Jueves 24 de septiembre de 2020 Edición Nro. 10871

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020

Edición Nº 10871

Deuda interna crece y llega

a USD 17.434 millones Niños podrían ser víctimas de bandas delincuenciales (Pág. 3)

Miembros de la Junta Provincial Electoral aún no tienen acción de personal (Pág. 2)

(Pág. 20)

(Pág. 13)

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egún el Ministerio de Finanzas, entre agosto de 2019 y agosto de 2020, la deuda pública total de Ecuador pasó de USD 55.702 millones a USD 59.264 millones, es decir, trepó USD 3.562 millones. Ahora equivale al 61,4% del Producto Interno Bruto (PIB) de Ecuador.

Chérrez, ‘El Mago’ que hizo desaparecer el dinero del Isspol, se fue del país L

a estafa al Instituto de Seguridad Social de la Policía fue de al menos USD 800 millones.

Binomio de Creo-PSC inscribe su candidatura en CNE (Pág. 14)

(Pág. 12)

Unión por la Esperanza inscribió al binomio Arauz - Correa

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Miembros de la JPE aún no tienen acción de personal Hasta la tarde del miércoles 23 de septiembre los integrantes de la Junta Provincial Electoral (JPE) de Loja todavía no tenían acción de personal (aval) para iniciar de manera oficial en sus labores, mientras tanto, organizaciones políticas ya están solicitando fecha para las inscripciones de candidaturas. Perfiles Desde el 18 se septiembre, empezó el plazo para que las organizaciones políticas en Loja puedan realizar la inscripción oficial de sus precandidatos para los comicios del 2021, pero pese a que ya arrancó el proceso, el ente encargado, la JPE, aún no está conformada en su totalidad, ya que el quinto integrante fue nombrado la noche del martes 22 y tiene que presentar la documentación, así como cumplir un plazo de dos días para que alguien impugne su designación en el caso que así lo desee. Los miembros que conforman la JPE de Loja son: Pablo Piedra Vivar, Juan Gabriel Sagbay André, Lucía Victoria Jaramillo Sangurima; y Gloria María Enith Ochoa Álvarez y el quinto es Leonardo Humberto León León. Piedra Vivar mencionó que asumió esta responsabilidad

•• Pablo Piedra Vivar, Juan Gabriel Sagbay André, Lucía Victoria Jaramillo Sangurima; y Gloria María Enith Ochoa Álvarez.

con mucho sentido cívico, cuya finalidad es dar un aporte para la realización de elecciones libres y transparentes, además lo asume con mucha dependencia, ya que no responde a ninguna línea política, razón por la cual todas sus actuaciones estarán dirigidas a hacer respetar el ordenamiento jurídico ecuatoriano y los derechos de las personas. “Todavía no nos hemos podido reunir la Junta Provincial por falta de cuórum, pese a que ya están en funciones desde el domingo 20 de septiembre, lo cual hace que estemos en deuda con la ciudadanía lojana al no poder llevar adelante esta primera reunión de suma importan-

cia porque se eligen autoridades (presidente, vicepresidente y secretario)”, dijo. Mientras que, Jaramillo Sangurima mencionó que es la segunda vez que es parte de la JPE, anteriormente fue en los comicios del 2019, razón por la cual esta nueva designación es un compromiso con la ciudadanía para velar por la democracia en la ciudad y provincia de Loja y hacer respetar la decisión de los electores en las urnas. Pese a que fueron nombrados, esperan la acción de personal para poder efectuar la primera reunión, elegir autoridades y luego empezar de manera legal su trabajo que es en este momento las inscripciones de candidaturas.

Por su parte, Sagbay André puntualizó que la designación como miembro de la Junta Provincial Electoral es un reto porque ayudará a garantizar en primera instancia las debidas inscripciones de los precandidatos, luego los resultados en base a la voluntad del pueblo. “Yo me he manejado con transparencia y ética en la vida profesional, personal y familiar. Eso se verá reflejado durante el cumplimiento de las funciones como vocal de la JPE”, añadió. Es una responsabilidad ser parte de este nuevo resto (vocal JPE), el cual lo llevará con objetividad y transparencia, así lo señaló Ochoa Álvarez.

Antes como activista de los derechos humanos velaba por los grupos vulnerables, por ejemplo, los adultos mayores, entre otros, mientras que ahora vigilará la transparencia de los comicios del 2021. “Esperamos que en estos días seamos legalizados, es decir haya la acción de personal y empezar con nuestras funciones que son las inscripciones, según el calendario electoral”, destacó.(I).(FJC).

Dato •

El quinto vocal es Leonardo Humberto León León, está en fase de impugnación.

Millonaria estafa al Isspol preocupa a jubilados y aportantes La estafa al Instituto de Seguridad Social de la Policía (Isspol) y que se investiga supera los USD 500 millones, esto preocupada a los jubilados y aportantes a la entidad, unos porque se les deje de pagar sus pensiones y otros que se agrave la situación de falta de atención médica. Circunstancias La Ministra de Gobierno, María Paula Romo, en rueda de prensa, expresó que a pesar de la gravedad de lo que se ha descubierto, la jubilación de los policías y todas las prestaciones están garantizadas, hay una ley que obliga al Estado a garantizar todo lo que se adeude. El Isspol fue creado en 1995. Es un organismo autónomo con finalidad social y sin ánimo de lucro; cubre a más

•• Orlando Lenin Carrión, policía en servicio pasivo.

de 70.000 policías: 50.000 en servicio activo y 20.000 en retiro o servicio pasivo. Orlando Lenin Carrión, policía en servicio pasivo, mencionó que este problema sin duda afecta en gran magnitud a todos los socios de esta caja de seguridad

social de la Policía, razón por la cual deben seguir las investigaciones hasta las últimas consecuencias. A los servidores policiales, el descuento del Seguro que les hacen es dependiendo del rango que tienen y con esos recursos manejan los fondos de reserva, décimos y el sueldo a los jubilados, los cuales hasta la fecha les han pagado con normalidad, pero están preocupados con los últimos acontecimientos que están pasando en el país. Indicó que, en Loja sí es un poco crítico la situación, porque sus compañeros les han mencionado que no hay medicinas en los dispensarios médicos, así como también no hay una atención proactiva, ya que los hospitales de Guayaquil y Quito están al tope, y la causa principal

•• Estafa a la Isspol afectaría a policías en servicio pasivo y activos.

es la falta de recursos, mientras tanto tienen que acudir a las farmacias particulares en busca de medicamentos. Por su parte, un uniformado en servicio activo, mencionó que años anteriores el Isspol daba créditos para vivienda y desde el 2016 casi no lo hace, sin embargo, mensualmente les descuentan USD

250 dependiendo del grado que tengan y los años. A ello, se suma que no les están cubriendo el seguro médico, lo cual les está afectando al momento de acudir para hacerse atender en los dispensarios; y sus dependientes tampoco pueden acudir a las atenciones.(I).(FJC).


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Atención: Niños podrían ser víctimas de bandas delincuenciales mediante internet turnarse para utilizar el móvil. No cuentan con una computadora. “Es beneficioso que los niños no vayan a clases presenciales, ya que no estaremos preocupados de que se vayan a contagiar, pero también es preocupante porque muchos padres no cuentan con lo necesario para darles los implemen-

tos necesarios para la enseñanza virtual”, dijo. Agregó que los maestros tratan de ayudarlos, pero no pueden hacer más allá de enviarles tareas y esperar que se conecten en las clases. “Espero que las nuevas generaciones no crezcan con esos vacíos, los cuales son perjudiciales para su futuro.(I).(FJC). P

• Niños deben ser supervisados cuando usan el computador para evitar sean víctimas de bandas delincuenciales.

El internet es un medio por donde bandas delincuenciales pueden contactarse con los niños, más ahora con las clases virtuales; padres de familia temen esta situación, pero también les preocupa que la enseñanza online no llega a todos. El internet es un medio por donde bandas delincuenciales pueden contactarse con los niños, pero según, juristas hasta la fecha no hay casos registrados en Loja, en lo que va de estos últimos meses. Padres de familia temen esta situación, pero también la preocupación es que la enseñanza online no llega a todos. Situación Mirian es una niña de apenas 10 años de edad y todos los días mediante un computador recibe las clases online. Sin embargo, en la última semana mientras estaba conectada habría

empezado recibir mensajes extraños de una persona desconocida, quien le preguntaba si podía ser amigos. También le enviaba palabras obscenas. Su madre al ver esta situación, quiso denunciar el hecho ante el organismo competente, pero desde hace días no han vuelto de recibir este tipo de mensajes, por lo que desde ahora está más atenta a lo que hace su hija mientras está al frente de un computador. Martha C., es madre de Mirian, mencionó que conocía de los peligros del internet, pero ahora lo vivió en carne propia, por lo que llama a los padres a controlar a sus hijos en el uso de la red, porque los delincuentes están aprovechándose que los estudiantes reciben clases online para contactarlos. Varios padres al ser consultados por diario Crónica sobre esta problemática mencionaron que sienten temor, aunque no están

en las escuelas, caigan en manos de estas bandas delincuenciales. Otra de las mayores preocupaciones es que todavía en los sectores de la periferia no cuentan con los implementos necesarios para recibir las clases ya sea dispositivos o recursos para las recargas. Para Marlon Medina, abogado de libre ejercicio, en Loja hasta la fecha no ha existido (de lo que conoce) denuncias de niños víctimas por internet, pero mientras más tiempo pasen en páginas web, tienden a ser vulnerables, de allí es necesario la supervisión de los adultos. Deficiencia Gilbert Cajamarca vive en el sector San Juan, norte de la ciudad, mencionó que el inconveniente en su caso es la falta de dispositivos, porque tiene 3 niños que van a la escuela y los horarios se cruzan para las clases, por lo que deben

Circulación vehicular

HOY 0-2-4-6-8 Último dígito de la placa

CONTACTOS: 0997262566 / 2724 895 / 2732003 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec Pasaje Cinchona 207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay, sector 24 de Mayo Twitter: CronicaLoja Facebook: DiarioCronica Instagram: DiarioCronica Issuu: CronicaLoja WhatsApp: 0997262566 DiarioCronica

w w w. c r o n i c a . c o m . e c Ingreso a mercados municipales

en la ciudad de Loja de LUNES A VIERNES

06h00 a 18h00


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Ecuador requiere más preparación ante desastres naturales Ubicado en el Cinturón de Fuego del Pacífico y rodeado de volcanes, además de extensas playas en toda la costa, Ecuador enfrenta amenazas reales de erupciones volcánicas, terremotos, sequías, inundaciones, deslaves, derrumbes entre otros, incluyendo otras afectaciones generadas por el cambio climático. Dichos eventos catastróficos desencadenan destrucción o daños a la infraestructura de nuestras comunidades, poniendo en manifiesto una preocupación ciudadana por la poca o nula prevención ante estos casos. Ahora mismo algunas ciudades han experimentado inundaciones ocasionadas por las fuertes lluvias como es el caso de la ciudad de Quito, mientras que en la provincia de Morona Santiago el volcán Sangay, uno de los volcanes más activos del Ecuador según el Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional, ha registrado un retorno a los niveles de actividad eruptiva observados entre mayo del 2019 y las primeras semanas de septiembre del 2020. Específicamente el 20 de

septiembre de 2020 tuvo lugar una fuerte erupción que generó una columna de ceniza de 10 kilómetros de altura, desde el nivel del cráter. El material volcánico llegó hasta Guayas, Manabí y Santa Elena, pasando por Los Ríos, Chimborazo y Bolívar. Formación de profesionales para mitigar los efectos de los desastres naturales David del Pozo, coordinador de la carrera de Gestión de Riesgos y Desastres manifiesta que el riesgo de desastres no es estático, sino que evoluciona de manera muy rápida como sucedió con el COVID-19, se requiere el aporte de profesionales en Gestión de Riesgos y Desastres que puedan aprovechar una gama de recursos; como por ejemplo, los sistemas de información geográfica en conjunto con otras tecnologías espaciales, para simular proyecciones que ayuden a identificar las amenazas a las que estamos sujetos, con el fin de prevenir o minimizar afectaciones que puedan condicionar la vida de las poblaciones.

La carrera de Gestión de Riesgos y Desastres se muestra como una opción vanguardista en lo que respecta a estudios universitarios, sobre todo por su aplicabilidad y extenso campo laboral. Destacar o llamada de atención: La gestión de riesgos y desastres ha tomado un gran impulso en sus oportunidades de inserción laboral, debido a los problemas que se han identificado en el entorno actual: escaso nivel de desarrollo e investigación en torno a esta área del conocimiento; falta de organización y de alianzas institucionales (públicas y privadas) que limita la identificación y gestión de los riesgos socio-naturales; deficiente inserción de la gestión de riesgos en la planificación territorial para prevenir y mitigar desastres; y escasas capacidades de respuesta ante eventos peligrosos. Procurando que la formación integral trascienda de la teoría a la práctica, la UTPL cuenta con laboratorios de vanguardia que permiten un grado de inmersión total en las com-

petencias que demanda la gestión de riesgos y desastres. En la UTPL se guía e impulsa el aprendizaje de los estudiantes, a través de metodologías de enseñanza dinámicas e innovadoras

que son lideradas por un equipo de docentes de alto nivel que se encuentran en formación permanente en algunas de las universidades más prestigiosas de Ecuador, España, México, Inglaterra y Alemania.


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Las candidaturas quedan calificadas y en firme una vez que cumplan el debido proceso Del 18 de septiembre al 7 de octubre de 2020, los representantes legales de las organizaciones políticas, el procurador común de la alianza electoral o sus respectivos delegados, deberán inscribir las candidaturas, a través del portal web institucional www.cne.gob. ec, o a su vez, entregando la documentación habilitante de manera presencial, ante el órgano electoral. El artículo 9 del reglamento para la Inscripción y Calificación de Candidaturas de Elección Popular, indica que la solicitud de inscripción de candidaturas deberá estar respaldada con la documentación habilitante. La documentación de respaldo es de estricta responsabilidad de las organizaciones políticas o alianzas. Previo a la inscripción de las candidaturas, las organizaciones políticas y sus candidaturas deben cumplir el siguiente procedimiento: 1. Presentación de la inscripción de candidaturas (representantes de la organización política) artículo 100 Código dela Democracia (CD).

Jesenia Vega, jefa de la dirección de Gestión Ambiental y Producción del GADM de Puyango, dio a conocer que esta es la primera etapa del proyecto de repotenciación, detalla que los trabajos que se realizaron consiste en me-

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Sabiduría popular para la vida SABEL

2. La Secretaría del CNE o de la Junta Electoral, correrá traslado a los sujetos políticos para que puedan presentar el recurso de objeción en el plazo, artículo 101 del CD. 3. Los sujetos políticos pueden presentar sus objeciones en el plazo de dos días, artículo 101 del CD. 4. La Secretaría del CNE o de la Junta Electoral corre traslado para la defensa y el debido proceso del candidato objetado en le plazo de 1 día- artículo 101 del CD. 5. El candidato objetado puede presentar en el plazo de 2 días su contestación artículo 101 del CD. 6. El CNE o la Junta Electoral resolverán en el plazo de 2 días, artículo 101 del CD. 7. La notificación de la objeción a las partes se realizará en el plazo de 1 día, artículo 101 del CD.

La presidenta del CNE, Diana Atamaint, explicó la mañana de este miércoles 23 de septiembre, que durante este periodo, las organizaciones políticas solicitan la inscripción de sus candidatos, pero señaló que es el Pleno del Consejo Nacional Electoral o las Juntas Electorales Provinciales y del Exterior, quienes aceptan o rechazan esa inscripción. La decisión se toma tras el análisis de un informe técnico jurídico por parte de las áreas competentes. La titular del órgano electoral precisó que esas decisiones pueden ser apeladas ante el Tribunal Contencioso Electoral. Las candidaturas se considerarán inscritas de forma oficial únicamente luego de la resolución en firme que las califique, que constituye el acto por el cual el órgano electoral competente acepta su inscripción.(I).

Puyango cuenta con centro de faenamiento municipal Luego de varios meses de trabajo, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal (GADM) de Puyango realizó la inauguración del Centro de Faenamiento Municipal, una obra realizada bajo administración directa, durante todo este proceso la Agencia de Regulación y Control Zoo Fitosanitario brindó el acompañamiento para dar cumpliendo con todos los protocolos que exige la ley.

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Historia ochenta y seis

“Enlazar el alma”

En esta historia hay una clave misteriosa, que termina por definir la manera cómo nos va en la vida. Así es. Si nuestra alma es bienhechora y la enlazamos en nuestro actuar, hay un buen augurio. Pero, si por el contrario nuestra alma está en sombras de malicia, el vivir siempre estará acarreando las consecuencias de esa maleficencia. Hace bastante tiempo conocí a un hombre que tenía un negocio muy próspero, compraba y vendía sus mercancías con verdadera vocación de servicio. Pensaba mucho en el prójimo, en sus necesidades, en sus condiciones, en lo que sería bueno para mejorar la vida de su cliente. Es decir, siempre estaba enlazando su alma a los actos de su vida. Así la vida de este hombre estaba rodeada de buena vibra, y tenía éxito en lo que hacía. Practicaba una filosofía de respecto y amor por lo su trabajo. Como su actuar era de esa naturaleza, y tenía como centro un alma del bien-ser, entonces, todo marchaba en esa onda. En sus negocios, a veces ganaba, en otras ocasiones perdía. Pero, nunca sucumbía ante las dificultades. Así, sigue su historia, enlazando su alma a su experiencia de vida. También he conocido a muchos otros hombres dedicados a negocios, quienes sin saber, también enlazan su alma a su actuar, mas, todo les sale mal. El problema para ellos, no es la crisis, no es el gobierno, no es el entorno. El problema es que el alma que enlazan a su vida está en sombras. Hay que comprenderlo.

ENTIDAD REQUIERE ARRENDAR OFICINAS ÁREA ÚTIL 379.29M2 El inmueble debe estar ubicado en la ciudad de Cariamanga, en la zona céntrica, disponer de oficinas continuas, especificar en la proforma si el costo incluye o no IVA y el pago de servicios básicos .

jorar la infraestructura física, como en la adquisición de equipos que permiten modernizar el servicio cuidando los estándares de calidad. Hernán Encalada, alcalde del cantón, destacó que la obra se realizó por administración directa, con una inversión aproximada a los 50 mil dólares, aseguró que brinda buena calidad de vida y salud a la población depende de que todos los procesos de

faenamiento se lleven a cabo cumpliendo los debidos protocolos, hizo un llamado a los operarios a cuidar de esta obra y se comprometió a emprender en una segunda fase que permitirá que este Centro de Faenamiento Municipal brinde el servicio a otros sectores de la región. Este Centro de Faenamiento Municipal inició sus labores de atención al público desde la madrugada del sábado 19 de septiembre.(I).

Las ofertas presentar en el segundo piso del edificio de la Dirección Distrital 11DO6 Calvas-Gonzanamá-Quilanga-Salud, en sobre cerrado hasta las 10H00 del día miércoles 30 de septiembre de 2020. P/F4076

0997262566 / 2724 895 / 2732003 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec

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Iniciaron reuniones técnicas en Fedeloja

En la palestra Gimnasia Artística y Ajedrez Atendiendo la convocatoria realizada por Orlando Muñoz, encargado de la Dirección del Departamento Técnico Metodológico, este miércoles 23 de septiembre a partir de las 12h00 y con las medidas de bioseguridad respectivas, con la presencia del metodólogo responsable en las disciplinas de Gimnasia Artística en la rama masculino-femenina y Ajedrez y Jefes Departamentales de la institución, iniciaron las reuniones técnicas, donde pusieron sobre la mesa el análisis las planificaciones que vienen ejecutándose desde el mes de marzo a través de la modalidad de teletrabajo, por la situación de emergencia sanitaria que azota a todo el mundo provocada por la COVID -19. Luís Riofrío, Darwin Zumba y Carlos Angamarca, técnicos responsables de las disciplinas antes indicadas, concordaron que esta fase de confinamiento ha permitido incrementar sus conocimientos en el área tecnológica, con el uso de herramientas virtuales que han facilitado priorizar la

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AVISO DE ACREEDORES COMPAÑÍA CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JOEPARK CÍA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley de Compañías, realizo el presente llamado a los acreedores de la Compañía CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JOEPARK CÍA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” para que en caso de haberlos, en el término de veinte (20) días contados a partir de la última publicación del presente aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho, en la oficina del Liquidador, ubicada en la ciudad de Loja, calles Sucre 201-49 y 10 de Agosto (Edificio Samaniego) Oficina 311 Tercer Piso, Cel. 0993764518. Loja, 24 de septiembre de 2020

preparación deportiva. De igual manera puntualizan el apoyo incondicional de los padres de familia que han permitido acondicionar sus hogares para facilitar la ubicación de cierta implementación otorgada en calidad de préstamo por Fedeloja para sus ensayos en lo que respecta a la Gimnasia Artística. Se menciona la importancia de las capacitaciones que vienen promoviéndose por la Secretaría del Deporte, Ecuatorianas por Deporte y organismos internacionales, que suman al crecimiento de sus conocimientos y la aplicación durante sus entrenamien-

tos; lo mismo ocurre con eventos competitivos que han logrado despertar nuevamente el interés y activación en la práctica deportiva. Los entrenadores trabajarán en los próximos días, con un plan piloto que encierre todas las medidas de bioseguridad para lograr un posible retorno a sus lugares de entrenamiento, que será sujeto a aprobación por Fedeloja y el COE cantonal, socializándose en lo posterior con los padres de familia quienes deberán autorizar por escrito la reinserción de sus representados a los entrenamientos diarios.(D).

Secretaría de Deportes entrega cancha de squash En base a un convenio suscrito por la Secretaría Nacional de Deportes y Federación Deportiva de Loja, se procedió el miércoles 23 de septiembre en Guayaquil, a la firma del convenio de uso y administración de la cancha de squash desmontable por el lapso de diez años. Dentro de los compromisos que asume este organismo deportivo (FedeLoja), es proporcionar de un espacio que cumpla con las especificaciones técnicas para la instalación de la cancha, para ello, Jorge Feijó Zaru-

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Ing. Dalton Miguel Cueva Cueva LIQUIDADOR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JOEPARK CÍA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” P/F4084

Semáforo Amar llo en L ja Circulación de

vehículos particulares

IMPAR

Lunes Miércoles Viernes

PAR y 0 Martes Jueves Sábado

Los días domingos Circulan todos los vehículos sin restricción de placa

ma, Administrador General, realizará las gestiones necesarias ante el Municipio

de Loja para lograr el acondicionamiento de dicha infraestructura deportiva,

así como la masificación y práctica de este deporte. Este nuevo patrimonio que se le otorga a Federación Deportiva de Loja, está valorado en 200 mil dólares y se prevé el traslado desde la ciudad de Cuenca la primera semana de octubre; a decir de Feijó, es impor-

tante resaltar el apoyo y gestión de Kike Gutiérrez, quien ha venido trabajando arduamente para implementar está disciplina que facilite su desarrollo y que ahora formará parte del proyecto de masificación del squash en la provincia de Loja.(D).

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Chérrez, ‘El Mago’ que hizo desaparecer el dinero del Isspol, se fue del país La estafa al Instituto de Seguridad Social de la Policía fue de al menos USD 800 millones. El quiteño Jorge Oswaldo Chérrez Miño cumplió 46 años el pasado 8 de agosto de 2020. No registra ningún título profesional ante la Secretaría de Educación Superior (Senescyt), pero ha manejado cientos de millones de dólares en inversiones. La justicia le sigue la pista desde marzo de 2020 por ser uno de los artífices, según el Ministerio de Gobierno, de una estafa de proporciones todavía desconocidas en varios fondos de pensiones. Una de las movidas más avezadas de Chérrez es el desfalco al Instituto de Seguridad Social de la Policía (Isspol), que ha perdido unos USD 800 millones en operaciones sin respaldo. ‘El Mago’ Chérrez salió de Ecuador desde el aeropuerto de Quito, el 3 de junio de 2020, rumbo a Cali, Colombia, declaró que se iba de turismo, ha confirmado PRIMICIAS en los registros de Migración. Pero desde entonces no ha regresado. Desde 2017 -señala Migración- tiene un promedio de 50 viajes al exterior. Sus destinos más recurrentes son Miami, por turismo y negocios, Panamá por residencia; y Bogotá y Medellín por negocios. La Ministra de Gobierno, María Paula Romo, aseguró el 22 de septiembre en el Palacio de Carondelet que, pese a la estafa, las pensiones de los miembros de la Policía jubilados están garantizadas. “Existe una ley que obliga al Estado a garantizar el pago de todo lo que se adeude por estos conceptos”, aseguró Romo. Un escándalo de tres niveles La ministra dijo que se investigan tres niveles de responsabilidad en este escándalo financiero: A funcionarios uniformados y civiles del Isspol, los cuales ya están identificados, como lo informó PRIMICIAS. Empresas privadas,

•• Jorge Oswaldo Chérrez Miño, alias ‘El Mago’, junto a José Serrano, entonces presidente de la Asamblea Nacional, 26 de agosto de 2017. - Foto: José Serrano/Twitter

del mercado de valores (Decevale, casas de valores y bolsas de valores de Guayaquil y Quito) y estructuradores de las inversiones, como Jorge Chérrez Miño. “Quienes vendieron estos documentos y ofrecieron ser la contraparte”, según Romo. A las autoridades de regulación y control, como la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; la Superintendencia de Bancos e incluso a los mismos funcionarios del Ministerio de Gobierno durante la administración anterior. De hecho, la primera acción se concretó recién el 18 de septiembre de 2020, cuando la Superintendencia de Compañía demandó ante la Fiscalía de Guayas e intervino al Depósito Centralizado de Compensación y Liquidación de Valores (Decevale). El Decevale, cuya matriz está en el centro de Guayaquil, es el único depósito de valores autorizado por la Superintendencia de Compañías y su mayor accionista es la Bolsa de Valores de Guayaquil. Magia en Panamá La estafa al Isspol representa más de la mitad de la cartera de inversiones de la institución, que es de USD 1.500 millones. “Si ese dinero no se recupera, el Estado va a tener que obtener los recursos necesarios para recuperar estas inversiones. No solamente se puede haber perjudicado a la Policía, sino a toda la sociedad ecuatoriana, el momento en que nos corresponda compensar ese dinero”, reconoció Romo. De los 800 millones inver-

tidos por el Isspol, cuya recuperación será compleja o casi imposible de ejecutar, las autoridades se centran en las operaciones que suman USD 532 millones y cuyo estructurador es Jorge Chérrez Miño, a través de dos empresas que él dirigía y estaban domiciliadas en Panamá, país donde es residente: Ibcorp (Investments and Business Group S.A.) HYBF ( High Yield Bond Funding Corp) El Decevale era custodio de estas operaciones, que fueron realizadas en 2014, 2015 y 2016. Para la cúpula policial es clave determinar la participación de Chérrez en el entramado. Él dirigía varias compañías de inversiones desde Panamá, con una serie de conexiones. Las investigaciones preliminares realizadas por la Policía dan pocas pistas sobre la dimensión del personaje. Jorge Chérrez Miño De su vida se sabe poco. De hecho, la única foto pública de él aparece en la cuenta de Twitter del actual legislador, exministro de Gobierno y expresidente de la Asamblea, José Serrano, cuando condecoró a Chérrez, en agosto de 2017, por ser parte de un club de motociclismo. La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) reporta que solo existe un vehículo a nombre de Chérrez Miño y es justamente un cuadrón, color blanco, modelo Rocket 250. El mismo año que recibió la condecoración de manos de José Serrano se divorció. En octubre de 2017 liquidó la sociedad conyugal con su esposa, con quien tiene dos hijos.

En el ojo del SRI y sin visa El Registro Único de Contribuyente (RUC) de Chérrez ha sido suspendido por el Servicio de Rentas Internas (SRI). También, registra una serie de transferencias al exterior. El ecuatoriano está en la mira de los Estados Unidos, que el 15 de septiembre revocó su visa. Las investigaciones de inteligencia policial de Ecuador determinan que, desde Cali, Jorge Chérrez viajó a Panamá, donde tiene estatus de residente. Relaciones de alto nivel El Comandante General de

la Policía, Patricio Carrillo, es parte del comité de investigación del caso Isspol. Según él, Jorge Chérrez tenía relaciones de alto nivel con las autoridades de control, particularmente con funcionarios de la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Compañías. La Ministra Romo asegura que analizan los nexos de Chérrez con el exsuperintendente de Bancos, Christian Cruz, cesado en funciones el 18 de julio de 2018 por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio. No es lo único Jorge Oswaldo Chérrez Miño estaba enquistado dentro del Isspol, según Romo. Al extremo que, además de inversiones, ‘El Mago’ consiguió un contrato de USD 100 mil para dar asesoría en “tecnología interna”, al hoy asaltado Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional. Un servicio de las mismas características le ofreció a la Bolsa de Valores de Guayaquil, otro eslabón que, según la Ministra, están investigando. (I)Primicias P


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La deuda interna crece 5,4% en agosto y llega a USD 17.434 millones La deuda pública total aumentó 6% interanual en agosto de 2020, en comparación con el mismo mes del año pasado, según el último boletín del Ministerio de Finanzas. Según el Ministerio de Finanzas, entre agosto de 2019 y agosto de 2020, la deuda pública total de Ecuador pasó de USD 55.702 millones a USD 59.264 millones, es decir, trepó USD 3.562 millones. Ahora equivale al 61,4% del Producto Interno Bruto (PIB) de Ecuador, según el último reporte del Ministerio de Finanzas. Ecuador esperaba mantener la deuda pública por debajo del 40% del PIB pero la crisis económica agravada por la pandemia de COVID-19 llevó al país a posponer ese objetivo. Por su parte, la deuda pública interna subió un 5,4% entre agosto de 2019 y el mismo mes de 2020, al pasar de USD 16.490 millones a USD 17.434 millones. Es decir, en el último año hubo un incremento de USD 944 millones. Bajo el paraguas de la llamada

deuda interna se agrupan las obligaciones que tiene el Estado por la emisión de bonos en el mercado local, que hasta agosto de 2020 sumaban USD 13.800 millones, un 5,1% más que lo registrado en el mismo periodo de 2019. Dentro de la deuda interna también están los USD 1.470 millones de obligaciones del Estado con el Banco de Desarrollo y USD 500 millones de deuda con el Banco Central. Mientras que las obligaciones que quedaron pendientes con las entidades del Estado hasta el 31 de diciembre de 2019, sumaban USD 1.663 millones. De ese total, USD 508 millones corresponden a compromisos con la Seguridad Social y USD 1.155 millones son obligaciones no cerradas del Presupuesto de 2019. No para de crecer Durante el mismo periodo, la deuda externa subió 6,2%, o el equivalente a USD 2.618 millones, al pasar de USD 39.211 millones a 41.829 millones. Cálculo que, sin embargo, no tiene en cuenta la rebaja de capi-

tal conseguida por Ecuador durante el proceso de renegociación de 10 series de bonos Global de la deuda externa que fueron reemplazadas por tres nuevas series. Ni las últimas renegociaciones de deuda con la banca china. Dentro de la deuda externa se cuentan: USD 21.381 millones por préstamos externos. USD 19.238 millones en bonos emitidos en el mercado internacional. USD 582,4 millones en pasivos por derechos contractuales intangibles. USD 33,3 millones por ventas anticipadas de petróleo. USD 594,7 millones por derechos especiales de giro. La deuda externa caería unos USD 1.692,6 millones si el último reporte del Mi-

Pérdida de horas de empleo en Ecuador se estima por el 20%, según OIT Los confinamientos y otras medidas de lucha contra la pandemia de COVID-19 causaron en Latinoamérica una pérdida de horas de trabajo equivalentes a 80 millones de empleos en el segundo trimestre, o un 33,5 por ciento del total, indicó un estudio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Latinoamérica fue en términos relativos la región del mundo que más trabajo perdió entre abril y junio, muy por encima de la media global (del 17,3 por ciento), y acumuló casi la sexta parte del equivalente a 495 millones de empleos perdido en el planeta. Aunque la OIT no dio infor-

nisterio de Finanzas incluyera la renegociación con los acreedores internacionales. El último informe no toma en cuenta el corte de capital de 9% o unos USD 1.590 millones que consiguió Ecuador tras la renegociación de la deuda con los tenedores de bonos Global. Tampoco están registrados los USD 102,6 millones en intereses de bonos Global que no fueron pagados por el país entre marzo y agosto de 2020, debido a la renegociación. Una vez que se actualicen las cifras, la deuda externa sería de USD 40.136 millones hasta agosto de 2020. El exministro de Finanzas y consejero económico del Gobierno, Fausto Ortiz, dijo que la deuda que se tomó

en los primeros ocho meses del año, básicamente, sirvió para pagar “amortización de deuda anterior”. En los primeros ocho meses de 2020, el Gobierno destinó USD 3.032 millones a amortizaciones de deuda. Mientras que USD 1.425 millones salieron del Presupuesto General del Estado para pagar los intereses de la deuda pública. Ortiz afirma que las necesidades brutas de financiamiento que se vienen en el futuro, entre septiembre y diciembre de 2020, sí incrementarán de manera significativa la deuda de Ecuador. Esto porque el país espera en la última parte del año el desembolso de nuevos créditos para cubrir esas necesidades de financiamiento: USD 5.000 millones de los organismos multilaterales de crédito. De ese total, USD 4.000 millones provendrán del Fondo Monetario Internacional (FMI). USD 2.000 millones por desembolsos de China. Desde 2009 tanto la deuda interna como la deuda externa de Ecuador no han parado de crecer, como lo muestra el siguiente gráfico. (I)Primicias

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mación pormenorizada de cada país, sí destacó que la pérdida de horas de empleo en Ecuador, Colombia, Costa Rica, México, Chile estuvo en la banda del 20 por ciento. España rondó el 6 por ciento, en países como Estados Unidos o Brasil llegó al 10 por cien y en muchas naciones latinoamericanas. Más dramático fue el

caso de Perú, uno de los países con más casos de COVID-19 en el planeta y con un alto predominio del empleo informal, donde se calcula que la pérdida interanual de horas de trabajo superó el 50 por ciento entre abril y junio. La OIT también prevé que los países latinoamericanos se mantengan como

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los afectados por la pérdida de empleo derivada de la pandemia durante el tercer trimestre, en el que calcula que el descenso interanual para la región sea del 25,6 por ciento, equivalente a 60 millones de empleos. En términos absolutos, la

mayor pérdida de horas de trabajo en el segundo trimestre se dio en el sur de Asia, donde equivalió a 170 millones de empleos y aún llegará a 115 millones en el tercer trimestre, de acuerdo con las previsiones del organismo. (I)

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Binomio de Creo-PSC inscribe Richard Carapaz su candidatura en CNE ingresó al ‘Top 10’ Guillermo Lasso y Alfredo Borrero, binomio presidencial de la alianza CreoPartido Social Cristiano (PSC), llegaron al Consejo Nacional Electoral (CNE) para inscribir oficialmente sus candidaturas para las elecciones generales del 2021.

El trámite se realizó la mañana de este miércoles 23 de septiembre del 2020. Entre los documentos habilitantes para la inscripción de su candidaturas constan el plan de trabajo, declaración juramentada ante notario público de no poseer bienes en paraísos fiscales, formulario de inscripción y demás que se encuentran en el reglamento.

de la clasificación mundial

Lasso mencionó que durante una década ha trabajado en un programa de gobierno “en un ambiente de libertad que genere prosperidad”. El binomio se reunirá con dirigentes jóvenes para de-

linear su participación en las elecciones generales del próximo 7 de febrero del 2021. La etapa de inscripción empezó el pasado 18 de septiembre y concluirá el 7 de octubre de 2020.(I)

Hoy se formulan cargos por asesinato de Froilán Jiménez el 30S Han pasado casi 10 años de la revuelta policial del 30 de septiembre en que falleció el policía lojano Froilán Jiménez, del Grupo de Intervención y Rescate (GIR), durante el operativo para sacar al expresidente Rafael Correa del hospital de la Policía, y para este jueves 24 de septiembre se fijo la audiencia de formulación de cargos en contra de 5 oficiales que intervinieron en la jornada, ellos son: • Luis Castro, quien dirigió

el operativo militar • Jorge Peña, director de Operaciones del Comando Conjunto • Hegel Peñaherrera, comandante de la Primera División Shiris • Vicente Guzmán, comandante del Grupo Especial de Operaciones (GEO) • Mauricio Merino, comandante del Grupo Especial de Comandos. La fiscal Claudia Romero decidió reabrir la investigación de este caso, diez años después de los hechos, por

el delito de homicidio al considerar que han aparecido elementos de convicción que hacen presumir su participación en calidad de autores y o cómplices en la muerte de Jiménez. La muerte de Froilán Jiménez ya fue investigada, pero un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, declaró la nulidad de todo por vulneración de derechos de algunos procesados. En el confuso incidente hubo cruce de fuego entre militares y policías. (I)

TCE publica disculpas a revista Vistazo El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) publicó las disculpas a la compañía Editores Nacionales S.A. ENSA, editora de Revista Vistazo, para de esa manera cumplir la disposición de la Corte Constitucional emitida la semana pasada. Lo hizo a través de un comunicado en sus redes sociales oficiales y en su página web oficial. En agosto de 2011, cinco organizaciones afines al gobierno de la época, demandaron a la revista Vistazo porque días antes de la

•• El organismo nacional había multado al medio de comunicación. Foto: vistazo.com

Consulta Popular del 6 de mayo del mismo año, dio a conocer su opinión contraria a varias preguntas a

través de un editorial. Inicialmente el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) falló a favor de la revista por considerar que una opinión no puede considerarse propaganda política, pero nuevos jueces aceptaron la apelación de los demandantes y en septiembre de 2012 sancionaron al medio con una multa de 80 mil dólares. Entonces el medio presentó una acción extraordinaria de protección que la nueva Corte Constitucional resolvió, ocho años después de los hechos, a favor del medio de comunicación nacional.(I)

El ecuatoriano Richard Carapaz, del Team Ineos Grenadier, ocupa el décimo lugar en la clasificación mundial de la Unión Ciclística Internacional (UCI), según el último ranking publicado esta semana. El ciclista carchense mejoró 16 puestos, en relación a la anterior publicación, tras su exitosa participación en el Tour de Francia donde terminó en segundo lugar en la clasificación de los Premios de Montaña y en el casillero 13 en la clasificación general. Además, fue el ciclista con mayor número de kilómetros en fuga:

431 km. El ranking lo lidera el esloveno Primoz Roglic y al segundo lugar ascendió su compatriota Tadej Pogacar, flamante campeón de la carrera francesa. Carapaz, que el domingo correrá el Mundial de Ciclismo de Ruta en Italia, es uno de los dos latinoamericanos en el ‘Top 10’. El otro es el colombiano Miguel Ángel ‘Superma’ López que ocupa el casillero 9. Tras la participación en el Mundial, Richard Carapaz alistará su presencia en la Vuelta a España que se disputará del 20 de octubre al 8 de noviembre.(D).

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Nacional

Empresa estadounidense se declara culpable de pagar

Sobornos en Brasil, Venezuela y Ecuador La compañía de asfalto Sargeant Marine se declaró culpable de conspiración para violar las disposiciones contra el soborno de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero y acordó pagar una multa de 16,6 millones de dólares para resolver sus cargos, reveló el último martes el Departamento de Justicia de Estados Unidos. La empresa confesó que entre 2010 y 2018 pagó millones de dólares en sobornos a funcionarios en Brasil, Venezuela y Ecuador para conseguir contratos de compra o venta de asfaltos a empresas estatales. Sargeant Marine y sus empresas filiales pagaron sobornos a un ministro de Brasil, así como miembros de alto rango del Congreso y ejecutivos de Petrobras para obtener contratos de venta de asfalto. Para

realizar el soborno se establecían consultorías falsas con intermediarios de sobornos. “Después de recibir facturas falsas, envió transferencias internacionales desde cuentas bancarias de Sargeant Marine a cuentas bancarias extraterritoriales a nombre de empresas ficticias controladas por los intermediarios de sobornos”. En el caso de Venezuela, entre 2012 y 2018 sobornaron a cuatro funcionarios de PDVSA para obtener información privilegiada y por su ayuda en la gestión de contratos. Se manejó el mismo proceso que Brasil con el establecimiento de consultorías falsas. El documento del Departamento de Justicia señaló que Sargeant Marine admitió que sobornó a un funcionario de Petroecuador en el 2014 para obtener un contrato, allí se contrató a un intermedia-

rio con “estrechos vínculos con un responsable de la toma de decisiones en Petroecuador y luego pagó comisiones al intermediario de sobornos de conformidad con un acuerdo de consultoría falso”. Se revelaron los nombres y cargos de cinco de las personas que desempeñaron un papel importante en el plan de sobornos, sin embargo, ninguno de ellos tenía una relación directa con la situación en Ecuador. “La resolución de hoy, junto con los cargos que el departamento ha presentado contra personas involucradas en los esquemas ilegales de Sargeant Marine, demuestra el compromiso continuo del departamento de mantener a las empresas y sus ejecutivos responsables de la corrupción internacional”, dijo en el comunicado el secretario de Justicia Auxiliar Interino, Brian C. Rabbitt. (I)

Desarticulan banda de narcotraficantes en 3 provincias En operativos liderados por Fiscalía, en coordinación con la Policía Antinarcóticos, siete presuntos integrantes de una organización narcodelictiva, encargada de enviar droga a Centro, Norteamérica y Europa, fueron detenidos. Liderado por el fiscal John Camposano, de la Unidad contra la Delincuencia Organizada, y la participación de diez agentes fiscales, que intervinieron en igual número de allanamientos en Guayaquil y Samborondón (Guayas), Manta (Manabí) y Santo Domingo de los Tsáchilas, se incautaron 132.067 dólares en efectivo, documentación, cinco vehículos, 30 cajas de pruebas rápidas para COVID-19 (25 unidades por caja), teléfonos celulares y una má-

quina contadora de billetes, que fueron ingresados en cadena de custodia de la Policía Antinarcóticos. Según investigaciones de Fiscalía, que iniciaron en junio del año en curso por denuncias reservadas de la ciudadanía, la presunta organización narcodelictiva sería la responsable del envío de cocaína proveniente de Colombia, a través de contenedores de mercancías en el Puerto Marítimo de Guayaquil. Antes de eso, la sustancia ilícita era almacenada en viviendas de esa misma ciudad y de Durán. Carlos Luis A. C., detenido en Guayaquil y presunto cabecilla de la organización; Vicente Geovanny E. B., detenido en Manta; Heiner Gabriel B. R., Luis Enrique A. V., Jimmy Heraldo E. B., Patricio René A. P. y Carlos Luis A. V., dete-

nidos en Santo Domingo de los Tsáchilas; son los presuntos miembros de la organización que fueron trasladados, junto con las evidencias, a la Unidad de Flagrancia Cuartel Modelo para la toma de versiones y la respectiva valoración médica. Precursores químicos y drogas incautados en operativos anteriores que guardarían relación con este caso: 29-03-20: Dos camiones que transportaban canecas con combustible para avionetas fueron incautadas en Guayaquil y siete personas fueron detenidas. 10-06-20: Otras dos personas fueron detenidas con 203 kilos de cocaína en el cantón Durán, en Guayas. 26-06-20: Una persona fue detenida con arma de fuego. Se presume que pertenece a la organización narcodelictiva.(I)

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Ratifica sentencia contra el excontralor Carlos Pólit y su hijo La mañana de este miércoles los jueces Daniella Camacho (ponente), Dilza Muñoz e Iván León resolvieron rechazar los recursos de apelación interpuestos por el excontralor Carlos Pólit y su hijo Jhon Pólit, quienes fueron sentenciados por el delito de concusión relacionado a la trama de corrupción que Odebrecht implementa en el Ecuador. Con la decisión de segunda instancia se ratifica la sentencia de seis años de cárcel que se le definió en junio de 2018 contra el excontralor del Estado, Carlos Pólit, y su hijo Jhon Pólit, quien recibió una sentencia de tres años de prisión. Para el Tribunal de Apelación de la Corte Nacional de Justicia las pretensiones de las defensas de los Pólit no tenía sustento jurídico por lo que decidió rechazar los recursos de apelación interpuestos. La resolución fue emitida de forma oral por la presidenta del Tribunal, Daniella Camacho, mientras que la decisión por escrito y fundamen-

tada será notificada a los casilleros de las partes procesales. La decisión iba a ser dada el miércoles pasado en la tarde, tan solo horas después de que concluyeran las intervenciones de los abogados defensores, de la fiscal general Diana Salazar y de los abogados de la Procuraduría, como acusadora particular, y la Empresa Pública CELEC, pero debido a que los jueces estaban en otra audiencia no pudieron reunirse para tomar la decisión en este caso que se desprende de la trama de corrupción implementada por Odebrecht en el país. En la etapa de juzgamiento se aseguró que Carlos Pólit se aprovechó de su cargo y mediante “exigencias” y”amenazas” logró entre 2010 y 2015 conseguir de Odebrecht USD 10.1 millones para eliminar glosas y entregar informes favorables. Parte de esos dineros, se refirió en la sentencia, habrían sido colocados en dos empresas por Jhon Pólit, simulando préstamos. (I)U

Unión por la Esperanza inscribió al binomio Arauz - Correa La coalición Unión por la Esperanza (Unes) inscribió al binomio Andrés Arauz Rafael Correa para la Presidencia y Vicepresidencia del Ecuador. El registro se hizo vía web la noche del 22 de septiembre del 2020, confirmó el Consejo Nacional Electoral (CNE). Esa fórmula presidencial fue electa durante las elecciones primarias de Centro Democrático (CD), movimiento que acoge a las figuras del correísmo. Enrique Menoscal, director nacional de CD, aseguró que ahora le corresponde al ente electoral notificarlos de la inhabilidad del exmandatario como candidato, pues tiene una sentencia en firme que lo condenó a ocho años de prisión por cohecho.

Pero ¿por qué insisten en la postulación de Correa? Menoscal explicó que, una vez negada la participación del político que hoy reside en Bélgica, se procederá a reemplazarlo por Carlos Rabascall, en las próximas 48 horas. Así, dijo, se da cumplimiento al artículo 345 de la Ley Orgánica Electoral del Código de la Democracia. Ahí se establece que de producirse el fallecimiento de uno de sus candidatos o candidatas o se encuentra en situación de inhabilidad física grave y permanente, mental o legal comprobada, el Órgano Electoral Central correspondiente reemplazará los candidatos de conformidad con los procedimientos reglados en su normativa interna. (I).(Comercio).


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Ecuador :

Ecuador registra este miércoles 2.249 nuevos positivos por la COVID-19, la mayoría en Quito, y totaliza 129.892 casos, según el reporte del Ministerio de Salud, que da cuenta de 11.171 fallecidos por la enfermedad, 45 más que un informe del martes. El parte diario precisa que 7.375 de los decesos corresponden a muertes confirmadas por la enfermedad, a los que suma otros 3.796 casos de fallecimientos ‘probables por coronavirus’. El informe indica que 102.852 personas se han recuperado del coronavirus, otras 18.180 han recibido el alta hospitalaria y 1.052 están hospitalizadas, de las cuales 360 tienen pronóstico reservado. Por provincias, Pichincha sigue a la cabeza en el número de contagios confirmados, con 35.515, es decir, 1.568 más que el martes, mientras que los fallecidos oficiales ascienden a 1.357, quince nuevos respecto a la víspera. Guayas ha acumulado 20.251 positivos de COVID-19, y 1.711 muertes ‘oficiales por la enfermedad’. Les siguen las provincias de Manabí, con 9.560 contagios (62 nuevas); Azuay, con 8.423 (105 más), El Oro, con 5.313 (18 más); Loja, con 5.217 (2 más); Santo Domin-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA EXTRACTO DE NOTIFICACION CONCURSO DE ACREEDORES Se hace conocer al público en general que en la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón y Provincia de Loja, se encuentra tramitando el juicio Especial Concurso de Acreedores Nro. 11333-2015-05052, propuesto por HIDALGO LUDEÑA MIREYA DEL CISNE en contra de CHRISTIAN VLADIMIR ZAQUINAULA GUAICHA, que en extracto es como sigue: ACTOR: HIDALGO LUDEÑA MIREYA DEL CISNE DEMANDADO: CHRISTIAN VLADIMIR ZAQUINAULA GUAICHA OBJETO DE LA DEMANDA: CONCURSO DE ACREEDORES TRÁMITE DE LA DEMANDA: ESPECIAL CUANTÍA: INDETERMINADA JUICIO NRO. 11333-2015-05052 JUEZ: DR. FRANCO CARRIÓN PAZ LOJA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil de Loja, según acta de sorteo No. 0787-11-2015, de fecha 14 de agosto del 2015, suscrita por la Dra. María Lorena Espinosa Salazar, como Directora Provincial del Consejo de la Judicatura de Loja.- En lo principal, estimase clara y completa la demanda de presunción de insolvencia, propuesta por la señora MIREYA DEL CISNE HIDALGO LUDEÑA, en contra de CHRISTIAN VLADIMIR ZAQUINAULA GUAICHA, la que por reunir los requisitos de forma exigidos por la ley, se la acepta a trámite ESPECIAL que le corresponde y se solicita.- En consecuencia, de la documentación acompañada se desprende que, habiéndoselos requerido al demandado en el juicio ejecutivo Nro. 2845 - 2014, ante el Juez de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil de Loja, para que pague su obligación o dimita bienes equivalentes para el embargo, no lo ha hecho, por lo que se

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Caso Sobornos:

129.892 casos y 11.171 muertos por COVID-19

Judiciales

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Corte dispone emitir órdenes de captura para los 20 sentenciados El tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), que sentenció en primera instancia el caso Sobornos 2012-2016, ordenó este miércoles 23 de septiembre que se emitan las órdenes de captura y se haga cumplir toda la condena que pesa contra 20 personas, entre ellas el expresidente Rafael Correa.

•• Imagen de la vida cotidiana en Quito durante la pandemia por coronavirus. Foto: API

go de los Tsáchilas, con 4.803 (27 más); Tungurahua, con 4.560 (10 más); Esmeraldas, 3.690 (11 más); Cotopaxi, 3.632 (27 más), Los Ríos, 3.630 (50 más), e Imbabura, con 3.720 (119 más). Entre los municipios con mayor número de contagios figuran Quito, con 1.502 nuevos casos, con lo que suma 32.543, seguido de Guayaquil con 13.873 (31 nuevos). Después constan ciudades como Cuenca con 81 nuevos casos hasta totalizar 6.782 positivos, Santo Domingo 4.031 (27 más en las últimas 24 horas), Loja 4.096 (2 más) y Ambato 3.504 (4 más).(I)

presume su insolvencia y se dispone cumplir con lo establecido en la Sección cuarta, título II, del Libro II del Código de Procedimiento Civil; y, con lo que solicita la parte actora en el escrito de demanda que antecede, en lo que fuere legal.- Cítese al demandado en la dirección que se indica, para lo cual se dispone remitir el proceso a la oficina de citaciones de la Unidad Judicial.- Téngase en cuenta la cuantía indeterminada, el casillero judicial 200, correo electrónico señalados por el actor, así como la autorización dada a su abogado para que presente escritos necesarios en este asunto.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Hágase saber. F) ILEGIBLE DR. ANGEL SALVADOR ORELLANA VIVANC, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA. Otra Providencia.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 27 de enero del 2020, las 09h03, En atención a los escritos que anteceden se dispone: 1.- Elabórese el extracto conforme se encuentra dispuesto en el auto inicial. 2.-Así como remítase el oficio solicitado, su respuesta se agregará a los autos.Notifíquese. OTRO AUTO.-Loja, viernes 3 de julio del 2020, las 11h14, En atención al escrito que antecede se dispone que por intermedio de Secretaría de la Unidad Judicial Civil se confiera un nuevo extracto conforme lo sólita la parte accionante en su escrito.NOTIFÍQUESE f ) ILEGIBLE Dr. Franco Carrión Paz.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA .- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.- Loja, 09 de julio de 2020 Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL P/F4086 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias

Además de Correa, fueron sentenciados a ocho años de prisión los exfuncionarios: Jorge Glas, Vinicio Alvarado, María de los Ángeles Duarte, Walter Solís, Alexis Mera, Christian Viteri y la actual asambleísta Viviana Bonilla. Los empresarios: Víctor Fontana, Ramiro Galarza, Édgar Salas, Pedro Verduga, Bolívar Sánchez, Rafael Córdova, Teodoro Calle, William Phillips, Mateo Choi y Alberto Hidalgo también deberán cumplir el mismo tiempo en la cárcel. A Pamela Martínez y Laura Terán se les dio penas menores. De esta manera, desde la CNJ se dispuso notificar a la Policía Nacional para que se detengan a los sentenciados, que el Ministerio de Economía y Finanzas deje de pagar las pensiones vitalicias a Correa y al exvicepresidente Jorge Glas y que se traslade inmediata-

procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARICITA DE JESUS SARANGO SARANGO, que en extracto es como sigue: ACTORA: HECTOR RAUL RODRIGUEZ RODRIGUEZ y ROSA DEL CISNE RODRIGUEZ SARANDO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: MARICITA DE JESUS SARANGO SARANGO OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-01726 JUEZ: Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA.- Loja, jueves 17 de septiembre del 2020, las 10h39, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora MARICITA DE JESUS SARANGO SARANGO conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes HÉCTOR RAÚL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ROSA DEL CISNE RODRÍGUEZ SARANGO por lo que comparecen en calidad de cónyuge sobreviviente e hijo y por lo tanto heredero de la causante. 1.2. Con los herederos conocidos señores PAOLA REGINA RODRÍGUEZ SARANGO, MELANIA MARITZA RODRÍGUEZ SARANGO, CRISTHIAN RAÚL RODRÍGUEZ

•• Este mes se ratificó la sentencia de ocho años de prisión para 18 personas.

mente al exsecretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, a la cárcel de Latacunga. El tribunal ordena también que se oficie al Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre la pérdida de derechos de participación de Viviana Bonilla en la Asamblea Nacional. El Legislativo deberá tomar acciones sobre la situación de Bonilla. Asimismo la corte estableció que los 20 condenados tienen 30 días para pagar 14,7 millones de dólares y determinó el comiso de bienes. En los próximos días se señalará la fecha para que se cumpla con las disculpas públicas en la Plaza de la Independencia (Quito) y con la colocación de una placa en el Palacio de Carondelet.(I)Ecuavisa

SARANGO en calidad de hijos y por lo tanto herederos de la causante, a quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho en la dirección indicada. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a los herederos conocidos y funcionario indicado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta, escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos de la causante MARICITA DE JESUS SARANGO SARANGO, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia

Libretas Queda anulada POR PÉRDIDA el certificado de depósito a plazo fijo No. 206965143 con serie 540265, a nombre de LOPEZ LUZURIAGA FABRICIO MARLON, con cédula de ciudadanía Nro. 1102408661. P/F4085

circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la señor Rosa del Cisne Rodríguez Sarango, con quien se contará en el proceso.- NOTIFIQUESE.Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja – Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4087


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Acuario

Enero 20 a febrero 19 Recuperas un objeto del pasado que lo cierto es que te trae buenos recuerdos, pero procura no caer en la melancolía porque es mucho más sano que vivas el presente. Por la noche te sentirás mejor y más si tienes una conversación con una amiga.

Rusia abre su economía al libre mercado El 24 de septiembre de 1990, con el aval del presidente Mijaíl Gorbachov y después de una serie de duros debates que derivó en la aprobación del parlamento soviético, Rusia iniciaba la transición desde una economía planificada centralmente hacia una economía de mercado. La apertura comercial se inscribió en el marco de una profunda restructuración socioeconómica de la extinta Unión Soviética conocida como Perestroika, política que impulsó Gorbachov desde el comienzo de su gobierno. Aunque la reforma pretendía desarrollar mecanismos técnicos y políticos que permitieran reorganizar a la sociedad y la economía soviéticas dentro del sistema socialista, las consecuencias terminaron por disolver la Unión Soviética. El 30 de enero de 1991, algunos meses an-

Arthur Guinness nació el 24 de septiembre de 1725 y falleció el 1803, fue un importante cervecero y el fundador de la compañía Guinness, bautizada como Arthur Guinness s St. James s Gate Brewery (empresa que recolecta las estadísticas acerca de plusmarcas mundiales.) Entre 1797 y 1799 expandió su negocio cervecero de forma notable. A partir de entonces elaboró sólo cerveza tipo porter (cerveza oscura), empleando a miembros de la familia Purser, que ya habían trabajado anteriormente en este tipo de cerveza en Londres en los años 1770. La familia Purser pasó a ser socia de la cervecera durante gran parte del siglo XIX. A la muerte de Arthur Guinnes en 1803, la producción anual de cerveza de su empresa era de 20,000 barriles.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Cuanto más sonrías, más puertas se pueden abrir, incluso si esa sonrisa solo se nota en tu mirada. Todo lo positivo que puedas transmitir hoy a los demás, te será devuelto con creces antes de lo que esperas. Hay cosas que cambian a tu favor.

tes de que el Tratado de Belovesch diera por desintegrada a la Unión Soviética, McDonalds inauguró su primer restaurante cerca a la Plaza Púshkinskaya, en el centro de Moscú. Aquel día, unos 35 mil rusos se aglutinaron en torno al local de una de las franquicias más icnográficas del capitalismo global, formando filas interminables a la espera de poder probar una clásica hamburguesa.

Además...

Se estrena la serie “The Big Bang Theory”

El 24 de Septiembre de 2007 se estrenaba la comedia “The Big Bang Theory”, producida por la Warner Bros. La primera temporada, dirigida y escrita por Chuck Lorre, creador de “Two and a Half Men”, se convirtió en el programa joven predilecto de la cadena CBS, llevándose en su primer año los galardones de Mejor Serie de Comedia y Mejor Actor - Serie de Comedia en los Teen Choice Awards. La serie comienza con la llegada de Penny (Kaley Cuoco), una aspirante a actriz, a su nuevo apartamento. Allí conoce a sus singulares vecinos: Sheldon (Jim Parsons) y Leonard (Johnny Galecki), dos físicos que trabajan en el Instituto Tecnológico de California. Dicha presencia femenina llevará a poner en evidencia las inquietudes y los problemas de estos dos “geeks” para relacionarse fuera de su entorno intelectual, dando lugar a situaciones cómicas. La cantidad de referencias a series de culto y videojuegos fue un punto importante para llegar a los 8,32 millones de espectadores que tuvo esta primera entrega. “The Big Bang Theory” cuenta con más de 150 capítulos, en los cuales se desarrollan dilemas post adolescentes en paralelo con teorías físicas auténticas, haciendo honor al título de la tira. Parsons (Sheldon) contó en una entrevista al sitio de la revista Time que querían buscar una palabra que identificara a Sheldon y a un guionista se le ocurrió “bazinga”. Al actor le pareció lo suficientemente ridículo para hacerlo y no dudó en agregarlo a las particularidades de su personaje. “Lo amé, lo encontré irresistible, pero no pensé que iba a estar asociado a mi. ¡Bazinga!”, bromeó.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Aries

Marzo 21 a abril 20 Quizá estés hoy pensando en que algunas cosas no te gustan como funcionan, pero en vez de protestar y sentir desánimo por ciertas situaciones, es mucho mejor que te preguntes qué puedes hacer tu por ayudar. Esa es la actitud más conveniente.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Una persona conocida, aunque no muy amiga, puede darte hoy una pista muy interesante sobre un trabajo que quizá a él o a ella no le interese, pero que a ti te venga de maravilla en este momento. No pierdas el tiempo y persigue tu objetivo.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 Ojo con estar más pendiente de lo de los demás que de lo tuyo, porque hoy será un día en el que te conviene no bajar la guardia y observar muy bien lo que se refiera a ti y no perder el tiempo en nada ni en nadie. Busca tu lado más activo.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 En ocasiones, das mucho sin esperar nada a cambio y eso es muy positivo y además te sientes feliz con ello, pero es importante que evites cualquier tipo de abuso. La solución pasa por establecer límites. Hazlo cuanto antes para no lamentarlo después.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Es posible que notes ciertas señales de tu organismo que te recuerdan que debes de frenar en algunos aspectos. Sería muy interesante que te replanteases dejar algún hábito poco conveniente o nocivo. Eso te daría la oportunidad de sentirte mucho mejor.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Sortearás obstáculos con bastante facilidad en un tema profesional que requiere aprender sobre la marcha o poner a funcionar sistemas inéditos hasta ahora. No debes de tener miedo, todo funcionará como es debido y te sentirás muy feliz con ello.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Nadie va a criticarte si hoy te niegas a hacer algo con lo que no estás nada de acuerdo, ya que tienes todo el derecho del mundo a actuar como realmente creas que es justo. Tu conciencia debe ser lo primero y debes decirlo en voz alta si hace falta.

Calendario Santoral Jueves 24 de Septiembre de 2020 Nuestra Señora de las Mercedes FARMACIAS DE TURNO DEL 19 DE SEPTIEMBRE AL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2020

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

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Horóscopo

Hoy en la historia...

Nació Arthur Guinness

JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020

DIRECCIÓN

TELÉFONO

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Dedicarte más tiempo a ti es lo más importante que puedes hacer hoy. Siéntate a relajarte, pensar en lo que quieres de ahora en adelante y trazar un plan para sentir que controlas el camino a seguir. También es importante que cuides tu imagen.

SANTA LUCIA

CALLE: PABLO PICASO NUMERO: SN INTERSECCION: DIEGO DE SILVA

2540872

FARMACIAS & ORTOPEDIA CUXIBAMBA

CALLE: AV. UNIVERSITARIA 209-34 MERCADILLO

72584999

FARMACIA SANTA MARÍA

AV. 8 DE DICIEIMBRE Y JARAMIJO

2610185

Noviembre 23 a dic. 21 No sería una mala idea hoy que desconectases el móvil para que no te llegue una cantidad de información que te aturda y que no te aporte nada positivo, sino todo lo contrario. Deja tu mente en calma y si tienes que hablar con alguien, hazlo con un tiempo medido.

FARMACIA SANTA MARIANITA

18 DE NOVIEMBRE Y MIGUEL RIOFRIO

2581216

Capricornio

SU FARMACIA ANGELICA

CALLE: AV UNIVERSITARIA NRO: 12-00 Y MERCADILLO

2578933

FARMACIAS ECONÓMICAS DIVINO NIÑO

CALLE: 10 AGOSTO NRO: 1827 Y LAURO GUERRERO

2572973

Sagitario

Diciembre 22 a Enero 19 La luna creciente significa para ti en este momento una cierta ansia de hacer cosas nuevas o poner en marcha algo en lo que hasta ahora no habías creído. Lo debes intentar, será muy bueno para ti. Tu autoestima se refuerza si vas en esa dirección.


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JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020

Control interno en las instituciones del Estado Juan Pablo

Samaniego

jpsamaniego2429@gmail.com El control es una función administrativa que consiste en la medición y corrección del desempeño individual y organizacional para garantizar que se han cumplido los objetivos de la institución. De igual forma, es un proceso a través del cual las actividades de una organización se adaptan a un plan de acción realista, pensado esencialmente para limitar los riesgos que afectan las actividades de las entidades, ello impulsa un proceso integrado simple y factible, establecido en forma sistemática y sustentado en normas, procedimientos, estándares, metas y planes previos que deben ser evaluados para establecer su cumplimiento y resultados con acciones correctivas. En tanto, para proporcionar seguridad razonable, existe la obligación de aplicar normas de control interno específicas, fundamentalmente para áreas funcionales de contabilidad, presupuesto, tesorería, gestión de bienes, deuda pública, recurso humano, procesamiento automático de datos, inversiones en proyectos y programas, mejoramiento continuo de la organización, etc., respecto de los cuales se compara el desempeño y los resultados tanto individuales como grupales, para comprobar si una institución, cumple su misión y objetivos; y, de encontrarse diferencias sustanciales, establecer los correctivos necesarios. Como puede observarse, la implantación y mantenimiento del Sistema de Control Interno es responsabilidad de las autoridades de las entidades, organismos y empresas que administran recursos públicos. Se trata de una actividad obligatoria, en el marco del derecho público; no es discrecional sino integral, ya que, el control interno se debe implantar en todos los sistemas y procesos institucionales, esto es, los que corresponden a las actividades de apoyo y las misionales. Por otra parte, la implantación no debe ser informal, sino que tiene sustento en un marco normativo y reglamentario. En la misma línea, el Control Interno es un proceso aplicado por la máxima autoridad, la dirección y el personal de cada institución que proporcionan razonabilidad de que se protegen los recursos y se alcanzan los objetivos institucionales. El control como actividad de la administración es el proceso que consiste en supervisar las actividades para garantizar que se realicen según lo planeado y corregir cualquier desviación significativa, al articular el uso de métodos y herramientas correctas, buenas razones para evaluar el grado de efectividad, eficiencia y economía de los procesos de decisión, funcionalidad múltiple que para su ejercicio empleará mecanismos en forma previa, continua y posterior. En función de la naturaleza de la entidad, el control interno es un todo integrado, que debe aplicarse a las actividades institucionales diferenciando aquellas de carácter administrativo y financieras tam-

bién llamadas de apoyo, de las operativas y ambientales, para ser efectivo, eficiente y económico. Independientemente del método específico utilizado, no se pueden realizar evaluaciones de control en forma eficaz a menos que se identifiquen y documenten adecuadamente todos los riesgos y controles clave. En ese sentido, el control interno debe ser visto y concebido como un proceso integral dentro de la gestión y no como una actividad adicional a las que realiza la entidad, esto evidencia que al asignar expresamente a la Contraloría General del Estado (CGE), la Dirección del Sistema de Control Interno, la misma se ubica en un importante nivel con respecto a la responsabilidad de implantar controles internos sólidos y eficaces en las entidades, organismos y empresas públicas, así como aquellas entidades que siendo de derecho privado, disponen y administran dichos recursos. Es por esta razón que se vuelve prioritario el control interno, en todos los niveles y en todas las acciones y funciones, por tanto la CGE al ser un organismo técnico encargado del control de la utilización de los recursos estatales, crea el tono de la organización al influir en la conciencia de control, esto significa hacer un balance entre los valores tradicionales como la legalidad, la integridad y la transparencia, presentes por su naturaleza en los asuntos públicos y los valores gerenciales modernos como la eficiencia y la eficacia. Especial atención merece las actividades de control interno en las instituciones públicas, como herramienta de gestión, proporcionando disciplina y estructura, estableciendo un código de conducta sustentado en políticas y procedimientos cuya filosofía o estilo de operación de la administración no afecte la manera como la entidad es manejada, conductas que enmarcan integridad y valores éticos, motivación hacia la competencia, filosofía gerencial, estructura organizacional, asignación de autoridad y responsabilidad en el desarrollo de políticas y prácticas de recursos humanos, determinantes por la actitud asumida por la alta dirección y por el resto de las servidoras y servidores, con relación a la importancia del control interno y su incidencia sobre las actividades y resultados. Finalmente, las entidades públicas requieren del cumplimiento de normativas al requerir de controles internos y externos, seguimientos con fines de mejora y evaluación a la seguridad razonable de los procesos y procedimientos que involucran las actividades desarrolladas por el titular, funcionario y servidores de una entidad, al formar parte inherente del ciclo de gestión y de su mejora continua, que favorece la efectividad de acciones de autocontrol, autorregulación y autogestión, al ser de aplicación universal la CGE en el cumplimiento de su rol rector determinará responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal. En éstas, se reglamenta la gestión de la entidad y la forma de operar, aspectos y gestiones sujetas a su control, sin perjuicio de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General del Estado.

Opinión

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A la razón de mi existencia ¡mis hijos...! Vicente Paúl

Maldonado maldonadopaul1967@gmail.com

Queridos hijos, hoy en estos momentos de su onomástico, quiero decirles cuánto los amo y desearles que toda la felicidad del mundo llegue a sus vidas para quedarse por siempre en sus mentes y corazones. Hoy cumplen un año más de vida y me llena de mucha alegría poder compartir este momento con ustedes. Espero que Dios me conceda mucho más tiempo a su lado para seguir viéndolos crecer y convertirse en grandes personas de la sociedad. Pablo Paúl, María Paulina y María del Cisne, ser su padre es una bendición y verlos crecer sanamente y felizmente es aún mucho más. Espero que cada nuevo año que la vida les brinde esté colmado de momentos felices que saquen de ustedes una sonrisa y les permitan convertirse en unos hijos aún más maravillosos. Mis amores están de cumpleaños y quiero desearles que todos sus sueños se hagan realidad y que nada ni nadie les quite su felicidad. ¡Los amos hijos míos! Nunca olvidaré ese momento en que llegaron al mundo y llenaron mi vida de mucha alegría. Son una bendición y doy gracias a Dios por tenerlos. No sé qué haría sin ustedes. Un hijo como ustedes es una bendición del cielo que agradezco cada día al despertar. No importa cuántos

años tengan, siempre serás mis pequeños, ésos que pusieron mi mundo de cabeza y me enseñaron lo hermoso que es ser papá. No tengo palabras para expresar lo feliz que me hace estar a su lado y verlos crecer rodeada de amor y de felicidad. Espero que la vida les conceda momentos de gran alegría y que logren alcanzar todo lo que se propongan. Queridos hijos, gracias por enseñarme a ser padre y por llenar mi corazón del más grande y puro amor del mundo. Son mi mayor tesoro y solo pido poder tenerlos conmigo mientras me alcance la vida. Lilian de los Ángeles, su madre y yo deseamos que tengan un día extraordinario, en compañía de toda la familia y sus amigos, Quiero desearles un feliz cumpleaños a los hijos más hermosos, bondadosos y humildes que el cielo me pudo dar. Ustedes son todo lo que un padre podría desear y pido para ustedes que en su vida reine la verdadera felicidad. No soy bueno escribiendo para mis hijos y menos si se trata de unos jóvenes tan buenos como ustedes, pero quiero intentarlo y decirles que son lo más valioso que tengo y que, no importa el tiempo que pase, siempre los amaré y protegeré. Soy el hombre más afortunado por tener a unos hijos como ustedes, son la niña de mis ojos y solo vivo para verlos y hacerlos felices. Espero que pasen un día inolvidable y que siempre tengan presente que tu madre y yo los amamos con todo el corazón. Feliz cumpleaños

a quienes llegaron a completar esta maravillosa familia y nos trajo aún más alegría de la que podríamos desear. Cuando supe que vendrían a mi vida, jamás imaginé que me traerían tanta alegría y que me convertiría en el padre más afortunado y feliz del mundo. Gracias por existir, cariño mío, son más de lo que pude pedir. Los vi nacer y ahora me deleito viéndolos crecer, con la certeza de que se convertirán en grandiosos personajes. Les espera un futuro maravilloso porque se lo merecen. Mi vida es más bendecida desde que nacieron ustedes. Los adoro con todo mi corazón. Se han convertido en el centro de mi vida y no hay nada que desee más que verlos sonreír cada día de sus vidas. Por eso, mi deseo para ustedes es que nunca les falten motivos para ser felices. Complemento de mi vida le pido a mi Señor que todos sus deseos se hagan realidad y que la vida les sorprenda con un mar de felicidad. Si pudiera pedir un deseo, se lo regalaría a ustedes, porque su felicidad es mi felicidad, y todo cuánto hago y tengo, es para verlos muy felices. No puedo ni imaginar una vida sin ustedes, porque desde que llegaron, cambiaron mi vida para siempre. Su madre y ustedes son lo mejor de mi vida, y daría todo por verlos felices y porque jamás les falte nada. Hijos bendecidos sé que a veces discutimos y no logramos entendernos, pero nunca duden de lo mucho que los he amado, los amo y los amaré.

Viviendo la discriminación en carne propia Magdalena E.

Maldonado P. maldonadopaul1967@gmail.com

Personalmente he vivido una experiencia curiosa. No soy blanca, tampoco negra, pero si soy mestiza. En una ocasión fui a una tienda de ropa del centro de Pamplona, pregunté por el precio de un vestido que estaba en el maniquí. La dueña se volvió a atenderme y con un gesto un tanto extraño, me dio el valor. Cuando le pregunté si tendría ese hermoso vestido en mi talla, su dedo me indicó un letrero que decía “Este local se reserva el derecho de admisión”. En ese momento recién me fijé en el local y noté que era de lo más normal, las estanterías no eran de oro, ni había que pagar entrada para ingresar. Un silencio espeso, incómodo, cundió en el ambiente, cruzamos miradas con las demás mujeres presentes y tuve que abandonar la

tienda, tragándome mis ganas de protestar, abrumada por la humillación. Situaciones así me dan vergüenza ajena; no hubo golpes, no me agredió físicamente, tampoco me insultó con palabras, pero psicológicamente fue peor, me sentí minimizada como persona, como ser humano, pues iba a comprar, tenía para pagar por la mercadería, pero recibí un rechazo brutal, como si fuera alguien indeseable por su mal comportamiento. He traído a colación esta anécdota porque sé lo triste y desanimada que se sentiría la pareja ecuatoriana que fue ultrajada en la segunda semana de septiembre en el Metro de Madrid. Claramente se ve en vídeo insultos, ademanes agresivos, gestos despectivos, burlas y hasta un escupitajo. No satisface que las hayan apresado a las autoras, que además a las pocas horas las hayan liberado a las 3 jovencitas, que en estado de ebriedad cometieron su delito de odio contra la pareja ecuatoriana. La comunidad esperaba que se las

obligue a hacer algún tipo de reposición por el daño causado a la sociedad, que por lo menos se las obligue a pedir públicamente disculpas, pero se ha esperado en vano. Deseo sin embargo que les brinden la asistencia psiquiátrica que necesitan. Fue notorio, por otra parte, que los medios locales hablaran muy poco de lo sucedido, en contraste con las redes sociales, que se escandalizaron, viralizaron el vídeo en corto tiempo, porque hay que reconocer que la mayoría de la población española ha liberado su mente y acepta a las personas sin hacer discrimen alguno. Los casos que quedan sin denunciar se cuentan por centenares; las condiciones políticosociales obligan a las víctimas a guardar silencio. Pero hay una enorme comunidad de colombianos, uruguayos, argentinos, brasileños, peruanos, dominicanos, africanos y otras nacionalidades que tarde o temprano logrará que impere la igualdad de derechos. (O).


O

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Opinión

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César E.

Briceño T.

cbricenot@hotmail.com

Ad portas de los próximos comicios, el país es escenario de la parafernalia de las encuestadoras que obviamente responden a los intereses de los diversos candidatos presidenciables o asambleístas. En algunas contiendas electorales han acertado y en otras no. Las encuestas publicadas pueden ser un arma propagandística, que ciertos partidos y algunos periodistas han utilizado para favorecer a un candidato. A veces un sondeo predice el triunfo de una opción al que muchos indecisos se suman al supuesto ganador. Esa presunción ha fallado muchas veces, y el llamado “voto útil”, “voto vergonzante” o voto “inteligente” puede desquiciar una predicción incluso a boca de urna.

ganada”, señalaron que Rafael Correa casi podía ganar en la primera vuelta. Su rival era el inefable Álvaro Noboa, quien ganó en la primera vuelta, pero perdió en el balotaje. En la consulta del 2011 el Sí triunfó a duras penas a nivel nacional y perdió en varias provincias de la Sierra y la Amazonía. El 23 de febrero de 2014 fue fecha aciaga para Alianza PAIS, por la pérdida de sus bastiones electorales. En el 2017, los sondeos mostraron que las mayores opciones electorales eran para los binomios Moreno-Glas y LassoPáez. Fue calificado de fraude electoral al favorecer al actual mandatario. En definitiva, las elecciones se ganan en el campo, no en las encuestas; pero ciertamente las encuestas ayudan a inclinar la balanza en poblaciones electorales mal informadas o predispuestas al engaño reiterado.

Al fin brilla la luz y la verdad Alberto

Chamba

josecha.be15@outlook.es

Gracias al impulso de la Fiscal General y sus afines en escala nacional mediante el proceso de investigación judicial al Correato, se dio a la banda de sobornos, corrupción y actos delictivos liderada por el expresidente Rafael Correa y sus funcionarios durante su mandato, al haberse comprobado y dictado sentencia a los implicados el tribunal de casación que en fecha histórica ratificó la sentencia que hace brillar la luz en las tinieblas en el desconcierto de un pueblo tantas veces saqueado, burlado y explotado por los gobiernos de turno en casi todas las funciones e instituciones del Estado . El impulso del pueblo con

sus reclamos y protestas fue escuchado al fin como la voz del pueblo único soberano y juez supremo para poner o deponer a los gobiernos de turno , nos hace ver que si se puede, rescatar la grandeza y la soberanía del Estado las glorias alcanzadas y la dignidad de la patria y del pueblo ecuatoriano. Que sirva de ejemplo a los futuros gobernantes que los abusos del poder con fines protervos al fin reciben su merecido. Este hecho histórico al igual que la Fiscalía, el Consejo de la Judicatura y la Corte Constitucional, que últimamente han actuado con certeza en favor del pueblo, rectificando sus gravísimos errores del pasado sientan por fin las bases de la seguridad jurídica y la confianza para hacer un llamado al consorcio de inversionistas nacionales y extranjeros para inver-

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ENTRE BROMA Y EN SERIO

¡Empresas electoreras! Más allá de las estadísticas electorales está la complejidad emocional humana. Por ejemplo: En el año 1996, dieron como triunfador por menos de un punto a Jaime Nebot, sobre Abdalá Bucaram, quien en la práctica ganó con más de nueve puntos de diferencia. En 1997 dijeron que Pachakutik lograba 2 asambleístas. En realidad, esta agrupación obtuvo 7 asambleístas. En 1998, daban como ganador a Jamil Mahuad con 20 puntos de ventaja sobre Álvaro Noboa. La distancia fue tan corta, que incluso se habló de fraude. En el 2002, Las tres encuestadoras de mayor reputación, daban a Álvaro Noboa como ganador. Todas se equivocaron, pues fue el Coronel Lucio Gutiérrez quien se alzó con la victoria, aunque en los sondeos nunca estuvo en un segundo lugar. En el año 2006, inicio de la “década

JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020

tir en grandes y pequeñas empresas que generan la industria, ingresos y trabajo, para rescatar el sistema económico político y social de los ecuatorianos . Esperemos que se aplique mano dura a la investigación y sanción a las decenas de jueces destituidos que viven de los sobornos en perjuicio de los ciudadanos honestos que acuden todos los días con la esperanza de que se les haga justicia. El pueblo espera que las otras funciones del Estado en especial de asambleístas que se merecieron el rechazo con el tres por ciento de credibilidad, sean sancionadas con el rigor de la ley por sus actos de corrupción en todos los modelos en los que se encuentran inmersos y así dar paso por fin al renacimiento de la patria. Por el derecho y la justicia social.

Efrén

Sarango

efrensarangopalacios@gmail.com

Justicia señores del CNE Pareciera que las manos de este grupo de angelitos nos aprietan de a poquito a manera de villanos. Me parece, me parece que nos juegan a su gusto, cuando veo muy injustos los procesos estos meses. A las puertas del votito eliminan los partidos, porque dizque no han cumplido con algunos requisitos. No señor, yo no les creo, este asunto es tropelía, es tramado, es agua fría, por aquel que no lo “veo”. Las presiones son visibles de la tal Contraloría, que inclusive hasta mi tía se da cuenta y es risible. Entre dimes y diretes, entre cálculos fuleros, los señores consejeros le dan forma a este sainete. Cómo mismo es la “huevada” dijo ayer mi Dulcinea… que, al inicio SI EN PERSONA y hoy ya pueden todo el LINEA Como ven mis borreguitos este asunto es tan patente es el miedo tan de frente a que vuelva el señorcito. Hay que estar con los ojitos muy abiertos estas horas, porque quiere la señora cortar alas al pollito. Estaremos muy atentos por si acaso las torpezas y nos den una sorpresa que provoque mil lamentos. Jueguen limpio consejeros, con las cartas en la mesa, no queremos sus sorpresas o se agita el avispero. En las urnas se decide quien es quien, quien pierde y gana, quien se lleva la proclama porque el pueblo así lo pide. Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2724895 - 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020

Judiciales UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA PROVINCIA DE LOJA. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a la accionada señora GLADYS MARICELA VILLAVICENCIO OBANDO, que en extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADA: GLADYS MARICELA VILLAVICENCIO OBANDO OBJETO DE LA DEMANDA: Concurso de Acreedores TRAMITE: Concursal CUANTIA: Indeterminada JUICIO: Nro.11333-2020-00640 JUEZA: Dra. Talía Margarita Maldonado Castro AUTO: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA - UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA PROVINCIA DE LOJA. Loja, martes 3 de marzo del 2020, las 16h19, Previo a calificar la demanda, se dispone que el actor Dr. Carlos Vinicio Campoverde Gonzaga Procurador Judicial del Banco de Loja SA, comparezca el día 05 de marzo del 2020 a las 10h10, a la sala de audiencia Nro. 10, a fin de que rindan el juramento de ley, conforme al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos en relación a la señora GLADYS MARICELA VILLAVICENCIO OBANDO.- Notifíquese.- f) Dra. Talía Margarita Maldonado Castro JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA.- OTRA PROVIDENCIA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA.- Loja, viernes 6 de marzo del 2020, las 16h46, VISTOS: La solicitud que antecede presentada por EL DR. CARLOS VINICIO CAMPOVERDE GONZAGA, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LOJA, cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables al caso, se la admite al trámite establecido en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). En consecuencia, se ordena: a) Citar con el contenido de esta solicitud a la señora GLADYS MARICELA VILLAVICENCIO OBANDO, en su calidad de deudora, mediante la prensa conforme el art. 56 ibídem, para el efecto por secretaria extiéndase el extracto respectivo; b) La deudora, cumpliendo los requisitos formales de la demanda, presente a esta judicatura los documentos detallados en el artículo 421 del COGEP; c) En virtud del sorteo, se designa como síndico Abogada Vanessa Abendaño Márquez, quien será depositaria de los bienes, para lo cual notifíquesela en el correo electrónico que tiene señalado en el registro de peritos, a fin de que en el término de veinticuatro horas se pronuncie si acepta o se excusa; d) Se dispone la anotación de la insolvencia, en el Registro virtual del Consejo de la Judicatura, para lo cual ofíciese a la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura en Loja, haciendo conocer el presente auto interlocutorio; e) Se ordena la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declara la insolvencia de la fallida, para lo cual la Secretaria, proceda conforme corresponde; e) Acumúlese los procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forma parte la fallida, en las Unidades de lo Civil, Mercantil e Inquilinato del cantón Loja y Jueces de la Unidad Laboral de Loja; f) Inscríbase en el Registro de la Propiedad el presente auto que ordena la formación del concurso, g) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado para que realice las respectivas investigaciones en torno al presente concurso necesario, para lo cual remítase las copias certificadas del proceso; h) Se prohíbe que la deudora se ausente del territorio nacional, ofíciese a la oficina de Migración del Ministerio del Interior; i) Se declara la interdicción de la deudora GLADYS MARICELA VILLAVICENCIO OBANDO, CI. 1104723059; j) De justificarse conforme a ley la propiedad de la fallida de bienes muebles e inmuebles, se procederá al embargo de los mismos, conforme al Art. 423.4 del COGEP.- Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Agréguese a los autos la documentación presentada. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico a usted para los fines de ley. Loja 21 de septiembre del 2020 Ab. Lina Luzuriaga Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA PROVINCIA DE LOJA. P/P4242 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante: JUAN ANDRES FLORES GORDILLO, que en extracto es como sigue: ACTORA: GERMAN GONZALO SINCHIRE y MARIA DEL CARMEN MELGAR CHIMBO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante: JUAN ANDRES FLORES GORDILLO OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-01634 JUEZ: Dr. PABLO Vinicio Muñoz Abarca EXTRACTO DEMANDA.- Loja, jueves 17 de septiembre del 2020, las 11h46, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que

antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor JUAN ANDRÉS FLORES GORDILLO conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes GERMÁN GONZALO SINCHIRE GRANDA Y MARÍA CARMEN MELGAR CHIMBO por lo que comparecen en calidad de adquirientes y cesionarios de gananciales de derechos y acciones en la sucesión del causante. 1.2. Con los herederos conocidos señores MARÍA GUADALUPE FLORES CABRERA, JUANA RAQUEL FLORES CABRERA, MARIANA DE JESÚS FLORES CABRERA, CARMEN LUCILA FLORES CABRERA, CLARA DE LOS ÁNGELES FLORES CABRERA, MARÍA TERESA FLORES CABRERA, MARCO ANTONIO FLORES CABRERA, ROSA ANA FLORES CABRERA, ALBA DE JESÚS FLORES CABRERA en calidad de hijos y por lo tanto herederos del causante, a quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a los herederos conocidos y funcionario indicado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta, escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos del causante JUAN ANDRÉS FLORES GORDILLO, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.Los accionantes en el término de cinco días y al tenor de lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos constituyan un procurador común.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja – Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4082 EXTRACTO POR LA PRENSA REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido del auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo por cobro de pagaré a la orden, al señor DANIEL EDMUNDO SIVISACA PINTA cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: RUIZ ROJAS HERNAN MANUEL DEMANDADO: SIVISAPA PINTA DANIEL EDMUNDO OBJETO DE LA DEMANDA: Cobro de pagaré a la orden JUICIO: 11333201901149 JUEZ: Dra. Rosa Beatriz León Ojeda. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.-

Publicidad UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA.“Loja, lunes 15 de abril del 2019, las 09h56, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja, provincia de Loja.- En lo principal, la demanda incoada por el señor DR. HERNÁN MANUEL RUIZ ROJAS, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre Ltda., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra del señor DANIEL EDMUNDO SIVISAPA PINTA, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al trámite del procedimiento EJECUTIVO que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determinan los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado.- Cítese al demandado en el domicilio señalado; para lo cual, se depreca al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente, con sede en Catamayo, a quien se le enviará suficiente despacho virtual, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Agréguese a los autos los documentos que se anexan.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora.- Hágase saber” OTRA PROVIDENCIA “Loja, miércoles 2 de septiembre del 2020, las 16h13, VISTOS:- Por haberse rendido juramento de imposibilidad y justificarse las diligencias efectuadas para ubicar el domicilio del demandado, se dispone la citación por la prensa local al demandado DANIEL EDMUNDO SIVISACA PINTA mediante tres publicaciones en días distintos conforme a lo previsto en el Art. 56 del COGEP, cuyas publicaciones deberán agregarse al proceso de forma íntegra.- Hágase saber.- LEON OJEDA ROSA BEATRIZ, JUEZ Loja, 03 de septiembre del 2020. Dra. María Eugenia Sánchez Montero SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA P/F4057 UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido del ESCRITO de demanda, su auto inicial de aceptación a trámite y más constancias procesales emitidas en el JUICIO EJECUTIVO/COBRO DE DINERO. A la ACCIONADA señora: ROBLES HURTADO GENESIS LETICIA. Cuyo extracto de deman-

www. da es como sigue: ACCIONANTE: COOP. DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE” LTDA. Demandada: ROBLES HURTADO GENESIS LETICIA. . OBJETO demanda EJECUTIVO/COBRO DE DINERO Cuantía: USD. 3600,00 Juicio Nro. 11333-2019-02056 Juez: Dr. GONZALO I. AGUIRRE VALDIVIESO Secretaria: LUZ MARIA LEDESMA RODRIGUEZ AUTO:- UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA.- El Dr. Gonzalo Aguirre Valdivieso, mediante auto inicial de fecha: Loja, viernes 5 de julio del 2019, las 11h39, en su calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil y Mercantil del Cantón Loja, encontrándome legalmente en funciones, de conformidad con lo establecido en los Arts. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, publicado en el Registro Oficial No. 544 del 9 de Marzo del 2009, en mérito al sorteo de Ley, avoca conocimiento de la causa en esa fecha.- En lo principal, dice… la demanda presentada por el Dr. Hernán Manuel Ruiz Rojas, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., en contra de la señora GENESIS LETICIA ROBLES HURTADO; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, se fundamenta en el pagaré a la orden de fs. 1, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación al demandado señor GENESIS LETICIA ROBLES HURTADO, en los domicilios señalados, para lo cual se adjuntará la demanda, copia del pagaré a la orden, tabla de amortización y este auto inicial, en cumplimiento de lo dispuesto en el Memorando circular-CJ-DNGP2018-0289-MC, suscrito por el señor Director Nacional de Gestión Procesal, previamente a remitir el proceso a la Oficina de Citaciones, se dispone remitirlo a la Ventanilla de copias, con el objeto de que la parte accionante preste las facilidades para obtener las copias necesarias para la citación de los demandados.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo el Juez pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Ordena tomar en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos

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Libretas

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., COOPMEGO AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se comunica al público en general que se procederá a anular el certificado de depósito Nro.0011PRP00061244, por lo que se permite notificar a la (s) persona (s) que considere (n) tener derecho sobre dicho certificado de depósito, para que presente (n) a la Cooperativa su reclamo en el plazo de ocho días calendario, contados a partir de la publicación de este aviso, vencido el cual, quedará anulado sin responsabilidad alguna para esta Entidad Financiera. Loja, 23 de septiembre de 2020 Alba Sotomayor V. ASESOR DE INVERSIONES FIRMA AUTORIZADA

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señalados.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.NUEVO AUTO.- Loja, martes 8 de septiembre del 2020, las 14h46, VISTOS: En atención a la petición formulada por la parte accionante en el escrito que obra a fs. 59 de los autos y al juramento rendido de desconocer la individualidad, domicilio o residencia de la accionada, ordena el Juez, citar por la prensa local a la ciudadana señora GÉNESIS LETICIA ROBLES HURTADO, portadora de la cédula de ciudadanía Nº 1719172536, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para cuyo efecto la señora Secretaria del Juzgado procederá a elaborar el extracto de las piezas procesales correspondientes.- Hágase saber.- Particular que me permito poner en conocimiento del público en general, para los fines legales consiguientes. Loja, a 10 de septiembre del año 2020. Dra. LUZ MARIA LEDESMA RODRIGUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA P/F4055

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Judiciales

DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los Herederos desconocidos y presuntos de la señora ISABEL MARIA RAMIREZ BERMEO, que en extracto es como sigue: ACTORES: BOLIVAR QUIZHPE CABRERA DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos la señora ISABEL MARIA RAMIREZ BERMEO OBJETO: INVENTARIO TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-01514 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, viernes 14 de agosto del 2020, las 07h59, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs., avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante Acción de Personal No. 2386-DP112019-FA, de fecha 30 de septiembre del 2019, suscrita por la Sra. Directora Provincial del Consejo de Loja y por el sorteo de ley. En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda deducida por el Sr. BOLÍVAR QUIZHPE CABRERA, petición que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia conforme a la partida de defunción de: ISABEL MARIA RAMIREZ BERMEO (+), partida de matrimonio, y escrituras públicas y más anexos se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN de los bienes de la extinta ISABEL MARIA RAMIREZ BERMEO, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes en la calidad que señala cónyuge sobreviviente; b) Cuéntese con el Procurador de Servicio de Rentas Internas de Loja, como indica en la demanda, a quien se lo citara en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto pasen los autos al señor Analista de la Oficina de Citaciones para los fines de ley, a quienes se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; c) Con los herederos PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS y más personas interesadas en la presente sucesión, a quienes se los citara por un periódico de amplia circulación de esta ciudad CONFORME LO INDICAN EN EL LIBELO INICIAL- al tenor del Art. 58 del COGEP concédase el extracto para las publicaciones.- Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por la causante, con la intervención del perito que se designará UNA VEZ CUMPLIDA LAS CITACIONES quien será sorteado en el sistema para este fin, a quien se lo notificará para que tome legal posesión del cargo, de conformidad a Ley y al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial (Resolución No. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura), se le fijará así mismo los honorarios que correspondan, que serán cubiertos por la parte accionante. d). El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. e) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibídem; h) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; f) De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citado la parte demandada, en el término de diez días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; y, g) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico, como la autorización dada a su abogada patrocinadora, para que asuma la defensa en el presente asunto; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.- CITESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- f). Dr.

.com.ec Víctor Santín Salazar.-Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 14 agosto del 2020.Ab. Juan Carlos Mateus. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F4069 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO, con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias que anteceden a los demandados: ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO Y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S. A DEMANDADOS: ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO Y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO. JUICIO EJECUTIVO NRO. 11333-202000142 CUANTIA: $ 6.800,00 JUEZ: Dra. Sarita Azucena Ochoa Tamay AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 27 de enero del 2020, las 11h41, VISTOS: Cumplido lo dispuesto en decreto anterior, la demanda que antecede incoada por el BANCO DE LOJA S.A., representado por el Procurador Judicial doctor Carlos Vinicio Campoverde Gonzaga, conforme lo justifica con los documentos adjuntos, en contra de los señores ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO, cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 de la ley ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se dispone la citación de los demandados en el domicilio señalado, a través de la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones.- En aplicación de lo previsto en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 de la ley ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.Téngase en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados así como la comparecencia del Procurador Judicial de la entidad accionante, quien ejercerá la defensa técnica.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL. OTRA PROVIDENCIA.- Loja, jueves 27 de febrero del 2020, las 15h57, Toda vez que el Dr. Carlos Campoverde Gonzaga, en calidad de Procurador Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., ha declarado bajo juramento haber efectuado todas las diligencias necesarias, como acudir a los registros de público acceso, así como haber declarado la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de los demandados: ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO: 1) CITAR por la prensa a los señores: ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO conforme a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Para el cumplimiento de lo dispuesto, confiérase a través del actuario del despacho el extracto respectivo.- Hágase Saber.- F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL.OTRA PROVIDENCIA.- UNIDAD JUIDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA, Loja, miércoles 2 de septiembre del 2020, las 11h19, VISTOS.- Agréguese al proceso los escritos que anteceden presentados por la parte accionante así como los documentos adjuntos, y proveyendo los mismos, se dispone: Como es de conocimiento público, la Corte Nacional de Justicia mediante Resolución Nro. 004-2020, procedió a suspender los plazos y términos previstos en la Ley para los procesos judiciales debido a la Emergencia Sanitaria por Covid 19, desde el 16 de Marzo de 2020, habiendo sido reaperturados mediante Resolución Nro. 007-2020, desde el 15 de junio de 2020; por lo tanto, las publicaciones de citación por la prensa ( Diario Crónica de la ciudad de Loja) a los demandados correspondientes a los días 16, 17 y 18 de marzo de 2020 carecen de valor legal, consecuentemente el accio-

Publicidad nante debe citar en legal y debida forma a los demandados; para este efecto la señora Secretaria del Juzgado conferirá el extracto correspondiente.- Notifíquese y cúmplase Particular que se pone en conocimiento para los fines legales consiguientes. LOJA 15 de septiembre del 2020 Dra. Nuvia Apolo Pinza SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA P/F4070 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales, al señor JAIME AUGUSTO AYMACAÑA PADILLA, cuyo extracto es como sigue: Juicio: Sumario Nro. 11333-2019-01965 Actor: Ab. Miguel Enrique Luna Bravo en calidad de Procurador Judicial de Procesos del Banco de Loja S. A. Demandado: JAIME AUGUSTO AYMACAÑA PADILLA. Asunto: LAS ORDENADAS POR LEY (ART. 332 # 1) Cuantía: $ 11.979,93 Juez: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO INICIAL: Loja, viernes 5 de julio del 2019, las 11h01, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimento a lo dispuesto, la demanda que ha sido presentada por el señor DR.A SERGIO SANCHEZ PALADINES, en su calidad de Procuradora Judicial de Procesos del BANCO DE LOJA S.A., en contra del señor JAIME AUGUSTO AYMACAÑA PADILLA, por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332 y 333 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Tómese en cuenta los medios de prueba que anuncia la parte actora en el libelo de demanda. Por lo tanto téngase en cuenta su prueba documental. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a conocimiento del demandado cuya admisibilidad será resuelta en la audiencia única. DOS: Agréguese a los autos los documentos adjuntados a la demanda. TRES: Cítese al demandado señor JAIME AUGUSTO AYMACAÑA PADILLA, con la copia de la demanda, información adicional o anexos, documentos adjuntos y el presente auto en el lugar indicado en el la demanda, para lo cual se dispone deprecar al señor Juez de la Unidad Judicial de lo Civil del cantón Ambato, a quien se le enviará despacho suficiente y en forma ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. CUATRO: Se advierte al accionado la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. QUINTO: Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por la actora. Intervenga el Abg. Juan Carlos Sánchez Coronel, en calidad de Secretario Encargado del Abg. René Agila Guamán, de la Unidad Judicial Civil, mediante Acción de personal Acción de personal Nro. 01220-DP11-2019-FA, de fecha 13 de junio de 2019. OTRO AUTO.- Loja, jueves 10 de septiembre del 2020, las 12h14, Vista la petición que antecede y una vez que el accionante ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto de fecha jueves 10 de octubre del 2019, las 14h59, se dispone citar al demandado señor JAIME AUGUSTO AYMACAÑA PADILLA conforme lo determina el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por medio de Secretaría de la Unidad Judicial confiérase el extracto correspondiente.- Hágase saber.- f).- Dr. Fernando Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Loja. Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general, para los fines legales pertinentes. Loja, 18 de septiembre del 2020 Abg. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD

JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020

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MALACATOS

Vendo terreno de 2.513 m2, con hermosa vista, a 200 metros de la vía principal a Malacatos, con doble red de agua de regadío y potable, excelente ubicación. Precio : $59.000 dólares ( negociables )

VILCABAMBA

Vendo terreno de 2.623 m2, a orilla de la carretera, con una explanada en el frente para construcción, y 2.000 mt. de árboles frutales, con canal de riego, dentro del predio. Precio : $49.000 dólares ( negociables )

Inf. 099 173 6491 P/F4080

JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4071 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes CESAR JOSE MARIA CARAGUAY PAUTA y ROSAURA PUCHA GUTIERREZ, así como de la heredera fallecida ROSA EVELINA CARAGUAY PUCHA, que en extracto es como sigue: ACTOR: CARAGUAY PUCHA ANGEL GILBERTO; CARAGUAY PUCHA LUIS ALFREDO; PUCHA CARAGUAY SEGUNDO ALFREDO; SIVISACA CARAGUAY JORGE RODRIGO; SIVISACA CARAGUAY LUIS FLORESMILO; SIVISACA CARAGUAY ROSARIO CARMITA. DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LOS CAUSANTES CESAR JOSE MARIA CARAGUAY PAUTA y ROSAURA PUCHA GUTIERREZ, ASÍ COMO DE LA HEREDERA FALLECIDA ROSA EVELINA CARAGUAY PUCHA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. JUICIO: NRO. 11203-2020-01418 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, miércoles 19 de agosto del 2020, las 17h02, VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente acción en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Loja, y en virtud del sorteo constante en la misma.- Se llama a intervenir a la Dra. Karina Torres Maldonado como Secretaria Encargada de esta Unidad Judicial, mediante Acción de personal Nro. 172-UPTHL- SC de fecha 25 de agosto de 2015.- En lo principal y por cuanto la demanda de Inventarios presentada por el Sr. Lcdo. ANGEL GILBERTO CARAGUAY PUCHA quien comparece por sus propios derechos y como Mandatario del Sr. Lcdo. LUIS ALFREDO CARAGUAY PUCHA, en su calidad de herederos de los causantes, así como comparecen el Ing. LUIS FLORESMILO SIVISACA CARAGUAY, Dra. ROSARIO CARMITA SIVISACA CARAGUAY y el Ing. JORGE RODRIGO SIVISACA CARAGUAY estos últimos en sus calidades de hijos de la heredera fallecida ROSA EVELINA CARAGUAY PUCHA y por tanto herederos por estirpe, compareciendo además el Sr. Dr. LUIS ALFREDO PUCHA CARAGUAY en su calidad de CESIONARIO de los derechos y acciones que recaen sobre dos inmuebles de propiedad de los causantes y que fueron vendidos por los herederos, y al cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite a la misma al trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.- Por no tratarse de un asunto controvertido, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de los bienes de los causantes CESAR JOSE MARIA CARAGUAY PAUTA y ROSAURA PUCHA GUTIERREZ desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- Para

la formación del inventario, una vez que fuesen citados todos los interesados, este juzgador designará al perito sugerido para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados; y señalará el día y la hora para tal diligencia.- Cuéntese en este asunto con: 1) Con los señores el Sr. Lcdo. ANGEL GILBERTO CARAGUAY PUCHA quien comparece por sus propios derechos y como Mandatario del Sr. Lcdo. LUIS ALFREDO CARAGUAY PUCHA, en su calidad de herederos de los causantes.- 2) Con el Ing. LUIS FLORESMILO SIVISACA CARAGUAY, Dra. ROSARIO CARAMITA SIVISACA CARAGUAY y el Ing. JORGE RODRIGO SIVISACA CARAGUAY estos últimos en sus calidades de herederos por estirpe.- 3) Con el Sr. Dr. LUIS ALFREDO PUCHA CARAGUAY en su calidad de CESIONARIO de los derechos y acciones que recaen sobre dos inmuebles de propiedad de los causantes y que fueron vendidos por los herederos.4) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se le notificará en su despacho y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.- 5).- A los herederos presuntos y desconocidos de los causantes CESAR JOSE MARIA CARAGUAY PAUTA y ROSAURA PUCHA GUTIERREZ, asi como de la heredera fallecida ROSA EVELINA CARAGUAY PUCHA cíteselos de conformidad con lo previsto en el Art. 58 del Código Orgánico General de procesos.- Cualquier interesado en esta sucesión tiene la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en la forma y en el término señalados en el Art. 336 del COGEP.- Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante, tal como lo ha solicitado en su demanda, pruebas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por los accionantes. En virtud de lo establecido en el Art. 37 del COGEP se nombra al Sr. Dr. SEGUNDO ALFREDO PUCHA CARAGUAY como Procurador Común.- Agréguese los documentos que se adjuntan.- HÁGASE SABER. OTRO AUTO: Loja, martes 25 de agosto del 2020, las 17h13, Atendiendo el escrito presentado por CARAGUAY PUCHA ANGEL GILBERTO, se dispone: Con fundamento en lo que dispone el artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, en razón de que no se ha viciado el proceso de nulidad insanable, ni se ha provocado indefensión, se convalida el auto de aceptación a trámite de la demanda, de fecha Loja, miércoles 19 de agosto del 2020, las 17h02, en el sentido de que en el mismo se hace constar “LUIS ALFREDO PUCHA CARAGUAY en su calidad de CESIONARIO”, cuando lo correcto es “Segundo Alfredo Pucha Caraguay en su calidad de CESIONARIO”. De igual forma consta el nombre de “ROSARIO CARAMITA SIVISACA CARAGUAY”, siendo lo correcto “ROSARIO CARMITA SIVISACA CARAGUAY”, en lo demás queda inalterable dicho auto.-NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 2 de septiembre del 2020. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4072


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JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020

Judiciales UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido del ESCRITO de demanda, su auto inicial de aceptación a trámite y más constancias procesales emitidas en el JUICIO EJECUTIVO/COBRO DE DINERO. A los ACCIONADOS señores: TITUAÑA ORDOÑEZ BYRON FABRICIO y VITERI BENITEZ LEIDY GABRIELA. Cuyo extracto de demanda es como sigue: ACCIONANTE: COOP. DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE” LTDA. Demandados: TITUAÑA ORDOÑEZ BYRON FABRICIO y VITERI BENITEZ LEIDY GABRIELA. Objeto demanda EJECUTIVO/COBRO DE DINERO Cuantía: USD. 5600,00 Juicio Nro. 11333-2019-01147 Juez: Dr. GONZALO I. AGUIRRE VALDIVIESO Secretaria: LUZ MARIA LEDESMA RODRIGUEZ AUTO:- UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA.- El Dr. Gonzalo Aguirre Valdivieso, mediante auto inicial de fecha: Loja, martes 16 de abril del 2019, las 11h09, VISTOS: en mérito al sorteo de ley, avoca conocimiento de la causa en esta fecha.- En lo principal, la demanda presentada por el Dr. Hernán Manuel Ruiz Rojas, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., en contra del señor BYRON FABRICIO TITUANA ODÓÑEZ, en calidad de deudor principal y de los señores ROBINSON ALEXANDER TITUANA ORDÓÑEZ y LEIDY GABRIELA VITERI BENÍTEZ, en calidad de garante; la considera clara, precisa y que cumple con los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); la que se fundamenta en un pagaré a la orden ( fs. 1 y 2), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que la califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. Ordena la citación a los demandados señores BYRON FABRICIO TITUANA ODÓÑEZ, ROBINSON ALEXANDER TITUANA ORDÓÑEZ y LEIDY GABRIELA VITERI BENÍTEZ, en los domicilios señalados, debiéndose adjuntar la demanda, copia del pagaré a la orden, tabla de amortización y este auto inicial, para la citación a los demandados, en cumplimiento de lo dispuesto en el Memorando circular-CJDNGP-2018-0289-MC, suscrito por el señor Director Nacional de Gestión Procesal, previamente a remitir el proceso a la Oficina de Citaciones, se dispone remitirlo a la Ventanilla de copias, con el objeto de que la parte accionante preste las facilidades para obtener las copias necesarias para la citación de los demandados.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP. Concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.-Ordena tomar en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.NUEVO AUTO.- Loja, lunes 13 de mayo del 2019, las 13h56, En lo principal y en atención al escrito presentado por el compareciente y accionante Dr. Hernán Manuel Ruiz Rojas, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., dispone: 1.) CITAR a los accionados ciudadanos: BYRON FABRICIO TITUANA ORDÓÑEZ y LEIDY GABRIELA VITERI BENÍTEZ, en el domicilio cuya dirección se consigna en el escrito que se atiende; esto es, en la calle Sucre y Celica diagonal a Distribuidora “Imelda De Jaramillo”. 2.) Para efectos de la citación a los accionados ciudadanos: BYRON FABRICIO TITUANA ORDÓÑEZ y LEIDY GABRIELA VITERI BENÍTEZ, ordena remitir el proceso a la oficina de citaciones del Complejo Judicial de Loja.Llama a intervenir en el presente proceso al Abogado César Leonardo Neira Paredes, en calidad de Secretario Encargado de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Cantón Loja, en mérito a la Acción de personal Nro. 0710-DP11-2019-FA, de fecha 01 de abril de 2019, desde el viernes 26 de abril hasta el viernes 17 de mayo de 2019, en reemplazo de la Secretaria titular del despacho Dra. Luz María Ledesma Rodríguez, quien se encuentra con uso de licencia por vacaciones.Hágase saber y notifíquese.- NUEVO AUTO.- Loja, martes 25 de junio del 2019, las 16h09, Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Cantón Loja legalmente encargada del despacho del Dr. Gonzalo Iván Aguirre Valdivieso, Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil del Cantón Loja, en mérito a la Acción de personal Nro. 01258-DP11-2019-FA de fecha 17 de junio del 2019, en razón de encontrarse con licencia el Señor Juez titular

del despacho.- En atención a la petición presentada por el compareciente y accionante Dr. Hernán Manuel Ruiz Rojas, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., se dispone: Siendo la citación por la prensa una medida excepcional que procede cuando ha resultado imposible determinar el domicilio del demandado o demandados, los presupuestos para su procedencia deben estimarse con estrictez y rigurosidad, no obstante la declaratoria bajo juramento; por consiguiente y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 75 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con la resolución dictada por la Corte Constitucional, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 228 de fecha 5 de julio de 2010; y, Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con el fin de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes, la parte accionante demuestre documentadamente todas las diligencias realizadas tendientes a establecer la individualidad, domicilio o residencia de los accionados ciudadanos: BYRON FABRICIO TITUANA ORDÓÑEZ y LEIDY GABRIELA VITERI BENÍTEZ; para el efecto, y con la finalidad de acceder a los registros de datos públicos para averiguar el domicilio de los prenombrados accionados, ordena remitir los oficios de estilo a las instituciones públicas y privadas del Cantón y Provincia de Loja, se excluirá el oficio dirigido a la Coordinación Zonal 7 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, toda vez que dicha información ya se ha recabado. 3.) ordena Incorporar a los autos los documentos que se adjuntan al escrito que se despacha entre los cuales las certificaciones suscritas por la Mgs. Vanessa Mariuxi Valarezo Pardo, Coordinadora Zonal 7 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. 4.) Dispone Depositar los oficios ordenados en el casillero judicial Nro. 553 que tiene señalado el Dr. Hernán Manuel Ruiz Rojas, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., a efectos de que preste las facilidades que el caso amerita para obtener respuesta inmediata a la información requerida.- Hágase saber y notifíquese.- NUEVO AUTO.- Loja, jueves 27 de agosto del 2020, las 15h57, VISTOS.- En atención al escrito presentado por el Dr. Hernán Manuel Ruíz Rojas, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., dispone que el compareciente Dr. Hernán Manuel Ruíz Rojas, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., de acuerdo a la facultad conferida por su mandante en el poder especial y procuración judicial que obra de fojas 5 a la 12 del proceso, comparezca el día LUNES 31 DE AGOSTO DEL 2020 a las 10h00 a la Sala de Audiencias Nro. 14 del Complejo Judicial de Loja, ubicada en la calle Colón entre Bolívar y Sucre segunda planta alta, con la finalidad de que cumpla con lo dispuesto en el inciso tercero del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; esto es: “La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del o del demandado (ciudadano: TITUANA ORDOÑEZ BYRON FABRICIO, portador de la cedula de ciudadanía Nro. 0704773951); y, que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador del proceso”.- Notifíquese.- NUEVO AUTO.- jueves 3 de septiembre del 2020, las 09h58, VISTOS.- Con atención al escrito presentado por el Dr. Hernán Manuel Ruíz Rojas, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., dispone que el compareciente Dr. Hernán Manuel Ruíz Rojas, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Ltda., de acuerdo a la facultad conferida por su mandante en el poder especial y procuración judicial que obra de fojas 5 a la 12 del proceso, comparezca el día LUNES 7 DE SEPTIEMBRE DEL 2020 a las 11h30 a la Sala de Audiencias N° 14 del Complejo Judicial de Loja, ubicada en la calle Colón entre Bolívar y Sucre segunda planta alta, con la finalidad de que cumpla con lo dispuesto en el inciso tercero del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; esto es: “La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del o del demandado (ciudadana LEIDY GABRIELA VITERI BENÍTEZ, portador de la cedula de ciudadanía Nº 1900482348; y, que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso lo hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador del proceso”.- Hágase saber.- NUEVO AUTO.- Loja, martes 8 de septiembre del 2020, las 09h22, VISTOS: Atendiendo las peticiones formuladas por el accionante en los escritos que obran a fs. 78 y 81 de los autos y al juramento rendido de desconocer la individualidad, domicilio o residencia de los accionados, el Juez ordena citar por la prensa a los ciudadanos señores BYRON

Publicidad FABRICIO TITUANA ORDÓÑEZ y, LEIDY GABRIELA VITERI BENÍTEZ, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para cuyo efecto la señora Secretaria del Juzgado procederá a elaborar el extracto de las piezas procesales correspondientes.- Hágase saber.- Particular que me permito poner en conocimiento del público en general, para los fines legales consiguientes. Loja, a 15 de septiembre del año 2020. Dra. LUZ MARIA LEDESMA RODRIGUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA P/F4056 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales, a los señores HENRY PAUL CALVA RODRIGUEZ y ANGEL SAMUEL BENITEZ GUAMAN, cuyo extracto es como sigue: Juicio: Ejecutivo Nro. 11333-2019-02950 Actor: Dr. Hernán Manuel Ruiz Rojas, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de OCTUBRE LTDA. Demandado: HENRY PAUL CALVA RODRIGUEZ y ANGEL SAMUEL BENITEZ GUAMAN. Asunto: Cobro de pagaré a la orden Cuantía: $ 5.500,00 Juez: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO INICIAL: Loja, martes 8 de octubre del 2019, las 14h06, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil y Mercantil del cantón Loja, de la demanda que antecede y que ha sido presentada por el señor DR. HERNAN MANUEL RUIZ ROJAS, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de OCTUBRE LTDA.”, conforme la documentación que se adjunta, en contra de los señores HENRY PAUL CALVA RODRIGUEZ y ANGEL SAMUEL BENITEZ GUAMAN, la misma que por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento EJECUTIVO, que le corresponde y solicita. Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determina los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Tómese en cuenta los medios de prueba que anuncia la parte actora en el libelo de demanda. Por lo tanto téngase en cuenta su prueba documental. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a conocimiento de los demandados cuya admisibilidad será resuelta en la audiencia única. DOS: Agréguese a los autos los documentos adjuntados a la demanda. TRES: Cítese a los demandados señores HENRY PAUL CALVA RODRIGUEZ y ANGEL SAMUEL BENITEZ GUAMAN, con la copia de la demanda, información adicional o anexos, documentos adjuntos y el presente auto en el lugar indicado en la demanda, por medio de la oficina de citaciones y notificaciones del Complejo Judicial en esta ciudad de Loja, para lo cual la parte actora debe acercarse hasta la oficina de copias con el fin de brindar las facilidades para efectuar la citación. CUARTO: Se advierte a los accionados la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por el actor.- Intervenga al Ab. Rene Fabricio Agila Guamán en calidad de Secretario Titular, mediante acción de personal No. 7437-DNTH-2015-SC, de fecha 19 de mayo de 2015.- Hágase saber. OTRO AUTO.- Loja, viernes 11 de septiembre del 2020, las 10h12, Una vez que el accionante ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto de fecha lunes 7 de septiembre del 2020, las 12h06, se dispone citar a loslos demandados señores: HENRY PAUL CALVA RODRIGUEZ y ANGEL SAMUEL BENITEZ GUAMAN, conforme lo determina el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por medio de Secretaría de la Unidad Judicial, confiérase el extracto correspondiente.- Hágase saber.f).- Dr. Fernando Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Loja. Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general, para los fines legales pertinentes. Loja, 18 de septiembre del 2020

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Abg. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4058 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales, a los señores MARIA ALEJANDRA UCHUARI ALVARADO, EDGAR HUMBERTO ZHAGUI PLAZA Y LYDIA IRENE ALVARADO ALVARADO, cuyo extracto es como sigue: Juicio: Ejecutivo Nro. 11333-2019-02053 Actor: Dr. Hernán Manuel Ruiz Rojas, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de OCTUBRE LTDA. Demandado: MARIA ALEJANDRA UCHUARI ALVARADO, EDGAR HUMBERTO ZHAGUI PLAZA Y LYDIA IRENE ALVARADO ALVARADO. Asunto: Cobro de pagaré a la orden Cuantía: $ 5.600,00 Juez: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO INICIAL: Loja, viernes 5 de julio del 2019, las 15h07, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil y Mercantil del cantón Loja, de la demanda que antecede y que ha sido presentada por el señor DR. HERNAN MANUEL RUIZ ROJAS, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de OCTUBRE LTDA.”, conforme la documentación que se adjunta, en contra de los señores EDGAR HUMBERTO ZHAGUI PLAZA Y LYDIA IRENE ALVARADO ALVARADO, la misma que por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento EJECUTIVO, que le corresponde y solicita. Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determina los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Tómese en cuenta los medios de prueba que anuncia la parte actora en el libelo de demanda. Por lo tanto téngase en cuenta su prueba documental. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a conocimiento de los demandados cuya admisibilidad será resuelta en la audiencia única. DOS: Agréguese a los autos los documentos adjuntados a la demanda. TRES: Cítese a los demandados señores EDGAR HUMBERTO ZHAGUI PLAZA Y LYDIA IRENE ALVARADO ALVARADO, con la copia de la demanda, información adicional o anexos, documentos adjuntos y

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el presente auto en el lugar indicado en la demanda, por medio de la oficina de citaciones y notificaciones del Complejo Judicial en esta ciudad de Loja, para lo cual la parte actora debe acercarse hasta la oficina de copias con el fin de brindar las facilidades para efectuar la citación. CUARTO: Se advierte a los accionados la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por el actor.- Intervenga el Abg. Juan Carlos Sánchez Coronel, en calidad de Secretario Encargado del Abg. René Agila Guamán, de la Unidad Judicial Civil, mediante Acción de personal Acción de personal Nro. 01220-DP11-2019-FA, de fecha 13 de junio de 2019. Hágase saber.- OTRO AUTO.-Loja, lunes 12 de agosto del 2019, las 16h34, VISTOS: Se pone en conocimiento de la parte accionante las actas de no citación remitidas por la Oficina de Citaciones dela Unidad Judicial civil con sede en el cantón Loja, para los fines de ley. En lo principal, con amparo en el numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función judicial, se convalida el auto de fecha 5 de julio del 2019, a las 15h07, en el sentido de que: La presente demanda también está dirigida en contra de la señora MARIA ALEJANDRA UCHUARI ALVARADO, debiendo citarse a la demandada en el domicilio señalado en la demanda, mediante la oficina de Citaciones y Notificaciones; en lo demás, se estará a lo dispuesto en el mencionado auto que se convalida.Notifíquese.- OTRO AUTO.- Loja, viernes 11 de septiembre del 2020, las 10h12, Una vez que el accionante ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto de fecha jueves 3 de septiembre del 2020, las 08h23, se dispone citar a loslos demandados señores: MARIA ALEJANDRA UCHUARI ALVARADO, EDGAR HUMBERTO ZHAGUI PLAZA y LYDIA IRENE ALVARADO ALVARADO, conforme lo determina el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por medio de Secretaría de la Unidad Judicial, confiérase el extracto correspondiente.- Hágase saber.- f).- Dr. Fernando Brayanes Lima, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Loja. Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general, para los fines legales pertinentes. Loja, 18 de septiembre del 2020 Abg. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA P/F4059

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CHAMBA SARANGO MANUEL

DESAPARECIO EL 28 DE FEBRERO DE 2018

PROVINCIA LOJA,CANTÓN LOJA,LIMITE PROVINCIAL LOJA-ZAMORA

P/F4237

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Justicia Ciudadano acusado de robo intentó esconderse para evitar su aprehensión La oportuna intervención de los servidores policiales del circuito “Celi Román” de la ciudad de Loja, permitió la aprehensión de un ciudadano acusado del presunto delito de hurto, hecho suscitado las primeras horas de este 23 de septiembre, en las inmediaciones del parque Simón Bolívar, sector céntrico de la urbe. Al momento que el personal preventivo y proactivo del Grupo Operativo Motorizado (GOM) patrullaba el sector, recibieron la confidencia por parte de la víctima, de que un ciudadano con ciertas características habría sustraído un celular, aprovechando la congestión de personas en una parada de buses urbanos. Ante esta situación se activó un operativo de búsqueda y localización del presunto responsable del delito, el mismo que dio resultados positivos, al sorprenderlo al interior de un

local y en su bolsillo el celular que fue reconocido por la víctima. El hoy aprehendido responde a los nombres de Jhonny Z. S. quien no posee antecedentes delictivos; fue trasladado al Centro de Detención Provisional, a órdenes de la autoridad competente Rovin R.(I).(PDC).

Expendían droga en el centro de la urbe La Subzona de Policía Loja No. 11, a través de la Unidad Antinarcóticos, la noche de este 22 de septiembre, en las cercanías del parque Simón Bolívar, sector céntrico de la ciudad, aprehendió a tres ciudadanos transgénero femenino, quienes fueron puestos a órdenes de la autoridad. Servidores Policiales de la Jefatura de Investigación Antidrogas en coordinación con la Fiscalía General del Estado, como resultado de la gestión investigativa desarticularon una organización delictiva denominada “Bolívar” cuyos integrantes se presume estarían dedicadas al tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. Escogían las inmediaciones del parque Bolívar, para cometer estas actividades ilícitas, particularmente en horas de la noche. Además, se realizó el alla-

JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020

Colocan sellos de prohibición a minera artesanal Zamora Ch. Personal militar del Batallón de Selva Nº 17 “Zumba” por información del Destacamento de Inteligencia Militar de “Loja” realizó una operación de control de minería ilegal, en el sector de Chito-Juntas, río Mayo, cantón Chinchipe, provincia de Zamora Chinchipe y encontraron un campamento con varios indicios.

• Militares en el patrullaje en zonas mineras de Zamora.

Entre las evidencias halladas por los uniformados constan: 3 excavadoras; 160 galones de diésel, 1 clasificadora; 2 motobombas y a 200 metros del lugar se halló entre la maleza camuflados 50 galones de combustible (diésel). Sin embargo, a 500 metros del campamento, se evidenció a varias personas realizando actividades de minería en un área de 500

metros a la redonda, miembros de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables (ARCERNNR) verificó en el catastro minero y efectivamente el lugar constaba como minera artesanal, pero al solicitar a los trabajadores los documentos habilitantes para la explotación minera, se comprobó que los permisos se encontraban

caducados. De la misma manera solicitaron las facturas que justifiquen haber comprado legalmente 210 galones de combustible hallados en el lugar, documento que tampoco presentaron, razón por la cual colocaron sellos de prohibición en el área minera por caducidad de los documentos habilitantes. Además, el combustible fue decomisado.(I).(FJC).

COVID-19

Casos confirmados por cantón

SARAGURO

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Fecha de corte: Miércoles 23 de Septiembre de 2020 Fuente: https://covid-19-loja-smartland.hub.arcgis.com

8

CHAGUARPAMBA

Por un error en la información proporcionada por la fuente (Ministerio de Salud Pública), los días 21 y 22 de septiembre, se publicaron datos inexactos.

PUYANGO

97

PINDAL

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades

namiento de dos inmuebles, los mismos que eran utilizados para el acopio y distribución de las sustancias prohibidas y comercializarlas en este sector céntrico y otros puntos de la urbe lojana. En relación a la cantidad se les encontró 214 dosis de cocaína y 70 de marihuana, un celular y 13 dólares americanos. Luego de su valoración médica fueron puestos a órdenes de la autoridad a fin de continuar con las investigaciones relacionadas a este delito.(I).

I

Edad

Contagiados

0-11 meses

14

1-4 años

33

5 - 9 años

57

10 -14 años

117

15 - 19 años

180

20 - 49 años

3.460

50 - 64 años

973

más de 65 años

754

40

142

QUILANGA

17 ESPINDOLA

Cantones con semáforo epidemiológico en AMARILLO

CASOS

5.588 934 Recuperados 4.453 Fallecidos 201 Positivos Activos MUESTRAS

14.730 7.627 1.515 Tomadas Negativas En espera AISLAMIENTOS

Epidemiológico

2

CALVAS

Información entregada por el Ministerio de Salud Pública

1.833 2.945 Personas en CERCO Personas en A.P.O.

161

GONZANAMA

114

MACARA

LOJA

CATAMAYO

15

SOZORANGA

356 7

12

PALTAS

78 CELICA

ZAPOTILLO

4.480

1

OLMEDO

HOSPITAL ISIDRO AYORA

3

13

Pacientes estables

Pacientes UCI

HOSPITAL MANUEL YGNACIO MONTEROS IESS

110

12

Pacientes estables

Pacientes UCI

aislamiento domiciliario

330

Altas Hospitalarias totales

HOSPITAL DE CATACOCHA

0

Pacientes estables

896 Personas en

222

Altas Hospitalarias totales

28

Altas Hospitalarias totales

PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

2.934 Hombres

2.654 Mujeres


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