Según la Ley, no lo pueden obligar a presentar su historia clínica

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9 Y 10 DE ABRIL DE 2016 PORTAFOLIO

Empleos

Confidencialidad

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Según la Ley, no lo pueden obligar a presentar su historia clínica Así lo define la legislación en pro de la defensa del derecho a la intimidad y la reserva de información. Una resolución, la 1995 de 1999 del Ministerio de Salud, establece que la historia clínica es una reserva legal del trabajador, por lo tanto, no se le puede obligar a presentarla y para conocerla se debe pedir su autorización. Lo anterior también aplica para las entidades de salud que no pueden entregar dicha información a las compañías sin previa autorización. Esta es una situación que viven algunos trabajadores que se ven presio-

nados por las disposiciones normativas de la empresa, las cuales piden las historias clínicas para tramitar incapacidades médicas y así obtener el reconocimiento económico de las mismas. “La historia clínica es un documento personal y privado, amparado normativamente por las leyes 594

no es obligatorio presentar la historia clínica, pero sí contar al médico que realiza el examen de ingreso la información clínica más relevante.

La historia clínica hace parte de los datos sensibles y confidenciales de una persona, protegidos por el habeas data.

usuario, el equipo de salud y las autoridades judiciales y de salud. En la legislación no están contemplados ni el empleador ni el personal administrativo de las EPS o IPS. de 2000, 23 de 1981, 437 Para Diana Garcés, direcde 2011 y 23 de 1981”, de- tora general de Psicotec talla Falet Moreno, CMO Colombia, no es obligatode Mirum Plus Colomrio presentar la historia bia. clínica, pero sí contar al médico REGISTRO DE LAS que realiza el UNA ACCIÓN DE CONDICIONES examen de inTUTELA ES UN DE SALUD greso la inforEn el artímación clínimecanismo válido culo 34 de esca más relepara demandar ta última ley vante. su derecho a la se define que intimidad. el historial clíniPRESENTAR SU co es el registro de QUEJA las condiciones de salud En estos casos, si un tradel paciente y como docu- bajador siente que ha sido mento privado sometido a vulnerado su derecho a la reserva solo puede ser co- intimidad puede presennocido por terceros con au- tar su queja ante el comité torización del paciente. de convivencia de la emDe acuerdo con la nor- presa o el Ministerio de mativa, aclara Moreno, el Protección Social, que se acceso a esta información encargará de hacer seguiestá permitido para el miento y auditoría. 2


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