SOBRE INDULGENCIAS PLENARIAS GLOSARIO
Fuente:
http://purgatorioinfiernocielo.es.tl/Solucionando.htm
La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados ya borrados en cuanto a la culpa, que el fiel cristiano, debidamente dispuesto y cumpliendo unas ciertas y determinadas condiciones, consigue por la mediación de la Iglesia, la cual como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo, su Madre y los Santos. La indulgencia es PLENARIA O PARCIAL según libre en todo o en parte la pena temporal debida por los pecados. La indulgencia plenaria solo puede ganarse una vez al día (excepción en caso de muerte inminente – in articulo mortis -).
ABAJO OS DEJO CUATRO FÁCILES MANERAS DE GANAR UNA INDULEGNCIA PLENARIA AL DÍA:
Adoración del SANTÍSIMO SACRAMENTO durante al menos media hora. Rezo del SANTO ROSARIO en una iglesia u oratorio, o en familia, o en una comunidad religiosa, o en una asociación piadosa, y en general, siempre que varios fieles se reúnan para un buen fin. La lectura de la SAGRADA ESCRITURA con la veneración debida a la palabra divina y a manera de lectura espiritual durante al menos media hora. Rezo del VÍA CRUCIS (requisitos: hacerse ante las estaciones legítimamente erigidas meditando la Pasión en cada una, necesario el paso de una estación a otra si se hace sólo y en comunidad que lo haga un representante)
ABAJO OS DEJO LOS REQUISITOS IMPRESCINDIBLES PARA GANAR UNA INDULGENCIA PLENARIA (LUCRAR) AL DÍA:
Para ganar UNA SÓLA INDULGENCIA PLENARIA AL DÍA se requiere: tener INTENCION DE GANARLA o PLENA DISPOSICIÓN, ejecutando la obra enriquecida con indulgencia y el cumplimiento de tres condiciones: confesión sacramental, comunión eucarística y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice. Se requiere, además, la exclusión de todo afecto a cualquier pecado, incluso venial.
Si falta esta plena disposición o no se cumplen las condiciones antes mencionadas salvo lo prescrito en el nº 11 (ver nº 11) para los que tienen un legítimo impedimento, la indulgencia será parcial. Nº 11 Los ordinarios del lugar (Obispo) pueden conceder a los fieles sobre los que ejerce su autoridad, si viven en lugares donde de ningún modo o, por lo menos, no si gran dificultad pueden acceder a la confesión o comunión actuales, a condición de que estén interiormente arrepentidos y hagan el propósito de recibir, tan pronto como puedan, los mencionados sacramentos.
Con una sola confesión sacramental pueden ganarse varias indulgencias plenarias; En cambio, con UNA sola comunión eucarística y UNA oración por las intenciones del Sumo Pontífice solo se gana UNA indulgencia plenaria. Las tres condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de la ejecución de la obra prescrita; pero conviene que la comunión y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen EL MISMO DÍA en que se cumple la obra. EJEMPLO LUNES MARTES PLENARIA PLENARIA Comunión + Comunión + Oración por Oración por Santo Padre Santo Padre
MIÉRCOLES PLENARIA Comunión + Oración por Santo Padre
JUEVES PLENARIA Comunión + Oración por Santo Padre
VIERNES SÁBADO PLENARIA PLENARIA Comunión + Comunión + Oración por Oración por Santo Padre Santo Padre CONFESIÓN
DOMINGO PLENARIA Comunión + Oración por Santo Padre
GANADAS POR GANAR
POR GANAR
POR GANAR
POR GANAR
POR GANAR
Lunes, Martes, Miércoles, Jueves y Viernes
POR GANAR
CONSEGUIR GANAR UNA INDULGENCIA PLENARIA CONLLEVA SALVAR A UN ALMA DEL PURGATORIO. ASI DE GRANDE ES. Deciros, queridos hermanos, que el elemento que más nos FRENA ganarlas es
EL DE TENER AVERSIÓN AL PECADO
MORTAL Y VENIAL
.
Nunca sabremos si las hemos o no ganado. Por eso, la única manera de aumentar esa posibilidad seria luchando por rechazar, de corazón, tanto el pecado mortal como venial. SOLUCIÓN: Una manera de llegar a ese estado de aversión es pedirle a Nuestro Señor, diariamente, que nos conceda
el DOLOR DE LOS PECADOS. Si se lo pedís, insistentemente, os lo concederá. (Sabed que el desea ardientemente dároslo).
Alguno se habrá parado a pensar porque la SANTA MISA Y LOS SACRAMENTOS no concede indulgencia plenaria. El porqué es por su altísima eficacia en cuanto a “la santificación y purificación”.