Judicial La operatoria para blanquear cereal crece en el país
BAE Negocios www.baenegocios.com Martes 25 de febrero de 2014 E N T R E V I S TA A R I C A R D O S Á E N Z
“El nuevo Código aporta herramientas para investigar los delitos informáticos”
Los casos de trata laboral se abren paso en los tribunales Según datos del Ministerio Público Fiscal de la Nación se dictaron 71 procesamientos en todo el país. Estos casos refieren a 156 personas imputadas y a 516 identificadas como víctimas de este delito Sabrina Santopinto ssantopinto@diariobae.com
E
l Área Institucional de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), a cargo del fiscal Marcelo Colombo, llevó adelante un informe sobre “La trata laboral en la Argentina. El tratamiento judicial de los casos en el fuero federal”. En el informe se revela información respecto de los primeros 71 casos que en la Justicia avanzaron hasta instancias del auto de procesamiento, y que refieren a 156 personas imputadas y a 516 personas identificadas como víctimas de este tipo de delito. En los últimos cinco años se dictaron 292 autos de procesamientos por el delito de trata dentro de los cuales el 72% corresponde a trata con finalidad de explotación sexual y el 28% restante laboral. De esta manera, se ha buscado que el informe sirva como referencia a los opera-
dores judiciales, investigadores del campo académico y miembros de la sociedad civil abocados a la temática en su trabajo diario. Este documento estará también disponible próximamente en el sitio web del MPF para su libre descarga, junto con gráficos interactivos que permitirán profundizar algunas de las variables analizadas según la demanda del lector. Lo cierto es que una de las características fundamentales del sometimiento en la trata laboral, al igual que en la trata sexual, está dado por el estado de endeudamiento al que son inducidas las víctimas por sus tratantes. Al llegar al lugar de trabajo, lejos de su sitio de arraigo, comienzan por adeudar el costo del traslado, luego se suman gastos de alimentación y alquiler, entre otros. Finalmente, cuando ya el monto de la deuda inicial supera el monto del salario prometido, se comienzan a presentar las sanciones conocidas como “multas”, impuestas por distintos motivos. El engaño, la
coerción y la necesidad de llevarse dinero funcionan entonces como cadenas y rejas de más eficacia que las reales. La pregunta inevitable que nace en el entorno jurídico es cómo delimitar cuando se está frente a un caso de reducción a servidumbre y trabajo esclavo o cuando se enfrenta una relación laboral abu-
El 72%de los casos son de explotación sexual y el 28% restante, laboral siva. Desde Protex señalan que si bien la explotación de carácter sexual es la más detectada, en lo que refiere a condenas la relación es de un 90% de los casos de trata con explotación sexual y un 10% para trata laboral; en lo que respecta a los procesamientos se establece un parámetro de 70% a 30% respectivamente. “Es bajo el número de denuncias por
abuso laboral; empezamos a notar que había muchas más aperturas de causas, procesamientos y condenas por casos de trata con fin de explotación sexual que laboral. Relevando cuáles eran las discusiones de los tribunales, nos dimos cuenta que muchos jueces, fiscales y actores involucrados en la trata señalaban que era difícil cuando se trataba de un caso de explotación, porque no todo trabajo en negro entra dentro del parámetro de explotación”, explicó a BAE el titular de la procuraduría, Marcelo Colombo. Lo cierto es que en el ámbito de la explotación laboral, la tarea en talleres textiles clandestinos, el trabajo rural, o las distintas modalidades de trabajadores golondrina, son también mercados laborales abusivos, en donde se concentra la mayor parte de los casos procesados o sentenciados con relación al delito de trata. Según lo señala Colombo, una de las mayores trabas que se encuentran para