CARGO TARIFARIO EN EL SERVICIO DE GAS NATURAL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION
OFERTA Y CONSUMO DE GAS NATURAL Aテ前 2009 Enero Febrero 3.114 2.909
Marzo 3.318
Abril 3.091
Mayo 3.158
Junio 3.109
Julio 3.199
A B C D E F G H
249 82 11 1.205 1.400 33 213 3.193
229 72 12 1.100 1.339 33 195 2.980
297 66 15 1.434 1.350 36 218 3.416
417 75 22 1.350 1.080 39 214 3.197
750 126 43 1.150 850 48 233 3.200
1.375 205 65 940 510 75 226 3.396
1.600 260 65 890 400 70 237 3.522
I J K
110 110
96 96
126 126
135 135
147 90 237
155 160 315
183 160 343
28 3,69%
29 4,22%
25 7,41%
28 9,28%
20 9,74%
PRODUC.LOCAL A GASOD.TRONCAL CONSUMOS RESIDENCIAL COMERCIAL ENTES OFICIALES INDUSTRIA CENTRALES ELECTRICAS SUBDISTRIBUCION GNC TOTAL CONSUMOS IMPORTACION BOLIVIA GNL TOTAL IMPORTACION
EXPORTACION A PAISES LIMITROFES RELACION K/H Fuente: desde enero a abril, ENARGAS. En millones M3/mes.
31 3,45%
25 3,22%
Mayo, junio y julio, estimados por DPN.
2
CATEGORIAS DE USUARIOS Y RANGOS DE CONSUMO Licenciataria/ Subzona
GAS NATURAL BAN S.A.
Licenciataria/ Subzona
METROGAS S.A.
Categoría
Desde
Hasta
Categoría
Desde
Hasta
R3 3°
1501
1800
R3 3°
1501
1800
R3 4°
1801
→
R3 4°
1801
→
3
CATEGORIAS DE USUARIOS Y RANGOS DE CONSUMO Licenciataria/ Subzona
GAS DEL CENTRO S.A.
Licenciataria/ Subzona
GAS CUYANA S.A.
Categoría
Desde
Hasta
Categoría
Desde
Hasta
R3 3°
1501
1800
R3 3°
1701
2050
R3 4°
1801
→
R3 4°
2051
→
4
CATEGORIAS DE USUARIOS Y RANGOS DE CONSUMO Licenciataria/ Subzona
LITORAL GAS
Licenciataria/ Subzona
GAS NEA S.A./ ENTRE RIOS.
Categoría
Desde
Hasta
Categoría
Desde
Hasta
R3 3°
1501
1800
R3 3°
1501
1800
R3 4°
1801
→
R3 4°
1801
→
5
CATEGORIAS DE USUARIOS Y RANGOS DE CONSUMO Licenciataria/ Subzona
GAS NOR S.A. SALTA
GAS NOR S.A TUCUMAN
Categoría
Desde
Hasta
Desde
Hasta
R3 3°
1201
1450
1051
1300
R3 4°
1451
→
1301
→
6
CATEGORIAS DE USUARIOS Y RANGOS DE CONSUMO Licenciataria/ Subzona
CAMUZZI PAMPEANA BS.AS
CAMUZZI PAMPEANA BAHIA BLANCA
Categoría
Desde
Hasta
Desde
Hasta
R3 3°
1501
1800
1801
2150
R3 4°
1801
→
2151
→
7
CATEGORIAS DE USUARIOS Y RANGOS DE CONSUMO Licenciataria/ Subzona
CAMUZZI SUR BS.AS. SUR
CAMUZZI SUR NEUQUEN
CAMUZZI SUR CORDILLERANO SUR
Categoría
Desde
Hasta
Desde
Hasta
Desde
Hasta
R3 3°
4101
4900
3901
4700
5951
7400
R3 4°
4901
→
4701
→
7401
→
8
INYECCION A GASODUCTOS TRONCALES Fuente: ENARGAS. Fecha: 3/08/09 150 140 120 110 100 90 80 70 60 28
24
20
16
12
8
4
30
26
22
18
14
10
6
2
29
25
21
17
13
9
5
50 1
millones M3
130
dias: mayo - junio - julio INYECCION EN CABECERA
INYECCION MAXIMA
9
STOCK EN GASODUCTOS TRONCALES Fuente: ENARGAS, Fecha: 3/08/09 400
300 250 200 150
28
24
20
16
12
8
4
30
26
22
18
14
10
6
2
29
25
21
17
13
9
5
100 1
millones M3
350
dias: mayo - junio - julio STOCK DIARIO
STOCK MAX
10
POTENCIAS SUPERIORES A 18.000 MW Junio - 2009 Día
MW
Julio - 2009 Día
MW
2
18.181
2
18.229
3
18.138
13
18.303
11
18.300
14
18.567
12
18.033
15
18.463
16
18.058
16
18.099
17
17.922
21
17.990
23
18.576
22
19.179
24
18.948
23
19.566
25
18.739
24
19.087
26
18.392
27
18.291
29
18.158
28
18.496
29
18.431
30
18.395
31
18.698
11 días
15 días
11
FACTURACIONES JULIO/AGOSTO: EL PROBLEMA • La curva de consumo de gas y energía eléctrica en los meses de mayo, junio, julio y agosto presentan las mismas características. • Las facturas que están recibiendo los usuarios reflejan los niveles de consumo de mayo/junio. • La columna de julio comparada con la de junio nos indica que no estamos en el pico del problema que afecta a los usuarios. • Es de prever que las facturas que reflejen los consumos de julio/agosto serán más impactantes que lo que hoy observamos. 12
DECRETO CUESTIONADO • A través del Dec.2067/08 se creó un Fondo Fiduciario para atender las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sea requerida para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo. • El fondo estará integrado, entre otros conceptos por “cargos tarifarios” a pagar por los usuarios de los servicios regulados del transporte y/o distribución, por los sujetos consumidores de gas que reciben directamente el gas de los productores sin hacer uso de los sistemas de transporte o distribución de gas natural y por las empresas que procesen gas natural. 13
DECRETO CUESTIONADO • Se faculta al Ministerio de Planificación Federal con la asistencia técnica de la Secretaria de Energía y del ENARGAS, a fijar el valor de los cargos y a ajustarlos, en la medida que resulte necesario, a fin de atender el pago y/o repago de las importaciones de gas natural. • Por Resolución MPIPySNº 1451/2008, se reglamentó el F.F.
14
DECRETO CUESTIONADO • En el art. 6 de la norma reglamentaria, se estableció que el Fideicomiso se constituye con la única finalidad de asegurar la disponibilidad de recursos necesarios para atender el pago y/o repago de las diferencias de costo de las importaciones y/o adquisiciones de gas realizadas y la reventa y/o entrega del mencionado producto, a fin de satisfacer las necesidades de dicho hidrocarburo para el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del país y de sus industrias. • Por Resolución ENARGAS N° 563/08 se implementan los cargos con vigencia a partir del 1 de noviembre de 2008. 15
DECRETO CUESTIONADO โ ข La aplicaciรณn de los cargos tarifarios implican incrementos en las facturaciones finales del servicio de gas que oscilan entre el 70% y el 400%.
16
ANÁLISIS DE FACTURAS: DIVERSOS CASOS Casos
Consumo $
Subtotal c/ Imp. $
C. Dec. 2067/08 $
Total Factura $
% Inc. C.T s/ Cons.$
% Inc. C.T s/ Fact.$
1
75
117
101
218
74%
47%
2
102
142
95
237
107%
40%
3
102
155
147
302
69%
49%
4
143
209
186
395
77%
47%
5
157
200
197
398
80%
50%
6
179
252
233
485
77%
48%
7
246
352
320
672
77%
48%
17
INCIDENCIA DEL CARGO SOBRE EL CONSUMO $ 600
cargo dec. 2067/08 consumo
$ 500
$ 320
$
$ 400
$ 233
$ 300
$ 186 $ 200
$ 197
$ 147 $ 95 $ 101
$ 246
$ 100
$ 75
$ 102
$ 102
2
3
$ 143
$ 157
4
5
$ 179
$ ‐ 1
6
7
18 Casos de facturación
INCIDENCIA DEL CARGO SOBRE EL TOTAL DE LA FACTURA $ 800
$ 700
$ 672
cargo dec. 2067/08 $ 600
total factura $ 485
$ 500
$ 398
$ 395
$
$ 400
$ 300
$ 237
$ 218 $ 200
$ 100
$ ‐
$ 320
$ 302
$ 233 $ 186
$ 197
4
5
$ 147 $ 101
$ 95
1
2
3
Casos de facturaciòn
6
7
19
TARIFA Y FACTURA โ ข Es necesario efectuar una distinciรณn entre tarifa y factura: Factura: es la cuenta detallada de los factores que arroja el precio final que debe abonar el usuario por el servicio prestado. Estos son: la tarifa, impuestos, intereses por mora, cuotas por planes de pago, bonificaciones, etc.
20
TARIFA Y FACTURA • Según el artículo 37 de la Ley N° 24076, la tarifa del gas a los consumidores será el resultado de la suma de: 1.- Precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte; 2.-Tarifa de transporte; 3.- Tarifa de distribución. • A través de la Resolución S.E. N° 1417/08 publicada en el B.O. en fecha 23/12/08 se autorizaron incrementos de gas en boca de pozo retroactivos al 1/11/08. • Ello en el marco del Dec. 181/04. No se realizó audiencia pública. 21
CARGO AJENO A LA TARIFA • Conforme el espíritu del Dec. 2067/08 queda claro que el cargo tarifario resulta ajeno a la tarifa y por ende a la prestación del servicio.
22
ACCIÓN JUDICIAL • Motivos por los cuales fue cuestionado judicialmente el Dec. 2067/08: • Por ilegitimidad e inconstitucionalidad manifiesta de las normas en trato, toda vez que vulneran el principio de reserva de ley garantizado por la Constitución Nacional en la creación de tributos, competencia exclusiva del Honorable Congreso de la Nación en el ejercicio de la función legislativa.
23
ACCIÓN JUDICIAL • El “cargo tarifario” tiene por objeto la conformación de un fondo destinado a cubrir, en forma anticipada, las futuras - y eventuales - pérdidas operativas del Estado (ENARSA), que se producirían en caso de que se deba recurrir a la importación del hidrocarburo a precios superiores a los del “precio en boca de pozo” de los productores locales.
24
ACCIÓN JUDICIAL • No se cuantifica ni podría cuantificarse en modo alguno ese déficit, puesto que depende de hechos futuros e inciertos: nivel de demanda, niveles de producción local, precio del gas importado, condiciones meteorológicas, etc. • Es dicha eventualidad, la que determina su ajenidad con el precio y la imposibilidad de encuadrarlo como la contraprestación debida por el usuario.
25
CONCLUSIONES • El cargo tarifario resulta violatorio a la Constitución Nacional. • Falta de transparencia en la decisión y el modo de importar gas natural licuado (GNL). Cuánto y cuándo. • Falta de información sobre la incidencia que los valores de importación de GNL tienen sobre el sector residencial. • Falta de infraestructura para importar GNL. • Ausencia de estudios sobre la incidencia del cargo tarifario sobre las facturas. • Este escenario genera inseguridad jurídica al usuario al momento de recibir las facturas de gas natural. 26
PROPUESTA • Resulta necesario tomar urgentes medidas para eliminar el impacto que el cargo tarifario tendrá en la próxima facturación, dado los niveles de consumo de julio y agosto. • Los cargos tributarios deben ser tratados por el Parlamento para dar seguridad jurídica a los usuarios. • En esa línea debe entonces modificarse el artículo 37 de la Ley N° 24.076 estableciéndose que cualquier cargo tarifario no tributario resulta nulo, de nulidad absoluta.
27