Miércoles 28 de octubre 2020 Edición Nro. 10898

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 MIÉRCOLES 28 DE OCTUBRE DE 2020

Edición Nº 10899

Intendencia niega medida de desalojo solicitada por

la empresa Vivem EP William Vergara Saula, director musical de la Orquesta Sinfónica de Loja (Pág. 5)

Congreso de historia por el Bicentenario de Loja

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a Empresa Municipal de Vivienda, Vivem-EP, del Municipio de Loja el 11 de septiembre del 2020 presentó una denuncia a la Intendencia General de Policía aduciendo que habían comprado unos terrenos a la Cooperativa de Producción Minera “11 de Julio”, en julio del 2019, ubicado en el sector de Punzara, sur de la ciudad, y que había presuntamente actos de invasión por parte de supuestos dueños.

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Con buenas expectativas ven los lojanos la acreditación de las universidades

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ste viernes 30 de octubre la Universidad Técnica Particular de Loja y Nacional de Loja recibirán de manera oficial, por parte del presidente del Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES), Juan Manuel García, la acreditación que estará vigente por 5 años.

1 de noviembre 1979 - 1 de noviembre 2020

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Cumplimos 41 años. Gracias por preferirnos. Anuncie en la edición especial.

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Con buenas expectativas ven los lojanos la acreditación de las universidades Este viernes 30 de octubre la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) y Nacional de Loja (UNL) recibirán de manera oficial, por parte del presidente del Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES), Juan Manuel García, la acreditación, la cual estará vigente por 5 años. Ciudadanía señala que Loja tiene mucho que dar en el tema educación. Privada La UTPL recibió el informe de evaluación externa por parte de CACES, con lo cual se oficializa su acreditación. Mary Morocho Quezada, coordinadora de Evaluación y Acreditación, expresó que han desarrollado un trabajo a lo largo de 2 años en donde se ha ido levantando información correspondiente a los ejes fundamentales de evaluación con la docencia, investigación, vinculación con la sociedad y como un eje transversal las condiciones institucionales. “Esta acreditación impacta

•• UNL y UTPL acreditadas por 5 años.

directamente en cada uno de los estudiantes que se forman en esta alma mater, así como también es el reconocimiento a cada uno de los docentes que se esfuerzan por dejar el alto este centro de estudios superior a través de su enseñanza”. Pública Por su parte, Nikolay Aguirre, rector de la UNL, a través de la página web institucional señaló que cuando asumió la administración de esta universidad, uno de sus principales retos era transformarla, “sabíamos que la acreditación nacional sería el primer logro a alcanzar”.

tificación”, señaló. “Ahora vamos por la acreditación de las carreras de Medicina y Odontología. Estoy seguro que con el trabajo que hemos realizado lo lograremos”, dijo.

•• Nikolay Aguirre, rector de la UNL.

“Con el apoyo, trabajo, colaboración y voluntad de todos ustedes, lo hemos logrado. Me alegra poder comunicarles que la gloriosa Universidad Nacional de Loja está acreditada. El próximo viernes el CACES nos visitará y emitirá la cer-

Ciudadanía Manuel Castañeda, exestudiante de Ingeniería Ambiental, señaló que Loja tiene mucho potencial para la formación de profesionales y el tiempo lo está demostrando, un claro ejemplo es la acreditación de las universidades lojanas UTPL y UNL. En cambio, para Benjamín Guayanay, exalumno de la carrera de Educación Inicial, indicó que la acreditación

•• Mary Morocho Quezada, coordinadora de Evaluación y Acreditación UTPL.

de estas dos instituciones demuestra que, a pesar del poco interés de las autoridades nacionales en la educación, Loja tiene mucho potencial en el tema educativo y de donde salen excelentes profesionales.(I).(FJC).

Lista de candidatos de UNES quedará en firme en tres días Dato

El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aceptó la impugnación que presentó el viernes 23 de octubre la Alianza Unión por la Esperanza, UNES, (Centro Democrático- Compromiso Social), lista 1, a la resolución de la Junta Provincial Electoral de Loja (JPE-L) que negó la calificación de las candidaturas de la organización. Situación El martes 20 de octubre tras la reunión de la JPE-L decidió no calificar a la lista por inconsistencias en la documentación presentadas a la hora de las inscripciones, en especial en su tercera candidata ya que supuestamente no había sido elegida en democracia interna o las primarias. Johanna Ortiz, candidata principal por la Alianza

Lista de la Alianza UNES Principal

•• Johanna Ortiz, candidata principal por la Alianza UNES, señaló que el CNE actuó en base a la ley.

UNES, mencionó que estaban respaldados jurídicamente y el pleno actuó en derecho y enmarcado en la ley, siendo coherentes con el informe que levantaron en el departamento jurídico del CNE en la Delegación Provincial de Loja. Es por ello, de inmediato tendrán que ser calificados.

“Sí, nos sorprendió la resolución de la Junta Provincial teniendo en cuenta que existía un informe técnico jurídico que recomendaba la calificación de las candidaturas; no quisiera pensar que es una persecución política como tal, sino más bien falta de conocimiento con respecto a

Suplente

Johanna Cecibel Ortiz

Juan Carlos Torres

Juan Andrés González

Evelin Rodríguez

Mery Yomar Valdivieso

Rovin Andrade

Pablo David Lima

Elizabeth Arévalo

la norma y la alianza”, dijo. Además, esta acción nos deja algunas dudas de cómo se va a manejar el proceso electoral en la provincia de Loja durante los comicios, por ende, estarán vigilantes durante su desarrollo. Tiempo Por su parte, Pablo Piedra Vivar, vocal de la JPE-L, puntualizó que tras la re-

solución del pleno del CNE de calificar a la organización política UNES, ahora tiene que esperar tres días (empezando de hoy) para que la misma quede en firme, luego enviarán la documentación a los órganos administrativos correspondientes del CNE y ellos los incluyan dentro de los candidatos inscritos para asambleístas por la provincia de Loja.(I).(FJC).


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‘Guaguas’ para hacerse compadres está casi extinta Una de las tradiciones más antiguas de obsequiar figuras o guaguas de pan pequeñitas para fortalecer la amistad o hacerse compadres está casi extinta, sin embargo, los adultos aún tratan de rescatarla y entregar ese conocimiento y legado a sus seres queridos.

Historia Actualmente una persona que apadrina un niño en un acto religioso como el bautismo se lo denominada comadre y compadre (su segunda madre o padre), pero en la antigüedad, en el caso de Loja, este nombramiento ligada al Día de Todos los Santos se daba con la entrega de una figura y su lazo es igual que el de la iglesia. Esta tradición poco a poco va desapareciendo y solo quedan recuerdos, pero todavía hay personas que tratan de rescatarlos como Mélida Silva, quien enseña a su familia esta costumbre dada por su abuelita. Indicó que la elaboración de estas figuras o pequeñas guaguas bebés son de harina cruda, las cuales son decoradas, pero no son comestibles. Este presente era puesto dentro de una caja de fósforo con algodón y entregado a la persona que iba a ser su compadre o comadre. “El lazo de esta figura era tan fuerte que los compadres no podían pelearse u ofenderse, ya que tenía el mismo sentido como hacerlo en la iglesia. Es más, todavía tengo parientes que por medio de esta costumbre se unieron y se respetan hasta la actualidad”, dijo. Además, un producto que casi también está extinto es el shampoo de mote pelado o arroz, el cual tenía

•• Mélida Silva y Martha Edith Pardo venden colada morada y guaguas de pan, en el sector de San Sebastián.

propiedades únicas para el cabello, ya que no contenía ningún químico debido a que estaba compuesto por plantas naturales. Colada Sin embargo, una de las tradiciones que sigue vigente y que cada año toma fuerza es la tradicional co-

uva, piña y babaco. Luego en la preparación vierte hierba luisa, cedrón, mortiño, clavo de olor, esencia de rosa y el toque personal es el ishpingo. Por otro lado, Martha Edith Pardo señaló que empieza la preparación a las 03h30, pero ya tiene la mayoría

de cosas cocidas la noche anterior como las plantas aromáticas y la piña. Durante la preparación vierte los productos, en especial la harina morada, tras dos horas de estar hirviendo vierte el jugo de la piña para cocinarlo por período prudencial.

Para finalizar cierne el contenido y agrega la fruta como la uva, manzana y la endulza con azúcar o panela. “Es un trabajo complejo y coge tiempo para quienes hacemos nuestra bebida con amor, ya que este último es el secreto de una buena comida”, destacó.(I).(FJC). P

Dato Colada morada • Vaso pequeño USD 0.50 • Vaso mediano USD 0.75 • Vaso grande USD 1 • Tarrinas USD 2 Guaguas de pan • Pequeñas USD 0.40 o 0.50 • Grande USD 0.75 y de USD 1 Combo • Un vaso con guagua de pan USD 1 lada morada y guaguas o figuras de pan. Silva añadió que para preparar esta deliciosa bebida se levanta a las 04h00, previamente ya tiene picado los frutos como manzana,

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Intendencia niega medida de desalojo solicitada por la empresa Vivem EP

La Empresa Municipal de Vivienda, Vivem-EP, del Municipio de Loja el 11 de septiembre del 2020 presentó una denuncia a la Intendencia General de Policía indicando que habían comprado unos terrenos a la Cooperativa de Producción Minera “11 de Julio”, en julio del 2019, ubicado en el sector de Punzara, sur de la ciudad y que habían presuntamente actos de invasión por parte de supuestos dueños. Jhonatan Valdivieso, intendente, expresó que esa supuesta invasión a decir de la empresa de vivienda les perjudicaba porque estaban construyendo en ese sitio el proyecto de vivienda, actualmente conocido como Los Jardines de Punzara. Además, que ellos no conocían a los supuestos invasores, pero luego se determinó que sí conocían a dichas personas. “Nosotros teníamos que seguir el debido proceso para otorgar o negar esta medida de protección, razón por la cual acudimos al sitio a efectuar una inspección, pero fue suspendida porque nos encontramos con una realidad muy diferente a lo que nos habían dicho”. En sitio encontraron a más de 20 personas que ale-

• Lugar donde se pretende construir el proyecto de vivienda Los Jardines de Punzara que continúa en líos.

gaban tener la documentación de ser propietarios legítimos de esos terrenos. También constataron que había dos casas construidas en el lugar que no eran recientes, así como una casa de adobe y barro habitada por una pareja con dos menores de edad. A la diligencia, para la cual fueron notificados, comparecieron 10 personas, quienes mencionaron que habían sido socios de esa cooperativa, pero los habían separado; sin embargo, dicha decisión fue impugnada y está en sede judicial. “Los socios acreditaron que la Cooperativa que vendió los terrenos a la Municipalidad les dio con documen-

• Jhonatan Valdivieso, intendente.

tos un lote a cada socio. Es así que con fecha 16 de

diciembre del 2006 emite un documento de adjudica-

ción de un lote de terreno y luego les faculta para que entren en posesión para que realicen todas las actividades que la ley permite de un terreno”, añadió. Valdivieso puntualizó que señalaron en la resolución que el legítimo dueño de esos terrenos es el Municipio de Loja, pero que la Cooperativa “11 de Julio nunca le entregó la posesión, por ende, no hay tal invasión en dicho lugar. Desde el Ayuntamiento local no quisieron dar ningún pronunciamiento del tema, ya que esta situación está en manos de los abogados tanto de Vivem EP y del Municipio.(I).(FJC). P

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William Vergara Saula, Sabiduría popular director musical de la para la vida Orquesta Sinfónica de Loja SABEL

Historia ciento diez

“Solidaridad de Ryan”

Con fecha 16 de octubre del 2020, el Directorio del Instituto de Fomento a la Creatividad y la Innovación IFCI, resolvió nombrar al maestro William René Vergara Saula en calidad de Director Titular de la Orquesta Sinfónica de Loja. El maestro Vergara será el responsable de planificar, dirigir, supervisar y ejecutar la programación de la agenda musical anual, garantizando calidad artística en la ejecución y fomentando la capacidad de investigación. Desde este lunes el maestro Vergara se encuentra revisando el historial musical de la OSL para, con su trabajo, darle mayor proyección. El flamante Director concibe a la cultura como un servicio público y

cree que la orquesta debe retornar a los escenarios con todas las normas de bioseguridad, sin descuidar el trabajo virtual que le ha permitido alcanzar otras audiencias. “Mi perspectiva es desarrollar a más tardar, la segunda semana de noviembre, una interesante agenda de conciertos en escenarios con el aforo respectivo”, puntualizó. Sobre el director William Vergara Saula es graduado de la Royal Schools of Music de Inglaterra como Director de Orquesta. Ha realizado estudios de perfeccionamiento orquestal, operístico y de ballet con Emmanuel Siffert (Suiza), Luis Gorelik (Argentina) Carlos Vieu (Argentina) y Rodolfo Fis-

cher (Chile). Ha trabajado como director invitado en importantes agrupaciones orquestales de Argentina, Perú, Colombia, España y Ecuador donde también ha dictado charlas magistrales, clases y conferencias colaborando también en Ecuador con los principales festivales vigentes en el país. Director ecuatoriano seleccionado para participar en el Danubio Azul/Bela Bartok Internacional Ópera Conducting Competition 2021 (8a edición). Es profesor titular de la Facultad de Artes de la Universidad de Cuenca en las áreas de práctica orquestal, música de cámara y violín unido a su trabajo como Director Titular de la Orquesta Sinfónica de la Universidad de Cuenca.(I).

Ampliación de alumbrado público al norte de la urbe La Empresa Eléctrica Regional del Sur (EERSSA) inició la primera fase del proyecto de ampliación de alumbrado público en el barrio Shucos, al norte de la ciudad de Loja, con una inversión de aproximadamente 20 mil dólares. Este proyecto inició con la excavación de suelo para

colocar más de 22 postes de hormigón armado y así realizar el tendido de 385 metros de red de medio y bajo voltaje. En la segunda fase se procederá a ubicar los transformadores, para finalmente colocar luminarias públicas de 150 vatios de doble potencia que prestarán el servicio de energía de forma estable,

segura y renovada. David Maldonado, encargado de la obra de la EERSSA, indica que esta beneficia a 50 familias del sector y mejora la calidad de vida de los moradores. Afirmó que la EERSSA aporta con el desarrollo económico y social a través de proyectos de electrificación en toda el área de concesión.(I).

Ryan, un niño canadiense y un impulso solidario que transformó la vida de los algunos africanos. Era tan solo un chico de seis años de edad, cuando se enteró del sufrimiento de la población africana. Su tierno corazón hizo la proeza. En su escuela, la maestra de Ryan refirió las condiciones en las que vive África. El sufrimiento por el agua, pues, los africanos no la tienen con la misma facilidad que los habitantes de otros países. Si para nosotros es tan fácil abrir la llave del grifo, para un africano, es tan dificultoso excavar un pozo y acarrear el líquido. Fue triste la historia que conmovió a Ryan, por lo que preguntó: ¿cuánto cuesta hacer el pozo? La maestra dijo que “WaterCan” excavaba pozos por setenta dólares. Así comenzó todo. Con un manantial que brotó en el corazón de este niño. Ryan pidió a sus padres esos setenta dólares iniciales para la excavación en África. Los padres le dieron tareas para que se los gane, pero no fue suficiente, pues el pozo costaba dos mil dólares. Para el propósito, también prestó servicios en la comunidad vecina, divulgando sus planes, así, más personas se unieron a la causa. La solidaridad de Ryan excavó el primer pozo. Una vez con la obra hecha, el niño viajó a África, los honores saltaron a la vista. En la actualidad el niño de la historia ya es un hombre, que sigue dando agua a los africanos y rompiendo el límite de lo imposible. Solidaridad de Ryan, algo para imitar.

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En Macará Se analizó en primer debate ordenanza que regula cuerpos de agentes de control municipal y de tránsito Cementerios El Cabildo aprobó por unanimidad la ordenanza de protección de fuentes de agua y analizó en primer debate el proyecto de ordenanza que regula los cuerpos de agentes civiles de tránsito y agentes de control municipal, la cual pasó a análisis de la comisión. Tres puntos se analizaron en la sesión ordinaria de Cabildo, desarrollada el martes 27 de octubre, de forma virtual. En primer lugar, analizaron el proyecto de ordenanza que regula el funcionamiento y estructura del personal de los Cuerpos de Agentes Civiles e Tránsito y Agentes de Control Municipal. El contenido de la propuesta lo hizo el vicealcalde, Nixon Granda, que

se tomen los correctivos necesarios y volver a presentar la propuesta.

en síntesis señaló que el documento contiene 62 artículos, cinco disposiciones generales, diez transitorias, una disposición final y una derogatoria. La ordenanza tiene como finalidad aplicar el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad y Orden Público, Coescop, para legitimar y fortalecer la estructura de estas dos entidades municipales. Además, contiene la norma-

tiva para ascensos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de haber permanecido siete años en el mismo grado técnico operativo y diez para cargos directivos, así como rendir la prueba física, psicológica y de conocimientos. Luego de analizar el contenido de este cuerpo legislativo y recoger los criterios de los ediles pasó a la comisión de origen para que

Fuentes de agua Otro de los temas que se trató en la sesión y que se aprobó en segundo debate fue la ordenanza para la “Protección y restauración de fuentes de agua, ecosistemas frágiles, biodiversidad y servicios ambientales del cantón Loja a través de la creación y gestión de áreas de conservación municipal y uso sostenible”. En este punto hubo la participación de los delegados de Naturaleza y Cultura Internacional, así como de Foragua, quienes aportaron con sus conocimientos en la elaboración de esta ordenanza.(I).

Se prepara congreso de historia con ocasión del Bicentenario de Loja Uno de los eventos que se enmarca en la programación del Bicentenario de la Independencia de Loja, es el Congreso de Historia “Nuestro legado, camino a la libertad” que se desarrollará los días 12 y 13 de noviembre, en el Centro de Convenciones San Juan de Dios. Este evento comprende tres elementos: el congreso de historia, la incorporación a la academia del capítulo Loja de ilustres personalidades y la transferencia de bienes de la colección Agustina de Bernardo Valdivieso. El congreso se desarrollará los días jueves 12 y viernes 13 de noviembre, de 09h00 a 12h00, participarán diez ponentes que hablarán sobre la independencia de Loja y el bicentenario. Los ponentes serán: Félix Paladines, Numa Maldonado, Susana Álvarez, Rubén Ortega, Franklin Sánchez, Jaime Celi, Galo Ramón, María Elena Cevallos, Gabriel Gómez y Stalin Alvear. Capítulo Loja El jueves 12 de noviembre, por la tarde, en la Casa de

Por resolución del COE Cantonal de Macará, esta vez, presidido por Paúl Torres Argoti, como alcalde subrogante, y sus integrantes, se resolvió abrir el Cementerio Municipal desde el viernes 30 de octubre hasta el 03 de noviembre, de 10h00 a 22h00, con todas las medidas de bioseguridad. Además se contempla para este fin, medidas de restricción como: el aforo de 120 personas, por el espacio de tres horas, que irán rotando hasta llegar a la hora de cierre del cementerio; la prohibición de ingreso de personas comprendidas dentro de los grupos vulnerables; colocación de gel y alcohol en la entrada y salida; así como el control de personal del Municipio, Policía Nacional y Comisaría Nacional, dentro de un plan de contingencia preparado para recibir a los visitantes de la localidad y de otros puntos del país, durante este feriado.

Frontera

•• José Carlos Arias, jefe del Archivo Histórico.

la Cultura se desarrollará el evento de incorporación a la Academia de Historia de personajes de la ciudad, quienes conformarán el Capítulo Loja ante este organismo. El viernes 13 de noviembre se realizará la transferencia de 347 libros de la llamada colección Agustina de Bernardo Valdivieso, que serán investigados, analizados y difundidos a través del Archivo Histórico Municipal. A decir de José Carlos Arias, jefe del Archivo Histórico, “el bicentenario no es solo una fecha sino es ir construyendo la situación histórica que se presenta”. Las conferencias serán transmitidas por Facebook Live de la entidad.(I).

Gimnasia rítmica en torneo nacional virtual La Federación Ecuatoriana de Gimnasia Rítmica realiza del 28 de octubre al 12 de diciembre, el Campeonato Nacional virtual de todas las categorías, a la cual participan Clubes, Escuelas de Formación o Federaciones Deportivas Provinciales en las categorías formación, menores, prejuvenil y juvenil. Fedeloja estará participando con un total de 31 deportistas, bajo la dirección técnica de Yasmir Laucerica y Sofía Sarmiento.

Durante la premiación se reconocerá del primero al octavo lugar en todos los niveles y categorías, tanto en manos libres como en aparatos y all around, recalcando que de acuerdo a la reglamentación de este evento nacional clasificarán y se premiarán solo dos gimnastas de un mismo Club, Escuela o Federación. Para este evento, las gimnastas lojanas se han preparado desde sus hogares con el compromiso de realizar una destacada participación.(D).

Con la presencia de Israel Berrezueta, subsecretario de Planificación, Alcaldes, Gobiernos Parroquiales de las Provincias de Loja, El Oro y Zamora Chinchipe se realizó el conversatorio que permitirá elaborar el “Protocolo para la apertura de fronteras en el Ecuador”, luego de su cierre debido a la pandemia que azota al mundo. Paúl Torres Argoti manifestó que las principales necesidades que aquejan a este cantón están dadas en el orden de: salud, comercio, aduanas, vialidad, entre otros. El aporte del Gobierno Nacional permitirá hacer frente de manera responsable a esta apertura de fronteras, particularmente, en relación con el Perú. Cada cantón a nivel de municipios y parroquias, fueron los encargados de transmitir las inquietudes de su territorio, las mismas que serán canalizadas en un protocolo nacional, con la intervención de los distintos Ministerios del Estado Ecuatoriano.(I)


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Piden a Municipios autorizar la libre circulación vehicular en feriado

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Médicos de Pichincha pide más restricciones en feriado

Cementerios de 27 ciudades del país estarán abiertos al público. El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional pidió mayor compromiso y responsabilidad ciudadana para enfrentar la pandemia de coronavirus. El feriado más largo de 2020 se aproxima y las autoridades definen algunos puntos. El COE señaló que de los 221 municipios en el país, en 27 sí abrirán sus cementerios. Esto a pesar del exhorto que en días pasados realizó el COE de no abrir los camposantos para evitar aglomeraciones. Sin embargo, las autoridades han realizado un llamado a los Municipios para que exista la libre movilidad

•• Ministerio busca promover el turismo con responsabilidad. Foto: Archivo EFE

•• Pichincha es la provincia que tiene la mayoría de casos de COVID-19. Foto: Archivo EFE

en las ciudades, durante los 4 días de feriado. Es decir, que no habrá mayores restricciones, pues lo que se intenta es promover el turismo con responsabilidad, indicó el Ministerio de Turismo.

Pichincha es la provincia que tiene la mayoría de casos de COVID-19 en el país. Hasta la tarde del lunes 26 de octubre de 2020, registraba más de 55 mil cuatrocientos contagios, lo que preocupa al Colegio de Médicos de cara al próximo feriado.

Las autoridades recalcaron que los bares, discotecas y centros de tolerancia continuarán cerrados. Finalmente, mencionaron que la ciudadanía deberá ser responsable de cuidarse de los contagios.(I)

Según reportó el IG

2 sismos sacuden Quito y otras ciudades 2 sismos sacudieron Quito la mañana de este martes 27 de octubre de 2020, según reportó el Instituto Geográfico Militar (IG). El primer movimiento telúrico ocurrió a las 06h59 de la mañana, tuvo una magnitud de 4.86 y su epicen-

tro fue en Machachi, en la provincia de Pichincha. Posteriormente, a las 07h02, se registró otro temblor, que esta vez tuvo una magnitud de 3.52 y que también tuvo como epicentro Machachi. No se ha reportado que estos sismos hayan dejado daños materiales o víctimas.

Desde el área de monitoreo del ECU 911 se realiza un barrido de la ciudad de Quito, tras el movimiento telúrico. El servicio ha recibido 5 llamadas desde el cantón Mejía, por los temblores, aunque no se han reportado emergencias.(I)

Jugador convocado al microciclo da positivo por coronavirus La Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) dio a conocer este martes mediante su página oficial que el zaguero de Universidad Católica, Gustavo Cortez, dio positivo a la prueba PCR de COVID-19. El futbolista que fue convocado por el estratega de la Selección, Gustavo Alfaro, para el microciclo de dos días en Quito, no será parte

•• Gustavo Alfaro (centro) en el microciclo de la Tri. Foto: FEF.

de los entrenamientos, adelantaron desde la FEF. Desde la Federación además supieron indicar que

el cuerpo técnico y todo el staff de la Tricolor lamentan la baja y esperan la pronta recuperación de Cortez.(I)

Su representante, Víctor Álvarez, asegura que Quito, la ciudad que concentra la mayoría de personas infectadas, no ha superado la situación sanitaria. Por

esto, hace un llamado a las autoridades para que se aplique una serie de restricciones durante los 4 días de feriado. Se formalizó el pedido a las autoridades locales, pues cree que la velocidad del contagio en la capital no se detiene. Además, exhorta a la ciudadanía a practicar un autoaislamiento. Quito durante los 7 meses de emergencia sanitaria ya registra un total de 51.095 contagiados con COVID-19.(I)

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Actividades mineras suspendidas por afectaciones al río Chumbiyacu en Napo Las actividades de la compañía minera Terraearth Resources S.A. fueron suspendidas por incumplimientos a la normativa ambiental. Esto tras identificar afectaciones al río Chumbiyacu por descargas directas sin tratamiento previo y modificación al cauce hídrico. Además, el Ministerio de Ambiente y Agua constató que la empresa no cuenta con los documentos habilitantes para operar. Meses atrás, la cartera de Estado, dispuso a la empresa corregir las faltas, pero no fueron acogidas. La empresa extranjera no podrá operar en la concesión minera Regina 1S, ubicada en los sectores Estrella del Oriente, Moretecocha y Siguacocha del cantón Carlos Julio Arosemena Tola.

Judiciales

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÒN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.- CITO: A los herederos desconocidos y presuntos de la causante señora: ZOILA ENRIQUETA ROMÁN NEIRA; y del heredero MARCOS RODRIGO GONZÁLEZ ROMÁN, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: HUGO BOLÍVAR GONZÁLEZ GUAJALA. DEMANDADOS: Los herederos desconocidos, presuntos y demás interesados de la causante señora: ZOILA ENRIQUETA ROMÁN NEIRA; y del heredero MARCOS RODRIGO GONZÁLEZ ROMÁN. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRÀMITE: Voluntario. JUICIO Nro. 11331-2020-00413. CUANTÌA: Indeterminada. JUEZ: Dr. Max Tandazo Encalada. AUTO DE ACEPTACIÒN.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente solicitud, en virtud del sorteo electrónico que antecede, en calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Catamayo, Provincia de Loja.- En lo principal, y una vez que se ha dado cumplimiento, a la providencia anterior, se califica de clara y completa la solicitud de Inventario de Bienes Hereditarios, presentada por el señor Hugo Bolívar González Guajala, en virtud de lo dispuesto en la parte final del inc. 4to del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos (En adelante COGEP ), y por cumplir con los requisitos formales aplicables al presente caso, se dispone tramitarla por el procedimiento voluntario, sin perjuicio, que pueda ocurrir lo previsto en el Art. 346 íbidem.- En lo principal y por el fallecimiento de la señora ZOILA ENRIQUETA ROMÁN NEIRA se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes, con la intervención de un perito téngase en cuenta la designación del perito que se designará oportunamente, sin perjuicio que la parte lo sugiera. En el proceso se contará con las personas siguientes: 1) Con el solicitante, en calidad de heredero; 2) Con los herederos:

Víctor Landázuri, director Zonal 8 de Napo, manifestó que los operativos continuarán. Según el MAE, se han realizado 17 inspecciones de control y seguimiento a las concesiones mineras de titularidad de la empresa Terraearth Resources S.A., producto de las cuales se dispusieron diferentes acciones correctivas a fin de precautelar la integridad de los recursos naturales, esto, a la par de las sanciones administrativas correspondientes. Por otra parte, el pasado 12 de octubre, un equipo técnico de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables colocaron sellos de suspensión de actividades, mismos que fueron violentados para continuar con la explotación.(I)

Gladis Maruja González Román, Héctor Iván González Román, Fernando Aníval González, René Orlando González Román, Fanny del Carmen González Román y Marcos Rodrigo González Román, a quienes se los citará en la parroquia El Tambo, en a dirección del domicilio que se indica, para lo cual se remitirá comisión al señor Teniente Político de la indicada Parroquia; 3) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se lo citará en la ciudad de Loja, cantón del mismo nombre, en la dirección que se indica, para lo cual se dispone remitir atento deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, en debida forma y ofreciéndole reciprocidad en casos similares; 4) Con la señora María Etelvina Carpio Jaramillo, a quien se la citará en esta ciudad de Catamayo, en su lugar de trabajo; 5) Con los herederos presuntos y desconocidos de la causante ZOILA ENRIQUETA ROMÁN NEIRA y del heredero fallecido Marcos Rodrigo González Román a quienes se los citará por mensajes, que contendrán un extracto de la demanda y de las providencias respectivas, y se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, debiendo el señor Actuario elaborar el extracto respectivo. A todos los citados, se les prevendrá además, la obligación que tiene de señalar correo electrónico y domicilio judicial en esta ciudad para posteriores notificaciones. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial, el correo electrónico; y la autorización conferida a su Defensa Técnica.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Intervenga el Abg. Wilmer Fernando Motoche Riofrío, en calidad de Secretario de esta Judicatura, por designación de la señora Directora Provincial del Consejo de la Judicatura de Loja- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) Tandazo M, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Catamayo. Particular que pongo en conocimiento del demandado para los fines de Ley. Catamayo, a veinte de octubre del 2020.Ab. Fernando Motoche Riofrío. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO. P/F4228 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL

Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Especial de inventarios a los herederos ausentes, desconocidos y presuntos de los causantes JUAN ANTONIO TORRES AGUIRRE Y JULIA MATILDE ESPINOSA MACAS, conforme a lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en relación al establecido en el Art. 56 numeral 1 ibídem cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: TORRES ESPINOSA SONIA ESPERANZA DEMANDADOS: HEREDEROS DE LOS CAUSANTES JUICIO No. 11313202000425 CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ DE LA CAUSA Dr. CASTRO TAMAY ZHUBERT OMAR ASUNTO: INVENTARIOS TRAMITE: VOLUNTARIO DEFENSOR:Dr. Enrique Guillermo Luzuriaga Valdivieso VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma en mi calidad de juez multicompétente del cantón Saraguro en virtud del sorteo realizado y la competencia determinada en conformidad a lo dispuesto en el artículo 245 del Código Orgánico de la Función Judicial. La solicitud que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142,143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario. Cítese a los demandados MARCO ANTONIO TORRES ESPINOZA y VICTOR HUGO TORRES ESPINOZA por intermedio del señor Teniente Político de la parroquia Manú a quien se le comisiona la práctica de esta diligencia. Cítese al señor Procurador Tributario del servicio de Rentas Internas y además al señor Delegado de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria por intermedio de uno de los señores jueces de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia Civil del cantón Loja a quien se le depreca a práctica de esta diligencia ofreciéndose reciprocidad en casos análogos. Cítese al señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal Intercultural de Saraguro por intermedio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes JUAN ANTONIO TORRES AGUIRRE y JULIA MATILDE ESPINOSA MACAS mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja previo juramento ante este juzgador. Se decla-

ra abierta la sucesión de JUAN ANTONIO TORRES AGUIRRE y JULIA MATILDE ESPINOSA MACAS. En cuenta el anuncio de prueba que realizan los accionantes en la presente causa disponiéndose: En cuenta el anuncio dispuesto en los numerales a) al f) de su demanda. Las personas que pudieren tener interés en la sucesión de la causante JUAN ANTONIO TORRES AGUIRRE y JULIA MATILDE ESPINOSA MACAS, podrán presentar su oposición dentro del presente trámite de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 346 del COGEP, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 336 del mismo cuerpo legal. Una vez citados todos los demandados se procederá a la designación de perito y a fijar día y hora para que se lleve a efecto a audiencia respectiva. En cuenta la cuantía como los domicilios judiciales señalados para posteriores notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.TORRES ROBALINO ALEX DAMIAN, JUEZ UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SARAGURO Lo que comunico a usted para los fines de ley. Saraguro octubre 19, 2020 VELEPUCHA ESPINOSA SERVIO PAÚL SECRETARIO P/F4229 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a la señora YOMAIRA ELIZABETH PACCHA MACAS, que en extracto es como sigue: ACTORES: los señores MARIA IGNACIA QUIZHPE PASACA Y MAXIMO FERNANDO PACCHA ARMIJOS DEMANDADOS: Cítese al señor YOMAIRA ELIZABETH PACCHA MACAS OBJETO: Alimentos TRÁMITE: Sumario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: No. 11203-20143095 JUEZA: Dra. Sandra Jenny Vidal Rodriguez AUTO DE ACEPTACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LOJA.- Loja, jueves 15 de octubre del 2020, las 17h03, Con el pedido de extinción de pensión que pretenden los alimentantes

subsidiarios señores MARIA IGNACIA QUIZHPE PASACA Y MAXIMO FERNANDO PACCHA ARMIJOS, se corre traslado a la alimentaria YOMAIRA ELIZABETH PACCHA MACAS; a quien, en orden a garantizar el derecho a la defensa consagrado en los Arts. 75 y 76.7 de la Constitución de la República; en armonía con el principio de inversión de la prueba, y de conformidad con lo establecido en el Art. 76 del Código Orgánico General de Procesos, se le concede el término de cinco días para que justifique si se encuentra en alguna de las circunstancias a las que se refiere el Art. Inn. 4, ordinales 2 y 3 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; publicada en el Reg. Of. 643 del 28 de julio de 2009; es decir, si se encuentra estudiando, o si acaso padece de alguna discapacidad o sus circunstancias físicas o mentales le impidan o dificulten procurarse los medios para subsistir por sí mismo. Para la notificación a la prenombrada alimentaria, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos se dispone que se la realice por medio de: “ Mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad, en un horario de seis a veintidós horas y que contendrán un extracto de la demanda o solicitud pertinente. La o el propietario o la o el representante legal de la radiodifusora emitirá el certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones de mensajes y una copia del audio”.- Sin perjuicio que las partes puedan hacerlo conforme a lo dispuesto en numeral 1 del Art. de la referencia, en uno de los diarios de ésta ciudad de Loja que están habilitados, y se adjunte la captura de pantalla e impresión de la publicación digital con la certificación del representante legal del medio.- El presente auto se dicta sustentado en el criterio expuesto por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, mediante oficio No. 00605-P-CNJ-2018 de fecha 24 de abril del 2018.- NOTIFÍQUESE.- f) DRA. SANDRA JENNY VIDAL RODRIGUEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA.Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 19 de octubre de 2020. Ab. Santiago Vladimir Cabrera Cabrera SECRETARIO U.J.E.T.F.M.N.A.L. P/F4231


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Opinión

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Cómo funcionan las vacunas Fredy Gustavo

Paredes C.

fgparedess@gmail.com

La inmunidad entendida como la protección que genera el organismo como mecanismo de defensa ante un germen que amenaza la integridad de un organismo, proporciona sustancias protectoras que se adhieren a la superficie de los elementos extraños que ingresan dentro del cuerpo, son las inmunoglobulinas (Ig), que permiten que los gérmenes como virus, bacterias, hongos, parásitos puedan ser reconocidos, digeridos, destruidos y eliminados. El sistema inmunitario está formado por dos elementos importantes, en primer lugar por las células de defensa, son las células sanguíneas denominadas glóbulos blancos en sus distintas variedades, que son como los soldados de primera línea de ataque, con el apoyo de una segunda línea celular de defensa; en segundo lugar están presentes en forma conjunta y en acción simultánea, la defensa humoral, que lo constituyen las inmunoglobulinas (Ig) o anticuerpos. La participación de estas sustancias, Ig de composición proteica, no se generan en forma espontánea, son el resultado de un estímulo al sistema inmunitario que mediante las células de defensa desencadena su producción masiva.

Las Ig funcionan inicialmente como detectores de antígenos que no son otra cosa que sustancias extrañas al organismo, con un potencial efectopatógeno que puede causar enfermedad o un trastorno a la estabilidad e integridad de los tejidos, órganos, aparatos y sistemas. Entendido lo anterior debemos hablar de dos tópicos importantes, primero inmunidad activa es aquel mecanismo de defensa que se genera como se ha dicho antes mediante células e Ig ante la exposición a un elemento extraño sea virus, bacteria, hongo o parásito. Segundo, la inmunidad pasiva es a diferencia de la anterior el aporte de Ig externas, sean estas obtenidas de otros organismos o por síntesis artificial que cumplen una función exactamente igual que las Ig producidas en el organismo. ¿Entonces que son las vacunas? Las vacunas no son otra cosa que gérmenes vivos atenuados (sin efecto patógeno) o fragmentos de esos gérmenes administrados a una persona sana que desencadena la producción de Ig o Anticuerpos en respuesta a su presencia, que ponen en marcha a la inmunidad activa. Las inmunoglobulinas como medio de defensa se encuentran circulando por todo el cuerpo a través de la sangre y adheridos a los glóbulos blancos en su membrana celular. Según Bartsch, et al, de la American Journal of Preventi-

ve Medicine la eficacia de las vacunas como la del Sarampión es del 95%, la de la Gripe esta entre 20 a 60% , pero para que sea efectiva debe ser vacunada toda la población que pudieran ser susceptibles a la enfermedad. La pandemia por el Coronavirus, Covid-19 o SARS 2 puede ser controlada mediante el uso de una vacuna que debe tener al menos del 60% de eficacia, siempre y cuando toda la población esté vacunada. Lo que significa que, si nadie tuviera el virus de la pandemia por Covid-19 y si 100 personas recibieran la vacuna, 60 no desarrollarían la enfermedad con igual intensidad que aquella persona que no ha recibido vacuna, claro está que todos deberían recibirla. Las vacunas funcionan como un estímulo al sistema inmunitario haciendo que la inmunidad se active y se encuentre apta como mecanismo de defensa más eficiente para enfrentar la enfermedad, por lo tanto, la vacuna no evita el contagio de la enfermedad sino acciona el sistema inmunitario. Las vacunas son entonces un recurso muy importante en la solución de la pandemia actual, pero debemos considerar con mucha seriedad que ante la posibilidad de que la vacuna no esté disponible para toda la población, debemos continuar con el uso de prendas de protección como mascarillas, pantallas de protección facial y el distanciamiento social.

Nuestra realidad política José Benigno

Carrión M.

josebeningocarrion@hotmail.es

Es saludable, en tiempo de elecciones, que el ciudadano corriente que mira la vida -arrellenado cómodamente desde una banca del parque central- tenga una visión certera de la situación política que atraviesa el país, en sus facetas principales, para no caer tan fácilmente en el engaño, en planes y proyectos que nunca se cumplen pero que en tiempo de elecciones se ofrecen en atractivos y voluptuosos tonos y colores. En realidad, estamos viviendo del préstamo, de la ayuda del Fondo Monetario Internacional, para poder afrontar la situación crítica que

en el campo económico soportamos, victimas del atraco y la rapacidad de grupos nefastos enquistados en la administración pública... Hay que tener presente que aquellos créditos hay que pagarlos puntualmente con los intereses respectivos. En realidad, esa la política, ese el juego de quienes dirigen los destinos económicos del país, es decir, vivir del préstamo, pagando con las gracias y genuflexiones de estilo, las cuotas e intereses respectivos para lograr la confianza y simpatía del acreedor. Empero, cuando disponemos por suerte de algunos millones de dólares del Fondo Monetario Internacional, los vivos y eternos mangoneadores del cuento nos los dan feriando, mejor disponiendo, con una facilidad digna de mejor causa,

siguiendo puntualmente aquel adagio epicurista que nos recuerda: comamos y bebamos que mañana moriremos. Empero, para cambiar esta dura y lacerante realidad, se requiere un cambio sustancial, medular, por una política de trabajo, responsabilidad y eficiencia y no invertir sumas millonarias, como en el tiempo del correato, en obras suntuarias que se las llevó el viento; es decir, un trabajo esforzado que nos conduzca a cumplir con eficiencia y responsabilidad los nobles ideales que nos hemos propuesto. Parece que hemos recibido lecciones muy duras en estos últimos tiempos, en materia económica, que es necesario asimilarlas para corregir los errores de ayer. La tarea es sacrificada, pero creo que a la postre podemos alcanzarla.

MIÉRCOLES 28 DE OCTUBRE DE 2020

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ENTRE BROMA Y EN SERIO Efrén

Sarango

efrensarangopalacios@gmail.com

Corriente poderosa La esperanza sin la fe No levanta polvareda, Se atraganta en la vereda Y se exilia en donde esté. Son corrientes poderosas Al umbral de un nuevo día, Donde el gozo y alegría Cambia el tinte de las rosas. La esperanza sin pasión Es suprema tontería, Es un balde de agua fría Que atormenta la razón Y la fe sin convicción Es moneda desgastada, Extraviada en madrugada Sin esquema ni razón. La esperanza sin sustento Duerme el sueño del poeta, Entregado a la completa Ignorancia sin portento. Es la luz de la muralla Encorvada en su interior, Donde el gozo y el dolor Es pizarra de canallas. La esperanza, menos fe, Es amor sin un destino, Es un sueño peregrino Que se extingue, mire usted. Es color sin más color Que la noche en negro muerto, Donde penden los despiertos Holocaustos sin pavor. La esperanza se entrelaza Con la flor decapitada Y transita destemplada Y al sin par se despedaza. La esperanza con futuro Es cuaderno de estudiante, De supremo navegante En las olas de aquel muro. Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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Entretenimiento

MIÉRCOLES 28 DE OCTUBRE DE 2020

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Horóscopo

Hoy en la historia...

Acuario

Nace Bill Gates

Enero 20 a febrero 19 Hay una dura prueba que has tenido que pasar y que hoy llega a su fin. Respiras ahora profundamente y te encuentras con un alivio mental y espiritual como hacía tiempo no sentías. Estarás en paz contigo y con todo lo que te rodea.

Un día como hoy, en el año 1955, nacía en Seattle, Washington (Estados Unidos) el cofundador y presidente de Microsoft, William H. Gates III, más conocido como Bill Gates. De joven asistió a Lakeside, una de las escuelas más exclusivas de Seattle. En ese entonces, Bill Gates ya estaba interesado en la programación informática, interés que compartía con su compañero Paul Allen. Durante su paso por la Universidad de Harvard, Gates y Allen formaron un equipo de desarrollo de software. Sus principales clientes eran empresas y entidades gubernamentales. En 1975 desarrollaron Basic, un lenguaje de programación que luego se utilizó en la primera computadora personal lanzada al mercado, la Altair. El éxito del Basic los llevó, un año más tarde, a fundar la compañía Micro-Soft, que luego se llamaría Microsoft Corporation. Bill Gates abandonó sus estudios universitarios y asumió el cargo de presidente de la empresa. En 1980, por encargo de IBM, Microsoft creó el MS-DOS, el sistema operativo que revolucionaría la industria de la compu-

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Es posible que la decisión que debes tomar respecto a algo de la familia no sea fácil, pues supone un alejamiento ya sea físico o emocional. Tu tristeza no lo soluciona, pero de momento no tienes otra opción. Dentro de un tiempo empezarás a ver una solución.

Aries tación. Cuando en 1990 Bill Gates desarrolló una nueva generación de sistemas operativos, el MS Windows, Microsoft ya poseía gran parte del mercado. vLa fortuna de Bill Gates, uno de los hombres más ricos del mundo, fue valorada en 2012 en 61 mil millones de dólares. Junto con su esposa, creó la Fundación Bill y Melinda Gates, una organización que brinda apoyo económico a la lucha contra el SIDA y otras enfermedades, e investiga nuevos tipos de energía sustentable.

Además...

Falleció Camilo Cienfuegos

Camilo Cienfuegos Gorriarán nació el 6 de febrero de 1932 y falleció el 28 de octubre de 1959. Fue un revolucionario cubano, hijo de madre y padre anarquistas. Nacido en Lawton, Ciudad de La Habana (Cuba). Fue una de las figuras más emblemáticas de la Revolución cubana junto a Fidel Castro, el Che Guevara, Raúl Castro, Juan Almeida, entre otros. Era conocido como «El Comandante del Pueblo», «El Señor de la Vanguardia» y el «Héroe de Yaguajay». Camilo Cienfuegos fue un guerrillero de gran popularidad entre el Pueblo Cubano y de legendario valor. Fue aclamado por millones de cubanos y designado jefe del Ejército Rebelde. Su popularidad lo convirtió en el tercer hombre dentro de la Revolución, luego de Fidel y Raúl Castro. Enviado a arrestar al Comandante Huber Matos luego de que este renunciara a su puesto en protesta de la influencia comunista en el gobierno revolucionario, Camilo desapareció misteriosamente durante su regreso de Camaguey a la Habana el 28 de octubre de 1959, día en que apareció asesinado. Siempre se ha especulado que la muerte de Camilo fue obra de Castro, quien le temía debido a su popularidad entre las masas y a su gran sentido de democracia y justicia. El comandante Camilo Cienfuegos era muy querido por su humildad, sencillez y sonrisa franca, incluso algunos comparaban su popularidad con la del jefe revolucionario Fidel Castro.

Perú gana la primera edición de la Copa América

Perú obtiene el primer puesto en la edición inaugural de la Copa América disputada en el año 1975. En el comienzo del campeonato, Perú enfrenta a Bolivia y Chile en una serie en la que gana tres partidos y empata el restante. En las semifinales debe enfrentar a Colombia, Brasil y Uruguay. Le gana a los brasileños en el estadio de Belo Horizonte por 3 a 1 y luego pierde como local en Lima por 0 a 2. La igualdad de goles obliga a un sorteo que favorece a los peruanos. La final se disputa contra Colombia y ambas selecciones logran ganar uno de los partidos de la serie. El encuentro de desempate se disputa el 28 de octubre de 1975 en Caracas. A los 25 minutos del primer tiempo el delantero peruano Hugo Sotil convierte el único tanto del partido, que consagra a al equipo peruano como el primero en ganar la copa continental de selecciones.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Miércoles 28 de Octubre de 2020 San Simón - San Judas FARMACIAS DE TURNO DEL 24 DE OCTUBRE AL 31 DE OCTUBRE DE 2020 DIRECCIÓN

Marzo 21 a abril 20 Tu habilidad para mostrar tu mejor lado y tu inteligencia estarán hoy muy despiertas en cuestiones laborales y si estás buscando un trabajo, se te ocurrirá un nuevo enfoque muy hábil y con posibilidades reales. Atreverse será una de las claves hoy.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Será una jornada bastante apacible, en la que todo va a transcurrir sin demasiadas alteraciones e incluso tendrás algún momento muy divertido o agradable al charlar con gente que te cae bien. Esa conversación será reparadora intelectualmente.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 Puede que tengas demasiadas dudas sobre un cambio relacionado con el trabajo. Debes recordar que el riesgo forma parte de la existencia y que sin él no hay avance. No es para tanto, lo verás. La cuestión es que no te dejes llevar por el miedo.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Asumir las propias realidades es un camino excelente para intentar ser más feliz y tener más equilibrio interior. Tu entorno te ayudará a desarrollar todo esto, pero debes poner de tu parte algo más. No olvides que tu proyecto debes trazarlo tu.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Trabajarás bastante en un tema personal que te ha hecho sentir defraudado o defraudada porque no ha salido como querías. Pero ese trabajo interior te llevará a aprender de ciertos errores y superarlos. La cuestión es perfeccionar tu sistema.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Necesitas algo nuevo en tu vida, un proyecto personal que te ponga un reto por delante y hoy vas a conocer o leer algo que te indicará una posibilidad de hacer eso que te puede traer tantos beneficios personales como profesionales. Todo va unido a veces.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Aunque no sepas verlo aún con claridad, las circunstancias te van a llevan por el sendero más adecuado para tu desarrollo personal. Pero es necesario que mires a tu alrededor y observes con atención las señales. No todas están a la vista, hay algunas ocultas.

Calendario Santoral

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

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TELÉFONO

FARMACIA ECONOMICAS LOJA, 18 DE NOVIEMBRE Y 10 DE AGOSTO 18 DE NOVIEMBRE

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SAN EDUARDO

CALLE: BOLIVAR NRO: 15-38 ENTRE CATACOCHA Y CARIAMANGA

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FARMACIA 18 DE NOVIEMBRE

CALLE: 18 DE NOVIEMBRE Y JOSE FELIX DE VALDIVIESO

072583471

FARMACIA SAN JOSÉ

MACHALA Y ANCON

0990144398

FARMACIA SU VECINA SUCURSAL

CALLE: ROMERILLOS NRO: 24-18 ENTRE MANZANOS Y CIPRES

FARMACIA DANIELA

CALLE: LAURO GUERRERO NRO: 11-17 Y AZUAY

2103479 072546711

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Hay palabras hoy que pueden ser confusas y llevarte a deducciones muy inciertas. Si se trata de mensajes de wasap, no les hagas mucho caso y procura aclarar cuanto antes las cosas en vivo, sin tecnología. Habla con claridad y pide respuestas claras.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Hoy encontrarás un beneficio inesperado en una nueva manera de hacer las cosas, probablemente en el trabajo, que no habías imaginado. Debes alegrarte y dejar de poner pegas a estas innovaciones laborales. Además, no podrás cambiar esta tendencia.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 Sortear obstáculos es algo natural y hoy debes ir incluso más allá: saltarlos y no dejarte vencer por el desánimo, llegar a otro escalón que te haga sentir más seguridad. Reforzarás tu autoestima si te propones esos pasos y los das.


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Judiciales

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN MACARÁ PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes ALFONSO CENON CARPIO PEREIRA y MARIA ELENA MORENO ACARO de conformidad al Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: CARPIO MORENO LUCIA MERCEDES, CARPIO MORENO MAGDALENA AURA, CARPIO MORENO ROSA APOLONIA, CARPIO MORENO WILMA ERANIA. DEMANDADO: Herederos desconocidos y presuntos de los causante ALFONSO CENON CARPIO PEREIRA y MARIA ELENA MORENO ACARO TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA. INDERMINADA JUICIO: 11332-2020-00046 JUEZ: DR. GUIDO RAUL CASTILLO ABAD UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA.- Macara, martes 4 de febrero del 2020, las 09h50, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial, de conformidad con la Resolución NO. 102-2017 de fecha 17 de julio de 2017 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que crea la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja.- EN LO PRINCIPAL: La demanda presentada por el Abogado GEOVANNY TOMAS CULQUICONDOR CAMPOVERDE y Doctor DARWIN MIGUEL CORTEZ CALDERON en calidad de Procuradores Judiciales de los señores JOSE INDALECIO CARPIO MORENO, ALVARO ALFONSO CARPIO MORENO, JESUS ORLANDO CARPIO MORENO, DALBERTO LUIS CARPIO MORENO, FRANCISCO BENJAMIN CARPIO MORENO, ROSA APOLONIA CARPIO MORENO, LUCIA MERCEDES CARPIO MORENO, GLORIA ESPERANZA CARPIO MORENO, MAGDALENA AURA CARPIO MORENO, Y WILMA ERANIA CARPIO MORENO, conforme el documento habilitante de Poder Especial con Procuración Judicial que adjuntan a la demanda, sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde al Art. 334.4 del COGEP. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes de los causantes ALFONSO CENON CARPIO PEREIRA y MARIA ELENA MORENO ACARO, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario. Cuéntese en este proceso con los comparecientes Ab. GEOVANNY TOMAS CULQUICONDOR CAMPOVERDE y Dr. DARWIN MIGUEL CORTEZ CALDERON por los derechos que representan de los señores: JOSE INDALECIO CARPIO MORENO, ALVARO ALFONSO CARPIO MORENO, JESUS ORLANDO CARPIO MORENO, DALBERTO LUIS CARPIO MORENO, FRANCISCO BENJAMIN CARPIO MORENO, ROSA APOLONIA CARPIO MORENO, LUCIA MERCEDES CARPIO MORENO, GLORIA ESPERANZA CARPIO MORENO, MAGDALENA AURA CARPIO MORENO y WILMA ERANIA CARPIO MORENO, en calidad de únicos y universales herederos de los causantes, conforme lo afirman en su demanda; cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, a quienes se citará en sus respectivos despachos; además cuéntese con el señor Delegado de la Secretaría Regional del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien para su citación, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por los accionantes.- Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.- Agréguese la documentación que ha sido aparejada a la demanda.Téngase en cuenta el casillero y correo

.com.ec electrónico señalados para sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. . AB. MILTON FILIBERTO ALVARADO ALVARADO SECRETARIO DE LA UJM-MACARÁ. P/P4266—(F4214) UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a los demandados HEREDEROS DESCONOCIDOS O DE QUIENES NO SE PUEDE DETERMINAR SU RESIDENCIA, DEL CAUSANTE PABLO FERNANDO REYES CARPIO, cuya demanda en extracto es como sigue: Actor: BANCO DE PICHINCHA C.A Demandados: PABLO FERNANDO REYES CARPIO Objeto de la demanda: Con fundamento en los artículos 347, 348 y 349 del Código Orgánico General de Procesos, demanda para que mediante sentencia se ordene que los accionados paguen el capital adeudado, los intereses legales y costas procesales. Trámite de la demanda: Procedimiento Ejecutivo. Cuantía: $ 15.500,00. Juicio Nro. 11333-2017-00816. Jueza: Dr. Vinicio José Bravo Merchán. AUTO: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. Revisada la demanda que antecede presentada por el Dr. Manuel Guillermo Granillo Arévalo en su calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A., se observa que no cumple los requisitos señalados en el artículo 142 numeral 12 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, previo a admitir la demanda a trámite, de acuerdo a lo establecido en el artículo 146 del COGEP, inciso segundo, se dispone que dentro del término de tres días, el accionante la complete, específicamente en los siguientes requisitos: Art. 142, Numeral 12, establezca la firma de los abogados autorizados, y de conformidad al 330.7 del Código Orgánico de la Función Judicial, indicar su nombre y su número de matrícula en el foro y establecer su firma; además, dar cumplimiento con lo que indica el Art. 334 del Código Orgánico de la Función Judicial, esto es, presentar la conformación del estudio jurídico colectivo como lo exige la norma a fin de que las abogadas pueden sustituirse indistintamente en el patrocinio de los asuntos a su cargo y se representen unos a otros; de manera que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley. NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación, se determina que la demanda presentada por el Dr. Manuel Guillermo Granillo Arévalo en su calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A., en contra de PABLO FERNANDO REYES CARPIO, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado Pablo Fernando Reyes Carpio, en el domicilio señalado, para lo cual se depreca a una o uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, a quien se remitirá despacho en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- En mérito de la documentación aparejada (Copia certificada de escritura pública de hipoteca abierta y certificado de Registro de la Propiedad), se dispone el embargo del inmueble urbano de propiedad del demandado Pablo Fernando Reyes Carpio, consistente en el Lote de terreno urbano signado con el No. 6-a, lotización Reyes, ubicado en el barrio Dos de Noviembre, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe; inscrito en el Tomo No. 51, Partida No. 159, Repertorio No. 325, con fecha 30 de marzo del 2012, del Registro de Propiedad del Cantón Zamora; según certificación.- Para la ejecución de lo ordenado en líneas que anteceden se dispone la intervención de la fuerza pública de conformidad al artículo 30 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), así

Publicidad como la intervención del depositario judicial, para el cumplimiento de esta diligencia. Luego de efectuado el Embargo, inscríbase el mismo en el Registro de la Propiedad del Cantón Zamora, para lo cual se notificará a su titular.- Para el cumplimiento del embargo y notificación al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Zamora, se depreca al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Zamora, a quien se le remitirá el despacho suficiente; al señor Juez deprecado se le ofrece reciprocidad en casos análogos.- La ejecutante prestará las facilidades para cumplir lo ordenado.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 8 de octubre del 2020, las 13h38, En atención al escrito que antecede se dispone: 1.- Agréguese a los autos la inscripción de defunción del señor Froilán Reyes Márquez y certificado de defunción del señor Pablo Fernando Reyes Carpio para los fines de ley. 2.- Lo solicitado en el numeral 2 del escrito que se despacha se encuentra atendido en auto de sustanciación de fecha 04 de diciembre del 2019, por lo que se dispone conferir el extracto correspondiente para la notificación a los herederos desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, del causante Pablo Fernando Reyes Carpio conforme lo dispuesto en el mencionado auto.- Notifíquese. f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Loja, 20 octubre 2020 Abg. Milton Filiberto Alvarado Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA P/F4234 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los Herederos desconocidos y presuntos de los señores FRANCISCO JAVIER SARMIENTO SALCEDO y CARMEN JOSEFINA BUSTAMANTE GUARICELA, que en extracto es como sigue: ACTORES: KARINA ESPERANZA GARCES ROMERO Y OTROS DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los señores FRANCISCO JAVIER SARMIENTO SALCEDO y CARMEN JOSEFINA BUSTAMANTE GUARICELA OBJETO: INVENTARIO TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-01910 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, martes 6 de octubre del 2020, las 07h57, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs., Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, una vez que se ha dado cumplimiento al decreto anterior. En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda deducida por los Sres. ELIZABETH MARIA DOMINICA SARMIENTO BUSTAMANTE, DENNISE JOSEFINA SARMIENTO BUSTAMANTE, FRANCISCO SALVADOR SARMIENTO BUSTAMANTE, JOSE JAVIER SARMIENTO BUSTAMANTE, VINICIO LEONARDO SARMIENTO BUSTAMANTE, RENE PATRICIO JARAMILLO JARAMILLO y KARINA ESPERANZA GARCES ROMERO, petición que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia conforme a las partidas de defunción de: FRANCISCO JAVIER SARMIENTO SALCEDO (+) y CARMEN JOSEFINA BUSTAMANTE GUARICELA (+), partidas de defunciones nacimientos y escrituras públicas y más anexos se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN de sus bienes, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los comparecientes en la calidad que señala de herederos y los dos últimos como cesionarios de la porción conyugal y de los derechos y acciones; b) Cuéntese con el Procurador de Servicio de Rentas Internas de Loja, como indica en la demanda, a quien se lo citara en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto pasen los autos al señor Analista de la Oficina de Citaciones para los fines de ley, a quien se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; c) Con los herederos PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS y más personas inte-

MIÉRCOLES 28 DE OCTUBRE DE 2020 resadas en la presente sucesión, a quienes se los citara por un periódico de amplia circulación (Digital) de esta ciudad CONFORME LO INDICAN EN EL LIBELO INICIAL al tenor del Art. 58 del COGEP concédase el extracto para las publicaciones.- Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por la causante, con la intervención del perito que se designará UNA VEZ CUMPLIDA LAS CITACIONES quien será sorteado en el sistema para este fin, a quien se lo notificará para que tome legal posesión del cargo, de conformidad a Ley y al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial (Resolución No. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura), se le fijará así mismo los honorarios que correspondan, que serán cubiertos por la parte accionante. d). El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. e) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibídem; h) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; f) De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citado la parte demandada, en el término de diez días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; y, g) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico, como la autorización dada a su abogado patrocinador, para que asuma la defensa en el presente asunto; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión.- Conforme lo previsto en el Art. 37 del COGEP, se dispone que los actores designen su procurador/es común.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.CITESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-f). Dr. Víctor Santín Salazar.-Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 20 de octubre del 2020.Ab. Juan Carlos Mateus Jumbo. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F4235 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE CELICA. CITACION JUDICIAL JUICIO DE INVENTARIOS NRO. 113362020-00012. Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite a los herederos presuntos, ausentes desconocidos y más personas que tengan o puedan tener derecho en la sucesión de los bienes del causante SERVIO TULIO SARANGO CHAMBA, en el juicio de Inventario Nro. 11336-2020-00012. Cuyo texto es como sigue: UNIDAD: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE CELICA. JUEZ: DRA. LOURDES BEATRIZ PALACIOS JUÁREZ. ACTOR: SARANGO SARANGO HOLGER ENRIQUE. DEMANDADOS: Herederos, presuntos ausentes, desconocidos y más personas que tengan o puedan tener derecho en la sucesión de los bienes dejados por el causante: SERVIO TULIO SARANGO CHAMBA. CUANTIA: INDETERMINADA. TRAMITE VOLUNTARIO JUICIO NRO: 11336-2020-00012. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de los bienes del causante SERVIO TULIO SARANGO CHAMBA. AUTO DE ACEPTACION A TRAMITE: Celica, jueves 13 de febrero del 2020, las 16h46, VISTOS.- DRA. LOURDES BEATRIZ PALACIOS JUÁREZ, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Celica, AVOCO conocimiento de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 167 de la Constitución de la República, los Arts. 156, 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal, y una vez que se ha dado cumplimiento al decreto anterior, estimase de clara, precisa y completa la demanda de INVENTARIOS DE BIENES SUSCESORIOS que antecede, la misma que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al TRÁMITE VOLUNTARIO que le corresponde a los Inventarios determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, por el fallecimiento del señor SERVIO TULIO SARANGO CHAMBA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes heredados dejados desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a

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su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del perito que será designado oportunamente por mi Autoridad.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con los señores: HOLGER ENRIQUE SARANGO SARANGO, SANTOS GUMERCINDA SARANGO SARANGO, LIDER ANTONIO SARANGO SARANGO, VICENTE ALNIVAR SARANGO SARANGO, ROSA EDELMIRA SARANGO SARANGO, JOSÉ EUCLIDES SARANGO SARANGO, con los hijos de la heredera fallecida MARÍA ENCARNACIÓN SARANGO SARANGO, los señores: ROSA EMÉRITA CHUQUIMARCA SARANGO Y DIANA ARGELIA CHUQUIMARCA SARANGO; con los hijos del heredero fallecido ALCÍVAR DE JESÚS SARANGO SARANGO, los señores: PAOLA MARICELA SARANGO SÁNCHEZ, LUIS EDUARDO SARANGO SÁNCHEZ, CINTHYA MARIBEL SARANGO SÁNCHEZ y CHRISTIAN DE JESÚS SARANGO JUMBO, en sus calidades de herederos, conforme se justifica con las partidas de nacimiento adjuntas a la demanda; B) Con el Procurador Tributario de Loja, en la persona del Director Provincial del Servicio de Rentas Internas en Loja, quien será citado legalmente en su despacho; para lo cual se depreca a uno de los señores Jueces de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, remítase despacho en forma ofreciendo reciprocidad de servicios de conformidad al Art. 72 del COGEP; C) Cuéntese igualmente con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD del Municipio de Celica, para lo cual se dispone que el expediente pase a la Oficina de Citaciones de la Unidad Judicial, para que en forma inmediata se cumpla con lo dispuesto. A los funcionarios se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; D) Cítese a los herederos desconocidos y presuntos tanto del causante SERVIO TULIO SARANGO CHAMBA, así como de los hijos fallecidos MARÍA ENCARNACIÓN SARANGO SARANGO y ALCÍVAR DE JESÚS SARANGO SARANGO, que tengan interés en la presente causa, por uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Loja, esto por no existir prensa en ésta localidad, y en la forma que determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos en armonía con el Art. 56 Nral. 1 del Cuerpo legal en mención; E) De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, previamente a cumplirse con la citación, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, a cargo de la parte actora, quien deberá presentar el documento respectivo sobre la cabal ejecución de esta orden, entréguese por Secretaría el correspondiente oficio y despacho suficiente para el efecto; F) A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial y correo electrónico en esta ciudad, para efecto de ulteriores notificaciones, previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio; G) De conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra como Procurador Común de los demandantes al señor Vicente Alnivar Sarango Sarango.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la parte accionante. Confiérase el extracto respectivo. Téngase en cuenta la cuantía, la dirección de correo electrónico señalado por la demandante y la autorización que le confiere a su Abogado defensor para que asuma la defensa en el presente asunto. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.. f) DRA. LOURDES BEATRIZ PALACIOS JUÁREZ. JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE CELICA. Particular que hago conocer a quien tenga interés en este asunto o que comunico a ustedes para los fines de ley. Celica, 22 de octubre del año dos mil veinte. Dra. Victoria Torres Ramón. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE CELICA P/F4232

Libretas BANECUADOR LIBRETA EXTRAVIADA Se pone en conocimiento del público que BanEcuador, procederá anular la cartola de Ahorros Nro. 0560050987 de HERRERA SARANGO VICTOR FERNANDO. FIRMA AUTORIZADA BANECUADOR

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MIÉRCOLES 28 DE OCTUBRE DE 2020

Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901310975 perteneciente a MEDINA JOSE ENCARNACION con C.I. 100561141 en razón de haberse extraviado. P/P4268/1 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902118232 perteneciente a TORRES DELEG LUIS HUMBERTO con C.I. 101512952 en razón de haberse extraviado. P/P4268/2 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900618443 perteneciente a VALLADAREZ CUENCA JUAN JOSE con C.I. 700522089 en razón de haberse extraviado. P/P4268/3 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900953301 perteneciente a JIMENEZ LUDEÑA MARLO JONNATAN con C.I. 703641977 en razón de haberse extraviado. P/P4268/4 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902333911 perteneciente a SOLORZANO PARDO ANAMILETH DEL CISNE con C.I. 705357820 en razón de haberse extraviado. P/P4268/5 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902377471 perteneciente a VALAREZO AMAGUAY JEFFERSON VINICIO con C.I. 707087300 en razón de haberse extraviado. P/P4268/6 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902121381 perteneciente a CHICO PIÑAN MARIA NICOLASA con C.I. 1002309845 en razón de haberse extraviado. P/P4268/7 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901028431 perteneciente a DIAZ VINAN ROSA MARIA con C.I. 1100012143 en razón de haberse extraviado. P/P4268/8 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902300539 perteneciente a MOROCHO GUAMAN SEGUNDO MANUEL con C.I. 1100020542 en razón de haberse extraviado. P/P4268/9 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900571141 perteneciente a ORTEGA VILLACIS CARMEN AMELIA con C.I. 1100029667 en razón de haberse extraviado. P/P4268/10 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901083043 perteneciente a RAMOS RAMOS ANGEL MIGUEL con C.I. 1100045036 en razón de haberse extraviado. P/P4268/11 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900215216 perteneciente a MOROCHO GUADALIMA JOSE ERMEL con C.I. 1100047933 en razón de haberse extraviado. P/P4268/12 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101007430 perteneciente a JARAMILLO MARTINEZ DANIEL con C.I. 1100065463 en razón de haberse extraviado. P/P4268/13 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101006894 perteneciente a ORELLANA ILLESCAS VIRGILIO con C.I. 1100151552 en razón de haberse extraviado. P/P4268/14 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900522459 perteneciente a HERRERA CAMACHO JULIO CESAR con C.I. 1100276359 en razón de haberse extraviado. P/P4268/15 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101003214 perteneciente a JUMBO GUTIERREZ ALBA EFIGENIA con C.I. 1100413705 en razón de

haberse extraviado.

P/P4268/16 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901682986 perteneciente a CONDE CASTILLO LEONCIO con C.I. 1100482817 en razón de haberse extraviado. P/P4268/17 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2105007949 perteneciente a QUEZADA QUEZADA SEGUNDO ROMAN con C.I. 1100507159 en razón de haberse extraviado. P/P4268/18 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901074681 perteneciente a IMAICELA CUENCA CARMEN ELVIRA con C.I. 1100601408 en razón de haberse extraviado. P/P4268/19 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101048238 perteneciente a GUAMAN SIGCHO IBELIA DE JESUS con C.I. 1100662194 en razón de haberse extraviado. P/P4268/20 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900967288 perteneciente a JARAMILLO BECERRA JUAN SERVILIO con C.I. 1100664778 en razón de haberse extraviado. P/P4268/21 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900886651 perteneciente a CARRION YAGUANA ELOY ASUNCION con C.I. 1100771441 en razón de haberse extraviado. P/P4268/22 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900778437 perteneciente a DIAZ MACAS SERGIO OCTAVIO con C.I. 1100774775 en razón de haberse extraviado. P/P4268/23 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901978736 perteneciente a BUSTAMANTE RAMIREZ SEGUNDO ANTONIO con C.I. 1101059119 en razón de haberse extraviado. P/P4268/24 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901198654 perteneciente a BUSTAMANTE CUEVA WALTER EMILIANO con C.I. 1101077608 en razón de haberse extraviado. P/P4268/25 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901676047 perteneciente a TANDAZO AMADA DE JESUS con C.I. 1101081402 en razón de haberse extraviado. P/P4268/26 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900130393 perteneciente a JIMENEZ HERRERA JOAQUIN con C.I. 1101154274 en razón de haberse extraviado. P/P4268/27 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101068266 perteneciente a MORALES SANCHEZ LUIS ANDRES con C.I. 1101392262 en razón de haberse extraviado. P/P4268/28 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900086041 perteneciente a TACURI ERAZO JOSE MARIA con C.I. 1101422952 en razón de haberse extraviado. P/P4268/29 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101049719 perteneciente a LOYOLA OCHOA MARIA TERESA con C.I. 1101481222 en razón de haberse extraviado. P/P4268/30 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2104001696 perteneciente a VEINTIMILLA JOSE ANGEL con C.I. 1101797130 en razón de haberse extraviado. P/P4268/31 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la

Publicidad libreta de ahorros Nº 2900400902 perteneciente a FIERRO VALVERDE FULVIA MARIA con C.I. 1101809711 en razón de haberse extraviado. P/P4268/32 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900536989 perteneciente a CASTILLO AGUIRRE BAYRON ALEJANDRO con C.I. 1101843322 en razón de haberse extraviado. P/P4268/33 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900712056 perteneciente a GARROCHAMBA SINCHIRE SALOMON con C.I. 1101861993 en razón de haberse extraviado. P/P4268/34 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901974182 perteneciente a CAMPOVERDE CAMPOVERDE ANDRES DE JESUS con C.I. 1101886354 en razón de haberse extraviado. P/P4268/35 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2104000122 perteneciente a JIMENEZ JARAMILLO MODESTO BENIGNO con C.I. 1101888632 en razón de haberse extraviado. P/P4268/36 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900214279 perteneciente a MORENO GRANDA RENE FABIAN con C.I. 1101997359 en razón de haberse extraviado. P/P4268/37 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900526895 perteneciente a BRAVO TORRES MELIDA JULIETA con C.I. 1102054804 en razón de haberse extraviado. P/P4268/38 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2104000135 perteneciente a QUITO ORELLANA MILTON RAMIRO con C.I. 1102214218 en razón de haberse extraviado. P/P4268/39 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902105911 perteneciente a CALVA QUISHPE JULIA CLEOTILDE con C.I. 1102214226 en razón de haberse extraviado. P/P4268/40 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901677366 perteneciente a CASTILLO CALVA EMILIANO FILIBERTO con C.I. 1102254057 en razón de haberse extraviado. P/P4268/41 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902461081 perteneciente a JIMENEZ PAUCAR GLORIA MARLENE con C.I. 1102280805 en razón de haberse extraviado. P/P4268/42 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900883922 perteneciente a RUEDA APONTE BETTY SUSANA con C.I. 1102334081 en razón de haberse extraviado. P/P4268/43 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901535655 perteneciente a SANCHEZ JUMBO JOSE VALENTIN con C.I. 1102364195 en razón de haberse extraviado. P/P4268/44 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900207787 perteneciente a LANCHE BARRIGAS MARIA TERESA con C.I. 1102464771 en razón de haberse extraviado. P/P4268/45 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902375328 perteneciente a BUSTAMANTE PALADINES YONI MARIA con C.I. 1102466743 en razón de haberse extraviado. P/P4268/46 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900935707 perteneciente a MALDONADO CUEVA JANETH MARILU con C.I. 1102475702 en razón de haberse extraviado.

www. P/P4268/47 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900248894 perteneciente a GRANDA OCHOA ILIA ROSARIO con C.I. 1102488176 en razón de haberse extraviado. P/P4268/48 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900535606 perteneciente a SALINAS GARCIA LUIS ANTONIO con C.I. 1102504998 en razón de haberse extraviado. P/P4268/49 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101064648 perteneciente a ARIZAGA BARRERA VICTOR HUGO con C.I. 1102617295 en razón de haberse extraviado. P/P4268/50 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900000651 perteneciente a TANDAZO CUENCA GEMA ALECSANDRA con C.I. 1102617501 en razón de haberse extraviado. P/P4268/51 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900685892 perteneciente a RODRIGUEZ MOLINA CLAUDIO GERMAN con C.I. 1102641014 en razón de haberse extraviado. P/P4268/52 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900634383 perteneciente a ARMIJOS JAPON CARMEN SILVANA con C.I. 1102738422 en razón de haberse extraviado. P/P4268/53 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901372731 perteneciente a MORA BUSTAMANTE MARCO ANTONIO con C.I. 1102763842 en razón de haberse extraviado. P/P4268/54 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901097388 perteneciente a JIMENEZ FLORES JULIO RICARDO con C.I. 1102809066 en razón de haberse extraviado. P/P4268/55 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900462453 perteneciente a TORRES BRICENO SANDRA VICENTA con C.I. 1102812722 en razón de haberse extraviado. P/P4268/56 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900860012 perteneciente a CHAMBA VIÑAMAGUA MARIA ESTHER con C.I. 1102825492 en razón de haberse extraviado. P/P4268/57 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101064613 perteneciente a ORTEGA JARA LUIS FABIAN con C.I. 1102835491 en razón de haberse extraviado. P/P4268/58 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900598962 perteneciente a GUZMAN GUAMAN CESAR BALTAZAR con C.I. 1102842141 en razón de haberse extraviado. P/P4268/59 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902140515 perteneciente a POMA GUALAN JULIA MARIA con C.I. 1102844998 en razón de haberse extraviado. P/P4268/60 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900245072 perteneciente a BARRETO LOPEZ ALBITA MARGOT con C.I. 1102893771 en razón de haberse extraviado. P/P4268/61 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900200332 perteneciente a JUAREZ VIÑAN ANGEL ROGELIO con C.I. 1102909320 en razón de haberse extraviado. P/P4268/62 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular

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la libreta de ahorros Nº 2101058287 perteneciente a SARAGURO DIAZ YENNY MERCEDES con C.I. 1102957691 en razón de haberse extraviado. P/P4268/63 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901749472 perteneciente a ENRIQUEZ ROGEL DAISE ESPERANZA con C.I. 1102980008 en razón de haberse extraviado. P/P4268/64 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901017189 perteneciente a CORNEJO SALAZAR MARIA BERONICA con C.I. 1103092191 en razón de haberse extraviado. P/P4268/65 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101059089 perteneciente a MEDINA FERNANDEZ MARIA ROSA con C.I. 1103107650 en razón de haberse extraviado. P/P4268/66 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901354879 perteneciente a PINEDA PIEDRA MARIA ANGELICA con C.I. 1103158489 en razón de haberse extraviado. P/P4268/67 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901309179 perteneciente a MERINO PACCHA GLADIZ con C.I. 1103172209 en razón de haberse extraviado. P/P4268/68 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900437891 perteneciente a QUITUIZACA QUIZHPE EDUARDO con C.I. 1103409817 en razón de haberse extraviado. P/P4268/69 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2102002437 perteneciente a VASQUEZ BARBA VANESSA IGNACIA con C.I. 1103412951 en razón de haberse extraviado. P/P4268/70 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902323395 perteneciente a GUELEDEL SUCUNUTA MIRIAN ANGELICA con C.I. 1103713606 en razón de haberse extraviado. P/P4268/71 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901332199 perteneciente a CASTILLO SONGOR VICTOR ERALDO con C.I. 1103715122 en razón de haberse extraviado. P/P4268/72 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900517063 perteneciente a BECERRA ROMERO ESYILDA ARACELI con C.I. 1103805915 en razón de haberse extraviado. P/P4268/73 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900291486 perteneciente a JARAMILLO VEINTIMILLA YESICA YASMID con C.I. 1103812176 en razón de haberse extraviado. P/P4268/74 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901000252 perteneciente a LOPEZ POMA BAYRON ANIBAL con C.I. 1103919096 en razón de haberse extraviado. P/P4268/75 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900865326 perteneciente a SILVA CHAMBA SANDRA KARINA con C.I. 1104108962 en razón de haberse extraviado. P/P4268/76 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901689735 perteneciente a OCHOA MERINO DORA DANIELA con C.I. 1104223720 en razón de haberse extraviado. P/P4268/77 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901774541 perteneciente a PINTA GUAICHA FLOR MARIA con C.I. 1104354749 en razón de haberse extraviado. P/P4268/78


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Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902610632 perteneciente a RAMIREZ BUSTAMANTE DIEGO PATRICIO con C.I. 1104420524 en razón de haberse extraviado. P/P4268/79 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901538345 perteneciente a VIÑAMAGUA SILVA FRANCO PAUL con C.I. 1104601040 en razón de haberse extraviado. P/P4268/80 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902096816 perteneciente a CONDOLO SARANGO ENITH FRANCISCA con C.I. 1104724172 en razón de haberse extraviado. P/P4268/81 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901521723 perteneciente a CAJAMARCA ANGEL SAUL con C.I. 1104765951 en razón de haberse extraviado. P/P4268/82 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901912282 perteneciente a CAMPOVERDE VACACELA KARINA VERONICA con C.I. 1104765985 en razón de haberse extraviado. P/P4268/83 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902249151 perteneciente a RENGEL SALAZAR RICHARD ARMANDO con C.I. 1104791544 en razón de haberse extraviado. P/P4268/84 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901400223 perteneciente a RODRIGUEZ SANTORUN CARMEN CECILIA con C.I. 1104818321 en razón de haberse extraviado. P/P4268/85 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902610372 perteneciente a AGUILAR MEDINA EDDY ROLANDO con C.I. 1104884968 en razón de haberse extraviado. P/P4268/86 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901206713 perteneciente a CAMPOVERDE LOJAN FLOR MARIA con C.I. 1104898315 en razón de haberse extraviado. P/P4268/87 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900976312 perteneciente a MACAS ROBLES LUZ CECIBEL con C.I. 1104926629 en razón de haberse extraviado. P/P4268/88 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901209549 perteneciente a JIMENEZ GONZA NAYLEA MISHELL con C.I. 1104936156 en razón de haberse extraviado. P/P4268/89 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901638299 perteneciente a HERRERA BUSTAMANTE KAREN STEFANIA con C.I. 1105032047 en razón de haberse extraviado. P/P4268/90 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA

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.com.ec Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902176292 perteneciente a VALLADARES ROMERO CYNTHIASTEFANIA con C.I. 1105155160 en razón de haberse extraviado. P/P4268/91 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901269021 perteneciente a CELLY CAMPOVERDE KEVIN ISAAC con C.I. 1105238123 en razón de haberse extraviado. P/P4268/92 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902326498 perteneciente a SOLANO PAUCAR SEGUNDO RAMIRO con C.I. 1105535189 en razón de haberse extraviado. P/P4268/93 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902720112 perteneciente a UREÑA ZHINGRE BRANDON JOSE con C.I. 1105541377 en razón de haberse extraviado. P/P4268/94 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902051778 perteneciente a MORA PATIÑO JHON ISMAEL con C.I. 1105550436 en razón de haberse extraviado. P/P4268/95 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901590235 perteneciente a ESCOBAR ROGEL MARIA MARIELA con C.I. 1105620114 en razón de haberse extraviado. P/P4268/96 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902533901 perteneciente a FERNANDEZ FERNANDEZ LIZZETHE ABIGAIL con C.I. 1105677676 en razón de haberse extraviado. P/P4268/97 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901028577 perteneciente a ORTEGA TORRES THALIA LIZBETH con C.I. 1105722019 en razón de haberse extraviado. P/P4268/98 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902444281 perteneciente a GUARNIZO MEJIA JANELA DEL CISNE con C.I. 1150179214 en razón de haberse extraviado. P/P4268/99 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901726872 perteneciente a VALDIVIESO MAZA STEFANY MARGARITA con C.I. 1150270161 en razón de haberse extraviado. P/P4268/100 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902463842 perteneciente a JARAMILLO ORDOÑEZ JOHN ALEXIS con C.I. 1150313953 en razón de haberse extraviado. P/P4268/101 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902510135 perteneciente a CHAMBA POMA MARIA CRISTINA con C.I. 1150454088 en razón de haberse extraviado. P/P4268/102 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900526525 perteneciente a TRANSGERONIMO S.A. con C.I. 1191713245001 en razón de haberse extra-

viado.

P/P4268/103 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900276235 perteneciente a RAMIREZ VALDEZ LIZARDO DUVAL con C.I. 1703509321 en razón de haberse extraviado. P/P4268/104 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901252641 perteneciente a MORA ROMAN VIOLETA MARIA con C.I. 1703809150 en razón de haberse extraviado. P/P4268/105 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900092831 perteneciente a PALACIOS PIEDRA BEATRIZ DE LOS ANGELES con C.I. 1708955545 en razón de haberse extraviado. P/P4268/106 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901126904 perteneciente a REYES SANCHEZ VICTOR HUGO con C.I. 1709625402 en razón de haberse extraviado. P/P4268/107 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901918543 perteneciente a FLORES CANGO LORENA CATALINA con C.I. 1710009950 en razón de haberse extraviado. P/P4268/108 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901006141 perteneciente a FLORES GALAN RAUL VLADIMIR con C.I. 1713030003 en razón de haberse extraviado. P/P4268/109 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900436939 perteneciente a TANDAZO TACURI SEGUNDO AGUSTO con C.I. 1718620527 en razón de haberse extraviado. P/P4268/110 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901921872 perteneciente a LOOR VILLAMAR DIANA MARICELA con C.I. 1721412771 en razón de haberse extraviado. P/P4268/111 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900612999 perteneciente a OCHOA CELI JIMMY XAVIER con C.I. 1722248406 en razón de haberse extraviado. P/P4268/112 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901675746 perteneciente a CONSTANTE MORENO KEVIN DAVID con C.I. 1723892590 en razón de haberse extraviado. P/P4268/113 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901017545 perteneciente a OCHOA CARRION SAUL ANIBAL con C.I. 1900011642 en razón de haberse extraviado. P/P4268/114 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900506316 perteneciente a ESPINOSA GONZALEZ FRANCO BOLIVAR con C.I. 1900084664 en razón de haberse extraviado. P/P4268/115 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900843408 perteneciente a

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SARANGO JIMENEZ MAXIMO DANIEL con C.I. 1900116011 en razón de haberse extraviado. P/P4268/116 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2106003675 perteneciente a MONTAÑO MARIA ROSARIO con C.I. 1900135748 en razón de haberse extraviado. P/P4268/117 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101063217 perteneciente a MIJAS MIJAS NANCY con C.I. 1900247097 en razón de haberse extraviado. P/P4268/118 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900837654 perteneciente a GONZALEZ HERRERA ANGEL FIDEL con C.I. 1900292929 en razón de haberse extraviado. P/P4268/119 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900448044 perteneciente a CUENCA CUENCA MARIA LUZMILA con C.I. 1900310689 en razón de haberse extraviado. P/P4268/120 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900710532 perteneciente a PAQUI GUALAN MIGUEL ANGEL con C.I. 1900337641 en razón de haberse extraviado. P/P4268/121 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900630052 perteneciente a BERMEO FAREZ JENNY LORENA con C.I. 1900344811 en razón de haberse extraviado. P/P4268/122 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902347882 perteneciente a TOLEDO PELAEZ GABRIELA JOANNA con C.I. 1900364207 en razón de haberse extraviado. P/P4268/123 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901109335 perteneciente a JUMBO SARANGO MANUEL MOISES con C.I. 1900371822 en razón de haberse extraviado. P/P4268/124 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901398434 perteneciente a ZHUNAULA LEON LIGIA MELANIA con C.I. 1900376730 en razón de haberse extraviado. P/P4268/125 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902066102 perteneciente a TUNDUAMA GUAJARE ROSA TANI con C.I. 1900385293 en razón de haberse extraviado. P/P4268/126 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901760611 perteneciente a CELI MEDINA LUIS ARNULFO con C.I. 1900391911 en razón de haberse extraviado. P/P4268/127 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901661248 perteneciente a ROMERO OCHOA MARCIA ZULEMA con C.I. 1900402627 en razón de haberse extraviado. P/P4268/128 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901259461 pertenecien-

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te a AWAK CHIRIAP SONIA MARIA con C.I. 1900413020 en razón de haberse extraviado. P/P4268/129 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902495726 perteneciente a LOJA SALINAS LUZ EMERITA con C.I. 1900493345 en razón de haberse extraviado. P/P4268/130 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901481451 perteneciente a PALMA SARANGO OSCAR DAVID con C.I. 1900522457 en razón de haberse extraviado. P/P4268/131 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900405356 perteneciente a OCHOA MACHUCA ALEXANDRA BEATRIZ con C.I. 1900526318 en razón de haberse extraviado. P/P4268/132 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901488392 perteneciente a BRITO SICHA LIGIA CARMELINA con C.I. 1900631332 en razón de haberse extraviado. P/P4268/133 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901307178 perteneciente a QUIROGA QUIROGA JORGE HERIBERTO con C.I. 1900650480 en razón de haberse extraviado. P/P4268/134 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902244332 perteneciente a ARIAS CHACHA ROBERTH MICHAEL con C.I. 1900710557 en razón de haberse extraviado. P/P4268/135 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901334015 perteneciente a CUENCA AVILA KARLA MARIBEL con C.I. 1900739697 en razón de haberse extraviado. P/P4268/136 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901423318 perteneciente a QUEZADA GOMEZ EDISON PORFIRIO con C.I. 1900755370 en razón de haberse extraviado. P/P4268/137 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901631408 perteneciente a BRICEÑO ZHUNAULA DAYANA KATHERINE con C.I. 1900823137 en razón de haberse extraviado. P/P4268/138 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902536192 perteneciente a ARMIJOS GRANDA ADRIANA ISABEL con C.I. 1900827567 en razón de haberse extraviado. P/P4268/139 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902565014 perteneciente a ABRIGO AVILA LILIANA JACKELINE con C.I. 1950032274 en razón de haberse extraviado. P/P4268/140 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900874827 perteneciente a ROJAS CUEVA MARTHA FRANCISCA con C.I. 2100433362 en razón de haberse extraviado. P/P4268/141

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MIÉRCOLES 28 DE OCTUBRE DE 2020

Judiciales REPUBLICA DEL ECUADOR CITACION JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DEL CANTON LOJA. NOTIFICO con el auto de embargo y providencia de fecha 31 de julio del 2018, al señor MARCO TULIO VALENCIA MORETA, en calidad de copartícipe de la cuota embargada a la señora MARCELA QUINCHE ALVARADO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: FELIX ANTONIO BUSTAMANTE ROMERO DEMANDADA: MARCELA QUINCHE ALVARADO TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $ 3.450,oo JUICIO No. 17821-2013 JUEZ: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO.- LOJA UJ ESPECIALIZADA CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA. Loja, miércoles 21 de octubre del 2015, las 11h27. Incorpórese a los autos el certificado que remite a esta Unidad Judicial la Registradora de la Propiedad; y, el Jefe de Avalúos y Catastros del Gobierno Descentralizado del I. Municipio del cantón Loja.- En lo principal, se dispone: El embargo sobre el 50% de un bien inmueble de propiedad de la demandada QUINCHE ALVARADO MARCELA, departamento signado con el Nro. 4-A, y parqueadero, de la Urbanización Bellaflor, ubicado en la calle 18 de Noviembre, perteneciente a la parroquia San Sebastián del cantón y provincia de Loja, inscrito con el Nro. 005589, del Registro de Propiedad de fecha 22 de diciembre del 2004; y, clave catastral Nro. 601510021521700, comprendido en los linderos y dimensiones que se detallan del certificado de la Propiedad.- Para realizar el embargo se dispone: Oficiar a uno de los señores Oficiales de Policía del cantón Loja, a fin de que proceda a realizar el embargo y entregar para su custodia al cónyuge señor MARCO TULIO VALENCIA MORETA, con quién suscribirá la correspondiente acta.- Luego se inscribirá en el registro de la Propiedad del cantón Loja, a quién se lo notificará mediante la Oficina de Citaciones.- Entréguese despachos.- Hágase saber.- f). Dra. Martha Elizabeth Jaramillo Jumbo. JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA.- OTRO AUTO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, miércoles 14 de diciembre del 2016, las 11h22. VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Especializada Civil y Mercantil del Cantón Loja, en virtud de la reasignación de causas aprobada por la Dirección General del Consejo de la Judicatura, previo informe favorable de la Dirección Nacional de Gestión Procesal y la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica, contenida en el oficio circular CJ-DG-206-67, de fecha 20 de mayo de 2016. En lo principal, agréguese al proceso la boleta de notificación del juicio No. 20133988 la cual se pone en conocimiento de las partes para los fines legales pertinentes.- Intervenga al Ab. René Fabricio Agila Guamán en calidad de Secretario Titular, mediante acción de personal No. 7437-DNTH-2015-SC, de fecha 19 de mayo de 2015.- Hágase saber.- f). Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima. JUEZ.- OTRA PROVIDENCIA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, martes 31 de julio del 2018, las 11h27, VISTOS: Avoco conocimiento del presente juicio en mi calidad de Jueza Encargada de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Loja, provincia de Loja, mediante Acción de Personal No. 1728-DP11-2018-CB, de fecha 30 de Julio de 2018, desde el 30/07/2018 00h00 hasta el 03/08/2018 23h59 para intervenir en este proceso.-Atendiendo los escritos presentados y por cuanto el accionante Señor Felix Antonio Bustamante Romero, ha rendido el juramento de ley sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia del copartícipe Tulio Valencia Moreta, conforme se ha dispuesto en providencia emitida con fecha miércoles 20 de junio del 2018, se dispone notificarlo al prenombrado ciudadano, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, con la finalidad de que manifieste si acepta o rehúsa hacerse cargo de la cuota embargada; para el efecto, por intermedio de secretaría confiérase el respectivo extracto.- Hágase Saber.- f). Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima. JUEZ. Loja, 05 de octubre del 2020. Ab. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA. P/F4218 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto

de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos del causante Flavio Rigoberto Silva Maldonado, que en extracto es como sigue: ACTOR: SILVA VEINTIMILLA FLAVIO RIGOBERTO; SILVA VEINTIMILLA HOMERO JAIRO; VEINTIMILLA GONZALEZ VIBIA ESTELA DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE FLAVIO RIGOBERTO SILVA MALDONADO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. JUICIO: NRO. 11203-2020-02133 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, miércoles 14 de octubre del 2020, las 08h21, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular y en virtud del sorteo reglamentario realizado.- Se llama a intervenir a la Dra. Karina Torres Maldonado como Secretaria Encargada de esta Unidad Judicial, mediante Acción de personal Nro. 172-UPTHL- SC de fecha 25 de agosto de 2015.- En lo principal, en razón de que se la estima de clara, completa y precisa la demanda de Inventarios presentada por la Sra. VIBIA ESTELA VEINTIMILLA GONZALEZ en su calidad de cónyuge sobreviviente, y los señores HOMERO JAIRO SILVA VEINTIMILLA y FLAVIO RIGOBERTO SILVA VEINTIMILLA en su calidad de herederos, y al cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite a la misma al trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.- Por no tratarse de un asunto controvertido, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de los bienes del causante FLAVIO RIGOBERTO SILVA MALDONADO desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todos los interesados, este juzgador designará al perito sugerido para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados; y señalará el día y la hora para tal diligencia.- Cuéntese en este asunto con: 1) Con la Sra. VIBIA ESTELA VEINTIMILLA GONZALEZ en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante.- 2) Con los señores HOMERO JAIRO SILVA VEINTIMILLA y FLAVIO RIGOBERTO SILVA VEINTIMILLA en su calidad de herederos 3.) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se le notificará en su despacho y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.- 4).- A los herederos presuntos y desconocidos del causante FLAVIO RIGOBERTO SILVA MALDONADO cíteselos de conformidad con lo previsto en el Art. 58 del Código Orgánico General de procesos.Los accionados y cualquier interesado tienen la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en la forma y en el término señalados en el Art. 336 del COGEP.- Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante, tal como lo ha solicitado en su demanda, pruebas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por los accionantes. Agréguese los documentos que se adjuntan.- HÁGASE SABER.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 19 de octubre del 2020. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4222 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes PATIÑO SANMARTIN LUZ BENIGNA, CABRERA QUEZADA AGUSTIN. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: PASCUAL AMADEO CABRERA PATIÑO (PROCURADOR COMÚN) DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LOS CAUSANTES, PATIÑO SANMARTIN LUZ BENIGNA, CABRERA QUEZADA AGUSTIN. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2020-00284. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS.- Avoco conocimiento y competencia de

Publicidad la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los causantes LUZ BENIGNA PATIÑO SANMARTIN y AGUSTIN CABRERA QUEZADA desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes LUZ BENIGNA PATIÑO SANMARTIN y AGUSTIN CABRERA QUEZADA conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: PASCUAL AMADEO CABRERA PATIÑO, SABINO RAFAEL CABRERA PATIÑO, JOSE VICTORIANO CABRERA PATIÑO, HIPOLITO ADOLFO CABRERA PATIÑO y ANGEL OSWALDO CABRERA PATIÑO, en calidad de hijos; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el Director del MAGAP en la ciudad de Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común al señor PASCUAL AMADEO CABRERA PATIÑO, La prueba anunciada contenido en el Acápite V, de su escrito de demanda, téngase en cuenta el Perito insinuado en la persona del Dr. JOSE TOMAS LUZURIAGA MARTINEZ se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE..- FIRMA.- DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, martes 20 de octubre de 2020.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F4224 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMÁ. CITACIÓN JUDICIAL. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor OVER EFRÉN OBANDO HERRERA, cuyo extracto es como sigue: JUICIO Nº 00145-2019. ACTOR: Ab. PABLO RENE ASTUDILLO MALDONADO en calidad de Procurador Judicial de los señores: ANDREA DANIELA OBANDO SOTO, DIONICIO FABIAN OBANDO SOTO, HOOVER EFREN OBANDO SOTO y MARIA PIEDAD SOTO ENCARNACIÓN DEMANDADOS: Bienes del causante señor OVER EFRÉN OBANDO HERRERA OBJETO: INVENTARIO de los bienes del causante señor OVER EFRÉN OBANDO HERRERA TRAMITE: VOLUNTARIO. UNIDAD: JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMA. JUEZ: DR. EDGAR FLORES CRIOLLO AUTO: Gonzanama, jueves 3 de septiembre del 2020, a las 15h46. Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Gonzanamá. En lo principal, una vez que el accionante ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el decreto de fs.66, estimase de clara, precisa y completa la demanda presentada por el Ab. PABLO RENE ASTUDILLO MALDONADO en calidad de Procurador Judicial de los señores: ANDREA DANIELA OBANDO SOTO, DIONICIO FABIAN OBANDO SOTO, HOOVER EFREN OBANDO SOTO y MARIA PIEDAD SOTO ENCARNACIÓN, solicitud que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al trá-

www. mite Voluntario que le corresponde a Inventario de bienes sucesorios. En consecuencia y por el fallecimiento de quien en vida fuera el señor OVER EFREEN OBANDO HERRERA, quien no testara, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes dejados, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los actores anteriormente invocados; b) Con el Procurador Tributario de Rentas Internas de Loja, para la citación al funcionario señalado, se dispone remitir un atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, enviando un despacho en forma y ofreciendo reciprocidad en casos similares, para que se cumpla la citación a dicho funcionario, a quien se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones, deprecatorio que se realizará en el módulo virtual; c).- Se ordena la citación del adolescente JOSÉ IGNACIO OBANDO FLORES en el domicilio señalado, diligencia que se dispone cumplir mediante un atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, Provincia de Pichincha, enviando un despacho en forma y ofreciendo reciprocidad en casos similares, deprecatorio que se realizará en el módulo virtual, una vez cumplida la citación de dicho menor, se ordena escucharlo para que en ejercicio de su derecho opine sobre el curador/a que le representara en este juicio de inventarios, para lo cual se señalara día y hora para el efecto, previo a la convocatoria a cualquier otra audiencia, esto de conformidad al inciso segundo del Art.32 del COGEP en concordancia con los Arts.1 de la Resolución Nro.10-2016 de la Corte Nacional de Justicia, en caso de que no quisiere expresarse la designación se hará conforme al Art.2 de la mencionada Resolución; d).- Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por el causante señor OVER EFREEN OBANDO HERRERA con la intervención del perito que se designa Ing. ANGEL BOLIVAR ANGUINSACA GONZALEZ, de conformidad a la Resolución 068-2017 Art. 1 del Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial, los honorarios se cancelarán directamente por la parte interesada, y por intermedio de la funcionaria de citaciones de la Unidad se le notificará y de aceptar el cargo se le posesionará en forma inmediata. e).- El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. f) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibidem; g).Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; h).- De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citados los demandados en el término de quince días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; i).- Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, correo electrónico, como la autorización dada a su Abogado Patrocinador, para que asuma la defensa en el presente asunto; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión. Intervenga en calidad de Secretario el Ab. Marlon Pacheco, por contrato de servicios ocasionales.- CITESE Y NOTIFIQUESE.OTRA PROVIDENCIA de fecha Gonzanama, miércoles 9 de septiembre del 2020, a las 08h15. De oficio, y en virtud de haber existido un lapsus en el auto inicial que antecede, amparado en el Art. 130, numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el mismo en el sentido que el nombre del causante es OVER EFREN OBANDO HERRERA, y no como por error se hace constar EFREEN en su segundo nombre, en lo demás el auto queda inalterable. Hágase saber.Gonzanamá, 22 de octubre del 2020. Ab. Marlon Francisco Pacheco Herrera SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA (E) P/F4225 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN ZAPOTILLO CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda auto de aceptación a trámite y más constancias procesales que antedecen a los herederos desconocidos y presuntos del causante FERNANDO ZAPATA VALDEZ, dentro del Juicio de Inventarios Nro. 11318-201900108, cuyo texto es como sigue:

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ACTOR: Indalecia Guerrero Ordinola Juicio Nro. 11318-2019-00108 Procedimiento: Voluntario Objeto: Inventario JUEZ: DR JORGE PATRICIO MAZA VERA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN ZAPOTILLO.- Zapotillo, miércoles 6 de noviembre del 2019, las 11h47, JUICIO NO. 00108-2019. INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. VOLUNTARIO. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.- VISTOS: Una vez que la accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior, en lo principal, se considera que la solicitud presentada por la señora: INDALECIA GUERRERO ORDINOLA, sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 333 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde al Art. 334.4 de La Ley Ibídem. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes del causante: FERNANDO ZAPATA VALDEZ, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario. Cuéntese en este proceso con la compareciente en calidad de cónyuge sobreviviente; con los señores: Lorgio German, Mercida América y Luís Adalberto Zapata Guerrero, en su calidad de herederos del causante, con la aclaración que se subsana el primer nombre de uno de los herederos, ya que en la acción se la hace constar como Mercy, cuando su nombre correcto de acuerdo a la partida de nacimiento es Mercida; así mismo se subsana en cuanto a la cuantía, ya que la abogada defensora de la peticionaria señala que es indeterminada, lo cual no es correcto, se estima que la cuantía es indeterminada ya que al ser un proceso de inventario aún no se ha establecido el monto del acervo líquido de la sucesión, para poder llegar a la conclusión de que la cuantía tiene un determinado valor; esto en base a lo dispuesto en el artículo 169 de la Norma Suprema, en relación con el articulo 18 y 140 del Código Orgánico de la Función Judicial; todo esto se lo realiza en base a que se trata de un procedimiento voluntario y que tiene como único fin inventariar los bienes que han quedado de la sucesión, pero cumpliendo por cierto con los demás requisitos en cuanto a documentación donde se acredite que la interesada y accionados son herederos y por ende tienen derecho en la misma; con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Zapotillo a quienes se citará en sus respectivos despachos, a través del Servidor respectivo de esta Unidad Judicial quien está encargado de la Oficina de Citaciones y Notificaciones, por lo que se dispone que el proceso pase en forma inmediata a la oficina del referido Servidor para su cumplimiento; y, con el señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien para su citación, se dispone enviar deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, enviándole suficiente despacho y se le ofrece reciprocidad en casos similares. Cítese a los señores: Lorgio German Zapata Guerrero y Mercida América Zapata Guerrero, en el domicilio indicado en la demanda; para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia Limones, a quien se le enviará suficiente despacho y se le concede el término de cuatro días en razón de la distancia para que se cumpla con esta diligencia; al señor Luis Adalberto Zapata Guerrero, se lo citara en su domicilio indicado en la demanda; para lo cual se comisiona al señor teniente Político de la Parroquia Garza Real, a quien se le enviará suficiente despacho y se le concede el término de cuatro días en razón de la distancia para que se cumpla con esta diligencia.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante: Fernando Zapata Valdez, por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Zapotillo.Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la accionante.- Elabórese el deprecatorio virtual en forma inmediata por parte de la Secretaria de esta Unidad, así como los deprecatorios para citar a los accionados antes indicados.Agréguese la documentación aparejada a la demanda.- Tómese en cuenta el correo electrónico señalado por la accionante.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley. Zapotillo 17 de junio del 2020.- LO CERTIFICO EL SECRETARIO. AB. JORGE SIGIFREDO VALDEZ RAMIREZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE EN ZAPOTILLO P/F4226


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Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900369814 perteneciente a SIGUENZA JAIME EDUARDO con C.I. 101165264 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR142 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901495591 perteneciente a BOSQUEZ GONZALEZ ARMANDORAUL con C.I. 201622115 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR143 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101067459 perteneciente a PINEDA SANCHEZ ROSA ELENA con C.I. 700518129 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR144 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902261189 perteneciente a ELIZALDE DELGADO ROSA ELENA con C.I. 703194688 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR145 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901702983 perteneciente a PACHECO PACHECO GUSTAVO DE JESUS con C.I. 703846675 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR146 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901219027 perteneciente a ORDOÑEZ DELFIN con C.I. 1100053022 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR147 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900573076 perteneciente a AGUILAR SAAVEDRA MELECIO con C.I. 1101607107 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR148 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900460648 perteneciente a SARANGO JUMBO LUIS ROMAN con C.I. 1101662094 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR149 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA

Judiciales DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los Herederos desconocidos y presuntos del señor LUIS ILDEBRANDO ROMERO MERINO, que en extracto es como sigue: ACTORES: LUIS FELIPE ROMERO LAPO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del señor LUIS ILDEBRANDO ROMERO MERINO OBJETO: INVENTARIO TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-02150 JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, miércoles 14 de octubre del 2020, las 07h54, VISTOS.- Dr. Víctor Santín Salazar Mgs., avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante Acción de Personal No. 2386-DP112019-FA, de fecha 30 de septiembre del 2019, suscrita por la Sra. Directora Provincial del Consejo de Loja y por el sorteo de ley. En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda deducida por el Sr. LUIS FELIPE ROMERO LAPO, por medio de su Procurador Judicial Abg. Carlos Julio Castillo Siguenza con al testimonio de escrituras de Procuración Judicial adjunta, petición que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia conforme a la partida de defunción de: LUIS ILDEBRANDO ROMERO MERINO (+), escrituras públicas y más anexos se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN de los bienes del extinto LUIS ILDEBRANDO ROMERO MERINO, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos conocidos, ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con el compareciente en la calidad que señala de único heredero; b) Cuéntese con el Procurador de Servicio de Rentas Internas de Loja, como indica en la demanda, a quien se lo citara en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto pasen los autos al señor Analista de la Oficina de Citaciones para los fines de ley, a quienes se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras noti-

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Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902657256 perteneciente a JARA ARMIJOS VICTOR ANTONIO con C.I. 1101782199 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR150 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901157652 perteneciente a DELGADO SARMIENTO MARTHA GUADALUPE con C.I. 1101922365 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR151 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101050461 perteneciente a GONZALEZ TENESACA ANGEL ROGELIO con C.I. 1101996047 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR152 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901027767 perteneciente a AZUERO CHAMORRO JOSE VICENTE con C.I. 1102875638 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR153 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900542013 perteneciente a OCHOA GRANDA MARCO VICENTE con C.I. 1103015853 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR154 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900823852 perteneciente a CALVA GUAYANAY MIGUEL con C.I. 1103154025 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR155 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901169462 perteneciente a VIVANCO CORDOVA LUCIA DE JESUS con C.I. 1103160030 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR156 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901132273 perteneciente a GONZALEZ ROMAN HECTOR IVAN con C.I. 1103526677 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR157 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901634315 perteneciente a

GARCIA PRADO GALO ENRIQUE con C.I. 1103652069 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR158 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900837316 perteneciente a AGUIRRE PARDO MONICA BEATRIZ con C.I. 1104134828 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR159 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900856754 perteneciente a CASTRO GONZALEZ HECTOR AGUSTO con C.I. 1104163710 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR160 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901589418 perteneciente a AREVALO AREVALO ANGEL FERNANDO con C.I. 1104218068 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR161 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901313505 perteneciente a PARRA LIMA PATRICIA ELIZABETH con C.I. 1104879307 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR162 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902319646 perteneciente a GAONA ABAD LEODAN FRANCISCO con C.I. 1105003493 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR163 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901089466 perteneciente a SOSORANGA MEDINA NANCI ADELAIDA con C.I. 1105059834 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR164 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900840442 perteneciente a CHILUISA QUISPE PEDRO con C.I. 1711059327 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR165 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900894721 perteneciente a SANCHEZ MOROCHO JAIME VINICIO con C.I. 1900433283 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR166 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA

Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902240711 perteneciente a JIMENEZ TINIZARAY GUIDO FABIAN con C.I. 1900471341 en razón de haberse extraviado. P/P4268/NR167 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador PALMA SALGADO AMPARO DEL ROSARIO con C.I. 501575534, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 454 de la cuenta corriente Nro. 2902366021, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR168 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador PALMA SALGADO AMPARO DEL ROSARIO con C.I. 501575534, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados Nº 456 al 457 de la cuenta corriente Nro. 2902366021, dichos cheques quedarán anulados. P/P4268/NR169 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador PALMA SALGADO AMPARO DEL ROSARIO con C.I. 501575534, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 471 de la cuenta corriente Nro. 2902366021, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR170 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador PALMA SALGADO AMPARO DEL ROSARIO con C.I. 501575534, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados Nº 473 al 475 de la cuenta corriente Nro. 2902366021, dichos cheques quedarán anulados. P/P4268/NR171 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador AGUILERA BARRAZUETA EDWINROMMEL con C.I. 1100164274, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados Nº 2721 al 2770 de la cuenta corriente Nro. 2900444971, dichos cheques quedarán anulados. P/P4268/NR172 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador CHAMBA CHAMBA JOHN ALEXIS con C.I. 1104896517, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 372 de la cuenta corriente Nro. 2902136513, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR173 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador CHAMBA CHAMBA JOHN ALEXIS con C.I. 1104896517, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque cer-

tificado Nº 374- 374 de la cuenta corriente Nro. 2902136513, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR174 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador IMELDA DE JARAMILLO CIA. LTDA con C.I. 1191711692001, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 17321- 17321 de la cuenta corriente Nro. 2900418567, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR175 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador IMELDA DE JARAMILLO CIA. LTDA con C.I. 1191711692001, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados Nº 17322- 17323 de la cuenta corriente Nro. 2900418567, dichos cheques quedarán anulados. P/P4268/NR176 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador TOAPANTA SANGOQUIZA MARIAEUFEMIA con C.I. 1710083054, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados Nº 582 al 589 de la cuenta corriente Nro. 2902339346, dichos cheques quedarán anulados. P/P4268/NR177 SUSPENSIÓN DE CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador BELTRAN PATIÑO MARIANA LEONOR con C.I. 102585536, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 1734 de la cuenta corriente Nro. 2901539479, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR178 SUSPENSIÓN DE CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador FEIJOO SHOBANY FERNANDO con C.I. 1102637863, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 3258 de la cuenta corriente Nro. 1101227736, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR179 SUSPENSIÓN DE CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador PINEDA IÑIGUEZ PAULA VERONICA con C.I. 1103845317, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 1478 de la cuenta corriente Nro. 2901645016, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR180 SUSPENSIÓN DE CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador PINEDA IÑIGUEZ PAULA VERONICA con C.I. 1103845317, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 1479- de la cuenta corriente Nro. 2901645016, dicho cheque quedará anulado. P/P4268/NR181

ficaciones; c) Con los herederos PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS y más personas interesadas en la presente sucesión, a quienes se los citara por un periódico (digital) de amplia circulación de esta ciudad CONFORME LO INDICAN EN EL LIBELO INICIAL- al tenor del Art. 58 del COGEP concédase el extracto para las publicaciones.Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por la causante, con la intervención del perito que se designará UNA VEZ CUMPLIDA LAS CITACIONES quien será sorteado en el sistema para este fin, a quien se lo notificará para que tome legal posesión del cargo, de conformidad a Ley y al Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial (Resolución No. 040-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura), se le fijará así mismo los honorarios que correspondan, que serán cubiertos por la parte accionante. d). El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. e) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibídem; f) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; g) De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citado la parte demandada, en el término de diez días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; y, h) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial, correo electrónico para sus notificaciones; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrece para justificar su pretensión.- Llámese a intervenir al Abg. Juan Carlos Mateus Jumbo como Secretario de Unidad Judicial.- CITESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- f). Dr. Víctor Santín Salazar.-Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.Loja, 16 de octubre del 2020.-

IDROVO, que en extracto es como sigue: ACTOR: VEINTIMILLA LOZANO ZONIA BEATRIZ VEINTIMILLA LOZANO HERNAN RODRIGO VEINTIMILLA LOZANO FABIAN EDUARDO VEINTIMILLA LOZANO SUSANA DEL ROCIO VEINTIMILLA LOZANO ILIANA SORAYA VEINTIMILLA LOZANO LIGIA LUCIA VEINTIMILLA LOZANO JIMENA DEL ROSARIO VEINTIMILLA LOZANO ANGEL EDUARDO DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES ÁNGEL EDUARDO VEINTIMILLA CASANOVA ZONIA ROSARIO LOZANO IDROVO OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Procedimiento Voluntario CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2020-01924 JUEZ: Dr. Norman Pardo Torres. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, viernes 25 de septiembre del 2020, las 11h11, Juez, Norman J. Pardo Torres, en relación a la solicitud de inventario que antecede, dicto el siguiente: AUTO DE ACEPTACIÓN La solicitud de inventario presentada por Veintimilla Lozano Zonia Beatriz, Veintimilla Lozano Hernan Rodrigo, Veintimilla Lozano Fabian Eduardo, Veintimilla Lozano Susana del Rocio, Veintimilla Lozano Iliana Soraya, Veintimilla Lozano Ligia Lucia, Veintimilla Lozano Jimena del Rosario, Veintimilla Lozano Angel Eduardo, para que se realice el inventario de los bienes dejados por sus padres Angel Eduardo Veintimilla Casanova y Zonia Rosario Lozano Idrovo, la califico de completa de sus requisitos de forma que exige el Art. 142 del COGEP; por lo que se dispone su tramitación en procedimiento voluntario previsto en el Art. 335 ibídem, disponiendo la práctica de los siguientes diligenciamientos: 1.- CITACIÓN.- Por cuanto no se menciona a herederos conocidos; cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los mencionados causantes, mediante tres publicaciones que se realizarán por la prensa local.- El señor Secretario conferirá un extracto de demanda y auto de calificación, para la citación de los herederos presuntos y desconocidos, esto de conformidad al Art. 56 del COGEP.- En cuanto a la citación al Gobierno Municipal y SRI, no existe norma que establezca la obligación de citar o notificar a estas entidades en juicio de inventario. 2.INVENTARIO: Procédase al avalúo y alistamiento de los bienes mencionados en la demanda.- Para el efecto oportunamente se procederá a la designación de perito judicial debidamente acreditado.- El informe se pondrá en conocimiento de las partes y concomitantemente se convocará a la audiencia respectiva; 3.- ANUNCIO DE PRUEBA APAREJADA A LA DEMANDA: a.- Téngase en cuenta el anuncio de toda la prueba que hace

la solicitante, cuya admisibilidad se resolverá en audiencia; 4.- DOMICILIO JUDICIAL.- Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado y la autorización que se concede al abogado defensor.Notifíquese.-f). Dr. Norman Pardo Torres., Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja. Particular que pongo a conocimiento para los fines de ley.- Loja, 05 de octubre 2020 .-El Secretario.-

al Art. 334.4 del COGEP. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes de los causantes JESUS DELMIRA LOPEZ ALAMA y ORLANDO BARBA PIÑALOZA, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario.- Cuéntese en este proceso con los comparecientes LUIS FELIPE BARBA LOPEZ, SEGUNDO MICELIO BARBA LOPEZ, JOSE ANDRES BARBA LOPEZ, NELIDA ORFELINA BARBA LOPEZ y ANGEL ADALBERTO BARBA LOPEZ en calidad de únicos y universales herederos de los causantes, conforme lo afirman en su demanda; cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Sozoranga, a quien se lo citará en sus respectivos despachos, para lo cual se Comisiona al señor Comisario Nacional de Policía del cantón Sozoranga, a quien se le remitirá suficiente despacho para su cumplimiento; además cuéntese con el señor Delegado de la Secretaría Regional del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien para su citación, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes JESUS DELMIRA LOPEZ ALAMA y ORLANDO BARBA PIÑALOZA por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará; y, considerando que en la actualidad la gran mayoría de diarios son digitales, y con la finalidad de garantizar aún más los derechos de los herederos presuntos o desconocidos que pudieran existir, publíquese también un extracto mediante transmisión de mensajes en una radiodifura de la localidad conforme lo prescribe el Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 58 ibídem.Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por los accionantes.- Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.- Agréguese la documentación que ha sido aparejada a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero y correo electrónico señalados para sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.

Ab. Juan Carlos Mateus Jumbo. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F4215 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los señores ÁNGEL EDUARDO VEINTIMILLA CASANOVA Y ZONIA ROSARIO LOZANO

Dr. José Simancas Merino SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/F4216 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON MACARA PROVINCIA DE LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes JESUS DELMIRA LOPEZ ALAMA Y ORLANDO BARBA PIÑALOZA de conformidad al Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de procesos, que en extracto es como sigue. ACTOR: BARBA LOPES JOSE ANDRES, BARBA LOPEZ ANGEL ADALBERTO, BARBA LOPEZ LUIS FELIPE, BARBA LOPEZ NELIDA ORFELINA, BARBA LOPEZ SEGUNDO MICELIO DEMANDADO. Herederos desconocidos y presuntos de los causantes JESUS DELMIRA LOPEZ ALAMA Y ORLANDO BARBA PIÑALOZA TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: INDETERMINADA JUICIO: 11332-2020-00259 JUEZ: Dr. GUIDO RAUL CASTILLO ABAD UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON MACARA PROVINCIA DE LOJA.- VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial, de conformidad con la Resolución NO. 102-2017 de fecha 17 de julio de 2017 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que crea la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja.EN LO PRINCIPAL: La demanda presentada por los señores: LUIS FELIPE BARBA LOPEZ, SEGUNDO MICELIO BARBA LOPEZ, JOSE ANDRES BARBA LOPEZ, NELIDA ORFELINA BARBA LOPEZ y ANGEL ADALBERTO BARBA LOPEZ sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde

AB. MILTON IGNACIO JARAMILLO GRANDA, SECRETARIO DE LA UJM DEL CANTÓN MACARÁ P/F4217


Justicia

MIÉRCOLES 28 DE OCTUBRE DE 2020

I

Espíndola remodela su camal, mientras que el de Celica está en estudios En dos cantones de la provincia de Loja, específicamente Espíndola y Celica las autoridades tratan de mejorar los camales municipales. El primero está en fase de rehabilitación, mientras que el segundo está en estudios. Estudio El alcalde de Celica, Oswaldo Román, mencionó que actualmente están en la fase de estudios para la construcción del nuevo camal que será ubicado en el sector de la “Y” hacia Alamor o Pindal. Este mercado va a ser regional, “porque deseo que se convierta en una empresa que provea servicios de faenamiento, los ganaderos de la región sur llevan sus reses a Guayaquil en pie y transportan 40% en desechos”. El traslado de este camal se lo hace, porque el actual, a pesar de cumplir con todas las normas emitidas por la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad), está ubicado en pleno centro de la ciudad de Celica y existen quejas de la ciudadanía por el ruido que generan los ani-

•• Rehabilitación del camal municipal de Espíndola.

•• Centro donde despostan los animales en Celica.

males al ser despostados. El monto de la obra superaría los USD 500.000.

les puedan ser faenados y posteriormente se pueda expender el producto en los diferentes mercados. Otro problema fue que el centro no cuenta con un camión frigorífico o furgón

Trabajos Por otro lado, en el cantón Espíndola se ejecuta la rehabilitación del camal Municipal de la ciudad de Amaluza. “Esta obra es muy importante y necesaria para nuestro cantón, se la realiza con todas las normas de sanidad que Agrocalidad exige, de esta forma se brindará un ser-

vicio de calidad a toda la población”, señala la alcaldesa, Sonia Jiménez, en la página institucional. Agrocalidad a inicios de este año, específicamente el 14 de febrero, clausuró este centro por irregularidades, entre ellas están no contar con agua caliente, ni realizarse exámenes antemortem y postmortem de los animales. Estos exámenes son de suma importancia, con estos se da el visto bueno para que los anima-

Vía Loja- Malacatos afectada por la lluvia

para el traslado de la carne a otros lugares. Además, no se realiza un registro sobre residuos sólidos, residuos líquidos y no cuenta con enganche que sea de acero inoxidable.(I).(FJC).

P

CONTACTOS: 0997262566 / 0992416701 / 2732003 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec Pasaje Cinchona 207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay, sector 24 de Mayo Twitter: CronicaLoja Facebook: DiarioCronica Instagram: DiarioCronica Issuu: CronicaLoja WhatsApp: 0997262566 DiarioCronica

Ayer, en la vía Loja- Malacatos se registró arrastre de

material pétreo debido a la lluvia. Los conductores

con precaución circulaban para evitar accidentes.(I)

w w w. c r o n i c a . c o m . e c


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