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14 Y 15 DE MAYO DE 2016 PORTAFOLIO
Empleo
Formalización
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El problema de trabajar sin firmar contrato
El acuerdo verbal tiene la misma validez legal que uno escrito, por ende, tiene los mismos deberes y derechos.
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Mónica Ceballos
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Lo ideal es tener un contrato de trabajo firmado antes de iniciar cualquier labor en una empresa. Sin embargo, la demanda urgente de apoyo en ciertas actividades exige a veces empezar en el nuevo cargo antes de hacer el papeleo. La falta de un acuerdo escrito podría acarrear problemas legales. “Se estipula que la compañía tiene 15 días para la firma del contrato, si se ex-
cede este plazo el empleado podría notificar al Ministerio de Trabajo, para que inicie un proceso de inspección”, asegura Gina Suárez Barrios, project management office en Mirumplus Colombia. Suárez aclara que el inicio de labores sin un acuerdo escrito se interpreta co-
“
A falta de un acuerdo escrito se entenderá que hay un contrato a término indefinido, nunca fijo”.
mo un contrato verbal LAS EMPRESAS DEBEN y, según TENER UN la jurisprudenprocedimiento cia de la establecido para Corte el tema de contratación y Suprema vinculación. de Justicia, será a término indefinido y bajo ningún motivo podrá ser enmendado por un contrato a término fijo. “El contrato verbal es válido y cuenta con los mismos beneficios que confiere el código laboral. Si existió este pacto, el trabajador puede legalmente El trabajador está en potestad de no iniciar labores hasta que no entablar un proceso de dese realice la contratación. manda”, explica Juan Car-
los Suárez, gerente de TH Plus. El Gerente de TH Plus señala que las empresas deben tener un procedimiento establecido para el tema de contratación y vinculación. En caso de que se llegue a presentar la situación de un acuerdo verbal, es importante que el empleador y el trabajador definan las labores a desempeñar, el salario, la forma de remuneración y la duración del contrato. “Es ideal que el empleado tenga o genere un soporte por escrito para efectos legales, ya que esta es una de las falencias de esta modalidad de contrato frente a un acuerdo laboral convencional”, asegura Suárez Manotas. Si el empleador decide despedir o terminar el contrato tendrá que pagarle las prestaciones laborales al trabajador, de no hacerlo quedará expuesto a una demanda. El empleado debe demostrar la prestación personal del servicio.