Viernes 26 de noviembre de 2020 Edición Nro. 10922

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Loja-Ecuador www.cronica.com.ec diariocronica @cronicaloja 0997262566 VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

Edición Nº 10922

Alianza PAIS, entre el

oficialismo y la oposición Noelia Fernández, reina de Chaguarpamba (Pág. 4)

Actividades por Navidad y Fin de Año estarán suspendidas

(Pág. 4)

(Pág. 23)

(Pág. 10)

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a censura a la ministra María Paula Romo confirmó la ruptura dentro de lo que queda del movimiento oficialista que, en el contexto de las elecciones 2021, trata de desmarcarse del Gobierno, pero solo en parte. Alianza PAIS llegó en 2017 a la actual Asamblea como la bancada más fuerte, con 74 curules. Pero cerca de llegar a los cuatro años, de ese bloque legislativo solo quedan las cenizas.

Multitudes despiden a Maradona, máximo ídolo en Argentina Al descubierto organización dedicada a la asociación ilícita (Pág. 24)

(Pág. 12)

Preservarán archivos “La Agustina” del Bernardo Valdivieso (Pág. 5)


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En Loja “No se han registrado vulneración de derechos en clases virtuales” En el país se han registrado 4 casos de vulneración de derechos de los niños en las clases virtuales, en Loja no se ha dado ninguno. Además, el regreso a clases en las zonas urbanas aún no está programado. Circunstancias Andrés Chiriboga, viceministro de gestión educativa del Ministro, en su visita a Loja, expresó que la emergencia sanitaria ha trastocado el servicio educativo, pero el trabajo encomiable de los docentes, particularmente en el sector rural hizo que las comunidades estén unidas y se integren padres, representantes legales, docentes, directivos y sobre todo los estudiantes. En ese sentido, la pandemia de la COVID-19 provocó que la enseñanza en casi el 99% sean de manera virtual, ante ello, de-

sarrollaron protocolos de seguridad para las clases. Los docentes saben que la clase virtual es una extensión de los espacios físicos y consecuentemente tienen que aplicar protocolos que precautelen los derechos de los niños, niñas y adolescentes. En el caso de que exista vulneración tiene que dar conocimiento al Ministerio, para que se tome cartas en el asunto y se realice las investigaciones necesarias y en ese mismo instante contener emocionalmente la situación de los menores. En la provincia de Loja no se han presentado casos, pero a nivel del país tuvieron cuatro casos, pero no significativos, es decir, que no llegaron a vulnerar los derechos. Regreso a clases Chiriboga mencionó que

•• Andrés Chiriboga, viceministro del Ministro de Educación.

el regreso a clases va a ser progresivo, paulatino y absolutamente voluntario. “Nosotros estamos privilegiando a las instituciones en el sector rural manejadas por el Estado y las privadas siempre y cuando soliciten al Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional”. En el caso de las rurales es importante porque los

padres son quienes lo solicitan y afortunadamente en las escuelas donde se está impartiendo clases hasta el momento no se han presentado casos de contagio, los protocolos se han aplicado bien. Agregó que el regreso a clase en lo rural se debe a la facilidad de contener el contagio, porque son espacios más reducidos, los pobladores no tienen una movilidad mayor y los padres en su mayoría trabajan en el sector. Adicionalmente, el proceso de enseñanzaaprendizaje en la presencialidad en el caso de niños y niñas pequeños, ciertas habilidades aprenden estando frente al docente. En cuanto a las unidades educativas que están ubicadas en el casco céntrico de las ciudades todavía el Ministerio no se ha planteado el regreso a clases,

por lo tanto, el plan piloto está concentrado en la parte rural para poder sacar las mejores prácticas y aplicarlos en la parte urbana cuando las condiciones de la emergencia sanitaria lo permitan. Ausentismo La pandemia y la falta de dispositivos móviles en varios casos hizo que estudiantes abandonen las clases, en este caso Chiriboga dijo que continúan con el levantamiento en la información y están en la fase de contactar a esas personas (no hay cifras de cuántos en Loja), sin embargo, en el caso de no poder hacerlo, los buscarán de manera personal y conocerán las razones de su ausencia. “En muchos casos el ausentismo está relacionado con la falta de conectividad”.(I). (FJC).

Candidatos esperan estar en firme en los próximos días Los dos movimientos políticos Justicia Social y Podemos tras ser calificados por la Junta Provincial Electoral de Loja (JPR-L) deben esperar tres días para quedar en firme o

ser objeto de alguna objeción por alguna organización. Circunstancias Freddy Bravo, candidato principal a asambleísta por

•• Las últimas dos organizaciones que fueron calificadas.

el Movimiento Podemos, lista 33, expresó que recibieron la notificación con absoluta serenidad y tranquilidad, “ya que hicimos los documentos al pie de la letra tal como lo establece la norma para evitar estar en sobresaltos, es decir, no tener algún tipo de inconvenientes durante el proceso”. La Asamblea Nacional fue convertida en un escenario para temas personales, conseguir puestos, cargos, manejar la política y más, pero en lo fundamental y perdurable cero y no apoyaron al presidente de la República para dar al país mejores días. “Nosotros proponemos a los lojanos otra opción para ser representados y los planes de

trabajo van enmarcados en el desarrollo de la región sur”. Por otro lado, el candidato principal por el Movimiento Justicia Social, José Javier Guerrero, indicó que recibieron la notificación de la JPE con satisfacción y gozo, ya que se dio pasó al sentir

de todos los militantes de la organización y es poder participar en las elecciones. Actualmente siguen trabajando para hacer conocer sus planes y propuestas de trabajo ante la ciudadanía lojana y puedan tener el respaldo de la misma.(I).(FJC).

LISTAS A LA ESPERA QUE PASEN LOS TRES DÍAS Movimiento Justicia Social Principal Suplente José Javier Guerrero Talía del Cisne Becerra Evelyne Tatiana Rojas Jaime Rodrigo Delgado Carlos Javier Gines Karina Cecibel Abad1 Marcia Elizabeth Márquez Segundo Wilfrido Remache Movimiento Podemos Principal Suplente Freddy Bravo Adrián Vivanco Lourdes Masache Vladimir Parra Gonzalo Álvarez Paola Paccha María Dolores Granda Bertha Tamay León


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Noelia Fernández es la nueva reina de Chaguarpamba

El cantón Chaguarpamba se apresta a celebrar 35 años de vida política. Debido a la pandemia desarrollarán pequeños actos presenciales desde el 28 de noviembre al 4 de diciembre, los cuales contarán con todas las medidas de bioseguridad. Los actos también se trasmitirán por las redes sociales.

Fiestas Las festividades por los 35 años de cantonización de Chaguarpamba empiezan este sábado 28 de noviembre con el ciclopaseo “Pedaleando por la salud y seguridad” desde el límite cantonal con Olmedo hasta la ciudad de Chaguarpamba. El alcalde, Darwin Díaz Campoverde, expresó que el miércoles 2 de diciembre, a las 20h00 realizarán la coronación de la Reina del cantón en la Unidad Educativa La Dolorosa, en esta

•• Chaguarpamba cumplirá 35 años de vida política.

ocasión Noelia Fernández, actual virreina 2019-2020, asumirá el rol de nueva soberana de Chaguarpamba para el próximo período; el jueves 3, en el mercado Municipal se desarrollará la expoferia gastronómica y artesanal, posterior la misa de acción de gracias y pasadas las 20h00 habrá una noche de luces. Vía El día principal, el viernes 4,

a las 09h00 se efectuará la Sesión Solemne en la Unidad Educativa La Dolorosa, allí tendrán la presencia de autoridades provinciales y locales; y a las 15h00 realizarán la inauguración de la vía Panamericana-Buenavista en la parroquia Buenavista. La vía tiene una longitud de 8 kilómetros. Situación Díaz Campoverde mencionó que el cantón tiene

múltiples necesidades, por ejemplo, el asfaltado de las vías. Por ende, tiene un convenio con la Prefectura para trabajar en la vialidad en el próximo año: carretera hacia Nisquillana, así como también a Pueblo NuevoSanta Rufina. Los estudios ya están hechos. Además, necesitan el alcantarillado en la Y del Guineo, Yuro Yuro, entre otros. “Nosotros recibíamos mensualmente USD 208.000, pero actualmente nos transfirieron un estimado de USD 166.000, lo cual afecta en la ejecución de obras, porque no se contaba con esos recortes, pero la gestión ha sido un punto importante. Sin embargo, la irresponsabilidad de administraciones anteriores dejó un gasto corriente alto, lo cual provoca que los recursos un buen porcentaje se vaya en el pago de los empleados y trabajadores”, dijo.(I).(FJC).

•• Noelia Fernández, reina de Chaguarpamba

Dato •

Los eventos serán transmitidos por la red social oficial GAD Municipal Chaguarpamba y la Radio Chaguarpamba 104.1 FM.

Actividades por Navidad y Fin de Año estarán suspendidas El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal de Loja el próximo miércoles emitirá una normativa donde se prevé la suspensión de actividades festivas por fin de año. El único lugar para el expendio de productos navideños y fin de año será el Complejo Ferial. Situación Antes de la pandemia, por estas fechas era habitual observar a varios artesanos como Samuel Coello elaborar los famosos monigotes en figuras de las -series animadas o los actores políticos-, sin embargo, en la actualidad él no ha llegado al sector Las Pitas, lugar donde por años confeccionaba. Desde la calle solo se observa los indicios de lo que años atrás confeccionó y le salieron mal o no se le vendieron. A decir, del propietario del bien inmueble (lugar donde arrienda),

•• Monigotes y artículos navideños con baja demanda.

hasta la fecha el ciudadano no ha llegado al lugar y eso es algo extraño, porque es un sitio estratégico para la venta y la exhibición. Él durante los últimos 5 años llegaba desde el 20 de noviembre porque tenía que buscar los materiales, solo espera que lo haga en los próximos días.

Por su parte, Ximena Vicente, comerciante de arreglos, mencionó que este año las ventas navideñas serán austeras en comparación con los anteriores. Es decir, la ciudadanía no tiene recursos para efectuar gastos en esta fecha, a ello se suma que posiblemente las autoridades, al igual que

en otras provincias, limiten los actos o simplemente no los desarrollen. En ese sentido, por esta ocasión se ha reducido la venta de artículos navideños en más de un 40% y solo espera que el próximo año sea mejor. “Por ejemplo, venderé monigotes pequeños, se los exhibirá con

el debido distanciamiento para que la ciudadanía al observarlos no se aglomere”, dijo. Según Efraín Muñoz, coordinador general del Municipio de Loja, señaló que, aunque todavía no está establecido en una normativa, el COE Cantonal ha indicado que todas las actividades que provoquen aglomeración, por navidad y fin de año quedan suspendidas, por lo que aspiran la comprensión de la ciudadanía. “Lo que sí se ha generado esfuerzos, es que dentro de un escenario que cumpla con las normas y el aforo, se puedan expender los productos de Navidad y Fin de Año al interior del Complejo Ferial, más no en otro lugar”, dijo. El miércoles 2 de diciembre en la reunión del COE establecerán las normas sobre el desarrollo de esta actividad.(I).(FJC).


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Firma de convenio interinstitucional para la Colección “La Agustina” El 25 de noviembre se llevó a cabo la firma de convenio interinstitucional entre el Gobierno Autónomo Descentralizado de Loja, Instituto de Patrimonio Cultural y la Coordinación Nacional Zonal 7 de Educación, para la conservación de los bienes culturales de la colección “La Agustina”, propiedad de la Unidad Educativa del Milenio “Bernardo Valdivieso”. En el evento estuvieron presentes el alcalde, Jorge Bailón; la gobernadora, Lorena Costa; Angélica Arias Benavidez, ministra de Cultura y Patrimonio; Andrés Chiriboga, viceministro de Gestión Educativa; Joaquín Moscoso, director Ejecutivo del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC); y autoridades delegadas de diferentes instituciones, las cuales se dieron cita en el evento. Se destacó la importancia de preservar las obras de la colección “La Agustina” la cual está conformada de 348 documentos patrimoniales, intelectuales, material gráfico, social e

histórico, cuya datación corresponde desde 1546 hasta 1870, y principian desde el siglo XVI, XVII y XVIII que

•• Firma del convenio “La Agustina”

tratan distintos temas eclesiásticos: Diccionarios, Enciclopedias, Teología Moral, Biblias, Comentarios eclesiásticos y más. Obteniendo así un valor histórico para la ciudadanía y provincia de Loja, convirtiéndose en evidencias bibliográficas y documentales con gran relevancia. Angélica Arias expresó que esta colección es de gran importancia mantenerla bajo cuidado, ya que la misma podría servir para futuras investigaciones, tanto en el ámbito cultural como educativo. Por otra parte, Jorge Bailón en su intervención mencionó que, es un gran reto tan-

to para el archivo histórico como para el Municipio custodiar estas piezas literarias que se han preservado por años, y expresó que harán todo lo que esté al alcance de sus manos, mientras dure su mandato, para que la ciudadanía conozca un poco más sobre la colección “La Agustina” y de esa forma resguardar la cultura que mantendrá vivo el legado de nuestra ciudad. La Gobernadora manifestó que, luego de un proceso interinstitucional, este fondo patrimonial será custodiado por el Archivo Histórico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal

de Loja lo cual garantizará su conservación, protección e investigación, para de esa forma proteger la cultura que tanto nos representa. Es un hecho importante y una gran responsabilidad preservar estas obras literarias religiosas, que le darán una identidad única a nuestra ciudad denominada la “Castellana del Ecuador”, por sus grandes autores literarios y su esencia cultural, que nos caracteriza a nivel nacional y nos encaja en una intelectualidad, que todo lojano lleva por dentro. El evento se realizó en el Salón de los Alcaldes del Municipio de Loja.(I). (DGL).

Dato •

•• Principales autoridades participantes del evento.

La mayoría estos textos están escritos en latín y fueron la base conceptual de la educación que el legado de Bernardo Valdivieso dejó a la ciudad de Loja a través de la donación de las bibliotecas personales de los clérigos Fausto de la Cueva, Francisco Rodríguez y Miguel de Valdivieso. Los libros de “La Agustina” están íntimamente vinculados a lo que fue la presencia de los jesuitas y la congregación de la Compañía en esta ciudad y su didáctica educativa con los padres Manuel de Mariaca, Vicente Rojas y Pedro de Valdivieso.


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Prevenir enfermedades mentales es crucial en la pospandemia

El cambio vertiginoso que provocó la pandemia del Covid-19 en nuestras vidas, incrementó el número de personas con problemas de salud mental. Las medidas de confinamiento, la muerte de familiares, la pérdida de empleos y la difícil situación económica han aumentado considerablemente padecimientos como depresión, ansiedad, obsesiones e incluso suicidios, en individuos de todas las edades. En Ecuador, durante la crisis sanitaria – de marzo a septiembre de 2020- el Ministerio de Salud Pública ha recibido más de 137 mil llamadas de personas con diferentes tipos de problemas mentales. Los efectos psicológicos, sociales y neurocientíficos del Covid-19 están siendo explorados en las diferentes partes del mundo, para analizar cómo actuar en la pospandemia. Aranzazu Cisneros, coordinadora de la maestría en Psicología Clínica, mención Psicología de la Salud de la UTPL, indica que es primordial contar con profesionales que adquieran competencias y den tratamiento a problemas de salud mental, con estrategias de intervención que den mejores resultados y que se enfoquen

•• Aranzazu Cisneros, coordinadora de la maestría en Psicología Clínica, mención Psicología de la Salud de la UTPL

también en la prevención, para cubrir las necesidades de atención que tiene la población. Ámbitos de acción La experta señala que los profesionales que cursan esta maestría adquieren conocimientos para realizar intervención a individuos que presentes problemas de salud mental a través de psicoterapia.

Además, trabajar en la promoción y prevención de salud mental para evitar el índice de personas que padecen depresión y disminuir el índice de suicidios. La sociedad requiere de profesionales que planifiquen estrategias de intervención basadas en evidencia científica para dar un soporte real a la población y brindar a la ciudadanía herramientas de solución de conflictos sin caer en problemas de salud mental. Además, de ayudar a identificar los casos que requieren ayuda para brindar atención oportuna y garantizar una mejor calidad de vida y bienestar. La UTPL cuenta con laboratorios de psicología vanguardistas que permiten realizar prácticas en ambientes simulados y realizar análisis de casos en un contexto real, donde se vigila la aplicación de distintas técnicas de intervención psicológica para garantizar un aprendizaje adecuado. El campo laboral de los graduados de esta carrera es en el sistema de salud público y privado, en centros de atención ciudadana, consultoría privada, fundaciones, organizaciones, establecimientos educativos y más, que busquen dar atención a niños jóvenes y adultos con problemas de salud mental.

Dato •

• •

A este programa de maestría pueden acceder profesionales con títulos de tercer nivel en psicología general y psicólogos clínicos. La duración del programa es de un año y medio en modalidad presencial. Las inscripciones estarán abiertas hasta el 12 de enero de 2021. Conoce más en: inscripciones.utpl. edu.ec/maestria/clínica


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Farita la influencer ecuatoriana que motiva en las redes Su nombre completo, Farita Galván Vivanco, es una influencer de origen ecuatoriano, nacida en la provincia de Loja, radicada actualmente, en la que para ella es su segunda tierra, la ciudad de Zamora. Estudió Ingeniería Comercial, pero por vocación ha hecho de la motivación un estilo de vida que le ha permitido llegar al corazón de sus millones de seguidores con el único propósito de transmitirles fe, esperanza, optimismo y alegría, en un mundo difícil donde el odio es un arma y la paz se convierte en un sueño. Para Farita cada reflexión tiene un origen y una misión que están prolijamente armonizadas, entre la ilustración minuciosa de los contenidos de grandes autores, adaptados a sus propias experiencias y a las que día a día relatan los seguidores de sus plataformas virtuales. Esas historias de la vida real han contribuido a mejorar el diario vivir de miles de seres humanos en el mundo e incluso llegando a salvar muchas vidas. Su religión es Dios, ayudar al prójimo, a la familia, es fomentar el amor, hacer el bien, impulsar y contribuir, a través de sus profundas reflexiones y expresiones motivadoras, con quienes necesitan luchar íntimamente contra sus miedos, frustraciones, sufrimientos y fracasos. Esta amante del café, lectora empedernida, gusta de la música, del bai-

le, la compañía de sus seres queridos y del contacto con la naturaleza. Se define como una mujer muy sensible, solidaria, humilde y carismática, lo que le ha permitido tener una gran afinidad con la gente. Es por eso que desde hace un año a través de la empresa internacional ecuatoriana ECUAMEDIOS, quienes le aportan con un equipo técnico compuesto por: directores, editores, camarógrafos y asesores de imagen, creó su propio canal de Youtube y su fan page de Facebook, contribuyendo con positivismo con quienes necesitan de una palabra de aliento en momentos de desesperanza y desasosiego, lo que ha convertido a sus plataformas virtuales en un espacio de ayuda y estimulación para quienes buscan apoyo moral y reflexión en las redes sociales, Farita Galván es un ejem-

plo de autoestima y amor propio, es la voz de las mujeres maltratadas, sumisas y desamparadas, es la lucha por la igualdad y equidad social, es la fuerza y empuje de los que no encuentran salida, es una mujer de valores, simple, alegre, descomplicada, sin complejos, ni prejuicios, que con humildad, lealtad y gratitud a sus seguidores, sigue rompiendo esquemas en las redes sociales, en donde ya alcanzó más de 4 millones de seguidores en Facebook, con un gran crecimiento en Youtube e Instagram. Alcanzando records de visitas en sus videos, donde sobrepasan los 100 millones de reproducciones en el mundo, por lo que se proyecta como la influencer ecuatoriana más conocida fuera de nuestras fronteras y con mayor crecimiento en las redes sociales a nivel mundial.(I)

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Con foro se conmemora el Día contra la Violencia de Género en Loja

Con la finalidad de conmemorar el Día Internacional contra la Violencia de Género, la Delegación Provincial Electoral y la Junta Provincial Electoral de Loja se encuentran organizando el foro “Mujer y Democracia, Erradicación de la Violencia Elecciones Generales 2021” a desarrollarse este viernes 27 de noviembre, a las 09h30, en el Salón de la Democracia Matilde Hidalgo. En la jornada se tratarán temáticas como Contexto Histórico de la Participación Política de las Mujeres en el Ecuador, Actuales Reformas al Código de la Democracia y sus aspectos relevantes, Derechos de Participación de la Mujer en la Políticas y Órganos y Organismo de Gestión Electoral.

Gloria Enith Ochoa, vocal de la Junta Provincial Electoral de Loja, mencionó que con invitación previa se confirmó la participación de cada una de las representantes de las 18 organizaciones políticas que participarán en las próximas elecciones. Además, resaltó que el objetivo es conocer la participación de la mujer en este proceso electoral y su accionar en defensa de los derechos políticos en la Constitución y el Código de la Democracia. “Nuestro accionar es acercarnos a la ciudadanía con espacios de reflexión y conversatorios”, añadió. La ciudadanía puede sumarse al foro a través de la transmisión en vivo por la plataforma digital de Facebook de la Delegación Provincial Electoral de Loja (@CNELojaEc). (I).

Yawarkanchik. Ellos desarrollarán coreografías de movimiento corporal generalmente con música, como forma de expresión y de interacción social con fines de entretenimiento, artísticos y religiosos.

Reinaldo Soto, miembro de la Comisión de Cultura de la UNL y responsable del área de danza agradeció a los grupos latinoamericanos por su participación en esta fiesta en homenaje por los 161 de la UNL. (I).

Grupos internacionales de danza rendirán homenaje a la UNL por su fundación 13 grupos internacionales de danza se presentarán virtualmente el viernes 27 de noviembre en el Encuentro Internacional de Danza, como parte de la agenda de la semana cultural “Semanart”. En el marco de la celebración por los 161 años de

fundación de la Universidad Nacional de Loja (UNL), la Comisión de Cultura, desarrollará el Encuentro Internacional de Danza, a través de las plataformas Facebook y Youtube, desde las 20h00. “Semanart” se destaca por presentarle al país una semana de fiesta de arte y cul-

tura, en la que intelectuales, creadores y artistas de diferentes regiones rinden pleitesía a la alma mater. En el encuentro de danza, participarán grupos del Perú, México, Cuba y Ecuador. Entre ellos, Sullana Kallpa Tusuy, Aymara, Drum Dance, Aypate, Almácigo y


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Proyecto avícola a través de incubación artificial beneficia a cuatro parroquias

Las parroquias El Cisne, Chuquiribamba, Jimbilla y Santiago se benefician del proyecto de incubación artificial de gallinas, que promueve el Municipio de Loja con el fin de fortalecer el tema avícola y la economía de los productores. En las cuatro parroquias se impulsa esta actividad desde hace algunos meses, las incubadoras tienen una capacidad para 600 huevos, teniendo un porcentaje de nacimiento de 500 pollos. “Esto permite mantener sobre el límite la producción y

así la gente no pierde, convirtiendo este programa en una manera diferente de conseguir el sustento para sus familias”, señala Guido Ortiz, técnico de Gestión Económica y responsable de proyecto. En la actualidad se hace intercambio de experiencias de los productores de las cuatro parroquias con el emprendimiento de incubación que existe en San Pedro de Vilcabamba de la señora Fanny León, que con su amplia experiencia fortalece el conocimiento de quienes empiezan en este proceso.(I).

La parroquia San José tendrá un nuevo puente

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Nadadores viajaron a Guayaquil Previo a la participación en el Campeonato Nacional Absoluto “Carlos Luis Gilbert” a desarrollarse del 1 al 5 de diciembre en Guayaquil, los nadadores lojanos Ma. Daniela Contreras, Ma. Sol Ruiz y Alejandro Samaniego, se desplazaron el miércoles hasta el puerto principal donde realizarán una base de entrenamiento, pensando en cumplir los objetivos planteados en esta competencia. Días anteriores, Daniel Contreras, entrenador de natación de FedeLoja, indicó que el punto clave de la participación será la obtención de las marcas por parte de Ruiz y Samaniego y llegar al Campeonato Sudamericano Absoluto a efectuarse en marzo de 2021 en Buenos Aires - Argentina, mientras que para Daniela, quien ya está clasifi-

cada a dicho torneo, servirá como preparación, puesto que el próximo martes 01 de diciembre viajará rumbo a Río de Janeiro para participar en el Campeonato Brasilero Absoluto Trofeo Brasil 2020, evento que se extiende hasta el jueves 07 de diciembre. Para el concentrado que se realiza desde ayer hasta el lunes 30 de noviembre, FedeLoja aportó la cantidad de USD 366 dólares

los cuales fueron distribuidos en pasajes, bonos deportivos y alimentación; mientras que para la competencia señalada, la entidad cubre todos los gastos respectivos por un monto de USD 404; asimismo, el aporte brindado a Daniela en su participación internacional es de USD 240 dólares incluido el bono internacional; llegando a la suma de estos rubros a USD 1010 dólares. (D)

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE NACIONAL E INTERNACIONAL DE CARGA PESADA Y COMBUSTIBLE CONSACOLA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CONSACOLA S.A. De conformidad con lo establecido en el Artículo 235, 236 de la Ley de Compañías; Artículo Veinte del Estatuto Social de la Compañía y el Art. 2 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de CompañÍas. Me permito CONVOCAR a las Señoras y Señores ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE NACIONAL E INTERNACIONAL DE CARGA PESADA Y COMBUSTIBLE CONSACOLA S.A. a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en la Ciudad de Loja, el día jueves 03 de diciembre del 2020 a las 14h00, en el domicilio de la Compañía ubicado en la Av. Pablo Palacio s/n Vía nueva a Cuenca (frente a la Gasolinera Unión Cariamanga); con la finalidad de conocer y resolver el siguiente Orden del Día. 1. Constatación de Quorum y Apertura de la Asamblea. 2. Conocer y Resolver sobre el cumplimiento de la resolución del proceso judicial No. 112032020-01699, presentado por el Sr. Edison Rolando Iñiguez en contra de la Compañía CONSACOLA S.A. 3. Clausura. Conforme con el Artículo 211 de la Ley de Compañias y el Artículo Once del Estatuto Social, los Accionistas que asistan a traves de un Representante, deberán acreditar tal representacion mediante una carta poder con el carácter de especial para cada reunión dirigido al Gerente de la Compañia; salvo que se trate de una representación legal o de que exista poder Notarial.

En la parroquia Urbana San José, la Municipaidad del cantón Catamayo inició los estudios topográficos para la construcción del puente de la quebrada La Lumbre,

ubicada contigua a la empresa LojaGas y el Cementerio General Parque de los Recuerdos. Esto mejorará la transitabilidad peatonal y vehicular de este sector.(I).

Se Convoca de manera especial e individual a los Señores Comisarios Sr. Ivan Reylova Ramón León, y Sr. Manuel Rene Jimenez Girón. Loja, 27 de noviembre del 2020 Sr. Segundo A. Poma Armijos PRESIDENTE DE CONSACOLA S.A. P/F4410

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Holcim, la empresa Líder Global en soluciones de construcción, es la primera del mundo en firmar un compromiso Net Zero Guayaquil. Holcim Latinoamérica se enorgullece en presentar su compromiso global de Net Zero, como parte de la “Ambición empresarial por 1.5 °C” del Pacto Global de las Naciones Unidas, convirtiéndose en la primera empresa cementera del mundo en establecer una hoja de ruta con metas cero emisiones para el año 2030. La iniciativa “Ambición empresarial por 1.5 °C” está basada en Science Based Targets (SBTi), objetivos basados​​ en la ciencia, y busca que las empresas que firmen dicho compromiso, alineen sus metas de sostenibilidad con lo que la ciencia del clima exhorta que es necesario para limitar el calentamiento global a niveles muy inferiores. Bajo esta hoja de ruta, la empresa trabajará en proyectos de reducción de emisiones de carbono, y además promoverá la construcción circular, aumentando el uso de materiales reciclados en sus productos y procesos; todo esto a la par del desarrollo e implementación de tecnologías avanzadas. Para el 2030, Holcim se ha trazado cumplir con las siguientes metas: • Reciclar 100 millones de toneladas de desechos y subproductos para obtener

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Con carretera asfaltada, pero sin línea de buses

Tacamoros solicita los servicios de la “Unión Cariamanga” César Correa

energía y materias primas. • Incrementar el uso de arcilla calcinada y desarrollar cementos con nuevos aglutinantes. • Duplicar los combustibles derivados de residuos en la producción, para llegar al 37%. • Alcanzar 475 kg de CO2 neto por tonelada de cemento. • Operar su primera planta de producción de cemento con cero emisiones de CO2. Para Jan Jenisch, CEO, Holcim tiene un papel clave que desempeñar para abordar la crisis climática actual. “En nuestro camino para convertirnos en una empresa Net Zero, no solo somos parte de la solución, también estamos comprometidos a apoyar a nuestros clientes en sus ambiciones de reducción de CO2. Ninguna empresa

puede abordar el desafío climático actual por sí sola, por eso nos asociamos para generar el impacto buscado”, expresó. Por su parte, Alberto Carrillo, representante de SBTi en CDP Alemania, manifestó: “En SBTi estamos encantados de que Holcim se haya unido al grupo de más de 290 empresas líderes que están comprometidas con un futuro de 1.5 °C. El liderazgo de Holcim demuestra que una economía cero emisiones está al alcance”. Oliver Osswald, Head LATAM Holcim, comentó: “Holcim Latinoamérica ya comenzó su camino Net Zero acelerando el uso de productos bajos en carbono y también carbono neutro, como ECOPact, un nuevo concreto verde, ya lanzado en Europa, Estados Unidos y ahora también en Latinoamérica”.(P).

Música

Tacamoros, parroquia de Sozoranga, celebró 74 años de vida parroquial, simplemente con una sesión solemne, debido a las restricciones sanitarias, económicas y de vialidad. En lo económico Tacamoros sufre como todas las demás parroquias rurales del Ecuador por el recorte de las asignaciones fiscales, al aplicar la teoría neoliberal de que lo mejor para los pueblos es reducir al máximo la inversión pública, para que cada localidad se desenvuelva con sus propios recursos. En lo referente al transporte Tacamoros, a pesar de contar con una vía nueva completamente asfaltada, está sufriendo por la carencia de un turno diario de buses para los viajes de pasajeros entre la parroquia y la ciudad de Loja, lo que fue denunciado públicamente hace unas 3 semanas, sin que se haya obtenido respuesta alguna, lo que empañó más la celebración del nuevo aniversario de parroquialización. La Cooperativa de Transportes “Unión Cariamanga”, por medio de su gerente, ha manifestado que con todo gusto cumplirían una frecuencia que saldría de Tacamoros a Loja a las 06h30, tal como lo anhela la población. Cabe indicar que existía autorización legal para que la salida desde Tacamoros se hiciera

a las 04h00, pero para los usuarios esa hora les resultaba demasiado incómoda, no concurrían a abordar el bus y la unidad asignada para el viaje partía vacía. Hay dos empresas locales de “chivas” que tienen autorización legal para transportar pasajeros desde los barrios de Tacamoros a Cariamanga, cuyos propietarios se oponen a que se le asigne a la “Unión Cariamanga” el turno de las 06h30. Esa pretensión es desmesurada e inaceptable, que atenta contra los derechos de los ciudadanos a gozar de un servicio público de mejores condiciones. Las autoridades no deben dar prioridad a las “chivas” frente a los buses, por lo tanto, es su obligación intervenir de inmediato y dar una respuesta satisfactoria a los tacamorenses, que tienen plena conciencia de que todo depende de la gobernadora y del director provincial de la ANT. (O)

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R E M ATO

En la Plaza de San Sebastián, ayer, la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre celebró el Bicentenario de Loja amenizado con la orquesta Mi Son Band. (I).

• Mobiliario completo de casa. • Sala tapiz blanco, 9 piezas • Comedor importado, 8 sillas, con 2 vitrinas llenas de cristales. • Mueble electróla, importado, con más de 100 discos de música antigua. • Dormitorio tapiz terciopelo, color púrpura, con 2 sillones grandes, pié de cama, taburete, y dos mesas de noche, ( 7 piezas) • Máquina de coser eléctrica, de pié, con muebles. • Parrilla asador, semi-industrial con 9 piezas. • 1 Equipo de música antiguo, con parlantes. Todo impecable...Y mucho más.

INFORMES 0991736491 P/F4382


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Alianza PAIS, entre el oficialismo y la oposición La censura a la ministra María Paula Romo confirmó la ruptura dentro de lo que queda del movimiento oficialista que, en el contexto de las elecciones 2021, trata de desmarcarse del Gobierno, pero solo en parte. Alianza PAIS llegó en 2017 a la actual Asamblea como la bancada más fuerte, con 74 curules. Pero cerca de llegar a los cuatro años, de ese bloque legislativo solo quedan las cenizas. La votación por la censura a María Paula Romo como ministra de Gobierno es la última muestra de la crisis del oficialismo, o lo que queda de él. En la jornada del 24 de noviembre de 2020, se puso en evidencia que, dentro de Alianza PAIS como movimiento, existen al menos dos tendencias: Una que sigue del lado del presidente Lenín Moreno, y otra que se desmarca totalmente de él. Todo esto, en meses preelectorales, en los que ambos bandos coinciden en la búsqueda de votos.

Con esto, quedan atrás los días en los que el bloque de Alianza PAIS votaba de manera orgánica. Y a la fecha, es complicado decir cuántos legisladores realmente tiene el movimiento, pues cada vez se desgranan más.

Dos caras de una misma moneda Las posiciones de quienes quedan como militantes de Alianza PAIS no permiten ubicarlos en el oficialismo, o fuera de él. Para muestra, están las declaraciones y actuaciones de su candidata presidencial, Ximena Peña, y su cabeza de lista nacional de asambleístas, César Litardo. Peña es crítica con el Gobierno. Públicamente ha dicho que no es la candidata “oficialista”, y ha criticado a Moreno por seguir al frente de Alianza PAIS a pesar de que no le interesa el movimiento. El asambleísta y exministro José Serrano está en esta misma línea. Durante el juicio político a Romo, criticó su actuación y la cuestionó

Seis detenidos por asesinato de minero y 2 hijos en Machala

La Fiscalía junto con agentes de la Unidad de Muertes Violentas realizó varios operativos en Machala y Guayaquil. En total, en ambas ciudades se detuvo a seis personas que habrían participado en el asesinato de un empresario minero y sus dos hijos hecho ocurrido el sábado pasado en Machala. También, se retuvieron tres vehículos y las prendas de vestir que los atacantes tenían puestas el día del crimen. Entre los detenidos hay un policía y se conoce que habrían participado

bandas delictivas de Esmeraldas, Guayas y El Oro. El trágico hecho ocurrió el pasado sábado 21 de noviembre, en las calles Marcel Laniado y la 10ma Oeste, en el barrio 19 de noviembre. Los fallecidos fueron identificados como el empresario minero Darwin Machuca Herrera (45 años) y sus hijos Darwin Aníbal (28) y Héctor Fabián (20). Las víctimas se habrían estacionado en un taller de mecánica del barrio 19 de noviembre, donde fueron abordados por los hombres armados que descargaron varios disparos.(I)

por “usar falacias y engaños para ejercer su poder en lugar de cumplir con su deber”. Litardo, presidente de la Asamblea, en cambio es más cauto. Su voto estuvo a favor de Romo, y en los días anteriores a que el juicio llegue al Pleno ya hizo cuestionamientos a las causales y a las pruebas. Litardo no entra de lleno contra el Gobierno o, al menos, no de momento. Mientras tanto, se encuentra en recorridos por el país en los que promueve la imagen de la Asamblea. A esto se le suma que, desde el otro lado, Moreno no

gobierna con Alianza PAIS. Del movimiento solo hay un militante de frente en el gabinete: Rommel Salazar, quien dirige la Secretaría de Riesgos. Un desgrane poco a poco A Alianza PAIS le sobran, en papeles, 32 asambleístas. Desde 2017, fue perdiendo cada vez más legisladores, a partir de la ruptura entre Moreno y el expresidente Rafael Correa, a finales de 2017. En octubre de ese año, apenas meses después de la posesión de la nueva Asamblea, 19

legisladores abandonaron la bancada de PAIS y pasaron a conformar el bloque correísta llamado Revolución Ciudadana. El oficialismo entonces se quedó con 45 legisladores. Pero, estos fueron también abandonando el movimiento poco a poco. Figuras reconocidas como Elizabeth Cabezas, María José Carrión y la propia Ximena Peña hicieron público su malestar y su separación del bloque oficialista. Pero incluso de los 32 que les quedan, no se puede asegurar que todos sean militantes de PAIS. Karla Cadena y Kharla Chávez, por ejemplo, votan independientemente del bloque aunque en la Asamblea siguen constando como miembros del bloque oficialista. De hecho, 16 asambleístas de PAIS votaron a favor de la censura y destitución del Romo en su juicio político, incluidos Serrano, Esteban Albornoz, Fafo Gavilánez y Mariano Zambrano.(I) Primicias

7 encuestadoras inscritas para próximas elecciones La última en inscribirse fue la Universidad Técnica de Cotopaxi, tras examinar que las solicitudes cumplen con todos los requisitos legales y reglamentarios. Esta se suma a las demás personas jurídicas y naturales aprobadas por el Pleno: Ronald Gabriel Sarmiento Martínez, Centro de Estudios y Datos Cedatos Cía. Ltda., Outsourcing Jurídico Contable Cpasociados S.A., Eureknow S. A., Centroinvest Cía. Ltda. y Clima Social Estudios y Asesoramiento S.A. Los consejeros verificaron el cumplimiento de los requisitos de inscripción entre los que constan documentos que justifiquen que la empresa o persona

•• Sesión del Pleno del Consejo Nacional Electoral, el miércoles 25 de noviembre de 2020.

natural tienen experiencia en áreas de investigación social, mercadeo político, opinión pública o afines y el listado de profesionales que trabajarán con el personal de encuestadores, acompañado de la documentación que acredite su experiencia y formación académica en las áreas de investigación social, mercadeo u opinión pública, entre otros. Asimismo, el artículo 4 del Reglamento, señala que las empresas que deseen rea-

lizar esta actividad deberán presentar una solicitud de inscripción, hasta treinta (30) días plazo antes del día de la elección, en la Secretaría General del CNE y en las secretarías de las delegaciones provinciales. De igual forma la normativa, artículo 13, establece que los resultados de las encuestas y pronósticos electorales podrán ser publicados por los medios de comunicación hasta diez (10) días antes del día de los comicios.(I)


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El Ministerio de Gobierno ‘aterriza’ en manos policiales El que fuera viceministro del Interior de la exministra María Paula Romo, general Patricio Pazmiño, ocupa ahora el despacho principal del Ministerio de Gobierno.

El general inspector Patricio Pazmiño es el primer oficial retirado de la Policía Nacional en liderar el Ministerio de Gobierno. Es el cuarto funcionario designado para el puesto por el presidente Lenín Moreno, a seis meses de terminar su período. Sin embargo, no es el primer uniformado retirado en ocupar el cargo en este Gobierno. Cuando el Ministerio aún funcionaba como Interior, el oficial retirado de la Armada, César Navas estuvo dirigiendo el despacho durante los primeros 11 meses de gobierno. Legislativo y Ejecutivo, enfrentados por María Paula Romo. Después pasó por ahí Mauro Toscanini, empresario y académico, durante apenas cuatro meses. Y tras su renuncia el despacho lo ocupó María Paula Romo, quien llegó a convertirse en la principal operadora política del Gobierno.

Bajo la administración de Romo fue que el Ejecutivo transformó el Ministerio del Interior nuevamente en Ministerio de Gobierno, al fusionarlo con la Secretaría de Política. Es así que sus funciones volvieron a ser la gobernabilidad y la seguridad ciudadana. Sin embargo, tras 26 meses de gestión, con un paro nacional, la agudización de la crisis migratoria, el incremento de la inseguridad y recientemente la pandemia y sus consecuencias, Romo cayó del poder en el cuarto juicio político que le plantearon en la Asamblea Nacional. La ministra María Paula Romo envió un mensaje a la Asamblea Nacional, el 25 de octubre de 2020, por su juicio político.

Una rápida decisión Ejecutiva El presidente Moreno no quiso encargar el despacho de la política, como ha hecho con los demás ministerios. Por ejemplo, Ambiente y Cultura llevan encargados cinco y dos meses, respectivamente. Por lo que apenas el Legislativo aprobó la censura y destitución de su “valiosa, valiente y

comprometida” ministra, el Mandatario le agradeció en cadena nacional y anunció su reemplazo: el general Pazmiño Castillo. El oficial en servicio pasivo tiene una larga trayectoria en la rama de antinarcóticos, que lo llevó a ser el director nacional en la materia. También fue director nacional de la Policía Judicial, comandante de la Zona 8 de Quito, director general de Operaciones, Jefe de Estado Mayor y Comandante General de la Policía. En su trayectoria policial, Pazmiño incluso fue condecorado con la ‘Gran Cruz del Orden y Seguridad Nacional’ por el mérito profesional, en 2014, por el entonces ministro del Interior, José Serrano. El mismo Pazmiño tampoco demoró en replicar a la designación. 80 minutos después del anuncio de su nuevo cargo, el funcionario anunció en su cuenta de Twitter que continuará con el fortalecimiento de la Policía Nacional y que trabajará por la seguridad y la paz. El comandante general de la Policía, Patricio Carrillo, también mostró su satisfacción con el nombramiento, al que calificó de histórico

por darle una naturaleza policial a la entidad civil. Según el presidente Moreno, Pazmiño ha estado cerca de las decisiones importantes que se han tomado. Y ratificó que su tarea se enfocará en los temas de seguridad, “que tanto preocupan a todos y que lamentablemente se verán agravados por la crisis social y económica”. Sin embargo, esta ya era su tarea como viceministro del Interior o de Seguridad, cargo que ocupó desde el 19 de febrero de 2019 y en el cual ofreció fortalecer la seguridad ciudadana.

¿Y la política dentro del Ministerio de Gobierno? Además del cambio radical en el despacho del Ministerio, el viceministro de Gobernabilidad, Chrystian Cevallos, también es relativamente nuevo, ya que reemplazó a Felipe Abril, funcionario de confianza de Romo, hace seis semanas. Por lo que no queda claro cuál será el manejo político del Ministerio de Gobierno a partir de ahora. Y la tarea, que en manos de la exministra resultó compleja, todavía es necesaria para el

Ejecutivo.

El gobierno de Moreno tiene demasiados compromisos que cumplir. Especialmente si quiere pasar las reformas legales esperadas por el Fondo Monetario Internacional (FMI), en los seis meses que le restan de gestión. Y el más urgente es un proyecto anticorrupción este mismo año. Asimismo, los problemas que la administración de Romo tuvo que enfrentar siguen ahí: el descontento social, los conflictos sociales por problemas locales (como la minería), la inseguridad en la frontera norte, la regularización de venezolanos, los crecientes índices de delincuencia, la emergencia carcelaria, el bloqueo legislativo, la polémica estafa al Instituto de Seguridad Social de la Policía (Isspol), la corrupción generalizada. Y, aunque el presidente Moreno dijo que no dejarán de lado los temas de corrupción tras la salida de Romo, no hay señales de quién llevará la batuta en los temas que no se limitan a la seguridad ciudadana: si el mismo Pazmiño o alguien más.(I)Primicias.

CPCCS insta al Consejo de la Judicatura considere

“Declarar la nulidad parcial o total del concurso” para jueces de la Corte Nacional Luego de escuchar al director del Consejo de la Judicatura (CJ), Pedro Crespo, y a integrantes de la Veeduría Ciudadana del Concurso público de selección y designación de 16 jueces para la Corte Nacional de Justicia (CNJ), el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) resolvió, la noche del miércoles último, instar al CJ a que “considere declarar la nulidad parcial o total del concurso”. Al momento los 95 postulantes que siguen en carrera se encuentran en la Fase de Oposición del proceso.

El sábado último, el CJ hizo públicos los resultados de los puntajes obtenidos en la Fase de Méritos por 100 concursantes, en los que se incluyeron el de los cinco profesionales que decidieron renunciar a su postulación para conformar una de las cinco salas especializadas de la CNJ. Entre la tarde y noche del miércoles último, ante el Pleno del CPCC asistieron los miembros de la Veeduría Ciudadana para informar sus observaciones realizadas hasta el momento al concurso. Con base en esos informes, el CPCCS resolvió instar al CJ a considerar la nulidad parcial o

total del concurso. Mediante un comunicado, el Consejo de Participación dio a conocer que su presidenta, Sofía Almeida, sostiene no solo que se necesita “tener una designación de jueces transparente”, sino también que este es un “tema muy importante para la lucha contra la corrupción, pues todo lo que realizan las entidades de control termina en la justicia”. Durante la comparecencia, la coordinadora de la Veeduría, Johanna Maldonado, habría señalado que, conforme las observaciones con las que concuerdan la mayoría de los veedores,

existen serias observaciones al sistema informático, en el reglamento se evidencia que existe mejor calificación para las personas que provienen de la Función Judicial, existe demora en la entrega de información por parte del CJ, así como una tardía convocatoria para que los veedores constaten el avance de las diferentes etapas del proceso. Pese a lo indicado, el comunicado del CPCCS apunta que Maldonado habría referido que no consideran su competencia legal el señalamiento de nulidad del concurso. Por pedido del consejero

David Rosero se habría aprobado instar al CJ a que, en uso de sus facultades y con base en los informes de la Veeduría Ciudadana, considere aplicar el artículo 53 del Código Orgánico de la Función Judicial, que habla de la presencia de irregularidades de los concursos. La normativa referida explica que “si en las diferentes fases del proceso de los concursos se advirtiese alguna anomalía importante, que lo afecte de nulidad insanable, se rehará el procedimiento, total o parcialmente, por resolución de quien dirige el respectivo concurso”.(I)


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Multitudes despiden a Maradona, máximo ídolo en Argentina Agarradas del brazo, las hermanas Lidia y Estela Villalba lloraban sin parar a la salida del velatorio de Diego Maradona. Ambas llevaban la camiseta del club Boca Juniors y la bandera argentina sobre los hombros. El dolor que reflejaba sus rostros resumía el que sentían decenas de miles de personas que desfilaban el jueves ante el féretro que contiene el cuerpo de la leyenda del fútbol, instalado en un vestíbulo principal de la casa de gobierno, en Buenos Aires. En la calle, la cola de gente esperando a entrar superaba las 20 cuadras. Estela recordó los goles que marcó el capitán de la selección campeona en el Mundial de 1986 y se resignó por su pérdida, ocurrida la víspera a causa de un paro cardiaco. “La vida sigue porque desde arriba nos está mirando”, afirmó. Una de las camisetas que se desplegaba sobre el féretro con los restos de Maradona era la de Boca — el club de sus amores — la cual llevaba inscritos su nombre y el número 10. Los visitantes arrojaron flores y camisetas de fútbol de diferentes clubes por encima del largo parapeto que los separaba del ataúd cubierto por una bandera argentina, cayendo alrededor del cajón. Hombres y mujeres lanzaron besos al aire, se persignaron, se golpearon el pecho con el puño y gritaron “Vamos Diego”. Otros lloraron amargamente frente a la Casa Rosada, situada en la histórica Plaza de Mayo,

•• En esta foto del 20 de mayo de 2008, Diego Maradona recibe besos de sus hijas Giannina (izquierda) y Dalma al acudir a la premier de “Maradona”. AP

en el centro de la capital. A las pocas horas que comenzara el interminable desfile de acongojados admiradores del Diez, el presidente Alberto Fernández colocó sobre el ataúd una camiseta del club Argentinos Juniors, el primero donde Maradona brilló como futbolista. Los ojos del mandatario estaban llenos de lágrimas. También desplegó dos pañuelos pertenecientes a la organización Madres de Plaza de Mayo, usados por las líderes de derechos humanos para cubrirse la cabeza durante sus rondas en reclamo de la aparición de sus seres queridos desaparecidos durante la última dictadura militar (19761983). El exfutbolista era muy cercano a las Madres y otras dirigentes humanitarias como las Abuelas de Plaza de Mayo. Maradona falleció a los 60 años, dejando a sus compatriotas desconcertados por la pérdida de una figura a

•• Los fanáticos de la leyenda del fútbol Diego Armando Maradona acuden a visitar la capilla funeraria. EFE

la que consideraban imbatible, pese a sus numerosos tropiezos de salud. Los argentinos admiran profundamente el genio futbolístico de Maradona, así como su personalidad carismática y arrolladora que mostró tanto en su faceta deportiva como en la personal, lo cual hizo que muchos fueran indulgentes con su abuso de las drogas. Al llevar a la gloria a su país en el Mundial de 1986, durante el cual marcó dos goles asombrosos ante Inglaterra, emocionó a sus compatriotas, que se sentían humillados por su derrota ante los británicos en la reciente guerra por la soberanía de las islas Malvinas y que aún se recuperaban de siete años de sangrienta dictadura militar. También fue querido en muchas otras partes del mundo, especialmente en Nápoles, donde su llegada en 1984 transformó al equipo del sur de Italia y lo hizo campeón tres años después del torneo de liga, su primer título en 60 años. El último adiós a la leyenda del fútbol fue enturbiado por los desmanes protagonizados en la madrugada por varios hinchas impacientes por ingresar a la Casa Rosada. Mientras varios fanáticos esperaban tranquilos, deseosos de “agradecer las alegrías” que les dio Maradona, otros se quebraron al salir del palacio gubernamental y se preguntaron a los gritos: “¿Por qué lo deja-

ron morir?” Nahuel de Lima, de 30 años y quien portaba muletas por sufrir una discapacidad física, pasó toda la noche en la Plaza de Mayo esperando a ingresar al palacio gubernamental. “Él hizo que Argentina sea reconocida en todo el mundo; Diego es pueblo... hoy no importan las camisetas, las banderas políticas, venimos a despedir a un grande”, afirmó De Lima a The Associated Press. Un enorme mural con el rostro de Maradona, quien en los últimos tiempos se desempeñaba como entrenador del club Gimnasia y Esgrima de La Plata, fue pintado sobre las baldosas que cubren la plaza. En la fachada de la Casa Rosada se instaló un crespón negro gigante y en uno de sus balcones una pantalla que reproducía fotos emblemáticas del Diez. El velatorio comenzó de madrugada con una ceremonia íntima para familiares, antes de permitir el

acceso del público. Allí estuvieron su exesposa Claudia Villafañe junto a las dos hijas que tuvo con Maradona: Dalma y Gianinna. Luego ingresó Verónica Ojeda — también expareja del exfutbolista — junto al hijo de corta edad de ambos, Dieguito Fernando. Jana, a la que Maradona reconoció como hija años atrás, también participó en el velatorio familiar. Luego lo despidieron sus compañeros de la selección campeona del mundo en Mexico 1986, entre ellos el exdefensor Oscar Ruggeri. También figuras del fútbol argentino como Carlos Tevez, capitán de Boca, y exídolos del eterno rival River Plate como el uruguayo Enzo Francescoli. El presidente Fernández dispuso tres días de duelo nacional. Se prevé que a las 4 de la tarde local (1900 GMT) finalice el velatorio. Maradona falleció en la vivienda de las afueras de Buenos Aires, donde se había recluido para recuperarse de una operación de edema craneal el pasado 3 de noviembre. La autopsia al cuerpo determinó que la causa de la muerte fue una “insuficiencia cardíaca aguda en un paciente con una miocardiopatía dilatada, insuficiencia cardíaca congestiva crónica que generó edema agudo de pulmón”. El exjugador de Barcelona sufrió distintos problemas a lo largo de su vida derivados en gran parte de su adicción a las drogas, especialmente a la cocaína. Tras su retiro, estuvo al borde de la muerte en 2000 y 2004.(I)

•• Dolientes aguardan para entrar a ver el féretro que contiene el cuerpo de Diego Maradona. AP


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Las 10 mejores canciones Quito: Trabajadores de limpieza para Diego Maradona hospitalaria están impagos

Luego de que se conociera este miércoles sobre el fallecimiento de Diego Armando Maradona a los 60 años de edad, recordamos 10 canciones que rinden homenaje al ‘10’. Son varios los géneros y cantantes que le han cantado a Maradona durante lo largo de los años y hoy por su fallecimiento hacemos un recopilado. 1. La mano de Dios: Rodrigo Bueno 2. Querida amiga: Pimpinela 3. Maradó: Los Piojos 4. Maradona Blues: Charly García 5. Maradona: Andrés Cala-

•• Maradona hace varios años ante la prensa gráfica. Foto: Internet.

maro 6. Santa Maradona: Mano Negra 7. Maradona è meglio ‘e Pelé: Enzo Romano 8. Los ratones coloraos:

Para siempre Diego 9. Silvio Rodríguez: Yo me muero como viví (Diego Armando Maradona) 10. 10) Oh visto Maradona: Tifosis del rey

Madre e hija secuestraron y vendieron a un bebé Iris Daniela C., Yomayra Mercedes Ch. y Maryuri Alexandra G. fueron sentenciadas a 21 años y cuatro meses de privación de libertad por el delito de trata de personas con fines de adopción ilegal. Para el cometimiento del hecho ilícito, una adolescente de 17 años fue asesinada en Guayaquil y su hijo, de 8 días de nacido, fue secuestrado y entregado a dos de las sentenciadas en Cuenca. En la audiencia de juicio, que culminó el 24 de noviembre, Tribunal de Garantías Penales de Azuay dispuso a las tres mujeres el pago de 40.000 dólares como reparación integral a los familiares del niño. Además, que el Ministerio de Salud se encargue del bienestar de los dos hijos de la adolescente, en el ámbito de sus competencias. Según el fiscal, las pruebas presentadas demostraron que “existió la negociación del niño, quien fue captado a través de secuestro y explotado al ser tratado como mercadería. Se intentó hacer pasar al niño como hijo propio, evadiendo las instituciones jurídicas encargadas del trámite legal

de la adopción. La tesis de Fiscalía fue aceptada por el Tribunal, que consideró que los hechos constituyen el delito de trata de personas para adopción ilegal”. Maryuri Alexandra G. solicitó a Iris Daniela C. que le consiga un bebé recién nacido. En la negociación participó Yomayra Mercedes Ch. (hija de Maryuri Alexandra G.), quien ofreció cancelar 2.000 dólares por la entrega del bebé. Iris Daniela C. y dos hombres ingresaron el 6 de noviembre de 2019 al domicilio de la adolescente, situado en la cooperativa de vivienda Sergio Toral, en Guayaquil. Uno de los sospechosos le amarró los pies y manos a la víctima, mientras el otro le propinó varias puñaladas que causaron su muerte. Luego huyeron del inmueble con el bebé. La investigación reveló que Iris Daniela C. y uno de los presuntos autores del crimen abordaron un taxi para trasladar al recién nacido a Cuenca, hasta donde solo llegó el ciudadano, quien entregó el bebé a Yomayra Mercedes Ch. Como resultado de las investigaciones, el bebé fue rescatado en un departa-

mento situado en el sector Miraflores de Cuenca, donde fueron detenidas Maryuri Alexandra G. y Yomayra Mercedes Ch. Fiscalía presentó la acusación con base en el testimonio del agente de Criminalística que practicó la pericia de extracción de la información contenida en los celulares de las sentenciadas, que evidencia la negociación del niño y el ofrecimiento del pago. Durante el testimonio del conductor del taxi, Fiscalía reprodujo el video de la cámara de seguridad instalada en el automotor, en cuyas imágenes se observa a Yomayra Mercedes Ch. recibiendo al bebé en Cuenca, para luego trasladarlo hasta donde se encontraba su madre, Maryuri Alexandra G. Agentes investigativos de la Unase y Dinased también rindieron sus testimonios. Además, fueron expuestos: el informe de registro de llamadas, tres informes de reconocimiento del lugar de los hechos, documentación de videos del Ecu 9-1-1, tickets de peajes, registros de atención médica y más de cincuenta fotografías de las pericias efectuadas desde el levantamiento de cadáver hasta la recuperación del menor.(I)

En Quito, personal que presta servicios de limpieza al Hospital Pablo Arturo Suárez y otros subcentros de Salud de Quito, protestaron en los exteriores del Ministerio de Finanzas. Aseguran no haber recibido sus sueldos durante 8 meses, la mayoría habrían trabajado en primera línea durante los meses más críticos de la pandemia. Son trabajadores de limpieza hospitalaria afirman haber estado en primera línea durante la emergencia sanitaria, la mayoría pertenecen a empresas que prestan sus servicios al Hospital Pablo Arturo Suárez y a otros subcentros del Ministerio de Salud de Quito.

El problema es que argumentan que no se les ha cancelado sus sueldos desde hace 8 meses , incluso muchos de ellos dicen haber contraído el virus de la COVID-19 , mientras ejercían sus labores en el hospital. Elizabeth es cabeza de hogar y está desesperada, pues ya no puede pagar el arriendo, ni cumplir con las necesidades básicas de sus hijos. Lucía Calderón presidenta de la Cámara de Economía Popular y Solidaria de Pichincha indica que son 600 personas las que continúan impagos, cree que tanto el Ministerio de Salud como el de Finanzas deben responder a estos trabajadores y sus familias.(I)

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Obama critica a latinos que votaron por Trump BBC Mundo Unas declaraciones polémicas. Algunos hispanos que apoyaron a Donald Trump estas pasadas elecciones obviaron la retórica antiinmigración del actual mandatario por su posición en temas como el aborto. Eso es lo que aseguró el expresidente de EE.UU. Barack Obama esta semana en una entrevista, que generó controversia en el país. Las encuestas a boca de urna mostraron que Trump obtuvo este 2020 un mayor porcentaje del llamado “voto latino” —un concepto que agrupa a unos 32 millones de personas— que en las elecciones de 2016. El presidente republicano logró el apoyo de alrededor del 32% de los votantes de este diverso grupo demográfico en 2020, un 28% más que hace cuatro años. En una entrevista con el podcast The Breakfast Club el miércoles, Obama habló de ese apoyo a Trump por parte de los latinos. “La gente se mostró sorprendida de que muchos de los amigos latinos votaran por Trump”, señaló Obama, mientras hablaba de la dura polí-

tica migratoria del presidente, que hizo de ella uno de los pilares de su gobierno. “Pero hay muchos hispanos evangélicos para los que el hecho de que Trump diga cosas racistas sobre los mexicanos o ponga a trabajadores indocumentados detenidos en jaulas, es menos importante que el hecho de que apoye sus visiones en torno al matrimonio homosexual o el aborto”, consideró. Obama participó en el programa en el marco de la promoción de su nuevo libro “A Promised Land”, que vendió 1,7 millones de copias en Norteamérica en su primera semana. El expresidente también consideró en la entrevista que el partido republicano de Trump ha incentivado que los hombres blancos se vean a sí mismos como víctimas. “En la política republicana, ves cómo se ha creado la idea de que los hombres blancos son víctimas (…) Que son los que están bajo ataque, algo que obviamente no encaja ni con la historia, ni los datos, ni con la economía”. Obama vs Trump No está claro a qué se refería exactamente Obama cuando

aludió al matrimonio entre personas del mismo sexo. Una semana después de ser elegido, en 2016, Trump dijo que estaba de acuerdo con la decisión del Tribunal Supremo de permitir el matrimonio igualitario, pese a que había comentado a la cadena CNN un año antes que él abogaba por «el matrimonio tradicional». En los inicios de su carrera a la presidencia en 2008, Obama de hecho se opuso al matrimonio gay, si bien en 2012 manifestó que estaba a favor. En estas pasadas elecciones, Trump ganó el 28% del voto del colectivo LGBT, el mayor porcentaje que ha conseguido un candidato presidencial republicano desde George W. Bush en el año 2000. Otra de las partes más polémicas de las declaraciones de Obama fue su referencia a las “jaulas”, en alusión a las instalaciones en la frontera donde cientos de niños que habían sido separados de sus padres fueron encerrados en 2018 bajo política de Trump, la más dura hasta la fecha en ese sentido. No obstante, ese tipo de recintos fueron construidos durante la presidencia de Obama. Unos 60.000 menores no acompañados detenidos

en la frontera sur de Estados Unidos con México fueron trasladados a esos enclaves y mantenidos allí durante el verano de 2014. En Florida, por ejemplo, el apoyo de los latinos fue fundamental para la victoria de Trump en ese Estado. El gobierno de Obama también separó niños migrantes de adultos en la frontera,

aunque solo en circunstancias excepcionales. Trump, por su parte, ha sido duramente criticado por sus palabras durante el lanzamiento de su campaña presidencial en 2015, cuando dijo lo siguiente sobre los migrantes mexicanos: “Traen drogas. Traen crimen. Son violadores. Y algunos, supongo, son buenas personas”.(I)BBC Mundo

Ataque Cerebrovascular (AVC), afectaciones en mujeres Cada vez más mujeres tienen mayor riesgo de padecer esta dolencia; sin embargo, muchas de ellas no conocen las señales de alerta. Especialistas recomiendan mantener una conversación con su médico sobre los factores de riesgo para controlarlos y tener menos probabilidades de sufrir un ACV. Frente a un Accidente o Ataque Cerebrovascular (ACV), detectar de inmediato los síntomas acorta el tiempo de tratamientos y reduce el daño causado al cerebro. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), los estudios científicos demuestran que la afectación de esta patología se puede reducir mucho si se aplican de forma eficaz y equilibrada intervenciones preventivas efectivas ya exis-

tentes. Asimismo, estadísticas manifiestan que existen factores de riesgo relevantes que afectan más a mujeres que hombres; sin embargo, muchas de ellas no están conscientes de su condición e ignoran las señales de alarma que pueden durar pocos momentos y luego desaparecen. Estudios internacionales revelan que es dos veces más común que las mujeres entre los 20 y 39 años sufran un Ataque Cerebrovascular en comparación con los hombres de la misma edad, y cada vez más mujeres tienen un ACV a una edad más avanzada. Un ACV se produce cuando se interrumpe el riego sanguíneo de una parte del cerebro o cuando se ocasiona un derrame de sangre en el cerebro. La mayoría de las veces afecta a

personas mayores de 60 años; sin embargo, puede manifestarse en cualquier momento de la vida y por eso se debe cambiar viejos hábitos que pueden poner en peligro nuestra salud. “Existen múltiples factores de riesgo para desarrollar un ACV, patología que afecta a hombres y mujeres por igual. Sin embargo, existen algunas condiciones que pueden aumentar el riesgo de padecer un ACV en las mujeres.”, explica Luis Mario Piedra, Médico Neurólogo del Hospital José Carrasco Arteaga. Factores de riesgo específico en mujeres Menopausia y terapia hormonal: El uso de la terapia hormonal, para aliviar los síntomas de la menopausia en mujeres se asocia con un mayor riesgo de accidente cerebrovascular.

Embarazo y períodos posparto: Durante el embarazo está expuesta a sufrir un ataque cerebral, sin embargo, una mujer en período posparto tiene un 80 % más riesgo que otra de su misma edad que no ha dado a luz recientemente. Siempre hay que prestar especial atención a los dolores de cabeza durante este proceso. Anticonceptivos orales: Predominantemente en mujeres jóvenes que fuman, hipertensas y que sufren migrañas con aura. En estos casos, el riesgo de sufrir un ataque cerebral aumenta hasta 17 veces más. Aneurismas cerebrales: Puede ser portadora de un aneurisma cerebral y tener una hemorragia grave que comienza con un intenso y súbito dolor de cabeza que amerita evaluación inmediata. Por otro lado, existen factores

de riesgos que no se pueden modificar y que se deberían tomar en cuenta. Entre ellos encontramos: edad avanzada, enfermedades y otras patologías que aumentan el riesgo de padecer un ACV isquémico. También existen factores que estamos en la posibilidad de modificar en función a cambio de hábitos, tales como el tabaquismo, sobrepeso y obesidad, consumo de alcohol y drogas. Se destaca la importancia la importancia de actuar con velocidad y ponerse las “PILAS” identificando los síntomas según el siguiente acrónimo: P: parálisis o debilidad de la mitad del cuerpo. I: inmediatamente acudir al hospital. L: lenguaje anormal. A: amortiguamiento de la mitad del cuerpo. S: sonrisa anormal.


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Nace Bruce Lee, considerado el mejor artista marcial del siglo XX

Enero 20 a febrero 19 Si estás en relación con niños, bien familiarmente o bien por el trabajo, te vas a sentir con mucha alegría que recibirás de ellos. Te aportarán una visión que te hace sonreír y sentir mucho bienestar. Son un punto muy positivo para ti.

Nació en San Francisco, Estados Unidos, pero era de origen chino. Su verdadero nombre era Lee Jun Fan y además de haber sido un excepcional exponente de las artes marciales orientales, Bruce Lee fue también filósofo y actor de Hollywood. Comenzó a tomar clases de Kung Fu durante su adolescencia, pero pocos saben que también durante su juventud, estudió filosofía en la Universidad estatal de Washington adentrándose en el conocimiento de las obras de Marx, Hegel y Spinoza, entre otros. Creó un arte marcial propio, derivado del Wing Chun Kung Fu, llamado Jet Kune Do (JKD) que significa “camino del puño interceptor”, y que incorpora mejoras a partir de sus propias expe-

El Grupo de los Ocho es un mecanismo permanente de consulta y concertación política de América Latina y el Caribe, creado el 18 de diciembre 1986 mediante la Declaración de Río de Janeiro, suscrita por Argentina, Brasil, Colombia, México, Panamá, Perú, Uruguay y Venezuela. El grupo fue creado como reemplazante de las actividades del Grupo de Contadora conformado por: México, Colombia, Venezuela y Panamá) y el Grupo de Apoyo a Contadora (Argentina, Brasil, Perú y Uruguay. El grupo quedó formalmente institucionalizado en su I Cumbre, el 27 de noviembre de 1987 en Acapulco- México, en lo que se denominó Compromiso de Acapulco para la Paz, el Desarrollo y la Democracia.

Piscis

Febrero 20 a marzo 20 Alguien te va a sorprender mucho con sus comentarios y te darás cuenta de cómo piensa, pero no debes darle más importancia de la que tiene, no entres en discusiones de ninguna clase. Te conviene distraerte con alguna película o un libro.

Aries riencias de combate. Murió el 20 de Julio de 1973 en Hong Kong, a la edad de 32 años, por causas que aún no se han podido determinar.

Además...

Nace Jimi Hendrix, el mejor guitarrista de la historia del rock

Un día como hoy en 1942 nacía el legendario guitarrista, cantante y compositor Jimi Hendrix, en Seattle, Estados Unidos. Es considerado por músicos y críticos el mejor guitarrista de la historia del rock, y uno de los músicos más importantes e influyentes de su tiempo. Su carrera musical despegó en el año 1966, cuando fue descubierto por Chas Chandler, el bajista del grupo británico The Animals. En ese entonces, Jimi lideraba la banda Jimmy James and the Blue Flames, pero Chandler se lo llevó a Inglaterra, donde firmaron un contrato de producción. Allí, Hendrix formó la banda The Jimi Hendrix Experience, con Noel Redding en el bajo y Mitch Mitchell en batería, la cual gozó de un éxito casi inmediato. Su primer álbum, “Are You Experienced?” fue lanzado en 1967, a este le siguieron “Axis: bold as love” (1967) y “Electric Ladyland” (1968). Sus conciertos y actuaciones en festivales hicieron que Jimi Hendrix se convirtiera rápidamente en una estrella de rock. The Jimi Hendrix Experience se disolvió en 1969

Se celebró 1era entrega de premios Nóbel

Los Premios Nóbel se otorgan a personas que hayan hecho investigaciones sobresalientes, técnicas o equipamiento revolucionario o hayan hecho contribuciones notables a la sociedad. La primera ceremonia de entrega de los Premios Nóbel en Literatura, Física, Química y Medicina se celebró en la Antigua Real Academia de Música de Estocolmo (Suecia) en 1901. Desde 1902, los premios los entrega el Rey de Suecia. Los premios se instituyeron como voluntad final de Alfred Nóbel: El inventor de la dinamita e industrial sueco. Nóbel firmó su testamento en el Club Sueco-Noruego de París el 27 de noviembre de 1895. Se sentía culpable por su responsabilidad como empresario enriquecido a través de una industria productora de dinamita cuyo principal mercado era la minería, pero también la guerra. Los premios se conceden en una ceremonia celebrada anualmente el 10 de diciembre, fecha en que Alfred Nóbel murió en Estocolmo, Suecia.

Fuente: https://latam.historyplay.tv/hoy-en-la-historia

Viernes 27 de Noviembre de 2020 San Virgilio FARMACIAS DE TURNO DEL 21 DE NOVIEMBRE AL 28 DE NOVIEMBRE DE 2020 DIRECCIÓN

MANUEL BENJAMIN CARRION Y AV. DE LOS PALTAS FARMACIA MEDIPLUS LAURO GUERRERO SN 10 DE AGOSTO CIUDADELA CLODOVEO CARRION; CALLE SILVANA PATRICIA RIO DE JANEIRO FARMACIA SAN JUDITAS DE CALLE: CLOTARIO MALDONADO PAZ NUMERO: TADEO SN INTERSECCION: ERNESTO GUEVARA FARMACIA SANA SANA CALLE: BOLÍVAR NÚMERO: N07-17 CATEDRAL INTERSECCIÓN: JOSÉ ANTONIO EGUIGUREN BARRIO: LOTE BONITO NÚMERO: SN FARMACIA NORTE 6 ELÍAS INTERSECCIÓN: SIN INTERSECCIÓN FARMACIA CUXIBAMBA CALLE: AV. UNIVERSITARIA ENTRE SINDICATO DE CHOFERES - LOJA ROCAFUERTE Y 10 DE AGOSTO FARMACIA MILFAR CALLES: BOLÍVAR S/N INTERSECCIÓN COLÓN FARMACIA ANDRESITO

Marzo 21 a abril 20 Es mejor que no entres en discusiones banales que no te llevarán a ningún sitio. Ve a lo tuyo hoy sin pararte a pensar en las razones de los demás. Cada uno sabe lo que debe de hacer y tu lo tendrás muy claro ahora. Tu mente te ayuda a discernir lo más conveniente.

Tauro

Abril 21 a mayo 20 Alguien te ha apoyado mucho en los últimos tiempos y puede que sea una persona con poder de alguna clase. Es hora de devolverle el favor o de agradecerle públicamente el trato que ha tenido contigo. No te cortes a la hora de hacer público.

Géminis

Mayo 21 a junio 21 No debes huir de las responsabilidades familiares, ya que eso te puede traer consecuencias negativas en el futuro y aunque ahora te parezca lo mejor y lo más cómodo, en el fondo sabes que no está bien y que has mirado demasiado para otro lado.

Cáncer

Junio 22 a julio 23 Hoy vas a estar en consonancia con tu sentido del deber y no te va a importar dedicar cierto tiempo a una labor solidaria en la que te implicarás bastante. Será muy reconfortante ver sonrisas a tu alrededor en personas que casi ni te conocen.

Leo

Julio 24 a agosto 23 Aunque no lo creas, las situaciones negativas también tienen su lado positivo si se sabe buscar. Hoy debes intentarlo. Escucha un consejo desinteresado que te vendrá muy bien en este sentido. Será una enseñanza sabia y no debes dejarla de lado.

Virgo

Agosto 24 a Septiembre 23 Hay personas que se alejan de ti y que quizá no vuelvan a aparecer y no sabrás muy bien por qué, pero es algo que no es extraño. Deja ir a quien no quiera seguir a tu lado, llegarán otras antes de lo que crees. La amistad es algo de largo recorrido.

Libra

Septiembre 24 a octubre 23 Si has estado muy pendiente de la salud de otros, o de familiares, quizá has dejado de lado vigilar la tuya en condiciones. Es momento de pasar revista a tu organismo, así que hazte un chequeo ahora y no lo dejes para más adelante una y otra vez.

Calendario Santoral

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

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Horóscopo

Hoy en la historia...

Quedó institucionalizado el Grupo de los Ocho

VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

TELÉFONO 2108062 2561337 076061635 072327874 042440095 969464138 2565851 2301682

Escorpio

Octubre 24 a nov. 22 No descartes que las cuestiones económicas sean hoy lo que más te interesen o preocupen. Podrás dedicarle tiempo a planificar mejor esta parte de tu día a día y cuanto más orden, mejor. Pide ayuda a alguien que se le dan bien las cuentas.

Sagitario

Noviembre 23 a dic. 21 Vas a sentirte bastante bien al finalizar el día porque dejarás muchas cosas de lado, quizá labores profesionales que no son urgentes. Harás bien en separar todo lo que puedas el trabajo y tu hogar, incluso si compartes el espacio para trabajar.

Capricornio

Diciembre 22 a Enero 19 Asume que hay cosas que ya no son como antes y que eso se refleja en todos y cada uno de los que te rodean. Deberás atender a alguien de la familia política y dejar tus asuntos de lado en esta jornada, a pesar de que te gustaría descansar.


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VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

Saludo y admiración a la siempre noble Universidad Nacional de Loja Campos

Ortega

campolin2010@hotmail.com

Los últimos acontecimientos acaecidos en nuestra patria, constituyen expresiones de aquello que todos sentimos, pero que nunca hemos podido expresar a viva voz, acaso por deficiencia de las palabras para traducir la angustia y el trance de creación, características del nacimiento de las ideas. Lo cierto es que nunca antes en la historia de nuestro país las mujeres, hombres y aun los niños, han sido actores y testigos de la exigencia de cambios profundos en lo político, económico y educativo en beneficio de la mayoría del pueblo ecuatoriano. La Globalización, los problemas económicos, financieros, políticos, sociales y educativos, el desgobierno nacional, las oligarquías y los politiqueros de siempre impuesto por el imperio, significan una camisa de fuerza, que no permite precisamente el desarrollo social ansiado por todos los ecuatorianos en especial de quienes habitamos en la región sur de Ecuador. Ante esta realidad todas las instituciones públicas de nuestra colectividad están subyugadas a la crisis secular que nos oprime; en ellas la Universidad Ecuatoriana y por ende a nuestra Universidad Nacional de Loja, la Mayor Institución de Educación del Sur del País, que ha graduado a los profesionales de las diferentes carreras a las mujeres y hombres de letras y de la comunicación que posee Loja y el sur de la patria, cuna de hombres y mujeres eminentes, como otro Prometeo que con su fuego interior que trae en sus pupilas, el fuego de amor y la grandeza, del ideal y el ansia de conquistar el infinito, como prédica de superioridad que los humanos podrían alcanzar si pudieran incendiar el alma y trasformar las chispas en estrellas. A pesar de la crisis, la siempre noble Universidad Nacional de Loja, está de pie saludando a la esperanza con su producción intelectual, académica, cultural, para constituirse en un ser vivo y vital para la región sur del país, para determinar los alcances cuantitativos y cualitativos de la producción universitaria, que se trasluce en un traba-

jo tesonero, sostenido y no por ello escarnecido, desde su fundación a la fecha, 161 años de servicio en la formación del nuevo profesional del sur del país, ha logrado mantener un equilibrio, orden y paz en el campus universitario. No es la paz de los sepulcros, afanosamente se investiga los fenómenos de la naturaleza los problemas del hombre del sur de nuestra patria se discuten soluciones, se vincula con la comunidad, con otros centros de estudios superiores del continente y del país, para lograr un frente a la avalancha del mundo en ciernes. Esta tarea, históricamente, no es obra de iniciados geniales, en si una responsabilidad colectiva que responde a un proyecto colectivo. Por ello nuestro saludo y admiración a la siempre noble Universidad Nacional de Loja, al cumplir su Centésimo Sexagésimo Primer Aniversario, a sus autoridades, profesores, administrativos, estudiantes y trabajadores, a todos sus miembros que están simbióticamente adheridos a la totalidad social en busca de la excelencia, para responder como siempre lo ha hecho, al reto que la historia le impone en la creación y construcción de nuevas y mejores realidades. Consideramos que la celebración de un aniversario más de la Mayor Institución de Educación Superior del sur del país, como es la siempre Noble Universidad Nacional de Loja, debe constituir fiesta no solo de los universitarios, sino de todos los lojanos. Permítasenos evocar la metáfora en torno a la educación de W. Cunnighan, escritor británico: “Iba un hombre caminando por el desierto cuando oyó una voz que le dijo. “Levanta algunos guijarros, mételos en tu bolsillo y mañana te sentirás a la vez triste y contento”. Aquel hombre obedeció. Se inclinó, recogió un puñado de guijarros y se los metió en el bolsillo. A la mañana siguiente, vio que los guijarros habían convertido en diamantes, rubíes y esmeraldas. Y se sitió feliz y triste. Feliz por haber cogido guijarros, triste por no haber cogido más. Lo mismo ocurre con la educación. Por ello reiteramos nuestro saludo y admiración a la siempre noble Universidad Nacional de Loja. Así sea.

Opinión

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La calle es mía Diego

Lara León

@dflara

Viajar es una actividad que disfruto mucho, conocer la cultura, la gastronomía, entender la forma de vivir y de pensar de otras sociedades enriquece y amplía mi visión del mundo. He disfrutado la gran mayoría de los viajes, pero también me he sentido muy incómodo en unos pocos. Esa incomodidad ha sido provocada por la sensación de inseguridad. Recuerdo un país centroamericano que visité hace unos años, país que aún sigue siendo flagelado por grupos violentos y antisociales. Cada vez que yo salí a la calle realmente la pasé mal, nunca pude disfrutar mi estadía, pero al final fueron pocos días. Se imaginan ustedes tener esa sensación de inseguridad casi todo el tiempo, pues existe y muy cerca de nosotros. Nuestras, madres, esposas, herma-

nas, hijas, compañeras, amigas, en fin, todas las mujeres viven en mayor o menor grado violencia y abuso. Cuando hablo de violencia me refiero a violencia visual, violencia verbal, violencia psicológica y violencia física. Varias veces he tenido que intervenir y “rescatar” a mujeres que al hacer deporte por las mañanas son “abordadas” por “machos” que les dicen con términos no adecuados “lo lindas que se ven”. Por decirlo menos es incómodo para ellas vestirse como desean, porque para algunos individuos eso abre la puerta para que sean víctimas de comentarios fuera de lugar o posiblemente abusadas. Hace pocos días se conmemoró el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Las cifras aún son muy claras y contundentes, la mujer es abusada por el hecho de ser mujer, el femicidio es una realidad y está presente en nuestra sociedad, la mujer es discriminada en el trabajo, sus ingresos son en promedio menores a los ingresos del hombre pese a que algunas veces su carga labo-

ral es mayor. Hay mucho por hacer para que esta sociedad sea más equitativa y menos violenta. Es verdad también que la sociedad genera extremismos y distorsiones ante propuestas de cambio y reivindicación. Cierta parte de la sociedad ha confundido la razón de ser y el concepto de feminismo, que no es una corriente anti hombres, el feminismo busca equidad y promover una real integración de la mujer a una sociedad que la vulnera en muchos aspectos. Cuidado con creer que el feminismo es la versión femenina del machismo. Un grupo de valientes lojanas han iniciado una campaña denominada “la calle es mía”, y es que debe ser así, la calle debe ser de todos. El caminar libres, sin miedos, sin abusos debe ser lo común, la violencia debe ser la excepción. Cuenten conmigo para que la calle sea cada más de ustedes sin dejar que sea un poco mía. Lo mejor es la convivencia armónica, una convivencia donde yo sé que mis derechos terminan donde empiezan los derechos de los demás.

Cuando Loja tembló Efraín

Borrero E.

eborreroe@hotmail.com

Empezaba el año 1749 cuando en la pequeña y apacible ciudad de Loja habitaban aproximadamente nueve mil personas. La casa del Cabildo, la Iglesia Matriz, los monasterios de los dominicanos, franciscanos y de Nuestra Señora de las Nieves, actual convento de las madres conceptas, así como la Iglesia de San Sebastián, eran las edificaciones principales La Iglesia de San Sebastián era muy sencilla, construida con adobe, estaba junto a la actual que en realidad es de la Inmaculada Concepción. Allí se veneraba la Imagen de San Sebastián, valiente soldado romano que murió mártir defendiendo su fe en Cristo, patrono de la parroquia. Había artesanos que elaboraban distintas manualidades, herreros expertos en poner herrajes a los caballos, zapateros, sastres, modistas, plateros y fabricantes de sillas de montar. El comercio estaba bien abastecido, incluyendo telas finas para los de dinero y ordinarias para la chusma. La producción de ganado vacuno y mular generaba riqueza. La explotación de la cascarilla, la comercialización de la cochinilla, especialmente a Cuenca, y la producción minera en Zamora y Zaruma, determinaron que Loja se convierta en el eje de esas actividades y que estuviera relacionada con otros centros mercantiles; es decir, no estábamos tan aislados. Loja tenía por entonces tres parroquias: San Sebastián y El Valle, que fueron las primeras, y El Sagrario posteriormente. En El Valle habitaban indígenas y estaba distante de la ciudad. Su iglesia, San Juan de Dios, construida en el siglo XVII, se ha conservado reluciente a través

del tiempo. Fue el 20 de enero de ese año cuando la tierra lojana se sacudió como potro chúcaro. Un fuerte terremoto causó graves daños. La gente corría despavorida, algunos se subieron a los árboles y otros treparon las lomas. Las oraciones se multiplicaban. Algunas casas se desmoronaron. La Iglesia de San Sebastián se vino abajo con santo y todo. Posteriormente sustituyeron la imagen de San Sebastián y el Cabildo Lojano lo designó “Patrono Jurado de la Ciudad. La zozobra se apoderó de los habitantes algunos de los cuales prefirieron refundirse en Cariamanga y Sozoranga en previsión de que se repita tal desastre. Las que se mantuvieron firmes en el interior del convento fueron las madrecitas conceptas. Habrán dicho que nos trague la tierra pero jamás verán nuestros ojos de caña verde. Hay quienes aseguran que ese movimiento telúrico ocurrió ochenta y nueve años atrás, pero yo me quedo con los terremotos del Instituto Geofísico EPN, que registra el año 1749 recogiendo la versión del reconocido investigador y escritor, Dr. Manuel Villavicencio, en su obra Geografía de la República del Ecuador, editada en New York, en 1858. Pasaron muchos años hasta el 9 de diciembre de 1970, durante la presidencia de José María Velasco Ibarra. A las 23h35 y durante un minuto la provincia de Loja se balanceó como en hamaca. El epicentro del terremoto, de 8 puntos en la escala de Mercalli, fue localizado a 20 km al oeste del poblado de Cazaderos. En la ciudad de Loja las cosas no pasaron a mayores que no sean el pánico que se produjo, la gente que salió a la calle en paños menores, los mercados que se repletaron para abastecer de víveres a la población, el arrepentimiento de los pecadores, algunas edificaciones cuarteadas y el caso de doña Carmelita que arrodillada en su cama de madera, invocando desespera-

damente a cuarenta y dos santos, de pronto quedó patas arriba porque la cama se descalabró con el fuerte movimiento, tal como comenta su hijo Roberto, mi amigo. Las graves consecuencias se produjeron en algunas localidades de la provincia: Gonzanamá, Celica, Alamor, Amaluza, Quilanga y Cariamanga, ciudad que sufrió el mayor desastre ya que fueron muchas las casas devastadas; el hospital se destruyó parcialmente obligando a dar de alta a algunos enfermos. Fue terrible lo ocurrido en la provincia. Se hablaba de doce personas fallecidas y varias decenas de heridos. La angustia entre los habitantes produjo crisis colectiva. Se ocuparon plazas, canchas de fútbol y algunas personas fueron al campo abierto donde se instalaron carpas con ayuda del ejército. También se registró la caída de rocas y deslizamientos de tierra. Tanto por la alarmante información de prensa como por el informe del gobernador, el Presidente Velasco Ibarra tomó en serio el asunto y tres días después, el doce de diciembre, en un viaje sorpresivo visitó los poblados de Alamor, Celica y Cariamanga, localidad a la que destinó el mayor tiempo para ver con sus propios ojos lo ocurrido. Allí conversó con Sigifredo, funcionario público que explicó la situación: Señor Presidente, nosotros sí que hemos padecido las San Quintin, en 1953 también pasó algo similar, y como usted podrá observar la cosa está jodida con este terremoto, le dijo. El Presidente replicó: suficiente señor, hay que reconstruir Cariamanga, eso es todo. Me escuchó, le dijo en voz alta a un ministro distraído que lo acompañaba. Sí señor Presidente, sumamente claro, le respondió. Los lojanos estamos seguros que la Churonita y nuestro Patrono Jurado nos protegerán de cualquier otro desastre, y que podemos acostarnos tranquilos sin necesidad de dormir con un ojo abierto.


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Opinión

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El independentismo vasco en una novela Santiago

Armijos V.

safaarva@gmail.com

Que bien retratado por el escritor: Fernando Aramburu, en su obra Patria, el sufrimiento de los españoles a causa de las violentas acciones independentistas perpetradas por ETA (Euskadi Ta Askatasuna, que en español significa: País Vasco y Libertad). Quien mejor que Aramburu, nacido en San Sebastián (Donostia), entraña del País Vasco, para revelar al mundo los escalofriantes detalles que pintaron de sangre a España entre 1961 y 2010 bajo el pretexto de lograr que la región de Euskadi se desprenda del país ibérico para formar un nuevo Estado de corte nacionalista y revolucionario. Se calcula que como consecuencia de ello se produjeron 3.000 atentados, 864 muertos y 7.000 afectados. Penosamente, el dictador Francisco Franco también lo hizo entre 1938 y 1973, pero eso es otro condenable tema. La novela Patria es de tal dimensión que, mediante el relato de la accidentada historia de dos familias vascas; revueltas por la amistad, la enemistad, la política, la solidaridad y los excesos; revela con punto y seña el sufrimiento de víctimas y agresores del movimiento independentista vasco, caracterizado por el fanatismo y el desprecio total hacia los ideales del prójimo. El relato inicia con el retorno de Bittori, la matriarca de una de las familias protagonistas, al cementerio de una localidad rural de Guipúzcoa en la que vivió por años junto a su familia, para visitar la tumba de su marido: Jesús María Lertxundi Altuna (apodado el “Txato”), asesinado por miembros de ETA al no someterse al pago de una segunda

cuantiosa contribución económica a favor de la organización armada, dada su condición de próspero empresario del transporte. El regreso de Bittori genera enorme incomodidad en el vecindario; especialmente de su examiga íntima: Miren Uzkudun; madre de Joxe Mari Garmendia Uzkudun, miembro de ETA, encerrado en la cárcel por cometer varios atentados y asesinatos y probable asesino del “Txato”. Con el avance de la lectura, se logra determinar que Bittori retorna al pueblo para establecer la individualidad del etarra que disparó a su marido y obtener, de este, una carta de perdón por el crimen cometido. Para lograr su propósito, intenta acercarse a la familia Garmendia sin resultados iniciales hasta que logra contactarse con Arantxa Garmendia (hija de Miren y hermana del etarra Joxe Mari); quien al sufrir un ictus quedó sin habla y postrada a una silla de ruedas, pero con toda la capacidad mental para entender que su hermano es un asesino. El encuentro de Bittori y Aratxa provoca onda indignación en Miren porque siente que, con ello, su hija comete una imperdonable traición a la lucha del pueblo vasco y a su hermano Joxe Mari, considerado por los violentos extremistas como un héroe nacionalista. Sin importar el criterio de su madre, Aratxa dirige cartas a su hermano preso para exigirle que pida perdón a Bittori por la muerte de su marido, sea como autor o como cómplice. Los términos que utiliza para hacerlo reproduce crudamente la impronta que marcó el conflicto. Esto dice: Aratxa, enferma de derrame cerebral, a su hermano etarra encarcelado, Joxe Mari: <<Tú tienes tu cárcel, yo tengo la mía. La mía es mi cuerpo. Me ha caído cadena perpetua. Tú saldrás un día de tu cárcel. No sabemos cuándo, pero saldrás. Yo no saldré nunca de la mía. Hay otra

diferencia entre tú y yo. Tú estás allí por lo que hiciste. En cambio, ¿qué he hecho yo para merecer mi condena?>>. En medio de todo lo dicho, la novela regresa al pasado para narrar magistralmente los hechos que marcaron a la sociedad española y dentro de esta a la vasca y navarra en un conflicto prolongado en el que se cometieron crímenes atroces en nombre de los torcidos postulados del delirio político y del oscuro estandarte de los excesos policiales. Hay un pasaje perturbador del libro en el que participan Gorka y Joxe Mari Garmendia, cuando el primero visita al segundo, en prisión: (Joxe Mari)—¿Eres de los que cree que merezco estar aquí?/ (Gorka)—Eso pregúntaselo a tus víctimas./ (JM)— Me han arreado muchas ostias desde que me detuvieron. Ninguna me ha dolido tanto como esto que dices. Mi propio hermano./ (G)— Precisamente porque soy tu hermano te digo lo que pienso.¿Prefieres que te mienta, que te felicite por el dolor que has causado vete tú a saber a cuántas familias? ¿Y para qué?/ (JM)—Para salvar a mi pueblo/(G)—¿Derramando la sangre de otros?/ (JM)—De gente opresora que nos machaca a diario y no nos deja ser libres./ (G)—¿Lo mismo vale para los niños que habéis matado?/(JM)-Si no fuera por este cristal, te lo explicaría de forma que lo ibas a entender./(G)-¿Me amenazas?/(JM)-Pues a lo mejor. Leer la novela Patria es una cristalina lupa para ver y magnificar de cerca las espantosas deformidades que cubren a los monstruos del sectarismo, del nacionalismo in extremis, del menosprecio a la vida ajena y del evangelio de los golpes, la pólvora, el secuestro y la sangre; como único camino para encontrar la solución a los problemas e imponerse a quienes cometen el “sacrilegio” de pensar diferente.

Maradona: defiendo mi fútbol como él defiende a su pueblo Rafael

Riofrío

rafaelsfa@hotmail.com

El fallecimiento de Diego Maradona ha conmovido al mundo entero. En la retina de quienes lo vieron jugar no solamente están sus goles, sino ante todo su posición patriótica y soberana. La prensa burguesa poco a aludido la frase que con claro sentido político escribió en su autobiografía, refiriéndose al partido que ganaron en 1986 a Inglaterra cuatro años después de la guerra por la Malvinas: “Fue nuestra forma de recuperar Las Malvinas”. Se fue Diego pero quedan sus memorias y recuerdos imperecederos, posiblemente únicos, como el mítico gol con la “mano de Dios”, la visita al Comandante Fidel Castro en 1987 o la creación de la “iglesia maradonista”, lo cual a la final y al cabo resultó ser el símbolo de la amistad y el amor que durante más de cuarenta años la fanaticada de-

dicó a su ídolo, a su “Dios”, al Pibe de Oro. No contaré sus hazañas deportivas, ni sus declives emocionales porque eso lo saben de sobra, además con seguridad la prensa aprovechará para sus titulares durante mucho tiempo. Por ahora sus familiares, sus amigos más cercanos, sus excompañeros de equipo, políticos de todo color han manifestado su tristeza debido al fallecimiento de la estrella del fútbol mundial. Nery Pumpido arquero de la selección argentina campeona mundial de 1986, ha manifestado: “y un día ocurrió, un día lo inevitable sucedió, es un cachetazo emocional y nacional, es un golpe que retumba en todas las latitudes, la muerte había sido gambeteada varias veces, el destino del Pelusa ahora es parte de la triste realidad”. Diego Maradona visitó varias veces Cuba y en cada una de ellas saludó con el Comandante Fidel Castro. No se piense que los diálogos con él marcarían su posición política, quizá si la definieron. Los ganadores del “Mundial de México 86” invitados a la Casa Rosada para

celebrar el triunfo junto al Presidente Raúl Alfonsín, luego del festejo, Maradona le dejó en claro a la prensa cuál era su postura política. “Soy de izquierda, todo de izquierda, de pies, de fe, de cabeza. Pero no en el sentido que ustedes le dan al término político. Soy de izquierda en el sentido de que soy para Alfonsín, para el progreso de mi país, para mejorar el tenor de la vida de la gente pobre, para que todos tengamos paz y libertad”. En algún momento, un periodista cuestionó su amistad con Fidel Castro y ciertas declaraciones respecto de la vida en Cuba. A lo cual contestó, que no ha buscado la amistad de él por su condición de líder revolucionario ni por su por su marcada connotación política a nivel mundial. “Se equivoca quien lo piense así”, añadiendo que su amistad se fortaleció porque el pueblo cubano le tendió la mano cuando gran parte del mundo lo rechazaba en aquellos tiempos en que cayó en la droga, “es por eso que yo defiendo mi fútbol como Fidel defiende a su pueblo”.

VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

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ENTRE BROMA Y EN SERIO Efrén

Sarango

efrensarangopalacios@gmail.com

Nadie se esquiva en este trayecto Todos vamos por la senda Del camino y de la muerte, No es peor ni mejor suerte Por lo tanto no se ofenda. Todos somos las estelas Que el azul del firmamento Va dejando en sus lamentos Y entre el blanco de las velas. Todo pasa y los ocasos Se hacen nube por las noches En magnánimo derroche Sucumbiendo a los abrazos. Todos somos la ceniza De los días en revuelo Que se cuecen con el celo De los odios y ojerizas. Todos somos las estancias De los días en las manos Donde asoman los villanos Con sus mil extravagancias. A pesar de las victorias En los días meridianos Los retrógrados paganos Son un dolmen sin memoria. Todos vamos a la zaga De las musas y bondades, De las tórridas ciudades De lujuria y buena paga. Todos vamos a la espera Del anuncio decisorio … o la muerte y su velorio O la vida a su manera! Todos somos la manzana De corteza apetecible Que nos nutre incontenible Con suprema buena gana. Todos vamos al encuentro De los días conjugados Y los ojos madurados Con un verbo desde adentro. Lic. Ismael E. Betancourt, DIRECTOR Ing. Paola Betancourt Mora, GERENTE Teléf.: (+5937) 2732003 Cel.: 0997262566 - 0992416701

Pasaje Cinchona Nro.207-26 entre Miguel Riofrío y Azuay (Sector 24 de Mayo) gerencia@cronica.com.ec redaccion@cronica.com.ec publicidad@cronica.com.ec / www.cronica.com.ec

El editorial es la opinión oficial de Crónica. Los artículos periodísticos y caricatura que contienen nombres y apellidos son el pensamiento de sus autores y reflejan criterios de pluralidad e independencia de este Diario.

Fundado el 1 de Noviembre de 1979


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VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

Judiciales CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante: MIGUEL MARÍA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, que en extracto es como sigue: ACTORA: ROSALINA DIONICIA JUNGAL ANDRADE DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante: MIGUEL MARÍA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, ademas de los extintos señores DOLORES ELISABET GONZÁLEZ CABRERA Y HUGO VICENTE GONZÁLEZ CABRERA. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-01471 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA´ EXTRACTO DEMANDA.- Loja, lunes 5 de octubre del 2020, las 15h49, VISTOS: Agréguese a los autos los escritos que anteceden y la documentación adjunta.En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor MIGUEL MARÍA GONZÁLEZ GONZÁLEZ conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada y testada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito judicial sugerido quién será designado oportunamente por esta Unidad Judicial: PRIMERO.- 1.1. Con la solicitante ROSALINA DIONICIA JUNGAL ANDRADE por lo que comparece en calidad de adquiriente y cesionaria de derechos y acciones en la sucesión del causante. 1.2. Con los herederos conocidos señores PIEDAD PATRICIA GONZÁLEZ CABRERA, RUBÉN DARÍO GONZÁLEZ CABRERA, FLOR MARÍA GONZÁLEZ CABRERA en calidad de hijos y por lo tanto herederos del causante, y como la parte actora bajo juramento ha declarado de que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de aquellos demandados y se ha justificado las diligencias respectivas, al tenor de lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone su citación a través de uno de los medios de comunicación esto es a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación existente en la ciudad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Proce-

sos. Confiérase el extracto respectivo. 1.3. Con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, al funcionario indicado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta, escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos del causante MIGUEL MARÍA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, además de los extintos señores DOLORES ELISABET GONZÁLEZ CABRERA y HUGO VICENTE GONZÁLEZ CABRERA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO. - Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO. - Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico. - NOTIFIQUESE. - Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 09 de noviembre del 2020 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ

Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4323 CITACIÓN JUDICIAL CITO, con el siguiente extracto de demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, a los herederos desconocidos de la causante señora MANUELA ALBERTINA SUÁREZ MACAS, cuyo contenido es como sigue: ACTOR: FATIMA ALEXANDRA, KATTY MARICELA Y VÍCTOR HERMEL LUZURIAGA SUÁREZ DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE MANUELA ALBERTINA SUÁREZ MACAS. OBJETO DEMANDA: INVENTARIO TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTÍA: INDETERMINADA NRO. DE JUICIO: 11203-2020-02171 JUEZ: DR. LUIS ERASMO SAMANIEGO MUÑOZ AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE: “Loja, lunes 26 de octubre del 2020, las 08h11, VISTOS.- Dr. Luis Erasmo Samaniego Muñoz, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, y conforme el Art.172 de la Constitución de la República del Ecuador, en relación con el Art.160, numeral 1, y Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento del presente proceso.- Se llama a intervenir al Dr. Ulises Chacón, en calidad de secretario asignado a esta Unidad Judicial.- EN LO PRINCIPAL.La demanda de Inventarios y Avalúo de Bienes Sucesorios propuesta por: 1) LUZURIAGA SUÁREZ FATIMA ALEXANDRA; 2) LUZURIAGA SUÁREZ KATTY MARICELA y 3) LUZURIAGA SUÁREZ VÍCTOR HERMEL, por cumplir con los requisitos legales mínimos previstos en el Art.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), se la acepta al procedimiento VOLUNTARIO que le corresponde y conforme lo señala el Art.334.4 del COGEP.- Por lo que se dispone: 1.- Por el fallecimiento de la causante MANUELA ALBERTINA SUAREZ MACAS conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art.341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.- 2.- Para la formación del inventario, una vez que fuesen citados todas las partes, el juzgador designará perito para que proceda a su formación y avalúo en presencia de los interesados y, señalará el día y la hora para tal diligencia.- Esto sin perjuicio que los interesados sugieran el perito.- No se atiende el informe pericial que ha sido presentado, por cuanto éste es practicado cuando aún no se ha encontrado abierta la sucesión intestada ni se ha autorizado judicialmente se proceda al alistamiento y avalúo de los bienes, más aún cuando ni siquiera se ha cumplido con la diligencia de citación a los herederos desconocidos.- 3.- Cuéntese en el presente proceso con los comparecientes quienes dicen hacerlo en sus calidades de hijos de la causante.- 4.- Al amparo de lo determinado en el Art.58 del Código Orgánico General de Procesos; se DISPONE la CITACIÓN a los herederos desconocidos de la causante MANUELA ALBERTINA SUAREZ MA-

www. CAS; esto en la forma determinada en el Art.56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual concédase el extracto respectivo.- 5.- Respecto a las pruebas que han sido anunciadas por la parte accionante, el momento procesal para calificar las mismas, es en la fase pertinente de la Audiencia Única y, conforme el Art.160 y Art. 335 del COGEP.- 6.- El informe pericial debe contener todos y cada uno de los puntos que se contienen en el Art.342 del COGEP y debe realizarse y levantarse con la presencia y el conocimiento previo en su contenido de todos los interesados.- El perito antes de hacer llegar su informe cuidará para que su Informe cumpla con estos requisitos.- Téngase en cuenta la pretensión, cuantía, el domicilio judicial para notificaciones señalado por la parte accionante y, la autorización que le confieren a su abogado defensor.- Cuéntese en la prosecución del proceso en calidad de Procurador Común con LUZURIAGA SUÁREZ VÍCTOR HERMEL.- Agréguese al proceso con notificación contraria toda la documentación adjunta la parte actora al libelo de demanda inicial.- Luego de hacer uso del periodo programado de vacaciones, se deja constancia que sólo con esta fecha el suscrito Juez conoce de la acción; periodo de licencia en el cual se han sorteado nuevas demandas y en consecuencia se han acumulado y se encuentran pendientes de despacho.Hágase Saber, Cítese y Cúmplase.- Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general para los fines de Ley consiguientes. Loja, 29 de Octubre de 2020 Dr. Ulises Fernando Chacón Guamo, SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4369 DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al señor LLANES ACARO CRISTIAN GEOVANNY, que en extracto es como sigue: ACTOR: BEJARANO CASTILLO LIBIA PATRICIA. DEMANDADO: LLANES ACARO CRISTIAN GEOVANNY. OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR CAUSAL. TRÁMITE: SUMARIO. JUICIO: NRO. 11203-2020-01940 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, miércoles 23 de septiembre del 2020, las 16h29, VISTOS.- Avoco conocimiento del presente juicio en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja y en mérito al sorteo reglamentario.Se llama a intervenir a la Dra. Karina Torres Maldonado como Secretaria Encargada de esta Unidad Judicial, mediante Acción de personal Nro. 172-UPTHL- SC de fecha 25 de agosto de 2015.- En lo principal, por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara, completa y precisa la demanda de divorcio por causal

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planteada por la Sra. LIBIA PATRICIA BEJARANO CASTILLO en contra del Sr. CRISTIAN GEOVANNY LLANES ACARO, y por cuanto dicha demanda cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 332 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que la admite al trámite mediante procedimiento SUMARIO. De conformidad con lo establecido en el Art. 333.4 del Código Orgánico General de Procesos cítese al demandado el Sr. CRISTIAN GEOVANNY LLANES ACARO en el lugar designado en la demanda y para lo cual cuéntese con la intervención de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, autoridad quien explicará a la parte demandada de su obligación de señalar casillero judicial, correo electrónico en esta ciudad de Loja y de comparecer a juicio. El accionado podrá contestar la demanda en la forma y en el término señalado en el Art. 333.3 del COGEP. Téngase en cuenta la anunciación de pruebas de la parte accionante.- Téngase en cuenta, que en el momento oportuno comparecerán a la respectiva audiencia los testigos de la parte accionante, siendo responsabilidad de la actora hacerles comparecer bajo prevenciones legales. Las pruebas solicitadas por la accionante, en la respectiva audiencia serán discutidas y aprobada su pertinencia.- El accionado en los términos señalados en los Arts. 151 y 152 del COGEP anunciará su prueba que se referirá a los hechos expuestos en la contestación a la demanda, haciéndole conocer a la parte demandada que solamente en el caso de que demostrare que es imposible tener acceso a dichas pruebas se podrá pedir auxilio a solicitar del auxilio del órgano jurisdiccional para su obtención.- Téngase en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico de la parte accionante.- HÁGASE SABER. OTRO AUTO: Loja, viernes 13 de noviembre del 2020, las 10h03, Una vez que la actora: BEJARANO CASTILLO LIBIA PATRICIA, ha dado estricto cumplimiento a las exigencias establecidas por la Corte Constitucional, en su resolución publicada en el Suplemento al Reg. Of. No. 228 del lunes 5 de julio de 2000, y las determinadas en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; de manera especial, mediante la diligencia evacuada el día VIERNES 13 DE NOVIEMBRE DEL 2020, LAS 09H30, a la que ha comparecido y ha declarado bajo juramento haberle sido imposible determinar la residencia del demandado LLANES ACARO CRISTIAN GEOVANNY.- En consecuencia, se dispone que el demandado sea citado por la prensa en un periódico de alta circulación de esta localidad cantonal, conforme a lo establecido en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos; para lo cual el señor Secretario confiera el extracto respectivo.- Previniéndole al accionado su obligación de señalar casillero judicial y/o dirección de correo electrónico para efectos de notificación y de no comparecer al proceso se procederá en rebeldía.- HÁGASE SABER.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 17 de noviembre del 2020. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4380

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Libretas LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901095615 perteneciente a CAMPOVERDE ORTEGA LUIS WALTER con C.I. 105430862 en razón de haberse extraviado. P/4367/1 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901750113 perteneciente a MUÑOZ OVIEDO MARIA DEL PILAR con C.I. 151011954 en razón de haberse extraviado. P/4367/2 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900394867 perteneciente a GUAIRACAJA GUAMAN DAVID DANIEL con C.I. 603191719 en razón de haberse extraviado. P/4367/3 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900138912 perteneciente a DAVILA MALDONADO ENMA ROSA con C.I. 700820657 en razón de haberse extraviado. P/4367/4 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900506654 perteneciente a PIEDRA LOAIZA JEFFERSON NICANOR con C.I. 702945791 en razón de haberse extraviado. P/4367/5 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901587787 perteneciente a SIMANCA SUAZO YENNI YINNA con C.I. 704600733 en razón de haberse extraviado. P/4367/6 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900393112 perteneciente a ROJAS ROJAS DEICY GABRIELA con C.I. 704800812 en razón de haberse extraviado. P/4367/7 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902444265 perteneciente a LOJA CALDERON LEONARDO ANTONIO con C.I. 704961176 en razón de haberse extraviado. P/4367/8 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902453595 perteneciente a RAMIREZ AMADA GUILLERMINA con C.I. 1100133709 en razón de haberse extraviado. P/4367/9 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901856166 perteneciente a PARDO ZOILA AURORA con C.I. 1100539079 en razón de haberse extraviado. P/4367/10 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901568671 perteneciente a QUINDE QUINCHE ROSA VIRGINIA con C.I. 1101428710 en razón de haberse extraviado. P/4367/11

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CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de la causante: señora HERMINIA ALBERTINA BENITEZ ALULIMA, que en extracto es como sigue: ACTORA: JOSÉ HUMBERTO QUIZHPE PINOS Y ROSA MARLENE QUIZHPE BENITEZ DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: señora HERMINIA ALBERTINA BENITEZ ALULIMA OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-01967 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA: Loja, jueves 12 de noviembre del 2020, las 18h52, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede

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LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902085727 perteneciente a LUZON YAGUANA ENMA ESPERANZA con C.I. 1101745782 en razón de haberse extraviado. P/4367/12 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103004085 perteneciente a CALVA QUINDE CESAR MARCELO con C.I. 1101788576 en razón de haberse extraviado. P/4367/13 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2103007762 perteneciente a AYALA BENAVIDES CARLOS VICENTE con C.I. 1101889150 en razón de haberse extraviado. P/4367/14 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900462211 perteneciente a PAUTE MASA MAXIMO ABEL con C.I. 1101953261 en razón de haberse extraviado. P/4367/15 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901010045 perteneciente a OTUNA CELI ALFONSO MANUEL con C.I. 1102102421 en razón de haberse extraviado. P/4367/16 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901577371 perteneciente a CUENCA FLORES YURI VICTORIANO con C.I. 1102145446 en razón de haberse extraviado. P/4367/17 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2101071265 perteneciente a TORRES ORTIZ SILVERIO con C.I. 1102176664 en razón de haberse extraviado. P/4367/18 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902517681 perteneciente a CHAMBA HIDALGO MONICA MAGALI con C.I. 1102491733 en razón de haberse extraviado. P/4367/19 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900084103 perteneciente a GUERRERO PILCO OSCAR WALTER con C.I. 1102562111 en razón de haberse extraviado. P/4367/20 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2104001611 perteneciente a CORDOVA CHAMBA JACQUELINEDEL ROCIO con C.I. 1102563234 en razón de haberse extraviado. P/4367/21 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900689006 perteneciente a JIMENEZ SANCHEZ ROYEL AMARILDO con C.I. 1102740048 en razón de haberse extraviado. P/4367/22 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902656542

perteneciente a CASTILLO TAPIA DIANA GLADYS con C.I. 1103006530 en razón de haberse extraviado. P/4367/23 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901272421 perteneciente a BURI BURI JOSE RIGOBERTO con C.I. 1103258685 en razón de haberse extraviado. P/4367/24 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900085525 perteneciente a ABAD BARBA DARWIN PATRICIO con C.I. 1103389472 en razón de haberse extraviado. P/4367/25 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901705207 perteneciente a TINITANA SANTORUN HENRY VINICIO con C.I. 1103498836 en razón de haberse extraviado. P/4367/26 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901491132 perteneciente a CHAMBA JAPON EVELYN PAOLA con C.I. 1103741573 en razón de haberse extraviado. P/4367/27 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901476162 perteneciente a BENITEZ CALVA MICHAEL RAMIRO con C.I. 1103807085 en razón de haberse extraviado. P/4367/28 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902034818 perteneciente a SALAS SANCHEZ CARLOS ALEJANDRO con C.I. 1103866263 en razón de haberse extraviado. P/4367/29 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901474533 perteneciente a OCHOA CUEVA MARIA GABRIELA con C.I. 1103939680 en razón de haberse extraviado. P/4367/30 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902449458 perteneciente a VASQUEZ MATAILO WALTER VINICIO con C.I. 1104034739 en razón de haberse extraviado. P/4367/31 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900481286 perteneciente a CALVA ARROBO EDISON PAUL con C.I. 1104371628 en razón de haberse extraviado. P/4367/32 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902118951 perteneciente a JUMBO ALVAREZ ROSARIO DEL CARMEN con C.I. 1104390081 en razón de haberse extraviado. P/4367/33 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900606101 perteneciente a LOAIZA TACURI JUAN PABLO con C.I. 1104409667 en razón de haberse extraviado. P/4367/34 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA

Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900896574 perteneciente a SILVA PUCHAICELA OSCAR AMABLE con C.I. 1104612195 en razón de haberse extraviado. P/4367/35 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901184373 perteneciente a ROMAN JIMENEZ JOSE MARCELO con C.I. 1104784614 en razón de haberse extraviado. P/4367/36 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901548282 perteneciente a MINGA CONTENTO DOLORES BEATRIZ con C.I. 1104799851 en razón de haberse extraviado. P/4367/37 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901230664 perteneciente a CHAMBA SARANGO JOSE MIGUEL con C.I. 1105055592 en razón de haberse extraviado. P/4367/38 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902335321 perteneciente a JIMENEZ CHUQUIGUANCA JOSE MILTON con C.I. 1105281131 en razón de haberse extraviado. P/4367/39 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901681521 perteneciente a SANCHEZ CASTILLO MARIA MAGDALENA con C.I. 1105339236 en razón de haberse extraviado. P/4367/40 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902288761 perteneciente a CURIPOMA ANGAMARCA LIDER STALIN con C.I. 1105382897 en razón de haberse extraviado. P/4367/41 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902160539 perteneciente a PINZA VEGA MAYRA ALEJANDRA con C.I. 1105537284 en razón de haberse extraviado. P/4367/42 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901793771 perteneciente a GUAYA CUENCA TANIA MEDELEY con C.I. 1105575227 en razón de haberse extraviado. P/4367/43 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901928532 perteneciente a CUENCA PACCHA JHUNIOR BYRON con C.I. 1105609869 en razón de haberse extraviado. P/4367/44 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901842992 perteneciente a LUNA RIOFRIO FERNANDO ISRAEL con C.I. 1105668931 en razón de haberse extraviado. P/4367/45 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901488262 perte-

neciente a CASTAÑEDA ROMAN KATTY ROSA con C.I. 1106028358 en razón de haberse extraviado. P/4367/46 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901241381 perteneciente a CONSTRUCTORA MULTIPROYECTOS con C.I. 1191738507001 en razón de haberse extraviado. P/4367/47 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902241457 perteneciente a TUKUP JUEPA JEYSON RONALDO con C.I. 1401265366 en razón de haberse extraviado. P/4367/48 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901175164 perteneciente a SOLANO MARCO ANTONIO con C.I. 1500351471 en razón de haberse extraviado. P/4367/49 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900865568 perteneciente a CASTILLO CARRION CARLOS ENRIQUE con C.I. 1706873286 en razón de haberse extraviado. P/4367/50 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900606051 perteneciente a PRADO DAVILA JOSE MIGUEL con C.I. 1708067226 en razón de haberse extraviado. P/4367/51 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900928762 perteneciente a ROMERO MALDONADO JUSTO BENIGNO con C.I. 1900061746 en razón de haberse extraviado. P/4367/52 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901078936 perteneciente a CHAMBA CAMACHO JOSE MERCEDES con C.I. 1900113802 en razón de haberse extraviado. P/4367/53 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900407357 perteneciente a ESCOBAR CELI ANGEL ROSENDO con C.I. 1900208537 en razón de haberse extraviado. P/4367/54 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2902323178 perteneciente a CORREA GUAMAN JUAN ORLANDO con C.I. 1900229467 en razón de haberse extraviado. P/4367/55 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2900756818 perteneciente a VINUEZA GUAMAN JEANNETH VERONICA con C.I. 1900520923 en razón de haberse extraviado. P/4367/56 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público en general que el BANCO DE LOJA S.A. procederá a anular la libreta de ahorros Nº 2901414098 perteneciente a JAPON ARMIJOS MARCO FERNANDO con C.I. 1900531789 en razón de haberse extraviado. P/4367/57

y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de la señora HERMINIA ALBERTINA BENITEZ ALULIMA conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes JOSÉ HUMBERTO QUIZHPE PINOS Y ROSA MARLENE QUIZHPE BENITEZ por lo que comparecen en calidad de cónyuge sobreviviente e hijo y por lo tanto heredero de la causante.

1.2. Con los herederos conocidos señores ANGEL HERNAN QUIZHPE BENITEZ Y GLORIA MERCEDES QUIZHPE BENITEZ en calidad de hijos y por lo tanto herederos de la causante, a quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, a los herederos conocidos y funcionario indicado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta, escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un de-

mandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos de la causante HERMINIA ALBERTINA BENITEZ ALULIMA, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.

Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Los accionantes en el término de cinco días y al tenor de lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos constituyan un procurador común.- NOTIFIQUESE.-Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 17 de noviembre del 2020 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4371


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VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

Judiciales

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Publicación por la Prensa Se pone en conocimiento del público en general, lo dispuesto en Sentencia dentro del juicio de Interdicción: JUICIO Nro.: 11203-2020-01257 ACTORES: SALINAS ISABEL MARIA DE JESUS ASUNTO: Interdicción Definitiva TRÁMITE: Sumario CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, viernes 6 de noviembre del 2020, las 10h40, VISTOS.- JUEZ PONENTE DR. LUIS PATRICIO JARAMILLO REYES.- Una vez efectuada la audiencia en el presente proceso, el suscrito juzgador ha emitido de conformidad a lo prescrito en la Ley, la sentencia en el proceso, por ello de conformidad a lo prescrito en el Art 89; 93 y ss del Código Orgánico General de Procesos, procedo a motivar por escrito la misma dentro del término de ley, lo hago en los siguientes términos: Comparece mediante escrito de fojas 7 y ss, la señora: ISABEL MARÍA DE JESÚS SALINAS para manifestar en lo principal de su demanda: Que es madre del señor FRIDMAN RENÉ ZÚÑIGA SALINAS, de 54 años quien padece de sordera y retraso mental moderado, que por ello requiere cuidado especial y permanente que por su condición de madre le ha prodigado, que sin embargo por su avanzada edad requiere que se le nombre curador para que se haga cargo mediante la interdicción correspondiente para ello sugiere el nombre de su hija Mónica Aurora Zúñiga Salinas, que previo a los trámites de ley se declare la interdicción judicial del señor Fridman René Zúñiga Salinas. Con los antecedentes que expresa, comparece para que luego de valorada la prueba, se declare la interdicción del señor FRIDMAN RENÉ ZÚÑIGA SALINAS. Fundamenta la demanda en lo dispuesto en los artículos 478 - 481 -482 del Código Civil, en concordancia con el artículo 332.5 del Código Orgánico General de Procesos. Mediante auto de fecha 28 de julio de 2020 (fs. 20) se admite la demanda para que se le imprima el procedimiento sumario, disponiéndose la convocatoria a la audiencia previa prevista en el Art. 87, con el fin de escuchar al supuesto interdicto, a los parientes cercanos y a quienes se encuentra bajo su cuidado, diligencia que consta a fs. 32 y 33 del proceso y en la cual se procedió a escuchar a la peticionaria y a la señora Mónica Aurora Zúñiga Salinas madre y hermana del presunto interdicto señor FRIDMAN RENÉ ZÚÑIGA SALINAS, quienes expresaron en forma concreta que lamentablemente su hijo y hermano desde el nacimiento sufre de la condición de sordera y retraso mental. De igual forma señalan la necesidad imperiosa de que se declare la interdicción judicial de su hijo y hermano a fin de proseguir con los trámites correspondientes. En la misma audiencia se entrevistó mediante señas con el señor FRIDMAN RENÉ ZÚÑIGA SALINAS quien no escucha ni entiende la comunicación, lo cual es observado por el juzgado, señalando en forma expresa que se observa la incapacidad lamentable en la que se encuentra el presunto interdicto. Cumplidas las diligencias señaladas se procedió a señalar fecha y hora para la audiencia respectiva, la cual efectivamente se cumplió, el día 05 de noviembre 2020, con la presencia de las partes procesales, y el perito Dr. Diego Guerrero Guzmán, consta a fs. 36 y 37; instalada la misma se verifica la no existencia de excepciones previas que analizar; se declara la validez del proceso, además de la fundamentación que realiza la peticionaria, una vez producida la prueba en el proceso, y alegato correspondiente se procede a expedir en forma oral la resolución en la que se declara la interdicción definitiva del causante, resolución que manifiestan las partes estar de acuerdo, por ello se

motiva lo siguiente: PRIMERO.- El suscrito Juzgador es el competente para conocer y resolver la presente acción de interdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- SEGUNDO.- No existe omisión de solemnidad sustancial ni vicio en el procedimiento que determine nulidad, por lo que se declara la validez de lo actuado.- TERCERO.- Para declaratoria de interdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 467 del Código Civil, mientras se decida la causa en el procedimiento sumario, con los informes verbales de los parientes u otras personas, o con el informe del perito médico especializado de la nómina del Consejo de la Judicatura que se adjunte a la demanda, el juez puede convocar a una audiencia previa para resolver sobre la declaratoria o no de la interdicción provisional. De decretarse la interdicción provisional, se ordenará la inscripción en el registro de la propiedad y la notificación al público en un periódico y por carteles que se fijarán, al menos en tres, de los parajes más frecuentados, todo lo cual se ha realizado en el proceso, sin embargo considera el juzgador que el caso en estudio debe ser definitiva la declaratoria. CUARTO.- En la audiencia realizada, se ha producido: 4.1.- El carnet de Discapacidad del causante emitido por el CONADIS Fs.5; y la certificación del Centro de Salud Nro.2 Tipo B de Fs. 6 sobre la discapacidad del causante. 4.2.- El informe pericial, que consta de fs. 11 a 17, el cual fue sustentado por el doctor: Diego Guerrero Guzmán, quien con detalles médicos, científicos y con lenguaje claro y comprensible ha determinado la incapacidad del señor FRIDMAN RENÉ ZÚÑIGA SALINAS, quien presenta un cuadro de RETRASOMENTAL MODERADO Y SORDOMUDEZ, que hace que el paciente no pueda representarse por sí mismo, depende del cuidado de otra persona, padece de un retraso mental moderado CIE-10-F71.9 y una discapacidad auditiva de 82 %, lo que ocasiona deterioro cognitivo e imposibilidad para actividades cotidianas que su voluntad y consciencia no le permite tomar decisiones acertadas en el ámbito, familiar, personal, laboral, patrimonial, cuestiones lamentables en la vida de un ser humano como en el presente caso que a decir del profesional no son subsanables o tiene la calidad de irreversible. QUINTO.- Acorde a lo prescrito en el Art. 76, numeral 7 literal l) de la Constitución de la República del Ecuador en concordancia con el Art. 130.4 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala que las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas, no habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho establecidos en el proceso. La doctrina sobre la motivación, el tratadista Fernando de la Rúa señala: “La motivación de la sentencia constituye el conjunto de razonamientos de hecho y de derecho en los cuales el juez apoya su decisión y que se consignan habitualmente en los “considerandos” de la sentencia.”, este autor invoca que para Couture, Vocabulario Jurídico, página 425 y Claría Olmedo, ob. cit. define a la motivación como “conjunto de razonamientos, tanto en el aspecto fáctico como en el jurídico, en los cuales el Tribunal apoya las conclusiones que han de ser el basamento del dispositivo” (Libro el Recurso de Casación en el Derecho Positivo Argentino, Editor Víctor P. de Zavalía. Buenos Aires, página 149 acerca de la motivación). De igual forma según el tratadista Michele Taruffo, señala a la motivación como “el contenido esencial de la motivación equivale a lo que ha sido definido como justificación en primer grado. En síntesis la misma comprende: 1) la enunciación de las elecciones realizadas por el Juez en función de: identificación de las normas aplicables, verificación de los hechos, calificación jurídica del supuesto, consecuencias jurídicas que se desprende de la misma; 2) el contexto de vínculos de aplicación y de coherencia entre estos enunciados. 3) la calificación de los

Publicidad enunciados particulares sobre la base de los criterios del juicio que sirven para valorar si las elecciones del juez son racionalmente correctas. La necesidad de estas tres categorías de requisitos para la existencia de la motivación podría justificarse analíticamente, pero es suficiente recordar lo que se ha sostenido en materia del modelo general de la motivación; lo único que falta añadir es que todos estos requisitos son necesarios, porque la ausencia de uno solo de ellos es suficiente para imposibilitar el control interno, por parte de los diferentes destinatarios de la motivación en torno del fundamento racional de la decisión (Taruffo Michele, La Motivación de la Sentencia Civil, editorial Trotta, Madrid pág 407-408). SEXTO.- El Art. 478 del Código Civil Ecuatoriano prescribe que el adulto que se halle en estado habitual de demencia deberá ser privado de la administración, en el presente caso se ha logrado por parte del juzgador establecer los hechos relatados en forma precisa, esto es la información del profesional respecto de la salud mental y general del causante, se ha escuchado a los familiares y se hizo una entrevista del causante, de igual manera se ha escuchado la sustentación del informe médico por el perito del proceso, con lo cual se concluye un estado habitual desde el nacimiento del problema de salud del causante, por otra parte debe expresarse que la señora madre y actora del proceso Sra. Isabel María de Jesús Salinas, viene realizando el cuidado, representación y a su cargo del referido paciente, y es quien solicita que se nombre curadora a su hija Mónica Aurora Zúñiga Salinas quien cumple con las prescripciones del Art 484 del Código Civil para el cargo conferido, por lo que se estima que a la misma se le debe confiar dicho cargo, inclusive se le debe eximir de rendir fianza. En resumen analizado el problema jurídico se ha establecido en forma correcta y efectiva, todos los presupuestos jurídicos para determinar que el causante se encuentra en el lamentable estado de salud señalado, lo cual obviamente le impide representarse por sí mismo, o cumplir actos voluntarios, peor actividades que le permitan tener autonomía mental, razones fácticas para que prospere la presente acción. Por los argumentos y consideraciones expresadas, este juzgador EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LEYES DE LA REPÚBLICA, acepta la demanda propuesta y por tanto confirma la resolución emitida, y declara la interdicción definitiva del señor FRIDMAN RENÉ ZÚÑIGA SALINAS, con cédula de ciudadanía N° 1102546841, y en consecuencia se dispone. 1.- 1.- Se designa en calidad de curadora a la señora MÓNICA AURORA ZÚÑIGA SALINAS, sin que deba rendir fianza. 2.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Civil, inscríbase la presente resolución de interdicción civil en el libro correspondiente del Registro de la Propiedad del cantón Loja.- 3.- Notifíquese al público por un periódico del mismo cantón y por carteles que se fijarán en por lo menos tres de los parajes más frecuentados de la ciudad de Loja, parroquia El Sagrario, haciéndose conocer que el señor FRIDMAN RENÉ ZÚÑIGA SALINAS, domiciliado en la ciudad de Loja, no tiene la libre administración de sus bienes.- A la curadora designada se le exime de rendir fianza de conformidad a lo prescrito en el Art 400 del Código Civil, la misma deberá proceder a comparecer a la Unidad Judicial en forma inmediata al discernimiento del cargo de manera definitiva. Por Coordinación de la Unidad, concédanse las copias pertinentes a los interesados.- Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 17 de noviembre del 2020 Dr. MANUEL LOZADA RAMIREZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/4381

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UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE GENERAL CON SEDE EN EL CANTON PALTAS CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos de la causante EMERITA ISABEL GUAMAN DÍAZ. Conforme a los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General del Procesos, que en extracto es como sigue: ACTOR: HERNAN AMABLE TACURI GUAMAN (PROCURADOR COMÚN) DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS DE LA CAUSANTE, EMERITA ISABEL GUAMAN DÍAZ. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS. TRAMITE: VOLUNTARIO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUICIO NRO. 11314-2020-00324. JUEZ: DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN. AUTO DE ACEPTACION A TRÁMITE: VISTOS.- Avoco conocimiento y competencia de la presente causa en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Paltas, provincia de Loja, en virtud a la Resolución 258-2014 dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha, 8 de octubre del 2014; así como a la Acción de Personal Nro. 8181DNTH-2014 de fecha, 14 de octubre del 2014. La demanda de Inventarios, reúne los requisitos de forma exigidos por los Arts. 142 y 143 del COGEP, por lo que se la califica y se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334.4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Consecuentemente, se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por la causante EMERITA ISABEL GUAMAN DIAZ desde el momento de su fallecimiento, 04 de febrero del 2020 disponiéndose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 y 342 del COGEP, en presencia de los interesados y del Perito, que será designado una vez que se cite en legal forma a todos los demandados, Así como se señalará fecha para la práctica de la referida diligencia. CITESE a los herederos desconocidos y presuntos de la causante EMERITA ISABEL GUAMAN DIAZ conforme a los Arts. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de la localidad, confiérase el respectivo extracto. Cuéntese en este proceso: a) Con los comparecientes señores: HERNAN AMABLE TACURI GUAMAN, en calidad de cónyuge sobreviviente, PABLO HERNAN TACURI GUAMAN, MARIA ELENA TACURI GUAMAN y ANGEL AMABLE TACURI GUAMAN en calidad de hijos; b) CUÉNTESE Y NOTIFÍQUESE, a los siguientes funcionarios: 1) Señores Alcalde y Procurador Síndico del GAD de Paltas; 2) Con el Señor Procurador Tributario del Servicio de Rentas Internas de Loja; 3) Director del MAGAP en Loja, en sus Despachos, para la notificación a los referidos funcionarios en Loja, se Depreca a uno de los señores Jueces de la Niñez del cantón Loja, ofreciendo reciprocidad en casos similares, remítase el respectivo despacho. Téngase en cuenta: Como Procurador Común al señor HERNAN AMABLE TACURI GUAMAN, La prueba anunciada contenido en el Acápite V de su escrito de demanda, en cuenta la insinuación del Perito AB. Plutarco Gonzalo Correa, que se designara en el momento oportuno, en cuenta la cuantía de la acción, la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado y la autorización conferida a su Defensor. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. NOTIFIQUESE.- FIRMA.DR. JUAN ROSALINO ABAD SANTIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON PALTAS. Particular que pongo en conocimiento de los interesados y público en general, para los fines legales pertinentes. Paltas, martes 17 de noviembre de 2020.- Lo certifico.- EL SECRETARIO.-

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Ab. Juan Pablo Ortega Parra. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL P/F4383 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a BRYAN PATRICIO GAONA SANTORUM, que en extracto es como sigue: ACTOR: JOSE PATRICIO GAONA AGUIRRE. . DEMANDADO: BRYAN PATRICIO GAONA SANTORUM. OBJETO DE LA DEMANDA: EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA. TRÁMITE: SUMARIO. JUICIO: NRO. 11203-2013-6774 JUEZ: DR. HÉCTOR EFRÉN BURNEO SAAVEDRA. EXTRACTO DEMANDA.- “Loja, viernes 12 de junio del 2020, las 11h34, Una vez que la Corte Nacional de Justicia, mediante Resolución Nro. 07-2020, ha procedido habilitar desde el 4 de junio de 2020, los plazos o términos previstos en la ley en los Juzgados, Unidades Judiciales, Tribunales Penales, Tribunales de lo Contencioso Administrativo y Tribunales de lo Contencioso Tributario, según el cronograma de restablecimiento de actividades jurisdiccionales determinado en la Resolución No. 057-2020 del Consejo de la Judicatura. En lo principal. Previo a resolver la solicitud de extinción de la obligación alimenticia presentada por el señor JOSE PATRICIO GAONA AGUIRRE, quien hace conocer que el titular del derecho BRYAN PATRICIO GAONA SANTORUM, ha cumplido la mayoría de edad, se dispone: 1) A fin de garantizar el derecho a la defensa que prevé el Art. 75 de la Constitución de la República del Ecuador, notifíquese al beneficiario BRYAN PATRICIO GAONA SANTORUM, en la dirección que se indica en el escrito que antecede, para lo cual remítase el expediente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad; 2) De conformidad al principio de inversión de la carga de la prueba que contiene el Art. Innumerado 4 numerales 2 y 3 del Código de la Niñez y Adolescencia, se concede a BRYAN PATRICIO GAONA SANTORUM, el término de cinco días contados a partir de la notificación, para que justifique si continúa siendo titular del derecho a percibir alimentos, por alguna de las circunstancias que determina la ley, bajo prevenciones de declarar extinguida la obligación de prodigarle alimentos en caso de no presentarse las justificaciones del caso.- El presente auto se dicta sustentado en el criterio expuesto por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia mediante oficio No. 00605-PCNJ-2018 de fecha 24 de abril del 2018.- Téngase en cuenta la nueva casilla judicial, correo electrónico señalado por el señor JOSE PATRICIO GAONA AGUIRRE, así como la autorización que le confiere a su abogada defensor Dra. Lucia Hurtado Flores, para que patrocine su defensa.- Notifíquese por última vez al abogado sustituido en la defensa.- Notifíquese. OTRO AUTO: Loja, jueves 8 de octubre del 2020, las 16h03, Una vez que el señor José Patricio Gaona Aguirre, ha declarado bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad del domicilio o residencia del accionado, por lo que se dispone citar al señor Bryan Patricio Gaona Santorum, por un periódico de amplia circulación de la localidad, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto concédase por intermedio de secretaria un extracto para la publicación por la prensa.- Notifíquese.” Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.Loja, 14 de Octubre del 2020. Dra. Karina Torres Maldonado. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA P/F4384


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Judiciales CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a la señora LUPERCIO JARAMILLO AMY STEWARD, que en extracto es como sigue: ACTOR: LUPERCIO JUMBO HIPOLITO FERNANDO DEMANDADOS: LUPERCIO JARAMILLO AMY STEWARD OBJETO DE LA DEMANDA: EXTINCIÓN ALIMENTOS TRAMITE: ESPECIAL JUICIO: Nro. 11203-2017-01766 JUEZ: Dr. Luis Patricio Jaramillo Reyes “…Loja, miércoles 9 de septiembre del 2020, las 11h53, VISTOS:- En atención a la solicitud de Extinción de la obligación alimenticia presentada por el señor HIPOLITO FERNANDO LUPERCIO JUMBO en calidad de titular de la obligación alimenticia; quien hace conocer que su hijo AMY STEWARD LUPERCIO JARAMILLO, en calidad de titular del derecho alimenticio, ha cumplido 19 años de edad; motivo por el que considera que han desaparecido las circunstancias que le generaron el derecho a percibir alimentos; previo a resolver lo que corresponda se dispone: UNO.- Notifíquese al mencionado beneficiario de las pensiones alimenticias en el domicilio señalado, para lo cual se DEPRECA a la Unidad Judicial Multicompetente Civil del canton Catamayo, mediante depacho virtual en debida y legal forma, ofreciendo a la Autoridad deprecada reciprocidad en casos similares.- DOS.De conformidad al principio de inversión de la carga de la prueba que contiene el Art. innumerado 4 numerales 3 del Código de la Niñez y Adolescencia, se les concede a AMY STEWARD LUPERCIO JARAMILLO el término de cinco días contados a partir de la notificación; para que justifique sigue siendo titular del derecho a percibir alimentos, por alguna de las circunstancias que determina la ley; bajo prevenciones de declarar extinguida la obligación de prodigarle alimentos en caso de no presentarse las justificaciones del caso, una vez vencido el termino concedido se emitirá la resolución correspondiente.- El presente auto se dicta sustentado en el criterio expuesto por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia mediante oficio No. 00605-P-CNJ-2018 de fecha 24 de abril del 2018.-Tengase en cuenta la autorizacion conferida a la abogada defensora, el casillero y correo electronico señalado por el compareciente.NOTIFÍQUESE…”.- AUTO DE FECHA 30 DE MAYO DEL 2019: “…Loja, martes 17 de noviembre del 2020, las 11h38, Siguiendo con la tramitación del proceso, se dispone lo siguiente: PRIMERO.Por cuanto el accionante HIPOLITO FERNANDO LUPERCIO JUMBO, bajo juramento manifiesta la imposibilidad de poder determinar la individualidad o residencia del demandado AMY STEWARD LUPERCIO JUMBO, se dispone sea citado por medio de la prensa local, para lo cual por Secretaría confierase el extracto respectivo.- SEGUNDO.- De la revisión del proceso, en forma inadvertida se ha aceptado la comparecencia de la señora Sandra Maribel Borrero Escobar, fundada en el poder general que se adjunta a la presente y conferido por el señor AMY STEWARD LUPERCIO JARAMILLO, quien efectivamente ha conferido el mencionado poder de Fs. 130 y vta, el cual en forma clara en el literal X de su contenido, expone que la mandataria deberá nombrar abogado en calidad de procurador judicial del poderdante, lo cual en la especie no ocurre, por ello se revoca la providencia de fs. 137, de fecha 24 de septiembre de 2020; y, se dispone que el señor Amy Steward Lupercio Jaramillo, comparezca en debida forma y representado mediante procuración judicial, mediante las formas previstas en el Art. 42 del COGEP.- NOTIFIQUESE…”.- Firma Ilegible.- DR. Luis Patricio Jaramillo Reyes.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.-

.com.ec Loja, 19 de noviembre del 2020. Dr. MANUEL LOZADA RAMIREZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4387 EXTRACTO POR LA PRENSA REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido del auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Ejecutivo por cobro de pagaré a la orden, al señor DANIEL EDMUNDO SIVISAPA PINTA cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: RUIZ ROJAS HERNAN MANUEL DEMANDADO: SIVISAPA PINTA DANIEL EDMUNDO OBJETO DE LA DEMANDA: Cobro de pagaré a la orden JUICIO: 11333-2019-01149 JUEZ: Dra. Rosa Beatriz León Ojeda. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA.- “Loja, lunes 15 de abril del 2019, las 09h56, VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Loja, provincia de Loja.- En lo principal, la demanda incoada por el señor DR. HERNÁN MANUEL RUIZ ROJAS, en su calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre Ltda., conforme lo acredita con el documento que se anexa, en contra del señor DANIEL EDMUNDO SIVISAPA PINTA, se la califica de clara, completa y precisa de sus requisitos legales, razón por la que se la admite al trámite del procedimiento EJECUTIVO que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados dentro del TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, conforme lo determinan los artículos 333 y 355 del Código Orgánico General de Procesos, paguen la obligación adeudada, más los intereses correspondientes y las costas procesales o formulen la oposición respectiva con las excepciones de ley, conforme lo determinan los artículos 351, 352 y 353 del Código antes mencionado.- Cítese al demandado en el domicilio señalado; para lo cual, se depreca al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente, con sede en Catamayo, a quien se le enviará suficiente despacho virtual, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Agréguese a los autos los documentos que se anexan.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora.- Hágase saber” OTRA PROVIDENCIA “Loja, miércoles 2 de septiembre del 2020, las 16h13, VISTOS:- Por haberse rendido juramento de imposibilidad y justificarse las diligencias efectuadas para ubicar el domicilio del demandado, se dispone la citación por la prensa local al demandado DANIEL EDMUNDO SIVISACA PINTA mediante tres publicaciones en días distintos conforme a lo previsto en el Art. 56 del COGEP, cuyas publicaciones deberán agregarse al proceso de forma íntegra.- Hágase saber.-OTRO AUTO.Loja, martes 27 de octubre del 2020, las 08h13, VISTOS.- Lo solicitado en el escrito que antecede, no se atiende por no ser procedente en este momento; en virtud, que la citación realizada al demandado no se encuentra en forma correcta, tomando en consideración el apellido del mismo, habiéndose citado a un señor Daniel Edmuno Sivisaca Pinta, cuando lo correcto es DANIEL EDMUNDO SIVISAPA PINTA; en consecuencia, cúmplase en forma correcta la citación del demandado.- Llámese a intervenir en este proceso al señor Ab. Carlos Gallo Carrión, en calidad de Secretario Subrogante, mientras dure la ausencia del Titular.Hágase saber. OTRO AUTO.- Loja, viernes 30 de octubre del 2020, las 08h31, VISTOS.- Atendiendo el escrito que antecede, se dispone que por intermedio de Secretaría, se confiera el extracto respectivo, para la citación a la parte demandada; así mismo, concédase el desglose solicitado, debiendo el peticionario coordinar con dicho Departamento, para la entrega de lo solicitado.- Agréguese a los autos la factura que se anexa.- Há-

Publicidad gase saber. F) ILEGLIBLE DRA. ROSA BEATRIZ LEON OJEDA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA.-Particular que se pone en conocimiento del público en general para los fines de ley. Loja, 06 de noviembre del 2020.Ab. Carlos Gallo Carrión SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/F4391 UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, al demandado CARLOS GUILLERMO SILVA ESPARZA; y, a los herederos presuntos y desconocidos de la extinta DOLORES MARÍA ESPARZA ACHUPALLAS, que en extracto es como sigue: ACTORA: ROSARIO CONCESA FLORES ERRAEZ. DEMANDADOS: CARLOS EDUARDO SILVA GUAMÁN, y los herederos conocidos de la señora Dolores María Esparza Achupallas, señores TATIANA YACKELINE SILVA ESPARZA, MARCIA MIREYA SILVA ESPARZA, MARÍA ROSA SILVA ESPARZA, MARITZA DEL CISNE SILVA ESPARZA, CESAR AUGUSTO SILVA ESPARZA, CARLOS GUILLERMO SILVA ESPARZA, JOSE SALVADOR SILVA ESPARZA y WILSON EDUARDO SILVA ESPARZA, ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL MUNICIPIO DE LOJA. OBJETO DE LA DEMANDA: Que mediante sentencia se disponga que ha operado a favor de la actora, la Prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio del bien inmueble materia de la presente acción. TRAMITE: Ordinario CUANTIA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11333-2020-01776 JUEZA: Dra. Geovanna Tamara Chango Maldonado. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 16 de octubre del 2020, las 12h24, VISTOS: Una vez cumplido lo dispuesto en providencia anterior, y por lo dispuesto en el artículo 1264 del Código Civil. La demanda que antecede presentada por Rosario Concesa Flores Erraez, en contra de CARLOS EDUARDO SILVA GUAMAN Y OTROS, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados CARLOS EDUARDO SILVA GUAMÁN, y los herederos conocidos de la señora Dolores María Esparza Achupallas, señores TATIANA YACKELINE SILVA ESPARZA, MARCÍA MIREYA SILVA ESPARZA, MARÍA ROSA SILVA ESPARZA, MARTIZA DEL CISNE SILVA ESPARZA, CESAR AUGUSTO SILVA ESPARZA, CARLOS GUILLERMO SILVA ESPARZA, JOSE SALVADOR SILVA ESPARZA y WILSON EDUARDO SILVA ESPARZA, ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL MUNICIPIO DE LOJA, el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, en el inmueble de inscripción Nro. 1913 de fecha 29 de junio de 1993; particular del cual se notificará a la señora Registradora en legal forma.Cítese a los demandados CARLOS EDUARDO SILVA GUAMÁN, TATIANA YACKELINE SILVA ESPARZA, MARCÍA MIREYA SILVA ESPARZA, MARÍA ROSA SILVA ESPARZA, MARTIZA DEL CISNE SILVA ESPARZA, CESAR AUGUSTO SILVA ESPARZA, así como a los señores ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL MUNICIPIO DE LOJA, en la dirección que se indica en el libelo inicial, con el contenido de la demanda, el presente auto y más constancias procesales, para lo cual se dispone remitir el expediente a la ventanilla de copias de esta Unidad Judicial Civil, para que se acerque el usuario y aporte

VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020 con las copias necesarias para que se realice la citación; y, una vez recabadas remítase el expediente a la Oficina de Citaciones.- Vistas las certificaciones emitidas por el señor Coordinador zonal 7 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se advierte que los demandados JOSE SALVADOR SILVA ESPARZA y WILSON EDUARDO SILVA ESPARZA, se encuentran Registrados en el Consulado de Ecuador en Madrid-España, por lo que de conformidad a lo prescrito en el Art 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone CITAR a los señores: JOSE SALVADOR SILVA ESPARZA, con cédula Nro. 1102371216 y WILSON EDUARDO SILVA ESPARZA, con cédula Nro. 1103924039 mediante EXHORTO dirigido al Cónsul o Embajador del Ecuador en MADRID-ESPAÑA, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la fijación de carteles en la oficina consular de Ecuador en España, conforme a lo prescrito por el Dr. Carlos Ramírez Romero, Presidente de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador (de aquel entonces), en providencia de 17 de noviembre de 2014 y, con fundamento en el Art. 13 de la Convención Interamericana de Exhorto o Cartas Rogativas. De conformidad a lo dispuesto en el artículo trigésimo octavo del Reglamento a la Ley de Derechos Consulares la accionante debe otorgar las facilidades del caso para el cumplimiento de la diligencia, incluido el pago de la respectiva tasa arancelaria; y de acuerdo, con el Oficio Circular No. 0880-SGEXH-MN, de fecha 15 de mayo del 2014, se dispone además enviar atento oficio a la señora Presidenta de la Corte Nacional de Justicia, haciéndole conocer sobre la transmisión del presente exhorto. Se ordena además la citación del demandado CARLOS GUILLERMO SILVA ESPARZA, por cuanto la actora ha declarado bajo juramento de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia y habiendo adjuntado certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, se dispone, citarlo por la prensa, en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la provincia de Loja; además de efectuárselo por mensajes en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día en una radiodifusora de la localidad, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 56 ibidem. Para la citación a los herederos presuntos y desconocidos de la extinta Dolores María Esparza Achupallas, realíceselo en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Loja conforme lo estipula el Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Geovanna Tamara Chango Maldonado.- JUEZA.- Particular que se pone en conocimiento para los fines de ley.Loja, 16 de noviembre de 2020. Ab. Pablo Fernando Erique Moncada SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON LOJA P/F4392 UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA CITACION JUDICIAL EXTRACTO DE CITACIÓN Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, al demandado MARIO AUGUSTO SOTO CÓRDOVA, cuya demanda en extracto es como sigue: Actor: Dr. Luis Bolívar Caraguay Caraguay, en su calidad de Procurador Judicial de la DIÓCISES DE LOJA Demandados: MARIO AUGUSTO SOTO CÓRDOVA y ZOILA ROSA SANCHEZ CARRIÓN. Objeto de la demanda: Reivindicación Trámite de la demanda: Procedimiento Ordinario. Cuantía: Indeterminada Juicio Nro. 11333-2019-02938. Juez: Dr. Vinicio José Bravo Merchán AUTO: Loja, miércoles 9 de octubre del 2019, las 15h43, VISTOS: Ejecutoriado el auto de nulidad dispuesto, y, estando el proceso en estado de calificar la demanda, se determina que la misma,

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no cumple los requisitos señalados en el artículo Art. 143 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, previo a admitir la solicitud a trámite, de acuerdo a lo establecido en el artículo 146 del COGEP, inciso segundo, se dispone que dentro del término de cinco días, la ejecutante la complete, específicamente en los siguientes requisitos: Art. 143 Numeral 1, el actor adjunte poder debidamente legalizado para justificar su intervención en calidad de procurador judicial; de manera que se dé cumplimiento a lo previsto en las normas antes indicadas, bajo prevenciones de ley.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, viernes 18 de octubre del 2019, las 15h06, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto de sustanciación, se determina que la demanda de reivindicación que ha sido planteada por Dr. Luis Bolívar Caraguay Caraguay, en su calidad de Procurador Judicial de la DIÓCISES DE LOJA, en contra de los señores MARIO AUGUSTO SOTO CÓRDOVA y ZOILA ROSA SANCHEZ CARRIÓN, es clara, completa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados Mario Augusto Soto Córdova y Zoila Rosa Sanchez Carrión, en el domicilio señalado, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia El Cisne, a quien se enviará el suficiente despacho. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. De conformidad con lo que dispone el Art. 146 inciso 7mo., COGEP, se ordena la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja, que se efectuará al pie de la inscripción de las propiedad que se han efectuado bajo el número 007142 del Registro de la Propiedad, del 18 de julio de 2018.Repertorio No. 8241; para lo cual se notificará a la señora Registradora de la Propiedad del Cantón Loja, a través de secretaría del despacho.- Téngase en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 5 de noviembre del 2020, las 14h07, Previo atender lo solicitado en el escrito que antecede, presentado por el Dr. Luis Bolívar Caraguay Caraguay, comparezca el día lunes 09 de noviembre del 2020, a las 13h05 a la sala de audiencias Nro. 11 de esta Unidad Judicial y rinda el juramento de Ley, respecto de la citación por la prensa del demandado MARIO AUGUSTO SOTO CÓRDOVA, conforme lo determina el inciso segundo, numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese. f) DR. VINICIO JOSE BRAVO MERCHAN, JUEZ.- Otro Auto: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, miércoles 11 de noviembre del 2020, las 15h24, Toda vez que el accionante Dr. Luis Bolívar Caraguay Caraguay en calidad de Procurador Judicial de la Diócesis de Loja, ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado: MARIO AUGUSTO SOTO CÓRDOVA, se dispone citarlo por la prensa por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.Hágase saber. Lo que comunico a usted para los fines de ley.Loja, 12 noviembre 2020 Abg. Milton Filiberto Alvarado Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA P/F4393


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VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

Judiciales CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y demás constancias procesales a los herederos desconocidos de la causante BLANCA ROSA BRICEÑO CASTILLO, conforme a lo dispuesto en los Arts. 56.1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: FLORO NICANOR ARMIJOS JARA, ANGEL NICANOR ARMIJOS BRICEÑO, TANIA LIVIA ARMIJOS BRICEÑO; NORMAN BENANCIO ARMIJOS BRICEÑO, Y, ROSA ELIZABETH ARMIJOS BRICEÑO, en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos de la causante, respectivamente DEMANDADOS: Herederos desconocidos de la causante BLANCA ROSA BRICEÑO CASTILLO OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario de Bienes Sucesorios TRAMITE: Voluntario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO: Nro. 11203-2020-00422 JUEZ: Dr. Crosbyn Saúl Valarezo Tandazo AUTO DE CALIFICACIÓN A TRÁMITE: “… UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Loja, viernes 14 de febrero del 2020, las 14h42, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a la providencia inicial la solicitud cumple con los requisitos de ley, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, por el fallecimiento de la señora BLANCA ROSA BRICEÑO CASTILLO, conforme se justifica con el certificado de su defunción (fs. 4), se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: UNO: 1.1- Con los solicitantes FLORO NICANOR ARMIJOS JARA, ANGEL NICANOR ARMIJOS BRICEÑO, TANIA LIVIA ARMIJOS BRICEÑO; NORMAN BENANCIO ARMIJOS BRICEÑO ,Y, ROSA ELIZABETH ARMIJOS BRICEÑO, en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos de la causante, respectivamente. 1.2.- Con los señores RUVID FELIZ ARMIJOS BRICEÑO Y TOMAS FLORENTINO ARMIJOS BRICEÑO, igualmente en calidad de hijos de la causante a quienes ordeno citar en la dirección indicada en la demanda mediante EXHORTO dirigido al señor Cónsul del Ecuador en Sevilla - España, con fundamento en el Art. 57 del Código Orgánico General de Procesos y letra j) del Art. 5 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de la que son partes contratantes Ecuador y España; para el efecto se dispone: Secretaría concederá cinco copias certificadas de las principales piezas procesales, así como cinco ejemplares de la documentación para anexar al exhorto. Inclusive secretaría llenará con los datos respectivos el formato de exhorto preparado por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia. Cumplidos los pasos anteriores, mediante oficio envíese el exhorto a la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador-Quito, para que se canalice su transmisión al exterior a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores. Previamente justifíquese el pago del rubro arancelario. 1.3.- Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja; funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. 1.4.- Con los herederos desconocidos de la causante BLANCA ROSA BRICEÑO CASTILLO, a quienes ordeno citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1.- del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo.- Se les recuerda la obligación de determinar donde recibirán las notificaciones de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. DOS: En cuenta todos los medios de prueba que anuncian los solicitantes su práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. Agréguese a los autos la documentación presentada y en lo demás, en cuenta también la cuantía, casillero judicial y direcciones de correos electrónicos señalados por los solicitantes y la autorización que les conceden a sus defensores técnicos. No obstante, conforme lo dispone el Art. 37 del

Código Orgánico General de Procesos, se dispone que en el término de tres días constituyan un procurador/a común. Finalmente actúe en calidad de secretario del despacho el Dr. Nivardo Ortiz Vásquez. Hágase saber…”.- Firma Ilegible.- DR. CROSBYN SAUL VALAREZO TANDAZO.- JUEZ DE UNIDAD JUDICIAL DE FMNA DE LOJA.- Particular que comunico para los fines de ley.Loja, 20 de agosto del 2020 Dr. Nivardo Ortiz Vásquez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA P/F4394 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes: señores REYNALDO BENIGNO ALBÁN TORRES y INDAURA MELANIA GUTIÉRREZ VALDIVIESO, que en extracto es como sigue: ACTORA: MARCIA THEBY ALBÁN GUTIÉRREZ, JANETH PATRICIA DEL CISNE ALBÁN GUTIÉRREZ, FAUSTO VINICIO ALBÁN GUTIÉRREZ, AURA VIOLETA ALBÁN GUTIÉRREZ, HERNÁN ALEJANDRO ALBÁN GUTIÉRREZ, MIRIAN CECILIA ALBÁN GUTIÉRREZ DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes: señores REYNALDO BENIGNO ALBÁN TORRES y INDAURA MELANIA GUTIÉRREZ VALDIVIESO OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-02211 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA: Loja, lunes 16 de noviembre del 2020, las 09h43, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta.- En lo principal, una vez cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de los señores REYNALDO BENIGNO ALBÁN TORRES y INDAURA MELANIA GUTIÉRREZ VALDIVIESO conforme se justifica con los certificados de su defunción que se adjuntan, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito judicial sugerido quién será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes MARCIA THEBY ALBÁN GUTIÉRREZ, JANETH PATRICIA DEL CISNE ALBÁN GUTIÉRREZ, FAUSTO VINICIO ALBÁN GUTIÉRREZ, AURA VIOLETA ALBÁN GUTIÉRREZ, HERNÁN ALEJANDRO ALBÁN GUTIÉRREZ, MIRIAN CECILIA ALBÁN GUTIÉRREZ por lo que comparecen en calidad de hijos y por lo tanto herederos de los causantes. 1.2. Con los demandados ROBERT EDUARDO CORREA JIMÉNEZ Y JUDITH MELANIA JIMÉNEZ JARAMILLO por así haberlo solicitado, en calidad de adquirientes y cesionarios de gananciales de derechos y acciones en la sucesión de la causante, a quienes se los citará en la dirección del domicilio señalado en la solicitud. 1.3. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado en su respectivo despacho. Para su cumplimiento, pase el proceso a la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad Judicial, al parte demandada y funcionario indicado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta, escrito aclaratorio y el presente auto, se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de futuras notificaciones. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la

Publicidad fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.4. Cítese a los herederos desconocidos de los causantes REYNALDO BENIGNO ALBÁN TORRES y INDAURA MELANIA GUTIÉRREZ VALDIVIESO, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud y escrito aclaratorio, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común a la señora Janeth Patricia del Cisne Albán Gutiérrez, con quien se contará en el proceso.- NOTIFIQUESE.-.-Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 17 de noviembre del 2020 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA UJFMNA P/F4395 GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARÁ EXTRACTO DE PROCESO DE TITULARIZACIÓN ADMINISTRATIVA EN EL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN MACARA TITULARIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEMANDADA POR LA SEÑORA VIVIANA ELIZABETH CORDOVA CUEVA, DE UN BIEN INMUEBLE MUNICIPAL UBICADO EN EL BARRIO LA ALBORADA DE LA PARROQUIA Y CANTÓN MACARA, PROVINCIA DE LOJA. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará, da en conocimiento del público en General, que a través de su Máxima Autoridad, Dr. Paul Torres Argoti, Alcalde Encargado con Resolución Administrativa N° 040-A-ASV-GADMM-2020 de fecha 16 octubre de 2020, a continuación del trámite dispuesto atender por el Dr. Alfredo Suquilanda Valdivieso, MSc mediante sumilla de fecha 15 de agosto de 2020, dispone al Departamento de Planitícación se proceda con el proceso de Titularización Administrativa del lote de terreno que se encuentra en poder de la posesionaría señora VIVIANA ELIZABETH CORDOVA CUEVA (estado civil casada), ubicado en el Barrio La Alborada, calles Sin nombre y Jorge Reyes Méndez de la Parroquia y Cantón Macará, provincia de Loja, cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: Por el Norte. - Con calle sin nombre, en 26.00 metros; Por el Sur. - Con el Sr. Diomedes Sarango en 23.00 metros: Por el Este. Con Sra. Yenny Tandazo y esposo en 13.50 metros: y. Por el Oeste. - Con el Sr. Luis Maza, en 9.00 metros. Con una superficie de 267,54 metros cuadrados. Cuyo avalúo del terreno es de MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES, 84/00, DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 1.583, 84); a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho de oposición a la Titularización Administrativa del bien inmueble en referencia, puedan presentar su petición de oposición ante el señor Alcalde. Máxima Autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Macará. Dentro de los OCHO días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto, conforme a lo dispuesto en el Art. 12 numeral 4 de la Ordenanza de Titularización Administrativa: Fíjense los carteles en el lugar donde se encuentra ubicado el Lote de terreno y en los parajes más frecuentados, para lo cual se delega al señor Comisario Municipal, para la fijación de los carteles, quien emitirá el acta de cumplimiento, hecho que sea, de no existir oposición al Trámite de Titularización Administrativa, se enviará a la Comisión de Planificación y Presupuesto, para que emita el informe pertinente y pase al Concejo para su Resolución, misma que será remitida a la Procuraduría Sindica, a fin de que elabore la Minuta respectiva, que será legalizada en una de las Notarías, e inscriba en el Registro de la Propiedad de este Cantón Macará para que le sirva de Justo Título.

www. Macará, 23 de Noviembre de 2020 Ab. Paul Alexander Montalván Loaiza PROCURADOR SINDICO DEL GADM DEL CANTON MACARÁ P/F4397 CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes: SEGUNDO MAURO PADILLA TENEZACA y ROSA MARÍA POMA PALACIOS, que en extracto es como sigue: ACTORA: MELVA ESTHERFILIA PADILLA POMA, SEGUNDO BOLÍVAR PADILLA POMA, MARÍA ESPERANZA PADILLA POMA, FANI NOEMI PADILLA POMA, ÁNGEL ARMANDO PADILLA POMA DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de la causante: SEGUNDO MAURO PADILLA TENEZACA y ROSA MARÍA POMA PALACIOS. OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-02518 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA Loja, lunes 16 de noviembre del 2020, las 09h45, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la resolución Nro. 157-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 8 de noviembre del 2012, resolución Nro. 050-2013, de 30 de mayo del 2013 aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y acción de personal Nro. 3186-DP11-2016-FA de fecha 20 de septiembre de 2016. Se llama a intervenir a la Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz, en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento de los señores SEGUNDO MAURO PADILLA TENEZACA y ROSA MARÍA POMA PALACIOS conforme se justifica con los certificados de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección de un perito judicial sugerido quién será designado oportunamente por esta Unidad Judicial. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes MELVA ESTHERFILIA PADILLA POMA, SEGUNDO BOLÍVAR PADILLA POMA, MARÍA ESPERANZA PADILLA POMA, FANI NOEMI PADILLA POMA, ÁNGEL ARMANDO PADILLA POMA por lo que comparecen en calidad de hijos y por lo tanto herederos de los causantes. 1.2. Con el señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto en su respectivo despacho en la dirección indicada, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”. 1.3. Cítese a los herederos desconocidos de los causantes SEGUNDO MAURO PADILLA TENEZACA y ROSA MARÍA POMA PALACIOS, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un

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periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las notificaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que le conceden a su defensor técnico.- Acogiendo el pedido de los actores y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra en calidad de Procurador Común al señor Segundo Bolívar Padilla Poma, con quien se contará en el proceso. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 17 de noviembre del 2020 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4400 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Monitorio, seguido por FUNDACION EDUCACIONAL JUAN RAFAEL ARROBO CEVALLOS en contra de BASURCO GAIBOR MARIA JOSE Y PRADO GUERRERO LUIS MIGUEL cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: FUNDACIÓN EDUCACIONAL JUAN RAFAEL ARROBO CEVALLOS DEMANDADO: BASURCO GAIBOR MARIA JOSE y PRADO GUERRERO LUIS MIGUEL OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO CUANTIA: $1571.12 JUICIO: Nro. 11333-2020-00942 JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas V I S T O S: Agréguese a los autos el escrito y anexo que antecede. En lo principal, la demanda presentada por NELLY BEATRIZ ARROBO RODAS, en su calidad de DIRECTORA EJECUTIVA DE LA FUNDACION EDUCACIONAL “JUAN RAFAEL ARROBO CEVALLOS”, en contra de LUIS MIGUEL PRADO GUERRERO y MARIA JOSE BASURCO GAIBOR, cumple los requisitos legales previstos en los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y una vez analizados los documentos adjuntos, se establece que es uno de los previstos en el Art. 356 del mencionado cuerpo legal. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento MONITORIO. Consecuentemente, CITESE a los demandados LUIS MIGUEL PRADO GUERRERO y MARIA JOSE BASURCO GAIBOR, en el domicilio señalado y se les concede el término de quince (15) días para que dichos demandados , paguen el valor de la obligación demandada o proponga las excepciones de las que se crean asistidos. Agréguese los documentos presentados. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado y la autorización que les concede a los abogados patrocinadores. Pasen los autos a la oficina de citaciones.- Con el fin de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora , facilite la copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia, en la ventanilla correspondiente.- Se llama a intervenir a la Abg. Verónica Talía Carrión Guerrero, en su calidad de Secretaria, mediante acción de personal Nro.0835 -DP11-2020-FA., de fecha 09 de Julio del 2020.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA.- VISTOS: En lo principal, toda vez que la señora NELLY BEATRIZ ARROBO RODAS en calidad de DIRECTORA EJECUTIVA DE LA FUNDACION EDUCACIONAL JUAN RAFAEL ARROBO CEVALLOS, ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada, señores: BASURCO GAIBOR MARIA JOSE y PRADO GUERRERO LUIS MIGUEL, se dispone citarlos por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase Saber.Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.- Loja, 10 de noviembre de 2020 Ab. Verónica Carrión Guerrero SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA P/F4403


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Judiciales CORTE PROVINCIAL DE JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos presuntos y desconocidos del causante: señor SEGUNDO CALIXTO LUNA MORENO, que en extracto es como sigue: ACTORA: CARMEN AURELIA DELGADO TAPIA, NELSON DE JESÚS LUNA DELGADO, OFELIA MARLENE LUNA DELGADO, MARÍA ROSA LUNA DELGADO, MARÍA DEL CARMEN LUNA DELGADO, y Dr. GILBERTH PAÚL SIGCHO TAPIA en calidad de Procurador Judicial de los señores PIEDAD BEATRIZ LUNA DELGADO y FRANCISCA CATALINA LUNA DELGADO DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos del causante señor: SEGUNDO CALIXTO LUNA MORENO OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS TRÁMITE: Voluntario JUICIO: Nro. 11203-2020-02482 JUEZ: DR. PABLO VINICIO MUÑOZ ABARCA EXTRACTO DEMANDA: Loja, viernes 13 de noviembre del 2020, las 11h25, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Loja, Provincia de Loja, conforme a la resolución Nro. 157-2012 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 8 de noviembre del 2012, resolución Nro. 0502013, de 30 de mayo del 2013 aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y acción de personal Nro. 3186-DP11-2016-FA de fecha 20 de septiembre de 2016. Se llama a intervenir a la Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz, en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.- En lo principal, la solicitud de inventario que antecede y como la misma cumple los requisitos legales previstos en los en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, según el Art. 334.4 del COGEP. En tal virtud por el fallecimiento del señor SEGUNDO CALIXTO LUNA MORENO conforme se justifica con el certificado de su defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes, desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del COGEP, en presencia de los interesados y bajo la dirección del Perito que será designado oportunamente por el suscrito Juez. Para el efecto cuéntese en éste proceso, con los siguientes interesados, herederos y funcionario: PRIMERO.- 1.1. Con los solicitantes CARMEN AURELIA DELGADO TAPIA, NELSON DE JESÚS LUNA DELGADO, OFELIA MARLENE LUNA DELGADO, MARÍA ROSA LUNA DELGADO, MARÍA DEL CARMEN LUNA DELGADO, y Dr. GILBERTH PAÚL SIGCHO TAPIA en calidad de Procurador Judicial de los señores PIEDAD BEATRIZ LUNA DELGADO y FRANCISCA CATALINA LUNA DELGADO según el documento de procuración judicial que adjuntan, por lo que comparecen en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos y por lo tanto herederos del causante. 1.2. Con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas de Loja, funcionario que deberá ser citado con el contenido de la solicitud, documentación adjunta y el presente auto en su respectivo despacho, a través de la oficina de citaciones y notificaciones de la Unidad. Para el efecto la parte accionante deberá cumplir con el Reglamento para la Gestión de Citaciones Judiciales, expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura constante en la Resolución Nro. 061-2020, de fecha 10 de junio de 2020, que en su parte pertinente dice: “Art. 4 (…) 4.1.- Una vez calificada la demanda, acto pre procesal o diligencia previa y ejecutoriado el auto respectivo, la o el actora adjuntará tres ejemplares de la misma para la elaboración de las boletas de citación. En caso de que haya más de un demandado, se deberá adjuntar ejemplares de la demanda por cada persona demandada. Para ello, la o el actor, en el término de tres (3) días deberá entregar al archivo de la dependencia judicial, las copias necesarias para la gestión de citación adjunto al “formulario de entrega de copias para citación”. Dicha entrega quedará registrada en el sistema SATJE con una razón sentada por parte de la o el secretario a cargo del proceso en la cual se especificará la fecha de recepción de las copias para citación en un término máximo de un (1) día después de recibido el formulario (…) 4.2.- Sentada la razón de recibidas las copias de citación por parte de la o el secretario a cargo del proceso judicial, las y los ayudantes judiciales, en el término de dos días elaborarán las boletas de citación…”.- El Juzgador considera que no es necesario contar con los personeros del GAD Municipio del cantón Loja. 1.3. Cítese a los herederos desconocidos del causante SEGUNDO CALIXTO LUNA MORENO, a quienes se ordena citarlos a través de uno de los medios de comunicaciones esto es por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 en relación con lo señalado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. Confiérase el extracto respectivo. Se recuerda la obligación de señalar domicilio judicial y electrónico donde recibirán las noti-

.com.ec ficaciones, así como también oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia cumpliendo los requisitos determinados en el inciso segundo del Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos.- No se atiende lo requerido por los comparecientes en el segundo inciso del ordinal XI de la solicitud por improcedente. SEGUNDO.- Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba de la solicitud, cuya práctica y pertinencia se resolverá en audiencia. TERCERO.- Téngase en cuenta la cuantía de la acción, así como el casillero judicial y electrónico señalado y la autorización que les conceden a su defensor técnico. Agréguese a los autos la documentación adjunta.- NOTIFIQUESE.- Dr. Pablo Vinicio Muñoz Abarca, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja. – Loja, 17 de noviembre del 2020 Dra. Nuvia Coralia Flores Ruiz SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA P/F4404 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON CELICA JUICIO VOLUNTARIO DE INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS NRO. 11336-202000121 Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos presuntos, ausentes desconocidos, y más personas que tengan o puedan tener derecho dentro del presente juicio Voluntario de Inventario de bienes sucesorios Nro. 11336-2020-00121, seguido por la señora MARIA EMPERATRIZ GUAICHA CASTRO Y OTROS, en contra de BIENES DEL CAUSANTE JOSE CRISTOBAL VILLEGAS MONCADA, así como del hijo fallecido GEINER IVAN VILLEGAS GAUICHA, de conformidad a lo que dispone el art. 56. 1 Y 58 DEL Código Orgánico General de Procesos cuyo texto es como sigue. JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL MUTICOMPETENTE DEL CANTON CELICA JUEZ: Dra. Lourdes Palacios Juárez ACTOR: Maria Emperatriz Guaicha Castro y Otros DEMANDADOS: Bienes del causante José Cristóbal Villegas Moncada y del hijo fallecido Geiner Iván Villegas Guaicha CUANTIA: Indeterminada TRAMITE: Voluntario JUICIO NRO. 11336-2020-00121 OBJETO DE LA DEMANDA: Juicio Voluntario de Inventario de Bienes Sucesorios del causante JOSE CRISTOBAL VILLEGAS MONCADA, ASI COMO DEL HIJO FALLECIDO GEINER IVAN VILLEGAS GUAICHA ACEPTACION A TRAMITE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CELICA.- VISTOS.- DRA. LOURDES BEATRIZ PALACIOS JUÁREZ, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Celica, AVOCO conocimiento de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 167 de la Constitución de la República, los Arts. 156, 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda que antecede, la misma que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al TRÁMITE VOLUNTARIO que le corresponde a los Inventarios determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud por el fallecimiento del señor JOSÉ CRISTOBAL VILLEGAS MONCADA, conforme se justifica con la inscripción de su defunción, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes dejados desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del perito que será designado oportunamente por mi Autoridad.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con la compareciente señora MARÍA EMPERATRIZ GUAICHA CASTRO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, conforme se justifica con la partida de matrimonio que se adjunta; B) Con los señores: EDUARDO CRISTOBAL VILLEGAS GUAICHA, REINERIO ADALBERTO VILLEGAS GUAICHA, NANCI AMANDA VILLEGAS GUAICHA, JOSÉ ALCÍVAR VILLEGAS GUAICHA, SAYDA ROSARIO VILLEGAS GUAICHA, SONNIA MARIA VILLEGAS GUAICHA, HOOVER FRANCISCO VILLEGAS GUAICHA; y, con los hijos del heredero fallecido GEINER IVÁN VILLEGAS GUAICHA, la señora ADRIANA ELIZABETH VILLEGAS GIRÓN, en sus calidades de herederos, conforme se justifica con las partidas de nacimiento y copias de cédulas adjuntas a la demanda; C) Con el Procurador Tributario de Loja, en la persona del Director Provincial del Servicio de Rentas Internas en Loja, quien será citado legalmente en su despacho; para lo cual se depreca a uno de los señores Jueces de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, remítase despacho en forma ofreciendo reciprocidad de servicios de conformidad al Art. 72 del COGEP; D) Cuéntese igualmente con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD del Municipio de Celica, para lo cual se dispone que el expediente pase a la Oficina de Citaciones de la Unidad Judicial, para que en forma inmediata se cumpla con lo dispuesto. A los funcionarios se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; E) Cítese a los herederos desconocidos y presuntos

Publicidad del causante JOSÉ CRISTOBAL VILLEGAS MONCADA, así como del hijo fallecido GEINER IVÁN VILLEGAS GUAICHA, que tengan interés en la presente causa, por uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Loja, prensa escrita, digital o virtual (WEB), esto por no existir prensa en ésta localidad, y en la forma que determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos en armonía con el Art. 56 Nral. 1 del Cuerpo legal en mención; F) De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, previamente a cumplirse con la citación, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, a cargo de la parte actora, quien deberá presentar el documento respectivo sobre la cabal ejecución de esta orden, entréguese por Secretaría el correspondiente oficio y despacho suficiente para el efecto; G) A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial y correo electrónico en esta ciudad, para efecto de ulteriores notificaciones, previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos, se nombra como Procurador Común de los demandantes a la señora MARÍA EMPERATRIZ GUAICHA CASTRO.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por los accionantes. Confiérase el extracto respectivo. Téngase en cuenta la cuantía, la dirección de correo electrónico señalado por la demandante y la autorización que le confiere a su Abogado defensor para que asuma la defensa en el presente asunto. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. Celica 24 de Noviembre del 2020 TORRES RAMON VICTORIA DEL SOCORRO SECRETARIA P/F4402 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON CELICA JUICIO VOLUNTARIO DE INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS NRO. 11336-202000042 Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite, a los herederos presuntos, ausentes desconocidos, y más personas que tengan o puedan tener derecho dentro del presente juicio Voluntario de Inventario de bienes sucesorios Nro. 11336-2020-00042, seguido por la señora CARMEN ROSARIO VIVANCO TACURI, en contra de BIENES DE LOS CAUSANTES LUIS VIVANCO CORDOVA Y JUANA REGINA TACURI MARTINEZ, así como del hijo fallecido MIGUEL VIVANCO TACURI, de

VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

conformidad a lo que dispone el art. 56. 1 Y 58 DEL Código Orgánico General de Procesos cuyo texto es como sigue. JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL MUTICOMPETENTE DEL CANTON CELICA JUEZ: Dra. Lourdes Palacios Juárez ACTOR: Carmen Rosario Vivanco Tacuri DEMANDADOS: Bienes de los causantes Luis Vivanco Córdova, Juana Regina Tacuri Martínez y del hijo fallecido Miguel Vivanco Tacuri CUANTIA: Indeterminada TRAMITE: Voluntario JUICIO NRO. 11336-2020-00042 OBJETO DE LA DEMANDA: Juicio Voluntario de Inventario de Bienes Sucesorios de los causantes LUIS VIVANCO CORDOVA Y JUANA REGINA TACURI MARTINEZ, ASI COMO DEL HIJO FALLECIDO MIGUEL VIVANCO TACURI ACEPTACION A TRAMITE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CELICA.- VISTOS.- DRA. LOURDES BEATRIZ PALACIOS JUÁREZ, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Celica, AVOCO conocimiento de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 167 de la Constitución de la República, los Arts. 156, 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial.En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda de INVENTARIOS DE BIENES SUSCESORIOS que antecede, la misma que al reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la acepta al TRÁMITE VOLUNTARIO que le corresponde a los Inventarios determinado en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos. En tal virtud, por el fallecimiento de los señores LUIS VIVANCO CÓRDOVA y JUANA REGINA TACURI MARTÍNEZ, conforme se justifica con las inscripciones de su defunción, motivo por el cual se DECLARA ABIERTA LA SUCESIÓN INTESTADA de sus bienes dejados desde el momento de su fallecimiento, ordenándose se proceda a su formación y avalúo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, en presencia de los interesados y bajo la dirección del perito que será designado oportunamente por mi Autoridad.- Cuéntese en este procedimiento con las siguientes personas: A) Con la accionante CARMEN ROSARIO VIVANCO TACURI; B) Con los señores: VICTORIANO JACOB VIVANCO TACURI, PEDRO VICENTE VIVANCO TACURI, AMADEO DOMICIANO VIVANCO TACURI, JUANA MARÍA VIVANCO TACURI, LUIS ALFONSO VIVANCO TACURI, LUZMILA VIVANCO TACURI; y, con los hijos del heredero fallecido MIGUEL VIVANCO TACURI, los señores: ROSA VIVIANA VIVANCO YUNGA, LEONARDO JAVIER VIVAN-

23

CO YUNGA, GLADYS PATRICIA VIVANCO YUNGA, MIGUEL ÁNGEL VIVANCO YUNGA y LAURA VERÓNICA VIVANCO YUNGA, en sus calidades de herederos, conforme se justifica con las partidas de nacimiento adjuntas a la demanda; C) Con el Procurador Tributario de Loja, en la persona del Director Provincial del Servicio de Rentas Internas en Loja, quien será citado legalmente en su despacho; para lo cual se depreca a uno de los señores Jueces de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón Loja, remítase despacho virtual en forma ofreciendo reciprocidad de servicios de conformidad al Art. 72 del COGEP; D) Cuéntese igualmente con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD del Municipio de Celica, para lo cual se dispone que el expediente pase a la Oficina de Citaciones de la Unidad Judicial, para que en forma inmediata se cumpla con lo dispuesto. A los funcionarios se les advertirá la obligación de señalar domicilio judicial para efecto de sus futuras notificaciones; E) Cítese a los herederos desconocidos y presuntos tanto de los causantes LUIS VIVANCO CÓRDOVA y JUANA REGINA TACURI MARTÍNEZ, así como del hijo fallecido MIGUEL VIVANCO TACURI, que tengan interés en la presente causa, por uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Loja, esto por no existir prensa en ésta localidad, y en la forma que determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos en armonía con el Art. 56 Nral. 1 del Cuerpo legal en mención; F) De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, previamente a cumplirse con la citación, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, a cargo de la parte actora, quien deberá presentar el documento respectivo sobre la cabal ejecución de esta orden, entréguese por Secretaría el correspondiente oficio y despacho suficiente para el efecto; G) A todos los interesados se los conmina a señalar casillero judicial y correo electrónico en esta ciudad, para efecto de ulteriores notificaciones, previniéndoles que se resolverá en rebeldía de quienes no comparecieren a juicio.- Téngase en cuenta las pruebas anunciadas por la parte accionante. Confiérase el extracto respectivo. Téngase en cuenta la cuantía, la dirección de correo electrónico señalado por la demandante y la autorización que le confiere a su Abogado defensor para que asuma la defensa en el presente asunto. Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE Celica 13 de Noviembre del 2020 TORRES RAMON VICTORIA DEL SOCORRO SECRETARIA P/F4401

P


24

VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

Justicia

www.

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I

Al descubierto organización dedicada al delito de asociación ilícita Este 26 de noviembre, Renato Cevallos, comandante de la Subzona Loja, informó que la Policía Nacional del Ecuador, a través de la Dirección Nacional de la Policía Judicial e Investigaciones; en coordinación con la Unidad Nacional Delitos Aduaneros y Régimen de Desarrollo, ejecutó el operativo denominado “Victoria 1216” que conllevó a la aprehensión de siete ciudadanos, quienes presuntamente estarían involucrados en el delito de contrabando de acuerdo al Art. 370, del COIP, en concordancia con el Art. 301. Con el apoyo de la Fiscalía General del Estado, SENAE, y de las Unidades Tácticas GOE, GEMA, UMO, Dinapen y Criminalística, las primeras horas de este jueves, ejecutaron el allanamiento a cinco inmuebles ubicados en los cantones de Zapotillo y Pindal, de la provincia de Loja, logrando aprehender a: 1. Mario R. C., 2. Francisco Z. O. 3. Santos C. C 4. Lilisbeth J. R. 5. Kelly N. V. 6. José E. C.

7. Victoria M. F. todos ecuatorianos, quienes no registran antecedentes penales. De acuerdo a las investigaciones se presume que ellos ingresaban mercancías de contrabando por pasos irregulares de la línea de frontera, utilizando facturas ficticias, ade-

más esta organización ha causado grandes pérdidas económicas al Fisco ecuatoriano por un valor estimado de 760.406 dólares con 40 centavos, mediante la evasión de impuestos. Los indicios serán sometidos a las pericias respectivas a fin de presentarlas

ante la autoridad competente. Evidencias: • 01 arma de fuego • 02 vehículos • 115 sacos de maíz • 05 terminales móviles • Varias facturas y guías de movilización Los detenidos fueron ingre-

sados en la Zona de Aseguramiento Temporal, para la audiencia de formulación de cargos, cuya autoridad resolverá su situación jurídica; mientras que, las evidencias ingresadas al Centro de Almacenamiento de Indicios y Evidencias (CAIE) de la Policía Judicial de Loja.(I).

En Loja y Cariamanga se aprehende a expendedores de sustancias prohibidas

Este 25 de noviembre, servidores policiales realizaron en Calvas y Loja, dos operativos que concluyeron con la aprehensión de tres mujeres y dos varones. Aproximadamente, a las 21h00, en las calles San Juan de Dios y José Samaniego, del sector IV Centenario, centro de la ciudad de Loja, en la operación

“Bolívar” se aprehendieron a tres mujeres que tenían en su poder 73 dosis de cocaína y 170 de marihuana. Eugenia S. G., Liliana V. M. y Evelyn U. F., ecuatorianas, no registran antecedentes; sin embargo, se presume se dedicaban al tráfico para consumo interno en las inmediaciones del parque Simón Bolívar. Las sustancias catalogadas

sujetas a fiscalización, al momento de su decomiso se hallaban en fundas plásticas transparentes, en proporciones similares; además de dos celulares y 40 dólares en efectivo. De manera simultánea, se ejecutaba otro operativo en la ciudad de Cariamanga, donde se identificó a Hamilton G. CH. y Máximo G. C. en delito flagrante, con

aproximadamente 4000 dosis de cocaína, además de

una motocicleta, dos terminales móviles y USD 380.(I).


Justicia

VIERNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2020

I

Conductor Lo dejó estacionado y terminó en una zanja de scooter resultó herido Gonzanamá. En el barrio Calvario el propietario de un vehículo marca Hyundai Tucson color plata con placas de la provincia de Loja (L) lo dejó estacionado en una planicie, sin embargo, el automotor se deslizó por una ladera y terminó en una parte plana metros más abajo.

• Taxi y scooter chocaron en la intersección de las calles Macará y Azuay.

Un choque lateral entre un scooter y un vehículo de transporte comercial se produjo la mañana del jueves 26 de noviembre. El accidente dejó una persona herida por lo que fue trasladada inmediatamente a una casa asistencial ya que presentaba lesiones en su cuerpo. El scooter circulaba en sentido sur norte por la calle Macará, mientras que el

taxi, de este a oeste por la Azuay. De acuerdo a la señalética del sector, uno de los conductores irrespetó la señal preferencial de disco PARE que es justamente la que está colocada en la calle Azuay. Se procedió con la retención de los vehículos. Luego de una hora aún se esperaba la valoración médica del motociclista para continuar con la detención del taxista.(I).

Moto y camioneta impactaron

El propietario pidió ayuda a los organismos de socorro para extraer el automotor, el cual sufrió daños materiales en la parte frontal. Con una retroexcavadora sacaron el automotor de donde se encontraba. Afortunadamente, no hubo personas heridas, por lo que la Policía Nacional no tomó procedimiento y el carro fue entregado al dueño. (I).(FJC).

• Vehículo involucrado en el siniestro de tránsito.

COVID-19

Casos confirmados por cantón Fuente: https://covid-19-loja-smartland.hub.arcgis.com

27

PUYANGO

102

PINDAL

Provincia de Loja Casos positivos por rango de edades Edad

Contagiados

0-11 meses

21

1-4 años

43

5 - 9 años

72

10 -14 años

155

15 - 19 años

254

20 - 49 años

4.489

50 - 64 años

1.248

más de 65 años

956

10

59

OLMEDO

174

MACARA

161

2

QUILANGA

20 ESPINDOLA

Cantones con semáforo epidemiológico en AMARILLO

19.740 11.449 1.053 Tomadas Negativas En espera AISLAMIENTOS

Epidemiológico

211

GONZANAMA

CALVAS

MUESTRAS

648 2.945 Personas en CERCO Personas en A.P.O.

LOJA

CATAMAYO

27

SOZORANGA

549 46

55 ZAPOTILLO

PALTAS

103 CELICA

7.238 447 Recuperados 6.544 Fallecidos 247 Positivos Activos

Los automotores quedaron retenidos para las investigaciones, mientras tanto el afectado continúa hospitalizado.(I).

5.543

CHAGUARPAMBA

CASOS

con graves heridas.

149

Fecha de corte: Jueves 26 de Noviembre de 2020

Información entregada por el Ministerio de Salud Pública

Catamayo. En los exteriores del Centro de Salud de Trapichillo, en la ciudad del Eterno Sol, una camioneta y una motocicleta impactaron lo que dejó al conductor de este último

SARAGURO

HOSPITAL ISIDRO AYORA

5

10

Pacientes estables

Pacientes UCI

HOSPITAL MANUEL YGNACIO MONTEROS IESS

4

8

Pacientes estables

Pacientes UCI

aislamiento domiciliario

453

Altas Hospitalarias totales

HOSPITAL DE CATACOCHA

0

Pacientes estables

420 Personas en

265

Altas Hospitalarias totales

41

Altas Hospitalarias totales

PROVINCIA DE LOJA / CONTAGIOS POR GÉNERO

3.784 Hombres

3.454 Mujeres


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