En el marco del Programa de Seguimiento y Evaluación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Agenda 2030, en función de las metas 3.7. y 5.2, y dentro del Programa sobre Parto Respetado para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia Obstétrica, el Defensor del Pueblo de la Nación dictó una resolución con la finalidad de velar por el efectivo cumplimiento de las Leyes Nº 25.929 y Nº 26.485, en pos de garantizar el parto humanizado y erradicar la violencia obstétrica.
La Defensoría del Pueblo de la Nación, como única Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH), y como organismo de contralor, promueve la protección necesaria para el efectivo cumplimiento de toda la normativa nacional e internacional vigente en la materia, siguiendo, además, las Recomendaciones, Directrices y las Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE) efectuadas por la OMS, así como también actúa en beneficio de todos los padres, madres y personas recién nacidas que sufren violencia obstétrica, a consecuenci