registrados por distintos organismos internacionales, así como por los propios órganos del Estado”119. Los puntos comunes en lo planteado por las diversas delegaciones fue el reconocimiento de que en Chile se violaron gravemente los derechos de las personas, que existió un uso desproporcionado de la fuerza que lesionó gravemente a miles de personas, que terminó con la vida de un número aún indeterminado de personas y que el Estado tiene la obligación de investigar y sancionar los distintos hechos, junto con generar acciones de reparación a las víctimas. Al realizar un análisis comparativo, podemos mencionar que el informe más completo es el emitido por Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) , donde entrega un marco contextual del origen de la crisis social, producto de las graves desigualdades sociales y económicas, y una mirada desagregada en los grupos de especial protección (mujeres, niños, niñas y adolescentes, defensores de derechos humanos, otros), junto con ofrecer recomendaciones al Estado a la luz del derecho internacional de los derechos humanos. También es destacable que sugiere un seguimiento de la implementación de recomendaciones, junto a organizaciones de la sociedad, en un plazo de tres meses. El Informe ACNUDH refiere un párrafo especial para la situación del Pueblo Mapuche, donde indica que las autoridades mapuche expresaron que el uso excesivo de fuerza, malos tratos y muertes de sus integrantes han estado presentes cada vez que han reivindicado sus derechos, y que estas situaciones han sido reprochadas al Estado chileno en diversas recomendaciones realizadas por variados comités de derechos humanos, entre ellas el Comité contra la Tortura (2018). Además, se agrega que, según datos del Ministerio Público, son 13 las víctimas del Estallido Social que se han reconocido como indígenas, todas ellas mapuche (ACNUDH, 2019: Párr.117). Se presenta a continuación un cuadro comparativo para tener a la vista los énfasis de cada misión de observación. Tabla Nº1: Cuadro comparativo de informes de misiones de observación a Chile en contexto de crisis de derechos humanos HUMAN RIGHTS WATCH Periodo observado No señala N° entrevistas 70 víctimas Regiones visitadas Metropolitana y Valparaíso Miembros de la policía cometieron graves violaciones de derechos huPrincipales manos que incluyen uso excesivo de la fuerza en las calles y abusos en conclusiones detención, luego de masivas protestas. • Revisar las facultades de detención por control de identidad de Recomendaciones Carabineros.
119 Ver informe completo en https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2019/312.asp
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• Asegurar que existan mecanismos internos de control para investigar y sancionar abusos, y el uso indebido de armas menos letales por parte de Carabineros. • Reformar el sistema de disciplina de Carabineros. • Adoptar un protocolo junto con las autoridades de salud para que los detenidos sean sometidos a revisiones forenses independientes, que no se realicen frente a Carabineros y ocurran a una distancia en la que no puedan ser escuchados. • Hacer cumplir la prohibición vigente sobre desnudamiento de detenidos/as en protestas y sancionar a aquellos que continúen con esta práctica. Recomendaciones • Instalar cámaras en todas las áreas de todas las comisarías, tomando medidas para garantizar la privacidad de los detenidos y establecer un sistema de almacenamiento de grabaciones que pueda ser empleado por autoridades judiciales o de otro tipo. • Suspender cualquier uso de perdigones —no solo durante manifestaciones— hasta que autoridades idóneas e independientes realicen un estudio adecuado de todos sus riesgos. • Estudiar el uso de equipos menos letales alternativos que minimicen las lesiones y el entrenamiento de todos los carabineros. • Cerciorarse de que los carabineros cuenten con equipos de protección adecuados, tiempo de descanso y remuneración de horas extra. AMNISTÍA INTERNACIONAL Periodo observado 19 octubre al 11 noviembre N° entrevistas 23 víctimas Tarapacá, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, El Maule, Regiones visitadas Biobío y La Araucanía La intención de las fuerzas de seguridad chilenas es clara: lesionar a quienes se manifiestan para desincentivar la protesta, incluso llegando Principales al extremo de usar la tortura y violencia sexual en contra de manifestanconclusiones tes, en vez de tomar medidas encaminadas a frenar la gravísima crisis de derechos humanos. • Máxima restricción al uso de la fuerza. • Responsabilidad del mando en las violaciones a derechos humanos y crímenes de derecho internacional cometidos a manos del ejército y la policía. Recomendaciones • Reformas legislativas y de política pública necesarias para garantizar de forma efectiva los DESC. • Las autoridades deben emprender una reforma seria y profunda de la policía. ACNUDH Periodo observado 18 octubre al 22 noviembre 300 integrantes de sociedad civil. N° entrevistas 235 entrevistas a víctimas. Antofagasta, La Araucanía, Biobío, Coquimbo, El Maule, Metropolitana Regiones visitadas y Valparaíso.
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Las manifestaciones tienen sus raíces en una multiplicidad de causas, incluyendo la desigualdad social y económica. Se ha producido un elevado número de violaciones graves a los derechos humanos, incluye el uso excesivo o innecesario de la fuerza que resultaPrincipales ron en la privación arbitraria de la vida, lesiones, torturas, malos tratos, conclusiones violencia sexual y detenciones arbitrarias. Uso innecesario y arbitrario de armas menos letales (gases lacrimógenos, escopetas antidisturbios) Graves lesiones oculares. • Asegurar el derecho a manifestación pacífica. • Asegurar que las fuerzas policiales se apeguen a normas internacionales sobre el uso de la fuerza. • Poner fin al uso indiscriminado de la escopeta antidisturbios. • Usos de gases lacrimógenos solo de manera excepcional, nunca cerca de establecimientos de salud y educación. • Impulsar reformas estructurales en Carabineros (supervisión civil, registros públicos e íntegros, capacitación, entre otros). • Que seguridad ciudadana esté radicada en policía civil. • Asegurar que fuerzas de seguridad rindan cuentas ante violaciones a los DD.HH. • Asegurar que se cumpla el deber del Estado de investigar todas las denuncias de violaciones de DD.HH. • Garantizar la responsabilidad penal individual y sanción de altos Recomendaciones mandos. • Asegurar que las víctimas tengan acceso a la justicia y reparación. • Recopilar, sistematizar y hacer pública la información sobre violaciones a los DD.HH. • Fortalecer al SML, Ministerio Público y otros. • Asegurar que todos los detenidos tengan acceso a examinación médica. • Asegurar que los defensores de DD.HH. y comunicadores realicen su trabajo sin restricciones. • Establecer una instancia de diálogo que identifique causas y recomendaciones en torno a la crisis social. • Asegurar que el INDH y Defensoría de la Niñez puedan cumplir su mandato. • Ratificar el protocolo facultativo PIDESC. • Establecer mecanismo de seguimiento con la Oficina Regional ACNUDH, evaluar dentro de tres meses. CIDH Periodo observado 18 octubre al 29 noviembre Más de 100 víctimas, autoridades del Estado, organizaciones de la socieN° entrevistas dad civil y academia. Regiones visitadas Metropolitana y Valparaíso.
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La CIDH expresa su grave preocupación por el elevado número de denuncias de graves violaciones a los derechos humanos registrados por distintos organismos internacionales, así como por los propios órganos del Estado. Asimismo, expresa su preocupación por las características de Principales dichas vulneraciones, que apuntarían hacia la existencia de conductas conclusiones repetitivas de violencia en contra de manifestantes en el contexto de las recientes protestas sociales. La CIDH saluda el compromiso anunciado por el Presidente de la República para que estos casos sean debidamente investigados, juzgados y sancionados, así como asistir a las víctimas en su recuperación. • Llama a que las autoridades ordenen el cese inmediato del uso desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad del Estado. • La CIDH recuerda que, de conformidad con los estándares interamericanos, el mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana deben estar primordialmente reservados a los cuerpos policiales civiles. Recomendaciones • La CIDH urge a la sociedad chilena a entablar un diálogo efectivo e inclusivo para abordar las demandas legítimas de la población, con el máximo respeto a los derechos humanos y en el marco democrático del Estado de Derecho. En ese sentido, la Comisión saluda los esfuerzos de convocar a una nueva Constitución. Fuente: Elaboración propia.
A modo de conclusión El año 2019 sin duda quedará marcado en la historia de Chile por la crisis social y política que estalló en el mes de octubre, pero que tiene sus orígenes en las profundas desigualdades sociales del país. Como respuesta a las manifestaciones, el Estado ofreció una violencia política y policial que nos remontó a los hechos más crueles de la dictadura cívico militar de Augusto Pinochet. Esta represión a la hora de manifestarse y la indolencia de la política pública que ha vivido el Pueblo Mapuche desde el despojo de su territorio ancestral, se suma a la actitud racista que mantiene el Estado chileno con la aplicación de la legislación antiterrorista a las causas donde se reivindiquen derechos políticos y territoriales. A pesar de develar los montajes120 que se han emprendido contra el Pueblo Mapuche, la justicia oficial’ y también la pública ha sido esquiva, las condenas sociales son las que han perdurado, el estigma del “mapuche flojo y borracho” ha transitado al “mapuche terrorista e incendiario”. Por otro lado, se ha dicho que el Pueblo Mapuche es resiliente, que, a pesar de enfrentar prisión preventiva extensa, juicios por ley antiterrorista, encarcelamiento y luego anulación de juicios, mantienen un profundo sentido de identidad e integridad personal y colectiva, que les hace retomar sus acciones y anhelos políticos de manera decidida (Vargas, 2017). La sentencia de la Corte Interamericana del año 2014, en el caso Norin Catriman y otros, ordenó al Estado a anular las condenas de dos lonkos y otros dirigentes, además instruyó que se debían adoptar medidas de reparación a los afectados, junto con adecuar a los estándares internacionales la legislación antiterrorista, entre otras medidas. Pero la mayor esperanza estaba puesta en que el Estado internalizaría el llamado a respetar la presunción 120 Persecución a la machi Francisca Linconao, caso Operación Huracán y asesinato de Camilo Catrillanca.
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de inocencia, el principio de igualdad y no discriminación ante la ley en las causas que se emanan de la reivindicación política y territorial del Pueblo Mapuche. Los avances en una política indígena digna y pertinente son nulos, la fallida Consulta Indígena por la modificación de la Ley Indígena y la tramitación del proyecto de ley de Patrimonio Cultural, emprendidos el año 2019, así lo demuestran. La política estatal continúa siendo monocultural, racista y clasista. Con todo, en las últimas dos décadas, las y los jóvenes chilenos han dado muestras de que los derechos deben ser para todas y todos, manteniendo en el centro de sus reclamaciones (educación, salud, transporte y otras) la dignidad de las personas. La esperanza está en que ese sentir se amplifique y que el Estado cumpla con su obligación de protección y defensa de los derechos de todos quienes habitamos el país.
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Cronología Fecha Acontecimiento 04 de enero Comunidades Lago 2019 Icalma presentan recurso de protección contra el MOP por vulneración de derechos indígenas
Descripción Representantes de comunidades Pewenche del Lago Icalma, Comuna de Lonquimay, presentaron un recurso de protección, en la Corte de Apelaciones de Temuco, contra el Ministerio de Obras Públicas —MOP— por lo que consideran la conculcación arbitraria e ilegal del derecho a Consulta Indígena que les corresponde a las comunidades del territorio Icalma. Se trata de la construcción de Borde Costero en Lago Icalma impulsado por Municipalidad y Ministerio de Obras Públicas en el marco del plan Impulso Araucanía. https://www.mapuexpress.org/2019/01/04/comunidades-lago-icalma-presentan-recurso-de-proteccion-contra-el-mop-por-vulneracion-de-derechos-indigenas/ 04 de enero C o n m e m o r a c i ó n En la región de La Araucanía, y en otras ciudades de Chide 2019 asesinato Matías le se realizan actos de conmemoración, marchas y otras Catrileo manifestaciones para no olvidar los 11 años de su asesinato efectuado por Carabineros de Chile.
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Fecha Acontecimiento Descripción 22 de enero Chile rinde el Exa- El EPU es el examen en derechos humanos más completo de 2019 men Periódico Uni- que rinde un Estado, se realiza cada 4 años, y es examiversal (EPU) nado por otros Estados parte de Naciones Unidas, quienes realizan recomendaciones, las cuales deben mostrar avance en los 4 años siguientes. Se informó que el país recibió un total de 266 recomendaciones y Chile deberá dar a conocer su posición respecto a dichas recomendaciones a más tardar durante el 41° periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, a celebrarse en junio de 2019. https://acnudh.org/examen-periodico-universal-adoptan-proyecto-de-informe-de-chile/ 18 al 20 ene- Parlamento de Koz El Parlamento de Koz koz, es una organización williche ro 2019 Koz activa, que promueve cambios estructurales de sociedad, buena convivencia entre los pueblos, participaciones, libertades y derechos colectivos. Rememora una actividad tradicional de diálogo. https://www.mapuexpress.org/2019/01/09/proximo18-19-y-20-de-enero-autoconvocatoria-para-el-parlamento-mapuche-de-koz-koz/ 25 de enero Proclamación año Para el Pueblo Mapuche la revitalización lingüística ha de 2019 internacional de las sido una lucha constante, muchas veces de manera autolenguas indígenas. gestionada, sin aportes del Estado, por ello en el año de las lenguas se promovieron diversas instancias de traspaso del idioma, cursos, seminarios, talleres, internados, los cuales tuvieron una amplia demanda tanto por personas mapuche y no mapuche. https://es.unesco.org/news/presentacion-del-ano-internacional-lenguas-indigenas-2019 31 de enero Alegato de recurso El Plan Impulso consideraba el desarrollo de diversos de 2019 de protección con- proyectos productivos, los cuales impactaban en recurtra “Plan Impulso sos naturales y prácticas culturales, lo cual no era aprobaAraucanía” y “Acuer- do por múltiples comunidades mapuche. Estas deciden do Nacional por La interponer un recurso de protección, que tiene por obPaz Araucanía, pre- jetivo principal exigir al estado de Chile que se respete y sentado por Comu- aplique el derecho a consulta, de acuerdo al estándar de derecho internacional establecido por el Convenio 169 nidades Mapuche de la OIT. https://www.mapuexpress.org/2019/01/29/comunicado-publico-este-jueves-organizaciones-mapuche-presentaran-recurso-de-proteccion-contra-plan-impulso-araucania-y-acuerdo-nacional-por-la-paz-en-la-araucania/ 15 de febrero Marcha por la re- Como todos los años en el marco de la conmemoración de 2019 vitalización del del día internacional de las lenguas originarias, se realiza mapuzugun en Temuco una masiva marcha para exigir el pleno ejercicio de los derechos lingüísticos.
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Fecha Acontecimiento Descripción 17 de febrero Corte Suprema ra- La Corte Suprema emitió su fallo respecto del recurso de 2019 tifica condena a Fa- de nulidad presentado por la defensa de Facundo Jones cundo Jones Huala Huala, lonko de la comunidad de Cushamen, ubicada en la Patagonia argentina. La autoridad mapuche fue condenada en diciembre de 2018 por el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, acusado de ser el autor del incendio en el fundo Pisu Pisué, comuna de Río Bueno, en el año 2013. El veredicto unánime de los ministros, ratificó los nueve años de cárcel que actualmente cumple Jones Huala en la cárcel de Temuco. 19 de febrero Alvaro Millalen se Se suma a la huelga de hambre líquida que llevaron a de 2019 suma a huelga de cabo Facundo Jones Huala, Jorge Cayupan y José Cácehambre en CCP de res para exigir derechos intrapenitenciarios de los presos políticos Mapuche como un protocolo de visitas masivas, Temuco. autorización para realizar ngellipun, y talleres de cultura Mapuche, entre otros. https://www.mapuexpress.org/2019/02/19/comunicado-publico-alvaro-millalen-preso-politico-mapuche-se-suma-a-huelga-de-hambre-liquida/ 8 de marzo Inauguración Me- En el Parque Isla Cautín de Temuco, se inaugura un mede 2019 morial de Víctimas morial que recuerda a las víctimas mapuche de la dictamapuche de la dic- dura cívico militar en Chile. Son 159 nombres que están tadura cívico militar grabados en piedras, y además hay 4 chemamüll (figuras de madera) que marcan como sitio de significancia en Chile cultural el lugar. Es el primer memorial para víctimas de pueblos originarios del país. h t t p s : / / w w w. s o y c h i l e . c l / Te m u c o / S o c i e dad/2019/03/08/584799/En-Isla-Cautin-en-Temuco-inauguraron-memorial-por-las-159-mapuches-victimas-en-dictadura.aspx 08 de marzo C o n m e m o r a c i ó n En diversas ciudades del país, se conmemora el día Interde 2019 8M nacional de la Mujer, desarrollándose múltiples actividades por la igualdad de derechos y dignidad de las mujeres. En Santiago se desarrolla una marcha multitudinaria, denominada “la movilización más grande de la historia”. h t t p s : / / w w w. e l d e s c o n c i e r t o . c l / 2 0 1 9 / 0 3 / 0 9 / la-movilizacion-mas-grande-de-la-historia-tiene-rostro-de-mujer-coordinadora-8m-realiza-balance-de-huelga-feminista-y-cifra-en-800-mil-mujeres-movilizadas-a-nivel-nacional/ 22 de abril Movilización Pluri- En el marco internacional del Día de la Tierra, se desade 2019 nacional por el Agua rrollan múltiples actividades formativas, de denuncias y y los Territorios de autogestión desde Calama a Chilóe, por la defensa de los territorios. h t t p s : / / w w w. m a p u e x p r e s s . o r g / 2 0 1 9 / 0 4 / 2 1 / inicia-la-7o-movilizacion-plurinacional-por-el-agua-y-los-territorios/
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Fecha Acontecimiento Descripción 06 de abril Misión de Observa- INDH realiza Misión de Observación en la comuna de de 2019 ción en Alto Biobio Alto Biobío, región del Biobío, constatando una serie de vulneraciones a los derechos humanos de las comunidades pewenche. https://radio.uchile.cl/2019/04/06/resultado-de-estudio-del-indh- comunidades-indigenas-del-alto-bio-bio-viven-desplazadas-y-sin-agua/ Abril a junio Desarrollo Con- Entre los meses de abril a junio 2019 se desarrolla el prosulta Indígena por ceso de Consulta Indígena, desarrollada por el Ministerio modificación Ley de Desarrollo Social y Familia, con la finalidad de modificar la Ley Indígena. Indígena Esta consulta tuvo un amplio rechazo a nivel nacional. El proceso se suspende al finalizar su primera etapa, y luego en noviembre 2019, se cancela definitivamente el proceso. https://radio.uchile.cl/2019/07/26/consulta-indigena-gobierno-evalua-suspender-de-forma-def initiva-el-proceso/https://radio.uchile.cl/2019/07/26/ consulta-indigena-gobierno-evalua-suspender-de-forma-definitiva-el-proceso/ https://www.adnradio.cl/nacional/2019/11/13/ministerio-de-desarrollo-social-puso-termino-a-consulta-indigena-3978640.html 29 de abril Premio Goldman El Premio Medioambiental Goldman “honra los logros y de 2019 a Lonko Alberto el liderazgo de los activistas medioambientales comuniCuramil tarios de todo el mundo y nos inspira a todos a tomar medidas para proteger nuestro planeta”. Uno de los seis reconocimientos recae en el Lonko Alberto Curamil, en su calidad de defensor de su territorio y de la autonomía del Pueblo Mapuche. 15 de mayo Comunidad mapu- Comunidad Juan Paillalef, de Cunco, Araucanía participa de 2019 che asiste a audien- en sesión de la CIDH cia de la Comisión https://www.mapuexpress.org/2019/05/15/comuniInteramericana de dad-juan-paillalef-participa-del-172-periodo-de-seDerechos Humanos siones-de-la-cidh-en-jamaika/ (CIDH). 07 de mayo Conformación de Se formaliza el trabajo que se desarrolla en pos de la inde 2019 Mesa Regional de fancia mapuche, por diversas instituciones públicas y Infancia Mapuche privadas en la Región de La Araucanía. https://www.indh.cl/se-conforma-en-la-araucania-meen Temuco. sa-intersectorial-para-la-proteccion-de-los-derechos-de-ninos-as-mapuche/ 05 de junio Presentan Recurso La presentación se realiza dado los hostigamientos polide 2019 de amparo a favor ciales vividos luego de su presentación a favor de niños/ de vocera de la Red as mapuche en la Comisión de la Cámara de Diputados por la Defensa de la que investiga el homicidio de Camilo Catrillanca. h t t p s : / / w w w. m a p u e x p r e s s . o r g / 2 0 1 9 / 0 6 / 0 6 / Infancia Mapuche recurso-de-amparo-a-favor-de-onesima-lienqueo/
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Fecha Acontecimiento 12 de junio Comisión de Dere2019 chos Humanos de la Cámara de Diputados/as recibe al Pueblo Mapuche 19 de junio Gobierno Ingresa a de 2019 Cámara de Diputados, Ley de Patrimonio Cultural, sin Consulta Indígena
07 de agosto Senado aprueba en de 2019 general Ley Corta antiterrorista
Descripción En un hecho histórico el Congreso recibe a una delegación de más de 200 representantes del Pueblo Mapuche, solicitaron la desmilitarización de la zona y el fin del proceso de la Consulta Indígena. https://www.camara.cl/prensa/sala_de_prensa_detalle. aspx?prmid=137279 El proyecto de Ley es rechazado por múltiples actores (pueblos indígenas, colegio de arqueólogos, artistas, entre otros). Los principales reparos son la nula participación de agentes expertos, la no realización de la Consulta Indígena, ya que existe plena afectación de sus derechos y donde se promovería un “despojo cultural”. https://www.camara.cl/prensa/sala_de_prensa_detalle. aspx?prmid=137320 https://www.biobiochile.cl/noticias/artes-y-cultura/actualidad-cultural/2019/08/12/frente-por-una-ley-de-patrimonio-hace-durisima-critica-al-proyecto-de-ley-del-gobierno.shtml Es una modificación que considera entre otros puntos el fortalecimiento de técnicas investigativas, como la inclusión de agentes encubiertos, interceptación de comunicaciones, agentes reveladores, entre otros. Estas modificaciones están reñidas con los estándares internacionales de derechos humanos. https://www.senado.cl/senado-aprueba-en-general-ley-corta-antiterrorista/senado/2019-08-07/170817. html A nivel nacional e internacional se desarrollan actividades de conmemoración a las víctimas de desaparecidas en manos de agentes del Estado.
30 de agosto C o n m e m o r a c i ó n de 2019 del Día Internacional del Detenido/a Desaparecido/a 05 de sep- C o n m e m o r a c i ó n Es una conmemoración que cada año se hace más visitiembre de Día Internacional ble en Chile y en países vecinos. Para las organizaciones 2019 Mujer Indígena de mujeres mapuche es una instancia para recobrar la dignidad. https://www.ufro.cl/index.php/noticias/12-destacadas/2995-palabras-saludo-rector-dia-de-la-mujer-ind%C3%ADgena
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Fecha Acontecimiento Descripción 18 de octu- Estallido Social en A nivel nacional comienzan una serie de manifestaciobre de 2019 Chile nes gatilladas por un alza en la movilización pública, pero que tiene sus raíces profundas en la desigualdad instalada por el modelo neoliberal. Las movilizaciones se expresan de manera intensa desde el 18 de octubre hasta fines de diciembre de 2019, dejando personas muertas y miles de víctimas lesionadas por agentes del Estado. Dada la gravedad de los hechos, delegaciones de derechos humanos, tanto del sistema universal como del interamericano se hacen presente para observar la crisis social y entregar recomendaciones al Estado de Chile. https://www.lemondediplomatique.cl/el-estallido-social-en-chile-por-oscar-torres.html 9 de noviem- Misión Internacio- Diversos observadores/as de derechos humanos visitan bre de 2019 nal de DD.HH. visita la Región de La Araucanía, para recabar relatos y anteceLa Araucanía dentes en el contexto de la crisis social, desatada desde el 18 de octubre 2019, es la primera de varias delegaciones de DD.HH. que visitaron la Región. https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-la-araucania/2019/11/09/observadores-internacionales-de-ddhh-llegan-a-la-araucania-liderados-por-las-madres-de-plaza-de-mayo.shtml 14 de no- C o n m e m o r a c i ó n En diversas ciudades del país se realizaron actividades viembre de asesinato Camilo conmemorativas del primer aniversario del asesinato de 2019 Catrillanca Camilo Catrillanca, a manos de Carabineros de Chile. https://www.mapuexpress.org/2019/11/14/valp a r a i s o - v e i n t e - m i l - p e r s o n a s - re c u e rd a n - y - r i n den-homenajes-a-camilo-catrillanca-al-cumplirse-un-ano-de-ser-asesinado-por-agentes-del-estado/ Noviembre ACNUDH visi- Una delegación de ACNUDH llega a la región para reunirta la Región de La se con autoridades públicas, organizaciones de derechos Araucanía humanos, organizaciones mapuche y además para tomar testimonios a víctimas de violaciones a los derechos humanos, en el marco del Estallido Social que vive el país. https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/manifestaciones/mision-de-ddhh-onu-concluyo-visita-a-chile-escuchamos-muchos/2019-11-22/174508.html 21 de no- Amnistía Interna- El informe plantea “La intención de las fuerzas de seguviembre de cional da a conocer ridad chilenas es clara: lesionar a quienes se manifiestan 2019 informe sobre Esta- para desincentivar la protesta, incluso llegando al exllido Social en Chile tremo de usar la tortura y violencia sexual en contra de manifestantes” https://amnistia.cl/noticia/chile-politica-deliberada-para-danar-a-manifestantes-apunta-a-responsabilidad-de-mando/
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Fecha Acontecimiento 25 de no- Se suspende juicio viembre de oral por asesinato 2019 de Camilo Catrillanca Marín
06 de di- CIDH condena el ciembre de uso excesivo de la 2019 fuerza en el contexto de las protestas sociales en Chile
Descripción El Tribunal Oral en lo Penal de Angol acogió la solicitud de defensa del ex jefe de FFEE de Carabineros de La Araucanía, quien solicitó aplazamiento por razones de salud, quedando agendado para el 2 de marzo de 2020. https://radio.uchile.cl/2019/11/25/para-marzo-juicio-oral-en-caso-catrillanca-se-suspende-hasta-2020/ El informe de la CIDH constata una serie de violaciones a los derechos humanos, manifestando su alarma por los numerosos casos de lesiones oculares, torturas y tratos crueles, violencia sexual y detenciones arbitrarias. h t t p : / / w w w. o a s . o rg / e s / c i d h / p re n s a / co m u n i c ados/2019/317.asp
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La Judicialización de la Protesta Social: entre estrategia represiva y búsqueda de un ámbito de protección Centro de Investigación y Defensa Sur121
Introducción: la protesta social y su judicialización El siglo XXI ha estado marcado por protestas y movimientos sociales que elevan la dignidad como símbolo que aglutina diferentes demandas y, que a diferencia del siglo XX, no tienen una base político–ideológica común ni están liderados por partidos políticos. En Chile se destacan las protestas estudiantiles de los años 2006 y 2011, la protesta mapuche, el movimiento feminista, entre otros. Pero sin duda, el ciclo de protestas sociales en el país alcanzó su punto de mayor masividad y adhesión ciudadana en octubre de 2019, con la aglutinación de los distintos movimientos sociales que se habían desarrollado en las últimas décadas. Consignas tales como “No son 30 pesos, son 30 años”, dan cuenta de una fuerte crítica a la herencia 121 El Centro de Investigación y Defensa SUR (CIDSUR), con sede en Temuco, es una organización compuesta por un equipo multidisciplinario de profesionales mapuche y no mapuche. Durante la última década se ha realizado defensa jurídica especializada, y se han documentado múltiples violaciones de derechos humanos de niños, niñas, adolescentes y adultos/as, que producto de su participación en actos relacionados a la protesta social, han sido perseguidos/as penalmente o han visto vulnerados sus derechos fundamentales (individuales y colectivos) por parte de agentes del Estado. CIDSUR nace ante la realidad social de las últimas décadas en el sur de Chile, donde cientos de líderes mapuche y sus autoridades políticas y espirituales han sido encarcelados usando tanto la legislación penal común como leyes especiales -v.gr. Ley que Califica Conductas Terroristas, La Ley de Seguridad del Estado, y la Ley de Control de armas-, con un exponencial incremento de la represión y respuesta militarizada a las demandas de derechos indígena individuales y colectivas. En estas circunstancias CIDSUR ha litigado en casos asociados a los efectos de la violencia de Estado, la criminalización y las detenciones ilegales. De igual modo se ha patrocinado causas en contra de agentes del Estado por graves vulneración del derecho a la vida, la integridad física y psíquica de personas indígenas y no indígenas que han sido víctimas de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, arrestados, heridos y asesinados por las fuerzas policiales. En denuncia de estos hechos hemos enviado reportes a diferentes organismos de Naciones Unidas, y una vez agotada la vía interna, elevado casos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
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dictatorial y la incapacidad de los distintos gobiernos de otorgar las condiciones mínimas para vivir dignamente. En este contexto, la justicia aparece desempeñando un rol ambivalente. Por un lado, los órganos judiciales tienen el deber constitucional de velar por el respeto y garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos mientras que, por otro, la justicia aparece como la herramienta más inmediata a la que recurren los gobernantes para hacer frente a toda protesta que demande una transformación estructural de la sociedad. Esto explica la aparición en la esfera pública leyes que implican la creación de nuevos delitos y/o aumento de penas122 que amplían las facultades de militares123, así como también prácticas como los encarcelamientos preventivos masivos. A este fenómeno lo denominamos como judicialización de la protesta social, la que puede entenderse como el encauzamiento por la vía judicial de conflictos cuya naturaleza es eminentemente política124. A la instrumentalización de la justicia efectuada con el objeto de reprimir la protesta social, la llamaremos “judicialización represiva”; mientras que si el recurso a la justicia tiene como fin obtener resguardo y protección frente a los delitos y violaciones de derechos fundamentales cometidas en la represión de la protesta social, la denominaremos “judicialización defensiva o protectora”. A lo largo de este texto intentaremos mostrar cómo la actual judicialización de la protesta social chilena parece ser más eficaz en su faz represiva y altamente ineficaz como instrumento de protección. Creemos que en el actual contexto de conflicto social y crisis sanitaria, la reflexión que proponemos resulta pertinente en la discusión por una nueva constitución, en particular, en lo que respecta a la necesidad de un reconocimiento efectivo del derecho a protesta, el cual no se encuentra garantizado en la Constitución de 1980125. Esto porque el actual condicionamiento a autorizaciones administrativas al que se somete el ejercicio del derecho a manifestarse ocasiona que incluso en protestas pacíficas, las Fuerzas de Orden y Seguridad puedan disolverlas, lo que en la mayor parte de los casos se produce de manera violenta126. En un breve ejercicio de retrospectiva, echando mano de la experiencia de la década de trabajo en Wallmapu, en el final de este texto procuraremos mostrar cómo lo ocurrido en Chile a partir de octubre de 2019 aparece como una especie déjà vu del accionar del sistema judicial respecto del tercer ciclo de movilización social mapuche (Pairican, 2014), develando al sistema judicial como una instancia inapropiada para procesar conflictos
122 v. gr. Ley N° 21.208 que modifica el Código Penal para tipificar acciones que atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios, y fija las penas aplicables al saqueo en las circunstancias que indica. 123 Como la Reforma constitucional para que la FFAA resguarden infraestructura calificada como crítica: Boletín 13086-07, Proyecto de reforma constitucional que regula estado de alerta para prevenir daños a infraestructura crítica. 124 Conforme define la Real Academia Española, judicializar es “Llevar por vía judicial un asunto que podría conducirse por otra vía, generalmente política.” 125 Actualmente, la regulación del derecho a protesta, entendido como el ejercicio del derecho a reunión y la libertad de expresión, se encuentra entregado a normas reglamentarias (Art 19 Nº 13 CPR). En particular es el Decreto Supremo 1086 el que establece las condiciones para poder reunirse masivamente en lugares públicos, entregando la prerrogativa de autorizarlas a las Gobernaciones. 126 Ver el capítulo escrito por los mismos autores en el Anuario 2018 que se refiere al comando Jungla y el asesinato de Camilo Catrillanca. (CIDSUR, 2019)
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sociales graves, susceptible de una fuerte instrumentalización política y padecer graves falencias en el resguardo de DD.HH. y el control del derecho punitivo. En cuanto a la metodología utilizada este trabajo, en relación al contexto nacional, priman métodos cuantitativos aplicados sobre fuentes informadas por el Ministerio Público, el Poder Judicial y el Instituto Nacional de Derechos Humanos, junto al análisis del discurso respecto de informaciones de prensa. En relación al contexto regional de La Araucanía, aplicamos también técnicas cuantitativas, sin embargo tienen preeminencia la observación participante y la etnografía en tribunales y comisarías, la revisión de sentencias y audios permitiendo el análisis de casos.
La judicialización represiva Un día después de iniciado el Estallido Social o revuelta popular, el sábado 19 de octubre, se publicaba en Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 472, por medio del cual el Gobierno decretaba el Estado Constitucional de Emergencia en la provincias de Santiago, Chacabuco, y dos comunas de la Región Metropolitana127. Cabe destacar que el Decreto fue elaborado el 18 de octubre, lo cual devela un inmediato manejo represivo de las protestas ciudadanas y, por ende, una renuncia a entregar soluciones políticas. Asimismo, su elaboración se produce en el contexto de un fuerte cuestionamiento a las actuaciones del Presidente de la República, en particular, por haber sido visto en un restaurant de pizzas en Santiago en medio de una jornada de grandes manifestaciones, lo que ha sido definido como una de las señales más claras de la desconexión del gobierno con las demandas ciudadanas. En tanto, para las comunas de Temuco y Padre Las Casas de la IX Región, el Estado de Emergencia fue dictado el 20 de octubre mediante el Decreto Supremo Nº 483, publicado el mismo día en el Diario Oficial128. La declaración del Estado de Excepción no sólo permitió la presencia de militares en las calles y, en la práctica cercenar la libertad de movimiento y los derechos de reunión y protesta, sino que además, en el escenario estrictamente judicial, otorgó al Ministerio Público y al querellante —generalmente el Gobierno y empresas afectadas— mayores posibilidades de obtener medidas cautelares privativas de la libertad de los manifestantes detenidos mediante la invocación de la circunstancia que agrava la responsabilidad criminal, por cometer el delito con ocasión de tumulto o conmoción popular129. A continuación, expondremos algunas de las situaciones que logramos identificar y que dan cuenta de la judicialización represiva.
127 Respecto a este último punto: https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2019/10/19/la-pizza-mas-cara-de-pinera-la cadena-de-errores-del-presidente-que-prendieron-fuego-al-estallido-social/ 128 Decreto 843 del Ministerio del Interior de 20 de octubre de 2019. 129 El artículo 12 N°10 del Código Penal establece que se considera circunstancia agravante “cometer el delito con ocasión de incendio, naufragio, sedición, tumulto o conmoción popular u otra calamidad o desgracia”.
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Detenciones masivas El primer momento de una respuesta represiva a la protesta social lo constituye el actuar policial en las marchas. Según Carabineros, al 4 de diciembre de 2019, se informaban 18.500 detenciones en contexto del Estallido Social130. A pesar del gran número de detenciones efectuadas en estas circunstancias, el Ministerio Público decidió no iniciar investigación en 30.313 causas131 asociadas al Estallido Social, lo que corresponde al 21,16%, mientras que no perseveró en la investigación en otras 1.378 y aplicó el principio de oportunidad en 4.566 causas (DESC, 2020). Según la Fiscalía, una importante cantidad de los detenidos quedó apercibido de conformidad al Art. 26 del Código Procesal Penal, motivo por el cual la legalidad de las detenciones fue controlada tan solo en el 16,87% de los casos, quedando más del 85% de actuaciones policiales sin control por parte de algún Tribunal132. Los Tribunales de Garantía en tanto, declararon ilegal la detención de 1.928 imputados, 77,7% más respecto del periodo del año anterior133. Las cifras revelan la existencia de numerosas detenciones masivas, sin trabajo táctico o de inteligencia, donde más que perseguir al infractor, se detiene al que se alcanza. La labor de los Tribunales pareciera ser bastante garantista, en general las cifras dan cuenta de un control más severo de la legalidad de las detenciones y un menor acceso a la solicitud de prisiones preventivas si se comparan con un periodo de normalidad social134. Sin embargo, los números aisladamente considerados no alcanzan a dar cuenta del alto nivel represivo sufrido por los ciudadanos ni de la pobre función cautelar de la judicatura135. 130 En detalle, las detenciones informadas a la prensa por Carabineros correspondía a 9.426 por desórdenes y 4.969 por saqueos o robo en lugar no habitado. Disponible en https://www.meganoticias.cl/nacional/284062-balance-carabineros-detenidossaqueos-estallido-social.html (visitado por última vez el 12 de mayo de 2020). Según un Informe del Departamento de Desarrollo Institucional de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y las Direcciones de Estudios y Comunicaciones del Poder Judicial, entre el 18 de octubre de 2019 y el 13 de enero de 2020, a los Juzgados de Garantía ingresaron 143.215 causas, un 6,5% menos que igual periodo del año anterior que marcó 153.108 causas. Al examinar el número de imputados aparece que este creció un 1,5%, de 176.803 a 179.442. Las detenciones en flagrancia por su parte se incrementaron de 50.478 audiencias en el periodo de 2018, a 55.586 en 2019, un 10,1 % más. Y el número de formalizados en el periodo se incrementó en un 1,3 %, 47.569 personas el año 2019 frente a las 44.694 del 2018. 131 La aparente diferencia entre números de detenciones y de causas relacionadas con el Estallido Social se debe al uso de fuentes de información distintas (Carabineros, Fiscalía y Poder Judicial) que no consideran los mismos periodos. 132 Informe Estadístico Anual 2019 de la Fiscalía Nacional. A mayor abundamiento, entre el 18 de octubre y el 31 de diciembre de 2019, pasaron a audiencia de control de detención (ACD) 54.442 imputados, un 0,4% más que en el mismo periodo del año anterior. De estos, 36.745 fueron formalizados, lo que representa un 16,6% más, comparativamente. Los imputados que fueron apercibidos ascienden a 269.303, un 2,5% más. Del total de ACD, el 84% correspondían a personas detenidas en flagrancia, que es otro dato que permite relacionar a los detenidos con la situación del Estallido Social. 133 Informe del Departamento de Desarrollo Institucional de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y las Direcciones de Estudios y Comunicaciones del Poder Judicial, 2019. 134 Según el mismo informe del Poder Judicial, las prisiones preventivas solicitadas por el Ministerio Público alcanzaron a 6.470 imputados, la que fue concedida en primera instancia respecto de 5.793 personas. Esto significa que la solicitud de prisión preventiva fue acogida en el 89,5% de los casos, lo que indicaría, según esta fuente, una leve disminución respecto del año anterior, en que este porcentaje alcanzaba el 91,2%. El número de apelaciones respecto de la resolución que concede la prisión preventiva se elevó a 1.195 casos (20,6%), de los cuales, las Cortes de Apelaciones revocaron la medida solo para 89 imputados (un 7,4% de las apelaciones), lo que da un total de 5.778 personas afectas a la medida cautelar más gravosa de nuestro ordenamiento jurídico, que en comparación con igual periodo del año anterior, implica 871 personas menos. 135 El único indicador que permite concluir la asociación de los delitos informados con la protesta social, según informaba a la prensa la propia Ministra Suprema Gloria Ana Chevesich, es el que da cuenta de delitos cometido por agentes estatales en contra de particulares. En efecto, el periódico La Tercera publicaba el día 19 de febrero: “del análisis de los datos se advierte una variación del comportamiento de determinados delitos por su posible vínculo con la situación social”. Esto en específico, dijo Chevesich, “se percibe con mayor nivel de precisión en la vinculación de determinados delitos a violaciones a los DD.HH., estos es, aquellos cometidos por agentes del Estado en contra de particulares”. Disponible en https://www.latercera.com/nacional/noticia/57-las-causas-concluidas-tras-18-no-se-inicio-investigacion/1015461/
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En efecto, es al examinar el tipo de delitos que se han llevado a audiencia de control de detención (ACD), cuando aparece de manifiesto la judicialización represiva. Del listado de 20 delitos ofrecido por el MP en su Informe Estadístico Anual 2019, todos experimentan una baja porcentual considerable, resultando una situación paradójica, pues los delitos que más preocupan a la opinión pública en realidad descendieron entre un 10 y casi un 50%136. Ahora bien, los delitos que incrementaron su presencia en las ACD son solo aquellos asociados al Estallido Social: el robo en lugar no habitado y la receptación, que suelen relacionarse con los saqueos, subieron un 113,6% y un 17%, respectivamente; los desórdenes públicos propios de marchas y movilizaciones, se incrementaron en 4.433,9%; mientras que los daños simples un 13,1% y el maltrato de obra a Carabineros un 47,2%. La naturaleza de los delitos sometidos a ACD, desde el punto de vista criminológico no constituyen delitos graves, toda vez que no se afectan bienes jurídicos de mayor trascendencia, correspondiendo generalmente a la propiedad y al orden público. En abstracto, atendiendo a la norma137 y en la imposibilidad de considerar aquí la situación particular de cada imputado, ninguno de estos delitos ameritaría prisión preventiva, dada la gravedad de los mismos, la pena asignada, la inexistencia de víctima humana y el bajo o nulo peligro para la seguridad de la sociedad. Sin embargo, las cifras del MP indican que en este periodo se decretaron 3.859 prisiones preventivas y 173 internaciones provisorias, lo que representaría una baja global de –2,5% de ambas medidas cautelares. La aparente baja no tiene ninguna relevancia desde una óptica garantista, pues la naturaleza de los delitos controlados haría improcedente esas medidas cautelares en una situación normal. La represión es patente y hasta el MP indica en el citado informe que “Se observa un comportamiento similar de las prisiones preventivas y las internaciones provisorias respecto de un periodo normal, existiendo un criterio más severo de las instituciones del sistema de justicia si se considera la penalidad de los delitos llevados a Audiencia de Control de Detención138”. Criminalización y endurecimiento de penas respecto de hechos asociados a protesta social La respuesta punitiva del Estado frente al Estallido Social estuvo marcada también por un aumento explosivo en la utilización de la Ley 12.972 sobre seguridad del Estado (LSE). Tal como señala Villegas (2013)139, dicha legislación se enmarca dentro del denominado Derecho Penal de lucha donde el Estado ya no dialoga con sus ciudadanos para mantener la vigencia de la norma, sino que combate males y peligros y, por ello, la pena deja de ser en estricto rigor la sanción a un hecho cometido y, más bien se dirige al aseguramiento frente 136 Lesiones menos graves -18.5%, hurto simple -40.4%, amenazas simples -15,6%, lesiones leves -19,0%, conducción en estado de ebriedad -14,7%, hurto falta -49,7%, hurtos simple de 4 a 40 UTM -39,2%, desacato -13,5%, microtráfico -39,6%. porte de arma -44,1%, robo con intimidación -33,5%, robo en lugar habitado -16,6%, robo por sorpresa -40,7%, robo en bienes nacionales de uso público -31,2%, amenazas condicionadas contra personas y propiedad -10,2%. 137 Art. 140 Código Procesal Penal. 138 El resaltado es nuestro. 139 Villegas, Myrna. Estado de Excepción y antiterrorismo en Chile. Criminalización de la protesta social con especial referencia a los indígenas. Revista de Derecho Penal y Criminología. Año 3. N° 6. Julio 2013. pp. 3-25.
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a hechos futuros. Este aseguramiento se da a través de tres características fundamentales: adelantamiento de la punición a través del castigo de actos preparatorios, aumento de penas y restricción o supresión de garantías procesales. Así, el artículo 23 de la Ley de Seguridad del Estado adelanta el momento de sancionar un hecho no solo cuando este es ejecutado, sino que además “la proposición y la conspiración para cometer alguno de los delitos sancionados en esta ley, serán castigadas con la pena señalada al delito consumado, rebajada en uno o dos grados”. Asimismo, declara un aumento de las penas para cada uno de los hechos que bajo la ley común tendrían penas sustancialmente menores, como ocurre por ejemplo con el delito de desórdenes públicos, aumentando su sanción desde los 61 a 541 días hasta los 5 años de cárcel (Art. 7 en relación al Art. 5 LSE). Finalmente, se establecen normas especiales para aquellos que entreguen antecedentes acerca de la comisión o preparación de tales actos, dejándolos inclusive sin sanción (Art. 23 a) LSE), en evidente desmedro de la presunción de inocencia de los imputados acusados por el delator compensado. Es importante destacar que esta normativa solo puede ser aplicada por querella o denuncia interpuesta por el Gobierno. Según las cifras entregadas por el Ministerio del Interior al 22 de febrero de 2020 durante los primeros los meses del estallido de la crisis social en el país, el Gobierno presentó un total de 504 querellas invocando la LSE, cifra considerablemente mayor a las 8 querellas presentadas el año anterior en base a esta ley140. Los efectos concretos de la invocación de esta norma de excepción aparecen encarnados en la figura del profesor Roberto Campos Weiss, quien estuvo sometido a prisión preventiva durante dos meses, acusado de daños a un torniquete de la estación del Metro San Joaquín en Santiago. La pena asignada al delito de daños, según disposiciones del Código Penal, fluctúa entre los 61 y 540 días, por lo que se cumpliría en un régimen de libertad. Sin embargo, con la invocación de la ley de excepción, el delito pasa a atentar contra la seguridad del Estado y su pena podría alcanzar los 5 años141, lo que permitió mantenerlo privado de libertad el tiempo indicado. En forma paralela a la invocación de la LSE, en este ambiente de excepción constitucional fue aprobada y publicada en el Diario Oficial el día 30 de enero de 2020, la Ley Nº 21.208, que “Modifica el Código Penal para tipificar acciones que atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios, y fija las penas aplicables al saqueo en las circunstancias que indica”. Los nombres públicos de esta ley son claramente indiciarios de la realidad nacional. El Gobierno la defendía como la “Ley Antisaqueos” y para gran parte de la opinión pública era la la ley del “que baila pasa”, en referencia a una nueva forma de manifestarse que exigía de los conductores parte de un baile para permitirles el paso. Es así como, frente a nuevas formas de protesta —percibidas como pacíficas por los manifestantes— el ejecutivo reacciona creando nuevos tipos penales, sancionando como delitos conductas que previamente no lo eran, o bien aumentando las penas de los delitos ya existentes.
140 https://www.soychile.cl/Santiago/Sociedad/2020/02/22/640021/Mas-de-500-querellas-por-Ley-de-Seguridad-delEstado-se-presentaron-tras-la-crisis-social.aspx 141 Causa Rol N° 2923 - 2019 del 11° Juzgado de Garantía de Santiago.
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La judicialización represiva de la protesta chilena en La Araucanía Una de las imágenes más emblemáticas de las protestas en La Araucanía, es la que muestra el derribamiento de la estatua de Pedro de Valdivia y el decapitamiento del busto del militar Dagoberto Godoy, cuya cabeza fue posteriormente colgada en la mano del toqui Caupolicán en una de las principales esquinas de la ciudad. A fin de perseguir actos como estos, el fiscal regional de La Araucanía, Cristian Paredes142, según indica en su cuenta pública del año 2019, entre otras medidas decidió crear un foco investigativo especial a cargo de la BICRIM de la PDI, con el objeto de investigar los daños a la propiedad pública: semáforos y monumentos nacionales. Hechos como estos, según indicaba él mismo, se suscitaban en los momentos en que las protestas alcanzaron sus “niveles más altos”. En la misma línea, definió un equipo de investigación especial para robos (no obstante, su escasa incidencia regional) y desórdenes, el cual estaba formado por cuatro fiscales, cuatro abogados asistentes y un analista, con el fin de investigar y coordinar acciones con policías y el municipio. Las cifras en la región, según la cuenta anual de la Fiscalía Regional de La Araucanía, indican que desde el inicio del Estallido al 31 de diciembre de 2019, en la Región de La Araucanía 729 personas fueron llevadas a ACD, todas supuestamente detenidas en flagrancia. El 72% de los delitos corresponden a desórdenes públicos, el 6% a atentados de vehículos motorizados en movimiento, 5% daños simples y solo un 2% a robo en lugar no habitados, con el que se relacionan los saqueos. En el periodo indicado hubo 339 formalizados y 427 pasaron a procedimiento simplificado dado que se trataba de simples delitos y faltas con penas menores a 540 días de cárcel. Como es común ya en el habitus de fiscales, tanto a nivel nacional como regional, las prisiones preventivas son exhibidas como verdaderos logros143 de gestión. En su cuenta pública, Paredes resaltaba que la fiscalía consiguió que 32 imputados quedaran en prisión preventiva y 4 adolescentes en internación provisoria. El fiscal regional indicó que se utilizarían todas las herramientas legales para “perseguir con la mayor severidad” los delitos asociados al Estallido, dedicando equipos “preferentemente” a estas tareas, no obstante la labor sea “extensa y ardua”, pues no tolerará “el vil amparo que algunos han buscado en las demandas sociales para su aprovechamiento personal en la comisión de delitos”. La primera condena por saqueo de Chile144 Se ha podido presenciar en el Juzgado de Garantía de Temuco la audiencia de control de detención de tres mujeres sin antecedentes penales, una madre y sus dos hijas, una de ellas menor de edad. Detenidas durante las primeras manifestaciones de octubre, se les 142 Cristián Paredes asume el cargo de Fiscal Regional de La Araucanía en agosto del año 2013. En los años anteriores a su nombramiento, estuvo a cargo de varias investigaciones contra autoridades y activistas mapuche, destacándose como el fiscal a cargo de la investigación por Ley Antiterrorista contra los Lonko Pascual Pichun y Aníceto Norín, caso que finalmente acarreó la condena al Estado Chileno por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el año 2014. Asimismo, en sus funciones como fiscal adjunto, ordenó las intervenciones telefónicas a un abogado defensor de imputados mapuche, lo que significó una condena contra el Fisco de Chile (Corte Suprema Rol N° 2765-2009). 143 Véase por ejemplo el anuncio del primer imputado sometido a prisión preventiva por incumplir la cuarentena en la crisis sanitaria …. 144 RIT 10347 - 2019 del Juzgado de Garantía de Temuco
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imputó el delito de “robo en lugar no habitado” por haber destruido una vitrina de una tienda comercial céntrica de la cual se sustrajo una caja con piezas de baterías de ollas, una batidora y una máquina chocolatera. Sosteniéndose principalmente sobre testimonios policiales, la fiscalía solicitó la prisión preventiva, aduciendo a la situación de flagrancia en la cual fueron detenidas y al contexto actual de Estado de Emergencia como un agravante. Para la fiscalía las mujeres representaban claramente “un peligro para la seguridad de la sociedad” visto “la gravedad del delito y la circunstancia, forma y modalidad de actuar en pandilla” y al aprovecharse del estado de conmoción para incurrir a un delito ajeno al contexto social. En respuesta, el defensor público subraya la ausencia de pruebas de la participación de las imputadas en la destrucción de la vitrina y, además la desproporcionalidad de la solicitud de prisión preventiva para personas sin antecedentes judiciales. Sin embargo la Magistrada decretó la prisión preventiva para las dos adultas, y el arresto domiciliario nocturno para la menor al considerar “la libertad de las imputadas representa un peligro para la sociedad” y la existencia de un agravante por haber cometido el delito en circunstancias de “una situación de contingencia del país en el cual existe claramente una sensación de inseguridad por parte de todos los ciudadanos lo que indica que esto reviste un carácter de gravedad que debe ser ponderado por el juez al momento de decretar la prisión preventiva”. En este caso es posible observar cómo el tribunal hace un uso indiscriminado de la prisión preventiva para una madre y su hija, y mientras esta su otra hija menor presente, invocando el artículo 12 número 10 del Código Penal que contempla un agravante en caso de cometer un delito en contexto de “tumulto o conmoción popular”. Si bien el Estado de Emergencia no constituye legalmente un agravante, la jueza la iguala con las condiciones antes mencionadas para poder justificar una medida cautelar de último ratio considerada como la más gravosa del ordenamiento jurídico. La invocación de disposiciones especiales para tipificar delitos de penas bajas en un contexto de movilización social que justamente pone en tela de juicio las injusticias y desigualdades socioeconómicas da cuenta del carácter político de las decisiones judiciales. Finalmente, las dos mujeres quedaron un mes en prisión preventiva antes de ser sometidas a un procedimiento abreviado donde las imputadas tuvieron que reconocer su responsabilidad y ser condenadas. A través de este caso que se transformara en la primera condena por saqueo en Chile, vemos cómo el uso y abuso de la prisión preventiva se convierte no solo en herramienta represiva y disuasiva antes las movilizaciones sociales, pero también un medio de presión para acudir a procedimientos abreviados y condenas. El peso probatorio dado por el tribunal —aún presuntivamente— al testimonio de los funcionarios policiales aprehensores y que permitió la prisión preventiva en contra de la madre, ha sido una constante en las causas seguidas en contra de la protesta social mapuche.
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Ciudadano mapuche sueco acusado de porte de elemento explosivo145 En noviembre del 2019 fue detenido Christoffer Quidel Larsson, ciudadano mapuche– sueco, en el contexto de manifestaciones sociales en el centro de la ciudad de Temuco. Según lo manifestado por el Ministerio Público en la audiencia de formalización, la detención se habría producido debido a que el imputado mantenía en su poder botellas que “tenían olor a parafina” las que corresponderían a “las llamadas bombas molotov”146. En base a estos hechos, el órgano persecutor formalizó al imputado por el delito de porte de elemento explosivo, contemplado en el Art. 14 de la Ley 17.798 sobre control de armas, decretándose la medida cautelar de prisión preventiva. El primer contacto entre CIDSUR y Christoffer Quidel Larsson se produce en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco, donde permanecía en prisión preventiva. Tras constituirse el patrocinio y revisarse los antecedentes de la carpeta de investigación, se pudo evidenciar una serie de circunstancias que daban cuenta de la irregularidad del proceso y de la falta de objetividad con que el Ministerio Público había llevado a cabo la persecución penal. En primer lugar, se tuvo acceso a un informe pericial químico que daba cuenta del contenido de las botellas que fueron incautadas al imputado. Dicho informe indicaba que diez botellas contenían agua y pintura, sin propiedades inflamables, mientras que solo una botella de plástico de 500cc habría resultado positivo a líquido desconocido con propiedades inflamables. Lo relevante de este informe pericial es que había sido evacuado con anterioridad al control de detención, siendo un antecedente que era conocido tanto por la fiscalía como por la defensoría penal pública, quien asumió la defensa del imputado en dicha audiencia. A pesar de contar con este antecedente, la fiscalía igualmente formalizó por el supuesto porte de “bombas molotov”, aun cuando a la luz de de la información científica proporcionada por el peritaje, dicha tesis quedaba sin sustento, situación que tampoco fue aclarada por la defensa ante el juez que decretó la prisión preventiva. Una vez asumido el patrocinio por CIDSUR, se solicitó el sobreseimiento de la causa, argumentando que los hechos por los cuales se había formalizado a Christoffer Quidel no eran constitutivos de delito, ya que los elementos incendiarios indicados por la fiscalía no existían. Tal como se indicó previamente, el informe pericial químico había indicado que las botellas de vidrio que portaba el imputado contenían agua y pintura no inflamable, las cuales incluso fueron expuestas a fuego directo sin que explosionaran. A pesar de la existencia de estos antecedentes desde antes de la formalización, es en esta audiencia donde por primera vez se exponen ante la judicatura, quien tiene la posibilidad de evaluarlos en los siguientes términos: “El Tribunal estima que, no obstante lo señalado en el sentido que hubo antecedentes después de 2 horas en cuanto a las pericias de las botellas encontradas en poder del imputado y, se encontró que una de ellas al menos tenía un líquido inflamable, circunstancia que pudo y debió hacerse presente en la audiencia de formalización, como para contar con mayor cúmulo de antecedentes, es una omisión que el tribunal por 145 Rit: 11003-2019 Juzgado de Garantía de Temuco. 146 Audiencia de control de detención y de formalización, 8 de noviembre de 2019, RIT 11003 - 2019, Juzgado de Garantía de Temuco.
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ahora no califica pero que de alguna forma conllevó a la aplicación de la medida cautelar que se cuestiona.” A pesar de que en dicha oportunidad no se dio lugar al sobresemiento definitivo por la posibilidad de que los hechos fueran constitutivos de “otro” delito, el tribunal estableció claramente que no se estaba frente al delito de porte de artefactos incendiarios. En razón de ello, se solicitó la sustitución de la prisión preventiva, ante lo cual la fiscalía manifestó su oposición a pesar de la existencia de un pronunciamiento jurisdiccional respecto a la no concurrencia del delito por el cual había formalizado. Finalmente, el Juzgado de Garantía de Temuco accedió a la solicitud de la defensa particular, modificando la medida cautelar a un arresto domiciliario, resolución que fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Temuco tras la apelación verbal presentada por el ente persecutor. Semanas más tarde, específicamente el 30 de enero de 2020, el Ministerio Público decidió sustituir la formalización y requerir en procedimiento simplificado por el delito de “Porte de elementos conocidamente destinados a cometer el delito de incendio” del Art 481 del Código Penal, delito que tiene asignada una pena de presidio menor, por lo que, en caso de condena, podría cumplir mediante una pena sustitutiva no privativa de libertad o, que incluso, podría darse por cumplida en base a los 22 días que permaneció en prisión preventiva.
La judicialización defensiva (o protectora) Diversos organismos internacionales encargados de la promoción y protección de derechos humanos, han constatado las graves y generalizadas vulneraciones ocurridas en Chile a partir de octubre de 2019 mediante el envío de misiones para constatar en el territorio las denuncias de los ciudadanos. Así, encontramos los informes de Amnistía Internacional, el emanado desde Human Rights Watch (HRW), el de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). En el ámbito interno, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) ha denunciado el actuar abusivo de Carabineros y de las Fuerzas Armadas desde el inicio del Estado de Excepción constitucional. En efecto, el INDH informa que hasta el día 19 de marzo de 2020147 ha interpuesto 1.465 acciones judiciales148, dentro de las cuales se han presentado querellas en favor de 1805 personas149. En el mencionado reporte se indica que según la información recabada por el INDH, existirían un total de 3.838 personas heridas en el contexto de la protesta social150 advirtiendo que esa cifra no representa el universo total de personas heridas, sino solo los casos 147 Reporte en https://www.indh.cl/bb/wp-content/uploads/2020/04/Reporte-INDH-19-de-marzo-de-2020.pdf 148 De ellas, 1.432 son querellas y 24 acciones de amparo constitucional y/o amparos ante los juzgados de garantías. La mayoría de los delitos querellados son gravísimos para cualquier país que se pretenda democrático. Si bien han sido catalogados por las autoridades políticas como “hechos aislados” o “incumplimiento de protocolos”: el 74% de las querellas interpuestas por el INDH corresponden a torturas y tratos crueles (1083 casos), mientras que la violencia sexual alcanza 203 casos que corresponden al 14% de querellas. Más grave aún, existen 6 querellas por homicidio y 23 por el mismo delito en carácter de frustrado. 149 1071 hombres, 364 mujeres y 278 niñas, niños y/o adolescentes. Dentro de ellas se cuentan 20 personas LGTBIQ , 13 con discapacidad, 8 migrantes y 7 pertenecientes a algún pueblo originario. 150 El 7% de los heridos son niñas y niños, el 12% mujeres adultas y el 81% hombres adultos.
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observados o constatados, lo que “...significa que la cantidad total de personas heridas por acción de agentes del Estado puede ser mayor a la reportada por el Instituto”. La mayoría de las heridas han sido causadas por perdigones que lesionaron a 1.687 personas, mientras que 1.411 fueron heridas por golpes de agentes, 298 por lacrimógenas, 193 por balines, 53 por balas y en 196 casos no se ha podido detectar el origen de la lesión. Por su parte, el MP en su Informe Estadístico Anual para el 2019151, indicaba que solo al 30 de noviembre había 5.558 víctimas del actuar de las Fuerzas Armadas y de Orden, de los cuales 834 son niños, niñas y adolescentes152. Casi un tercio de los heridos lo fue por arma de fuego (1.938 personas). El desglose de los delitos investigados por la fiscalía arroja 4.158 apremios ilegítimos, en 134 casos hubo torturas y más de 1.000 abusos contra particulares. Los desnudamientos y violencia sexual ocupan un lugar significativo de las denuncias en contra de las policías y el ejército: hubo 192 desnudamientos, 58 abusos sexuales, 19 amenazas de delitos sexuales y 9 violaciones o abusos sexuales agravados. Asimismo, el ente persecutor informó que en el contexto de la revuelta habían fallecido 31 personas, indicando que 4 de ellas habían sido víctimas de agentes del Estado y que 2 habían fallecido bajo su custodia, precisamente en comisarías.153 No obstante las altas cifras indicadas, el número de imputados formalizados en este tipo de delitos a la fecha de dicho Informe Estadístico asciende tan solo a 38 funcionarios154. Cifras más actualizadas fueron entregadas en la cuenta pública del fiscal nacional del Ministerio Público de fecha 23 de abril de 2020, donde se precisó que las denuncias por delitos relacionados a violación a los derechos humanos se elevó a cerca de 6.900, sin embargo, no se entregó información oficial acerca del número de funcionarios formalizados hasta dicha fecha. A pesar de la gravedad de los crímenes y delitos cometidos por funcionarios públicos hacia la población civil, la respuesta del sistema judicial hacia dichos ilícitos es bastante menos intensa que la observada en relación a los delitos cometidos por los manifestantes. La masividad de los ataques hacia la población civil, constatados tantos por instituciones públicas nacionales como por organismos internacionales de derechos humanos, dan cuenta de que los actos de violencia en contra de la población civil importan un crimen de lesa humanidad, en los términos que establece la Ley Nº20.357 que tipifica Crímenes de Lesa Humanidad, Genocidio y Crímenes de Guerra. Esta normativa establece dos requisitos copulativos: “1° Que el acto sea cometido como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil” y, en segundo lugar, que este ataque “responda a una política del Estado o de sus agentes; de grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre algún territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares, o de grupos organizados que detenten un poder de hecho 151 Boletín Estadístico 2019 del Ministerio Público. División de Estudios de la Fiscalía Nacional. Disponible en http://www. fiscaliadechile.cl/Fiscalia/sala_prensa/noticias_det.do?id=17287 152 La institución más denunciada es Carabineros, con 4.170 víctimas en manos de sus funcionarios. Le sigue el Ejército, con 244 denuncias, la Policía de Investigaciones con 96, la Armada con 27 y otras instituciones con 15. 153 A este respecto se debe destacar, que los espacios de represión y violencia no fueron solo las calles. Según la información proporcionada por el MP, si bien en 3.798 casos los delitos de los agentes estatales fueron cometidos en la vía pública, se destaca que en 582 casos los hechos ocurrieron en comisarías, brigadas o cuarteles militares, 202 en los carros policiales, 79 personas fueron víctimas en el comercio y 72 en sus propios domicilios. 154 Ídem. p. 21.
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tal que favorezca la impunidad de sus actos” (art. 1º), entendiéndose el ataque generalizado como “...un mismo acto o varios actos simultáneos o inmediatamente sucesivos, que afectan o son dirigidos a un número considerable de personas” (art. 2º). La Corte Suprema de Chile, considerando la jurisprudencia de Tribunales y organismos internacionales, ha sostenido que hoy ésta es consistente en considerar “...como elementos típicos del crimen contra la humanidad —en lo que aquí interesa—, el que las acciones que los constituyen sean parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, y el conocimiento de dicho ataque por el agente”155. En tales circunstancias es del todo claro que, tras los reportes tanto de organismos internacionales ya citados, así como por los reportes y cifras entregados por el INDH en cuanto al número de lesionados, muertos, abusos sexuales, torturas y tratos degradantes ejecutados por miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en contra de manifestantes y en general en contra la población civil —una vez decretado el Estado de Emergencia constitucional por parte del Gobierno— han traspasado el límite legalmente permitido en el monopolio del uso de la fuerza en la contención de las movilizaciones, marchas y actos de protesta desarrollados por la ciudadanía a partir del 18 de octubre de 2019. La emergencia de redes y colectivos impulsando la judicialización protectora en Wallmapu Ante la violencia policiaca en Wallmapu, diferentes personas ligadas al ámbito profesional jurídico, psicosocial y periodístico se autoconvocaron o agruparon espontáneamente a fin de contribuir a velar por la eficacia de las garantías civiles en los procedimientos policiales y judiciales. Habitual presencia en comisarías tenían ABOFEM (Asociación de abogadas feministas), Ampara tus Derechos (Colectivo de abogadas y abogados que participen de distintas organizaciones como Defensa de Clase Trabajadora (DECLAT), CIDSUR además de abogados y abogadas conscientes y jóvenes licenciados y licenciadas de Derecho de la Universidad Católica de Temuco) y Las Violetas (colectivo de psicólogas y trabajadoras sociales), quienes exigían a Carabineros las listas de detenidos, conocer el paradero de estos, la situación procesal en que quedarían y la materialización del derecho de los detenidos a recibir visitas, abrigo y alimentos, etc. Una importante labor de educación jurídica desinstitucionalizada tenía lugar en las puertas mismas de las comisarías, donde los profesionales abogados, psicólogos y trabajadores sociales explicaban a familiares de los detenidos —en su mayoría primerizos— los alcances jurídicos de las situaciones detectadas y los eventuales cursos de acción. Prensa independiente procuraba transmitir la situación represiva ante el cerco comunicacional hegemónico, como los profesionales de Radio Kurruf que muchas veces se amanecían reporteando en marchas y comisarías. Estas espontáneas formas de organización civil, convivían y colaboraban con las instituciones estatales encargadas de velar por la situación de los detenidos, como son la 155 Sentencia de la Corte Suprema causa rol N° 25.657-2014 de fecha 11 de mayo de 2015. En el mismo sentido, SCS rol N° 21.177-14 de 10 de noviembre de 2014, rol N° 2931-14 de 13 de noviembre de 2014, rol N° 11.983-14 de 23 de diciembre de 2014.
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Defensoría Penal Pública y el Instituto Nacional de Derechos humanos. La información acerca de las personas detenidas, su estado de salud y condiciones de la aprehensión, eran compartidas y circulaban recíprocamente a través de grupos creados en redes sociales. De esta manera, los profesionales institucionales podían abocarse a situaciones donde su presencia —de por sí, inhibitoria frente a excesos policiales— podía resultar más trascendente. Destacamos estas situaciones porque constituyen instancias que ponen de manifiesto no solo los tejidos sociales civiles que emergen ante la represión, sino las coordinaciones con las instituciones estatales encargadas de velar por los DD.HH., matizando la habitual discusión que se plantea en el seno de los movimientos sociales acerca de la acción social institucional y desintitucionalizada. Una de las situaciones más gráficas de la eficacia de este tipo de coordinaciones viene dada por la reunión que sostuvieron abogadas de estos colectivos civiles con el Juez Presidente del Tribunal de Garantía de Temuco, a partir de la cual nació una vía de comunicación más expedita que permitía denunciar con rapidez las violaciones a derechos fundamentales en Wallmapu. La ineficaz judicialización protectora en la Región de La Araucanía En el ámbito regional, el INDH ha interpuesto en La Araucanía 159 querellas por igual número de víctimas entre el 19 de octubre de 2019 y el 22 de marzo de 2020 por diversos delitos cometidos por funcionarios públicos, desde lesiones graves gravísimas hasta apremios ilegítimos o tratos degradantes. Hasta la fecha no existen imputados formalizados en ninguna de estas investigaciones.156 En cuanto a las acciones constitucionales de amparo, el INDH ha interpuesto cinco recursos de amparo relacionados con abusos de funcionarios estatales hacia manifestantes del Estallido Social en la Novena Región, de los cuales cuatro fueron acogidos por la Corte de Apelaciones de Temuco157, en tanto 1 de ellos fue rechazado158. Cada uno de estos fallos fueron confirmados posteriormente por la Excelentísima Corte Suprema o bien lisa y llanamente no fueron apeladas por las respectivas instituciones públicas. De los amparos acogidos, llama la atención que 3 de estos datan del inicio de las protestas ciudadanas: el 20 de octubre de 2019 en Temuco, el 24 de octubre en la ciudad de Carahue y el 28 de octubre nuevamente en la ciudad de Temuco, con ocasión de una marcha convocada por personas discapacitadas. En cada uno de ellos, la Corte acoge los respectivos recursos y ordena al “Director General de Carabineros, Jefe de la IX Zona Araucanía, don Carlos González Gallegos, deber instruir a los funcionarios de Carabineros bajo su mando, la obligación de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en los protocolos institucionales de Carabineros sobre uso de la fuerza y de los dispositivos utilizados para controlar los desórdenes públicos”.
156 Información proporcionada por la Sede Regional Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Marzo 2020. 157 Rol 195-2019; 216-2019; 224-2019 y 237-2019, todos de la Corte de Apelaciones de Temuco 158 Rol 241-2019 de la Corte de Apelaciones de Temuco.
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Sin embargo, las situaciones de abusos policiales continuaron repitiéndose durante los meses que se mantuvieron activas las diversas manifestaciones sociales durante el año 2019 y comienzos del año 2020. Un caso paradójico lo encontramos en el recurso de protección interpuesto por la Universidad Católica de Temuco y la Universidad de la Frontera en contra de Carabineros de Chile159 por la utilización desproporcionada de armamento menos letales en contra de manifestantes. En dicho recurso, la Corte de Temuco acogió con fecha 14 de noviembre una orden de no innovar “en cuanto se ordena a Carabineros la suspensión inmediata del uso de escopetas antidisturbios en el contexto de manifestaciones pacíficas que se desarrollen en la región, durante la tramitación del recurso de protección”, todo esto en el contexto de las graves y masivas denuncias de mutilaciones oculares a manifestantes mediante el uso de dichas armas. Pese a ello, y solo a modo ejemplar, el mismo día 14 de noviembre, mientras se desarrollaba una manifestación en conmemoración por el primer aniversario de la muerte de Camilo Catrillanca Marín, el joven de iniciales O.E.P.R. perdió uno de sus globos oculares producto del disparo de funcionarios de Carabineros, razón por la cual el INDH interpuso la respectiva querella criminal ante el Juzgado de Garantía de Temuco160. Lo descrito viene a configurar un escenario desolador para la ciudadanía, en cuanto aún en aquellos casos donde una Corte de Justicia le ordena a la policía abstenerse de ejecutar determinados actos para la protección de la libertad y seguridad de los manifestantes, Carabineros de Chile lisa y llanamente desoye lo ordenado sin que hasta la fecha exista alguna sanción, sumario o una mínima rendición de cuentas de las razones para no acatar las resoluciones de un Tribunal. Lo anterior es ciertamente preocupante si consideramos que los Tribunales de Justicia son los órganos del Estado mandatados constitucionalmente para el resguardo de los derechos fundamentales de los ciudadanos ante las infracciones del poder público, pero que sin embargo no han logrado poner freno a los atropellos a la libertad ambulatoria y a la seguridad individual de los ciudadanos, a pesar de haber sido constatada su infracción y ordenado el restablecimiento del derecho amagado como ha ocurrido con los recursos de amparo interpuestos por el INDH. Esta ineficacia de facto de las resoluciones judiciales que ordena en estos casos a Carabineros de Chile a sujetar su actuar a la Constitución, las leyes y a sus propios protocolos de actuación, transforma los actos jurisdiccionales en meras declaraciones de buenas intenciones que socavan la institucionalidad vigente y reafirman el ambiente de impunidad, el temor y la desconfianza hacia la real capacidad de los Tribunales de Justicia para salvaguardar y dar efectiva protección a la población civil. Por su parte, en la Cuenta Pública 2019, el fiscal regional de La Araucanía informó que solo entre el 19 de octubre y el 06 de diciembre, habían ingresado 381 causas por “eventuales” delitos cometidos por agentes del Estado161. De estas causas, el 64% se relacionan 159 Rol N° 17.653 - 2019 de la Corte de Apelaciones de Temuco. 160 Causa RIT 11879-2019 del Juzgado de Garantía de Temuco. 161 Merece la pena resaltar el adjetivo empleado por el Fiscal Regional, que demuestra una pulcra observancia del principio de objetividad, pero que párrafos más arriba en su cuenta pública, no había tenido la sutileza de emplear en relación a los delitos imputados a manifestantes.
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con el delito de abusos contra particulares, 26% a apremios ilegítimos y existen 7 casos, que representan el 2%, en que agentes estatales provocaron lesiones graves gravísimas: traumas oculares por perdigones o bombas lacrimógenas. Y aunque el número de causas ingresadas a la Unidad de DD.HH. —encargada de investigar la violencia institucional— se incrementó en un 49% respecto del año anterior, el Ministerio Público no tomó ninguna medida especial para asegurar una persecución penal más eficaz, lo que ha traído como consecuencia que a pesar de las gravosas mutilaciones producidas a los ciudadanos hasta la fecha no existan formalizados por estas causas. Lo anterior devela la falta de urgencia de parte de la fiscalía de La Araucanía para llevar a la justicia a agentes del Estado que cometan delitos constitutivos de violaciones de derechos humanos. La violación del principio de objetividad, al brindar un tratamiento diametralmente distinto a imputados uniformados y civiles, es patente y se reafirma con el propio discurso del fiscal regional respecto a la violencia institucional cuando indica que: “Creemos que este tipo de causas necesitan especialmente soluciones definitivas de carácter judicial: sentencias, salidas alternativas o incluso sobreseimientos definitivos, porque también hay un número importante de casos en que la investigación puede establecer que el uso de la fuerza es legítimo. Se hace necesaria una respuesta del sistema de justicia que establezca fehacientemente qué pasó, necesidad que no solo es de las víctimas, sino también de quienes son imputados de tales hechos.” Una justicia ciega a la mutilación oculares Entre las víctimas de la violencia estatal, particular notoriedad han tenido las lesiones de globos oculares, tanto por las secuelas que tales lesiones reportan para las víctimas —en su gran mayoría jóvenes que han visto alterada profundamente sus proyectos de vida—, así como la carga simbólica que implica cegar a quien denuncia una realidad social injusta. La masividad de estos delitos es manifiesta: 405 casos al 15 de enero de 2020, una verdadera “emergencia sanitaria” según el presidente de la Sociedad Chilena de Oftalmología162. La masividad y sistematicidad de tales lesiones en los manifestantes ha abierto una importante discusión a nivel nacional en relación al uso indiscriminado de las armas menos letales utilizadas por Carabineros de Chile. En nuestro país el uso de la fuerza por parte de la policía no está regulado en la ley, sino que en circulares, decretos y protocolos, es decir, normas de inferior rango que una ley común y que, por tanto, no gozan de la discusión necesaria a nivel parlamentario que permita un verdadero control de su contenido163.
162 Declaración de Dennis Cortés, Presidente de la Sociedad de Oftalmología en la Comisión de DD.HH. del Senado. 163 La actual normativa que regula el uso de la fuerza y, en particular, el uso de armas de fuego en la represión de manifestaciones sociales son: i) Decreto N° 1364 de 2018 redactado por el Ministerio del Interior, es decir, suscrito por el anterior Ministro Andrés Chadwick cuyo cargo debió abandonar al ser aprobada la acusación constitucional en su contra precisamente por omitir adoptar medidas para detener violaciones sistemáticas a los derechos humanos; y ii) la circular N° 1.832 y la Orden General N° 2635 de 2019, ambas redactadas por la propia institución policial cuestionada y suscritos por el actual General Director de Carabineros Mario Rozas. Mismo oficial que en su discurso dirigida a personal de la Escuela de Suboficiales de Carabineros en noviembre de 2019, manifestó su apoyo a los funcionarios expresando que no daría a nadie de baja ni aunque fuese obligado https://radio.uchile.cl/2019/11/13/ general-director-de-carabineros-a-nadie-voy-a-dar-de-baja-aunque-me-obliguen-no-lo-voy-a-hacer/
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En relación al uso de escopetas antidisturbio (consideradas por Carabineros como armas no letales) la circular realiza una clara distinción con las armas potencialmente letales, las cuales restringe expresamente para ser utilizadas en circunstancias excepcionales que supongan la existencia de un peligro inminente de muerte o lesiones graves sea para el Carabinero o para cualquier otra persona164. El protocolo indica que: “su empleo deberá ser consecuencia de una aplicación necesaria, legal, proporcional y progresiva de los medios y cuando el efecto de otros elementos tales como agua, gases y otros resulten insuficientes, o el nivel de agresividad haga aconsejable su utilización un mal mayor donde esté en riesgo la integridad física de los transeúntes, manifestantes o carabineros”.165 La permisividad que el protocolo otorga a Carabineros de Chile en el uso de armas de fuego altamente dañosas en contra de manifestantes, es ostensible. Su utilización queda al arbitrio del respectivo funcionario en cuanto considere que los otros elementos disuasivos no sean suficientes para poner término a la manifestación, o bien cuando el policía tirador entienda que se encuentra en riesgo la integridad física de carabineros o de cualquier persona. Así, el protocolo permitiría su utilización en contra de manifestantes desarmados que utilicen piedras en contra de carabineros o bien en contra de aquellas personas que se encuentren manifestándose pacíficamente sin autorización de la autoridad tras haber sido dispersados por el carro lanza aguas y lanza gases. En cualquiera de estos casos, la desproporción se torna evidente, pero que a la luz del protocolo y del respaldo recibido de parte de la autoridad civil y militar ha implicado una verdadera “catástrofe de derechos humanos”166. La novena región no ha sido ajena a dicha realidad. A la fecha se contabilizan 7 personas con lesiones o traumas oculares, dos de ellas con pérdida o estallido ocular. En la ciudad de Temuco, con fecha 19 de octubre de 2019 se reportó el primer caso de estallido ocular del país. El joven Luis Jimenez Caamaño, estudiante de Trabajo social, fue gravemente herido producto del disparo efectuado por el comisario de la 1° Comisaría de Fuerzas Especiales de Temuco, quien reconoció en el respectivo parte policial haber efectuado los disparos en contra de los manifestantes. Pese a la querella interpuesta167 y a los meses desde el inicio de la investigación, tanto en esta como en cada una de estas investigaciones no existen formalizados. El Centro de Investigación y Defensa Sur ha interpuesto dos querellas criminales, en representación de Luis Jiménez Caamaño168 y Camilo Olivares Moreno169, ambos lesionados oculares durante los primeros días del Estallido Social, invocando la Ley 20.357 que tipifica Crímenes de lesa humanidad y Genocidio y Crímenes de Guerra, calificando los hechos como lesiones gravísimas en carácter de lesa humanidad, con el objeto de que los crímenes sean investigados y sancionados de acuerdo a la gravedad de los mismos.
164 Orden General N° 2635 de 2019. 165 Idem. 166 Dr. Enrique Morales, Entrevista para reportaje ‘It’s Mutilation’: The Police in Chile Are Blinding Protesters. New York Times. reportaje audiovisual del diario estadounidense The New York Times que denunció las mutilaciones oculares durante el “Estallido Social” y que se alzó como ganador en competencia patrocinada por World Press Photo 2020. 167 RUC Nº 1901134991-1, RIT 10579-2019 del Juzgado de Garantía de Temuco. 168 Idem. 169 RUC 1910053095-6; RIT 10505-2019 del Juzgado de Garantía de Temuco.
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Vale destacar que tanto el INDH, así como el MP han calificado los hechos hasta esta etapa de la investigación únicamente como delitos comunes, aplicando solo las normas referentes a lesiones del Código Penal. En consecuencia, cada una de tales investigaciones se encuentran rotuladas bajo investigación por delitos comunes, pese a la existencia de los informes de DD.HH. ya citados y que han calificado tales hechos como graves violaciones a los derechos fundamentales de las personas. Simulacro de fusilamiento Otro de los hechos que suscitó interés y desconcierto en la región durante la vigencia del Estado de Excepción constitucional fue el ocurrido el 22 de octubre de 2019, a los jóvenes de iniciales R.G.Q., y C.C.M., ambos mayores de edad, cuando retornaban desde las manifestaciones a sus hogares. A pesar de que se encontraban caminando tranquilos y sin realizar ningún acto de protesta, fueron detenidos y maltratados por militares, quienes los botaron al suelo, aplastaron sus cabezas y les colocaron amarras plásticas en las muñecas. Posteriormente, los funcionarios del ejército les pegaron con la punta de sus fusiles y les apuntaron en la cabeza, para subirlos a un vehículo militar, diciéndoles que los llevarían a una comisaría. Sin embargo, durante el trayecto les señalaron que los llevarían al cuartel para “ponerlos en la cama elástica con electricidad para ver cuánto aguantarían”. Posteriormente fueron conducidos al sector del Cerro Mariposa donde los bajaron del vehículo, los arrodillaron mirando hacia una pandereta, haciéndoles creer que los fusilarían. Finalmente, les quitaron las amarras, los patearon y les dijeron que debían correr por donde venían, advirtiéndoles que si retrocedían los iban a matar, cargando las armas y riendo mientras ambas víctimas corrían. Llama la atención en el presente caso, no solo la brutalidad y la absoluta impunidad que hasta la fecha gozan los autores del caso, sino además el conocimiento demostrado por los funcionarios militares en relación a las técnicas de tortura, como es la colocación de corriente y la simulación de un fusilamiento o ejecución extrajudicial, lo que rememora de forma inmediata los acontecimientos vividos en Chile durante la dictadura militar, y lo que permite avizorar que tales prácticas, tras 47 años del golpe militar, continúan siendo perfectamente conocidas por los funcionarios militares que sin lugar a dudas no vivieron dicho periodo histórico. Respecto de este caso, CIDSUR interpuso la respectiva querella criminal invocando la Ley 20.357 que tipifica Crímenes de lesa humanidad y Genocidio y Crímenes de Guerra. Sin embargo, pese al tiempo transcurrido desde estos sucesos, a la identificación precisa de los vehículos militares y funcionarios que desarrollaron labores de custodia el día de los hechos, se ve aún lejana la posibilidad de formalizar cargos en contra de los responsables.
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Traslación de la excepción en Wallmapu al territorio nacional: constante para el mapuche, novedad para el chileno Con el respaldo irrestricto de los gobiernos concertacionistas en concomitancia con el Poder Judicial, desde el fin de la dictadura hasta la fecha y, en particular, a partir del “estallido mapuche” de Lumaco en 1997, las comunidades mapuche han sido el escenario privilegiado de violentas operaciones policiales. Un Estado de Excepción permanente, aunque no declarado, se ha instaurado en estas comunidades en nombre de la lucha en contra del terrorismo y de la violencia rural que se ha visto judicialmente respaldado mediante la invocación de leyes de excepción —como la Ley sobre Conductas Terroristas— hacia comuneros acusados de participar en delitos asociados a la reivindicación territorial. Producto de esta represión, son centenares los mapuche que han sido heridos con total impunidad por balines y perdigones, mientras otros tantos han debido soportar largas privaciones de libertad producto de la invocación de dichas leyes, las más gravosas del ordenamiento jurídico nacional170. Esta política criminal, por tanto, ha comprendido dos fases o dinámicas que se desenvuelven de forma paralela y simbiótica. Por una parte, las comunidades movilizadas han sido criminalizadas mediante la persecución penal de sus dirigentes, el allanamiento de sus viviendas, el desalojo de los predios ocupados y la detención y encarcelamiento de sus miembros gracias a la utilización del nuevo proceso penal instaurado en la Región de La Araucanía desde el año 2001, mismo año en que comienza a ser invocada la Ley Antiterrorista en contra de miembros del Pueblo Mapuche. Seguidamente, y en un segundo nivel, los delitos cometidos por los agentes del Estado en la ejecución de dicha política de persecución penal son ampliamente tolerados por el sistema judicial, lo que refuerza el ambiente de indefensión y desconfianza hacia la institucionalidad de parte de los miembros de tales comunidades. Sin duda el caso emblemático al efecto es el del adolescente Alex Lemun Saavedra, quien fuera abatido por el disparo efectuado por el entonces mayor de Carabineros Marco Treuer, el que impactó en su cabeza y le provocó la muerte el 12 de noviembre de 2002. Luego de presentadas las acciones legales, y pese al enorme cúmulo de antecedentes en contra del autor de los disparos, la causa fue sobreseída por la justicia militar el año 2004. El Estado de Chile fue incapaz de sancionar al oficial de Carabineros que dio muerte a un niño de 17 años mientras desalojaba una comunidad desde el predio reivindicado por los mapuche a la forestal Mininco. Frente a la denegación de justicia en la muerte del adolescente Lemun, el caso fue llevado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la que el 2017 estableció que el Estado de Chile era responsable por la violación del derecho a la vida, a la integridad personal y a la igualdad y no discriminación, así como a las garantías judiciales y protección judicial171. Solo de este modo, el caso fue reabierto, y trasladado su 170 Ver Centro de Investigación y Defensa Sur (2019). “Crímenes y montaje como política. Indígena: el caso Huracán, el comando Jungla y los efectos en niños, niñas y Adolescentes mapuche”. Anuario del Conflicto Social. No. 9. Disponible en https://revistes.ub.edu/index.php/ACS/article/view/30589/30776 171 Informe 31/17 en caso N° 12.880 “Edmundo Lemun Saavedra Vs. Chile” de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
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conocimiento a la jurisdicción civil, donde actualmente el oficial en retiro de Carabineros se encuentra acusado por el delito de homicidio172. Por otra parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado chileno en el año 2014 en denominado “Caso Lonkos y otros dirigentes mapuche” por irregularidades en el uso de la Ley Antiterrorista contra líderes mapuche en los 3 casos ya reseñados173. El 26 de abril del 2019 la Corte Suprema dio cumplimiento a la medida reparatoria hacia las víctimas solicitada por la Corte IDH, dejando sin efecto las condenas dictadas entre 2003 y 2004 por los Tribunales en Chile. El fallo internacional y la ratificación de la Corte Suprema pone en el centro a las víctimas injustamente condenadas por delitos calificados como terrorismo y exponen las negligencias y faltas discriminatorias de los operadores del Sistema de Justicia (incluyendo jueces, persecutores, Cortes de Apelaciones, Corte Suprema, así como el Gobierno de Chile que actuó como querellantes junto a forestal Mininco, a través del Ministerio del Interior, intendencias regionales y gobernaciones provinciales). Así, a pesar de las condenas y requerimientos internacionales derivados de la violencia estatal en contra del Pueblo Mapuche, el uso desmedido de la fuerza por personal a cargo del orden público no ha cesado. Al contrario, esta desproporción en el uso de la fuerza se ha incrementado y expandido al resto del territorio nacional con ocasión del Estallido Social de octubre de 2019. Sin duda, la capacitación y el actuar de Carabineros de Chile no se ha ajustado a estándares de DD.HH. en el uso legal de la fuerza, situación que es conocida durante décadas por los comuneros mapuche que reivindican sus derechos territoriales. Del mismo modo, la invocación de legislaciones especiales —como la Ley de Seguridad del Estado— o bien las reformas legales que han buscado el aumento de penas para delitos comunes —como la Ley Antisaqueo— o la tipificación de conductas anteriormente no sancionadas —como el tipo penal que sanciona el denominado “el que baila pasa”— son realidades que tienden a seguir los mismos patrones de represión hacia la protesta mapuche y que ahora se expande contra el ciudadano no mapuche que manifiesta su disconformidad con el modelo político y de desarrollo económico establecido. En el mismo sentido, las acciones legales emprendidas por las víctimas de la represión estatal han sido del todo insuficientes y no han logrado la protección adecuada a los derechos fundamentales de las personas.
“No eran los mapuche los que mentían, era la tele” Desde octubre del año 2019 la sociedad civil ha sido víctima de una amplia gama de graves violaciones a sus derechos humanos por parte de agentes del Estado, siendo la política represiva, de la violencia, el miedo, la militarización y la criminalización de los manifestantes, la forma elegida por el Gobierno para manejar un conflicto social de profundas raíces históricas.
172 Causa RIT 4-2020 del tribunal Oral en lo Penal de Angol. Actualmente se encuentra agendada audiencia de juicio oral para el día 21 de enero de 2021. 173 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Norín Catrimán y Otros (dirigentes, miembros y activistas del Pueblo Indígena Mapuche) vs. Chile. Sentencia de 29 de mayo de 2014. (Fondo, Reparaciones y Costas).
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Las consecuencias de esta violencia represiva son transversalmente condenadas en el derecho internacional de los derechos humanos, en el que se reconoce ampliamente la prohibición absoluta de someter a las personas a cualquier acto de tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. Asimismo, se establece la obligación para los estados de investigar, sancionar y reparar este tipo de actos. Por esta razón es que CIDSUR, durante la última década, ha complementado su labor, documentando a través de pericias psicológicas y sociales los efectos de violaciones a los derechos humanos contra personas mapuche víctimas de violencia policial, acusadas de delitos comunes o imputadas por delitos de terrorismo, la mayoría de ellos absueltos luego de largas prisiones preventivas. Estas pericias psicológicas basadas en los lineamientos del Protocolo de Estambul174, documentan los abusos que han vivido niños, niñas, adolescentes y adultos mapuche violentados y criminalizados por aplicación de la Ley Antiterrorista, entre otras figuras penales. El propósito ha sido articular tales experiencias en informes psico–forenses, que se llevan como evidencia a los sistemas de justicia nacionales e internacionales, para explicar los efectos de experiencias traumáticas asociadas a la violencia de estado y con el fin de buscar justicia y reparación a las víctimas (Vargas, 2017). Las experiencias traumáticas documentadas abarcan hechos tales como detenciones violentas, allanamientos nocturnos a los hogares, secuestros, golpizas, torturas, confesiones forzadas y lesiones graves de las que han sido víctimas niños, adultos, ancianos e incluso la muerte de jóvenes mapuche. Poco menos de un año antes del Estallido Social, el joven mapuche Camilo Catrillanca había sido asesinado al interior de su comunidad, en la zona de Ercilla, Región de La Araucanía, por un comando de policía militarizada provisto con armamento de guerra que, en un primer momento, desplegó una red de mentiras para encubrir las reales circunstancias del hecho. Un año antes de este crimen, el año 2017, tuvo lugar la mediática Operación Huracán y sus televisados operativos para detener a ocho personas, incluidas seis autoridades tradicionales y líderes mapuche, acusados de perpetrar atentados terroristas por medio de una asociación ilícita. Esta asociación habría sido descubierta por una operación de inteligencia que intervino las aplicaciones telefónicas de los imputados. Semanas después se conocieron las pericias que evidenciaron la implantación de las pruebas por funcionarios policiales y, como consecuencia, la falsedad de las imputaciones orquestadas desde los altos mandos policiales y autoridades de Gobierno. Estos eventos se encontraban aún en la memoria nacional al ocurrir el Estallido del 18 de octubre y la brutal represión desatada contra ese enemigo poderoso e implacable que señalaba Piñera. Las convergencias e intersecciones entre las demandas del Pueblo Mapuche y las que estallan desde el pueblo chileno son múltiples y poseen también muchas aristas. Sin embargo, la represión y la judicialización, con todos sus efectos se hicieron sentir con fuerza entre los chilenos, confirmando las denuncias que por décadas viene realizando el Pueblo Mapuche respecto a las violaciones impunes de sus derechos humanos por agentes del Estado, como forma de acallar sus demandas.
174 Organización de las Naciones Unidas (2004) Protocolo de Estambul es una herramienta forense internacional que guía la constatación médica, psicológica y legal en víctimas de tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes. Es un procedimiento que se ajusta a los requerimientos de organismos internacionales de protección a los derechos humanos y puede ser presentado como evidencia legal ante tribunales nacionales e internacionales.
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Es evidente que las familias mapuche, comunidades y grupo cultural, es decir, los miembros del Pueblo Mapuche, han sido gravemente afectados durante las últimas dos décadas en los sistemas de justicia chileno por el trato de terrorista, con secuelas claramente sostenidas en el tiempo. Las detenciones violentas y procedimientos judiciales han vulnerado los derechos fundamentales de las personas, afectando la salud física y mental de los integrantes de las familias y de las comunidades por el sufrimiento al que han sido expuestos. Además, se ha estigmatizado la demanda política y territorial de los pueblos indígenas como terrorismo. Las consecuencias se mantienen a nivel individual y familiar con alteraciones en los proyectos de vida de la persona, familia y comunidades afectadas por los abusos del Estado (Vargas, 2017). El trauma individual y familiar deviene en un trauma psicosocial, intergeneracional y cultural, caracterizado por la violencia, la amenaza y estigmatización que esta ley ejerce en los mapuche como grupo cultural y miembros de un pueblo indígena que solicita reconocimiento de derechos colectivos ya ratificados por el Estado de Chile (Vargas, 2017). Al reproducir, desde el 18 de octubre, esta política represiva y criminalizadora hacia el pueblo chileno, el Estado y sus instituciones judiciales van diluyendo su función de garantes de derecho, transformándose en la fuente de un terror, un desamparo y una indefensión frente al poder institucional, tal como lo ha venido haciendo con el Pueblo Mapuche. Con estas actuaciones, además de permitir procesos de retraumatización y revictimización en sus salas de audiencia, los órganos de justicia continúan amparando la impunidad con consecuencias de largo plazo en las víctimas y comunidades al negar la justicia y las garantías de reconocimiento y reparación de las víctimas. La impunidad provoca entonces doble daño psicosocial: no se reconoce el daño, y al no reconocer el daño, no se reconoce a la víctima como tal175. Los aportes que la evidencia psicológica y médica pueden ofrecer en la efectiva investigación de las denuncias de presuntas torturas, y en litigios estratégicos elevados a los sistemas internacionales que resalta el derecho de las víctimas, enfatizando en la necesidad de abordar las distintas dimensiones del daño, desde el sufrimiento psíquico al daño psicosocial, entendiendo que la represión busca impactar en el individuo y en el tejido social de manera simultánea. Frente a esta urgencia social, que ha provocado una enorme cantidad de víctimas en pocas semanas, y en los meses subsiguientes, queda en evidencia la necesidad de asistencia especializada para los afectados, ya que de acuerdo a nuestra experiencia, estas situaciones requieren abordajes con enfoques reparatorios en el marco de las especificidades clínicas que contemplen el modo particular en que se documentan los efectos traumáticos derivados de graves violaciones de derechos humanos y la atención a sus consecuencias. Cuando se niega la justicia, el sistema se vuelve “cómplice” de la infracción primaria y no solo se produce en su interior una victimización secundaria (institucionalizada), sino
175 “1. Se entenderá por “víctimas” las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder.” Asamblea General de Naciones Unidas (1985).Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. Art. 1
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que se hace responsable por omisión en la investigación, lo cual incluye hasta la responsabilidad internacional del Estado por actos de sus funcionarios.
Conclusiones La judicialización de la protesta social puede asumir diferentes formas: detenciones y prisiones preventivas masivas, creación de nuevos delitos o agravamiento de penas, interposición de querellas, recursos de protección y amparo ante la violencia policial, informes nacionales e internacionales de organismos especializados en DD.HH., etc. Esto muestra que el derecho es otro campo de batalla, en el que se libran luchas impulsadas por estrategias que buscan reprimir la protesta social o establecer un ámbito de protección en favor de los manifestantes. A la primera la hemos denominado judicialización represiva y a la segunda judicialización protectora o defensiva. El número de formalizaciones y avances en las respectivas investigaciones penales por las graves violaciones a los derechos fundamentales de los manifestantes, a manos de funcionarios militares y de Carabineros, marcan una diferencia significativa con las investigaciones por hechos delictuales asociadas a las protestas sociales ejecutados por la sociedad civil, para lo cual basta con constatar las cifras de formalizaciones y condenas en uno y otro tipo de delitos. Esto hace patente que la judicialización represiva de la protesta social, presenta mayor eficacia que la judicialización protectora de la misma. En un segundo nivel de análisis, estimamos que la tolerancia institucional de la violencia policial y militar más allá de lo legalmente permitido, busca la desmovilización de los manifestantes, aún de aquellos que lo hacen de forma pacífica, con el objeto de aplacar las manifestaciones no por la vía política, sino derechamente a través del uso de la violencia institucional e ilegítima, producto de una falta de respuesta de las autoridades al malestar ciudadano, que exige un cambio político y económico de mayor profundidad que el propuesto por la clase política y la clase militar. Creemos que esto devela una instrumentalización política de la justicia. Desde el punto de vista de los efectos psicosociales, el proceso de descrédito y deslegitimación de la institucionalidad chilena en general y judicial, en particular, que existe en las comunidades mapuche como consecuencia de un comportamiento arbitrario, vulnerador y revictimizante, arriesga extenderse al resto de la población chilena, con los consecuente efectos que deslegitiman y horadadores de la democracia. Así, el aparato judicial cooptado como instrumento de control social, mantiene y reproduce la vulneración de los derechos de las víctimas, actuando como una instancia que profundiza y complejiza el sufrimiento de las víctimas de la violencia policial y política. La instrumentalización política de la justicia es una situación que se ha experimentado durante décadas en Wallmapu. Mediante una sobrerreacción penal hacia hechos delictivos asociados a la protesta por la reivindicación territorial del Pueblo Mapuche, se impone un Estado de Excepción no declarado que conlleva, por una parte, allanamientos violentos, persecución de dirigentes e invocación de leyes de excepción; y por otra, una evidente tolerancia de parte del mundo político y judicial hacia la violencia desproporcionada e ilegal de parte de los agentes estatales encargados de ejecutar dicha política criminal.
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Cronología Fecha 1 de enero de 2019 2 de enero de 2019
4 de enero de 2019
10 de enero de 2019 20 de enero de 2019 14 de mayo de 2019 16 de mayo de 2019 22 de mayo de 2019 18 de octubre de 2019
19 y 20 de octubre de 2019
Acontecimiento Ataques incendiarios en La Araucanía Gobierno se querella por ley de seguridad del Estado
Descripción Quema de maquinaria en el fundo San Antonio, en Lanco, y el ataque a Carabineros de punto fijo en Collipulli. El Gobierno, a través de la Intendencia de La Araucanía presentó una denuncia a la fiscalía regional, contra quienes resulten responsables de incitación a la violencia por varios hechos. Gobierno impulsa La policía civil aumentará dotación investigativa en la mayor presencia de zona, tras últimos hechos de violencia. efectivos de la PDI en La Araucanía Desalojo de Munici- La sede se encontraba tomada por un grupo de comunepio de Collipulli ros mapuche con varias demandas, entre ellas el asesinato de Camilo Catrillanca. Instalación de mesa Forestales, comunidades mapuche y CONADI buscan depor traspaso de finir las magnitudes de las demandas territoriales. tierras Agenda legislativa Presidente Piñera presenta la agenda legislativa indígena indígena en La Moneda. Sentencia Caso Corte Suprema deja sin efecto las condenas, siguiendo Norín–Catrimán lo planteado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Inicio de Consulta El Ministerio de Desarrollo Social y Familia inicia el proIndígena ceso de Consulta Indígena que busca modificar aspectos de la Ley 19.253 Inicio de Estallido o Miles de chilenos salen a las calles a manifestarse por Revuelta Popular un cambio profundo en las condiciones políticas, económicas y sociales actuales. Presidente Piñera decreta Estado de Excepción constitucional en las provincias de Santiago, Chacabuco y dos comunas de la Región Metropolitana. Manifestaciones so- Se comienzan a desarrollar manifestaciones en todo el ciales se extienden a país. El Gobierno decide decretar excepción constituciolo largo del país nal a todo el país. En las comunas de Temuco y Padre Las Casas de la IX Región, el Estado de Emergencia fue dictado el 20 de octubre mediante el Decreto Supremo Nº 483.
13 de no- Suspensión de Con- Debido al rechazo de las comunidades indígenas el Miviembre de sulta Indígena nisterio de Desarrollo Social y Familia decide suspender 2019 definitivamente la Consulta Indígena.
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Fecha Acontecimiento Descripción 15 de no- “Acuerdo por la Tras la enorme convocatoria y masividad de las maniviembre de Paz Social y nueva festación social iniciada el 18 de octubre, los partidos 2019 Constitución” políticos suscriben un acuerdo para el llamamiento a un plebiscito para decidir la redacción de una nueva Constitución que reemplace la de 1980. 21 de no- Informe de Amnis- Se constataron graves y generalizadas vulneraciones ocuviembre de tía Internacional rridas en Chile a partir de octubre de 2019. 2019 sobre la situación de los DD.HH. en Chile 26 de no- Informe de Human Se constataron graves y generalizadas vulneraciones ocuviembre de Rights Watch sobre rridas en Chile a partir de octubre de 2019. 2019 la situación de los DD.HH. en Chile 6 de diciem- Informe de la Comi- Se constataron graves y generalizadas vulneraciones ocubre de 2019 sión Interamericana rridas en Chile a partir de octubre de 2019. de Derechos Humanos sobre la situación de los DD.HH. en Chile 13 de di- Informe del Alto Se constataron graves y generalizadas vulneraciones ocuciembre de Comisionado de las rridas en Chile a partir de octubre de 2019. 2019 Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los DD.HH. en Chile
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capítulo 6
El Movimiento Mapuche y la Primavera Chilena Tito Tricot176
Introducción La primavera constituye un ciclo vital de la naturaleza, que se repite año a año, en un ciclo circular. La historia, por su parte, aunque es probable que no sea circular, o que vuelva cada cierto tiempo a su punto de partida en un ciclo interminable, de tanto en tanto nos asombra con singulares coincidencias. Por ello —quizás— es que los noviembres de Chile y Wallmapu se incrustan en las primaveras con la violencia de la historia política de estos países, primaveras que sabemos cuándo empezaron, más no podemos presagiar cuándo culminarán. Precisamente, porque los noviembres parecieran repetirse. Alex Lemun, joven mapuche de tan solo 17 años, de la comunidad Requem Lemun de Ercilla, fue asesinado de un balazo en la cabeza en noviembre de 2002 por el mayor de Carabineros Marco Aurelio Treuer. A Gustavo Gatica, estudiante de psicología de la Universidad de Academia de Humanismo Cristiano, le arrancaron sus ojos el 8 de noviembre de 2019 en la Plaza Dignidad de Santiago. Fueron carabineros de las Fuerzas Especiales. En Wallmapu, en la comunidad de Temucuicui, fue asesinado por la espalda y con un disparo en la nuca el joven comunero Camilo Catrillanca. Ocurrió el 14 de noviembre de 2018. El responsable fue el sargento de Carabineros Carlos Alarcón, integrante del denominado Comando Jungla177. Carabineros, también de Fuerzas Especiales, 176 Doctor en Sociología Universidad Alberto Hurtado, Máster en Política Latinoamericana, University of Essex, Inglaterra. Director del Centro de Estudios de América Latina y el Caribe CEALC. 177 El Comando Jungla fue una Unidad Especial de Carabineros de Chile con entrenamiento en Colombia. Estaba destinada a efectuar operaciones represivas en territorio mapuche.
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dispararon directamente y a corta distancia, a la cabeza de Vicente Muñoz, estudiante de teatro de la Universidad de Chile de 19 años, destrozándole un ojo. Fue el 11 de noviembre del 2019 en la Plaza Dignidad. Cuatro noviembres, tres primaveras, una sola historia, pues esta última no es que se repita, sino que está engarzada por dos elementos concomitantes: la violencia política y la represión a los movimientos sociales. Ambos configuran un sistema de poder que no reconoce fronteras étnicas, culturales, identitarias, nemónicas o nacionales cuando se trata de preservar esta matriz socio–política y económica. Es una constante que se ha verificado a través del tiempo desde la génesis del Estado–Nación chileno, el cual surgió por la violencia y se desarrolló y consolidó mediante esta. En lo concerniente al Pueblo Mapuche, esto se ha materializado en un continuum histórico de dominación178 engarzado por dos negaciones: la negación originaria, que culminó en el siglo XIX con la ocupación militar del territorio mapuche, y la segunda negación, plasmada en el siglo XX, con la implementación del modelo neoliberal y el desarrollo de la industria forestal y extractivista. En ambos casos —que no se pueden analizar ni comprender como fenómenos aislados— se ha intentado asimilar o aniquilar al Pueblo Mapuche física, cultural o socialmente. En lo referente a los movimientos sociales chilenos, principalmente —aunque no exclusivamente— de obreros, campesinos y pobladores, se han producido innúmeras matanzas en casi todos los gobiernos. Si uno se remite solo al siglo pasado, pareciera que los millares de muertos y heridos fueran la resultante de una política pública de Estado. Si no, ¿cómo se explican las masacres de la huelga portuaria en Valparaíso (1903); huelga de ferrocarriles en Antofagasta (1906); escuela Santa María de Iquique (1907); Federación Obrera de Magallanes, Punta Arenas (1920); La Coruña, Tarapacá (1925); Ranquil, Malleco (1934); población José María Caro (1962); El Salvador (1966); Puerto Montt (1969); Laja (1973); Pisagua (1973); Lonquén (1973); y, Operación Albania (1987), entre otras179? Y actualmente, en el siglo XXI, en el marco del Estallido Social, se contabilizan, al menos, una treintena de muertos y 450 personas a quienes les han mutilado sus ojos. Además de miles de heridos, torturados y hombres y mujeres abusadas sexualmente. Entonces, no es la historia que se reitera, sino que es, simplemente, la historia. Puede habernos sorprendido el Estallido y el movimiento social, pero no la violencia del poder. Obviamente la violencia política no siempre es ostensible ni se recurre a ella de manera permanente. Lo que se ejerce es el poder. La violencia es racionalizada, administrada e instrumentalizada, componente de una arquitectura de poder cuyo objetivo final no es solo la represión, ni el terror, ni la tortura, ni la muerte, sino, principalmente, el control social. En el caso específico del Estallido Social y del Movimiento Mapuche: control social y control colonial. Es en el contexto de lo precedentemente expuesto, que este artículo busca analizar el tipo de vínculo que pudiera existir entre la llamada Primavera Chilena, es decir, el Esta-
178 Para un detallado análisis de este abordaje teórico ver Tricot, T. (2013). 179 No se incluyen, por cierto, los miles de heridos en estas mismas matanzas ni los millares de heridos en protestas de décadas de movilizaciones sociales.
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llido y movimiento social180, y el Movimiento Mapuche. Para intentar lograrlo, el análisis se realizará en dos dimensiones principales. En primer lugar, desde el ángulo del poder, fundamentalmente aquello que remite a los dispositivos utilizados para la preservación del modelo neoliberal, y más exactamente, lo que refiere a la elaboración de un discurso central militarista y a su correlato práctico. También a la faceta política institucional que se engasta con el discurso y la acción colectiva para constituir una totalidad. Lo anterior, siempre en relación directa con los movimientos sociales. En segundo lugar, busca abordar la plausible vinculación entre el movimiento social chileno y el Movimiento Mapuche, aproximándose a dicho análisis desde el prisma del contra–poder. El Movimiento Mapuche es de antigua data, no así, evidentemente, el movimiento chileno social actual, por tanto, las interrelaciones, símiles, diferencias, repertorios de acciones, simbologías, discursos, continuidades y rupturas, mitos, leyendas y memorias individuales y colectivas, entre otros elementos movimentales, son todas susceptibles de ulteriores profundizaciones. Sin embargo, ello no obsta para examinar el eje de contra– poder desde la conexión Movimiento Mapuche y Estado–Nación chileno y, también, movimiento social y Estado–Nación chileno. Ambos, en el marco de la estructuración de un modelo neoliberal.
No son 30 pesos ni 30 años, son 140 años La consigna “No son 30 pesos, son 30 años”, una de las tantas surgidas durante el Estallido Social y posterior movimiento desde el 18 de octubre de 2019, alude al incremento de la tarifa del Metro de Santiago que, simbólica y factualmente, se sitúa como el inicio de esta Primavera. También podría signarse como el término, al menos transitorio, de un luengo invierno histórico. Pero, también, alude a la consolidación del modelo neoliberal impuesto por la dictadura cívico–militar en la década del setenta por parte de los gobiernos de la Concertación, la Nueva Mayoría y la Derecha. ¿Por qué hablo de 140 años en el título de esta sección? Porque ése es el lapso transcurrido desde la invasión definitiva del país mapuche por el ejército chileno en 1883. Lo de las cifras no es meramente una cuantificación caprichosa ni un slogan, o únicamente un grito de legítima furia, sino que devela —como se ha sostenido— la continuidad de los procesos históricos en un anclaje estructural específico y la expresión más concreta, en la actualidad, de la apropiación por desposesión capitalista y endocolonial, a través de un prolongado periodo de implementación de un modelo de desarrollo neoliberal. Este no consiste exclusivamente en una teoría, paradigma o estrategia económica, sino que articula una serie de dispositivos, mecanismos, valores, lenguajes, narrativas, códigos y prácticas de control social. El modelo se apropia de todas las dimensiones del espacio social: económico, cultural, político, ideológico, individual, colectivo, privado y público. Mercantiliza las relaciones sociales mientras el mercado reemplaza —hasta cierto punto— el ejercicio de la ciudadanía, diluyendo dicho valor y práctica en el propio consumo. De 180 No es el objetivo de este artículo debatir en profundidad acerca del carácter del Estallido y movimiento, admitiendo que co-existen distintas versiones y abordajes en torno al fenómeno. Las hay también en relación al concepto mismo de movimiento social.
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esta forma, se evapora la política para reducirla al mínimo procedimental expresado en votaciones periódicas, cada vez más simbólicas, cada cierto tiempo. Pero, para la minoría dominante —aquella que agencia el modelo— ni el poder, ni la política, ni la violencia están vacías de contenido, no son neutrales, pues el contenido de la política no es la política per se, aunque se despliegue en el campo de lo que convencionalmente se nombre como la institucionalidad, sino que carga con un peso económico del cual nunca puede desprenderse. Menos aún de su lastre de pobreza y desigualdad, que son las grandes esferas que ocluyen el derecho a la vida, pero no para todos. Simplemente, porque este modelo produce pobreza para que otros puedan ser ricos, o riqueza para que otros sean pobres. En Chile el sueldo promedio es de 481 mil pesos, las pensiones promedio ascienden a 157 mil pesos, el 50% de los hogares de menores ingresos accede al 2,1% de la riqueza del país, mientras que el 10% más rico se queda con el 66,5%. Además, 140 personas en Chile concentran, cada una, una fortuna mayor a 100 millones de dólares. ¿Quiénes son los más ricos? Julio Ponce Lerou, con 3.800 millones de dólares; Horst Paulmann, con 3.000 millones de dólares y, por supuesto, el presidente Sebastián Piñera, con una fortuna de 2.800 millones de dólares. Privilegios que, sin duda, son necesarios de proteger recurriendo a la arqueología del saber. Quizás por eso es que el presidente Sebastián Piñera (2019) declaró estar “en guerra contra un enemigo poderoso, implacable, que no respeta a nada ni a nadie y que está dispuesto a usar la violencia y la delincuencia sin ningún límite, incluso cuando significa la pérdida de vidas humanas, con el único propósito de producir el mayor daño posible”. En otras palabras, exhumó el antiguo y conocido aforismo de que “la guerra no constituye simplemente un acto político, sino un verdadero instrumento político, una continuación de la actividad política, una realización de ésta por otros medios” (Clausewitz, 2002:19). En su discurso y acción tomó su verdadero sentido disciplinador y aniquilador, porque la violencia política está siempre presente en la política, es en sí misma política, siendo la guerra una forma aguda de la misma. La dictadura cívico–militar del general Pinochet definió a un enemigo interno181 para una guerra imaginaria, construyendo un discurso que sustentara ideológica y políticamente dicha entelequia. El presente Gobierno ha hecho exactamente lo mismo, criminalizando al movimiento social de la misma manera que se ha estigmatizado al Movimiento Mapuche. Dos movimientos sociales que se han soliviantado para desnudar los abusos de un sistema institucionalizado y constitucionalizado. Incluso, es dable decir que un porcentaje significativo de la población, consciente o inconscientemente, lo aceptó, o al menos internalizó valores, actitudes y prácticas individualistas e insolidarias, siendo funcionales al neoliberalismo que promovía una cultura aspiracional. Para algunos pocos, el ascenso social fue limitadamente real, implicó mejores condiciones de vida material —casa propia, automóviles, electrodomésticos— vía endeudamiento. En otras palabras, pobres a plazo. Mientras los ricos de verdad, a costa de los pobres de verdad y de los pobres a plazo, continuaban acumulando riquezas. Hasta que Chile despertó un día viernes 18 de octubre.
181 La doctrina de la seguridad nacional ideada por militares brasileños estadounidenses transformó al enemigo externo (hipotéticos países enemigos) por un enemigo interno. Estos fueron, superpuestamente, los comunistas, marxistas y subversivos pero, en los hechos, lo fue cualquiera que se opusiera a las dictaduras cívico-militares. Las consecuencias fueron horrorosas: miles de asesinados, desaparecidos, torturados, detenidos y exiliados.
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Con todo, es erróneo pensar que con anterioridad a la emergencia de este Estallido los chilenos hubiesen estado sumidos en un extenso letargo movimental desde el retorno a la democracia, a pesar de lo que se ha tildado como el conjuro de los movimientos sociales y el evidente disciplinamiento de estos por parte de los primeros gobiernos de La Concertación (Guerrero, 1997). El Puertazo en Valparaíso, donde en la década del 90 toda la cuidad se movilizó en la defensa del puerto y los importantes movimientos —en distintos momentos y con diversas demandas— como el de Aysén, feminista, estudiantil, de profesores, subcontratistas, de la salud, pingüinos, portuarios, pescadores artesanales de Chiloé, Pascua Lama, contra la Hidroeléctrica en la Patagonia y contra el megaproyecto minero Dominga en La Higuera, por mencionar algunos, atestiguan que se desarrolló una reconstitución de un sujeto social probablemente diferente a los clásicos, en línea con el surgido producto del Estadillo social. Todos fueron objeto de violencia desde el poder, tal como el Movimiento Mapuche. Es decir, es posible argumentar que tanto el movimiento social presente y el Movimiento Mapuche están unidos por la violencia estatal. Existe una vinculación externa definida por una guerra ficticia interna, puesto que se ha demarcado un enemigo también interno. Histórica y sistemáticamente se ha reprimido, pero particularmente, desde los eventos de Lumako, en 1997, aun cuando no se puede hacer una dicotomía entre los procesos sociales del Movimiento Mapuche Autonomista. Ahora, el pueblo chileno movilizado vivenció lo que ha pasado los últimos 30 años en Wallmapu. Fue una experiencia traumática para todas las fuerzas sociales que salieron a las calles entre octubre de 2019 y febrero de 2020. Es triste compartir hechos que son repudiables, pero creo que también aquello nos permitirá indignarnos más y seguir movilizados. Aún nada ha cambiado, falta mucho y debemos seguir luchando. (Antileo, 2020, entrevista personal) La violencia exógena o estructural es la peor de las violencias porque es institucional y se ejecuta dentro de un marco legal. Es la peor pues, aparentemente, es legítima, moral y normativamente aceptable por la sociedad que ha depositado en el Estado la salvaguarda del orden público. Fundamentado en el supuesto de la representación del bien común, el Estado ha elaborado una sofisticada, aunque paradójicamente fútil narrativa, criminalizando al Movimiento Mapuche, adscribiéndole un carácter terrorista, donde la idea clave la verbaliza el presidente Sebastián Piñera, y es que en la Región de La Araucanía sí hay terrorismo, y los que lo quieran negar están tratando de tapar el sol con un dedo, porque cuando se comenten los actos que hemos conocido, naturalmente que hay en eso un acto de terrorismo. Y, por eso, hemos aplicado la Ley de Seguridad del Estado, cuando corresponde, la Ley Antiterrorista, cuando corresponde, y lo vamos a seguir aplicando182. Esta afirmación se efectuó en la ciudad de Temuco, en el corazón del territorio mapuche, a solo tres meses del asesinato de Camilo Catrillanca acaecido en Temucuicui. Esto puede tener la siguiente lectura: la violencia estructural no es sencillamente una narrativa, sino que es intrínseca al Estado-Nación, un componente sedimentado de prácticas políticas e ideológicas que construyen acciones concretas. ¿Por qué? Porque la visita que hizo el mi182 https://www.eldesconcierto.cl/2019/02/21/pinera-insiste-en-que-hay-terrorismo-en-la-araucania-los-que-lo-quierannegar-estan-tratando-de-tapar-el-sol-con-un-dedo/
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nistro Chadwick al territorio también puede ser considerada un respaldo del presidente al accionar represivo durante y a posteriori al asesinato de Camilo Catrillanca. Carabineros mintió en relación a su muerte y tanto el ministro como el subsecretario Rodrigo Ubilla repitieron la versión policial de que el comunero había atacado a balazos a Carabineros. En síntesis, una vez más, se legitimaba la violencia estructural. No tan solo eso, un mes antes, ya Chadwick viajó a Temuco sabiendo que se había realizado un montaje183, no para disculparse ante la familia de Camilo, la comunidad de Temucuicui o el Pueblo Mapuche, sino que para reunirse con empresarios y agricultores de la zona, expresando diáfanamente que nuestra prioridad de hoy es lo que el Presidente de La República nos ha señalado, de decirle a estas víctimas de la violencia que no están solas, que vamos a hacer todo lo que esté a nuestro alcance para los efectos de poderles colaborar, a mitigar el dolor y el daño que han sufrido con la violencia que se ha producido, y a entregar lo antes posible los beneficios que como Estado de Chile se han aprobado para ellos184. Se trastocan las violencias, las subjetividades, los dolores, las muertes y las vidas. En un macabro juego de espejos se ocultan la discriminación, la asimilación, la usurpación territorial, la criminalización social y política. No se asume responsabilidad política, porque la protección del modelo forestal y extractivista lo imposibilita, porque la reproducción del sistema en su conjunto lo requiere y, por sobre todo, debido a que la violencia política es parte constitutiva del modelo, el cual no es solo económico, como se ha sostenido. Para el Gobierno, lo acaecido en Temucuicui fue solo un problema administrativo a pesar que la Comisión Especial Investigadora de la Cámara de Diputados fue enfática y precisa en puntualizar que la muerte de Catrillanca […] no fue una decisión de los Carabineros que fueron dados de baja y se encuentran en proceso judicial, sino que fue una decisión tomada en el Palacio de La Moneda. Corresponde, entonces, al ministro del Interior, Andrés Chadwick, y al subsecretario Rodrigo Ubilla, la decisión política de las materias que tengan que ver con el orden público y la seguridad interior y, por lo tanto, asumir sus consecuencias185. Nadie asumió las consecuencias políticas, más aun, el propio ministro Chadwick en declaración ante una sesión especial del Senado sobre la situación en La Araucanía, apenas un mes después del asesinato de Camilo Catrillanca, señaló que “es la policía que tiene el deber de cumplir con una misión indispensable: darnos seguridad en nuestras vidas... Por favor, ¡cuidemos a Carabineros!” (Chadwick, 2018). Al ex ministro Chadwick tampoco parece haberle importado la acusación constitucional aprobada por el Senado en diciembre de 2019 por haber infringido gravemente la Constitución y las leyes, y haber dejado de adoptar medidas para detener violaciones sistemáticas a los derechos humanos. No asumió su responsabilidad política y siempre respaldó el accionar de Carabineros pues, fue 183 Ante las denuncias de los mapuche y los medios de comunicación, Carabineros tuvo que reconocer su responsabilidad en el montaje y en el asesinato de Camilo Catrillanca. El gobierno tuvo que remover de su cargo a once funcionarios de Carabineros, entre ellos, dos generales, un coronel, un teniente coronel, un mayor y cinco suboficiales. Se les ha aceptado la renuncia y se les ha dado de baja por no haber respetado la ley ni los procedimientos. 184 https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2019/01/10/chadwick-no-descarta-aplicar-estado-de-excepcion-en-la-araucania/ 185 https://www.camara.cl/prensa/sala_de_prensa_detalle.aspx?prmid=137968
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consecuente con su aserto de cuidar a Carabineros de Chile. Porque la violencia institucional está socialmente regulada y agenciada por personal del Estado, por ende, debería ser normativamente incontestable, salvo que llegase a ser ostensiblemente transgresora de estas mismas normas. Incluso, en tales casos, el castigo es mínimo, prohibición de ejercer cargos públicos o quizás, penas irrisorias de cárcel. La palabra del poder utiliza el poder de la palabra para legitimar lo que hace y omitir sus crímenes. Por eso, uni–lateraliza el conflicto en territorio mapuche, nombrándolo como conflicto mapuche, reduciéndose su causa u origen a un actor político: el Pueblo Mapuche, adscribiéndosele, además, una cualidad terrorista al Movimiento Mapuche Autonomista. Del mismo modo, deslegitima al Estallido y movimiento social, primero minimizándolo, después denunciando presencia extranjera y, finalmente, acusándolo de violentista e intentándolo dividir entre aquellos sectores supuestamente pacíficos y otros violentos. Exactamente lo que han hecho con el Movimiento Mapuche. De manual introductorio. Nada, absolutamente nada, nuevo.
Cuando se pierde el miedo... vamos por la doble autonomía El golpe me dio vuelta la cara…si no me alcanzo a cubrir algo, no sé cómo porque no vi nada, pierdo los dos ojos. Siento mucho dolor, como una mano de metal caliente que se te mete en los ojos y te los arranca. Corrí, corrí mucho rato, gritando, hasta que paré en un árbol. Llegó gente de la brigada de Primeros Auxilios a ayudarme. Sentía sangre en la boca, la cara. Los pacos nos dispararon lacrimógenas mientras me curaban algo. (Muñoz, 2020, entrevista personal) “¡Hay que cuidar a Carabineros! Para que lleven a cabo su labor de garantizar la vida”, dice el ex ministro Chadwick, pero Vicente Muñoz verá la vida solo a medias desde ahora en adelante. Gustavo Gatica no la verá más. Fabiola Campillay tampoco. Ella fue baleada también en uno de aquellos noviembres, que asoman como meses malditos, pero no en sí mismos, sino que maculados por una policía diseñada para reprimir. Los noviembres mapuche o, si se quiere, mapuche y chilenos, estarían unidos por la violencia del poder. Pedro Cayuqueo es claro en afirmar que Los mapuche lo hemos sufrido desde los primeros años del retorno de la democracia y ha sido la tónica en gobiernos de centroizquierda y derecha, sin distinción. Hoy es el pueblo chileno el que sufre también la represión, el abuso policial y, es terrible decirlo, pero es otra de las consecuencias del Estallido Social; se democratizó en Chile el apaleo policial. Muertos, mutilados y heridos hemos tenido los mapuche desde los noventa, jóvenes activistas de comunidades acribillados a balazos, disparos de balines en el rostro, detenciones arbitrarias, secuestros y montajes policiales, la lista es larga y se viene denunciando hace décadas. Es lo mismo que se ha visto en el Estallido Social de octubre, los mismos atropellos y la misma impunidad policial. Hoy a mapuche y chilenos también nos hermana, lamentablemente, el dolor que trae consigo la represión estatal. (Cayuqueo, 2020, entrevista personal)
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Sin embargo, también existe otro tipo de ligazón forjada entre el Estallido Social, el movimiento surgido a partir de este —o, para ser más exacto, aquel de las placas tectónicas que se venían desplazando ora imperceptiblemente ora episódicamente, en los últimos treinta años— y el Movimiento Mapuche. Este encadenamiento o vínculo no viene desde el poder, sino que desde el contra–poder, desde la resistencia “a un modelo neoliberal que privatiza la vida y también la muerte, y que tiene a nuestros territorios y sus recursos naturales convertidos en cotos de caza de las grandes transnacionales. En esta lucha estamos hermanados con el gran pueblo chileno, víctimas también de un sistema perverso y deshumanizante” (Cayuqueo, Op. cit.). Es la segunda dimensión, aquella que busca identificar las posibles interrelaciones movimentales en el presente periodo histórico, entendiendo que en el caso del Movimiento Mapuche Autonomista nos remite, al menos, a veinte años atrás, a los eventos de Lumako (Tricot, 2017, 2014, 2013, 2011; Pairican, 2014). Lumako, localidad en la provincia de Malleco donde se quemaron, en 1997, tres camiones de la forestal Bosques Arauco y se recuperaron los fundos Pichilinkoyan y Pililmapu, se transformó en un punto de inflexión en el desarrollo del Movimiento Mapuche Autonomista. Allí se materializó un giro movimental en el contexto general de un proceso de contraposición de ideas, tácticas, estrategias, liderazgos, modos de accionar y demandas de su acción colectiva. Lumako es depositario de muchos otros Lumako en la historia del Movimiento Mapuche y, sin duda, de otros futuros Lumako. La “mapuchización” del proceso reflexivo del movimiento había identificado al Estado y al modelo neoliberal como los actores principales enemigos de su pueblo. Se habían explorado e intentado todas las vías posibles para solucionar los problemas relativos a la usurpación de su territorio y sus tierras, y a la violencia por parte del Estado y las empresas forestales. Nadie los había escuchado, ni la institucionalidad ni los partidos, ni de centroizquierda ni de derecha. Era indispensable adoptar una forma distinta de organización y lucha que movilizara a las comunidades y, por sobre todo, que fortaleciera la confianza, la creencia en la fuerza propia y en que era posible un mañana mapuche. El Wallmapu había despertado, aunque, en rigor, nunca estuvo dormido. Chile despertó mucho más tarde, pero despertó. Por la dislocación de las placas tectónicas de la conciencia, como argumentamos. Lumako fue un movimiento sísmico de gran magnitud, tanto por su accionar como por el giro autonomista de la demanda mapuche, o al menos, de un sector del movimiento. Las réplicas de aquel sismo se perciben hasta hoy, porque cambió la geografía y la geología conflictual, dibujándose una nueva cartografía que incluye ignotas constelaciones de sentido y de acción colectiva. Es aquí donde se establecen las similitudes y diferencias del Movimiento Mapuche Autonomista con el Estallido y movimiento social derivado de este. En el marco del conflicto chileno–mapuche se constató una doble autonomía: de los partidos políticos chilenos y del Estado y de su institucionalidad, con sus propias especificidades. Se puede sostener que lo mismo sucede con el movimiento presente. El prolongado cuestionamiento de los partidos, de la política convencional y de la mayoría de las instituciones públicas se había constituido en un elemento permanente del planisferio socio–político, no obstante, no se traducía en un movimiento social masivo, transversal y poderoso. Ello cambió radicalmente el 18 de octubre. En el sur, “el sentimiento de instrumentalización por parte de los partidos chilenos
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(había) motivado un fuerte proceso de autonomización de las organizaciones mapuches” (Tricot Víctor y Bidegain, 2020:7). Acá, además, fue la rabia acumulada por la relación entre los políticos y el empresariado; la distancia entre los partidos y el ciudadano “común y corriente”; los altos sueldos de los parlamentarios; y la precariedad e inestabilidad en la que vive la mayoría de los chilenos. Simplemente nadie, o una minoría, cree en los partidos políticos y esto devino en una autonomización de los actores movilizados, que hoy creen en la fuerza propia al igual que los mapuche. Es decir, en una nueva forma de hacer política, sin los partidos. Quizás se trata de la constitución embrionaria de un novel sujeto histórico, como lo es el Movimiento Mapuche Autonomista, que tuvo la capacidad de realizar un tránsito de reivindicaciones de tipo culturalistas y economicistas a otras de carácter políticas. Sea como fuere, este movimiento “marcará en muchos aspectos un antes y un después. Cualquiera sea su desenlace, las exigencias de la mayoría de la población no podrán ser negadas pura y simplemente como ocurría desde hace décadas” (Garcés, 2019:19). Este movimiento, al igual como dijimos en lo concerniente a Lumako, es depositario de muchos otros 18 de octubre y, seguramente, de otros futuros 18 de octubre por ser un punto de inflexión movimental en la historia de Chile. La diferencia substancial con Lumako consiste en que, para el proceso de “mapuchización” del movimiento, el distanciamiento de los partidos políticos chilenos, generación de conciencia, organización de la fuerza propia y de creer en ellos mismos, fue crucial la labor de dirigentes y autoridades mapuche. En el caso del movimiento chileno, no existió dicho trabajo, independientemente que se haya dado a micro escala en algunos espacios y organizaciones. No nos referimos a procesos históricos que, como se sostuvo antes, siempre son extensos y sinuosos, por consiguiente, el Estallido Social puede ser considerado parte constitutiva de tales procesos. Aludimos, específicamente a la estructuración y planificación del Estallido mismo y a todas y cada una de las posteriores movilizaciones. La otra expresión de la doble autonomía se desplegó en la confrontación con el Estado–Nación como instrumento articulador del modo de dominación. Este contra–poder rompía con esa matriz donde el Estado se erigía como el corazón de toda la musculatura de poder, copando todos los espacios públicos e incluso privados, excluyendo a la mayoría del proceso de toma de decisiones. Los mapuche, entre otras estrategias, optaron por la territorialización de sus demandas, la demanda por la recuperación del territorio histórico que les había sido usurpado por el Estado chileno y por colonos chilenos y extranjeros. El problema no se reducía solo a la tierra, sino que al territorio; no era económico, sino que político; no era la simple subsistencia en tanto campesinos —que no lo eran—, sino que la demanda por autonomía en tanto pueblo–nación. El territorio no es solamente un espacio geográfico, sino que un constructo social, un universo de significados culturalmente adscritos, habitado por la memoria, la identidad, el idioma, historias individuales y colectivas, mitos y organizaciones. La vida en su conjunto. Asimismo, es un espacio de disputas de poder. Ese poder comenzó a disputar el Movimiento Mapuche Autonomista, y ahora el movimiento del 18 de octubre iniciaba un derrotero que, aparentemente, aunque de manera incipiente y con características básicamente urbanas y culturales diferentes, poseía rasgos
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similares. Esto último se asocia a lo territorial en el sentido de la emergencia y despliegue de innúmeras instancias organizativas ciudadanas auto–convocadas. Los cabildos se multiplicaron por todo el país, en Wallmapu también, replicando órganos de participación de origen colonial. Estos tuvieron carácter barrial, sectorial, comunal o alguna otra modalidad, dependiendo de sus convocantes. También variaron sus formas organizativas y objetivas, aunque denominadores comunes son la cualidad ciudadana, la auto–convocatoria, la exclusión de partidos políticos, la desideologización, la pluralidad, la transversalidad y el asambleísmo. Todo lo anterior se desplegó a nivel territorial, por eso, es dable plantear que, además de producirse una fractura con el poder del Estado, simultáneamente se materializó un naciente ejercicio de soberanía popular a través de la territorialización de un poder alternativo. Es preciso señalar, por cierto, que esto fue y es, limitado e incipiente, amén de muy complejo y diverso en sus expresiones. Por su breve tiempo de maduración, existe un gran abismo con el proceso llevado a cabo por el Movimiento Mapuche Autonomista, pero parece importante relevar el fenómeno, particularmente debido a que las asambleas territoriales son unas de las manifestaciones que es posible que perduren en el tiempo y trasciendan la duración de los cabildos que, en lo medular, devinieron en espacios de debate constitucional por lo que, si es que se aprueba una nueva Constitución, es probable que tiendan a diluirse. Por supuesto, esto último es especulación, pero lo que no es especulación, pienso, es que sin territorio no se puede construir autonomía, sin otra forma de hacer política no se puede prescindir de los partidos políticos, sin cuestionar al Estado y toda la institucionalidad no se terminarán los abusos de todo el modelo neoliberal. Eso lo entendieron los mapuche y, por eso, ahora la Coordinadora Arauco–Malleco (CAM) solidarizó con las justas demandas sociales que “representan el justo y digno clamor de un pueblo oprimido por las políticas neoliberales que ya hizo crisis por la avaricia y la ambición de los poderosos”186. La solidaridad es para con el pueblo chileno en lucha, pero la declaración está dirigida a “nuestro Pueblo–Nación Mapuche”, lo cual conlleva una lectura de la realidad política desde el territorio mapuche en confrontación con el Estado chileno. Más todavía, el anclaje solidario, pero desde la autonomía, se deja prístinamente establecido al explicitar que en este mismo contexto, y tomando en consideración la lucha de nuestro Pueblo Mapuche, hacemos un llamamiento a dar continuidad con mayor fuerza a la disputa territorial y la resistencia en contra del poder burgués, como lo venimos haciendo hace más de dos décadas187. En una línea argumentativa un tanto distinta, el historiador Fernando Pairican (2020, entrevista personal) sostiene que el Movimiento Mapuche se sumó a las demandas del pueblo chileno, pero con su propia agenda, agregando que “en Temuco no son los chilenos los que inician las movilizaciones, sino que fueron los mapuche y es por eso que caen las estatuas de los colonizadores… o sea en algún momento se sobrepasó el imaginario del movimiento chileno”. El Movimiento Mapuche es de luenga data y, sin lugar a dudas, el Movimiento Mapuche Autonomista —continuidad histórica del anterior, aunque con una erupción cualitativa en la década de los noventa— es más reciente, pero ambos son 186 https://www.mapuexpress.org/2019/10/21/cam-frente-al-estallido-chileno-contra-el-orden-establecido/ 187 Idem.
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abrumadoramente más antiguos que el movimiento chileno. Entonces, no es dable establecer escalas valóricas para medir grados de efectividad, profundidades estratégicas o tácticas, capacidades de liderazgos, avances o retrocesos, victorias o derrotas, narrativas, repertorio de acciones, demandas, simbologías, entre otras, sino más bien identificar — reiteramos— elementos que los vinculan movimentalmente, sea en posición o contraposición. En horizonte colectivo, constituyéndose como un nosotros movimental chileno, un sujeto diferente a los existentes anteriormente, sin partidos políticos, sin referentes que ya no representan a nadie, sean estos ideológicos, políticos o sociales formales, como sindicatos. Me refiero a un pueblo movilizado, gente movilizada, ciudadanos movilizados, individuos movilizados y territorios movilizados. En suma, un sujeto diferente en construcción, difícil de definir, que asumió demandas del Pueblo Mapuche tal vez sin claridad cabal o precisión absoluta de lo que pueda implicar, por ejemplo, la plurinacionalidad o la pluriculturalidad, pero, ¿pueden los expertos o cualquiera explicar conceptualmente lo qué significa esto también? Después de todo, las movilizaciones no son el lugar para ello, lo relevante es que en todas las marchas y manifestaciones a través del país flamearon la wenufoye y la wünelfe, las banderas mapuche, como una forma de solidarizar con el Pueblo Mapuche, su lucha y, especialmente, su dignidad y coraje.
Batalla de símbolos y algo más Los movimientos sociales se desplazan en distintas esferas para otorgarle sentido y orientación a su accionar; es la subjetividad hecha política, son los relatos, los mitos, los ritos, los cánticos, los rayados, las consignas, los colores, las memorias, las palabras y la identificación con la otredad. La batalla de los símbolos es otra manifestación de la confrontación por el poder entre la calle y el Estado que el Movimiento Mapuche inició, al menos, desde el año 1992 cuando el Consejo de Todas las Tierras (CTT)188 impulsó la creación de la wenufoye. Indica Jorge Weke, su creador final, que luego de un amplio proceso de consulta a las comunidades de las distintas identidades territoriales del Wallmapu, se elaboró esta bandera como “un símbolo de liberación, de auto reconocimiento como nación milenaria”, agregando que “los mapuche no podemos honrar la bandera chilena, no podemos honrar símbolos con los cuales se han dado golpes de genocidio contra nuestra gente, todo ello en nombre de la patria”189. Entonces, el océano de exclusiones simbólicas del Estado–Nación para con los mapuche, por ejemplo, mediante los emblemas nacionales chilenos representativos de un Estado uninacional y unicultural, eran ahora interpelados y subvertidos por una bandera mapuche. Pronto esta se convertiría en un componente más, no solo de una batalla de significados, sino que de disputa en todos los ámbitos, porque la primera vez que se presentó en público en octubre de 1992, la manifestación fue violentamente reprimida por la policía. Eso no es simbólico, sino material. No es intangible, sino tangible, como lo es la militarización de la represión al movimiento social chileno, el que ha 188 Una de las más importantes organizaciones mapuche surgidas en la década del noventa, la primera que comenzó la elaboración de un discurso de libre determinación, de reconocimiento de derechos colectivos y de reestructuración de la organización social ancestral con sus autoridades propias. Además, planteaba la desafiliación de los partidos políticos chilenos. 189 https://sites.google.com/site/delospueblosindigenas/la-bandera-mapuche-contada-por-jorge-weke
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utilizado ampliamente la wenufoye y, también, la wünelfe, de campo azul y estrella blanca de ocho puntas. Emblemas de resistencia y dignidad que podrían reflejar lo mencionado anteriormente, es decir, el surgimiento de un nuevo sujeto social que, cansado de añosos y desprestigiados actores políticos, se halla en la búsqueda de otros. No sugerimos que el movimiento social chileno define al Movimiento Mapuche, a través del uso masivo de sus emblemas, como un conductor político, sino, simplemente, que lo visualiza como un actor colectivo de dignidad. “Ante la orfandad de referentes, de símbolos e incluso de utopías ideológicas a seguir, aparece la larga y centenaria lucha mapuche como un espejo donde los chilenos y chilenas buscan su reflejo” (Cayuqueo, 2020, entrevista personal). La Primera Línea190, un fenómeno socio–político de acción directa que desempeña un papel extraordinario de autodefensa de masas, es parte integral de esta conflagración simbólica, pero también material, toda vez que numerosos de sus escudos, vestimentas, cascos u otros elementos de protección portan símbolos mapuche. Muchos de los jóvenes de la Primera Línea son mapuche. No es sólo la Primera Línea, son todas las líneas, un entrelazamiento de líneas horizontales y verticales, espaciales y temporales, porque el movimiento social chileno transversalmente se ha permeado de contenido simbólico indígena. Las banderas representativas de los pueblos indígenas (wenufoye, wipala, rapanui), las actitudes, estéticas e iconos que acompañan las defensas de los territorios, son culturas de resistencia que se traspasan, se apropian, circulan como aprendizajes fecundos de lucha que sabemos cuándo estallaron, aunque no vislumbramos su culminación191. (Comunidad de Historia Mapuche CHM) Dichas culturas de resistencia pudieron haber tenido mayores o menores grados de planificación, espontaneidad o grados de conciencia política o histórica. Lo relevante, desde el análisis general de la relación movimental desde abajo, es que se constata una práctica donde lo chileno y lo mapuche se encuentran. Para los mapuche, la wenufoye es un signo descolonizador, para los chilenos constituye un símbolo de solidaridad con la lucha del Pueblo Mapuche pero, simultáneamente, un cuestionamiento al nacionalismo vacío, a un país desigual, a un Chile que solo le pertenece a una élite. A un Estado que ha construido una historia oficial y ha ocultado la del pueblo, ese pueblo que ahora está en la calle. El mismo Estado que moldeó esa historia en colosales monumentos de piedra o bronce y los clavó en territorio mapuche para que nadie olvidara que los indígenas no tenían derecho a vivir en su propia tierra. Pero estos sobrevivieron y vivieron agenciando no solamente derechos étnicos individuales, sino que colectivos, como pueblos. En una masiva marcha, el 29 de octubre derribaron la estatua de Pedro de Valdivia en la calle Balmaceda en Temuco. Mas esta furia de siglos no es contra los españoles exclusivamente, sino que contra el Estado chileno que es el principal responsable de la guerra contra los mapuche y del actual conflicto. Por esto es que la des–monumentalización de la
190 Grupo de auto-defensa de masas surgido al alero del Estallido Social, compuesto fundamentalmente por jóvenes que se enfrentan a la policía para defender a los manifestantes de la acción policial. Ha sido violentamente reprimido por Carabineros. 191 https://www.comunidadhistoriamapuche.cl/posicionamiento-del-centro-de-estudios-e-investigacion-mapuchecomunidad-de-historia-mapuche-ante-el-proceso-politico-abierto-y-en-curso-en-el-wallmapu-y-chile/
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memoria histórica colonial (Huinca, 2019) no acabó con la dominación hispana, sino que con el colonialismo interno también, por aquel ejercido desde el poder chileno. En este contexto, uno de los principales artífices de la ocupación militar de La Araucanía en el siglo XIX fue el coronel Cornelio Saavedra. El derribo de su busto en la plaza de la ciudad de Collipulli es, para los mapuche, una acción de justicia descolonizadora, una manera de re–escribir otra historia. Contarle a todo el mundo que esto no es vandalismo, que no es violencia, que violencia es lo que propulsó a Saavedra al decir que a los mapuche había que “quemar(les) sus ranchos, tomarles sus familias, arrebatarles sus ganados y destruir en una palabra todo lo que no se les puede quitar” (Saavedra, 2009: 211). Así, la des–monumentalización acontecida en todo el país es otro punto que hilvana a los movimientos desde el contra poder, aunque pueda haber especificidades históricas, territoriales, identitarias y culturales. En Valparaíso se reapropió la estatua de Carlos Condell192, para rebautizar la Plaza Aníbal Pinto como Plaza de La Resistencia, en Punta Arenas se destruyó la estatua de José Menéndez, colono quien, con la anuencia del Estado chileno, dirigió la masacre del pueblo Selk’nam para instalar su empresa ganadera en la Patagonia. La inhumanidad del modelo económico, de la historia que no se nombra, que la des–monumentalización trata de narrar a pulso y sin permiso. Sin permiso fueron también las decenas de marchas que hubo en Chile y Wallmapu con ocasión de la conmemoración de un año del asesinato de Camilo Catrillanca, siendo la de Temuco una de las más masivas. En la comunidad de Temucuicui, donde vivía Camilo y su familia, se realizó una ceremonia especial. Una ceremonia pacífica como las movilizaciones, las cuales indistintamente fueron reprimidas por Carabineros. Por supuesto que ello responde a un patrón y a una estrategia diseñada por La Moneda desde el comienzo del Estallido, por tanto, no constituye novedad. Lo grave es que los responsables y ejecutores directos de instruir a la policía para reprimir a los manifestantes, son los mismos responsables políticos del asesinato de Camilo Catrillanca. La mantención del orden público es nada más que la mantención del control social, o sea, del sistema total y, en este marco, la legalidad y la justicia no son equivalentes. Andrés Chadwick, ex ministro del Interior, tenía el mismo cargo al momento de la muerte y encubrimiento del crimen de Catrillanca, al igual que el ex subsecretario Rodrigo Ubilla. Los dos encargados de las fuerzas policiales ese 14 de noviembre —otro noviembre maldito— reprimieron las actividades de conmemoración del crimen que ellos habían encubierto en primera instancia. Ninguno de los dos asumió su responsabilidad política, sin importar las conclusiones de la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados que sí lo hizo porque, como declaró su presidente, el diputado del partido por la democracia PPD, Raúl Celis, “ésta es una de las violaciones más flagrantes y graves a los derechos humanos que se hayan realizado en este último tiempo contra una persona, y un comunero en particular193”. Empero, el ministro del Interior prosiguió transgrediendo severamente la Constitución y las leyes, permitiendo la sistemática violación a los derechos humanos. Producto de todo ello fue la aprobación por 192 Uno de los héroes de la Guerra del Pacifico de acuerdo a la historiografía oficial. 193 https://www.eldesconcierto.cl/2019/09/12/caso-catrillanca-informe-final-de-comision-investigadora-estableceresponsabilidad el senado -politica-de-chadwick-y-ubilla/
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el Senado de la acusación constitucional en diciembre de 2019. El destituido ministro, no obstante, manifestó “condenar con toda mi energía y convicción, todo acto de violencia, ya sea contra una persona civil como contra un carabinero o policía194”. Un político haciendo política convencional que tanto lo ha deslegitimado, a pesar de los 450 chilenos y chilenas a quienes se les han arrancado su vista, los miles de detenidos, torturados y gaseados. Las ciudades y pueblos en Estado de Emergencia, con militares en las calles como en las oscuras épocas de la dictadura. Todo, con su autorización, porque el Gobierno le declaró la guerra al pueblo, tal como al principio, cuando se bosquejaba la nación chilena, se le declaró la guerra a muerte al Pueblo Mapuche. Pero el Pueblo Mapuche se niega a morir y estoy convencido de que el movimiento del Estallido también. Los mapuche necesitan tierra y se las siguen quitando. El mismísimo ex subsecretario Rodrigo Ubilla fue procesado el 2019 por la compra irregular de tierras indígenas en la comuna de Pucón en la Región de La Araucanía. Adquirió, por la suma de 10 millones de pesos, 2 predios en la comunidad Mariano Millahual de Pucón. El Juzgado de Letras de Pucón impugnó el traspaso de la propiedad, ubicada al interior de la comunidad, puesto que la compraventa fue ilegal, tal como establece la Ley Indígena, pues estas deben hacerse entre indígenas. ¿Por qué lo hizo entonces? ¿Desconocía la Ley? Quizás es la soberbia actitud racista decimonónica que otorga el derecho a la élite a hacer lo que se desee con los indígenas (Tricot, 2013). En pleno Estallido y movimiento social, el mismo Ubilla hubo de renunciar, aduciendo razones personales, pero él tenía a su cargo la coordinación operativa de Carabineros y la responsabilidad de la seguridad y el orden público. O sea, fue directamente responsable de todas las violaciones a los derechos humanos consignados en, al menos, cuatro informes nacionales e internaciones. Además, debe adicionarse la irregular compra de tierras mapuche y el encubrimiento del asesinato de Camilo Catrillanca en el sur. Ubilla es la violencia racionalizada en un hombre, pero no es el hombre, pues vendrán otros. Es el sistema, el panóptico, el gran ojo que vigila para arrancar todos aquellos ojos que le molesten. Y una de las cuestiones que más les molesta es el potencial cambio de Constitución.
La posibilidad de una Constitución plurinacional y pluricultural Una de las grandes demandas del movimiento derivado del Estallido es una nueva Constitución y, por consiguiente, el rechazo a la Constitución dictatorial, mantenida por 30 años por los gobiernos que le sucedieron. Los cabildos, asambleas territoriales, movilizaciones y múltiples actividades, centraron su atención en el tema constitucional. No fue el único tema, pero sí uno importante. Una de las demandas del movimiento social y de un segmento significativo del Movimiento Mapuche es por una nueva Constitución. Más concretamente, una de carácter plurinacional y pluricultural. La interrogante que asoma inmediatamente, por supuesto, es si esto será posible con la existencia de un Estado férreamente nacionalista racista y unitario. Para Antileo (2020, entrevista personal) “es vital pensarse como un país conformado por colectivos históricos diversos, como un país plu194 https://www.diarioconcepcion.cl/politica/2019/12/11/aprobada-la-acusacion-constitucional-chadwick-es-sancionadopor-su-rol-en-violaciones-de-ddhh.html
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rinacional”. El movimiento social ha incorporado demandas de los pueblos originarios, no solo simbólicas, sino que políticas —y muy concretas— como aquella de un Estado plurinacional como parte de un proceso constituyente. “Estamos en un momento donde es posible. Estamos a un paso, puede ser una gran victoria o una derrota”. Es que, precisamente, hoy nadie podría considerar legítima una nueva Constitución escrita a espaldas de nuestros pueblos o sin nuestra participación directa. Este escenario, inédito en la historia de este país, es fruto de una larga lucha y de los puentes que muchos dirigentes y dirigentas han tendido con los sectores conscientes de la sociedad chilena. (Cayuqueo, 2020, entrevista personal) La Asociación de Municipalidades con Alcaldes Mapuche (AMCAM), por ejemplo, posee experiencias de plurinacionalidad en la práctica y, simultáneamente, busca construir un Estado plurinacional e intercultural que garantice sus derechos colectivos en la perspectiva de la autonomía. No obstante, para otros mapuche, como Aukan Huilcaman, werken195 del CTT, la plurinacionalidad consistiría en la domesticación de los derechos colectivos en tanto pueblo, una nueva forma de colonización. Tanto así que realizó un trawun196 en el Cerro Ñielol de Temuco expresando su voluntad de avanzar hacia la creación de un gobierno independiente en el territorio mapuche. Para la CAM, un Estado plurinacional es una contradicción puesto que el Estado es un ordenamiento socio–político moderno y ellos están por la reestructuración de su institucionalidad mapuche (Llaitul, 2016, entrevista personal). Por su lado, Pairican (2020, entrevista personal), visualiza la “plurinacionalidad como un proceso de inicio hacia la descolonización, un camino hacia la interculturalidad al nivel del quehacer político. No es la domesticación ni la imposibilidad de la autodeterminación”. Va más allá, señalando que, si bien es efectivo que existe el apoyo del movimiento social a los mapuche y a que estos sean parte de la Constitución, encuestas recientes señalan que los chilenos parecieran confundir lo que es plurinacionalidad y multiculturalidad. Es decir, apoyan que los mapuche o pueblos originarios sean parte del Estado, tengan derechos, pero no que tengan autonomía. Si será o no plurinacional y pluricultural el Estado chileno, es imposible de determinar, particularmente después de la firma del Acuerdo por la Paz y una nueva Constitución, el 15 de noviembre de 2019, otro noviembre de la Primavera nuestra de cada noche. Aquí comienza el periplo racista y colonizante, donde se recurre a todos los artificios legales y políticos para excluir a los pueblos originarios de la Convención Constitucional. La Asamblea Constituyente, exigida por el movimiento social, ya se había descartado por la clase política. En definitiva, el debate de la participación indígena y el probable número de escaños asignados es un problema para la clase política. Discusión que, luego de haber pasado por distintos trámites en su maremágnum legislativo, se halla ahora en la incertidumbre política. Nadie sabe qué sucederá. ¿Terminará en un fracaso el asunto de la participación de los pueblos originarios en la convención mediante escaños reservados? ¿Será un fiasco como la Consulta Indígena que acaba de colapsar o como las decenas de mesas de diálogo que jamás llegan a algo, básicamente porque nunca toman en consideración las demandas de 195 Vocero 196 Encuentro mapuche.
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los pueblos originarios? Es que transformar el Estado uninacional y unicultural por uno plurinacional y pluricultural, que tenga la voluntad y capacidad de reconocer que en este país que llamamos Chile no todos somos chilenos, requiere un esfuerzo movimental colosal. Puede que se escriba una nueva Constitución que no cambie absolutamente nada y una Constitución que no sea ni plurinacional ni pluricultural. Es la incertidumbre total, como el COVID–19, que nos golpea mundialmente. Lo que sí está meridianamente claro es que sin el Movimiento Mapuche Autonomista jamás se hubiese hablado de plurinacionalidad y pluriculturalidad y, también que, sin el Estallido, tampoco se hubiera hablado del cambio de Constitución como una realidad posible.
Conclusiones La vinculación de la denominada Primavera Chilena y el Movimiento Mapuche es de carácter diverso y, por el mismo carácter singular de cada uno de los movimientos, pletórico en especificidades. La novedad del Estallido y lo embrionario del movimiento social que devino de aquel, contrasta evidentemente con la madurez histórica del Movimiento Mapuche. Sin embargo, fue posible identificar, en el marco general de las dimensiones de poder y contra–poder, ciertos elementos que permitieron establecer símiles y diferencias en narrativas, simbologías, acciones, liderazgos, construcción de sujetos y elaboración de estrategias, entre otros. La identificación y edificación de poder desde abajo es una interesante constatación. Por otro lado, la conexión desde arriba, desde el poder, por medio de la violencia, constituye una confirmación dramática de que el modelo y el sistema, en su conjunto, son una estructura coercitiva, donde la violencia actúa como un mecanismo más para su preservación, dónde y cuándo se requiera. En este sentido, no existen ni consideraciones ni fronteras étnicas, nacionales, culturales o de género. El Estallido y el movimiento social chileno tienen, sin duda, relación con el Movimiento Mapuche en las esferas simbólicas y prácticas, en lo tangible e intangible, en su cuestionamiento al Estado–Nación, al modelo neoliberal, a la política y los políticos. Esto los une como el hecho de convivir en un territorio que puede plurinacionalizarse y pluriculturalizarse.
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Cronología Fecha Acontecimiento Descripción 14 de no- Asesinato comune- Carabineros asesina en la comunidad de Temucuicui al viembre de ro mapuche Camilo joven Catrillanca por la espalda. Acusa que iba armado. 2018 Catrillanca Se descubre que era un montaje, el cual fue avalado y respaldado inicialmente por el Gobierno. 12 de di- Sesión Especial Se discute la situación en la región, incluyendo la muerte ciembre de del senado sobre del comunero Camilo Catrillanca. Participan el ministro 2018 situación en La Andrés Chadwick y el ministro de Desarrollo Social, Alfredo Moreno. Araucanía 10 de enero Andrés Chadwick, A tan solo dos meses del asesinato de Camilo Catrillanca, de 2019 ministro del Inte- no descarta declarar Estado de Emergencia en la región. rior visita la Región Se reúne con con agricultores de la zona. No se reúne con familiares de Camilo Catrillanca. de La Araucanía 21 de febrero Presidente Piñera Presidente Piñera visita la región, para inaugurar una code 2019 visita La Araucanía misaría, dar respaldo a Carabineros y reiterar que existe terrorismo en la zona. 02 de junio Autoridades y diri- En el marco del asesinato de Camilo Catrillanca, un cende 2019 gentes mapuche se tenar de autoridades y dirigentes de diferentes comureúnen con diputa- nidades presentan su posición y demandas ante sesión especial de la Cámara de diputados. dos en Valparaíso 18 de octu- Comienza Estallido Con el salto de torniquetes del Metro de Santiago por un bre de 2019 Social grupo de estudiantes secundarios, comienza simbólica y factualmente el mayor movimiento social de las últimas décadas en Chile.
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Fecha Acontecimiento Descripción 29 de octu- Se derriba estatua Manifestación de mapuche que se encontraban en las bre de 2019 de Pedro de Valdivia afueras de la cárcel de Temuco donde manifestaban su en Temuco apoyo a los presos políticos mapuche, derribaron la estatua del conquistador Pedro de Valdivia. 29 de octu- Derribo de busto de Se descuelga de su pedestal busto de Cornelio Saavedra, bre de 2019 Cornelio Saavedra el principal responsable de la ocupación militar de terrien Collipulli torio mapuche en el siglo XIX. 09 de no- Comunidades ma- Aukan Huilcaman, werken del Consejo de Todas las Tieviembre de puche anuncian rras, se reúne en Temuco con 250 comunidades y aprue2019 instalación de nue- ban creación de gobierno independiente mapuche desde vo Gobierno inde- el Biobío al sur. pendiente en territorio mapuche 03 de no- Gobierno cance- Luego de anteriores suspensiones producto de irregulaviembre de la definitivamente res procedimientos y protestas de los mismos indígenas, 2019 Consulta Indígena se cancela definitivamente la consulta. Ley 03 de no- Participación de al- Alcaldes mapuche exigen escaños reservados en la Conviembre de caldes mapuche en vención Constituyente. 2019 comisión de constitución de Cámara de Diputados 14 de no- C o n m e m o r a c i ó n Se realizan al menos 35 manifestaciones en todo el país viembre de de 1 año del asesi- para conmemorar su muerte. La más grande se realiza 2019 nato del comunero en Temuco. mapuche Camilo Catrillanca 15 de no- Acuerdo por la Este acuerdo fue firmado por todos los partidos polítiviembre de Paz Social y Nueva cos y la oposición, excepto el partido comunista y huma2019 Constitución nista. De aquí emana la posibilidad elaborar una nueva Constitución y, quizás, escaños reservados para pueblos originarios. 11 de di- Se aprueba acusa- El Senado aprueba la acusación contra el ministro por ciembre de ción constitucional haber infringido gravemente la Constitución y las leyes, 2019 contra ministro An- y haber dejado de adoptar medidas para detener violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Además, por drés Chadwick haber “comprometido gravemente el honor y la seguridad de la Nación”. 16 de di- Renuncia del subse- La renuncia, según Ubilla, obedece a razones personales. ciembre de cretario del interior Sin embargo, su participación en las violaciones a los de2019 Rodrigo Ubilla rechos humanos y a las ilegales compras de tierras indígenas (por lo que fue condenado por el Juzgado de Letras de Pucón) debe haber influido en su decisión.
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Derecho Internacional, Nudos y Desafíos. Implicancia para el ejercicio de los derechos territoriales del Pueblo Mapuche Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida197
Estándares internacionales en materia de propiedad indígena sobre los territorios y las tierras ancestrales El Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en adelante el Convenio 169, es el tratado internacional que regula los derechos de pueblos indígenas, ratificado por Chile y vigente en nuestro país desde septiembre del año 2009. Como garantías del derecho de propiedad y posesión ancestral de los pueblos indígenas, el Convenio 169 enfatiza el deber de los Estados de adoptar todas “[…] las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión” (artículo 14.2). De la misma forma, subraya la obligación de los Estados de instituir “[…] procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados” (artículo 14.3). La interpretación que los órganos de supervisión de la OIT han hecho de estas garantías ha determinado que los derechos de propiedad y posesión que regula el artículo 14 antes citado, no solo se refieren a aquellas tierras sobre las cuales los pueblos indígenas tienen propiedad legal u oficialmente reconocida, sino también sobre aquellas de ocupa-
197 Abogada, Universidad de Chile. Master en derecho internacional de los derechos humanos, University of Notre Dame, South Bend, Indiana, Estados Unidos de Norteamérica. Doctora en Derecho, Universidad de Chile. Directora del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.
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ción ancestral, aunque no tengan título de dominio sobre ellas. Así lo ha establecido la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT (CEACR), disponiendo que el establecimiento de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras o territorio se basa en la ocupación y en el uso tradicional, y no en el eventual reconocimiento o registro legal oficial de la propiedad de la tierra por parte de los Estados198. De igual modo, la CEACR ha establecido que el derecho fundado en la ocupación de la tierra es un principio rector del Convenio: “si los pueblos indígenas no pudieran hacer valer la ocupación tradicional como fuente de derechos de propiedad y de posesión, el artículo 14 del Convenio se vaciaría de contenido […]. La Comisión es consciente de la complejidad de plasmar este principio en la legislación, así como de diseñar procedimientos adecuados, pero subraya, al mismo tiempo, que el reconocimiento de la ocupación tradicional como fuente de derechos de propiedad y posesión mediante un procedimiento adecuado, es la piedra angular sobre el que reposa el sistema de derechos sobre la tierra establecido por el Convenio. El concepto de ocupación tradicional puede ser reflejado de diferentes maneras en la legislación nacional, pero debe ser aplicado”199. Por otra parte, la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) hace un reconocimiento explícito al derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar no solo las tierras, sino también los territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional y otra forma tradicional de ocupación (art. 26.1). Más aún, establece que los pueblos indígenas tienen derecho a que las tierras, territorios y recursos naturales que tradicionalmente hayan poseído u ocupado, les sean restituidos y/o sean compensados cuando hayan sido confiscados o tomados sin su consentimiento (Aylwin et. al, 2013). La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en adelante la Corte IDH, ha establecido las siguientes obligaciones estatales en materia de derechos territoriales: i) deber de reconocer que la posesión tradicional de las tierras indígenas por parte de los pueblos indígenas y tribales tiene efectos jurídicos homologables al título de dominio pleno que otorga el Estado e incluye el concepto de territorios; ii) deber de reconocer que dicha posesión tradicional otorga a los pueblos indígenas el derecho a exigir el reconocimiento oficial de la propiedad y su registro, y el derecho a no ser trasladados; iii) deber de proceder a la demarcación, delimitación y titulación de las tierras indígenas; iv) deber de restituir, cuando corresponda, las tierras tradicionales a la comunidades, cuando por causas ajenas a su voluntad hayan salido de sus tierras tradicionales o perdido la posesión de las mismas y estas se encuentran en manos de terceros; v) deber de otorgar tierras alternativas de la misma extensión y calidad que las perdidas cuando, excepcionalmente, la restitución no fuera posible, las que deben quedar acordadas libremente con las comunidades y sus legítimos representantes; vi) deber de indemnizar plenamente a las personas trasladadas y reubicadas como consecuencia de cualquier daño que hayan sufrido a causa del desplazamiento (Steiner CH. y Fuchs M. Eds., 2019)200. Tratándose de tierras indígenas no tituladas, la obligación internacional del Estado es demarcar y titular los territorios indígenas para proveer certeza jurídica sobre el dominio 198 Conferencia Internacional del Trabajo, CEACR, 2003, 73.ª sesión, Observación, Perú: párrafo 7. 199 Conferencia Internacional del Trabajo, CEACR, 2009: p. 742. 200 STEINER CH. y FUCHS M. Eds., 2019 2ª. Ed.: 632 a 634.
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ancestral indígena. Previo a la demarcación y titulación de estos territorios, así lo ha consignado la Corte IDH201, el Estado se debe abstener de realizar cualquier tipo de actos que puedan afectar la integridad de los territorios indígenas202. Recientemente, la Corte IDH consolidó su jurisprudencia respecto a las obligaciones estatales en materia de propiedad indígena203, en los siguientes términos: a) deslindar las tierras indígenas de otras y otorgar título colectivo de las tierras a las comunidades; b) abstenerse de realizar actos que puedan llevar a que los agentes del propio Estado o terceros que actúen con su aquiescencia o su tolerancia, afecten la existencia, el valor, el uso o el goce de su territorio; y c) a su vez, garantizar el derecho de los pueblos indígenas de controlar y usar efectivamente su territorio y recursos naturales, así como de ser propietarios de su territorio sin ningún tipo de interferencia externa de terceros204. Como ha sido expresado precedentemente, la titulación y demarcación deben implicar el uso y goce pacífico de la propiedad205, ello supone que el derecho de propiedad colectiva indígena debe estar libre de la interferencia del Estado y terceros, incluso de terceros de buena fe, aun cuando estos pertenezcan a grupos vulnerables que dependan de la tierra para su subsistencia, como sería el caso de pequeños campesinos. La Corte IDH ha determinado como estándar exigible en el proceso de titulación de tierras indígenas, la pertinencia cultural del título que reconoce la propiedad y posesión colectiva indígena sobre sus tierras ancestrales, lo que implica que este sea idóneo a efectos de reconocer las “[…] versiones específicas del derecho al uso y goce de los bienes, dadas por la cultura, usos, costumbres y creencias de cada pueblo”206. Los derechos territoriales indígenas incluyen los derechos a un medio ambiente sano, a la alimentación adecuada, al agua y a participar en la vida cultural, conforme el artículo 26 de la Convención207. La Corte IDH, en febrero del presente año, haciendo un análisis sistemático entre la Convención y la Carta de la Organización de los Estado Americanos (Carta de la OEA), reconoce que el derecho al medio ambiente sano se entiende incluido en el artículo 26 de la Convención y que dimana de la obligación de los Estados de alcanzar el “desarrollo integral” de sus pueblos, conforme lo establecen los artículos 30, 31, 33 y 34 de la Carta de la OEA208, y precisa que sus contenidos normativos están en su Opinión Consultiva OC–23/17, relevando que se trata de un derecho autónomo que protege los componentes del ambiente, tales como bosques, mares, ríos y otros (Yáñez, 2020). Protege la naturaleza y sus componentes, como intereses/bienes jurídicos en sí mismos. Pese 201 Corte IDH, Caso del Pueblos Saramaka Vs. Surinam, Sentencia del 28 de noviembre de 2007, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, Serie C N° 172, párr. 194. 202 Corte IDH, Caso del Pueblo Saramaka Vs. Surinam, Sentencia de 12 de agosto de 2008, Interpretación de la sentencia de excepciones preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, Serie C N° 185, párr. 196. 203 Corte IDH, Caso Comunidades Indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat con Argentina, sentencia de 6 de febrero de 2020, Fondo, Reparaciones y Costas. 204 Ib., párr. 98. 205 Ib., párr. 96. 206 Caso del pueblo indígena Xucurú y sus miembros vs. Brasil, sentencia de 5 de febrero de 2018, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, Serie C N° 346, párr. 115. Caso Comunidades Indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat con Argentina, párr. 279. 207 Ib., párr. 201. 208 Ib., párr. 202.
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a que el derecho al medio ambiente es un derecho autónomo, la Corte IDH reconoce que otros derechos humanos puedan ser vulnerados como consecuencia de daños ambientales y, de igual modo, deben ser salvaguardados209. La Corte IDH ha dispuesto que el Estado tiene respecto a este derecho la obligación de respeto y, asimismo, la obligación de garantía, de modo tal que prevenga vulneraciones de terceros del medio ambiente indígena (Yáñez, 2020). Se consigna que esta obligación de prevenir daños ambientales forma parte del derecho internacional consuetudinario (Yáñez, 2020). Se establece que los estándares exigibles al Estado para la aplicación del principio de prevención, frente a actividades potencialmente dañosa al medio ambiente son: i) regular; ii) supervisar y fiscalizar; iii) requerir y aprobar estudios de impacto ambiental; iv) establecer planes de contingencia; y v) mitigar en casos de ocurrencia de daño ambiental210. La debida diligencia supone hacerse cargo de la circunstancia que las problemáticas ambientales pueden afectar de modo diferenciado a pueblos, grupos y personas en condición de vulnerabilidad, como los pueblos indígenas, quienes dependen para su economía y supervivencia de la integridad de los recursos ambientales que configuran su hábitat211. El derecho a la alimentación debe garantizarse conforme a los estándares establecidos en la Observación General 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), el que señaló que el “contenido básico” del derecho a la alimentación comprende “la disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias de los individuos, sin sustancias nocivas, y aceptables para una cultura determinada”, y “la accesibilidad de esos alimentos en formas que sean sostenibles y que no dificulten el goce de otros derechos humanos”212. La Corte IDH releva los componentes culturales del derecho y su incidencia en la conceptualización de los estándares de “adecuación” y “seguridad alimentaria” que son propios del derecho213. También ha sido reconocido el derecho al agua214 y, al igual que en lo que refiere al derecho a la alimentación, se han fijado los estándares de conformidad a lo establecido por el Comité DESC en la Observación General N° 15215. Finalmente, la jurisprudencia interamericana, efectuando un análisis sistemático de los derechos antes mencionados y su interdependencia216, precisa que estos derechos (al agua, a la alimentación y a participar en la vida cultural), son particularmente vulnerables a las afectaciones ambientales (Yáñez, 2020). De la misma forma, establece que hay una relación necesaria entre identidad cultural y desarrollo integral de los pueblos, precisando que el derecho al desarrollo con identidad protege los rasgos distintivos que caracterizan a un grupo social, sin que ello implique negar el carácter histórico, dinámico y evolutivo de la cultura”217.
209 Ib., párr. 203. 210 Ib., párr. 208. 211 Ib., párr. 209. 212 Ib., párr. 218. 213 Ib., párr. 220 y 221. 214 Ib., párr.226 - 230. 215 Comité DESC. Observación General 15. El derecho al agua (artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales). 216 Corte IDH, caso Lhaka Honaht Vs. Argentina, véase, epígrafe B.1.2 Interdependencia entre los derechos a un ambiente sano, a la alimentación adecuada, al agua y a la identidad cultural y especificidades en relación con pueblos indígenas. 217 Ib., párr. 240.
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Otro ámbito relevante del desarrollo jurisprudencial interamericano para la salvaguarda de los derechos territoriales indígenas es en materia de consulta. La Corte IDH se ha pronunciado específicamente sobre el estándar de consulta, estableciendo que la obligación del Estado de consultar a los pueblos indígenas es un principio de derecho internacional218. Así, ha determinado que el Estado está obligado a consultar acerca de seis asuntos: i) el proceso de delimitación y demarcación del territorio comunal; ii) el reconocimiento legal de la capacidad jurídica colectiva de las organizaciones representativas indígenas; iii) el proceso de adopción de medidas legislativas, administrativas o de otra índole que incidan en el reconocimiento, protección y garantía de los derechos colectivos indígenas; iv) el proceso de adopción de medidas legislativas, administrativas o de otra índole que sean necesarias para reconocer y garantizar el derecho de los pueblos indígenas a ser efectivamente consultados, de conformidad con sus tradiciones y costumbres; v) sobre los resultados de los estudios previos de impacto social y ambiental; y vi) en relación con cualquier restricción a los derechos de propiedad de los pueblos indígenas, particularmente respecto de planes de desarrollo o inversión dentro o que afecten sus territorios219.
Las brechas de implementación de los estándares internacionales en materia de derechos territoriales indígenas en Chile Los derechos territoriales indígenas en Chile están regulados por los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile y vigentes220, la Ley Nº 19.253 sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, la Ley Nº 20.249 sobre Reconocimiento del Territorio Marítimo de los Pueblos Originarios y La Ley Nº 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente. Los derechos indígenas a la tierra están reconocidos en la Ley Nº 19.253 sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, en adelante la Ley Indígena, que establece que la tierra es el fundamento principal de la existencia y cultura de las “etnias” indígenas, omitiendo el reconocimiento de los pueblos indígenas como “pueblos”. La Ley Indígena dispone como uno de los deberes del Estado y la sociedad en general, proteger las tierras de las etnias indígenas, velar por su adecuada explotación, su equilibrio ecológico y propender a su ampliación (artículo 1). Identifica las tierras indígenas, incorporando en esta categoría aquellas que las personas o comunidades indígenas ocupan, sea en propiedad o posesión, y que provienen de toda clase de títulos emanados del Estado. Considera a futuro aquellas que sean declaradas por los tribunales como pertenecientes a indígenas y las que los indígenas y sus comunidades reciban a futuro a título gratuito del Estado. También identifica como tierras indígenas (ancestrales) las que históricamente han ocupado y poseen personas o comunidades indígenas, caso en que se requiere, para que sean consideradas como tales, que sean inscritas en el registro de tierras de CONADI (artículo 12). Así, el artículo 12 N° 2 dispone que son tierras indígenas: “Aquellas que históricamente han ocupado y poseen las personas o comunidades mapuche, aymara, rapa nui o pascuenses,
218 Corte IDH, Caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador. Fondo y Reparaciones. Sentencia de 27 de junio de 2012, Serie C N° 245, párrs.165 y ss. 219 Corte IDH, Caso Saramaka con Surinam, 2008, párr. 16. 220 Artículo 5, inciso 2, Constitución Política de la República.
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atacameñas, quechuas, coya, kawésqar y yámana, siempre que sus derechos sean inscritos en el Registro de Tierras Indígenas que crea esta ley, a solicitud de las respectivas comunidades o indígenas titulares de la propiedad”. CONADI abriría un registro de tierras en el que se inscribirían las tierras de que trata el artículo 12 (artículo 15). La Ley Nº 19.253 procuró poner término al proceso divisorio de las comunidades reduccionales mapuche, disponiendo que estas solo podían ser divididas por la mayoría absoluta de quienes tuviesen derechos en ellas. Además, reconoció como tierras indígenas a las tierras individuales o colectivas que los indígenas estuviesen ocupando en ese momento en propiedad o posesión proveniente de los títulos utilizados por el Estado en el pasado, así como a aquellas que en el futuro fuesen declaradas como tales por la justicia o a raíz de un título gratuito del Estado. La ley también les brindó protección con el objeto de impedir que estas pudiesen ser enajenadas, gravadas y traspasadas a no indígenas, como había ocurrido en el pasado. Finalmente, la ley promovió la ampliación de las tierras para los indígenas y sus comunidades, fundamentalmente vía mercado y a través del traspaso de tierras fiscales a través de un Fondo de Tierras y Aguas creado para estos efectos. En cuanto a la división de las tierras comunitarias provenientes de títulos de merced, la ley establece que se requerirá de solicitud formal al juez competente de la mayoría absoluta de los titulares de derechos hereditarios en ella (artículo 16), y que las tierras resultantes de la división de comunidades serían indivisibles, aun en el caso de sucesión por causa de muerte (artículo 17). Además, la Ley Indígena otorga protección jurídica a dichas tierras indígenas, de propiedad individual o colectiva, estableciendo que, “por exigirlo el interés nacional”, las tierras indígenas no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas de una misma etnia. Dispone que tampoco podrán ser arrendadas en el caso de las tierras de comunidades y solo por un plazo no superior a cinco años en el caso de las tierras de propiedad individual (artículo 13). Establece, además, que solo podrán permutarse por tierras de no indígenas. Se establece como mecanismo para proveer la ampliación de las tierras indígenas el Fondo de Tierras y Aguas. En lo sustancial, establece que dicho fondo será administrado por CONADI con el objeto de: a) otorgar subsidios para la adquisición de tierras por personas y comunidades indígenas cuando la superficie de que dispongan sea insuficiente; b) financiar mecanismos que permitan la solución de problemas de tierras, en especial con motivo del cumplimiento de resoluciones o transacciones judiciales o extrajudiciales que recaigan sobre tierras indígenas; y c) financiar la constitución, regularización o compra de derechos de agua o financiar obras destinadas a obtener este recurso (artículo 20). Dispone que los recursos de este fondo estarán compuestos por aquellos que anualmente establezca la Ley de Presupuesto con este objeto, además de aquellos provenientes de la cooperación internacional, aportes de particulares, organismos públicos y privados, devoluciones contempladas en el artículo 22 de esta ley, las rentas que devenguen los bienes del Estado, así como las tierras, predios o propiedades que reciba del Estado (artículo 21). Las tierras no indígenas y aguas adquiridas con este fondo no podrán ser enajenadas por 25 años desde su inscripción (artículo 23). Como se observa, el mecanismo que provee la ley para responder a la demanda de tierras indígenas consiste en un fondo que permite adquirir tierras en el mercado inmo-
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biliario, no garantiza la restitución de las tierras históricas y permite liberar las tierras adquiridas con este fondo, autorizando su enajenación una vez que hayan transcurrido 25 años desde su adquisición por el Estado para restituirla a los indígenas (Yáñez, 2017a). Si bien el Fondo de Tierras y Aguas se ha visto incrementado sistemáticamente entre los años 1994 y 2017, con un crecimiento real de 16,5 veces, lo cierto es que esto no ha tenido un impacto sustancial en la restitución de tierras indígenas, toda vez que el mecanismo genera condiciones de especulación y alzas en los precios. Este incremento en el valor de las tierras se ha exacerbado en momentos de conflictos y, al mismo tiempo, ha sido un incentivo para aumentar la conflictividad social, favoreciendo a los particulares que usufructúan de la plusvalía que genera la disputa por la restitución de las tierras de propiedad ancestral indígena (Donoso, 2017). No cabe duda que esta normativa no se ajusta a los estándares internacionales y, en particular, a las normas del Convenio 169, según lo ha representado la propia OIT a través de su Comisión de Expertos (CEACR). En efecto, la CEACR en sus observaciones al Estado de Chile el año 2013, ha señalado: “Teniendo en cuenta la persistencia de una situación que no cumple con el Convenio, la Comisión reitera su pedido al Gobierno para que informe en su próxima memoria de manera detallada sobre la adecuación con el Convenio del mecanismo de regularización de tierras y su procedimiento de solución de conflictos. La Comisión espera poder examinar informaciones que permitan comprobar que se tuvieron en cuenta las preocupaciones expresadas por las organizaciones sindicales y los Pueblos Indígenas en las observaciones comunicadas en 2010 y se reconoció a los Pueblos Indígenas el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que consagran los Artículos 13 y 14 del Convenio”221.
La lucha del Pueblo Mapuche por la restitución del territorio y la sanción del derecho internacional a la criminalización como respuesta estatal Desde la ocupación del territorio mapuche por parte del Estado de Chile, el Pueblo Mapuche no ha claudicado en su lucha por recuperar las tierras usurpadas. Primero, accionando ante los Juzgados de Indios (1930–1961) y, posteriormente, recuperando de facto sus tierras en el marco de la reforma agraria (Correa et al., 2003). En la actualidad, sus demandas continúan insatisfechas y sus acciones para la recuperación de esas tierras han sido criminalizadas o reprimidas por el Estado de Chile mediante el uso excesivo y abusivo de la fuerza, generando como resultado el encarcelamiento, la violencia y el asesinato de líderes y comuneros mapuche (Yáñez, 2017b). La Corte IDH, sentencia de 29 de mayo de 2014222, condenó al Estado chileno por violar derechos fundamentales garantizados en la Convención Americana a ocho miembros del Pueblo Mapuche condenados por Ley Antiterrorista, caso Norin Catriman y otros vs. Chile (Yáñez, 2017b).
221 Conferencia Internacional del Trabajo, sesión diciembre de 2013, publicado en febrero de 2014: 908. 222 Caso Norin Catriman y otros (dirigentes, miembros y activistas del pueblo indígena mapuche) vs. Chile, sentencia de 29 de mayo de 2014, Fondo, Reparaciones y Costas, Serie C N° 279.
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En la sentencia, la Corte concluyó que el Estado de Chile violó el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia en perjuicio de las ocho víctimas de este caso por haber mantenido vigente y aplicado el artículo 1 de la Ley N° 18.314 que contenía una presunción legal del elemento subjetivo del tipo terrorista223. La Corte determinó que en la fundamentación de las sentencias condenatorias se utilizaron razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios, lo cual configuró una violación del principio de igualdad y no discriminación, y el derecho a la igual protección de la ley224. El fallo hace un llamado de atención por la existencia de una legislación que no garantiza el derecho al debido proceso, poniendo especial atención y haciendo recomendaciones en relación al uso de testigos con identidad reservada que no garantizan el derecho a la contra–interrogación, ordenando se modifique esta legislación. En síntesis, la Corte señaló que el Estado de Chile violó el principio de legalidad y de presunción de inocencia, el principio de igualdad ante la ley y garantías judiciales. Además de vulnerar el derecho a defensa, a la libertad personal, libertad de pensamiento y expresión, el derecho a recurrir un fallo ante un tribunal superior y, por último, violó los derechos políticos de las víctimas225. Cabe tener presente que, respecto a la noción de terrorismo aplicada en este caso, acorde a lo preceptuado en el informe del relator Ben Emerson, es forzoso concluir que en Chile no se han seguido las directrices internacionales (Resolución 1566/2004) y convenciones internacionales226. Diversos órganos internacionales han explicitado en sus recomendaciones que el Estado de Chile debe abstenerse de aplicar esta legislación a los miembros del Pueblo Mapuche. En esta línea se ha pronunciado el Comité de Derechos Humanos ONU en sus observaciones finales sobre el sexto informe periódico de Chile, 13 de agosto de 2014, (CCPR/C/ CHL/CO/6), párr. 7, estableciendo: • El Estado parte debe reformar la Ley Antiterrorista y adoptar una definición clara y precisa de los delitos de terrorismo para asegurar que las actividades que realizan los agentes del orden en el marco de la lucha contra el terrorismo no estén dirigidas a determinadas personas por su origen étnico o cualquier motivo social o cultural. • Asimismo, debe asegurar que las garantías procesales, contenidas en el artículo 14 del Pacto, sean respetadas. El Comité insta al Estado parte a abstenerse de aplicar la Ley Antiterrorista en contra de los mapuche. Lo propio ha señalado el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial ONU, en sus observaciones finales sobre los informes periódicos 19º a 21º de Chile, 30 de agosto de 2013, CERD/C/CHL/CO/19–21), párr. 14, Manifestando que se asegure que la Ley Antiterrorista no sea aplicada a miembros de la comunidad mapuche por actos de demanda social (Yáñez, 2017b).
223 Ibídem, párr. 168 a 177. 224 Ib., párrs. 223 a 228 y230 225 Ib., párrs. 374 y 383. 226 Resolución 1566 (2004)”. Cfr. UN Doc. A/HRC/16/51, 21 de diciembre de 2010, Consejo de Derechos Humanos, Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, Sr. Martin Scheinin, Diez esferas de mejores prácticas en la lucha contra el terrorismo, párrs. 23, 27 y 28.
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En el marco del Examen Periódico Universal (EPU) 2018, se reiteraron estas recomendaciones. Específicamente, se insta al Estado a “abstenerse de aplicar la Ley Antiterrorista en el contexto de protestas sociales de los pueblos mapuche que buscan reclamar sus derechos”. El Estado de Chile no aceptó esta recomendación227. Chile no acepta la recomendación signada con el número 125.241, argumentando que “el proyecto de ley que modifica la legislación antiterrorista nacional no contempla crear excepciones a la generalidad de su aplicación”228. Por otra parte, la Corte IDH en el caso Norin Catriman vs. Chile constata que varios órganos y expertos internacionales han afirmado que Chile no ha resuelto de forma efectiva las causas que dan lugar a la protesta social mapuche, evidenciando esta como la razón fundamental de la protesta mapuche229. Así también lo consignó el Relator Especial sobre la promoción y protección de derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, Ben Emmerson, mencionado supra, en su visita a Chile en julio de 2013 y sostuvo: “que cuando el Estado no cumple con las expectativas de solucionar las reivindicaciones territoriales indígenas mapuche, permanece latente el riesgo de que las protestas sociales escalen de nivel. En este sentido, resulta prioritario que el Estado garantice una atención y solución adecuada y efectiva a tales reclamaciones para proteger y garantizar tanto los derechos del pueblo indígena como los del resto de los miembros de la sociedad en dichas regiones”230.
Los desafíos del derecho internacional: exigibilidad de las sentencias internacionales en el derecho interno a partir del caso Norin Catriman y otros vs. Chile El gran desafío que enfrenta el derecho internacional de los derechos humanos es su exigibilidad en el derecho interno y su cabal cumplimiento por los Estados. La situación se ha planteado paradigmáticamente en el caso Norin Catriman y otros vs. Chile, que reseñamos en el párrafo precedente. Específicamente, a propósito del cumplimiento íntegro de las medidas de reparación decretadas por la Corte IDH en el párrafo 422, punto dispositivo décimo sexto de la sentencia, de 29 de mayo de 2014. Sobre el proceso de cumplimiento de la sentencia de parte del Estado de Chile, es necesario consignar lo siguiente: 1. La Corte IDH notificó con fecha 21 de diciembre de 2018, la resolución de supervisión del cumplimiento de la sentencia, antes citada. 2. En su comunicación, la Corte IDH declara que el Estado de Chile ha dado cumplimiento parcial a la medida de reparación ordenada en el punto dispositivo antes citado y que dice relación con dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas en contra de las ocho víctimas del caso. 227 A/HRC/41/6/Add.1. Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal Chile, adición, observaciones sobre las conclusiones y/o recomendaciones, compromisos voluntarios y respuestas del Estado examinado. 228 Ibídem, párr. 35. 229 Caso Norin Catriman y otros vs. Chile, párrs. 79 a 85. 230 [en línea] http://acnudh.org/informe-del-relator-especial-sobre-la-promocion-y-proteccion-de-los-derechos-humanos-y-las-libertades-fundamentales-en-la-lucha-contra-el-terrorismo/. Consultado el 28 de enero de 2018.
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3. La Corte IDH instó al Estado de Chile para que adopte, a la brevedad posible, todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier índole para cumplir con los aspectos pendientes de cumplimiento. En base a estos antecedentes, la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, RR.EE (DDEHU) Oficio Púb. N° 001168 de 5 de febrero de 2019, solicitó a la Excma. Corte Suprema que informe respecto a las medidas judiciales adoptadas o susceptibles de ser adoptadas para dar cabal cumplimiento a la sentencia, de modo que se deje sin efecto en todos sus extremos las sentencias pronunciadas en contra de las ocho víctimas en las causas RUC 0100086503–6, RIT 2–2003 y RUC 0100086954–2, RIT 21–2004 del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Angol. La problemática jurídica planteada fue determinar si un fallo de la Corte IDH puede dejar sin efecto, esto es, anular en todos sus extremos, los fallos de los tribunales superiores de justicia de los países miembros del sistema, en este caso Chile. Para responder a estas cuestiones jurídicas es necesario pronunciarse, primero, respecto a las potestades jurisdiccionales de la Corte IDH, naturaleza jurídica de la sentencia y la obligación de cumplimiento. Al respecto sostenemos lo siguiente: • El sistema internacional de protección de derechos humanos es complementario del ordenamiento jurídico interno en materia de protección y garantía de dichos derechos, lo que se expresa, fundamentalmente, en la incorporación de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile y vigentes a la Constitución. Conforme al artículo 5 inciso 2 de la Constitución Política de la República, estos limitan el ejercicio de la soberanía e imponen a los órganos del Estado el deber de respetar y promover los derechos humanos en ellos consagrados, configurándose un corpus iuris que, junto a los derechos fundamentales garantizados en la Constitución, busca hacer más efectiva e integral la protección de los derechos humanos. Su plena exigibilidad en el ámbito interno está garantizada por medio de las facultades conservadoras asignadas a los tribunales de justicia con el propósito de velar por la observancia de la Constitución y las leyes, y proveer protección a los derechos fundamentales, las que están establecidas en el artículo 3 del Código Orgánico de Tribunales (COT). • La decisión de la Corte IDH se sustenta en las potestades jurisdiccionales que tiene para conocer de litigios correspondientes a Estados que han aceptado expresamente su competencia contenciosa, a través de la cláusula facultativa o de admisión prevista en la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) que consta en el artículo 62, CADH. • El Estado de Chile admitió la jurisdicción de la Corte sin restricciones y, por tanto, está obligado a acatar sus fallos y adoptar todas las medidas administrativas, judiciales y legales para garantizar el pleno cumplimiento de los mismos. A su vez, la Corte IDH tiene competencia ejecutiva para supervisar el cumplimiento de sus sentencias, potestad que es inherente a sus atribuciones jurisdiccionales y permite dar cumplimiento a las obligaciones que, por otra parte, impone el artículo 65 de la CADH, esto es, informar a la Asamblea General de la Organización de Estado Americanos (OEA) sobre el cumplimiento de los fallos pronunciados por el máximo órgano jurisdiccional del Sistema Interamericano de Derecho Humanos de parte de los Estado miembros.
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• La observancia del pacta sunt servanda de los tratados internacionales y el deber de respetar y promover los derechos consagrados en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile (artículo 5 de la Constitución de la República de Chile), además del reconocimiento del derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 19, numeral 3°, inciso 1° y 5° de la Constitución)231 constituyen idóneas bases jurídicas para sostener la existencia de una obligación constitucional de proveer la ejecución de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. • El Estado no puede invocar disposiciones de su ordenamiento jurídico interno como justificación del incumplimiento de un tratado, en virtud del artículo 27 de la Convención sobre derecho de los tratados y sus anexos, suscrita por el Gobierno de Chile en Viena, el 23 de mayo de 1969 promulgado por D.S. 381 de 1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores. • Algunos Estados han cuestionado la ejecutabilidad de sentencias de la Corte IDH que imponen la obligación de dejar sin efecto sentencias condenatorias pronunciadas por los tribunales domésticos, invocando la cosa juzgada. La Corte IDH, en el caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile232, ha señalado que ello no es aplicable cuando el procedimiento no fue instruido con independencia e imparcialidad, concluyendo que, en ese caso, la sentencia impugnada produce cosa juzgada aparente o fraudulenta, por lo que puede ser anulada sin contravenir dicho principio (Ivanschitz, 2013). Además de lo expuesto, el debate sobre el cumplimiento de las sentencias internacionales plantea la necesidad de identificar mecanismos judiciales idóneos para dejar sin efecto sentencias condenatorias en sede interna como consecuencia de las sentencias de los tribunales internacionales. Cabe tener presente que la Corte IDH ha ordenado dejar sin efecto en todos sus extremos sentencias condenatorias en diversos casos233, uno de los cuales también involucró a Chile, como es el Caso Palamara Iribarne vs. Chile234. En estos casos se puede observar que los Estados han optado por una diversidad de soluciones jurídicas para dar cumplimiento a estas obligaciones, siendo los más relevantes el caso Tristán Donoso vs. Panamá 235 y el caso Kimel vs. Argentina236. Sin embargo, la solución adoptada por la Corte Suprema en el caso Norin Catriman y otros parece transitar un camino más auspicioso en consonancia con lo que planteamos en este artículo y que implica entender el derecho internacional y
231 Sobre la tutela judicial efectiva, Gonzalo García Pino y Pablo Contreras Vásquez, “El derecho a la tutela judicial y al debido proceso en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional chileno”, Estudios Constitucionales, Año 11, Nº 2, 2013, pp. 229-282, pp. 244-245. 232 Corte IDH. Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de septiembre de 2006. Serie C No. 154., párr. 154. 233 Caso Cantoral Benavides/Perú; Caso Herrera Ulloa/Costa Rica; Caso Palamara Iribarne/Chile; Caso Kimel/Argentina; Caso Tristán Donoso/Panamá; Caso Usón Ramírez/Venezuela y Caso López Mendoza/Venezuela; Caso Bueno Alvez/ Argentina. 234 Corte IDH. Caso Palamara Iribarne vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de noviembre de 2005. Serie C No. 135; Punto resolutivo núm. 12. 235 Corte IDH. Caso Tristán Donoso vs. Panamá. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de enero de 2009. Serie C No. 193. Párr.2. 236 Corte IDH. Caso Kimel vs. Argentina. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 5 de febrero de 2013. Visto núm.1.
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el derecho nacional como complementarios y, por tanto, aceptar la jurisdicción de la Corte IDH, garantizando el pleno cumplimiento de sus decisiones jurisdiccionales. En primer lugar, ratificó la obligación estatal de cumplimiento, aun a falta de mecanismos internos. El pleno de la Corte Suprema, finalmente, resolvió con fecha 16 de mayo de 2019, que “[…] la ausencia de mecanismo interno que prevea específicamente la fórmula procesal indispensable para ejecutar lo resuelto no inhibe ni excusa a este tribunal de resolver lo pertinente, ya que la mantención del status de incumplimiento que ha sido constatado por la resolución que se ha dictado en la fase de supervisión podría generar nuevas responsabilidades para el Estado de Chile, al tratarse de conductas lesivas de garantías fundamentales y que han sido verificadas por el tribunal internacional competente”237. A continuación, se pronuncia sobre la complementariedad entre el derecho internacional y el derecho nacional, enfatizando que los derechos fundamentales son condición de legitimidad de las decisiones jurisdiccionales. En efecto, dando cuenta que los derechos vulnerados y sobre los que se pronuncia la Corte IDH en sus sentencia (presunción de inocencia, libertad de pensamiento y expresión, principio de igualdad y no discriminación, el derecho a la igual protección de la ley, derecho a defensa y a recurrir de los fallos penales condenatorios) “[…] tienen su adecuado correlato en nuestro ordenamiento jurídico tanto como garantías tuteladas por la Constitución Política de la República, como bajo la forma de motivos de invalidación de las sentencias y/o los procedimientos instruidos en contravención al debido proceso, presupuesto de legitimidad de una decisión jurisdiccional”238. Finalmente, reconociendo la plena exigibilidad de las sentencias del Corte IDH y ratificando sus funciones jurisdiccionales establecidas en artículos 63 N° 1 y 68 N° 1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la Corte resuelve optando por una solución respetuosa de derecho internacional, declarando que las sentencias condenatorias adoptadas contra los miembros del Pueblo Mapuche en el caso que se analiza, “han perdido la totalidad de los efectos que le son propios”239. Transcribimos a continuación la decisión, en este punto, del máximo tribunal chileno para su acertada inteligencia. Que, por último, esta Corte considera que el único remedio posible de disponer en el caso que se revisa, es declarar que las sentencias condenatorias abordadas por el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han perdido todo efecto, lo cual se constata por las razones de fondo ya invocadas, como asimismo por las medidas que ya se han adoptado por el Estado de Chile en torno a ellas de este caso, el derecho de recurrir de esos fallos penales condenatorios (párrafos 274–291), por lo cual a dichas condenas las califica de arbitrarias e incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos; las sentencias han perdido la totalidad de los efectos que les son propios240 (el destacado es nuestro). Sin embargo, persiste en el fallo una cierta ambigüedad que se manifiesta en la referencia a la cosa juzgada. Al indicar que la “[…] decisión […] no importa la invalidación
237 Corte Suprema, Sentencia AD – 1386-2014, sentencia de 16 de mayo de 2019, párr. 13. 238 Ibídem, párr. 14. 239 Ib., párr. 15. 240 Ib., párr.15.
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de los referidos fallos, atento a los efectos procesales que en el orden nacional se asigna a la nulidad de las resoluciones judiciales, manteniendo la validez de tales sentencias en cuanto a la cosa juzgada, como es la imposibilidad de rever el conflicto que dio origen a los procesos que se revisan”241. En relación a esta afirmación nos parece relevante precisar las siguientes cuestiones jurídicas: i) la Corte IDH ha determinado que, en el caso, al haberse vulnerado el derecho al debido proceso, lo que se ha configurado es la llamada “cosa juzgada fraudulenta”242, la sentencia condenatoria adolece de un vicio de legitimidad al haber vulnerado garantías constitucionales y la Convención Americana de Derechos Humanos, lo que hace inviable su cumplimiento. Esta interpretación es consistente con las consideraciones esgrimidas por la Corte Suprema en los párrafos 13 y 14 de su sentencia; ii) en estas circunstancias, la referencia a la cosa juzgada solo tiene incidencia para efecto de que “no se pueda rever el conflicto”243 que motivó el litigio como una salvaguarda de los derechos de las víctimas, pero en caso alguno ello debiera argumentarse como una justificación para eludir el cumplimiento de una obligación internacional, pues ello implicaría vulnerar la Convención Americana de Derechos Humanos y el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, que señala lo siguiente: “Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado” (Noriega y Aguilar, 2019).
Conclusiones El análisis de los estándares internacionales en materia de reconocimiento de los derechos territoriales de los pueblos indígenas, evidencia un importante avance en el derecho internacional y una gran brecha de cumplimiento por parte del Estado de Chile. Dicha brecha de cumplimiento de estándares es más profunda en materia de reconocimiento, demarcación, saneamiento y titulación de tierras indígenas. Diversos organismos han dado cuenta que ello es la causa del conflicto entre el Estado y los pueblos indígenas y motiva la protesta social del Pueblo Mapuche. La criminalización y represión que ejerce el Estado de Chile respecto del Pueblo Mapuche como respuesta a sus demandas territoriales, ha motivado que el Estado incurra en responsabilidad internacional y que haya sido condenado por la Corte IDH. Además, es causa de reiteradas interpelaciones por los organismos internacionales de protección de derecho humanos. Pese al rezago que se observa en Chile en materia de derechos territoriales de pueblos indígenas, no cabe duda de que el derecho internacional ha permitido ampliar el decálogo de los derechos indígenas exigibles en Chile y, consecuencialmente, imponer al Estado de Chile el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el ámbito internacional respecto a estos pueblos. La respuesta de la Corte Suprema para resolver las cuestiones jurídicas que impone la exigibilidad de las sentencias internacionales en materia de derechos humanos,
241 Ib., párr. 15. 242 Corte IDH. Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de septiembre de 2006. Serie C No. 154. párr. 154. 243 Corte Suprema Sentencia AD-1386-2019, párr. 15.
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referida al caso Norin Catriman y otros vs. Chile, constituye un gran avance en la perspectiva de afianzar la necesaria complementariedad del derecho internacional y el derecho nacional de un modo consistente con un Estado de Derecho que se erige en el respeto de los derechos fundamentales de las personas y los pueblos.
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Cronología Fecha Acontecimiento 21 de di- La Corte IDH notificó la ciembre de resolución de supervi2018 sión del cumplimiento de la sentencia Norín Catrimán y otros vs. Chile.
5 de febrero La Dirección de Dede 2019 rechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, RR.EE. (DDEHU) Oficio Púb. N° 001168, solicitó a la Excma. Corte Suprema que informe respecto a las medidas judiciales adoptadas o susceptibles de ser adoptadas para dar cabal cumplimiento a la sentencia Norín Catrimán y otros vs. Chile. 16 de mayo Corte Suprema, Sende 2019 tencia AD – 1386-2014, sentencia de 16 de mayo de 2019.
25 de junio Informe del Grupo de de 2019 Trabajo sobre el Examen Periódico Universal Chile, Adición, Observaciones sobre las conclusiones y/o recomendaciones, compromisos voluntarios y respuestas del Estado examinado (A/HRC/41/6/Add.1.)
Descripción La Corte IDH declara que el Estado de Chile ha dado cumplimiento parcial a la medida de reparación en relación con dejar sin efecto en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas en contra de las ocho víctimas del caso. Instó al Estado de Chile para que adopte todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier índole para cumplir con los aspectos pendientes de cumplimiento. La problemática jurídica planteada fue determinar si un fallo de la Corte IDH puede dejar sin efecto, esto es anular en todos sus extremos, los fallos de los tribunales superiores de justicia de los países miembros del sistema, en este caso Chile.
La Corte resuelve (párr. 13, 14 y 15) que la ausencia de un mecanismo interno que prevea específicamente la fórmula procesal indispensable para ejecutar lo resuelto no inhibe ni excusa a la Corte Suprema de resolver lo pertinente; se pronuncia sobre la complementariedad entre el derecho internacional y el derecho nacional, enfatizando que los derechos fundamentales son condición de legitimidad de las decisiones jurisdiccionales; y, finalmente, resuelve optando por una solución respetuosa de derecho internacional, declarando que las sentencias condenatorias adoptadas contra los miembros del Pueblo Mapuche, en el caso que se analiza, “han perdido la totalidad de los efectos que le son propios”. Se insta al Estado a “[a]bstenerse de aplicar la Ley Antiterrorista en el contexto de protestas sociales de los pueblos mapuche que buscan reclamar sus derechos”. Chile no acepta la recomendación (número 125.241), argumentando que “[e]l proyecto de ley que modifica la legislación antiterrorista nacional no contempla crear excepciones a la generalidad de su aplicación” (párr.35).
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Las Organizaciones de Mujeres Mapuche en el Chile de la Revuelta Millaray Painemal Morales244 Susana Huenul Colicoy245
Introducción246 Durante el mes de marzo me invitaron a escribir sobre las organizaciones de mujeres mapuche y su relación con las organizaciones de mujeres y feministas no mapuche. Lo primero que se me vino a la cabeza fue “esto no lo puedo escribir sola. Además, lo deberían escribir compañeras mapuche que puedan reflexionar críticamente sobre la relación con las feministas”. Lo conversé con quienes me invitaron, acogieron la preocupación y me contacté con dos mujeres mapuche que desde sus organizaciones y territorio podían mirar esta relación desde sus distintas experiencias de participación en lo social y en el trabajo. Millaray Painemal Morales de Cholchol, dirigenta nacional de ANAMURI, y Susana Huenul Colicoy, profesional de la oficina de mujeres de la Municipalidad de Tirúa e integrante de la Comunidad de Historia Mapuche, aceptaron la invitación a escribir. Mi acercamiento a las organizaciones de mujeres de pueblos originarios es reciente, hace ocho años tuve una experiencia muy gravitante como profesional y activista feminista. En el contexto de reconstrucción post 27F me tocó hacer un taller para la Asociación de mujeres tejedoras Relmu Witral de Tirua, con el objetivo de transferir y fortalecer 244 Profesora de Historia, Maestría en Género y Desarrollo en FLACSO-Ecuador. 245 Comunicadora social de la Universidad de la Frontera, Magister en antropología social de la Universidad Iberoamericana (Ciudad de México), Diplomada en agroecología CET Biobío. 246 Introducción y síntesis elaboradas por Tatiana Hernández Comandini. Socióloga de la Universidad de Chile, egresada del Magister en Ciencia Política de la misma casa de estudio. Postítulo en derechos humanos y procesos de democratización y diplomada en género y educación de la Universidad de Chile. Investigadora e integrante del directorio del Observatorio de Género y Equidad.
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capacidades, y transferir herramientas para el levantamiento de una agenda ciudadana y la generación de estrategias para la incidencia política. En esa actividad pude constatar que la metodología winka que llevaba para trabajar con ellas era muy inadecuada y que los ejemplos de experiencias de incidencia que llevaba para que ellas diseñaran la propia, tenían poco o nada que ver con su forma de relacionarse con otras organizaciones y autoridades políticas y sociales del territorio. Gracias a esta experiencia aprendí que las dinámicas de relacionamiento en cada territorio son distintas y que no por el hecho de ser todas mapuche y tener entre sus actividades principales el tejer, se organizaban de la misma forma. Cada una tenía su grupo y cada uno de estos sus tiempos, conversaciones, intereses y necesidades. Es, a propósito de este trabajo —que se extiende hasta el día de hoy— que logro cuestionar día a día lo hegemonizantes que pueden resultar algunos feminismos y la ceguera cognitiva con la que nos relacionamos muchas veces con lo territorial. En varias ocasiones me he visto poniendo una voz de alerta en espacios feministas —algunos más institucionalizados que otros— sobre la mirada que existe de los territorios: “falta organización”, “hay que ir a resolver los problemas”, “es allá donde nos necesitan”, entre otras expresiones, que muestran la ignorancia que tenemos sobre lo que está ocurriendo hace muchos años en los territorios. Las reflexiones de Millaray Painemal y Susana Huenul nos permiten ver aquello. Este capítulo es una mirada que tiene su fortaleza y legitimidad desde las voces situadas de dos mujeres mapuche que reivindican la lucha de su pueblo por la autodeterminación y recuperación territorial, entendiendo esta última como una necesidad para estar, sentir y comprender el mundo desde un territorio específico. En este documento se ha definido que en las autoras hay un conocimiento y saber situado247 e insurgente248, un “sentipensar”249 que se funda en lo ancestral y campesino, que por siglos —y reeditándose250— se 247 Relacionado al concepto de conocimiento situado, en él “las personas sentimos, pensamos, expresamos y actuamos a partir de lo que hayamos acumulado en nuestras historias de vida, dependiendo de los contextos sociales, geográfico-políticos, culturales, nuestras pertenencias sociales, familiares, nuestras herencias emocionales, subjetivas y ancestrales. El procesamiento de todo ello es lo que determina la manera como articulamos nuestra experiencia y, a partir de allí, el conocimiento que seamos capaces de reproducir desde una particular visión del mundo, lo situamos en un contexto (Aguilar, 2019:1). 248 “Nosotros corazonamos que el levantamiento del 90 impulsó la irrupción no solo de otra epistemología, sino de una forma de cosmocimiento que está más allá de ella: la sabiduría, pues, en realidad, como lo mostró esta acción colectiva, lo que estamos viviendo es un proceso de insurgencia de las sabidurías insurgentes, que rebasan los marcos epistemológicos dominantes y sus límites, y abren posibilidades para que estas sabidurías y espiritualidades, que se habían mantenido clandestinas, empiecen a visibilizarse. Sabiduría y espiritualidad que las “cosmunidades invisibles” que fueron creadas desde el mismo momento de la Conquista por las guardianas y los guardianes de la tierra, supieron preservar a través de los siglos en el corazón, la palabra y la acción de ancianas sabias y ancianos sabios y que, ahora, en tiempos en los que la Madre Tierra está muy enferma y amenazada, emergen para ser compartidas con la humanidad entera, como medicinas necesarias para sanar la existencia” (Guerrero, 2018:63). 249 Julieta Kirkwood miraba con sospecha aquel paradigma científico “reconocido”, patriarcal, que puede poner en cuestión el orden establecido, ideado y pensado por este mismo. Un conocimiento que no admite aquellos conocimientos que por la forma en que se producen, a través de la experiencia, o por su contenido (mujer, amor, entre otros), resultan “perturbadores de la armonía del saber” y que se “atreven a postular ordenamientos teóricos alternativos” (Kirkwood, 2017:56). El sentipensar “muestra claramente el sentido político que tiene el encuentro entre el sentimiento y el pensamiento, y que es parte de la cosmo-existencia de las comunidades de las culturas del caribe colombiano, en donde un pescador le habló a Borda del sentipensar que se encontraba en el espíritu del “hombre hicotea que sabe ser aguantador para enfrentar los reveses de la vida y poder superarlos, que en la adversidad se encierra para volver luego a la existencia con la misma energía de antes, es también el hombre sentipensante que combina la razón y el amor, el cuerpo y el corazón, para deshacerse de todas las (mal) formaciones que descuartizan esa armonía y poder decir la verdad” (Moncayo, 2009:9, en Guerrero, 2018:26). 250 En contextos con adversarios diferentes, que actúan desde una razón colonialista y de conquista rapiña.
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ha expresado como política de resistencia frente a un capitalismo neoliberal, colonialista y patriarcal. ¿Qué significó que tantas y tantos chilenos en Santiago tomaran la bandera mapuche para expresar su rebeldía ante el sistema en la revuelta social de octubre del 2019? En este gesto había una profunda valoración a un pueblo con historia de resistencia al despojo territorial y la brutal dominación, represión y domesticación de los cuerpos y sexualidades a propósito del proceso de colonización. Las y los chilenos habían “despertado” y eran capaces de impugnar a la institucionalidad que sostiene a un sistema cuya reproducción se juega en la injusticia y el abuso sobre determinados cuerpos (pobres, excluidos/as, mujeres precarizadas, cuerpos feminizados, niños/as, ancianos/as, entre otros). Desde estas políticas de resistencia podemos ver, además, como se tejen historias251, un proyecto político, social, cultural y económico alternativo al capitalismo neoliberal extractivista, individualista, patriarcal, racista y colonialista. Es así que algunos feminismos comienzan a hablar de la necesidad de un sistema nacional plurinacional de cuidados, abrazando la organización de las y los mapuche frente a los cuidados. Las comunidades mapuche le asignan un valor fundamental a las tareas de cuidado, a todo aquello que reproduce socialmente la vida. Ellos y ellas han colectivizado los cuidados, algo que los y las no mapuche estamos aprendiendo a propósito de la experiencia de la pandemia: para existir debemos valorar la experiencia del coexistir y esto solo es posible en torno al cuidado mutuo. Por otro lado, es importante preguntarse ¿qué hay detrás de la violencia institucional sostenida contra las hortaliceras de Temuco? ¿Qué es lo que el Estado busca reprimir ahí? Las hortaliceras son una expresión de resistencia a la opresión capitalista neoliberal, patriarcal y racista, así como también, quienes ponen de manifiesto, en su forma de producir y comercializar, un modelo de sociedad y economía alternativo, y que hoy quienes habitamos la ciudad, estamos valorando mucho más a propósito de la pandemia. En definitiva, lo que está en juego son modelos de sociedad y formas de coexistencia (de hacer política) distintos. Susana Huenul nos permite ver la forma en la que actualmente funciona el Estado y, por ende, la construcción de democracia y ciudadanía que hay detrás de aquello. Un Estado que no logra acercarse a la realidad que viven cientos de mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia patriarcal en el campo, con distancias geográficas donde se hace necesario un Estado más cercano, más pertinente y con capacidades que permitan a la o el funcionario público, diseñar y ejecutar la acción pública con un enfoque de derechos humanos, interseccional e intercultural. En la escritura de Millaray y de Susana queda claro que no es posible pensar el Estallido o revuelta social de octubre del 2019 como un evento particular en nuestra historia política y social de post dictadura cívico y militar, así como tampoco del proceso histórico, político, social y cultural de colonización. Los saberes insurgentes y las historias tejidas dan cuenta de que en el territorio mapuche se vive hace siglos en permanente revuelta y
251 Tejer historias desde la vida es un acto de profundo compromiso político con una realidad no pensada, sino intensamente vivida y que ha inscrito en la profundidad de los espíritus, los cuerpos y las memorias una multiplicidad de dolores, alegrías, sueños y luchas, que son las que hacen el vivir, a fin de compartir esos procesos, desde la afectividad, desde el corazón y poder transformar esa vida, desde la cual se habla (Guerrero, 2018:39).
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que, a diferencia de muchas organizaciones y movimientos sociales que comienzan post Estallido con un proceso destituyente en cabildos y cabildas, reuniones barriales y huertas comunitarias, entre otras expresiones sociales y políticas que permitieron pensar en el nuevo Chile que podríamos levantar, las comunidades mapuche —fundamentalmente aquellas que viven en Wallmapu— tenían una definición más clara de la sociedad en la que quieren coexistir, porque llevan muchos años viviéndola de manera subalternizada. La forma en que organizamos la escritura fue a través de preguntas que orientaron la reflexión en torno a tres grandes temas: las voces de las mujeres mapuche frente a los nuevos mundos posibles que estamos construyendo; políticas de resistencia al modelo hegemónico desde los sentipensares situados; y las voces silenciadas, no escuchadas de las organizaciones de mujeres mapuche, ideas, sueños y proyecto de sociedad alternativo al que hoy vivimos.
Reflexiones en tiempos de crisis Millaray Painemal Morales, dirigenta de la Red de Mujeres Mapuche Trawun pu Zomo y de ANAMURI Comienzo este escrito posicionándome como mujer mapuche, activista y defensora de los derechos de las mujeres y del Pueblo Mapuche. No es mi afán ni pretendo hablar por todas las mujeres mapuch raza aborigen y unir a todas las araucanas existentes en esta ciudad con fines puramente culturales”252. En la actualidad, son numerosas las organizaciones de mujeres articuladas tanto en las zonas urbanas como rurales; algunas trabajan al alero de municipalidades y otras de manera más autónoma. Las motivaciones son variadas y diversas, por un lado, enfrentar las políticas asimilacionistas del Estado chileno y, por otro, las diversas situaciones de racismo y discriminación, y la violencia de género que proviene desde la propia sociedad mapuche y de la chilena. Las mujeres de las comunidades luchamos junto al movimiento mapuche para denunciar la instalación de proyectos extractivistas en nuestros territorios, como son las hidroeléctricas, los vertederos, las carreteras y leyes como el Tratado Transpacífico o TTP11 y su intento de privatizar las semillas, base de la soberanía alimentaria. Hoy en día, las comunidades se encuentran en un proceso de recuperación territorial, lo que ha generado un conflicto latente entre el Pueblo Mapuche y el Estado, y la consecuente persecución y encarcelación de líderes mapuche. La represión judicial de la protesta se lleva a cabo bajo una Ley Antiterrorista que se origina en el periodo de la dictadura militar de Pinochet. En este contexto de despojo territorial, las mujeres mapuche también han sufrido persecución. Entre ellas, la machi Francisca Linconao —defensora del territorio mapuche y de sus plantas medicinales— que fue encarcelada y luego dejada en libertad. No ocurrió lo mismo con la activista mapuche Macarena Valdés, quien fuera cobardemente asesinada
252 Diario Austral, 5-10-1937, citado en Foerster y Montecino, 1988: 173.
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en agosto del año 2016 en Tranguil, sur de Chile, por oponerse junto a su comunidad a la instalación en el territorio de una central de paso de la empresa RP Global. En la actualidad, las comunidades de diversos territorios estamos enfrentando en lo cotidiano graves problemáticas como la sequía de nuestros pozos, esteros, ríos y la desaparición del bosque nativo, aves y diversas especies. Es habitual ver que las familias mapuche reciban agua en camiones aljibe desde los municipios. Esto afecta profundamente la calidad de vida de las mujeres, de sus familias y de las comunidades. Otro tema de nuestro interés, es la recuperación de nuestras semillas nativas y que realizamos a través de los llamados Trafkintu, una práctica ancestral que antiguamente se hacía entre diversas comunidades y territorios. Un ejemplo de ello es que de la zona cordillerana donde habita el Pueblo Mapuche pewenche se traían los piñones a la zona de la costa y se intercambiaban por el trigo o las papas. El Trafkintu ha sido y es una práctica social, económica, solidaria y espiritual que retomamos con fuerza las organizaciones de mujeres de las comunidades y que se ha expandido a las ciudades en espacios como escuelas, liceos y organizaciones sociales. Es así que cada año a nivel local realizamos diversas actividades como nütram o conversatorios y seminarios para intercambiar conocimientos y promover la defensa y el cuidado de la madre tierra y los peligros existentes, como el calentamiento global y el actual sistema económico capitalista. El año 2019 en la ciudad de Santiago, el actual Gobierno de Piñera pretendía realizar la cumbre sobre Cambio Climático llamada COP25. Sin embargo, esta no ocurrió, siendo cancelada producto de la situación de crisis social y económica por la que aún atraviesa el país. En tanto, desde las organizaciones de mujeres campesinas e indígenas afiliadas a ANAMURI y a la Coordinadora Latinoamericana de Organizaciones del Campo, convocamos el día 10 de diciembre en Temuco a un seminario interregional denominado “Crisis Climática y Social, juntas y juntas enfriamos el planeta y proponemos alternativas al modelo neoliberal”. Aquí reflexionamos acerca de los fenómenos climáticos que están ocurriendo a nivel planetario y de sus efectos negativos en la pequeña agricultura familiar campesina y en la soberanía alimentaria de los pueblos. Otra de las temáticas expuestas tuvo que ver con la Asamblea Constituyente y el Estado plurinacional y paritario. Aquí, las mujeres campesinas e indígenas demandaron una nueva Constitución para el país que reconozca la plurinacionalidad. Durante el Estallido Social, iniciado el 18 de octubre de 2019, las organizaciones vinculadas a ANAMURI nos sumamos a las grandes protestas y movilizaciones para exigir cambios políticos y sociales como derecho a la salud, educación, pensiones dignas y por una nueva Constitución plurinacional y paritaria. Sin embargo, esta última demanda no es compartida por toda la sociedad mapuche, pues algunos sectores plantean que su lucha principal es por la autonomía territorial del Pueblo Mapuche. Asimismo, en Wallmapu se produjeron hechos como el derribamiento de estatuas de personajes históricos como Pedro de Valdivia y Cornelio Saavedra, entre otros, como símbolos de opresión y violencias hacia el Pueblo Mapuche. Es así que estas imágenes han quedado grabadas en nuestra memoria y nos hablan del inicio de un proceso de descoloni-
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zación de nuestras mentes y de una invitación a que los habitantes de Wallmapu comencemos a mirarnos, pensarnos, relacionarnos y tejernos de manera distinta. Los saberes y conocimientos que hemos ido adquiriendo desde pequeñas se fortalecen en nuestra edad madura escuchando a los futakeche (ancianos y ancianas), aunque hoy en día muchos de ellos se encuentran viviendo solos, una problemática que debemos conversar al interior de nuestras familias y comunidades. Antiguamente, las familias cuidaban de sus futakeche y sus voces eran muy respetadas, nos enseñaban acerca del respeto a la naturaleza, a escuchar, observar e interpretar sus señales. Una de estas señales se produjo en el mes de marzo del año 2019, cuando en algunas comunidades floreció la quila, lo que fue interpretado como “mala señal”, de la llegada de graves problemas, enfermedades, escasez y hambruna. En el pasado, cuando esto ocurría, la gente hacía ceremonias invocando a los espíritus de la naturaleza y se preparaba con alimentos y medicinas. Frente a la expoliación de los territorios es necesario establecer alianzas con otros sectores de la sociedad chilena, como ambientales, sindicales, de estudiantes y de mujeres diversas, y que se respeten nuestras propias formas de ver la vida, que tienen como base nuestra cosmovisión. En estos tiempos debemos recuperar y fortalecer nuestras prácticas ancestrales, entre ellas el Kelluzomowen o solidaridad entre mujeres (y ejercerlas), como lo hacían nuestras abuelas, que se ayudaban unas a otras. El siguiente testimonio lo ilustra. Antes se vivía en grupos […], las mujeres eran bien unidas, hacían todo junto, cuando pisaban el trigo, iban cantando […]. En ese tiempo cuando le pegaban a una mujer, entre todas arrinconaban a los hombres y no era fácil que la pasaran a llevar, eran más respetadas. Ahora no pasa eso. (Testimonio Chiñura Morales, Cholchol, 2014, en Edit: Álvarez y Painemal, 2015:13) El año 2019, las mujeres mapuche nos unimos en Temuco a la conmemoración del 8 de marzo, Día de la Mujer, y lo hicimos para apoyar las demandas de las mujeres feministas en su lucha contra la violencia patriarcal y contra el Estado que nos oprime y persigue también a nosotras. Hoy en día ha emergido con fuerza un movimiento feminista al cual respetamos y valoramos, pero no es algo que nos identifique plenamente, debido a que muchas de sus demandas no logran encajar con nuestra realidad y muchas veces se intentan imponer sus propias agendas, que para nosotras no son prioritarias. Como mujeres mapuche hemos venido planteando que nuestra principal lucha es por la autonomía político–territorial y colectiva como pueblo, sin dejar de lado nuestros derechos específicos como mujeres, como es nuestra salud afectiva, sexual y reproductiva, tomando en cuenta nuestra cultura y cosmovisión. No obstante, valoramos y reafirmamos la necesidad de seguir fortaleciendo las redes y alianzas con mujeres de distintos sectores del movimiento feminista, las cuales deben ser respetuosas y horizontales para construir una nueva sociedad diversa y erradicar el racismo y el patriarcado. Asimismo, como mujeres mapuche organizadas nos encontramos en un proceso de fortalecimiento interno, en que promovemos espacios de conversación entre mujeres diversas, tomando en cuenta las voces de las más ancianas y el traspaso de conocimiento a las más jóvenes.
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En el contexto de la crisis ambiental y sanitaria que vivimos a nivel mundial, reconocemos que nuestro principal enemigo es el capitalismo, causante de la depredación de nuestros bienes naturales: el agua, los árboles, las plantas medicinales y la desaparición de aves y animales. Es nuestro deber crear conciencia en la mayoría de la población que aún está adormecida y siente poco interés por el cuidado del planeta. Nuestras voces se construyen en sintonía con la madre tierra, escuchando a los pájaros, a los árboles y a nuestros sueños, fortaleciendo, de esta manera, nuestro espíritu y nuestro entorno. Es a partir de estas voces que nos construimos y reconstruimos para caminar por este sendero llamado vida y al que todos y todas estamos convocados.
Desafíos de la lucha por una vida libre de todo tipo de violencias Susana Huenul Colicoy. Comunidad de Historia Mapuche Tomaré “la posta” de este texto conjunto, luego de la contundente reflexión de Millaray, compartiendo plenamente su análisis. En particular, lo mencionado respecto a la diversidad de las organizaciones de mujeres mapuche, y sobre los temas transversales y compartidos por esta diversidad de sectores de mujeres organizadas y no organizadas, ya sea en el campo, en la ciudad, en organizaciones ambientales, campesinas y juntas de vecines, por mencionar algunas. Da en el clavo cuando dice que apostamos por el Buen Vivir, como un principio guiado por la soberanía alimentaria, la agroecología y la defensa de nuestros derechos como mujeres y a una vida libre de todo tipo de violencias, cada uno grandes temas en sí mismos y relacionados entre sí. Las descripciones y análisis de este escrito las realizo bajo una lógica de conocimiento situado que ha desarrollado la corriente feminista socialmente comprometida (Hernández, 2015:86), como trabajadora de la Oficina de Mujeres en la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Tirúa, a partir de lo que me ha tocado vivir y observar en diversas interacciones durante siete años ejecutando programas locales para el autosustento, acompañando mujeres y organizaciones, principalmente del campo, mediante la puesta en valor de los saberes locales, realizando iniciativas que cuiden y protejan el medio ambiente. En esto, la agroecología pasa a ser una potente herramienta, clave para potenciar factores protectores asociados al conocimiento de la huerta, las plantas, el bosque y el cuidado del agua, ya que, aun teniendo pocos recursos económicos, se puede acompañar procesos para y con las mujeres, que permitan avanzar hacia el autosustento. También me he vinculado con la temática de prevención de la violencia contra las mujeres, desde un rol de facilitadora y gestionadora de talleres con organizaciones y funcionarias/os públicos y a través de la coordinación de la Mesa Comunal por la No Violencia Contra la Mujer de Tirua, instancia que, según los lineamientos de SERNAMEG253, debiese ser coordinada por el Centro de la Mujer254. En nuestro caso, dado que no contamos
253 Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género. 254 En el contexto de elaboración de este capítulo, la Municipalidad de Tirúa y el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género de la Región del Biobío se encuentran instalando el Centro de la Mujer de Tirúa. Dispositivo fundamental para la prevención y atención psicosocial y jurídica de las mujeres que están viviendo violencia patriarcal.
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con ese dispositivo, nos autoconvocamos mensualmente. Participan de este espacio la asociación de tejedoras Relmu Witral, Hogar de Cristo, Fundación Mi Casa, Liceo Trapaqueante y oficinas de la Municipalidad de Tirua vinculadas con el tema. Desde mayo de 2018 el municipio no cuenta con profesional del área psicosocial dedicada al abordaje de la violencia contra las mujeres, y si bien existe el Programa de Salud Mental del Centro de Salud Familiar (CESFAM), las profesionales no dan abasto con la demanda que existe. En este escenario, como mesa nos reunimos para trabajar en aquellas acciones que seamos capaces de asumir desde nuestras distintas funciones, tales como la sensibilización mediante talleres, redes sociales y radio, como también para compartir información, brindarnos apoyo y autoformarnos en ámbitos más específicos de lo que implica enfrentar la violencia contra las mujeres. Como hito, realizamos cada año una caminata y un acto simbólico en el marco del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, para visibilizar esta problemática en el pueblo de Tirúa. En el año 2019, las mujeres mapuche y no mapuche de Tirúa caminamos todas juntas detrás de un lienzo que decía “Ni la tierra ni las mujeres somos territorio de conquista”. Este visibilizaba que la violencia hacia las mujeres está también determinada por el contexto y que desborda la idea de que la violencia solo ocurre en la casa y en la relación de pareja. El lienzo visibilizaba el impacto del violento proceso de colonización y la consecuente racialización de los cuerpos y el ejercicio de la sexualidad de las mujeres hasta el día de hoy. En base a esta experiencia compartiré algunas reflexiones en cuanto al actuar del Estado a través de los gobiernos locales y de la comunidad en esta materia, y profundizaré lo planteado por Millaray respecto a la defensa de nuestros derechos como mujeres y a una vida libre de todo tipo de violencias.
Violencias contra las mujeres en territorios rurales En un intento de caracterizar las situaciones de violencias que viven las mujeres mapuche y no mapuche en el campo, considero —en primer lugar— aquellas violencias estructurales, marcadas por lógicas económicas. Tal es el caso de la presencia de la industria forestal y las grandes extensiones de monocultivo de árboles exóticos como el pino y el eucaliptus. Se ha difundido mucho acerca de los impactos socioambientales de los monocultivos de las plantaciones forestales en territorio mapuche (Araya, 2003; Aylwin, Yáñez y Sánchez, 2013) como consecuencia de la disminución de bosque nativo, esto es, afectación en la disponibilidad de agua para consumo humano y riego; afectación en la disponibilidad de frutos y hongos silvestres; afectación a los sistemas económicos de oficios asociados al bosque, como recolección y cestería; y desmedro de la salud mapuche, pues las hierbas medicinales (lawen) crecen en el bosque, no en el monocultivo, y se han visto disminuidas según reportan los agentes de salud mapuche que las recolectan para sanar a las comunidades (Huenul, 2017:310). Otro ámbito de la violencia estructural ocasionada por la industria forestal, tiene que ver con el gasto estatal en policía para resguardar los intereses económicos de los due-
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ños de las empresas255. Esto ha significado la progresiva militarización del territorio, en ascenso desde el año 2014. La presencia de las fuerzas policiales deja en evidencia que el objetivo es proteger intereses privados, como lo indican decenas de testimonios que hemos recogido donde se denuncia que Carabineros no acude cuando mujeres o testigos de la violencia patriarcal han llamado pidiendo ayuda. Junto con lo anterior, existen otras características que afectan la vida de las mujeres. Tirúa, por ejemplo, es una comuna con una superficie de 624 km2 que presenta alta dispersión geográfica y baja conectividad hacia las zonas rurales, existiendo algunos sectores que cuentan con transporte subsidiado. Sumado a lo anterior, por la accidentada geografía de la cordillera de Nahuelbuta, la señal de teléfono también es débil. Estas son dos barreras de género que influyen en la problemática de violencia contra las mujeres dado que afectan, por ejemplo, la participación en organizaciones y/o talleres, la movilización a la ciudad a pedir ayuda, o poner una denuncia (física o virtualmente), contribuyendo al aislamiento y ausencia de redes que viven las mujeres víctimas de violencia. Por lo anterior, planteamos que las mujeres que viven violencia en contexto de pareja en el territorio de Tirúa, viven triple discriminación. En primer lugar, por ser mujeres, luego por su condición de pobreza y exclusión, que constituye una barrera para solicitar ayuda y, tercero, por ser mapuche. En cuanto a cómo hemos trabajado en prevención y abordaje de la violencia contra las mujeres, específicamente, en sensibilización, quisiera remontarme al año 2013 en que comencé a trabajar en la Municipalidad de Tirúa. Mi rol consistía en coordinar la Unidad de Familia en la Dirección de Desarrollo Comunitario, que estaba compuesta por la Oficina de Infancia, la del Adulto Mayor, la de Discapacidad y la de Mujeres, esta última también bajo mi responsabilidad. Asumí esta tarea con mucho compromiso ya que estaba muy motivada con trabajar en desarrollo comunitario. Dado que mi formación es en comunicación social, es decir, no me formé para ejecutar políticas públicas, intenté aplicar lo que había aprendido en el Programa Servicio País y en una maestría en antropología social que pude realizar gracias a una beca que obtuve el año 2008. Durante la fase de diagnóstico, entre mayo y diciembre de 2013, se evidenció la necesidad de trabajar en sensibilización, pues en las distintas instancias de diálogo aparecían creencias y pensamientos asociados a justificar la violencia que vivían las mujeres, un rechazo a querer abordar el tema y pérdida de confianza en las instituciones por malas experiencias de quienes habían vivido violencia y habían denunciado. En cuanto a la atención de las víctimas, en ese tiempo el Centro de la Mujer (CDM) de Cañete tuvo por varios años un equipo relativamente estable y atendía casos en Tirúa y el Municipio de Cañete. Entre enero de 2014 y mayo de 2018 contó con una trabajadora social a cargo de recibir denuncias, acompañar y/o derivar casos de violencia y mantener activas las redes. Durante ese periodo realizamos permanentemente talleres con organizaciones y trabajadoras/ es municipales, conversatorios y puerta a puerta, en coordinación con el CDM de Cañete. Posterior a eso, han transcurrido dos años en que no se cuenta con dispositivos para atender a víctimas de violencia en contexto de pareja. Algo que probablemente viven mu255 Para profundizar en el conflicto forestal en territorio lavkenche, ver ¡Xipamün pu ullka! La usurpación forestal del lavkenmapu y el proceso actual de recuperación. Pu lov y comunidades en resistencia, 2017.
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chas comunas de Chile y donde la forma de operar es cubrir la atención comunal en el CDM más cercano y de otra comuna. La particularidad de Tirúa es que lo hace en medio de un territorio atravesado por el conflicto del Estado de Chile con el Pueblo Mapuche, donde una de las principales formas de protesta es el corte y toma de caminos, impidiendo el traslado de las profesionales del CDM de Cañete o de las mujeres de Tirúa al CDM de Cañete. Esto fue alertado al Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género post Estallido y revuelta social de octubre del 2019, porque estos cortes se hicieron más recurrentes y, por ende, se vio totalmente suspendida cualquier tipo de atención. En estos dos años, la Mesa Comunal por la No Violencia se ha mantenido trabajando en la tarea de sensibilización, pues para poder avanzar, debemos ir derrumbando los estereotipos de género que constituyen los patrones de pensamiento machista y la normalización de la violencia. En este contexto, hemos facilitado procesos para que —mediante metodologías participativas y dialogantes de trabajo, de compartir e intercambiar entre mujeres— estas barreras se vayan derribando. En este camino una herramienta útil ha sido el enfoque de derechos, pues las conversaciones entre mujeres acerca de sus derechos, en un mediano plazo da como resultado que sean ellas mismas quienes identifiquen la violencia como una vulneración que no debe suceder. Las conversaciones entre mujeres han sido y son una gran herramienta para ir avanzando hacia una vida sin violencia. Desde la cosmovisión mapuche tomamos la idea del nütram, de la conversación, para ir conociéndonos, generando confianzas y acompañarnos para crecer juntas. En un encuentro de mujeres en el marco del Día Internacional de la Mujer de este año, organizado por la Red de Mujeres del Lavkenmapu y la Mesa por la No Violencia, en conversaciones grupales las mujeres identificaron la violencia económica y patrimonial, expresada en aquella dependencia económica que les dificulta salir de la dinámica de violencia. En cuanto a la violencia psicológica, sobresalen las referencias a “ninguneos” y menosprecios que viven algunas mujeres que se organizan o buscan desenvolverse en la vida pública. En cuanto a la violencia sexual, aparecen relatos asociados al control de la reproducción e identificaron también la violencia obstétrica. Las mujeres relatan lo traumático y violento que fueron sus partos por los tratos recibidos, por lo que valoran que se haya avanzado recientemente en este tema, dado que en el Hospital de Cañete existe la posibilidad de optar al parto respetado con pertinencia cultural. La violencia simbólica aparece asociada a la reproducción de estereotipos que sindican a las mujeres como responsables de la violencia que viven. La violencia física aparece como la más cotidiana de las violencias. ¿Quiénes tienen responsabilidad y deber en la prevención de la violencia contra las mujeres? La prevención de la violencia contra las mujeres es un tema de derechos humanos a nivel internacional sobre el cual se han establecido tratados y convenios ratificados por los Estados parte de las Naciones Unidas. El Estado de Chile ha ratificado la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación (CEDAW), adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 (Decreto 789 del 27 de octubre de 1989) y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar
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la violencia contra la mujer (Decreto 1640 del 26 de septiembre de 1998), más conocida como la Convención Belém Do Paré, en 1994. La Convención Belém Do Paré, en lo referido a los deberes del Estado, exige actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer (art.7, letra f). Así también, consigna el suministro de los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea el caso, y cuidado y custodia de los menores oportunos y el acceso efectivo a tales procedimientos (art. 8, letra d). Esta Convención es el principal respaldo para el diseño de políticas públicas, y los 109 Centros de la Mujer con los que cuenta el Estado de Chile son parte de la respuesta a los compromisos internacionales en materia de violencia hacia las mujeres. De este modo, es evidente el rol de las políticas públicas de carácter centralizado y descentralizado, como herramientas para generar algunas de las transformaciones necesarias que permitan avanzar hacia un Buen Vivir de las mujeres. Se hace necesario revisar el rol de los municipios, en tanto unidad mínima del Estado de mayor cercanía con la población, como un actor relevante en garantizar los derechos de las mujeres y la incorporación del enfoque de género. En tanto unidad mínima del Estado, les corresponde a los municipios hacerse cargo del artículo 5to de la Constitución de la República, que señala: “es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. El SERNAMEG cuenta con programas cuya cobertura no alcanza para todos los municipios del país. Además, por ejemplo, en el caso del Programa Jefas de Hogar, las municipalidades deben aportar con un porcentaje para el funcionamiento del programa, que en el caso de municipios altamente dependientes del Fondo Común Municipal256 se hace más complicado de ejecutar. Los municipios destinan recursos de este fondo para la ejecución de planificaciones locales que resultan insuficientes para implementar programas de mediano plazo o no consideran financiamiento para costear los equipos de profesionales que se requieren. Lo mismo ocurre con los Centros de la Mujer (CDM) que administra directamente el SERNAMEG en convenio con las municipalidades. De los 346 municipios que existen en el país, actualmente existen solo 109 CDM257, es decir solo el 31,5% de los municipios de Chile cuentan con uno. A lo anterior, cabe sumar la desconexión que existe entre la distintas reparticiones del Estado, ya que en los casos en que el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género a través de los programas del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género no pueda llegar a las comunas, deberían ser los municipios quienes aterricen la política pública nacional en materia de violencia hacia las mujeres, sobre la base de la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece dentro de la naturaleza de los municipios —en tanto corporaciones autónomas de derecho público— la finalidad de satisfacer las necesidades de la comunidad 256 El Fondo Común Municipal establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades es un mecanismo redistributivo de los ingresos propios entre las municipalidades del país, que consiste en que los mayores aportes de las municipalidades con más recursos se destinan al financiamiento de aquellos municipios con menores recursos, como es el caso de la Municipalidad de Tirúa, que depende casi en un 100% de este fondo para su funcionamiento. 257 Consulta en página www.sernameg.gob.cl, junio 2020.
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local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas. Algo que es muy complejo cuando la palabra “mujer” aparece una vez en todo el documento de la ley, artículo 4, letra k, el cual indica que las municipalidades podrán desarrollar funciones relacionadas con “la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres”. Organismos internacionales de derechos humanos, como Naciones Unidas y la CEPAL, han hecho reiteradas recomendaciones a los Estados parte a que hagan transversal el enfoque de género en sus políticas nacionales, centrándose en el rol que les compete a los gobiernos locales por su cercanía con la comunidad. Los municipios pueden llegar a tener mayor agilidad para implementar esos procesos, porque son menos los actores, más pequeñas las distancias para los encuentros, el control social sobre el derecho a la participación y a la toma de decisiones puede activarse rápidamente y esos ejemplos pueden servir como laboratorio de experiencias. (CEPAL, 2016:38) Estos argumentos se diluyen en la burocracia, no existe supervisión o vigilancia del cumplimiento de los decretos que promulgan los tratados, de tal modo que en aquellos municipios donde no existen Centros de la Mujer, queda a criterio de las gestiones municipales el abordar o no los temas de violencia contra la mujer. A nivel local, y pese a todas las declaraciones mencionadas, observamos el completo desamparo de las mujeres mapuche, campesinas, que sufren violencia en comunas donde la política pública del nivel central no llega. Y los municipios no priorizan presupuesto, por tanto, no se cuenta con profesionales con todas las capacidades que se requieren para abordar las situaciones de violencia que viven las mujeres. Urge destacar lo escasamente abordados que son los problemas psicosociales por parte del sistema público. Destaca una baja comprensión sobre la importancia del tipo de profesional que se desempeñe en estas áreas, requiriendo formación y especialización en el abordaje de la violencia en contexto de pareja. Algo que parece tan obvio, en muchos municipios no lo es. Muchas veces se termina abordando el tema a la ligera, sumándose una alta rotación de profesionales en las comunas rurales, lo que termina vulnerando doblemente a las personas. En diferentes espacios de diálogo con mujeres del territorio se nos ha relatado que no se confía en las instituciones por experiencias de denuncias que no llegaron a nada, dada la negligencia del Estado en su atención a las mujeres. Esto sería completamente evitable si la institucionalidad comprendiera y se hiciera cargo de la magnitud del problema social y político que se enfrenta cuando se trata de violencia patriarcal. Es ineludible el desafío de dotar de una arquitectura institucional y de capacidades a los gobiernos locales en beneficio de las mujeres. Se requiere una normativa que garantice que en todos los municipios exista la figura del Centro de la Mujer, conformada por una triada psico–socio–jurídica, es decir, psicóloga, trabajadora social y abogada, con el fin de entregar una atención integral a las mujeres, no solo enfocada en acompañar en una situación de violencia, sino también en acompañar a aquellas que deciden rehacer su vida. Aquí quiero destacar que materializar ese trabajo integral requiere de equipos interdisciplinarios, conducción técnica y fuerte trabajo en red, tres aspectos fundamentales para una atención integral a las víctimas.
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Quienes compartimos el principio básico de que las mujeres víctimas de violencia merecen la mejor atención, debemos reflexionar sobre los modos en que nos aproximamos a la realidad, más cuando esta se encuentra atravesada por una violencia política normalizada. Debemos incidir para que prime un enfoque psicosocial que vincule a las personas con su entorno y el contexto histórico en que se da esta interacción, donde las emociones, sentimientos, pensamientos, acciones y simbolismos serán producto de esta relación e inseparables de la realidad concreta de vida de las personas. Al incluir el análisis del contexto sociopolítico y sus raíces económicas, este enfoque contribuye al desvelamiento de las relaciones de poder que subyacen en las experiencias de la persona, en sus lazos sociales, en su visión del mundo, así como en el lugar en que se ubica en la estructura social. (Aluna, 2015:10) Existen situaciones de violencia contra la mujer asociadas a otras problemáticas presentes en los territorios, como consumo problemático de alcohol, que acentúan la situación de violencia y requieren de un acompañamiento integral, coordinado y sostenido en el tiempo. Este acompañamiento, junto con enfrentar el problema, tendrá que enfocarse también en potenciar factores protectores que les permitan a las mujeres salir de la dinámica de violencia.
Respuesta comunitaria a la violencia contra la mujer Junto con exigirle al Estado que cumpla lo establecido en la Convención Belém Do Pará, en la Mesa por la No Violencia hemos conversado sobre el desafío de incidencia que tenemos para que la prevención de la violencia contra las mujeres se incorpore en la agenda de las diversas organizaciones de la comuna. La prevención comunitaria de la violencia es un desafío en el que no hemos podido avanzar y lo visualizamos como un trabajo de mediano plazo, que requiere de una planificación seria y de personas que lo dinamicen. Países hermanos de nuestra Abya Yala258 tienen camino recorrido en el abordaje comunitario de la violencia que enfrentan las mujeres259 y pueden orientar las acciones que tenemos que realizar para ir avanzando a un modelo territorial con base en el conocimiento propio: el conocimiento mapuche. Una vez más deberemos hacer uso del nütram como herramienta para resolver nuestros asuntos, e iniciar conversaciones con dirigentes y así, de a poco, ir abonando el terreno para que la cosecha sea instalar el tema de la violencia de pareja en la agenda comunitaria. Con esperanza vemos la realidad de las ciudades donde las organizaciones de mujeres llevan más camino recorrido en cómo enfrentar la violencia de manera comunitaria. Sin embargo, en el campo es distinto —como hemos argumentado a lo largo de este apartado—, por eso, el desafío también está en cómo, desde nuestros distintos roles y posiciones, aportamos en la construcción de un tejido social sensible ante la violencia contra las mujeres y que tome posición en tanto es una problemática social y de salud. 258 La tierra que habitamos y que hoy se conoce como América a propósito del proceso de colonización. 259 Un análisis desde la antropología sobre esto en el libro Exigiendo justicia y seguridad. Mujeres indígenas y pluralidades legales en América Latina, coordinado por Rachel Sieder, CIESAS, Ciudad de México, 2017.
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A modo de síntesis Estos dos relatos y análisis nos permiten observar los puntos de encuentro de los diversos feminismos —hegemónicos, populares, comunitarios, radicales, campesinos y mapuche– feministas— con las organizaciones de mujeres mapuche que no se identifican necesariamente con los feminismos porque los entienden como parte del proceso de colonización. El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia es sin duda el principal punto de encuentro, pero incluso allí hay distinciones importantes a propósito de un territorio– cuerpo cruzado por la violencia colonial, empresarial extractivista, institucional militarizada. Las mujeres mapuche no hablan de una sola violencia, hablan en plural para visibilizar todas las estructuras de dominación que cruzan con violencias sus cuerpos. A propósito de la revuelta social de octubre del 2019 y de cómo se expresaron en los distintos territorios organizados en Chile los saberes insurgentes de las mujeres mapuche, de las mujeres populares y también campesinas, de las experiencias de vida de trabajadoras sexuales, de las trabajadoras de casa particular y tantas otras, muchas feministas nos empezamos a cuestionar las categorías superpuestas a nuestro proyecto político, social, cultural y económico. Asumíamos que el feminismo era anticolonial, antipatriarcal, antirracista, anti capitalista neoliberal y de clase, por ende, enunciarnos feministas suponía que asumíamos como propia la lucha del Pueblo Mapuche y la historia tejida de las mujeres mapuche. Sin embargo, llamarnos feministas a secas implica un trabajo político de densificación de nuestro proyecto/lucha, del que no nos hemos hecho cargo del todo. Es importante asumir que nuestra lucha está cruzada por mucho clasismo, racismo y misoginia y que no todo lo que se llama feminismo lo es. No es fácil desprenderse de la mirada y las prácticas patriarcales, racistas y clasistas en la que muchas hemos sido socializadas. “Darse cuenta” implica un proceso de autobservación constante, de una toma de conciencia no solo objetiva, sino que también subjetiva, para no reproducir los patrones de relacionamiento del patriarcado, del racismo y de lo aspiracional. Este proceso sin duda no tiene fin y, en consecuencia, los adjetivos que ponemos al feminismo que nos mueve nos seguirán acompañando por mucho tiempo. Independientemente de lo anterior, algunas feministas vemos con esperanza lo que se teje en cada huerta familiar mapuche, en cada hilado y witral lavkenche, en cada lawen que prepara una machi y en cada cocina de las mujeres mapuche. Somos conscientes de aquellas políticas de resistencia que hoy se vislumbran —a propósito de lo visibles que se hacen durante el Estallido y la revuelta social— como proyectos de vida posible no solo para las y los mapuche, sino que también para tantas y tantos mapuche y no mapuche que queremos caminar hacia el buen vivir en equilibrio, buscando que perdure en el tiempo el ixofillmogen.
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Balance del año y reflexiones finales desde la sociedad chilena Juan Carlos Skewes 260 Roberto Morales U.261
El año se cierra con una de las banderas mapuche, el Wenüfoye, izado en el corazón de la protesta social, tomando el lugar del general Baquedano en la Plaza de la Dignidad. Los nombres de Camilo Catrillanca y Matías Catrileo se vocean en las calles, la garra blanca y la movilización social se hermanan con las demandas y luchas mapuche. No obstante, la autoridad da un portazo a la idea de un proyecto plurinacional y se resiste a las cuotas para los pueblos originarios para la elaboración del proyecto de nueva Constitución, lo que pone de manifiesto Verónica Figueroa Huencho, en este texto. La crisis mundial derivada de la pandemia del coronavirus entra a jugar un papel incierto, pero probablemente, definitorio en esta situación. La tendencia global ha sido, hasta la fecha, abril de 2020, la de robustecer a gobiernos autoritarios y de servir para legitimar formas coercitivas de imponer la autoridad, lo cual resultaría favorable en lo contingente al Gobierno chileno. No debe olvidarse, empero, que lo vivido el 2019 no es sino un episodio más de la larga y compleja relación entre el Pueblo Mapuche y el Estado chileno tal como lo subraya Tricot en este texto. La dicotomía puede ser engañosa: entre la tozudez gobernante y las movilizaciones sociales hay una compleja red de relaciones en la que conviene detenerse a la hora de mirar el año 2019, año que se inicia con algunos hitos que bien identifica Sergio Caniuqueo (2019): la impunidad en el crimen de Camilo Catrillanca, la denuncia relativa a la adquisición ilegal de tierras mapuche por parte del Subsecretario de Interior en marzo y el fracaso de la Consulta Indígena. A estos hitos habría que 260 Universidad Alberto Hurtado, jskewes@uahurtado.cl 261 Universidad Austral de Chile, robertomorales@uach.cl
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agregar la Operación Huracán que, en 2017, mediante un burdo montaje de inteligencia policial, logró encarcelar a ocho personas, incluyendo a Héctor Llaitul, a su hijo del mismo nombre, a David Aedo, Martín Curiche, Claudio Leiva, al machi Fidel Tranamil y a los hermanos Rodrigo y Jaime Huenchullan. Esta operación, que concluyó con la remoción del alto mando de Carabineros, puso en evidencia ante el país la impunidad con que la fuerza policial ha obrado en el territorio mapuche y por el flagrante estado de injusticia en que vive ese pueblo, tal como se plantea en el capítulo 5 sobre la justicia. No fue menor el impacto que produjeron otros incidentes como la denuncia de las irregularidades en el pago de sus contribuciones por una casa en el lago Caburgua del presidente. Este caso, más allá de lo puntual, debe leerse en una perspectiva más amplia. Como más adelante analizamos, una de las fuentes de la actual desposesión de las comunidades mapuche es la expansión inmobiliaria tanto en las zonas de atractivo turístico como en las áreas periurbanas de La Araucanía y otras regiones del sur de Chile262. El presidente, según lo describe Salazar Salvo (2009), inicia su fortuna en el mercado inmobiliario y nunca se ha separado de él. Entre muchos otros proyectos, el Parque Tantauco en Chiloé es un ejemplo de desposesión de las comunidades originarias en el territorio (Mapuexpress, 2017). Volveremos a este punto toda vez que las políticas que orientan al Gobierno en su afán por “modernizar” La Araucanía se centran en la privatización de las tierras mapuche, dando continuidad a los DL 2568 y 2570 de la dictadura. Estos hechos, que bien pueden ser considerados como detonantes del Estallido Social, demuestran el tipo de sensibilidad de los gobernantes y de quienes lucran sobre la base del despojo, y que siguen viendo a los pueblos indígenas como los otros extraños, como amenaza permanente, como a quienes se debe controlar y civilizar. La historia de las políticas instaladas desde el poder estatal nos muestra esa consistencia persistente desde la Conquista y Colonia en adelante. En efecto, el trasfondo de la gestión gubernamental en el Wallmapu se da en un contexto de una vertiginosa expansión del capital en áreas que no solo son de la preocupación de la autoridad, sino que en ella existen también intereses propios invertidos. La conmemoración del tercer año de la muerte de Macarena Valdés en extrañas circunstancias asociadas a un proyecto hidroeléctrico de la transnacional RP Global S.A. en Tranguil evidencia la concomitancia entre inversión económica, criminalización de la resistencia y muerte, la cual es transversal en el país. Su nombre, desde la comunidad de Nehuen en Panguipulli, se relaciona al del dirigente también fallecido Alejandro Castillo de Quintero, y al defensor ambiental mapuche Alberto Curamil, encarcelado por segunda vez en agosto de 2018 y absuelto al concluir el año 2019. La resistencia frente al avance del capital traspasa las fronteras culturales y se materializa a partir del 18 de octubre en la reivindicación por el agua como derecho. Este tránsito podría ser esperanzador toda vez que aúna reivindicaciones hasta entonces percibidas como dispares y que se reconocen en la lucha contra el capital. La interrogante que motiva este capítulo se plantea en torno a cómo, desde la “perspectiva chilena” se replantean las relaciones entre el Pueblo Mapuche y el Estado chileno después del Estallido Social. En su dimensión política esta perspectiva no es otra que la de 262 Siendo el despojo territorial una constante de la chilenidad predominante, la que se resistió a los procesos de reforma agraria, una de cuyas derivaciones fue la restitución de tierras a sectores del Pueblo Mapuche.
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las clases gobernantes y hemos de diferenciar en ella a algunas otras miradas que, desde la exclusión, se hacen presente en el escenario actual (sin obviar que temas como el racismo y la discriminación han infiltrado parte importante del cuerpo social en nuestro país). Para avanzar en una respuesta a esta pregunta necesitamos, en primer término, establecer ciertos criterios generales que enmarcan esa relación. Luego tomaremos como referencia y a modo de ilustración, la incorporación de algunos de los reclamos y demandas mapuche en el contexto de la movilización social para, después, concentrarnos tanto en el posicionamiento del Gobierno como del empresariado regional y nacional respecto de la “paz en La Araucanía”, tal como la definen, sin obviar las elaboraciones teóricas provenientes del mundo intelectual chileno. Esta perspectiva permite inferir las dinámicas más probables de ocurrir en el periodo entrante y las que se caracterizan —de mantenerse la actual situación— por una intensificación focalizada de la conflictividad intercultural con una demarcación cada vez más clara de las fronteras entre chilenos y mapuche, a pesar de las muchas oportunidades que se abren en un sentido contrario.
Consideraciones iniciales La relación entre el Pueblo Mapuche y el Estado chileno están marcadas más por el despojo, el desprecio y el oportunismo que por una relación propiamente política entre pueblos que conviven en un mismo territorio. Durante el siglo XX, hubo, por parte de las organizaciones y dirigentes mapuche, el intento de defender derechos y tierras por la vía institucional, creando organizaciones y militando o apoyando a partidos políticos chilenos (Chihuailaf, 2005). En este periodo hubo algunos signos alentadores, sobre todo al empezar la década de los 1970 y en los inicios de la transición democrática con los Acuerdos de Nueva Imperial (Organizaciones Indígenas Mapuches, Huilliches, Aymaras y Rapa Nui, 1989), los que, paradojalmente, marcan el epílogo de la vía institucional, tal como lo sugieren Tricot y Bidegain en este libro. En adelante, el autonomismo, la lucha por el reconocimiento y la soberanía serán los pilares principales de la demanda mapuche. En este contexto, el Estado chileno no logró madurar una visión consistente con su plurinacionalidad. Incluso en los sectores progresistas hay un reconocimiento de su incapacidad para responder a los desafíos que plantea el Pueblo Mapuche. Bosco Parra, dirigente de la Izquierda Cristiana, por ejemplo, reconocía en 1975 que “Nos preocupa la subestimación del problema mapuche. Ahí hay una auténtica cuestión nacional no resuelta” (citado por Chihuailaf, 2005, p. 165). Y la cuestión siguió sin resolver. Por el contrario, lo que ha prevalecido ha sido el desprecio, la exclusión y el oportunismo político. La contingencia no es, como lo hemos señalado, sino un episodio más de una larga historia, tal como lo sugiere en este libro Tito Tricot. En este periodo, el actual Gobierno de Chile se ha obstinado en circunscribir el tema mapuche a la región de La Araucanía, por una parte, y, a la violencia, por la otra, planteando como alternativa la modernización y el crecimiento económico para la integración (en realidad asimilación) del Pueblo Mapuche. En este ejercicio, el Estado chileno, tal como lo subraya en este libro Nancy Yáñez, al no alcanzar los estándares internacionales, ha erosionado profundamente los derechos territoriales del Pueblo Mapuche. El incumpli-
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miento de los acuerdos internacionales en la materia, junto con la focalización regional y la imposición de un Estado de Derecho, han permitido a la autoridad desplegar sus intereses en desmedro de as comunidades locales y valiéndose del racismo como un recurso propagandístico para lograr sus fines. Estas estrategias se infiltran en un sentido común generalizado en buena parte de la población chilena y merecen ser discutidos someramente a objeto de contextualizar el análisis que sigue. Contrariamente a lo que a la autoridad conviene definir, el Pueblo Mapuche habita en todo el territorio chileno, estableciéndose la principal concentración demográfica en la Región Metropolitana, seguida por La Araucanía, Los Lagos, Bio–Bío, Valparaíso y Los Ríos (ver Figura 1). La artificiosa circunscripción territorial que el Gobierno propone como su objetivo se ve desbordada en los hechos por la presencia no solo como habitante pasivo, sino organizado según las posibilidades que permite la institucionalidad estatal y cada vez más, en modalidades propias que validan sus autoridades ancestrales. Figura 1: Distribución de la población mapuche por regiones en Chile. Arica Atacama Tarapacá Antofagasta Coquimbo Aysén Magallanes Maule O’Higgins Valparaíso Los Ríos Bio-Bío Los Lagos Araucanía Reg. Metrop. 0
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700000
Fuente: Unidad de Estudios y Estadísticas de Género, 2018.
Un 80% del total de población declarada como indígena se reconoce a sí misma como mapuche, convirtiéndose en el principal pueblo originario del país. Hacia la zona sur, entre las regiones de Los Ríos y Magallanes, la serie histórica registra un aumento progresivo de la población mapuche–huilliche: más de 120.000 personas se adscriben a esa categoría. Es de destacar que en la Región de Magallanes residen sobre 30.000 personas auto adscritas como mapuche (IEA y Asociaciones Mapuche/Williche y Kawésqar, 2019). Esta última cifra confabula contra el imaginario “araucanizante” de la autoridad al expandir la presen-
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cia mapuche sobre la Patagonia, incluyendo las regiones de Aysén y Magallanes, además del sur argentino (Gundermann et al., 2009)263. La presencia mapuche no se circunscribe, pues, al ámbito nacional. Por el contrario, en Argentina, y muy particularmente, en las provincias del sur se concentra una población de cerca de 80000 personas, cifra del último Censo disponible (2005) (ver Figura 2). Figura 2: Distribución de la población mapuche por provincias en Argentina.
Resto del país
Buenos Aires La Pampa y resto de la provincia de B. Aires Chubut y provincias del sur 0
200000
400000
600000
800000
Fuente: Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), 2015.
Esta población, especialmente en los últimos veinte años, ha reactivado lazos que devienen de la historia cordillerana más profunda en la región, anterior, paralela y posterior a la formación del Estado chileno (Bello, 2011; Huñinir, 2018; Moesbach, 1936; Zavala, 2008).264 Finalmente ha de subrayarse la migración forzada de más de un centenar de exiliados mapuche que con motivo del Golpe Militar debieron viajar a Europa, donde levantaron organizaciones y han hecho oír sus voces desde entonces (Chihuailaf, 2005). “Se mantienen lazos solidarios”, sostiene Arauco Chihuailaf, “con organizaciones de Chile y se actúa en la perspectiva del porvenir, reivindicando la autonomía y la diversidad cultural, demanda que revierte la idea de “unidad” e identidad de la nación chilena planteada por los grupos dirigentes desde el siglo XIX hasta hoy, y que el discurso historiográfico contribuyó a difundir y consolidar. La construcción de esa unidad de la nación no ha dado cabida al Pueblo Mapuche y ha generado discriminación.” (p. 168–9). Reducir la situación del Pueblo Mapuche a una región —La Araucanía— expresa la intencionalidad política de mejor controlar y subordinar. Asimismo, generalizar a partir solo de antecedentes de esa región, tendencia equívoca de gran parte de los estudios acerca 263 El Premio Nacional de Historia, Sergio Villalobos, es un ideólogo que llega a ser majadero en la proclamación del “araucano” como figura retórica referida más al pasado que al presente, donde, en su opinión, prima “lo chileno”. Tan reiterado ha sido su argumento y los debates suscitas que no vale la pena extenderse aquí en ello. 264 Los itinerarios mapuche transfronterizos encuentra expresión, además, en la producción audiovisual. Ver, por ejemplo, Wichan- EL Juicio (1994) de Magali Meneses (https://www.youtube.com/watch?v=51wItf79ABs) y La antigua ruta al Puel Mapu (2001) de Juan Carlos Gedda (http://www.alsurdelmundo.cl/ASM/documentales.htm).
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de los mapuche, invisibiliza las particularidades de las múltiples identidades territoriales, constituidas dinámicamente en procesos de larga data y oscurece realidades a través de las que lo mapuche se articula y encuentra expresión nacional e internacional. Realidades tales como, entre otras, la concentración urbana, la intensa movilidad histórica y actual que caracterizan a la sociedad mapuche, y la formación de una intelectualidad que adquiere reconocimiento y prestigio en medios académicos, artísticos y culturales. La tergiversación territorial y demográfica expresa la intención política de mantener el control sobre una población sometida a un Estado que le es ajeno (y hostil) y se refuerza con una política que restitución de suelos que, como sugiere Nancy Yáñez en este libro, termina por favorecer a particulares que usufructúan de la plusvalía generada por esta vía. Al mismo tiempo, las perspectivas racistas permiten ocultar las raíces del problema para estigmatizar la protesta como una forma de justa reivindicación de los derechos territoriales, tal como sugiere Tricot en esta publicación. Este ha sido la tónica con que las elites (y parte del pueblo también) han encarado la relación con la sociedad mapuche, tal como lo hace ver el escritor Jaime Valdivieso (2000, p. 34): Una paciente relectura de nuestro pasado, (...) nos demuestra, cómo, por debajo de una pretendida estabilidad y de una ideología democrático–republicana, se escondía una carga desconocida de prejuicios racistas y una larga tradición de represiones. Se hace necesario, por lo tanto, revisar nuestra imagen de Chile, y de nosotros mismos (ya que en cada uno de nosotros, perdura ese desconocido pasado), con el objeto de reajustar y precisar nuestra identidad hasta ahora obcecadamente falseada, y traer a la conciencia aquella otra historia, y aquel otro discurso racista, escamoteado, para que se complete el espejo en el cual nos reflejamos. La obstinada persistencia de este racismo tal vez encuentre su mejor explicación en la reflexión que Sartre (1948, p. 24–5) hace acerca del antisemitismo. El racismo en lo que nos concierne, no es solo la alegría de odiar … (sino que) … procura placeres positivos: al tratar al judío como un ser inferior y pernicioso, afirmo al mismo tiempo que pertenezco a una ‘élite’, la cual (…) se parece en todo a una aristocracia de nacimiento. Yo no tengo nada que hacer para merecer mi superioridad. Y tampoco puedo perderla. Me ha sido dada de una vez por todas: es una cosa. El nacimiento de tal aristocracia —los hacendados, en el caso que nos preocupa— es el fruto de la usurpación de tierras que da origen a la propiedad privada en lo que se da en llamar La Araucanía (Klubock, 2014; Pinto, 2003). La cosa es el privilegio que se protege tras el racismo, y “esa carga desconocida de prejuicios racistas” encuentra su origen en el orden colonial, tal como lo atestigua el testimonio del misionero Miguel de Olivares y que no es especialmente distinto de los reclamos del Instituto de Libertad y Desarrollo (2003) que más adelante citamos: pero los [hacendados] del partido de Chillán no tienen el goce de las hermosas tierras de su cordillera sin el gravísimo azar de los robos de los indios pegüenches. Estos andan vagantes en frente del territorio de la ciudad de Chillán, cordillera de por medio (…) Más atendiendo al exterior de las cosas, nos parecía no hallarse motivo moral, ni político
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para disimular y dejar impune la violencia de este despojo. (citado por Figueroa–Zuñiga, 2019, p. 202) El racismo ha permitido asegurar derechos mal habidos y la tozudez de las clases gobernantes es estructural: el reconocimiento importa cesión de derechos, lo cual se basa en la negación del otro como sujeto productor de conocimientos válidos y se reafirma a través del eurocentrismo, el etnocentrismo, el antropocentrismo y el predominio de un razonamiento utilitarista. “El proceso de construcción de la identidad nacional se realizó, así, desde un ideario político, científico y académico en el cual se asociaba a Europa con connotaciones raciales de superioridad” (Mitnick, 2004, p. 100). Ideario que se perpetuó a través de formas más silenciosas de racismo como lo fueron la educación eurocéntrica y la supresión de la lengua (Loncon y Antileo, 2019). Así se han creado las condiciones para el dominio colonial, el patriarcado y la explotación, extrayendo conocimientos para controlar el ejercicio del poder. A partir de la exclusión de origen se niega al Pueblo Mapuche el ejercicio de la historicidad en su condición de sujeto colectivo, intentando destruir su capacidad de actuar políticamente. El desarrollo de las demandas de las organizaciones mapuche a partir de fines del siglo XX ha permitido que el estigma racista, paradójicamente, se constituya en un motivo tanto para su consolidación identitaria como para robustecer sus reivindicaciones políticas, como lo sugiere Duquesnoy (2015), tarea que en tiempos actuales asumen particularmente las mujeres mapuche cuyo entroncamento con los movimientos feministas no deja de ser complejo, tal como lo subrayan en este libro Millaray Painemal Morales y Susana Huenul Colicoy. “Nuestra lucha esta cruzada por mucho clasismo, racismo y misoginia y que no todo lo que se llama feminismo lo es. No es fácil desprenderse de la mirada y las prácticas patriarcales, racistas y clasistas en la que muchas hemos sido socializadas”. No obstante, subyacen a estas complejidades el hecho de que el racismo, la misoginia y el clasismo terminan por movilizar fueras políticas en las que convergen pueblos sometidos a ambos lados de las fronteras que históricamente les han sido impuestas.
Lo mapuche en la protesta popular La evasión con que comienza la protesta abre los torniquetes para visibilizar las muchas causas comunes que enfrentan mapuche y no mapuche en Chile. Chilenas y chilenos movilizados experimentan en carne propia lo que a diario sufre el Pueblo Mapuche, como se subraya en la contribución del Centro de Investigación y Defensa Sur en este libro. Conviene aquí establecer la distinción entre el Pueblo Mapuche y lo mapuche. En stricto sensu es lo segundo que ha permeado más intensamente la protesta callejera en el país, intensificada a partir del 18 de octubre. La multiplicación de los íconos provenientes del mundo mapuche, la defensa de sus caídos, las canciones que se han creado en relación con ellos, en fin, este conjunto de expresiones culturales da cuenta de la identificación que el pueblo chileno movilizado expresa respecto de la violencia del Estado y el sometimiento de los pueblos originarios. La identificación con lo mapuche tiene huellas profundas que a lo largo de la historia se ha negado y reprimido. El pueblo chileno es mapuche no obstante no ha querido serlo.
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“A diferencia de otros países de la región, el mestizaje no se tradujo en un proceso activo de síntesis cultural, sino que ésta quedó marcada por la negación” (Mitnick, 2004, p. 105). A lo largo de buena parte de su historia, el pueblo chileno se ha situado en la posición de aquel que reniega de su condición de origen a condición de granjearse el reconocimiento de los otros, ocultando y reprimiendo aquello que evidencia de lo que es originario. Con el desvanecimiento del mito de los jaguares de América, el doloroso tránsito de la apatía de los tiempos en que nada valía la pena hacer, se pasa a la época en que hagamos todo porque nada importa. Tanto nos quitaron que hasta el miedo se llevaron. “El resentimiento y la protesta se hacen inevitables cuando la modernidad de los malls, supermercados y carreteras se despliega en un marco de desigualdades de ingreso, salud, educación y exclusión cultural”, escribe Roberto Pizarro (2019). “Allí es cuando reaparece inevitablemente el Guasón y la ciudad gótica”. En efecto, la profundización de la desigualdad, el desencanto ciudadano con respecto de sus líderes, la constatación cotidiana del agravio y de la injusticia, han volcado a una parte importante de la población chilena a alejarse del negacionismo en que históricamente se ha desenvuelto. Es este contexto, el proceso de movilización masiva a partir del 18 de octubre de 2019 viene a contribuir con condiciones de legitimidad generalizada para los reclamos mapuche, como sugiere Tito Tricot sobre esta primavera. Las calles se inflaman con sus banderas. Las solidaridades se realinean en torno a la indignación. El 19 de noviembre de 2019, la garra blanca, la hinchada del club de fútbol más popular de Chile, pide, en su Facebook: CUELGA TU BANDERA MAPUCHE: Demostremos el apoyo a todo nuestro Pueblo Mapuche. Llenemos de banderas nuestras casas, escuelas, trabajos etc. ASESINARON A UN MAPUCHE, LLEVAMOS UN MAPUCHE EN EL PECHO, POR LO TANTO NUESTRO PUEBLO COLOCOLINO Y NUESTRA BARRA NO PUEDE CALLAR. ESO JAMÁS !!! SOMOS DIFERENTES. AMULEPE TAIÑ WEICHAN. GARRA BLANCA. En este contexto, las movilizaciones mapuche importan elementos que son transversales en su lucha. Lideradas por organizaciones diversas y bajo múltiples dirigencias, las diversas banderas mapuche, el descabezamiento de los monumentos (lonko = cabeza, jefe = poder) (ver capítulo del Centro de Investigación y Defensa Sur en este mismo texto), la incorporación de los caballos en algunas marchas y cabildos como el Mapuche Unidad Social de Valdivia, representan una gramática que desplaza la protesta desde lo mapuche hacia el Pueblo Mapuche, desde la convergencia en torno a la indignación hacia la lucha por la emancipación. Son culturas de resistencia que se traspasan, se apropian y circulan como aprendizajes fecundos, señala la Comunidad de Historia Mapuche, citada por Tito Tricot. La posibilidad de constituir una demanda transversal se hace evidente. En voz de los propios mapuche, como es el caso del taller de escultura del profesor Antonio Paillafil, la instalación de una serie de esculturas en la Plaza de la Dignidad tuvo por propósito invitar a una “discusión sobre la participación de indígenas y pueblos originarios en esta transformación que social que vive el país. Hablar de un Estado plurinacional, autonomía de las regiones, reconocer la nacionalidad indígena y descentralizar el país”. Al ofrecer sus
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esculturas a la comunidad movilizada, sus autores señalan que “al final las esculturas ya no son nuestras, pertenecen a todos” (Llanten, 2020).
Las altas y otras esferas del lado chileno En el posicionamiento del gobierno y de los sectores empresariales es donde con mayor nitidez cristaliza el discurso hegemónico que, bajo la inspiración del asimilacionismo (en ocasiones revestido de multiculturalismo), el desarrollo y la propiedad privada ha negado el respiro político al Pueblo Mapuche. Aun cuando este es el centro de la reflexión que sigue, resulta interesante mencionar, aunque sea superficialmente, algunas constataciones con relación a la producción científica relativa al Pueblo Mapuche. En el último decenio se ha registrado una verdadera explosión artístico cultural e intelectual de las nuevas generaciones de pensadores, artistas y sabios mapuche. ¿Qué ha ocurrido en este mismo tiempo en el ámbito de las ciencias sociales en Chile? ¿Cuáles son las características de la producción académica y de qué manera esta orienta o no los procesos políticos en el contexto de la plurinacionalidad? Un breve recuento de los contenidos temáticos aparecidos en los dos últimos años en Google Académico nos entrega al menos una sinopsis del movimiento intelectual en este lado de la frontera. Para hacerlo, utilizamos la palabra “mapuche”, restringiendo la búsqueda a publicaciones escritas en idioma español y comparamos los resultados arrojados para el 2000 y para el 2019. Los resultados obtenidos se muestran en la figura que sigue265: Figura 3: Distribución temática de la producción académica acerca del Pueblo Mapuche, años 2000 y 2019. 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% Hist
Pol
Lit
Identidad
2000
Ling
Salud
Educación
Ambiente
Otros
2019
Fuente: Adaptado de Google Académico. 265 Escogimos las primeras sesenta referencias generadas por el motor de búsqueda en atención a que superado este límite se debilita el nivel de relevancia de la búsqueda. En caso de referencias descartadas por estar duplicadas o por no ser pertinentes, se reemplazaron por las referidas en los siguientes títulos.
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La principal conclusión que puede derivarse de este ejercicio es que en el periodo a que nos referimos hay una evidente erosión de la temática política: los artículos publicados acerca de las dinámicas políticas que enfrenta el Pueblo Mapuche en su compleja relación con el estado chileno al comenzar la década representan un 35% de la producción total informada por Google Académico en contraposición con el 11,7% hacia el 2019. Hemos de subrayar que la mayor parte de los artículos corresponde a autores chilenos o de otras nacionalidades con respecto de autores mapuche en proporción de 1 a 5,6. Esto es, por cada artículo con autoría mapuche, hay un poco más de cinco artículos de autores de otras nacionalidades. Los textos más influyentes del periodo provienen de autores mapuche como Pablo Mariman, José Mariman, Diego Ancalao, Elisa Loncon, Sergio Caniuqueo y Fernando Pairican, entre otros, como veremos a continuación. El panorama ofrecido por el Google Académico da cuenta de una merma en los estudios desde la perspectiva chilena que abordan directamente los temas políticos de la relación entre el Pueblo Mapuche y el Estado chileno, pero, simultáneamente, se aprecia un incremento de los estudios de ecología política, los cuales pueden contribuir a un fortalecimiento de la raigambre territorial de las comunidades rurales mapuche. Sin embargo, el vacío teórico en el marco de las relaciones políticas requiere atención desde la perspectiva chilena. Los resultados que arroja esta búsqueda no se contradicen con otros, particularmente con la producción de libros relativos a las dinámicas sociopolíticas involucradas en la relación que nos ocupa. Por ejemplo, la revisión de catálogos como los de la Biblioteca Nacional y Bello de la Universidad de Chile no son sustantivamente diferentes en sus resultados. A partir del año 2017, los textos de Huenchumilla (2017), Mariman (2017), Pairican (2017) Tricot (2017) y Vargas (2017) constituyen un aporte poco numeroso pero significativo a un tema que reclama la reflexión del país. Los principales organismos de la academia que alimentan el debate sobre políticas públicas e interculturales, el COES y el ICIIR, de acuerdo con la información recogida en las bases de datos publicadas en idioma español, parecieran no haber tenido una voz significativa en torno a la relación del Estado chileno con el Pueblo Mapuche, aun cuando se requiera de una sistematización más detallada para saber el alcance que estos organismos académicos puedan tener. Los aportes del Observatorio Ciudadano son excepciones en la mirada desde la sociedad hegemónica y deben ser considerados como la fuente principal de reflexión, especialmente jurídica, en torno a los temas interculturales. Este organismo ha generado importantes documentos que sirven de referencia para el establecimiento de políticas públicas concernientes a los pueblos originarios. En el periodo en que nos hemos ocupado, desde 2017 hasta 2020, el Observatorio ha contribuido con los siguientes documentos que resultan clave para un ordenamiento jurídico, institucional y político que pudiera allanar el camino hacia un Estado plurinacional. Por una parte, está el análisis que, desde esta ONG, hacen José Aylwin y José Mariman (Aylwin & Mariman, 2017) acerca del proceso constituyente. Por la otra, la conmemoración de los diez años de la ratificación del Convenio 169 (Observatorio Ciudadano & Central Unitaria de Trabajadores [CUT], 2018) y el Balance de Derechos Humanos de 2017 (Observatorio Ciudadano, 2017) permiten, en un sentido, fijar el
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marco normativo y su (in)cumplimiento en Chile —incumplimiento que ha sido destacado tanto por Molinet como por Yáñez en este mismo libro—. A su vez, permite hacer un diagnóstico de los atropellos a los derechos humanos que van a acrecentar la indignación en el tiempo que precede a la explosión social de octubre de 2019. El Observatorio Ciudadano es considerado por los sectores conservadores de la sociedad chilena —incluidos aquellos que se insertan en el centro político— como un organismo pro–indigena y, por lo mismo, no han sido convocados a la formulación de las políticas indígenas propugnadas desde el gobierno. Algo similar ocurre con la Misión Tirúa de los jesuitas, cuyo ejercicio ha tenido un carácter más bien testimonial y crítico con respecto al maltrato sufrido por la población mapuche266.
El posicionamiento del Gobierno Al modo republicano, esto es, desde que Chile es república, se ha dado vuelta la espalda al Pueblo Mapuche y la legítima demanda por un territorio autónomo pareciera distar aún mucho de su realización. Más allá de la movilización popular el campo se ve complicado tanto por el racismo inveterado de una parte de la sociedad chilena y por la tozudez gobernante en términos de la comprensión del fenómeno del que es parte. El despliegue de la autoridad no se separa de los enunciados que hace casi dos décadas hiciera el Instituto de Libertad y Desarrollo (Instituto de Libertad y Desarrollo, 2003, p. 5), núcleo de pensamiento liberal, en el sentido de que “el país se encuentra ante una situación compleja en la Araucanía, sin embargo, hay que tener claro que ésta sólo se puede resolver dentro del Estado de Derecho y de las instituciones correspondientes”. Dos son los fracasos consecutivos que enfrenta el Ejecutivo con respecto de su relación con el Pueblo Mapuche. El primero de ellos fue el frustrado Plan Araucanía —discutido en este libro por Verónica Figueroa Huencho— el cual fuera lanzado en el cerro Ñielol de Temuco, el 24 de septiembre de 2018, generando inesperadas expectativas en muchos sectores políticos. “Entre aplausos, Piñera anunció cambios a nivel político y económico: una reforma constitucional para reconocer a los pueblos originarios, ley de cuotas de participación parlamentaria, instancias de diálogo y, entre otras medidas, el denominado Plan Impulso, que inyectaría USD 8 mil millones entre 2018 y 2026 para fortalecer el área productiva de la zona”, recuerda el diario La Tercera267. “Exactamente 52 días después del anuncio del Plan Araucanía”, continúa el periódico, “a 86 kilómetros de Temuco, en la comuna de Ercilla, murió el comunero mapuche Camilo Catrillanca durante un operativo de Carabineros”. Con ello el Gobierno desaparece del territorio junto con sus buenas intenciones iniciales. El otro fracaso fue el de la Consulta Indígena, también referida en esta publicación por Verónica Figueroa Huencho. Este es el episodio más significativo que precede al Estallido Social en octubre, tal como lo sostiene Sergio Caniuqueo (2019). Solo tres meses antes, el
266 Existen otras instancias como la Misión Jesuita de Tirúa (Castro Fones, 2010) cuya labor tiene un valor principalmente testimonial pero que también ha generado insumos para una discusión acerca de los temas de interculturalidad que aquí interesan (ver, por ejemplo: (Bresciani et al., 2019); ver también https://territorioenconflicto.jesuitas.cl/ 267 Ver: https://www.latercera.com/la-tercera-domingo/noticia/la-araucania-el-plan-que-no-fue/823650/
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Gobierno desiste de una iniciativa para modificar la Ley Indígena para introducir en ella cambios que, entre otros, facilitarían la incorporación del territorio al mercado inmobiliario. La consulta fracasó, de acuerdo a Sergio Caniuqueo, porque “promovía iniciativas económicas que no contemplaban demandas históricas colectivas, que podían terminar beneficiando a grandes empresas, y el proceso estaba dirigido a los mapuche de zonas rurales en desmedro de otras comunidades” (Albert, 2019). Frente al fracaso, la autoridad reconoce, tal como lo declara a un periódico nacional el jefe de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas del Ministerio del Desarrollo Social: Se iba a ver como una imposición del Gobierno a forzar una discusión que las comunidades no querían. No queremos seguir con una consulta que el día de mañana tenga tales grados de deslegitimidad política y social que al final haya sido un ejercicio totalmente en vano, que no sea representativo. (Citado en Albert, 2019). En su incapacidad por gestionar políticamente los conflictos, y al igual que en la escena nacional, la autoridad no conoce sino la represión como medio para encararlos, de modo que el recurso permanente a la Ley Antiterrorista mantiene a los dirigentes mapuche encarcelados por inusitados periodos de tiempo sin formalizarse contra ellos acusaciones que, cuando se formulan, terminan con la absolución de los inculpados, tal como queda de manifiesto en los capítulos de Soledad Molinet, Nancy Yáñezy Verónica Figueroa Huencho en este mismo libro. La autoridad, tal como aquí sugiere Molinet y Figueroa resulta deficitaria en materia de la administración de los derechos humanos, especialmente entre quienes ameritan especial protección. La autoridad justifica, al modo sugerido por Libertad y Desarrollo, el uso indiscriminado de la fuerza contra comuneros mapuche en aras de la protección de un Estado de Derecho que claramente solo protege los intereses de los colonos. Y no solo los dirigentes mapuche son víctima de la violencia irracional del Estado. El año 2019, en el mes agosto, se asistió a uno de los espectáculos más grotescos de esta efervescencia racista en Temuco, donde las tradicionales hortaliceras fueron duramente reprimidas por orden de la autoridad municipal, tal como lo recuerdan en este libro Millaray Painemal Morales y Susana Huenul Colicoy.268 Esta misma violencia racista no se agota con la denostación de las personas sino que incluye el ataque contra objetos de profundo significado cultural como es el caso del ataque sufrido por el patrimonio cultural mapuche. Ejemplo de ello es la quema de un rehue en octubre en San Pedro de la Paz, el que fue prontamente reconstruido por la comunidad269, la quema de una de las esculturas el 5 de febrero de 2020 en la Plaza de la Dignidad (Llanten, 2020) y, posteriormente, al alero de la pandemia, su retiro por parte de la Intendencia de Santiago (El Desconcierto, 2020)270.
268 Ver https://www.mapuexpress.org/2019/08/09/colonialismo-de-alcalde-de-tumuco-frente-a-las-hortaliceras-y-eldesafio-mapuche-de-asumir-el-derecho-a-gobernar-las-ciudades/ 269 https://sabes.cl/2019/12/07/instalan-nuevo-rehue-tras-ataque-que-destruyo-sitio-sagrado-mapuche-en-san-pedrode-la-paz/ 270 Ver https://www.theclinic.cl/2020/02/07/totems-indigenas-en-plaza-dignidad-la-lucha-por-la-autonomia-yreconocimiento-de-los-pueblos-originarios/
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Sorprende a la autoridad el recrudecimiento episódico de hechos de violencia en los territorios intervenidos. En septiembre se contaron más de diecisiete ataques que prefiguraban lo que al mes siguiente sería, a nivel nacional, el Estallido Social. En ese momento los “dirigentes de la zona advierten que se están reorganizando los grupos violentos y subrayan que el gobierno debe reaccionar antes del 14 de noviembre, cuando se cumple el primer año de la muerte de Catrillanca”.271 Como es habitual, la autoridad hizo caso omiso de las advertencias de sus propios aliados, para sentirse sorprendida después.
¿Qué es lo que el Gobierno tiene en mente antes del Estallido? El Acuerdo Nacional por La Araucanía (Ministerio de Desarrollo Social y Familia, 2018) lo plantea en su encabezado: “Sin diálogo no hay acuerdos. Sin acuerdos no hay paz. Y sin paz no hay desarrollo”. El énfasis radica en el desarrollo. Sin duda que la inspiración de esta propuesta surge del Instituto de Libertad y Desarrollo, institución que da a conocer los resultados de su encuesta “Identidad y Opinión de los Mapuche en La Araucanía” (Horst & Cid, 2019), y resultados que permiten interpretar la conducta de la autoridad gubernamental en este periodo. La encuesta subraya, en sus conclusiones, que: “las tres principales prioridades que se plantean al Gobierno en materia de política indígena son mejorar los empleos y los salarios (15%), mejorar la salud (13%) y ayudar a producir y vender (12%)” (p. 21)272. Sin emitir juicio sobre el instrumento empleado y su aplicación, en ausencia del contexto histórico y cultural en el que se inscriben las relaciones del Pueblo Mapuche con el Estado chileno, tales prioridades lo son más bien de las autoras que de la realidad que estudian: han tomado la foto que querían tomar y en política pública es de alto riesgo hacerlo, como queda en evidencia en los meses que sigue a la publicación y publicidad que a estos resultados se dio. Un dato interesante que arroja esta encuesta y que escapa al ojo experto es la autoidentificación. Según lo informado un 94 por ciento de los entrevistados (no se informa de la distribución por sexo) se siente mapuche o “mapuche–chileno” y solo un 6% se define como chileno (cifra que cae a un 4% en el medio rural). Este solo dato, informado por un organismo de derecha, representa lo medular del conflicto: o se asume la diversidad cultural o se avanza a un precipicio. Por otra parte, las cifras que arroja la encuesta en relación a la discriminación sufrida por los mapuche son insólitas: solo un 16% de los encuestados dice haber sido objeto de la discriminación273. Más allá de lo engañoso de esta cifra, las
271 https://ellibero.cl/actualidad/el-rebrote-de-la-violencia-en-el-sur-tras-los-llamados-de-la-cam-y-la-antesala-delaniversario-de-la-muerte-de-catrillanca/ 272 La encuesta fue aplicada a 384 personas, hombres y mujeres que se consideran pertenecientes al Pueblo Mapuche, de 18 años o más, habitantes de la IX Región de La Araucanía (comunas representadas en la muestra: Temuco, Padre Las Casas, Nueva Omperial [sic!], Villarrica, Lautaro, Freire, Carahue, Saavedra, Vilcún, Victoria, Cholchol, Pitrufquén, Galvarino), prescindiendo, como es frecuente en estas encuestas, de las profundas diferencias que se dan, por ejemplo entre Villarrica y Vilcun. 273 De acuerdo con estas cifras, Chile sería un paraíso intercultural. En contraste, la población originaria en los Estados Unidos, por ejemplo, se reconoce discriminada en cifra superior al 70% y en casi todos los sectores experimenta discriminación en porcentajes superiores al 30% (Findling et al., 2019).
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autoras del estudio no prestan atención a las áreas donde más intensamente se reporta tal discriminación: colegio,274 atención en servicios públicos y desprecio o maltrato. Más que hacerse cargo de las fragilidades estructurales a partir de las que niega la plenitud de sus derechos al Pueblo Mapuche, el estudio identifica la entrega de tierras a los pueblos indígenas como lo que “no ha permitido poner fin al conflicto”. Y el error principal que advierten las autoras es el no haber entregado a título de propiedad individual las tierras. Consistente con este planteamiento resulta ser la respuesta de los encuestados, quienes en su mayoría (83%) está de acuerdo o muy de acuerdo con la entrega de tierras mediante títulos individuales, en vez de la entrega a comunidades. Al igual que el 65% que está de acuerdo o muy de acuerdo con que a las comunidades titulares de tierras se les permita dividir total o parcialmente sus títulos en común. (Horst & Cid, 2019)275 La Consulta Indígena propuesta por el Gobierno para modificar la Ley Indígena, encarna este ideario, tal como se desprende del capítulo de Víctor Tricot y Germán Bidegain. En efecto, las once materias que hubiesen sido incluidas en el caso de haberse aplicado a cabalidad llevaban consigo el indeleble sello neoliberal. La primera y la segunda, por ejemplo, estaban orientadas al establecimiento de títulos individuales de dominio sobre las tierras. La tercera eliminaba las restricciones a la subdivisión, mientras que la cuarta y quinta consultas reducían los tiempos de transacción de la tierra entre comuneros y permitían arriendos hasta 25 años276. El séptimo autorizaba la búsqueda de mecanismos alternativos a la restitución de tierras en casos de conflicto. Los cuatro aspectos finales de la Consulta Indígena definían criterios para la creación de nuevas comunidades indígenas, permitiendo, incluso, que estas se constituyeran con solo dos personas indígenas, “se propondrá permitir la constitución de asociaciones indígenas con al menos 2 personas indígenas con el fin de propiciar la Asociatividad indígena y conseguir un mayor desarrollo mancomunado en distintas iniciativas”. Redundante resulta subrayar las intenciones de esta iniciativa (Ministerio de Desarrollo Social y Familia, 2019). La coincidencia, no obstante, va un poco más lejos. La demanda por tierra y la expansión inmobiliaria en La Araucanía constituyen uno de los principales ejes contemporáneos de transformación del paisaje y de apropiación de tierras indígenas.277 Tal como lo señalábamos al iniciar este capítulo, la asonada inmobiliaria no es solo urbana sino se proyecta sobre el medio rural, donde las tierras mapuche son especialmente codiciadas por su proximidad a las lagos y cursos de agua. No ha de extrañar, en consecuencia, que la apuesta por la modernización pase por los aeropuertos de Freire y Pucón. De aquí que una publicación periodística destaque que La Araucanía es “una de las regiones que se priorizarán con el objetivo de mejorar su condición de destino turístico y porque el flujo de pasajeros ha tenido un aumento creciente en los últimos 8 años”278. Ello explica ade274 El solo uso de la palabra “colegio” por el de escuela evidencia la distancia social entre quienes diseñan la encuesta y que siempre asistieron a colegios privados y los encuestados, quienes lo hicieron a escuela. 275 Este es un antiguo libreto de la elite empresarial con el que se justifica la ocupación de la Wallmapu en el siglo XIX y que se proyecta hasta nuestros días a través de la presión ejercida por “liberar” las tierras mapuche para el mercado (Bresciani et al., 2019) p 119 y ss. 276 Período coincidente con el ciclo de la faena forestal, como bien observa Caniuqueo (Caniuqueo, 2019) 277 Ver Hidalgo & Zunino, 2012; Mansilla Quiñones & Imilan Ojeda, 2020. 278 https://uatv.cl/2019/06/20/aeropuertos-de-freire-y-pucon-seran-prioridad-del-gobierno-para-modernizar-y-aumentarsu-capacidad/
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más el proyecto vial recientemente interrumpido de la doble vía Freire–Pucón–Villarrica, proyecto que suscito la protesta de las comunidades mapuche por una irregular —y que se hace frecuente— aplicación del procedimiento de consulta.
La Multi Gremial de La Araucanía: la privatización de la frontera El núcleo duro de La Araucanía lo constituyen familias como los Zirotti, los Mayol, los Galilea, Luchsinger, Taladriz, García o Von Baer, cuya gravitación a nivel nacional es evidente. Los intereses de estos propietarios quedan a buen resguardo a nivel de la acción del Ejecutivo y de una legislación que garantiza la propiedad privada por sobre cualquier otro derecho. Este poderoso enjambre se hace defender a través de una primera línea representada por empresarios de menor tamaño, pero profundamente defensores del statu quo. Son, de acuerdo a los modelos tradicionales de la hacienda en Chile, los capataces y administradores de la heredad. Gloria Naveillán, de la asociación de agricultores de Victoria, es la figura emblemática de mayor notoriedad pública en este grupo. Su actual presidente, Nicolás Donzé mantiene a firme la demanda por una militarización de la zona: “los productores agrícolas de la provincia de Malleco realizan patrullajes privados contantes en esta época de cosecha”, declaró hace algunos años a la Radio Bio Bio. El dirigente también indicó que la decisión de portar armas de fuego es personal, aunque él no lo avala”. Y concluyó señalando que “para el retiro de la producción han solicitado la protección de Carabineros”.279 Las relaciones entre unos y otros —primera línea y familias influyentes— se inscriben en los marcos de una derecha oscilante entre proyectos ultranacionalistas y la continuidad del proyecto neoliberal pero igualmente asimilacionista con respecto del Pueblo Mapuche280. Frente al llamado conflicto Mapuche, ambos grupos comparten un mismo juicio, dejando en manos de dirigentes como Naveillán su explicitación, con quien, en privado, comparten sus opiniones. La primera fila del empresariado agrícola en Traiguén, Malleco, Ercilla y Victoria alimenta la discusión nacional con los recursos discursivos que permiten legitimar las posiciones políticas que adopta el gobierno central. Mientras Naveillán reclama en duros términos la aplicación de la Ley Antiterrorista y denuncia al Gobierno de haberles dejado en el abandono, el presidente interrumpe sus vacaciones, se reune con los gremios en Temuco y pide urgencia para la tramitación de esa ley. “Obviamente que Piñera necesita limpiar su imagen”, arguye Jaime Huenchullan, werken de Temucuicui. “Y claro, como previamente lo han hechos las policías y los gobiernos con el tema mapuche, es fácil venir a vacacionar y publicitar un hecho que supuestamente ocurrió en Victoria, y responsabilizar permanentemente al Pueblo Mapuche, anunciar la aplicación de ley antiterrorista. Eso lo ha hecho continuamente el gobierno” (Andrade, 2020). Para Naveillán, en cambio, “se usa el nombre mapuche para poder delinquir y para poder cometer atenta-
279 https://www.biobiochile.cl/noticias/2016/01/05/agricultores-de-victoria-niegan-conflicto-mapuche-y-lo-calficancomo-politico-extremista.shtml 280 Naveillán reconoce este papel: “no niega que su posición es marginal. ´Ellos tienen un perfil políticamente correcto y yo no, los grandes empresarios no quieren aparecer desleales. Yo me saqué la cresta trabajando por Piñera en la provincia y, sin ninguna duda, soy de derecha y cuando no hay oídos en privado para escuchar las cosas, hay que decirlas en público´” (Saleh, 2019).
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dos” y que “la gran mayoría del Pueblo Mapuche no quiere violencia ni atentados” (Brisa Cárdenas, 2019). Para los grupos empresariales, el conflicto mapuche, en cambio, es un paradigma de la situación actual en Chile y, dada la magnitud del Estallido, expresan el temor de ser invisibilidados por la movilización social. Roberto Heise, presidente de la Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco (Sofo) y quien asumiera el 2019, lo expresa claramente: “Esperamos que el reciente Estallido Social urbano, no empañe, ni oculte el problema en esta zona, pues ha sido acá donde se ha incubado la falta de ejercicio de autoridad y el germen de la violencia extrema” (“Agricultores de Temuco piden no cambiar la Constitución ni el modelo económico”, 2019).
Pre–visiones Independientemente de la voluntad del gobernante, la presencia mapuche se ha encarnado cada vez con mayor fuerza política —y, por lo mismo, enfrentada a crecientes tensiones internas y externas— en los territorios. Más sustantiva que su presencia en las calles de Santiago es la presencia de la(s) bandera(s) en los territorios, señalando reivindicaciones territoriales, las que han sido en no pocos casos acogidas por los tribunales. Simultáneamente, las demandas se extienden hacia nuevos dominios. Un caso significativo lo representan las áreas de manejo de espacios costeros de los pueblos originarios (ECMPO) (Araos et al., 2020), al igual que el reclamo por la gestión de los parques nacionales (ver, por ejemplo, Facebook Defensa de Ruka Pillan) y las disputas sobre enclaves turísticos. Estos micro ejercicios de soberanía van configurando un tejido que brinda un soporte de largo aliento a los reclamos mayores. Son, no obstante, condiciones previas, elementos facilitadores para una emancipación del Pueblo Mapuche. Resta, internamente, en esta perspectiva, la construcción del puente entre el Pueblo Mapuche enfrentado a las necesidades básicas, su dirigencia y la rica intelectualidad surgida en los últimos decenios. Desde el punto de vista mapuche resulta evidente que el nuevo periodo se inicia con un mayor reconocimiento público de sus demandas y con una mayor legitimidad social, con un piso más sólido en cuanto al ejercicio de sus derechos y validación de sus reivindicaciones territoriales y con dirigentes, y particularmente, como lo sugieren en este libro Víctor Tricot y Germán Bidegain, con representantes políticos y autoridades locales, además de intelectuales que dan proyección a sus iniciativas como pueblo. Del otro lado, hay un Gobierno que no ha logrado generar un espacio político para vincularse con ese pueblo, que sigue creyendo en el desarrollismo y la propiedad privada como los medios para lograr la “integración” de la cultura mapuche, al tiempo que atribuye las causales del estancamiento de sus proyectos al violentismo de grupos minoritarios. De manera similar, los privados concurren con la infraestructura de este libreto, exigiendo la protección de sus intereses y la represión de sus vecinos. La reivindicación mapuche encuentra eco en el pueblo movilizado pero la élite mantiene de modo inalterado sus marcos de referencia que advierten en el desarrollo y el progreso las vías de solución para La Araucanía. Desde las voces oficiales se destaca la
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supuesta inclinación por la propiedad privada de los mapuche y su rechazo a las acciones violentas que atribuirían a grupos minoritarios. La incapacidad de comprender las dinámicas territoriales y de reconocer derechos ancestrales tiene por efecto la perpetuación de la violencia en tanto condición basal de las relaciones entre ambos pueblos. Intervienen en el posicionamiento chileno al menos tres factores que hemos relevado en este capítulo. Por una parte, hay una merma en el cuerpo teórico que permitiese constituir una base para la política pública. Ello como producto de un repliegue de las temáticas sociopolíticas en la literatura académica disponible y de una baja permeabilidad de la producción científica chilena con relación a las contribuciones provenientes de la intelectualidad mapuche. La ausencia de una directriz conceptual es suplida con un modelo desarrollista, eurocéntrico y con marcados sesgos racistas, instalado desde los centros de reflexión de la derecha, como lo es, en este caso, el Instituto de Libertad y Desarrollo. Por otra parte, los grupos empresariales apelan a la antigua lógica colonial de la que diera testimonio el padre Olivares en la mitad el siglo XVIII: Estado de Derecho para nosotros y cárcel para el mapuche. El gobierno obra en consecuencia, intentando la imposible articulación de su modelo desarrollista con la ley antiterrorista, lo que lleva inevitablemente a la judicialización de la protesta social, tal como aquí lo plantea el Centro de Investigación y Defensa Sur, donde “la judicialización represiva de la protesta social, presenta mayor eficacia que la judicialización protectora de la misma”. Hoy en la convergencia del Pueblo Mapuche y chileno en la movilización contra el neoliberalismo abre las puertas a un diálogo intercultural que debiera estar a la base de la refundación del país y en el establecimiento de una nueva Constitución, tal como Tricot y Bidegain lo sostienen en este libro. Las autoridades y las élites, empero, están al borde de desbaratar esta oportunidad aún a riesgo del colapso total del sistema, hoy afectado por la pandemia. En suma, el periodo importa un robustecimiento de las demandas del Pueblo Mapuche en el contexto nacional. Sin embargo, el Estado y la élite chilena han decidido, una vez más, negar la posibilidad de abrirse a una concepción plurinacional del Estado y a una participación sustantiva de los pueblos originarios en los procesos políticos asociados con la definición de una nueva Constitución Política. Aunque auspicioso en términos de nuevos horizontes para el despliegue de las demandas y el apoyo popular recibido por el Pueblo Mapuche, más que un cambio en los términos de las relaciones con el Estado chileno, el nuevo periodo sugiere dinámicas inestables de creciente tensión pero que no parecieran modificar en lo sustantivo lo que ha sido el patrón histórico de esta relación, lo que solo ocurriría en el caso de abrirse las compuertas a una efectiva participación política de los mapuche. El violento desalojo del zomo chemamuil de la Plaza de la Dignidad es una expresión más que elocuente de la renuencia del Estado y sus gobernantes para acoger al Pueblo Mapuche como parte constitutiva y fundamental del país. Más allá de las limitaciones actuales y pretéritas, es interesante concluir subrayando la creciente presencia política del Pueblo Mapuche en el país, lo que invitaría a la autoridad a un diálogo propiamente político y no solo represivo y asistencialista como hasta ahora ha sido.
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capítulo 10
Balance del año y reflexiones finales desde Wallmapu Pablo Mariman Quemenado281
Los sucesos del año 2019 fueron muy ricos en hechos de todo tipo y significaciones. Luego de la muerte de Camilo Catrillanca, en noviembre de 2018, aumentó más la congoja compartida por los pueblos de Chile y el Wallmapu, alimentada además por otras muertes en extrañas circunstancias de dirigentes/líderes que resistían al capital282. Creo que, por primera vez, se tocaron cacerolas en el país en repudio al crimen de un mapuche víctima del terrorismo de Estado. Desde entonces, el eje de la discusión en ciertos medios de comunicación de señal nacional hizo sintonía con redes, agrupaciones, territorios, etc., que venían pensando en clave autonomista los escenarios u horizontes que podían situar un desenlace distinto al que el Gobierno actual y los anteriores trataban, empecinadamente, de llevar a la temática indígena. Ese año también se secó el koliwe (rüngü) aviso de sucesos funestos, tanto en lo natural como en lo social, y hubo eclipses de sol. Muchas
281 Historiador. Académico del departamento de antropología de la Universidad Católica de Temuco. Integrante de la Comunidad de Historia Mapuche (CEI-CHM) y la Asociación de Investigación y Desarrollo Mapuche (AIDM). 282 Entre muchos, solo menciono, esta vez, el crimen de Macarena Valdés, que se hizo pasar, en un primer momento, como un suicidio en el contexto de la resistencia de su comunidad (en Panguipulli) en contra de las centrales de paso sobre su territorio sin su debida consulta. Sumo a este caso emblemático el de junio de 2020 de Alejandro Treuquil de la comunidad Wente Winkul, de la comuna de Collipulli, quien había denunciado como werken el hostigamiento de Carabineros a su comunidad y había recibido amenazas de muerte por parte de esta misma fuerza pública.
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novedades auguraban los Küymin de las/os machi283. El Estallido Social fue también comprendido desde esas coordenadas, pues, por lo visto, no estaba programado a manera de una acción política de alguna vanguardia, como lo quería hacer ver el Gobierno tras la expresión “estamos en una guerra”. Simplemente fluyó a través de todo el país al mismo tiempo que, en el cosmos en que nos situamos y pertenecemos, se daban y se siguen dando otros fenómenos como el COVID–19.
¿Qué hacer o deshacer? Antes del 18 de octubre, en las redes en que yo mismo participo había cierta incertidumbre sobre qué se podía hacer para pasar a una fase distinta y con ventajas. El movimiento indígena continental y los mapuche parecían estar en un reflujo. Mientras, quienes gobernaban con soberbia, comprobaban la paradoja colonial de que una cosa es administrar el problema y otra, resolverlo. El Estallido Social de 2019 en Chile sacudió al mismo Wallmapu (país mapuche), creando condiciones políticas —al abrir un proceso constituyente— y orgánicas —al potenciar a los movimientos desde la acción— que no estaban presentes dialogando y que duró hasta cuando la pandemia, como campana de ring, contuvo y paralizó el proceso. Durante décadas se veía un ensañamiento contra los pueblos indígenas que luchaban. Muchas políticas y prácticas institucionales se habían racializado. Existía una justicia para los chilenos y otra diferente para los mapuche. Carabineros recibía “bonos étnicos” al ser destinados a los focos de conflicto en regiones como La Araucanía. Había una forma de actuar política y policialmente con el nacional (incluyendo al lumpen y al narcotraficante) y otra con los mapuche284. Planteé y escribí, en más de una oportunidad, que en los territorios de asentamiento histórico mapuche había cierta confabulación nacionalista entre las clases populares chilenas y las dirigenciales, las que, si bien se peleaban entre ellas, lo que las unía era su negación del “indio”, o sea, de un otro no reconocido ni legítimamente valido, más cuando reivindicaba sus derechos políticos territoriales. Los más extremos negaban toda historicidad y agenciamiento indígena en la conquista de sus demandas y derechos, cuestionando hasta la discriminación positiva que las políticas indigenistas implementaban al crear fondos exclusivos para su desarrollo. 283 José Quidel, lonko de los territorios de Itinento y académico, se refiere a este y otros fenómenos transcurridos, o en proceso, que tienen su lectura no solo desde la ontología mapuche, sino también por otros pueblos de Abya Yala. Esos otros acontecimientos también explican los fenómenos que se suceden (entre esos, la misma pandemia) y son poderosas señas que advierten y debieran condicionar ciertos comportamientos a las sociedades y los sistemas que los gobiernan. Ver: Fey ga akuy ti ahtu entonces el día llegó, una lectura de la pandemia desde un mapuche rakizuam En: https://www.comunidadhistoriamapuche.cl 284 En agosto-septiembre 2020, el gremio de camioneros, ante la muerte de uno de sus colegas por un atentado, así como por el caso de una niña herida en una balacera, se propuso como medida de presión cortar la cadena de suministros obstaculizando el tránsito en la carretera 5 sur. Vimos cómo Carabineros dispuso gran cantidad de personal para ayudar en su aparcamiento en las bermas y la presión sobre aquellos que no querían sumarse. El Ministro del Interior se hizo uno con esta causa relacionada a la seguridad y violencia, sin embargo, subterfugiamente el gremio presionaba contra la posibilidad de dejar sin efecto las garantías tributarias de las que gozan (y que no se justifican) así como buscaba acelerar la tramitación de leyes represivas de la protesta social. Hace pocas semanas se anunció, por parte de comunidades de Malleko, la recuperación de predios cuyos procesos son históricos y no han tenido respuesta ni celeridad a través del fondo de tierras de CONADI. El ministro, al respecto, invocó procesos en su contra por buscar romper o poner en peligro la seguridad interior del Estado, sin siquiera haberse efectuado nada. De los posteriores sucesos de Kurakautin, los únicos en proceso son quienes sostuvieron la ocupación municipal y nadie de quienes los fueron a sacar —en pleno toque de queda y coludidos con Carabineros— destruyendo, de paso, las instalaciones.
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Desde ese enfoque, las ideas de alianzas interétnicas eran imposibles salvo con los amigos/as, compañeros/as que, como los estudiantes, siempre están, pero con los trabajadores u otros grupos de la sociedad nacional no se veían posibilidades. Así, llegó el 18 de octubre, la gente desbordó las calles y plazas, se quemaron íconos del modelo neoliberal y una de las cosas sorprendentes es que todos estaban con la wenufoye, entonces, dicotómicamente razonando, ¿no se suponía que estos eran nuestros enemigos? La otredad winka, ahora en sus acciones y cuestionamientos al modelo, lo hacen empuñando un emblema. Las banderas son símbolos y tienen lecturas no necesariamente uniformes ni estáticas. Quizás dicen más que un manifiesto o un escrito con tal cantidad de caracteres. Por último, dejan pensando. Al cumplirse un año del “despertar”, “la primavera” o “el Estallido” que sigue removiendo las estructuras del país —también mentales—, es que constatamos lo dinámico del evento y las contradicciones que nos plantea, pues no se trata de posiciones y pensamientos fijos en el tiempo, sino de cuestiones que se están (de)construyendo. Así como entre los mapuche habitan traumas trans generacionales (Vargas, 2017), hay entre los chilenos patologías que reproducen hábitos coloniales que, al encarnarse en sujetos con poder —como jueces, parlamentarios, ministros, empresarios, etc.—, reproducen el racismo (Mariman, 2018). Sin embargo, así como el colonialismo es una de las parteras de estos fenómenos, también está presente o internalizado en la forma de relacionarnos y vivir la realidad (Nahuelpan, 2013). Por eso es significativo ver cómo las deconstrucciones de realidad y/o órdenes son también procesos de descolonización. Estos habrían estado ocurriendo constantemente y en distintos tiempos —más tempranos en unos, tardíos en otros—, dejando huellas que podemos leer desde nuestro presente285.
Racismo y terrorismo de Estado La dinámica que adquirieron las relaciones interétnicas en el país, en el caso mapuche chileno, no fueron determinadas el año del Estallido, sino unas décadas atrás. La transición de regímenes no tocó el modelo económico instaurado por la dictadura cívico–militar, sin embargo, hubo de cambiar la mirada hacia los pueblos indígenas. Así es como, en los parámetros de las llamadas etnofagias, el modelo neoliberal asume la diversidad cultural en cuanto le es rentable política y comercialmente286. Las sociedades, sus necesidades reales y derechos pueden esperar (un reconocimiento que nunca llegó), ser contenidas (interfiriendo derechos por dictámenes del tribunal constitucional) o bien prescindir de las garantías que gozan como las consultas previas, libres e informadas. Si los pueblos, a través de sus comunidades locales, resisten y se oponen, entonces se gatillan sobre ellos los dispositivos
285 Violeta Parra —y, por su intermedio, la música, el arte y la cultura— ya había denunciado la acción de los chilenos contra los mapuche, a diferencia de los cuentistas o novelistas de generaciones literarias de la primera mitad del siglo XX, que describieron las condiciones de desigualdad y racismo en los campos de la frontera, esta vez ella lo hacía en pleno ascenso del protagonismo popular y de la izquierda que pugnaban por cambios radicales en las estructuras económicas y de poder. Sin embargo, el quejido del indio no se escuchaba. Con toda seguridad, la autora captó desde sus honduras las visiones críticas y disconformes que salían desde los cotidianos reduccionales que visitó. Ver: Violeta Parra en Wallmapu (Ramay et al.2017)) 286 Una mirada al fenómeno a escala continental nos la da Díaz-Polanco, 2005.
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legales y policiales287. Este racismo institucionalizado en su fase más violenta se expresa en el terrorismo de Estado. El Estado, en su fase expansionista de mediados del siglo XIX, tomó las tierras de pueblos originarios mediante una guerra irregular, en la cual se enfrentó a una sociedad política que contaba con mecanismos de contención y resolución de las tensiones de la convivencia interétnica, como lo hacían a través de los parlamentos. El racismo se puede travestir de buenas intenciones, reconocer parte del problema aunque negando el resto, obnubilando la relación y la posición del racializado. Entonces, el tema indígena puede volverse un tema de estudio y hasta crearse una comisión o un instituto especializado sobre los mismos, sin embargo, no cambia mayormente nada. Parece conformarse más con los activos culturales posibles de desprenderlos y hacerlos circular, a manera de extractivismo epistemológico, que hacerse cargo de los cuerpos, es decir, de las sociedades y sus instituciones288. Al racismo habría que identificarlo o reconocerlo como una conducta que refundó las relaciones interétnicas desde la incorporación forzada del Wallmapu a Chile. Los actos que se han cometido y siguen cometiéndose deben ser abordados como un problema social que afecta y daña la convivencia289. Las esperanzas en que de una Convención Constituyente se redacte una Constitución que declare la plurinacionalidad, debieran ir en esa vía, pues se le debe poner freno y sancionar bajo penas los actos naturalizados e “involuntarios” de racismo a que se nos acostumbra, como aquellos declarados de grupos como el APRA o de individuos que publican con una impunidad vergonzosa en redes sociales. Una de las antesalas del Estallido fue la reacción de la sociedad contra un terrorismo de Estado impune. La encontramos en la muerte de Camilo Catrillanca, la que se supo y difundió antes que los medios monopólicos de comunicación y los agentes de Gobierno hicieran la tarea de desinformar o confundir. Las pruebas que se fueron conociendo con los días y semanas hicieron ver la complicidad en los encubrimientos que hacía el alto mando de Carabineros y el Gobierno. Hasta que, transformado en una crisis política —y como efecto dominó—, empezaron a caer de sus cargos los responsables, evidenciando el poder que han acumulado sobre la vida y la muerte de las personas. Esto, en términos mediáticos, “corrió el cerco” hacia los escenarios políticos posibles y, como nunca, la pa287 Es lo que sucedió bajo el Gobierno de Lagos cuando aplica la Ley Antiterrorista contras comunidades emblemáticas de Malleko. En adelante, y por casi 10 años, la aplicabilidad de ésta se hizo exclusivamente a la causa política mapuche. Ver: Yáñez y Aylwin, 2007. 288 En 2019 otros hechos que no tienen la épica de un conflicto por territorio, nos demuestran este fenómeno. Es el caso de las hortaliceras (tukukafe) que venden en el centro de Temuko desde que este fuerte militar y luego ciudad, se fundó. A ellas, productoras orgánicas en los esquemas de la soberanía alimentaria, se las ha corrido sin miramiento y de la forma más brutal y burda. Las justificaciones del municipio se refieren al orden y al ornato, y se escudan en que propician interculturalidad en otros servicios. No se refiere el gobierno local, a los derechos que les asisten como mujeres indígenas de acuerdo al convenio y otros reglamentos, que es lo que ellas contra argumentan y, por lo cual, insisten en ocupar los espacios en que las hemos conocido desde siempre. 289 El caso del aprisionamiento del lonko Alberto Curamil obedeció a la estrategia de criminalización que el Gobierno y la policía llevan a cabo por medio de seguimientos y montajes. En su caso, los antecedentes más inmediatos fueron su liderazgo y gestión en denunciar la intervención del río Cautín por parte de proyectos hidroeléctricos inconsultos que tendrían grave impacto sobre el medio y sus espacios de significación cultural correspondientes a territorios de comunidades. El caso fallado a su favor en los tribunales permitió finiquitar el proyecto. Al poco tiempo, se le involucra con hechos delictivos de gravedad y se le detiene iniciando un proceso que, sin llegar a una condena, lo mantuvo encarcelado por más de un año. En ese contexto recibe el “nobel verde”, Premio Goldman, un reconocimiento internacional otorgado a quienes destacan por su lucha a favor del medio ambiente, el cual fue recibido por su hija en el extranjero. Esto generó una nueva ola de condenas hacia el Estado de Chile, que llevó a cerrar un caso que no tenía pruebas, exculpándolo de las acusaciones y liberándolo.
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labra “autonomía” era mencionada como un horizonte de convivencia y de superación del estado de cosas. Este hecho y la reacción de la población nacional que se conmovió y protestó, desde el primer momento, por la brutalidad e indolencia del mismo, terminó de echar por abajo el Plan Araucanía, cuya propaganda de los primeros meses ponían en este tipo de prácticas asistencialistas la supuesta resolución de los conflictos de la región y de los mapuche, en particular.
Políticas y estrategias en juego El Plan Araucanía se acompañó de una propaganda que hacía ver la solución de los problemas de la Región de La Araucanía con cierta liviandad y voluntarismo, pero no había ninguna novedad en los viejos enfoques productivistas, subsidiarios y asistencialistas que, por lo demás, no asumían en nada la dimensión de los derechos sociales, económicos y culturales; menos los de tipo territoriales y políticos. La derecha, presente en la oposición al segundo gobierno de Bachelet, había hecho de la retroexcavadora de Quintana su campo de enunciación para contrarrestar los aires reformistas que habían dado algo de mística al discurso de la expresidenta. Sin embargo, fue el segundo gobierno de Piñera quien no se hizo problemas en anunciar la discontinuidad y el desmantelamiento de conquistas efectivas en materia de derechos indígenas, como lo fue no volver a ratificar el Convenio 169 luego de sus primeros diez años de vigencia y dejar, asimismo, sin vigencia la Ley de Espacios Marítimos de Pueblo Originarios o Ley Lafkenche. En su diagnóstico, ambos perjudicaban las inversiones y afectaban a las poblaciones. Ya en pleno 2019 y con la popularidad cayendo en picada, arremeten contra la “tercera pata” de lo que veían como un problema para los indígenas al no disponer de sus tierras como un bien posible de transar, como otros, en el mercado. Sin informar ni acordar con los pueblos indígenas, llaman a una consulta para discutir la intención de destrabar las limitaciones existentes sobre las tierras indígenas que las imposibilitan de ser vendidas a personas no indígenas, o arrendadas bajo ciertas condiciones. Esto causó un movimiento espontáneo de proporciones que le provocó un revés a la ofensiva del ejecutivo. Los distintos pueblos del país compartían una lectura sobre las intenciones profundas del gobierno, asociadas a la expansión del capital frutícola, minero e inmobiliario (Mapuexpress, 2019). Los campos de enunciación a los que nos quiso habituar comunicacionalmente el Gobierno y los gremios, por su intermedio, —antes y durante el 2019— hasta ahora subsumen el conflicto “nacionalitario” que encierra lo mapuche en coordenadas lingüísticas decodificables en dos vías: por un lado, la del terrorismo —que venimos escuchando desde el Gobierno de Lagos y que ha sumado un sufijo al mismo, como el de “narco–terrorismo”— que centra su atención en una violencia que estaría atentando contra la existencia cotidiana de la población de La Araucanía. Y, por otro lado, la propuesta de los gremios (agricultores, camioneros, forestales) con su eslogan “Paz en La Araucanía”, para lo cual se exige que el Estado, por una parte, garantice la misma haciendo los esfuerzos por redoblar el control policial y, por otra, repare económicamente a las víctimas. Tanto en el discurso del Gobierno como en el de los gremios, se aprecia una lectura sobre la sociedad mapuche poblada por intereses contrapuestos que la divide en (indios) malos que ejercen violencia
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y aquellos (indios) buenos que, como los gremios, particulares y latifundistas, quieren vivir en paz y orden. Desde que se inicia el Estallido y se gesta un camino constituyente institucionalizado, las coordenadas del discurso vuelven a obnubilar la especificidad del tema indígena para instalarlo en la contingencia política nacional. Así, los mismos violentistas ahora son vistos como rojos o zurdos290.
Las contra–estrategias en el movimiento mapuche Quienes desde el movimiento mapuche abogan por cambios estructurales, invocando para ello los cuerpos de derechos que les corresponden —en particular aquellos relacionados al autogobierno y de naturaleza económica, social y cultural—, no han tenido ninguna sintonía con las iniciativas oficiales que, por ejemplo, impulsa el Plan Araucanía y la militarización del territorio. Luego de la muerte de Camilo Catrillanca, este segmento del movimiento convocó a comunidades de distintos territorios en conflicto a liderar un proceso de reconstrucción territorial y política, ejerciendo sus derechos de autodeterminación en la conformación de un autogobierno. El año 2019 continuaron esta iniciativa que, si bien perfila a un sujeto de derecho como sujeto autonómico, no cuaja del todo en lo práctico. La llegada del Estallido Social y la puesta en marcha de un momento constituyente no ha significado para este grupo una posibilidad política de acercar sus metas si no es —insisten— asumiendo la capacidad propia de implementar sus derechos y no subiéndose al carro de una constituyente que, si bien impulsó el levantamiento popular, lo terminó cooptando la clase dirigente impugnada, por lo que no habría garantías. La oferta de escaños reservados no la consideran por no responder a las garantías que le corresponden al Pueblo Mapuche de acuerdo al derecho indígena internacional. Como vemos, no ha sido fácil implementar esta aspiración que, por lo visto, adolece de una estrategia que rompa, por una parte, con cierta anomia mapuche que parece atrapada en políticas clientelares y/o que ve en el Estado su fin individual como colectivo. Desde otro posicionamiento, las posibilidades de participación política abiertas por el escenario constituyente han generado expectativas en otros segmentos del movimiento mapuche, en particular respecto a la posibilidad de obtener escaños reservados. Quienes ven esta posibilidad como una estrategia política, no lo hacen desde una misma plataforma y lo que los puede diferenciar es la mayor o menor vinculación a la partidocracia chilena. Los militantes mapuche de partidos han hecho un objetivo político de esta posibilidad y han, junto a quienes —no teniendo ni queriendo una vinculación de ese tipo— han cerrado filas respecto a la cantidad de estos escaños proporcional al porcentaje de poblacional que representan según el último Censo (24 supernumerario a los 155 en una Convención Constitucional). También comparten acuerdos sobre quienes votan (sin empadronamiento sino por auto identificación en papeleta exclusiva) y respecto a quiénes y cómo se eligen (candidatos promovidos por cierta cantidad de asociaciones o comunida290 Las prácticas de los estereotipos no son nuevas en política interétnica (Stuchlik, 1974), pero cuando un pueblo como el mapuche entra a la contingencia —como una tercera columna—, desordena la polaridad política nacional del pos binominalismo. Estos estereotipos reproductores de imágenes los podemos percibir desde los 90 en adelante. Entonces, se escuchaba “estos [los mapuche] quieren todo” y otros más adhoc al conflicto con las forestales, como el de “quema bosques”, como si las plantaciones lo fueran.
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des de acuerdo a zonificación). La diferencia del grupo partidista con quienes también se hacen expectativas de los escaños está en que estos últimos ponen como condición para los candidatos la no militancia partidaria291. Hasta ahora, la discusión y propuesta está en presionar a los parlamentarios para que adopten las modalidades y las reglas, pero todo hace ver que, como otros tópicos mapuche de carácter político, esto esperará y será parte de una negociación entre políticos chilenos. He ahí una de las observaciones que se le crítica por parte de quienes ven en este proceso una prolongación de lo que se llamó “la cocina”, por cuanto se presta para validar un proceso que no centra la temática en lo indígena y en sus territorios, sino que hace de estos una representación minoritaria. Una estrategia de mediana data cuyo objetivo es la liberación nacional mapuche ha continuado subyacente, en lo mediático, pero proliferando al costo de la militarización de los territorios. Sus objetivos o enemigos son el capital de grandes empresas y sus encadenamientos productivos que, en los últimos años, ha incluido a familias de las propias comunidades como suministradoras de servicios. Sus escenarios de despliegue son los territorios en los cuales la recuperación de tierras, o bien la resistencia al extractivismo de proyectos, los ha convertido en las zonas rojas del conflicto292. Acciones de violencia política son reivindicadas por esta otra cara del movimiento mapuche, quien mantiene en las cárceles a algunos de sus luchadores condenados o en proceso, los cuales se baten en huelgas de hambres periódicamente, concentrando así la atención en las problemáticas. En el año 2019, sus acciones de sabotaje han estado presentes y, paradójicamente, si se esperó que estas aumentaran, sumándose a aquellas que trajo consigo el Estallido Social, pudimos constatar que no ocurrió. La respuesta del Estado ha sido aumentar la dotación de personal uniformado en las zonas, redoblando las acciones con carácter de terrorismo de Estado. Por lo mismo, la denuncia de militarización del conflicto ha estado en la palestra constantemente y es la cantera desde la cual distintos sectores, oficialistas, opositores, gremialistas y mapuche, construyen y circulan análisis y enunciaciones de lo que pasa, desnudando, ocultando y tergiversando, pero, sobre todo, jugándose la opinión pública a su favor en lo que se ha dado en llamar “una guerra sucia de baja intensidad”. Si bien los distintos y constantes focos de rebelión y agitación que trajo el 2019 tendieron a dispersar a la fuerza pública, estos ocuparon los meses estivales de vacaciones para dejarse caer sobre procesos de recuperación territorial que estaban siendo tramitados comunicacional y burocráticamente. La pandemia, con su inmovilización, dejó expuestas
291 Los mapuches detrás de esta idea consideran que hay un horizonte libredeterminista ya expresado en la constituyente indígena de Bachelet 2 (Millaleo, 2017) y que por lo tanto los escaños son un paso complementario a los derechos políticos del Pueblo Mapuche, una de las estrategias que debe complementarse con las otras presentes en el movimiento político mapuche (Mapuexpress, 2020). 292 Trabajos que se centran en estos movimientos y sus argumentos encontramos en Pu lov, 2017. Otro que innova en la aplicación de la interdisciplinariedad en la reconstrucción histórica y territorial, fue el que suministró elementos de juicio en la causa de las comunidades de Kurakautin en contra de los proyectos de mini centrales de paso. Ver: Melin et al., 2019.
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a aquellas comunidades en disputa territorial que fueron reprimidas con costos de vida y desplazamientos masivos durante la primera mitad del 2020293.
La contradicción etnoclase vs pueblos naciones. Alianzas interétnicas ¿Procesos de etnogénesis? La aparición multitudinaria de la wenufoye en las movilizaciones a nivel país de ese 2019, así como la des–monumentalización de íconos inscritos en espacios de memoria oficiales294, parecen ser poderosas señales, en el terreno simbólico, de lo que serían motivaciones profundas de una sociedad chilena que cuestiona el carácter y rol del Estado hacia los pueblos originarios, generando identificación o producción de sentido con empatía, que había comenzado en un fase más intelectual y artística, con el Estallido terminaba desbordándose y entroncando con aquellas corrientes políticas y filosóficas que, con experiencias disímiles en Latinoamérica, han devenido en los estados plurinacionales de la zona andina (Ecuador, Bolivia)295. El año 2019 fue la punta del iceberg de un tema más profundo que arrastra la sociedad y es su Estado. Si bien en la historia, como en la actualidad, subsisten corrientes de opinión favorables a la inclusión de lo indígena en el Estado, reconociendo sus legítimos derechos, finalmente la opción hegemónica ha sido la de aquellos sectores que se han propuesto construir y situar lo indígena desde una otredad, inferiorizada y tutelada. Si el pueblo de Chile fue el que se comunicó simbólicamente a través de la bandera y la des–monumentalización, echando a correr la idea de una plurinacionalización del Estado, entonces, quienes se restan de esta iniciativa —la oligarquía—, desde una opción política —cuya hegemonía disminuye y aparenta llegar a su fin, si no llegar a su fin, conformarían no solo un estrato social acomodado, exclusivo y con poder, los ricos, sino una etnoclase que con su ideología o etnicidad creó y definió la nación (uniforme, monocultural), inscribiéndola jurídicamente a contar de la Constitución de 1833. Si es que el pueblo chileno tiene sus raíces en los pueblos de indios, en la esclavitud afro e indígena del siglo XVI en adelante, en las migraciones del siglo XIX y, hasta ahora, en la complejización de las transformaciones económicas laborales con sus construcciones identitarias (étnicas como de clase), políticas y religiosas, entonces, sus fricciones con los intereses de los pueblos indígenas no son de carácter estratégico, como sí —en algunos
293 Uno de estos casos fuese mencionado en la represión con muerte del werken de la comunidad wente winkul mapu, Alejandro Treuquil de Collipulli, quien había denunciado el hostigamiento de Carabineros a su comunidad y había recibido amenazas de muerte por parte de esta misma institución (Comunidad, 2020), pero también están los casos de la Fusta en Lonkimay y, en pleno Temuko, el de la comunidad Juan Currin, ambas allanadas, desalojadas y destruidas sus instalaciones. 294 Un escrito del momento que ocurre el fenómeno lo leemos de Huinca (2019). Habría que complementar que no son las únicas expresiones del trasfondo impugnador contra el relato histórico oficial. Los cambios de nombre de calles o plazas y de comunas (como Saavedra) ocurren de facto de hace décadas, pero no habían afectado tan masivamente a los monumentos. 295 En el año en cuestión hicieron su aparición textos que, como reacción al estancamiento que adquirían las relaciones interétnicas e interculturales en Chile, comparaban la forma de resolver conflictos entre los estados y los pueblos indígenas (Vargas, 2019), y anunciaban a su vez la crisis del modelo multicultural, cuya práctica recién estábamos experimentando en Chile en una fase más declarativa (Zapata, 2019)
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casos— de índole geoeconómica en los territorios de asentamiento histórico mapuche296. No ha estado en sus entrañas el sojuzgamiento y marginación como opción u oposición fundamental297. El golpe del 73 fue una refundación del Estado y la sociedad, no solo en conexión con la Guerra Fría internacional, sino con la historia nacional, hegemonizada por la oligarquía en su expresión más reaccionaria y colonial (Barnaby, 2017). Así las cosas, la pugna o contradicción no es entre pueblos como sí entre estos con quienes fueron el motor de la historia durante el siglo XIX, legándonos un Estado excluyente, opresivo, capitalista, patriarcal y colonialista, es decir, el Estado–Nación. De estar esta lectura en lo cierto, se requiere de la descolonización como un propósito estratégico compartido interseccionalmente (géneros, clases, étnias) por la sociedad en su conjunto y de la autodeterminación de los pueblos e individuos como un horizonte que puede hacer alcanzable las aspiraciones que, para el caso mapuche, se han formulado en los parámetros de la autonomía político–territorial.
¿El momento constituyente como oportunidad histórica? Los mapuche, en su conformación histórica, no tuvieron un poder central que los formateara. Una de las tesis respecto a la nación chilena y su Estado, de acuerdo a Mario Góngora, entre otros, alude a que es la aparición del Estado en el periodo poscolonial, quien hace de instrumento no solo para centralizar los procesos políticos de toma de decisión, sino también para subordinar al nuevo esquema a todos los pueblos y sus territorios tras una idea única de proyecto país y de nación. Los mapuche mantuvieron a raya ese modelo que se les quiso imponer, hasta que a contar de las década del sesenta del siglo XIX, y por medio de una guerra, se le hizo entrar subordinadamente a este orden. Ese esquema hoy está siendo cuestionado ya no solo por los pueblos indígenas del país, sino por los propios chilenos. Los vientos de plurinacionalidad que soplan desde el 18 de octubre, cada vez con más intensidad, están buscando zafarse de la camisa de fuerza que se le impuso desde el siglo XIX y que el golpe volvió a refundar, pese a los intentos habidos durante el siglo XX por transformar esa historia tras proyectos como lo fueron la revolución en libertad o la vía chilena al socialismo. Actualmente, se discute una propuesta de escaños reservados para la Convención Constituyente o Mixta, para promover en esta participación “proporcional”, pero en minoría política, las ideas fuerzas que impulsa 296 “Aprendí el vocabulario del amo, dueño y patrón…me mataron tantas veces, por levantarles la voz”. En esta composición, “el hombre es un creador” y en ese pasaje en particular Víctor Jara une su experiencia y expectativas como generación (en pleno proceso de reforma agraria y de vía chilena al socialismo) con aquellas que les antecedieron, viviendo en precariedad y sin mayor expectativa que resistir. Nacido y criado en mundos rurales de Ñuble y Lonken, con toda seguridad su imaginario (como el de muchos más) lo poblaban los pobres, los labradores, inquilinos, gañanes, los antepasados indígenas atrapados por la conquista. 297 Los sucesos de la independencia de Chile impactaron duramente al mundo indígena, una de las etnoclases de la sociedad colonial. El proceso puso término a los pueblos de indios “liberando” sus tierras y sus cuerpos (tras la ideología liberal imperante) para que fueran tomados por la gran hacienda. Esa desestructuración se vio aumentada por los reclutamientos forzosos para las guerras interoligárquicas. Muchas familias que huían de esa realidad presionaban sobre la frontera del Bío Bío para acceder a tratos de mediería o arriendo con los mapuche. No habrían tenido intereses geopolíticos, como si contar con tierras que les permitieran escapar al modelo hacienda y sus guerras. Este proceso siguió durante la conquista chilena del Wallmapu y la posguerra y hoy conforman un campesinado “amapuchado” si es que sobrevivieron de manera independiente o “chilenizado” si es que lo hicieron orbitando el latifundio nacional y/o colono.
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la lucha de los pueblos indígenas del país. Esto está en proceso y aún no podemos precisar si se consuma o no, pero es una poderosa y sospechosa señal el que haya quedado para el final, luego de acordar lo de la paridad de género y la participación de los independientes298. En la sociedad mapuche que me toca observar y en la que convivo, hay confusión y resistencia producto, en parte, a una desconfianza en estos intentos que, si bien los gatilló el Estallido y la movilización social, los han buscado definir la partidocracia y quienes tienen el poder, sobre todo económico. Considero y constato que se viene concibiendo y debiera tener lugar dentro de poco un proceso constituyente propio de los pueblos originarios (invocado por líderes del movimiento, pero sin asidero aún), es decir, donde lo que se resuelva no quede a voluntad del juego de mayorías/minorías de los chilenos y a su voluntad. En 2023 se conmemoran los 230 años del parlamento de las canoas, también los 220 años del último parlamento (de Negrete) sostenido con el mundo hispano. Estas efemérides no paran, pues ese mismo año será el bicentenario del parlamento de Yumbel y en 2025 el de Tapiwe. Respecto a este último, quedó apuntado en su artículo 29 que el Estado (chileno, republicano) velaría por el próximo encuentro de iguales características, cuestión que nunca llegó, como sí una guerra de veinticinco años. Quizás esos sean los espacios constituyentes que se invocan, pasando de minorías supra numerarias (a manera de apéndice de la Convención Constitucional) a sujetos políticos y de derecho en sus propios territorios. Las cartas están echadas, hay que ver qué jugadores se atreverán a jugarlas. Quiénes, con quiénes, y contra quiénes.
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298 La derecha teme al incremento del número de constituyentes, pues se haría más incierto controlar el tercio que requiere para frenar las iniciativas contra sus intereses. Por lo mismo plantea escoger por medio un empadronamiento un equivalente de escaños proporcional a los inscritos en los registros de votación de la Conadi, o sea, la nada. A lo más indica un representante por pueblo, 9 o 11, pues hay reconocimientos de pueblos en curso.
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Disciplinar. Perspectivas, Reflexiones y Propuestas desde el Sur. Ediciones de la Universidad Católica de Temuco. Temuco, pp. 101–116. MELÍN, M., MANSILLA, P., ROYO, M. (2019). Cartografía Cultural del Wallmapu. Elementos para Descolonizar el Mapa en Territorio Mapuche. LOM ediciones, Santiago de Chile. MILLALEO, S. (2017). Los pueblos originarios ante el horizonte de una nueva constitución. En: Revista anales Séptima serie. Nº 13/2017 NAHUELPÁN, H. (2013). “Las ‘Zonas Grises’ de las Historias Mapuche. Colonialismo Internalizado, Marginalidad y Políticas de la Memoria”. Revista de Historia Social y de las Mentalidades. Volumen 17, Nº 1: 11–33. Universidad de Santiago de Chile. PINTO, J. (2001). “La ocupación de la Araucanía a través de historiadores, novelistas, poetas y dirigentes mapuche”. Investigando y educando: Estudios para el análisis y la aplicación. Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación. Santiago: LOM Ediciones. PU LOV Y COMUNIDADES LAVKENCHE EN RESISTENCIA (2017). ¡Xipamün Pu ülka! La usurpación forestal del lavkenmapu y el proceso actual de recuperación. Historia de cómo Mininco y Bosques Arauco se hicieron dueños legales del Lavkenmapu y la Cordillera de Nahuelbuta. Libros del Perro Negro, Santiago de Chile. QUIDEL, J. (2020) “Fey ga akuy ti ahtu. Entonces el día llegó una lectura de la pandemia desde un mapuche rakizuam”. Disponible en: https://www.comunidadhistoriamapuche.cl RAMAY, A., LONCON, E. y MIRANDA, P. (2017). Violeta Parra en el Wallmapu. Su encuentro con el canto Mapuche. Centro de Estudios Interculturales e Indígenas (CIIR) y Pehuén. Santiago de Chile. STUCHLIK, M. (1974). Rasgos de la sociedad mapuche contemporánea. Ediciones Nueva Universidad. Santiago de Chile. VARGAS, R. (2017). Pewmas / Sueños de Justicia. Lonkos y dirigentes mapuche versus Chile en la Corte Interamericana. Lom ediciones, Santiago de Chile. YAÑEZ, N. y AYLWIN, J. (2007). El Gobierno de Lagos, los pueblos indígenas y el “nuevo trato”: las paradojas de la democracia chilena. Ediciones LOM, Santiago de Chile.
AGRADECIMIENTOS Al Lonko don Teodoro Huenuman y a la Papay Marcelina Antivil, y también a su familia. Al Observatori del Conflicte Social de la Universidad de Barcelona, a la Fundación Heinrich Böll y a la Red de Observatorios de la Deuda Social de América Latina ODSAL, por apoyar esta publicación. A nuestros colegas de la Universidad Alberto Hurtado, Manuel Fuenzalida, Rosa María Olave, Tony Mifsud SJ, Natalia Hernández, Juan Carlos Skewes y a todos los estudiantes y tesistas que han colaborado con nosotros y el territorio. Y finalmente, a quienes demandan hoy en las calles dignidad y justicia social, y, en especial, a las comunidades que resisten y luchan incansablemente por la autodeterminación y el medioambiente.
centro fernando vives sj universidad alberto hurtado Almirante Barroso 40, Santiago, Región Metropolitana, Chile. https://www.uahurtado.cl/centrovives/
jesuitas de tirua Casilla 20, Tirua, Región del Biobío, Chile. https://territorioenconflicto.jesuitas.cl/
red de observatorios de la deuda social de america latina, odsal Alicia M. de Justo 1500, Buenos Aires, Argentina. Edificio San Alberto Magno 4ºpiso Oficina 462. www.odsal.oducal.com
Un libro que en diez capítulos nos entrega una visión integral de las distintas dimensiones de resistencia mapuche desde (y por) el Wallmapu. En el momento en que nos encontramos, urge socializar estos contenidos para materializar la oportunidad política para el movimiento mapuche. No solo debe ser la Wenufoye ondeando en Plaza Dignidad. Debe también concretarse institucionalmente el reconocimiento y la plurinacionalidad, para que los Pueblo Indígenas puedan por primera vez desde el inicio de la Republica, incidir en sus derechos políticos, territoriales y culturales. Este libro se hace cargo de las oportunidades, pero también de los desafíos que el Estallido supone para la transformación de nuestra política. Dr. Manuel Fuenzalida, Departamento de Geograf ía, Universidad Alberto Hurtado. La revuelta de octubre de 2019 visibilizó en Chile una discusión que se arrastra desde la constitución del Estado Nacional y que dice relación con cómo construimos convivencia y relaciones democráticas. En última instancia, un discusión sobre cómo nos relacionamos entre y con las diversas naciones que demandan mayor participación y espacios de poder en un mismo territorio en un Estado que se encuentra con la necesidad de reformularse como plurinacional e intercultural. El libro “La Resistencia Mapuche y el Estallido Social en Chile” presenta valiosas investigaciones y reflexiones de pensadoras y pensadores autónomos que durante décadas han desgranado los puntos más conflictivos de las relaciones políticas, el uso de la violencia como herramienta política o represiva, el rol de las mujeres y la judicialización de la protesta. Ana Rodríguez Silva, Periodista y coautora del libro “La Frontera. Crónica de la Araucanía Rebelde (Catalonia, 2015) Este libro nos invita a recordar, repensar y proyectarnos hacia un mejor futuro a partir de los hechos acontecidos en el reciente año 2019. Al avanzar en la lectura de sus páginas nos encontramos con brechas y grietas cotidianas de ciudades y campos “neoliberalizadas/os” hace ya 30 años, en que vivimos en una democracia y modernidad incompletas. El manuscrito aborda los procesos de exclusión y de conciencia nacional, destacando la necesidad de participar activamente en el destino de nuestros territorios. Un aspecto clave tanto de lo sucedido en 2019 como de los análisis de los distintos capítulos, es que se produjo una convergencia y sintonía de la lucha mapuche y la chilena, un despertar y un Estallido Social con demandas comunes de dignidad, justicia y reconocimiento. La política y lo político se hicieron una sola cosa, surgiendo demandas desde la ciudadanía y de ciudadanía ampliada. El proceso constituyente nos ofrece una inédita oportunidad de diálogo interétnico en esta casa de todos y todas, y la lectura de este libro implica un buen inicio para lo que viene. Dr. Nicolás Gissi, Departamento de Antropología, Universidad de Chile.
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