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Secularidad laical y consagración religiosa
Dice el numeral 31 de la Lumen Gentium que “cuanto se ha dicho acerca del pueblo de Dios se dirige por igual a laicos, religiosos y clérigos”. La secularidad de los laicos no es un “añadido” sociológico, que viene “después” como algo yuxtapuesto a su ser cristiano, sino la “manera propia”, en que la secularidad cristiana –adquirida desde el bautismo– determina íntimamente el ser laical.
La diferencia entre laicos y religiosos no consiste en la secularidad de unos, los laicos, frente a la no secularidad de los religiosos; sino en la secularidad laical como diversa de la consagración religiosa que modaliza la secularidad de los religiosos.
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Los laicos están llamados a ordenar las realidades temporales según el querer de Dios. Ciertamente esto pertenece a todos los cristianos, pero solamente los fieles laicos lo realizan a través del mundo, mientras que los consagrados dan testimonio del Reino de Dios ante el mundo. La secularidad no es exclusiva ni de los laicos ni de los consagrados. Al mismo tiempo, la índole secular denomina el “modo propio” de la secularidad de los laicos y de los religiosos.
Los laicos están llamados a ordenar las realidades temporales según el querer de Dios. Ciertamente esto pertenece a todos los cristianos, pero solamente los fieles laicos lo realizan a través del mundo, mientras que los consagrados dan testimonio del Reino de Dios ante el mundo.