INDICE INTRODUCCION……………………………………………………………………….. Pág. 2 MAGNITUD DE LA PROBLEMÁTICA…………………………………………….......Pág. 4 ANTECEDENTES NORMATIVOS………………………………………………… .....Pág. 6 DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION…………………..…………………...... Pág. 9 Nuevo Rol del Defensor del Pueblo de la Nación a partir de la Ley Nº 26.842………………………………………..................................................................Pág. 10 Líneas de Acción e Intervención……………………………………………………..... Pág. 10 Primer Eje Control y Seguimiento de las Políticas Públicas sobre Trata y Explotación de Personas ……………………………………………......................................................................Pág. 10 Segundo Eje Elaboración de Protocolos, informes de investigación, mecanismos de articulación promoción de un ámbito de Diálogo…………………………………………………….Pág. 18 Tercer Eje Fortalecimiento de la red federal de delegados del Defensor del Pueblo de la Nación en cada una de las Provincias……………………………………………………………….Pág. 23 Cuarto Eje Campañas de Sensibilización, capacitación y participación en jornadas y foros académicos…………………………………………………………………………………Pág. 23 CONCLUSIONES……………………………………………………………...................Pág. 25 ANEXO I PLANIFICACION DE TRABAJO 2014……………………………………………………Pág.27
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INTRODUCCION Trata y Explotación de Personas La trata de personas constituye una grave violación al paradigma de los derechos humanos ya que despoja a las personas de su integridad, dignidad y 1 libertad y las reduce a meros objetos o mercancías con el fin de ser utilizadas en la explotación sexual, laboral, reducción a la servidumbre, extracción ilícita de órganos y otras prácticas esclavistas de diversa naturaleza. La trata de personas debe entenderse como un proceso y no como un delito aislado. Puede ocurrir tanto fuera como dentro de las fronteras de un país, tiene diferentes fines de explotación, afecta a niños, niñas, adolescentes y personas adultas y puede producirse con o sin la participación de grupos delictivos organizados. Asimismo, la trata suele aparecer vinculada a otros delitos como el 2 tráfico de armas, de drogas, blanqueo de dinero y evasión fiscal. Esta práctica delictiva es un fenómeno mundial provocado por la demanda y potenciado por una amplia gama de factores como la pobreza, la violencia de género, el desempleo, la discriminación, las inequidades sociales, falta de oportunidades, entre otros. Estas situaciones condicionan la vida de miles de personas que en búsqueda de mejores posibilidades laborales o para superar situaciones de precariedad material intentan nuevas estrategias de supervivencia quedando muchas veces a merced de redes criminales. Es innegable que las condiciones de vulnerabilidad de los seres humanos constituyen uno de los factores más propicios como medio de captación. Esto se relaciona directamente con las posibilidades reales que tiene una persona para poder elegir libremente un plan de vida. Para poder optar es menester hacerlo dentro de un horizonte de posibilidades. Para que ese horizonte exista es necesario cierto conocimiento mínimo de las posibilidades vitales. Cuando no se tiene garantizado un piso básico de derechos económicos, sociales y culturales, difícilmente se pueda hablar de autonomía de elección. No hay 3 autonomía y se lesiona la dignidad . 1
La libertad aquí protegida es entendida como el estado existencial del hombre en el cual es dueño de sus actos y puede auto determinarse sin sujeción a ninguna fuerza o coacción psicofísica interna o externa. Para mayor ilustración, ver SOLER, Sebastián, t. IV, p.3 y ss,Tea,1978 2 “Manual para la lucha contra la Trata de Personas” de la Oficina contra la Droga y el Delito de las Naciones Unidas (ONUDD, 2009) 3 TOC FEDERAL, Mar del Plata, causa 2267,12/11/2010 voto Dr. Portela
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Por eso el abordaje de esta problemática requiere necesariamente una perspectiva de derechos humanos teniendo presente los principios de integralidad, interdependencia e indivisibilidad de los derechos, de tal manera, que la trata no se vea reducida simplemente a una cuestión de migraciones, orden público y/o crimen organizado sino que permita avanzar más allá vislumbrando la discriminación y la inequidad que está detrás de tantas violaciones a los derechos humanos. Al respecto, las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad considera que esta condición de vulnerabilidad se presenta con mayor incidencia en aquellas personas que por edad, género, estado físico o mental o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales encuentran serias dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de 4 justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico Tal circunstancia, encuentra su correlato en el hecho de que la mayoría de las víctimas de trata de personas a nivel mundial son mujeres y niños. Entre el periodo 2007 y 2010 del total de víctimas detectadas oficialmente a nivel mundial las mujeres 5 representaron entre el 55% y el 60% y los niños y niñas el 27% . La discriminación de género en la educación, la inequidad laboral, caracterizada por la segregación ocupacional trae como consecuencia una muy particular vulnerabilidad que empuja a las mujeres a buscar oportunidades alternativas dentro de la economía informal (en “negro”), lo cual aumenta su 6 vulnerabilidad y posibilidades de convertirse en víctimas de trata. En el caso de los niños y niñas las condiciones de pobreza afectan con mayor 7 incidencia a este grupo etario respecto del resto de la población .Si bien la pobreza puede considerarse como una de las causas principales no constituye un factor determinante por sí mismo. Se requiere de otros factores de riesgo como; violencia familiar, desempleo de los padres, desalojos, divorcios, los cuales generan un
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100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la Justicia de las Personas en condición de vulnerabilidad, Capitulo I preliminar, sección 2 beneficiarios de las reglas. 5 Informe Mundial sobre la Trata de Personas 2012, basado en datos oficiales aportados por 132 países. 6 Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Campus virtual “Lucha contra la trata de personas”. Web: www.campus.oimconosur.org. 2006.. 7 Según estadísticas del centro de Investigaciones Participativas en políticas económicas y Sociales (CIPPES) en base a datos de la EPH y las Canasta de Índice Barrial de Precios, la pobreza en la población total de nuestro país ascendería al 26% mientras que en el grupo etario menor de 17 años la pobreza treparía al 39,5%.
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contexto especial que potencia el riesgo de que los chicos puedan ser víctimas de 8 trata . MAGNITUD DE LA PROBLEMATICA En el mundo alrededor de 2 millones de personas han sido víctimas de trata de personas según información de Naciones Unidas sobre datos obtenidos en 137 9 países. Por su parte la OIT estima que existen 2,4 millones de personas que se ven obligadas a realizar trabajos forzosos según datos de la Organización Internacional 10 del Trabajo . La trata de personas se sitúa como el tercer negocio más lucrativo a nivel mundial, tras el narcotráfico y la venta de armas. De acuerdo con los datos de la OIT, las ganancias ilícitas totales del trabajo forzoso se estiman en aproximadamente 32 11 billones de dólares al año, de los cuales el 76% proviene de la explotación sexual . A nivel interno nuestro país ha sido catalogado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América como un país de origen, tránsito y destino de hombres, mujeres y niños víctimas de la trata de personas con fines de 12 explotación sexual y trabajo forzoso . Según información proveniente del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, desde la sanción de la ley 26.364 en el año 2008 hasta 31 de abril de 2014 se habrían rescatado 6.604 víctimas y realizado 3096 allanamientos. El 52% de las victimas rescatadas eran víctimas de explotación laboral, mientras que el 48% restante eran sometidas a explotación sexual. Las víctimas eran 88% mayores de edad y un 55% de nacionalidad extranjera.
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UNICEF, La explotación sexual y laboral de la niñez y adolescencia en Argentina, agosto 2013 Para mayor información consultar el sitio web de UN. www.un.org 10 Organización Internaconal del Trabajo (OIT), “Action Against Trafficking in Human Beings”, 2008. 11 OIT,Ibidem. 12 Pagina del Departamento de Estado de los Estados Unidos:www.america.gov 9
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Desde el mes de enero de 2012 la línea telefónica gratuita 145 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación recibió 1406 llamados. La principal causa fue por explotación sexual (70%), personas desaparecidas (12%), explotación laboral (5%) y publicidad vinculada con la oferta sexual (2%). Por su parte, la Procuraduría para el Combate contra la Trata y Explotación de 13 Personas (PROTEX) , dependiente de la Procuración General de la Nación reportó 13
http://www.mpf.gov.ar/
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que desde el 2008 hasta el mes de noviembre de 2013 se habrían registrado 83 sentencias (70 condenatorias, 13 absolutorias) y 144 condenados. ANTECEDENTES NORMATIVOS Los antecedentes más antiguos en el ámbito internacional podemos encontrarlos en el siglo XIX, cuando se suscribieron varias convenciones que buscaron poner fin al tráfico de esclavos. Tal es el caso, por ejemplo el Tratado de París de 1814 entre Francia e Inglaterra, por el cual el primero de los países se comprometió a abolir gradualmente la esclavitud. Posteriormente, Naciones Unidas adoptó numerosos instrumentos internacionales tales como; la Convención contra la esclavitud (1926), la Convención contra la supresión de la trata de personas y explotación de la prostitución ajena (1949), la Convención sobre la abolición de la esclavitud, tráfico de esclavos y practicas análogas a la esclavitud (1956), la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW en 1979), la Convención de los derechos del niño (1989), entre otros. Si bien todas estas disposiciones hacían referencia a situaciones vinculadas con trata y explotación de personas ninguno de los instrumentos mencionados por si solos brindaba un marco que permitiera abarcar todas las manifestaciones de la trata de personas. Fue recién en el año 2000, que se adoptó la Convención Internacional de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Este es uno de los instrumentos internacionales de mayor relevancia en la materia consta de 40 artículos y dos protocolos complementarios; el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y el Protocolo para Prevenir y Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente de mujeres y niños. Este documento fue incorporado a nuestro derecho interno mediante la sanción de la ley 25.632. Por su parte, nuestro país también presenta antecedentes sobre esta problemática ya a fines del siglo XIX Buenos Aires se presentaba como una ciudad apta para el negocio de rufianes y proxenetas. Después de la primera Guerra Mundial (19141918) la trata de blancas adquirió mayor visibilidad. Por entonces, las redes de traficantes estaban manejadas por personas de la colectividad judía. La primera red de tratantes desbaratada en la República Argentina fue Zwi Migdal y Noe Trauman fue uno de sus socios fundadores. A través de la Sociedad 6 | Página
Israelita de Socorros Mutuos Varsovia importaba mujeres jóvenes polacas y las utilizaba pata la explotación de la prostitución. En 1926 se desbarató la red de tratantes liderada por Noe Trauman gracias a 14 las denuncias presentadas por Raquel Liberman ante el comisario Julio Alsogaray . En este contexto, en septiembre de 1913, se sancionó la primera ley contra la Trata de Blancas, Prostitución de Niñas y Adolescentes y el Rufianismo (Nº 9143). Su impulsor fue el diputado socialista Alfredo Palacio. Así nuestro país se coloca a la vanguardia legislativa de la época respecto de esta problemática. Otra de las normas relevantes en la materia es la ley 12.331, sancionada en diciembre de 1936 (aún vigente). Su objetivo principal fue la organización de la profilaxis de las enfermedades venéreas y su tratamiento sanitario en todo el país. Así como la prohibición expresa del establecimiento en toda la república de casas o 15 locales donde se ejerciera o incitara a la prostitución (art.17) . Por su parte, la Constitución Nacional en su Artículo 15, expresamente prohíbe la esclavitud. Sin embargo, hasta hace poco tiempo, nuestro país no contaba con una legislación específica que englobara la totalidad de los elementos que —según los estándares establecidos en el “Protocolo de Palermo”— configuran el delito de trata de personas. 16
Recién en el año 2008 se sancionó la ley 26.364 sobre ¨Prevención y Sanción de la trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas¨. A los fines de adaptar la legislación interna a las disposiciones previstas por el Protocolo de Palermo. De hecho, la ley adopta la definición del “Protocolo de Palermo” y establece que “se entiende por trata de mayores la captación, el transporte y/o traslado —ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior—, la acogida o la recepción de personas mayores de DIECIOCHO (18) años de edad, con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, aun cuando existiere asentimiento de ésta”.
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Trata de Personas. Políticas de Estado para su prevención y sanción. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, junio 2013 15 Sancionada el 171236,promulgada el 301236 y publicada en el Boletín Oficial el11137Reglamentada por el PEN mediante el Decreto 102.466/37 16 Publicada en el Boletín Oficial Nº 31395 del 30 Abril de 2008.
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Para el caso de las personas menores de edad, se entiende por trata: el ofrecimiento, la captación, el transporte y/o traslado —ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior—, la acogida o la recepción de personas menores de DIECIOCHO (18) años de edad, con fines de explotación. Es decir que, respecto del consentimiento, la ley establece una diferencia entre las personas mayores y menores de 18 años. Mientras que en el caso de las personas menores de edad el consentimiento no causa efecto alguno; en el caso de las mayores sólo se considera que existe delito cuando, para obtener el consentimiento de la víctima, se utilizara alguno de los medios definidos por la ley. En lo que respecta a la asistencia a las víctimas, la Ley 26.364 también sigue los lineamientos del “Protocolo de Palermo”, y establece una serie de derechos que el Estado debe garantizar como: alojamiento, manutención y alimentación suficiente, asistencia psicológica, médica y jurídica gratuita, permanencia en el país o retorno voluntario al domicilio, entre otros. Esta ley sin lugar a dudas implicó un avance en cuanto a la visibilidad de esta problemática y a su instalación en la agenda pública. En este sentido, debe resaltarse la creación de diferentes agencias y Programas que se han desarrollado en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional. Sin embargo, en cuanto a su aplicación práctica la ley presentó algunos inconvenientes que en su momento fueron expresados por distintos operadores del sistema y por las organizaciones no gubernamentales. Fue recién en diciembre de 2012, producto del malestar social que produjo el fallo absolutorio del caso Marita Verón que la Presidenta de la Nación convocó a sesiones extraordinarias y se sancionó por voto unánime la reforma a la ley contra la trata de personas, la ley Nº 26.842. Esta ley fue un gran acierto e introdujo importantes cambios: aumentó las penas, dejó sin efecto la distinción entre Trata de personas mayores y menores de edad, contemplando ambos supuestos bajo la conducta descripta en el art. 145 bis, y reservando el tipo del art. 145 ter para los casos en que esa figura básica se agrava. Asimismo, se eliminan los medios comisivos como elementos esenciales para su configuración en el supuesto de víctimas mayores y se extiende la invalidez del consentimiento a todos los casos. El nuevo texto establece la creación de un Consejo Federal (formado por representantes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal, de las provincias y de las organizaciones civiles) que 8 | Página
federaliza el diseño y la estrategia para un Plan Nacional de lucha contra la Trata, Explotación de Personas y Protección y Asistencia a las Víctimas. También dentro de la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros se crea un Comité Ejecutivo formado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y Ministerio de Seguridad, cuya función principal consiste en la ejecución del Plan Nacional. Cabe aclarar, que Consejo Federal no ha sido constituido hasta la fecha pero sí en cambio el Comité Ejecutivo que se encuentra en funciones desde el mes de septiembre del corriente. Asimismo, en el último párrafo del artículo 9 la ley incorpora a la Defensoría del Pueblo de la Nación como organismo de control externo del cumplimiento de los planes y programas que decida el Consejo Federal. DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION Su esencia constitucional está orientada a la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el 17 control del ejercicio de las funciones administrativas públicas . Esta duplicidad de funciones encomendadas al Defensor de Pueblo: como organismo de control y como defensor de los derechos fundamentales de las personas le otorga a la institución un carácter dinámico y flexible para llevar adelante investigaciones y acciones toda vez que los derechos de los ciudadanos se encuentren avasallados, desconocidos o vulnerados. La intervención de esta institución frente al delito de Trata y Explotación de personas resulta fundamental, toda vez que este accionar atenta contra la esencia misma del ser humano provocando una fractura en todo su ser. Por ello, un abordaje adecuado requerirá necesariamente de una perspectiva de derechos humanos que trascienda la trata de personas en su carácter de delito o de proceso destinado a proveer personas con fines de explotación y avance hacia un abordaje más complejo e integral. Nuevo Rol de la Defensoría del Pueblo de la Nación a partir de la Ley Nº 26.842
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Ver artículo 86 de la Constitución Nacional
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La expresa incorporación del Defensor del Pueblo de la Nación en la nueva ley de Trata de personas evidencia la voluntad del legislador de posicionar a esta Institución como un actor relevante en la lucha contra la Trata y Explotación de personas y asistencia y protección de las víctimas. Promoviendo el doble rol del Defensor del Pueblo tanto como organismo de control de planes y programas de lucha contra la trata de personas, como así también, de agente pro activo en la defensa de los derechos humanos de las víctimas. En este sentido, la Defensoría del Pueblo de la Nación a los fines de mayor celeridad y flexibilidad en sus acciones e investigaciones se encuentra implementado mecanismos de articulación, protocolos de intervención, gestiones de cooperación orientados a garantizar los derechos fundamentales de las personas víctimas de este delito. Para ello, la Institución viene trabajando en diversos ejes de intervención: Primer Eje 1. Control y Seguimiento de las Políticas Públicas sobre Trata y Explotación de Personas Desde el inicio la política de la Institución consistió en avanzar hacia un mecanismo de mayor colaboración y gestión tendiente a sumar esfuerzos institucionales y no limitar su rol a un mero observador crítico. Esto es importante debido a las características que rodean el delito de trata y explotación de personas ya que indudablemente se requiere de todos los recursos y esfuerzos del Estado para hacer frente a las redes del crimen organizado. Por eso en un primer momento se realizaron reuniones con las principales autoridades responsables de las políticas y programas a los fines de poner en su conocimiento la postura de trabajo de la institución. Esto permitió que los diversos organismos relevados no sólo brindaran información sino que además pudieran identificar los obstáculos y las debilidades que les impedían avanzar en la efectiva ejecución de las políticas públicas. Como se verá más adelante, la visualización de obstáculos lejos de funcionar como una observación aislada actuó como un disparador para articular y potenciar los recursos existentes entre los diferentes organismos del Estado. 1.2 Principales Políticas Nacionales 10 | Página
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
1.2.1 Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y Protección y Asistencia a las Victimas. A partir del 3 de septiembre de 2013 se constituyó el Comité Ejecutivo. Este organismo tiene autonomía funcional y se encuentra dentro de la esfera de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Está Integrado por representantes de los siguientes Ministerios: Justicia y Derechos Humanos, Seguridad, Desarrollo Social, y Trabajo Empleo y Seguridad Social. Su principal función es la ejecución de un Programa Nacional para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las víctimas. Esta institución y la Defensoría del Pueblo vienen trabajando de manera continuada no sólo respecto de denuncias de casos individuales sino también en la formulación de observaciones y presentación de investigaciones y propuestas. Denuncias individuales: En el mes de noviembre del corriente, la Defensoría del Pueblo tomó conocimiento de la situación de una víctima de trata de personas con fines de explotación sexual que se encontraba sin asistencia y con mucho temor a posibles represalias debido a que su captor si bien se encontraba procesado estaría actualmente en libertad. Cabe aclarar, que personal de la institución se reunió con la coordinadora del Comité la Lic. Cecilia Merchán y a la brevedad se articuló con los ministerios responsables una estrategia de intervención posibilitando la resolución de la situación presentada. Asimismo, en todo momento se consultó a la Defensoría respecto de las acciones y cursos de acción decididos por el Comité y sobre la propuesta de reparación y reinserción acordada con la víctima. Asimismo, por intermedio de la Fundación María de los Ángeles se puso en conocimiento de esta Institución la situación de tres mujeres que aparentemente habrían sido víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual y que en la actualidad se encontrarían en la provincia de Tierra del Fuego solicitando asistencia. La delegada del Defensor del Pueblo de la Nación en dicha provincia se entrevistó con cada una de estas personas elaborando un informe respecto de la situación particular de las mujeres ya que sólo una de ellas habría sido víctima de trata y los otros casos obedecían a la necesidad de acceder a una vivienda.
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Tal situación fue puesta en conocimiento del Comité Ejecutivo y de la Fundación María de los Ángeles. Cabe agregar que la Lic. Merchán habría tomado contacto con la víctima y se estaría evaluando la situación a los fines hacer efectivo sus derechos. Asimismo, esta Institución acordó con el Comité que en cumplimiento de las disposiciones que le impone la ley 26.364 en el artículo 22, la Defensoría canalizaría por ese medio aquellas observaciones, propuestas, investigaciones que considere relevantes a los fines de potenciar las acciones que lleva adelante el Comité para mejorar los mecanismos de lucha contra la trata y Explotación de Personas y Asistencia y protección de las víctimas En este sentido se ha presentado recientemente el siguiente informe: 1.Relevamiento realizado por el Defensor del Pueblo de la Nación a los fines de identificar y evaluar mecanismos institucionales existentes que podrían abordar el derecho al patrocinio jurídico gratuito de las víctimas de trata de personas reconocido en el art. 6 inciso e de la ley 26364. Hoy es uno de los derechos que se torna más difíciles de garantizar. 1.2.2 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Subsecretaria de Política Criminal. De este organismo dependen dos programas nacionales vinculados a la Trata de Personas: a) Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas: Intervienen junto con las fuerzas de seguridad en el allanamiento se encargan de coordinar junto con los organismos provinciales la asistencia primaria a la víctima. Son equipos interdisciplinarios que actúan desde el rescate hasta que la víctima declara. Hay dos oficinas regionales una para el Regional Nordeste abarca Chaco Formosa Corrientes Misiones y Norte de Santa Fe y otra para la zona del centro (Córdoba, La Rioja). Para el resto de las provincias el equipo se traslada desde Buenos Aires. Respecto de este organismo la Defensoría trabajó conjuntamente en el marco de la Actuación Nº 6108/13. Nuestra Institución a partir de la información suministrada por una ONG se contactó con una joven que había sido rescatada dos años atrás de una red de explotación sexual y que en la actualidad se encontraba viviendo en la casa de una amiga en una provincia del interior del país. 12 | Página
Al parecer, la víctima no había podido superar la situación y los resortes de asistencia interjurisdiccionales no resultaron eficaces para la reinserción y contención. En este contexto, el primer contacto lo realizó nuestra delegada en dicha provincia quien estuvo asistiendo y corroborando la situación de la víctima. Posteriormente elaboró un informe detallado que fue remitido al Defensor del Pueblo de la Nación. Con dicha información, personal de la Institución se reunió con la Directora del Programa Nacional de Rescate, la Lic. Gatti quien a la brevedad dispuso un operativo para buscar a la víctima y abordar la asistencia psicológica, médica y social. En coordinación con el Comité y con las demás dependencias responsables se pudo activar un mecanismo de asistencia y reparación proporcionándole a la víctima herramientas para afrontar un nuevo proyecto de vida. b) Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual (Decreto 936/2011). Según informe mayo de 2013 la publicación de avisos de oferta y comercio sexual habría disminuido un 80 por ciento en los medios gráficos (diarios y revistas). Claramente la oferta se habría trasladado hacia otros medios por ejemplo el virtual. La Protex denunció el aumento en un 1500 por ciento de la publicación de oferta sexual y de promesas engañosas de trabajo en la web. A tal efecto se inició la Actuación Nº 5149/13 orientada a obtener información respecto de la implementación y eficacia de la política que lleva adelante dicho organismo. Se mantuvo una reunión con la titular de la Oficina la Lic. Chantal Stevens la misma manifestó las problemáticas existentes para relevar los avisos en el ámbito virtual. Asimismo, informó que habrían podido registrar 542 sitios de internet relacionados con el comercio sexual que fueron volcados a una base de datos, que habrían colaborado en 37 causas judiciales, se habría provisto información respecto de 1236 avisos de comercio sexual publicado y formuladas denuncias penales relacionadas con 961 avisos. Respecto de las problemáticas que plantea el seguimiento de páginas web la oficina se encontraría trabajando con el área de gestión informática del Ministerio de 13 | Página
Justicia y Derechos Humanos de la Nación en el diseño de un programa que facilite este trabajo. Asimismo, se acordó que la Defensoría a través de sus delegados provinciales pudiera colaborar en remitir información sobre los avisos de comercio sexual que aparecieren en sus localidades. También en el marco de la Actuación Nº 5113/13 se exhortó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires para que reglamente la Ley Nº 4486 que propone erradicar de las calles de la ciudad toda imagen que por su contenido sexual explícito o implícito atente contra la dignidad de la mujer, y el derecho de los ciudadanos a disfrutar de un ambiente urbano libre de imágenes vejatorias. Se sostuvo contacto con profesionales de las aéreas de Espacio Público quienes se encuentran trabajando en la reglamentación para expresar la importancia de la implementación de esta medida. Abril 2014: Esta Institución realizó un seguimiento detallado de la información solicitada, y de la misma surge que en primera instancia el expediente fue a la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público y luego al área de legales de la Dirección General de Inspección del Uso del Espacio Público. Desde allí nos informaron que no es necesario la reglamentación de la ley Nº 4486 en virtud de que, en lo que respecta a publicidad exterior, la Ley Nº 2936 junto con sus modificaciones son aplicadas por esa Dirección General Inspección del Uso del Espacio Público (ver fs.19/28) .Es decir, la ley para ser operativa no necesita de reglamentación alguna. Por lo tanto, atento a que esta institución llevó adelante esta investigación en los términos conferidos por la ley Nº 26.842, es decir, como órgano de control externo de las acciones y programas referidos a la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y Asistencia y Protección a las víctimas y con el objeto de garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución Nacional, se consideró pertinente derivar todo lo actuado a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y poner en conocimiento al Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y Asistencia y Protección a las víctimas atento a su competencia específica sobre el tema. 1.2.3 Ministerio de Desarrollo Social Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia. El Consejo Federal de Niñez y Adolescencia aprobó el Protocolo Nacional de Asistencia a Víctimas de Trata de Personas por el cual se estableció que la SENAF interviene solamente en los casos de víctimas extranjeras que deseen retornar a su 14 | Página
país origen. Con lo cual, el resto de la asistencia queda a cargo de las provincias. Personal de la Institución se reunió con la responsable de llevar adelante esta política dentro del Ministerio la Dra. Gloria Bonatto quien puso a disposición de la Institución las estadísticas y programas de asistencia que gestiona desde dicho organismo. Asimismo, en los casos en que la Defensoría tuviera conocimiento de víctimas extranjeras la Dra. Bonatto habilitó un mecanismo directo de trabajo y derivación inmediata a tales efectos. La siguiente actuación demuestra cómo se trabajó conjuntamente esta temática. Actuación 729//14, en el mes de marzo se comunicó telefónicamente la ciudadana colombiana (L.P.G) quien se encontraba residiendo en Rio Tercero, provincia de Córdoba. En dicha oportunidad, la interesada manifestó que ella junto a su marido habrían recibido una oferta laboral por parte de un empresario argentino para trabajar en una mueblería. Se acordaron honorarios y formas de trabajo y para poder viajar la pareja vendió sus bienes y dejaron a sus hijos menores a cargo de un familiar. Desde que llegaron a Córdoba, las condiciones nunca se cumplieron fueron víctimas de explotación laboral, malos tratos, falta de pago, entre otros, por lo cual la interesada y su esposo no pudieron acceder a una vivienda digna ni a un pasar de vida que les permitiera traer a sus hijos al país. En ese momento se encontraban desempleados y habían solicitado ayuda a diferentes organismos (Consulado de Colombia, Ministerio de Desarrollo Social de la provincia, entre otros) sin haber recibido respuesta alguna. Inmediatamente, la Defensoría se comunicó con el equipo de la Dra. Bonatto poniendo en conocimiento esta situación. Al día siguiente, se había resuelto lo siguiente: ● El punto focal de asistencia de la provincia de Córdoba que se comprometió a brindar alojamiento, alimentos y patrocinio jurídico a la víctima y a su esposo. Asimismo a abonar los pasajes para que la pareja viaje a Buenos Aires. ● Una vez que se encuentren en la Ciudad Autónoma, la responsabilidad es de la SENAF quien se hará cargo del pago de los pasajes para hacer efectivo el retorno de la interesada y su esposo a la Republica de Colombia. Efectivamente así se cumplió y la victima en un plazo breve pudo retornar a su país de origen.
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También en este sentido, se acordó que sería importante capacitar a los delegados del Defensor del Pueblo de la Nación en las provincias respecto del mecanismo de protección y asistencia a las víctimas a los fines de que estos puedan funcionar activamente como actores garantes de los derechos de las víctimas. 1.2.4 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Subsecretaria de Relaciones Laborales. En el marco de las políticas públicas que llevan adelante los distintos ministerios, la Defensoría del Pueblo ha iniciado contacto con la Subsecretaría de Políticas de Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a cuyo cargo se encuentra la implementación de la Resolución 1504/13 que incorpora a las víctimas de Trata de personas como beneficiarias del Seguro de Capacitación y Empleo. En realidad, por Resolución 1423/2011 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ya se había extendido la cobertura prevista por el Decreto 2336/06 a los trabajadores y trabajadoras que sean relevados como víctimas de prácticas de trata de personas durante procedimientos de fiscalización laboral/ o por medio de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Victimas damnificadas por el delito de trata. Lo que significó la Resolución 1504/13 es la extensión del Seguro a toda persona que sea relevada como víctima de prácticas de explotación sexual o de trata de personas, o en situación de vulnerabilidad vinculada a la prostitución, por un organismo público nacional, provincial o municipal o por una organización de la sociedad civil con trayectoria en la temática. Esto implica una mayor cobertura y posibilidades para las victimas ya que contempla además, las condiciones de vulnerabilidad a las que se encuentran expuestas las victimas en relación con la prostitución. Esta política pública es fundamental en los términos de avanzar hacia una reparación integral que permita conectar la asistencia con herramientas que garanticen el acceso a un empleo. Sólo así las victimas podrán empoderarse y afrontar la construcción de un proyecto de vida. En la entrevista sostenida con el Director a cargo, el mismo manifestó que estarían teniendo ciertos obstáculos que impedirían que el Seguro llegara a las víctimas que lo estarían necesitando.
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Uno de los obstáculos, tiene que ver con que el Seguro de Capacitación y Empleo es un programa de carácter cerrado y necesita de un Convenio con los organismos responsables de trabajar la problemática para que las victimas ingresen. A la fecha la cantidad de víctimas ingresadas no resulta relevante. En este sentido, es de interés de esta Institución que esta medida implementada pueda llegar a la mayor cantidad de víctimas, y que el Estado pueda cumplir con lo expresamente establecido en el art. 6 de la ley 26.842 en el inciso d. Para ello, desde la Defensoría se instó a los delegados del Defensor del Pueblo de la Nación en las provincias de Misiones, Entre Ríos, Santa Fe y Salta a realizar gestiones a los fines de actuar como un canal de articulación entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y los organismos provinciales competentes en la temática de Trata y Explotación de personas. Como resultado de esta acción ya se han comenzado a firmarse los primeros convenios. 1.2.5 Procuraduría de Combate contra la Trata y Explotación de Personas de la Procuración General de la Nación ex UFASE. Con esta institución estamos en contacto de manera permanente, no sólo respecto de situaciones que se denuncian directamente ante el organismo, sino también frente a la posibilidad de intercambiar información acerca de actuaciones judiciales. Ejemplo: Actuación Nª 6108/13 Asimismo, la Protex a través de su fiscal general el Dr. Marcelo Colombo y la Dra. Alejandra Mangano llevaron adelante unas jornadas de capacitación para el personal de la Defensoría del Pueblo de la Nación.
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Segundo Eje 2. Elaboración de Protocolos de Intervención, Informes de Investigación, Mecanismos de Articulación, Presentación de Propuestas y Recomendaciones. Promoción de Ámbitos de Diálogo 2.1 Protocolo de Atención y Asistencia a NNyA víctimas de violencia y maltrato infantojuvenil. Con la colaboración de la Oficina de Asistencia a la Victima de Delito de la Procuración General de la Nación, del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Oficina de Violencia domestica del mencionado organismo se elaboró un Protocolo de Atención y Asistencia a NNyA víctimas de violencia y maltrato infantojuvenil. Haciendo hincapié en dos ejes fundamentales: evitar la re victimización y garantizar el acceso a la justicia. Asimismo, se confeccionaron Guías de Recursos diferenciadas por competencia y jurisdicciones. Guía de Recursos de CABA, Nación, Provincia de Buenos Aires y el resto de las provincias. Este material fue solicitado y remitido a los siguientes organismos: Procuraduría de Combate contra la Trata y Explotación de Personas, juzgado Federal Criminal Nº 12 de Capital federal, Consejo Provincial de la Mujer de la Pampa, Centro de Asistencia a la Víctima del Delito de San Luis, Programa de Atención y prevención del maltrato Infantojuvenil de la Provincia de Mendoza, Dirección de Violencia familiar y Género de la provincia de Misiones, Centro de Asistencia a la Victima de Caleta Olivia de la provincia de Santa Cruz, Juzgado de Instrucción Nº2 sección Nº 1 de la provincia de Misiones, Consejo Federal de Oficinas de Asistencia a las Victimas y Oficina de asistencia a la Victima Testigo de CABA. 2.2 Investigación de Oficio activada en el marco de la Actuación N° 3359/13 orientada a Promover políticas de prevención y concientización en los niños, niñas y adolescentes en el uso de las Tics. Según una encuesta de Unicef de una muestra de 1200 chicos menores de 17 años de todas las ciudades, el 80 por ciento de los adolescentes, no tiene ningún tipo control en el uso de internet y el 50 % habría conocido a alguna persona tomando contacto en el ámbito virtual. Esta falta de concientización resulta peligrosa toda vez que el aumento de la publicación de oferta sexual y de promesa laboral en la web es una realidad, así 18 | Página
como el hecho de que las redes sociales se erigen como nuevos escenarios de captación utilizados por las mafias para la trata y explotación de personas. Esto requiere sin lugar a dudas de la implementación de mecanismos de Prevención y Concientización para evitar que los chicos sean víctimas de: pornografía, explotación, grooming, trata, entre otros. Al respecto, se está trabajando conjuntamente con el Área Curriculares de la Dirección Nacional de Gestión Educativa del Ministerio de Educación de la Nación para que promueva el desarrollo de materiales educativos orientados a los docentes respecto de la enseñanza de saberes sobre Prevención y Concientización de los riesgos a los que se encuentran expuestos los chicos en el uso de las Tics en concordancia con lo establecido en los núcleos de aprendizajes prioritarios (NAP). Esta disposición avanza en el sentido de las políticas que debe implementar el gobierno nacional, específicamente el Comité Ejecutivo donde se le establece como tareas a realizar la necesidad de promover el conocimiento y concientización de la problemática de trata y explotación de personas en coordinación con el Ministerio de Educación (art.12 inciso h). Abril 2014: después de sucesivas reuniones de trabajo con el coordinador del Área Educación, Convivencia y Derechos de la cual dependen todos los programas de inclusión democrática en las escuelas. Se manifestó la preocupación por la incorporación de las problemáticas antes mencionadas. A tal efecto, este organismo junto con la SENAF y el INADI elaboraron una Guía dirigida a todos los educadores y directivos de los establecimientos de gestión estatal y privada, de todos los niveles de enseñanza cuyo contenido preveía situaciones de violencia en el uso de las TICs y otras problemáticas como: violencia intrafamiliar, maltrato infantil, abuso sexual, noviazgos violentos, intentos de suicidio, extravío de personas y el último capítulo referiría a la Trata de Personas. Asimismo, por Resolución unánime del Consejo Federal de Educación fue aprobada la Guía mencionada. La misma fue remitida a la Institución y obra agregada a fs.310/360 2.3 Informe a Naciones Unidas A solicitud de la Relatoría Especial de Naciones Unidas sobre Trata de Personas se elaboró un informe sobre la situación actual de la problemática,
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avances, debilidades y desafíos pendientes, el mismo fue remitido a dicho organismo internacional en el mes de septiembre. 2.4 Observatorio FIO Se solicitó al Defensor del Pueblo de la Nación la colaboración a los fines de que remitiera al observatorio iberoamericano un análisis cuantitativo respecto de la problemática de trata de personas en nuestro país. El mismo fue remitido en el mes de noviembre. 2.5 Mapa Interactivo El Ministerio de Educación de la Nación elaboró un mapa interactivo, que tiene identificado en el radio más cercano de la escuela toda la red social existente en el territorio donde el establecimiento se encuentra. El objetivo es que cada director de escuela pueda utilizar este mapeo como herramienta fundamental para el abordaje de temáticas que exceden la propia enseñanza, como ser; violencia intrafamiliar, desnutrición, abandono, entre otras vulneraciones de derechos. Para la elaboración de este mapa se requirió la colaboración de los Ministerios de Salud, de Desarrollo Social, de Justicia y Derechos Humanos y de la Defensoría del Pueblo de la Nación. 2.6. Informe elevado a la Red de Trata de Personas y Migrantes de la Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO) En el marco del trabajo que desarrolla la FIO, se constituyó la Red de Trata de Personas y Migrantes de la que participan las defensorías del pueblo, procuradurías y oficinas de derechos humanos de los países miembros. En este contexto, esta Institución como parte del organismo participa activamente de la Red, elevando informes y realizando las presentaciones pertinentes. 2.7 Mecanismos de Articulación En cuanto a los mecanismos de articulación interinstitucionales cabe destacar el trabajo realizado conjuntamente con la Secretaria de Empleo de la Nación a los fines de posibilitar el ingreso de victimas de trata y explotación de personas en el Seguro de Capacitación y Empleo (ver eje I). Asimismo, el trabajo de coordinación y asistencia realizado junto con el RENATEA en el marco de la Actuación N° 6136/13 mediante la cual, en el contexto de una inspección laboral realizada en la localidad de….de la provincia de Tucumán
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personal de dicha institución se encontró ante una situación de trabajo forzado y de explotación laboral infantil. Ante estos hechos se comunicaron con la Defensoría del Pueblo de la Nación quien rápidamente dio intervención al Secretario de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo de Tucumán y al Ministerio de Desarrollo Social de la provincia punto focal de asistencia conforme al Protocolo de Asistencia y Protección a las víctimas de Trata de personas. La coordinación y articulación en forma inmediata posibilitó un abordaje de la situación interviniendo los organismos competentes a los fines de la asistencia y las denuncias en los fueros correspondientes. Cabe agregar, que el Secretario de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo de Tucumán elaboró un informe detallado del seguimiento de la situación y del estado en que se encuentra la causa judicial en la actualidad. El mismo fue puesto en conocimiento del Registro Nacional de Trabajadores Agrarios (RENATEA). A los efectos de otorgarle un marco de institucionalidad formal al trabajo de articulación y cooperación entre la Defensoría del Pueblo de la Nación y los mencionados organismos se prevé la firma de un Convenio a tales efectos. 2.8 Promoción de Ámbitos de Diálogo Una de las acciones llevadas adelante por el Defensor del Pueblo de la Nación respecto de la trata de personas fue la de implementar un mecanismo de interacción con los diferentes actores tanto institucionales como de organismos de la sociedad civil que militan y trabajan en esta problemática. En este sentido, se han mantenido reuniones con: La Procuraduría para el Combate contra la Trata y Explotación de Personas de la Procuración General de la Nación (PROTEX), Fundación María de los Ángeles, Esclavitud Cero, Missing Children, Fundación Directorio Legislativo, Observatorio Latinoamericano sobre Trata y Tráfico de Personas, Red Alto al Tráfico y la Trata RATT argentina, Dirección General de Atención y Asistencia a la Victima del GCABA, UNICEF, entre otros. A nivel provincial el Defensor del Pueblo se reunió en la provincia de Mendoza con la ONG Mujeres de la Matria Latinoamericana (MUMALA) y en la provincia de Misiones se mantuvieron reuniones con funcionarios del Ministerio de Derechos Humanos, la Red Alto a la Trata y el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia. 21 | Página
La idea de la promoción del diálogo entre todos los actores y sectores intervinientes ha permitido avanzar en la búsqueda de soluciones y de propuestas para elevar a las esferas responsables, como asimismo, tomar conocimiento de situaciones de personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y poder 18 gestionar acciones al respecto . Actuación Nº 1705/14: La licenciada Lidia Grichener, presidenta de la ONG Missing Children Argentina solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo de la Nación a los fines de garantizar el derecho a la identidad de una joven y su bebe. Según informa, la joven de 17 años de edad , estuvo perdida por más de un año y medio, (posiblemente captada por una red de trata) y al ser encontrada se constato que se encontraba con un embarazo avanzado. El problema surgía porque la joven no tendría documentación alguna, lo cual, ponía en situación de vulnerabilidad a su persona y al bebe por nacer. Desde la Defensoría se arbitraron los medios para asegurar que la madre de la joven rescatada se hiciera presente en la Defensoría General Civil del departamento judicial de la Matanza junto a dos testigos que acreditaran la identidad a los fines de realizar los trámites requeridos por el Juez Civil. Después de varias acciones conjuntas con la defensoría General se logro finalmente la obtención del DNI de la joven e inmediatamente al momento de su nacimiento se le otorgo el documento al bebe. 2.9 Trabajos de Investigación sobre problemáticas específicas En su rol pro activo de defensa y protección de los derechos fundamentales de las personas la Defensoría del Pueblo de la Nación se ha interesado en profundizar en aquellas situaciones previstas por la ley 26.364 y que todavía no se han podido garantizar. Por ejemplo: el patrocinio jurídico gratuito de las víctimas que quisieran accionar en sede civil su derecho a la reparación pecuniaria (art.6 inciso e). A tal efecto, se elaboraron los siguientes informes: Informe de Relevamiento sobre las instituciones y organismos cuya funciones y presencia en la órbita federal habilitarían la posibilidad del ejercicio efectivo de éste derecho. 18
Para mayor información ver Actuaciones N° 4794/13 y N°6108/13
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En este sentido, se ha tomado contactado con: Defensoría General de la Nación, Consejo Federal de Oficinas de Asistencia a la Victima, Colegios de Abogados, Programa Acceso a la Justicia (CAJ) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Este informe ha sido elevado al Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata y Explotación de personas y Asistencia y Protección a las Victimas que es el organismo competente para articular y generar disposiciones que garanticen los derechos de las víctimas. Informe sobre la situación de la explotación laboral en la provincia de Misiones En virtud de una nota periodística publicada en el diario El Territorio de la provincia de Misiones donde el Ministro de Derechos Humanos revelaba que de los más de 100 casos de denuncias por explotación laboral de misioneros no se habría dictado hasta la fecha sentencia alguna. Se llevó adelante una investigación sobre esta situación, la cual fue presentada ante el Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata de Personas y Protección y Asistencia a las Victimas a los fines correspondientes.
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Tercer Eje 3. Fortalecimiento de la Red Federal de Delegados del Defensor Pueblo en cada una de las Provincias. La Defensoría del Pueblo de la Nación cuenta con delegaciones en la mayoría de las provincias del país excepto Santa Cruz, Neuquén, San Juan y la provincia de Buenos Aires. Atento a que el delito de trata y explotación de personas es de carácter federal y el protocolo de asistencia a las víctimas es de naturaleza interjurisdiccional, esto es, interviene en el abordaje de la asistencia primaria la provincia en donde la víctima fue explotada y la segunda fase de la asistencia debe ser asumida por la provincia de donde la víctima es oriunda o donde decide irse a vivir. En este sentido, la presencia de los delegados provinciales en esta problemática adquiere una notable relevancia como agentes activos en la defensa y protección de las víctimas. Asimismo requiere de un involucramiento en la temática e interacción con diferentes actores y sectores que trabajan en el tema. A tal efecto en el mes de agosto, el Defensor del Pueblo de la Nación convocó a los delegados provinciales a unas jornadas de trabajo y uno de los ejes principales que se abordó fue justamente la necesidad de una mayor participación de los delegados en la problemática de trata y explotación de personas. Si bien tenemos ejemplos exitosos de trabajo y gestión de nuestros delegados provinciales, la voluntad de la Institución es avanzar en el fortalecimiento de toda la Red generando ámbitos de capacitación permanente en el tema y posibilitando mecanismos de trabajo con otros organismos. Cuarto Eje 4. Campañas de Sensibilización, Capacitación y Participación en Jornadas y Foros Académicos Participación de representante de la Institución en calidad de Expositora en las V Jornadas Nacionales de Asistencia a la Victima, celebradas el 17 y 18 de septiembre en la provincia de Misiones.
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La representante de la Defensoría del Pueblo de la Nación disertó en el Panel sobre Trata de personas junto a Fabiana Túñez directora de la ONG Casa del 19 Encuentro y al Ministro de Derechos Humanos de la provincia de Misiones. Asimismo, se llevan adelante campañas de difusión y sensibilización en el marco del Programa la Defensoría Móvil que recorre diferentes barrios y localidades recibiendo denuncias e informando respecto de los derechos. También la problemática de trata de personas y las acciones que lleva adelante esta institución son difundidas en el Programa Radial el Defensor y su Gente que se escucha en emisoras radiales en el interior del país. 4.1 Capacitación
Personal de la institución realizó el curso de capacitación en Crimen Organizado, lavado de dinero, narcotráfico y trata de personas realizado por la Escuela de Formación y Capacitación del Ministerio Publico Fiscal de la Nación dirigido a jueces, fiscales y defensores. La Procuraduría para el Combate contra la Trata y Explotación de Personas de la Procuración General de la Nación (PROTEX) ex UFASE realizó a través de su Fiscal General el Dr. Marcelo Colombo y la Dra. Alejandra Mangano unas Jornadas de Capacitación para todo el Personal del Defensor del Pueblo de la Nación. Personal de la Institución estuvo invitado a participar en el Seminario de Acceso a Justicia y Derechos Humanos realizado por el Ministerio Publico Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La delegación del Defensor del Pueblo de la Nación de la provincia del Chaco estuvo presente en las jornadas de capacitación realizadas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación en el marco de la Campaña Nacional de lucha contra la Trata de personas. El Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, y el Instituto Nacional de la Administración Pública (INAP) realizaron en el mes de abril un curso virtual de “Conceptos básicos sobre Trata de Personas” otorgando a la defensoría un cupo de 10 vacantes para sus funcionarios.
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http://cfvictimasdeldelito.org.ar/vjornadas/
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Participación en el seminario web respecto al “Rol de Defensorías del Pueblo para avanzar el gobierno abierto”. Este seminario web fue patrocinado por la Unidad de Apoyo de la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA) y el Instituto del Banco Mundial La señal televisiva para América latina “telesur” realizó un informe sobre la problemática de la Trata de Personas, sus características, sus formas de captación y consecuencias. El documental se realizó en la zona de la Triple Frontera y se filmó en la provincia de Misiones. Desde el inicio fuimos consultados y brindamos los contactos y especialistas a los cuales se podría entrevistar CONCLUSIONES La trata de personas constituye una grave violación a la esencia misma de los derechos humanos ya que despoja a las personas de su integridad, dignidad y libertad reduciendo a los seres humanos a meros objetos o mercancías con el fin de ser destinados a la explotación. Sin lugar a dudas, la vulnerabilidad constituye uno de los factores más propicios como medio de captación. Y esto se manifiesta en el hecho de que la mayoría de las víctimas de este delito son mujeres y niños. A nivel mundial la Trata de personas se sitúa como el tercer negocio más lucrativo, tras el narcotráfico y la venta de armas. De acuerdo con los datos de la OIT, las ganancias ilícitas totales del trabajo forzoso se estiman en aproximadamente 32 billones de dólares al año, de los cuales el 76% proviene de la explotación sexual. Nuestro país desde el año 2008 hasta la actualidad lleva rescatadas alrededor de 5884 víctimas y desde la sanción de la ley Nº 26.364 la trata de personas constituye una política de Estado en Argentina. Para ello, se han creado dependencias y programas especializados en las distintas esferas del Poder Ejecutivo y recientemente con la modificación de la ley 26.364 se incorporaron cambios significativos, entre ellos, la inclusión del Defensor del Pueblo de la Nación como órgano de control externo de los planes y programas de lucha contra la trata y explotación de personas y protección y asistencia a las víctimas.
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Sin lugar a dudas, la voluntad del legislador en este sentido ha sido la de dotar al Estado de mayores mecanismos e instrumentos para potenciar la lucha contra la trata privilegiando el doble rol del Defensor del Pueblo de la Nación como órgano de control pero también en su misión constitucional de defensa y protección de los derechos humanos de las personas. Este desafío nos obliga como institución a generar mecanismos ágiles y proactivos, a interactuar con los actores involucrados, a diseñar estrategias, elaborar investigaciones, promover propuestas y circuitos de articulación eficaces para garantizar los derechos esenciales de las víctimas. En este sentido, atento al carácter federal del delito y a la inter jurisdiccionalidad de la asistencia, el Defensor del Pueblo de la Nación trabaja en el fortalecimiento de su Red federal de delegados provinciales a los fines de que se constituyan como verdaderos agentes activos en la lucha contra la Trata y Explotación de personas y protección y asistencia a las víctimas. Como se ha dicho anteriormente, el Estado requiere de todos los recursos y acciones para afrontar las redes del crimen organizado que constantemente cambian su modo de operar y sus estrategias delictivas. Por eso, la Defensoría del Pueblo de la Nación considera que su función no debe limitarse a la de mero observador crítico sino que debe poner a disposición de esta lucha todos sus recursos y la posibilidad de articular y gestionar con otros organismos la remoción de obstáculos los fines de hacer efectivas la ejecución de las políticas públicas.
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ANEXO I
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TRATA Y EXPLOTACION DE PERSONAS PLANIFICACION DE TRABAJO PRIMER SEMESTRE DE 2014 Implementación del Observatorio de Políticas públicas sobre Trata y Explotación de personas: SINTRATA Sistema de Información sobre la Trata de Personas. Proyecto a realizar conjuntamente con la Fundación María de los Ángeles. Es un Sistema de Información para el seguimiento, direccionamiento y mejoramiento permanente de las políticas orientadas a la erradicación de la trata de personas con fines de explotación sexual y laboral en Argentina Cronograma de Acciones: Febreromarzo: Armado de logística e instrumentos de recolección de datos. Diseño y armado de software para carga, almacenamiento y difusión de SINTRATA Marzoabril: Conformación de la red de relevamiento del SINTRATA a partir de la red de delegados provinciales de la defensoría. Capacitación de los delegados provinciales del Defensor del Pueblo de la Nación a cargo de: Dra. Gloria Bonatto SENAF Protocolo Nacional de Protección y Asistencia a las víctimas de trata y explotación de personas. Lic. Zaida Gatti Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las victimas damnificadas por el delito de trata de personas. Sistema de cooperación y coordinación en el abordaje de la asistencia y contención desde el momento del allanamiento hasta la declaración testimonial de la víctima. Dr. Marcelo Colombo – Procuraduría en combate de lucha contra la trata y explotación de personas de la Procuración General de la Nación. Lic. Diego Segovia – RENATEA Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad. Explotación laboral y trabajo infantil. Lic. Vanessa Dalessandre socióloga autora de la planilla de recolección de datos e índices para la elaboración del SINTRATA. Sede: Auditorio (SUM) del DPN
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Abriljunio: relevamiento de las políticas públicas existentes en cada uno de los estados provinciales y las organizaciones de la sociedad civil, a cargo de los delegados provinciales. El almacenamiento de la información se realiza en un software especialmente diseñado por el equipo de la Defensoría del Pueblo y la Fundación María de los Ángeles, al que se accede vía web por clave. La alimentación y actualización permanente del SINTRATA la realiza la red de delegados provinciales de la Defensoría del Pueblo de la Nación en forma descentralizada, con la supervisión del equipo de coordinación del SINTRATA Julioagosto: elaboración del primer informe de análisis cualitativo y cuantitativo. Su objetivo es proporcionar información relevante y un análisis de situación preciso para la planificación estratégica, redireccionamiento y mejoramiento del abordaje integral de la trata de personas. Convenio con UNICEF En el marco del trabajo que viene realizando el área de Protección Integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de Unicef se llevaron adelante reuniones con el equipo de esa unidad y se acordó evaluar la firma de un Convenio para generar acciones conjuntas durante el 2014. Atento a que la titular de dicha área seria electa en el mes de febrero se acordó una reunión para el mes de marzo. Convenio con la Secretaria de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Este convenio permitiría que el Defensor del Pueblo de la Nación como organismo de defensa y protección de los derechos humanos en coordinación con el Ministerio de Trabajo pudiera ingresar al Seguro de Capacitación y Empleo a las personas que soliciten la intervención de la Institución y que pertenezcan a los 20 siguientes grupos vulnerables: víctimas de violencia doméstica , trata y explotación de personas, pueblos originarios, personas con capacidades diferentes, personas en recuperación de adicciones, entre otros. Respecto de la trata y explotación de personas la Defensoría del Pueblo y la Secretaria de Empleo habrían realizado acciones conjuntas en las provincias de 20
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Misiones, Salta, Entre Ríos y Santa Fe a los fines de extender el Seguro de Capacitación y Empleo a las víctimas que son asistidas en las distintas provincias. Estado de situación: en el mes de noviembre de 2013 se redactó un modelo de Convenio específico para estos fines, el Ministerio introdujo modificaciones las cuales fueron aceptadas e incorporadas. Se acordó un modelo de Convenio el cual actualmente se encuentra a la espera de la firma. Convenio con el RENATEA Registro Nacional de Trabajadores Agrarios En el marco de las fiscalizaciones laborales realizadas por dicho organismo se han registrado situaciones de explotación laboral y reducción a la servidumbre que fueron comunicadas a la Defensoría. Esto motivó acciones conjuntas de articulación entre el Renatea y las delegaciones de las defensorías en las provincias. Este organismo solicitó la firma de un convenio a los fines de otorgarle un marco de institucionalidad a las acciones conjuntas que se vienen realizando. Estado de situación: se remitió en el mes de diciembre de 2013 un Convenio marco a los fines de ser evaluado por dicho organismo y avanzar en un modelo definitivo. Oficina de la Mujer de la Corte de Justicia de la Nación Se acordó con esta Institución realizar jornadas de capacitación en las delegaciones del interior del país y en los colegios de abogados con los cuales la Defensoría del Pueblo tiene convenios suscriptos. Febrero marzo: planificación de las actividades. Oficina de Monitoreo de Publicación de avisos de Oferta de Comercio Sexual Con la Lic. Chantal Stevens se acordó en el marco del convenio celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y la Asociación Defensores del Pueblo de la Republica Argentina se realizarían actividades conjuntas durante el año 2014. Se dispuso una reunión para principios del mes de marzo a los fines de fijar una agenda de actividades. Ministerio de Educación de la Nación En el marco de la investigación de oficio sobre los peligros a los que se encuentran expuestos los chicos en el uso de las TICs Se sostuvieron varias reuniones con diversos sectores del Ministerio. Con el Área de Inclusión Democrática en las 32 | Página
Escuelas de la Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa se acordó que la Defensoría participaría en el Mapa Interactivo de Educación Nacional, que se pondrá a disposición de todos los establecimientos educativos del país. Está herramienta permite identificar los centros de salud, de protección de derechos, acceso a la justicia, programas de contención de jóvenes, y las defensorías del Pueblo, es decir, la red social más cercana al radio de la escuela. Participaron además de esta Institución, el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
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