DIARIO CRONICA LOJA ECUADOR 16 LUNES 2020 - MARZO - 10715

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Loja-Ecuador diariocronica @cronicaloja 0997262566

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Edición Nº 10715 - Circulación 3150

24 Páginas

LUNES 16 DE MARZO DE 2020

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37 contagios de coronavirus en Ecuador (Pág. 4)

Municipio de Loja desvincula personal

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Suspendidos vuelos desde el exterior

Loja rodeada de aguas residuales

Funeraria ofrece ayuda psicológica

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Medidas por el COVID-19 estarían centralizadas

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a ciudad de Loja en sus cuatro puntos cardinales cuenta con múltiples quebradas, que desembocan en los tres ríos: Jipiro, Zamora Huayco y Malacatos. Sin embargo, el mayor problema es la contaminación porque en estos afluentes (quebradas) desembocan directamente las aguas residuales de los hogares.

Taxistas desinfectan unidades T

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ras la declaratoria de emergencia sanitaria en el país por la pandemia del COVID-19, el gremio de la fuerza amarilla de esta ciudad se sumó a las tareas de desinfección de sus unidades.

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Loja

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Municipio de Loja desvincula personal Medio centenar de trabajadores municipales están siendo sacado de sus labores luego de no superar el período de prueba desde enero pasado. La ley establece tres meses de prueba para los ciudadanos que accedan a un contrato indefinido, según Ronald Rodríguez, director de Recursos Humanos (RR.HH) del Municipio de Loja. Rodríguez comentó que hay un grupo de ciudadanos contratados desde el inicio de año y al no superar la etapa de prueba están siendo separados de sus cargos. “En enero habíamos firmado contratos indefinidos con período de prueba, que está culminado este mes de marzo y quienes sigan en el cargo son aquellos que superen”.

Comentó que de acuerdo al informe presentado por los jefes inmediatos se realiza la evaluación para poner en conocimiento de la máxima autoridad. “Estamos hablando de aproximadamente 50 personas que están en este proceso quienes están ubicados en Obras Públicas o Gestión Ambiental”. El funcionario explicó que se ha vinculado personal por contrato ocasional, indefinido con período de prueba, y nombramientos provisionales con períodos de prueba, pero que no habrían superado el 20% de la nómina permitido por la ley. “Estamos muy por debajo del 15% en vinculaciones de personal”. Concurso para 10 vacantes El funcionario informó que los

concursantes para 10 vacantes en el Municipio de Loja fueron declarados desiertos por tres ocasiones, y que entrarían a la fase de pruebas Psicotécnicas, luego de haber superado la etapa de la calificación de los méritos. “Quienes pasen la prueba Psicotécnica van a la Técnica, luego a la entrevista y posterior se declara ganadores a quienes corresponda”. “Tienen que sacar mínimo 80 puntos en las pruebas Psicométricas para pasar a las técnicas y de éstas, los mejores puntuados pasarán a las entrevistas”, dijo el funcionario. Informó que las vinculaciones como resultado de los concursos también son sometidas a un período de prueba de tres meses, donde finalmente se otorga el nombramiento definitivo.

Precisó que en la convocatoria para las 10 vacantes se habrían postulado más de 2000 personas. “Muchos de los postulantes no cumplieron con los requisitos y bases establecidas y por tanto se quedaron durante el proceso de calificación de méritos, pero todo el proceso está en la página de Socio Empleo”. Optimización del recurso humano El jefe de Recursos Humanos municipal informó que se está optimizando el personal de acuerdo a los pedidos de cada uno de los departamentos, así como de la disponibilidad con que cuente la institución. “Existe una planificación anual que da cumplimiento con base en las necesidades de cada

•• Ronald Rodríguez, director de Recursos Humanos del Municipio de Loja. unidad o departamento municipal, y si hay un requerimiento urgente, pues hacemos un plan de contingencia para atender esa urgencia, aunque todo depende de la planificación anual de cada dependencia”. (I) (WMM).

Funeraria ofrece ayuda Medidas por el COVID-19 psicológica a familiares estarían centralizadas Asistencia Psicológica a los familiares de personas fallecidas es el objetivo de la Funeraria Jaramillo a propósito de cumplir 50 años en la prestación de servicio exequiales y que desde hace un año ha creado la Unidad de Atención al Duelo para asistir a las personas que requieran ese tipo de servicio. Sofía Faggioni, psicóloga de la institución, comentó que en el marco de los cincuenta años de vida institucional se han propuesto cumplir con una responsabilidad social. “Desde el año anterior estamos ofreciendo un servicio gratuito para nuestros clientes, pero también para personas que lo requieran independientemente si utilizan o han utilizado nuestros servicios”. “Brindamos atención psicológica individual y familiar cuando las personas están pasando por un tema difícil por la ausencia de un ser querido y también ofrecemos charlas de prevención, sensibilización y vivenciales sobre el clima laboral y duelo”, dijo la psicóloga Faggioni. Comentó que se está trabajando con instituciones públicas, privadas y padres de familia con buenos resultados, “porque nosotros no nos centramos en el dolor que sienten los familiares, sino que hacemos que encuentren un sentido a la vida”. Precisó que el servicio es abierto a toda la ciudadanía porque es parte de la responsabilidad social de la empresa. La profesional de la psicología refirió que pueden acercarse de manera directa con la empresa todas las personas que requieran del servicio. “Lo que primero hacemos es un abordaje profesional de seis sesiones gratis para ello deben agendar con anticipación”. La psicóloga recomendó pedir asistencia

Las medidas y disposiciones emitidas por las autoridades de control, Salud y Educación se aplican en el centro de la ciudad, mientras que en las periferias y el sector rural de Loja no se está llegando para garantizar que se tome las precauciones adecuadas y evitar el contagio; según Carlos Chalaco. •• Sofía Faggioni, directora de la Unidad de Atención al Duelo de la Funeraria Jaramillo.

profesional para enfrentar la pérdida de un ser querido ya que sus complicaciones tienen efectos patológicos en la salud de las personas. “El duelo hay que sentirlo, vivirlo y experimentarlo porque las personas creemos que luego vamos a estar fuertes y superarlo, pero no es así y más bien hay que saber cómo aprender a vivir a pesar del dolor”. Precisó que realizan un trabajo de duelo anticipado, cuando el familiar tiene una enfermedad terminal y está desahuciado. “Ahí trabajamos con el paciente y con sus familiares; también actuamos en el duelo normal cuando una persona fallece”. Explicó que el duelo patológico tiene efectos secundarios en la salud de las personas y no logran superar la pérdida de un ser querido. “Cuando pasan más de dos años las personas tienen otras patologías como depresión, ansiedad; e incluso, desarrollan enfermedades físicas como tiroides, diabetes”. Expresó que cuentan con un equipo multidisciplinario que les permite ofrecer un servicio profesional y eficaz porque han sido capacitados en países como México donde hay mucha experiencia en ese tipo de servicios. (I)(WMM).

Para el activista político Carlos Alberto Chalaco Armijos, el rol de las autoridades está dando resultados para emitir el mensaje a la comunidad, sin embargo, un sector de la ciudadanía está subestimando las recomendaciones difundidas para evitar el contagio. “A nivel de Loja sí se ha tomado los correctivos por parte de las autoridades, sin embargo, hace falta control porque hay un grupo de personas que se está tomando el tema muy a la ligera”. Comentó que la noche del sábado 14 de marzo en la parroquia Carigán se desarrollaron con total normalidad dos bailes de gran magnitud, a pesar de regir una prohibición a reuniones de más de 30 personas. “Desafortunadamente los controles se limitan al centro de la ciudad y ojalá se pueda ampliar hacia sectores periféricos y rurales”. Precisó que el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) se está quedando de lado a pesar que es un ministerio de asistencia social y que debido a su cobertura, podría aportar con la educación. Expuso que el Municipio de Loja está tomando muy pocas medidas de protección, especialmente en el trasporte público. “El día de ayer, en una de las paradas de mayor afluencia, la persona que cobraba tenía unos guantes y no había dispensadores de gel o alcohol”, dijo Chalaco Armijos. Sostuvo que los controles están exclusivamente en la ciudad pero no en la periferia de la ciudad y peor aún en las parroquias rurales. Cuestionó como absurda las disposiciones

•• Carlos Alberto Chalaco Armijos, activista político de la provincia de Loja.

dadas por el Ministerio de Educación cuando obligan a los maestros y administrativos de los colegios y escuelas a ir a sus instalaciones mientras que “dicen que está prohibido reuniones de más de 30 personas”. “Hay establecimientos educativos con más de 30 profesores. También es absurdo pedir a los docentes que impartan tutorías virtuales a través de Internet cuando muchos jóvenes no tienen ese servicio”. Emplazó al Gobierno a pedir que el sistema financiero perdone los intereses a ciudadanos con créditos. “En Europa donde se ha paralizado el sistema comercial, el Gobierno les obligó a los bancos para que congelen los pagos de préstamos”, y comentó que muchos comerciantes están obligados a salir a sus negocios por las deudas con los bancos. “Una señora me dijo esta mañana que no podía dejar de abrir su local en el mercado porque tenía que pagar una deuda en el banco, y claro, ellos no pueden dejar de trabajar”, refirió el activista político. Finalmente, sostuvo que el Gobierno Nacional ha emitido algunas medidas en materia de Salud, pero muy poco en materia económica, donde ya se estaría sintiendo los efectos como por ejemplo el sector camaronero y bananero donde se está despidiendo a mucha gente y por consiguiente subiendo el precio del producto. (I)(WMM).


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Comunidad

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Moradores de Pucacocha construyeron Iglesia En el barrio Pucacocha, moradores y Alcalde de Loja mantuvieron una reunión para constatar obras ejecutadas y el recorrido de algunas calles del lugar donde requieren la intervención municipal. Antes de iniciar con la reunión los moradores invitaron al Alcalde a conocer la iglesia para constatar que el trabajo comunitario y la organización barrial dan buenos resultados, ya que este templo se construyó con el aporte de los vecinos del sector. Con ese mismo espíritu de colaboración ahora solicitan el apoyo de la municipalidad en obras priori-

tarias y a las cuales están dispuestos a participar a través de mingas, mencionó el vicepresidente del barrio, Norberto Angüisaca. Las obras que requieren son el asfaltado de las calles Lago Salado, Lago Michigán, Laguna Yacuri, Eduardo Palacio, Luciano Lazzo y Francisco Costa. Ampliación de la calle Lago Salado e intersección con la avenida Chuquiribamba. Construcción del muro de la Iglesia y embaulado de la quebrada La Pangora, con miras a construir un área de esparcimiento para niños y jóvenes. “La muestra del trabajo en equipo ha sido la construcción de la Iglesia que ha sido

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levantada ladrillo a ladrillo, minga tras minga y con el apoyo de cada uno de los moradores y que con este mismo ánimo deseamos seguir trabajando por el adelanto del barrio Pucacocha”, precisó Nayo Zúñiga, morador. Ante estos pedidos el alcalde de Loja, Jorge Bailón, felicitó la unión de los habitantes para alcanzar sus objetivos y al conocer ese espíritu de colaboración señaló que se apoyará en lo que sea posible. En cuanto a las calles del

•• Moradores y Alcalde realizaron recorrido por la Iglesia.

lugar indicó que los propietarios de las viviendas contiguas deben financiar la obra y por parte de los técnicos del municipio se realizarán

los estudios pertinentes. Al término de la reunión, en compañía de los moradores, recorrió la zona y verificó los pedidos planteados. (I).

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Nacional

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37 contagios de coronavirus confirmados en Ecuador Entre los casos se cuenta a las 2 personas que han muerto con diagnóstico positivo. El Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias del Ecuador informó mediante un comunicado en Twitter que los casos confirmados de coronavirus COVID-19 en Ecuador eran 37, hasta las 11H34 de este domingo 15 de marzo. De los casos positivos confirmados: • 30 de las personas infectadas se mantienen estables en aislamiento domiciliario; • 3 están hospitalizadas, pero estables; • 2 con pronóstico reservado. Entre los casos también se

Avión procedente de España está bajo prevención cuenta a las dos personas que han muerto en el país a causa del COVID-19. Según el mismo comunicado, actualmente habían 273 personas dentro del cerco epidemiológico. Además de que se reportó que

51 personas ya habían salido del cerco. El boletín detalla que en las provincias del Guayas se han registrado 19; en Los Ríos, 10; en Pichincha, hay 6; y en Sucumbíos y Azuay, uno en cada una.(I)Ec

Más de 1800 muertos en Italia por coronavirus

No se ha hecho público el número de pasajeros que venía en la aeronave. Un avión procedente de España fue puesto bajo un protocolo de prevención y control este sábado en el aeropuerto de la capital ecuatoriana, Quito, por la presencia de un pasajero con posible “sintomatología asociada al Covid 19”. Así lo informó a Efe una fuente del aeropuerto “Mariscal Sucre”, al tiempo que apuntó que el protocolo de prevención y control lo lleva adelante el Ministerio de Salud Pública. No se he hecho pública la compañía aérea a la que pertenece el avión, ni el

número de pasajeros que venían en la aeronave. La fuente precisó que para precisar mayores detalles los debería proporcionar el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN), pero esa instancia no ha ofrecido información al respecto En Ecuador, un total de 317 personas permanecen en un cerco epidemiológico a fin de determinar un posible contagio de Covid 19. Según el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias (SNGRE), 24 de los 26 casos confirmados de coronavirus en el país están “estables”, mientras que dos tienen “pronóstico reservado”.(I)EFE

Se restringen visitas en unidades del IESS

“Estoy aislada completamente de mi familia, ella también está aislada, como todas las partes de Italia, nadie quiere salir, todo el mundo tiene miedo, pues (el coronavirus) empieza con una fiebrecita y si no te cuidas, pues empiezas a contaminar a todo el mundo”. Así relata una ecuatoriana que vive en la región de Liguria, Italia, su situación actual, ya que está separada junto con otros pacientes en un hospital militar cercano a la ciudad donde ella vive, porque evidenció síntomas vinculados con el coronavirus COVID-19 y luego le confirmaron que

tiene la enfermedad. Su esposo también tiene fiebre y está en cama, pero –dice– se siente bien, “de pronto porque es un hombre fuerte”. Ella debió tomar antibióticos. “Estamos (con otros pacientes) prácticamente bien, pero tenemos que cumplir una cuarentena. No puedo entrar a mi casa y el resto tampoco, no se puede ir uno a contaminar a los demás o que te contaminen. De allí todo está perfecto, no nos ha afectado a los pulmones”, señala. En ese país, las autoridades de Lombardía, la región más afectada del país por la pandemia, expresaron

este domingo su preocupación ante la capacidad de sus hospitales para hacer frente al flujo de enfermos. “Las cifras siguen creciendo. Pronto llegará el momento en que no tengamos más camas para reanimación”, advirtió hoy Attilio Fontana, gobernador de Lombardía, en entrevista a la cadena Sky TG24. Italia es el país más afectado de Europa, con un total de 1809 muertos y 24 747 casos, según los últimos datos divulgados este domingo. El Gobierno de Roma ha impuesto un drástico confinamiento a los 60 millones de habitantes del país. (I)

Solo podrá acudir una persona por paciente. La entidad agradece la comprensión de la ciudadanía ante esta medida. Foto: Archivo El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) informó, a través de sus redes sociales, que con el objetivo de precautelar la salud de los pacientes, sobre todo ante la emergencia sani-

taria que se vive con la pandemia del covid-19, se restringen las visitas a una persona por paciente. ‘’Las visitas en todas nuestras unidades médicas, se restringen a una sola persona por paciente, en sus horarios habituales, de lunes a domingo’’, reza el comunicado. La entidad agradece la comprensión de la ciudadanía ante esta medida.(I)AFP


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Sucesos

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La corrupción frena el goce de los derechos humanos La corrupción afecta a las personas en situación de pobreza debido a que por su condición de vulnerabilidad sufren de manera agravada las consecuencias del fenómeno, dice el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), publicado el 31 de diciembre último. El documento de 209 páginas agrega que uno de los efectos es que “los Estados no pueden cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos”, es decir, hay menos recursos para garantizar la alimentación, salud, vivienda y educación. Allí yace la relación medular entre “Corrupción y derechos humanos”, como titula el informe citado. En Ecuador tiene un mayor impacto en el 25 % de la población, unos 4,3 millones de habitantes considerados pobres porque ob-

tienen ingresos mensuales por debajo de los $84,8. Esta publicación se nutre del informe de febrero del 2019 en el que la CIDH analiza el rol de los sistemas de justicia de América Latina. En este se indica que “Lava Jato (que derivó en el caso de las coimas pagadas por Odebrecht a cambio de contratos millonarios en la región) puso en evidencia no solo la existencia de amplias y sofisticadas redes de corrupción transnacionales, sino también su modus operandi altamente complejo, planificado y centralizado, en el que los intentos de control de los sistemas de justicia, era un componente fundamental de sus estrategias ilícitas, para garantizar la impunidad”. Ante la complejidad de la corrupción hay una corriente que plantea equiparar los actos vinculados a este fenómeno con los delitos de lesa humanidad o los

considerados internacionales. El art. 233 de la Constitución ya indica que el peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito, algunos de los principales delitos vinculados a la corrupción, son imprescriptibles, una de las características de los delitos de lesa humanidad. Cada país tendría que recurrir a reformas constitucionales y legales internas para considerar a parte de los delitos de la corrupción como de lesa humanidad en sus legislaciones. El informe de la CIDH indica que “los Estados deben revisar su legislación en materia sancionatoria sobre corrupción, particularmente, la legislación penal con el objetivo de adaptarlas a las nuevas formas de corrupción que se presentan en la región” en referencia a las que tienen un carácter transnacional.(I)

• Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guayana, Paraguay y Perú son parte de Prosur. Foto: Archivo

Presidente anuncia reunión virtual del Prosur este lunes La decisión se toma por la emergencia global debido al virus Covid-19. El presidente de Ecuador, Lenín Moreno, anunció que este lunes mantendrá con sus colegas del Prosur una reunión virtual por el tema del coronavirus, que en su país suma hasta el momento 37 contagiados y dos fallecidos, según el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias (SNGRE). “He mantenido contacto a lo largo del día con otros mandatarios de la región, sobre la situación del COVID19”, escribió el jefe de Estado en su cuenta de Twitter

Y añadió: “El lunes nos reuniremos virtualmente los presidentes de naciones miembros de Prosur para acordar acciones por el bienestar y la salud de nuestros pueblos”. El Foro para el Progreso de América del Sur (Prosur) es el organismo internacional que integra las naciones sudamericanas de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guayana, Paraguay y Perú. En Ecuador, un total de 317 personas permanecen en un cerco epidemiológico a fin de determinar un posible contagio de Covid 37(I) EFE P

El Vaticano celebrará la Semana Santa sin fieles Queridos y estimados compañeros, ACATANDO LA DISPOSICIÓN DEL GOBIERNO NACIONAL se SUSPENDE la Asamblea General Extraordinaria que se convocó por la institución para el 21 de marzo a las 10H00 y tenía el fin de REFORMAR EL ESTATUTO, esto hasta que sea eliminada la prohibición de reuniones por las autoridades. No se olviden Compañeros, para salir adelante de esta epidemia colaboremos con las disposiciones del gobierno nacional y hagamos eco de la campaña: Todas las celebraciones litúrgicas de la Semana Santa se celebrarán sin fieles en la plaza de San Pedro para evitar la propagación del coronavirus, anunció este domingo 15 de marzo de 2020, el Vaticano. “Debido a la actual emergencia sanitaria, todas las celebraciones litúrgicas de la Semana Santa se llevarán a cabo sin la presencia física de fieles”, indicó en un comunicado la prefectura de la Casa Pontificia. “Asimismo, comunicamos que has-

ta el domingo 12 de abril de 2020 las audiencias generales del Santo Padre y la recitación de la Oración Mariana del ‘Angelus’ de los días domingo, serán transmitidas solo vía ‘streaming’”, añadió el Vaticano. Según el último balance del sábado, 1.441 personas murieron por el coronavirus en Italia, el país más afectado en Europa. Más de 21.000 italianos dieron positivo, 3.500 de ellos en las últimas 24 horas. (I)

*Yo me quedo en casa.* Cuidémonos y cuidemos a nuestra familia y a nuestra población. *Si somos responsables saldremos adelante* Con mucha fe de su responsabilidad Respetuosamente OSCAR MUÑOZ APOLO SECRETARIO GENERAL “UNIÓN ES FUERZA” P/4162


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Reportaje

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Aguas contaminadas cruzan barrios, escuelas, negocios y otros sitios en la ciudad.

Contaminación total:

Loja cercada por aguas residuales La ciudad de Loja en sus cuatro puntos cardinales cuenta con múltiples quebradas, que desembocan en los en los tres ríos Jipiro, Zamora Huayco y Malacatos, sin embargo, el mayor problema es la contaminación porque en estos afluentes (quebradas) desembocan directamente las aguas residuales de los hogares. Problema Uno de los mayores problemas visibles se ubica al pie de Ciudad Victoria, al suroccidente de la ciudad, aquí hubo un área de desinfección de las aguas residuales de la ciudadela, donde al ingresar a los pozos el sedimento se iba acumulando y cuando llegada al final nuevamente el agua estaba con menos del 20% de contaminación. Pablo Burneo, concejal de Loja, expresó que la infraestructura en su mo-

mento fue parte de Ciudad Victoria y que funcionaba, pero ahora está desnivelada, destruida y personas la han hecho de escombrera, por ende, las aguas residuales caen directamente a la quebrada sin ningún tratamiento y recorren varios barrios como Clodoveo, El Bosque, Terminal Terrestre y finalmente al río. “No hay ningún sistema de alcantarillado que esté encausado estos sistemas todo va a las dos quebradas más grandes Sushuhuayco y Las Pavas y es increíble que hasta el día de hoy los ciudadanos no exijan o reclamen el embaulado”, dijo. Por ejemplo, la quebrada del Alumbre pasa por el Centro de Gestión Integral de Residuos Sólidos o relleno sanitario recogiendo los líquidos lixiviados, luego al barrio Sol de los Andes, Héroes del Cenepa, continúa su cauce por dos escuelas,

Clínica San Pablo y termina desembocando en el río Malacatos. Colectores El edil mencionó que para

recoger todas estas aguas de los hogares de Loja, en especial de los barrios periféricos se debe tener colectores marginales para que las lleven hasta la planta

de tratamiento de aguas residuales que se construye en Sauces Norte. “Existen 24 puntos que desembocan a lo largo de las 30 quebradas que existen

Aguas residuales que caen directamente a la quebrada sin ningún tratamiento.


las noticias al día

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Pozos al pie de Ciudad Victoria destruidos y se han convertido en un foco de infección.

en la ciudad y todas reciben aguas hervidas; por ejemplo, Jipiro Alto, San Cayetano, San Isidro, El Alumbre, Carigán, Virgempamba, Chinguilanchi, entre otras”, puntualizó. Dinero El Estado tiene que entregarle al Municipio de Loja por la devolución del IVA más de 11 millones de dólares y no lo hace porque con esos recursos solo se puede invertir en este tipo de obras (encauces de aguas residuales, colectores marginales), pero la Secretaría Nacional del Agua (Senagua) no permite porque la entidad estaría interesada que los contratos se hagan con empresas o profesionales azuayos, agregó Burneo. Indicó que va a apoyar la

gestión del alcalde de Loja, Jorge Bailón Abad, para que ante la Senagua (Secretaría Nacional del Agua) autoricen hacer las consultorías y estudios para que las quebradas más grandes: Las Pavas y Sushuhuayco, ejecuten las obras necesarias favoreciendo a más de 18 mil hogares directamente. Enfermedades Martin Villaroel, habitante del barrio Clodoveo, mencionó que otro de los problemas en la urbe lojana son los barrios que no cuentan con alcantarillado y las familias realizan pozos sépticos para superar el inconveniente, lamentablemente en temporada de lluvias estas se llenan y el agua sale a las calles, luego con el sol se seca y los residuos que llevaba el agua

se convierten en polvo y con los vientos ingresan a los hogares o cubren a las personas que caminan, causando enfermedades gastrointestinales y asmáticas. Para Juventino Torres, mo-

En el barrio Rodríguez Witt, pozo séptico colapsado emana olores nauseabundos a los habitantes del sector. rador de Época, estas dificultades también son políticas porque cada director que entra a una

institución pública viene con un proyecto nuevo y no desean darle cabida a los que dejó su antecesor, de esta manera no hace nada mientras están en el puesto. “Es inaudito que esta problemática se dé en Loja, ciudad que cuenta con un terreno desnivelado ya que con un buen proyecto de canalización se podría resolver todo los inconvenientes de las aguas residuales”, destacó. (I).(FJC).

Dato

Pozo séptico tapado con la maleza. Las vacas se alimentan de las hierbas del lugar.

Se necesitaría más de mil millones de dólares para solventar todas las obras sanitarias en la ciudad.


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LUNES 16 DE MARZO DE 2020

Loja

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Ciudadanos acatan recomendación de evitar aglomeraciones Tras las recomendaciones emitidas por el Gobierno Nacional para evitar la expansión del COVID-19 en el territorio ecuatoriano, entre ellas, el evitar la aglomeración de personas y quedarse en casa, los habitantes de las provincias de Loja y Zamora Chinchipe responsablemente han acatado esta medida. A través de las cámaras de videovigilancia del Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 se visualiza que lugares de afluencia masiva como parques, sitios turísticos, centros deportivos, balnearios, calles y avenidas no tienen presencia de ciudadanos, contribuyendo con los esfuerzos del Gobierno

para controlar la epidemia. Adicionalmente se brinda acompañamiento visual a personal del Ministerio de Salud Pública, Policía Nacional, Cuerpo de Bomberos, Unidad de Control de Tránsito, Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias que se encuentran realizando controles y entregando información y recomendaciones sobre el COVID19. Milena Cárdenas, jefa operativa del ECU 912 Loja, indicó que los monitoreos se continuarán realizando de forma constante con el objetivo de garantizar junto con las instituciones de control que no se generen eventos que aglomeren ciudadanos. (I).

•• Monitores realizados la tarde de este domingo 15 de marzo por el ECU 911.

Municipio de Loja cierra parques recreacionales por emergencia sanitaria El incremento de personas contagiadas con el COVID-19 en el país, obliga al Municipio de Loja a tomar nuevas medidas de prevención a fin

de contribuir con la salubridad de la población. Esta mañana se hizo labores de desinfección en las

instalaciones del mercado Centro Comercial y Centros Infantiles regentados por el Centro de Apoyo Social Municipal de Loja (Casmul).

Además se suspendió la Feria ganadera de El Plateado, se cerraron las piscinas y los parques Jipiro, Lineal de La Tebaida, Zoológico Orillas del Zamora, así como los centros recreacionales en Loja, Malacatos y Vilcabamba. Las intervenciones se efectúan de forma programada para cubrir los diferentes lugares públicos como medida de prevención para evitar que el virus se propa-

gue, señaló Efraín Muñoz, coordinador general del Municipio de Loja. Indicó que el químico que se utiliza para la desinfección de las unidades de transporte dura ocho días según normativa. Acotó que en la Terminal Terrestre Reina del Cisne se cuenta con el apoyo del Ministerio de Salud, que tiene su personal para el control de los pasajeros que ingresan a la ciudad. (I). P

COMPAÑÍA DE CAMIONETAS DE ALQUILER “PLATEABA S.A” CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE CAMIONETAS DE ALQUILER PLATEADO BAJO “PLATEABA S.A.” De conformidad con las pertinentes disposiciones de la Ley de Compañías y del Estatuto de la Compañía; se CONVOCA a los Señores Accionistas de la Compañía de Camionetas de Alquiler Plateado Bajo “PLATEABA S.A.”, y de manera especial al Señor Comisario de la Compañía, a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que tendrá lugar el día sábado 21 de marzo del año 2020, a partir de las 17H00 horas, (cinco de la tarde), en la Casa Comunal del Barrio SAN VICENTE ALTO de la Ciudad de Loja, ubicado en la calle Francisco Cumbicus, unido al Retén Policial, con el propósito de tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Constatación del quorum reglamentario de los señores accionistas presentes. Lectura y aprobación del Acta anterior. Aprobación del Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio económico 2019, Mgtr. Soraya Maldonado P. Informe del Sr. Comisario. Informe del Sr. Gerente saliente Lcdo. Miguel Lojan. Asuntos Varios.

Nota: Por resolución de la Junta General, solamente se darán 15 minutos de espera luego de lo cual se cobrará la multa correspondiente.

•• Labores de desinfección en Centros Infantiles.

Manuel E. Sanmartín P. PRESIDENTE P/3525


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Cronideportes

Entrenamiento de deportistas se desarrolla con normalidad En consideración del Decreto Presidencial y de la Secretaria Nacional de Deportes, Federación Deportiva de Loja, Administración General y Departamento Técnico Metodológico, en reunión mantenida este sábado 14 de marzo a las 12h00, en el Salón de Audiovisuales, con los entrenadores de cada una de las disciplinas deportivas se resolvió: Continuar con la preparación de los deportistas, con miras a su participación en

los Juegos Nacionales Juveniles y Menores que se realizarán en el presente año, a expensas de nuevas disposiciones emitidas por la Secretaria Nacional de Deportes. Se realizarán los entrenamientos normalmente con una frecuencia de categorías estableciendo los horarios en cada una de las mismas, siempre y cuando cumpla con las debidas normas de seguridad en cada uno de los escenarios deportivos, proporcionando

las medidas preventivas dadas por el Ministerio de Salud para prevenir el contagio del COVID-19. En caso de contar con alguna sintomatología que esté afectando a la salud de los deportistas, los entrenadores estarán comunicando de manera inmediata a los padres de familia, instituciones de salud y a la Federación Deportiva de Loja. En lo que respecta a las Escuelas de Iniciación Deportiva, de suspenden todas las actividades. (I).

Barcelona SC comunica que se someterán a exámenes de coronavirus

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Federación Ecuatoriana de Atletismo busca talentos en el CEAR Rioverde

• El CEAR de Rioverde, acoge a lo nuevos atletas.

Esmeraldas (Rioverde). Celso Cortez, experimentado entrenador de atletismo se encuentra laborando en el Centro de Entrenamiento para el Alto Rendimiento en Rioverde con la finalidad de captar nuevos talentos deportivos. Al momento el esmeraldeño trabaja a doble jornada con aproximadamente 25 niños y jóvenes quienes asisten diariamente a los entrenamientos que imparte. “Por el momento estoy trabajando con este grupo de atletas quienes vienen regularmente. Por las vacaciones en el ciclo Costa hay menos deportistas, pero ya se irán sumando más; la idea de la Federación Ecuatoriana de Atletismo es generar nuevos deportistas a

partir de una captación y descubrimiento de talentos en base a biotipo y condiciones de cada muchacho”. El proyecto consiste en iniciación, desarrollo y formación de atletas de edades tempranas para su posterior clasificación a encuentros nacionales y competencias provinciales. “Esmeraldas es una cantera inagotable de talentos deportivos y no debemos dejar escaparlos o desperdiciarlos”, expresa Cortez. La Federación de Atletismo estima que surjan nuevas promesas en las distintas modalidades de esta disciplina, jabalina, lanzamiento, bala, disco y velocistas, el entrenador Cortez tiene basta experiencia y seguro tendrá buenos resultados en corto plazo. (I).

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• Barcelona se enfrentó a Flamengo en la segunda fecha del Grupo A.

24 horas después de la suspensión de los partidos del campeonato nacional de la LigaPro ante la emergencia sanitaria originada por el coronavirus, el departamento de comunicación de Barcelona SC dio a conocer que el lunes 16 de marzo todos los jugadores de la plantilla, directivos y personal operativo se someterán a exámenes para comprobar si existen síntomas propios de la enfermedad. “Como se informó el día

de ayer (sábado), mañana todo el plantel BSC, directivos y personal operativo se realizarán pruebas del COVID-19. En los próximos días el club dará su pronunciamiento oficial sobre la actual situación e informaremos sobre los cambios en la planificación”, comunicó el club guayaquileño por vía WhatsApp. Ante las medidas preventivas del Gobierno Nacional, Barcelona no jugará el partido que le correspondía esta tarde, por la fecha 5 de la LigaPro, contra El Na-

cional en el estadio Monumental. Los amarillos tenían previsto encarar este compromiso a puertas cerradas debido a la medida inicial de la LigaPro, de presentarse los equipos sin presencia de aficionados. Antes, el pasado miércoles, enfrentaron en Río de Janeiro a Flamengo, cuyo vicepresidente Maurício Gomes de Mattos dio positivo en el primer test de coronavirus y está hospitalizado en Brasilia, según constan en una publicación del diario Lance. (D)


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Intercultural

las noticias al día

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Comida Andina ecuatoriana La gastronomía ecuatoriana es un deleite para los paladares. Cuatro mundos nos regalan productos únicos y recetas de antaño que representan cada provincia del país. En este blog te contaremos, en una primera parte, las delicias del mundo Andes, conformado por 10 provincias. Cada banquete representa a sus habitantes y sus saberes ancestrales al preparar los alimentos. Conoce los platos de nuestro mapa gastronómico, y deleita el paladar con la comida andina ecuatoriana. Hoy viajamos a Carchi, Imbabura, Pichincha, Tungurahua, y Cotopaxi. Hornado Pastuso Saladito y jugoso es el hornado de Carchi. Su nombre se debe a la influencia cultural del pueblo de pasto que habitó en la zona. La característica de este plato es el caldillo salado que acompaña a la carne de cerdo, el mismo que es preparado con aliño de cebollas, ajo, sal y ají. El cerdo es macerado por al menos 24 horas para que la carne tenga la suavidad deseada, al cocinarse en horno de barro con leña de eucalipto. La proteína se acompaña de papas cocidas con cáscara, mote y lechuga. Fritada Imbabureña Una preparación infaltable en el norte de los Andes, Imbabura. La fritada es considerada un plato de origen

queso, leche y al servirlo se acompaña con aguacate, chulpi y buen ají de chocho. La papa es un alimento milenario y es parte importante en la gastronomía de los ecuatorianos. Saborea la comida andina ecuatoriana. Chugchucaras Este platillo representativo de la provincia de Cotopaxi se caracteriza por el cuero de chancho reventado. Su nombre viene de dos palabras Kichwas: chukchuna (tembloroso) y kara (cuero). La preparación incluye como ingrediente principal el cerdo, que es cocido en pailas de bronce. Las chugchucaras se componen de mote con chicharrón, trozos de cerdo, cuero reventado, papas cocidas y fritas en la misma paila del cerdo, plátano maduro frito, tostado, canguil y empanadas de mejido (tienen un sabor dulce).

criollo que rescata tradiciones en su preparación con el uso de la paila de bronce para cocinar la carne de cerdo, posterior se concluye su dorado y cocción a fuego lento en una cocina de leña. La tierra fértil de este destino provee de varios pro-

ductos que acompañan a la fritada como el mote, papas y choclos. Adicionalmente a esta delicia no puede faltar un trozo de queso, maduros fritos, ají y curtido. Locro de papa La sopa espesa es clásica

de la región de los Andes y representativa de la provincia de Pichincha. El ingrediente principal es la papa que se produce en diversas variedades en el país. La papa “la chola” es la que se usa para esta preparación e incluye

Llapingachos Finalmente en Tungurahua no puede faltar esta preparación que encanta. Su nombre proviene del Kichwa ‘llapina’ (aplastar) y del castellano ‘gacha’ (masa blanda). Este plato es de origen prehispánico y criollo, y se compone de tortillas de papa (preparadas a mano), chorizo, huevo frito, ensalada de remolacha y aguacate. En esta zona también el cultivo de papa es esencial para sus habitantes dedicados a la agricultura. (I).

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Ecuador suspende vuelos de pasajeros desde el exterior hasta el 5 de abril En el marco de los esfuerzos que el Gobierno Nacional para contener la expansión del COVID-19, los ministros de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, José Valencia; de Gobierno, María Paula Romo; y de Transportes, Gabriel Martínez, emitieron el sábado 14 de marzo el Acuerdo Interministerial 0003 que dispone la suspensión total de los vuelos que transporten pasajeros desde destinos internacionales hacia el Ecuador. Esta medida regirá desde las 00h00 del martes 17 de marzo hasta las 24h00

del domingo 5 de abril de 2020, y no incluirá a aquellos vuelos de carga aérea que únicamente transporten mercaderías, correspondencia, envíos postales y ayuda humanitaria o sanitaria. Según dispone el Acuerdo, los viajeros extranjeros podrán ingresar al Ecuador hasta las 23:59 del domingo 15 de marzo de 2020; y los ecuatorianos hasta el lunes 16 de marzo a las 23:59. Los ciudadanos ecuatorianos o extranjeros que decidan viajar fuera del Ecuador durante el período de suspensión (17 de mar-

zo a 5 de abril) podrán seguir haciéndolo libremente puesto que los vuelos de salida del país no estarán suspendidos. Sin embargo, si deciden reingresar al Ecuador solo podrán hacerlo con posterioridad a la terminación del lapso de suspensión y siguiendo la normativa vigente a su retorno. Todos los viajeros -ecuatorianos o extranjeros- que ingresen al Ecuador antes o después del período de suspensión (17 de marzo a 5 de abril) provenientes de cualquier país, por vía aérea, marítima, fluvial o terrestre, deberán cumplir

el Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO) siguiendo las directrices establecidas en el Acuerdo Interministerial 00001, de 12 de marzo de 2020, adoptado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y el Ministerio de Gobierno. Las tripulaciones de aviones que entre el 17 de marzo y 5 de abril transporten pasajeros fuera del Ecuador u operen aviones de carga, no estarán sujetos a cumplir con el APO o una cuarentena específica, sino los protocolos y normativas de tripulaciones en tránsito dictadas por las autorida-

Dato •

El Gobierno Nacional realiza estas medidas para contener la expansión del COVID-19.

des de salud y aeronaúticas del Ecuador. Finalmente, el Acuerdo Interministerial dispone que a partir de las 00h00 del domingo 15 de marzo de 2020, queda prohibido el desembarco en puertos ecuatorianos, de pasajeros que lleguen a bordo de buques turísticos de crucero. (I).

Zamora

Centro de Rehabilitación Cristo Redentor funcionará en Guadalupe Zamora. Se suscribió un contrato de comodato entre el Vicariato Apostólico de Zamora y el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, para ocupar un área de terreno e instalaciones en la Misión Parroquial Nuestra Señora de Guadalupe, lugar donde funcionará el Centro de Rehabilitación para Alcohólicos y Drogadictos Cristo Redentor de la Prefectura. Las nuevas instalaciones de este centro estarán ubicadas en la cabecera parroquial de Guadalupe perteneciente al cantón Zamora y tendrá una vigencia de 40 años. El Vicariato pone los terrenos para su funcionamiento y el Gobierno Provincial será quien lo administre y adecúe a la infraestructura de acuerdo a su requerimiento. Estuvieron presentes Walter Heras, Vicario Apostólico de Zamora, el prefecto Cléver Jiménez y Lady Huertas viceprefecta, gestora principal para que este comodato se haga realidad a favor de las personas que sufren de problemas sociales tengan un mejor espacio y avale una adecuada recuperación en su salud. Huertas indicó que, este día es de júbilo porque se hace

•• Autoridades definen la ubicación del Centro de Rehabilitación Cristo Redentor.

realidad el poder trasladar al centro de rehabilitación a un lugar acorde a lo que necesitan para su tratamiento, al tiempo que agradeció la predisposición del Vicariato Apostólico de Zamora para este propósito. La nueva casa de acogida tendrá una capacidad para 60 personas y el aumento de más personal técnico para el buen funcionamiento. A más de ello, un espacio para actividades deportivas, áreas verdes para siembra, producción de tilapia (…), “lograremos y garantizaremos que los internos ocupen su tiempo libre en actividades productivas y una alimentación sana”, mencionó la viceprefecta. Además, informó que sigue en pie la adecuación de un centro para mujeres que sufren toda clase de vulnerabilidad de derechos.

El Prefecto de la Provincia, manifestó que “hoy comienza la transformación para este importante sector. Con este espacio garantizamos una buena recuperación de quienes lo necesitan, porque el servicio que brinda no sólo es para Zamora Chinchipe, sino fuera de ella y es un compromiso nuestro servir al ser humano”. Para Walter Heras, Vicario Apostólico de Zamora, dijo que este comodato es una alianza entre las dos instituciones con el mismo fin de servir a las personas que sufren de problemas sociales. (I).

Dato •

Actualmente este centro funciona en el sector el Remolino-Zamora y alberga a 15 pacientes.

•• Policía Nacional realiza controles en Zamora Chinchipe.

Controles para evitar especulación de precios En la provincia de Zamora Chinchipe se han fortalecido los operativos de control, luego de las disposiciones del Ministerio de Gobierno ante la emergencia sanitaria por el coronavirus. Comisarios, jefes y tenientes políticos, ejecutaron

operativos en establecimientos de categoría 1 y 2. Y con el fin de evitar la especulación de precios, se controla a locales comerciales de productos de primera necesidad y farmacias en donde se expende productos como mascarillas y gel antiséptico. (I).


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Disponen medidas de seguridad para diversas modalidades de transporte frente al COVID-19 Ante la declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria en el Sistema Nacional de Salud y en el marco de las medidas anunciadas por el Comité Nacional de Operaciones de Emergencia (COE), este 14 de marzo, para evitar y prevenir la transmisión del coronavirus (COVID-19) en Ecuador, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) emitió un Protocolo de Seguridad. El objetivo de este instrumento es tomar las debidas seguridades en las operadoras de transporte público, comercial y otros, en las terminales terrestres y escuelas de conducción no profesionales y profesionales del país. Las medidas establecidas implican garantizar la higiene personal a los usuarios del servicio público del transporte. Para ello, las respectivas operadoras (intracantonal, intra e interprovincial, comercial en taxis convencionales y ejecutivos, carga liviana, mixta y pesada, turístico y otros) deberán entregar mascarillas -de ser necesario- y gel antiséptico a los pasajeros. Además, intensificar el aseo de las instalaciones físicas y los vehículos luego de realizadas las rutas y frecuencias que pasen las tres

horas de servicio; en el caso de las unidades de transporte de servicio comercial, por lo menos una vez al día al finalizar las labores. De igual manera, deberán establecer mecanismos de información al usuario -sobre las medidas de prevención y atención- de forma visible, legible, oportuna, clara y concisa, a través de sus carteleras, redes sociales o cualquier medio de difusión. Otra de las decisiones a observar es que las ventanas de los vehículos se encuentren en buenas condiciones para abrirlas y cerrarlas, y contar con suficiente ventilación. También deberán distribuir bolsas plásticas para la recolección de los pañuelos desechables que se utilicen durante el viaje y se fumigarán constantemente las terminales terrestres, en acción conjunta con los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD). Además, debe advertirse a los usuarios, antes de iniciar su traslado en el servicio de transporte público, que si presentan la sintomatología del COVID-19, como lo determina el Ministerio de Salud Pública (MSP), la operadora no podrá iniciar su operación. De la misma

•• Realizan desinfección en terminales terrestres.

forma, durante el viaje, si el pasajero presenta síntomas de afecciones respiratorias -como fiebre, tos, dificultad para respirar, fatiga, secreciones nasales, fiebre de difícil control y malestar general-, obligatoriamente deberá utilizar mascarillas e informar al personal de la empresa de transporte, a fin de que realice una parada inexcusable, en el lugar más cercano y que cuente con un centro o dispensario médico. Respecto a las clases presenciales de las Escuelas de Conducción profesionales y no profesionales, están suspendidas; mientras que aquellas que cuentan con plataformas tecnológicas podrán ejecutar sus cursos en línea. Los eventos masivos de graduación de estudiantes y cualquier tipo

de actividad y programa de educación y seguridad vial que involucre concentración de gente, también están suspendidos. Y en lo que a las prácticas de conducción se refiere, pueden efectuarse con normalidad, pues son coordinadas de manera personal. Una vez culminada la emergencia sanitaria, los cursos autorizados de Escuelas de Capacitación se retomarán con normalidad. Estas disposiciones han sido coordinadas con las Direcciones Provinciales de la ANT y la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME), para ser socializadas y aplicadas inmediatamente con las autoridades de los GAD a escala nacional, con los gremios del sector del transporte y escuelas de conducción profesionales y no

profesionales. En cuanto a las medidas anunciadas hoy por el COE Nacional, destaca la prohibición de ingreso de pasajeros desde las 23:59 del domingo 15 de marzo de 2020 para ciudadanos extranjeros, y para ciudadanos nacionales desde las 23:59 del lunes 16 de marzo de 2020. Esto aplica para pasajeros de transporte terrestre internacional, transfronterizo y marítimo. Además, se anunció el cierre de pasos fronterizos, a excepción de Rumichaca, San Miguel y Puerto El Carmen, al norte; y Huaquillas, Macará y Zapotillo, al sur. En concordancia con esto, se dispuso la suspensión del servicio internacional de Transporte Público y Turístico de pasajeros a partir de las 23:59 del 15 de marzo de 2020. Esta suspensión se mantendrá vigente mientras dure la declaratoria de Estado de Emergencia Sanitaria y hasta que el COE Nacional disponga otras medidas. Finalmente, el Gobierno pide a la ciudadanía mantener la calma y cumplir con las medidas dispuestas. También, hace un llamado para informarse a través de canales oficiales y evite propagar noticias falsas. (I).

El Oro

Suspenden Eucaristías en Piñas Vías de Portovelo, Ambocas, El Dando cumplimiento al Decreto Cisne y Salvias con dificultades Presidencial, en el cantón Piñas, este domingo no se realizaron misas. Estas se daban a las 08h00 en la Sagrado Corazones y la otra a las 10h00 en la Iglesia matriz.

Esta decisión se la tomó en bien de la salud de los habitantes para prevenir el coronavirus, manifestó el párroco de Piñas, Manuel Guimera. Añadió que se puede celebrar las misas, siempre y cuando ingresen menos de 30 personas, por lo que tendrían que colocarse ellos en la puerta con el Sacristán y una vez que estén los 30, cerrar las puertas y no dejar pasar más católicos a las Eucaristías. Indicó que esto se acatará hasta que haya una disposición superior, señalando que los actos a cumplirse por Semana Santa serán bastante limitados en lo relaciona-

•• La Iglesia matriz de Piñas se mantuvo con puerta cerrada este fin de semana.

do a la presencia de los feligreses pero las misas se cumplirán con las restricciones que existen y solo las podrán escuchar por medio de las radios y posiblemente por las redes sociales. El Padre Manuel hizo un llamado a la población a cumplir con las recomendaciones que dictamina el Decreto Presidencial y quedarse en casa. (I).(FNJJ)

Portovelo. Con las lluvias caídas en estos días, la vía de Ambocas, El Cisne, empieza a tener problemas, por la caída de pequeños derrumbes que tornan resbalosa esta carretera, al igual de la vía que traslada a la parroquia Salvias del cantón Zaruma La madrugada del jueves 12 de marzo, pasando por Ambocas, vía a El Cisne, dos vehículos resbalaron y cayeron a la cuneta, los cuales se cruzaron y obstaculizaron el paso por algunas horas formándose una larga cola de espera en los dos extremos, hasta que llegó una máquina y ayudó a sacar los carros. Este tramo de la vía se encontraba intransitable pero más tarde fue mejorado. Asimismo en un tramo de la vía de ingreso a la parroquia Salvias del can-

•• Camión que se cruzó en la vía Ambocas-El Cisne.

tón Zaruma, también hubo algunos deslizamientos por lo que una máquina del GAD parroquial de Salvias intervino para desalojar pequeños derrumbes y mejorar el paso. En todo caso cuando las lluvias son fuertes, las autoridades de estos lugares recomiendan no viajar por la ruta Portovelo, Salatí, Ambocas, El Cisne, y si lo hace tener mucha precaución. (I). (FNJJ).


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Varios

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¿Cómo disminuir el pánico en situaciones de crisis? La presencia del Covid-19 en Ecuador ha generado alarma. Consultar fuentes de información oficial y no difundir noticias que generan miedo son algunas recomendaciones para afrontar la emergencia sanitaria. La emergencia sanitaria decretada en Ecuador debido a la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19) ha provocado pánico colectivo, el cual es causado por desconocimiento y viralización de noticias falsas, entre otras. Ante ello, Byron Bustamante, docente de la carrera de Psicología de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL), y Xavier Astudillo, médico y docente de la UTPL, proporcionan algunos consejos para contrarrestar este temor social. Recomendaciones desde la psicología En primer lugar, Byron Bustamente señala que el miedo es una respuesta na-

Judiciales

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite a la accionada KAREN GABRIELA GONZALEZ GRANDA, a quien se ordena citarla a través de uno de los medios de comunicación, esto es, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Sr. JENRY DESIDERIO MERINO ZUMBA. DEMANDADOS: Sra. KAREN GABRIELA GONZALEZ GRANDA OBJETO DE LA DEMANDA: REGIMEN DE VISITAS TRAMITE: SUMARIO CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2019-02496 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA...” Loja, viernes 2 de agosto del 2019, las 12h13, VISTOS: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia AVOCO conocimiento de la demanda de FIJACION DE REGIMEN DE VISITAS que antecede presentada por el Señor JENRY DESIDERIO MERINO ZUMBA, en contra de la señora KAREN GABRIELA GONZALEZ GRANDA, por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.3 y 333 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, se dispone: UNO: Cítese a la accionada KAREN GABRIELA GONZALEZ GRANDA, con el contenido de la demanda, documentos adjuntos y este auto inicial, en el lugar indicado en la demanda, imagen y croquis que se adjunta; diligencia que la cumplirá la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Se advierte a la demandada la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: Tómese en consideración los medios de prueba que anuncia el actor. En cuenta su prueba documental. Finalmente de conformidad a lo dispuesto en el Art.

tural del ser humano y que ayuda a tomar precauciones para la supervivencia; sin embargo, asegura que este temor producido por la propagación del COVID-19 no debe convertirse en pánico ni se debe sobredimensionar las situaciones que llevan a actuar de forma instintiva, por ejemplo, para comprar mascarillas, desinfectantes y alimentos en exceso. El experto recomienda actuar con calma y objetividad, considerando que la actitud de alarma altera a las personas que nos rodean. Ante la situación aconseja alejarse de las fuentes de estrés, ya sea redes sociales, personas o medios de comunicación, e identificar en el lugar de trabajo y en el hogar a una persona objetiva que actúe con serenidad y reduzca el impacto negativo que pueden generar las personas que atraviesan ansiedad por las noticias sobre este

coronavirus. Debido a la gran cantidad de información que circula en redes sociales y que genera incertidumbre en las personas acerca de las fuentes de contagio, recomienda identificar los canales oficiales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Ministerio de Salud Pública del Ecuador, con el fin de evitar consumir información falsa o no contrastada que provoque alarma en la sociedad.

260 del Código de la Niñez y Adolescencia, se dispone la intervención de la oficina técnica de la Unidad Judicial a fin de que informen en torno al caso desde las distintas áreas; informe que será presentado dentro del término de ocho días; término que empezará a decurrir cuando se notifique, debiendo cumplirse cuando se haya practicado con la citación a la demandada. Los integrantes están obligados a sustentar el informe en la audiencia única.- Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se los pone a la vista de la parte accionada y cuya admisibilidad se resolverá en la audiencia única. TRES: Agréguese a los autos los documentos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por el actor y la autorización que le confiere a su defensora técnica. Finalmente actúe en calidad de Secretario encargado del despacho el Abogado Alberto Yaguana Soto. Hágase saber. OTRA PROVIDENCIA.- Loja, viernes 21 de febrero del 2020, las 16h42, Incorpórese al proceso, el acta conferida por la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Riobamba, provincia de Chimborazo; donde consta que ha rendido juramento el accionante JENRY DESIDERIO MERINO ZUMBA; de conformidad a lo que determina el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos de desconocer el domicilio de la demandada KAREN GABRIELA GONZALEZ GRANDA. En atención a lo solicitado en el memorial de fs. 59 y en virtud de que el accionante, Sr. JENRY DESIDERIO MERINO ZUMBA, ha declarado bajo juramento (acta de fs. 63) que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada, Sra. KAREN GABRIELA GONZALEZ GRANDA, así como de haberse efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a la prenombrada; en consecuencia, a efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto en el auto de calificación de fecha 2 de agosto del 2019 (fs. 7), cítese a la Sra. Karen Gabriela González Granda por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, debiéndose conferir para lo cual el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.-..”. Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 28 de febrero del 2020.

CAJAS, DIOCELINA ALVAREZ MATAILO, ANUEL Y LUIS EDUARDO INGA ALVAREZ, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: CASTILLO PONCE NARCISA DE JESUS DEMANDADO: LUIS Y MACRINA INGA ALVAREZ, ROSA MATILDE MEDINAY HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES APOLINARIO INGA CAJAS Y DIOCELINA ALVAREZ MATAILO, ASI COMO A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MANUEL Y LUIS EDUARDO INGA ALVAREZ (HIJOS FALLECIDOS DE LOS CAUSANTES), OBJETO DEMANDA: INVENTARIOS DE BIENES SUCESORIOS TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTÍA: INDETERMINADA NRO. DE JUICIO: 11203-2020-00479 JUEZ : DR. NORMAN PARDO TORRES AUTO: El señor Juez de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, Dr. Norman Pardo Torres, mediante auto de fecha 2 de marzo del 2020, ordena lo siguiente: %..)Juez, Norman J. Pardo Torres, una vez que ha sido completada la solicitud de inventario presentada por Narcisa de Jesús Castillo Ponce, respecto de los bienes dejados por los causantes Apolinario Inga Cajas y Diocelina Alvarez Matailo la califico de completa de sus requisitos de forma que exige el Art. 142 del COGEP; por lo que se dispone su tramitación en procedimiento voluntario previsto en el Art. 335 ibídem, disponiendo la práctica de los siguientes diligenciamientos: 1.-CITACION.- Cítese a los herederos conocidos Luis y Macrina Inga Alvarez, así como a Rosa Matilde Medina en el domicilio que se indica en la demanda para lo cual se remitirá el proceso a la oficina de citaciones. Previamente se obtendrán copias necesarias. Cítese además a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes Apolinario Inga Cajas y Diocelina Alvarez Matailo, asi como a los herederos presuntos y desconocidos de Manuel y Luis Eduardo Inga Alvarez (hijos fallecidos de los causantes), mediante tres publicaciones por la prensa local. El señor Secretario conferirá un solo extracto de demanda y auto de calificación, para la citación de todos los herederos presuntos y desconocidos, esto de conformidad al Art. 56 del COGEP; 2.- INVENTARIO: Procédase al avalúo y alistamiento de los bienes mencionados en la demanda.- Para el efecto oportunamente se procederá a la designación de perito judicial debidamente acreditado.- El informe se pondrá en conocimiento de las partes y concomitantemente se convocará a la audiencia respectiva; 3.- ANUNCIO DE PRUEBA APAREJADA A LA DEMANDA: a.- Téngase en cuenta el anuncio de la prueba documental adjunta a la demanda; la pericial que se anuncia, para que sea presentada legalmente en el día de la audiencia; 4.- DOMICILIO JUDICIAL.- Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado y la autorización que mediante procuraduría judicial la solicitante concede a su abogado defensor, con quien se contará en la posterior tramitación de la causa.(...)”.- Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general para los fines correspondientes. Loja, 09 de marzo del 2020

Dr. Nivardo Manuel Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3507 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL CITO, con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales de las mismas que recaídos en el juicio INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS Nro. 11203-2020-00479, a los herederos presuntos y desconocidos de la causante APOLINARIO INGA

Recomendaciones médicas Por su parte, Xavier Astudillo brinda algunas recomendaciones para evitar el contagio, considerando que el COVID-19 se transmite de persona a persona, a través de las secreciones que emitimos al toser o estornudar y que pudieran estar contaminadas con el virus. Su consejo es la limpieza constante de las manos

•• Lavarse las manos con abundante jabón es una de las recomendaciones de los médicos.

con jabón o soluciones con base de alcohol para evitar la cadena de contagio. También sostiene que es esencial evitar sitios en donde exista aglomeración de personas y mantener una distancia de al menos un metro de distancia entre personas. Si alguien presenta síntomas de gripe debe usar mascarilla y no acudir a sitios de concurrencia masiva para evitar la propagación del virus. Astudillo señala que se debe mantener una limpieza constante en los artículos de oficina que se emplean a diario, como: teclados, pantallas, celulares, utensilios de aseo personal, Dr. José Vladimir Simancas Merino SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3527 EXTRACTO POR LA PRENSA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Sumario, en contra de la señora: PAULINA DEL ROSIO HIDALGO MAZA, en su calidad de Gerente General de la Distribuidora Fortuna Hidalforplast Cia. Ltda., cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADOS: PAULINA DEL ROSIO HIDALGO MAZA, en su calidad de Gerente General de la Distribuidora Fortuna Hidalforplast Cia. Ltda. OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: $4844,02 JUICIO: Nro. 11333-2019-02632 JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Loja, martes 10 de septiembre del 2019, las 15h57, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja, mediante Resolución No.004-2016, de fecha 4 de Enero del 2016. En lo principal, se considera, PRIMERO: CALIFICACION DE LA DEMANDA.La demanda presentada por el Abg. GUSTAVO JAVIER GUERRON ERAS, PROCURADOR JUDICIAL DE PROCESOS, en representación de la Dra. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL, del Ing. LEONARDO GUILLERMO BURNEO MULLER, en contra de PAULINA DEL ROSIO HIDALGO MAZA, en su calidad de GERENTE GENERAL de la DISTRIBUIDORA FORTUNA HIDALFORPLAST CIA. LTDA., cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento SUMARIO. SEGUNDO: En consecuencia, cítese a la demandada PAULINA DEL ROSIO HIDALGO MAZA, en su calidad de GERENTE GENERAL de la DISTRIBUIDORA FORTUNA HIDALFORPLAST CIA. LTDA., y se le concede a dicha demandada el término de (15) días, para que conteste la demanda de conformidad a lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos COGEP. TERCERO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda. Y, CUARTO: Agréguese los documentos presentados. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado y la autorización que le concede al abogado defensor. Pasen los autos a la oficina de citaciones. Con el fin de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora, facilite las copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia. Se llama a intervenir al Dr. Yandrhy Chavez Córdova, Secretario Subrogante, mediante acción de personal

entre otros, y evitar compartirlos con otras personas. Destaca que no se debe usar cloro en el aseo personal, ya que esto produce afectaciones a la piel. Finalmente, el profesional médico hace un llamado a las personas para que actúen con solidaridad, especialmente con los adultos mayores que componen el grupo más vulnerable ante el nuevo coronavirus (Covid-19). Para ello, solicita evitar el pánico, con el fin de que los adultos mayores no caigan en situaciones de estrés que los conviertan en personas aún más sensibles ante enfermedades. (I). Nro. 2101-DP11-2019-FA., de fecha 23 de Agosto de 2019.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, viernes 3 de enero del 2020, las 15h21, VISTOS: Agréguese a los autos el documento adjunto al escrito que se despacha.- En lo Principal.- Previo a continuar con el trámite del proceso, se dispone que el peticionario de cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, para los fines legales pertinentes.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, a los veinte y siete días del mes de febrero del dos mil veinte, a las 12h00.- Comparece ante el señor Dr. Luis Alfredo Figueroa Simancas, Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja y el señor Secretario Dr. Yandrhy Chávez Córdova, el señor AB. GUSTAVO JAVIER GUERRON ERAS, en calidad de Procurador Judicial de Procesos, en representación de la DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, en su calidad de Procuradora Judicial del ING. LEONARDO GUILLERMO BURNEO MULLER del Banco de Loja S.A., con cédula Nro. 1002569760 con la finalidad de rendir el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la demandada, señora: PAULINA DEL ROSIO HIDALGO MAZA, en su calidad de Gerente General de la Distribuidora Fortuna Hidalforplast Cia. Ltda., conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. El señor Juez le ha recibido el juramento legal, a lo que, con el juramento que tiene rendido manifiesta: Que pese a las averiguaciones que ha realizado le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de la demandada, señora: PAULINA DEL ROSIO HIDALGO MAZA, en su calidad de Gerente General de la Distribuidora Fortuna Hidalforplast Cia. Ltda., en el país y en el extranjero y que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlos en los registros públicos.- Leída el acta se ratifica en lo expuesto y para constancia suscribe la misma con el señor Juez y secretario encargado que da fe y certifica.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, martes 3 de marzo del 2020, las 16h39, VISTOS: En lo principal, toda vez que el AB. GUSTAVO JAVIER GUERRÓN ERAS, en calidad de Procurador Judicial de Procesos, en representación de la DRA. DORIS ALEXANDRA RUIZ ROA, en su calidad de Procuradora Judicial del ING. LEONARDO GUILLERMO BURNEO MULLER del Banco de Loja S.A., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la demandada, señora: PAULINA DEL ROSIO HIDALGO MAZA, en su calidad de Gerente General de la Distribuidora Fortuna Hidalforplast Cia. Ltda., se dispone citarla por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase Saber.- Dr. LUIS FIGUEROA SIMANCAS, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.- Loja, 09 de marzo del 2020. Dr. Yandrhy Chávez Córdova SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/3519


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LUNES 16 DE MARZO DE 2020

Judiciales

UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido del ESCRITO de demanda, su auto inicial de aceptación a trámite y más constancias procesales emitidas en el presente caso a los demandados señores: PULLAPAXI CHICAIZA MARCO RUBEN y ROBLES JARAMILLO LIDA GUILLERMINA, cuyo extracto de demanda es como sigue: ACCIONANTE: BANCO DE LOJA S. A. Demandados: PULLAPAXI CHICAIZA MARCO RUBEN y ROBLES JARAMILLO LIDA GUILLERMINA Objeto demanda: EJECUTIVO/COBRO DE DINERO Cuantía: USD. 3.000,00 Juicio Nro. 11333-2016-02709 Juez: Dr. GONZALO I. AGUIRRE VALDIVIESO Secretaria: LUZ MARIA LEDESMA RODRIGUEZ AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA.- El Dr. Gonzalo Aguirre Valdivieso, mediante auto inicial de fecha: 04 de Julio del año 2016, las 10h54, una vez que se ha cumplido con el decreto de sustanciación inmediatamente anterior, califica de clara y completa la demanda deducida por la Doctora Doris Alexandra Ruiz Roa, ésta en su calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE LOJA S. A., contra los señores: PINCAY PUA ALFREDO JAVIER, como deudor principal. Y, de PULLAPAXI MARCO RUBEN, y, ROBLES JARAMILLO LIDA GUILLERMINA, como deudores solidarios. La acepta al trámite ejecutivo que le corresponde. En consecuencia, dispone que los demandados, en el término de tres días cumplan con la obligación o deduzcan las excepciones de que se creyesen asistidos, bajo apercibimiento de sentencia.- Ordena agregar a los autos los documentos aparejados. Se Tenga en cuenta la cuantía, casilla judicial y correo electrónico señalados. Manda Citar a los demandados en el lugar señalado en la demanda, mediante deprecatorio que será enviado al Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Catamayo.- Notifíquese.- NUEVO AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- Con auto de fecha: 13 de febrero del 2020, las 15h33, una vez que la compareciente y accionante Doctora Doris Alexandra Ruiz Roa, en calidad de Procuradora Judicial del Banco de Loja S.A., ha prestado juramento expreso con fecha 24 de enero del 2020, a las 10h30, con el cual manifiesta: “Declaro bajo juramento que personalmente he realizado las investigaciones o averiguaciones en orden a establecer la individualidad el domicilio o residencia de los demandados ciudadanos: Marco Rubén Pullapaxi Chicaiza, portador de la cedula de ciudadanía Nro. 1802634434 y Lida Guillermina Robles Jaramillo, portadora de la cedula de ciudadanía Nro. 1803665858; y, pese a las múltiples diligencias y averiguaciones que he realizado, como acudir a los registros de público acceso, me ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia actual de los prenombrados demandados”. Se dispone la citación de los demandados ciudadanos: Marco Rubén Pullapaxi Chicaiza, portador de la cedula de ciudadanía Nro. 1802634434 y Lida Guillermina Robles Jaramillo, portadora de la cedula de ciudadanía Nro. 1803665858, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto, por intermedio de secretaría confiérase el respectivo extracto.- Notifíquese.- OTRO AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- Con auto de fecha: 26 de febrero del año 2020, las 09h20, y atendiendo el escrito presentado por la parte accionante, el Juez de la causa, ordena la citación por la prensa local a los demandados señores: Pullapaxi Chicaiza Marco Rubén, portador de la cedula de ciudadanía Nro. 1802634434 y Robles Jaramillo Lida Guillermina, portadora de la cedula de ciudadanía Nro. 1803665858, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; y, conforme lo ordenado en el auto de sustanciación de fecha jueves 13 de febrero del 2020, a las 15h33 (fjs.131). Debiendo para tal efecto la señora Secretaria conferir suficiente extracto para su debida publicación. - Notifíquese.- f). Ilegible. Dr. Gonzalo Aguirre V. Juez de la Unidad Judicial Civil y Mercantil del Cantón Loja.- Particular que me permito poner en conocimiento del público en general, para los fines legales consiguientes. Loja, a 03 de marzo del año 2020. Dra. LUZ MARIA LEDESMA RODRIGUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA meag P/3505 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MARÍA ROSA LOPEZ QUINCHE y JOSE MANUEL LOPEZ CONTENTO, que en extracto es como sigue: ACTOR: LOPEZ LOPEZ MARIA DE JESUS Y OTROS. DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante MARÍA ROSA LOPEZ QUINCHE y JOSE MANUEL LOPEZ CONTENTO. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-00402 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. “…Loja, viernes 14 de febrero del 2020, las 12h47, VISTOS: Una vez cumplida la providencia anterior, agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal, la solicitud de inventario presentada por las señoras: MARÍA DE JESÚS LÓPEZ LÓPEZ y MARÍA ANGELITA LÓPEZ LÓPEZ, la misma es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la solicitud y se admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP, por lo que se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Por el fallecimiento de los señores: MARÍA ROSA LÓPEZ QUINCHE y JOSÉ MANUEL LOPEZ CONTENTO, conforme consta de las partidas de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de sus bienes sucesorios, de conformidad con lo dis-

puesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito que será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. SEGUNDO.- Cuéntese en éste proceso con los siguientes: 2.1. Con las comparecientes MARÍA DE JESÚS LÓPEZ LÓPEZ y MARÍA ANGELITA LÓPEZ LÓPEZ en calidad de hijas y por lo tanto herederas de los causantes. 2.2. Cítese al heredero conocido de los causantes señor: MANUEL DE JESÚS LÓPEZ LÓPEZ, en su domicilio civil ubicado en el barrio Zalapa, parroquia El Valle de esta ciudad de Loja, según lo señalan las peticionarias. 2.3.- Además cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MARÍA ROSA LÓPEZ QUINCHE y JOSÉ MANUEL LOPEZ CONTENTO, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Para la citación al heredero conocido se dispone se remita los autos al analista 2 de citaciones del distrito judicial, a fin de que proceda a la citación correspondiente percatándose de que la citación se realice en el domicilio del accionado mediante una de las formas previstas en la ley, a la vez que informará al citado y en general para los herederos desconocidos o presuntos, la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. CUARTO.Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que los comparecientes le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de las actoras y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la señora María de Jesús López López, con quien se contará en el proceso. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFIQUESE.-…”.-Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA. NOTIFÍQUESE.Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 02 de marzo del 2020. Dr. Manuel Lozada Ramirez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3506 REPÚBLICA DEL ECUADOR SECRETARIA DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRAFICA SANTIAGO CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ZONAL DE LOJA CITESE A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS DE LA VERTIENTE SIN NOMBRE UBICADA EN EL SECTOR EL CAPULI, PARROQUIA SAN SEBASTIAN, CANTÓN Y PROVINCIA DE LOJA. PROCESO Nro. 6589-2020-A. EXTRACTO: PETICIONARIO: Carlos Fabián Sánchez Pacheco OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de aprovechamiento productivo de las aguas de la vertiente Sin Nombre, ubicada en la parroquia San Sebastián, cantón y provincia de Loja, para destinarlas exclusivamente a actividades de lavadora de vehículos. PROVIDENCIA: SECRETARIA DEL AGUA. - SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE SANTIAGO. -CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. - ZONAL LOJA DE LA SENAGUA. Loja seis de marzo del año dos mil veinte, a las 15H00. VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo, en mi calidad de encargada del rol de Responsable Técnica del Centro de Atención al Ciudadano Zonal Loja, en virtud a disposición dada en Memorando Nro. SENAGUA-CDHS. 192017-1157-M, de fecha uno de septiembre de dos mil diecisiete, emitida por la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica Santiago de la SENAGUA, en ejercicio de las resoluciones: No. 001-DF-DHSSENAGUA-2014 de fecha 07 de abril del 2014 y No. 001-DHS-SENAGUA-2016 de fecha 06 de junio del 2016, que contiene la Delegación de Funciones a Responsables Técnicos de los Centros de Atención al Ciudadano, y al amparo de lo que establece la reforma y nueva codificación al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la SENAGUA, expedido mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2014-910, de fecha 17 de abril del 2014 y publicado en el Registro Oficial No. 154 del 28 de julio del 2014. La solicitud de autorización de aprovechamiento productivo de las aguas de la vertiente “Sin Nombre”, ubicada en la parroquia San Sebastián, cantón y provincia de Loja, presentada por el señor Carlos Fabián Sánchez Pacheco, para actividades de lavadora de vehículos, se la acepta a trámite de conformidad a lo dispuesto en los artículos: 87 numeral 2, 98 y 125 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos de Agua; Arts. 72 y 107 de su Reglamento de Aplicación; y, numeral 6.1.1.2. del Manual de Procedimiento para la Solicitud de Autorización del Uso y Aprovechamiento del Agua y demás Actos Administrativos afines, emitido por la Secretaría del Agua, mediante Acuerdo Nro. 20161307 de fecha 29 de abril del 2016; disponiéndose se cumplan con las siguientes diligencias: 1.- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Loja, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y acto de calificación, por tres publicaciones consecutivas, de conformidad a lo establecido en el numeral 3 literal b) del Art. 107 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos de Agua. 2.-Fíjense carteles en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia San Sebastián del cantón y provincia de Loja, por el plazo de diez días, a fin de que los usuarios interesados en la utilización de las aguas puedan presentar su oposición, peticiones, adhesión o proyecto alternativo, en función del derecho a la defensa y el principio de publicidad como elementos integradores del debido proceso, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua y 107 de su Reglamento de Aplicación. 3.- Cítese con el contenido de la petición y auto de calificación a trámite a los señores: Pió Oswaldo Cueva, Marcelo Zapata, Victoria Díaz Viñan, Herminia Agripina Alvarado, Dolores Songor, Guido Ortiz y Luz Mariela Lozano, en el lugar señalado para el efecto. 4.- La diligencia de citación y fijación de carteles en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia San Sebastián, realizará la secretaria Ad-Hoc de

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este Despacho. 5.- Notifíquese con el extracto de la solicitud y acto de calificación a trámite, en dos fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Loja, a la señora María Luisa Viñan Delgado, por desconocimiento de su domicilio o residencia actual, conforme lo establece el Art. 168 del Código Orgánico Administrativo COA. 6.- Agréguese al presente trámite: copia de documentos personales del peticionario, copia de informe de inspección previa, contrato de arriendo, copia del certificado de viabilidad de uso de suelo emitido por el Municipio de Loja, memoria técnica y Croquis. 7.- Evacuadas las diligencias dispuestas en el numeral anterior, el Centro de Atención al Ciudadano Zonal de Loja, señalará día y hora, y designará a un técnico para que cumpla con la diligencia de inspección, el cual emitirá su informe en el plazo de ocho días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 107, numerales 6 y 7 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua. 8.-Tómese en cuenta la autorización conferida al Dr. Eber José Iñiguez Moreno; así como, la casilla judicial y dirección electrónica señalada para futuras notificaciones. Actúe en el presente trámite en calidad de Secretaria Ad-Hoc, la Dra. Sarith Guamán, Abogada del Centro de Atención al Ciudadano Zonal de Loja, profesional que se encargará de notificar con el contenido del acto de trámite que antecede a la parte peticionaria. - NOTIFIQUESE...F) Dra. Mgs. Ruth Fernández Ordóñez, Responsable Técnica encargada del Centro de Atención al Ciudadano de Loja. Particular que pongo a Conocimiento del público en general para los fines de ley consiguientes, previniéndoles a quienes interese, la obligación que tienen de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal del Centro de Atención al Ciudadano de Loja de la Demarcación Hidrográfica Santiago. Loja marzo 09, 2020 Dra. Sarith Guamán Pacheco Secretaria Ad-Hoc

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UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO, con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias que anteceden a los demandados: ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO Y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S. A DEMANDADOS: ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO Y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO. JUICIO EJECUTIVO NRO. 11333-2020-00142 CUANTIA: $ 6.800,00 JUEZ: Dra. Sarita Azucena Ochoa Tamay AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, lunes 27 de enero del 2020, las 11h41, VISTOS: Cumplido lo dispuesto en decreto anterior, la demanda que antecede incoada por el BANCO DE LOJA S.A., representado por el Procurador Judicial doctor Carlos Vinicio Campoverde Gonzaga, conforme lo justifica con los documentos adjuntos, en contra de los señores ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO, cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 de la ley ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se dispone la citación de los demandados en el domicilio señalado, a través de la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones.- En aplicación de lo previsto en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 de la ley ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Téngase en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados así como la comparecencia del Procurador Judicial de la entidad accionante, quien ejercerá la defensa técnica.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL. OTRA PROVIDENCIA.- Loja, jueves 27 de febrero del 2020, las 15h57, Toda vez que el Dr. Carlos Campoverde Gonzaga, en calidad de Procurador Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., ha declarado bajo juramento haber efectuado todas las diligencias necesarias, como acudir a los registros de público acceso, así como haber declarado la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de los demandados: ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO: 1) CITAR por la prensa a los señores: ENRIQUE MANUEL CRISOSTOMO SOTO y FRANCO VITELIO CANGO MATAILO conforme a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Para el cumplimiento de lo dispuesto, confiérase a través del actuario del despacho el extracto respectivo.- Hágase Saber.- F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL. Particular que se pone en conocimiento para los fines legales consiguientes. LOJA 05 de marzo del 2020 Dra. Nuvia Apolo Pinza SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA P/3528 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÒN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.- CITO: A los herederos desconocidos y presuntos de los causantes señores: ROSARIO SALAZAR Y MELQUICIDE REINOSO ORTEGA, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: CHRISTIAN FABIÁN REINOSO SALAZAR. DEMANDADOS: Los herederos desconocidos, presuntos y demás interesados de los causantes señores: ROSARIO SALAZAR Y MELQUICIDE REINOSO ORTEGA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRÀMITE: Voluntario. JUICIO Nro. 11331-2019-00785. CUANTÌA: Indeterminada. JUEZ: Dr. Max Tandazo Encalada. AUTO DE ACEPTACIÒN.- VISTOS.- Avoco conocimiento del presente proceso en calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Catamayo, Provincia de Loja, en virtud del sorteo electrónico de las causas que pertenecía al despacho del Dr. Ángel José Briceño Castillo.- En lo principal, y una vez que se ha dado cumplimiento

a lo dispuesto en providencia anterior, se califica de clara y completa la solicitud de Inventario de Bienes Hereditarios, presentada por el señor CHRISTIAN FABIÁN REINOSO SALAZAR, por cumplir con los requisitos formales aplicables al presente caso, previstos en el Código Orgánico General de Procesos (En adelante COGEP), disponiéndose tramitarla por el procedimiento voluntario, sin perjuicio, que pueda ocurrir lo previsto en el Art. 346 íbidem.- En lo principal y por el fallecimiento de los señores ROSARIO SALAZAR Y MELQUICIDE REINOSO ORTEGA, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de sus respectivos fallecimientos, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes, con la intervención de un perito, debiéndose tener en cuenta la persona designada por el compareciente. En el proceso se contará con las personas siguientes: 1) Con el solicitante, en calidad de Heredero; 2) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se lo citará en la ciudad de Loja, cantón del mismo nombre, en la dirección que se indica, mediante deprecatorio electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja; 3) Con los herederos presuntos y desconocidos de los causantes Rosario Salazar y Melquicide Reinoso Ortega, a quienes se los citará por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la capital provincial de Loja en razón que en este cantón no existe, que contendrán un extracto de la demanda y providencias respectivas, puesto que a criterio del suscrito Juzgador este es el principal medio de comunicación del lugar, debiendo la Actuaria elaborar el extracto respectivo. - A todos los citados, se les prevendrá además, la obligación que tiene de señalar correo electrónico y domicilio judicial en esta ciudad para posteriores notificaciones. Téngase en cuenta el anuncio de prueba, la cuantía, el casillero judicial, el correo electrónico; y la autorización conferida a su defensa técnica.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.- Intervenga el Abg. Wilmer Fernando Motoche Riofrío, en calidad de Secretario de esta Judicatura, por designación de la señora Directora Provincial del Consejo de la Judicatura de Loja- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) Tandazo M, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Catamayo. Particular que pongo en conocimiento del demandado para los fines de Ley. Catamayo, a veintiocho de febrero del 2020.Ab. Fernando Motoche Riofrío. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO P/3502 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a ANTONHY DANIEL y BRAYAN ALEJANDRO PINEDA TAPIA, que en extracto es como sigue: ACTOR: Marco Antonio Pineda Torres. DEMANDADOS: ANTONHY DANIEL y BRAYAN ALEJANDRO PINEDA TAPIA. OBJETO: Extinción de la Pensión Alimenticia. JUICIO Nro.: 11203-2014-7164 JUEZ: Dr. David Astudillo Celi AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, viernes 6 de marzo del 2020, las 14h26, VISTOS: Continuando con el trámite correspondiente, se dispone lo siguiente: 1) Con fundamento en el pronunciamiento mediante, resolución con fuerza de Ley de la Corte Nacional de Justicia No. 03-2018, del catorce de marzo de dos mil dieciocho, a la consulta “Procedimiento para la extinción del derecho de alimentos”, se ha dicho: “El procedimiento adecuado para extinguir los alimentos en caso de caducidad por cumplir la o el alimentario la mayoría de edad o los 21 años si ha estado cursando estudios, es una petición ante el mismo Juez, quien se pronunciará luego de escuchar a la otra parte, sin ningún otro trámite”, se dispone que con la petición de extinción de alimentos (fs. 270), propuesta por el señor MARCO ANTONIO PINEDA TORRES, córrase traslado con su contenido a la derecho habiente ANTONHY DANIEL y BRAYAN ALEJANDRO PINEDA TAPIA, a fin de ser escuchada, dentro del término de CINCO DIAS, que correrán a partir de la fecha de CITACIÓN, diligencia que se realizará, por la prensa en cumplimiento lo que dispone el Art. 56 del COGEP; al efecto, confiérase por Secretaria el extracto correspondiente, (En base a las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP-2018-0289- MC, TR:CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018, en cual en la parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar tres (3) ejemplares de la demanda por cada persona demandada”; se dispone que la parte interesada, preste las facilidades a fin de que se obtengan las copias necesarias, a fin de que se proceda a dar cumplimiento a dicha solemnidad).Los derecho habientes, de considerarlo pertinente, deberá justificar documentadamente estar inmersa en la excepciones del Art. 4 innumerado del CNA.HAGASE SABER.- ” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.- Loja, 09 de Marzo del 2020. Dra. Carmen Luisa Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/3498 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMÁ. CITACIÓN JUDICIAL. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante ANA SOTO PINTA, cuyo extracto es como sigue: JUICIO Nº 00055-2020. ACTOR: SEGUNDO GABRIEL CANGO SOTO, CARMITA VIRGINIA CANGO SOTO y ROSA SABINA CANGO SOTO DEMANDADOS: Bienes de la causante ANA SOTO PINTA OBJETO: INVENTARIO de los bienes de la causante ANA SOTO PINTA TRAMITE: VOLUNTARIO.

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UNIDAD: JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMA. JUEZ: DR. EDGAR FLORES CRIOLLO AUTO: Gonzanama, jueves 5 de marzo del 2020 las 15h01. VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Gonzanamá. En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda presentada por los señores: SEGUNDO GABRIEL CANGO SOTO, CARMITA VIRGINIA CANGO SOTO y ROSA SABINA CANGO SOTO solicitud que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia y por el fallecimiento de quien en vida fuera la señora ANA SOTO PINTA, quien no testara, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes dejados, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los actores anteriormente invocados; b) Con el Procurador Tributario de Rentas Internas de Loja, para la citación al funcionario señalado, se dispone remitir un atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, enviando un despacho en forma y ofreciendo reciprocidad en casos similares, para que se cumpla la citación a dicho funcionario, a quien se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones, deprecatorio que se realizará en el módulo virtual; c).- En virtud de que la parte actora, amparado en lo que dispone el Art. 221 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos ha presentado el Informe Pericial del bien que corresponde a la sucesión, y de conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que una vez de citados los demandados, se dé traslado con el contenido del Inventario realizado, por el término de quince días, el mismo que comenzara a correr automáticamente luego de la última citación realizada, bajo los parámetros y prevenciones de ley. d).- Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibidem; e) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; f).- De conformidad con lo establecido en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone tomar en cuenta la indicación de Procurador Común en la persona del señor SEGUNDO GABRIEL CANGO SOTO; g).- Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, correo electrónico, como la autorización dada a su Abogado Patrocinador, para que asuma la defensa en el presente asunto; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Gonzanamá, 10 de marzo del 2020. Ab. Marlon Francisco Pacheco Herrera SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA (E) P/3496 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON ESPINDOLA CITACION JUDICIAL Def. Ab. Brayan Rene Tinoco Torres. Cito en el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación y demás constancia procesal, a los herederos presuntos y desconocidos los causantes señores: JOSÉ ANTONIO CHAMBA JIMENEZ y CLARA LUZ JIMENEZ SALAZAR. ACTOR: MAXIMILIANO JIMENEZ JIMENEZ. DEMANDADOS: JOSE ANTONIO CHAMBA JIMENEZ, CLARA LUZ JIMENEZ SALAZAR, MANUEL ANTONIO CHAMBA JIMENEZ, JOSE FRANCISCO CHAMBA JIMENEZ, MANOLO CHAMBA JIMENEZ, CARMEN CELIDA CHAMBA JIMENEZ, GLORIA CHAMBA JIMENEZ, ROSA GRACIELA CHAMBA JIMENEZ. HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEÑORES JOSÉ ANTONIO CHAMBA JIMENEZ y CLARA LUZ JIMENEZ SALAZAR. OBJETO DE LA DEMANDA: INSPECCION PREPARATORIA. TRAMITE: Art. 123 COGEP - DILIGENCIAS PREPARATORIAS. CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO Nro. 11310-2019-00091G. JUEZ: Dr. JUAN CARLOS MONTALVÁN SALCEDO. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON ESPINDOLA.- Espíndola, lunes 14 de octubre del 2019, las 09h39, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Espíndola, mediante ACCIÓN DE PERSONAL NRO. 12493-DNTH-SBS, de fecha 27 de noviembre de 2013, suscrito por la Ab. Doris Gallardo Cevallos, Directora General del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, la demanda de diligencia preparatoria que antecede presentada por el señor Maximiliano Jiménez Jiménez, cumple los requisitos legales generales y especiales que son aplicables al caso establecidos en los artículos 120 y 121 del COGEP, por tal motivo se califica la misma y se admite a trámite la diligencia de aceptación o repudio de herencia de los herederos del causante José Alipio Jiménez Chuquimarca; en tal virtud, cítese a los herederos conocidos en el domicilio señalado; y, a los herederos presuntos y desconocidos de conformidad a lo que dispone el artículo 58 del Código Orgánico General de Procesos. OTRA PROVIDENCIA: Espíndola, jueves 26 de diciembre del 2019, las 11h06, En atención al escrito que inmediatamente antecede y de la revisión prolija de la causa, se observa que por un lapsus calami, en el auto de aceptación a trámite se menciona a los herederos presuntos y desconocidos del señor José Alipio Jiménez Chuquimarca, siendo lo correcto, los herederos presuntos y desconocidos de José Antonio Chamba Jiménez y Clara Luz Jiménez Salazar; al efecto, de conformidad al artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida dicho auto en el sentido de que en el mismo se leerá: “herederos de los causantes José Antonio Chamba Jiménez y Clara Luz Jiménez Salazar”, quedando en lo demás el auto inalterable. Particular que pongo en conocimiento para fines de la ley. Amaluza, 27 de Enero del 2020 Dr. César Fernando Enríquez Loaiza. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON ESPINDOLA P/3508


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LUNES 16 DE MARZO DE 2020

Judiciales

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA EXTRACTO DE CITACION Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio ejecutivo a los accionados GABRIEL ALFONSO CASTILLO ARMIJOS y PRISCILA YARITZA DELGADO MALDONADO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADO: GABRIEL ALFONSO CASTILLO ARMIJOS Y PRISCILA YARITZA DELGADO MALDONADO OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. JUICIO NRO. 11333-2020-00186 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $ 20.000,00 JUEZA: DR. FRANCO CARRION PAZ CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA, UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA. Loja, lunes 27 de enero del 2020, las 12h52, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda presentada por el Dr. Carlos Vinicio Campoverde Gonzaga, en su calidad de procuradora judicial de procesos del Banco de Loja S.A, en contra de GABRIEL ALFONSO CASTILLO ARMIJOS y PRISCILA YARITZA DELGADO MALDONADO, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagaré a la orden con tabla de pagos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación a los demandados GABRIEL ALFONSO CASTILLO ARMIJOS y PRISCILA YARITZA DELGADO MALDONADO, en el lugar señalado, para lo cual se dispone remitir el proceso a la Oficina Técnica de Citaciones y Notificaciones. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados GABRIEL ALFONSO CASTILLO ARMIJOS y PRISCILA YARITZA DELGADO MALDONADO propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-OTRO AUTO.- Loja, miércoles 26 de febrero del 2020, las 16h45, Por cuanto se ha manifestado que se desconoce el domicilio de las demandados: GABRIEL ALFONSO CASTILLO ARMIJOS Y PRISCILA YARITZA DELGADO MALDONADO, se dispone citarlos por la prensa conforme a lo dispuesto por el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, concédase el extracto correspondiente.- Hágase saber.-Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley. Loja, 04 de marzo de 2020. Dr. Fabricio Lopez Luzuriaga SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL P/3470 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PALTAS CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de la causante LUZ REGINA SALCEDO CONDE, conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: TAYRON FELIPE TORRES SALCEDO (Procurador Común). DEMANDADO: Herederos presuntos y desconocidos de la causante LUZ REGINA SALCEDO CONDE. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Procedimiento Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11314-2020-00071 JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTÍN. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PALTAS.- “Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por la causante LUZ REGINA SALCEDO CONDE desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos de la causante LUZ REGINA SALCEDO CONDE; conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: TAYRON FELIPE TORRES SALCEDO, ROLANDO ANTONIO TORRES SALCEDO, ALVITA DOLORES TORRES SALCEDO y PAUL DE JESUS TORRES SALCEDO en calidad de hijos de la causante; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el Director del MAGAP en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común el señor TAYRON FELIPE TORRES SALCEDO, La prueba anunciada contenido en el acápite V, de su escrito de demanda, el Perito se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.” Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes.

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Paltas, viernes 28 de febrero del 2020.- Certifico.- EL SECRETARIO ENCARGADO.-

Cooperativa de Transporte

Nambija

Ab. Jhonatan Alfredo Lavanda Martínez. SECRETARIO ( E ) UNIDAD JUDICIAL P/3473 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales al Sr. Wilmer Hernán Jara Sanmartín, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Jenny Elizabeth Villa Tandazo DEMANDADO: Wilmer Hernán Jara Sanmartín OBJETO DE LA DEMANDA: Divorcio contencioso TRAMITE: Sumario CUANTÍA: indeterminada JUICIO NRO: 11203-2020-00388 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN: “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 13 de febrero del 2020, las 15h07, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO formulada por la señora JENNY ELIZABETH VILLA TANDAZO, representado a través de su Procurador Judicial el Abogado Galo Ramiro Sarango Jumbo, conforme lo justifica con la escritura pública que adjunta en contra del señor WILMER HERNÁN JARA SANMARTÍN, por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.4 del Código Orgánico General de Procesos y 118 del Código Civil (sustituido por el num. 5 de la Disposición Reformatoria Quinta del Código s/n, R.O. 506-S, 22-V-2015). En tal virtud se dispone: UNO: Como la parte actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado WILMER HERNÁN JARA SANMARTÍN, se dispone citarlo por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en esta ciudad con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.- Se advierte al accionado la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: Tómese en cuenta todos los medios de prueba que anuncia la actora. Se admitirá y calificará las mismas en la Audiencia respectiva dada la naturaleza del procedimiento y, conforme el Art. 160 del COGEP. Para el efecto se dispone la comparecencia obligatoria de los Señores Jaime Enrique Armijos Armijos y Lucía Elizabeth Gaona Torres, debiendo ser notificados de conformidad a lo dispuesto en el Art. 191 ibídem. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a la vista del accionado. TRES: Al amparo de lo determinado por la Constitución de la República del Ecuador en los Artículos 45, 69 número 1 y 169, aplicando la norma contenida en los Artículos 2, 4, 5, 9, 15, 16 de la Ley Reformatoria al título V Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia; e inciso quinto del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos se fija provisionalmente lo siguiente: 3.1.- Se regula visitas al demandado con respecto a su hijos CRISTOPHER EMANUEL JARA VILLA, DANNA JULIE JARA VILLA Y VALENTINA ELIZABETH JARA VILLA, en un régimen abierto siempre que no afecte la estabilidad física, emocional o psicológica de los citados menores. 3.2.- En lo que tiene que ver a la pensión de alimentos se fija en la cantidad de USD $ 216.92, como pensión mensual provisional que deberá cancelar el accionado, en beneficio de su hijos CRISTOPHER EMANUEL JARA VILLA, DANNA JULIE JARA VILLA Y VALENTINA ELIZABETH JARA VILLA, desde la presentación de la demanda ( 3 de febrero de 2020 fs. 25vlta ), más los beneficios adicionales de Ley, con fundamento en lo dispuesto en los Arts. innumerado 8 y 29 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia. La progenitora (demandante), informe número de cuenta e Institución Financiera (adjunte copia de la cartola o certificado bancario). Hecho la oficina de pagaduría la vincule asignándole el código SUPA. Se debe aclarar que a través de este código el accionado está obligado a cancelar las prestaciones alimenticias. 3.3.- Al adolescente CRISTOPHER EMANUEL JARA VILLA, así como también a las niñas DANNA JULIE JARA VILLA Y VALENTINA ELIZABETH JARA VILLA, en protección de sus derechos se dispone proveerles de un curador ad-litem, por lo tanto respecto al adolescente se dispone su comparecencia obligatoria a la audiencia única para que sea escuchado en torno a la insinuación del curador; diligencia a la cual también concurrirá la pariente o persona (s) a insinuarse. En cuanto a las niñas serán los contendientes en audiencia al amparo del Art. 27 del Código Civil quienes lo insinúen; diligencia a la cual también concurrirá la pariente o persona (s) a insinuarse para la posesión y discernimiento del cargo, esto en aplicación de los principios de simplificación, celeridad y economía procesal, consagrados en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador. En lo demás, en cuenta la cuantía, casillero y direcciones de correo electrónicos señalados por el procurador judicial y la autorización que le confiere a su defensor técnico. Agréguese a los autos la documentación presentada. Finalmente actúe en calidad de Secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAÚL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 28 de febrero del 2020 Dr. Nivardo Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3480 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMÁ. CITACIÓN JUDICIAL. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de

PONE A SU CONSIDERACIÓN LOS SIGUIENTES TURNOS: Amaluza – Quito Cariamanga – Quito Loja – Quito Quito – Loja – Cariamanga – Amaluza

14h00 16h30 19h45 18h45

Loja – Guayaquil Guayaquil – Loja

05h30 00h00

Loja – Machala Machala – Loja

P

Cooperativa de Transportes

UNIÓN YANZATZA RUTAS

00h00 – 03h30 14h30 – 00h30

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Bernardo Valdivieso 10-54 entre Azuay y Miguel Riofrío. Telf.: 072570150. www.radiomatovelle loja.com P/2616/21 los causantes principales JUAN JOSE CEVALLOS GRANDA y MARIA DELMIRA FIERRO GRANDA y de la heredera fallecida DOMITILA CEVALLOS FIERRO, cuyo extracto es como sigue: JUICIO Nº 00047-2020. ACTOR: JUAN MANUEL CEVALLOS FIERRO, MERCEDES MARIA CEVALLOS FIERRO, JOSE MOISES CEVALLOS FIERRO, MARIA AURORA, MARIA FLORINDA CEVALLOS FIERRO, MARIA ADOLFINA CEVALLOS FIERRO, LUZ VICTORIA CEVALLOS FIERRO, MARIA OLIVIA HERRERA CEVALLOS, ALEJANDRO CRUZ HERRERA CEVALLOS, LUIS ALFREDO HERRERA CEVALLOS, LUCRECIA DE JESUS HERRERA CEVALLOS, FRANGIL MARCELO HERRERA CEVALLOS, JUAN BERNARDO HERRERA CEVALLOS, HUMBERTO ORLANDO HERRERA CEVALLOS, MARIA INES HERRERA CEVALLOS, JOSE TELMO HERRERA CEVALLOS y DELIA DEL ROCIO HERRERA CEVALLOS DEMANDADOS: Bienes de los causantes principales JUAN JOSE CEVALLOS GRANDA y MARIA DELMIRA FIERRO GRANDA OBJETO: INVENTARIO de los bienes de los causantes principales JUAN JOSE CEVALLOS GRANDA y MARIA DELMIRA FIERRO GRANDA TRAMITE: VOLUNTARIO. UNIDAD: JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMA. JUEZ: DR. EDGAR FLORES CRIOLLO AUTO: Gonzanamá, viernes 21 de febrero del 2020, las 15h37. Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Gonzanamá. En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda presentada por los señores: JUAN MANUEL CEVALLOS FIERRO, MERCEDES MARIA CEVALLOS FIERRO, JOSE MOISES CEVALLOS FIERRO, MARIA AURORA, MARIA FLORINDA CEVALLOS FIERRO, MARIA ADOLFINA CEVALLOS FIERRO, LUZ VICTORIA CEVALLOS FIERRO, MARIA OLIVIA HERRERA CEVALLOS, ALEJANDRO CRUZ HERRERA CEVALLOS, LUIS ALFREDO HERRERA CEVALLOS, LUCRECIA DE JESUS HERRERA CEVALLOS, FRANGIL MARCELO HERRERA CEVALLOS, JUAN BERNARDO HERRERA CEVALLOS, HUMBERTO ORLANDO HERRERA CEVALLOS, MARIA INES HERRERA CEVALLOS, JOSE TELMO HERRERA CEVALLOS y DELIA DEL ROCIO HERRERA CEVALLOS, solicitud que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de

Procesos (COGEP), se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia y por el fallecimiento de quien en vida fueran los señores JUAN JOSE CEVALLOS GRANDA, MARIA DELMIRA FIERRO GRANDA y DOMITILA CEVALLOS FIERRO, quienes no testarán, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes dejados, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con los actores anteriormente invocados; b) Con el Procurador Tributario de Rentas Internas de Loja, para la citación al funcionario señalado, se dispone remitir un atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, enviando un despacho en forma y ofreciendo reciprocidad en casos similares, para que se cumpla la citación a dicho funcionario, a quien se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones, deprecatorio que se realizará en el módulo virtual; c).- Con los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, del causantes señores JUAN JOSE CEVALLOS GRANDA, MARIA DELMIRA FIERRO GRANDA y de la heredera fallecida DOMITILA CEVALLOS FIERRO, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos; d).- En virtud de que la parte actora, amparado en lo que dispone el Art. 221 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos ha presentado el Informe Pericial del bien que corresponde a la sucesión, y de conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que una vez de citados los demandados, se dé traslado con el contenido del Inventario realizado, por el término de quince días, el mismo que comenzara a correr automáticamente luego de la última citación realizada, bajo los parámetros y prevenciones de ley. e).- El inventario debe realizarse conjuntamente con el perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. f).- Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibidem; g) Se previene al señor perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de

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Los Tigres del comentario y la información Dirección y Conducción: Lcdo. Efrén Orlando Quizhpe P/3222 propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; h).- De conformidad con lo establecido en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone tomar en cuenta la indicación de Procurador Común en la persona del señor HUMBERTO ORLANDO HERRERA CEVALLOS; i).- Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, correo electrónico, como la autorización dada a su Abogado Patrocinador, para que asuma la defensa en el presente asunto; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión.- Intervenga en calidad de Secretario el Ab. Marlon Pacheco, por contrato de servicios ocasionales DP11-UPTH-010-2020.CITESE Y NOTIFIQUESE.- OTRA PROVIDENCIA de fecha Gonzanamá, jueves 5 de marzo del 2020, las 12h40. De oficio, y en virtud de haber existido un lapsus en el auto que antecede, amparado en el Art. 130, numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el mismo en el sentido qué se tome en cuenta la comparecencia de la accionante heredera MARÍA AURORA CEVALLOS FIERRO, que por un error involuntario no se hace constar sus apellidos en el auto de aceptación a trámite, en lo demás el auto queda inalterable. Hágase saber.Gonzanamá, 06 de marzo del 2020. Ab. Marlon Franciso Pacheco Herrera SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA (E) P/3484


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CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos del causante LAURO JUSTO ROA MACANCHI, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Solicitantes ZOILA ESMERALDA DEL CISNE ROA NARVAEZ; KLEVER EGBERTO ROA NARVAEZ; LINCOLN HELIODORO ROA NARVAEZ; WAGNER EDUARDO ROA NARVAEZ Y GUADALUPE DEL CONSUELO ROA NARVAEZ, en calidad de hijos del causante. DEMANDADOS: Herederos desconocidos del causante LAURO JUSTO ROA MACANCHI OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario y avalúo TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-00647 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA...” Loja, miércoles 4 de marzo del 2020, las 09h15, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la solicitud cumple con los requisitos de ley, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del señor LAURO JUSTO ROA MACANCHI, conforme se justifica con el certificado de su defunción ( fs. 14 ), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con los solicitantes ZOILA ESMERALDA DEL CISNE ROA NARVAEZ; KLEVER EGBERTO ROA NARVAEZ; LINCOLN HELIODORO ROA NARVAEZ; WAGNER EDUARDO ROA NARVAEZ Y GUADALUPE DEL CONSUELO ROA NARVAEZ, en calidad de hijos del causante. 1.2.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja; funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP-2018-0289MC, TR:CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018, que en su parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar tres (3) ejemplares de la demanda por cada persona demandada”.- No es necesario contar con los otros funcionarios referidos en la solicitud ni inscribir la demanda en el Registro de la Propiedad, al tratarse de un inventario de bienes. 1.3.- Con los herederos desconocidos del causante LAURO JUSTO ROA MACANCHI, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta todos los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada ,y, en lo demás, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correo electrónicos señalados y la autorización que le conceden a su defensora técnica. No obstante, conforme lo dispone el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que en el término de tres días los solicitantes constituyan un procurador/a común. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber.-.......….”. Firma Ilegible.DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 5 de marzo de 2020. Dr. Nivardo Manuel Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3487

CITACIÓN JUDICIAL CITO, con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales de las mismas que recaídos en el juicio de inventario de bienes sucesorios Nro. 112032020-00732, a los herederos desconocidos de los causantes SEGUNDO JAIME SISALIMA BRAVO y EUFEMIA RAQUEL ANGAMARCA SALINAS, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: SISALIMA ANGAMARCA ESTALIN; SISALIMA ANGAMARCA TERESA MARICELA; MIREY DEL PILAR SISALIMA ANGAMARCA; SISALIMA ANGAMARCA FRANKLIN OSWALDO; SISALIMA ANGAMARCA HECTOR OTALIO; NARCISA DE JESÚS SISALIMA ANGAMARCA; y SISALIMA ANGAMARCA SEGUNDO JAIME DEMANDADO: herederos desconocidos de los causantes SEGUNDO JAIME SISALIMA BRAVO y EUFEMIA RAQUEL ANGAMARCA SALINAS OBJETO DEMANDA: JUICIO DE INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRAMITE: VOLUNTARIO NRO. DE JUICIO: 11203-2020-00732 JUEZ: DR. LUIS ERASMO SAMANIEGO MUÑOZ Loja, jueves 5 de marzo del 2020, las 14h09, VISTOS.- Dr. Luis Erasmo Samaniego Muñoz, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, y conforme el Art. 172 de la Constitución de la República del Ecuador, en relación con el Art. 160, numeral 1, y Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento del presente proceso.- Se llama a intervenir a la Dra. Verónica Carrión, en calidad de secretaria asignada a esta Unidad Judicial.- EN LO PRINCIPAL.- La demanda de Inventarios y Avalúo de Bienes Sucesorios propuesta por SISALIMA ANGAMARCA ESTALIN; SISALIMA ANGAMARCA TERESA MARICELA; MIREY DEL PILAR SISALIMA ANGAMARCA; SISALIMA ANGAMARCA FRANKLIN OSWALDO; SISALIMA ANGAMARCA HECTOR OTALIO; NARCISA DE JESÚS SISALIMA ANGAMARCA; y SISALIMA ANGAMARCA SEGUNDO JAIME, por cumplir con los requisitos legales mínimos previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), se la acepta al procedimiento VOLUNTARIO que le corresponde y conforme lo señala el Art.334.4 del COGEP.- Por lo que se dispone: 1.- Por el fallecimiento de los causantes SEGUNDO JAIME SISALIMA BRAVO y EUFEMIA RAQUEL ANGAMARCA SALINAS conforme consta de las partidas de defunción que se adjuntan, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todas las partes, el juzgador designará perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados y, señalará el día y la hora para tal diligencia.- 3.- Cuéntese en el presente proceso con los comparecientes quienes dicen hacerlo en su calidades de hijos de los acusante.- CITESE a través del señor Analista de Citaciones de esta Unidad Judicial, en los lugares que se indica en el libelo inicial, a: 1) DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS EN LOJA.- 4.- Al amparo de lo determinado en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos; se DISPONE la CITACIÓN a los herederos desconocidos de los causantes SEGUNDO JAIME SISALIMA BRAVO y EUFEMIA RAQUEL ANGAMARCA SALINAS, en la forma determinada en el Art. 56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual concédase el extracto respectivo.- 5.- Respecto a las pruebas que han sido anunciadas por la parte accionante, el momento procesal para calificar las mismas, es en la fase pertinente de la Audiencia Única y, conforme el Art. 160 y Art. 335 del COGEP.- Se recuerda a las partes que el informe pericial deberá contener todos y cada uno de los puntos que se contienen en el Art. 342 del COGEP y debe realizarse y levantarse con la presencia y el conocimiento previo en su contenido de todos los interesados.- El perito antes de hacer llegar su informe cuidará para que su Informe cumpla con estos requisitos.- Téngase en cuenta la pretensión, cuantía, el domicilio judicial para notificaciones señalado por la parte accionante y, la autorización que le confiere a su Abogado defensor.- Cuéntese en la prosecución del proceso en calidad de Procurador Común con SISALIMA ANGAMARCA FRANKLIN OSWALDO.- Agréguese al proceso con notificación contraria toda la documentación adjunta la parte actora al libelo de demanda inicial.- Hágase Saber, Cítese y Cúmplase.- Loja, 06 de marzo de 2020 AB. VERÓNICA TALIA CARRION GUERRERO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3494 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite a la misma y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor JUAN AGUSTIN GRANDA AMAY, que en extracto es como sigue: ACTOR: ALBERTINA ABRIGO RUALES Y LOS HEREREDEROS: GRACIANO EFRAIN, JOSE MARIA, PEDRO RAMON, TERESA DE JESUS Y FLOR MARINA GRANDA ABRIGO DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE JUAN AGUSTIN GRANDA AMAY

LUNES 16 DE MARZO DE 2020

JUICIO: NRO. 11203-2019-03978 TRAMITE: VOLUNTARIO ASUNTO: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS CUANTIA: $ 21.598,35 JUEZ: DR. VICTOR BURENEO HERRERA (E) AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, viernes 27 de diciembre del 2019, las 08h39, VISTOS: La solicitud de ALISTAMIENTO Y AVALUO DE LOS BIENES DEL EXTINTO SR. JUAN AGUSTIN GRANDA AMAY, presentada por la cónyuge sobreviviente Sra. Albertina Abrigo Rúales y los herraderos: Graciano Efrain, Jose Maria, Pedro Ramón, Teresa de Jesús y Flor Marina Granda Abrigo , es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite al trámite voluntario.- Cuéntese con la accionante en calidad de interesada.- Cítese a la heredera conocida CARMEN NIMIA GRANDA ABRIGO por EXHORTO, a través del Consulado Ecuador en el país de España, sitio provincia de Navarra, población Burlada sita calle Ezpondoa Nro. 4-4lzq, código postal 31600 de la ciudad de Pamplona.- Para el efecto impleméntese esta diligencia por intermedio de la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia a través de esta al señor Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador para que por su intermedio se remita el exhorto que contiene la demanda, auto de calificación y citación a la demandada.- Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del extinto Sr. JUAN AGUSTIN GRANDA AMAY, de conformidad a lo previsto en el Art. 56 numeral 1ero.- UNO: Tómese en cuenta el anuncio probatorio detallado así como los documentos agregados.- CUATRO.Atendiendo el pedido de la parte, se designa en calidad de perito al Ing. Ángel Ernesto Gonzalez Ramón, cuyos honorarios se regularan de forma privada entre las partes. 2).- El prenombrado profesional (perito) de aceptar la designación hará conocer su aceptación por escrito en este expediente; a quien además se le recuerda su obligación de asistir a la audiencia oral que se convoque, conforme lo previsto en el Art. 345 del COGEP.- 3).- Se nombra como PROCURADOR COMUN a JOSE MARIA GRANDA ABRIGO.- Una vez cumplido el acto de citación a la demandada conocida, y por la prensa a los desconocidos o presuntos, fenecido el término de 20 días contados desde la fecha de la última publicación, se señalará dia y hora de la diligencia de alistamiento, con la intervención de la perito designada y los interesados, conforme a lo previsto en el Art. 341 y 342 del COGEP.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f). Dra. Yhelenna Lojan Armijos, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.- OTRA PROVIDENCIA.Loja, jueves 2 de enero del 2020, las 13h45, Avoco conocimiento en el presente juicio en mi calidad de Juez de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Judicial de Loja, encargado del despacho de la Dra. Yhelenna Angélica Lojan Armijos, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja., mediante Acción de personal Nro. 3090-DP11-2019-FA, de fecha 20 de Diciembre de 2019.- En lo principal.- Por cuanto mediante auto de fecha viernes 27 diciembre de 2019, a las 08h39, se ha dispuesto que para la citación a la demandada Carmen Nimia Granda Abrigo, se realice el Exhorto respectivo, en tal virtud se dispone a la parte actora de la presente causa realice el depósito respectivo relacionado a la Tasa del Arancel Consular, siendo este un requisito necesario para dar fiel cumplimiento al Exhorto para la citación a la demandada, solicitado en esta causa.- Por lo que se consigna la Cuenta Corriente No. 0010262971 de la entidad bancaria BAN ECUADOR, a fin de que se haga el depósito de cincuenta dólares americanos ($50,00) que es el valor de la Tasa por Concepto de Arancel Consular, esto debido a la Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Publicado en el Registro Oficial, Suplemento “Año III-657”, la cual en su parte pertinente indica el incremento de 30 a 50 dólares el arancel consular por el trámite de exhorto.- Cúmplase. Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley.- Loja, 07 de enero de 2020 Ab. Juan Carlos Mateus Jumbo SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/3503 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÒN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.CITO: A los herederos desconocidos y presuntos de los causantes señores: ÁNGEL SALVADOR CÓRDOVA LUZURIAGA Y VIRGINA DEL CARMEN JARAMILLO PEREIRA, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTORA: MARÍA MAGDALENA CÓRDOVA JARAMILLO. DEMANDADOS: Los herederos desconocidos, presuntos y demás interesados de los causantes señores: ÁNGEL SALVADOR CÓRDOVA LUZURIAGA Y VIRGINA DEL CARMEN JARAMILLO PEREIRA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. TRÀMITE: Voluntario. JUICIO Nro. 11331-2020-00123. CUANTÌA: Indeterminada. JUEZ: Dr. Max Tandazo Encalada. AUTO DE ACEPTACIÒN.- VISTOS.- A) Avoco conocimiento de la presente solicitud, en virtud

17 P

P/4143 para los fines de Ley. Catamayo, a dos de marzo del 2020.-

del sorteo electrónico que antecede, en calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Catamayo, Provincia de Loja.- B) En lo principal, y una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, se califica de clara y completa la solicitud de Inventario de Bienes Hereditarios, presentada por los señores: MARÍA MAGDALENA CÓRDOVA JARAMILLO, CARLOS EFRÉN CÓRDOVA JARAMILLO, LORGIA BEATRIZ CÓRDOVA JARAMILLO, MIGUEL ÁNGEL CÓRDOVA JARAMILLO, MANRIQUE CÓRDOVA JARAMILLO CÓRDOVA Y ÁNGEL GEOVANNY CÓRDOVA JARAMILLO, por cumplir con los requisitos formales aplicables al presente caso, previstos en el Código Orgánico General de Procesos (En adelante COGEP), disponiéndose tramitarla por el procedimiento voluntario, sin perjuicio, que pueda ocurrir lo previsto en el Art. 346 íbidem.- C) En lo principal y por el fallecimiento de los señores ÁNGEL SALVADOR CÓRDOVA LUZURIAGA Y VIRGINIA DEL CARMEN JARAMILLO PEREIRA, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de sus respectivos fallecimientos, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes, con la intervención de un perito, debiéndose tener en cuenta el designado por la compareciente. D) En el proceso se contará con las personas siguientes: 1) Con los solicitante, en calidad de herederos; 2) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se lo citará en la ciudad de Loja, cantón del mismo nombre, en la dirección que se indica, mediante deprecatorio electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja; 3) Con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Gad Municipal de Catamayo; y uno de los señores Fiscales con sede en esta ciudad de Catamayo por solicitar expresamente los solicitantes, a quienes se los citará en esta ciudad de Catamayo, en su lugar de trabajo; 4) Con los herederos presuntos y desconocidos de los causantes Ángel Salvador Córdova Luzuriaga y Virginia del Carmen Jaramillo Pereira, a quienes se los citará por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la capital provincial de Loja en razón que en este cantón no existe, que contendrán un extracto de la demanda y providencias respectivas, puesto que a criterio del suscrito Juzgador este es el principal medio de comunicación del lugar, debiendo la Actuaria elaborar el extracto respectivo. D.1) A todos los citados, se les prevendrá además, la obligación que tiene de señalar correo electrónico y domicilio judicial en esta ciudad para posteriores notificaciones. E) Téngase en cuenta el anuncio de prueba, la cuantía, el casillero judicial, el correo electrónico; y la autorización conferida a su defensa técnica Continúe interviniendo el Abg. Wilmer Fernando Motoche Riofrío, en calidad de Secretario de esta Judicatura, por designación de la señora Directora Provincial del Consejo de la Judicatura de Loja- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) Tandazo M, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil del Cantón Catamayo. Particular que pongo en conocimiento del demandado

Ab. Fernando Motoche Riofrío. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO. P/3504 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA AVISO JUDICIAL. Se pone en conocimiento del público en general, lo dispuesto en Sentencia de 14 de febrero del 2020, las 08H27, dentro del juicio de Interdicción: JUICIO Nro.: 11203-2019-02077 ACTORES: MERINO ABAD AMERICA OLINDA Y OTROS ASUNTO: Interdicción Definitiva TRÁMITE: Sumario CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 14 de febrero del 2020, las 08h27, VISTOS.- JUEZ PONENTE DR. LUIS PATRICIO JARAMILLO REYES.- este juzgador EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LEYES DE LA REPÚBLICA, acepta la demanda propuesta y por tanto confirma la resolución emitida y por tanto declara la interdicción definitiva del señor MARIO VICENTE MERINO ABAD, con cédula de ciudadanía N° 1102532320, y en consecuencia confirmar el nombramiento en calidad de curadora a su hermana la señora TERESA DE JESUS MERINO ABAD.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Civil, inscríbase la presente resolución en el libro correspondiente del Registro de la Propiedad del cantón Loja. Notifíquese al público por un periódico del mismo cantón y por carteles que se fijarán en por lo menos tres de los parajes más frecuentados de la ciudad de Loja, haciéndose conocer que MARIO VICENTE MERINO ABAD, domiciliado en la ciudad de Loja, no tiene la libre administración de sus bienes.- A la curadora designada se le exime de rendir fianza de conformidad a lo prescrito en el Art 400 del Código Civil, la misma deberá proceder a comparecer nuevamente al discernimiento del cargo de manera definitiva. Por Coordinación de la Unidad, concédanse las copias pertinentes a los interesados.- Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 18 de febrero del 2020 Dr. MANUEL LOZADA RAMIREZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3495

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Entretenimiento

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Sopa de letras

Crucigrama

Solución sopa de letras

Solución Crucigrama

Horóscopo: Acuario

Enero 20 a febrero 19 Aunque quizá te cueste bastante, hoy no te vas a dejar llevar por las ganas de decirle a alguien lo que piensas realmente. Haces bien porque quizá no te convenga demasiado en este momento, por mucha razón que lleves. Tu realidad es solo tuya.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Puede que estés algo triste por algo que ha sucedido relativo a un amigo o una amiga, pero no te lo reproches porque tienes todo el derecho del mundo a estarlo y debes permitírtelo sin pensar más. Esa sensación irá pasando poco a poco, ten paciencia.

Aries

Marzo 21 a abril 20 Sigue hoy tu intuición porque te va a llevar a investigar o ahondar en una tema que te puede proporcionar muy buenos beneficios profesionales. Tu curiosidad será buena consejera en este sentido ya que vas a tener la oportunidad de aprender mucho.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Relacionarse con los compañeros de una manera relajada y sutil será algo que te favorezca hoy. Así no se te hará tan cuesta arriba enfrentarte con alguno que no te cae demasiado bien. Pero debes de aceptarlo porque estará cerca de ti y es más inteligente tenerlo como amigo.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 No es inteligente dejarse llevar por la monotonía en el trabajo. Intenta renovarte todo lo que puedas en este aspecto y asume que no queda más remedio, de momento, que seguir donde estás. Dentro de poco tendrás más y mejores oportunidades.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 No exageres al contarle a un amigo o amiga algo que te ha pasado este fin de semana porque puede pensar que no tiene importancia si ves que haces demasiados aspavientos. Cuanto más lo midas, mejor. Al fin y al cabo, solo tu sabes la verdad.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Comienza la semana con una tendencia positiva en tu mirada y en tu manera de actuar. Te sentirás con poder, incluso en cosas en las que no tengas la sartén por el mango, podrás intervenir de alguna manera. Eso te va a reforzar en tus opiniones.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Es el momento, quizá, de buscar nuevos campo de acción y expansión de cara al verano y eso significa que puedes plantearte algún negocio o trabajo para esa fecha. Pero empieza ya a mover tus contactos y no te quedes sin tocar todas las puertas.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 No sería ninguna mala idea invertir algo de dinero extra en tu aspecto físico o en mejorar tu vestuario y tu imagen. Vas a agradecer mentalmente este cambio porque renovarse es fundamental para ti en este momento. Lo conseguirás muy satisfactoriamente.

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 Aguardas con expectación una respuesta a una propuesta que has hecho para cambiar ciertas cosas en un tema de trabajo y esa respuesta viene de gente con poder o un jefe. Tendrás que esperar más aún, pero no debes de generar ansiedad. Calma.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Deja los nervios de lado si alguien te da una mala contestación o muestra antipatía contigo porque ese será su problema y no el tuyo. Cuanto menos te afecten las actitudes de los demás, mejor. Sigue por tu camino sin darle importancia, no la tiene.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 La luna menguante en tu signo hoy va a acentuar bastante tu talante más reconcentrado y poco comunicativo. No te confiarás fácilmente a nadie y eso te hará sentirte alejado de todo el mundo. Examina ahora tus prioridades, es importante.


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Ciudad

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I

E

l Gobierno Nacional ha diseñado una estrategia con el propósito de incentivar la conciencia y la responsabilidad ciudadana para evitar una mayor propagación del Covid-19.

El domingo 15 de marzo, la ciudad de Loja, ante la declaración de Estado de Emergencia Sanitaria y medidas de prevención adoptadas por el Comité de Operaciones de Emergencia, lucía tranquila en el centro de la urbe; mientras que, en los alrededores, algunos ciudadanos incumplieron y optaron por actividades de concentración como: jornadas deportivas y venta ambulante de alimentos.

•• Calle José Antonio Eguiguren

•• Calle Olmedo

•• Calle Miguel Riofrío

•• Calle Sucre

•• Parque de San Francisco

•• Parque Bolívar

•• En la esquina del parque Jipiro, frente al Conservatorio de Música Salvador Bustamante Celi, puente de la intersección de la avenida Nueva Loja y calle Daniel Armijos, se ubicaron algunos vendedores ambulantes para ofrecer comida preparada.

•• En la canchas de la calle Velasco Ibarra , sector Nueva Granada (parque Jipiro); y, en la de la Ciudadela 8 de Diciembre, otros se reunieron para practicar deporte.


O

Opinión

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¿Qué hacer para afrontar el problema del coronavirus? Luis

Pineda luis_pineda47@yahoo.es Un conflicto de magnitud universal atraviesa a todo el mundo. Una enfermedad de la que nadie puede decir “estoy inmune”. Que hacer para enfrentar esta problemática. Los médicos nos dan unas recetas, los religiosos nos dan otros remedios, los políticos, como siempre, nos dicen “lo que van a hacer”. Y, así, nos llueven propuestas y ofertas que no solucionan el problema… entonces, ¿qué hacer? En primer lugar, no caer en el peor enemigo: el miedo. Para ello les ofrecemos la siguiente fábula: “Un rey árabe atravesaba el desierto cuando de pronto se encontró con la peste. El rey se extrañó de encontrarla en aquel lugar: – Detente, peste, ¿a dónde vas tan deprisa? – Voy a Bagdad- respondió entonces ella- Pienso llevarme unas cinco mil vidas con mi guadaña. Unos días después, el rey

volvió a encontrarse en el desierto con la peste, que regresaba de la ciudad. El rey estaba muy enfadado, y dijo a la peste: – ¡Me mentiste! ¡Dijiste que te llevarías a cinco mil persona y murieron cincuenta mil! – Yo no te mentí- dijo entonces la peste– Yo sesgué cinco mil vidas… y fue el miedo quien mató al resto. Moraleja: ‘El miedo puede ser más destructivo incluso que aquello que nos asusta” Segundo: asumir una actitud de solidaridad, como nos recomienda el padre Pedro Rafael Ortiz: “Es doloroso ver morir, el doloroso las vidas tronchadas, pero no deja de presentarnos a todos la gran enseñanza de cómo, ante la desgracia, vemos salubristas, socorristas y científicos esforzarse mano a mano, sin importar de qué país son. Se está trabajando a todo vapor en laboratorios de Cuba, Estados Unidos, China, Irán, Israel… No deja de ser esperanzador comportarnos como una sola raza humana. Un proyecto de vida global. Pero también es muy importante que, desde ya, los preparativos incluyan prepa-

rarnos para ayudarnos unos a otros. Ante una desgracia como esa, no hay salvación individual. Lavarse las manos es importante, pero lo es mucho más que comencemos a planear cómo vamos a socorrer a los afectados. ¡Que nadie abandone al familiar ni al vecino contagiado! ¡Que nadie quede solo! Como cantaba el cantor panameño Rubén Blades “cuánto control y cuanto amor, tiene que haber en una casa. Mucho control y mucho amor, para enfrentar a la desgracia”. Que juntos abracemos con mayor fuerza nuestras respectivas responsabilidades. El que gobierna que lo haga con respeto y alto sentido de sensibilidad humana en medio de un problema de salud pública como la que vivimos. Unidad y comunidad, esa es la clave... y en ellas: Higiene, buena alimentación y oración personal y comunitaria. Porque en la historia de la humanidad todas esas condiciones de salud se han superado. Tengamos esperanza como fuerza histórica de cambio y que nos ayude a salir del miedo que nos paraliza”. (O).

Vencer la peste con inteligencia Sandra Beatriz

Ludeña

El arte tibetano de la serenidad y las clases de miedo, es una forma oportunísima de vencer la peste. Ahora que el virus del siglo está haciendo de las suyas, debemos saber que el mejor antídoto está a nuestro alcance, tan cerca, solo basta unas respiraciones a solas y en silencio. La serenidad, es encontrar la estabilidad, ese estado de paz que es capaz de sostenernos en la crisis, se trata de relacionarnos con lo que sentimos, en condiciones de desapego, mediante lo cual somos capaces de salir del sentimiento y colocarnos como observadores; esta es la única vía, donde se despierta la “conciencia de poder”, se descubre el estado de “Unidad con lo Supremo”, así la salud y el equilibrio son mayores que cualquier epidemia. La filosofía Bön, señala que los miedos están presentes en

muchos aspectos de la vida, hay quienes tienen miedo a la soledad, otros, a ser amados, muchos tienen miedo a la inseguridad en cualquier circunstancia y por esto siguen aferrados en un matrimonio, en un trabajo o en otras relaciones donde son maltratados; así los miedos nos limitan, empobrecen y hasta nos enferman, esclavizándonos de por vida. Lo cierto es que el miedo nos hace ver las cosas sobredimensionadas, por esto, es preciso manejarlo para extraer de este la anhelada serenidad. Para ello, afirmo que hacer ejercicios de respiración no es difícil, ni requiere ser experto en meditación, solo hay que respirar con consciencia, otorgándole a estos ejercicios continuidad y tiempo en nuestra rutina diaria. Actualmente lo psicológico tiene estrecha relación con lo espiritual, si no aprendemos a controlar y trasmutar el miedo, esta pandemia puede acabar con los seres humanos, es por esto, que cada uno debe hacer su tarea, de adentro hacia afuera, con pensamiento, pa-

labra, sentimiento. Ahora que los corazones laten fuerte, por la crisis sanitaria que el corona virus ha propiciado, hay que aprender a conectar con lo supremo, y extraer de esa fuente la fuerza, la inteligencia emocional, la calma, el control que nos sostenga, ese es el camino. Solo con conexión, tenemos conciencia del problema y nuestro poder. Por ello, protegerse es tener un plan de acción, saber cuáles son los pasos a seguir, dirigir la familia por ese plan. En estos momentos, cómo no tener un plan, si de esto depende la vida. Esto empieza por manejar el miedo y tomar medidas inteligentes así: alcalinizar el cuerpo, inmunizarlo, vitaminizarlo, alimentarlo, hidratarlo y evitar los sitios de contagio. Con una tecnología de este modelo tibetano o si se quiere algo más nuestro: chamánico, que combina terapias psico-espirituales, medidas sanitarias, cuidados, prevención, información, podemos vencer la epidemia. (O).

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Los cambios políticos que va arrojando el coronavirus César

Correa elcesarbelt@yahoo.com

La empresa privada del mundo entero es absolutamente incapaz de hacer frente al problema de salud creado por el coronavirus. De no ser por la millonaria asistencia estatal, acompañada de la infraestructura sanitaria pública, los estragos en estos momentos serían espantosos y devastadores. Sin que estuviera para nada programado, las circunstancias se han presentado para exponer la enorme superioridad del socialismo sobre el capitalismo. China y Cuba salen a salvar al mundo, mientras Estados Unidos, Italia, Inglaterra, Francia, Alemania no han podido aportar nada, ni siquiera han podido proteger a su propia población. Si las cosas se van presentando así, cuando comienza la pandemia, en las semanas siguientes el descrédito del capitalismo alcanzará niveles de los que no podrá recuperarse. Por lo pronto, países que habían observado rígidamente el bloqueo económico a Cuba, no han tenido más camino que el de romperlo y ponerse a negociar con la isla socialista. Las bolsas del mundo entero han sufrido pérdidas. Las acciones de las empresas han perdido valor, especialmente de las que tenían los capitalistas en China, oportunidad que ha sido aprovechada por el gobierno, que ha comprado esas acciones y ha incrementado su control sobre las mismas y sus actividades productivas. Así como la Hyundai tuvo que paralizar su producción, por la falta de las par-

tes de los vehículos que se fabrican en China, miles de empresas del mundo entero están pasando por la misma carencia, en consecuencia por todo el planeta ha crecido la conciencia de que debemos desear que a la China le vaya bien en su desenvolvimiento político, económico y social. La impotencia de la empresa privada está obligando hasta a los más recalcitrantes neoliberales a efectuar millonarias inversiones en los sistemas de salud públicos, que en buena parte ya no serán desmantelados en el futuro. La empresa pública está ganando un terreno que no se le podrá arrebatar por completo posteriormente, cuando se crea que la crisis ha sido superada. En todos los países unos sufrirán pérdidas financieras que los dejarán sin el poder político que tenían en enero pasado; y, al contrario, van a surgir nuevos ricos, que pasarán a llenar los espacios de los desplazados. En Ecuador el mayor perdedor es Sonnenholzner por la criminal e imperdonable privatización de la prueba de coronavirus, que en los laboratorios particulares cuesta 300 dólares, una suma que muchos no podrán pagar, se quedarán sin atención médica, multiplicarán los contagios y las muertes. En Loja la opinión pública caerá con más indignación contra el Vicepresidente y contra todo el Gobierno, por la mentira de que existen dos laboratorios privados que pueden hacer la prueba, y por la desesperación en la que se debaten los funcionarios del Hospital Regional Isidro Ayora, que no tiene el laboratorio para atender a los pacientes. (O)

Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Dirección:Miguel Riofrío 162-35 entre Olmedo y Juan José Peña Teléf. (+5937) 2732003 - 2724895 Fax: 2724003 Cel.: 0992416701 - 0997262566 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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Sociales

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Incorporaciones Instituto Superior Tecnológico Daniel Álvarez Burneo

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El Instituto Superior Tecnológico Daniel Álvarez Burneo realizó la ceremonia de incorporación de la promoción 2016-2019, de 64 profesionles en las especialidades de Análisis de Sistemas, Contabilidad Computarizada, Diseño Gráfico y Multimedia, Industria de Alimentos y Mecánica Industrial

• Dayanara Valle, mejor egresada de la carrera de Diseño Gráfico, recibe el reconocimiento de Diego Feijoo.

• Ing. Diogenes Bustán, Hno. Crescenciano González, Mgs. María Isabel Ureña, Hno Saturnino Gonzalez y Mgs. Lorena Conde.

• Alexander Pasaca, mejor egresado de la carrera de Análisis de Sistemas.

• Rebeca Suárez, mejor egresada de Industria de Alimentos, entrega el reconocimiento María Gómez, docente de la carrera.

• Vanesa Sánchez, Amparo Torres, Mélida Viñamagua, de Contabilidad junto a Stefany Aucapiña y Lety becerra de Diseño Gráfico y Multimedia.

• Vanesa Escobar, Mayra Espinoza, Mirian Gómez, Juan Granda y Elisa Jadán, estudiantes de la especialidad de Contabilidad Computarizada.

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Justicia

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Taxistas desinfectan unidades Loja. Tras la declaratoria de emergencia sanitaria en el país por la pandemia del coronavirus, el gremio de la fuerza amarilla de esta ciudad se sumó a las tareas de desinfección de sus unidades. Desinfección Rolando Hurtado, presidente de la Unión Provincial de Taxistas de Loja, expresó que son responsables con la ciudadanía. Como Cooperativa 11 de Mayo han decidido fumigar todas sus unidades hasta que las autoridades locales tomen la iniciativa de hacer la desinfección. Considera que son vehículos de circulación pública, donde gran cantidad de personas se suben. Utilizaron cloro, desinfectante y una bomba manual para hacer la desinfección de la unidad (parte interna y baúl), además le colocaron un letrero para que los usuarios se den cuenta que ya está esterilizado. Hurtado agregó que para ayudar a la prevención, los conductores utilizarán guantes y colocarán un gel en el taxi para que el usuario previo a subir al vehículo haga uso de. l desinfec-

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Controlan el ingreso de extranjeros Zapotillo. Personal de las Fuerzas Armadas mediante el Comando Operacional Nº 3 en Coordinación con el Ministerio de Salud Pública, Policía Nacional y Aduanas, desde este fin de semana iniciaron los controles de ingreso a los ciudadanos de nacionalidad peruana. Las inspecciones iniciaron en el Puente Internacional de Lalamor con todos los ciudadanos (ecuatorianos y peruanos) que cruzaban a los dos territorios y tras las nuevas medidas emitidas por el Gobierno Nacional cerraron el paso fronterizo hasta nuevo aviso.

•• Autoridades en pie de lucha en la frontera sur.

Con la finalidad de que los ciudadanos no violenten la ley, autoridades permanecerán en los puntos controlando y chequeando a las personas sus síntomas. (I).(FJC).

•• Desinfección de las unidades de transporte público (taxis).

Desarticularon minería ilegal

tante Hizo un llamado a todas las cooperativas que se acerquen a la sede de la 11 de Mayo para la desinfección de sus unidades y con ello dar un mejor servicio protegiendo a sus clientes.

Zamora Ch. Mediante una operación militar en el sector Chamico, del cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, personal militar del Destacamento de Inteligencia desarticuló una minería presuntamente ilegal.

Carros En otros lugares como Catamayo, el Comité de Operaciones de Emergencia Cantonal realizó la desinfección de los lugares de concentración masiva de personas y

transporte público. Con el objetivo de evitar contagios, la desinfección se realiza cada dos horas.(FJC).

Dato •

La limpieza de los taxis será todos los días hasta que el Gobierno indique que no hay casos o que ya está controlada la pandemia.

No era queso sino cocaína Loja. Brayan C. S., de 29 años de edad, de nacionalidad peruana fue puesto tras las rejas por el presunto delito de microtráfico. En su poder le encontraron aproximadamente 430 gramos de alcaloide. Caso Los agentes de Antinarcóticos iniciaron una investigación en su contra tras una denuncia de carácter reservado, donde señalaba que el extranjero se estaba dedicando al expendio de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. El último viernes tras un operativo, al noroccidente de la ciudad, los agentes pararon la marcha de un vehículo de transporte público y detuvieron al ciudadano. Al realizarle un registro

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Los uniformados durante la intervención en las inmediaciones de la concesión para pequeña minería con funcionarios de la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom) encontraron maquinaria para actividades mineras a gran escala. Cuatro retroexcavadoras, 2 clasificadoras en Z, 2 motores de succión de agua, 200 galones de combustible, herramientas para minería,

•• Máquinas que se utilizaba para extraer el material aurífero.

8 baldes de grasa. Además de un frente de explotación de aproximadamente 100 metros de frente x 50 metros de fondo. A este lugar y a las máquinas les colocaron los sellos de prohibición con la finalidad que no realicen trabajos mineros porque estarían infringiendo la ley. (I).(FJC).

Cigarrillo casi quema una casa

•• Droga hallada en poder del sospechoso.

minucioso le encontraron en su poder un paquete circular que parecía un queso, pero lo delató que llevaba algo prohibido debido a que estaba envuelto en cinta de embalaje color café cuyo interior contenía una sustancia blanquecina en estado de roca que al

ser sometida a las pruebas de campo dio positivo para base de cocaína con un peso bruto de 430 gramos. Razón por la cual fue aprehendido y puesto a órdenes de la autoridad competente, quien le dictaminó prisión preventiva y el inicio de la instrucción fiscal.(I).(FJC).

Loja. Aproximadamente a las 04h00 del sábado 14 de marzo, efectivos del Cuerpo de Bomberos fueron alertados de un incendio estructural en la terraza de un bien inmueble ubicado en las calles 24 de Mayo y Orillas del Zamora. Los casacas rojas de inmediato acudieron al sitio de la emergencia y constataron que se trataba de un conato de incendio en el 4to piso del edificio donde funciona el Banco de Machala. Presumen que un grupo de jóvenes habrían estado libando en la terraza y por un descuido dejaron un cigarrillo encendido

•• Bomberos apagaron las llamas.

sobre un armario, este se consumió y provocó el fuego. Los ciudadanos no pudieron apagar las llamas y pidieron ayuda. Los bomberos luego de sofocar el fuego dejaron el lugar en condiciones seguras, sin antes dar las recomendaciones del caso.(FJC).


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Sucesos

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Controlan ingreso Detenido por microtráfico de extranjeros

(Pág. 23) Loja. Brayan C. S., de 29 años, de nacionalidad peruana fue puesto tras las rejas por el presunto delito de microtráfico. En su poder le encontraron aproximadamente 430 gramos de alcaloide.

(Pág. 23) Zapotillo. Personal de la Fuerzas Armadas mediante el Comando Operacional Nº3 en Coordinación con el Ministerio de Salud Pública, Policía Nacional y Aduanas, desde este fin de semana inició con los controles de ingreso a Ecuador.

Desarticularon minería ilegal

Cigarrillo casi provoca incendio

(Pág. 23)

(Pág. 23)

31 laboratorios podrán hacer pruebas de COVID-19 En Ecuador se anunció la disponibilidad de 31 laboratorios médicos para realizar la prueba de coronavirus. Los exámenes para constatar si un paciente se había

contagiado con COVID-19 se realizaban, en primera instancia, en el Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública (Inspi) en Guayaquil. Otto Sonnenholzner, vicepresidente de la Repúbli-

ca, explicó que en Azuay hay 7 laboratorios, 9 en Pichincha, 5 en Guayas, 2 en Loja, 3 en Tungurahua, 3 en Manabí, 1 en Cañar y 1 en El Oro. “Es importante la detección temprana de la pre-

sencia del virus, por esto hemos trabajado de forma inmediata con los laboratorios privados, universidad y otras instituciones que estén dispuestas, listas y preparadas para hacer las pruebas de CO-

VID-19”, expresó el vicepresidente. Agregó que en los próximos días se sumarán más laboratorios donde los ciudadanos puedan realizarse la prueba para la detección de coronavirus. (I)

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