H. AYUNTAMIENTO DE HIDALGO, MICHOACÁN. PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE HIDALGO, MICHOACÁN 2008 – 2030
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CONSIDERANDO 1.- Que los Artículos 27, 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria y la General de Asentamientos Humanos, constituyen el marco jurídico fundamental conforme el cual los tres ámbitos de gobierno, con la participación de los habitantes del territorio nacional y dentro de un esquema de concurrencia y participación compartida, enfrentan la problemática de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano en el País; 2.- Que dentro de dicho marco, el Congreso del Estado expidió el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, instrumento que determina los principios rectores y los mecanismos necesarios a la consecución de los fines señalados en el párrafo tercero del Artículo 27 de la Constitución General de la República, para la ordenación, regulación y desarrollo de los centros de población del territorio estatal y el aprovechamiento del mismo. Mediante el establecimiento de normas y fijando las competencias, atribuciones, concurrencia y responsabilidades del Estado y de los ayuntamientos en materia de desarrollo urbano para la planeación y regulación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y la fundación, conservación, mejoramiento, ordenación y crecimiento de los centros de población, así como de la constitución de las reservas territoriales; 3.- Que el Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio 2001 – 2006, en su capítulo tercero establece la Política de Ordenación del Territorio y Acción Urbana y Regional; 4.- Que el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano tenderá a mejorar las condiciones de vida de la población urbana y rural, mediante la organización de los centros de población con una administración pública abierta y cercana a las necesidades e intereses de la ciudadanía, que responda con flexibilidad y oportunidad a los cambios que exige la comunidad; 5.- Que el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, en su artículo 14 Fracción I estipula que los Ayuntamientos tendrán la atribución para formular o actualizar, aprobar, publicar, ejecutar, controlar y evaluar los programas de desarrollo urbano de ámbito municipal, coordinándose con la Secretaría para efectos de la congruencia con el Programa Estatal y sus derivados; 6.- Que el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, en su artículo 62 Fracción I, inciso b), estipula que los Programas Municipales son instrumentos Básicos de planeación urbana. Y en su artículo 129 estipula que los programas municipales, señalarán las acciones específicas para la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población situados en sus respectivas jurisdicciones territoriales y establecerán la zonificación correspondiente, en congruencia con el Programa Estatal; 7.- Que el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, en su artículo 93 estipula que los programas básicos de desarrollo urbano de competencia municipal, sólo podrán ser modificados total o parcialmente, según el caso, dentro de un plazo no mayor de seis meses a partir del inicio de la gestión constitucional de los ayuntamientos y los derivados en función de las determinaciones de los programas básicos; 8.- Que el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, en su artículo Décimo Transitorio estipula que por única vez los plazos previstos en los artículos 92 y 93 para la elaboración de los programas de desarrollo urbano básicos contenidos en este Código, serán de doce meses, a partir del inicio de la gestión constitucional de los ayuntamientos y del Gobernador del Estado, que iniciarán funciones el 1 de enero y el 15 de de febrero del año 2008, respectivamente; 9.- Que las leyes anteriormente citadas y sobre todo lo estipulado en el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, establecen el procedimiento para la formulación, modificación o cancelación de los programas de desarrollo urbano, así como para su aprobación y validación, en su caso; 10.- Que el H. Ayuntamiento Constitucional de Hidalgo 2008 – 2011, preocupado por el desarrollo urbano del Municipio, hizo necesaria la elaboración, por vez primera, del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo 2008 – 2030, previo el estudio técnico y jurídico del mismo. 11.- Que por la Ley Orgánica de División Territorial del Estado de Michoacán de Ocampo, del 10 de diciembre de 1831, se formó la municipalidad de Taximaroa. El 20 de mayo de 1908, por decreto del entonces Gobernador del Estado, don Aristeo Mercado, se le denominó “Villa Hidalgo, Taximaroa”; posteriormente, el 30 de octubre de 1822, el H. Congreso del Estado, le hizo cambiar el nombre anterior por el de Ciudad Hidalgo, en memoria al Ilustre Padre de la Patria, que se contiene en el plano E-I, denominado “Ámbito de Aplicación del Programa”, correspondiendo a la totalidad del Límite del Municipio de Hidalgo, el que forma parte del presente Decreto, de acuerdo con el cual queda circunscrita la descripción de los segmentos de línea del polígono dentro del cual tiene aplicación el Programa en comento. ACUERDO ÚNICO.- De conformidad con lo antes expuesto, y en uso a las facultades que confieren a los municipios la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 27 párrafo tercero y 115 fracción V, inciso a); los artículos 4º, 5º, 6º, 9º fracción I y II, 12 fracción V, 15, 16, 17, 18 y 19 de la Ley General de Asentamientos Humanos; el 23 de l Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; el 123 fracción VI de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo; 8 fracción III, 14 fracciones I, II, III y V; 15, 16, 17, 18, 19, 34, 56, 57, 62 fracción I, inciso b), 63, 64, 65, 74, 75, 91, 94, 96, 99, 101 al 106, 201 al 231. Se aprueba el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo 2008 – 2030, cuya versión abreviada se transcribe a continuación: I.- INTRODUCCIÓN. El Municipio de Hidalgo se encuentra entre los municipios del Estado, que más han experimentado un crecimiento acelerado de su población, y por consecuencia, de los de mayor demanda de servicios urbanos funcionales y eficientes. Los esfuerzos y generación de programas de los gobiernos federal, estatal y municipal han sido insuficientes hasta la fecha, en la consecución de intentar resolver las demandas de la población, sobre todo, considerando que el fenómeno de migración campo ciudad, ha propiciado la atomización de la población en el municipio, con aquellas familias que en la búsqueda de contar con mejores prerrogativas se trasladan fundamentalmente a la Cabecera Municipal, haciendo más compleja la administración eficiente de la ciudad. Es importante mencionar que, la Cabecera Municipal de este municipio, contó con su primer Plan Director de Desarrollo Urbano por Decreto Legislativo Nº 340 de fecha 28 de Junio del año 1983, el cual recibió su primera actualización en el año de 1988 (nunca puesto en vigencia jurídica); la segunda actualización del Plan se efectuó en el año 1994 (en la cual tampoco se cumplió con el proceso de vigencia jurídica); siendo hasta el año de 1999, cuando realmente es actualizado el Plan de 1983, ahora si lográndose poner en vigencia en el año 2002; el que a
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su vez, es actualizado y puesto en vigencia en el año 2006. Aconteciendo que aún con todos estos antecedentes de planeación, han sido insuficientes para ordenar, normar, regular y controlar el crecimiento urbano de la ciudad Cabecera Municipal, en parte, debido a que se requiere contar con ordenamientos urbanísticos de mayor cobertura territorial, como lo contempla la propia legislación urbana. Por lo anterior, se hace necesario la elaboración y puesta en vigencia del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo, con objetivos como el de lograr el desarrollo urbanístico equilibrado del territorio municipal, regulando los usos y destinos sustentables del suelo, protegiendo y conservando los medios abióticos y bióticos de las condiciones de vulnerabilidad a la intensa actividad humana, ofreciendo oportunidades para que la población que radique en el interior del municipio, cuente con las condiciones necesarias para la creación de las fuentes de empleo, vivienda y servicios urbanos, que les permitan alcanzar la autosuficiencia y calidad de vida. El “Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo, Michoacán 2008-2030”, tiene como propósito es establecer las bases para el ordenamiento territorial del municipio. La propuesta tendrá como principio la correspondencia y congruencia entre las políticas y estrategias con la estructura territorial estatal y los planes o programas de los niveles superiores de planeación en la materia. II.- ANTECEDENTES. El Municipio de Hidalgo se localiza al noroeste del Estado en las coordenadas 19 42’ de latitud norte y 100 33’ de longitud oeste, a una altura de 2,040 metros sobre el nivel del mar. Limita al norte con los municipios de Queréndaro, Zinapécuaro y Maravatío, al este con Irimbo, Tuxpan y Jungapeo, al sur con Tuzantla y Tiquicheo, y al oeste con Tzitzio, Queréndaro, Indaparapeo y Charo. Su distancia a la capital del Estado es de 104 kms. Cuenta con una extensión territorial de 1,063.06 Km y representa un 1.78 por ciento del total del Estado. El Municipio está cubierto de bosque en las siguientes cantidades de superficie y características: 61,831 hectáreas de bosque, 6,320 hectáreas de selva y 16, 572 hectáreas de superficie erosionada. o
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El Municipio de Hidalgo está integrado a la Región Económica Oriente del Estado de Michoacán, la cual está integrada por 18 municipios: Angangueo, Áporo, Contepec, Epitacio Huerta, Hidalgo, Irimbo, Juárez, Jungapeo, Maravatío, Ocampo, Senguio, Susupuato, Tiquicheo de Nicolás Romero, Tlalpujahua, Tuxpan, Tuzantla, Tzitzio y Zitácuaro. Distribuidos en una extensión territorial de 9 mil 202.61 Km . Sumando un total de 1, 898 localidades en la Región, de las cuales 1, 217 son menores a los 100 habitantes y 681 mayores a 100 habitantes. De acuerdo con el II Conteo Población y Vivienda elaborado por el INEGI, en el año 2005, la Región tiene una extensión territorial de 9,202.61 Km , y en ese año contaba con una población de 550,779 habitantes, representando el 13.88% de la población total del Estado. Arrojando una densidad de población de 60 habitantes por Km . Determinando una tasa de crecimiento media anual por el periodo 2000 – 2005 de - 0.1%. Y al Municipio de Hidalgo se le registra una extensión territorial de 1,063.06 Km , superficie en la que se ubicaba en el año 2005 una población de 110,311 habitantes, representando el 2.78% de la población total del Estado, con una densidad de población de 104 habitantes por Km . Sumando un total de 273 localidades en el municipio, de las cuales 197 son menores a los 100 habitantes y 76 mayores a 100 habitantes. Observando una tasa de crecimiento media anual, durante el periodo 2000 – 2005 de 0.72. (FUENTE: Anuario Estadístico del Estado de Michoacán 2004, INEGI. II Conteo de Población y Vivienda, 2005, Michoacán, INEGI). 2
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De lo anterior, haciendo un análisis comparativo, se concluye que: .- El Municipio de Hidalgo ocupa el 11.55% del total de la extensión territorial de su Región, rebasando dos veces el porcentaje promedio que le pudiera corresponder en igualdad de circunstancias a cada municipio de esa Región. Lo que significa, que su extensión territorial se convierte en una oportunidad para el desarrollo del Municipio. .- De igual manera, se observa que en el Municipio de Hidalgo se ubica el 20%, aproximadamente, de la población total de la Región, lo que significa que es uno de los municipios más poblados de la misma. Demostrando con ello, la urgente demanda del ordenamiento urbano de dicho Municipio. .- Por otro lado, del total de las localidades menores de 100 habitantes que se ubican en la Región, el municipio de Hidalgo absorbe el 16%, aproximadamente, lo que significa que este municipio tiene bastante población dispersa en su territorio, situación que hay que capitalizar para seguir impulsando el desarrollo equilibrado de la población en el municipio, promoviendo más y mejores programas para el desarrollo de las localidades del interior del municipio, y desalentar la polarización de la concentración poblacional de su Cabecera Municipal, permitiéndole a Ciudad Hidalgo su consolidación. RECURSOS NATURALES.- De acuerdo con lo contemplado en el Plan Municipal de Desarrollo de Hidalgo 2008 – 2011, El Municipio de Hidalgo cuenta con el 72.45% de superficie de bosque, siendo los géneros más importantes: Pinus (chino, lacio, ocote blanco), Abies (oyamel), Alnus (aile) y Quercus (encino). El 8.55% de la superficie municipal es pastizal del tipo zacate tres barbas, navajita y zacatón. Además cuenta con el 1.25% de la superficie de selva, habiendo tanto forraje del tipo huizache, como madera del tipo Tepeguaje y papelillo amarillo. El 17.04% de la superficie es para agricultura y el 7.1% a otros usos, teniendo como problema la tala clandestina que lesiona gravemente los ecosistemas con el que cuenta el Municipio de Hidalgo. Otro recurso natural importante lo constituye el agua, de lo cual se cuenta, como ya se comentó con anterioridad, con cinco cuerpos importantes de agua de presas que son: Mata de Pinos, Pucuato, Sabaneta, Laguna Larga y Laguna Llano Grande. Por lo anterior deducimos que nuestro Municipio es privilegiado al poseer en toda la superficie de su territorio, gran cantidad de ríos y presas, que se utilizan para actividades agrícolas, ganadera y piscícola, sin embargo, falta infraestructura y tecnología para aprovecharla más eficientemente, así como la creación de infraestructura de limpia y reutilización de los anteriormente mencionados cuerpos de agua. Existen yacimientos minerales no metálicos de caliza, arcilla, arcilla caolinítica, caolín, sub-bentonita, azufre y tierra fuiler. Los suelos del municipio datan de los períodos cenozoico, terciario y pleoceno; corresponden principalmente a los del tipo complejo de montaña. Su uso es primordialmente forestal y en menor proporción ganadera y agrícola. EMPLEO.- La población registrada de 12 años y más fue de 71 835 en el año 2000, y la económicamente activa representa el 43.98%, mientras que la inactiva el 55.51%. La población activa ocupada representó el 99.13%, de ellos el 13.39% trabaja en el sector primario, 41.98% en el secundario y el 41.97% en el terciario. De ellos el 9.4% no recibe ingresos, 16.7% recibe menos de un salario mínimo, 50.1% de 1 a 3 salarios,
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15.6% recibe de 3 a 10 salarios mínimos y 2.1% recibe más de 10 salarios mínimos. El 0.87% se encuentra desocupada. En el 2005 el IMSS reportó 6 797 personas aseguradas. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y RURAL POR CENTROS DE POBLACIÓN.- Entendido a la infraestructura urbana como los sistemas y redes de organización y distribución de bienes y servicios de los centros de población. En términos generales la cobertura de servicios públicos de infraestructura urbana del municipio, de acuerdo a apreciaciones del H. Ayuntamiento es: Agua potable 70%, Drenaje 50%, Electrificación 80%, Pavimentación 70%, Alumbrado Público 80%, Cloración del Agua 60%. Registrándose además, que de las 273 localidades del Municipio, de acuerdo con el Conteo de Población y Vivienda del INEGI 2005, 182 tienen 20 y más habitantes; de ellas 54 cuentan con agua entubada, 33 con drenaje y 152 con energía eléctrica. Las 182 localidades se encuentran comunicadas con caminos de acceso. De las 91 localidades restantes y menores a 20 habitantes, no se precisa información. SERVICIOS DE EQUIPAMIENTO URBANO POR CENTROS DE POBLACIÓN. EDUCACIÓN.- La población de 15 años y más alfabeta registrada en el censo de población del 2005 fue de 86.6% y representa el 2.65% de la población alfabeta estatal. Durante el ciclo escolar 2004-2005. El INEA alfabetizó a 167 adultos. En el municipio existen escuelas en donde se imparten clases a niveles de preescolar, primaria, secundaria, bachillerato y profesional. De las 273 localidades del municipio, en el entendido de que 182 de ellas tienen 20 y más habitantes; de ellas 105 cuentan con servicio de educación. SALUD.- El municipio cuenta con 23 unidades médicas de salud de primer nivel, 31 consultorios, 51 médicos y 60 enfermeras. Cuenta con un Centro de Salud tipo “B” y un hospital tipo “D” de la Secretaría de Salud, dos puestos periféricos del ISSSTE, una Unidad de Medicina Familiar y una auxiliar del IMSS. En promedio se otorgan más de 192 mil consultas generales por año. También se cuenta con varios consultorios médicos particulares de los que no se precisa información. DEPORTE.- En el municipio se cuenta con una unidad deportiva la cual se encuentra equipada con una pista de motocross, un campo de fútbol, un campo de béisbol, 6 canchas de basquetbol, un auditorio, dos canchas de frontenis, una cancha de tenis, un módulo de servicios y juegos infantiles; campos de fútbol Maximino Martínez y Tierras Coloradas; dos campos de béisbol Santa María, Máximo Martínez y Gálvez de Bentancour; Lienzo Charro, Deportivo Madero, Parque el Chapulín; canchas de Basquet bol La plazuela, Fabrica la Virgen, Los manantiales y 80 canchas más de basquetbol entre la cabecera Municipal y varias localidades del municipio. ABASTO.- El municipio tiene 2 mercados municipales, un tianguis dos veces por semana y varios negocios con diferentes giros comerciales, 6 tiendas CONASUPO y un rastro. MEDIOS DE COMUNICACIÓN.- Los medios de comunicaciones se ubican fundamentalmente en la cabecera municipal, su cobertura espacial y de servicio, así como el porcentaje de atención y la calidad de las mismas, se encuentran funcionando normalmente, así como el desarrollo de la infraestructura informativa y de comunicaciones, se enumeran los siguientes servicios: Servicio Postal mexicano, Mensajera, Estación de televisión, Estación de radio, Periódico Local, Oficina de Teléfonos, Internet Publico, Mensajera de Divisas y Oficinas de Tele cable. Señal de radio y televisión, además de periódico. COMERCIO.- Tiene establecimientos comerciales pequeños, medianos y grandes. Aproximadamente el 90% son pequeños y el resto son comercios medianos y grandes. Representa el 14% de la actividad económica. En mercados se estima una cobertura del 70%. PARQUES Y JARDINES.- En parques y jardines se tiene un estimado de cobertura del 60%. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.- Con la capacidad instalada de los edificios públicos en los que se atienden los asuntos de la administración pública, se tiene un estimado en cobertura del 60%. SERVICIOS URBANOS ESPECIALES O COMPLEMENTARIOS POR CENTROS DE POBLACIÓN.- En cuanto al servicio de rastros para el sacrificio de animales, se considera una eficiencia del 70%. El servicio de panteones ha estado cubierto el 100%, más sin embargo, se requiere urgentemente la creación de más instalaciones con ese fin. Con relación a las estaciones de servicio (gasolineras), existe capacidad instalada suficiente, pero hay deficiencia por su área de cobertura territorial municipal, por encontrarse todavía algunas localidades sin el servicio, lo que ocasiona traslados y gastos innecesarios a la población demandante. El manejo y disposición final de los residuos sólidos ha constituido un grave problema para el municipio, de acuerdo con lo contemplado en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cd. Hidalgo, la capacidad instalada para realizar la actividad de la recolección de basura, se estima una atención eficiente solamente en el 30% de la población, y por otro lado, el hecho de utilizar tiraderos a cielo abierto para la disposición de la basura. Lo que impacta directamente en el medio ambiente contaminando el aire, el agua y el suelo; la salud y deteriorando la imagen urbana y rural. OFERTA TURÍSTICA Y SERVICIOS DE APOYO.- El Municipio de Hidalgo, cuenta con un potencial turístico importante, ya que tiene características que lo hacen atractivo y que debemos desarrollarlas. Algunas de ellas son: su clima, edificios religiosos, balnearios, artesanías, gastronomía local, festivales, fiestas y tradiciones. Dentro de los atractivos turísticos y culturales, destacan por su importancia algunos edificios históricos, como: El Convento y Templo de San José, del siglo XVI y estilo arquitectónico tipo Toscano; la Cruz Atrial ubicada en el Patio de dicho Templo también del siglo XVI, en el centro de la Cruz se encuentra un disco de Obsidiana el cual representa a Curicaveri Dios de los Purépechas, en el interior del Templo se localiza una Colosal Pila Bautismal que contiene incrustaciones de Ángeles y Demonios que representan al bien y el mal; Templo y hospital para los indígenas de la Inmaculada Concepción, construido por órdenes de Don Hernán Cortés, en el cual funcionó también un taller de artes y oficios, ordenado por Don Vasco de Quiroga; el Templo del Perpetuo Socorro, templo modernista con la fisonomía técnica del arte Potsconciliar, en cuyos elementos se lee el simbolismo evangélico sacramental en sus cubos, prismas, arcos y circunferencias, todo en ladrillo rojizo y desnudo; Palacio Municipal, construido en 1895 y remodelado en los años 70´s. Dentro de los Centros Turísticos están: La ruta de la
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salud, formada por manantiales de aguas termales, hipo termales y meso termales con propiedades curativas en donde su temperatura oscila entre los 21º y 82ºC, además de sus lodos terapéuticos. Los balnearios y parques acuáticos que se ubican en la zona de Los Azufres, son una excelente opción para toda la familia, todos ofrecen las benéficas aguas termales. El Corredor Ecoturístico está conformado por tres presas Sabaneta, Pucuato y Mata de Pinos las cuales ofrecen áreas para acampar y practicar la pesca deportiva en las temporadas permitidas, lamentablemente requieren en la actualidad una atención especial para su saneamiento para poder seguir disfrutando de sus prodigios naturales. Grutas Tziranda, se localizan en el km. 134.5 de la Carretera Federal No. 15 México - Nogales al Este de Ciudad Hidalgo, rumbo a Tuxpan, Michoacán, y un tramo de terracería de 1.5 km. (Transitable todo el año). USOS DEL SUELO: VIVIENDA.- En el censo del 2005 se registraron 22 671 viviendas particulares habitadas, de las cuales el 83.97% cuenta con agua entubada, 82.34% con drenaje y el 95.99% con energía eléctrica, el material predominante en los pisos de las viviendas es el cemento o firme con 64.11%, de madera, mosaico u otros materiales con 17.90% y tierra con 17.52%. HORIZONTES DE PLANEACIÓN. PROYECCIONES DE POBLACIÓN. HABITANTES AÑO ESCENARIO 9 2005 MUNICIPIO DE HIDALGO 110, 311 CIUDAD HIDALGO 57,773 FUENTE: Análisis de Corporación CIUDAD con datos del INEGI.
TASA 1.24% 0.99%
PROYECCIONES DE POBLACIÓN AÑO 2011 AÑO 2017 AÑO 2030 118,777 127,892 150,114 61,291 65,023 73,907
PROYECCIONES DE RESERVAS TERRITORIALES, EN HAS.
ESCENARIO 9 MUNICIPIO DE HIDALGO CIUDAD HIDALGO FUENTE: Análisis de Corporación CIUDAD con datos del INEGI.
AÑO 2011 166 92
HORIZONTES DE PLANEACIÓN AÑO 2017 179 100
AÑO 2030 436 244
PROYECCIONES DE VIVIENDA HORIZONTES DE PLANEACIÓN ESCENARIO 9 AÑO 2011 AÑO 2017 AÑO 2030 MUNICIPIO DE HIDALGO 2,117 2,279 5,556 CIUDAD HIDALGO 1,173 1,269 3,113 FUENTE: Análisis de Corporación CIUDAD con datos del INEGI. Por lo tanto, el estimado de demanda de vivienda nueva total para satisfacer a la población, hasta el horizonte de largo plazo, es de 9,952 para el Municipio, de las cuales 5,555 viviendas deberán ser aplicadas a la Cabecera Municipal. Estimación que se encuentra muy aproximada a las proyecciones contempladas por la Comisión Nacional de Vivienda, mostradas en las tablas siguientes. SUELO URBANO.- Los principales centros de población del Municipio de Hidalgo han estado sujetos al crecimiento urbano, sin contar con una planeación sustentable de su desarrollo, lo que ha provocada grandes problemas de organización funcional y administración de los usos y destinos del suelo, así como una deficiente estructura urbana, marcando profundas contradicciones que se traducen en fuertes demandas de servicios y reservas territoriales urbanas. Por ello, surge la necesidad de contar con los estudios técnicos que orienten el desarrollo urbano, elaborando y dando vigencia jurídica a sus programas de desarrollo urbano de centros de población, ya que el problema entorno al suelo urbano, es que su oferta es limitada, insuficiente e inadecuada para la demanda actual y que se incrementa cada año. El crecimiento de los principales centros de población del Municipio de Hidalgo, demanda suelo susceptible de incorporarse al desarrollo urbano, lo cual justifica la constitución de reservas territoriales que permitan una adecuada distribución de la población en su territorio, así como disminuir la especulación del suelo al ofertar terrenos a bajo costo a las clases sociales más desprotegidas. Por lo que se procurará la previsión en demasía de áreas para la futura expansión urbana en las localidades del Municipio, para eficientar los recursos públicos y privados en la constitución de reservas territoriales, sin la dependencia de agentes de especulación inmobiliaria, razón por la cual en este Programa no seguimos fielmente las recomendaciones de la metodología de planeación, en el sentido de prever áreas aptas para la futura expansión urbana exclusivamente en función de la estricta demanda que determinan las proyecciones de población. Problemática: .- Crecimiento urbano desordenado con asentamientos humanos irregulares en terrenos particulares, gubernamentales y, sobre todo durante la última década, en terrenos de propiedad social (ejidales y/o comunales). .- Asentamientos humanos irregulares por ventas en mercado informal, invasiones, simuladas o reales; con lotificaciones y vialidades fuera de toda normatividad, áreas no aptas, si áreas de donación y verdes. .- Propietarios, ejidatarios, intermediarios, lideres, representantes populares y hasta autoridades o servidores públicos que han hecho del mercado informal del suelo un negocio redituable en donde el abuso, el fraude, el manipuleo político y la falta de garantías es la constante.
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.- Posesionarios en la indefensión, generalmente desorganizados, desinformados y pagando un alto e importante costo social y económico. .- Incremento del mercado informal, principalmente de suelo social, a partir de la modificación del artículo 27 constitucional y por lo mismo, especulación ante la oferta cada vez más amplia. .- Regularización y escrituración social indiscriminada que favorece la existencia de asentamientos con muy baja ocupación y por ello con problemas para la introducción de servicios. .- Paradójicamente, creciente demanda de nuevos espacios para vivir derivada del crecimiento poblacional. .- Insuficiencia de los servicios públicos e inequidad en la dotación de los mismos. .- Equipamiento urbano inexistente o escaso y de mala calidad, por consiguiente poca posibilidad de con vivencia social. .- Contaminación ambiental y deterioro ecológico en estos asentamientos humanos. .- Creciente demanda de atención por quienes si viven en estos asentamientos, principalmente para la introducción de servicios, cargando junto con el gobierno con los costos de ello, beneficiando a quienes viven de la especulación, en mínima, mediana o gran escala. .- Mala calidad de la vivienda ante la inseguridad en la tenencia de la tierra. TENENCIA DE LA TIERRA.- La distribución en la tenencia de la tierra en el Estado indica que: el número de ejidos es de 1,641 con una superficie de 2,350,942 has. (39.4%); el número de comunidades indígenas es de 134 con una superficie de 431,298 has. (7.2%); en cuanto al número de pequeñas propiedades es de 126,422 con una superficie de 2,637,087 has. (44.2%) y lo que corresponde a otros tipos (terrenos nacionales y estatales) la superficie es de 562,310 has. (9.4%). VIALIDAD Y TRANSPORTE.- El Municipio cuenta con 178.3 kilómetros de carreteras, pavimentadas 85.1 y revestidos 28.7. Las vías de comunicación se encuentran en condiciones pésimas en gran parte del municipio, ya que muy pocos centros de población son tocados por líneas carreteras y pavimentadas. En las partes norte y sur del municipio son prácticamente inaccesibles, principalmente en épocas de lluvias, porque gran parte de la población se ha quedado marginada no permitiendo la explotación racional de regiones potencialmente productivas. El servicio telefónico solamente cubre la cabecera municipal, así mismo la telegrafía y servicio postal, quedando al margen las tenencias y comunidades de importancia. Algunas comunidades son atendidas a través del servicio telefónico rural, casetas de larga distancia, radio y radiodifusora. Se cuenta en el área de transporte, con el servicio de autobuses foráneos, suburbanos y de carga. Existe una Terminal de autobuses foráneos de 1ª y 2ª clase la cual se ubica en la Av. Morelos de la Cabecera Municipal, y se tiene el servicio de trasporte foráneo de primera y segunda clase. El transporte público suburbano tiene catorce bases, en donde hay salidas hacia las tenencias y localidades del municipio, distribuidas en distintos puntos de la ciudad la mayoría en el centro de la misma, originando así conflicto vial en horas pico. Las unidades de transporte suburbano en su mayoría se encuentran en mal estado físico. De la misma manera se cuenta con el servicio de transporte público urbano, brindado con vehículos ligeros (combis) y pesados (microbuses), se cuenta con 152 unidades en total, de las cuales trabajan diariamente, de estas unidades la mayoría se encuentra en mal estado físico, debido a la antigüedad, contando también con unidades nuevas. EMERGENCIAS URBANAS.- Emergencias urbanas, se ubicarán las zonas vulnerables a riesgos tanto de origen natural (sismos, deslaves e inundaciones, entre otros); y como producidos por el hombre (explosiones, incendios). En este Programa han quedado delimitados los sitios donde se puedan generar emergencias urbanas. Contándose con la información completa de protección civil: las recomendaciones y normas vigentes de prevención de riesgos. IMAGEN URBANA REGIONAL.- La impresión que la gente tiene de su centro de población es el resultado de la interacción que se da entre el observador y su medio ambiente. Esta interrelación no es solo visual, va unidad a una serie de impresiones de otro tipo, como: olores, memoria, símbolos, experiencias, costumbres, etc., que afectan a cada persona de acuerdo a sus condiciones particulares. La percepción del medio ambiente genera en cada persona una imagen mental de las partes de la ciudad en mutua relación física. Esta imagen mental le servirá, principalmente, para orientarse y desplazarse dentro de la ciudad. Es también por medio de ella que entiende la forma y estructura de la ciudad, se identifica con ella y la comprende. La obra arquitectónica juega un papel determinante de afectación de detalles de la ciudad. Por tal razón el deterioro de los diferentes componentes de la imagen urbana es el resultado de causas muy diversas: cuestiones económicas, sociales y políticas. Es fundamental la comprensión del conjunto de agentes que actúan en la ciudad para entender su efecto en el deterioro de la misma. Situación que ha quedado bien definida en el presente Programa, y para las cuales se han derivado acciones y proyectos para el mejoramiento del medio ambiente de los centros de población y su arquitectura, para lograr que los asentamientos humanos tengan identidad propia en su composición, estructura y funcionalidad, que respondan a las necesidades presentes y futuras de los pueblos. MEDIO AMBIENTE.- El Municipio de Hidalgo cuenta con el 72.45% de superficie de bosque, siendo los géneros más importantes: Pinus (chino, lacio, ocote blanco), Abies (oyamel), Alnus (aile) y Quercus (encino). El 8.55% de la superficie municipal es pastizal del tipo zacate tres barbas, navajita y zacatón. Además cuenta con el 1.25% de la superficie de selva, habiendo tanto forraje del tipo huizache, como madera del tipo Tepeguaje y papelillo amarillo. El 17.04% de la superficie es para agricultura y el 7.1% a otros usos, teniendo como problema la tala clandestina que lesiona gravemente los ecosistemas con el que cuenta el Municipio de Hidalgo. Se tiene cinco cuerpos importantes de agua de presas que son: Mata de Pinos, Pucuato, Sabaneta, Laguna Larga y Laguna Llano Grande. Por lo anterior deducimos que el Municipio es privilegiado al poseer en toda la superficie de su territorio, gran cantidad de ríos y presas, que se utilizan para actividades agrícolas, ganadera y piscícola, sin embargo, falta infraestructura y tecnología para aprovecharla más eficientemente, así como la creación de infraestructura de limpia, saneamiento y reutilización de los anteriormente mencionados cuerpos de agua. El Municipio de Hidalgo y en particular Ciudad de Hidalgo, contienen asentamientos humanos que están sujetos a fuertes cambios en el medio ambiente, originados por el desarrollo urbano, que en muchas ocasiones surge por la necesidad de realizar diversas actividades, sin medir el impacto ambiental. La actividad industrial, el crecimiento desordenado de las ciudades, el consumo de energía, el uso irracional de nuestros recursos, en especial el agua, la tierra y los bosques. Por todo esto surgen modificaciones a la biodiversidad. Erosión.- La degradación de los suelos es un fenómeno que resulta de variaciones climáticas (como la erosión eólica e hídrica) y actividades humanas. El uso desmedido de los recursos naturales como son las tabiqueras, que están al norte y noreste de la ciudad, que al no tener
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ningún control van desgastando el suelo, a grado tal que los cambios pueden ser irreversibles. También el manejo inadecuado de uso de suelo, que cada día el bosque va perdiendo terreno con la agricultura debido a la deforestación y otras actividades derivadas directamente de fenómenos humanos. Elementos que pueden ser contaminados.- La contaminación del medio ambiente se presenta en los ríos, canales, escurrimientos pluviales y presas, los que registran contaminación, principalmente por descargas de aguas residuales y basura, como es el caso del Río Taximaroa, Chiquito y Canal de Hidalgo, las presas Mata de Pinos, Sabaneta y Pucuato, en los que se descargan drenajes residuales a cielo abierto, sin el previo tratamiento de sus aguas. Asimismo, la basura en factor importante de contaminación del suelo, agua y aire; también están contaminando las industrias, la actividad ganadera, talleres, aserraderos y fábricas de muebles y tabiqueras, principalmente. ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS EN EL ÁMBITO DE ESTUDIO.- Dentro del polígono comprendido por este Programa, se registran las Áreas Naturales Protegidas de la Monarca y los Azufres; determinándose por este estudio la necesidad de proteger y restaurar más áreas con este carácter dentro del territorio municipal, algunas de ellas que ya han venido siendo alteradas por las actividades humanas y otras antes de que dicha acción las alcance, como las ubicadas en la zona de el Rincón de Dolores, o entorno a los cuerpos de agua, para incluso impulsarlas turísticamente; independientemente de los efectos formales de alguna declaratoria, se deben intensificar medidas de explotación controlada de los bosques del Municipio para salvaguardar los ambientes naturales y la integridad genética de las especies, asegurar el aprovechamiento racional de los ecosistemas y sus elementos, proporcionar un camino propicio para la investigación, el estudio y monitoreo de los ecosistemas, generar conocimientos y tecnologías que permitan el uso sustentable de los recursos naturales, proteger poblados, vías de comunicación, instalaciones industriales, aprovechamientos agrícolas, forestales, sitios escénicos, dotar a la población urbana de áreas para su esparcimiento y fomentar la protección al medio ambiente y sus ecosistemas. RIESGO Y VULNERABILIDAD.- Por lo que se refiere a las zonas y sectores urbanos sujetos a riesgos y vulnerabilidad, tanto por fenómenos naturales o por la acción del hombre, se presentan los siguientes: Los desbordamientos de ríos, inundaciones súbitas, contraste térmico, estructuras y elementos geológicos como fallas, fracturas, sismos, volcanes activos, movimientos y derrumbes de tierras, hundimientos, minas, catas, etc., debido a la ubicación geográfica del Municipio de Hidalgo con el cruce por su territorio del Eje Neovolcánico Trasversal, debiendo cuidar que la futura expansión urbana de los asentamientos humanos actuales del Municipio y los de nueva creación, no se establezcan en dichas zonas de riesgo latente; también se localizan zonas de deslizamientos en laderas por la combinación de lluvias intensas, actividad sísmica, actividad volcánica, por lo que deben ser zonas de restricción a la ubicación de los asentamientos humanos. En Ciudad Hidalgo se localizan una gran cantidad de establecimientos comerciales que expenden materiales peligrosos de alto riesgo, como: la Gasera de Zitácuaro, fábricas, almacenes y expendios de pinturas y solventes, cámaras de refrigeración, plantas cloradoras de agua potable, mercados, talleres de muebles, madererías y/o almacenes de materia prima para elaboración de muebles, establecimientos con venta de polimerizados de celulosa, tintorerías y baños públicos, entre otros. Por lo que ve a los efectos de radiaciones, existe una subestación eléctrica al Noreste de Ciudad Hidalgo, como también existen varias antenas de radio, televisión, telefonía celular y radio comunicación, las cuales representan un riesgo a considerar. El riesgo sanitario ecológico, debido a la acción patógena de agentes biológicos que atacan a la población y a todos los seres vivos, causando su muerte o la alteración de su salud. Las epidemias o plagas constituyen también un desastre sanitario. Se tiene contaminación del aire, agua, suelo y alimentos por la producción de residuos infecto-biológicos, producto de áreas hospitalarias. En el tiradero de basura no se lleva un control, por lo que particulares depositan la basura que estos generan, desechos infecto - biológicos, desechos orgánicos, desechos inorgánicos y una gran gama de residuos altamente contaminantes. Existen contaminaciones por drenajes a cielo abierto. No se cuenta con plantas tratadoras de aguas residuales, por lo que las aguas negras circulan del drenaje hacia cauces a cielo abierto y desembocan principalmente, al Río Taximaroa, y en su trayecto es extraída el agua para uso de riego en campos de cultivo de las comunidades aledañas. En las instalaciones de los rastros no se lleva un control de normas sanitarias y técnicas de funcionalidad, como tampoco existe control de los perros callejeros y del incremento de enjambres de abejas. Los accidentes de tránsito y la contaminación por este concepto deben ser controlados. PROBLEMÁTICA URBANA.- Tras haber realizado un diagnostico de el equipamiento urbano, la infraestructura y servicios urbanos, así como riesgos y vulnerabilidades de los asentamientos humanos del Municipio, se puede realizar una síntesis de manera ordenada de la problemática urbana, la que nos ayudará a cimentar proyectos a corto, mediano y largo plazo, valiéndonos de una relación del equipamiento y el grado de dosificación, así como las carencias y superávit de los servicios urbanos. Síntesis del Equipamiento Urbano.- Como era de esperarse, la Cabecera Municipal es el centro de población del Municipio que a la vez más equipamiento urbano dispone, pero a la vez más demanda, debido a la cantidad de su población y a la falta de ordenamiento y zonificación del mismo: El Palacio Municipal, que alberga la mayoría de las dependencias municipales, además de: el Centro de Readaptación Social, la Agencia de Ministerio Público, (PGR) Delegación Estatal, Oficinas del SAPA, oficinas de Rentas, Registro Público y Tránsito en el Estado. Lo que obliga a la población a tener que acudir a ese sitio para atender asuntos relacionados con dichos servicios, generándose una intensa problemática urbana por tal motivo. Al Noreste de la Ciudad se ubican las Oficinas de Catastro Municipal, Fomento Económico y Juzgados Municipales civiles y penales. Requiriéndose por lo tanto, la generación del programa de desconcentración administrativa, incluso hacia las demás localidades del Municipio, como las Tenencias y Encargaturas del Orden. En cuanto a la Asistencia social, se cuenta el DIF, la Unidad Básica de Rehabilitación, la Casa Hogar para Ancianos, el Centro de Desarrollo Comunitario, Puesto de Socorro, la Base de Protección Civil y Bomberos. Equipamiento con problemática en su capacidad de cobertura, por falta de más instalaciones, mejoramiento de las ya existentes, equipo y mantenimiento de las mismas. En el aspecto comercial, se cuenta con una gran variedad de comercios formalmente establecidos y no bien establecidos, así como una Multiplaza y la llamada Plaza del Antojo, los Mercados Municipales y la Tienda del ISSSTE. Equipamiento urbano con déficit en su cobertura y magnitud, por lo se deberán rediseñar y diseñar nuevos desarrollos en las localidades más grandes del Municipio, en las que se de un servicio de calidad en productos y funcionalidad, creando Centros Comerciales en los diferentes giros y áreas especiales para la actividad comercial de tianguis.- No cuenta con el servicio de equipamiento de Central de Abasto. En lo referente al equipamiento urbano cultural. Se cuenta con una biblioteca, museo local y teatro en las mismas instalaciones, como también el Teatro del Pueblo en las Instalaciones de la Feria, las que además
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de ser insuficientes no cumplen con las disposiciones técnico funcionales para su adecuada operatividad, debiendo ser rezonificadas y rediseñadas para el ámbito municipal. Su cobertura eficiente es estimada al 60%. En el aspecto educativo, se cuenta con servicios desde la educación preescolar hasta la profesional, con una cobertura del 90% de la población, debiendo llevarse más instalaciones al interior del Municipio y generar mejores instalaciones para las que están actualmente en funcionamiento. Para las cuestiones de recreación el Municipio ofrece varios lugares del tipo de esparcimiento y turismo, de fin de semana, en los que se requiere implementación de programas para la complementación de su infraestructura y equipamiento, presentando un déficit del 40%, sobre todo en las cabeceras de las Tenencias. Para el deporte, este se realiza en las canchas de futbol, básquetbol, campos deportivos y unidades deportivas que se ubican en las diferentes localidades del Municipio, en circunstancias no muy óptimas para el buen desarrollo de esta actividad, Definiéndose una cobertura del servicio del 80%. Con respecto al equipamiento urbano para la salud, se estima una cobertura eficiente del 85% cubriendo solamente 16 localidades de las 182 con población mayor a 20 habitantes. Los servicios urbanos complementarios referentes a las gasolineras, estación de gas, panteones y tiraderos de basura. Adolecen del problema de compatibilidad en los usos y destinos del suelo, como de su deficiente en cobertura, atendiendo eficientemente el 60% de la población, centralizándose fundamentalmente en la Cabecera Municipal. Síntesis de la infraestructura.- En cuanto al transporte, hemos de resaltar la problemática siguiente: falta de terminales y paradas de ascenso y descenso funcionales, tanto para el transporte público foráneo, suburbano y urbano; por lo ve al transporte suburbano requiere de mayor cobertura municipal, lo que no se realiza en esencia es por la deficiencia en la estructura vial carretera; en cuanto al trasporte urbano, se requiere de un ordenamiento integral, redefinición de rutas, mejoramiento de medios de transporte, señalización y señalamiento de tránsito, ordenamiento de paradas y capacitación cultural, tanto de prestadores del servicio como de usuarios. Su cobertura eficiente es del 70%.- Las comunicaciones se encuentran funcionando con una eficiencia del 90%, se tiene una Televisora Municipal TV Taximaroa, Oficina comercial (TELMEX), Estafeta, agencia de correos, administración telegráfica, telé cable y radiodifusora Radio Sol, en algunos aspecto se requiere cobertura territorial como las oficinas de Telmex, paquetería, correos y telecable. Otros aspectos de problemática urbana.- En cuanto a la especulación del Suelo Urbano y urbanizable, la situación afecta de manera considerable la densidad de población y de construcción de las tramas urbanas y suburbanas del Municipio y por consecuencia genera conflictos urbanísticos, tanto por la falta de la cobertura física territorial de los sistemas de urbanización como del propio equipamiento urbano, propiciándose la necesidad de prolongar infraestructuras para dotar de servicios en la gran expansión horizontal de las tramas urbanas, y por otro, la falta de servicios básicos en zonas alejadas de la mancha urbana, donde el suelo es más barato y la población de los asentamientos humanos de escasos recursos tienden a fraccionar estos terrenos, con el consecuente incremento de los costos de urbanización. Una medida que podemos adoptar al respecto de contribuir al control de los precios de la tierra, que de por sí en el Municipio de Hidalgo son de los más elevados en el Estado, es que la planeación urbanística contemple excedencia importante de suelo urbanizable para alcanzar el equilibrio en la Ley de la Oferta y la Demanda, y por otro lado, generar programas que incentiven la densificación urbana, propiciando la construcción de ciudades verticales. Por lo que respecta a la incompatibilidad de los usos y destinos del suelo, esta se ha generado por la ausencia de la normatividad urbanística cuando nacieron la mayoría de los asentamientos humanos del Municipio, y después la incongruencia de los existentes, la falta de gobernabilidad, la cuestión política, la corrupción y los fenómenos sociales, han sido solo algunas de las causales que propiciaron la ubicación y de una gran mezcla de funciones urbanas conflictivas entre sí, como el posterior fenómeno de los cambios de usos y destinos del suelo, han provocado la existencia de mezcla de usos y destinos incompatibilidades, en el sentido tal, de mezclar vivienda e industria, así mismo mercados, servicios públicos, escuelas, hospitales, tabiqueras, rastros, establos entre otros tipos de usos, los cuales afectan de manera importante el adecuado desarrollo de las funciones urbanas de los asentamientos humanos y debido a esta incompatibilidad se generan conflictos sociales y urbanos de interés particular al adecuado funcionamiento de la Ciudad. La Invasión de Zonas Federales, Derechos de Vía y Áreas de Restricción de los cauces de ríos, canales, barrancas, arroyos, vialidades principales, líneas de energía eléctrica, zonas de riesgo, obras públicas y privadas, con asentamientos humanos irregulares, también ha estado presente, de tal manera que generan conflictos, para las actividades de construcción, funcionamiento y mantenimiento de Zonas Federales, Derechos de Vía y Áreas de Restricción. Por lo que se deben encaminar acciones y programas que contribuyan al rescate y conservación de dichos espacios, así como de la previsión y determinación futura de los mismos. En cuanto a la problemática de los asentamientos humanos Irregulares, esta ha sido ocasionada por la ocupación del suelo, sin contar con los correspondientes permisos, licencias y autorizaciones de la autoridad competente, propiciando además la ocupación de de áreas no aptas para el desarrollo urbano, debido a que son áreas de riesgo por diferentes agentes naturales o artificiales, generándose un crecimiento de los asentamientos humanos sobre todo los de de tipo agropecuario y forestal al uso urbano, dentro de predios que no cumplen con la normatividad vigente y las factibilidades necesarias para poder llevar los servicios de una manera costeable y segura. Además de propiciar la generación de conflictos urbanísticos, de tal manera que se da creación a asentamientos humanos con deficiencias graves, tanto en infraestructura como en equipamiento urbano, reduciendo con esto considerablemente la calidad de vida de sus habitantes. Debiéndose crear programas y proyectos de desarrollo que regularicen dichos asentamientos, proporcionen opciones de reubicación de la población en riesgo y contribuyan con la oferta de espacios de habitar en la correcta ubicación, en cabal cumplimiento a la normatividad, proyectados de forma integral y la dotación de los servicios urbanos. El crecimiento anárquico de la mancha urbana y la discontinuidad de la estructura urbana, han generado que los asentamientos humanos del Municipio, sobre todo los de la Cabecera Municipal Ciudad Hidalgo, San Pedro Jacuaro, Rincón de Rubios, San Isidro Alta Huerta y San Bartolo Cuitareo, tengan problemas respecto a los servicios en zonas que actualmente se encuentran habitadas y generan cambios de usos de suelo, debido a su gran dispersión de la población, de la misma manera la falta de control en la operación del desarrollo urbano por parte de la administración municipal, y su coordinación con los gobiernos estatal y federal, generan por desconocimiento y falta de elementos técnicos, criterios erráticos para la autorización de nuevos fraccionamientos habitacionales y demás instalaciones y edificaciones urbanas, dentro del ámbito de su territorio. El déficit en áreas verdes no acordes al crecimiento de la población y sus manchas urbanas y la pavimentación de las áreas que anteriormente eran dedicadas a los usos agropecuarios y forestales, han contribuido a la reducción o eliminación de áreas verdes, lejos de aspirar al cumplimiento de la norma mínima equivalente al 3% de la superficie total de los desarrollos que se han venido autorizando, para la recreación de los habitantes de un determinado conjunto habitacional. De esta manera, para la Cabecera Municipal se registra en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población la cantidad de 0.35 m /habitante, lo cual comparado con la norma internacional que aspira a 16 m /hab., nos arroja un déficit de área verde por habitante en la mancha urbana de 15.65 m /habitante, para la población de Ciudad Hidalgo, lo cual indica un problema intenso por resolver. De esta manera, se determina el déficit tan 2
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importante en este sentido. Al construir y respetar más y mejores áreas verdes urbanas, se contribuye a la reducción de los índices de delincuencia, mejoran el medio ambiente e imagen urbana de la ciudad. SÍNTESIS DEL MEDIO FÍSICO TRANSFORMADO.- El Municipio de Hidalgo, cuenta con 276 localidades, de las cuales solamente 5 centros de población, tienen una población mayor a 2,500 habitantes, incluida la Cabecera Municipal: Ciudad Hidalgo, Agostitlán, San Antonio Villalongín, San Matías El Grande y San Bartolo Cuitareo; 11 de ellas reciben la Categoría Político Administrativo de Tenencias y 64 de Encargaturas del Orden. Mediante su correspondiente categoría cada uno de los centros de población y a su capacidad instalada actúan como concentradores de actividad urbanística. Actualmente no se tiene definido un sistema de ciudades o de centros de población que con fines de ordenamiento urbanístico se les haya definido una categoría y rango de población, con motivo de la generación de políticas y programas de desarrollo, en función de las demandas de la población. Para efecto de lo anterior, se han analizado las características de las localidades del Municipio, para optar por el impulso al desarrollo equilibrado de los asentamientos humanos del territorio. Observando potencialidad de crecimiento en las siguientes localidades: Ciudad Hidalgo, San Bartolo Cuitareo, San Matías El Grande, San Pedro Jacuaro, Agostitlán, Huajúmbaro, San Antonio Villalongín, San Isidro Alta Huerta, Rincón de Rubios y Pucuato. NECESIDADES SENTIDAS POR LA COMUNIDAD: Del trabajo de campo se logró captar las necesidades más sentidas de la población, dentro de lo cual destaca: Arreglo de las carreteras y caminos. Mejoramiento de vivienda. Promoción de vivienda nueva. Déficit y problemas de los servicios, tanto de infraestructura urbana como de equipamiento urbano. Transporte público tanto urbano como suburbano. Tratamiento de aguas residuales. Manejo y tratamiento de la basura. Problemática urbana por diferentes aspectos. Funcionarios públicos que no atienden. Regular la venta de vino. Que se ordene el comercio de la vía pública. Más y mejores Obras Públicas. Inseguridad pública. Incremento y protección de áreas verdes. Que se promuevan las fuentes de empleo. Que saquen de la zona urbana a los tabiqueros e industrias. La dotación y eficiencia en la prestación del servicio de agua potable, drenaje, pavimentos, alumbrado público, estacionamientos vehiculares. El combate y control de la contaminación ambiental. ADMINISTRACIÓN DEL DESARROLLO URBANO.- La Administración Pública, dentro sus tres ámbitos de gobierno y de competencia, es la responsable directa de ejercer las políticas de desarrollo urbano. La Federación dictando los lineamientos generales y de congruencia con la visión de la planeación integral nacional, a través de la Ley General de Asentamientos Humanos y el Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenamiento del Territorio, entre otras disposiciones jurídicas, técnicas y administrativas que norman el desarrollo urbano desde la perspectiva nacional, lo cual se atiende por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL). De manera similar, en el ámbito Estatal se dictan las políticas y lineamientos que dan congruencia con el desarrollo integral del Estado, mediante la aplicación del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo y el Programa Estatal de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, y demás disposiciones en la materia, actualmente con la rectoría de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Gobierno del Estado (SUMA). En cuanto a los Municipios amparados por una Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo la que “Regula el Ejercicio de las atribuciones que corresponden a los Municipios del Estado y establece las bases para su gobierno, integración, organización, funcionamiento en el ejercicio de las funciones de sus dependencias y entidades municipales”, y en específico en materia de desarrollo urbano, a lo estipulado en el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, instrumento jurídico este último, que le otorga las atribuciones tanto al Gobierno Estatal como a los Ayuntamientos. De acuerdo con lo contemplado en el Plan Municipal de Desarrollo de Hidalgo 2008 – 2011, se plantea que para desarrollar una mejor Administración Pública Municipal, que resulte más eficaz y eficiente, se deben plantear ajustes a la estructura Orgánica Municipal, transformación que permita una mejor relación entre gobernantes y gobernados, que garantice enfrentar y eliminar todo tipo de corrupción, venga de donde venga, que permita eliminar gastos innecesarios y duplicidad de funciones, la modernización administrativa y la capacitación de los servidores públicos, que sea un medio que se base en el conocimiento preciso del funcionamiento del aparato gubernamental, preceptos que se tienen bien claros y que por esa razón la estructura de esta Administración Municipal ha sido reestructurada. Ahora, por lo que respecta a la Administración del Desarrollo Urbano, esta se coordinarán fundamentalmente por la Dependencia Municipal responsable de la Administración del Desarrollo Urbano. La cual contempla las políticas, lineamientos y estrategias del propio Plan Municipal de Desarrollo de Hidalgo 2008 – 2011, haciendo con ello congruentes las acciones integrales de gobierno para el Hábitat, Desarrollo Urbano y Servicios Públicos. APTITUD TERRITORIAL.- Este apartado, se analizaron las diversas capacidades del suelo dentro del ámbito de aplicación del presente Programa, tanto para el desarrollo urbano, como para las actividades productivas y de preservación ecológica. Los aspectos relevantes para la evaluación y determinación esta aptitud territorial, estarán definidas de acuerdo al resultado del medio físico natural, así como a los rangos de pendientes que define su topografía. Tomando en cuenta los usos actuales y las posibilidades de desarrollarse para una actividad específica o la mezcla de varias, dependiendo en gran medida de las diversas características topo mórficas y sociales. Tomando en cuenta estas variables se ha determinado la aptitud del suelo, considerando las limitaciones naturales al desarrollo urbano, se determino la susceptibilidad a incorporarse a uso urbano dentro del ámbito espacial de aplicación. Ahora las posibilidades internas de transformación urbana y densificación están orientadas a tipificar sus posibilidades de cambio, constituyendo un importante paso a las propuestas estratégicas. El área de estudio queda comprendida dentro de todo el Límite Municipal, de cuyo análisis han quedado definidas las áreas aptas para las siguientes actividades: Área agropecuaria. (AG), área de conservación ecológica. (AE), área forestal. (AF), área de conservación de cuerpos de agua. (ACA) y área apta para el desarrollo urbano (ADU). PRONÓSTICO MUNICIPAL.- En este apartado han sido analizadas las tendencias del desarrollo, contemplando las hipótesis de la estructura y funcionamiento del sistema urbano municipal a largo plazo, mediante el estudio de modelos gravitacionales. Como también, con base en el análisis del medio ambiente y el crecimiento de población de las localidades del sistema urbano municipal, del desarrollo social, así como del comportamiento de distribución de las actividades económicas, considerando el funcionamiento del sistema urbano municipal, por plazos definidos: corto, mediano y largo. Destacando el proceso de concentración – dispersión de los asentamientos humanos, por lo que se apuesta a
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la hipótesis de que a mayor generación de programas de servicios urbanos menor dispersión de los asentamientos humanos; el fenómeno migratorio, planeándonos las hipótesis de que la generación de más y mejores fuentes de empleo y la mayor implementación de programas de vivienda y servicios para los centros de población del interior Municipio, propiciarán más arraigo de la población en su lugar de origen. Los diferentes escenarios alternativos de crecimiento demográfico, permitieron la identificación del modelo de desarrollo que presenta mayores ventajas y más adecuado para el Municipio. DIAGNÓSTICO – PRONÓSTICO INTEGRADO.- Se ha evaluado el potencial de desarrollo del área de estudio, identificando problemas y potencialidades, así como previendo su situación futura, con base en el análisis de cinco aspectos fundamentales: ámbito subregional, medio físico natural, medio físico transformado, aspectos socioeconómicos y administración del desarrollo urbano. El resultado permitirá identificar problemas y potencialidades, y tener perspectiva de la situación a futuro. A fin de obtener una visión integral de los desajustes y carencias en el desarrollo urbano del municipio, se elaboró un pronóstico con horizonte de largo plazo (22 años), sustentado en el análisis de las siguientes variables: comportamiento demográfico; desarrollo de actividades productivas; aprovechamiento, utilización y deterioro del medio natural. Efectuándose una síntesis integral de la información obtenida y de los aspectos analizados, que permitió identificar tanto la problemática como el potencial de desarrollo del territorio municipal. Se destacaron aspectos relevantes de la situación actual, y previsible, en lo que se refiere a: aspectos subregionales; socioeconómicos; medio físico natural; medio físico transformado; y administración del desarrollo urbano. La síntesis ofreció un panorama claro de las fortalezas y debilidades de la zona, como sigue: Análisis de fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas y retos del Municipio.- Fuerzas: Alta potencialidad turística y forestal. Compatibilidad de usos del suelo para la actividad industrial. Clima propicio para la producción agropecuaria. Población trabajadora. Distribución de la población en el territorio. Autonomía en la toma de decisiones. Potencialidad para la explotación del agua. Grandes extensiones de bosque de madera comerciable. Oportunidades: Condiciones para darle valor agregado a las materias primas agropecuarias y forestales. Viabilidad de inversión privada en actividades agropecuarias, forestales y turísticas. Posibilidad de impulso de programas gubernamentales de apoyo a las actividades agropecuarias, forestales y turísticas. Personal técnico para la planeación municipal. Posibilidad de impulso de programas gubernamentales de apoyo a la construcción caminera. Factibilidad de inversión privada en medios de transporte. Viabilidad para la generación de más y mejores fuentes de empleo. El aumento de la población en edad de trabajar. Programas para el desarrollo de vivienda nueva. Programas para el mejoramiento de vivienda. Financiamiento para el saneamiento de las aguas. Debilidades: Deficiente financiamiento al campo. No cuenta con un eficiente sistema de comercialización de sus productos. Falta de programas de promoción a la agroindustria. Deficiente estructura vial y de trasporte territorial. Bajos ingresos salariales de la población. Sus localidades no son autosuficientes en economía, servicios y funcionalidad. Inadecuada integración vial y espacial en su territorio. Insuficiencia de fuentes de empleo. Pocas instituciones educativas universitarias. Falta de servicios médicos de hospitalización. Deficientes recursos públicos municipales. Grado medio de marginación. Inadecuado aprovechamiento del agua para el uso doméstico. Normatividad y reglamentación municipal insuficiente. Ausencia de sistematización de procesos administrativos. Ausencia de programas para el rescate y protección del medio ambiente. Ausencia de programas para el rescate y protección de zonas histórico – arqueológicas. Periodos cortos de los gobiernos municipales. Falta de continuidad en programas. Falta de planeación a largo plazo. Enorme dependencia financiera. Atribuciones limitadas. Débil reconocimiento como gobierno. Ausencia de estímulos para el buen gobierno. Amenazas: Introducción de especies vegetativas perjudiciales de los suelos y especies nativas. Falta de garantías gubernamentales a la inversión privada. Alto índice de emigración de la población. Grado medio de sismicidad de la zona. Deterioro del medio ambiente ecológico. Altos índices de contaminación del agua, aire y suelo. Inadecuado manejo de los desechos sólidos peligrosos y no peligrosos. Usos incompatibles del suelo. Los retos del Municipio: Planeación y gestión del desarrollo local. Generación de una mejor calidad de vida. Promoción de la actividad económica. Administración de más y mejores servicios públicos. Ampliación de la infraestructura rural y urbana. Conservación del medio ambiente. Impulso de la vida democrática. Aliento de la participación social. Fortalecimiento de la identidad local. Aseguramiento de la rendición de cuentas. RECURSOS ECONÓMICOS PÚBLICOS.- Para el efecto del análisis de la aplicación de los recursos públicos correspondientes, se especifica lo siguiente: El Municipio cuenta con un ingreso mayor a los 137 millones de pesos, de los cuales el 44.8% proviene del Fondo de Aportaciones y Convenios al Municipio, 29.1% de participaciones, 7.7% de derechos, entre otros. El 30% se invierte en obra pública. Lo anterior sirvió de base para la implementación de medidas para el financiamiento del desarrollo urbano. PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EL DESARROLLO URBANO.- Dentro del proceso de administración del desarrollo urbano, cada vez adquiere mayor relevancia la participación ciudadana, como un agente urbano, que por ley debe participar para opinar y vigilar la toma de decisiones en materia de desarrollo urbano por parte de los Ayuntamientos, así como el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los programas de desarrollo urbano. La forma legal que a adquirido la participación ciudadana, es a través de la Comisión Municipal de Desarrollo Urbano, órgano de participación permanente integrado por representantes de la sociedad civil y funcionarios públicos del ramo. En ese sentido fueron analizados los lineamientos técnicos jurídicos correspondientes, sobre todo, los estipulados en los artículos 34, 91 y demás relativos del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo. PROSPECTIVA MUNICIPAL.- Con objeto de contextualizar dentro del ámbito estatal las estrategias y políticas urbanas previstas en este Programa, se contemplaron en primer término, las propuestas para el desarrollo definidas por el Programa Estatal de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo 2008-2025. Luego de esas estrategias se describieron en el capítulo correspondiente las proyecciones de población, de reservas urbanas y de vivienda (por incremento de población) para el Municipio, mismas que sirvieron de base para la prospectiva siguiente: Vemos un Municipio con desarrollo sustentable y sostenido, mediante: Una administración pública con finanzas sanas, transparente y participativa. Una distribución equilibrada y armónica de la población en su territorio, que arraigue a sus habitantes en su lugar de origen. Suficientes actividades económicas que fortalezcan el empleo con las economías de escala y de aglomeración. Suficientes y eficientes instalaciones de equipamiento e infraestructura urbana y regional. Total cobertura en vías de
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comunicación con sistemas y medios de transporte masivo de calidad. Un medio ambiente restaurado con ríos, arroyos y canales con agua limpia. Oportunidades de progreso para todos. Ciudades funcionales con amplias áreas verdes, concentración y distribución de actividades urbanas, en distancias no mayores a 4 kilómetros, tanto para el empleo como para los satisfactores humanos. Asentamientos humanos con identidad regional y utilización de materiales de construcción de la Región, integrando el paisaje urbano con el campo, de acuerdo a su aptitud territorial y su primacía económica, sin desbordamientos urbanos sin control. Con aplicación de tecnologías innovadoras en la producción y comercialización agropecuaria y la agroindustria. Con una estructura organizacional territorial eficiente y un medio ambiente restaurado. En suma, con igualdad de oportunidades para todos para alcanzar una mejor calidad de vida. III.- NORMATIVO. En este capítulo se enuncian los propósitos y finalidades que se pretenden alcanzar con la ejecución de este Programa, por lo que en él, se identifican todas las disposiciones y condiciones que normarán el desarrollo urbano del Municipio de Hidalgo, definiendo los objetivos para dicho desarrollo, tomando como base el resumen de las necesidades que tiene la población y que han quedado detectadas en las conclusiones del diagnóstico - pronóstico. Definiendo los niveles mínimos aceptables de dotación de agua, áreas verdes y las hipótesis de densidad de población; considerando la dinámica de población, el papel y jerarquía del centro de población, su política de desarrollo urbano, la dosificación, criterios de desarrollo urbano y la imagen objetivo. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS. GENERALES: El Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo, tiene como objetivos: Contribuir a mejorar la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Hidalgo, estableciendo las bases para el crecimiento ordenado de sus centros de población, con apego a los criterios de sustentabilidad y protección a sus valores patrimoniales y el medio ambiente. Actualizar y complementar las disposiciones para ordenar y regular las áreas que integran y delimitan el Programa, sus aprovechamientos predominantes, las reservas, usos y destinos, así como las bases para la programación de las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento de los Centros de Población del Municipio. En congruencia con los demás programas del sistema para la planeación del desarrollo urbano del Municipio. Sentar las bases para la certidumbre de las inversiones públicas y privadas, y que a la vez permitan la optimización de los recursos públicos, alentando y estimulando la inversión privada eficientando los procesos de la tramitología oficial. Que el H. Ayuntamiento de Hidalgo cuente con un instrumento para la administración del desarrollo urbano, que contemple los elementos jurídicos, técnicos y administrativos para lograr un desarrollo urbano ordenado y sustentable. Derivándose de ellos los Objetivos Específicos en los temas siguientes: .- Objetivos para la congruencia del Programa. .- Objetivos para el Ámbito de Aplicación del Programa. .- Objetivos de la Zonificación Primaria del Municipio. .- Objetivos para la Zonificación Secundaria del Municipio. .- Objetivos para la Estructura Urbana, Vial y de Transporte. .- Objetivos para las Políticas de Desarrollo Urbano Aplicables en el Municipio. .- Objetivos para las Normas Complementarias para el Ordenamiento Urbano. POLÍTICAS DERIVADAS DE NIVELES SUPERIORES DE PLANEACIÓN.- Identificar las políticas y estrategias sectoriales que afectan el desarrollo urbano del Municipio de Hidalgo, resulta ser de suma importancia, ya que a medida que se logre la congruencia en las disposiciones de los diferentes ordenamientos, el presente Programa será más a fin a los diversos programas y acciones derivados de los tres ámbitos de gobierno, como: Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenamiento del Territorio 2001 – 2006 (PNDU – OT), .- Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Michoacán de Ocampo 2008 – 2012, .- Programa Estatal de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo 2008-2025, .- Plan Municipal de Desarrollo de Hidalgo 2008 – 2011 y el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Ciudad Hidalgo 2006 -2025. Los que para este Programa resultaron ser considerados como normativos desde su elaboración y lo serán para su operación. Incluyendo los requerimientos surgidos de ellos y especificando las posibilidades de apoyo que pueden ofrecer las localidades del Municipio, en términos de sus capacidades de suelo, infraestructura, equipamiento y demás subcomponentes, para que se cumplan y adecuen las estrategias de los sectores concurrentes. Contemplándose a la vez, la dinámica demográfica que se pretende lograr, así como el nivel de servicios que prestará el Municipio, en el futuro. Es decir que, en la medida en que maximice la eficiencia económica del territorio se garantizará, al mismo tiempo, su cohesión social, política y cultural en condiciones de sustentabilidad. En particular, es una será esta una estrategia que, al considerar plenamente la dimensión espacial, tiene como objetivo hacer confluir las aspiraciones locales y regionales con las nacionales. Derivándose para tal efecto, las siguientes El objetivo de estos ordenamientos en materia de desarrollo urbano es contribuir a reducir los NORMAS COMPLEMENTARIAS AL ORDENAMIENTO PROPUESTO: Las normas complementarias de desarrollo urbano incluidas en este apartado tienen aplicación dentro de los límites del Municipio y son complementarias a lo establecido en los documentos gráficos y escritos del Programa, así como en otros instrumentos aplicables al desarrollo urbano y/o a las distintas acciones urbanas. Por lo que se deberá acatarse en primera instancia, lo determinado por la institución o dependencia competente en el ramo. riesgos para la salud y la seguridad de los habitantes, evitarles incomodidades o molestias en el desarrollo de cualquier actividad y determinar el Dimensionamiento y la dosificación de los diversos elementos de la infraestructura y el equipamiento urbano. Se enlistan a continuación algunas normas aplicables al ordenamiento urbano establecido para Hidalgo, sustentadas principalmente en criterios federales aplicables y vigentes en materia de desarrollo urbano. De las compatibilidades e incompatibilidades.- La compatibilidad e incompatibilidad de las funciones de los usos y destinos del suelo en áreas o
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predios, en tanto no se elabore el Reglamento del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, el Reglamento de Zonificación Urbana del Municipio de Hidalgo, y los programas de desarrollo urbano de los centros de población del Municipio, la zonificación de los usos y destinos del suelo se sujetará a establecido en el Capítulo Primero del Título Quinto de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, relativos a las compatibilidades e incompatibilidades de las funciones de los usos y destinos del suelo, como instrumentos para la administración y el establecimiento de la zonificación como estrategia del ordenamiento aplicable a casos concretos y de manera correspondiente y complementaria en los Programas de desarrollo urbano, que deberán ejecutarse invariablemente a través del sistema de programas para la planeación del desarrollo urbano respectivo. De las condicionantes.- Estará condicionada la compatibilidad de todos usos y destinos del suelo en las zonas de riesgo y vulnerabilidad, a la elaboración y presentación de un estudio técnico que determine el nivel de riesgo y vulnerabilidad existente y se establezcan de manera procedente y se cumplan oportunamente con las medidas de prevención y control necesarias y debidas, para garantizar la tranquilidad y seguridad de los usuarios y vecinos. Las zonas de riesgo y vulnerabilidad son: Lugares vecinos a fracturas y fallas geológicas, a una distancia mínima de 30 mts. de su eje o mayor según la magnitud de su actividad. Los drenajes naturales, aun en antiguos lechos secos de ríos, lagos, presas y acequias, respetándose los derechos federales establecidos en las normas de la materia. Las faldas de cerros con una frágil cohesión o taludes inestables, susceptibles al deslizamiento o derrumbes, con tendencias o desprendimientos, y zonas bajas en una franja mínima de 50 metros desde su base. Al pie de taludes artificiales, en el margen mínimo de seguridad señalado anteriormente. En depresiones inundables. Terrenos con relieve muy accidentado o con dependientes mayores al 35%. En las zonas de depresiones donde se presentan recurrentes inundaciones, su procedente aprovechamiento estará condicionado adicionalmente a una densidad habitacional baja. Seguridad y salud.- Toda acción urbana deberá respetar los derechos de vía y zonas de protección de: gasoductos, canales de desagüe, acequias, líneas de transmisión eléctrica de alta tensión, oleoductos, sistemas de telecomunicación y demás servidumbres de interés público, de acuerdo con la normatividad de la instancia competente. Se deberá reubicar, aislar o espaciar a una distancia mínima de 10 metros o la que resulte de los estudios ambientales, aquellos usos urbanos que produzcan las siguientes afectaciones o molestias a las construcciones y habitantes de las áreas vecinas: Más de 65 decibeles entre las 8 y las 22 horas, o bien 30 decibeles entre las 22 y las 8 hrs. Vibraciones o sacudimientos mayores de 2º Richter o efectos de 3º Mercalli. Radiaciones extremas de más de 30º C. Más de 500 lúmenes con luz continua, o bien 200 lúmenes con luz intermitente. Polvos y humos que ensucien las construcciones aledañas. Todo uso con riesgo de explosión o contaminación (del agua, aire y suelo) requiere de acciones correctivas o de protección a la población; para lo cual deberá atender las recomendaciones de las autoridades responsables. Todo uso que provoque dichos riesgos, se sujetará a condiciones de servidumbre, que deberán hacerse del conocimiento de los afectados o de los habitantes expuestos a los mismos. Servidumbres o zonas de protección.- En el caso de las plantas de recibo y/o distribución de energéticos derivados del petróleo, las distancias de aislamiento mínimo para el resguardo del desarrollo urbano serán: Áreas de recibo (líquidos y gases). Poliducto, autotanques (autotramsporte) y carrostanques (ferrocarril). De 50 a 500 metros. Áreas de operación: llevaderas de autotanques y carrostanques. De 150 a 500 metros. Llevaderas de tambores con almacenamiento de hasta 10,000 barriles. De 35 a 150 metros. Estacionamiento de autotanques. De 35 metros. En el caso de plantas de almacenamiento de derivados del petróleo, entre 100 y 30,000 barriles, las distancias de resguardo mínimas para el desarrollo urbano, varían de acuerdo al nivel de riesgo de los diversos productos en un sistema de depósitos, cercanos a las zonas de mayor consumo. Normas preventivas de ordenamiento.- Dado que el ordenamiento general de este Programa Municipal, solo establece hasta la Zonificación primaria, mediante la organización de las áreas y zonas de aprovechamientos predominantes y respecto de ellos la validación y procedencia de los usos compatibles, incompatibles y condicionados. Es necesario en obvio de evitar la concentración debida y el desequilibrio funcional, de los servicios de equipamiento urbano y demás usos y destinos del suelo, acatar a lo dispuesto en los Programas de Centros de Población, por contemplarse en ellos la zonificación secundaria de los usos y destinos del suelo, en los que a la vez, se establecen medidas preventivas mediante la consideración y respeto de los radios máximos de coberturas de los sistemas funcionales respectivos, estableciendo con ello, los radios mínimos para su distanciamiento, previo a la precisión del ordenamiento que será materia de lo Programas Parciales. Equipamiento y servicios.- La base para la dotación del equipamiento, los servicios y la infraestructura, es el ordenamiento de los usos del suelo y la estructura urbana propuesta, que contendrá la consolidación de subcentros urbanos, zonas y corredores distritales y vecinales. Respecto a los edificios de la administración pública municipal, estatal y federal, así como del equipamiento urbano en general, se propone su desconcentración a los subcentros urbano y centro urbano. En centro urbano los usos predominantes serán: comercio, oficinas y servicios, recreación y turismo y un 30 % mínimo de vivienda. Dará servicio a la población creciente y a la ubicada en la zona de influencia de cada localidad del Municipio. Concentrándose ahí, la mayor diversidad e intensidad de actividades. En el centro urbano se deben establecer: teatros, clínicas, unidades de emergencia, centrales telefónicas, unidades deportivas, gimnasios, entre otras. Los subcentros urbanos tienen como usos predominantes: comercio, oficinas, servicios y recreación con un 20% de vivienda, dar servicios especializados a la población de las zonas distritales cercanas. Los usos deberán garantizar la dotación de establecimientos; equipamiento administrativo, clínica hospital y feria. Las zonas distritales se manejan sobre un rango de población de 30,000 habitantes y la vivienda ocupará un 5% de la superficie que será aproximadamente de 15 a 25 has. Radios de cobertura máximos del equipamiento urbano.- De acuerdo con las normas para la dosificación del equipamiento urbano, de la SEDESOL, en tanto, se cuenta con las propias del Municipio, se establecen las distancias mínimas que deberán respetarse para el establecimiento de los equipamientos urbanos correspondientes y con base en ellos, se estiman los relativos a comercios y servicios. Todos ellos contenidos en la columna de los usos específicos de la tabla de compatibilidad de uso de suelo. En algunos casos de usos y destinos con características especiales, se señala en particular un radio de influencia específico. Vialidades.- Las especificaciones de la estructura vial se ajustará a lo contemplado en el Código de Desarrollo Urbano del Estado, su Reglamento y a lo dispuesto específicamente, en el Programa Sectorial de Vialidad y Transporte de cada localidad y demás disposiciones en la materia; tanto la estructura vial, en sus trazos, alineamientos, geometrías y secciones; como la estructura del transporte público que hará uso de ella, en un
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marco de eficiencia y calidad del servicio. Normas generales de estacionamientos en la vía pública.- Todo uso o destino del suelo deberá prever estacionamiento para vehículos, en los términos señalados por los programas de Desarrollo Urbano y en los reglamentos municipales. Las maniobras de carga y descarga se harán siempre en el interior de los predios respectivos. Los estacionamientos en batería se autorizan excepcionalmente, siempre que sean sometidos a análisis por la autoridad municipal, que la calle tenga un ancho suficiente, que no se situé en una vialidad primaria, y que no obstruya el espacio destinado al paso peatonal (banquetas). En este último caso, deberá existir una distancia mínima de 5.50 metros para espacio libre de automóvil a 90º y 6.5 metros a 45º. Con respecto a estacionamiento en vía pública se deberá dejar una distancia mínima de 5 metros entre el punto de terminación de las curvas de esquina y el de inicio de la zona de estacionamiento, que estará protegida mediante un cordón. El ancho mínimo del carril de estacionamiento será de 2.50 metros. Se deberán prohibir estacionamientos vehiculares en la entrada de predios, frente a tomas de agua de emergencia, en incorporaciones y dispositivos viales, sobre camellones o separadores viales, o en el paso de peatones. Tampoco se permitirá estacionamiento en doble fila en ningún tipo de circulación, ni el paradero de transportes pesados o voluminosos. No se deberán sustituir un estacionamiento de cordón por uno de batería. Toda área de estacionamiento deberá estar perfectamente limitada y señalizada. Normas generales de transporte.- Los servicios y rutas de transporte público, deberán ser congruentes con las determinaciones de función y jerarquía de las vialidades obre las que circulan, conforme la estructura vial establecida. Los servicios y rutas de transporte público deberán establecerse de conformidad con los resultados de estudios técnicos que garanticen la existencia de la demanda de usuarios y de la infraestructura indispensable para tal fin y en congruencia con la función y jerarquía respectiva. Los servicios de transporte público deberán contar con estándares de calidad en relación al tipo y características de las unidades, los horarios y frecuencia de los servicios, las condiciones físicas y mecánicas de los vehículos, etc. Los servicios de transporte público deberán contar con una infraestructura de bases y terminales que satisfagan las necesidades de albergue y estacionamiento de la flota vehicular y con las instalaciones suficientes para el servicio de los chóferes, despachadores y personal de oficina, en congruencia con la función y jerarquía respectiva. Los servicios de transporte público contarán con una red de paradas oficialmente establecidas con base a los estudios técnicos respectivos que se materializara en base al señalamiento vertical correspondiente. Los servicios de transporte público garantizarán cuando menos, el aseguramiento de los usuarios y terceros, en base a un seguro obligatorio de parte de los concesionarios. Los servicios de transporte público deberán garantizar que los operadores reciben una capacitación continua que los habilita en diferentes materias técnicas y otras que tienen que ver con su imagen personal y el trato con los usuarios. Los servicios de transporte público preverán que los operadores sean revisados sistemáticamente para evitar el consumo de drogas y los problemas que de ello puede derivar, así como las sanciones correspondientes. Normatividad complementaria para acciones de edificación.- En los usos habitacionales, la restricción frontal a la construcción se aplica una sola vez en la vialidad más importante. Toda acción urbana deberá permitir el acceso de los servicios públicos de seguridad y prevención, bomberos, policía, basura, ambulancia; por medio de calles, pasajes o distancia entre paramentos no menores a 6 metros. Las restricciones a la construcción, frontales y en colindancia, estarán determinadas además, por servidumbres o zonas de protección, usos, asoleamiento, depósitos de materiales peligrosos o superficies arboladas. Desde el punto de vista del volumen y el emplazamiento de las acciones urbanas de edificación, se deberá prever: Que exista iluminación y asoleamiento adecuados, en las fachadas principales y aquellas que den servicio a espacios habitables. Que la altura, el volumen y el alineamiento no rompan con la unidad formal del conjunto arquitectónico existente. Industrias.- Todo uso industrial deberá ajustarse a los lineamientos de la Ley Ambiental y de Protección al Patrimonio Natural del Estado de Michoacán de Ocampo, del Reglamento Municipal del Medio Ambiente de Hidalgo y demás disposiciones aplicables. Micro industria.- Comprenden las actividades artesanales y establecimientos menores. Podrán situarse en zonas mixtas: industrial / habitacional / servicios y equipamiento establecidas en el ordenamiento urbano. Pueden estar situadas en zonas habitacionales y de servicios, siempre y cuando se asegure la tranquilidad, seguridad y salud de los habitantes de la zona, en particular los de los inmuebles contiguos; No desarrollarán maniobras de carga y descarga en calles en banquetas; y no deberá de exceder un nivel de ruido máximo de 60 decibeles en el límite de la propiedad; No deberán implicar riesgos de incendio, explosión, malos olores, vibraciones o similares, pues solo pueden conservar cantidades muy reducidas de combustible y se prohíbe el uso y almacenamiento de sustancias explosivas; Establecimientos Menores.- Comprende manufacturas pequeñas que no crean economías de escala, ni requieren de movimiento de carga pesada y que pueden tener una localización central y en las zonas de negocios. Pueden ubicarse en las zonas de usos mixtos Industrial/Habitacional/Comercial, servicios y equipamiento, establecido en el ordenamiento urbano. Las manufacturas que forman este grupo son los siguientes: Talleres de artesanía de piel y madera, con superficie hasta 500 m2 y 12 empleados, excepto las tenerías; Talleres de costura y ropa con una superficie de hasta 300 m2 y 12 empleados; Talleres de encuadernación de libros; Talleres de joyería; Imprentas con una superficie de hasta 500 m2; Establecimientos de fabricación de alimentos caseros, con una superficie hasta 500 m2. Establecimientos de venta al mayoreo con bodegas de almacenamiento de una superficie de hasta 500 m2. Talleres de herrería artística. Talleres pequeños de fabricación de juguetes. Industrias de bajo riesgo.- Toda industria deberá dar frente a una vialidad considerada por el Ayuntamiento como apta para el tráfico pesado, cuando menos a una vialidad primaria, o de tráfico de carga que supone su operación. Estos aprovechamientos deberán de ubicarse en zonas industriales y en áreas especificas determinadas en el plano E-II y “tabla de compatibilidad de uso del suelo”. Se podrán desarrollar las actividades que se mencionan a continuación: Automotriz.- armado de motores arneses, bolsas de aire, carrocerías, cristales, cinturones de seguridad, estéreos, instrumentación y control, inyección de aluminio, radiadores, vestiduras, sistemas eléctricos, sistemas de frenos; Electrónicos.- televisores, computadoras, componentes, electrodomésticos, electrónica automotriz, equipo para televisión por cable, instrumentos, partes para computadoras, productos aeroespaciales, sensores, partes de automóviles y camiones; Eléctricos.- artefactos eléctricos como lámparas, ventiladores, planchas, juguetes o similares, excepto cualquier tipo de maquinaria, anuncios, implementos eléctricos, incluidos conductores de apagadores, focos, baterías o similares; Del vestido.-
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ropa, calcetería, artículos de piel (zapatos, cinturones o similares), incluye las tenerías; Muebles de madera.- muebles y puertas de madera, incluidas su fabricación y venta; Materiales.- cerámica, incluyendo vajillas, losetas de recubrimiento o similares; Textil.- alfombras y tapetes, telas y otros productos textiles, productos de yute o cáñamo. Otros.- adhesivos, excepto la manufactura de los componentes básicos; Acabados metálicos, excepto la manufactura de los componentes básicos; Artículos deportivos: bicicletas, carriolas o similares; Colchones; Cosméticos; Corchos; Empacadoras de jabón o detergente; Ensamble de productos de acero como: gabinetes, puertas, mallas o similares; Equipos de aire acondicionado; Hielo seco o natural, sin superficie limite; Instrumentos musicales; Instrumentos de precisión, ópticos, relojes o similares; Juguetes; Laboratorio de investigación, experimentales o de pruebas; Maletas y equipajes; Maquinas de escribir, calculadoras o similares; Motocicletas y partes; Productos de cera; Perfumes; Paraguas; Productos de plástico; Persianas, toldos o similares; Películas fotográficas; Productos de madera, incluyendo muebles, cajas, lápices y similares; Productos de papel como sobres, hojas, bolsas, cajas o similares; Productos de plástico; Productos de hule como globos, guantes o suelas, excepto la manufactura de hule sintético o natural; Productos tabacaleros; Refrigeradores, lavadoras o similares; Rolando y doblado de metales, incluyendo alfileres, agujas, clavos, navajas, utensilios de cocina o similares; Tintas; Ventanas y similares de herrería incluidos fabricación; Vidrio o cristal de vidrio permanentemente manufacturado. Industrias de riesgo.- Comprende los establecimientos industriales cuyas actividades implican considerable peligro por fuego, explosión y otros riesgos para la seguridad y/o la salud de los habitantes y constituyen un riesgo para la conservación y preservación del medio ambiente, por contaminación del suelo, agua y/o aire. Estos aprovechamientos, requieren de una serie de medidas de protección o minimización de riesgos, por lo que deberán ser ubicados en zonas específicas y aisladas fuera del área urbana (industria aislada). Las normas de operación de estas industrias deben asegurar el control adecuado de los impactos nocivos generados por las mismas y deberá cumplir con: Las áreas industriales en general y en particular las emisoras de altos índices de contaminación atmosféricas, deberán emplazarse a sotavento de las localidades, para facilitar la eliminación de contaminantes y riesgos. Todo tipo de usos industriales o almacenaje de gran escala con características de alto riesgo y/o contaminación, deberá contar con la franja perimetral de aislamiento para el conjunto, con un ancho determinado según los análisis y normas técnicas de vulnerabilidad y riesgo que no deberá ser menos de 50 metros. Todo tipo de planta aislada o agrupada, deberá estar bardeada. En la franja de aislamiento al interior del predio, no se permitirá ningún tipo de aprovechamiento distinto, pudiéndose utilizar para fines forestales, de cultivo, ecológicos o recreación pasiva informal, sin permitir estancias prolongadas o numerosas de personas. En el caso de productos altamente inflamables, explosivos y/o tóxicos, que son extraídos, transformados, almacenados, o distribuidos, se deberán prever reservas territoriales en las instalaciones de las plantas, para alojar su máximo crecimiento y capacidad de producción y/o almacenamiento, según sus proyectos iniciales e incluyendo las franjas de protección, de acuerdo con los análisis y noemas técnicas ecológicas. En el caso de plantas de explosivos o productos extremadamente letales al ser humano, prohibidas para instalarse en el interior del centro de población, deberán distanciarse a un mínimo de 1,700 metros de cualquier uso urbano; 100 metros de una vía de ferrocarril de paso; 500 metros de una carretera con transporte continuo de paso. La franja de amortiguamiento de la zona de la ciudad industrial de Morelia será de un Mínimo de 100 metros, para garantizar la seguridad y tranquilidad de los habitantes en su entorno y se mantiene libre el canal de ventilación en dirección suroeste noroeste, que permitan la difusión de contaminantes al aire. Dentro de este tipo de industrias se encuentran las descritas a continuación: Establecimientos fabriles de: Materiales: cemento portland, cerámica, ladrillos refractarios, porcelanas, mármol, yeso; Cerillos; Cerveza y otras bebidas alcohólicas; Extracción de solventes; Fundición, aleación o reducción de metales; Gelatinas, cola y apresto; Hule natural y sintético, incluyendo llantas, cámaras o similares; Incineración de basura; Insecticidas, fungicidas, desinfectantes o demás químicas relacionados; Jabones y detergentes; Linóleums; Maquinaria pesada, eléctrica, agrícola, para construcción o similares, incluyendo reparaciones; Metal fundido o productos del mismo tipo pesado, incluyendo rejas de fierro forjado o similares; Productos asfálticos o de asbesto; Productos estructurales de acero (varilla, vigas, rieles, alambrones); Carbón y/o productos de grafito; Productos de piedra o cantera, incluidos abrasivos, corte de cantera, quebradoras de piedra o similares; Proceso de refinado de azúcar; Procesamiento y molienda de granos; Procesamiento de metal o productos de metal, incluidos esmaltado, laqueado, galvanizado o similares; Procesamiento de maderas, incluyendo triplay, pulpas o aglomerados; Pinturas y barnices; Petróleo o productos de petróleo refinados; Porcelanizados, incluyendo muebles de baño, cocina o similares; Químicos, incluyendo acetileno, anilinas, amoniaco, carburos, sosa cáustica, celulosa, cloro, carbón negro, creosota, agentes exterminadores, hidrogeno, oxigeno, alcohol industrial, potasio, resinas sintéticas y materiales plásticos, fibras sintéticas, ácidos hidroclorhídrico, pírico y sulfúrico o derivados; Radioactivos, incluyendo manejo y almacenamiento; Tableros de aglomerado y triplay. Depósito o usos diversos de: Almacenamiento de explosivos; Almacenamiento de estiércol y abonos orgánicos y vegetales; Almacenamiento y distribución de gas L. P.; Almacenamiento y manejo de de petróleo o productos de petróleo; Plantas frigoríficas; Plantas termoeléctricas; Tiraderos de chatarra. Cambios de usos y destinos del suelo.- Se entiende por cambio de uso o destino del suelo, el fin distinto que se le desea dar a un inmueble con relación al así contemplado en los programas de desarrollo urbano, es decir, que el propietario desea obtener la autorización para cambiar el uso del suelo vigente en su inmueble, por otro uso o destino igualmente permitido, como compatible o condicionado, en área o zona del uso predominante dentro de la que se ubica. En consecuencia ningún cambio de uso o destino del suelo es procedente, si resulta incompatible con el uso predominante del área o zona en que se ubica, conforme lo establecido en la “tabla de compatibilidad de uso del suelo.” En función de la trascendencia del impacto urbano que se origine por el cambio de algún uso o destino del suelo, el H. Ayuntamiento determinará, en qué casos, es suficiente con presentar la documentación que garantice la funcionalidad urbana del nuevo uso o destino del suelo, o cuando se deberá presentar el Estudio Técnico que contemple las disposiciones y acciones a realizar para evitar o mitigar la problemática urbana que pudiera ocasionar el uso o destino del suelo pretendido; como también, cuando el cambio de uso o destino del suelo, contemple la realización de una inversión pública o privada de impacto estatal, regional o municipal, cuyo impacto traiga como consecuencia la necesaria modificación parcial del programa de desarrollo urbano, se deberá dar cabal cumplimiento a lo estipulado en el artículo 109 del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo. Cuando sea este último el caso, deberá de procederse invariablemente, conforme lo establecido por el mismo Código, para las modificaciones y cancelaciones del programa de desarrollo urbano respectivo, por lo que dichos cambios de uso o destino del suelo, solo serán procedentes cuando se ajusten a los procedimientos establecidos, con excepción de los cambios de destino de suelo de las zonas de reserva ecológica urbana y de preservación ecológica urbana y de preservación arqueológica,
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histórica y cultural, cuyo destino será por tiempo indefinido, siendo obligación del Ayuntamiento implementar su protección y función social, mediante la elaboración y ejecución de los programas de manejo respectivos. Acciones urbanas relevantes.- En cualquier acción urbana de gran importancia por sus dimensiones, su giro o incidencia sobre el medio natural o construido, se deberán realizar estudios previos de Impacto Urbano, para su adecuada integración a la trama urbana de la localidad. En el caso de los centros comerciales, centrales de abastos, centrales camioneras, parques industriales, terminales principales de transporte urbano o conjuntos habitacionales superiores a 10 has., o a 300 viviendas. Los estudios de manifestación de impacto ambiental, contemplados en la Ley Ambiental y de Protección al Patrimonio Natural del Estado de Michoacán de Ocampo, como en la Ley General del Equilibrio ecológico y Protección al Ambiente, y demás reglamentación en materia de ecología, deberán tomar en cuenta lo contemplado en este Programa de Desarrollo Urbano, el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo y demás disposiciones normativas en materia de desarrollo urbano. El Estudio de Impacto Urbano estará relacionado con la importancia de las obras y acciones urbanas proyectadas y su funcionamiento, que incidan significativamente sobre la ciudad o determinada zona y debiendo contemplar en lo correspondiente los aspectos siguientes, tanto durante el tiempo de ejecución de la obra como en la etapa de operación de la actividad: Habitantes. Los impactos que tienen que ver con la perturbación de la relación vecinal, las repercusiones, negativas o positivas, de determinada acción en la vida comunitaria en materia de: higiene, seguridad, molestias (ruidos, olores, etc.). Es importante considerar la elaboración de encuestas para garantizar convenientemente la seguridad y tranquilidad de los vecinos. Paisaje urbano. La inserción de la acción urbana en la trama y en el paisaje urbano. Examinar la manera en que interactuarían el proyecto y el sitio donde se insertaría. Medio ambiente. Este análisis podría ser el mismo que para efectos del impacto ambiental requieren otras instancias (Ecología). Deberá entender de manera particular a las condiciones físicas y naturales: ruido, contaminación, vientos, asoleamiento, higiene, flora, fauna, etc. Comunicaciones y transportes. En qué manera se transformarán las condiciones de la circulación vehicular y peatonal, el transporte público y el estacionamiento de vehículos. Equipamiento y servicios públicos. Las necesidades que generaría el proyecto en materia de equipamiento urbano, infraestructura urbana y demás servicios públicos. Cómo recibe la ciudad la transformación o densificación del sitio. Actividades económicas. Se trata de las repercusiones económicas de determinado proyecto, el impacto en la economía local. Por ejemplo, costos energéticos, beneficio o perjuicio para el comercio local, derramas de la obra, generación de empleos, economías de escala, economías de aglomeración, etc. Compatibilidad de los usos y destinos del suelo. En este apartado se analiza la afinidad en el funcionamiento de las actividades urbanas presentes y futuras permitidas por la planeación urbana y las incidencias de la vida urbana de las obras necesarias para llevar a cabo el proyecto. Reglamentación urbanística. La observancia de la reglamentación y disposiciones normativas de tipo arquitectónico, imagen urbana, índices de intensidad de los usos y destinos del suelo, etc. Medio ambiente.- Los espacios abiertos que comprenden las funciones de esparcimiento, recreación y cultura, como parques y plazas para la convivencia de la población en general, son un instrumento de control del medio ambiente al interior de la ciudad, deberán incrementarse, e implementar en consecuencia y por obligación, su protección y función social. En consideración de ello, se establece la necesidad de llevar a cabo un estudio para reconocer y proponer con fundamentos jurídicos, técnicos y administrativos, estrategias novedosas, para la negociación viable y conveniente de aprovechamientos compatibles de usos del suelo a cambio de donaciones al Ayuntamiento en áreas de reserva ecológica, siempre y cuando el resultado de las negociaciones no sea menor de 24 m2/habitante. Para proveer los espacios abiertos en los procesos de crecimiento de la ciudad, el programa establece como norma, que todo desarrollo habitacional deberá establecer en lo sucesivo, una previsión de espacio abierto mínimo de 10 m2/habitante = 50 m2/vivienda, en el predio o en conjunto como parte igual de su proyecto de lotificación y vialidades o siembra de viviendas en condominio. Lo anterior independientemente de cumplir con las donaciones estatal y municipal (la donación de áreas verdes se podrá contabilizar dentro de los espacios abiertos) y demás requisitos que la Ley establece, quedando precisado en el reglamento correspondiente. IV.- NIVEL ESTRATÉGICO. El Nivel Estratégico constituye, sin duda, la parte fundamental del Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo. Lo es, por que contiene las principales disposiciones que permiten concretar los objetivos formulados en el Nivel Normativo. Además, el Nivel Estratégico se hace la exposición integrada de todos los sectores de planeación, y en él se traducen las necesidades de mejorar la calidad de vida de los habitantes del Municipio, en acciones que inciden directamente en el logro de este propósito: el suelo, la dotación de servicios, la correcta ubicación del equipamiento, la infraestructura y, en general, la ordenación de espacios y redes de abastecimiento. Por lo tanto, integra la planeación sectorial para la instrumentación del Programa, siendo obligatorio, tanto para el sector público como para los particulares. Ámbito de aplicación del programa.- Para efectos de la Administración y Operación del Desarrollo Urbano, el Ámbito de Aplicación del Programa, queda definido por las líneas virtuales de los límites político administrativos del Municipio de Hidalgo, de acuerdo con lo contemplado en los Sistemas Nacional y Estatal de Planeación del Desarrollo Urbano, estipulados respectivamente, tanto en la Ley General de Asentamientos Humanos como en el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo. Quedando dicho Ámbito de Aplicación integrado por una superficie de 1,063.06 Km2, la oficialmente establecida para el Municipio de Hidalgo, la cual está delimitada a su vez, por los municipios y descripción siguiente: al Norte con los municipios de Zinapécuaro y Maravatío. Al Este con Irimbo, Tuxpan y Jungapeo. Al Sur con Tuzantla y Tzitzio. Al Oeste con Tzitzio y Queréndaro. Superficie dentro de la cual han quedado comprendidos los siguientes elementos: Las áreas de los asentamientos humanos, tanto urbanos como suburbanos y rurales del Municipio. Las áreas previstas para la futura expansión urbana de los centros de población. Áreas para la infraestructura y el equipamiento de apoyo a la producción, transportación, distribución y consumo de productos agrícolas e industriales. Espacios con potencial turístico del Municipio. Áreas para la explotación agropecuaria sustentable y sostenida. Áreas para la explotación sustentable y sostenida de bosques y selvas. Áreas naturales para la conservación y preservación de la flora y fauna natural. Áreas naturales para la conservación y preservación de manantiales y cuerpos de agua. Áreas para la conservación y protección de zonas históricas y arqueológicas. Áreas para la conservación y protección de zonas del paisaje y vistas.
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(Ver plano E-II.- Usos, Reservas, Destinos y Provisiones). Alternativas de desarrollo urbano (opciones).- La determinación de las reservas urbanas, es un recurso estratégico para garantizar la disponibilidad del suelo urbano, necesario para satisfacer debidamente las demandas del crecimiento ordenado de los centros de población. Esto representa más allá de empatar demanda con oferta de suelo, con lo que sembraríamos una mayor incertidumbre para el desarrollo sustentable, ya que las variables, sobre todo económicas, tienden en países como el nuestro, a experimentar cambios que se salen de nuestro alcance de predicción. Por lo que la previsión de una mayor oferta que demanda, nos permite garantizar una mayor estabilidad en el movimiento inflacionario y con ello, un mayor control de la plusvalía de los bienes inmuebles. Siendo esto, una estrategia que promueve las inversiones y permite ordenar y garantizar el desarrollo equilibrado de los centros de población. La estrategia del crecimiento ordenado, propone como alternativas para el desarrollo urbano: Incorporar como reservas urbanas las áreas potenciadas o parcialmente ocupadas para usos urbanos, ubicadas hacia el interior como en los entornos de las actuales áreas urbanas de los centros de población, como recursos para la consolidación general del desarrollo integral de toda la trama urbana que conformarán. Establecer límites precisos para controlar el crecimiento indiscriminado en todas las direcciones, mediante la determinación de áreas aptas para los diferentes usos y destinos del suelo, enfatizando los que contribuyen a la protección y conservación equilibrada del medio ambiente, pudiendo servir para la definición de los límites tanto de los elementos de las estructuras urbanas como de las áreas urbanas establecidas. Establecer una oferta de suelo disponible que en demasía corresponda oportuna y debidamente con la demanda programada; es decir, en mayores proporciones que esta, muy por encima de los fenómenos de especulación y el condicionamiento a pocas alternativas de crecimiento. Tomando en consideración que existen áreas del Municipio en las que es muy acentuada la cantidad de población dispersa, y en las que a su vez, se realizan actividades diversas en combinación entre la semiurbanización y lo agropecuario, se han dictado disposiciones para su regularización urbanística, independientemente de puedan seguirse realizando las actividades agropecuarias reguladas. Las reservas urbanas programadas.- Las reservas urbanas se determinan en una mayor proporción en correspondencia con las demandas del crecimiento de la población y sus densidades de población y de construcción, proyectadas para el Municipio. Equilibrando la densidad bruta poblacional actual con la futura, en sus desarrollos habitacionales, entendida como la media general de las densidades urbanas promocionadas en cada una de ellas, la que resulta de dividir el total de la población por localidad entre el área urbana total de cada una de ellas. Obteniéndose de esta manera, la definición de que la densidad bruta promocionada a futuro para el Municipio resultará del promedio de la suma de las densidades brutas de todos los diferentes centros de población, suponiendo la relación natural entre el fenómeno urbano vigente (habitantes y sus funciones urbanas correspondientes), respecto de su espacio vital (por unidad de área urbana). La densidad bruta consolidada, entendida como la densidad de población que considera la superficie total urbanizada u ocupada, es decir, la que incluye vialidad, equipamiento urbano, de servicios y cualquier otra área no habitacional dentro de los límites urbanos de los centros de población, considerada para las estimaciones de las reservas urbanas programadas hasta el año 2030, en el que se estima se contará con una población de 150,114 habitantes para el Municipio, de los cuales y 73,907 corresponderán a la Cabecera Municipal, los que a su vez, demandarán una extensión territorial mínima de 781 has., para el Municipio, y de las cuales 436 has., serán para la Cabecera Municipal, para alojar 9,952 viviendas, de las que en la Cabecera Municipal se ubicarán 5,555 viviendas, respectivamente, con sus servicios de infraestructura y equipamiento urbano, como para los demás usos y destinos del suelo necesarios para el apoyo de las actividades económicas de los centros de población. Este indicador se aplica con el propósito de garantizar una expansión física suficientemente ordenada, que nos permita incrementar y si no por lo menos, mantener y controlar el nivel de concentración de la población vigente. Para hacer frente a la problemática planteada y en apego a lo estipulado en el Artículo 110 del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, respecto del objeto del Programa Estatal de Reservas Territoriales, en lo relativo a la previsión de los instrumentos y acciones de planeación urbana para la administración de las reservas territoriales, se plantea una estrategia del ordenamiento urbano que considere la determinación de las reservas urbanas, con lo siguiente: Una oferta de suelo que cubra en excedente la demanda directa resultado del incremento de la población en los horizontes de planeación programados. Una sobreoferta por encima de la demanda real directa, que nos permita asimilar la especulación urbana, de predios que no están disponibles para su aprovechamiento conforme a lo programado. Otra sobreoferta por encima de la demanda directa y especulativa, que permita liberar el crecimiento y desarrollo urbano de pocas alternativas o a pocas oportunidades de inversión pública o privada. De lo anterior, tomando en cuenta las proyecciones de población realizadas en el diagnóstico de este Programa, para los diferentes horizontes de planeación y considerando la alternativa y escenario adoptados, tendremos la proyección tanto de reserva territorial para la futura expansión urbana como de la demanda de vivienda, que a continuación se especifica:
ESCENARIO 9 MUNICIPIO DE HIDALGO
HABITANTES AÑO 2005 110, 311
CIUDAD HIDALGO 57,773 FUENTE: Análisis de Corporación CIUDAD con datos del INEGI.
TASA 1.24% 0.99%
PROYECCIONES DE POBLACIÓN AÑO 2011 AÑO 2017 AÑO 2030 118,777 127,892 150,114 61,291
65,023
73,907
Asimismo, con base en una aptitud conservadora de una densidad bruta urbana de población promedio, como la más baja contemplada en el Código de Desarrollo urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, para los desarrollo habitacionales urbanos de tipo residencial de 51 hab./ha., y con la finalidad de que dentro de dicha previsión de expansión urbana, queden comprendidos los espacios territoriales suficientes para la ubicación y desarrollo de los demás usos y destinos del suelo urbano, normalmente no contemplados en los desarrollos habitacionales, como centros comerciales, zonas industriales, parques urbanos, áreas para ferias, centrales de abasto, unidades deportivas, zonas hospitalarias, centros de educación profesional, centros de negocios, etc. Tendríamos las siguientes proyecciones de demanda de suelo para el uso urbanístico: PROYECCIONES DE RESERVAS TERRITORIALES, EN HAS.
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ESCENARIO 9 MUNICIPIO DE HIDALGO CIUDAD HIDALGO FUENTE: Análisis de Corporación CIUDAD con datos del INEGI.
AÑO 2011 166 92
HORIZONTES DE PLANEACIÓN AÑO 2017 179 100
AÑO 2030 436 244
De la tabla anterior, de determina que la superficie de reserva territorial total necesaria para satisfacer dicha demanda a la población, hasta el horizonte planeación de largo plazo, se estima que para el Municipio es de 781 has., y para Ciudad Hidalgo de 436 has. De manera similar, a continuación se realiza el análisis relativo a la demanda de vivienda, la cual se determinó en función de la proyección de la población adoptada y considerando un estimado del promedio de habitantes por vivienda de cuatro personas. PROYECCIONES DE VIVIENDA
ESCENARIO 9 MUNICIPIO DE HIDALGO CIUDAD HIDALGO FUENTE: Análisis de Corporación CIUDAD con datos del INEGI.
HORIZONTES DE PLANEACIÓN AÑO 2017 2,279 1,269
AÑO 2011 2,117 1,173
AÑO 2030 5,556 3,113
Por lo tanto, el estimado de demanda de vivienda nueva total para satisfacer a la población, hasta el horizonte de largo plazo, es de 9,952 para el Municipio, de las cuales 5,555 viviendas deberán ser aplicadas a la Cabecera Municipal. PROYECCIONES DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA HORIZONTES DE PLANEACIÓN ESCENARIO 9 AÑO 2011 AÑO 2017 MUNICIPIO DE HIDALGO 2,825 1,500 CIUDAD HIDALGO 1,780 945 FUENTE: Análisis de Corporación CIUDAD con datos de la Comisión Nacional de Vivienda.
AÑO 2030 3,380 2,129
Así mismo, en la tabla anterior, se muestran las proyecciones de mejoramiento de vivienda estimadas para los diferentes horizontes de planeación, sumando los siguientes totales al horizonte de planeación del largo plazo, como sigue: para el Municipio de 7,705 acciones de mejoramiento, de los cuales 4,854 corresponden a Ciudad Hidalgo. ZONIFICACIÓN PRIMARIA.- Para los efectos de este apartado, se ha definido la zonificación primaria del municipio y la determinación de los aprovechamientos o utilización del suelo en las distintas zonas del territorio municipal, habiendo quedado clasificadas, como: I. Áreas urbanas actuales por cada unos de los centros de población del Municipio; II. Áreas de expansión o crecimiento urbano, como aquellas que reúnen las condiciones necesarias para la urbanización y por tanto se reservan para el futuro crecimiento de los centros de población, por su potencial para el desarrollo urbano; y, III. Áreas de preservación y conservación ecológica, como las zonas o espacios que conservan sus características originales ambientales o que no han sido significativamente alteradas por la actividad humana. Estas áreas se deberán preservar, para lo cual se especificarán las medidas de protección y las modalidades para su aprovechamiento controlado, mismas que se sustentarán en criterios e indicadores de carácter ambiental, económico y social. USO O DESTINO DEL SUELO
AREAS (M2)
Agricultura General Área de Conservación Ecológica Área de Crecimiento (Áreas urbanizables) Área de Restricción Y Protección Área Natural Protegida Área Urbana (Áreas urbanizados) Bosque Cuerpos de Agua Impulso Ecoturismo Relleno Sanitario TOTAL
17
HA
%
130,741,125.30 68,902,000.00 39,529,655.48 16,702.90 157,048.10 18,826,952.00 763,798,456.32 6,170,406.00 34,860,529.60 57,129.30
13,074.11 6,890.20 3,952.97 1.67 15.70 1,882.70 76,379.85 617.04 3,486.05 5.71
12.35 6.48 3.67 0.00 0.01 1.77 71.85 0.58 3.28 0.01
1,063,060,000.00
106,306.00
100
Fuente: Corporación CIUDAD. MEDIO AMBIENTE (IMPACTOS AMBIENTALES).- La estrategia urbana en función al medio ambiente, estará relacionada con el Ordenamiento Ecológico del Territorio Estatal, por lo tanto, evalúa diversas propuestas encaminadas a solucionar los problemas del medio ambiente en lo relativo a la clasificación ecológica de los usos y destinos del suelo, disponibilidad de suelos adecuados para el desarrollo urbano, caracterización de los ecosistemas con base en su diversidad biológica, patrimonio natural y control de la erosión y contaminación. Por lo anterior, y tomado en cuenta estas situaciones y previsiones, se han determinado las siguientes acciones estratégicas: Acciones de preservación ecológica.- Conservación y preservación de reservas ecológicas. Establecimiento de un adecuado equilibrio entre estas áreas y el medio ambiente que las circunda. Incremento del porcentaje de espacios abiertos al interior de las localidades del Municipio. Impedimento de cualquier tipo de distorsión en cuanto al uso de estas áreas. Incorporación al aprovechamiento y disfrute de estas áreas a los beneficios y costos del desarrollo urbano. Elaboración e implementación de los programas de manejo respectivos. Solamente se permitirá el cambio de uso o destino del suelo en las áreas de preservación ecológica, mediante el Estudio Técnico que lo Justifique, y por ningún motivo acontecerá dicho cambio, en la áreas de reserva ecológica, áreas naturales protegidas, reservas de la biosfera, parques, recreación y áreas verdes urbanas, como en las de conservación, protección e impulso turístico, histórico o arqueológico. Establecimiento de equipamientos y servicios, que no tengan un impacto ambiental negativo en ellos y su entorno urbano. Los equipamientos destinados para estas áreas, representarán los radios máximos de cobertura, a fin de mantener el equilibrio funcional y ambiental entre estas áreas con la población servida. Conservación y preservación para el control de la cuenca del Río Taximaroa y las presas de Pucuato, Mata de Pinos, Sabaneta, Laguna Larga y Los Azufres. Implementación de las acciones necesarias para recuperar la función de la biomasa, activándola con la recuperación de la estructura vegetal. Recuperación de la congruencia entre el modelo de desarrollo urbano, la sustentabilidad y la explotación. Aplicación de programas de saneamiento de las aguas residuales mediante la construcción de los sistemas de tratamiento. Establecimiento de las medidas de prevención necesarias para la recepción de las corrientes temporales que alimentan las presas y lagunas del Municipio. Recuperación de las cualidades de la estructura vegetal. Conservación, preservación y control de presión urbana hacia las áreas de afloramiento de manantiales. Logro efectivo de todas las atribuciones desde el punto de vista administrativo para la conservación y preservación del medio ambiente. Establecimiento de las medidas necesarias para recuperar la masa vegetal. Control de la contaminación de los mantos freáticos. Desarrollo de proyectos de protección, conservación y mantenimiento de las áreas de afloramiento de los manantiales. Conservación y preservación de áreas para la infiltración de los mantos acuíferos. Establecimiento de programas de rehabilitación de los suelos degradados. Establecimiento de medidas respectivas para evitar la desertificación y la erosión. Fomento a la protección de recursos y usos de tecnologías ecológicamente viables en las zonas de recargas de mantos y zonas de montaña, en y por los asentamientos humanos nuevos y existentes. Ubicación de los terrenos que reúnan las condiciones adecuadas para disponerlos como panteones, áreas industriales, reclusorio, central camionera, centros comerciales, etc. Establecimiento de medidas de control a fin de que se realice el procedimiento para la puesta en marcha de relleno sanitario. Establecimiento de medidas de previsión, mitigación y restauración del medio ambiente, mediante la formulación de la manifestación de impacto ambiental urbanística municipal. Establecimiento de medidas preventivas y restrictivas para el tratamiento de desechos sólidos. Fomento de actividades económicas vinculadas con el tratamiento de los desechos en general. Protección a la atmósfera. Programa de control de emisiones a la atmósfera de humos y sólidos suspendidos. Mejoramiento de la red vial y transporte público. Obligatoriedad en la verificación vehicular dentro del Municipio. Monitoreo constante de la calidad del aire para identificar los puntos críticos. Inclusión de rutas de ciclistas en la estructura vial. Regulación del funcionamiento de las tabiqueras. Regulación para la ubicación y funcionamiento de los aserraderos. CONTEXTO SOCIAL.- El comportamiento de los índices de calidad de vida, sobre todo en las periferias de la Cabecera Municipal y las demás localidades del interior del Municipio, las que nos definen prioridades de atención por las precarias formas de vida que hay se experimentan, cuya población reciente mayoritariamente las condiciones de vida más críticas y además presentan valores muy bajos par las variables de escolaridad e ingresos; es decir, son lugares en donde estos componentes de protección y/o compensación se constituyen en materia de la más alta prioridad para su atención. Si a estos elementos se incorpora el criterio de población en riesgo, algunas de estas áreas del Municipio resultan ser las más afectadas. Para tal efecto se derivan las siguientes líneas de estrategia principales: Recrear formas comunitarias de solución a los problemas sociales. Fortalecer a las comunidades para que conserven sus tradiciones y costumbres, permitiendo su integración a la vida de la ciudad sin perder del todo su cultura original. Promover la participación social en la solución de las necesidades de los servicios públicos de la comunidad. Fortalecer el desarrollo de las actividades sociales en participación con los programas gubernamentales. Alentar el trabajo de las organizaciones sociales en proyectos productivos de desarrollo rural y urbano para reforzar la lucha contra las invasiones y ocupaciones irregulares del suelo. El establecimiento de programas de difusión y organización social que fortalezcan la identidad, la seguridad y el arraigo de la población, para consolidar las comunidades, los barrios y fortalecer el desarrollo social. Fortalecimiento del tejido social y cogestión, haciendo participar a la ciudadanía en los proceso de construcción de la ciudad. Facilitar el acceso al suelo a grupos organizados, principalmente para la población de escasos recursos. Regularización de asentamientos, con la participación de los tres ámbitos de gobierno. Certidumbre urbana mediante el fortalecimiento del programa de escrituración social de predios y lotes regularizados. Mejoramiento del Hábitat y la vivienda mediante la participación activa de los productores sociales de la ciudad. Ahorro, subsidio y crédito popular en apoyo a los productores sociales del hábitat y la vivienda, mediante el fortalecimiento de instrumentos, mecanismos y procesos. SISTEMA DE CIUDADES.- Con la finalidad de lograr el desarrollo equilibrado de los centros de población del Municipio, se ha realizado la estrategia de zonificación del Sistema de Ciudades de los centros de población del Municipio, cuyo objetivo es la definición de sus relaciones entre si y sus funciones, para inducir el crecimiento urbano o rural, construir, ampliar o mejorar la infraestructura, el equipamiento y los servicios públicos de cobertura estatal y regional, la vialidad de enlace interurbano y la vivienda.
SISTEMA DE CIUDADES MUNICIPIO DE HIDALGO 2030
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Categoría Ciudad Intermedia
Ciudad Básica
Localidad de SeRuC
Rango de Población De 50,001 a 80,000 habitantes
De 2,501 a 10,000 habitantes
De 100 a 2,500 habitantes
Localidad Ciudad Hidalgo San Bartolo Cuitareo San Matías El Grande Agostitlán San Antonio Villalongín
Población 2005 57,773 4,527 4,166 3,794 3,597
San Pedro Jacuaro Huajúmbaro San Isidro Alta Huerta Rincón de Cedeños San Lucas Huarirapeo Tierras Coloradas El Caracol Pucuato José María Morelos (Ziripeo) Janamoro El Porvenir Puente de Tierra Rincón de Rubios La Cuadrilla (Los Capulines) Las Grutas Mata de Pinos Fraccionamiento San Jerónimo Huaniqueo Las Caleras Puerto Cuitareo El Chaparro La Teja Ejido Rincón de Rubios (Rancho Ruiz) Cieneguillas Cruz de Caminos La Venta de San Andrés (La Venta) Rancho Grande Llano de Agostitlán
1,885 1,876 1,587 1,512 1,264 1,183 812 600 519 151 711 706 679 655 653 564 473 473 460 421 408 408
Las Pilas Mesa de Guadalupe (La Noria) Magallanes (Los Pinos) Benito Juárez San José Irapeo (La Casa del Padre) Solache Lázaro Cárdenas El Pedregal Cuchipitio Palos Secos (Cuchipitio) Rincón de San Jerónimo (El Encuentro) Santa Rosa Saucedo Colonia Mata de Pinos La Ortiga Peñuelas (El Tren Peñuelas) Rancho Alegre Los Cedritos
337 308 286 284
19
396 392 376 348 347 345
264 263 254 251 249 241 227 216 214 203 194 193 189
Palomas San Isidro (Palomas) El Bayo Los Pinitos Arroyo Largo Casas Pintas Palomillas Los Pozos Cuitzillos El Molcajete Tacario La Mina Estanco de San Matías (El Estanco) El Cortijo Piedra Parada Rincón del Escobal (La Bóveda) La Conguera El Convento (El Encuentro) La Mesa Colonia Tello los Tizates Puerto de Pucuato (La Cooperativa) La Palma Las Joyitas
185 184 179 171 164 163 162 161 152 151 138 138 125 121 118 116 116 111 107 104 102 100
Fuente: Análisis de Corporación CIUDAD. MATRIZ DE COMPATIBILIDAD DE USOS Y DESTINOS DEL SUELO TABLA DE COMPATIBILIDADES DE LOS USOS Y DESTINOS DEL SUELO
URBANA
ECONÒMICA
INFRAESTRUCTURA
VIALIDAD
ZONAS ECOLÒGICAS
ESTADO
PRIMARIAS
INFRAESTRUCTURA
INFRAES TRUCTURA
PRESER VACIONES ZONAS PRODUCTIVAS
ZONAS PROPIEDAD DEL
GRAN ESCALA
ZONAS PATRIMONIALES
ZONA DE ALMACENAJE A
LIGERA
ARTESANAL
PESADA
SEMIPESADA
TURISTICOS
USOS ESPECIALES
INDUSTRIA OFICINAS Y DESPACHOS
ESPECIALIZADOS
SEMIESPECIALIZADOS
COMERCIO Y SERVICIOS
SEMIESPECIALIZADOS
COMERCIOS Y SERVICIOS
BASICOS
COMERCIOS Y SERVICIOS
PRECARIA
COMERCIO Y SERVICIOS COMERCIOS Y SERVICIOS
MEDIA
POPULAR
RESIDENCIAL
HABITACIÓN
RESIDENCIAL MEDIA
HABITACIÓN POPULAR PRECARIA COMERCIOS Y SERVICIOS BASICOS COMERCIOS Y SERVICIOS SEMIESPECIALIZADOS COMERCIOS Y SERVICIOS COMERCIOS Y ESPECIALIZADOS SERVICIOS COMERCIOS Y SERVICIOS SUPER ESPECIALIZADOS TURISTICAS OFICINAS Y DESPACHOS PESADA SEMIPESADA
INDUSTRIA LIGERA ARTESANAL ZONAS DE ALMACENAJE A GRAN ESCALA
USOS ESPECIALES
ZONAS PATRIMONIALES ZONAS PROPIEDAD DEL ESTADO ZONAS PRODUCTIVAS
PRESERVA CIONES
PRIMARIAS ZONAS ECOLOGICAS
INFRAES TRUCTURA
VIALIDAD INFRAESTRUCTURA
I NTEGRADO
COLINDANTE
INCOMPATIBLE
VIVIENDA. Con base en el análisis de la vivienda definido en el Diagnóstico, a continuación se presenta la demanda de vivienda, en función de la proyección de la población adoptada y considerando un estimado del promedio de habitantes por vivienda de cuatro personas. PROYECCIONES DE VIVIENDA
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ESCENARIO 9 MUNICIPIO DE HIDALGO CIUDAD HIDALGO FUENTE: Análisis de Corporación CIUDAD con datos del INEGI.
AÑO 2011 2,117 1,173
HORIZONTES DE PLANEACIÓN AÑO 2017 2,279 1,269
AÑO 2030 5,556 3,113
SERVICIOS DE EQUIPAMIENTO URBANO.- Entendido el concepto de equipamiento urbano como el conjunto de inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario, utilizado para prestar a la población los servicios públicos y urbanos. Considerando su cobertura se clasifican en vecinal, barrial, distrital y regional. Al respecto, se definen las siguientes líneas estratégicas: Impulsar el establecimiento de desarrollos comerciales, con inversión pública y privada, tanto en las zonas urbanas como en las rurales, promoviendo la organización de los comerciantes en pequeño que ofertan artículos y productos básicos, creando centrales de abasto y espacios para tianguis en los que los productores puedan comercializar directamente sus productos. Impulsar el programa municipal de salud pública, en coordinación tanto con las instancias gubernamentales del sector como de la iniciativa privada. Impulsar el programa municipal de educación, en coordinación tanto con las instancias gubernamentales del sector como de la iniciativa privada, promoviendo el establecimiento de los centros educativos de nivel superior dentro del municipio. Crear el equipamiento urbano deportivo y promover los diferentes tipos de deporte con equidad de género y edades de la población. Elaboración, Aprobación y Aplicación del Programa Municipal Sectorial de Educación. Construcción, Rehabilitación y Ampliación de Centros Educativos, en los Niveles Básico, Medio y Medio Superior, en las Localidades del Municipio. Promover y apoyar la Construcción del Campus Universitario de la U. M. S. N. H. Elaborar y Ejecutar el Proyecto de Construcción para la Casa de la Cultura. Elaboración del Proyecto y Construcción del Teatro de la Ciudad. Elaboración, Aprobación y Aplicación del Programa Municipal Sectorial de Salud. Elaborar y Ejecutar el Proyecto de Construcción de un Centro Hospitalario de Especialidades Médicas. Promover la terminación de la Construcción del Hospital Regional. Construcción, Rehabilitación y Ampliación de Áreas para la Salud, en las Localidades del Municipio. Elaborar y Ejecutar el Programa Sectorial del Equipamiento Urbano Comercial. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Reglamento Municipal para Mercados Públicos. Elaboración y Construcción del Proyecto Ejecutivo para la Central de Abastos. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa para la Construcción de los Proyectos Ejecutivos de los Centros Comerciales y Tiendas Departamentales. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal para la Construcción de los Proyectos Ejecutivos de los Rastros Municipales de Cd. Hidalgo y las Localidades Núcleo Contempladas en este Programa de Desarrollo Urbano. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Reglamento Municipal para Rastros. Promover la Construcción de un Rastro de Inspección Federal que Permita Comercializar la Carne con Mayor Valor Agregado. Proyecto y Construcción del Mercado de Agostitlán. Reconstrucción del Mercado Municipal de Cd. Hidalgo. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal para la Construcción de los Proyectos Ejecutivos de los Mercados Municipales de las Localidades Núcleo, Contempladas en este Programa de Desarrollo Urbano. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Proyecto Municipal para la Construcción del Mercado de Alfarería. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal de Creación, Conservación y Mejoramiento de Áreas Verdes, Jardines Vecinales y Reservas Ecológicas. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para los Proyectos de Instalación de Redes Hidráulicas a Camellones, Bulevares, Parques y Jardines y Mejoramiento de las ya Existentes en Cd. Hidalgo y en las Localidades Núcleo contempladas en este Programa. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para el Mejoramiento y Rehabilitación de las Unidades Deportivas y Construcción de Nuevas Instalaciones Deportivas en Cd. Hidalgo y en las Localidades Núcleo contempladas en este Programa. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Reglamento Municipal para Parques y Jardines. Elaboración y Construcción del Proyecto Ejecutivo de las Nuevas Instalaciones para Ferias y Exposiciones. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para el Rescate, Conservación y Mejoramiento de Sitios de Interés Histórico y Arqueológico. Terminación del Estadio de Futbol y del Deportivo Madero. (Ver plano E – X EQUIPAMIENTO URBANO). SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA URBANA.- Implementar programas de inversión para el estudio, mantenimiento, ampliación y construcción de sistemas de agua potable y drenaje, como para el saneamiento de presas, lagunas, ríos, arroyos y canales del Municipio. Promover programas de inversión pública y privada para la complementación de los demás servicios de urbanización en las localidades del Municipio, como la energía eléctrica, alumbrado público, pavimentación, guarniciones y banquetas. Impulsar la distribución equilibrada de los asentamientos humanos en el territorio municipal, contemplando la dotación de los servicios de infraestructura urbana y el equipamiento urbano, amigablemente con la protección del medio ambiente, para alcanzar el desarrollo sustentable y sostenido de los pueblos, mediante la elaboración y aplicación del programa municipal de desarrollo urbano. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa de Fideicomisos de Cofinanciamiento para los Sistemas de Alumbrado Público. Elaboración, Aprobación y Ejecución de Programas Municipales para la Reconversión del Sistema de Alumbrado Público. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal para la Complementación del Alumbrado Público en las Localidades de Ciudad Hidalgo, San Bartolo Cuitareo, San Matías Grande, Agostitlán, San Antonio Villalongín, San Pedro Jacuaro, Huajúmbaro, San Isidro Alta Huerta, Rincón de Sedeños, San Lucas Huarirapeo y San Pedro. Promover la Instrumentación del Programa Municipal para el Ahorro de Energía Eléctrica en los Hogares y demás Edificaciones, mediante la Utilización de Focos Ahorradores. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal Sectorial de Agua Potable. Implementación del Programa Municipal de Fideicomisos de Cofinanciamiento para los Sistemas de Agua Potable. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal para la Regularización de los Padrones de Usuarios de Agua Potable. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal para la Concientización y Cultura para el Ahorro del Agua. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal para la Complementación del Servicio de Agua Potable en Áreas Deficitarias de los Centros de Población. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal para la Complementación del Servicio de Drenaje Sanitario y Pluvial de los Centros de Población. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal de Fideicomisos de Cofinanciamiento para el Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal de Sistemas para el Tratamiento de Aguas Residuales. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa Municipal del Sistema Integral para el Drenaje Pluvial. Construcción de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales en las Localidades de 100 y más Habitantes del Municipio. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa para la Complementación del Sistema de la Red Telefónica Domiciliaria en las Localidades del Municipio. Implementación del Programa para la Complementación de la Red de Distribución de Energía Eléctrica en las Localidades del Municipio. (Ver plano E – V).
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SERVICIOS URBANOS.- Teléfono, recolección de basura, tratamiento de aguas residuales, vigilancia, y otros. El objeto es el de prever la dotación de servicios para el futuro, adecuados a los centros de población que conforman el sistema de localidades del Municipio: Elaboración y Ejecución del Programa Municipal Integral de Separación, Recolección, Transporte, Reciclamiento y Disposición de Residuos Sólidos. Elaboración del Proyecto Ejecutivo, Construcción y Operación del Relleno Sanitario Municipal. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal de Participación Social en Limpia de Basura de Elementos Urbanos y Colocación de Contenedores en el Centro Urbano de Cd. Hidalgo. Elaboración y Ejecución del Proyecto de Construcción del Nuevo Panteón Municipal. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Reglamento Municipal para Panteones. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Reglamento Municipal para los Desechos Sólidos. Terminación del Centro de Control Canino. Elaboración del Proyecto Ejecutivo y Construcción de un Panteón Particular en Cd. Hidalgo. (Ver plano E – V). VIALIDAD Y TRANSPORTE.- Tendientes a solucionar los problemas de funcionamiento en los sistemas de vialidad y transporte. Se deberá identificar y proponer la vialidad o sistemas de enlace que comprenderá las carreteras interestatales, federales, avenidas principales, bulevares, calles primarias, secundarias, accesos, etc., y el transporte urbano y suburbano en el que se estimará el porcentaje en que se deberá incrementar el sistema de transporte para satisfacer el déficit actual y el crecimiento esperado: Formulación, Aprobación y Aplicación del Programa Municipal Sectorial de Vialidad y Transporte. Elaboración del Programa Municipal y Construcción de Vialidades Primarias de la Red Vial Derivada del Programa Sectorial de Vialidad y Transporte Municipal. Elaboración y Ejecución del Proyecto para la Ampliación de Carriles de Circulación Vehicular en la Av. Morelos. Elaborar y Ejecutar el Programa Municipal para la Señalización de las Vialidades Regionales, Suburbanas, Urbanas Primarias y Secundarias de las Localidades del Municipio. Proyecto y Construcción de la Ciclopista. Elaboración y Ejecución del Programa de Pavimentación de Calles en las Localidades del Municipio. Elaboración y Construcción de los Proyectos Ejecutivos para la Ampliación a Ocho Carriles, de los Accesos Urbanos para la Localidad de Cd. Hidalgo. Elaboración y Construcción de los Proyectos Ejecutivos de las Carreteras de Comunicación Intramunicipal, como: Puente de Tierra - Palomas, El Caracol - Pucuato, Janamoro - Cd. Hidalgo y Terminación de la Pavimentación a Puente de Tierra. Rehabilitación y Mantenimiento de las Vialidades que Comunican a las Localidades del Municipio. Elaboración y Ejecución del Proyecto Ejecutivo para la Construcción de la Central Camionera de Autotransporte Foráneo de Cd. Hidalgo. Elaboración y Ejecución del Proyecto para la Construcción del Encierro de Autobuses de Transporte Foráneo para Cd. Hidalgo. Elaboración y Ejecución de los Proyectos para la Construcción de Encierros de Unidades de Transporte de Productos e Insumos Agropecuarios. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para la Reestructuración de las Rutas y Paraderos del Sistema de Transporte Público Suburbano de Pasajeros. Elaboración y Ejecución del Programa de Proyectos Ejecutivos para la Construcción de Terminales para Unidades de Transporte Público Suburbano de Pasajeros. Implementación del Programa Municipal de Modernización del Parque Vehicular del Transporte Público Suburbano de Pasajeros y del Transporte Masivo. Elaboración y Ejecución del Reglamento Municipal para el Uso de Estacionamientos Vehiculares en la Vía Pública. (Ver plano E – IV ESTRUCTURA VIAL). ECOLOGÍA URBANA.- Encaminadas a solucionar los problemas del medio ambiente en lo referente, a: el ordenamiento ecológico del territorio, las unidades de gestión ambiental, la preservación del medio ambiente, el patrimonio natural y cultural, así como el control de la erosión y contaminación: Constitución del Consejo Municipal de Ecología. Elaborar, Aprobar y Ejecutar el Programa Municipal Ambiental y de Protección al Patrimonio Natural. Promover el Rescate, protección, Mejoramiento y la Constitución de las Áreas Naturales Protegidas del Municipio. Elaborar y Ejecutar el Programa Parcial para la Constitución y Operación de un Parque Botánico Municipal. Elaborar y Ejecutar el Programa Parcial para la Constitución y Operación de Parques Ecoturísticos. Promover la Elaboración de los Programas de Manejo Necesarios para las Áreas de Reserva Ecológica de Nueva Creación. Elaborar y Ejecutar el Programa de Desazolves, Rectificación y Mejoramiento en Ríos y Arroyos que Cruzan Áreas Urbanas del Municipio. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para el Control de la Contaminación e Instalación de Equipos Anticontaminantes en las Industrias e Instalaciones Diversas. Elaborar y Ejecutar el Programa de Constitución, Mejoramiento y Regeneración de Áreas Verdes Urbanas de Cd. Hidalgo y las Localidades Núcleo Contempladas en este Programa de Desarrollo Urbano. Reforestación y Conservación de Áreas Verdes Urbanas, Parques Vecinales y Vías Primarias del Municipio. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para el Control de Emisiones Vehiculares Automotores. Elaboración y Ejecución del Programa para el Sistema de Control de Descargas Sanitarias e Industriales en los Arroyos, Ríos y Cuencas. Continuar con los Programas de El Trueque Ecológico, Introducción al Manejo Integral de los Residuos Sólidos, Cultura Forestal, Campaña Contra la Incorrecta Disposición y Quema de Basura, Campaña Contra el Ruido, Adopte un área Verde, y Difusión del Reglamento Ambiental y de Protección al Patrimonio Natural. Elaborar y Ejecutar el Programa Municipal para los Controles del Monitoreo de la Contaminación Ambiental en los centros de población. Mantener el Impulso de Actividades Económicas que Favorezcan la Conservación y Preservación del Medio Ambiente, Mediante la Aplicación de los Ordenamientos Ecológicos. Mantener el Control de las Densidades Habitacionales de los Asentamientos Humanos, en Congruencia con la Densidad Bruta a Consolidar, Conforme a lo Establecido en el Programa. Promover la Operación Sustentable de las Áreas Naturales Protegidas. Implementación del Programa Municipal para el Cumplimiento y Seguimiento de la Aplicación de las Manifestaciones de Impacto Ambiental, tanto de la Obra Pública como de la Privada y Social. Crear el Centro de Monitoreo Ambiental Urbano. Proyecto y Construcción del Parque Urbano Ecológico de la Zona Norponiente de Cd. Hidalgo. Implementación del Programa Municipal para la Constitución de Fideicomisos de Cofinanciamiento para el Impulso de Proyectos Deportivos, Recreativos, de Esparcimiento, Educativos, de Investigación, de Generación de Energía Solar y Eólica, etc., dentro de las Áreas Naturales Protegidas. (Ver plano E – II USOS, RESERVAS, DESTINOS Y PROVISIONES DEL SUELO). PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A EMERGENCIAS URBANAS.- Orientadas a evitar o prevenir posibles fenómenos naturales (inundaciones, ciclones, huracanes, sismos, fallas, fracturas, volcanes activos, etc.) o los provocados por el hombre (desechos domésticos o industriales, rellenos artificiales, incendios y explosiones) en los asentamientos humanos: Elaborar y Ejecutar el Programa para el Atlas Municipal de Riesgos y Contingencias Urbanas. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para la Reubicación, Mejoramiento y Crecimiento de Instalaciones Industriales Riesgosas. Elaborar y Ejecutar el Programa Hidráulico para
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proteger a los Asentamientos Humanos de las inundaciones. Elaborar, Aprobar y Aplicar el Reglamento Municipal para la Tipología de Riesgos. Elaboración, Aprobación y Ejecución del Reglamento Municipal para el Establecimiento de Instalaciones Riesgosas. Crear el Sistema Municipal Permanente de Regulación, Regularización y Restricción del Crecimiento Urbano sobre Márgenes de Ríos, Arroyos y Estructuras Geológicas. (Ver plano E – II USOS, RESERVAS, DESTINOS Y PROVISIONES DEL SUELO). PROVISIONES.- Considerando que las provisiones son las áreas que serán utilizadas para la fundación de un centro de población, el presente Programa contempla la estrategia de impulsar las zonas que a continuación se describen con la finalidad de prever la estructuración y diseño de los nuevos asentamientos humanos detonadores de desarrollo, como: Los Pinos, Meseta de Barranca Seca, Janamoro y José María Morelos. (Ver plano E – II USOS, RESERVAS, DESTINOS Y PROVISIONES DEL SUELO). POLÍTICAS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO.- Las políticas de desarrollo urbano son los lineamientos y criterios de acción que debidamente articulados a la base administrativa y legal, constituyen las guías en el proceso de tomas de decisiones y en la formulación de las estrategias y programas específicos. Conforme a lo anterior, en este Programa se contemplan las siguientes políticas de desarrollo urbano: CONSERVACIÓN.- El equilibrio ecológico y calidad ambiental. El buen estado de las obras materiales de infraestructura urbana y regional, equipamiento urbano y servicios. Los elementos urbanos indispensables con el propósito de evitar alteraciones económicas, sociales, políticas y ambientales. Rescate y preservación del patrimonio cultural de los sitios y elementos históricos e impulso a las actividades turísticas. Conservación y preservación de las reservas ecológicas. Conservación y preservación de los parques y áreas verdes urbanas. Conservación y preservación de la cuenca del Rió Taximaroa, para el control de sus avenidas. Conservación y preservación del cauce y derecho federal del Canal Hidalgo. Conservación y preservación de los vasos de las presas de Pucuato, Mata de Pinos, Sabaneta y las lagunas Larga y Los Azufres, como los principales cuerpos de agua del Municipio. Conservación y preservación de las cuencas menores, para el control de sus avenidas. Conservación y preservación de las áreas de afloramiento de manantiales. Conservación y preservación de las áreas de infiltración para la recarga de los mantos acuíferos de Hidalgo. Conservación y preservación de las áreas para el relleno sanitario, el nuevo panteón municipal, la planta de tratamiento de aguas residuales y la zona industrial. Conservación y preservación de áreas para la prevención y el control de riesgos. MEJORAMIENTO.- Renovación de las zonas de incipiente desarrollo o deterioradas, física o funcionalmente de los centros de población. Mejoramiento y preservación de la calidad ambiental. Ordenamiento, renovación, regeneración, restauración o la densificación de áreas urbanas deterioradas. Dotación de servicios, equipamientos o infraestructura urbana, así como rehabilitación de los existentes. Mejoramiento de espacios públicos de los centros de población. Regularización de la tenencia de la tierra. Regularización del suelo urbano, con la dotación de servicios y de los satisfactores básicos. Mejoramiento de zonas impactadas por riesgos y contingencias ambientales. Celebración de convenios entre autoridades, sectores público, social y privado en los cuales se atienda el interés de todos en el mejoramiento urbano. Las zonas de los centros de población y sus elementos que estén afectados en su funcionamiento o estado físico, considerados como áreas sujetas a mejoramiento a fin de habilitarlas, rehabilitarlas, reordenarlas o renovarlas y hacerlas más funcionales. Elaboración de programas parciales de desarrollo urbano, para el mejoramiento de áreas y sitios. CRECIMIENTO.- Consolidación del crecimiento físico de los centros de población del Municipio en las reservas de futura expansión urbana programadas. Crecimiento futuro en las provisiones, basado en un modelo propio de crecimiento conveniente y debido, y no inercial. Creación de reservas para la futura expansión urbana en excedencia, conforme al sistema metodológico de proyección, para el mejor control de la especulación del suelo urbano y urbanizable. Participación en el mercado de suelo para el control de la especulación. Disponibilidad real de reservas territoriales patrimoniales, tanto para el desarrollo urbano como para el control del equilibrio ecológico de los centros de población. Disponibilidad real de las reservas territoriales programadas. Crecimiento ordenado y regulado, apegado a lo establecido en los Programas de desarrollo urbano respectivos. Organización de las funciones urbanas, para su consolidación conveniente y debida. Crecimiento tendiente a ordenar y regular la expansión física de las áreas urbanas del Municipio. CONTROL.- Eliminación de los factores y hechos que obstaculizan el desarrollo equilibrado de los asentamientos humanos del Municipio. Regularización cuando sea precedente o reubicación, de los asentamientos humanos irregulares situados en zonas de riesgo. Control permanente y especial de los bosques para la protección y conservación de los límites de las áreas urbanas de los centros de población. Control de los cambios de usos y destinos del suelo y de las modificaciones al ordenamiento urbano establecido. Control de todas las acciones, obras y proyectos conforme lo establecido en el ordenamiento urbano de los Programas de Desarrollo Urbano. Control de las provisiones urbanas. Control de la transferencia de potenciales de los usos y destinos del suelo urbano. Áreas sujetas a programas de desarrollo urbano de zonas conurbadas.Elaboración, Aprobación y Ejecución del Programa de Desarrollo Urbano de la Zona Conurbada de Ciudad Hidalgo e Irimbo. Esto con la finalidad de normar, ordenar, regular y controlar el desarrollo urbano de los asentamientos humanos a ubicarse en esa zona limítrofe de los municipios de Hidalgo e Irimbo. Áreas sujetas a programas de desarrollo urbano de centros de población.- Elaboración, Aprobación y Ejecución de los Programas de Desarrollo Urbano de los siguientes Centros de Población: Ciudad Hidalgo, San Bartolo Cuitareo, San Matías Grande, Agostitlán, San Antonio Villalongín, San Pedro Jacuaro, Huajúmbaro, San Isidro Alta Huerta, Rincón de Cedeños, San Lucas Huarirapeo, Tierras Coloradas, El Caracol, Pucuato, José María Morelos (Ziripeo) y Janamoro. Con el propósito de contar con los instrumentos técnico jurídicos para normar, ordenar, regular y controlar el desarrollo urbano de los asentamientos humanos de referencia, para impulsarlos a la categoría de centros urbanos estratégicos para el desarrollo equilibrado del Municipio. Áreas sujetas a programas parciales de desarrollo urbano.- Elaboración, Aprobación y Aplicación de los siguientes Programas Parciales de Desarrollo Urbano: Parque Industrial Mueblero. Centro Urbano de Ciudad Hidalgo. Área del Parque para la Mediana y Pesada Industria. Corredor Turístico, Comercial Artesanal y Alfarero. Relleno Sanitario. Área para la Central Camionera. Campus Universitario de la U. M. S. N. H. Subcentros Urbanos: La Alborada, San Isidro Alta Huerta, Tecnológico, Janamoro, Los Fresnos y Meseta de Barranca Seca. Área para la Expoferia. Imagen Urbana del Centro Urbano de Ciudad Hidalgo. Imagen Urbana de las Localidades Núcleo Contempladas en este Programa Municipal: Ciudad Hidalgo, San
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Bartolo Cuitareo, San Matías Grande, Agostitlán, San Antonio Villalongín, San Pedro Jacuaro, Huajúmbaro, San Isidro Alta Huerta, Rincón de Cedeños, San Lucas Huarirapeo, Tierras Coloradas, El Caracol, Pucuato, José María Morelos (Ziripeo) y Janamoro. Parque Botánico Municipal. Parques Ecoturísticos. Regeneración de las Márgenes del Canal Hidalgo. Regeneración de las Márgenes del Río Taximaroa. Centros Comerciales. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales. Áreas sujetas a programas sectoriales de desarrollo urbano.- Elaboración, Aprobación y Ejecución de los siguientes Programas Sectoriales de Desarrollo Urbano: Señalética (Nomenclatura Urbana, Epigrafía y Números Oficiales, Señalamiento y Señalización de Tránsito y Turística) para las localidades de: Ciudad Hidalgo, San Bartolo Cuitareo, San Matías Grande, Agostitlán, San Antonio Villalongín, San Pedro Jacuaro, Huajúmbaro, San Isidro Alta Huerta, Rincón de Cedeños, San Lucas Huarirapeo, Tierras Coloradas, El Caracol, Pucuato, José María Morelos (Ziripeo) y Janamoro. Vialidad y Transporte del Centro de Población de Ciudad Hidalgo. Municipal para la Constitución de Reservas Territoriales Patrimoniales. Transferencia de Potenciales de Desarrollo Urbano para las localidades de Ciudad Hidalgo, San Bartolo Cuitareo, San Matías Grande, Agostitlán, San Antonio Villalongín, San Pedro Jacuaro, Huajúmbaro, San Isidro Alta Huerta, Rincón de Cedeños, San Lucas Huarirapeo, Tierras Coloradas, El Caracol, Pucuato, José María Morelos (Ziripeo) y Janamoro. Regularización de Asentamientos Humanos en las 75 localidades de 100 y más habitantes. Municipal para la Complementación de la Energía Eléctrica y Alumbrado Público. Municipal para la Complementación de Agua Potable, Drenaje Residual y Pluvial, y Saneamiento. Municipal de Integración Vialidad y Transporte. Municipal de Vivienda. Municipal para el Equipamiento Urbano de Educación. Municipal para el Equipamiento Urbano de Salud. Municipal para el Equipamiento Urbano Comercial. Municipal para el Equipamiento Urbano de Áreas Verdes, Jardines Vecinales, Parques Urbanos y Reservas Ecológicas. Municipal para el Equipamiento Urbano Deportivo. Municipal para el Rescate, Conservación y Mejoramiento de Sitios de Interés Histórico y Arqueológico. Municipal Ambiental y de Protección al Patrimonio Natural.Municipal para el Control y Aprovechamiento de Zonas de Riesgos y Contingencias Urbanas. PROSPECTIVA MUNICIPAL.- Con objeto de contextualizar dentro del ámbito municipal las estrategias y políticas urbanas previstas en este Programa, se describen a continuación en primer término, las propuestas para el desarrollo urbano integral territorial definidas en el Programa Estatal de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán, las que a su vez tienen correlación con las definidas por el Fideicomiso para la Región Centro Occidente del país, de la cual forma parte el Estado de Michoacán. Estrategias municipales: Estrategia 1. Desarrollar el sistema de nodos y corredores de alcance municipal, que permitan complementar una red básica de alcances e integrar los principales centros de producción del Municipio con él, su región y los destinos externos clave. Estrategia 2. Impulsar en forma selectiva el desarrollo industrial y urbano de los centros pequeños y nuevos polos que presenten condiciones más favorables, desde el punto de vista de sus recursos naturales y culturales, para la consolidación de nuevos corredores municipales. Estrategia 3. Impulsar la creación de un Sistema Urbano Municipal, para afianzar las complementariedades entre la Ciudad Intermedia (Cabecera Municipal), ciudades básicas y centros de población SeRuC; en cuanto a su capacidad industrial, comercial, de servicios y la riqueza de su patrimonio cultural. Estrategia 4. Sistema municipal de carreteras, moderno y competitivo, que mejore las oportunidades de desarrollo e integre a la región, para el transporte seguro de pasajeros y mercancías que enlace los principales centros urbanos, bajando el costo y aumentando la rapidez. Estrategia 5. Complementación y modernización de la infraestructura para el transporte masivo. Estrategia 6. Impulsar el desarrollo de las zonas con recursos naturales no aprovechados, mediante la intensificación de sus relaciones con el Estado y a nivel nacional. Estrategia 8. Integrar los espacios rurales marginados al desarrollo municipal y regional, aplicando y mejorando el sistema de enlaces, en forma compatible con el uso adecuado y la preservación de los recursos naturales y del patrimonio cultural. Estrategia 9. Buscar el ordenamiento sustentable de los espacios rurales integrados a zonas urbanas, impulsando un cambio de patrones de producción con un uso más eficiente del agua. PROYECTOS ESTRATÉGICOS.- De los diferentes proyectos que se propone sean realizados en aplicación de este Programa, a continuación se relacionan los que tendrán una mayor trascendencia o impacto socioeconómico y de impulso al desarrollo sustentable: Parque Industrial Mueblero. Parque para la Mediana y Pesada Industria. Corredor Turístico, Comercial Artesanal y Alfarero. Relleno Sanitario. Central Camionera. Campus Universitario de la U. M. S. N. H. Instalaciones para la Expoferia. Parque Botánico Municipal. Parques Ecoturísticos. Regeneración de las Márgenes del Canal Hidalgo. Regeneración de las Márgenes del Río Taximaroa. Centros Comerciales. Planta de Tratamiento de Aguas Residuales. Colocación de la Señalética (Nomenclatura Urbana, Epigrafía y Números Oficiales, Señalamiento y Señalización de Tránsito y Turística) para las localidades de: Ciudad Hidalgo, San Bartolo Cuitareo, San Matías Grande, Agostitlán, San Antonio Villalongín, San Pedro Jacuaro, Huajúmbaro, San Isidro Alta Huerta, Rincón de Cedeños, San Lucas Huarirapeo, Tierras Coloradas, El Caracol, Pucuato, José María Morelos (Ziripeo) y Janamoro. Pavimentación de las carreteras intramunicipales. Complementación de la infraestructura de Energía Eléctrica y Alumbrado Público de las localidades del Municipio. Complementación de Agua Potable, Drenaje Residual y Pluvial, y Saneamiento de las localidades del Municipio. Construcción y Mejoramiento de la Vivienda de las localidades del Municipio. Complementación del Equipamiento Urbano de Educación de las localidades del Municipio. Complementación del Equipamiento Urbano de Salud de las localidades del Municipio. Complementación del Equipamiento Urbano Comercial de las localidades del Municipio. Construcción de Parques Urbanos y Reservas Ecológicas. Complementación del Equipamiento Urbano Deportivo. Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la localidad de Ciudad Hidalgo. Proyectos Ejecutivos para la Construcción de las Instalaciones de Naves Agroindustriales. Proyecto para el Parque Artesanal. Proyecto del Campo de Prácticas y Adiestramiento del Personal de Seguridad Pública. Ubicación y Construcción de Estaciones de Servicio (Gasolineras), en Cd. Hidalgo y las Localidades Núcleo contempladas en este Programa de Desarrollo Urbano. Terminación del Centro de Control Canino. Ubicación y Construcción de Instalaciones de Fuentes Generadoras de Energía Eólica, Solar, Etc. SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA.- Consolidar e Impulsar la Participación de la Comisión Municipal de Desarrollo Urbano como un Organismo de Representación Ciudadana, que Funja como el Verdadero Conducto de Participación y Gestión de la Sociedad, de una Manera Corresponsable y Comprometida con la Planeación del Municipio de Hidalgo. Elaboración y Aplicación del Programa Municipal para la Desconcentración Administrativa en Localidades Núcleo y Subcentros Urbanos. Elaboración y Aplicación del Programa Municipal de
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Simplificación Administrativa para la Operación del Desarrollo Urbano. Elaboración y Aplicación del Programa Municipal de Modernización, Automatización y Capacitación en la Administración del Desarrollo Urbano. Elaborar y ejecutar el Manual Municipal de Métodos y Procedimientos para la Administración del Desarrollo Urbano, establecida en los programas. Formulación, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal para las Construcciones. Formulación, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal para el Desarrollo Urbano. Expedir las Normas Administrativas que Deberán Observarse en la Ejecución de las Obras que el H. Ayuntamiento Realice con Recursos Financieros Propios. Formulación, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal para Sancionar a los Funcionarios Públicos que Infrinjan la Normatividad de Desarrollo Urbano en el Municipio de Hidalgo Elaboración, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal de Zonificación Urbana. Elaboración, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal de Aseo Público. Elaboración, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal para Fideicomisos, Convenios y Contratos con participación municipal. Elaborar, Aprobar y Ejecutar el Programa Municipal de Impuesto Predial por Plusvalor de los Predios Baldíos y Vacantes Dentro de las Áreas Urbanas Continuar con el Programa de Modernización Catastral. Formulación, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal para la Transferencia de Potenciales para el Desarrollo Urbano. Promover la Corrección Cartográfica de los Límites Municipales con el Municipio de Hidalgo. Creación del Sistema Integral de Información del Desarrollo Urbano Municipal. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para los Proyectos de la Desconcentración de Oficinas Administrativas, Hacia Los Subcentros Urbanos de Cd. Hidalgo y de las Localidades Núcleo Comprendidas en este Programa de Desarrollo Urbano. Elaboración y Ejecución del Programa Municipal para la Total Recaudación del Impuesto Predial. Establecer los Procedimientos de Revisión Permanente del Programa, Elaborando los Indicadores Necesarios para el Monitoreo del Modelo de Desarrollo Urbano Adoptado, Mediante la Instrumentación de un Sistema de Control Urbano Eficiente, el Desarrollo de un Procedimiento de Revisión Sistemática que Garantice la Vigencia Permanente del Programa. Consolidación de las Instituciones de Previsión, Planeación, Organización, Integración, Dirección y Control Urbano del Municipio para Garantizar una Administración Urbana Institucional y Alcanzar los Objetivos del Desarrollo Urbano de los Asentamientos Humanos del Municipio. Frenar las Dinámicas de Concentración - Dispersión y Consecuentemente el Impulso y Dotación de los Servicios de Equipamiento e Infraestructura Urbanos, Mediante la Implementación de una Normatividad Integral y en Coordinación y Concertación con los Sectores Público, Privado y Social. V.- PROGRAMATICO Y CORRESPONSABILIDAD SECTORIAL (matriz programática). Con la finalidad de llevar a cabo las propuestas del Nivel Estratégico del Programa de Desarrollo Urbano de Apatzingán de la Constitución, en este capítulo se traduce a términos programáticos las actividades a realizar, subdividiéndolos en programas y subprogramas urbanos, identificando las acciones, obras y servicios que deben de realizarse para el cumplimiento de las estrategias. Para el cumplimiento del anterior propósito, este Programa contempla la importancia que reviste cada una de las instancias de participación, como las diferentes autoridades de los tres ámbitos de gobierno, los sectores social y privado, reconociendo que la planeación urbana no es competencia de una sola autoridad, sino de la concurrencia de todas ellas, reconociendo su propio ámbito de competencia, buscando la mayor coordinación entre las diferentes dependencias del sector público y entre estas y los sectores social y privado, respetando sus atribuciones y funciones. De esta manera, el Programa propone actuar dentro de las actividades propias de la planeación urbana, sin dejar de considerar el quehacer de otras autoridades, instituciones y sectores, como en el caso de la construcción de obras y prestación de servicios necesarios para lograr las metas de ordenamiento urbano. En la tabla VI. A.- Se presentan los programas, acciones y proyectos, clasificados de acuerdo con la base financiero - programática correspondiente. En cada una de las acciones se señalan las entidades del sector público que de acuerdo con sus atribuciones se propone deberán participar en su realización. VI.- NIVEL INSTRUMENTAL. En el presente capítulo se expresan los Instrumentos del Desarrollo Urbano, como el conjunto de todos los procedimientos, sistemas, medios y recursos que permiten llevar a cabo lo establecido en el Programa, tanto en su formalización institucional como en su operación y seguimiento. En consecuencia, se establecen los instrumentos que han sido determinados durante todo el proceso de planeación, desde los Antecedentes, el Nivel Normativo, el Nivel Estratégico, los Programas y la Corresponsabilidad. El nivel instrumental tiene por objeto definir todos los mecanismos de instrumentación y acciones que se habrán de utilizar o realizar para el logro de los objetivos, metas y políticas de coordinación, control y seguimiento, así como aquellos que permitan evaluar y retroalimentar el programa. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 218 del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, los mecanismos de instrumentación y acciones se dan a través de: I.- La participación ciudadana en la formulación o actualización, seguimiento y evaluación del Programa. Esta acción se podrá atender a través de la Comisión Municipal de Desarrollo Urbano; II.- La aprobación, publicación e inscripción del Programa Municipal en los términos del Código de Desarrollo Urbano; III.- Las fuentes de ingresos municipales, estatales o federales, así como del sector privado y social o créditos nacionales e internacionales; IV.- Las fuentes alternativas de financiamiento de la iniciativa privada, que generen rentabilidad económica y alto beneficio social al Municipio y sus habitantes; V.- La formación o consolidación del equipo y oficinas de planeación y operación del desarrollo urbano, así como su capacitación permanente; VI.- La formulación o actualización de normas, reglamentos, criterios y lineamientos del desarrollo urbano del Municipio; VII.- La difusión del Programa y sus productos; VIII. La formulación o actualización de los programas derivados; y, IX. Los demás que sean necesarios para garantizar la vigencia jurídica y puesta en operación. Por tal razón, los instrumentos contemplados en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo, establecen los mecanismos de coordinación, seguimiento y control de las acciones y obras previstas en el Programa, a efecto de que estas sean ejecutadas, asegurando su operatividad y definiendo un esquema de corresponsabilidad con el sector público en sus tres ámbitos de gobierno (federal, estatal y municipal) y acordar las acciones de inducción con el sector privado y social.
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Con la finalidad de que dichos instrumentos sean lo más operativo posible, estos han sido basados en la disponibilidad de recursos humanos, económicos y ecológicos para la sustentabilidad del Municipio de Hidalgo. De ahí, que por lo tanto su base fundamental estriba en la conjunción de recursos, tanto de los tres ámbitos de gobierno como de los sectores privado y social. Por lo tanto, han sido diseñados considerando principalmente los siguientes aspectos: En lo referente a la aprobación del Programa, para que adquiera su validez jurídica. Como herramientas para que se cumpla con la función reguladora de los usos y destinos del suelo. Proporcionar herramientas a los organismos que se responsabilizarán de su gestión, operación y de coordinar de las acciones establecidas en el Programa. En síntesis, que el Programa se convierta en un medio real de participación de los sectores público, privado y social en forma convenida y concertada, para la ejecución de las obras y acciones, en relación con la evaluación y actualización periódica del Programa. De lo anterior, los instrumentos han sido clasificados dentro de los grandes rubros que a continuación se describen: Para la Operación Administrativa del Desarrollo Urbano. Para la Administración, Ordenación y Regulación del Suelo Urbano. Para la Obtención de Recursos Financieros, la Concurrencia y Coordinación de Acciones e Inversiones del Sector Público, Privado y Social. Para la Participación de la Ciudadanía y de Comunicación. Para la Capacitación. INSTRUMENTOS JURÍDICOS.- Formado por el conjunto de leyes, reglamentos, decretos y disposiciones jurídicas, que constituyen el sustento legal del Programa. En el ámbito federal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley General de Asentamientos Humanos; Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012; Programa nacional de Desarrollo y Ordenamiento del Territorio 2001-2006; Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente; Ley Federal de Vivienda. Y los demás ordenamientos jurídicos que se elaboren o actualicen en la materia. En el ámbito estatal: Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo; Ley de planeación del Estado de Michoacán de Ocampo; Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo; Ley de Comunicaciones y Transportes para el Estado de Michoacán de Ocampo; Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio; Ley de Expropiación del Estado de Michoacán de Ocampo; Ley Ambiental y de Protección del Patrimonio Natural del Estado de Michoacán de Ocampo. Programa Estatal de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo. En el ámbito municipal: Plan Municipal de Desarrollo de Hidalgo 2008-2011; Reglamento de Construcciones del Municipio de Hidalgo; Reglamento para Comercios y Mercados en la Vía Pública, y los demás que se vayan formulando. Por otra parte, se da por asentado que todos los instrumentos tienen bases jurídicas que garantizan su cumplimiento, es decir, el conjunto de instrumentos tiene su correspondiente fundamento legal, en las diferentes leyes, reglamentos, decretos, disposiciones administrativas, planes y programas en la materia. Tomando en coordinación la concurrencia de ordenamientos técnicos y jurídicos. Estas disposiciones tienen que ser completadas con una serie de actividades orientadas a: Dar vigencia jurídica a la actualización del Programa; esto quiere decir que una vez aprobado, deberá ser publicado en el Periódico Oficial del Estado y en el diario de de mayor circulación local. Para su posterior inscripción en el Registro Público de la Propiedad Raíz y del Comercio en el Estado, el Sistema de Información Geográfica y en el Registro Agrario Nacional. Efectuar la delimitación física del límite municipal de Hidalgo, con respecto de sus municipios colindantes; Promover las modificaciones legislativas necesarias que permitan a la autoridad municipal de Hidalgo, mayores atribuciones dentro del ámbito urbano del Municipio, en materias actualmente competencia del Estado y la Federación; Elaborar y difundir los reglamentos complementarios a la normatividad establecida en el Programa; Revisar y hacer las adecuaciones necesarias a la reglamentación municipal, en todos los aspectos que estén relacionados con el desarrollo urbano del Municipio de Hidalgo; Promover ante las autoridades competentes la adecuación a la congruencia del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo; la promulgación de la Ley Estatal de Vivienda, y combatir las irregularidades en materia de uso de suelo; Promover la formulación de estudios técnicos y programas de manejo de las áreas de reserva ecológica y la declaratoria como áreas naturales protegidas, de aquellas zonas que no cuenten con este recurso; Elaborar el Ordenamiento Ecológico del Territorio del Municipio. INSTRUMENTOS TÉCNICOS.- Los instrumentos técnicos del Programa son todos los mecanismos necesarios para lograr la precisión de las determinaciones que el mismo establece de manera general. Para lo anterior, es necesario concluir la totalidad del Sistema de Planeación, en particular se requiere la elaboración de los programas de Desarrollo Urbano: Municipal, Sectoriales y Parciales; en ese sentido el Programa establece las Normas Complementarias. Para atender las relaciones físicas y funcionales entre los asentamientos humanos que conforman la aglomeración o sistema urbano del Municipio, es necesaria la firma de los convenios, con la participación del Ejecutivo del Estado y el H. Ayuntamiento de Irimbo para el reconocimiento de la zona conurbada respectiva. En materia de suelo urbano y para la constitución de reservas territoriales patrimoniales, se propones la creación de una institución inmobiliaria municipal de interés social, que administre dichas reservas, destinadas al uso urbano, desarrollos habitacionales de urbanización progresiva, lotes con servicios, pies de casa y vivienda de interés social; lo cual permitirá el ofrecer suelo urbano y vivienda a los sectores de menores ingresos (Instituto Municipal de Vivienda). Como instrumento técnico de registro y control de las acciones urbanas, es indispensable el contar con un Sistema de Información Geográfica, que mediante la coordinación con otras dependencias, como: Catastro Municipal y Estatal, Desarrollo Urbano Municipal, Ecología Municipal, Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente del Gobierno del Estado, Coordinación de Planeación para el Desarrollo del Estado, Registro Agrario Nacional y Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal, permita mantener actualizada la cartografía y la información de las bases de datos sobre señalética urbana, colonias, fraccionamientos, conjuntos habitacionales, predios, sitios, etc. INSTRUMENTOS PARA LA OPERACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DESARROLLO URBANO.- La Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio, como dependencia operativa, será la encargada y responsable de la Administración del Programa, con las atribuciones que le confiere el artículo 277 del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, previa autorización del H. Ayuntamiento, así como las demás atribuciones que le confiera la superioridad, otras disposiciones administrativas y jurídicas en la materia. Por su parte, a la Dirección de Obras Públicas del Municipio de Hidalgo, le corresponde:
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I. Establecer las especificaciones técnicas para el diseño y construcción de las obras de urbanización de los Desarrollos y desarrollos en condominio, de conformidad con las normatividades aplicables y contar con un catálogo actualizado de precios unitarios de obras de urbanización; II. A solicitud de la Dependencia Municipal, determinar en función del catálogo el costo de las obras de urbanización faltantes de los Desarrollos y desarrollos en condominio con cargo al fraccionador; y, III. Las demás que se deriven del presente Código, o que le confieran otras disposiciones legales. La Dirección de Desarrollo Urbano, así como la Dirección de Obras Públicas, tienen un papel relevante en el buen desempeño del Programa, con la programación y ejecución de las obras públicas; además de otras dependencias municipales como el Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio (COPLADEMUN), La Tesorería Municipal, el Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Municipal, la Dirección de Ecología y la Dirección de Servicios Municipales, deberá tomar como base las acciones que en términos generales se señalan en el Programa, tipo de recurso, origen y responsabilidades para su ejecución. La Dirección de Desarrollo Urbano, en coordinación con las dependencias y organismos del ramo en el Municipio, como de los ámbitos de gobierno federal y estatal, dentro de sus áreas de competencia, deberá llevar un control de las acciones realizadas, así como las no realizadas, con el fin de retroalimentar y complementar el Programa en un proceso constante de evaluación y actualización. Por lo que para efectos de la evaluación de los Programas de Desarrollo Urbano, la dependencia responsable deberá realizar una autoevaluación, la cual estará compuesta por las Cédulas de Correlación, mediante las cuales se midan los objetivos y metas alcanzados. Mantener actualizada la estructura de las áreas urbanas de las localidades, mediante la incorporación digital y georeferenciada de los nuevos desarrollos urbanos y suburbanos comprendidos en el Ámbito de Aplicación del Programa. INSTRUMENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DEL SUELO URBANO.- Dentro de la estructura orgánica de la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal deberá contemplarse el Departamento del Programa, cuyas funciones esenciales serán las de Difusión, Evaluación y Actualización del mismo. Dar vigencia jurídica a la actualización del Programa; esto quiere decir que una vez aprobado, deberá ser publicado en el periódico Oficial del Estado y en el diario de los de Mayor circulación local. Para su posterior inscripción tanto en el Registro Público de la Propiedad Raíz y del Comercio en el Estado, el Sistema de Información Geográfica y en el Registro Agrario Nacional. Se deberá establecer el Reglamento de Operación del Programa, en el que se defina el conjunto de reglas para coordinar la participación de los organismos indicados, además de las pautas del procedimiento. Todos los cambios de usos y destinos del suelo no contemplados dentro del Programa, podrán ser autorizados previa la Justificación técnica, jurídica, económica y social. Elaboración, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal de Construcciones. Elaboración, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal de Fideicomisos, Convenios y Contratos. Elaboración, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal de Zonificación de los Usos y Destinos del Suelo. Elaboración, Aprobación y Aplicación del Reglamento Municipal de Nomenclatura Urbana y Epigrafía. Promover ante el Congreso del Estado la autorización del cobro de impuesto predial considerando el Plusvalor de los predios baldíos y bacantes dentro de la trama urbana. Promover las modificaciones legislativas necesarias que permitan a la autoridad municipal de Hidalgo, mayores atribuciones dentro del ámbito urbano del Municipio, en materias actualmente competencia del Estado y la Federación. Elaborar y difundir los reglamentos complementarios a la normatividad establecida en el Programa. Revisar y hacer las adecuaciones necesarias a la reglamentación municipal, en todos los aspectos que estén relacionados con el desarrollo urbano del Municipio. Promover ante las autoridades competentes la adecuación de la Código de Desarrollo Urbano del Estado; la promulgación de la Ley Estatal de Vivienda, y combatir las irregularidades en materia de uso y destino de suelo. Promover la formulación de estudios técnicos y programas de manejo de las áreas de reserva ecológica y la declaratoria como áreas naturales protegidas, de aquellas zonas que no cuenten con este recurso. Elaborar el Ordenamiento Ecológico del Territorio del Municipio. En materia de suelo urbano y para la constitución de reservas territoriales patrimoniales, se propone la creación de una institución inmobiliaria municipal de interés social, que administre dichas reservas, destinadas al uso urbano, desarrollos habitacionales de urbanización progresiva, lotes con servicios, pies de casa y vivienda de interés social; lo cual permitirá el ofrecer suelo urbano y vivienda a los sectores de menores ingresos (Instituto de Vivienda Municipal). Como instrumento técnico de registro y control de las acciones urbanas, es indispensable el contar con un Sistema de Información Geográfica, actividad que desarrollará el Departamento del Programa, mediante el cual se establece la coordinación con otras dependencias de los ámbitos federal, estatal y municipal, como SEDESOL, INEGI, RAN, SUMA, Registro Público, Catastro, Organismo de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento, entre otros, que permita mantener actualizada la cartografía y la información de las bases de datos de colonias, calles, predios etc. INSTRUMENTOS PARA LA OBTENCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS.- La disponibilidad de recursos económicos para financiar las acciones y aplicar el Programa se pueden obtener, principalmente, por medio de dos tipos de instrumentos: Instrumentos de Coordinación institucional como son: acuerdos y convenios celebrados con autoridades y/o dependencias de los gobiernos federal, estatal o de algún otro municipio. Instrumentos de coordinación social como son: acuerdos y convenios celebrados entre las autoridades municipales, como son los grupos sociales organizados y activos para la definición, fondeo y ejecución de acciones del Programa. El Municipio además de contar con recursos propios, federales y estatales asignados en forma directa, así como créditos que podrían obtenerse de las instituciones de la banca nacional, también puede y debe disponer de recursos integrados por participaciones públicas y aportaciones del sector privado y social. En ese sentido se debe dar impulso a la participación privada en el desarrollo urbano municipal, mediante: asociaciones público - privadas, concesiones de servicios, fideicomisos, emisión de bonos, etc. Otra alternativa para la obtención de recursos es por la vía crediticia para financiar acciones en inversiones en materia de suelo, vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios urbanos. Una de las fuentes es el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (BANOBRAS) y la posibilidad de conseguir créditos internacionales con instituciones civiles y de gobierno. Asimismo, el Municipio puede fondearse para el desarrollo urbano, mediante la obtención de ingresos por concepto de tributación, que a su vez tengan funciones inductivas de desarrollo urbano, no se trata de más impuestos sino de ampliar la base tributaria, de manera de lograr la vinculación entre las políticas tributarias y las del ordenamiento urbano.
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Los instrumentos de tributación se clasifican en: Participaciones: federales y estatales hacia los municipios; Impuestos: predial, traslación de dominio de bienes inmuebles; es el principal impuesto que captan los municipios, por lo que se debe buscar su incremento, bajo el principio de equidad, mediante la modernización y actualización del catastro municipal; Derechos: de aportaciones para obras públicas, por concepto del cobro por licencias de construcción y de anuncios publicitarios, licencias de uso del suelo; división, subdivisión, lotificación, relotificación y fraccionamiento de predios, etc. Aprovechamientos: rezagos, multas, gastos de ejecución, concesiones y contratos, reintegros y cancelación de contratos, subsidios, donaciones en especie de promotores de fraccionamientos por obligaciones en autoridades de uso y aprovechamiento del suelo. INSTRUMENTOS PARA LA CONCURRENCIA Y COORDINACIÓN DE ACCIONES E INVERSIONES DEL SECTOR PÚBLICO, PRIVADO Y SOCIAL.- Los instrumentos para la concurrencia y coordinación apoyan la determinación de las responsabilidades sectoriales, tanto en referente a las características físicas de los proyectos, como a sus plazos de ejecución, logrando con ello el desarrollo integral del Municipio, para tal efecto, se contempla en ellos los mecanismos, métodos y procedimientos de programación – presupuestación. Con el propósito de lograr la participación del sector privado en algunos aspectos del desarrollo urbano y mantener la coordinación de las acciones resultantes: Signar el Convenio con el Colegio Estatal de Notarios para la Escrituración de la Propiedad Inmobiliaria. Implementación del Programa Municipal de Fideicomisos de Cofinanciamiento para la Constitución de Suelo Urbano. Implementación del Programa de Fideicomisos de Cofinanciamiento para la Dotación de Equipamiento Urbano. Implementación del Programa Municipal de Fideicomisos de Cofinanciamiento para la Dotación y Operación del Sistema de Alumbrado Público. Implementación del Programa Municipal de Fideicomisos de Cofinanciamiento para la Dotación y Operación del Sistema de Agua Potable y Saneamiento. Implementación del Programa Municipal de Fideicomisos de Cofinanciamiento para la Dotación y Operación el Sistema de Alcantarillado Sanitario. Elaboración y Ejecución del Programa de Incentivos a Desarrolladores de Vivienda con Aplicación de Ecotecnias. Elaboración y Ejecución del Programa de Desregulación y Desgravación de la Vivienda. Elaborar y Ejecutar el Programa de Incentivación a la Regularización de Licencias de Construcción. Elaborar y Ejecutar el Programa de Incentivación a la Construcción de la Vivienda de la Empresa Pueblo. Elaborar y Ejecutar el Programa de Incentivación a la Regularización de Anuncios Publicitarios. Signar Convenio con el Poder Judicial del Estado para que se Participe al H. Ayuntamiento de los Trámites para la División y Partición de la Cosa Común. INSTRUMENTOS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA Y DE COMUNICACIÓN.- Estos instrumentos permiten fomentar la toma de conciencia de la ciudadanía sobre los problemas e intereses de la comunidad, como también cumplen el propósito de difundir el contenido del Programa y de las acciones de gobierno que se deriven del mismo. Por lo anterior, se plantean los siguientes instrumentos: Dar constitución a la Comisión Municipal de Desarrollo Urbano, y formular, aprobar y ejecutar su Reglamento de Operación. Crear los Comités de Vecinos por barrio, colonia, distrito urbano, subcentro urbano y sector urbano. Debiéndose a la vez, contar con el correspondiente Reglamento de Operación de dichos Comités. Crear los Comités de Vecinos para la realización coordinada de obras públicas específicas con participación ciudadana. Constitución de Asociaciones Civiles que asuman la responsabilidad de recibir en comodato áreas verdes públicas. Así como, las funciones para la promoción de recursos tendientes a la protección, conservación y mejoramiento del patrimonio edificado histórico, arquitectónico y cultural de las localidades y territorio del Municipio. Por lo que ve a los instrumentos de comunicación, se hará uso de los diferentes Órganos de Gobierno, Bandos Municipales, Periódico Oficial del Estado, Internet, Carteles, Periódicos de Mayor Circulación, Revistas, Radio, T. V., Cine, etc. INSTRUMENTOS DE CAPACITACIÓN.- Formar recursos humanos para la elaboración y seguimiento del Programa, es factor determinante para la eficiente y eficaz operatividad del Programa, por lo que se hace necesario capacitar personal hacia el interior de la Administración Pública, que desarrolle correctamente la Administración del Desarrollo Urbano del Municipio. Así mismo, organizar y capacitar a grupos de la sociedad para la formulación de programas específicos que estimulen la participación ciudadana de escasos recursos, principalmente en programas de infraestructura y en la autoconstrucción o ayuda mutua para la construcción de sus viviendas. VII.- ESTRUCTURA DE ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN PARA LA ELABORACIÓN, EJECUCIÓN, ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA. Normas para la actualización y modificación del Programa Municipal Desarrollo Urbano Hidalgo.- El Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo estipula en el artículo 15 que los organismos de participación social constituidos a nivel estatal y municipal, podrán participar en los procesos de planeación, programación y evaluación del desarrollo urbano en los términos del Código de referencia. Y en su artículo 16 contempla los objetivos que tendrá la participación social. Asimismo, en su artículo 17 contempla que los particulares que deseen participar en los procesos a que se refiere el artículo anterior, lo podrán hacer a través de las comisiones correspondientes, sin perjuicio de los derechos y las garantías que tengan y que puedan ejercer individualmente ante las autoridades competentes. De igual manera, en el artículo 18 reza que en todos los casos en que las autoridades lo estimen necesario, solicitarán la opinión de las organizaciones de profesionistas legalmente constituidas con domicilio en el Estado, académicas y de investigación en las diversas materias que inciden en el desarrollo urbano, la vivienda y protección ecológica, a fin de enriquecer los instrumentos jurídicos, económicos, técnicos y en general, todos aquellos que en cada caso se apliquen. Por otro lado, en el artículo 19 contempla la creación de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano, como un órgano de consulta y opinión en materia de planeación, operación urbana y vivienda, la cual funcionará en forma permanente y tendrá por sede la Capital del Estado y jurisdicción en toda la Entidad. Esta comisión, en su caso, funcionará dentro del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Michoacán, en los asuntos que tengan que ver con su materia, a efecto de evitar duplicidades. Especificando en su artículo 26 las atribuciones de la Comisión Estatal. En consecuencia en su artículo 34 relaciona las atribuciones que tendrán las Comisiones Municipales de Desarrollo Urbano. De igual forma, en su artículo 46 se establece que las comisiones estatal, municipales y de zonas conurbadas de desarrollo urbano, podrán integrar comités técnicos con hasta cinco de sus integrantes permanentes y, en su caso, vocales invitados, para que le auxilien en la atención, seguimiento y elaboración de acuerdos para ser puestos a la consideración de ellas.
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Por otro lado, en el artículo 48 se contempla el auxilio de otras autoridades, como: la Tesorería General del Estado, el Registro Público de la Propiedad Raíz en el Estado y del Comercio y las Dependencias del Catastro Estatal y Municipal, de acuerdo a sus competencias, coadyuvarán a la observancia de las disposiciones de este Código y de los programas que se expidan en materia de desarrollo urbano y de vivienda estatales y municipales, en sus actos administrativos. De todo lo anterior, y con relación a los mecanismos de coordinación y concertación, en el artículo 65 se estipula que la planeación, coordinación y concertación de acciones, se realizará a través del Subcomité correspondiente del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Michoacán o del Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio, a efecto de evitar duplicidades. Por lo que entonces, para efecto de la Actualización de este Programa de Desarrollo Urbano, se acatará a lo dispuesto en el artículo 91, el cual contempla que en la formulación o en su actualización total o parcial el H. Ayuntamiento se deberá realizar el procedimiento ahí descrito. El Ayuntamiento podrá reglamentar la participación social en los procesos de planeación urbana municipal. El artículo 101 estipula que una vez aprobados los programas de desarrollo urbano dentro de los siguientes 30 días naturales, se publicarán en forma abreviada en el Periódico Oficial, en uno de los diarios de mayor circulación en la Entidad o Municipio, y como máximo, diez días hábiles después de la publicación se inscribirán completos en el Registro Público de la Propiedad Raíz en el Estado, en el Sistema de Información Geográfica y en el Registro Agrario Nacional. Los programas de desarrollo urbano entrarán en vigencia 30 días naturales después de ser publicados en el Periódico Oficial. En el artículo 102, se contempla que a partir de la fecha en que entre en vigor un programa, las autoridades que correspondan sólo podrán expedir constancias, licencias, permisos, autorizaciones o convenios de su competencia, relativas a la utilización de las áreas y predios que resulten comprendidos, si las solicitudes están de acuerdo con el programa respectivo; las que se expidan en contravención a lo anterior, serán nulas. Asimismo, en el artículo 103 reza que los programas de desarrollo urbano, serán obligatorios para los particulares y para las autoridades, debiendo estar a disposición permanente para su consulta. Pero también en el artículo 104 contiene que el Registro Público de la Propiedad Raíz en el Estado, contará con una sección en la que habrán de inscribir los programas de desarrollo urbano que establece este Código y todas aquellas resoluciones que se dicten con apoyo en los propios programas, o que se relacionen con el desarrollo urbano. Como también así, en el artículo 105 dice que será causa de responsabilidad para las autoridades que expidan los programas de desarrollo urbano, la no inscripción de ellos, así como a los jefes de las oficinas de registro que se abstengan de llevarla a cabo. Por lo tanto, en el artículo 106 se estipula que todas las acciones, inversiones y obras relativas al aprovechamiento del territorio que se realicen por los gobiernos Federal, Estatal y los ayuntamientos, deberán sujetarse a lo dispuesto en los programas de desarrollo urbano; para tal efecto, la propuesta de gasto de inversión contenida en el programa operativo anual estatal o municipal, deberá incluir una exposición de la vinculación entre las acciones, inversiones, servicios y obras de que se trate y los objetivos y metas con las contenidas en los programas de desarrollo urbano, según corresponda. Por otro lado, el artículo 107 dice que para controlar y verificar los avances obtenidos en los programas estatal, regionales y sectoriales, la Secretaría en coordinación con la Comisión Estatal, evaluarán durante el último año de gestión constitucional estos programas, presentando un informe al Gobernador. En el caso de los programas municipal, de Centro de Población y Parciales, la Dependencia Municipal en coordinación con la Secretaría y la Comisión Municipal o de Zona Conurbada respectiva, los evaluarán en el último año de gestión constitucional, presentando un informe a los Ayuntamientos. El artículo 108 contempla que el resultado de las evaluaciones de los programas a que se refiere el artículo anterior, serán entregados a las autoridades entrantes, para que en su caso determinen las modificaciones totales o parciales de los programas de desarrollo urbano. Pero también el artículo 109 contempla que los programas básicos de desarrollo urbano, sólo podrán ser modificados parcialmente fuera de los plazos establecidos en los artículos 92 y 93, cuando existan proyectos de inversión pública o privada de impacto estatal, regional o municipal, mediante un estudio técnico justificativo, que entre otros requisitos integre los siguientes: I. Se produzca significativamente un beneficio social o económico al Estado, región o municipio; II. No se pretendan realizar cambios de uso del suelo, sobre terrenos considerados como de alta producción agrícola, forestales, pecuarios, de recarga y afloramiento de mantos freáticos; III. No se dañen zonas de monumentos históricos o arqueológicos, de patrimonio cultural o natural; IV. No se encuentren en zonas de riesgo o vulnerabilidad; V. Se integre una manifestación de impacto ambiental, en la modalidad que corresponda de conformidad con la normatividad; y, VI. Se elabore un programa parcial de desarrollo urbano, en los términos y alcances determinados por este Código; En su caso, la Secretaría, el Ayuntamiento o la Comisión de Zona Conurbada, según corresponda, podrán solicitar información o estudios complementarios dependiendo del aprovechamiento urbano pretendido. Además de los artículos anteriormente citados, no existe en el Código, otras referencias explicitas que permitan distinguir debida y suficientemente las diferencias entre la revisión y actualización, y entre la modificación y la cancelación, y por supuesto el sentido particular de cada una de ellas. No obstante esta ausencia de contenidos explícitos en la Ley, es posible y necesario recuperar el sentido metodológico de cada uno de ellos, y con muy poca más de tiempo, reconocerlos implícitamente y verificarlos en una lectura sistemática y cuidadosa del mismo Código. De otra forma, la autoridad perderá el sentido en el mantenimiento de la vigencia técnica, jurídica y administrativa de los instrumentos para la planeación urbana y el solicitante perderá el recurso de revisión y reconsideración de las normas urbanas que lo afectan. El sentido metodológico implícito, aunque no explicito en los artículos concretos del Código, señalada que la revisión permanente no necesariamente conlleva una actualización automática, como tampoco una actualización conlleva una modificación automática, ni las modificaciones una cancelación automática de los Programas de Desarrollo Urbano. Luego entonces, la revisión y actualización siendo un mandato que debe ejecutarse permanentemente, no implica que los Programas sean objeto permanente de consulta popular, solamente y cuando la revisión y actualización, conlleve a una necesaria modificación o cancelación total o parcial de los programas. La revisión debe entenderse metodológicamente, como el proceso de evaluación permanente de los Programas de Desarrollo Urbano de vigencia indefinida por el Código, para su procedente actualización; como el proceso de puesta en vigencia técnica, jurídica y administrativa del ordenamiento establecido en los Programas, actualizaciones que implican correcciones oportunas para enmendar los errores y omisiones, pero
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que no implican modificaciones, ni cancelaciones parciales o totales del ordenamiento urbano, ni políticas, estrategias y metas del desarrollo urbano establecidos en el Programa Vigente. La modificación parcial o total de los Programas, que implica modificaciones parciales o totales del ordenamiento, de las estrategias y metas establecidas, pero que no implica modificaciones de las políticas y de los objetivos de los Programas, ni cancelación parcial o total de los mismos, por lo que deberán, consecuentemente, ser objeto de la consulta popular conforme lo establecido en los artículos ya citados. Las cancelaciones parciales o totales de los Programas, como procedimientos que implican modificaciones de las políticas y objetivos del desarrollo urbano deseado, y consecuentemente cancelación parcial o total del Programa vigente, deben ser sujeto de la más profunda consulta popular conforme lo establecido en el Capítulo correspondiente del Código. Por todo lo anterior, para la estructura de organización y coordinación para la modificación total o parcial del presente Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo, como para su ejecución, se deberá establecer la coordinación con las demás instituciones y dependencias de los tres ámbitos de gobierno, y los sectores privado y social, en los términos y disposiciones detalladas con anterioridad. La Elaboración de este “Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Hidalgo, Michoacán 2008 - 2030” es Responsabilidad del Ing. José María Carranza Cárdenas, Coordinador General de la Corporación Interdisciplinaria de Urbanismo, Desarrollo Ambiental y Diseño. Con ubicación en Zarzamora N° 312, Col. Vista Hermosa 2da. Etapa, Morelia, Michoacán, México. Teléfono y Fax 01 (443) 334 – 65 – 91. ingjmc@corporacionciudad.com y corpciudad@gmail.com.
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