CMYK
Loja-Ecuador diariocronica @cronicaloja 0997262566
50 Ctvs.
24 Páginas
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
www.cronica.com.ec
Edición Nº 10667 - Circulación 3150
Primer bono social para vivienda
(Pág. 4)
Víctor Hugo Zárate
(Pág. 3)
Nuevo comandante de Policía de la Zona 7
Continúa la reducción Edificios y locales comerciales cambiar del tamaño del Estado deben letreros (Pág. 8)
Plantean pensión alimenticia hasta los 24 años (Pág. 4)
(Pág. 2) Katherine Argotty, de Planifica Ecuador
D
Rubén Bustamante, asambleísta
esde el 24 de junio de 2019, está en vigencia un acuerdo interministerial para la reorganización institucional en territorio y la reestructuración orgánica de la administración pública central, cuyo objetivo es dictar las directrices para la reorganización de la presencia institucional y la reestructuración orgánica de la Administración Pública Central.
Santiago
La tierra de las truchas está de fiesta
Reacciones ante incidente entre ministro y un dirigente gremial (Pág. 2)
Municipio tiene plazo hasta el 31 de enero con los trabajadores (Pág. 7)
(Pág. 6)
(Pág. 18)
CMYK
2
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Loja
www.cronica.com.ec
I
Continúa la reducción del tamaño del Estado Desde el 24 de junio de 2019, está en vigencia un acuerdo interministerial para la reorganización institucional en territorio y la reestructuración orgánica de la administración pública central, cuyo objetivo es dictar las directrices para la reorganización de la presencia institucional y la reestructuración orgánica de la Administración Pública Central, que permita el ejercicio de sus atribuciones institucionales y la prestación de los servicios con eficacia, eficiencia, efectividad, calidad y calidez, garantizando el equilibrio y desarrollo territorial, la adecuada articulación y coordinación institucional en todos sus niveles y el uso eficiente y racional de los recursos. En septiembre de 2019, la secretaria técnica de Planifica Ecuador (PE), Katherine Argotty, acudió ante la Comisión de Régimen Económico y Tributario de la Asamblea Nacional (AN), con la finalidad de dar a conocer los avances en el cumplimiento del acuerdo, dando a conocer que tiene la finalidad de “re-
organizar la administración pública en territorio; optimizar los recursos públicos; reforzar la sostenibilidad con redes de protección social; fortalecer la prestación de servicios para que sean eficientes y tengan amplia cobertura; reducir el déficit fiscal, eliminando la duplicidad de funciones”. Asimismo, informó que a partir de julio de 2019 se han actualizado las metodologías y normativas de presencia territorial; se habría socializado el Acuerdo a las entidades de la administración pública central; “se optimizó/regularizó el nivel jerárquico superior y nivel operativo de las entidades en territorio; además, se actualizó la presencia institucional desconcentrada”, dijo la funcionaria. Según Magda Salazar, coordinadora zonal 7 del Ministerio de Educación, hasta el momento no se habría dado ninguna reducción de los distritos en Loja, Zamora Chinchipe y El Oro. “A nivel nacional, se va hacer un estudio, un análisis un poquito más detallado, para saber cuál sería el mejor mecanismo para optimizar nuestro trabajo, sin afectar los servicios que esta-
•• Katherine Argotty, de Planifica Ecuador, en Comisión de la Asamblea Nacional, dando a conocer el avance del acuerdo interinstitucional sobre la reestructuración orgánica de la administración pública central.
mos dando”, dijo Salazar. Además, dio a conocer que en las tres provincias de la zona 7 hay 19 distritos educativos, 23.000 docentes y 2000 establecimientos educativos funcionando. “Los docentes están garantizados; es más, en abril empezaremos con el programa Quiero Ser Maestro 7, para dar nuevas oportunidades de nombramientos a los maestros”, comentó la coordinadora Salazar. En los últimos meses del año 2019, habrían llegado funciona-
rios de Planta Centra para una evaluación sobre temas administrativos, financieros, talento humano, entrega de servicios; “esa valoración fue a nivel nacional, y de esa manera se evaluó la mejor forma de funcionar cada uno de los distritos y ya está operativizado y no hemos tenido grandes desvinculaciones, pero sí optimizamos en los contratos ocasionales”, dijo la funcionaria de Educación. De su parte, Félix Alvear, coordinador zonal 7 del Ministerio de Cultura y Patrimonio, dijo que también están siendo parte de los recortes de personal que se están dando a nivel nacional. “Hemos sufrido igualmente los recortes que se están dando en el país; en todas las instituciones públicas”, y comentó que no cuentan con asesoría jurídica, como tampoco con una unidad de Talento Humano. A escala nacional se ha conocido varios casos de despidos de personal en el sector de Salud, en cuya cartera de Estado, se informó que había más comunicadores sociales que en la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia; y, más abogados que en la Procuraduría General
del Estado; por lo que se pidió una entrevista con el coordinador zonal 7, pero se nos dijo que estaba de recorrido. El asambleísta Rubén Bustamante, quien propuso una Resolución en la AN, para la comparecencia de la secretaria Técnica de PE y explique los alcances del Acuerdo, dijo que se ha mantenido dos reuniones hasta el momento. “Siempre he venido diciendo que hay que tener cuidado en la reducción del personal en Salud y en Educación, para no afectar los servicios”, comentó Bustamante, al tiempo de dar a conocer que la próxima semana pedirá información; ya que, “si bien es cierto que se recorta personal en las provincias, pero también se está recortando en Planta Central”, se cuestionó el legislador. Finalmente, el asambleísta Bustamante dijo que hay algunas instituciones, no solamente en Cultura, donde se ha reducido personal, de manera “sustancial”, concluyó. Otra de las instituciones que ya no contaría con departamento jurídico, ni Talento Humano, sería Planifica Ecuador (Senplades), según se conoció extraoficialmente. (I)(WMM).
Reacciones al incidente entre ministro y un dirigente gremial Luego de que se conociera el acalorado cruce de palabras entre el ministro de Transportes y Obras Públicas, José Gabriel Martínez, y el presidente de la Federación de Colegios Profesionales de Loja, César Guerrero, en el evento de “presentación del proyecto de delegación del Corredor Vial Loja-Catamayo”, dos asambleístas, un dirigente gremial y un activista social se pronuncian. El asambleísta Raúl Auquilla dijo que asistió al evento a través de su asesor Julio Ruiz, por lo que se ha podido enterar que “el ministro Martínez perdió los estribos durante su comparecencia; realmente eso indigna, no es de caballeros tener un comportamiento de esa manera”, pero también comentó que el pueblo a través de sus representantes tiene el derecho a reclamar como lo
ha hecho César Guerrero. “A mi modo de ver, no ha hecho ninguna acusación, pero sí un reclamo puntual, para que no se cometa ninguna irregularidad en este proceso; y, eso ha despertado una reacción violenta del ministro, que desdice del comportamiento que debe tener una autoridad nacional”, precisó. Asimismo, el asambleísta Auquilla dio a conocer que, “las alianzas público privadas están aprobadas en la Constitución y en la ley correspondiente, eso es perfectamente legal, es totalmente realizable; claro que, sería preferible que se pueda financiar la obra con recursos propios, pero si hay que llegar hacer una alianza público-privada para ampliar la vía a 4 carriles, pues que se lo haga en un proceso transparente”, refirió. De su parte, el presidente del Colegio de Arquitectos,
Fernando Jaramillo, dijo que respaldan la propuesta de César Guerrero, referente al pedido de financiamiento con recursos públicos, mientras el mantenimiento sea concesionado, pero que los recursos se administren a través de un fideicomiso para que se pueda financiar más obras de vialidad en Loja. “A nosotros nos pareció que el ministro estaba tratando de disuadir los cuestionamientos, pero estamos sumamente claros desde los sectores sociales”, dijo el dirigente gremial. “Nosotros vamos a estar vigilantes de la propuesta que se le entregó al ministro Martínez, y tiene que darse como se lo ha venido socializando; demostrándole con cifras, que el presupuesto del proyecto vial que ellos tenían, estaba totalmente disparado”, comentó el profesional de la arquitectura.
El activista social, Oscar Pineda, dijo que, “se nota una pasividad de las autoridades de elección popular en la provincia de Loja; tanto de alcaldía y prefectura, ya que debieron tener una posición más firme como los gremios profesionales, para exigir que no solo sea la vía de 4 carriles, sino que sea financiada por el Estado y sin peaje”, refirió. “Ahí debe haber una actitud de consecuencia; como ya se están llevando los recursos naturales deberían exigir regalías y con esos recursos deberían hacer la vía -no habría razón de que los ciudadanos de Loja y Catamayo paguemos la vía- cuando existen ya, los recursos”, dijo finalmente Pineda. Mientras tanto, el asambleísta Rubén Bustamante, dijo que, “debido a la situación de crisis en el país, no hay otra manera de finan-
•• Ministro José Martínez en la presentación del proyecto de delegación del Corredor Vial Loja-Catamayo, donde registró un incidente verbal con el representante de los colegios profesionales de Loja.
ciar la construcción de esa vía; va a ser difícil para el Gobierno, pensar en poner los 70, 80 o 100 millones de dólares para financiar esa vía por parte del Estado”. Sobre el incidente, entre el ministro y el dirigente gremial, el asambleísta Bustamante precisó que, “ante todo debe estar la prudencia. Creo que no fue el mejor escenario para tratar un tema tan importante para los lojanos”. (I)(WMM).
CMYK
I
www.cronica.com.ec
Comunidad
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
3 P
Víctor Hugo Zárate Pérez nuevo comandante de Policía de la Zona 7
P/4109
•• Comandante saliente y entrante, en un apretón de manos, tras el relevo de mando.
Loja. La mañana de este jueves 16 de enero, en los patios de la Subzona de Policía Nº 11 Loja se desarrolló el relevo de mando entre el Coronel Víctor Hugo Zárate Pérez, comandante entrante, y Manuel Íñiguez Sotomayor, comandante saliente de la Zona 7 (El Oro, Zamora Chinchipe y Loja).
Evento La ceremonia estuvo presidida por las autoridades locales y policiales de las tres provincias que conforman la Zona 7. Los oficiales prestarán sus servicios en otros departamentos: Manuel Íñiguez Sotomayor pasa de comandante de la Zona de Planificación N° 7 a
director de la Dirección Nacional de Educación; mientras que, Víctor Hugo Zárate Pérez, de la Subsecretaría de Policía del Ministerio de Gobierno a comandante de la Zona de Planificación N° 7. Zárate Pérez mencionó que se siente honrado al ser designado a prestar los servicios como
comandante de la Zona 7, luego de 32 años de servicio, tiempo que acumuló experiencias que le permitirán dar lo mejor de sí para garantizar la seguridad ciudadana en las tres provincias que asume el cargo. Invitó a sus compañeros policías a renovar la obligación de trabajo de esfuerzo y sacrificio, siempre conscientes en la seguridad y que la institución llegará lejos con indicadores altos, luego de las labores efectivas. Cifras Por su parte, Manuel Íñiguez Sotomayor, comandante saliente, destacó que el permanente trabajo sobre los índices de violencia y delincuencia por la oportuna respues-
ta de los servidores policiales permitió que en la Zona 7 termine en el 2019 con una reducción de 150 eventos criminales en comparación al año 2018. La Subzona de El Oro aportó con la reducción del 2%; Zamora Chinchipe, 4%; y, Loja un 20% convirtiendo a esta zona de la patria como uno de los más seguros del país. El año anterior se decomisó en las 3 provincias más de 4 y media toneladas de droga que tenían como destino el mercado nacional e internacional. Las investigaciones permitieron desarticular 110 organizaciones delictivas, 134 vehículos recuperados y la incautación de 518 armas de fuego.(I). (FJC).
P/4093
CMYK
4
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Nacional
Primer bono social soberano para vivienda Ecuador emitió hoy, 16 de enero de 2020, su primer Bono Social Soberano para la construcción de viviendas, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y en el marco de los acuerdos del Gobierno con la comunidad financiera internacional. La emisión fue por $ 400 millones, a 15 años plazo y a una tasa de interés del 7,25%. Esta operación servirá para que el sistema financiero nacional genere más de 24.000 créditos hipotecarios como parte del programa Casa para Todos. El Bono Social Soberano, el primero en el mundo dirigido para vivienda, está respaldado de una garantía aprobada por el BID por $ 300 millones. Con el bono, los bancos podrán entregar préstamos hipotecarios a la tasa de interés preferencial del 4,99% mediante un fideicomiso
establecido de la siguiente manera: $ 68 millones de inversión estatal, más $ 70 millones otorgados por CAF (Banco de Desarrollo de América Latina) más $ 400 millones del Bono Social. En total, son más de $ 530 millones en el fideicomiso para generar unos $ 1.350 millones en créditos hipotecarios. Estos créditos están disponibles para personas que quieran adquirir su
primera y única vivienda que cumpla con las características de Vivienda de Interés Social (VIS) con un avalúo comercial de hasta $ 177,66 salarios básicos unificados, es decir, $ 71.064. También aplica a Viviendas de Interés Público (VIP) con un valor comercial entre 177,67 y 228,48 salarios básicos unificados, equivalentes a un rango entre $ 71.064 y $ 91.368.(I)
271.296 habilitados para rendir el Ser Bachiller En total, 271.296 sustentantes a nivel nacional están habilitados para rendir el examen Ser Bachiller, régimen Costa, de los cuales 169.347 son estudiantes que están cursando el tercero de bachillerato y 101.949 son graduados de años anteriores. La evaluación, que permite acceder a la educación superior pública y graduarse del colegio, está prevista para las siguientes fechas: 17 de enero, personas con discapacidad; 18 y 19 de enero, bachilleres de años anteriores (población no escolar); y, del 20 al 23 de enero, población escolar, personas radicadas en el exterior, privadas de la libertad y de los Centros de Adolescentes Infractores. Para garantizar el proceso, se contará con 2.538 sedes, 3.444 laboratorios y 72.301 equipos habilitados a nivel nacional. El
personal que interviene en la evaluación está capacitado por expertos de la Senescyt y del Ministerio de Educación. Los aspirantes que quieran prepararse para rendir el Ser Bachiller pueden hacerlo en el simulador en línea: https://serbachiller. evaluacion.gob.ec/ simulador/login. Evaluación El examen es digital, de respuesta cerrada y opción múltiple, diseñado de acuerdo a los conocimientos que las y los sustentantes adquieren a lo largo de su ciclo académico; mientras que, para las personas postulantes con discapacidad visual, las preguntas estarán habilitadas en audio; y, para las personas con discapacidad intelectual habrá una evaluación escrita de acuerdo a sus necesidades. Para el día de la evaluación
las y los aspirantes deberán acercarse con su documento de identidad y el comprobante de sede, el cual contiene el usuario y contraseña. Es importante que tengan en cuenta que las y los sustentantes no podrán ingresar a la sede con calculadora, celular, Tablet, iPad, mochilas o maletines, únicamente podrán ingresar hojas en blanco, lápiz, borrador y sacapuntas. Cambios en el acceso a la educación superior Con el propósito de alcanzar un modelo de acceso a la educación superior más equitativo, el peso de la nota del examen Ser Bachiller pasará del 85 % al 60 % del puntaje y la nota de grado del 15 % al 40 %, modificación que reconoce el esfuerzo del estudiantado a lo largo de sus años de bachillerato y no únicamente el resultado de un examen.(I)
www.cronica.com.ec
I
Plantean que pensión alimenticia se extienda hasta los 24 años El ministro de Inclusión Económica y Social, Iván Granda, entregó la mañana de este jueves 16 de enero de 2020 al presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo, el proyecto de Ley Reformatorio del Código de la Niñez y Adolescencia. En el documento de 88 páginas, entre otras cosas, se propone que el pago de las pensiones alimenticias sea hasta los 24 años. Esto con el fin de garantizar a los jóvenes que se encuentren cursando estudios de tercer nivel el respaldo económico de sus padres y madres. También propone que el
ente rector de los temas de los menores sea el Ministerio de Inclusión Social (MIES). Otros de los puntos principales es agilizar los procesos de adopción. “A través de las iniciativas y normativas lo que se está estableciendo un tiempo máximo de un año”, apuntó Granda. El ministro afirmó que la niñez es una de las prioridades del Gobierno, por lo que ratificó todo su respaldo a este sector. El Presidente de la Asamblea comprometió agilidad en el trámite de las reformas a este Código. Se espera que en este primer trimestre sea aprobado el proyecto de reformas en primer debate. (I)
CAL ratifica principalización de asambleístas alternos de correístas Mientras los tres correístas continúen en México existe una suspensión de los pagos. El Consejo de Administración Legislativa, CAL, decidió ratificar la principalización de los alternos de los legisladores correístas asilados en México: Gabriela Rivadeneira, Soledad Buendía y Carlos Viteri. Además, solicitarán información a Cancillería sobre este asilo, que se analiza poner en conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional. “En sesión del CAL, nos ratificamos en el contenido íntegro de las resoluciones del máximo organismo de la Asamblea de Ecuador sobre la suspensión de remuneraciones y la principalización de los legisladores alternos, en lo referido a los Asam-
bleístas asilados en México”, expresó el presidente del Legislativo a través de Twitter. Mientras los tres correístas continúen en México existe una suspensión de los pagos al IESS para los tres legisladores ausentes, pues los beneficios de ley los tienen ahora sus alternos al estar principalizados. El CAL también solicitó a Cancillería mayores detalles sobre el asilo en México de los legisladores. Litardo expresó que se analizará cómo se actuará con esa información. Desde el correísmo, sus representantes manifestaron no temer que esto pase al Pleno, pues consideran que hay un criterio unificado de que no hay causales para destituirlos. En cuanto reciban el informe de Cancillería, el CAL deberá definir si el tema pasa o no al Pleno. (I)Ec P
ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNITARIO Y PARTICIPACIÓN SOCIAL LA LAGUNA
SEGUNDA CONVOCATORIA
Se convoca a todos los socios de la “Asociación de Desarrollo Comunitario y Participación Social La Laguna” a sesión de Asamblea General Ordinaria, que se desarrollará en la escuela Dr. Edison Calle Loaiza, ubicada en la urbanización La Laguna junto a la iglesia, el día sábado 25 de enero del 2020 a partir de las 14h00, en la cual se tratará el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4.
Constatación del quorum. Informe de Presidencia. Informe de Tesorería. Elección de la nueva directiva
Dr. Rolando Sisalima Jara PRESIDENTE
Ing. Omar Ojeda SECRETARIO
Nota: De acuerdo al capítulo III artículo 18 del Estatuto de la Asociación de Desarrollo Comunitario y Participación Social La Laguna, reconocido jurídicamente por el Ministerio de Bienestar Social, mismo que manifiesta el quorum para las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, se establecerá con la mitad más uno de los socios, en caso de no existir quorum reglamentario, se reunirán en la segunda convocatoria una hora después con el número de socios presentes, siempre que el particular conste en la convocatoria . P/3116
I
Sucesos
www.cronica.com.ec
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
5
250 hectáreas afectadas por el fuego en el Casitagua Efectivos lograron controlar el incendio en el sector sur y centro. A las 4h00 de este jueves 16 de enero se reiniciaron las labores para apagar el incendio forestal en el cerro Casitagua, ubicado en el sector de Pomasqui, al noroccidente de Quito. Según el delegado del Ministerio del Ambiente, Francisco Díaz, 250 hectáreas de bosque han sido consumidas por las llamas. El alcalde Jorge Yunda presentó este jueves un informe de la situación que se vive en la emergencia del sector de Pomasqui. Hasta la mañana se logró controlar el incendio en el sector sur y centro. El Comandante Esteban Cárdenas, del Cuerpo de Bomberos de Quito, declaró
“actualmente tenemos dos flancos en la zona norte alta y baja en donde estamos concentrados... Se mantienen monitoreos y recorridos permanentes para mantener las otras zonas controladas”. Más de 400 elementos del Cuerpo de Bomberos de Quito y otras instituciones se han distribuido por distintos flancos para sofocar las llamas. Los uniformados combaten el fuego con ayuda de 4 helicópteros de los Bomberos, la Policía y el Ejército. Díaz confirmó que en las
próximas horas llegarán guardaparques para ayudar en la mitigación del incendio. Hasta el momento no se han reportado personas heridas por esta emergencia. El incendio inició el pasado martes 14 de enero. Las autoridades indicaron que luego de la mitigación del fuego comenzarán los trabajos de reforestación y cuidado de la fauna y flora del lugar. Ahí serán esparcidas semillas de especies endémicas tras los procedimientos correspondientes.(I)Ec
Leyes de urgencia que, por ahora, descansan en el cajón Son propuestas, como la ley de seguridad para la frontera, que respondían a la coyuntura. Hay algunas que llevan más de un año en trámite Andrés Michelena entregó a César Litardo el proyecto de Datos Públicos en septiembre 2019René Fraga Es una deuda que crece. La Asamblea Nacional recibe proyectos de ley que en su momento son consideradas de urgencia pero, que en poco tiempo, van quedando relegados a segundo plano en la Legislatura. La mayoría de estas propuestas surgen desde el Ejecutivo que se ha visto forzado, por la coyuntura, a plantearlas para su tratamiento, sin tener eco ni siquiera ante los legisladores de la bancada oficialista (Alianza PAIS). La Asamblea debe definir fecha para el debate de las utilidades petroleras Ejemplos hay algunos. En noviembre del 2018 el ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, entregó a la presidenta de la Asamblea Nacional de ese entonces, Elizabeth Cabezas, el proyecto de Có-
digo de Seguridad, el cual surgió por los problemas que el Ecuador empezó a tener en la frontera norte, donde hubo un ataque con un coche bomba a un destacamento policial en la población de San Lorenzo, y ante el secuestro y posterior asesinato del equipo periodístico de El Comercio, así como de dos ciudadanos oriundos de Santo Domingo de los Tsáchilas. En ese momento se mostró la urgencia de tener un cuerpo legal acorde a los nuevos tiempos y a las nuevas amenazas que vive el país, y ante las denuncias de las repetidas fallas de la inteligencia militar y policial. Así también, la ministra de Gobierno, María Paula Romo, presentó el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Movilidad Humana, que busca regular y ordenar las dinámicas de las personas en condición de movilidad, a fin de garantizar la seguridad de los ecuatorianos. La propuesta nació de la coyuntura que vive el país por la migración de ciudadanos venezolanos, y por algunos actos de violencia que invo-
lucraron a extranjeros. Una filtración de datos privados de millones de ecuatorianos por Internet ocasionó que el Gobierno, por intermedio del ministro de Telecomunicaciones, Andrés Michelena, presente el proyecto de ley para la protección de datos personales. La directora de Registro de Datos Públicos, Lorena Naranjo, dijo a EXPRESO que en la Asamblea le ofrecieron que en este mes se trataría la propuesta hecha en septiembre del 2019. La lucha contra la corrupción ha sido otro de los ejes en los que enfocó el Gobierno su trabajo y presentó algunas iniciativas para fortalecer la labor en contra de los presuntos hechos de corrupción del anterior régimen, entre ellas la Ley Orgánica Anticorrupción y Protección al Denunciante, pero al igual que los otros proyectos antes señalados, no han tenido la respuesta necesaria en el Parlamento, a pesar de que las diferentes autoridades que han recibido los proyectos han dicho “que serán prioritarios”. (I)Expreso
“Heladas” afectan cultivos Los efectos provocan grandes pérdidas, según agricultores. El cambio de clima provoca afectaciones en los cultivos en Cotopaxi, según reclaman agricultores de la zona. Por ejemplo, las bajas temperaturas durante la noche provocan la formación de una capa de hielo en las hojas de las plantas. Después, al amanecer, los rayos solares derriten el hielo y queman los cultivos. Todo esto es consecuencia del fenómeno conocido como “heladas”. El director del Ministerio de Agricultura en Cotopaxi, Alexis Parreño, informó que desde hace tres semanas la temperatura en la noche os-
cila entre 1 y 3 grados centígrados. “Esta época estamos en plena producción, estamos tratando de apoyar en el sector productivo con técnicas que puedan mitigar este tipo de problemas”, comentó. Los cultivos de maíz, papas y habas ubicados en Latacunga, Salcedo, Pujilí y Saquisilí son los mas golpeados por el fenómeno. Es el caso de Lucinda Arequipa,quien vive en la parroquia rural La Victoria, en Pujilí. Ella invirtió 1.200 dólares en la siembra de dos hectáreas de maíz y ahora se lamenta por los devastadores efectos de las heladas.LEA: La “mancha caliente” que apareció en el Pacífico y se “mueve” a Sudamérica (I) P
29 AÑOS
SIRIVIENDO
LA EXPERIENCIA NO ES PURA CASUALIDAD...!!!
A LOJA
Presente este anuncio y su primera consulta será GRATIS • Más de 4000 pacientes tratados en Loja • Personal altamente capacitado • Garantizamos 100% todos los procedimientos RADIOLOGÍA DIGITAL
www.ortodonciaecuador.com
ATENDERÁ EN LOJA, LUNES 20 Y MARTES 21 DE ENERO Dir.: Av. Nueva Loja 19-27 y Guayaquil, Edif. Suites del Río, diagonal a Plaza del Valle Shopping Telf.: 2720163 - 0987213742 / SENESCYT 6170R-12-15761 P/3114
6
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Loja
www.cronica.com.ec
I
La tierra de las truchas está de fiesta
La parroquia noroccidental de Loja, Santiago, está celebrando un año más de vida política, para ello las autoridades han preparado una amplia programación cultural, religiosa y deportiva, la cual iniciará este viernes 17 hasta el viernes 31 de enero del 2020.
Programa Las festividades empiezan este viernes 17 enero con la misa de acción de gracias, luego el pregón de fiestas donde organizaciones e instituciones públicas y educativas caminarán por las diversas calles del pueblo. Mery Montoya, presidenta del Gobierno Parroquial, expresó que el sábado 18 de enero, durante el día habrá la competencia de carros de madera; y, por la noche Santiago será parte de la belleza con la elección, exaltación y coronación de la Reina de la parroquia. Luego el evento bailable con artistas locales y de la provincia. Las candidatas que competirán por la corona de la tierra de las frutas y la
•• Las candidatas tras la corona: Gabriela Guadalupe Beltrán Montaño; Lizbeth Yesenia Chimbo Gordillo; y Andrea Jessenia Morocho Sanmartín.
•• Mery Montoya, presidenta del Gobierno Parroquial
trucha son: Gabriela Guadalupe Beltrán Montaño, de 20 años de edad, representante del barrio El Gallo; Lizbeth Yesenia Chimbo Gordillo (20) del barrio Machala; y Andrea Jessenia Morocho Sanmartín (20) del barrio La Floresta. Del domingo 19 al viernes 24 de enero existen diver-
jor torete cuidado, la trucha más grande, el mejor cuy, entre otros. El lunes 27 desfile cívico estudiantil por las principales calles de la parroquia, luego la sesión solemne. El resto de días hasta el viernes 31 se desarrollarán varias actividades religiosas. (I).(FJC).
sos eventos artísticos, deportivos y culturales, con este último darán vida por segundo año consecutivo a la réplica del Festival de Artes Vivas (21 de enero). Religioso La presidenta mencionó que desde el viernes 24 empiezan las festividades
en honor al Santísimo Sacramento y al Señor de la Buena Esperanza con el arreglo de la iglesia; al siguiente día, recorrido con los medios de comunicación por los sitios turísticos de Santiago; y, el domingo 26 la Feria Agrícola y Ganadera donde premiarán a la mejor vaca lechera, me-
Bodas de plata celebra el Instituto Los Andes Desde el sábado 25 de enero, las actividades académicas, socioculturales y deportivas realzarán las festividades por los 25 años del Instituto Superior Tecnológico Los Andes. La sesión solemne está prevista para el jueves 30. “Somos pioneros, en la ciudad de Loja, en ofrecer los servicios educativos a nivel superior, en las carreras de: Análisis de Sistemas, Mercadotecnia, y Comunicación Audiovisual”, mencionó Mariel Soledad Minga Mendieta, vicerrectora Administrativa. En varias promociones, no solo de la ciudad de Loja, sino de la provincia “se ha visto reflejado nuestra misión y visión como institución”, recalcó. Actualmente, 150
dios a nivel superior-.
•• Mariel Soledad Minga Mendieta, vicerrectora Administrativa del Instituto Superior Tecnológico Los Andes.
estudiantes y 25 profesionales en la planta docente de las tres áreas la integran. Inclusión La representante enfatiza que en el ámbito de ser inclusivos y solidarios
cuentan con un grupo considerado en el cupo del gobierno, donde los jóvenes ingresan gratuitamente y en su mayoría tienen algún grado de discapacidad, permitiendo -a este sector, igualdad de condiciones para con los estu-
Evaluación Próximamente las instituciones de educación superior, a escala nacional, serán evaluadas, por lo que “Los Andes” también ingresará al proceso. “Uno de los puntos visionarios es acreditar y así poder seguir otorgando, a la ciudadanía, carreras que permitan a los jóvenes las tecnologías como una opción de estudios”. Festividades En la jornada de celebración, no solo serán partícipes quienes conforman la entidad: administrativos, docentes, estudiantes; sino también, exalumnos, graduados, instituciones aliadas con las que mantienen
convenios, así como, con aquellas que quieran sumar. La elección de la reina está prevista para el sábado 25 de enero. Lanzamiento de la revista de aniversario, concursos, y casa abierta están dentro de la agenda; y para culminar: el jueves 30, la sesión solemne; el 31, noche de luces; y, el 1 de febrero, caminata paseo. Invitación “La invitación está abierta también a los exestudiantes para revivir la época académica, con el Instituto que les dio su carrera profesional; a la vez, la ciudadanía para que conozcan las actividades que efectúa la institución”, reiteró la vicerrectora.(I).(KBM).
I
Loja
www.cronica.com.ec
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
7
Municipio tiene plazo hasta el 31 de enero con los trabajadores Luego de que recurrieran a instancias judiciales, los trabajadores municipales llegaron a un acuerdo con el empleador para que, hasta fines del mes de enero se cumpla con la sentencia de juez sobre los derechos conseguidos por los servidores del ayuntamiento local. Cristian Cango, secretario general del Sindicato de Trabajadores del Municipio de Loja, dijo que han tenido que tomar medidas de protesta para lograr que el empleador cumpla con la sentencia del pliego de peticiones. “En agosto de 2018, obtuvimos la sentencia favorable en el pliego de peticiones que beneficia a 1132 trabajadores, la misma que ha sido reconocida por la actual administración municipal, pero que no se ha cumplido en relación a un pago retroactivo, homologación y el tema de los compañeros jubilados”, dijo el dirigente. Comentó que, en una
•• Trabajadores municipales decidieron protestar hasta que se cumpla con la sentencia que obliga a respetar sus derechos.
asamblea general de los trabajadores, realizada en diciembre pasado, resolvieron establecer un Plan de Lucha, ya que su empleador no había cumplido con el acuerdo de pago, previamente acordado. “Desde el día 6 de enero hemos venido cumpliendo nuestro plan de lucha; es así que, los días lunes 6, miércoles 8 y el viernes 10 de enero realizamos los plantones, para luego terminar con una marcha desde el
parque de San Sebastián hasta concluir en los bajos del Municipio, en el parque central”, dijo Cango. “Pero esta semana que termina, empezamos hacer la huelga de brazos caídos, en las diferentes dependencias de los trabajadores. El día lunes iniciamos una hora más tarde de lo habitual; el martes lo hicimos con dos horas de retraso, para el día viernes (hoy) no laborar media jornada”, dijo el dirigente gremial municipal.
Sin embargo, ayer se dio una reunión con los representantes de los trabajadores, incluido el asesor jurídico Fausto Moreno; la misma que estuvo encabezada por el alcalde Jorge Bailón, el procurador síndico Medardo Oleas y el coordinador municipal Efraín Muñoz. “Los acuerdos a los que hemos llegado es que el Alcalde va a pagar el retroactivo, la homologación; además se ha incluido a 46 compañeros, y todo esto,
con un plazo hasta el 31 de enero”, informó Cango, además comentó que, en dichos acuerdos se ha sumado la solución a los requerimientos de los jubilados y el aporte de los socios del Sindicato, a través de la institución. Se dio a conocer que los recursos que debe pagar el Municipio de Loja por concepto de retroactivo a los trabajadores serían cuotas de 77 mil dólares, monto en el que estaría incluido una parte de la homologación salarial que el empleador no ha cumplido desde el mes de agosto de 2018; por lo que se espera el pago de 200 dólares en promedio, para cada uno de los trabajadores municipales. Finalmente, el dirigente gremial dijo que la aspiración de los trabajadores -es mantener un ambiente de cordialidad y armonía con su empleador- con la finalidad de aportar significativamente para el desarrollo del cantón. (I)(WMM).
Convocarán a concurso para renovar notarios En el marco del cumplimiento constitucional y legal, el Consejo de la Judicatura (CJ) notificó a los notarios que cumplieron con su tiempo en ejercicio del cargo, mientras se espera convocar un nuevo concurso, en cuyo proceso pueden postular para reelegirse por una sola ocasión. En la misión del CJ se establece como el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial, mediante la definición y ejecución de las políticas para el mejoramiento y modernización del Sistema Judicial. La directora provincial del CJ, Dolores Yamunaqué, dijo que el Pleno del CJ, haciendo uso de sus competencias otorgadas por la Constitu-
ción y la Ley Orgánica de la Función Judicial, emitió la resolución 191, para declarar como terminado el nombramiento de los notarios, del periodo 2013-2019, pero se les habría concedido una prórroga en sus funciones hasta que existan los nuevos notarios que deberán salir en un nuevo proceso de concurso. Además, la decisión del CJ incluye la disposición para el departamento de Talento Humano y a la Dirección Nacional de Innovación y Acceso a la Justicia, para que se empiece a trabajar en los parámetros y reglamentos que permitan convocar a nuevo concurso de méritos y oposición, con la finalidad de reemplazar a los notarios declarados en prórroga.
La directora provincial del CJ dijo que la ley es clara y, por tanto, los notarios actuales que deseen, pueden volver a participar en el nuevo concurso. “Pueden reelegirse por una sola ocasión. Se reeligen cuando no hay concurso; y, además, mediante una evaluación, pero en este caso como es concurso, pueden participar las veces que quieran”, dijo Yamunaqué, además comentó que la directora nacional, habría realizado la invitación a los notarios prorrogados, como también a todos los abogados del país, ya que se requeriría profesionales con probidad, calidad moral y ética. “Asimismo, hizo un llamado a la ciudadanía para que sea parte del proceso, a través de veedurías”, comentó.
La provincia de Loja contaría con 32 notarios, de los cuales 14 estarían en funciones prorrogadas, y tres bajo la figura de encargo. En el cantón Loja habría 10 notarios, de los cuales 8 prorrogados. Entre la visión del CJ, está el reto de garantizar el acceso a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de derechos con eficacia, integridad y transparencia asegurando el debido proceso y la seguridad jurídica. La directora Yamunaqué dijo que, en la provincia de Loja, no se han presentado denuncias en contra de los notarios, por lo que se puede decir que el sistema de autoridades se lo lleva con total normalidad y apegados a Derecho, pero que, además, el CJ está en per-
•• Dolores Yamunaqué, directora provincial del CJ.
manente control y veeduría. “Nuestra señora directora María del Carmen Maldonado fue enfática al manifestar que este es un nuevo concurso, las notarías no están en venta y que las personas conocedoras de actos de corrupción deben ser denunciados al 1-800 Transparencia, o en las ventanillas de la institución, vía correo electrónico maria.maldonadofuncionjudicial@.gob.ec; cuya acción ciudadana será garantizada con total confidencialidad”, concluyó. (I)(WMM).
8
Varios
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
www.cronica.com.ec
I
Edificios y locales comerciales Consultorio jurídico gratuito de la UNL recibió certificación de la Defensoría Púbica deben cambiar letreros El Consultorio Jurídico Gratuito de la Universidad Nacional de Loja (UNL), que presta sus servicios por más de 70 años a la sociedad lojana, recibió este jueves 16 de enero de 2020, la certificación de permiso de funcionamiento por parte de la Defensoría Pública del Ecuador, que avala el cumplimiento de los estándares de calidad y que garantiza el servicio que se brinda a la ciudadanía. La entrega se dio por parte de la defensora pública en Loja, María Cristina Meneses, quien destacó que es un reconocimiento al trabajo que desempeña el Consultorio, con profesionales y estudiantes –sobre todo– atendiendo gente de sectores vulnerables, que buscan la asesoría y atención en diferentes materias del derecho penal, jurídica, psicología y trabajo social. El Consultorio está adscrito a la Defensoría Pública, entidad que realiza evaluaciones permanentemente y capacita al personal. “Realmente recibir esta certificación nos congratula porque es una respuesta a la labor que prestamos a quienes más
lo necesitan. Esto además demuestra que los objetivos planteados dentro del accionar de la Universidad Nacional de Loja se están cumpliendo”, manifestó Elvia Zhapa Amay, decana de la Facultad Jurídica, Social y Administrativa de la UNL. Los servicios en el Consultorio se ofrecen desde 1948. Tito Suárez, coordinador del Consultorio Jurídico Gratuito de la UNL, explica que la reubicación de esta Unidad fue positiva porque al estar en el centro de la ciudad también está cerca de las instituciones de justicia, lo cual permite contar con una mayor afluencia
de personas, a quienes se les presta una atención eficiente con profesionales de la propia universidad (un coordinador, dos abogados litigantes, una psicóloga y trabajadora social), a ellos se suma el aporte de cerca de 100 estudiantes, por año, que realizan sus pasantías. El Consultorio Jurídico de la UNL, en el 2019 atendió y resolvió 1.859 casos, generando un ahorro de $143.640 de costos mínimos –por servicios de asesoría, patrocinio y atención prioritaria en los campos legal y social– a grupos vulnerables. Desde la comunidad universitaria se invita a la ciudadanía para que acuda al Consultorio ubicado en los bajos del Gobierno Provincial de Loja, calles José Antonio Eguiguren y Bernardo Valdivieso. Recordándoles que todo tipo de trámite no tiene costo alguno.(I).
Dando cumplimiento a la ordenanza municipal referente a la señalética de los bienes inmuebles y mobiliario urbano del cantón Loja, la municipalidad solicita a los propietarios de los distintos locales o establecimientos que ofrezcan un servicio regularizar los letreros. La colocación de letreros de los comercios o identificativos de instituciones públicas y privadas debe ajustarse a la normativa existente y que consta en la ordenanza. Al momento se hace conocer esta medida y a partir del segundo trimestre del año se procederá a notificar a través de Comisaría de Ornato el incumplimiento de esta disposición y el retiro del letrero. La normativa y diseños del casco central los proporciona la jefatura de Centro Histórico y los que están fuera de este perímetro los otorga
Regulación y Control Urbano. A decir de Stalin Romero, jefe de Centro Histórico, existen medidas para los letreros que se tienen que respetar, es el caso de los edificios industriales que deben tener 60cm de ancho por 1.20 de altura. Las medidas varían para el resto de inmuebles sean públicos o educativos. En el caso de los edificios patrimoniales, sobre todo aquellos que están inventariados, la consideración es diferente, las medidas son de 14cm de ancho por 25cm de altura en materiales de bronce, madera o hierro. Romero explica que algunas empresas si se han ajustado a la normativa y por ello invita a los propietarios de locales comerciales y de edificios a cambiar los letreros si aún no lo realizan.(I).
Consultorio Jurídico de la UNL • • •
Fue creado en el año de 1948 anexo a la Facultad de Jurisprudencia. En el 2019 atendió y resolvió 1.859 casos. Generó un ahorro de $143.640 de costos mínimos a grupos vulnerables.
Previenen enfermedades vectoriales en Chaguarpamba
Más de 80 funcionarios municipales son capacitados por AME Macará. Como parte de la gestión realizada por el alcalde de Macará, Alfredo Suquilanda en coordinación con la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME), se desarrolló el taller de capacitación denominado “Fortalecimiento institucional de la gestión municipal”. El taller estuvo dirigido a funcionarios de las áreas Administrativa-Financiera; Compras Públicas y Talento Humano de los municipios que conforman la Mancomunidad Bosque Seco (Macará, Zapotillo, Paltas, Pindal, Celica y Puyango), a ellos se sumó el cantón Sozoranga, gracias a la cercanía de sus cantones. Dunia Bustamante, coordinadora regional 7 de AME, instó a los funcionarios municipales a trabajar arduamente en beneficio del municipalismo ecuatoriano para así lograr mejoras y co-
laborar con el desarrollo de sus respectivos cantones. De su parte, la Primera Autoridad del cantón, agradeció el apoyo que brinda la AME, toda vez que reconoció el trabajo de los técnicos, así como del presidente de la entidad Raúl Delgado Orellana, “quien se ha enfocado en el fortalecimiento de la imagen institucional y el trabajo coordinado con cada uno de los 221 municipios del país”, expresó. Ponentes Los técnicos Vinicio Cueva, Esteban Jaramillo, Guillermo Alomía y Winston Bolaños fueron los encargados de capacitar en las áreas: administrativa, financiera y legal, enfocados en temáticas como aplicación del COA, fortalecimiento municipal, proceso coactivo, ciclo presupuestario, gestión de tesorería entre otros temas. Mientras que Santiago Silva y Jefferson Salazar del área
de Talento Humano de AME, capacitaron en diseño de reglamentos o estatutos de gestión organizacional de procesos, estructura orgánica, portafolio de productos y servicios, manejo de contrato de servicios ocasionales, fundamento técnico-legal, contrato de servicios profesionales, entre otras temáticas de interés municipal. En el área de Compras Públicas, estuvieron presente Oscar Matute y Marjorie Peralta, quienes compartieron sus conocimientos en procedimientos precontractuales, procedimiento general de contratación, fase preparatoria y administradores de contratos. Juan Carlos Ventimilla, técnico de Sozoranga, se pronunció complacido por los conocimientos adquiridos y conminó a que se mantengan este tipo de eventos y con ello poder reforzar el trabajo en los GADs municipales.(I).
Actividades de rociado intradomiciliar se realizaron en más de 40 viviendas de los barrios Los Paches y Yaguagui, del cantón Chaguarpamba, con el objetivo de controlar la presencia de los insectos transmisores de paludismo, enfermedad de Chagas y leishmaniasis. Geovani Cumbicus, responsable de brigada vectorial del Distrito 11D02 Catamayo-Chaguarpamba-Olmedo Salud, dijo que las distintas medidas tienen el objetivo de combatir la presencia de los mosquitos y disminuir la probabilidad de contagio. Una de las características del rociado es cubrir toda la vivienda llegando a los espacios internos y externos
más pequeños, logrando de esta forma la neutralización de los vectores con un insecticida de acción residual. Es importante considerar que para evitar la presencia de los mosquitos la población debe impedir la acumulación de toda clase de recipientes, colocar mallas en puertas y ventana, uso de ropa manga larga. Como parte de la promoción de salud los técnicos de atención primaria en salud (TAPS), en la intervención anterior, realizaron la visita puerta a puerta y entregaron material informativo para educar a la población en la prevención de las enfermedades vectoriales.(I).
D
www.cronica.com.ec
Cronideportes
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
9
Marcos Caicedo es nuevo jugador La creación del nuevo logo de la FEF de Liga Deportiva Universitaria La polémica de Marcos Caicedo llegó a su fin. Liga Deportiva Universitaria anunció, este jueves 16 de enero de 2020, a Marcos Caicedo como su nuevo jugador. El atacante zurdo llega a los albos con un contrato por tres temporadas, tras su salida de Barcelona SC. La dirigencia de la ‘U’ trabajó en el fichaje de Caicedo desde septiembre de 2019. Sin embargo, los directivos se toparon con más de un problema al momento de la negociación. Una demanda del Pachuca mexicano al Barcelona frenó la contratación del mediocampista izquierdo. El pasado 30 de diciembre de 2019, Caicedo manifestó su preferencia por el color
blanco y su deseo de jugar en Liga de Quito. El 50% del pase del futbolista le pertenecía al grupo Pachuca. Barcelona fichó a préstamo al extremo zurdo en el 2016 tras una negociación con el Pachuca. En julio del 2017, renegoció con el cuadro azteca para mantenerlo por tres temporadas y
media. Trascendió entonces que adquirió el 50% de los derechos deportivos del futbolista por un monto cercano a los $4 millones. El club mexicano estuvo cerca de demandar a BSC. Liga de Quito se dispuso a asumir el 90% de una deuda que mantiene Barcelona con el Pachuca para obtener los derechos deportivos del ecuatoriano Marcos Caicedo. Los albos sumaron su octavo refuerzo para la temporada 2020. Davinson Jama, Junior Sornoza, Luis Arce, Moisés Corozo, Pedro Perlaza y Ronny Medina también se sumaron a los universitarios. Se espera por la llegada de un volante central extranjero, para ocupar el lugar de Jefferson Orejuela, quien salió al Querétaro de México. (D).
Felipe Proaño lanza el volumen 2 de su libro Rutas de Escalada en Ecuador Muchas son las situaciones que puede experimentar una persona que dedica su vida a escalar paredes de roca, este es el caso de Felipe Proaño Iturralde, un escalador y montañista ecuatoriano que, pese a su juventud, tiene ya mucha experiencia, en este deporte y en esta oportunidad nos habla sobre el lanzamiento de su segundo libro “Rutas de Escalada en Ecuador”. El lanzamiento se llevó a cabo en las tiendas de The North Face® en el C.C Scala Shopping planta baja, con una participación de amigos y familiares con una velada cálida donde el escalador conversó sobre
este nuevo tomo y continuación de sus libros, además de agradecer a su casa The North Face® por apoyar el deporte ecuatoriano. Felipe a través de sus libros habla sobre las diferentes rutas en el Ecuador, cómo llegar, qué permisos y seguridades son necesarias,
el equipo que se debe llevar, “el objetivo principal de los libros es que la escalada crezca ya que es un deporte con mucho énfasis turístico”, asegura. La pasión de Felipe comenzó hace casi 15 años, en el 2002. “Empecé a subir montañas, a caminar a la cumbre, pero me di cuenta que tenía que aprender a escalar en roca vertical para poder llegar a montañas más altas, más difíciles y hasta más lejos”. Y así se inició en la escalada. Y la escritura inicio en el verano del 2015 cuando escalando en Colorado varias personas le preguntaban sobre Ecuador y ahí decidió escribir para vender el destino”-cuenta Proaño-.(D).
Maestros fotógrafos celebraron aniversario Al conmemorar XXXII aniversario del gremio de la provincia de Loja, los socios eligieron el nuevo directorio. William Jaramillo, presidente; Carlos Ordóñez, vicepresidente; Magali Chasi, secretaria; José Quishpe, tesorero; Luis Castillo, vocal de asuntos sociales estarán al frente hasta el año 2022. El juramento de ley estuvo pre-
sidido por Daniel Delgado, integrante de la agrupación y concejal del cantón Loja. En el evento, además se en-
tregó canastas navideñas a los socios y disfrutaron de una actividad artística y cena.(I).
tardó cinco meses
Para la agencia de publicidad Chola Ad, crear el nuevo escudo e imagen de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) fue todo un reto. El proceso inició hace cinco meses y se elaboraron más de 10 propuestas. Eso sí, todas fundamentadas en los elementos icónicos que representan al país y al balompié nacional. Durante ese tiempo se hizo investigaciones, análisis y estudios de trazos andinos, indígenas de la Amazonía y de la costa ecuatoriana. Su elaboración fue un viaje por el interior del país, una expedición en búsqueda de rescatar las gráficas nacio-
nales que puedan ser fácilmente identificables. Pero también se buscó que la nueva imagen sea plenamente futbolera y moderna, sin dejar a un lado el objetivo que presentó el cliente. La Ecuafútbol buscaba un cambio radical. “El escudo de la Selección, para el futbolero, es como un símbolo patrio. Es la representación del fervor y pasión de los hinchas. Transformar eso fue un reto importante para la agencia y requirió un proceso largo de reuniones y bocetos”, dijo Dante Rosetto, el creativo y uno de los responsables en la elaboración del nuevo escudo de la FEF.(D).(El Comercio). P
CMYK
10
Intercultural
las noticias al día
www.cronica.com.ec
F
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Trabajos de mantenimiento del Centro Arqueológico de Palanda fueron entregados Palanda. El Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC), adscrito al Ministerio de Cultura, con el apoyo del GAD Municipal de Palanda, realizaron la entrega del mantenimiento correctivo en la Reserva y Museo del Sitio Arqueológico Santa Ana-La Florida, ubicado en el cantón Palanda, Provincia de Zamora Chinchipe. La ejecución de la obra contempló el mantenimiento de la estructura metálica de protección, la implementación de arreglos, mejoras, cambios en la señalética y trabajos de limpieza en las áreas de circulación, ubicadas alrededor de las estructuras arqueológicas, por un valor de $36 mil 786 dólares. El Gobernador de Zamora Chinchipe, Bolívar Márquez,
yectos de mantenimiento y conservación ejecutados, en el marco de la construcción del Sistema Ecuatoriano de Áreas Arqueológicas y Paleontológicas, para la investigación, conservación y difusión de este bien patrimonial que guarda la historia de las culturas ancestrales que habitaron este lugar.(I).
Dato • en su intervención dijo que es un día histórico para Palanda porque se realiza la entrega oficial del mantenimiento de este icono cultural, que ha sido fruto de un trabajo conjunto entre autoridades del Gobierno Nacional y el GAD Municipal,
que ha permitido beneficiar a los ciudadanos. “Nuestro compromiso seguir trabajando articuladamente para resaltar los espacios culturales de nuestra provincia”, resaltó. Segundo Mejía, alcalde del GAD Municipal de Palanda,
expresó su agradecimiento por esta obra que ha sido ejecutada en este sitio arqueológico, lo que fortalecerá el turismo del cantón. Por su parte, Joaquín Moscoso, director ejecutivo del INPC, destacó que este es uno de los primeros pro-
Al finalizar el evento se realizó la suscripción de una carta de cooperación interinstitucional entre el GAD Palanda y el INPC, con el propósito de gestionar e impulsar programas para la protección de este bien arqueológico.
Ecuador contará con datos referentes a hábitos lectores, prácticas y consumos culturales El Ministerio de Cultura y Patrimonio realizará una ‘Encuesta de Hábitos Lectores, Prácticas y Consumos Culturales’ (EHLPCC), que permitirá al Ecuador obtener información que contribuya a un mejor diseño de la política, lo que repercute en un mejor diseño de planes y programas para beneficio de los ciudadanos. La Encuesta de Hábitos Lectores, Prácticas y Consumos Culturales está dirigida a los hogares ecuatorianos, su alcance es nacional, urbana rural y provincial, se consideran a todas las personas que habitan en el hogar en edades de 5 años y más. Se identifican dos tipos de informante: directo a partir de 15 años y calificado para menores de 15 años. La muestra será de 15.492 hogares. Es una encuesta que cuenta con asistencia técnica del INEC y forma parte del inventario de operaciones estadísticas
nacionales. El formulario cuenta con aproximadamente 90 preguntas que abordan diferentes temáticas como:
hábitos lectores, acceso y participación en actividades, eventos y espacios culturales, consumo de medios de comunicación, música,
contenidos audiovisuales, bienes culturales, además temas relacionados con las prácticas, manifestaciones y tradiciones culturales.
El equipo técnico del Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe (CERLAC) brindará asistencia técnica en el segmento de lectura y contribuirá con la interpretación de los resultados. EL formulario usado para la encuesta contiene preguntas que permiten llevar un flujo adecuado de las mismas, su diseño está adaptado para ser procesado por un softwareespecializado. Se divide en 7 secciones que tratan los datos de vivienda y hogar, el registro de los miembros del hogar, los hábitos lectores, las actividades y eventos culturales, los espacios culturales, las prácticas y manifestaciones culturales y una sección que trata sobre los medios de comunicación. Se prevé iniciar el proceso de levantamiento entre marzo y abril de 2020 y tener los primeros resultados hasta finales de este mismo año.(I).
CMYK
I
Zonal
www.cronica.com.ec
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
11
271.296 sustentantes habilitados para rendir el Ser Bachiller En total, 271.296 sustentantes a escala nacional están habilitados para rendir el examen Ser Bachiller, régimen Costa, de los cuales 169.347 son estudiantes que están cursando el tercero de bachillerato y 101.949 son graduados de años anteriores.
interviene en la evaluación está capacitado por expertos de la Senescyt y del Ministerio de Educación. Los aspirantes que quieran prepararse para rendir el Ser Bachiller pueden hacerlo en el simulador en línea: https:// serbachiller.evaluacion.gob. ec/simulador/login
La evaluación, que permite acceder a la educación superior pública y graduarse del colegio, está prevista para las siguientes fechas: 17 de enero, personas con discapacidad; 18 y 19 de enero, bachilleres de años anteriores (población no escolar); y, del 20 al 23 de enero, población escolar, personas radicadas en el exterior, privadas de la libertad y de los Centros de Adolescentes Infractores. Para garantizar el proceso, se contará con 2.538 sedes, 3.444 laboratorios y 72.301 equipos habilitados a nivel nacional. El personal que
Evaluación El examen es digital, de respuesta cerrada y opción múltiple, diseñado de acuerdo a los conocimientos que las y los sustentantes adquieren a lo largo de su ciclo académico; mientras que, para las personas postulantes con discapacidad visual, las preguntas estarán habilitadas en audio; y, para las personas con discapacidad intelectual habrá una evaluación escrita de acuerdo a sus necesidades. Para el día de la evaluación las y los aspirantes deberán acercarse con su
documento de identidad y el comprobante de sede, el cual contiene el usuario y contraseña. Es importante que tengan en cuenta que las y los sustentantes no podrán ingresar a la sede con calculadora, celular, Tablet, iPad, mochilas o maletines, únicamente podrán ingresar hojas en
blanco, lápiz, borrador y sacapuntas. Una vez que las personas hayan rendido su examen contarán con su hoja de aciertos impresa y deberán esperar a la fecha de publicación de notas por parte del Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Cambios en el acceso a la
educación superior Con el propósito de alcanzar un modelo de acceso a la educación superior más equitativo, el peso de la nota del examen Ser Bachiller pasará del 85 % al 60 % del puntaje y la nota de grado del 15 % al 40 %, modificación que reconoce el esfuerzo del estudiantado a lo largo de sus años de bachillerato y no únicamente el resultado de un examen. Entre otras modificaciones, la evaluación contempla reducir de cinco a cuatro los campos de evaluación: Matemática; Lengua y Literatura; Ciencias Naturales y Ciencias Sociales. Entre tanto, el componente Aptitud Abstracta será transversal a los otros indicados. También, se disminuyó el número de preguntas, pasando de 155 a 120, así como el tiempo de la evaluación, de tres a dos horas y media.(I).
Zamora
Suscribieron convenios a favor de caminos Zamora. La Prefectura de Zamora Chinchipe, haciendo eco de sus competencias continúa con la firma de convenios, en esta ocasión con los gobiernos parroquiales para el mantenimiento y adecuación de caminos vecinales e implementación de viveros. El prefecto Cléver Jiménez en representación de la institución provincial, realizó la rúbrica de los mismos. Para el mantenimiento de caminos de herradura de la parroquia Triunfo-Dorado, cantón Centinela del Cóndor, donde el Gobierno Provincial aporta con $5.000 y la supervisión de trabajos, mientras que el Gobierno Parroquial Local con 813 dólares y la fiscalización de ejecutado. Total, serán 12.50 km de caminos a intervenirse, entre ellas: El Placer-Las Antenas; El Triunfo-Tanque de Agua; El Dorado-El Guayabal; Tuntiak-Tuntiak Alto; Loma
Seca-El Dorado; La Cordillera-La Cordillera Alto. Con el Gobierno Parroquial de Guadalupe, para el mantenimiento y adecuación de los caminos de herradura de: El Progreso-Planta de Agua; El Progreso-El Rosal; San Carmelo-Barranquilla; Guadalupe-El Panecillo; San José-El Panecillo 2; San Antonio-La Merced; San Antonio-Palenque; San Antonio Los Cedros; El Salado-San Luis; Cantzama Alto-Huanca; El NaranjalLos Olivos; San Ramón-Los
Laureles; Santa Cruz-La Florida (…). La Prefectura aporta con 5.000 dólares. El siguiente convenio suscrito por la Prefectura servirá para la construcción y mejoramiento del vivero agrícola-forestal de El Chorro, cantón Chinchipe. Serán $14.758,24 dólares que se invertirán para el efecto, acompañado del apoyo y asesoramiento técnico del proyecto Territorio de Producción Limpia, mientras que el Gobierno Parroquial con la dotación del espacio físico para el funcionamiento del vivero o áreas de aclimatización de las plantas, la coordinación de trabajos de fortalecimiento institucional para el desarrollo y producción de plantas agroforestales, coordinación con los establecimientos educativos de la parroquia para las actividades de reforestación o educación ambiental, el apoyo con la mano de obra no calificada. (I).
En Guayzimi se ejecutará el proyecto “Casa para Todos” Nangaritza. Fredy Armijos Pérez, alcalde de Nangaritza; los técnicos de Ecuador Estratégico y los representantes de la empresa constructora china Camc Engineering Co. Ltd, se reunieron en el despacho de la alcaldía para finiquitar detalles y lineamientos técnicos para dar inicio a la construcción de las viviendas del proyecto “Casa para Todos” que iniciará en los próximos días. La empresa construirá dos viviendas unifamiliares y cuarenta multifamiliares. Además, el proyecto consta de áreas comunales y áreas para emprendimientos para los beneficiarios de las viviendas. El proyecto ‘Casa para Todos’ se cristaliza gracias a la gestión del alcalde del cantón
Nangaritza, Fredy Armijos Pérez, ante el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (Miduvi), y Ecuador Estratégico, ya que en el mes de octubre de 2019, la autoridad municipal, entregó las escrituras de los terrenos, ubicados en el barrio La Floresta de la ciudad de Guayzimi, a Diego Iñamagua, director provincial del (MIDUVI) de Zamora Chinchipe. El acalde también solicitó a los representantes de la empresa constructora china Camc Engineering CO. LTD que ocupen sólo la mano de obra local durante el proceso de construcción; es decir, las plazas de empleo que genera el proyecto tendrán que ser ocupadas por los nangaritcenses. (I).
12
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Zonal
www.cronica.com.ec
I
AME eligió a sus representantes ante el directorio del Banco de Desarrollo del Ecuador Con 60 votos a favor de un total de 80 asistentes entre alcaldes y representantes de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), se designó a la dupla integrada por Rómulo Alcívar (principal), alcalde del cantón La Troncal (provincia de Cañar) e Hipólito Carrera (alterno), alcalde del cantón La Maná (provincia de Cotopaxi) como los nuevos representes de los GAD ante el directorio del Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE). Los representes de los GAD ante el BDE se comprometieron a trabajar conjuntamente con la Asociación de Mu-
nicipalidades Ecuatorianas (AME) en beneficio de los 221 municipios del Ecuador y viabilizar los recursos a través de los proyectos que presenten los municipios con miras a lograr el desarrollo de sus poblaciones y así mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de
los diferentes cantones. “Nuestra idea es trabajar por una distribución equitativa de los recursos financieros, pues los municipios deben ser tratados financieramente de forma equitativa frente a los municipios grandes. Yo vengo de un cantón en pleno desarrollo y puedo
decir las necesidades son múltiples y todos queremos cumplir con esos proyectos que básicamente buscan el bienestar de nuestros pueblos, ese es nuestro principal interés.”, recalcó. Así en un acto democrático que fue respaldado por todos los asistentes fueron
posesionados en sus nuevas funciones los dos alcaldes que integrarán este binomio que buscará fortalecer los lazos de cooperación interinstitucional entre los gobiernos seccionales y el Gobierno Nacional. El Presidente de la AME, Raúl Delgado Orellana, quién participó de estas elecciones aprovechó la oportunidad para ratificar su compromiso de trabajar por el bienestar de los 221 municipios e instó a conformar un solo frente de unidad con el propósito de fortalecer la institucionalidad del municipalismo ecuatoriano.(I).
El Oro
En Piñas Se esclareció la propiedad municipal del terreno para el Parque “Molana” Adquirieron compromiso para el alcantarillado sanitario Balsas. El miércoles, 15 de enero de 2020, en la reunión mantenida entre el alcalde, Yuber Añazco Chamba; y su director de Obras Públicas, Ricardo Carrión Serrano, y Kevin Jiménez, gerente Sucursal Zonal Sur Banco de Desarrollo del Ecuador B.P, conjuntamente con técnicos del Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) y del Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE), mantuvieron una productiva sesión de trabajo, en el cabildo municipal de Balsas, para concretar el financiamiento de uno de los proyectos más importantes para el cantón, como es la “Construcción del sistema de alcantarillado sanitario y planta de tratamiento de aguas residuales para la ciudad de Balsas, en su primera etapa. Kevin Jiménez, gerente Sucursal Zonal Sur Banco de Desarrollo del Ecuador, manifestó que luego de las observaciones en el Proyecto, el GADM de Balsas tendrá que
entregar las correcciones manifestadas en la reunión y para el mes de febrero en el comité de crédito se firmará dicho convenio, para el desembolso de los recursos. El proyecto tendría un aporte del GADM de Balsas, de $1.680.669,73, así mismo el crédito con el CAF, el valor es de $1.789.113,00 y con el aporte de $1.349.681,74, sumando un total el proyecto de 4.819.464,47. La Misión Agua Para Todos, cuyo fin es aportar en la búsqueda de justicia y equidad social, a través de la dotación de servicios básicos de calidad para todos los ecuatorianos, anclada al Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021, seleccionó este proyecto para el cantón Balsas y de esta manera, la Ciudad Vergel del Ecuador, contará con un nuevo alcantarillado sanitario, beneficiando a toda la población y mejorando la calidad de vida de todos sus habitantes.(I). (FNJJ)
Piñas. El alcalde del cantón, Jaime Granda Romero, invitó oficialmente al Secretario General y Comité Ejecutivo del Sindicato de Choferes Profesionales de Piñas a una reunión de trabajo para esclarecer sobre la propiedad municipal del terreno donde se ha proyectado la construcción del parque recreacional “Molana”. A la reunión no asistió el Secretario General, pero sí, una comitiva de cinco personas, de los secretarios directivos: Lorgio Medina, Nervo Torres, Willan Marín, Iralda Romero y María Quizhpe acompañados de su asesor jurídico. Estuvo dirigida por el alcalde, quien también llegó acompañado de su equipo de trabajo de Directores Departamentales, en razón del inconveniente presentado con el Sindicato de Choferes, que reclamaba la propiedad y potestad de hacer uso del terreno en Molana. El alcalde explicó que el terreno en Molana es municipal, desde la resolución que consta en sesión ordinaria del concejo del 20 de marzo de 1990, cuando el Sindicato lotizó seis de sus propiedades,
entre ellas: Molana I y Molana II, de cuyo espacio y de acuerdo a la Ley de Régimen Municipal vigente en esa época, se destinó el espacio correspondientes para áreas de uso público y comunales, que pasaban automáticamente a propiedad municipal, y así el Sindicato podía vender los terrenos lotizados a sus socios. En aquel entonces, el Sindicato debió protocolizar e inscribir la lotización y por ende se legalizaba la transferencia de las áreas comunales a favor de la entidad municipal; sin embargo, esto no se hizo, y la situación generó la confusión de directivos sindicales de considerar el área como propia. Luego en el año 2006 en la actualización del catastro de predios urbanos que contrató el Municipio mediante consultoría, ya se ingresó estos predios con su respec-
tivo número y clave catastral, como propiedad municipal, por lo que dada la situación. El alcalde, Jaime Granda, ordenó se paralicen los trabajos que estaban realizando en el área y, dispuso cumplir inmediatamente el trámite de protocolización e inscripción por parte municipal, una vez legalizado esto, entregó en la reunión a los directivos presentes, una copia de toda la documentación pertinente. Los pronunciamientos del asesor legal sindical y de sus directivos fue de aceptación a lo explicado por el alcalde y sus técnicos, expresando también su satisfacción de quedar aclarada la situación y agradecieron la cordialidad con que se ha tratado este caso; ante ello, el alcalde les concedió seguir haciendo uso del parque vial para las prácticas de la Escuela de Conducción en tanto no afecte continuar con los trabajos que se retomarán para la construcción de plataformas que se ha programado efectuar este año y en 2021 se tendrá ya en su totalidad el Parque Recreacional “Molana”, un espacio para la familia y la ciudadanía en general.(I)(PMR)
P
Publicidad
www.cronica.com.ec
Judiciales
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Concursal a la señora SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: BANCO DE LOJA. DEMANDADO: SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI. JUICIO: N°11333-2018-02826. CUANTÍA: INDETERMINADA. JUEZA: DRA. ROSA BETARIZ LEON OJEDA. ASUNTO: CONCURSO DE ACREEDORES. TRÁMITE: PROCEDIMIENTO CONCURSAL. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, lunes 1 de octubre del 2018, las 09h45, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja y en mérito al escrito que antecede, EL MISMO QUE RECIÉN CON ESTA FECHA SE PONE A MI CONOCIMIENTO, POR PARTE DEL PERSONAL ENCARGADO.- En lo principal, la demanda incoada por la señora DRA. MARIA VERONICA MEDINA SOTOMAYOR, en su calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE LOJA S.A., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de la señora SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al trámite del PROCEDIMIENTO CONCURSAL que le corresponde; en consecuencia, de la documentación presentada se presume la insolvencia del demandado, por lo que se declara abierta con lugar la formación del CONCURSO NECESARIO; ASÍ COMO, LA INTERDICCIÓN DEL DEUDOR, de conformidad con lo previsto en el Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos.- Por lo tanto se dispone: 1.- Cítese a la parte demandada, en el domicilio señalado, con el contenido de la demanda que antecede y auto de aceptación a la misma; para el efecto, remítase el proceso a la Oficina de Citaciones y Notificaciones.- La Audiencia de Conciliación se convocará, una vez cumplidas todas las diligencias ordenadas en el presente auto; 2.- El deudor deberá presentar los documentos previstos en el Art. 421 del Código Orgánico General de Procesos; esto es, a) La relación detallada de todos sus bienes y derechos; b) El estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas si los tuviere; y, c) Los títulos de créditos activos; 3.- Se designa a la señora Dra. CARMEN DELIA QUIZHPE CHAMBA, para que intervenga en este proceso en calidad de Síndico de Quiebras, quien a su vez será depositario de los bienes de la deudora; para lo cual, deberá notificarse al mencionado profesional en el correo electrónico señalado, por intermedio de Secretaría, quien se encuentra en la obligación de asistir a la audiencia respectiva; así como tomar posesión del cargo conferido y presentar su informe, en virtud de lo dispuesto en los artículos 434 y 435 del Código Orgánico General de Procesos.- Se regula en CIENTO NOVENTA DOLARES AMERICANOS, los honorarios profesionales, de conformidad con lo que establece el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial; 4.- De conformidad con lo previsto en el Art. 376 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se ordena el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad del fallido; 5.- Inscríbase la insolvencia o quiebra del fallido en el Registro virtual del Consejo de la Judicatura; 6.- Publíquese en la página web del Consejo de la Judicatura, el presente auto que declara la insolvencia o quiebra del fallido señora SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI; 7.- Se ORDENA LA ACUMULACIÓN DE PLEITOS seguidos en contra del deudor; para lo cual, el señor Secretario del Despacho, certificará sobre los procesos que se tramitando en esta Unidad Judicial Civil del cantón Loja; 8.- Inscríbase el presente auto en el Registro de la Propiedad del cantón Loja y en el Registro Mercantil del cantón Loja, para los fines legales consiguientes; 9.- Remítase atento oficio al señor Fiscal General del Estado, haciéndole conocer sobre el presente auto, para que se realicen las respectivas investigaciones; 9.- Se prohíbe que el demandado SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI, se ausente del país; para lo cual, remítase la comunicación respectiva al señor Coordinador del Sistema de Apoyo Migratorio Loja (SAM-L).- Agréguese a los autos los documentos que se anexan a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el peticionario.- Hágase saber. DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. OTRA PROVIDENCIA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, lunes 16 de diciembre del 2019, las 11h17, VISTOS.- En virtud del juramento rendido por el Ing. Leonardo Guillermo Burneo Muller, en su calidad de Gerente del Banco de Loja S.A., se dispone citar a la demandada SUSANA BEATRIZ PANANA JAUREGUI por la prensa conforme lo determina el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos., para el efecto por secretaria confiérase el extracto pertinente, a fin de que se publique en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad. Llámese a intervenir en este proceso al señor Dr. Juan Carlos Sanchez Coronel, en calidad de Secretario Subrogante, mientras dure la ausencia del Titular.- Hágase saber.-DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 10 de enero del 2020. Atentamente, Ab. Maria Eugenia Sanchez Montero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/3110 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN
LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACION JUDICIAL Como el actor ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada Sra. CARMEN EFIGENIA SALAZAR CASTILLO, se dispone citarla a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Sr. OSCAR AUGUSTO MENDOZA CUENCA, DEMANDADO: Sra. CARMEN EFIGENIA SALAZAR CASTILLO OBJETO DE LA DEMANDA: MODIFICACION DE TENENCIA (INCIDENTE) TRAMITE: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUICIO:Nro. 11203-2013-0988 JUEZ:Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “...Loja, viernes 26 de julio del 2019, las 08h18, VISTOS: La demanda de MODIFICACION DE TENENCIA presentada por el Señor OSCAR AUGUSTO MENDOZA CUENCA, en contra de la señora CARMEN EFIGENIA SALAZAR CASTILLO, por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.3 y 333 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). En tal virtud, se dispone: UNO: Cítese a la accionada CARMEN EFIGENIA SALAZAR CASTILLO, con el contenido de la demanda, documentos adjuntos y este auto inicial, en el lugar indicado en la demanda, para lo cual con fundamento en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial y resolución No. 16-2017, expedida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, de fecha 27 de octubre del 2017, se comisiona al Señor Teniente Político de la parroquia Quinara del Cantón y Provincia de Loja. Envíese despacho en forma, el mismo entréguese al peticionario a efectos de que se gestione su resultado. Se advierte a la demandada la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: Tómese en consideración los medios de prueba que anuncia el actor. Por lo tanto, en cuenta su prueba documental. De ser admitida como prueba recíbase la declaración de parte del actor y demandada en forma personal y no por interpuesta persona. Además se dispone la intervención de la oficina técnica de la Unidad Judicial a fin de que informen en tomo al caso desde las distintas áreas; los resultados serán puestos a conocimiento de las partes por el término establecido en el Art. 225 del COGEP y sus integrantes obligados a sustentar el mismo en la audiencia. Notifíquese al respecto, cuando la parte accionada haya sido legalmente citada. Por último de conformidad a lo dispuesto en el Art. 60 del Código de la Niñez y Adolescencia, en relación con lo dispuesto en el inciso final del Art. 31 del Código Orgánico General de Procesos, se escuchará a la adolescente SASKYA NICOLE MENDOZA SALAZAR, así como también al niño ALBEYRO JOSUE MENDOZA SALAZAR, en forma reservada debiendo su progenitores presentarlos en el día y la hora a llevarse a cabo la audiencia única. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se los pone a la vista de la parte accionada y cuya admisibilidad se resolverá en la audiencia única. TRES: Respecto a la medida de protección solicitada y previo a proveerla con fundamento en el Art. 260 del Código de la Niñez y Adolescencia, se llama a intervenir a la oficina técnica de la Unidad a fin de que realice de manera inmediata un informe sobre lo expuesto en la demanda (fs. 191 ), en el término de cinco días de notificada. Comuniqúese al respecto. Agréguese a los autos los documentos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por el actor y la autorización que le confiere a su defensor técnico. Finalmente actúe en calidad de Secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber. OTRA PROVIDENCIA.- Loja, miércoles 8 de enero del 2020, las 15h13, En atención a lo solicitado en el memorial de fs. 295 y en virtud de que el accionante, Sr. Oscar Augusto Mendoza Cuenca, ha declarado bajo juramento (acta de fs. 299) que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada, Sra. Carmen Efigenia Salazar Castillo, así como de haberse efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a la prenombrada; en consecuencia, a efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto en el auto de calificación de fecha 26 de julio del 2019 (fs. 192.192vlta), cítese a la Sra. Carmen Efigenia Salazar Castillo por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Proceses, debiéndose conferir para lo cual el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Firma ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.-JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFIQUESE.-Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 9 de enero del 2020 Dr. Nivardo Mauel Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3111 NOTARIA PRIMERA DEL CANTON LOJA AVISO DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ACTORES: MIGUEL ANGEL INGA GUIILLEN Y ROSA AMADA OLIMPIA ORDOÑEZ CHIRIBOGA.Se pone en conocimiento del público en general, que se va a proceder a la inscripción de la escritura pública que contiene la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL habida entre los señores MIGUEL ANGEL INGA GUIILLEN Y ROSA AMADA OLIMPIA ORDOÑEZ CHIRIBOGA, convenio celebrado mediante escritura pública otor-
gada en la Notaría Primera del Cantón Loja, el día catorce de enero de dos mil veinte, y que comprende: Un lote de terreno urbano ubicado en el barrio Isidro Ayora, parroquia Sucre, cantón y provincia de Loja - Los interesados podrán oponerse en el término de veinte días, contados desde esta publicación. Loja 14 de enero de 2020Dra. Gina Calva Tapia NOTARIA PUBLICA PRIMERA DEL CANTON LOJA P/3108 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO, PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio: Voluntario de Inventario de Bienes Sucesorios, a los demandados conocidos, desconocidos y presuntos herederos del causante: VICTOR ANTONIO GUALAN RAMON, conforme lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, cuyo extracto es el siguiente: JUICIO: Nro. 11313-2019-00490. TRÁMITE: Voluntario ACTORES: TOLEDO TOCTO ESTELA MARINA, GUALAN TOLEDO VICTOR RODRIGO, GUALAN TOLEDO ANGEL EUGENIO, GUALAN TOLEDO CARMEN JOSEFINA, GUALAN TOLEDO AIDA LUCIA, GUALAN TOLEDO MARIA BRIGIDA y GUALAN TOLEDO LIDA ESPERANZA. DEMANDADOS: Conocidos, desconocidos y presuntos herederos del causante: VICTOR ANTONIO GUALAN RAMON. CUANTÍA: Indeterminada OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios JUEZ: Dr. Alex Damián Torres Robalino. AUTO: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO, PROVINCIA DE LOJA.- Saraguro, miércoles 14 de agosto del 2019, las 11h32, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma en mi calidad de juez multicompetente del cantón Saraguro en virtud del sorteo realizado y la competencia determinada en conformidad a lo dispuesto en el artículo 245 del Código Orgánico de la Función Judicial. La solicitud que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario. Cítese al señor Procurador Tributario del servicio de Rentas Internas y además al señor Delegado de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria por intermedio de uno de los señores jueces de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia Civil del cantón Loja a quien se le depreca a práctica de esta diligencia ofreciéndose reciprocidad en casos análogos. Cítese al señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal Intercultural de Saraguro por intermedio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante VICTOR ANTONIO GUALAN RAMON mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja previo juramento de desconocer más personas que deban comparecer al trámite. Se declara abierta la sucesión de VICTOR ANTONIO GUALAN RAMON. En cuenta el anuncio de prueba que realizan los accionantes en la presente causa disponiéndose: En cuenta el anuncio dispuesto en el acápite VI literales a) al f) de su demanda. Las personas que pudieren tener interés en la sucesión de la causante VICTOR ANTONIO GUALAN RAMON, podrán presentar su oposición dentro del presente trámite de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 346 del COGEP, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 336 del mismo cuerpo legal. Una vez citados todos los demandados se procederá a la designación de perito y a fijar día y hora para que se lleve a efecto a audiencia respectiva. En cuenta la cuantía como los domicilios judiciales señalados para posteriores notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- Particular que se pone en conocimiento de los interesados y del público en general. Saraguro 6 diciembre del año 2019. DR. CARLOS AUGUSTO RAMÍREZ SOLANO SECRETARIO P/3112 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL EXTRACTO DE CITACIÓN Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, al demandado: WASHINGTON RENEE CALLE MUÑOZ, cuya demanda en extracto es como sigue: Actor: Lic. Marco Patricio Cevallos Villavicencio, en su calidad de Gerente y Representante Legal de DISTRIBUIDORA CAMEL DE INSUMOS DISCAMEL CIA. LTDA. Demandados: ESAR OVER VARGAS RAMIREZ Objeto de la demanda: Cobro de dinero con fundamento en la Letra de Cambio Trámite de la demanda: Procedimiento Ejecutivo. Cuantía: $ 8.617,90. Juicio Nro. 11333-2018-02817. Juez: Dr. Vinicio José Bravo Merchán AUTO: Loja, jueves 20 de septiembre del 2018, las 12h33, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en legal y debida forma.- En lo principal, la demanda que antecede presentada por el Lic. Marco Patricio Cevallos Villavicencio, en su calidad de Gerente y Representante Legal de DISTRIBUIDORA CAMEL DE INSUMOS DISCAMEL CIA. LTDA., en contra del señor ESAR OVER VARGAS RAMIREZ; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General, y que se fundamenta en LETRA DE CAMBIO, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado Esar Over Vargas Ramírez, en el domicilio señalado, para lo cual se depreca al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Zapotillo, a quien se remitirá despacho en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
prevención, que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- En mérito a la certificación del Registro de la Propiedad del Cantón Zapotillo de fs. 2, y de conformidad con el inciso segundo del Art. 351 del COGEP., en relación con el Art. 126 ibídem, se dispone como providencia preventiva lo siguiente: Prohibición de enajenar sobre el 100% del inmueble de propiedad del demandado Esar Over Vargas Ramírez, inscrito en el Registro de la Propiedad del Cantón Zapotillo, el 24 de abril del 2002, bajo el No. 079 del Registro de la Propiedad, bajo el No. 156 de Repertorio; para ello se dispone notificar al Señor Registrador de la Propiedad del Cantón Zapotillo, para que tome nota del particular; diligencia de notificación, que se depreca al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Zapotillo, Provincia de Loja, a quién se debe remitir despacho en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónicos señalados. El accionante preste las facilidades del caso para el cumplimiento de la citación y notificación de prohibición de enajenar.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 7 de noviembre del 2019, las 11h44, Continuando con el trámite de la causa, se dispone que el actor en este caso el Lic. Marco Patricio Cevallos Villavicencio Gerente General y Representante Legal de Distribuidora Camel de Insumos Discamel Cia. Ltda.., comparezca el día viernes 08 de noviembre del 2019 a las 12h10, a la sala de audiencia Nro. 11, a fin de que rindan el juramento de ley, conforme al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos respecto del coparticipe señor Washington Renee Calle Muñoz.- Se llama a intervenir a la Ab. Oliva Espinosa Montaño en calidad de secretaria encargada del despacho, en merito a la Acción de personal Nro. 2654-DP11-2019-RR, de fecha 05 de noviembre del 2019.- Notifíquese.- f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, lunes 2 de diciembre del 2019, las 16h00, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Jueza encargada de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil de Loja, en virtud del Acta de Sorteos de Acción de personal Nro. 2725-DP11-2019-FA, de fecha 12 de Noviembre de 2019.- Vista lo manifestado en el escrito que antecede, se dispone: Que el actor en este caso el Lic. Marco Patricio Cevallos Villavicencio Gerente General y Representante Legal de Distribuidora Camel de Insumos Discamel Cia. Ltda., comparezca el día viernes 06 de diciembre del 2019 a las 12h10, a la sala de audiencia Nro. 11, a fin de que rinda el juramento de ley, conforme al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos respecto del coparticipe señor Washington Renee Calle Muñoz, por cuanto es la SEGUNDA OCASIÓN que se señala fecha.- Notifíquese.- f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 27 de diciembre del 2019, las 14h55, Vista la peticion que antecede, se dispone que el actor en este caso el Lic. Marco Patricio Cevallos Villavicencio Gerente General y Representante Legal de Distribuidora Camel de Insumos Discamel Cia. Ltda., comparezca en dias y horas habiles a fin de que rinda el juramento de ley, conforme al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, respecto del coparticipe señor: Washington Renee Calle Muñoz.- Notifíquese.- f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, lunes 6 de enero del 2020, las 14h44, Toda vez que el accionante Lic. Marco Patricio Cevallos Villavicencio Gerente General y representante Legal de Distribuidora Camel de Insumos DISCAMEL CIA. LTDA., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del Sr. WASHINGTON RENEE CALLE MUÑOZ en su calidad de acreedor hipotecario del bien embargado, se dispone notificarlo por la prensa por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase saber. Lo que comunico a usted para los fines de ley.Loja, 15 enero 2020 Abg. Pablo Aníbal Ojeda Pesantez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA P/3118 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Procedimiento Ejecutivo al señor EDDY LEONARDO CHAMBA BRAVO, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Banco Pichincha C.A. DEMANDADO: EDDY LEONARDO CHAMBA BRAVO. JUICIO: N°11333-2019-01797. CUANTÍA: $1.577,52 USD. ASUNTO: Cobro de dinero (Pagaré a la Orden). TRÁMITE: Procedimiento Ejecutivo. JUEZA: DRA. SARA SALOMÉ TANDAZO VALAREZO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 26 de junio del 2019, las 16h32. VISTOS.- La demanda que antecede presentada por el Banco Pichincha C.A., es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden que adjunta a fs. 1, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado Sr. CHAMBA BRAVO EDDY LEONARDO, en su calidad de deudor, proponga alguna de las excepcio-
13
nes taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Cítese al demandado en el lugar que se indica en el libelo de demanda, para lo cual el accionante aportará con las copias necesarias para la citación, remítase el expediente a la oficina de citaciones. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f) Ilegible. DRA. SARA SALOMÉ TANDAZO VALAREZO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. OTRO AUTO.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, sábado 11 de enero del 2020, las 11h47. VISTOS: Toda vez que el accionante Abg. JOSÉ ALEJANDRO LEÓN FERNÁNDEZ en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A, ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado señor EDDY LEONARDO CHAMBA BRAVO, se dispone citarlo por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.Llámese a intervenir en la presente causa al Abg. Leonidas Patricio Espíndola Camacho en calidad de Secretario Encargado del despacho, designado mediante Acción de Personal Nro.0126-DP112020-RR, de fecha 11 de enero de 2020.Hágase Saber.- f) Ilegible. DRA. SARA SALOME TANDAZO VALAREZO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 14 de Enero del 2020. Atentamente, DR.PAÚL OSWALDO SOLÓRZANO CUEVA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/3117 REPUBLICA DEL ECUADOR CITACION JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DEL CANTON LOJA. Cito con el escrito de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a VINICIO RAFAEL GRANDA CAMACHO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: VINICIO RAFAEL GRANDA CAMACHO TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $ 15.000,oo JUICIO No. 02965-2018 JUEZ: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 5 de octubre del 2018, las 15h37, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada de lo Civil y Mercantil de Loja. En lo principal, la demanda que antecede incoada por el señor DR. LUIS EDGARDO CHAMBA PULLAGUARI, en su calidad de Procurador Judicial del Ing. Jaime Guillermo Talbot Dueñas, Gerente General y Representante Legal del BANCO DEL AUSTRO S.A., en contra del señor VINICIO RAFAEL GRANDA CAMACHO, la misma que por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento EJECUTIVO, que le corresponde y solicita. En tal virtud, se dispone lo siguiente: UNO: Que el demandado dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, pague la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formule la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determinan los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado. DOS: Tómese en cuenta los medios de prueba que anuncia la parte actora en el libelo de demanda. Por lo tanto téngase en cuenta su prueba documental. De ser admitida como prueba recíbase la declaración de parte del accionado señor Vinicio Rafael Granda Camacho en forma personal y no por interpuesta persona ni aún mediante procuración judicial. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a conocimiento del demandado cuya admisibilidad será resuelta en la audiencia única. TRES: Agréguese a los autos los documentos adjuntados a la demanda. CUATRO: Luego de ello cítese al demandado señor Vinicio Rafael Granda Camacho, con la copia de la demanda, información adicional o anexos, documentos adjuntos y el presente auto en el lugar indicado en el la demanda, para lo cual se dispone deprecar al señor Juez de la Unidad Judicial de Zamora Chinchipe a quien se le enviará despacho suficiente y en forma ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. CINCO: Se advierte al accionado la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y dirección de correo electrónico señalados por el actor. Intervenga al Ab. Rene Fabricio Agila Guamán en calidad de Secretario Titular, mediante acción de personal No. 7437-DNTH-2015-SC, de fecha 19 de mayo de 2015.- Hágase saber..- f).- Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, JUEZ.- OTRO AUTO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 22 de noviembre del 2019, las 16h12, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto de sustanciación de fecha martes 19 de noviembre del 2019, las 16h19, se dispone citar al demandado señor VINICIO RAFAEL GRANDA CAMACHO conforme lo determina el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por medio de Secretaria de la Unidad Judicial confiérase el extracto correspondiente.- Hágase saber.- f).- Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, JUEZ. Loja, 25 de noviembre del 2019. Ab. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA Sergio P/3114
14
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Judiciales
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACION JUDICIAL Como el actor ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada Sra. ZOILA ROSA ARMIJOS, se dispone citarla a través de uno de los medios de comunicación, esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Sr. JOSE COLON VEGA RODRÍGUEZ, representado a través de su Procurador Judicial el Abogado Euclides Rodríguez Chuquirima. DEMANDADO: Sra. ZOILA ROSA ARMIJOS OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR CAUSAL TRAMITE: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUICIO: Nro. 11203-2019-03850 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo “…Loja, lunes 6 de enero del 2020, las 10h08, VISTOS: Como se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO formulada por el señor JOSE COLON VEGA RODRÍGUEZ, representado a través de su Procurador Judicial el Abogado Euclides Rodríguez Chuquirima, conforme lo justifica con la escritura pública que adjunta en contra de la señora ZOILA ROSA ARMIJOS, por cumplir con los requisitos de ley, se la acepta a trámite en procedimiento SUMARIO, conforme lo determinan los Arts. 332.4 del Código Orgánico General de Procesos y 118 del Código Civil (sustituido por el num. 5 de la Disposición Reformatoria Quinta del Código s/n, R.O. 506-S, 22-V-2015). En tal virtud se dispone: UNO: Como la parte actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada ZOILA ROSA ARMIJOS, se dispone citarla por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en esta ciudad con fundamento en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.- Se advierte a la accionada la obligación de determinar donde recibirá las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de quince días contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el numeral 3 del Art. 333 ibídem, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellos únicamente en los casos que se requiera el auxilio del órgano jurisdiccional. Bajo prevención de proseguir en rebeldía por su falta de comparecencia. DOS: Tómese en cuenta todos los medios de prueba que anuncia el actor. Se admitirá y calificará las mismas en la Audiencia respectiva dada la naturaleza del procedimiento y, conforme el Art. 160 del COGEP. Para el efecto se dispone la comparecencia obligatoria de los señoras Karina del Cisne Quishpe Pullaguari, María Regina Vega Rodríguez ,y, Martha Verónica Paladines Ramos, debiendo ser notificadas de conformidad a lo dispuesto en el Art. 191 ibídem. Medios de prueba que bajo el principio contradictorio se le pone a la vista de la accionada. TRES: En cuenta la cuantía, casillero y direcciones de correo electrónicos señalados por el actor representado por su Procurador Judicial. Agréguese a los autos la documentación presentada. Finalmente actúe en calidad de Secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber.-....….”. Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA NOTIFÍQUESE.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja, 7 de enero del 2020 Dr. Nivardo Manuel Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3093 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a los demandados: GUAMO GONZÁLEZ JORGE LEONARDO, GUAMO GONZÁLEZ CARLOS ALFREDO y GONZÁLEZ ESPINOSA MARÍA ALBERTINA, que en extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE MACHALA S.A DEMANDADOS: JORGE LEONARDO GUAMO GONZALEZ, CARLOS ALFREDO GUAMO GONZALEZ y, MARIA ALBERTINA GONZALEZ ESPINOSA TRAMITE: EJECUTIVO Nro. 11333-2019-01274 ASUNTO: Cobro de Dinero CUANTIA: $ 74.775.85 JUEZ: Dr. Ramiro Arévalo Malo UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 25 de abril del 2019, las 13h14, VISTOS: Juez Ponente: Dr. Ramiro Arévalo Malo.- Avoco conocimiento del presente asunto, en mérito al sorteo que precede.- En lo principal, la demanda presentada por el PROCURADOR JUDICIAL DE LA GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE MACHALA S.A., en contra de los señores JORGE LEONARDO GUAMO GONZALEZ, CARLOS ALFREDO GUAMO GONZALEZ y, MARIA ALBERTINA GONZALEZ ESPINOSA; se la estima clara y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); la que se fundamenta en PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts.347 y 348 del COGEP; por lo que se la admite al procedimiento EJECUTIVO.- Cítese a los demandados en el domicilio señalado en la demanda, en aplicación del Art. 53 y 63 del COGEP, para lo cual, se dispone que pasen los autos a la Oficina de Citaciones de la Unidad.- Como lo prevé los Arts.333 numeral 3, y 355 del COGEP, se concede a los demandados el término de quince (15) días, para que propongan las excepciones de que se crean asistidos, conforme al Art.353 ibídem, con prevención de sentencia.- Agréguese los documentos presentados. Téngase en cuenta la cuantía, casillero judicial y correos electrónicos señalados.- Con el fin de dar cumplimiento con la citación, se dispone que la parte actora, facilite la
copias que se requieran para el evento.- Hágase saber-f) ILEGIBLE Dr. Ramiro Arévalo Malo.JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.- Otra Providencia.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 29 de noviembre del 2019, las 14h30, Por cuanto el señor DR. PAÚL FERNANDO GRANDA CUEVA, en calidad de Procurador del Banco de Machala ha comparecido a esta unidad judicial a rendir el juramento, de desconocer el domicilio o residencia de los demandados GUAMO GONZÁLEZ JORGE LEONARDO, GUAMO GONZÁLEZ CARLOS ALFREDO y GONZÁLEZ ESPINOSA MARÍA ALBERTINA, se dispone: citarlos por la prensa, esto conforme al Art. 56 y 62 del Código Orgánico General de Procesos.- Hágase saber.- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.- Loja, 6 de Diciembre del 2019 Lcda. Tanya Teresa Apolo Galarza SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA RAZON.- Siento como tal y se deja constancia para los fines de ley, que el día de hoy, consigno en la casilla nro.773 el extracto correspondiente al presente proceso.- Particular que comunico para los fines de ley.- Loja 06 de diciembre del 2019.- EL SECRETARIO P/3094 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos de los causantes señores Juan Arcadio Espinosa y Rosa Francisca Villa Tene, así como a los herederos desconocidos de la cesionaria Mercedes Josefina Espinosa Ordóñez, que en extracto es como sigue: ACTORA: Rosa Fidelia Cuenca Villa. DEMANDADOS: a los herederos desconocidos de los causantes señores Juan Arcadio Espinosa y Rosa Francisca Villa Tene, así como a los herederos desconocidos de la cesionaria Mercedes Josefina Espinosa Ordóñez OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2019-03848 JUEZ: Dra. Blanca Georgina Mendoza Guzman EXTRACTO DEMANDA.“Loja, martes 7 de enero del 2020, las 16h54, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior y por reunir los requisitos de ley la solicitud de inventarios presentada por los señores Rosa Fidelia Cuenca Villa, Laura Isabel Cuenca Villa, Julio César Cuenca Villa, Luz Amada Cuenca Villa, Patricia Villamagua Espinosa, Marco Vladimir Villamagua Espinosa, Stalin Eugenio Villamagua Espinosa y Carmen Guadalupe Villamagua Espinosa, por sus propios derechos y como Procuradora Judicial de la señora Carlota Graciela Espinoza Villa, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los causantes señores Juan Arcadio Espinosa y Rosa Francisca Villa Tene, desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente. Cítese a los herederos desconocidos de los causantes señores Juan Arcadio Espinosa y Rosa Francisca Villa Tene, así como a los herederos desconocidos de la cesionaria Mercedes Josefina Espinosa Ordóñez, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en relación a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del citado Código. Confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso, con los comparecientes Rosa Fidelia Cuenca Villa, Laura Isabel Cuenca Villa, Julio César Cuenca Villa, Luz Amada Cuenca Villa y Carlota Graciela Espinoza Villa, en calidad de hijos de los causantes; con los señores Patricia Villamagua Espinosa, Marco Vladimir Villamagua Espinosa, Stalin Eugenio Villamagua Espinosa y Carmen Guadalupe Villamagua Espinosa, en calidad de hijos de la cesionaria Mercedes Josefina Espinosa Ordóñez; por así solicitarlo los demandantes con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Loja; y, con el señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, Funcionarios que deberán ser citados en sus respectivos despachos. Para el efecto, remítase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial. De conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra como Procurador Común de los hijos de los causantes a la señora Carlota Graciela Espinoza Villa y por los herederos de la cesionaria a la Ab. Carmen Guadalupe Villamagua Espinosa. Téngase en cuenta la cuantía de la acción, el casillero electrónico y la dirección del correo electrónico señalado por los accionantes, así como la autorización que le conceden a su defensora para que firme escritos a su nombre. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. Se deja constancia que la suscrita Jueza hizo uso de vacaciones desde el 23 de diciembre del año 2019 al 6 de enero del año 2020. Hágase saber”.- F) Dra. Blanca Georgina Mendoza Guzman, Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja.- Lo Certifico.- Loja, 08 de enero del 2020. Ab. Jonathan Pardo Loaiza, SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. P/3096 UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA EXTRACTO DE CITACION Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio Ejecutivo a los señores MATAILO PINTA JAIME DAVID y VASQUEZ TAMARIZ CESAR AUGUSTO, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADOS: MATAILO PINTA JAIME DAVID y VASQUEZ TAMARIZ CESAR AUGUSTO. JUICIO: 2019-03568 CUANTÍA: $ 8,921.40 JUEZ: DRA. GEOVANNA TAMARA CHANGO MALDONADO
Publicidad ASUNTO: COBRO DE PAGARE. TRÁMITE: EJECUTIVO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA.Loja, martes 24 de diciembre del 2019, las 15h21, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación dispuesto en esta causa; se establece que la demanda presentada por la Dra. Adriana Soledad Valladares Fernández, en su calidad de Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., en contra de MATAILO PINTA JAIME DAVID y VASQUEZ TAMARIZ CESAR AUGUSTO, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden constante de fs. 1 a 2 y vlta. de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados MATAILO PINTA JAIME DAVID y VASQUEZ TAMARIZ CESAR AUGUSTO; y, por cuanto la actora ha declarado bajo juramento de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia y habiendo adjuntado certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, se dispone, citarlos por la prensa, en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la provincia de Loja.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. GEOVANNA TAMARA CHANGO MALDONADO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 13 de Enero del 2020 Atentamente. Ab. Pablo Erique Moncada SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA P/3106 EXTRACTO POR LA PRENSA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo, en contra de los señores: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “CRISTO REY” LTDA. DEMANDADOS: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $16000,00 JUICIO: Nro. 11333-2019-00842 JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Loja, lunes 25 de marzo del 2019, las 10h34, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja, encargada del despacho del señor Dr. Luis Figueroa Simancas, Juez de la Unidad antes mencionada, mediante acción de personal 0637-DP11-2019-RR, de fecha 19 de marzo de 2019.- En lo principal, la demanda incoada por el señor ALCIVAR ESPINOZA ORDOÑEZ, en su calidad de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cristo Rey Ltda., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de los señores SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS y MARÍA BALVINA GUALÁN MACAS, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al trámite del procedimiento EJECUTIVO que le corresponde. Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los Arts. 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determinan los Arts. 351, 352 y 353 del Código antes mencionado. Cítese a los demandados en el domicilio señalado, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones, de esta ciudad de Loja, debiendo la parte actora comparecer a la Ventanilla de Archivo, a fin de que brinde las facilidades necesarias. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora. Agréguese a los autos los documentos que se anexan.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, jueves 19 de diciembre del 2019, las 16h06, VISTOS: Previo a continuar con el trámite del proceso, se dispone que el peticionario comparezca esta Unidad judicial de lo Civil de Loja, el día lunes 23 de diciembre a las 15h00, para que dé cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja a veinte y tres de diciembre del dos mil diecinueve, a las 15h30.Comparece ante el señor Dr. Luis Alfredo Figueroa Simancas, Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Loja y el señor Secretario, el señor ALCIVAR ESPINOSA ORDOÑEZ, con cédula Nro. 1100137965 con la finalidad de rendir el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. El señor Juez le ha recibido el juramento legal, a lo que, con el juramento que tiene rendido manifiesta: Que pese a las averiguaciones que ha realizado le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS, en el país y en el extranjero y que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlos en los registros públicos.- Leída el acta se ratifica en lo expuesto y para constancia suscribe la misma con el señor Juez y secretario que da fe y certifica.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, martes 24 de diciembre del 2019, las 16h32, VISTOS: En lo principal, toda vez que el SR. ALCIVAR ESPINOSA ORDOÑEZ, en calidad de Gerente de la Cooperativa
www.cronica.com.ec de Ahorro y Crédito “Cristo Rey” Ltda., ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, señores: MARÍA BALVINA GUALAN MACAS Y SEGUNDO FRANCO MACAS MACAS, se dispone citarlos por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase Saber.-Dr. LUIS FIGUEROA SIMANCAS, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.- Loja, 26 de diciembre del 2019. Dr. Yandrhy Chávez Córdova SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/3100 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales al señor: EDDIE DANIEL TUMBACO BURGA, el mismo que en extracto comprende: ACTORA: ANGIE DANIELA CUENCA TOAPANTA DEMANDADO: EDDIE DANIEL TUMBACO BURGA OBJETO: Alimentos TRAMITE: Sumario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2019-01516. JUEZ: Dr. Víctor Santín Salazar. Loja, jueves 31 de mayo del 2018, las 08h09, 2018001516 VISTOS: avoco conocimiento en el presente caso en calidad de Juez Titular de la Unidad Tercera de la familia Mujer Niñez y Adolescencia de Loja. - En lo principal: por reunir los requisitos de ley la demanda de fijación de pensión alimenticia presentada por ANGIE DANIELA CUENCA TOAPANTA a favor de su hijo ASHLY MICHELLE TAMBACO CUENCA en contra del señor, EDDIE DANIEL TAMBACO BURGA ,se la acepta al procedimiento sumario establecido en el Art. 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se dispone citar al accionado en el domicilio singularizado en la demanda, a quien se le previene que de no comparecer se procederá en rebeldía y de la obligación de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir futuras notificaciones, así como dar contestación a la acción propuesta en su contra por escrito, en el término máximo de diez días, contados desde la fecha de citación de acuerdo a lo que dispone el Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, adjuntando todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia única o solicitando la práctica de aquellas únicamente en los casos que le haya sido imposible obtenerlos, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 159 Ibídem. Para el efecto, ENVIESE el expediente a la oficina de Citaciones de la Unidad. De conformidad con el inciso tercero del Art. 146 del citado Código, se fija como pensión provisional de alimentos la suma de CIENTO OCHO DÓLARES CON 54/100 MENSUALES, que deberá pagar el demandado, a favor de su hijo más los beneficios de ley, obligación que correrá a partir de la presentación de la demanda ( 28 de mayo de 2018) y que deberá depositarla por mensualidades anticipadas, dentro de los primeros cinco días de cada mes, a través del código Supa. Que le será asignado, debiendo vincularse a la cuenta que la actora ha señalado en el formulario de demanda y a fs. 5 del expediente, debiendo advertirse que a través de este código el accionado está obligado a pagar las prestaciones alimenticias. Téngase en cuenta las pruebas que han sido anunciadas por la demandante: Prueba Documental: 1) Partida de nacimiento 2) DOCUMENTOS PERSONALES; que se exhiba los roles de pago de los 3 meses últimos.-3); Prueba Testimonial.- 1) LA DECLARACION DEL DEMANDADO .- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta. Téngase en cuenta la casilla judicial y dirección de correo electrónico señalado por la actora y la autorización que le concede al Abogado para que firme escritos a su nombre. Notifíquese. OTRA PROVIDENCIA. Loja, viernes 8 de noviembre del 2019, las 11h58, Una vez que la actora señora Bangie Daniela Cueca Toapanta ha dado cumplimiento a las exigencias establecidas por la Corte Constitucional, en su resolución publicada en el Suplemento al Reg. Of. No. 228 del lunes 5 de julio de 2000, y las determinadas en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; de manera especial, mediante la diligencia evacuada el 08 de noviembre del 2019, a la que ha comparecido y ha declarado bajo juramento haberle sido imposible determinar la residencia del demandado EDDIE DANIEL TUMBACO BURGA.- En consecuencia, se dispone que el demandado sea citado por la prensa en un periódico de alta circulación de esta localidad cantonal, conforme a lo establecido en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos; para lo cual el señor Secretario confiera el extracto respectivo.- Previniéndole al accionado su obligación de señalar casillero judicial y/o dirección de correo electrónico para efectos de notificación y de no comparecer al proceso se procederá en rebeldía.- HÁGASE SABER.- F) DR VICTOR SANTIN SALAZAR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA Loja, 11 de noviembre del 2019 Dr. Antonio Patricio Quito S. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/3101 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON MACARA PROVINCIA DE LOJA JUICIO Nro. 11332-2019-00338 CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del extinto VICTOR MANUEL LOPEZ VALTIERRA de conformidad al art 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, que en extracto es como sigue: ACTORES: ROY FITZGERALD LOPEZ CARRERA, DEMANDADOS: BIENES SUCESORIOS DE VICTOR MANUEL LOPEZ VALTIERRA TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminado JUICIO: 11332- 2019-00338 JUEZ: Dr. Guido Raúl Castillo Abad UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON MACARA, PROVINCIA DE LOJA.- Macara, viernes 6 de septiembre del 2019, las 15h24, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial, de conformidad con la Resolución NO. 102-2017 de fecha 17 de julio de 2017 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que crea
P
la Unidad Judicial Multi-competente con sede en el cantón Macará, provincia de Loja.- EN LO PRINCIPAL: La demanda presentada por el Ab. OSWALDO FRANCISCO RODRIGUEZ RODRIGUEZ en calidad de Procurador Judicial del señor ROY FITZGERALD LOPEZ CARRERA, conforme el documento habilitante de Poder Especial con Procuración Judicial que adjunta a la demanda, y la señora JANINA ELOISA LOPEZ CARRERA, sobre juicio de INVENTARIO, se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario acorde al Art. 334.4 del COGEP. En consecuencia con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes del causante señor VICTOR MANUEL LOPEZ VALTIERRA, disponiéndose formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención de un perito que será designado oportunamente al inventario. Cuéntese en este proceso con los comparecientes Ab. OSWALDO FRANCISCO RODRIGUEZ RODRIGUEZ por los derechos que representa del señor ROY FITZGERALD LOPEZ CARRERA y JANINA ELOISA LOPEZ CARRERA, en calidad de únicos y universales herederos del causante, conforme lo afirman en su demanda; cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, a quienes se citará en sus respectivos despachos; además cuéntese con el señor Delegado de la Secretaría Regional del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien para su citación, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la accionante.- Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.- Agréguese la documentación que ha sido aparejada a la demanda.- Tómese en cuenta la designación de Procurador Común, que hacen los accionantes en la persona de la señora JANINA ELOISA LOPEZ CARRERA.- Tómese en cuenta el casillero y correo electrónico señalados para sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. LO CERTIFICO.- Macara 16 de septiembre del 2019.- EL SECRETARIO.AB. MILTON ALVARADO ALVARADO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON MACARA P/3105 CITACION JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPENTE DEL CANTÓN SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL. Cito con la de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al señor HOLGER JAVIER GUACHISACA CARCHI que en extracto son como sigue: ACTOR: MANUEL EUCLIDES TORRES GUALAN, y, Dr. PATRICIO EDUARDO ARMIJOS IDROBO, en calidad de procurador judicial de la señora ROSA AMELIA ROMERO DOTA. DEMANDADO: HOLGER JAVIER GUACHISACA CARCHI. ASUNTO: Servidumbre JUICIO No. 11313-2019-00580 TRAMITE: CUANTÍA: Indeterminada. DEFENSOR: Dr. Patricio Armijos Idrobo JUEZ: Dr. Shubert Ornar Castro Tamay. AUTO:.- Saraguro, jueves 14 de noviembre del 21 VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la providencia anterior, en lo principal, la demanda sobre constitución de servidumbre de tránsito, propuesta por los señores: MANUEL EUCLIDES TORRES GUALAN y DR. PATRICIO EDUARDO ARMIJOS IDROVO, este último en representación de la Sra. ROSA AMELIA ROMERO DOTA, por quien se lo declara parte, concediéndole el término de ocho días para que legitimen su intervención; contra los señores: HÓLGER JAVIER GUACHISACA CARCHI, MANUEL VICENTE ARIAS Y HORTENCIA FLORENTINA PINOS, ser clara y completa, y por cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite al trámite del Procedimiento Sumario previsto en el Art. 332 y 333 del mismo cuerpo normativo. En consecuencia, con el contenido de la demanda y este auto de admisión, se corre traslado a los demandados para que en el término de quince dias la contesten deduciendo las excepciones de que se crean asistidos, y anunciando los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda la información que sea necesaria para su actuación, en conformidad a lo dispuesto en el Art. 152 del COGEP, bajo apercibimiento en rebeldía.-Cuéntese en el procedimiento con los señores alcalde y procurador sindico del GADMIS Mnicipal de Saraguro, a quienes se les corre traslado por el término legal de treinta días.Citese a los demandados y funcionarios llamados a intervenir en sus domicilios y despachos ubicados en los lugares que se indica en la demanda, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para sus notificaciones.- Para la citación de los demandados Manuel Vicente Arias y Hortencia Florentina Pinos, se comisiona al Sr. Teniente político de la parroquia San Sebastián de Yúluc, a quien se remitirá despacho en forma concediéndole el termino de ocho días. La citación a los personaros del GADMIS Municipal de Saraguro, la practicara el Sr. Funcionario encargado de citaciones de esta unidad judicial. Por cuanto el accionante Dr. Patricio Armijos Idrobo, bajo juramento afirma desconocer el domicilio del demandado HÓLGER JAVIER GUACHISACA CARCH, se dispone citarlo a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan la ciduad de Loja, en la forma y con los efectos previstos en el art. 56 del COGEP.- Inscribase la demanda en el registro de la propiedad del cantón Saraguro, para lo cual se notificara a su titular previamente.- Téngase en cuenta la prueba que anuncian los accionantes para la audiencia respectiva, para cuya obtención se remitirá las comunicaciones solicitadas, En cuenta también el domicilio judicial señalado para recibir notificaciones, y la autorización que confieren a su defensor Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados.-Hágase saber.Dr. Darwin René Morocho Celi SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SARAGURO P/3107
15
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Clasificados Trabajo Se necesita señora o señorita responsable con buena predisposición para trabajo de mesera. Informes al 0990614099 o 0959642037. Se necesita contratar guardias de seguridad con experiencia en camaroneras para el sector de Balao. Informes al 0985855936 o 0985186139. Se necesita contratar un soldador con experiencia en cerrajería metálica y estructuras. Informes al 0967970585. Se necesita señorita para que trabaje en quehaceres domésticos puertas adentro. Informes al 0959590683 o 2327033. Se necesita señorita con experiencia en ventas para que trabaje en bodega de frutas. Informes al 0985977499. Se necesita un vaquero con experiencia para el cuidado de ganado lechero en la ciudad de Loja. Informes al 0997952918. Se necesita joven que sepa trabajar en aluminio y vidrio. Informes al 0999162722. Se necesita contratar una señorita para que trabaje como niñera, medio tiempo por la mañana. Informes al 0993222536 0 0984457945.
VENDO CASA POR ESTRENAR
Ubicado en la Cdla. El Rosal, 2 pisos, 4 dormitorios, amplio garaje, le financiamos con BIESS, BANCOS Y COOPERATIVAS.
Inf. 0967933858-0999906399
Fecha: 09/01/2020
RADIO MATOVELLE:
Clasificados de 09h00 a 11h00 lunes a viernes
Nombre del Establecimiento FARMACIA NATALY FARMACIA SAN ISIDRO FARMACIA CUXIBAMBA PRINCIPAL FARMACIA MARIA PAULA
P/3012
JR. VENTAS DIRECTAS LOJA – EL ORO
Dirección CALLE: 8 DE DICIEMBRE SN SANTIAGO AV. PIO JARAMILLO Y EINSTEN MERCADILLO Y SUCRE
SALVADOR BUSTAMANTE CELI E ISIDRO AYORA
FARMACIA JORGE DAVID
CALLE: AV. ISIDRO AYORA Y HABANA
FARMAVIDA
CALLE: SIMON BOLIVAR NUMERO: SN INTERSECCION: CATACOCHA
Se busca personal para el área de distribución: PERFIL: Estudios universitarios / Edad entre 25 y 35 años / Manejo Utilitarios / Destreza de negociación / Conocimiento de la zona asignada / Comunicarse al #0959011050 EMAIL: talentohumano@drocaras.com
Número de teléfonos de Radiotaxi P/3061
ARRIENDO CAMARONERA En provincia: El Oro, ciudad Machala en continente. Información:
Viernes 17 de Enero 2020 San Antonio
Claro: 0993462917 Movistar: 0983976219 P/3057
VENDO MOTO MATRÍCULA 2019 MODELO 2014 Trail 200, MOTOR UNO
Informes al 0997262566 P/4056
100.1 FM MATOVELLE SIRVIENDO A LOS LOJANOS
Bernardo Valdivieso 10-54 entre Azuay y Miguel Riofrío. Telf.: 072570150. www.radiomatovelle loja.com P/2616/21
ANUNCIE EN:
DIARIO CRÓNICA EL DIARIO DE LOJA Informes al Tel: 2732003 - 2724003
Reporte daños agua Potable / 2578889 UMAPAL Reporte de línea telefónica ave- 100 riada Reporte de la Luz Eléctrica 136 / 1800337772 Aeropuerto Ciudad de Catamayo 2677140
Calendario Santoral
Arriendos Se necesita tomar en arriendo un cuarto con cocina y baño de preferencia por la Daniel Álvarez, Chontacruz, ciudadela Pío Jaramillo o Época. Informes al 0997242538. Vendedores Se necesita contratar vendedores para promocionar un artículo de primera necesidad, puerta a puerta. Interesados dirigirse a la calle Miguel Riofrío 162-35 entre Olmedo y Juan José Peña. Segundo piso. Informes 0997261779 2724895
FARMACIAS DE TURNO DEL 11 AL 18 DE ENERO DE 2020
Coop. de Taxis Yahuarcuna 2545385 Coop. Ciudadela del Maestro 2579999 Coop. La Pradera 2102991 Orillas del Zamora 2545840 Servitaxi La Universitaria 26130612613250 Benjamín Carrión 25524110999906764-0999157000.
PUNTOS DE VENTA DE LIGAS DE CARIDAD FARMACIA DIRECCIÓN Amazonas 8 de Diciembre y Pablo Palacio José Félix de Valdivieso y 18 de NoviemSanta Inés bre esq. Jerusalén Machala y Ancón Génesis Olmedo 07-78 y 10 de Agosto Médicos 18 de Noviembre y José Antonio Eguiguren Nacional Bolívar y Colón Bernardo Valdivieso y José Antonio EguiNacional guren y Sucursales Loja Bolívar y Rocafuerte Americana 18 de Noviembre y 10 de Agosto esq. Americana (Sucursal) Lauro Guerrero y Rocafuerte esq. Cuxibamba 18 de noviembre y Azuay Cuxibamba 18 de noviembre y Cariamanga LIBRERIAS Y PAPELERÍAS Amazonas Bolívar 11-32 y Azuay Av. Salvador Bustamante Celi y Francisco Los Molinos Rodas Calasanz Av. Salvador Bustamante Celi 14-34 San Antonio de Padua Bolívar y Colón San Agustín Sucre 09-61 y Miguel Riofrío Palacio Bolívar y 10 de Agosto esq. Aguilar Azuay 14-30 y Bolívar Gráficas Santiago Azuay y 18 de Noviembre FLORISTERÍAS Bella flor Leopoldo Palacios y Catacocha Ross Sucre 10-64 y Miguel Riofrío Ángeles Sucre 10-39 y Miguel Riofrío Rossaya Sucre 10-25 y Miguel Riofrío Zerimar Paraíso Sucre 10-40 y Miguel Riofrío ALMACENES Mi mundo infantil Bolívar y 10 de Agosto esq. De Lanas San Sebastián, junto a la glorieta N° 144 De Luz Cuenca Sucre 14-85 y Cariamanga De Carmen Rengel Bernardo Valdivieso 10-50 y Miguel Riofrío De Rosa Maldonado Andrés Bello 11-35 y Juan José Peña Abarrotes Margarita Cuche Los Cocos Abarrotes Sergio Solano Zamora Huayco Abarrotes Marcia Ocampo Las Pitas Av. Manuel Agustín Aguirre y José Antonio La casa del pañal Eguiguren Abarrotes Rosa E. Pint San Cayetano vía a Yanacocha y París FUNERARIAS Y CAMPOS SANTOS Campo Santo Los Rosales Av. Eduardo Kingman Funeraria Jaramillo Andrés Bello y 8 de Diciembre OTROS Micromercado Los Almendros Av. 8 de Diciembre 12-75 y Jaramijó Supermercados Romar 18 de Noviembre y José Antonio Eguiguren Supermercado Zerimar Cuxibamba y Ancón Sra. Rosa Masache Rocafuerte y Lauro Guerrero Sra. Aurora Vásquez Brasil 19-09 y Av. Pío Jaramillo Sra. Yolanda Aguirre Av. 8 de Diciembre e Interbarrial esq.
16
Publicidad
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
www.cronica.com.ec
Cooperativa de Transportes
Despertar Lojano
Cooperativa de Transporte
UNIÓN YANZATZA
Nambija
RUTAS
Radio Municipal del Cantón Loja Sábado 06h00 a 09h00
PONE A SU CONSIDERACIÓN LOS SIGUIENTES TURNOS:
Dirección: Lcdo. Luis Bernardo Cuenca Alvarado
Amaluza – Quito Cariamanga – Quito Loja – Quito Quito – Loja – Cariamanga – Amaluza
14h00 16h30 19h45 18h45
Loja – Guayaquil Guayaquil – Loja
05h30 00h00
Loja – Machala Machala – Loja
2 723 737 / 0984170196
ESCUCHE:
•Historia de Loja •Música de Loja •Social Lojano •Tradiciones de Loja •Entrevistas en vivo •Homenaje a hombre y mujeres de Loja Radio Municipal 90.1 FM 2 56 13 79 REPRISE Domingo 06h00 a 09h00
Loja – Huaquillas Huaquillas – Loja
00h30 05h00
TURNO INTERNACIONAL Loja – Piura Piura – Loja
00h00 20h00
Loja: Av. Lauro Guerrero y José Antonio Eguiguren Tel: 2572908. Terminal Terrestre 2724030 Bodega: 2730295 Email: info@unioncariamanga.com.ec P/2616/3
Por Radio Matovelle 100.1 FM
sábados de 09h00 a 10h00
Espacio de animación a la lectura.
¡Participa, gana libros y más regalos! Telf.: 2572014 – 0997547439
P/2616/30
Judiciales
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÒN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.CITO: A FRANCISCO PUGO LIMA, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTORA: MARILU DEL ROSARIO GARCIA REYES DEMANDADO: FRANCISCO PUGO LIMA OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR CAUSAL TRÀMITE: SUMARIO JUICIO Nro. 11331-2019-00466 CUANTÌA: INDETERMINADA JUEZ: Dr. Hernán Ramiro Peñaherrera Díaz. AUTO DE ACEPTACIÒN.- Catamayo, jueves 25 de julio del 2019, las 18h41, VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Multicompetente Civil del Cantón Catamayo, Provincia de Loja, y por el sorteo verificado, en el Sistema Satje que consta del Acta de fs.17 de julio de 2019 Se califica de clara y completa la demanda de divorcio, presentada por la señora MARILU DEL ROSARIO GARCIA REYES, contra el señor: FRANCISCO PUGO LIMA por cumplir con los requisitos legales generales y especiales aplicables al caso, previstos en el Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), por lo que se dispone tramitarla en el procedimiento sumario, determinado en el Art. 332 del Cuerpo de Leyes citado. Se corre traslado a la parte demandada por el término de quince días, bajo apercibimiento de rebeldía, para que ejerza el derecho de defensa contestando, por escrito y cumpliendo en lo aplicable, los requisitos formales previstos para la demanda, teniendo en cuenta lo constante en los Arts. 151-157 del COGEP, en lo que sea pertinente a la naturaleza del procedimiento y pretensiones. Cítese en legal y debida forma al demandado, en su domicilio señalado en el libelo de la demanda y para esta diligencia pasen los autos a la Sección de Archivo de esta Unidad Judicial para que consiga copias de las piezas procesales respectivas para la citación al demandado. Se previene al accionado la obligación de determinar el lugar donde recibirá las notificaciones, con arreglo a lo señalado en el Art. 66 del COGEP.. Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba documental y testimonial que indica: a) La partida de matrimonio entre actora y demandado. b).- En la audiencia correspondiente, recíbase la declaración de parte del señor Francisco Pugo Lima, con el cuestionario de preguntas que formulará el Abogado de la parte Actora. Se dispone la comparecencia a esta Unidad Judicial en la fecha que se fije para la audiencia única. C).- Reciba la declaración de los testigos NEUCITA DEL CARMEN GARCÍA REYES y MARÍA ESPERANZA PARDO PARDO con arreglo al cuestionario de preguntas que en forma oral señalará el Abogado de la defensa de la Actora y corre de cuenta de la peticionaria la presentación de los testigos. Tómese en cuenta la cuantía de la acción y el correo electrónico señalado para recibir sus notificaciones judiciales; y la facultad que concede la peticionaria a su Abogado defensor para firmar escritos en su nombre. Hágase saber.- OTRO AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- Catamayo, miércoles 4 de diciembre del 2019, las 16h26, VISTOS: En atención al escrito de fs. 15, se dispone: En virtud del documento emitido por la Coordinación Zonal 7-Machala, constante a fojas 13 del proceso, en el que consta que el señor FRANCISCO PUGO LIMA, no tiene Registro Consular en el Exterior y al juramento rendido por la Sra. Marilú del Rosario Garcia Reyes de fojas 16 vlta de autos, se dispone citar al demandado FRANCISCO PUGO LIMA, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la capital provincial de Loja en razón que en este cantón no existe
dicho medio escrito, que contendrán un extracto de la demanda y providencias respectivas, puesto que a criterio del suscrito Juzgador este es el principal medio de comunicación del lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en el num. 1 del Art. 56 del COGEP., debiendo el señor Actuario elaborar el extracto respectivo. Al demandado se le prevendrá además, la obligación de determinar el lugar donde recibirán las notificaciones, que no pueden ser otros que los lugares indicados en el Art. 66 del COGEP.- Notifíquese y Cúmplase. Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley; y, se les previene la obligación de señalar casillero judicial en esta jurisdicción.- Catamayo, a 03 de enero de 2020. Ab. José Antonio Maldonado SECRETARIO
Somos los mejores porque usted se lo merece Matriz.- Zamora Chinchipe Av. del Ejército y Rosa Iñiguez.
Tel. 315177-605550. Loja. 2579018. P/2616/9
2616/8
LA HORA CERVANTINA Editoriales, entrevistas, comentarios, lecturas sabrosos. Participación de la niñez y juventud. Música para el alma. Conduce: Luis Antonio Quizhpe, miembro de la Campaña Nacional Eugenio Espejo por el Libro y la Lectura
TRANS SARAGURO
De 06h00 a 08h00
NOTICIERO
Dirección:
Saraguro: calle Azuay entre El Oro y 10 de Marzo Telf.: 0959173183 Loja: Terminal Terrestre Telf.: 0993283997
SERVICIO DE TRANSPORTE EJECUTIVO
De la mañana
Los Tigres del comentario y la información Dirección y Conducción: Lcdo. Efrén Orlando Quizhpe
Telfs.: 07 254 8206 07 256 3714 Cel.: 09 9403 3993 Loja-Ecuador P/2616/7
P/3222
P/2616/4
COOPERATIVA
P/3097
DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al demandado JOSÉ GUILLERMO MOROCHO BESERRA, que en extracto es como sigue: ACTORA: Julia Narciza Allasiche Medina. DEMANDADO: JOSÉ GUILLERMO MOROCHO BESERRA. OBJETO DE LA DEMANDA: Disolución de la sociedad conyugal. TRÁMITE: Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11203-2019-02130. JUEZ: Dr. David Alberto Astudillo Celi. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.- Loja, viernes 5 de julio del 2019, las 10h22, VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso en calidad Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Loja, designado mediante acción de personal Nro. 3645-DP11-2016-FA, de fecha 15 de noviembre del 2016.- En lo principal, una vez examinada, y por reunir los requisitos legales generales, y especiales aplicables al caso, se acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, de conformidad con lo establecido en el Art. 334 del Código Orgánico General de Proceso, la demanda de disolución de la sociedad conyugal que ha deducido por la señora JULIA NARCIZA ALLASICHE MEDINA en contra de JOSE GUILLERMO MORCHO BESERRA.- En consecuencia, se dispone: 1) Citar al demandado, conforme lo dispone el Art. 56.1 del COGEP, vista a la actora juramento a señalado desconocer el domicilio del demandado.- Por Secretaria, confiérase él extracto correspondiente; quien podrá oponerse de considerarlo pertinente, de la forma prevista en el Art. 336 del COGEP; 2) Téngase en cuenta la prueba que anuncia y presenta con su demanda el actor; sobre cuya pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la primera fase de la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Incorpórese al expediente la documentación aparejada a la demanda; téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y correos electrónicos señalados por el demandante, más la autorización que le concede a su patrocinador.- NOTIFÍQUESE.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial.OTRO AUTO.- “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA.Loja, jueves 8 de agosto del 2019, las 12h53, De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función judicial, se convalida el auto de calificación de fecha 5 de julio del 2019 a las 10h 22 (fs. 23), en el sentido que, de forma inadvertida se ha hecho constar en forma errónea el primer apellido del demandado como “MORCHO”, siendo lo correcto MOROCHO; en tal consecuencia, para efectos de citación se deberá tener en cuenta que el demandado es el Sr. JOSÉ GUILLERMO MORO-
COOPERATIVA
00h00 – 03h30 14h30 – 00h30
Ofrecemos nuestro servicio de transporte con vehiculos modernos y confortables, al estilo que se merece nuestra selecta clientela
P/2079
P
DE TRANSPORTES
“SUR ORIENTE” RUTAS
FRECUENCIAS RUTAS DE RECORRIDO
RUTA Loja-Zumba
HORA DE SALIDA 05H00-14H00-17H3021H30 Loja- Manú 05H00-06H45-09H3013H30-15H00-19H00 Loja-Chuquiribamba 05H00-07H00-08H3010H00-12H00-13H0017H00-18H00 Loja-Gualel 05H45-15H00-16H00 Loja- Sumaypamba 12H00 Loja - Chamical 11H00 Loja - Sañi 15H00 Loja-Santa Isabel 16H00 Loja- Lluzhapa 17H00 Loja- Cera 18H00-18H30 Loja - Taquil 19H00
COMPAÑÍA “TUR SUR”
Cubre las rutas Loja-Malacatos-Vilcabamba
Teléfono: 0992951475
Teléfono oficina matriz 3105305 Boletería 579019 Ext -101 Encomiendas 2579019 Ext. 103 Oficina Zumba Teléfono 2308352 Oficina Saraguro Teléfono 2200602 Dirección: Av. Isidro Ayora Km2 Vía a Catamayo. P/2616/18
P/2616/2
P/2616/32
CHO BESERRA. Los demás datos considerados en el auto de referencia permanecerá iguales e inalterables.- Además, confiérase el extracto respectivo con la finalidad de citar a la parte demandada.- Finalmente, incorpórese al proceso las publicaciones que se anexan al memorial que antecede, las mismas que no serán tomadas en cuenta en lo posterior.- NOTIFÍQUESE.-” f). Dr. David Alberto Astudillo Celi, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja.- Loja, 12 de Septiembre del 2019.-
TRÁMITE: VOLUNTARIO. JUICIO: NRO. 11203-2019-03856 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, martes 7 de enero del 2020, las 08h26, VISTOS: En lo principal, en razón de haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, y porque se la estima de clara, completa y precisa la demanda de Inventarios presentada por la Srta. DIANA ELIZABETH GONZALEZ POMA en su calidad de heredera, y al cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite a la misma al trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.- Por no tratarse de un asunto controvertido, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de los bienes del causante JUAN ANTONIO GONZALEZ CHUNCHO desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todos los interesados, este juzgador designará al perito sugerido para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados; y señalará el día y la hora para tal diligencia.- Cuéntese en este asunto con: 1) Con la Srta. DIANA ELIZABETH GONZALEZ POMA en su calidad de heredera.- 2) Con la Sra. DELFINA ISABEL POMA YUNGA en su calidad de cónyuge sobreviviente a quien se le citará en
el lugar indicado en la demanda y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones de esta unidad, funcionarios quienes explicarán a la accionada de su obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones.- 3) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se le notificará en su despacho y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.- 4).- A los herederos presuntos y desconocidos del causante JUAN ANTONIO GONZALEZ CHUNCHO cíteselos de conformidad con lo previsto en el Art. 58 del Código Orgánico General de procesos.- Los accionados y cualquier interesado tienen la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en la forma y en el término señalados en el Art. 336 del COGEP.- Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante, tal como lo ha solicitado en su demanda, pruebas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por los accionantes. Agréguese los documentos que se adjuntan.- HÁGASE SABER.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.- Loja, 08 de enero del 2020.
Dra. Carmen Paladines Criollo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. P/3081 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos del causante JUAN ANTONIO GONZALEZ CHUNCHO, que en extracto es como sigue: ACTOR: GONZALEZ POMA DIANA ELIZABETH. DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE SEÑOR JUAN ANTONIO GONZALEZ CHUNCHO. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS.
Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/3082
P
Publicidad
www.cronica.com.ec
Judiciales
CITACION JUDICIAL CITO, con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias que anteceden a los deudores solidarios señores JAIME MANUEL ARCAYA JACOME, MARIANA NARCIZA FAJARDO CARDENAS, MAURO FRANCISCO AJILA FALQUEZ Y ROSA MARIA QUISPHE PINTO, así como también a los herederos, presuntos y desconocidos de la extinta María Victoria Olaya, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VICENTINA” MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA DEMANDADOS: MARIA VICTORIA OLAYA, Y POR SY FALLECIMIENTO A SUS HEREDEROS CONOCIDOS HAYDEE MARIA SUSANA ARIAS OLAYA, WILLIANS EDUARDO ARIAS OLAYA, EDWIN JOSE ARIAS OLAYA Y MARITZA ALEXANDRA ARIAS OLAYA Y A LOS SEÑORES JAIME MANUEL ARCAYA JACOME, MARINA DE NARCIZA FAJARDO CARDENAS, MAURO FRANCISCO AJILA FALQUEZ Y ROSA MARIA QUISHPE PINTO JUICIO EJECUTIVO NRO. 11333-2014-1292 CUANTIA: $ 15.000,00 JUEZ: Dra. Sarita azucena Ochoa Tamay AUTO: Loja, martes 15 de octubre del 2019, las 16h04, VISTOS: Una vez que se ha cumplido todo los dispuesto en este proceso y por ser procedente, examinada la demanda que antecede, incoada por el Doctor ALBERTO GEOVANNY BUSTOS PARRA, en calidad de GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VICENTINA “MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA en contra de la señora MARÍA VICTORIA OLAYA, deudora principal, y por su fallecimiento de sus herederos conocidos HAYDEE MARIA SUSANA ARIAS OLAYA, WILLIANS EDUARDO ARIAS OLAYA, EDWIN JOSE ARIAS OLAYA Y MARITZA ALEXANDRA ARIAS OLAYA, y de los señores JAIME MANUEL ARCAYA JACOME, MARIANA NARCIZA FAJARDO CARDENAS, MAURO FRANCISCO AJILA FALQUEZ Y ROSA MARIA QUISPHE PINTO, en calidad de deudores solidarios y por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por la que se la acepta a trámite del juicio ejecutivo que le corresponde en virtud del título que se acompaña y la obligación que este contiene .- Por lo tanto se dispone que los demandados paguen el capital adeudado, más los intereses correspondientes y las costas procesales o propongan excepciones en el tèrmino de tres días, bajo prevenciones legales.- Cítese a los herederos de la extinta María Victoria Olaya señores HAYDEE MARIA SUSANA ARIAS OLAYA, WILLIANS EDUARDO ARIAS OLAYA, EDWIN JOSE ARIAS OLAYA Y MARITZA ALEXANDRA ARIAS OLAYA, en la persona de la Curadora de la Herencia Yacente, señorita Ariana Cumandá Villavicencio Valdivieso en el domicilio señalado mediante la Oficina de Citaciones.A los deudores solidarios señores JAIME MANUEL ARCAYA JACOME, MARIANA NARCIZA FAJARDO CARDENAS, MAURO FRANCISCO AJILA FALQUEZ Y ROSA MARIA QUISPHE PINTO, cíteselos por la prensa de conformidad a lo que establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, así como también a los herederos, presuntos o desconocidos de la extinta Maria Victoria Olaya.- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por parte actora para posteriores notificaciones y la autorización que le concede a su abogado defensor para que a su nombre suscriba los escritos necesarios en el presente asunto, para los fines legales consiguientes.- Hágase Saber.- F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL.- OTRA PROVIDENCIA.Loja, jueves 17 de octubre del 2019, las 16h11, En atención a la facultad establecida en el numeral 8 del Art. 130 de Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el auto de fecha 15 de octubre del 2019, en el sentido que la Curadora de la Herencia Yacente, responde a los nombres de ARIANNA CUMANDÁ VILLAVICENCIO VALDIVIESO, y no como erróneamente se ha hecho constar, en lo demás se estará al auto que nos ocupa.- Hágase saber.- F) OCHOA TAMAY SARITA AZUCENA, JUEZA UNIDAD JUDICIAL Particular que se pone en conocimiento para los fines legales consiguientes. LOJA 13 de noviembre del 2019 Dra. Nuvia Apolo Pinza SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE LOJA P/3083 REPUBLICA DEL ECUADOR CITACION JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DEL CANTON LOJA. Cito con el escrito de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a DARWIN GABRIEL BARZALLO CASTILLO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CONSTRUCCIÓN, COMERCIO Y PRODUCCIÓN COOPCCP LTDA DEMANDADOS: DARWIN GABRIEL BARZALLO CASTILLO TRAMITE: CONCURSAL(CONCURSO DE ACREEDORES) CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO No. 03237-2019 JUEZ: Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima AUTO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 15 de noviembre del 2019, las 09h20, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil y Mercantil del cantón Loja, en mérito del sorteo de ley y por radicada la competencia, de la demanda que antecede y que ha sido presentada por la señora DRA. LAURA ISABEL VALAREZO BRAVO, en su calidad de Procuradora Judicial de la COOPE-
RATIVA DE AHORRO Y CREDITO CONSTRUCCIÓN, COMERCIO Y PRODUCCIÓN COOPCCP LTDA., conforme justifica con la documentación que adjunta, en contra del señor DARWIN GABRIEL BARZALLO CASTILLO, la misma que por reunir los requisitos exigidos por la ley y a lo establecido en el Libro V, Título II, Capítulo I, del Código Orgánico General de Procesos; en sus artículos 142, 414, 416, 422 y 424; se la admite al trámite correspondiente. De la documentación que se anexa en autos, se establece que sustanciado el procedimiento ejecutivo No. 11333-2013-0722, el demandado no ha pagado la obligación, así como tampoco ha dimitido bienes para el cobro, por tanto, se presume su INSOLVENCIA y como consecuencia, se declara haber lugar al concurso necesario, y para ello se ordena: a) Citar al accionado con copia de la demanda y auto en ella recaído, en el lugar indicado en la demanda mediante la oficina de citaciones del complejo judicial de Loja, para ello se dispone que la parte actora acuda hasta la oficina de copias con el fin de que brinde las facilidades para efectuar la citación correspondiente; debiéndose indicar que la convocatoria a junta de acreedores tendrá lugar en la audiencia que se fijará en el momento procesal oportuno.- b) El demandado deberá presentar todos los documentos previstos en el artículo 421 del Código Orgánico General de Procesos; esto es: 1. Una relación detallada de todos sus bienes y derechos; 2. Un estado de todas sus deudas con expresión de su procedencia, con el vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas si los tiene; 3. Los títulos de crédito activos; 4. Una memoria sobre las causas de su presentación.En virtud de lo actuado, por ser legal y procedente, se dispone: c) Citar en su domicilio a las o los acreedores, quienes quedan convocados a la junta de acreedores la misma que se realizará en la audiencia que se fije en forma oportuna.- d) En virtud del sorteo realizado a través del sistema SATJE, se designa como sindico a la Dra. Gloria Nancy Calva Jiménez, quien de conformidad con el artículo 434 del Código Orgánico General de Procesos y una vez notificada con este auto tiene el termino de 24 horas para que acepte o se excuse del nombramiento, la notificación al síndico deberá efectuarse una vez que haya sido citado el demandado y transcurrido el término dispuesto en el Art. 426 del COGEP. Se fija en doscientos dólares de los Estados Unidos de América el honorario del síndico de quiebra. e) El embargo de todos los bienes muebles o inmuebles de propiedad del fallido, conforme a las reglas generales establecidas en el presente Código.- f) Se ordena la anotación de la insolvencia del señor Darwin Gabriel Barzallo Castillo, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- g) Se ordena la publicación del auto que declara haber lugar a la formación del concurso del fallido señor Darwin Gabriel Barzallo Castillo en la página web del Consejo de la Judicatura.- h) Se ordena la acumulación de los procesos que contengan obligaciones pendientes en los que formen parte el fallido. i) Se ordena la inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, del auto que ordena la formación del concurso del fallido.- j) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado en esta ciudad de Loja, para que proceda a realizar las respectivas investigaciones que se determinan en la ley para este tipo de asuntos.- k) Se prohíbe que el deudor señor Darwin Gabriel Barzallo Castillo, con número de cédula 1715014039, se ausente del territorio nacional, para lo cual hágase saber a la Dirección Nacional de Migración para que se cumpla con esta orden.- De conformidad con el numeral segundo del inciso primero del Art 424 del Código Orgánico General del Procesos, se declara LA INTERDICCION del deudor señor Darwin Gabriel Barzallo Castillo, observándose las normas previstas en el Art. 423 del mismo cuerpo legal. No obstante la declaración de haber lugar al concurso o a la quiebra, el deudor, en el término de diez días a partir de la citación con esta demanda y auto recaído en ella, podrá oponerse pagando la deuda, de conformidad con lo establecido en el artículo 426 ibídem. Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos que señala la parte actora para sus notificaciones. Agréguese a los autos la documentación presentada.- Hágase saber.- f).- Dr. Fernando Alfonso Brayanes Lima, JUEZ. Loja, 09 de enero del 2020. Ab. René Fabricio Agila Guamán SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA Sergio. P/3084 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA NOTIFICACIÓN JUDICIAL NOTIFICO con el contenido de la demanda de diligencia preparatoria, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales que anteceden a los herederos desconocidos y presuntos del causante señor, JUAN ALFONSO FIGUEROA CARRIÓN, que en extracto es como sigue: ACTORES: Señores Eufemia Mercedes Guamán Puglla, Luis Manuel Plaza Guamán, Estela Fidelina Carrión Suarez. DEMANDADOS: Por el fallecimiento del Sr. Juan Alfonso Figueroa Carrión a sus herederos conocidos Sres. Alfonso Rolando Figueroa Delgado, Edgar Honorio Figueroa Delgado, Aura Carlota Figueroa Delgado, Lida Iralda Figueroa Delgado, y, a los herederos desconocidos y presuntos del causante Juan Alfonso Figueroa Carrión. DILIGENCIA PREPARATORIA: Nro.11333-201900143G TRAMITE: Diligencia Preparatoria. OBJETO DE LA DEMANDA: Notificación a herederos desconocidos y presuntos del causante Juan Alfonso Figueroa Carrión. CUANTIA: Indeterminada. JUEZA: Dra. Sara Salomé Tandazo Valarezo. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CAN-
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
TÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, sábado 4 de enero del 2020, las 16h59. VISTOS.- La petición presentada por los Señores Eufemia Mercedes Guamán Puglla, Luis Manuel Plaza Gumán, Estela Fidelina Carrión Suarez, contiene los requisitos de forma previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la califica de clara y completa.- En consecuencia, de conformidad a los dispuesto en el Art. 58 ibídem, se dispone la notificación, por el fallecimiento del Sr. Juan Alfonso Figueroa Carrión a sus herederos conocidos Sres. Alfonso Rolando Figueroa Delgado, Edgar Honorio Figueroa Delgado, Aura Carlota Figueroa Delgado, Lida Iralda Figueroa Delgado en la dirección indicada en el escrito inicial para ello se comisiona al Sr. Teniente Político de la Parroquia Malacatos, remitiéndole suficiente despacho, respecto de la notificación al heredero conocido Edgar Honorio Figueroa Delgado se lo hará por la oficina de citaciones y notificaciones de esta ciudad de Loja en la dirección señalada, debiendo la parte interesada extraer las copias necesarias para la elaboración del despacho y a los herederos desconocidos y presuntos del causante Juan Alfonso Figueroa Carrión a través de uno de los periódicos de amplia circulación en la forma dispuesta en el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que en el término cuarenta días conforme lo determina el Art. 1255 del Código Civil, declaren si aceptan o repudian la herencia, incorpórese la documentación adjunta.- Extiéndase el extrato para la publicación.- Notifíquese.- f) Ilegible. DRA.SARA SALOMÉ TANDAZO VALAREZO, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Atentamente. Loja, 09 de ENERO del 2020 DR. PAÚL OSWALDO SOLÓRZANO CUEVA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/3085 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Procedimiento Concursal al señor ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: Dra. Laura Isabel Valarezo Bravo, Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A. DEMANDADO: ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ. JUICIO: N°11333-2019-01088. CUANTÍA: Indeterminada. ASUNTO: Concursal. TRÁMITE: Procedimiento Concursal. JUEZ: DR. GONZALO IVÁN AGUIRRE VALDIVIESO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 10 de abril del 2019, las 10h45. VISTOS: Dr. Gonzalo Aguirre Valdivieso, Juez Titular de la Unidad Judicial Civil de Loja, encontrándome legalmente en mis funciones de conformidad con lo establecido en los Arts. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, publicado en el Registro Oficial No. 544 del 9 de Marzo del 2009, en mérito al sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente causa en esta fecha.- En lo principal, la demanda presentada por la Dra. Laura Isabel Valarezo Bravo, Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., en contra del señor ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, es clara, completa y precisa, por cuanto reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en el Libro V, Título II, Capítulo I, del Código Orgánico General de Procesos; y, sus artículos 142, 414, 416, 422 y 424; razón por la cual se la admite al trámite correspondiente. De la documentación que se anexa en autos, hace conocer: que en el proceso ejecutivo No. 11333-2013-1450, tramitado en la Unidad Especializada de la Civil y Mercantil del Cantón Loja, se ha obtenido sentencia, liquidación, auto de pago y la razón que el demandado en calidad de deudor no ha pagado ni ha dimitido bienes suficientes para el embargo y que según liquidación adeuda la suma de SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO DOLARES CON 24/100. Hasta la presente fecha no ha cancelado el valor adeudado, por lo tanto, se presume su INSOLVENCIA y como consecuencia, se declara haber lugar al CONCURSO NECESARIO, y para ello se ordena: a) Citar al accionado, con copia de la demanda y auto en ella recaído, en el lugar señalado, para el efecto.- b) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que proceda a realizar las respectivas investigaciones que se determinan en la ley para este tipo de asuntos.- c) Se prohíbe que el señor ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, se ausente del territorio nacional, debiéndose comunicar a la Dirección Nacional de Migración para que se cumpla con esta orden.- d) Se ordena la acumulación de los procesos que contengan obligaciones pendientes en los que formen parte el fallido.- e) Se ordena la inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, del auto que ordena la formación del concurso de la fallida.- f) Se ordena la anotación de la insolvencia de ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- g) El embargo de todos los bienes muebles o inmuebles de propiedad de la fallida, conforme a las reglas generales establecidas en el presente Código.h) El demandado deberá presentar todos los documentos previstos en el Art. 421 de este Código Orgánico General de Procesos COGEP., esto es: 1. Una relación detallada de todos sus bienes y derechos; 2. Un estado de todas sus deudas con expresión de su procedencia, con el vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuentas si los tiene; 3. Los títulos de crédito activos; 4. Una memoria sobre
las causas de su presentación.- i) Citar en su domicilio a las o los acreedores, quienes quedan convocados a la junta de acreedores la misma que se realizará en la audiencia que se fije en forma oportuna.- j) La designación de sindica o sindico se realizará una vez que haya sido citado el demandado y transcurrido el término dispuesto en el Art. 426 de la COGEP.- k) Se ordena la publicación del auto que declara haber lugar la formación del concurso del fallido ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, en la página web del Consejo de la Judicatura.- De conformidad con el numeral segundo del inciso primero del Art. 424 del Código Orgánico General del Procesos, se declara LA INTERDICCION del deudor, observándose las normas previstas en el Art. 423 del mismo cuerpo legal. No obstante la declaración de haber lugar al concurso o a la quiebra, el deudor, en el término de diez días a partir de la citación con esta demanda y auto recaído, podrá oponerse pagando la deuda, de conformidad con lo establecido en el Art. 426 ibídem. Agréguese los documentos presentados.- En cumplimiento de lo dispuesto en el Memorando circular-CJDNGP-2018-0289-MC, suscrito por el señor Director Nacional de Gestión Procesal, previamente a remitir el proceso a la Oficina de Citaciones, se dispone remitirlo a la Ventanilla de copias, con el objeto de que la parte accionante preste las facilidades para obtener las copias necesarias para la citación de la demandada.- Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correos electrónicos señalados.- Hágase saber.-f) Ilegible. DR. GONZALO IVÁN AGUIRRE VALDIVIESO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. OTRA PROVIDENCIA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, miércoles 18 de diciembre del 2019, las 12h16. VISTOS.- Por cuanto la compareciente y accionante Doctora Laura Isabel Valarezo Bravo, Procuradora Judicial de Procesos del Banco de Loja S.A., ha rendido la declaración bajo juramento con fecha 17 de diciembre del 2019 a las 10h00, en la cual manifiesta: “Declaro bajo juramento que personalmente he realizado las investigaciones o averiguaciones en orden a establecer la individualidad el domicilio o residencia del demandado ciudadano: : ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ; y, pese a las múltiples diligencias y averiguaciones que he realizado, como acudir a los registros de público acceso, me ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia actual del prenombrado demandado”, se dispone la citación del demandado ciudadano: ALESSANDER RAMIRO YAGUANA JIMÉNEZ, portador de la cedula de ciudadanía Nro. 1710045780, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto, por intermedio de secretaría confiérase el respectivo extracto.- Notifíquese.- f) Ilegible. DR. GONZALO IVÁN AGUIRRE VALDIVIESO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 09 de Enero del 2020. Atentamente,
17
conocidos, produciremos la inscripción de defunción de nuestro fallecido hermano, VICENTE RENE VILLALTA COPRDOVA, produciremos los certificados de nacimiento de los herederos por representación ENGIE MALENA VILLATA MENDOZA y LESTER LENIN VILLALTA MENDOZA, produciremos el certificado del Registrador de la Propiedad y Mercantil del Cantón Puyango, produciremos el certificado de avalúo catastral conferido por la Jefe de Avalúos y catastros del Gobierno Autónomo Descentralizado de Puyango, anunciamos que en la audiencia respectiva produciremos el informe pericial respecto del bien inmueble a inventariarse elaborado por el perito Judicial designado, cítese a los siguientes funcionarios :Al señor Procurador Tributario del servicio de Rentas Internas de la ciudad de Loja, Alcalde del Cantón Puyango y Procurador Sindico, en sus oficinas en esta ciudad de Alamor, Cítese por la prensa a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta CORDOVA VELEZ MATILDE VICTORIA, Los comparecientes por no tener intereses contrapuestos, tenemos a bien constituir procurador a JULIO ARTURO VILLATA CORDOVA, autorizándolo para que asista a cualquier clase de diligencias o audiencias, al amparo de lo dispuesto en el Art.37 del Código Orgánico General de Procesos Dígnese atendernos.-Puyango, martes 3 de diciembre del 2019, las 12h29, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH-2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, estimase clara, precisa y completa, la demanda propuesta por los señores: MERCY YOLANDA; OSCAR RODRIGO; SULEMA MARÍA; HILMO SIMÓN; RAUL; BERTHA MARÍA; JULIO ARTURO; Y, VICENTE RENE VILLALTA CÓRDOVA, por el fallecimiento del último de los nombrados sus herederos conocidos: ENGIE MALENA Y LESTER LENIN VILLALTA MENDOZA, en calidad de hijos y nietos de la causante, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142,143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde y en virtud del fallecimiento de quien en vida fue señora: VICTORIA MATILDE CÓRDOVA VÉLEZ, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes.-Fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios cumpliendo la normativa legal pertinente.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes; con los herederos conocidos; desconocidos y presuntos de la causante, y con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA Y ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GADM-PUYANGO, para la citación del primer funcionario llamado a intervenir en el proceso se depreca a uno de los señores Jueces (as) de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- A los representantes municipales de Puyango, en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta: VICTORIA MATILDE CÓRDOVA VÉLEZ, en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Puyango, atento a lo previsto en el artículo 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos.-Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes.- Una vez que se haya citado a todos los intervinientes en la causa, se señalará día y hora para la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía y correo electrónico, señalado por los demandantes para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confieren a su abogada defensora.- Por solicitado, se nombra Procurador Común, al señor JULIO ARTURO VILLALTA CÓRDOVA, con quien se contara en lo posterior.- Interviene el Abg. Carlos Cañarte Sisalima, Secretario de la Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f: SANTORUM MONTERO MARLON, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO.-Lo que comunico a usted para los fines de ley.-Alamor. Diciembre 27 de 2019
DRA.LUZ MARÍA LEDESMA RODRÍGUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/3088 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO CITACION JUDICIAL CITO:- Con la demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes: VICTORIA MATILDE CORDOVA VELEZ. ACTORES.- Mercy Yolanda Villalta Cordova, Oscar Rodrigo Villalta Córdova, Raúl Villalta Córdova, Bertha María Villalta Córdova, Hilmo Simón Villalta Córdova, Julio Arturo Villalta Córdova, Engie Malena Villalta Mendoza , Lester Lenin Villalta Mendoza, Sulema María Villalta Córdova. OBJETO DE LA DEMANDA:- INVENTARIO, AVALUO, ALISTAMIENTO Y TASACION DE LOS BIENES HEREDITARIOS DEJADOS POR LA CAUSANTE: VICTORIA MATILDE CORDOVA VELEZ CUANTIA:- $ 16.756.37 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica JUICIO Nro. 11317-2019-00319 TRAMITE:- PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO. JUEZ: - Dr. Marlón Ray Santorum Montero. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO.- NOSOTROS:- Mercy Yolanda Villalta Córdova, Oscar Rodrigo Villalta Córdova, Raúl Villalta Córdova,Bertha María Villalta Córdova, Hilmo Simón Villalta Córdova, Julio Arturo Villalta Córdova, Engie Malena Villalta Mendoza, Lester Lenin Villalta Mendoza, Sulema María Villalta Córdova, todas las comparecientes con correo electrónico noraeli.velascjuezguerrero961@gmail.com y casillero electrónico 1103026561 de nuestra defensora privada, comparecemos en calidad de hijos de la extinta VICTORIA MATILDE CORDOVA VELEZ, quien falleció el día 07 de noviembre de 2017, en la Parroquia Alamor, Cantón Puyango, para proponer la presente demanda de AVALUO Y ALISTAMIENTO de los bienes dejados por nuestra recordada madre, predio denominado “GUARARAS” único bien inmueble que lo adquirió en la sucesión de bienes de sus padres, mediante escritura Pública de PARTICION EXTRAJUDICIAL, celebrada el 01 de Diciembre de 2000, ante el Notario Primero del Cantón Puyango en la sucesión de bienes de los señores CORDOVA VERA JUAN FRANCISCO y VELEZ MERCHAN JUANA DOLORES. Nuestra demanda la fundamentamos en lo que establecen los artículos 334 numeral 4, Art.335 en concordancia con el Art. 341, 342,345 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el art 406 y 407 del Código Civil, medios probatorios: Anunciamos que produciremos el certificado de defunción de nuestro recordada madre CORDOVA VELEZ MATILDE VICTORIA, produciremos los nueve certificados de los herederos
Ab. CAÑARTE SISALIMA CARLOS BAYARDO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PUYANGO P/3089
Libretas BANCO INTERNACIONAL Loja, 27/12/2019 AVISO DE ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE INVERSIÓN Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por el Banco Internacional S. A. Nro. 050114527, por valor de US $33.774.81 con vencimiento al 20/01/2020, se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre este certificado, deberá presentar por escrito su reclamo al Banco, dentro de los 15 días, contados desde la última publicación de este aviso. Atentamente FIRMA AUTORIZADA
P/4092
P
Nuevos Teléfonos 2732003 2724003
Convocatorias - Balances - Citaciones judiciales - Extravíos bancarios - Naturalizaciones - Remates - Avisos - Clasificados
-
P/3224
18
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Judiciales
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO CITACION JUDICIAL. CITO:- Con la demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes: JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA. ACTORES.- SANTOS SEGUNDO GUZMAN PEÑA, MARIANA DE JESUS GUZMAN PEÑA, MARIA ANCELMA GUZMAN PEÑA, CELSO ISIDRO GUZMAN PEÑA, SANTOS AMABILIA GUZMAN PEÑA, MARIA GRIMANEZA GUZMAN PEÑA, ROSA ESTERCELINA GUZMAN PEÑA, JACINTO ELEUTERIO GUZMAN PEÑA, OLIVIA AMADA GUZMAN PEÑA, GABINO JUVENCIO GUZMAN PEÑA, SANTOS REINERIO GUZMAN PEÑA, HERNAN ENRIQUE GUZMAN PEÑA. OBJETO DE LA DEMANDA:- INVENTARIO, AVALUO, ALISTAMIENTO Y TASACION DE LOS BIENES HEREDITARIOS DEJADOS POR LOS CAUSANTES: JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA CUANTIA:-$ 189.334,49 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica JUICIO Nro. 11317-2019-00318 TRAMITE:- PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO. JUEZ: - Dr. Marlón Ray Santorum Montero. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO.- NOSOTROS.-Nosotros: SANTOS SEGUNDO GUZMAN PEÑA, MARIANA DE JESUS GUZMAN PEÑA, MARIA ANCELMA GUZMAN PEÑA, CELSO ISIDRO GUZMAN PEÑA, SANTOS AMABILIA GUZMAN PEÑA, MARIA GRIMANEZA GUZMAN PEÑA, ROSA ESTERCELINA GUZMAN PEÑA, JACINTO ELEUTERIO GUZMAN PEÑA, OLIVIA AMADA GUZMAN PEÑA, GABINO JUVENCIO GUZMAN PEÑA, SANTOS REINERIO GUZMAN PEÑA, HERNAN ENRIQUE GUZMAN PEÑA, ante su Autoridad comparecemos, deducimos la presente demanda de inventarios y Alistamiento de bienes de los extintos JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA, narración de los hechos detallados,: conforme consta de las partidas de defunción que adjuntamos, demostramos que nuestros padres JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA, dejando como herederos conocidos a los comparecientes, mediante escritura adquirió el predio denominado POTRERILLOS NARANJAL, el predio rustico denominado POTRERILLOS, el terreno NARANJAL-GUANDOS, terreno llamado GENTIL una propiedad denominada GUANDOS, UNA CASA DE HABITACIÓN Y SOLAR, ubicado en el perímetro urbano de la ciudad de Alamor, un terreno denominado GUANDOS, Un vehículo Marca Toyota Modelo Stout año 1992, cabina simple color blanco, de Placas PLF0426 de uso particular, Los fundamentos son los siguientes: Art. 334 numeral 4), Art. 335, 341, 342 y 345 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los Art. 603,993, 995, 996, 1004, 1005, 1021, 1023, 1028 y 1278 del Código Civil y Art. 69.2 de la Constitución de la República, medios probatorios: produciremos los certificados de defunción de los causantes, los certificados de nacimiento de los 12 herederos conocidos, pro-
duciremos los 7 Certificados del Registro de la Propiedad del Cantón Puyango, los certificados de Avalúos y Catastros del GAD Municipal del Cantón Puyango, produciremos el certificado Único Vehicular, respecto del vehículo Marca Toyota Modelo Stout año 1992. Con estos antecedentes en calidad de herederos conocidos y amparados en las disposiciones legales y constitucionales invocadas demandamos el JUICIO DE INVENTARIOS, solicitándole a su Autoridad se digne declarar abierta la sucesión intestada de quienes en vida fueron JOSE ENRRIQUE GUZMAN GUEVARA y MARIA LAURA PEÑA PEÑA, por el hecho de su fallecimiento y mediante sentencia se apruebe el inventario, alistamiento y avaluó de los bienes sucesorios Solicitamos se digne nombrar un Perito acreditado para la diligencia de inventario, alistamiento y avalúo de los bienes. Se dispondrá la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Puyango, Se contará además en este proceso con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Puyango, Se contará también con el señor Procurador Tributario del SRI en Loja, Los herederos presuntos y desconocidos que pudieran existir, solicitamos que sean citados por un periódico de amplia circulación de la Provincia de Loja, por no tener intéreses contrapuestos, tenemos a bien designar como procurador a SANTOS REINERIO GUZMAN PEÑA,.- Puyango, martes 3 de diciembre del 2019, las 12h42, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, estimase clara, precisa y completa, la demanda propuesta por los señores: SANTOS SEGUNDO; MARIANA DE JESÚS; MARÍA ANCELMA; CELSO ISIDRO; SANTOS AMABILIA; MARÍA GRIMANEZA; ROSA ESTERCELINA; JACINTO ELEUTERIO; OLIVIA AMADA; GABINO JUVENCIO; SANTOS REINERIO; Y, HERNÁN ENRIQUE GUZMÁN PEÑA, en calidad de hijos de los causantes, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142, 143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde y en virtud del fallecimiento de quienes en vida fueron señores: JOSÉ ENRRIQUE GUZMÁN GUEVARA Y MARÍA LAURA PEÑA PEÑA, conforme consta de las partidas de defunción que se adjuntan, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes.Fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios cumpliendo la normativa legal pertinente.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes; con los herederos conocidos; desconocidos y presuntos de los causantes, y con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA Y ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GADMPUYANGO, para la citación del primer funcionario llamado a intervenir en el proceso se depreca a uno de los señores Jueces (as) de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- A los representantes municipales de Puyango, en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los extintos: JOSÉ EN-
Publicidad RRIQUE GUZMÁN GUEVARA Y MARÍA LAURA PEÑA PEÑA, en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Puyango, atento a lo previsto en el artículo 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes.- Una vez que se haya citado a todos los intervinientes en la causa, se señalará día y hora para la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía y correo electrónico, señalado por los demandantes para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confieren a su abogada defensora.Por solicitado, se nombra Procurador Común, al señor SANTOS REINERIO GUZMÁN PEÑA, con quien se contara en lo posterior.- Interviene el Abg. Carlos Cañarte Sisalima, Secretario de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f: SANTORUM MONTERO MARLON, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO.-Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Alamor, Diciembre 27 de 2019 Ab. CAÑARTE SISALIMA CARLOS BAYARDO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PUYANGO P/3090 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO CITACION JUDICIAL. CITO:- Con la demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes: LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VELEZ y MARIANA DE JESUS QUÉZADA RAMON ACTORES.-YOLANDA ESPERANZA PALADINEZ QUEZADA, LUIS HOMERO PALADINEZ QUEZADA, ILDA EMERIDA PALADINEZ QUEZADA, HERNAN OLIDES PALADINEZ QUEZADA, ELSA MARIELA PALADINEZ QUEZADA, ESTALIN MINOS PALADINEZ QUEZADA, YENI MARILU PALADINES QUEZADA, BERTHA FLORINDA PALADINEZ QUEZADA, AMANDA DE JESUS PALADINEZ QUEZADA. OBJETO DE LA DEMANDA:- INVENTARIO, AVALUO, ALISTAMIENTO Y TASACION DE LOS BIENES HEREDITARIOS DEJADOS POR LOS CAUSANTES: LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VELEZ y MARIANA DE JESUS QUEZADA RAMON CUANTIA:-$ 50.493,85 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica JUICIO Nro. 11317-2019-00299 TRAMITE:- PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO. JUEZ: - Dr. Marlón Ray Santorum Montero. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PUYANGO.- Nosotras: YOLANDA ESPERANZA PALADINEZ QUEZADA, LUIS HOMERO PALADINEZ QUEZADA, ILDA EMERIDA PALADINEZ QUEZADA, HERNAN OLIDES PALADINEZ QUEZADA, ELSA MARIELA PALADINEZ QUEZADA, ESTALIN MINOS PALADINEZ QUEZADA, YENI MARILU PALADINES QUEZADA, BERTHA FLORINDA PALADINEZ
www.cronica.com.ec QUEZADA, AMANDA DE JESUS PALADINEZ QUEZADA, correo electrónico noraeli.velasquezguerrero961@gmail.com de nuestra defensora privada, deducimos la presente demanda de inventarios y Alistamiento de bienes de nuestros extintos padres los señores: MARIANA DE JESUS QUEZADA RAMON Y PALADINEZ VELEZ LUIS BAQUERIZO, predios denominados “LOS HOYOS”, parte del predio denominado los Hoyos, un terreno LLAMADO “LOS HOYOS” inmueble ubicado en el solar 5 manzana 12 ubicado en la Cooperativa Colinas del Hipódromo, sector Mapasingue Oeste, Parroquia Tarqui. Conforme consta de las partidas de defunción que adjuntamos, demostramos a su autoridad que nuestros recordados padres PALADINEZ VELEZ LUIS BAQUERIZO Y QUEZADA RAMON MARIANA DE JESUS, se encuentran fallecidos, el primero con fecha 14 de abril del año 2018, en la Parroquia Alamor del Cantón Puyango y nuestra madre falleció con fecha 29 de abril del 2008, en la ciudad de Guayaquil.- medios probatorios: Certificado de Matrimonio de nuestros extintos padres, Certificado de defunción. Certificados de nacimiento de los nueve herederos conocidos, Certificados del Registro de la Propiedad del Cantón Puyango y Registro de la Propiedad del Cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, Certificados de Avalúos y Catastros del GAD Municipal del Cantón Puyango, y del Cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, Solicitamos se digne nombrar un Perito acreditado al Consejo de la Judicatura para la diligencia de inventario, alistamiento y avalúo de los bienes de la sucesión que señale su Autoridad con la intervención de los comparecientes, los testigos y las demás personas que tengan interés. Con estos breves antecedentes en nuestra calidad de hijos de los extintos LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VELEZ y MARIANA DE JESUS QUEZADA RAMON, comparecemos ante su Autoridad y amparados en las disposiciones legales y constitucionales invocadas en el punto VI de nuestra petición, demandamos el JUICIO DE INVENTARIOS, solicitándole a su Autoridad se digne declarar abierta la sucesión intestada de quienes en vida fueron LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VELEZ y MARIANA DE JESUS QUEZADA RAMON, por el hecho de su fallecimiento y mediante sentencia se apruebe el inventario, alistamiento y avaluó de los bienes sucesorios. En este procedimiento se contará con los comparecientes en calidad de hijos y universales herederos conocidos, Se dispondrá la inscripción de la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Puyango,. conforme al inciso quinto del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, aunque no se discute en este proceso dominio o posesión. Se contará además en este proceso con los señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Puyango, también con el señor Procurador Tributario del SRI en Loja, para cuya notificación solicito se depreque a unos de los señores Jueces de Familia de la Unidad Judicial de Loja, los herederos presuntos y desconocidos que pudieran existir, solicitamos que los mismos sean citados por un periódico de amplia circulación de la Provincia de Loja, conforme a lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Dígnese atendernos.- Puyango, viernes 22 de noviembre
P
del 2019, las 15h26, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH-2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, estimase clara, precisa y completa, la demanda propuesta por los señores: YOLANDA ESPERANZA; LUIS HOMERO; ILDA EMERIDA; HERNAN OLIDES; ELSA MARIELA; ESTALIN MINOS; YENI MARILU; BERTHA FLORINDA; Y, AMANDA DE JESÚS PALADINEZ QUEZADA, en calidad de hijos de los causantes, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142,143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde y en virtud del fallecimiento de quienes en vida fueron señores: LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VÉLEZ Y MARIANA DE JESÚS QUEZADA RAMÓN, conforme consta de las partidas de defunción que se adjuntan, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes.- Fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios cumpliendo la normativa legal pertinente.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes; con los herederos conocidos; desconocidos y presuntos de los causantes, y con el señor PROCURADOR .TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA Y ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GADMPUYANGO, para la citación del primer funcionario llamado a intervenir en el proceso se depreca a uno de los señores Jueces (as) de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole suficiente despacho y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- A los representantes municipales de Puyango, en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de los extintos: LUIS BAQUERIZO PALADINEZ VÉLEZ Y MARIANA DE JESÚS QUEZADA RAMÓN, en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Inscríbase la demanda en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del cantón Puyango, atento a lo previsto en el artículo 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes.- Una vez que se haya citado a todos los intervinientes en la causa, se señalará día y hora para la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes.- Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía y correo electrónico, señalado por los demandantes para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confieren a su abogada defensora.- Por solicitado, se nombra Procurador Común, al señor HERNAN OLIDES PALADINEZ QUEZADA, con quien se contara en lo posterior.- Interviene el Abg. Carlos Cañarte Sisalima, Secretario de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f: SANTORUM MONTERO MARLON, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO.-Lo que comunico a usted para los fines de ley. Alamor, Diciembre 23 de 2019 Ab. CAÑARTE SISALIMA CARLOS BAYARDO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PUYANGO P/3091
ANUNCIE EN:
DIARIO CRÓNICA EL DIARIO DE LOJA Informes al Tel: 2732003 - 2724003
E
www.cronica.com.ec
Entretenimiento
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
19
Sopa de letras
Crucigrama
Solución sopa de letras
Solución Crucigrama
Horóscopo: Acuario
Enero 20 a febrero 19 No te conviene que alguien se meta en un asunto privado que solo a ti concierne aclarar o solucionar. Los intermediarios serán en este caso malos consejeros y más si son de la familia política. Ojo con sus comentarios y con los que lleven y traigan.
Piscis
Febrero 20 a marzo 20 Tendrás algunos gastos extras por el fin de semana en el que una invitación de algún tipo te hará gastar lo que no esperabas. Pero tampoco te va suponer un gasto enorme ni descabalarte el presupuesto, tranquilidad. Si eres un poco cauto, repondrás la cuenta corriente pronto.
Aries
Marzo 21 a abril 20 Eso que te cuentan y que no acabas de creerte sobre un amigo, puede ser algo bastante desagradable. Si afecta a más personas, lo mejor es que no te metas demasiado en el tema, déjalo pasar, ya se aclarará. Ojo con ciertos gastos, cuidado con el consumismo.
Tauro
Abril 21 a mayo 20 Pones a funcionar hoy tu imaginación para dar una sorpresa a alguien a quien quieres mucho y buscas en tu vida íntima y familiar las mayores satisfacciones. Las encontrarás y podrás sentirte muy feliz. No dejes que nadie estropee el momento.
Géminis
Mayo 21 a junio 21 Hoy no vas a resolver ningún tema pendiente y menos si es algo que tenga que ver con gestiones, documentos o negociaciones de algún tipo. Relájate y busca pasar una tarde lo más tranquila posible. Ya lo solucionarás la semana que viene.
Cáncer
Junio 22 a julio 23 No te debe importar respetar los límites que te imponen los demás porque es cierto que están en su derecho y que si no desean hacer una cosa, no les puedes obligar. Ten en cuenta esto con las amistades y no estés quejándote de sus actitudes todo el día.
Leo
Julio 24 a agosto 23 Tienes una duda con una persona que hoy intentarás resolver. Quieres saber si te es completamente fiel y es honesta contigo. Solo debes de observar sus reacciones cuando le preguntes; te darán muchas claves, incluso más que las palabras que pronuncie.
Virgo
Agosto 24 a Septiembre 23 No te faltará simpatía para estar hoy con un grupo de personas con muy buen talante y con ánimo colaborador. Quizá planees algún tipo de salida deportiva o una excursión interesante con esas personas. En cualquier caso, habrá unidad y acuerdo en todo.
Libra
Septiembre 24 a octubre 23 Luna menguante en este signo hoy que va a resultar un tanto agobiante para algunos nativos que se sentirán decepcionados o aburridos con una parte de su jornada diaria o de las obligaciones. La sensación pasará pronto, ya que comienza el fin de semana.
Escorpio
Octubre 24 a nov. 22 Cuidarte un poco más, mimarte y darte algún capricho serán cosas que te van a sentar muy bien hoy. Si te ves bien, tu ánimo también se va a ver mejor y con más ganas de expandirte e incluso ayudar a los demás. Un amigo comparte contigo un rato divertido o un after-work.
Sagitario
Noviembre 23 a dic. 21 Ojo con los malentendidos con alguien de la familia que no va a entender muy bien lo que deseas o lo que le estás explicando. Si es algo de dinero, ponlo todo por escrito para que le quede muy claro. Es necesario que lo hagas para quedarte totalmente tranquilo.
Capricornio
Diciembre 22 a enero 19 Salir de tu zona de confort es lo que debes hacer en este momento para romper una barrera que tu mismo te has impuesto. Te costará menos de lo que crees y te traerá muchos y buenos rendimientos emocionales. Pero debes perder el miedo.
20
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Internacional
www.cronica.com.ec
I
Las escuchas afloran el pasado más oscuro del uribismo Las nuevas revelaciones de espionaje en Colombia han provocado un vendaval político que recuerda el escándalo del espionaje del DAS, bajo el mandato de Uribe Ampliar foto El presidente Iván Duque (centro) junto a la cúpula militar, en diciembre pasado. A su lado, el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo y el retirado general Nicacio Martínez. Presidencia El arranque de 2020 ha sacudido con fuerza Colombia. Cuando el Gobierno de Iván Duque intentaba aplacar las denuncias de una incursión paramilitar en Bojayá y mientras el presidente repartía dulces entre los niños del pueblo, estallaba otro escándalo: una serie de denuncias de escuchas ilegales a políticos, jueces y periodistas por parte de los militares. De acuerdo con la inves-
tigación de la revista Semana, esa habría sido la causa de la salida del controvertido comandante del Ejército, el general Nicacio Martínez, quien renunció en diciembre aduciendo razones familiares. Esta semana, casi al mismo tiempo de la publicación, se reveló el hallazgo de dos micrófonos escondidos en el despacho del magistrado de la Corte Suprema de Justicia que lleva el caso del expresidente Álvaro Uribe, líder del partido de Gobierno, mentor de Duque y un político ligado a las escuchas ilegales, conocidas coloquialmente en Colombia como chuzadas. Este escándalo revive uno de los peores fantasmas de hace una década, cuando políticos de la oposición, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, defensores de derechos humanos y periodistas fueron víctimas de espionaje por
parte de la policía secreta del Gobierno de Álvaro Uribe (2002-2010). Este episodio es recordado como las chuzadas del DAS, como se conocía al extinto Departamento Administrativo de Seguridad. Las nuevas revelaciones apuntan a que los datos de las escuchas ilegales tenían como destino a un político del partido de Gobierno. “Francamente es
difícil creer que alguien del Centro Democrático lo recibiera a espaldas de Álvaro Uribe, el caudillo. La pregunta obvia es ¿a todas estas el Gobierno no sabía, no estaba al tanto? ¿El general que comandaba las Fuerzas Militares daba órdenes a motu proprio o de un nivel superior?”, se pregunta el senador Iván Cepeda, del izquierdista Polo Democrático, una de
las víctimas de los seguimientos, en conversación con este diario. Duque ha evitado referirse con profundidad a las denuncias de espionaje ilegal: “Aquí tenemos unas Fuerzas Militares que se han destacado siempre por ser honorables y estar al servicio de los colombianos, y donde haya manzanas podridas, llevarlos a que se les apliquen sanciones ejemplares”, señaló el mismo. Micrófonos en altas cortes y amenazas a la prensa El caso actual tiene, según Cepeda, tres elementos. “Una inteligencia ilegal que se practica contra quienes defienden el proceso de paz; un ataque a la prensa que durante el 2019 denunció escándalos en el Ejército; y una actividad ilegal de espionaje contra la Corte Suprema de Justicia que lleva el caso de Álvaro Uribe”. (I)CET
tura a las presidenciales de 2020 —hay cuatro en esta situación— se recuse por su “increíble conflicto de intereses” en este juicio. Este será el primer impeachment de la era Twitter, también el primero que juzga a un presidente que busca la reelección y que bloqueará durante semanas a cuatro senadores que luchan en unas primarias. También, el más partidista de los llevados a cabo hasta ahora. El primer presidente en pasar por un juicio en el Senado, Andrew Johnson, en 1868,
quedó absuelto por un solo voto, y en el caso de Bill Clinton (culminado en 1999), aunque el partidismo fue mayor, los votos de los legisladores en ambas fases del juicio (la de la Cámara de Representantes y la del Senado) no se ajustaron tan milimétricamente como ahora a la línea del partido. Las reglas de juego sobre cómo desarrollar el proceso, por ejemplo, salieron adelante por unanimidad. Ese es el primer paso que afronta ahora el juicio en el Senado.(I)CET
Un informe oficial asegura que
La Casa Blanca violó la ley al retener los fondos para Ucrania El presidente del Supremo y los 100 senadores prestan juramento este jueves para el tercer ‘impeachment’ de la historia de EE UU El juicio político contra Donald Trump se complica para el presidente. Este jueves el organismo de control del Gobierno, una agencia independiente dentro de la Administración, ha presentado un informe en el que asegura que la oficina presupuestaria de la Casa Blanca violó la ley al retener los fondos destinados a reforzar la seguridad en Ucrania. Esta partida está en el centro del impeachment contra Trump por abuso de poder al condicionar el desembolso de estas ayudas a una investigación de Kiev a las actividades del potencial candidato demócrata a
la presidencia, Joe Biden, y su hijo en aquel país. La oficina, que depende del Congreso, asegura que la decisión de retener los fondos tuvo carácter político, no técnico. “El cumplimiento de la ley de buena fe no permite al presidente cambiar sus prioridades políticas por aquellas que el Congreso haya convertido en ley”, sostiene el texto. El juicio contra el presidente de Estados Unidos comienza formalmente este jueves en Washington con el juramento del presidente del Tribunal Supremo, John Roberts, que presidirá este proceso, y el de los 100 senadores que ejercen de miembros del jurado. Donald J. Trump está acusado de abuso de poder por las presiones a Ucrania para que investigase a su rival político Joe Biden y de obstrucción al Congreso por boicotear las pesquisas par-
lamentarias sobre este escándalo. Este impeachment, el tercero en la historia del país, llega a punto de cumplirse tres años de una Administración instalada en la tormenta y con la sociedad partida por la mitad. El equipo de fiscales nombrado el miércoles por la Cámara de Representantes, siete congresistas demócratas, se presentó en el Senado para leer en voz alta formalmente la acusación contra Trump, los llamados artículos del impeachment. ¿Es eso posible? El líder de los republicanos en la Cámara alta, Mitch McConnell, ya advirtió hace semanas que estaba coordinando los detalles del proceso con la propia Casa Blanca. Mientras, un hijo de Trump, Eric, pedía este jueves en las redes sociales que cualquier senador demócrata que esté compitiendo por la candida-
O
Opinión
www.cronica.com.ec
La música folclórica refleja los sentimientos y emociones del pueblo Campos
Ortega campolin2010@hotmail.com A propósito de la programación musical y dancística “Martes del Folklor” auspiciada por el Municipio de Loja con la participación de las agrupaciones dancísticas Kapac Ñan, Ipsis Danzas Andinas, grupo musical “Temporal” y del cantor popular March Folclore, de nacionalidad peruana, realizado el martes 14 del presente mes y año en el Teatro Universitario “Bolívar”, constituye una invitación a mirarnos por dentro y reflexionar que la música y danza folclórica es aquella que el pueblo ha recibido por tradición, que ha hecho suya en forma colectiva sin que pueda saberse a ciencia cierta quién fue el que inventó, que se toca o se canta con modificaciones individuales o regionales, que tiene el aspecto de una improvisación al mismo tiempo que la inmutable repetición de fórmulas características, y que no está regida por las normas de la composición profesional, más bien una manifestación cultural de los pueblos. La cultura es una manera de apropiarnos de nuestro destino, no sólo por el afán de crear y de aproximarnos a un anhelo de verdad, sino con la mira de
ayudarnos a vivir, luchar contra la obscuridad y expandir nuestra conciencia en la tierra. Pensar la vida y asumirla con inteligencia, gozo y grandeza de objetivos ha permitido al ser humano descubrirse, transformarse y modificar rumbos aparentemente inalterables, para empoderarnos de nuestra cultura y aportando al mundo con vivos testimonios de humanidad y clara conciencia y el sereno orgullo de los logros histórico-culturales de nuestros pueblos junto a sus danzas y música folclórica. El campo de la música folclórica es el de los sentimientos y las emociones que el pueblo expresa, por medio de ella, sus penas y sus alegrías, su amor y su admiración. Es limpia y noble como el pueblo mismo. Si a veces la canción folclórica es cruda, lo es con crudeza sana, de rústicos que se expresan sin rodeos. El encanto de esta música radica, como el de las flores silvestres, en su sencillez, en su lozanía; es bella por la espontaneidad de su floración, por la despreocupación con que está hecha, por la fidelidad con que refleja los estados de ánimo, elementales y sin complicaciones, del pueblo. Fluye la música popular fácilmente, como venero de aguas limpísimas, sin buscar éxitos fáciles ni trascendentales empresas y es por esto que alcanza las cimas serenas de la obra de arte perdurable, porque sólo en el clima del des-
interés y de la autenticidad se produce la obra de arte. Entonces la importancia de la música folclórica de un pueblo, radica en la revalorización de la canción de cada país, de hallar una identidad, en nuestro caso, nacional y latinoamericana, como una manifestación de resistir la masiva invasión de modelos musicales extranjeros. Todo esto gracias a cantautores e intérpretes y cultores que respetando las formas y ritmos de la música popular y folclórica ecuatoriana, latinoamericana, dicen presente a la nueva aurora que constituye la canción como arma cargada de futuro. El campo de la música folclórica es el de los sentimientos y las emociones; el pueblo expresa, por medio de ella, sus penas y sus alegrías, su amor y su admiración. Es limpia y noble como el pueblo mismo. El encanto de esta música radica, como el de las flores silvestres, en su sencillez, en su lozanía; es bella por la espontaneidad de su floración, por la despreocupación con que está hecha, por la fidelidad con que refleja los estados de ánimo, elementales y sin complicaciones, del pueblo. Aquí radica la importancia del apoyo a la realización de “Martes del Folclor” por parte del Municipio y la Dirección de Cultura de la Institución, bien por ello, por igual a “Temporal” y su propuesta cultural, adelante siempre adelante. Así sea.(O).
Veinte años de la funesta dolarización Antonio C.
Maldonado Quienes perdieron todo o la mayor parte de sus bienes y dinero ahorrado con mucho sacrificio y privaciones a consecuencia de la dolarización que perpetua amargos recuerdos y en muchos casos siguen presentes sin que se solucionen, consideran que ese aniversario debe rememorarse más no festejarse, ya que, por exaltar la dolarización olvidan los desesperantes y agudos episodios que atravesaron los perjudicados que perdieron su dinero y en varios casos hasta la vida. Un ejemplo patético: un jubilado que percibía la pensión de DOSCIENTOS MIL SUCRES MENSUALES, que le servían para mitigar sus necesidades, con la dolarización paso a percibir OCHO DÓLARES, esto es, VEINTISEIS CENTAVOS DE DÓLAR DIARIOS. El desastre que produjo en cientos de miles de hogares la dolarización como la migración de dos millones de compatriotas que nunca pensaron abandonar el país y radicarse temporal o definitivamente en EE.UU. y Europa, ya se trate de familias integras, jefes de familia o esposos que tenían que dejar a sus hijos al cuidado
de sus abuelitos, generalmente ancianos, lo que dejó como consecuencia hogares desmembrados y sus descendientes con futuro incierto; éxodo obligado al que procedieron para evitar la mendicidad. La migración masiva, constituyó hasta el año 2004, un aliciente importante para las finanzas del Estado, las remesas de los migrantes a sus familiares están calculadas en $8.300, millones en 4 años. Considero que es importante y en particular para las nuevas generaciones que desconocen las causas que motivaron la dolarización referirse a los antecedentes que la motivaron y que se inician en el gobierno de Oswaldo Hurtado Larrea, que se decidió la sucretización de la deuda externa privada convirtiéndola en pública. Durante el gobierno del Arq. Sixto Durán Ballén el Vicepresidente Dahik, propuso e hizo promulgar la ley de Instituciones financieras para liberalizar las tasas de interés, la libre circulación de capitales, aumento de créditos vinculados y el Estado quedo sin autoridad para controlar las entidades bancarias-financieras. En 1996, en el parlamento nacional la alianza PSC y DP, aprobaron leyes y crearon la AGD, para que el Estado asuma las deudas de los banqueros; y, en 1996, se
inició el salvataje bancario, que le costó al Estado $8.600 millones, “el gran atraco del siglo, como se lo calificó”. En 1999, se produjo el inolvidable para todos, feriado bancario, el congelamiento de depósitos, cuentas corrientes y de ahorros. El 9 de enero de 2.000, se proclamó la dolarización, resultando 16 bancos en quiebra y se dictaron 68 órdenes de prisión a banqueros, 3 fueron detenidos y los hermanos William y Roberto Isaías dueños de Filanbanco, prófugos en EE.UU., pero disfrutando cómoda y tranquilamente, del dinero que nos arrancharon, en las lujosas mansiones que han adquirido. Era necesario hacer conocer la reseña descrita para que en este año denominado electoral se conozca y valore con profundo criterio y espíritu cívico a los candidatos a ocupar la Presidencia de la República y Asambleístas y no tengamos que padecer nuevamente el desastre de la dolarización, ya que como se ha reseñado esto se debe a los irresponsables gobernantes que la causaron; debiendo singularizarse además que después de las dos décadas las grandes mayorías no han obtenido ningún beneficio, continua la desocupación, la pobreza y miseria, la inseguridad y los diarios y nuevos escándalos de corrupción y politiquería.(O).
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
21
ENTRE BROMA Y EN SERIO Efrén
Sarango
efrensarangopalacios@gmail.com
La familia, bendición de Dios! El amor a la familia es lo primero, es lo justo y se impregna en la memoria, es la fuente primigenia, es nueva historia, que se fragua en el cariño verdadero. El amor a nuestros hijos es sublime, y se funde en las caricias de la madre, en los píricos consejos de los padres que con tacto a lo sombrío lo redime. La familia es el inmenso firmamento que nos cubre con estrellas diminutas, y Nos muestra con prudencia grandes rutas apartadas de las penas y tormentos. Es un haz entrelazado de cariño que se yergue y se hace fuerte a la medida que avanzamos en procura de una vida tapizada con la risa de los niños. La familia es el cuartel de vencedores en la lucha intermitente hacia el progreso, es la fuente de la unión y el embeleso que nos hace día a día triunfadores. Todos juntos como puño de granito en procura de las metas solidarias, desterrando las envidias más nefarias la familia constituye lo exquisito En unión lo más distante es más cercano, lo imposible con ahínco se doblega, es lo próximo, es el alfa y es omega, que ilumina el infinito más temprano. Padre, madre, niña, niño, hermano, hermana embebidos de constancia y humanismo son la prueba más papable que el lirismo se convierte en un pedazo de manzana. La familia es la expresión más elocuente del fantástico balance entre los seres que persiguen humildad, amor, saberes, hermanados con su sangre, cuerpo y mente. Dios bendiga a la familia ecuatoriana y también a las familias Iberinas, que nos libre del pecado y las inquinas que trastocan nuestras vidas meridianas. Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Dirección:Miguel Riofrío 162-35 entre Olmedo y Juan José Peña Teléf. (+5937) 2732003 - 2724895 Fax: 2724003 Cel.: 0992416701 - 0997262566 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec
El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.
Fundado el 1 de Noviembre de 1979
CMYK
22
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
Sociales
Mujeres voluntarias presentaron libro
www.cronica.com.ec
E
La tarde del martes 14 de enero en el Teatro de Artes Segundo Cueva Celi, las socias honoríficas de la Unión de Mujeres Lojanas (UML) presentaron el libro que relata el servicio social desplegado por la organización, durante su trayectoria, en beneficio de las personas vulnerables. Con esta actividad, la UML culminan la celebración de las Bodas de Oro.
• Lupe Mendieta, presidenta de la UML, realizó la presentación del evento.
• Magdalena Chauvin Hidalgo de Peñarreta, autora de “Historia de los cincuenta años de trabajo voluntario de Unión de Mujeres Lojanas”.
P/4089
P
HOY D FUNC OS IONES
OS HOY D ES ON FUNCI
Hermanos Palma Ocampo venta de entradas con descuentos grupos y empresas 0999638793
S DÍA N S IMO OCIÓ T L Ú ROM P DE
NIÑOS PAGAN $1,00 ADULTOS $2,00
Punto de Venta P/4084
CMYK
I
Justicia
www.cronica.com.ec
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
23
El “amor” lo llevó a la tumba Zamora Ch. Al parecer problemas familiares llevaron a que Johan Steven Ch. C., de 22 años de edad, decida quitarse la vida con una cuerda colgándose de un árbol, en el sector de Jesús del Gran Poder perteneciente al cantón Yantzaza, la noche del miércoles 15 de enero.
Suceso Agentes de Criminalística y de la Unidad de Muertes Violentas de la Dinased fueron alertados del suicidio del joven que vestía una camiseta de color negra, calentador azul y zapatos negros. Al acudir al sitio del hecho, se percataron que en la parte superior de una loma, entre los matorrales se encontraba el cuerpo en suspensión completa con una cuerda
•• Joven a los 22 años decidió terminar con su vida.
de color verde, atada al cuello de Johan Steven. Tras tareas investigativas de los servidores policia-
les, conocieron por parte de la madre del occiso que, en horas de la tarde del miércoles 15 habían tenido una discusión con el joven debido a que mantenía una relación sentimental con una menor de 12 años de edad y la familia se oponía, siendo esta una de las principales razones por las que decidió quitarse la vida. Los uniformados con la autorización del fiscal de turno realizaron el levantamiento del cadáver y recogieron los indicios en la escena (cuerda). Personal del Cuerpo de Bomberos trasladó el cuerpo sin vida hasta el furgón de Medicina Legal y este lo trasladó hasta el Centro de Ciencias Forenses de Loja para la necropsia de ley.(I).(FJC).
•• Daños materiales y un herido en percance de camión.
Conductor evadió la muerte Zamora Ch. En la vía Troncal Amazónica (Yantzaza –El Pangui), sector Pachicutza del cantón El Pangui, un camión terminó con las llantas al aire y la cabina incrustada en el bordillo. Afortunadamente, el conductor resultó con heridas leves. Al parecer, el chofer en un pequeño descuido perdió el control del pesado automotor, perteneciente a una
distruidora de cerveza, y al tratar de maniobrar se volcó en la vía y terminó con las llantas al aire. El ciudadano fue rescatado por efectivos del Cuerpo de Bomberos de El Pangui, luego fue atendido por los paramédicos de salud; mientras tanto servidores policiales tomaron procedimiento y retuvieron al automotor que por poco cobra la vida del conductor.(I).(FJC).
Impacto frenó a dos vehículos Cocina de leña casi
quema una covacha Gonzanamá. Cocinar con leña como antiguamente lo hacían los ancestros, es una costumbre que se está perdiendo, pero esta tradición casi provoca que una covacha se incendie. La oportuna intervención de bomberos evitó un desenlace fatal. Hechos Un ciudadano alertó al Cuerpo de Bomberos de Gonzanamá que una vivienda, tipo covacha, ubicada en la avenida 30 de Septiembre y Quilanga se produjo un incendio. Los efectivos de inmediato con
una autobomba acudieron a la emergencia. En sitio verificaron que la vivienda de construcción rústica, tipo covacha (madera) sin paredes, se produjo un conato de incendio de varios enseres. Al parecer dejaron encendida una cocina de leña rústica; el viento hizo brincar chispas que llegaron a un colchón y se prendió consumiéndolo en su totalidad, al igual que unas prendas de vestir. El propietario no estaba en el lugar por lo que los bomberos dejaron sofocando y en condiciones seguras.(I). (FJC).
•• Vehículo más afectado tras el choque vehicular.
Loja. En la intersección de las calles 18 de Noviembre y Catacocha, dos automotores se involucraron en un aparatoso siniestro que dejó daños materiales. •• Conato de incendio fue apagado por los casacas rojas.
Según personal de la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT), los vehí-
culos involucrados son: un Suzuki azul y una camioneta blanca. Presumen que uno de los automotores no respetó la preferencial y al intentar cruzar se produjo el percance. Los agentes tomaron el respectivo procedimiento. A su vez, indicaron que no hubo personas heridas.(I).(FJC).
Daños materiales en choque frontal Zamora Ch. Solo daños materiales de consideración y un leve susto fue el resultado de un aparatoso siniestro de tránsito en el sector Toscón de la ciudad de Zamora, la mañana de
este jueves 16 de enero. Se desconoce las causas del percance entre un taxi marca Hyundai y un camión Jac blanco. Personal policial llegó al sitio y tomó
procedimiento debido a que los daños son cuantiosos; y más en el automotor de servicio público que llevó la peor parte.(I).(FJC). •• Vehículos involucrados en el siniestro.
CMYK
Sucesos
VIERNES 17 DE ENERO DE 2020
250 hectáreas afectadas por el fuego en el Casitagua
(Pág. 5) A las 04h00 de este jueves 16 de enero se reiniciaron las labores para apagar el incendio forestal en el cerro Casitagua, ubicado en el sector de Pomasqui, al noroccidente de Quito. Según el delegado del Ministerio del Ambiente, Francisco Díaz, 250 hectáreas de bosque han sido consumidas por las llamas.
Joven puso fin a sus días con una soga
Cocina de leña casi quema una covacha
(Pág. 23)
Gonzanamá. Cocinar con leña como antiguamente lo hacían los ancestros, es una costumbre que se está perdiendo, pero esta tradición casi provoca que una covacha se incendie. La oportuna intervención evitó un desenlace fatal.
Conductor evadió la muerte
(Pág. 23) Zamora Ch. Al parecer problemas familiares llevaron a que Johan Steven Ch. C., de 22 años de edad, decida quitarse la vida colgándose de un árbol.
(Pág. 23)
CMYK