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MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
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Edición Nº 10648 - Circulación 3150
Ratifican arresto domiciliario contra Alexis Mera (Pág. 4)
(Pág. 4)
“Cuna de vida”, para los bebés abandonados
68 asentamientos irregulares en Loja
Escombreras sepultan fuentes de agua (Pág. 7)
Arreglo de vía genera daños (Pág. 7)
Adolescentes infractores elaboran monigotes (Pág. 9)
E
(Pág. 2)
n la ciudad hay 68 asentamientos humanos irregulares, de los cuales, 46 serían los más próximos a legalizar. Está próximo el segundo debate a la ordenanza sobre asentamientos humanos de Loja.
Alistan seguridad para feriados (Pág. 6)
Opinión
Parroquias rurales de Loja:
Navidad como signo de encuentro
Entre la pobreza, desigualdad y falta de empleo
Galo Guerrero (Pág. 21)
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as parroquias rurales de Loja tienen mayor índice de pobreza por ingresos económicos, debido a que en actividades como la agricultura y ganadería las familias subsisten con los productos que comercializan. El desempleo es más bajo que en el área urbana.
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Loja
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Asentamientos irregulares sin solución en Loja La comercialización de lotes sin autorización municipal sería el inicio de la presencia de asentamientos humanos irregulares en la ciudad de Loja, que hasta el momento se habrían registrado más de 68. Para el abogado en libre ejercicio, Freddy Aguilera, el problema de los asentamientos irregulares inicia cuando los propietarios de terrenos empiezan a vender lotes sin autorización municipal. “Se venden lotes sin autorización del Municipio, sin tener aprobada una lotización o urbanización; en esas condiciones es que se han vendido terrenos a personas de bajos recursos económicos, pero ellos son compradores de buena fe”, dijo. En ese contexto, Aguilera, dijo que se debe hablar de “fraccionamientos de terrenos al margen de la ley”, y recordó que no hay cómo desalojarlos, debido al derecho adquirido de cada persona, ya que muchos de ellos viven más 30 años. “El Código Civil determina que cuando una persona está en posesión más de 15 años, un juez está en la obligación de regularizarlo, pero, el Municipio también tiene una obligación con ellos, ya que ha permitido esos asentamientos irregulares”, comentó. Ordenanza De su parte, Nixon Granda, vicealcalde de Loja, dijo que en 2014 existió una ordenanza que definía el
•• El Tejar de Jericó, sería uno de los 68 asentamientos irregulares en la ciudad de Loja.
número de asentamientos que debían ser regularizados, pero que, en 2015, con el apoyo mayoritario del Cabildo anterior, eliminaron la disposición general donde constaban los sectores a beneficiarse. El vicealcalde Granda comentó que siempre tiene enfrentamientos con funcionarios municipales, ya que cuando pide regularizar la tierra los funcionarios alegan requisitos como servicios básicos; mientras que, cuando pide dotar de servicios básicos, en cambio piden escrituras de los predios para firmar convenios. Reforma ordenanza También se dio a conocer que la reforma a la ordenanza de Asentamientos Humanos, “está orientada a dar mayores facilidades y que el municipio esté orien-
tado a ayudar a las personas y no a perseguir”, dijo Granda. Además, comentó que el departamento de Planificación tendría registrados 50 sitios de asentamientos irregulares en la ciudad de Loja, y recordó que la legalización y regularización la tierra fue una oferta de campaña, pero que solo van 6 meses en el cargo. Ligia Rodríguez, presidenta de la Comisión de Planificación y Presupuesto del Cabildo de Loja, dio a conocer que el informe para segundo debate a la reforma del artículo 264 de la ordenanza sobre Partición y adjudicación administrativa de sectores urbanos consolidados en el cantón, ya fue entregado a Secretaría de la Sala de Concejales, pero que aún no ha sido entregado para ser debatido, ya que la nueva funcionaria
no se adapta a nuevo sistema “cero papeles” en la institución. Asentamientos irregulares La concejala Rodríguez dijo que hay 68 asentamientos irregulares, de los cuales, 46 lugares serían los más próximos a legalizar. No precisó el número de asentamientos con los que han socializado la reforma, ni tampoco conocía el número de asentamientos que estarían en terrenos públicos, datos básicos que debería incluir el informe para segundo debate. Freddy Aguilera cree que es adecuado aprobar una ordenanza exclusiva para solucionar el problema de asentamientos irregulares en Loja; asimismo, dijo que, en caso de haber asentamientos irregulares en terrenos públicos, ahí no hay derechos creados y, por tan-
to, no aplica el tema de posesión, por lo que tendrían que ser desalojados. Desde la Empresa Pública de Vivienda, se dio a conocer que actualmente se está trabajando en el proyecto de vivienda Jardines de Punzara, el mismo que está orientado para familias que tienen un ingreso económico permanente y por tanto están en condiciones de pagar cerca de 9000 dólares como anticipo, pero, no existe un proyecto de vivienda de carácter social para personas de escasos recursos económicos; más bien, esperan que el Gobierno Central pueda ofrecer viviendas gratuitas. Además, se dio a conocer que en el cantón Loja habrían unas 20.000 familias que requieren vivienda. Las personas ubicadas en los sectores denominados asentamientos irregulares, no cuentan con servicios básicos, los materiales de sus viviendas son de tabla y cartón, y sus actividades económicas, van desde recicladores hasta albañiles y mujeres que lavan ropa ajena. (I)(WMM) Cronidato •
El vicealcalde Nixon Granda y la concejal Patricia Picoíta, mediante oficio, pidieron a Ligia Rodríguez, presidenta de la Comisión de Planificación y Presupuesto, presente el informe para segundo debate de la reforma a la ordenanza de Asentamientos Humanos en Loja.
Contiendas de gallos se mantienen El presidente de la Asociación de Gallos de Loja (ASOGAL), Jalil Espinosa Bustamante, expresó su complacencia por la decisión de la Asamblea Nacional al acoger la objeción parcial al “Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal”, remitida por el presidente de la República con relación a las contiendas de gallos. El Ejecutivo objetó el artículo respectivo aprobado anteriormente por la Asam-
blea en dos sentidos: a) modificando la noción de “otros animales” por la de “otros animales de la fauna urbana”; y b) exceptuando de la inconducta los espectáculos públicos que no tienen como finalidad la muerte del animal. Consecuentemente las riñas de gallos se mantendrán como tradición nacional de la que son parte más de dos millones de galleros, destaca Espinosa, quien acota que la reforma al COIP, que entrará en vigencia luego de
su publicación en el Registro Oficial, es concordante con lo que prescrito en el artículo 140 del Código Orgánico del Ambiente: “La fauna urbana está compuesta por los animales domésticos, los animales que tienen como hábitat espacios públicos y áreas verdes, y los animales que constituyen un riesgo por el contagio de enfermedades en el perímetro cantonal”, lo que de ninguna forma atañe a la actividad gallística representada por “las plumas finas” como se
llama a los gallos de casta y linaje preparados y dispuestos para la lidia. Corresponde a los Gobiernos autónomos descentralizados municipales regular los espectáculos públicos de gallos, para cuyo efecto ASOGAL está elaborando un proyecto de ordenanza para ser presentado en el seno de los respectivos cabildos, haciendo uso de la “silla vacía”. Las contiendas de gallos datan de muchos años atrás, desde la venida de
los españoles, y se han constituido en espectáculos predilectos a lo largo y ancho del país, a tal punto que cada vez es mayor el esmero y preocupación de los criadores por poseer líneas combatientes de un nivel competitivo muy alto, dando como resultado que Ecuador se haya convertido en una potencia mundial en gallos finos; prueba de ello es el interés del mundo gallístico en adquirir pie de cría ecuatoriano, manifestó Espinosa.(I).
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Bernardinos triunfan en el II Festival de colegios sesquicentenarios del ecuador Estudiantes de la Unidad Educativa del Milenio Bernardo Valdivieso obtuvieron los primeros lugares en el II Festival académico, cultural y deportivo de colegios sesquicentenarios del Ecuador, año 2019. Del 12 al 14 de diciembre, una delegación de estudiantes participó del festival organizado por la Unidad
Educativa Fiscal Vicente Rocafuerte de la ciudad de Guayaquil. En atletismo, en 400 metros planos, Pamela Armijos y José León obtuvieron medalla de oro; en prueba colectiva, José León, Pamela Armijos, Romina Jumbo y Jeremy Paladines se hicieron merecedores a medalla de plata; y en 200 metros planos: Romina Jumbo ob-
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• Delegación de estudiantes de la Unidad Educativa Bernardo Valdivieso durante su participación en Guayaquil.
tuvo medalla de bronce. En matemáticas: María Fernanda Guamán obtuvo el tercer lugar. En dibujo artístico: Fernando Jesús Poma Guamán mereció el segundo lugar. En lengua y literatura, en los tres concursos convocados, las tres participan-
tes obtuvieron el primer premio, que consistió en trofeo, medalla de oro, y diploma: Concurso de Oratoria, Ibeth Ariana Macas Cabrera; Concurso de Libro Leído, Jennifer Daniela Lanche Luzuriaga; y Concurso de Declamación, Alisson Gualsaquí Alvarado.
La rectora de la Unidad Educativa Bernardo Valdivieso, Mirtha Díaz López, felicitó a los estudiantes triunfadores, así como también a los docentes que fueron parte de la preparación y que acompañaron a los delegados hasta Guayaquil.(I).
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Nacional
“Cuna de vida”, una esperanza para los bebés abandonados en Ecuador
Sólo este año se encontró a tres recién nacidos en un cubo de basura en Guayaquil. El hallazgo de una recién nacida en un cartón cerca de un basurero es el más reciente caso de abandono de bebés en Ecuador, que motivó a unas monjas a crear una “Cuna de vida”: una ventanilla en la que las personas -amparadas en un anonimato inicial- pueden dejar a los infantes no deseados. Sólo este año se encontró a tres recién nacidos en un cubo de basura en Guayaquil (suroeste) y el cadáver de uno más, en otro contenedor de basura en Quito. En el marco del programa “Bebés en el cielo”, en 2018 se realizó en Quito el sepelio de 36 fetos y recién nacidos abandonados en diferentes circunstancias en las provincias de Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas y Tungurahua. La monja polaca Ewa Pilarska, integrante de la congregación de las Hermanas Benedictinas Misioneras, también relató a Efe el caso de un recién nacido abandonado en Cuenca (sur), que fue devorado por los perros en 2017. Una cruda realidad que les motivó a ofrecer un lugar seguro para los infantes sin exponer ni juzgar a las madres. Hogar Valle Feliz La primera Cuna de vida se fundó en Alemania en 1999 y, aunque el proyec-
to es nuevo en Ecuador, cuenta con el respaldo de la casa de acogida “Hogar Valle Feliz”, que en unas tres hectáreas alberga actualmente a 44 menores en situación de riesgo y con familias multiproblemáticas. Esos menores están distribuidos en cinco pulcras casas de tres pisos y estructura sólida, que funcionan de forma autónoma. Los pequeños van y vienen de las escuelas en una furgoneta de la institución, hacen tareas, van a talleres, juegan en su espectacular jardín, así como en una cancha de baloncesto, que está cerca de la “Cuna de vida”, inaugurada a inicios de mes y que, con el tiempo, podría acoger a su próximo “hermano o hermana”. Todas las seguridades El proyecto funciona en la ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas, a unas tres horas al suroeste de Quito. Colocada a un costado de la entrada principal del “Hogar Valle Feliz”, la Cuna de vida está escoltada por una pintura en la pared de dos grandes manos que acunan a un bebé dormido. Cerca de ella está el timbre que acciona la ventanilla. Al abrirse, la madre encuentra en la cuna una carta en la que le garantizan que su bebé estará bien cuidado, que se informará del caso a la Policía, y que llevarán al pequeño a un control médico. “No sabemos lo que pasó en
tu vida para que tomes esta decisión, y no lo juzgamos, te vamos a esperar los primeros tres meses para poder apoyarte y entregarte a tu hijo si así lo quieres; en caso de que no vengas, vamos a empezar el proceso de declaratoria de adoptabilidad para que tu bebé tenga una nueva familia”, reza la misiva. Una vez que la madre deposita al bebé en la cuna, se activa un sensor que, en cinco segundos, cierra automáticamente la ventanilla antes de que la cuna se desplace hacia la derecha. En paralelo, una alarma suena en los celulares de las encargadas, que tardan minutos en llegar al sitio. Psicólogas y Trabajadoras Sociales Si el bebé regresa tras la valoración médica, en la casa de acogida se designa a una educadora como su referente materno, y se prepara a los miembros de una de las cinco casas para recibir al nuevo integrante de la “familia”, explicó a Efe la psicóloga Leonela Valarezo. “Despenalizar a la madre” Jaime Salvatierra, abogado de “Hogar Valle Feliz” comentó a Efe que el proyecto busca evitar el abandono de niños en la calle y pretende “despenalizar a la madre”, pues la ley ecuatoriana sanciona con prisión, de uno a tres años, el delito de abandono en lugares no aptos para cuidado y protección.(I)EFE
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Ratifican arresto domiciliario contra Alexis Mera Exsecretario jurídico de la Presidencia se mantiene en arresto domiciliario en Guayaquil. La mañana del lunes 23 de diciembre de 2019, por unanimidad, el tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) negó el recurso de habeas corpus, que fue solicitado por el exsecretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera. Por lo tanto, el exfuncionario seguirá bajo arresto domiciliario. En audiencia de esta mañana Mera y su abogado, Fausto Jarrín, argumentaron el pedido de libertad del exfuncionario porque, según explicaron, ya está en arresto domiciliario más de 6 meses, lo que, de acuerdo con la defensa, es un tipo de privación de libertad. De acuerdo con los argumentos, el tipo penal por el que es procesado tiene una pena de hasta 5 años y, según el Código Orgánico integral Penal (COIP), con estas estas penas no pueden estar privados de la libertad más de 6 meses. Frente a esto, el Tribunal no aceptó este argumento y rechazó el recurso de
habeas corpus. Además del arresto domiciliario, Mera utiliza un grillete electrónico. Tras la negativa, Mera esperará la audiencia del 3 de enero de 2020. El exsecretario Jurídico Alexis Mera está procesado por cohecho dentro del caso Sobornos 2012-2016. En este caso, se investiga un supuesto cohecho por presuntos aportes ilegales de contratistas estatales para las campañas electorales del movimiento Alianza País. El Tribunal que analizó el recurso de este lunes estuvo integrado por los jueces María Montalvo, Carlos Pazos y Pablo Valverde. La diligencia se desarrolló en la Corte Nacional de Justicia, en el norte de Quito.(I) Ecuavisa.
¿Qué va a pasar con la prefecta de Pichincha, Paola Pabón? Paola Pabón fue detenida el pasado 14 de octubre para investigaciones. El 19 de diciembre terminaron los 11 días de vacaciones que la Prefectura de Pichincha le autorizó a Paola Pabón. Han trascurrido tres días adicionales y aún no se define su situación Paola Pabón fue detenida el pasado 14 de octubre para investigaciones por el delito de rebelión tras las manifestaciones sociales realizadas en octubre. El 13 de diciembre el Gobierno de la provincia confirmó a Alexandro Tonello como prefecto subrogante, según el consejero de Pichincha, Luis Rodríguez, esto cubre a la prefecta Pabón. No obstante, el consejero
explica que hasta el momento no ha llegado ninguna solictud para que se analice una figura ausencia de la prefecta pero que cualquier persona lo puede hacer. “Practicamente con sus derechos políticos que se le otorgó en el Pleno. Ella sigue como prefecta mientras no tenga la sentencia ejecutoriada”, dijo Rodríguez.(I)Ec
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Enmienda constitucional para incrementar recursos de vialidad El prefecto Rafael Dávila en rueda de prensa dio a conocer en qué consiste la propuesta de enmienda constitucional para incrementar los recursos destinados a vialidad en la provincia de Loja, la misma que tendría 5615 kilómetros (km). Dávila dio a conocer las diferencias presupuestarias de provincias como Tungurahua y Guayas, haciendo un cotejo entre la superficie, el número de km de vialidad rural y la cantidad en dólares que recibe cada prefectura. “Tungurahua tiene 3385 km2 de superficie y Loja tiene 11.000 km2. Loja recibe 29 millones de dólares, y Tungurahua recibe 26 millones de asignación; eso en cuanto a superficie”, dijo. También comentó que hace
tiempo impulsa la propuesta de enmienda para incrementar recursos de vialidad, y recordó haber socializado con los exasambleístas como Myriam González, Richard Farfán, además de los actuales Verónica Arias y Raúl Auquilla. “A todos se les explicó el tema que lo descubrimos aquí en la prefectura, y que, escarbando un poco, encontramos la razón, para atender las necesidades en vialidad”, comentó el prefecto. Actualmente, el artículo 272 de la Constitución Política del Ecuador, establece 3 parámetros para determinar el presupuesto a los gobiernos descentralizados: 1.- Tamaño y densidad de la población. 2.- Necesidades básicas insatisfechas, jerarquizadas y consideradas en
relación con la población residente en el territorio de cada uno de los gobiernos autónomos descentralizados. 3.- Logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo y cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autónomo descentralizado. Según el prefecto Dávila, la propuesta de enmienda de la asambleísta Jeaninne Cruz, consiste en incluir en el artículo 272, un texto que diga: En caso de los gobiernos provinciales, se incluirá un octavo criterio que se asignen recursos en función del número de kilómetros de la red vial provincial que posee cada una de las provincias. Asimismo, se dio a cono-
Banco de Desarrollo firma convenios y cartas de intención para Loja y Zamora Chinchipe Con la presencia de Richard Martínez, ministro de Economía y Finanzas, el Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE) firmó convenios para destinar 544.000 dólares al GAD de Paquisha y 688.000 dólares para el GAD de Centinela del Cóndor, cantones pertenecientes a la provincia de Zamora Chinchipe. También se firmaron cartas de intención con el Gobierno municipal de Catamayo y con la Universidad Nacional de Loja. Tratados de cooperación El Gobierno municipal de Paquisha se hará acreedor de $544.246,09 para la construcción y fiscalización de tres puentes carrozables. Ángel Calva, alcalde del cantón, comentó que esta obra beneficiará enormemente a la mejora del sector productivo de la localidad. Para el cantón Centinela del Cóndor se destinarán $688.620,35 para el proyecto de asfaltado y construcción del sistema de alcantarillado y la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales de la cabecera parroquial de El Dorado.
•• Richard Martínez y Kevin Jiménez, durante las firmas de convenios y cartas de compromiso de cooperación.
Cartas de intención Se firmaron cartas de compromiso de cooperación con el GAD municipal de Catamayo para la adquisición de equipos mecatrónicos para el centro de revisión técnica vehicular y para la realización de estudios y diseños definitivos para el plan maestro de agua potable del cantón. Armando Figueroa, alcalde de Catamayo comentó que “aspiramos 277.000 dólares y esperamos que sean fondos no reembolsables, porque no tenemos capacidad de endeudamiento”. Con la Universidad Nacional de Loja, para el fortalecimiento institucional y la racionalización de personal, se firmó una carta
compromiso por monto de 2’219.000 dólares. Obras adicionales para Loja Richard Martínez, ministro de Economía y Finanzas comentó que se ha efectuado el contrato para el reencauzamiento de la quebrada Totoras en Calvas, por alrededor de 18 millones de dólares. También resaltó el trabajo de reasfaltado y mejoramiento de la vía LojaVilcabamba. Paltas El BDE destinará alrededor de 15 millones de dólares para la realización de obras de alcantarillado y agua potable. En su discurso Martínez comentó que el Banco Interamericano de Desarrollo
cer que luego de reformar la Constitución, el siguiente paso sería reformar el artículo 195 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y descentralización (COOTAD), el mismo que actualmente, establece 7 parámetros para fijar los presupuestos: Tamaño de población, Densidad de población, Necesidades básicas insatisfechas jerarquizadas, Logros en el mejoramiento de los niveles de vida, Capacidad fiscal, Esfuerzo administrativo y, Cumplimiento de metas. Otro ejemplo comparativo que expuso el prefecto Dávila, es el referente al número de km de vialidad, y en esta ocasión se comparó con Guayas. “Guayas tiene 5800 km de vías rurales, y Loja tiene 5615 km. Mien-
tras nosotros recibimos 29 millones de presupuesto, Guayas recibe 149 millones”, resaltó. Según el prefecto Dávila, la reforma al COOTAD, tendría que darse para que se incluya un octavo criterio referente también, al número de kilómetros de la red vial provincial que posee cada provincia. Por su parte, la asambleísta Cruz, dijo que los diálogos permiten tener las condiciones políticas para dicha enmienda, porque, además, beneficiaría a 4 millones de ecuatorianos que viven en la pobreza. Finamente, informó que el asambleísta Guillermo Celi, ya habría trabajado en el texto de reforma al COOTAD, con lo cual ya estaría adelantado el trabajo. (I)(WMM).
COMUNICADO DE LA INDUSTRIA LICORERA EMBOTELLADORA DE LOJA S.A.
Por medio del presente y de conformidad con lo dispuesto por las resoluciones de Junta tomadas por los señores accionistas de la compañía Industria Licorera Embotelladora Loja S.A.-ILELSA, se reitera a los accionistas que se encuentran a su disposición los valores correspondientes a dividendos a disposición de accionistas, correspondientes a ejercicios fiscales previos. Nota: Los accionistas podrán hacerse representar por mandatarios acreditados mediante carta poder dirigida al representante legal de la compañía, a efectos de retirar dichos valores. Loja, 24 de diciembre del 2019. Ing. Felipe H. Burneo Álvarez. PRESIDENTE INDUSTRIA LICORERA EMBOTELLADORA LOJA S.A. ILELSA P/2948
aprobó el adelanto del plan binacional del IV Eje Vial que conecta a Bellavista-ZumbaLa Balsa con un crédito de 120 millones a 20 de años de plazo al 4% de interés anual. En el proyecto se prevén cerca de 30 kilómetros de reasfaltado y 20 de nueva vía, para el fortalecimiento de Ecuador y Perú. (I). (JAV)
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Kevin Jiménez, gerente del Banco de Desarrollo del Ecuador zonal sur comentó que se han destinado 131.6 millones de dólares para la parte alta de El Oro, Zamora Chinchipe y Loja.
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Ambiente desolador en Tejar de Jericó Don Luis Fernando Chimbo de 65 años, con la piel arrugada por el trajinar de los años llegó al lugar, en donde, hasta las 07h00 del domingo 22 de diciembre, se levantaba su humilde casa de tablas con zinc. Recorrió el sitio y con su voz entrecortada contó que él vivía junto a su esposa de 63 años en una de las casas que el incendio consumió. “Perdí lo poco que tenía y que he conseguido con el esfuerzo de mi trabajo” La vida de don Luis ahora es incertidumbre, por ello, pide a la ciudadanía la colaboración para ver si vuelve a ser su chozita. El hecho Un ambiente de tristeza, desolación y destrucción ha quedado en el barrio Tejar de Jericó tras el feroz incendio que consumió 6 casas dejando a más de 30 personas de 9 familias sin un techo, 7 heridos y una fallecida. Afectados piden ayuda a las autoridades para sobrevivir. Atención Los organismos de soco-
pótesis manejadas está un posible cortocircuito. “Este incidente lamentable en un jalón de orejas a todas las instituciones que trabajamos en seguridad. Nosotros como Cuerpo de Bomberos llamamos al Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias (SNGRE) para que emita un informe, ya que se ha identificado que no solo hay peligro de incendios, sino también por caída de árboles que están asentados en la parte alta a punto de virarse; incluso hay una alcantarilla que llega al sector del Tejar de Jericó”, dijo. (I).(FJC).
•• El panorama en Tejar de Jericó.
rro han llegado al sitio del desastre a prestar la ayuda necesaria. Robert Salcedo, administrador médico del Centro de Salud Nº 2, expresó que dos personas con quemaduras de primer y segundo grado permanecen internadas en el Hospital Isidro Ayora, mientras que 3 con quemaduras leves fueron dados de alta ambulatoria. A su vez, los médicos del barrio llegaron al sitio a ve-
rificar el estado de salud a los habitantes, en especial de quienes se vieron directamente afectados por las pérdidas de sus bienes inmuebles de tabla y zinc. “Nosotros también intervendremos en la parte psicológica de los damnificados”. Por su parte, Patricio Zhapa, director administrativo del Cuerpo de Bomberos de Loja, dijo que aún no se establecen las causas del flagelo, pero entre las hi-
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El perrito electrocutado sobrevivió. En el Patronato de Amparo Social Municipal receptan ayuda para entregar a los afectados por el incendio. Un total de 30 personas han recibido atención médica. Hasta el momento, entidades públicas han entregado a los damnificados: 17 kits de dormir, 9 kits complementarios de alimentos, 9 kits de higiene, 9 kits de vajilla, 9 kits de ollas y 9 baldes. Los damnificados permanecen en viviendas aledañas de sus vecinos.
Preparados para las emergencias de Navidad y Fin de Año Los socorristas, policías, agentes de tránsito, bomberos y oficinas judiciales ajustan los planes para atender las emergencias que puedan presentarse durante Navidad y Fin de Año. Cifras Las emergencias de cualquier índole se registran en todo momento, por ende los organismos de respuesta han desplegado el personal necesario para atender en Navidad y Fin de Año. Por ejemplo, la Cruz Roja (CR), ha previsto que 30 personas (25 voluntarios y
5 paramédicos) trabajen en estas festividades en Loja. Además, ha dispuesto que 4 ambulancias, 2 camionetas y un móvil de logística que estará atento a las emergencias al 2 de enero del 2020, señaló, Jorge Ulloa, coordinador de Gestión de Riesgos ante Emergencias y Desastres de la CR. Por su parte, el Cuerpo de Bomberos de Loja, laborará con 40 efectivos en los dos últimos feriados de este mes de diciembre. El personal estará equipado con 5 autobombas y una ambulancia.Habrá personal que se dedicará a combatir los
incendios, mientras otro grupo se encargará de dar protección en eventos masivos. Coordinación línea En el Ecu 911 laborarán 156 funcionarios, sobre todo en el área de llamadas y de videovigilancia. Ellos estarán atentos ante las emergencias alertadas y desplegarán a las entidades pertinentes para su auxilio. Mientras que la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT) desplegará en estas dos fechas un total de 72 efectivos. Paúl
•• Personal de socorro listo para emergencias.
Aguilar, jefe de la unidad, mencionó, que no descuidarán la movilidad normal que se realiza dentro de la ciudad para ello ocuparán 72 agentes civiles, sumado los grupos operativos, que trabajarán en las 4 salidas de la urbe, donde revisarán el óptimo funcionamiento de la vehículos con la fina-
lidad de reducir los índices de siniestralidad. Por su parte, la Subzona de Policía de Loja ha desplegado un contingente de 1022 servidores policiales para custodiar Navidad y Fin de Año. La entidad pide a la ciudadanía hacer uso del portafolio de servicios. (I).(FJC).
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Escombreras sepultaron fuentes de agua en Sozoranga El movimiento de tierras en la reconstrucción de la vía Catamayo-Gonzanamá-Calvas-Sozoranga-Macará, ha provocado una afectación ambiental en dos fuentes de agua, mientras se espera el cumplimiento del plan de remediación que aún no llega. Según el exalcalde de Sozoranga, Freddy Guerrero en la reconstrucción de esa vía se han ubicado dos escombreras en las abscisas 8 y 11, que comprende el sector de Punta de Piedra y Manchi, en Sozoranga. “Además, en Punta de Piedra, se hizo un bote lateral; entonces esto provocó que se pierda en su totalidad, la cuenca hídrica de la quebrada Chorora; mientras que, por la segunda escombrera, está a punto de desaparecer la quebrada Gualguama”, dijo. “No hubo manejo de escombreras, se denunció de manera permanente hasta cuando yo estuve en la Alcaldía”, comentó Guerrero, y recordó, “que se tenía que elaborar obligatoriamente un plan de remediación por parte de la empresa constructora, pero hasta el momento no se ha cumplido; incluso se quedó en conformar una veeduría por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control
•• Afectación ambiental en las quebradas Chorora y Gualguama en Sozoranga.
Social (CPCCS)”. A decir del exalcalde Guerrero, el plan de remediación tendría que controlar las escombreras e intentar recuperar parte de las quebradas Gualguama y Chorora. “En la quebrada Chorora, también está en riesgo un puente que fue construido con fondos no reembolsables de la Embajada de Japón; que sería el segundo puente enterrado, al igual que las dos fuen-
tes hídricas, además de las afectaciones a fincas, desaparición de captaciones de agua para riego y consumo humano, e indemnizaciones a propietarios; todo esto debe contemplar el plan de remediación, dijo. Finamente, el exalcalde Guerero dijo que “la única autoridad que escuchó nuestras denuncias, fue el defensor del Pueblo; porque aquí, hubo complicidad del Ministerio de Ambiente
(MAE), Secretaría Nacional de Agua (Senagua) y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), para no hacer absolutamente nada”, finalizó. De su parte, Wálter Rojas, director distrital del MTOP, dijo que la empresa pública china Sinohydro, está ejecutando el Plan de Protección y Reparación Ambiental de las escombreras; Plan de Recuperación de la Cuenca Hidrográfica; Plan de Capa-
citación Ambiental; Plan de Reparación e Indemnización; Plan de Construcción de Tanques de Captación de Agua para Consumo y Riego; Plan de Recuperación de Cultivos y Sistemas de Riego; y un Plan de Indemnización por Viviendas Afectadas; cada uno de estos con 14 acciones. “El plan se está implementando desde hace 4 meses y tiene un plazo máximo de un año para su ejecución”, dijo el director distrital Rojas. Comentó, además, que se ha incluido las medidas necesarias para la prevención, mitigación, compensación e indemnización de los impactos ambientales generados por la escombrera Punta de Piedra y Manchi, en el cantón Sozoranga. Asimismo, se informó que el MTOP debe verificar el cumplimiento del plan de remediación ambiental. (I) (WMM). Cronidato •
Según informe de la Contraloría General del Estado, Sinohydro se habría beneficiado con 129´021.773,39 dólares en un contrato para reconstruir 10 vías en Ecuador; además, de subcontratar el 100% de las obras.
Compañía afecta a moradores de Taquil El Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) parroquial de Taquil con el Gobierno provincial de Loja, firmaron un convenio, a propósito de la construcción de la vía desde el Villonaco hasta la parroquia, el mismo que no se estaría cumpliendo. Según lo dio a conocer el presidente del GAD, Víctor Guamán, el convenio consiste en la transferencia de 100.000 dólares a las cuentas de la Prefectura, con la finalidad de tener un fondo que permita cubrir daños, a propósito de
la construcción de la vía principal. “Estamos aportando con 100.000 dólares, esos rubros son para cubrir daños de tubería, cambio de postes; por lo que nosotros ya hicimos el primer desembolso a la Prefectura”, dijo. Sin embargo, desde hace varios días, se habría generado una afectación en la tubería del sistema de agua potable en el barrio Cachipamba, cuyos daños no han sido solucionados por la empresa constructora. “Hemos tenido una reunión con los dirigentes de los barrios, para decidir
que vamos a ir hablar con el prefecto, ya que el convenio lo firmamos con él, y es quién tiene que darnos una solución a este problema, dijo Guamán. “Con los trabajos de ampliación de la vía, en el cambio de base de la vía, se provocan los rompimientos de la tubería con la maquinaria”, comentó el dirigente. Además, dijo que ya se ha hablado con la empresa encargada de fiscalizar la obra, pero no ha dado solución. “Los encargados de la fiscalización ya le llamaron la atención a la empresa constructora,
pero por irresponsabilidad, no se ha corregido el problema”, recalcó. El presidente Guamán, contó que ya son más de 15 días que enfrentan el problema de falta de agua potable en el barrio de Cachipamba, debido a que “la conducción del sistema va siguiendo la vía, desde el barrio Cera, hasta la cabecera parroquial. Hay partes en que se ha levantado toda la tubería, mientras que en otros sectores aún ha quedado, por lo que la afectación sería de unos 3000 dólares, por el costo de la tubería”, se-
ñaló. Parte del convenio con la Prefectura, también sería el asfaltado de los accesos al barrio Cera, Laguangora y en centro parroquial de Taquil. Además, se conoció que, de los 100.000 dólares del convenio, ya se ha transferido 25.000 dólares en el mes de otubre, cuyo monto habría sido el compromiso en 2019. “Yo gestioné para no transferir todo el dinero sino 25.000 por año, con la finalidad que nos quede recursos de nuestro presupuesto para hacer obra en nuestra parroquia”, finalizó. (I)(WMM)
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Navidad, época dura para migrantes Son muchos los ciudadanos de Venezuela que pasarán Navidad y Año Nuevo fuera de su país. Para ellos, estas épocas son las más duras de sobrellevar por la distancia con la familia. Comentan que su deseo es volver a su país pero no cuentan con los recursos económicos necesarios para hacerlo. Paola Navas y Roque Soto, ambos provenientes de Caracas, administran la residencial “Acuario” en el centro de Loja. Dijeron que se contactan con su familia vía telefónica y que el dolor de estar separados crece más en estas épocas. “Si fuera por mí yo no estuviera en otro país porque esto es demasiado duro” comentó Paola mientras se le cristalizaban los ojos. Ella es farmacéutica, tiene tres hijos, las dos primeras de 12 y 3 años quienes viven en Venezuela con su abuela, y que no ha visto hace dos años. Dice que salió de su país por la situación económica. “Si la situación no estuviera tan dura yo no estuviera aquí. Yo tenía allá mi buen trabajo, mi casa, mi estabilidad. Esto no se lo deseo a nadie”.
Junto a Roque, su actual pareja, cruzaron a Ecuador el 25 de julio de este año. Durante un mes vivieron en Guayaquil a la que catalogan como el peor mes de sus vidas. Trabajo Luego llegaron a Loja mientras se dirigían a Yantzaza para trabajar en minería, pero con los trabajos ocasionales que encontraron decidieron quedarse hasta encontrar el trabajo que hoy mantienen. “Gracias a Dios le caí bien al señor (propietario de la residencial) y él fue quien me dio trabajo aquí. Yo he trabajado en muchas cosas, desde vender dulces en los buses, limpiar baños, pintura, albañilería” mencionó Roque. Han pasado momentos duros. Recordaron una noche en la que les faltó un dólar para pagar la habitación donde pasar pasar la noche o cuando no les alcanzó para comer. “Es muy difícil subir a vender en los buses. Nosotros nunca hemos pedido, incluso si nos quedamos sin comer”. Regresar a Venezuela Roque comenta que aun-
•• Roque y Paola junto a su hijo, en la residencial.
que él también dejó a su familia en Venezuela, es más duro para Paola afrontar estas fechas. “Ella quiere ir, pero lo económico no ayuda, un viaje a Venezuela sale en $180 aproximadamente. Si yo tuviera la plata no me importa quedarme para que el niño pase con la abuela, pero
ella no tiene cómo quedarse, no tenemos el dinero” recalcó. La pareja vive con su hijo de dos años. A pesar de tener un trabajo, no reciben lo suficiente para regresar a Venezuela. Otras familias Similar situación vive Wendy Camacaro, quien en sep-
tiembre llegó a Loja junto con su esposo, dos hijos, nuera y nieto. Wendy dejó a su hija, madre y hermanos en Venezuela, debido a los problemas que atraviesa el país. “Fue muy duro cuando dejé a mi familia allá, pero no tenía otra opción”. Dijo, que llegaron al país sin nada, solo con la esperanza de sobrevivir cada día y de regresar a Venezuela, pero no es posible ya que no cuentan con los recursos para el viaje. “Somos cinco personas, es muy difícil porque no tenemos cómo ir. ¿A quién no le gustaría volver a su país en Navidad? Nos sentimos obligados a quedarnos a trabajar”. Para su familia, lo más complejo fue conseguir un lugar para vivir, ya que sienten ser discriminados por su lugar de origen. “Por el hecho de ser venezolanos, nadie quería arrendarnos un piso”. Su esposo José, y su hijo trabajan como albañiles, mientras que con su nuera elaboran postres para vender recorriendo la ciudad. Estos trabajos les permiten soñar con que pueden regresar a Venezuela algún día. (I) (MJA)
Pobreza en parroquias rurales es alta de acuerdo a ingresos familiares Las parroquias rurales de Loja tienen mayor índice de pobreza por ingresos económicos, debido a que las familias subsisten con actividades como la agricultura y ganadería. Sin embargo, el desempleo es más bajo en las parroquias rurales porque las actividades laborales no dependen de instituciones que otorgan beneficios de ley. En días pasados, el grupo de economía urbana y regional que tiene el Departamento de Economía de la Universidad Técnica Particular de Loja presentó el levantamiento de indicadores socioeconómicos. Sin embargo, estos solo miden la pobreza de
acuerdo con los ingresos familiares. Pobreza De acuerdo con Diego García, economista de este departamento, a nivel nacional la pobreza rural es tres veces mayor a la pobreza urbana. La principal razón es porque estos indicadores miden los ingresos de las familias, por tanto, las condiciones de pobreza tienen una relación totalmente directa con el empleo. “En el área rural, si bien el desempleo es mucho más bajo la calidad del empleo de las personas en el sector rural no es buena porque reciben ingresos mucho más bajos”. Es decir, no tienen un empleo adecuado,
no perciben un salario básico, ni tampoco existe una institución que controle a esta clase de trabajadores dedicados principalmente a la agricultura, comercio, minería y construcción. “En el área rural existe más pobreza por ingresos, pero de alguna manera pueden vivir del autoconsumo, es decir, producen los alimentos que necesitan por lo que no padecen de hambre”. Es necesario aclarar que entre las parroquias rurales las tasas de pobreza dependen del dinamismo económico del sector turístico como Vilcabamba y Malacatos por eso que tienen niveles de pobreza más bajos.
Desigualdad En el área rural se observa menor desigualdad. De acuerdo con García, las familias tienen ingresos similares debido a las actividades que realizan, “al tener menos ingresos tienen economías similares”. En el área urbana, “las condiciones son muy diferentes” aseguró, porque los ingresos son más altos y están concentrados en pocas familias, por lo tanto, “podemos encontrar, en una misma área, una familia con una casa y cuatro vehículos y una familia que no tiene vehículo y arrienda”. Mercado Laboral En este indicador, el des-
empleo en el área rural es más bajo que el área urbana porque en la primera las actividades no son profesionales, es decir, son de fácil acceso, sin embargo, “este empleo no significa que sea de calidad” aseguró García. Es por eso que en parroquias como Jimbilla el desempleo es sumamente bajo llegando al 3.8%. Por el contrario, en el área urbana existe mayor desempleo debido a las condiciones laborales del sector. El ingreso en este caso depende de factores como profesión y área de conocimientos, es por eso que parroquias como El Valle y Carigán tienen 7.7%, uno de los más altos del cantón. (I) (MJA).
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Opinión ciudadana
¿Cuál es su mensaje para las personas que pasarán Navidad sin su familia?
Que se acerquen a Dios, cuando lo encuentren hallarán mucho amor y mucha paz. Lo material no importa y si están lejos de su familia los amigos pueden ser una alternativa para compartir y pasar buenos momentos. Andrea Cabrera
Lo importante no es lo material. Para las personas que no van a estar con su familia lo importante es pasar y celebrar con quienes los aprecian y sienten aprecio por ustedes, los amigos y las personas allegadas pueden brindarles mucho apoyo emocional y moral. Jenny Ganazhapa
Para aquellas personas que estarán lejos de sus familias que traten de distraerse realizando otras actividades. Creo que los grupos de amigos son una gran opción y una buena alternativa para no pasar solo en estas fiestas, que son llenas de unión, felicidad y sobre todo paz. José Guamán
Que prevalezca el amor de Dios, porque en estas fechas lo importante es el amor de Dios y si no los tienen presentes que puedan llenarse de alegría. Aunque la familia no está presente siempre los lleven en sus corazones y en sus pensamientos. Patricia Jiménez
Adolescentes del CAIV demuestran habilidades en elaboración de monigotes Los jóvenes del Centro de Adolescentes Infractores Varones (CAIV) de Loja, desde octubre elaboran monigotes con el objetivo de generar recursos económicos para sus familias. Las figuras se expondrán desde el 26 de diciembre en los exteriores del Centro. Como una actividad artesanal califica Silvia Naranjo, coordinadora del CAIV, la elaboración de monigotes para la venta por Fin de Año. Cinco jóvenes son quienes han liderado la actividad, sin embargo, han tenido la ayuda de sus compañeros para pintarlos, armarlos y buscar diseños variados para recrear. Destino de los recursos Esta actividad les ayuda a los jóvenes que son padres de familia para generar recursos económicos debido a que los
Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900366152 perteneciente a MONCADA VILLALTA LUIS BALTAZAR con C.I. 1102049309 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR96 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900051531 perteneciente a CRESPO SARANGO LUIS EDUARDO con C.I. 1102627377 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR97 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900808859 perteneciente a ROBLES MOLINA ROSA EMILIA con C.I. 1103388128 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR98 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901310217 perteneciente a PALADINEZ GAONA NORMA ROCIO con C.I. 1104208440 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR99 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902402152 perteneciente a PIEDRA ROJAS JUAN LUIS con C.I. 1105135162
ingresos que obtienen de la venta son destinados para ellos y sus familias. “Ellos han puesto el material para elaborar los monigotes como: papel, pintura”. Se realizó una campaña para que puedan donar los materiales. “Es una actividad de interés para ellos porque son muy hábiles en este tipo de artesanías” mencionó Naranjo y acotó que estas actividades ayudan a los jóvenes por ser una actividad productiva, similar a un emprendimiento. “Se han sentido muy motivados al crear y recrear personajes. Les ha generado mucha satisfacción hacer este tipo de personajes porque han jugado haciendo la actividad y les ha dado muy buen resultado”. Además, les ayuda a sobrellevar la distancia que tienen con sus familias. “Entendemos que esta fecha para ellos
es una fecha muy sensible, lo cual ayuda a bajar muchas tensiones en ellos”.
en razón de haberse extraviado.
P/2936/NR100 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901842729 perteneciente a CUMBICUS CUMBICUS CARLOS LEONEL con C.I. 1106056698 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR101 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901693071 perteneciente a GUALAN CORREA MARIELA DEL CARMEN con C.I. 1150220307 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR102 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901213615 perteneciente a KAYUK NAKAIMP AGUSTIN JUAN con C.I. 1400222202 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR103 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900946319 perteneciente a ROJAS ROJAS ELVIO ENRIQUE con C.I. 1704308434 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR104 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901183944 perteneciente a ZABALA MOCHA DAVID ISAURO con C.I. 1716373996 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR105
Venta Desde el 26 de diciembre se expondrán los monigotes en los exteriores del Centro. Sin embargo, se los puede adquirir acercándose a las instalaciones del CAIV en la ciudadela Daniel Álvarez en la avenida Benjamín Carrión y Eloy Alfaro. Los costos están entre $5 y $10.
•• Entre los personajes recreados están los Minions, Bob Esponja, El Chavo del Ocho, entre otros.
cien los monigotes y compartan esta fecha siendo parte de la reintegración de los jóvenes del Centro. (I) (MJA).
Experiencia Para Juan (nombre protegido) ha sido una grata experiencia porque parte de las actividades que realizan son adquiridas en los talleres que les imparten en el Centro y pueden mostrar al público sus habilidades. “Las personas de fuera no ven nuestro trabajo y la creación de los monigo-
tes en este momento nos ha dado una oportunidad para demostrar que sí podemos, nosotros también tenemos talento y esta es una forma de reintegrarnos a la sociedad”. Además comentó que con estas actividades tratan de superar los errores que en su momento cometieron. “Distraernos en hacer un monigote, no importa su tamaño, nos da la oportunidad de demostrar el talento que tenemos”. Agradeció a quienes apoyan esta iniciativa, al tiempo que invitó a la ciudadanía a acercarse al CAIV para que apre-
LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901200849 perteneciente a NOLE POGO SANTIAGO NOE con C.I. 1720984465 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR106 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900148616 perteneciente a AGUINSACA VIÑAMAGUA MOISES HIPOLITO con C.I. 1900155324 en razón de haberse extraviado. P/2936/NR107 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador GUACHO MAJI NICOLAS con C.I. 600944516 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 184-184 de la cuenta corriente Nro. 2902404947 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR108 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador GUACHO MAJI NICOLAS con C.I. 600944516 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 186-193 de la cuenta corriente Nro. 2902404947 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR109 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador GUACHO MAJI NICOLAS con C.I. 600944516 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 195-198 de la cuenta corriente Nro. 2902404947 dicho cheque quedará anulado.
P/2936/NR110 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador GUACHO MAJI NICOLAS con C.I. 600944516 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 201-206 de la cuenta corriente Nro. 2902404947 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR111 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador GUACHO MAJI NICOLAS con C.I. 600944516 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 208-240 de la cuenta corriente Nro. 2902404947 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR112 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador TRANSAGUIBEL CIA LTDA con C.I. 791808596001 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 135-135 de la cuenta corriente Nro. 2902402631 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR113 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador JARAMILLO HILL DANIEL con C.I. 1102001839 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 18821920 de la cuenta corriente Nro. 2900479171 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR114 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador CENTRO CRISTIANO DE LOJA con C.I. 1191702456001 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque
certificado Nº 2290-2290 de la cuenta corriente Nro. 2901099211 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR115 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE TAXIS EJECUTIV con C.I. 1990911726001 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 397-430 de la cuenta corriente Nro. 2901660947 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR116 ANULACIÓN CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador COMPAÑIA TRANSGUMAR S.A. con C.I. 1990912889001 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 827-827 de la cuenta corriente Nro. 2901620543 dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR117 REVOCATORIA DIRECTA El BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador TAPIA QUIÑONEZ DALTON RAFAEL con C.I.RUC 1103366538comunica al público que por revocatoria directa de pago quedará sin efecto el cheque Nº DESDE de la cuenta corriente Nº 2901352481 beneficiario MAURICIO MUÑOZ dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR118 SUSPENSIÓN DE CHEQUE EL BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador VYFAO CIA LTDA con C.I.-RUC 1791260228001, comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto el cheque certificado Nº 14397- de la cuenta corriente Nro. 2900418834, dicho cheque quedará anulado. P/2936/NR119
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Pueden donar pintura y papel periódico para que los jóvenes continúen con la elaboración de monigotes.
También pueden realizar diseños personalizados bajo pedido, ya sea llevando una imagen o dando una descripción del monigote deseado.
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Baños de lodo y limpias en rituales por Kapak Raymi en dos provincias Con baños de lodo y limpias de energía, en vertientes naturales sagradas, los indígenas de Imbabura aprovecharon el solsticio de invierno para celebrar lo que denominan el Kapak Raymi. En Otavalo, varios yachak realizaron baños de purificación con plantas, agua, lodo y fuego. Ignacio Muenala señaló que en este solsticio que ocurre el 21 de diciembre todos los elementos de la naturaleza están llenos de energía. “Por eso utilizamos plantas, tierra, fuego y viento durante esta ceremonia, para limpiar las malas energías a las personas y les renueven sus energías; también algunos son curados con las plantas”, dijo Muenala. Rosa María Conejo manifestó que las personas no deben permitir que las
enfermedades avancen y por eso deben utilizar las hierbas calientes y las frescas. “Cuando tienen enfermedades de huesos, de piel, estrés, espanto, tienen que venir a las vertientes y limpiar su cuerpo con el lodo blanco y el lodo negro, se baña con el agüita que les limpia los poros, la piel, los huesos, así se aprovechan los beneficios del padre Inti”, señaló. También los indígenas aprovechan esta fecha para presentar a los niños de 12 años y las adolescentes de 14 años para que sean aconsejados y les realizan un corte de cabello para ser purificados y llenados de energía. “Este día también es conocido como en Raymi de mujeres, fiesta de mujeres con energía purificada y llena de alegría que se preparan para la época de siembra y
fertilidad”, detalló Rosa. Abigail Quilca fue una de las jóvenes que recibió el baño de purificación. Ella comentó que el baño de lodo se debe dejar reposar por varios minutos y luego se puede ingresar a la vertiente para recibir el baño con agua; al salir del agua, las personas son limpiadas y sumadas con hierbas y plantas aromáticas. Para completar el ritual deben tomar varias bebidas preparadas con maíz y plantas medicinales. El ritual del Kapak Raymi se efectuó también el sábado en la Casa del Portal. Cristóbal Caluña, director de Desarrollo Humano, Cultura y Deportes del gobierno provincial de Tungurahua, indicó que es la última celebración del año de los pueblos indígenas, considerada también la fiesta de los grandes líderes. Relató que en el Tahuan-
tinsuyo, en el Kapak Raymi, las niñas y los niños que cumplían siete años de edad eran consagrados como hombre y mujer. Manuel Caizabanda, prefecto de Tungurahua, aseguró que se brinda todo el impulso para el rescate y fortalecimiento de lo que es parte de los conocimientos ancestrales para que no desaparezcan, para que se mantengan vivamente. Destacó el ritual a cargo del yachak Inti Jati, que equivale a lo que ahora es el sa-
cerdote. Dijo que en el tiempo de los incas, a través de estos actos, celebraban la siembra o la cosecha en agradecimiento a la Pachamama, así como al taita Inti (padre Sol) por su energía, luz y vida a los seres humanos. Jati, oriundo de Quijos, en Napo, comentó que Kapak Raymi es el agradecimiento del liderazgo de las mujeres y los hombres, como también es liderazgo que se entrega a los guaguas (niños). (F)El Universo P
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Cronideportes
Pedro Ortiz ya es arquero de Emelec, firma por 4 años
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Continúan trabajos en la pista atlética del estadio
Emelec compró el 100% del pase del guardameta de Delfín, Pedro Ortiz, con quien llegó a un acuerdo este lunes. El protagonista de la final del pasado 15 de diciembre frente a Liga de Quito firmó un contrato que lo liga con los azules por 4 años. El arquero esmeraldeño de 29 años se enfundó la camiseta azul después de la firma de los documentos y aparece en una foto junto al presidente Nassib Neme. Con el fichaje, se descarta la continuidad de Esteban Dreer (38 años) que terminó siendo jugador libre. Ortiz atajó tres penales en la definición ante los azucenas y convirtió a Delfín campeón de la Liga Pro 2019. Con la confirmación de Pedro Ortiz como nuevo fichaje de Emelec, “ya no hay espacio ni presupuesto para otro arquero”, dijo el presidente Nassib Neme a EL UNIVERSO, posterior a la firma del contrato del nuevo golero. Los otros arqueros de Emelec son Adrián Bone y
Los trabajos de reacondicionamiento de la Pista Atlética Elsa Astudillo, perteneciente a FedeLoja, continúan
John Mero, con lo cual el arco azul vuelve a ser totalmente nacional después 15 años tras los argentinos nacionalizados Marcelo Elizaga, Xavier Klimowicz y Esteban Dreer. “En anteriores ocasiones hubo intención de Emelec por contratar a Ortiz y
siempre se complicó en la última parte que era ponerse de acuerdo con la dirigencia. Esta vez entre clubes está todo acordado”, comentó Lizando Torres, representante del guardameta campeón con Delfín en esta temporada de la Liga Pro.(D)El Universo
Esquiadora ecuatoriana asegura plaza olímpica La Federación Internacional de Esquí confirmó al Comité Olímpico Ecuatoriano (COE) que el país cuenta con una cuota femenina en esquí alpino para participar en los III Juegos Olímpicos de la Juventud de Invierno Lausana 2020. La plaza se da gracias a la destacada actuación de la ecuatoriana Sarah Escobar, quien ha venido participando en competencias puntuables para la máxima cita olímpica juvenil de los deportes de invierno. Sarah, de 17 años de edad, es hija de padres ecuatorianos, pero nació y vive actualmente en Estados Unidos. Cuenta con la doble nacionalidad, aunque en todos los eventos en los que ha venido participando lo ha hecho como ecuato-
riana. “Estoy muy orgullosa de poder participar en los Juegos Olímpicos de la Juventud y de representar a Ecuador… Deséenme buena suerte”, señaló Escobar. Hace una semana recibió la visita de Augusto Morán, presidente del COE, quien la felicitó por su desempeño en el esquí, disciplina en la que compite desde su
infancia. A los 9 años logró el primer lugar en el ranking de New Jersey Ski Racing Association en su grupo de edades. Sarah ha representado al estado de Nueva Jersey en competencias como Gunstock 2014, y en el Eastern Alpine Championships U14 River-Maine 2016.(D)El Universo
Ya en el inicio de la tercera semana de trabajo, se comenzó con la nivelación de tierra en la pista, luego que la misma ha sido seleccionada por las cuadrillas de trabajo que laboran de manera ininterrumpida de lunes a viernes. Ayer, lunes 23 de diciembre, la viceprefecta de la provincia, María José Coronel, en compañía de Jorge Feijó, Administrador de FedeLoja, evidenciaron los significativos avances de
la obra que se pretende sean entregados a mediados del mes de enero y están supervisados técnicamente por Enrique Poma. Ambas autoridades indicaron que el trabajo en conjunto entre FedeLoja y Prefectura ha servido para que se pueda presentar un mejor escenario para la práctica deportiva de atletas y público en general. La Prefectura de Loja colabora con la supervisión técnica de los trabajos, además de la maquinaria y una cuadrilla de seis trabajadores; al igual, el Municipio de Loja, entidad que aporta el material utilizado para el mejoramiento de la pista.(D).
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COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “PADRE JULIAN LORENTE” LTDA SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA INTENDENCIA DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO ESTADO DE PERDIDAS Y GANACIAS CONSOLIDADO Y CONDENSADO DE PUBLICACION
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA INTENDENCIA DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO
BALANCE CONSOLIDADO Y CONDENSADO DE PUBLICACION
(Valores expresado en dolares) AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2018 ENTIDAD REPORTANTE: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “PADRE JULIAN LORENTE” CODIGO OFICINA: 3304 CODIGO
DESCRIPCION
TOTAL
CODIGO
11 1101 1102 1103 1104 1105 12 13 1301 1302 1303 1304 1305 1306 1307 1399 14 1401 140105,10,15 140120 140125 1402 140205,10,15 140220 140225 1403 140305,10,15 140320 140325 1404 140405,10,15 140420 140425 1407 140705,10,15 140720 140725 1410 1411 1412 1418 1420 1425 1426 1427 1428 1441 1442 1443 1444 1449 1450 1451 1452 1465 1466 1467 1468 1499 15 16 17 18 19 1901 1902.. 1990 1999
FONDOS DISPONIBLES Caja Depósitos para encaje Bancos y otras Instituciones Financieras Efectos de cobro inmediato Remesa en Tránsito OPERACIONES INTERBANCARIAS INVERSIONES A valor razonable con cambios en el estado de resultados de entidades del sector privado A valor razonable con cambios en el estado de resultados de entidades del sector publico Disponibles para la venta de entidades del sector privado Disponibles para la venta del estado o de entidades del sector público Mantenidas hasta el vencimiento de entidades del sector privado Mantenidas hasta el vencimiento del estado o de entidades del sector público De disponibilidad restringida (Provisión para Inversiones) CARTERA DE CREDITO Cartera de crédito comercial por vencer De 1 a 180 días De 181 a 360 días De más de 360 días Cartera de crédito de consumo por vencer De 1 a 180 días De 181 a 360 días De más de 360 días Cartera de crédito de vivienda por vencer De 1 a 180 días De 181 a 360 días De más de 360 días Cartera de crédito para la microempresa De 1 a 180 días De 181 a 360 días De más de 360 días Cartera de créditos de consumo ordinario por vencer De 1 a 180 días De 181 a 360 días De 181 a 360 días Cartera de credito de consumo prioritario refinanciada por vencer Cartera de crédito inmobiliario refinanciada por vencer Cartera de Microcrédito refinanciada por vencer Cartera de créditos de consumo prioritario reestructurada por vencer Cartera de crédito para la microempresa reestructurada por vencer Cartera de crédito comercial que no devenga intereses Cartera de crédito de consumo que no devenga intereses Cartera de crédito de vivienda que no devenga intereses Cartera de crédito para la microempresa que no devenga intereses Cartera de crédito comercial reestructurada que no devenga intereses Cartera de crédito de consumo reestructurada que no devenga intereses Cartera de crédito de vivienda reestructurada que no devenga intereses Cartera de crédito para la microempresa reestructurada que no devenga intereses Cartera de crédito comercial vencida Cartera de crédito de consumo vencida Cartera de crédito de vivienda vencida Cartera de crédito para la microempresa vencida Cartera de crédito comercial reestructurada vencida Cartera de crédito de consumo reestructurada vencida Cartera de crédito de vivienda reestructurada vencida Cartera de crédito para la microempresa reestructurada vencida (Provisión para crédito incobrables) DEUDORES POR ACEPTACION CUENTAS POR COBRAR B.REAL.ADJ.PAGO,ARREN.MERC.Y NO UTILIZADOS POR LA ENTIDAD PROPIEDADES Y EQUIPO OTROS ACTIVOS Inversiones en acciones y participaciones Otras cuentas de “otros activos” (Provisión para otros activos irrecuperables)
0,00 0,00 24.000,00 0,00 45.498.346,55 356.843,23 48.840,20 51.400,80 256.602,23 28.940.943,34 4.791.065,09 4.336.497,03 19.813.381,22 6.046.088,54 359.084,82 360.851,27 5.326.152,45 10.185.932,32 1.842.071,73 1.709.281,26 6.634.579,33 1.285.706,99 175.781,05 187.131,65 922.794,29 246.078,03 57.758,88 83.156,50 11.030,30 7.133,09 0,00 129.302,70 0,00 67.748,41 0,00 0,00 0,00 0,00 6,00 164.419,08 1,00 107.930,28 1,00 3,00 0,00 1,00 -2.191.737,14 0,00 603.569,14 328.000,00 1.932.616,88 591.848,21 97.298,25 501.627,75 -7.077,79
1 4
TOTAL DEL ACTIVO GASTOS
61.245.740,58 0,00
TOTAL GENERAL DEL ACTIVO Y GASTOS
61.245.740,58
6 64 6401 6402 6403 6404 6405 6406 6407 6408 6409 6410 6411 6490
CUENTAS CONTINGENTES ACREEDORAS Avales Fianzas y Garantías Cartas de Crédito Créditos aprobados no desembolsados Compromisos a futuros Títulos y documentos emitidos por mercaderias recibidas Compras a futuro en moneda nacional Ventas a futuro en moneda extranjera Obligaciones en opciones Obligacines por operaciones swap Otras operaciones a futuro Otras cuentas contingentes acreedoras TOTAL CUENTAS CONTINGENTES
7
TOTAL CUENTAS DE ORDEN
CODIGO
8.940.808,19 1.332.923,50 0,00 7.601.854,42 6.030,27 0,00 0,00 3.350.551,61 0,00 0,00 3.326.551,61
0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 185.952.249,82
DESCRIPCION
TOTAL
21 2101 2102 2103 210305 210310 210315 210320 210325 210330 2104 2105
OBLIGACIONES CON EL PUBLICO Depósitos a la vista Operaciones de reporto Depósitos a plazo De 1 30 días De 31 a 90 días De 91 a 180 días De 181 a 360 días De más de 360 días Depósitos por confirmar Depósitos en garantía Depósitos restringidos
22 23 24 25 26 27 28 29
OPERACIONES INTERBANCARIAS OBLIGACIONES INMEDIATAS ACEPTACIONES EN CIRCULACION CUENTAS POR PAGAR OBLIGACIONES FINANCIERAS VALORES EN CIRCULACION OBLIG. CONV.ACCIONES Y AP. FUTURAS CAP. OTROS PASIVOS
40.553.561,06 13.286.601,23 0,00 26.443.599,78 5.499.771,81 6.530.529,38 6.666.344,26 7.015.902,52 731.051,81 0,00 0,00 823.360,05 0,00 0,00 0,00 0,00 1.594.840,45 8.975.113,12 0,00 0,00 154.800,49
2
TOTAL DEL PASIVO
51.278.315,12
31 3101 3102 3103
CAPITAL SOCIAL Capital pagado (Acciones en tesorería) Aportes de socios
3.198.634,59 0,00 0,00 3.198.634,59
32
PRIMA O DESCUENTO EN COLOCACIONES ACCIONES
33 3301 3302 3303 3304 3305 3310
RESERVAS Legales Generales Especiales Reserva para la reaquisicion de acciones propias Revalorización del Patrimonio Por resultados no operativos
34
OTROS APORTES PATRIMONIALES
35 36
SUPERAVIT POR VALUACIONES RESULTADOS
3601 3602 3603 3604 3 5
Utilidades o excedentes acumulados (Pérdidas acumuladas) Utilidad excedente del ejercicio (Pérdida del ejercicio) TOTAL DEL PATRIMONIO INGRESOS
0,00 5.675.916,71 4.342.485,58 0,00 1.317.293,63 0,00 0,00 16.137,50 0,00
74 7401 7402 7403 7404 7407 7414 7415
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS Valores y bienes recibidos de terceros Operaciones pasivas con empresas vinculadas Operaciones pasivas con empresas subsidiarias y afiliadas Depositos y otras captaciones no cubiertas por la COSEDE Depositos entidades sector público Provisiones Constituidas Depositos o captaciones constituidas
21.898.190,78 3.396.402,48 11.231.861,09 1.834.276,31 350.000,00 764.626,68 0,00 143.276,24 520.210,38 0,00 3.657.537,60 164.054.059,04 161.468.045,23 0,00 0,00 0,00 177.928,57 1.237.627,61 1.170.457,63
3. MANEJO ADMINISTRATIVO 3,1 ACTIVOS PRODUCTIVOS/PASIVOS CON COSTO 3,2 GRADO DE ABSORCION-GASTOS OPERACIONA LES/MARGEN FINANCIERO 3,3 GASTOS PERSONAL/ACTIVO TOTAL PROMEDIO 3,4 GASTOS OPERATIVOS/ACTIVO TOTAL PROMEDIO 4. RENTABILIDAD 4,1 RENDIMIENTO OPERATIVO SOBRE ACTIVO-ROA 4,2 RENDIMIENTO SOBRE PATRIMONIO-ROE 5. LIQUIDEZ 5,1 FONDOS DISPONIBLES/TOTAL DE DEPOSITOS A CORTO PLAZO 5,2 COBERTURA 25 MAYORES DEPOSITANTES 5,3 COBERTURA 100 MAYORES DEPOSITANTES
15.396,67 15.396,67 3.750.991,01 3.750.991,01 0,00
6.697.058,56
2.242.689,06
4.454.369,50 -3.735.594,34
718.775,16 561.830,32
297.098,60 150.647,69 114.084,03 650.261,59 11.879,87
156.944,84 638.381,72
795.326,56 119.298,98
239.366,17
676.027,58 676.027,58 436.661,41
FORMULARIO 229
CONSOLIDADO
DESCRIPCION
VALOR
CAPITAL SOCIAL
3.198.634,59
3301
LEGALES
4.342.485,58
3302
GENERALES
3303
RESERVAS ESPECIALES
0,00
34
OTROS APORTES PATRIMONIALES
35
SUPERÁVIT POR VALUACIONES
1.317.293,63 0,00 656.212,75
3601
UTILIDADES O EXCEDENTES ACUMULADOS
0,00
3602
PERDIDAS ACUMULADAS
0,00
3603
UTILIDADES O EXCEDENTES DEL EJERCICIO (NOTA 1)
3604
(PERDIDA DEL EJERCICIO) ( Nota 1 )
0,00
( 5- 4 )
INGRESOS MENOS GASTOS ( Nota2 )
0,00
A
CODIGO
TOTAL PATRIMONIO TECNICO PRIMARIO PATRIMONIO TECNICO SECUNDARIO DESCRIPCION
218.330,71
9.732.957,26
VALOR
3305
RESERVA - REVALORIZACION DE PATRIMONIO
3310
RESERVA - POR RESULTADOS NO OPERATIVOS
16.137,57
TOTAL PATRIMONIO TECNICO SECUNDARIO
32.275,00
B
0,00
MAS 149990 (PROVISION GENERAL PARA CARTERA DE CREDITO) (7)
-
MENOS
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2018
2. CALIDAD DE ACTIVOS 2,1 MOROSIDAD BRUTA TOTAL 2,2 MOROSIDAD CREDITO COMERCIAL PRIORITARIO 2,3 MOROSIDAD CREDITO DE CONSUMO PRIORITARIO 2,4 MOROSIDAD CREDITO INMOBILIARIO 2,5 MOROSIDAD CARTERA MICROCREDITO 2,6 PROVISIONES/CARTERA DE CREDITO IMPRODUCTIVA 2,7 COBERTURA CARTERA COMERCIAL PRIORITARIO 2,8 COBERTURA CARTERA DE CONSUMO PRIORITARIO 2,9 COBERTURA CARTERA CREDITO INMOBILIARIO 2,10 COBERTURA CARTERA DE MICROCREDITO
2.177.107,18 25.000,00 40.581,88
TOTAL
PATRIMONIO TECNICO PRIMARIO
61.245.740,58
31
7 71 7101 7102 7103 7104 7105 7106 7107 7109 7112 7190
6.651.423,63 81,00 45.553,93
CONFORMACION DEL PATRIMONIO TECNICO TOTAL
CODIGO
ANEXO CUENTAS DE ORDEN CUENTAS DE ORDEN CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS Valores y bienes propios en poder de terceros Activos propios en poder de terceros Activos castigados Lineas de crédito no utilizadas Operaciones activas con empresas vinculadas Operaciones activas con entidades del grupo financiero Cartera de credito en demanda judicial Intereses, comisiones e ingresos en suspenso Obligaciones Extinguidas por acuerdos concordatarios Otras cuentas de orden deudoras
TOTAL
RELACION ENTRE EL PATRIMONIO TECNICO TOTAL Y LOS ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO EN US. DOLARES ENTIDAD REPORTANTE: COAC “ PADRE JULIAN LORENTE “ CODIGO DE LA ENTIDAD: 3304 FECHA: AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2018
0,00 0,00 436.661,41 0,00 9.967.425,46 0,00
INDICADORES FINANCIEROS CONSOLIDADOS I. CAPITAL 1,1 COBERTURA PATRIMONIAL DE ACTIVOS 1,2 PATRIMONIO TEC.CONSITUIDO/ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO 1,3 PAT SECUNDARIO/PTPRIMARIO
INGRESOS FINANCIEROS Intereses y descuentos ganados Comisiones ganadas Utilidades financieras Ingresos por servicios EGRESOS FINANCIEROS 41 Intereses causados 42 Comsiones causadas 43 Pérdidas Financieras MARGEN BRUTO FINANCIERO OTROS INGRESOS Y GASTOS OPERACIONALES INGRESOS OPERACIONALES 55 Otros ingresos operacionales EGRESOS OPERACIONALES 45-4505-4506 Gastos de operación 46 Otras perdidas operacionales MARGEN OPERACIONAL ANTES PROVISIONES PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES 44 Provisiones 4505 Depreciaciones 4506 Amortizaciones MARGEN OPERACIONAL NETO INGRESOS Y GASTOS NO OPERACIONALES 56 Otros ingresos 47+4890 Otros gastos y perdidas UTILIDAD ANTES DE IMUESTOS Y PARTICIPACIONES Participacion trabajadores UTILIDAD ANTES DE IMPUESTO INNFA Impuesto INNFA BASE IMPONIBLE IMPUESTO A LA RENTA Impuesto a la renta RESULTADOS A DISPOSICION DE ACCIONISTAS 51 52 53 54
656.212,75 436.661,41
TOTAL GENERAL DE PASIVO, PATRIMONIO E INGRESOS
DESCRIPCION
Indice SISTEMA COACPJL dic. 2018 572,98% 246,09% 18,98% 14,77%
0,00% 0,00%
1,54% 16,95% 1,36% 0,39% 2,29% 320,15% 101,68% 95,45% 186,00% 96,29%
4,62% 0,97% 3,33% 1,60% 6,72% 108,32% 162,25% 96,02% 91,41% 88,56%
La cartera comercial vencida se registra en la respectiva cuenta a los 36 dias que el documento se venció y los intereses, comisiones ganados y no cobrados de reversan de las cuentas del resultados a los 36 dias y se registran para efectos de control en una cuenta de orden. Para el caso de cuotas o dividendos de las cartera comercial y de vivienda vencidas, con garantía hipotecaria, se transfieren a la cuenta correspondiente de vencido a los 65 dias posteriores a la fecha de vencimiento de la operación, sin perjuicio del cobro de los intereses de mora correspondientes. La cartera de consumo se registrarán los saldos en cartera vencida a los 36 dias de ser exigibles; y las operaciones de microcredito, a los 36 dias. Los intereses y comisiones se revesan por no haber sido cancelados dentro de los 30 dias posteriores a su exigibilidad de pago, se registraran para efectos de control, en la subcuenta de orden 7109 Intereses, comisiones e ingresos en suspenso; igual procedimiento se efectuará para el reverso a los 60 dias, de la porción de capital que forma parte de los dividendos de los créditos de amortización gradual de la cartera comercial y de vivienda; a los 15 dias la cartera de consumo y a los 15 dias en las operaciones de microcrédito.
120,11% 114,33% 95,11% 3,28% 7,73%
87,70% 3,05% 6,47%
1,12% 6,06%
1,22% 7,90%
Lic. Juan Carlos Freire R. GERENTE GENERAL
1613 B
TOTAL PATRIMONIO TECNICO SECUNDARIO
C = A+B PATRIMONIO TECNICO CONSTITUIDO
0,00 0,00 0,00 9.749.097,76
ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO
D
Con ponderación 0.00
-
Con ponderación 0.20
4.800,00
Con ponderación 0.50
4.686.320,08
Con ponderación 1.00
42.908.292,24
TOTAL DE ACTIVOS Y CONTINGENTES PODERADOS POR RIESGO 47.599.412,32 POSICION, REQUERIMIENTO Y RELACION DE PATRIMONIO TECNICO
E=Dx PATRIMONIO TECNICO REQUERIDO (Resoluciòn No. 131-2015-F) 4.283.947,11 9% F = C - E EXCEDENTE O DEFICIENCIA DE PATRIMONIO TECNICO REQUERIDO G
18,31% 19,37 285,41% 0,00% 128,33% 0,00%
Deficiencia de Provisiones, amortizaciones y depreciaciones Pérdidad activadas que fueren detectadas a travez de auditorías de la propia entidad, de la Superintendencia de Bancos o de las auditorias externas y el valor de los aumentos de capital realizadas contraviniendo las disposiciones de art. 125 DIVIDENDOS PAGADOS POR ANTICIPADO
Janeth Loján CONTADORA GENERAL
Katerine Montalvan B. AUDITORA INTERNA
H I
ACTIVOS TOTALES Y CONTINGENTES x 4%
POSICION / P.T. REQUERIDO P. T CONST / ACT. Y CONTING.POND. POR RIESGO Art. 44 Decreto 354 las diferencias de las cuentas 5 - 4 sea mayor que cero caso contrario se pondera por el 100%
5.465.147,65
2.449.829,62 127,57%
20,48%
P/4087
P
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MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
13 P
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “PADRE JULIAN LORENTE” LTDA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PADRE JULIÁN LORENTE LTDA.
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS POR EL AÑO QUE TERMINÓ EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
A la Asamblea General de Representantes y al Consejo de Administración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PADRE JULIÁN LORENTE LTDA. Informe sobre la auditoría de los estados financieros Opinión Hemos auditado los estados financieros de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Padre Julián Lorente Ltda., que comprenden el balance general al 31 de diciembre de 2018, y los correspondientes estados de: resultados, de cambios en el patrimonio, y de flujos de efectivo por el año que terminó en esa fecha, así como las notas explicativas de los estados financieros que incluyen un resumen de las políticas contables significativas. En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación financiera de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Padre Julián Lorente Ltda., al 31 de diciembre de 2018, así como sus resultados y flujos de efectivo por el año que terminó en esa fecha, de conformidad con las normas contables establecidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Fundamento de la opinion Nuestra auditoría fue efectuada de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA). Nuestras responsabilidades de acuerdo con dichas normas se describen más adelante en la sección “Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros” de nuestro informe. Somos independientes de la Cooperativa de conformidad con el Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad del Consejo Internacional de Ética para Contadores (Código de Ética del IESBA), y hemos cumplido las demás responsabilidades de ética de conformidad con esos requerimientos y con el Código de Ética del IESBA. Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión. Otros asuntos Los estados financieros de la Cooperativa correspondientes al ejercicio económico que terminó el 31 de diciembre de 2017, fueron auditados por otro auditor independiente, quien expresó el 29 de enero de 2018 una opinión no modificada sobre dichos estados financieros. Bases de contabilidad Sin calificar nuestra opinión, informamos que tal como se indica en la nota 2, los estados financieros mencionados en el primer párrafo han sido preparados sobre la base de las normas y prácticas contables establecidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, las que difieren de ciertas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Estos estados financieros fueron preparados para propósitos de cumplimiento con las disposiciones emitidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, consecuentemente pueden no ser apropiados para otros propósitos. Responsabilidades de la Administración de la Cooperativa sobre los estados financieros La Administración de la Cooperativa es responsable de la preparación y presentación fiel de los estados financieros adjuntos de conformidad con las normas contables establecidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y del control interno que la Administración consideró necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrección material, debido a fraude o error. En la preparación de los estados financieros, la Administración es responsable de valorar la capacidad de la Cooperativa para continuar como un negocio en marcha, revelando, según corresponda, los asuntos relacionados y utilizando el principio contable de negocio en marcha, a menos que, la Administración tenga la intención de liquidar la Cooperativa o de cesar sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista. Los encargados de la administración de la Cooperativa son responsables de la supervisión del proceso de información financiera de la Entidad. Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debido a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contiene nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las NIA siempre detecte una incorrección material cuando ésta exista. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y son consideradas materiales si, individualmente o en conjunto, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios tomen basándose en los estados financieros. Como parte de una auditoría de conformidad con las NIA, aplicamos nuestro juicio profesional y mantuvimos una actitud de escepticismo profesional durante la auditoría; nosotros también: • Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrección material en los estados financieros, ya sea por fraude o error; diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a esos riesgos y, obtuvimos evidencia de auditoría suficiente y adecuada para proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección material debido a fraude es mayor que aquella resultante de un error, ya que el fraude involucra colusión, falsificación, omisiones deliberadas, distorsión, o elusión del control interno. • Obtuvimos un conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Cooperativa. • Evaluamos lo apropiado de las políticas contables utilizadas, la razonabilidad de las estimaciones contables, y las revelaciones realizadas por la Administración. • Nuestra responsabilidad también fue, concluir sobre lo apropiado del uso por parte de la Administración, de las bases contables de negocio en marcha y, con base en la evidencia obtenida, concluimos que no existe una incertidumbre material relacionada con hechos o condiciones que puedan generar dudas significativas sobre la capacidad de la Cooperativa para continuar como un negocio en marcha. Nuestras conclusiones se basan en la evidencia de auditoría hasta la fecha de nuestro informe; sin embargo, eventos o condiciones futuras pueden causar que la Cooperativa no pueda continuar como un negocio en marcha. • Evaluamos la presentación global, la estructura y el contenido de los estados financieros, incluyendo las revelaciones, y si los estados financieros representan las transacciones y eventos subyacentes de un modo que expresen una presentación razonable. Nos comunicamos con los encargados del Gobierno Corporativo de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Padre Julián Lorente Ltda. en relación con, entre otras cuestiones, el alcance y el momento de realización de la auditoría y los hallazgos significativos de auditoría, incluidas posibles deficiencias significativas en el control interno que identificamos durante la auditoría, si las hubiera. Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios Nuestros informes sobre: comisario, recomendaciones sobre la estructura del control interno, revisión de las medidas de prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el terrorismo, y cumplimiento de las obligaciones tributarias por el ejercicio económico que terminó el 31 de diciembre de 2018, son emitidos por separado.
Cuenca, 25 de enero de 2019 P/4087
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MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900785129 perteneciente a NUGRA MOROCHO ARIOLFO VICENTE con C.I. 102090859 en razón de haberse extraviado. P/2936/1 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901482626 perteneciente a PALTAN RAMIREZ LUIS ALBERTO con C.I. 600013270 en razón de haberse extraviado. P/2936/2 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103001499 perteneciente a BENITEZ TORRES ANGEL VICENTE con C.I. 700678931 en razón de haberse extraviado. P/2936/3 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901686461 perteneciente a ENCALADA CORDOVA ESPERANZA DEL CARMEN con C.I. 701975385 en razón de haberse extraviado. P/2936/4 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900866606 perteneciente a HIDALGO HIDALGO LETTY CRISALIDA con C.I. 702868282 en razón de haberse extraviado. P/2936/5 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900526062 perteneciente a SANCHEZ PAUTE CRISTHIAN MANUEL con C.I. 704099712 en razón de haberse extraviado. P/2936/6 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901218046 perteneciente a GRANDA REYES BLANCA ROCIO con C.I. 801502691 en razón de haberse extraviado. P/2936/7 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902424864 perteneciente a BAUTISTA CALLAVERAL JENNY SOLANDA con C.I. 801894718 en razón de haberse extraviado. P/2936/8 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2105000345 perteneciente a IMAICELA NARVAEZ MARIA CARMELINA con C.I. 1100005832 en razón de haberse extraviado. P/2936/9 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900177853 perteneciente a VIÑAN LOPEZ SEGUNDO ANTONIO con C.I. 1100085347 en razón de haberse extraviado. P/2936/10 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900704305 perteneciente a LEDESMA MUÑOZ ESPERANZA DE JESUS con C.I. 1100118627 en razón de haberse extraviado. P/2936/11 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900300704 perteneciente a HURTADO MARIN ALFONSO LIBORIO con C.I. 1100154358 en razón de haberse extraviado. P/2936/12 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101004848 perteneciente a JARAMILLO HINOSTROZA FLOR TERECITA con C.I. 1100180403 en razón de haberse extraviado. P/2936/13 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901630021 perteneciente a EGUIGUREN RIOFRIO MARY ROSE con C.I. 1100185071 en razón de haberse extraviado. P/2936/14 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101072566 perteneciente a SILVA MORA ANGEL EDUARDO con C.I. 1100202983 en razón de haberse extraviado. P/2936/15 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900213752 perteneciente a MOROCHO GUADALIMA JUAN ESTANISLAO con C.I. 1100282027 en razón de haberse extraviado. P/2936/16 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900317874 perteneciente a LEON MOROCHO JOSE FLORESMILO con C.I. 1100577392 en razón de haberse extraviado. P/2936/17 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900738389 perteneciente a GONZALEZ GUTIERREZ LUZ MARIA EUFEMIA con C.I. 1100617701 en razón de haberse extraviado. P/2936/18 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el
BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901408202 perteneciente a PARDO OSWALDO ROMELIO con C.I. 1100651262 en razón de haberse extraviado. P/2936/19 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900643941 perteneciente a ARMIJOS JULIO CESAR con C.I. 1101061180 en razón de haberse extraviado. P/2936/20 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900417481 perteneciente a CELI CUEVA LUZ BENIGNA con C.I. 1101173811 en razón de haberse extraviado. P/2936/21 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900229506 perteneciente a ESPINOZA GUALPA JUDITH JAURIETA con C.I. 1101437182 en razón de haberse extraviado. P/2936/22 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101048696 perteneciente a BELTRAN VALAREZO ALICIA DELCISNE con C.I. 1101454385 en razón de haberse extraviado. P/2936/23 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901022923 perteneciente a CHUQUIRIMA GONZALEZ AURA EDUVIGES con C.I. 1101610002 en razón de haberse extraviado. P/2936/24 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2105005634 perteneciente a SANCHEZ IÑIGUEZ ROBERT ZOILO con C.I. 1101836102 en razón de haberse extraviado. P/2936/25 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900886021 perteneciente a YAGUANA MAZA ESPERANZA con C.I. 1101916979 en razón de haberse extraviado. P/2936/26 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101044357 perteneciente a NEGRON LARGO MACRINA con C.I. 1101940888 en razón de haberse extraviado. P/2936/27 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101044357 perteneciente a NEGRON LARGO MACRINA con C.I. 1101940888 en razón de haberse extraviado. P/2936/28 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901835932 perteneciente a CASTILLO DURAN CRUZ VICENTA con C.I. 1101949327 en razón de haberse extraviado. P/2936/29 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900049413 perteneciente a ORELLANA CABRERA GALO VINICIO con C.I. 1102074349 en razón de haberse extraviado. P/2936/30 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900876657 perteneciente a CUENCA JULIA MARIA con C.I. 1102105028 en razón de haberse extraviado. P/2936/31 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900318392 perteneciente a PAVON ROMERO ANGEL GERMAN con C.I. 1102141072 en razón de haberse extraviado. P/2936/32 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900476766 perteneciente a AGUIRRE CARRION FELIPE AGUSTIN con C.I. 1102424726 en razón de haberse extraviado. P/2936/33 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101045406 perteneciente a PONCE BALCAZAR MARIA CRISTINA con C.I. 1102471230 en razón de haberse extraviado. P/2936/34 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900045094 perteneciente a ROJAS CUEVA SANDRA EDILMA con C.I. 1102507900 en razón de haberse extraviado. P/2936/35 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900567956 perteneciente a ORTIZ IRMA PIEDAD con C.I. 1102665070 en razón de haberse extraviado. P/2936/36 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103006753 perteneciente a NAGUA RIOFRIO MONFILIO ADALBERTO con C.I. 1102750963 en razón de haberse extraviado. P/2936/37 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902409175 perteneciente a ULLOA CARLOS ORLANDO con C.I. 1102810775 en razón de haberse extraviado. P/2936/38
Publicidad LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101010936 perteneciente a CELI BASTIDAS PEDRO ATAHUALPA con C.I. 1102955299 en razón de haberse extraviado. P/2936/39 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2105007335 perteneciente a CANGO JIMENEZ NIXON JOSELITO con C.I. 1103006936 en razón de haberse extraviado. P/2936/40 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900482655 perteneciente a CARRASCO CUEVA OTALIA PAULINA con C.I. 1103162978 en razón de haberse extraviado. P/2936/41 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902049841 perteneciente a ROSALES MARTINEZ ELSA MARLENE con C.I. 1103181853 en razón de haberse extraviado. P/2936/42 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101060557 perteneciente a LUDENA QUIZHPE CRISTOBAL ANTONIO con C.I. 1103221089 en razón de haberse extraviado. P/2936/43 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101067778 perteneciente a VILLA GUAMAN WILSON VINICIO con C.I. 1103475990 en razón de haberse extraviado. P/2936/44 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902147958 perteneciente a VIÑAN GUAICHA MONICA ELIZABETH con C.I. 1103518666 en razón de haberse extraviado. P/2936/45 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901071781 perteneciente a CALVA SARANGO ANGELA DE MERCEDES con C.I. 1103520407 en razón de haberse extraviado. P/2936/46 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2107001695 perteneciente a JARAMILLO CABRERA AMPARITODEL CARMEN con C.I. 1103644645 en razón de haberse extraviado. P/2936/47 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900650291 perteneciente a BUSTAMANTE DUQUE VICTOR MANUEL con C.I. 1103675797 en razón de haberse extraviado. P/2936/48 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900492681 perteneciente a BURNEO COSIOS LUIS ALBERTO con C.I. 1103766521 en razón de haberse extraviado. P/2936/49 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901721601 perteneciente a CAMACHO CASTILLO BLADYMIR MANUEL con C.I. 1103896591 en razón de haberse extraviado. P/2936/50 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900406052 perteneciente a CASTILLO PAZ CESAR FABIAN con C.I. 1103901375 en razón de haberse extraviado. P/2936/51 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900631444 perteneciente a PRADO DIAZ ANGEL DARWIN con C.I. 1103941504 en razón de haberse extraviado. P/2936/52 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900889731 perteneciente a PACCHA CHAMBA MIRIAN MAGALY con C.I. 1104027006 en razón de haberse extraviado. P/2936/53 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901817448 perteneciente a CELI CORONEL RICHARD LEONARDO con C.I. 1104098932 en razón de haberse extraviado. P/2936/54 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901808292 perteneciente a GUTIERREZ FIGUEROA ANDRES EDUARDO con C.I. 1104100365 en razón de haberse extraviado. P/2936/55 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900663312 perteneciente a CORDOVA CAMACHO JHOANA RAQUEL con C.I. 1104240625 en razón de haberse extraviado. P/2936/56 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901299443 perteneciente a VALENCIA CASTRO EDGAR MIGUEL con C.I. 1104251564 en razón de haberse extraviado. P/2936/57
www.cronica.com.ec LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900799771 perteneciente a YAGUANA OJEDA JACKELINE ELIZABETH con C.I. 1104261019 en razón de haberse extraviado. P/2936/58 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900797455 perteneciente a SANMARTIN ARMIJOS JUAN FERNANDO con C.I. 1104308976 en razón de haberse extraviado. P/2936/59 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901264848 perteneciente a CELI BRAVO VICTOR ANGEL con C.I. 1104411895 en razón de haberse extraviado. P/2936/60 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901101632 perteneciente a QUISHPE LEON LENIN STALIN con C.I. 1104422066 en razón de haberse extraviado. P/2936/61 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900785976 perteneciente a VEGA ARROBO PATRICIO ALEXANDER con C.I. 1104564487 en razón de haberse extraviado. P/2936/62 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901450678 perteneciente a CHAMBA CAJAMARCA HILDA NOEMI con C.I. 1104734940 en razón de haberse extraviado. P/2936/63 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900905735 perteneciente a LOZANO MAZA JAIME DANIEL con C.I. 1104749120 en razón de haberse extraviado. P/2936/64 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902223975 perteneciente a SARANGO TAMAYO JONATHAN DAVID con C.I. 1104985591 en razón de haberse extraviado. P/2936/65 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901594082 perteneciente a ZAPATA MEDINA RAMIRO JAVIER con C.I. 1105037673 en razón de haberse extraviado. P/2936/66 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902318779 perteneciente a PEÑA SAAVEDRA EMILY PAOLA con C.I. 1105210205 en razón de haberse extraviado. P/2936/67 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902416593 perteneciente a CALVA JARAMILLO YULI DEL CISNE con C.I. 1105276883 en razón de haberse extraviado. P/2936/68 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901637076 perteneciente a VILLA ORTIZ LUIS ALBERTO con C.I. 1105680712 en razón de haberse extraviado. P/2936/69 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902040618 perteneciente a TORRES SANCHEZ MARCIA CECIBEL con C.I. 1105718546 en razón de haberse extraviado. P/2936/70 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901045167 perteneciente a MIJAS BRICEÑO LUCIA FERNANDA con C.I. 1105755928 en razón de haberse extraviado. P/2936/71 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902139534 perteneciente a GUAMAN LOPEZ ERICKA LISBETH con C.I. 1105766453 en razón de haberse extraviado. P/2936/72 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901478115 perteneciente a NORMAN FERNANDO MAZA AGREDA con C.I. 1105862930 en razón de haberse extraviado. P/2936/73 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902123409 perteneciente a CUENCA TORRES ROBERTO ANDRES con C.I. 1106001819 en razón de haberse extraviado. P/2936/74 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902189195 perteneciente a PIEDRA QUEZADA BOLIVAR GIOVANNY con C.I. 1150005658 en razón de haberse extraviado. P/2936/75 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902365711 perteneciente a JIMENEZ PEREZ JOHANNA CECIBEL con C.I. 1150753166 en razón de haberse extraviado. P/2936/76 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BAN-
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CO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900297092 perteneciente a CARRION MONCADA RONAL TITO con C.I. 1302413230 en razón de haberse extraviado. P/2936/77 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900101229 perteneciente a RAMIREZ SANTAMARIA MEDARDO ANIBAL con C.I. 1702302405 en razón de haberse extraviado. P/2936/78 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900084588 perteneciente a MONTOYA PUCHAICELA MANUELDE JESUS con C.I. 1703104164 en razón de haberse extraviado. P/2936/79 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900323181 perteneciente a CASTRO WONG JOSE NELSON con C.I. 1703168367 en razón de haberse extraviado. P/2936/80 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901796858 perteneciente a LUNA GONZALEZ LINDER ISMAEL con C.I. 1711864163 en razón de haberse extraviado. P/2936/81 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901560224 perteneciente a LINCANGO SIMBAÑA WILLIAM PATRICIO con C.I. 1714474903 en razón de haberse extraviado. P/2936/82 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901761921 perteneciente a PILLAJO HARO TANIA LUCIA con C.I. 1715746895 en razón de haberse extraviado. P/2936/83 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902173682 perteneciente a ESPINOZA LOOR PAOLA ANDREA con C.I. 1717207854 en razón de haberse extraviado. P/2936/84 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901331567 perteneciente a VARGAS TILLAGUANGO MARIA MARCIA con C.I. 1718576570 en razón de haberse extraviado. P/2936/85 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902134448 perteneciente a ROBLES LIVIAPOMA JOSE DAVID con C.I. 1721510996 en razón de haberse extraviado. P/2936/85 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902576644 perteneciente a PADILLA QUISHPE NELSON PATRICIO con C.I. 1722024740 en razón de haberse extraviado. P/2936/87 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901546801 perteneciente a CHOCO CHIRIBOGA FREDY GUILLERMO con C.I. 1802119857 en razón de haberse extraviado. P/2936/88 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902173611 perteneciente a VALLADARES CUENCA MANUEL CORNELIO con C.I. 1900071307 en razón de haberse extraviado. P/2936/89 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900310196 perteneciente a CURIPOMA MINGA MARIA ELENA con C.I. 1900114644 en razón de haberse extraviado. P/2936/90 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900795746 perteneciente a VILLA JARAMILLO DOLORES NATIVIDAD con C.I. 1900254242 en razón de haberse extraviado. P/2936/91 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902487277 perteneciente a NAULA MEDINA ERNESTO ISMAEL con C.I. 1900386077 en razón de haberse extraviado. P/2936/92 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901611195 perteneciente a ZHUNGO FERNADEZ JULIO CESAR con C.I. 1900448042 en razón de haberse extraviado. P/2936/93 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901673325 perteneciente a PALMA MONTERO STEFANIA FERNANDA con C.I. 1900591114 en razón de haberse extraviado. P/2936/94 OPOSICIÓN AL PAGO El BANCO DE LOJA S.A., a solicitud del girador VELEZ ORTIZ MARIA DEL CARMEN, con RUC 1101776241comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados números - Desde 255 hasta 260 - de la cuenta corriente Nº 2901979973 , dichos cheques serán anulados. P/2936/95
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MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
Clasificados Vendedores Se necesita contratar vendedores para promocionar un artículo de primera necesidad, puerta a puerta. Interesados dirigirse a la calle Miguel Riofrío 16235 entre Olmedo y Juan José Peña. Segundo piso. Informes 0997261779 2724895 Trabajo Se necesita joven con experiencia para lavado de vehículos y cambio de aceite. Además, señora o señorita con buena presencia para limpieza de vehículos y encargada de negocio, con o sin experiencia. Informes al 0999015612. Se necesita una señorita de buena presencia y tiempo disponible para que trabaje en almacén que tenga experiencia en ventas, y una señorita para que trabaje en casa, que tenga experiencia con niños. Informes en la calle 18 de Noviembre entre 10 de Agosto y Rocafuerte Almacén Monerías. Se necesita una persona para atender un carrito sanduchero móvil y una persona para la venta de pescado fresco en las ferias libres, personal lojano. Informes al 0993999532. Ventas varios Se vende restaurante-picantería ubicado en El Pedestal. Informes al 0985590394 o 0990683990. Fecha: 19/12/2019
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MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
Judiciales
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÒN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.- CITO: Con los herederos desconocidos de los causantes FRANCISCO AGUSTIN ARIAS ARIAS y TERESA ISOLINA JARAMILLO CASTILLO, y de los herederos fallecidos señores ROSA GRACIELA ARIAS JARAMILLO, MANUEL AGUSTIN ARIAS JARAMILLO, CARMEN CELINA ARIAS JARAMILLO y VICTOR MIGUEL ARIAS JARAMILLO, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: VICTOR RODRIGO ALEAGA JARAMILLO y ROSA LIA FIGUEROA GUEVARA DEMANDADO: Con los herederos desconocidos de los causantes FRANCISCO AGUSTIN ARIAS ARIAS y TERESA ISOLINA JARAMILLO CASTILLO, y de los herederos fallecidos señores ROSA GRACIELA ARIAS JARAMILLO, MANUEL AGUSTIN ARIAS JARAMILLO, CARMEN CELINA ARIAS JARAMILLO y VICTOR MIGUEL ARIAS JARAMILLO OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario. TRÀMITE: Voluntario JUICIO Nro. 11331 2019 - 00695 CUANTÌA: Indeterminada. JUEZ: Dr. José Briceño Castillo. AUTO DE ACEPTACIÒN.- Catamayo, miércoles 11 de diciembre del 2019, las 15h46. VISTOS: Por cuanto los actores dentro del término de ley ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto de sustanciación que antecede, se determina que la demanda de inventario de derechos y acciones presentada por los señores VICTOR RODRIGO ALEAGA JARAMILLO y ROSA LIA FIGUEROA GUEVARA; es clara, precisa y completa, por lo que se la admite al procedimiento voluntario que le corresponde, conforme lo determina el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP. Con la acción propuesta se declara abierta la sucesión intestada de los bienes de los causantes FRANCISCO AGUSTIN ARIAS ARIAS y TERESA ISOLINA JARAMILLO CASTILLO, desde el momento de su fallecimiento, y se dispone formar el alistamiento y avalúo de los mismos con la intervención del Ing. Neri Yovani Chamba Añazco, perito calificado en el Registro de la Función Judicial y que ha sido elegido por la parte actora en el escrito de demanda, en base a lo previsto en resolución Nro. 068-2017 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura. El perito designado podrá posesionarse del cargo hasta 30 minutos antes de llevarse a cabo la diligencia, la cual se señalará en forma oportuna y una vez que se haya cumplido con la citación a todas las personas señaladas en el escrito de demanda, debiendo notificárselo del particular en el correo electrónico neri65@hotmail.es o a los teléfonos convencional Nro. 072547204 y celular Nro. 0994059585, de lo cual el Secretario dejará constancia en autos; sin perjuicio de que la parte actora le haga conocer de aquello, a fin de que concurra a las diligencias dispuestas. En lo que respecta a los honorarios del peritaje serán acordados libremente y correrán a cargo de los solicitantes. Cuéntese en este proceso con las siguientes personas: 1.- Con los comparecientes, en calidad de cesionarios de derechos y acciones. 2.- Con el hijo y heredero de los causantes señor Vicente Juventino Arias Jaramillo, a quien se lo citará con el contenido de demanda y auto de aceptación a trámite en la dirección señalada en el escrito de completación a la demanda, mediante comisión enviada al señor Teniente Político de la parroquia San Pedro de la Bendita del cantón Catamayo de la provincia de Loja, a quien se le remitirá suficiente despacho y se le concede el término de cinco días en razón de la distancia. 3.- Con el señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, a quien se lo citará en la dirección señalada, mediante deprecatorio electrónico a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, para lo cual el Secretario del despacho subirá al sistema la documentación necesaria, para el cumplimiento de la diligencia dispuesta. 4.- Con el señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal de Catamayo, a quienes se los citará en sus respectivos despachos, en la dirección indicada, para lo cual remítase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de esta Unidad Judicial. 5.- Con los herederos desconocidos de los causantes FRANCISCO AGUSTIN ARIAS ARIAS y TERESA ISOLINA JARAMILLO CASTILLO, y de los herederos fallecidos señores ROSA GRACIELA ARIAS JARAMILLO, MANUEL AGUSTIN ARIAS JARAMILLO, CARMEN CELINA ARIAS JARAMILLO y VICTOR MIGUEL ARIAS JARAMILLO, a quienes se los citará de acuerdo con lo previsto en los Arts. 56.1 en relación con el 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, publicaciones en tres fechas distintas en uno de los periódicos de amplia circulación en el Cantón Loja, por cuanto en este Cantón no se edita ningún periódico, para el efecto. 6.- De conformidad con lo previsto en el Art. 37 del COGEP, se designa como Procuradora Común al señor VICTOR RODRIGO ALEAGA JARAMILLO, para que represente a los demandantes en el presente juicio, debiendo contarse con él en lo posterior del trámite procesal. Teniendo en cuenta que en el presente caso se trata de un inventario no solemne, de acuerdo con lo previsto en el Art. 341 del COGEP, se procederá a su formación y avalúo únicamente con la intervención del perito designado y en presencia de los interesados, no siendo necesaria la presencia de testigos. Téngase en cuenta la prueba anunciada por los accionantes. El extracto de citación por la prensa dispuesto en éste auto, será retirado por el Procuradora Común, de la ventanilla de Ingreso de causas de esta Unidad Judicial, para su evacuación. Agréguese al proceso los documentos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía de la acción, el casillero judicial y correos electrónicos señalados por los actores para recibir notificaciones posteriores, así como la autorización que les conceden a los Abogados Luis Lapo y Mauro Guzmán, para que ejerzan su defensa técnica y firme escritos a sus nombres.- Hágase Saber. Par-
ticular que pongo en conocimiento para los fines de Ley; y, se les previene la obligación de señalar casillero judicial en esta jurisdicción.Catamayo, 19 de noviembre del 2019. Dr. Omar Rolando Ortega Sáa SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO P/2945 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÒN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.- CITO: A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DEL CAUSANTE: SEGUNDO DEONICIO CONDE VILLA; Y ADEMÁS DE LOS HEREDEROS FALLECIDOS CLEOTILDE MARÍA CONDE QUIZHPE Y DOLORES VICTORIA CONDE QUIZHPE, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: MIGUEL ÁNGEL CONTENTO NAMCELA y MARÍA AVELINA GUALÁN ÁVILA, por medio de su Procuradora Judicial, Ab. Silvana García Álvarez DEMANDADOS: Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante: SEGUNDO DEONICIO CONDE VILLA; y además de los herederos fallecidos CLEOTILDE MARÍA CONDE QUIZHPE y DOLORES VICTORIA CONDE QUIZHPE OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO TRÀMITE: Voluntario JUICIO Nro. 11331-2019-00716 CUANTÌA: $ 8.500/100 JUEZ: Dr. Hernán Ramiro Peñaherrera Díaz. AUTO DE ACEPTACIÒN.- Catamayo, viernes 22 de noviembre del 2019, las 18h36, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Multicompetente Civil del Cantón Catamayo, Provincia de Loja, y por el sorteo verificado en el Sistema Satje como consta del Acta de fs. 91. Intervenga en calidad de Secretario del Despacho, el señor Abg. José Antonio Maldonado Solano, nombrado y posesionado por el Consejo de la Judicatura. Examinada la demanda de INVENTARIO, presentada por los señores MIGUEL ÁNGEL CONTENTO NAMCELA y MARÍA AVELINA GUALÁN ÁVILA, por medio de su Procuradora Judicial, Ab. Silvana García Álvarez, del causante señor SEGUNDO DIONICIO CONDE VILLA, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 334.4 142, 143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde, y, en virtud del fallecimiento de quien en vida fue señor SEGUNDO DIONICIO CONDE VILLA conforme consta la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes y se dispone: PRIMERO.- Fórmese el inventario solemne y el avalúo de los bienes sucesorios en la forma prevista por la Norma Adjetiva invocada. SEGUNDO.- Cuéntese en el presente proceso con 2.1.- Con los comparecientes: MIGUEL ÁNGEL CONTENTO NAMCELA y MARÍA AVELINA GUALÁN ÁVILA, en calidad de cesionarios de los derechos y acciones del causante, que se los notificará en el correo electrónico de su Procuradora Judicial determinado en el libelo de la demanda. 2.2- Con los señores: ROSA MARÍA CONDE QUIZHPE, MARÍA VIRGINA CONDE QUIZHPE, CLOTILDE MARÍA CONDE QUIZHPE, y por su fallecimiento con sus hijos, Víctor Manuel Guachizaca Conde y María del Carmen Guachizaca Conde; con el señor SEGUNDO JOSÉ DIONICIO CONDE QUIZHPE, MARIANA DE JESÚS CONDE QUIZHPE, DOLORES VICTORIA CONDE QUIZHPE, y por su fallecimiento con sus hijos, señores: Diego Armando Guerrero Conde, Cristian Paúl Guerrero Conde, Rusbel Alejandro Guerrero Conde, Karina Cecibel Guerrero Conde, Andrea Leonor Guerrero Conde, Daniela Fernanda Guerrero Conde, Jessenia Gabriela Guerrero Conde . 2.3.- Con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA, 2.4.- Con el señor Alcalde y Procurador Síndico del GAD. Municipal de Catamayo.- CITACIONES.- Para la citación a las personas determinadas en los numerales 2.2. y al Funcionario señalado en el numeral 2.3. se depreca electrónicamente a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia, Niñez y Adolescencia del Cantón Loja para que dé cumplimiento de lo ordenado, al amparo de lo dispuesto en los Arts. 51 a 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en concordancia con el Art. 147 de la Ley Orgánica de la Función Judicial. Para la citación a los Funcionarios del GAD Municipal de Catamayo pasen los autos a la Sección de Archivo de esta Unidad Judicial, para que la parte interesada consiga copias de las piezas procesales respectivas para la citación a los Funcionario, con la intervención del señor Analista de Citaciones y Notificaciones. 3.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante: SEGUNDO DIONICIO CONDE VILLA; y además de los herederos fallecidos CLOTILDE MARÍA CONDE QUIZHPE y DOLORES VICTORIA CONDE QUIZHPE en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio en esta ciudad, en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos.- TERCERO. -ANUNCIO DE PRUEBAS.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realizan los accionantes: 3.1.- Las partidas de defunción del causante y de los hijos del causante fallecido. 3.2.- Las partidas de nacimiento de los hijos del causante y nietos del de cujus. 3.3.- Las escrituras públicas de dominio del bien inmueble dejado por el causante, y de la compra de los derechos y acciones de los peticionarios. 3.4.Certificado de Registro de la Propiedad de los Cantones Loja y Catamayo. 3.5.- La carta de pago del impuesto predial. CUARTO.- Una vez que se haya cumplido citación al Funcionario a intervenir, y a los herederos, como a los desconocidos y presuntos, se nombrará el perito, para la diligencia de inventario y avalúo de los bienes materia de este juicio.- El perito deberá sustentar su Informe de conformidad a lo que prescribe el Art. 222 del COGEP., en la audiencia. QUINTO.-. Agréguese al proceso la documentación adjunta y téngase en cuenta la cuantía, y el correo electrónico señalado
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por la parte demandante para recibir sus notificaciones, así como la Procuración Judicial conferida por los Actores a favor de la señora Ab. Silvana García Álvarez.-. Hágase saber.OTRO AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- Catamayo, miércoles 11 de diciembre del 2019, las 16h59, Por un error involuntario en el auto de aceptación a trámite de fecha viernes 22 de noviembre de 2019 a las 18h36” se ingresan los nombres del causante como SEGUNDO DIONICIO CONDE VILLA y de la heredera fallecida como CLOTILDE MARIA CONDE QUIZHPE, cuando lo correcto es SEGUNDO DEONICIO CONDE VILLA Y CLEOTILDE MARIA CONDE QUIZHPE, por lo que de conformidad a lo que dispone el Art. 130.8 del Código Orgánico de la función Judicial se convalida dicho error de digitación, quedando lo demás del auto inalterable.- Hágase saber. Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley; y, se les previene la obligación de señalar casillero judicial en esta jurisdicción.- Catamayo, a 12 de diciembre de 2019. Ab. José Antonio Maldonado SECRETARIO
P/2950
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPTENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTON SARAGURO CITACIÓN JUDICIAL CITO: con el contenido del escrito de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes, Manuel Emilio Armijos Armijos y Lucía Orfelina Armijos Abad, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTOR: Vilma Nohemí Rogel Rogel. DEMANDADOS: Herederos Presuntos y Desconocidos de los causantes Manuel Emilio Armijos Armijos y Lucía Orfelina Armijos Abad. OBJETO DE LA DEMANDA: Declaratoria de Unión de Hecho. TRAMITE: Ordinario. JUICIO Nro.: 11313-2019-00685. JUEZ: Dr. Shubert Omar Castro Tamay. AUTO DE ACEPTACIÓN.- Saraguro, miércoles 20 de noviembre del 2019, las 10h52, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con Sede en el Cantón Saraguro, por haber correspondido al suscrito por sorteo de ley.- En lo principal, la demanda sobre DECLARATORIA POST MORTEN DE LA UNION DE HECHO Y EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD DE BIENES, propuesta por la señora VILMA NOHEMI ROGEL ROGEL, contra los señores: DIGNO ALFONSO ARMIJOS CABRERA; ANA SABINA ARMIJOS ARMIJOS, CLÉVER GERMÁN ARMIJOS ARMIJOS, ELÍAS ISMAEL ARMIJOS ARMIJOS, JOSÉ FRANCO ARMIJOS ARMIJOS, ONORIO ROLDÁN ARMIJOS ARMIJOS, WALTER ARIOLFO ARMIJOS ARMIJOS Y DIGNO IGNACIO ARMIJOS ARMIJOS, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO. En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, deduciendo las excepciones de que se crean asistidos, y anunciando los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, en conformidad a lo dispuesto en el Art. 152 del COGEP, bajo apercibimiento en rebeldía. Cuéntese con los demandados en sus calidades de padre y hermanos del extinto Manuel Emilio Armijos Armijos, presunto conviviente de la accionante. Cuéntese también con los herederos presuntos y desconocidos del mismo extinto y de la también extinta Lucía Orfelina Armijos Abad, madre del primero, a quienes se citará mediante publicaciones que se harán a través de uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja, por no existir este medio en esta localidad, en la forma prevista en el Art. 56 del COGEP.- Se tendrá en cuenta para contestar la demanda el plazo previsto en la misma norma legal indicada.- Cítese a los demandados en el lugar que se indica en la demanda, para lo cual se adjuntará copias certificadas de la demanda, de los documentos adjuntos y este auto inicial, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta unidad judicial de Saraguro, para sus notificaciones. Para la citación a los indicados demandados se comisiona al Sr. Teniente Político de la Parroquia San Pablo de Tenta, a quien se remitirá despacho en forma concediéndole el término de diez días, en razón de la distancia. Previamente inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Saraguro, para lo cual se notificará al señor registrador. Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba que ofrece la actora para acreditar los hechos.- Téngase en cuenta también el domicilio judicial y la cuantía del asunto fijadas por la misma demandante, así como la autorización que le concede a su abogada defensora, para que en su nombre suscriba escritos posteriores.- Agréguese a los autos la demanda y los documentos aparejados a la misma.-. Hágase saber.Dr. Darwin René Morocho Celi. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPTENTE DEL CANTON SARAGURO P/2951 CITACION JUDICIAL CITO, con el contenido del escrito de demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales de las mismas que recaídos en el juicio voluntario de inventario de bienes sucesorios Nro. 11203-2019-03581, a los herederos desconocidos de RAMÓN DE JESÚS ERIQUE LEÓN y EMÉRITA EUFEMIA OCHOA IÑIGUEZ, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: ERIQUE OCHOA WALTER OSWALDO; ERIQUE OCHOA PERLA DEL ROCIO y, ERIQUE OCHOA LENIN TEHOS
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Teléfono oficina matriz 3105305 Boletería 579019 Ext -101 Encomiendas 2579019 Ext. 103 Oficina Zumba Teléfono 2308352 Oficina Saraguro Teléfono 2200602 Dirección: Av. Isidro Ayora Km2 Vía a Catamayo.
Somos los mejores porque usted se lo merece Matriz.- Zamora Chinchipe Av. del Ejército y Rosa Iñiguez.
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PONE A SU CONSIDERACIÓN LOS SIGUIENTES TURNOS: Amaluza – Quito Cariamanga – Quito Loja – Quito Quito – Loja – Cariamanga – Amaluza
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Loja – Guayaquil Guayaquil – Loja
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Loja – Machala Machala – Loja
00h00 – 03h30 14h30 – 00h30
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P/2616/10 DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE RAMÓN DE JESÚS ERIQUE LEÓN y EMÉRITA EUFEMIA OCHOA IÑIGUEZ OBJETO DEMANDA: INVENTARIO TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTÍA: INDETERMINADA NRO. DE JUICIO: 11203-2019-03377 JUEZ: DR. LUIS ERASMO SAMANIEGO MUÑOZ AUTO: Loja, lunes 2 de diciembre del 2019, las 08h29, VISTOS.- Dr. Luis Erasmo Samaniego Muñoz, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, y conforme el Art. 172 de la Constitución de la República del Ecuador, en relación con el Art. 160, numeral 1, y Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento del presente proceso.- Se llama a intervenir a la Dra. Lucia Rojas, en calidad de secretaria encargada de esta Unidad Judicial.EN LO PRINCIPAL.- Aclarada y/o Completada que ha sido; La demanda de Inventarios y Avalúo de Bienes Sucesorios propuesta por ERIQUE OCHOA WALTER OSWALDO; ERIQUE OCHOA PERLA DEL ROCIO y, ERIQUE OCHOA LENIN TEHOS, por cumplir con los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al procedimiento VOLUNTARIO que le corresponde y conforme lo señala el Art.334.4 del COGEP.- Por lo que se dispone: 1. Por el fallecimiento de los causantes RAMÓN DE JESÚS ERIQUE LEÓN y EMÉRITA EÚFEMIA OCHOA IÑIGUEZ conforme consta de las partidas de defunción que se adjuntan se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todas las partes, el juzgador designará perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados y, señalará el día y la hora para tal diligencia.- 3.- Cuéntese en el presente proceso con los comparecientes quienes dicen hacerlo en sus calidades de hijos de los causantes.- CITESE a través del señor Analista de Citaciones de esta Unidad Judicial, en los lugares que se indica en el libelo inicial, a: 1) DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS EN LOJA; 2) ERIQUE OCHOA GALO ECUADOR; 3) ERIQUE OCHOA IRENE DE JESÚS; 4) ERIQUE OCHOA FROIDE RENÁN; 5) ERIQUE OCHOA LUIS FERNANDO; 6) ERIQUE OCHOA PACO HERNÁN; y, 7) ERIQUE OCHOA TONY MAURICIO.- 4.- Al amparo de lo determinado en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, se DISPONE la CITACIÓN a los herederos desconocidos de los causantes RAMÓN DE JESÚS ERIQUE LEÓN y EMÉRITA EUFEMIA OCHOA IÑIGUEZ, en la forma determinada en el Art. 56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual concédase el extracto respectivo.- 5.- Respecto a las pruebas que han sido anunciadas por la parte accionante, el momento procesal para calificar las mismas,
Loja: Av. Lauro Guerrero y José Antonio Eguiguren Tel: 2572908. Terminal Terrestre 2724030 Bodega: 2730295 Email: info@unioncariamanga.com.ec P/2616/8
es en la fase pertinente de la Audiencia Única y, conforme el Art. 160 y Art. 335 del COGEP.Se recuerda a las partes que el informe pericial deberá contener todos y cada uno de los puntos que se contienen en el Art. 342 del COGEP y deberá realizarse y levantarse con la presencia y el conocimiento previo en su contenido de todos los interesados.- El perito antes de hacer llegar su informe cuidará para que su Informe cumpla con estos requisitos.-Téngase en cuenta la pretensión, cuantía, el domicilio judicial para notificaciones señalado por la parte accionante y, la autorización que le confieren a sus Abogados defensores.- Cuéntese en la prosecución del proceso en calidad de Procurador Común con ERIQUE OCHOA WALTER OSWALDO.Agréguese al proceso con notificación contraria toda la documentación adjunta la parte actora al libelo de demanda inicial.- Hágase Saber, Cítese y Cúmplase.Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general para los fines de Ley consiguientes. Loja, 13 de diciembre de 2019 AB. VERONICA TALIA CARRION GUERRERO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/2943
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Judiciales
NOTARIA SEGUNDA DEL CANTÓN LOJA CONVOCATORIA Se convoca a los acreedores de la Compañía en Nombre colectivo “REYES & ESPINOSA E HIJOS Y CIA.” se autorizó la Disolución voluntaria y anticipada, mediante escritura publica otorgada ante la Notaría GINA CALVA, notaria Primera del cantón Loja, de fecha 30 de octubre del 2014, se autorizó la Disolución, de la compañía mencionada. AVISO PARA OPOSICION; Se pone en conocimiento del público en General la disolución, voluntaria y anticipada, de la COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO “REYES & ESPINOSA E HIJOS Y CIA.” a fin que quienes se creyeren con derecho, a oponerse a su tramite de Liquidación y su posterior cancelación, puedan presentar su oposición ante el Representante legal de la compañía mencionada, en el domicilio ubicado en las calles: Benjamín Pereira 87 A 23 y Alfredo Mora Reyes, en el término siguiente de dos días. De conformidad a lo que establece el Art. 393.El liquidador publicará por tres días consecutivos, en un diario de amplia circulación en el lugar del domicilio principal de la compañía, y en los que operen las sucursales de la compañía, si los hubiere, un aviso en que notifique a los acreedores para que en el término de veinte días contados desde la última publicación, presenten los documentos que acrediten su derecho. Particular que me permito hacer conocer al publico en General para los efectos legales correspondentes. Loja, 20 de diciembre de 2019. CECILIA ELIZABETH REYES LUNA Liquidador Principal. P/2941 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL. CITO.- Con el contenido de la demanda, auto aceptación a trámite y demás constancias procesales a los herederos, presuntos; y, desconocidos de la extinta señora Betty Virginia Romero Pacheco, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: MODESTO ABRAHAM MUÑOZ GUARNIZO y ANGEL MODESTO MUÑOZ ROMERO. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. JUICIO NRO. 11335-2019-00577. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZA: Dra. Lethy Krupskaya Paccha Soto. Calvas, jueves 28 de noviembre del 2019, las 15h33, VISTOS.- Una vez que la parte interesada, dentro del término legal ha dado cumplimiento con los dispuesto en auto de fecha 13 de noviembre del 2019 y por cuanto la solicitud de inventario de los bienes de la causante Betty Virginia Romero Pacheco, cumple con los requisitos legales generales y especiales aplicables al caso contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se la acepta al procedimiento voluntario previsto en el Art. 335 ibídem. En consecuencia se dispone la citación a los herederos desconocidos y más personas que puedan tener interés en el asunto, debiéndoselos citar por medio de tres publicaciones en fechas distintas conforme al Art. 58 y 56.1 de la antes mencionada norma legal.- Cítese a los señores PATRICIA MONSERRATTE MUÑOZ ROMERO; BETTY KATIUZCA MUÑOZ ROMERO; CARLOS ABRAHAM MUÑOZ ROMERO y PABLO RAMIRO MUÑOZ ROMERO, en la dirección domiciliaria señalada en la demanda a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial.- Notifíquese a los señores Alcalde y Procurador Sindico del GAD-CALVAS, a través de la oficina de citaciones. Notifíquese al señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, para lo cual, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, y; a quien se enviará despacho suficiente, ofreciendo reciprocidad en casos análogos. Una vez realizadas las citaciones ordenadas y cumplidos los plazos legales, se procederá a realizar el inventario y avalúo con la intervención de perito designado por sorteo; inventario que se pondrá en conocimiento de las partes y se convocará a la audiencia respectiva para resolver lo que corresponda conforme a lo previsto en el Art. 345 del COGEP.- Confiérase al interesado el extracto a publicarse por la prensa.- PRUEBA APAREJADA A LA DEMANDA.- Téngase en cuenta la documentación adjunta a la demanda para que sea presentada legalmente en el día de la audiencia, así como la prueba igualmente anunciada.- En base a las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP- 2018-0289- MC, TR: CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018, en cual en la parte pertinente dice: “Una vez calificada la demanda por la o el juzgador, la o el actor deberá acercarse al archivo de la dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar tres (3) ejemplares de la demanda por cada persona demandada”; en tal virtud, se dispone que la parte interesada, preste las facilidades a fin de que se obtengan las copias necesarias, a propósito de que se proceda a dar cumplimiento a dicha solemnidad).-CÍTESE, NOTIFIQUESE Cariamanga, 16 de Diciembre del 2019. Abg. Nadegda Muñoz Montero. SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CALVAS P/2907 GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARÁ EXTRACTO DE DECLARATORIA DE BIEN MOSTRENCO A FAVOR DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTON MACARÁ, DE UN BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE AMALIA HERRERA, HNA. MARÍA ANGELICA CORDOVA Y EDUARDO CAMPOVERDE DEL BARRIO CINCO DE JUNIO. Se pone en conocimiento del público en General que, el Concejo Municipal del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, mediante Resolución de Concejo Nº 012-CM-GADMCM-2019, de fecha 02 de Diciembre de 2019, contando con todos los informes de Ley, Declaró Bien Mostrenco al predio catastrado a nombre de Talleres EXPREDESUR, clave catastral 1108500102023005000, que se encuentra ubicado en las calles Amalia Herrera, Hna. María Angélica Córdova y Eduardo Campoverde, en el barrio Cinco de Junio de la parroquia y cantón Macará, provincia de Loja, cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: POR EL NORTE.- Con propiedad de Zoila Castillo, Fátima Guarderas y Ricardo Román en una extensión de 40,30 metros; POR EL SUR - Con propiedad de Liomedes Coronel y calle Amalia Herrera R, en una extensión de 41,92 metros; POR EL ESTE.- Con calle Hna. María Angélica Córdova, y propiedad de Liomedes Coronel, en una extensión de 77,87 metros; y, POR EL OESTE.- con calle Amalia Herrera R, en una extensión de 63,93 metros, Dando una superficie total de 2586.04m2, cuyo avalúo del terreno es de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO DÓLARES, CON 29 CENTAVOS $169.265,29, a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho de oposición a la Declaratoria de Bien Mostrenco, del bien inmueble en referencia, puedan presentar su petición de oposición ante el señor Alcalde, Máxima Autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Art. 8 de la Ordenanza de declaratoria de Bien Mostrenco, dentro de los Treinta días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto; Fíjense los carteles en el lugar donde se encuentra ubicado el Lote de terreno, para lo cual se delega al señor Comisario Municipal, para la fijación de los carteles, quien emitirá el acta de cumplimiento, hecho que sea, se agregará al expediente. De no existir oposición al Tramite de Declaratoria de Bien Mostrenco, se continuará con el trámite para la legalización, Protocolización e Inscripción el Registro de la Propiedad de este Cantón, a fin de que constituya título de propiedad a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, mismo que se incorporará al inventario y valoración de Bienes Municipales. Macará, 04 de diciembre de 2019 Ab. María Cristina Dominguez Sotomayor PROCURADORA SINDICA DEL GADM DEL CANTÓN MACARÁ P/2911 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo a los señores MAXIMO OSWALDO VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO, Y; ALEXANDRA MIRELLA SANMARTIN VITERI cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: BANCO DE LOJA. DEMANDADO: SRS. MAXIMO OSWALDO VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO, Y; ALEXANDRA MIRELLA SANMARTIN VITERI, en su calidad de deudores. JUICIO: N°11333-2018-00991. CUANTÍA: $81. 389,89. JUEZA: DRA. ROSA BETARIZ LEON OJEDA. ASUNTO: CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO. TRÁMITE: PROCEDIMIENTO EJECUTIVO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, martes 17 de abril del 2018, las 08h50, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda de fs. 28, 29 y 30, en virtud del sorteo que consta en la misma, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja, provincia de Loja y en mérito al escrito que antecede.- En lo principal, la demanda incoada por la señora DRA. MARÍA VERÓNICA MEDINA SOTOMAYOR, en su calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE LOJA S.A., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra de los señores MAXIMO OSWALDO VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO y ALEXANDRA MIRELLA SANMARTIN VITERI, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al trámite del juicio EJECUTIVO que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determinan los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado.- Cítese a los demandados en el domicilio señalado; para el efecto, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Samborondón, a quien se le enviará suficiente despacho, a costa del peticionario, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Agréguese a los autos los documentos que se anexan.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora.- Hágase saber. DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. OTRA PROVIDENCIA.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 13 de diciembre del 2019, las 16h16, VISTOS.En virtud del juramento rendido por el Ing. Leonardo Guillermo Burneo Muller, en su calidad de Gerente del Banco de Loja S.A., se dispone citar a los demandados ALEXANDRA MIRELLA SANMARTIN VITERI y MAXIMO OSWALDO VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO por la prensa conforme lo determina el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos., para el efecto por secretaria confiérase el extracto pertinente, a fin de que se publique en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad. Hágase saber.-DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Particular que comunico para los fines de ley. Loja, 16 de diciembre del 2019 Atentamente, Dr. Juan Carlos Sánchez Coronel
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
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SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/2913
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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos del causante Paquito Oswaldo Cuenca Ordóñez, que en extracto es como sigue: ACTORES: Los señores Steven Oswaldo Cuenca Cuenca y Nivia Marilú Cuenca Espinoza, por sus propios derechos y por los que representa de su hija menor de edad Nayeli Amaed Cuenca Cuenca. DEMANDADOS: A los herederos desconocidos y presuntos del causante Paquito Oswaldo Cuenca Ordóñez OBJETO: Inventario TRÁMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: No. 11203-2019-03597 JUEZA: Dra. BLANCA MENDOZA GUZMAN AUTO DE ACEPTACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LOJA.Loja, miércoles 4 de diciembre del 2019, las 16h56, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior y por reunir los requisitos de ley la demanda de inventarios presentada por los señores Steven Oswaldo Cuenca Cuenca y Nivia Marilú Cuenca Espinoza, por sus propios derechos y por los que representa de su hija menor de edad Nayeli Amaed Cuenca Cuenca, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el causante señor Paquito Oswaldo Cuenca Ordóñez, desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 e inciso último del Art. 343 del Código Orgánico General de Procesos, en razón de que existe una menor de edad, en presencia de los interesados, el Secretario de la Unidad, dos testigos y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente. Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del causante Paquito Oswaldo Cuenca Ordóñez, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, en relación a lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del citado Código. Confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso, con los comparecientes señora Nivia Marilú Cuenca Espinoza, en calidad de cónyuge sobreviviente y ésta por los derechos de su hija menor de edad Nayeli Amaed Cuenca Cuenca y el señor Steven Oswaldo Cuenca Cuenca, en calidad de hijos del causante; y, con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja, Funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para el efecto, remítase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad. Téngase en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial, el casillero electrónico y la dirección del correo electrónico señalado por los demandantes, así como la autorización que le confieren a su defensora para que firme escritos en su defensa. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. Hágase saber. f) DRA. BLANCA MENDOZA GUZMAN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA. Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 05 de diciembre de 2019 Ab. Jonathan Pardo SECRETARIO
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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CATAMAYO CITACIÓN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales.CITO: AL SEÑOR JOSE FRANCISCO PUGA MUÑOZ, el mismo que en extracto comprende lo siguiente: ACTORA: SUSANA ELIZABETH BRAVO ARMIJOS DEMANDADO: JOSE FRANCISCO PUGA MUÑOZ OBJETO DE LA DEMANDA: ALIEMNTOS TRÀMITE: SUMARIO JUICIO Nro. 11331-2018-00702 CUANTÍA: $2.004,00/100 JUEZ: Dr. Max Alejandro Tandazo Encalada AUTO DE ACEPTACIÓN.- Catamayo, lunes 29 de octubre del 2018, las 11h58, VISTOS: A) Avoco conocimiento del presente proceso, en virtud del sorteo electrónico que antecede, en calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Catamayo, Provincia de Loja.- B) En lo principal, se califica de clara y completa la demanda de Fijación de Pensión Alimenticia, presentada por la señorita Susana Elizabeth Bravo Armijos a favor de sus hijas Doménica Sarahí Puga Bravo y Mayra Alejandra Puga Bravo en contra del señor JOSÉ FRANCISCO PUGA MUÑOZ, por cumplir con los requisitos legales, generales y especiales aplicables al presente caso, previstos en el Código Orgánico General de Procesos (En adelante COGEP); por lo que se dispone tramitarla por el procedimiento sumario.- C) Se fija provisionalmente la pensión de alimentos MENSUAL en la cantidad de OCHENTA Y TRES DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON VEINTICUATRO CENTAVOS DE DÓLAR (USD $ 83,24,oo), más los beneficios adicionales previstos en la Ley, que deberá pagar el padre demandado a favor de cada una de sus prenombradas hijas a partir de la presentación de la demanda (26 de Octubre del 2018), debiéndose efectuar por mensualidades anticipadas, dentro de los primeros cinco días de cada mes; y, en el caso de los subsidios y beneficios adicionales, en las fechas señaladas para el efecto, en la cuenta de ahorros Nro. 406104665906 de Cooperativa JEP, cuya titular es la actora, cuenta que deberá ser vinculada con el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) y se genere el código de tarjeta respec-
tivo, para lo cual se pondrá en conocimiento de la señora Pagadora asignada a esta Unidad Judicial.- D) Con el formulario de demanda, anexo y el presente auto, se corre traslado a la parte demandada por el término de diez días, bajo apercibimiento de rebeldía, para que ejerza su derecho de defensa, de conformidad a los Arts. 151-153 del COGEP., en lo que sea pertinente a la naturaleza del procedimiento y pretensiones, además debe cumplir con lo previsto en el inc. 4to., del Art. 169 del COGEP., que prescribe: “la prueba de los ingresos de la o del obligado por alimentos recaerá en la o el demandado”.- E) A petición de la parte actora, se ordena la prohibición de salida del país del demandado señor JOSÉ FRANCISCO PUGA MUÑOZ, con cédula de identidad Nro. 1103147748, debiéndose comunicar de inmediato a la Dirección Nacional de Migración mediante oficio dirigido al señor Jefe de Migración de la Policía Nacional en Loja.- F) Cítese en legal y debida forma al demandado, en la ciudad de Loja, en la dirección del domicilio que se indica, previniéndole además, la obligación de determinar el lugar donde recibirán las notificaciones, que no pueden ser otros que los lugares indicados en el Art. 66 del COGEP. para su cumplimiento envíese, deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez, y Adolescencia del cantón Loja, ofreciéndole reciprocidad en casos similares.- G) Teniendo en cuenta el anuncio de los medios de prueba, se dispone: a) agregar al proceso: las partidas de nacimiento de las beneficiarias, certificados de estudio y todos los documentos presentados. Todo sin perjuicio de las
facultades referentes a la prueba otorgadas a los Juzgadores.- H) Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial, correo electrónico señalado; y, la autorización que se confiere a la Abg. Marcela Guzmán, defensora pública.- Intervenga el Abogado Lauro Vinicio Pogo Tacuri, en calidad de Secretario titular de esta Judicatura.- Notifíquese y cúmplase.- OTRO AUTO.- Catamayo, viernes 8 de noviembre del 2019, las 08h47, En vista del juramento rendido y de la documentación presentada por la actora del presente proceso se dispone, citar al demandado JOSE FRANCISCO PUGA MUÑOZ, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la capital provincial en razón que en este cantón no existe, que contendrá un extracto de la demanda y providencias respectivas, puesto que a criterio del suscrito Juzgador este es el principal medio de comunicación del lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en el núm. 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, debiendo el señor Actuario elaborar el extracto respectivo. Al citado, se les prevendrá además, la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para las notificaciones correspondientes, en esta ciudad. Cúmplase y Notifíquese.-Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley; y, se les previene la obligación de señalar casillero judicial en esta jurisdicción.- Catamayo, a 15 de noviembre de 2019. Ab. Ana Gabriela Gordillo Ordoñez SECRETARIA P/2922
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MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902115654 perteneciente a JIMENEZ TORRES EFREN ARTURO con C.I. 101049369 en razón de haberse extraviado. P/2882/1 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901673252 perteneciente a RAMIREZ CAMBO ROMULO RODRIGO con C.I. 200692309 en razón de haberse extraviado. P/2882/2 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901899737 perteneciente a PROAÑO CASTILLO LUIS ANTONIO con C.I. 701061616 en razón de haberse extraviado. P/2882/3 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902309552 perteneciente a MUÑOZ VERA VICTOR MANUEL con C.I. 703542555 en razón de haberse extraviado. P/2882/4 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902327493 perteneciente a MALDONADO CUENCA CECIBEL DEL ROCIO con C.I. 703759423 en razón de haberse extraviado. P/2882/5 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101022992 perteneciente a GUTIERREZ LUNA TOBIAS SEGUNDO con C.I. 1100014164 en razón de haberse extraviado. P/2882/6 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900212748 perteneciente a GRANDA IÑIGUEZ ELSA MARUJA con C.I. 1100113826 en razón de haberse extraviado. P/2882/7 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900226392 perteneciente a LAVANDA QUEZADA JOSE AURELIO con C.I. 1100126836 en razón de haberse extraviado. P/2882/8 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103009544 perteneciente a VILLA BURI ANGEL BENITO EVANGE con C.I. 1100201944 en razón de haberse extraviado. P/2882/9 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103001061 perteneciente a SANTOS MERIZALDE LAURA ORFELINA con C.I. 1100228673 en razón de haberse extraviado. P/2882/10 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900083379 perteneciente a PARDO CARLOS con C.I. 1100342193 en razón de haberse extraviado. P/2882/11 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901211233 perteneciente a CHAMBA MAZA CARLOS JOSE con C.I. 1100584778 en razón de haberse extraviado. P/2882/12 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901762329 perteneciente a BUSTOS MORILLO MARTHA ELISA con C.I. 1101045142 en razón de haberse extraviado. P/2882/13 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900823117 perteneciente a OROZCO DIAZ MANUEL ANTONIO con C.I. 1101387379 en razón de haberse extraviado. P/2882/14 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900069031 perteneciente a AJILA AJILA URSULA CECILIA con C.I. 1101619979 en razón de haberse extraviado. P/2882/15 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900433811 perteneciente a CALDERON OROZCO GENOVEVADE JESUS con C.I. 1101831814 en razón de haberse extraviado. P/2882/16 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2104000327 perteneciente a PALADINES MENDEZ FLOR DE MARIA con C.I. 1101995734 en razón de haberse extraviado. P/2882/17 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901571174 perteneciente a CONTENTO CHIMBO JOSE ALFREDO con C.I. 1102084710 en razón de haberse extraviado. P/2882/18 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900508395 perteneciente a VALDIVIESO CUEVA DELMIDA ELENA con C.I. 1102214655 en razón de haberse extraviado. P/2882/19 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900303006 perteneciente a SA-
RANGO SARANGO MARIA DOMINGA con C.I. 1102219167 en razón de haberse extraviado. P/2882/20 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900698496 perteneciente a COBOS COBOS EDGAR DIONICIO con C.I. 1102336474 en razón de haberse extraviado. P/2882/21 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900982781 perteneciente a SISALIMA REVILLA ROSA PIEDAD con C.I. 1102343058 en razón de haberse extraviado. P/2882/22 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900550542 perteneciente a CAMBIZACA CUEVA MARIA PIEDAD con C.I. 1102429022 en razón de haberse extraviado. P/2882/23 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902134512 perteneciente a RUEDA CAÑAR GLADYS MARIA con C.I. 1102451604 en razón de haberse extraviado. P/2882/24 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900328664 perteneciente a ESPARZA BECERRA LUIS JAVIER con C.I. 1102536073 en razón de haberse extraviado. P/2882/25 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900689981 perteneciente a TORRES GARRIDO JAMIS LEONEL con C.I. 1102543756 en razón de haberse extraviado. P/2882/26 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902417722 perteneciente a ABAD PARDO FANNI MIRELLA con C.I. 1102725239 en razón de haberse extraviado. P/2882/27 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900440745 perteneciente a CUMBICOS PARDO CARLOS VICENTE con C.I. 1102793708 en razón de haberse extraviado. P/2882/28 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101064082 perteneciente a SALAS PAUCAR ELIZABETH con C.I. 1102824347 en razón de haberse extraviado. P/2882/29 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103006536 perteneciente a BUSTAMANTE ROJAS ANGEL AMADOR con C.I. 1103043632 en razón de haberse extraviado. P/2882/30 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900457221 perteneciente a ORTEGA ENCALADA EDWIN FABRICIO con C.I. 1103173512 en razón de haberse extraviado. P/2882/31 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901787567 perteneciente a SALINAS MERINO MARIA ISABEL con C.I. 1103188437 en razón de haberse extraviado. P/2882/32 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900781771 perteneciente a CALLE SUQUILANDA FRANCO ORLANDO con C.I. 1103450217 en razón de haberse extraviado. P/2882/33 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901383336 perteneciente a TORRES MEJIA ANSHY NIKOLE con C.I. 1103452528 en razón de haberse extraviado. P/2882/34 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900087137 perteneciente a ARMIJOS CASTILLO JOSELITO MANUEL con C.I. 1103652408 en razón de haberse extraviado. P/2882/35 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101070594 perteneciente a GUACHISACA PAUTA LUIS VICENTE con C.I. 1103667869 en razón de haberse extraviado. P/2882/36 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900630488 perteneciente a CAPA MORA EDWIN DANIEL con C.I. 1103819486 en razón de haberse extraviado. P/2882/37 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901819029 perteneciente a PEREZ COELLO MARIA MAGDALENA con C.I. 1103919518 en razón de haberse extraviado. P/2882/38 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901829192 perteneciente a AGILA SALAZAR OSCAR IVAN con C.I. 1104259138 en razón de haberse extraviado. P/2882/39 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902554831 perteneciente a CARRILLO JIMENEZ JOSE ANTONIO con C.I.
Publicidad 1104478985 en razón de haberse extraviado. P/2882/40 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901599362 perteneciente a SINCHE DAVILA JOSE EDUARDO con C.I. 1104622301 en razón de haberse extraviado. P/2882/41 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902018842 perteneciente a MONTOYA VARGAS KATHERINE ANTONIA con C.I. 1104675754 en razón de haberse extraviado. P/2882/42 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902256822 perteneciente a GAONA RENGEL CHRISTIAN RAFAEL con C.I. 1104735038 en razón de haberse extraviado. P/2882/43 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902158472 perteneciente a ESPINOZA FLORES KARINA DEL CARMEN con C.I. 1104754765 en razón de haberse extraviado. P/2882/44 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901043497 perteneciente a CASTILLO SALINAS DANIEL ROBERTO con C.I. 1104766256 en razón de haberse extraviado. P/2882/45 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901192808 perteneciente a BONILLA CHAMBA WILLAN ALCIVAR con C.I. 1104817281 en razón de haberse extraviado. P/2882/46 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901292363 perteneciente a CAMPOVERDE VASQUEZ MASHURY VANESSA con C.I. 1105049116 en razón de haberse extraviado. P/2882/47 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901381043 perteneciente a TAMAYO CALVA ANGEL MARTIN con C.I. 1105187098 en razón de haberse extraviado. P/2882/48 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901732631 perteneciente a MENDIETA AGUIRRE THALIA BELEN con C.I. 1105189532 en razón de haberse extraviado. P/2882/49 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902264356 perteneciente a RUEDA JARAMILLO CHALBER BLADIMIR con C.I. 1105205460 en razón de haberse extraviado. P/2882/50 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901586169 perteneciente a VEGA MERCHAN XIMENA ELIZABETH con C.I. 1105222317 en razón de haberse extraviado. P/2882/51 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901828261 perteneciente a BARBA GUAMAN LAURA STEFANY con C.I. 1105732240 en razón de haberse extraviado. P/2882/52 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902421592 perteneciente a PINEDA GANAN CARLOS ANTHONY con C.I. 1105871626 en razón de haberse extraviado. P/2882/53 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901914406 perteneciente a MALLA GUAMAN LUIS FERNANDO con C.I. 1106001009 en razón de haberse extraviado. P/2882/54 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902335305 perteneciente a ORTIZ PULLAGUARI JAEL EFREN con C.I. 1106254749 en razón de haberse extraviado. P/2882/55 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902159841 perteneciente a CALVA CARRION CATHERINE MELISSA con C.I. 1150031647 en razón de haberse extraviado. P/2882/56 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902546601 perteneciente a JARAMILLO CHAVEZ EDISON RONALDO con C.I. 1150413357 en razón de haberse extraviado. P/2882/57 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902372241 perteneciente a DAVILA GRANDA MANUEL ANTONIO con C.I. 1150526414 en razón de haberse extraviado. P/2882/58 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902197473 perteneciente a AÑAZCO OBACO TERESA DOMITILA con C.I. 1150756821 en razón de haberse extraviado. P/2882/59 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902492484 perteneciente a
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MENDOZA MENDOZA ANGELA BERTHA con C.I. 1309833067 en razón de haberse extraviado. P/2882/60 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902239506 perteneciente a YANKUR WAMPASH NINKI MODESTO con C.I. 1401202997 en razón de haberse extraviado. P/2882/61 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900317568 perteneciente a SANCHEZ GONZALEZ GERMAN VICENTE con C.I. 1704670577 en razón de haberse extraviado. P/2882/62 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901097121 perteneciente a CUMBICUS ROJAS OLMER EDEN con C.I. 1714890918 en razón de haberse extraviado. P/2882/63 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900393021 perteneciente a ROBAYO CONSTANTE VICTOR GABRIEL con C.I. 1803653763 en razón de haberse extraviado. P/2882/64 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2108002731 perteneciente a ENCALADA GOMEZ HECTOR ANIBAL con C.I. 1900108919 en razón de haberse extraviado. P/2882/65 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901518556 perteneciente a GUAILLAS POMA LUIS POLIVIO con C.I. 1900310119 en razón de haberse extraviado. P/2882/66 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902501549 perteneciente a VALENCIA BRITO ERIKA SUSANA con C.I. 1900360734 en razón de haberse extraviado. P/2882/67 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901415531 perteneciente a SALINAS TORRES MERCY MARIA con C.I. 1900450428 en razón de haberse extraviado. P/2882/68 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901181201 perteneciente a CAÑAR CALDERON JUAN CARLOS con C.I. 1900528447 en razón de haberse extraviado. P/2882/69 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900975274 perteneciente a GARROCHAMBA MOROCHO WILLIAN EMANUEL con C.I. 1900538412 en razón de haberse extraviado. P/2882/70
LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902486677 perteneciente a SARMIENTO MACAS ISRAEL GONZALO con C.I. 1900588953 en razón de haberse extraviado. P/2882/71 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901252721 perteneciente a MACAS LABANDA JAIME ORLANDO con C.I. 1900749027 en razón de haberse extraviado. P/2882/72 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901746086 perteneciente a MERINO ESTUPIÑAN TALIA PRISCILA con C.I. 1900818285 en razón de haberse extraviado. P/2882/73 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901709102 perteneciente a AYABACA MACAS SAYRO JAVIER con C.I. 1900892306 en razón de haberse extraviado. P/2882/74 OPOSICIÓN AL PAGO El BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador RODRIGUEZ TELLO SAUL EDUARDO con RUC NUM- 705860831 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados números - Desde 361 hasta 387 - de la cuenta corriente Nº 2902351494 dichos cheques serán anulados. P/2882/75 OPOSICIÓN AL PAGO El BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador RODRIGUEZ TELLO SAUL EDUARDO con RUC NUM- 705860831 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados números - Desde 391 hasta 391 - de la cuenta corriente Nº 2902351494 dichos cheques serán anulados. P/2882/76 OPOSICIÓN AL PAGO El BANCO DE LOJA S.A. a solicitud del girador ASOC. PARTI. SOCIAL O.S.L con RUC NUM1191715167001 comunica al público que por suspensión de pago dejará sin efecto los cheques certificados números - Desde 1256 hasta 1256 - de la cuenta corriente Nº 2901637101 dichos cheques serán anulados. P/2882/77
Libretas BANECUADOR LIBRETA EXTRAVIADA Se pone en conocimiento del público que BanEcuador, procederá anular la cartola de Ahorros nro. 0020208218 de CAJAMARCA ESCALERAS CARMELIA ESPERANZA. FIRMA AUTORIZADA BANECUADOR
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E
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Entretenimiento
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
19
Sopa de letras
Crucigrama
Solución sopa de letras
Solución Crucigrama
Horóscopo: Acuario
Enero 20 a febrero 19 Querrás apurar algunas horas en un tema de trabajo antes de salir a dar una vuelta, pero debes pensar que si tienes hijos, lo más importante que tienes que hacer es estar con ellos y disfrutar de ese tiempo. Deja todo lo que puedas para la semana que viene.
Piscis
Febrero 20 a marzo 20 Verás a una persona con la que te unió mucho hace algún tiempo, pero eso no debe ponerte triste. Al contrario, te alegrarás de cómo son ahora las cosas porque eres mucho más feliz y has olvidado los malos ratos. Vives el presente y eso es lo que más te reconforta.
Aries
Marzo 21 a abril 20 Recibes todo el ajetreo del día y de la noche con toda la tranquilidad posible y procuras poner una sonrisa incluso si hay algo que te molesta y no es de tu agrado. Es la mejor actitud que puedes tener para poner freno a lo negativo y no llevarte disgustos.
Tauro
Abril 21 a mayo 20 Tendrás muchas responsabilidades en el trabajo, pero las cumplirás a satisfacción de todos. Tampoco será un mal día para las relaciones personales, procura que si no tienes mucho tiempo, sean de calidad. Planea la noche con suficiente antelación.
Géminis
Mayo 21 a junio 21 A pesar de que no es lo que más te gusta, estarás con la familia política y eso te hace también observar algunas actitudes que en el fondo te divierten. En cualquier caso, tu empatía no faltará a la cita. Cuando estés a solas y en confianza, te reirás.
Cáncer
Junio 22 a julio 23 Es posible que no puedas solucionarlo antes y tengas que hacer un viaje hoy para un tema que está relacionado con la familia. No lo dejes para última hora, sal pronto y vigila para que sea más placer que una obligación. Así lo disfrutarás.
Leo
Julio 24 a agosto 23 Aunque no lo creas, ceder en algunos momentos puede suponer una victoria a largo plazo que ahora no alcanzas a ver. Si ves venir un nubarrón por parte de familiares o amigos, deja que hagan lo que desean y no discutas. Será lo más inteligente, ya lo comprobarás.
Virgo
Agosto 24 a Septiembre 23 Quizá estés un poco susceptible con la pareja porque crees que no te está haciendo mucho caso y que se vuelca más en otros puntos de afecto. No es hoy el día indicado para hablar del tema. Déjalo pasar y ya verás como algo cambia muy pronto.
Libra
Septiembre 24 a octubre 23 Vas a descubrir a alguien que conoces muy por encima y que te sorprenderá gratamente en una conversación muy agradable con muchos puntos de vista en común. En general, será una jornada muy entretenida. Te acabará gustando un lugar nuevo que al principio no te hacía mucha gracia.
Escorpio
Octubre 24 a nov. 22 Si te empeñas en ser el anfitrión esta noche, después no te quejes del trabajo que has tenido y el cansancio o esfuerzo que supone. Disfruta de lo que haces, alguien te lo va a agradecer mucho. Pero no quieras ser todo el rato el centro de la velada.
Sagitario
Noviembre 23 a dic. 21 Estarás muy animado y acompañado en lo afectivo. Verás a algún amigo o familiar con el que te apetece mucho charlar y con el que podrás explayarte a gusto. Tiempo de descanso y relajación. Disfrutarás y no pensarás en los problemas o dificultades.
Capricornio
Diciembre 22 a enero 19 Te levantarás con el ánimo algo revuelto, quizá con pocas ganas de hablar con nadie o de exteriorizar tu sentimientos. Pero poco a poco vas a encontrarte mejor y con un talante más acorde con la fiesta a la que finalmente te unirás.
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Opinión
MARTES 24 DE DICIEMBRE DE 2019
Judiciales
DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante GUILLERMO QUIZHPE UCHUARI, y del heredero fallecido OSWALDO QUIZHPE TAMAY, que en extracto es como sigue: ACTORA: MARIA TERESA TAMAY LOPEZ y otros. DEMANDADOS: A los herederos presuntos y desconocidos del causante GUILLERMO QUIZHPE UCHUARI, así como del heredero fallecido OSWALDO QUIZHPE TAMAY. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventarios de bienes sucesorios TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2019-02502 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, miércoles 2 de octubre del 2019, las 08h29, VISTOS: En lo principal, en razón de que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior y al estimarse de clara, completa y precisa la demanda de Inventarios presentada por los señores MARIA TERESA TAMAY LOPEZ en su calidad de cónyuge sobreviviente, y los herederos señores MAURO QUIZHPE TAMAY, ZOILA VICTORIA QUIZHPE TAMAY, MANUEL EDUARDO QUIZHPE TAMAY, MARCOS RODRIGO QUIZHPE TAMAY, MARIA GUILLERMINA QUIZHPE TAMAY, BOLIVAR QUIZHPE TAMAY, OSWALDO QUIZHPE TAMAY, GABRIELA BEATRIZ QUIZHPE TAMAY, y por el fallecimiento de la heredera MARIA LUCRECIA QUIZHPE TAMAY comparecen los herederos por estirpe ROSA MARIA MEJIA QUIZHPE, PEDRO MANUEL MEJIA QUIZHPE, ANA PATRICIA MEJIA QUIZHPE, JOSE IGNACIO MEJIA QUIZHPE, BLANCA RUTH MEJIA QUIZHPE, MILTON EDUARDO MEJIA QUIZHPE, GUILLERMO RODRIGO MEJIA QUIZHPE y SANDRA PAOLA MEJIA QUIZHPE, y por cuanto cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite a la misma al trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.- Por no tratarse de un asunto controvertido, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de los bienes del causante GUILLERMO QUIZHPE UCHUARI desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art. 341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todos los interesados, este juzgador designará al perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados; y señalará el día y la hora para tal diligencia.- Cuéntese en este asunto con: 1) La compareciente MARIA TERESA TAMAY LOPEZ en su calidad de cónyuge sobreviviente.- 2) Con los herederos MAURO QUIZHPE TAMAY, ZOILA VICTORIA QUIZHPE TAMAY, MANUEL EDUARDO QUIZHPE TAMAY, MARCOS RODRIGO QUIZHPE TAMAY, MARIA GUILLERMINA QUIZHPE TAMAY, BOLIVAR QUIZHPE TAMAY, OSWALDO QUIZHPE TAMAY, GABRIELA BEATRIZ QUIZHPE TAMAY, quienes han comparecido firmando la demanda.3) Con los herederos MACRINA QUIZHPE TAMAY y Sr. ORLANDO QUIZHPE TAMAY, a quienes se dispone citarlos en la dirección indicada en la demanda y para lo cual cuéntese con la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial.- 4) Cuentese con los herederos por estirpe ROSA MARIA MEJIA QUIZHPE, PEDRO MANUEL MEJIA QUIZHPE, ANA PATRICIA MEJIA QUIZHPE, JOSE IGNACIO MEJIA QUIZHPE, BLANCA RUTH MEJIA QUIZHPE, MILTON EDUARDO MEJIA QUIZHPE, GUILLERMO RODRIGO MEJIA QUIZHPE y SANDRA PAOLA MEJIA QUIZHPE dado el fallecimiento de la heredera Maria Lucrecia Quizhpe Tamay, y quienes han comparecido firmando la demanda.- 5) ) Con el señor Procurador Tributario de Loja, a quien se le notificará en su despacho y para lo cual intervenga la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad.- 6.- A los herederos presuntos y desconocidos del causante GUILLERMO QUIZHPE UCHUARI, así como de la heredera fallecida MARIA LUCRECIA QUIZHPE TAMAY cíteselos de conformidad con lo previsto en el Art. 58 del Código Orgánico General de procesos.- Los accionados y cualquier interesado tienen la obligación de señalar casillero y correo electrónico para futuras notificaciones, y en caso de oposición podrán hacerlo por escrito en la forma y en el término señalados en el Art. 336 del COGEP.- Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante, tal como lo ha solicitado en su demanda, pruebas que en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por los accionantes. Se designa Procurador Común a MARIA GUILLERMINA QUIZHPE TAMAY, tal como se ha solicitado por los herederos.- Agréguese los documentos que se adjuntan.- HÁGASE SABER; OTRO AUTO: Loja, jueves 5 de diciembre del 2019, las 15h07, Atento al escrito que antecede, se dispone: 1) Téngase en cuenta lo manifestado por el compareciente y el casillero judicial y correo electrónico señalado por el Dr. Ángel Patricio Capa Paladines, en calidad de procurador judicial de la señora Macrina Quizhpe Tamay; agréguese al expediente la documentación adjunta la escrito en despacho para los fines legales pertinentes. 2) Conforme al certificado de defunción de quien en vida se llamó señor Quizhpe Tamay Oswaldo, y cumpliendo con lo que determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que por intermedio de secretaria se realice el extracto para la publicación por la prensa para la citación de los herederos presuntos y desconocidos de Quizhpe Tamay Oswaldo.- Notifíquese.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.- Loja, 10 de diciembre del 2019. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/2923 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PALTAS CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes BELARMINO VARGAS ERAS y CLE-
MENTINA BALCÁZAR CORONEL, conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: VARGAS BALCÁZAR SALVADOR. DEMANDADO: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes BELARMINO VARGAS ERAS y CLEMENTINA BALCÁZAR CORONEL. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS TRÁMITE: Procedimiento Voluntario. CUANTÍA: Indeterminada. JUICIO: Nro. 11314-2019-00388 JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTÍN. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PALTAS.- “Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181-DNTH2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los causantes BELARMINO VARGAS ERAS y CLEMENTINA BALCAZAR CORONEL desde el momento de su fallecimiento, disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos de los causantes BELARMINO VARGAS ERAS y CLEMENTINA BALCAZAR CORONEL conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) con los comparecientes señores: SALVADOR VARGAS BALCAZAR en calidad de hijo; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Con el Director del MAGAD en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta:, La prueba anunciada contenido en el Numeral 1 literales a) al h) de su escrito de demanda, el Perito se designará en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.” Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, viernes 29 noviembre del 2019.- Certifico.- EL SECRETARIO ENCARGADO.Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL
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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMÁ CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante MANUEL ORLANDO CALDERON SALAZAR, cuyo extracto es como sigue: JUICIO Nº 00275-2019 ACTOR: SEGUNDO LEONIDÁS CALDERON SALAZAR DEMANDADOS: Bienes del causante MANUEL ORLANDO CALDERON SALAZAR OBJETO: INVENTARIO de los bienes del causante MANUEL ORLANDO CALDERON SALAZAR TRAMITE: VOLUNTARIO. UNIDAD: JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN GONZANAMA. JUEZ: DR. EDGAR FLORES CRIOLLO AUTO: Gonzanama, lunes 25 de noviembre del 2019, las 18h53. VISTOS: Una vez que el accionante Sr: SEGUNDO LEONIDAS CALDERON SALAZAR, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el decreto de fs. 57, estimo que la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos, solicitud que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al trámite Voluntario que le corresponde a los Inventarios. En consecuencia y por el fallecimiento de quien en vida fuera señor MANUEL ORLANDO CALDERON SALAZAR, quien no testará, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes dejados, particular que se manda poner en conocimiento de los herederos ausentes, desconocidos, presuntos y del público en general, conforme a Ley y en base a lo establecido en el Artículo 58 en concordancia con el Artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos. Para lo cual se dispone lo siguiente: a) Cuéntese en el procedimiento con el actor anteriormente invocado; b) Con el Procurador Tributario de Rentas Internas de Loja, para la citación al funcionario señalado, se dispone remitir un atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, enviando un despacho en forma y ofreciendo reciprocidad en casos similares, para que se cumpla la citación a dicho funcionario, a quien se le advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones, deprecatorio que se realizará en el módulo virtual; c).- Se ordena la citación de las señoras ESTHELA MARGARITA CALDERON ZALAZAR y DOMINGA HERMINIA CALDERON SALAZAR a quienes se las citara en el domicilio señalado en la demanda, diligencia que se la COMISIONA al teniente político de la parroquia La Cuca, del cantón Arenillas, provincia del Oro, enviándole despacho en forma para el cumplimiento de la diligencia; d) .- Fórmese el inventario y correspondiente avalúo de los bienes dejados por la causante señor MANUEL ORLANDO CALDERON SALAZAR con la intervención de la perito que se designa Ab. JENNY NOEMI MONTAÑO LUZURIAGA, cel. 0988284311, de conformidad a la Resolución 068-2017 Art. 1 del Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial, los honorarios se cancelarán directamente por la parte interesada, y por intermedio de la funcionaria de citaciones de la Unidad se le
notificará y de aceptar el cargo se le posesionará en forma inmediata, regulándose sus honorarios profesionales en la suma de $ 200,00 dólares americanos, valores que serán cancelado por la parte actora a la señora perito. e).- El inventario debe realizarse conjuntamente con la perito y en presencia de los interesados de conformidad al Art.341 del COGEP. f) Téngase en cuenta para el señalamiento de la audiencia respectiva lo que preceptúan los Arts.345, 335, inc. 3ero, y, 225 parte final, Ibidem; g) Se previene la señora perito, que los bienes a inventariarse, son aquellos que estén debidamente justificados o acreditados con el respectivo título de propiedad, caso contrario no podrán comprenderse en este inventario; h) De conformidad al Art.76 del COGEP, se dispone que el señor perito, luego de citados los demandados en el término de quince días presente a la unidad judicial el alistamiento y avalúo realizado, bajo los parámetros y prevenciones de ley; i) Agréguese a los autos la documentación que se acompaña, téngase en cuenta la cuantía, correo electrónico, como la autorización dada a su Abogado Patrocinador, para que asuma la defensa en el presente asunto; y, finalmente, tómese en cuenta el anuncio de prueba que ofrecen los comparecientes para justificar su pretensión. Intervenga en calidad de Secretario el Ab. Marlon Pacheco, por contrato de servicios ocasionales DP11-UPTH-016-2019, de fecha 3 de Octubre del 2019.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- Gonzanamá, 02 de diciembre del 2019. Ab. Marlon Francisco Pacheco Herrera SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA (E) P/2931 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de INVENTARIOS a los herederos desconocidos y presuntos del causante señor MIGUEL EDUARDO OCHOA BARNUEVO, conforme lo dispuesto en los Arts. 56 num. 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: JUICIO: NRO. 11203-2019-03500 TRÁMITE: VOLUNTARIO ACTORES: MARÍA VERÓNICA OCHOA PEÑA DEMANDADOS: SUCESIÓN DE BIENES DEL CAUSANTE MIGUEL EDUARDO OCHOA BARNUEVO CUANTÍA: INDETERMINADA ASUNTO: INVENTARIOS JUEZ: DR. VICTOR ALBERTO BURNEO HERRERA AUTO: “UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, jueves 28 de noviembre del 2019, las 15h03. VISTOS: Por cumplido en tiempo oportuno con lo dispuesto en providencia del 15 de noviembre de 2019; una vez examinada, y por considerar que si reúne con los requisitos legales generales, y especiales aplicables al caso, como tal se la califica la demanda de inventario propuesta por: MARÍA VERÓNICA OCHOA PEÑA, por lo que se la acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, conforme a lo previsto en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada del extinto Miguel Eduardo Ochoa Barnuevo, quien ha dejado de existir el 18 de diciembre de 2018, en la parroquia El Sagrario, cantón y provincia de Loja. Por tanto, procédase al inventario y avalúo de sus bienes, conforme a ley.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con la compareciente, en la calidad invocada: B) Con la señora Normanda Teresita Ochoa Barnuevo, a quien se dispone citarla en la dirección domiciliaria singularizada a fs. 30; C) Con los herederos desconocidos y presuntos, del extinto Miguel Eduardo Ochoa Barnuevo, que se manda citarlos por la prensa local, en la forma prevista en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, debiendo el señor Secretario conferir el extracto pertinente; D). Con el Fiscal asignado a esta Unidad Judicial, doctor Alonso Carrión Rojas; y, E) Con el señor Procurador Tributario de Loja. Funcionarios a los que se los citará en sus respectivos despachos. A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial en esta ciudad, y correo electrónico, para efecto de ulteriores notificaciones; previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio; los mismos que podrán oponerse en la forma señalada en los Arts. 151 y 346 del COGEP.- Téngase en cuenta la prueba anunciada en la demanda, sobre cuya admisibilidad relacionada con pertinencia, utilidad y conducencia, será calificada en la audiencia única a convocarse en el curso ulterior del procedimiento.- Para las citaciones de la referencia, de conformidad con el Memorando Circular-Cj-DNJP-2018-0289-MC, de fecha 18 de julio de 2018, se dispone que pase el expediente al Gestor de Archivo de esta Unidad Judicial, con quien deberá coordinar la parte interesada para la obtención de las copias necesarias para el cumplimiento de esa diligencia; y luego, a la Oficina de Citaciones.- Agréguese al expediente los documentos aparejados a la demanda, escrito complementario y anexos. Téngase en cuenta la cuantía, casilla judicial y correo electrónico señalados por la demandante, más la autorización que le concede a sus patrocinadores.- NOTIFÍQUESE…”.- f) DR. BURNEO HERRERA VICTOR ALBERTO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA. Loja, 02 de diciembre de 2019. Atentamente, ABG. JAIME RIOFRÍO TACURI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA P/2934 SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al Sr. ELVIO ENRIQUE CARCHI DELGADO, recaídas en el proceso de RECONOCIMIENTO Y HOMOLOGACIÓN DE SENTENCIA EXTRANJERA, signado con el Nro. 11111-2019-00034, propuesto por el Abg. Henry Noé Yanangómez Becerra, en calidad de PROCURADOR JUDICIAL de la Sra. MARTHA JOSEFINA MACAS VÁSQUEZ, conforme a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: JUICIO Nro. 11111-201900034. TRÁMITE: Reconocimiento y Homologación
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www.cronica.com.ec P/ de Sentencia Extranjera. ACCIONANTE(S): Abg. Henry Noé Yanangómez Becerra, en calidad de PROCURADOR JUDICIAL DE LA SRA. MARTHA JOSEFINA MACAS VÁSQUEZ. ACCIONADO(S): ELVIO ENRIQUE CARCHI DELGADO. DIRECTOR PROVINCIAL DE REGISTRO CVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DE LOJA. CUANTÍA: Indeterminada. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE: “Loja, viernes 16 de agosto del 2019, las 14h02. VISTOS: Por cuanto la accionante dentro del término de ley, han dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, se estima que la demanda de homologación de sentencia presentada por el Ab. Henry Noé Yanangómez Becerra, Procurador Judicial de la señora Martha Josefina Macas Vásquez, en contra del señor Elvio Enrique Carchi Delgado, es clara, precisa y completa, por lo que se la acepta al trámite establecido en el Art. 105 del Código Orgánico General de Procesos. Cítese al demandado con el contenido de demanda y auto de aceptación a trámite en su domicilio ubicado en el barrio San Cayetano Alto, vía a Yanacocha, según croquis referenciado que presenta la parte actora. Se le previene al demandado de la obligación que tiene de señalar correo electrónico y casillero judicial en esta ciudad para que reciba notificaciones posteriores y ejerza su derecho a la defensa. Notifíquese con el contenido de demanda y auto de aceptación a trámite, al Director Provincial del Registro Civil, Identificación y Cedulación en Loja, en la Av. Universitaria No. 207-46 y calle Azuay. Una vez citado el demandado, y en caso de existir oposición, se convocará a la audiencia correspondiente. Téngase en cuenta la prueba anunciada y que se adjunta a su demanda inicial. Para efectos de la citación, remítase el proceso a la Oficina de Citaciones de este Distrito. Hágase saber.- “. f). “FgonzalezCrespo”. GONZALEZ CRESPO MARILYN FABIOLA. JUEZA PROVINCIAL (PONENTE). “Ilegible”. ALVARADO GONZÁLEZ FREDY ROLANDO. JUEZ PROVINCIAL. “Ilegible”. SALINAS JARAMILLO GEORGE HERNÁN. JUEZ PROVINCIAL. OTRO AUTO: “Loja, jueves 12 de diciembre del 2019, las 11h08. VISTOS. La parte actora adjunta la información proporcionada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana que reconoce que señor Elvio Enrique Carchi Delgado, registra salida del Ecuador con destino a España y no consta registrado en una Oficina Consular. Teniendo presente que la parte actora en cumplimiento del art. 56 del COGEP manifiesta bajo juramento desconocer la dirección domiciliaria del señor Elvio Enrique Carchi Delgado en el país España. En esa virtud se ordena que se le CITE al señor Elvio Enrique Carchi Delgado por la prensa mediante tres publicaciones en el periódico de mayor circulación en la localidad. Por Secretaria procédase a entregar el extracto pertinente. Intervenga el Dr. Ulises Chacón como Secretario (E). Notifíquese.- “ f). “FgonzalezCrespo”. GONZÁLEZ CRESPO MARILYN FABIOLA. JUEZA PROVINCIAL (PONENTE). Loja, 18 de diciembre del 2019. Dr. Constante Manuel Cueva Ordóñez. SECRETARIO RELATOR (E) P/2935 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON
SEDE EN EL CANTON CALVAS PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL. CITO.- Con el contenido de la demanda, auto aceptación a trámite y demás constancias procesales a los herederos, presuntos; y, desconocidos del extinto Abraham Dositeo Rodríguez Cueva, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: DARWIN EDMUNDO RODRIGUEZ TORRES; EDGAR ABRAHAN RODRIGUEZ TORRES; FANNY JOSEFINA RODRIGUEZ TORRES; FREDY HERNEY RODRIGUEZ TORRES; MILTON EFREN RODRIGUEZ TORRES; MIRIAN JOSEFINA RODRIGUEZ TORRES; MELIDA EFIGENIA TORRES CUEVA. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios. JUICIO NRO. 11335-2019-00618. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZA: Dra. Lethy Krupskaya Paccha Soto. Calvas, viernes 13 de diciembre del 2019, las 11h02, VISTOS.- Una vez que la parte actora dentro del término señalado en el artículo 146 del COGEP, sustituido por el Art. 19 de la Ley Orgánica Reformatoria al COGEP, se procede a calificar la demanda y por cuanto la solicitud de inventario de los bienes del causante Abraham Dositeo Rodríguez Cueva, cumple con los requisitos legales generales y especiales aplicables al caso contemplados en el Art. 42 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se la acepta al procedimiento voluntario previsto en el Art. 335 ibídem. En consecuencia se dispone la citación a los herederos desconocidos y más personas que puedan tener interés en el asunto, debiéndoselos citar por medio de tres publicaciones en fechas distintas conforme al Art. 58 y 56.1 de la antes mencionada norma legal.- Notifíquese al señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja. Para lo cual, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, y; a quien se enviará despacho suficiente, ofreciendo reciprocidad en casos análogos. Una vez realizadas las citaciones ordenadas y cumplidos los plazos legales, se procederá a realizar el inventario y avalúo con la intervención de perito designado por sorteo; inventario que se pondrá en conocimiento de las partes y se convocará a la audiencia respectiva para resolver lo que corresponda conforme a lo previsto en el Art. 345 del COGEP.- Confiérase al interesado el extracto a publicarse por la prensa.- PRUEBA APAREJADA A LA DEMANDA.- Téngase en cuenta la documentación adjunta a la demanda para que sea presentada legalmente en el día de la audiencia, así como la prueba igualmente anunciada.-Finalmente téngase en cuenta la designación que los interesados realizan a favor de su madre la señora Melida Efigenia Torres Cueva, como Procurador Común al tenor de lo previsto en el art. 37 del Código Orgánico General de Procesos.-CÍTESE y NOTIFIQUESE Cariamanga, 18 de Diciembre del 2019. Abg. Nadegda Muñoz Montero. SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CALVAS P/2944
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Opinión
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“Una muñeca rusa” Luis Antonio
Quizhpe jasluisnap1@gmail. com Estamos frente a otra novela de Adolfo Bioy Casares, narrada con dominio y maestría, con ese arte de contar historias sencillas, propias de la pequeña odisea cotidiana del ser humano, que, no obstante, sin que el lector perciba exactamente cuándo ni cómo, lo precipita en una atmósfera de inaprensible extrañeza o enajenación. Aquí es lo grotesco lo que vuelca insidiosamente la realidad; también la amarga ironía de las contradicciones entre el arte y la política es la que nos compromete en una reflexión turbadora. De la risa incontenible al desasosiego, Bioy Casares nos conduce hacia ese asombroso lugar fronterizo entre lo real y lo
fantástico en el que la ficción, todopoderosa, nos envuelve completamente. El personaje central es Nadia, una treintañera pelirroja, fumadora y políticamente defectuosa, se ve atrapada en la noche de celebración de sus 36 años. En esta velada sufre un duro contratiempo: su propia defunción... pero al morir, la joven vuelve al punto de arranque de la noche. Así le sucede una y otra vez, a pesar de que cambia sus decisiones por otras cada vez que perece. Sin embargo, nunca consigue escapar del bucle. Ella vive apresada en el mismo día, perdiendo su vida día a día por más que haga lo que haga está inmersa en una rueda que no deja de girar, aunque la evolución del personaje principal durante su trama, es incesante, lo que supone uno de los puntos más interesan-
tes de la ficción. La novela ha sido llevada al cine y está mostrada en ocho episodios de 25 minutos. “Una muñeca rusa” nos sorprende con una propuesta que combina elementos de comedia, drama, thriller, terror y ciencia ficción; todos en su justa medida y añadiéndolos poco a poco al cóctel. Como con una matrioska, vamos quitando capas hasta llegar al corazón de la historia, del conflicto de los personajes, y al sacar la última, queremos volver a armarla (verla) otra vez. Como filme no es otra cosa que un viaje de autodescubrimiento; de ensayo y error, donde dialoga de forma curiosa con el Bandersnatch de Black Mirror, porque le permite a los personajes revisitar una misma noche tomando diferentes decisiones, para ver si así pueden cambiar su destino.(O)
cuencias y continuidad de esa relación fraterna que une y cordializa a la humanidad. Esos son los ingredientes y adagios que armonizan la Navidad, con la elocuencia de una mutua e inteligente comprensión, de la sublimidad de actitudes y la entrega diáfana y sensorial de los sentimientos nobles del amor; de la actitud gentil y generosa de la caridad, y los sentimientos profundos y sólidos de una paz perdurable y armónica, y especialmente, la apertura solidaria y entrañable para la consolidación de un genuino humanismo. Porque la Navidad es humanismo y sentimien-
tos, espíritu y conciencia, mente y corazón; es el rubricar de actos de moral y honor, y no el boato y la ostentación, el lujo y el desperdicio, la gula y los actos bizantinos; es por el contrario: benevolencia, sensibilidad y vibraciones; voluntad y cordura para con nuestros semejantes y especialmente, para quienes más la necesitan; prodiguemos luz y consuelo, hermandad, justicia, respeto y solidaridad. Forjemos un legado de valores, de principios y verdades, para que la humanidad se rija con certeza, para el rumbo de la razón y del sentimiento predilecto de la confraternidad.(O).
Reine la paz Augusto
Costa Aflorar inmarcesibles de los sentimientos más arcanos y recónditos de nuestras almas, que se vislumbran en el cenit de nuestros sentimientos, embriagados con el éxtasis de la magnimidad del ánimo, para exteriorizarse como un coloquio sutil, de los afectos que han permanecido silentes por el egoísmo a nuestros congéneres. Dialéctica y sindéresis de las realidades transcendentales del ser humano, para una cordialización genésica con prudencia y gravedad, con la entelequia de acción y fin, con las se-
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La Navidad como signo de encuentro Galo
Guerrero-Jiménez
El poeta venezolano José Gregorio González sostiene que “La navidad es una época de reencuentro. El nacimiento del Niño Dios es un acontecimiento que celebra la cristiandad entre cantos y rezos; entre cuentos y poemas. Tras dos mil años de historia, la memoria colectiva nos hereda no solo la celebración religiosa sino tantos ritos que nos acercan al mensaje del Salvador: “Paz a los hombres de buena voluntad” (2019). En efecto, son tantos los rituales que el mundo cristiano lleva a cabo en la Navidad que cualquier actividad que implique un auténtico encuentro axiológico, es un signo evidente de un alto significado de buena voluntad no solo para el cultivo de la armonía más sentida humanamente y de divina majestuosidad hacia la marcada inspiración que engendran los días de júbilo navideño, sino una manera, y quizá la más elocuente, para avanzar en el desarrollo de nuestro crecimiento interior, tan venido a menos en esta sociedad averiada por el consumo desmedido, por la algazara trivial y la mutilación de una relación pensante y de encuentro personal que nos haga conscientes del modo en que estamos presentes en la Navidad de nuestra existencia. Que sepamos reconocer que nuestros criterios valorativos nos pueden servir para aprender a encontrarnos con esa presencia divina que sabe ahuyentar lo malsano, y así poder entrar en sintonía con el prójimo cuando a través de nuestra actitud correcta logramos
entrar en armonía para la compartencia de lo noble y del fruto de la sabiduría que sí es posible brindar cuando estamos preparados para el logro de lo humano. Y cuando el ser humano se comporta así, la Navidad que vive es perenne; pues, en cada día hay cabida para la convivencia armónica, según el siguiente pensamiento de autor anónimo recogido por Colombero (1994): “Tu silencio es suave, tu hablar oportuno (a propósito), tu oración secreta; la conciencia de lo que vales, muy real; tus modales son humildes; tu alegría, controlada; tu deseo, el de jugar amablemente con un niño”, o como un niño que inmediatamente entra en la armonía del encuentro lúdico y de la alianza afectivocorporal más refinada para ofrecernos la mejor de sí, su hospitalidad, su correspondencia y su acercamiento para el encuentro profundo, jovial, sincero. La Navidad, por lo tanto, al estilo del niño Jesús, que crece como ente humanodivino y en el contexto de la palabra y de la escucha de su Padre Celestial: el Dios-Hombre que habla y el ser humano común que, altivo, escucha esa palabra humano-divina desde un acto de meditación y de reflexión pensante y permanente para que nuestra capacidad de interiorización no esté ausente, y para que el silencio del alma no se deje apabullar por el ruido de lo vacuo que a veces resuena sin son ni ton. Solo un auténtico contacto de encuentro, de sentido y de presencia humana sensible y autocrítica le darán el valor que la palabra y la escucha se merecen en esta y en todas las navidades de la vida diaria.(O).
Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Dirección:Miguel Riofrío 162-35 entre Olmedo y Juan José Peña Teléf. (+5937) 2732003 - 2724895 Fax: 2724003 Cel.: 0992416701 - 0997262566 gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec
El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.
Fundado el 1 de Noviembre de 1979
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Nicole lleva la música en sus venas Para muchos lojanos, escuchar la frase “Loja cuna de artistas” o “en Loja el que no canta, toca guitarra”, se hace muy común. Escuchar hablar en cada esquina de grandes compositores y músicos que dejaron el nombre de esta provincia en alto, llena de orgullo a cada ciudadano lojano. Pero para Nicole Abad Romero, quien tiene 14 años de edad, esta responsabilidad va más allá, no solo por haber nacido en esta ciudad cultural y artística, sino por llevar la sangre de Segundo Cueva Celi, quien fue su bisabuelo. Ella posee una voz suave y dulce, afirma que desde muy pequeña ha sentido inclinación por la música, puesto que algunos de sus primos y más familiares saben tocar instrumentos y cantar. Pero la pasión de ella también se enfoca al baile y teatro, por ello perteneció a academias lojanas, donde pudo perfeccionarse.
Música
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Se vende computadoras semi-nuevas
Dir.: Azuay 13-31 entre Bernardo Valdivieso y Bolívar / Telf.: 0995230635 P/2932
“Desde muy pequeña cantaba por cantar, como distracción, pero cuando tuve ocho años, participé de un concurso de canto y lo gané, ahí entendí que quería dedicarme a la música”, menciona entusiasmada Nicole, quien recuerda que esa presentación fue en el Conservatorio Salvador Bustamante Celi, donde representó al establecimiento educativo donde se educa. Un par de años después, cuando ella tenía 10 años, formó parte de VillaMusic, gracias a una invitación realizada por Patricio Villarreal, principal de la empre-
• Nicole Abad Romero se ha presentado en la Feria de Loja y más escenarios similares.
sa; él la descubrió en una presentación artística organizada por la Academia de canto Segundo Cueva Celi, “en ese momento me llamó y me invitó a grabar con él y desde ahí comenzamos a trabajar juntos”, menciona la artista, quien sueña con llegar a grandes escenarios y que su voz sea reconocida. La primera vez que entró a un estudio de grabación fue a los 10 años, donde grabó “La Bikina”, en un proyecto denominado “Nace una Estrella Kids” con la misma casa disquera. Afirma que interpreta todo tipo de música, pero lo que en realidad le apasiona son las canciones románticas. El reguetón y géneros similares no le llaman la atención. La familia de Nicole le apoya en todo momento, siempre han estado con ella y le alientan a seguir superándose día tras día, siendo los primeros en aplaudir cuando se presenta en público, “a parte de mi familia, mis amigos han sido clave en este proceso, ellos siempre están ahí y me eligen en cada ocasión para que los represente”. Nicole dedica dos horas diarias a entrenar su voz, tiempo que coordina entre el estudio, deberes y más cursos. Uno de los proyectos más importantes que realizará junto a Villamusic es la grabación de un nuevo CD, sumado a shows artísticos,
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que tienen como objetivo darlos a conocer y así puedan ser contratados. A ello se suma la grabación de canciones inéditas, para ello Nicole junto a una prima trabajan arduamente, “solo tengo bocetos, si he
escrito, pero no hemos definido nada aún, no le he mostrado a nadie; solo son ideas, lo que en realidad nos falta es la musicalización, pero poco a poco la melodía va saliendo”, finaliza entre risas Nicole.(I) PBC
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Justicia
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La cuerda, fiel testigo de una fatal decisión Zamora Ch. Jack S. M. A, de 17 años de edad fue encontrado sin vida al interior de un bien inmueble, ubicado en la barrio Los Girasoles del cantón Palanda, la noche del domingo 22 de diciembre. Suceso A eso de las 22h40 el Ecu 911 alertó a los organismos de socorro de una persona sin vida por aparente suicidio. Los agentes de Criminalística y de la Unidad de Muertes Violentas de la Dinased al llegar al sitio constataron que el adolescente estaba guindado de una
cuerda amarrada a una viga en su dormitorio. Los uniformados recogieron los indicios necesarios y luego con la autorización del fiscal de turno realizaron el levantamiento del cadáver y posterior traslado al Centro Forense para la autopsia de ley. En las indagaciones se conoció que el joven desde algunos días estaba deprimido, aunque no sabían los motivos, sin embargo, un familiar la noche del domingo va a su cuarto al no escuchar ningún ruido y se topó con la fatal escena.(I). (FJC).
•• En su cuarto fue encontrado sin vida.
Daños tras choque de taxis Loja. En la intersección de las calles Catacocha y Olmedo, nuevamente dos taxis protagonizaron un aparatoso siniestro de tránsito que dejó daños materiales. Afortunadamente, no hubo personas heridas. Circunstancias El percance ocurrió aproximadamente a las 08h20 de este lunes 23 de diciembre. Según información de los agentes de tránsito, en el choque lateral perpendicular están involucrados dos taxis marca Kia. Al parecer, uno de los vehículos no se percató de la presencia del agente de tránsito, que en ese instante contralaba en
•• Taxis protagonizaron siniestro.
tráfico, invadió carril y se impactó con el otro automotor. El potente impacto dejó daños materiales. Los propietarios habrían llegado a un acuerdo para el arreglo de las afectaciones. Pedido Luis Alfredo Arévalo, habi-
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Audiencia por el femicidio de Rosa Saraguro. En el Juzgado Multicompetente del cantón Saraguro, este martes 24 de diciembre a las 12h00 de desarrollará la audiencia de formulación de cargos por el femicidio de Rosa A. P. Los familiares apelan a la Fiscalía de Saraguro, para defender con todo el rigor de la ley a la víctima y buscar desde el inicio la máxima pena el responsable de este crimen. A su vez, piden a las organizaciones sociales acompañar a los parientes y estar vigilantes del caso y exigir Justicia para Rosa. Hechos Rosa A. P, de 23 años de edad, fue encontrada sin vida la noche del 13 de octubre del 2019 al interior de la cabina de una radioemisora de Saraguro. Las primeras pericias señalaban un presunto suicidio, sin
•• Formulan cargos por la muerte de locutora.
embargo, las indagaciones apuntan a un femicidio. La joven fue hallada suspendida de la manija de cerradura de la puerta con una soga atada a su cuello. La Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased) de Loja investiga su muerte.(I).(FJC).
Lo encuentran flotando a un costado del río
tante del sector, mencionó que en esa intersección son constantes los siniestros por ello pide a las autoridades municipales colocar un semáforo con la finalidad de evitar más eventos que a futuro pueden llevar a desgracias.(I). (FJC).
Cuatro heridos tras vuelco de Vitara
•• Traslado del cadáver al carro de medicina legal.
Azuay. La madrugada de este lunes 23 de diciembre en la vía Cumbe-Loja, sector de Gañadel del cantón Oña, un vehículo tipo Vitara color concho de vino con placas de la provincia del Pichincha (P) terminó virado en el carretero.
Zamora Ch. En las aguas del río Zamora, sector El Pincho, cantón Yantzaza recuperaron el cuerpo sin vida del Darwin Lalangui, de 42 años de edad, quien fue reportado como desaparecido el pasado miércoles 18 de diciembre de 2019, en el sector La Saquea.
Desconocen las causas del siniestro, pero presumen que el automotor, el cual se dirigía a la ciudad de Loja, iba a exceso de velocidad y el conductor, al maniobrar, perdió el control y se accidentó.
Hallazgo Dos hermanos que estaban a bordo de una canoa a motor se llevaron el susto de sus vidas al observar el cuerpo de una persona estado de descomposición flotando en en el río Zamo-
•• Vehículo involucrado en el percance.
Producto del vuelco 4 personas que se trasladaban resultaron con laceraciones y fueron asistidas por
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paramédicos del Instituto de Seguridad Social del Azuay y Bomberos de Cuenca.(I).(FJC).
ra. De inmediato alertaron de la novedad a los servidores policiales, quienes se encontraban en la búsqueda de una persona desaparecida y que habría caído al afluente. Al sitio llegó un familiar de Darwin Lalangui, quien reconoció al cadáver e indicó que era su hermano desaparecido. El difunto al parecer padecía de epilepsia. Las unidades especializadas de la Policía Nacional realizaron el levantamiento del cadáver, luego lo trasladaron la Centro Forense para la autopsia de ley.(I).(FJC).
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Sucesos
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Colgado
del cuello
Zamora Ch. Jack S. M. A, de 17 años de edad fue encontrado sin vida al interior de un bien inmueble, en la barrio Los Girasoles del cantón Palanda, la noche del domingo 22 de diciembre.
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COMBOS NAVIDEÑOS COMBO 1
COCINAS MABE Regalo un macetero o un juego de ollas o un juego de vajillas o (un cilindro más 20 dólares)
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Audiencia por femicidio de Rosa
COMBO 3 REFRIGERADORA ELECTROLUX MODELO DF36 Regalo una licuadora Oster llévala hasta 12 meses sin intereses crédito directo o con tu tarjeta de crédito preferida
Tarjeta Alia a 18 meses sin interés
COMBO 2
COLCHONES CHAIDE Y CHAIDE Descuento hasta el 20% regalo almohadas llévalo hasta 12 meses sin intereses crédito directo o con tu tarjeta de crédito preferida
COMBO 4
Refrigeradora 13 pies más cocina Ecoline 5 quemadores más regalo una sanduchera o macetero liso $815.00 contado efectivo
COMBO 5
COCINA GLOBAL Floreana más cilindro regalo sanduchera 2 panes Umco (9568) valor $279.00 contado efectivo
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Dir.: Gran Colombia a pocos pasos de la Puerta de Entrada a la Ciudad / Telf.: 2720356-2720355 P/4066
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29 años por violación a su sobrina Milton C. C. fue sentenciado el 20 de octubre 2019, por el delito de violación perpetrado en contra de su sobrina, desde que ella tenía 9 años. Los hechos ocurrieron en el sector de Huagrahuasi, San José de Poalo, en Píllaro, y la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua ratificó su condena de 29 años y 4 meses de privación de libertad. Los elementos expuestos por la defensa técnica del procesado quedaron sin refuerzo, una vez que el fiscal de Píllaro, Lenin Haro, refirió que en la audiencia de juzgamiento se presentaron pruebas documentales, periciales y testimoniales, entre estos, los testimonios anticipado de la víctima y de su madre, el informe psicológico y el de recono-
cimiento del lugar de los hechos; el examen ginecológico, el examen médicolegal, el informe pericial del entorno social y la ecografía que demostró que la menor tenía un embarazo de veintiún semanas. Los hechos En abril de 2018, la víctima presentaba dolores fuertes en su estómago, por lo que la llevaron al médico, quien
sugirió practicar otros exámenes, que determinaron que tenía 21 semanas de embarazo. En ese momento, la menor decidió contar que el progenitor del bebé era su tío, quien la violaba desde los 9 años. Según el examen ginecológico, la última ocasión en que se perpetró el delito fue en diciembre de 2017.(I)
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