CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES DE COLOMBIA SUBDIRECTIVA BOGOTÁ CUNDINAMARCA Personería Jurídica No. 01118 de abril 13 de 1987 NIT 800004499-1
SOLICITUD INFORMACIÓN CONFLICTOS LABORALES VIOLACIÓN LIBERTAD SINDICAL SINDICATOS EN BOGOTÁ Y CUNDINAMARCA Compañeras y Compañeros: Reciban cordial saludo de la CUT Bogotá Cundinamarca, instancia organizativa subdirectiva, que representa a más de cien mil trabajadores en la región. Reiteramos la solicitud hecha el pasado 10 de abril, sobre información de los diferentes tipos de conflictos laborales que se presentan al interior de las empresas y que han sido denunciados ante las distintas instancias por las organizaciones sindicales en el departamento: 1. Nombre
de la empresa con la que se presenta el conflicto laboral 2. Tipo de conflicto 3. Fecha desde que se presenta el conflicto 4. Respuesta de la empresa ó trámite que se ha realizado 5. Copia de radicado en el Ministerio si lo hay Sumado a lo anterior, la Escuela Nacional Sindical elaborará en Cundinamarca, un estudio sobre acceso a la justicia en libertad sindical, con el fin de identificar los obstáculos que se presentan para acudir a las autoridades administrativas o judiciales y emprender acciones en defensa de la libertad sindical. Para poder realizar el estudio, la ENS solicita un informe de los casos denunciados en los años 2012 y 2013. Por medio de querellas ante el Ministerio de Trabajo aportando copias de las resoluciones proferidas e informando el estado actual del trámite. Copia de denuncias presentadas ante la Fiscalía por violación al artículo 200 del Código Penal y cuáles de éstas han llegado a los jueces penales, los resultados (aportar copias de las decisiones que les han notificado) Acciones de tutela, aportando copia de las sentencias proferidas por jueces o tribunales e informando el estado actual del trámite. Demandas interpuestas ante los jueces laborales, bien sea en procesos ordinarios (contra estatutos, acta de constitución, fuero, despido indirecto, etc.) o en procesos especiales (reintegro, levantamiento de fuero, liquidación del sindicato, ilegalidad de huelga…) aportando copias de las sentencias que se han proferido por los jueces o tribunales e informando el estado actual del trámite. Si hubo casos que no fueron sometidos a consideración de las autoridades administrativas o judiciales, informar por qué no se realizó ninguna actuación. Esta documentación se puede enviar a la Subdirectiva en el menor tiempo posible a fin de contribuir con el estudio. Cualquier información adicional, favor comunicarse con nosotros al 2455964, 2 455965, 3204908890 En espera de su atención. Fraternalmente, ALFONSO AHUMADA BARBOSA Presidente
CARLOS E. CASTAÑEDA RAVELO Secretario General
Bogotá D.C., 25 de abril de 2014
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