EN EL NIDO
4 CONFERENCIA MAGISTRAL POR EL DR. LANCE COMPA “LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS EN E.U.A.” 6 OBRA DE TEATRO “ SESIÓN PERMANENTE” 8 GRANDES MAESTROS RUPERTO PATIÑO MANFFER 12 PRESENTACIÓN DEL LIBRO “DERECHO MARÍTIMO INTERNACIONAL”
BÚHO ANDARIEGO
15 EFEMÉRIDES DE GÉNERO DÍA MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE 16 INFOGRAFÍA ELECCIONES DEL ESTADO DE MÉXICO 18 EFEMÉRIDES DE GÉNERO DÍA MUNDIAL DE LA DIVERSIDAD SEXUAL 22 EFEMÉRIDES DE GÉNERO DÍA INTERNACIONAL DE LA EDUCACIÓN NO SEXISTA
El destacado jurista laboral, Lance Compa, profesor en la Escuela de Relaciones Industriales y Laborales de la Universidad de Cornell en Ithaca y Escuela de Derecho en Yale, impartió el pasado 22 de abril, en nuestra Facultad la conferencia Magistral “La Resolución de Conflictos Individuales y Colectivos en Estados Unidos”. También practicó la legislación laboral internacional para sindicatos y organizaciones de derechos humanos en Washington, D.C. Destacan dentro de su carrea, el informe de 2010 de Human Rights Watch, Un caso extraño: Violaciones de la libertad sindical de los trabajadores en los Estados Unidos por las corporaciones multinacionales europeas. También es autor del informe HRW 2005 Blood and Sweat and Fear: Workers ‘Rights in US Meat and Poultry Plants, y el informe de 2000 de HRW, Ventaja injusta: La libertad sindical de los trabajadores en los Estados Unidos según las Normas Internacionales de Derechos Humanos Por Cornell University Press en agosto de 2004. La conferencia Magistral del Dr. Compa abarcó el Derecho del trabajo en el Sector Privado en los temas que más generan demandas en Estados Unidos: despido injustificado, salarios mínimos y horas extras, quién es un empleado y empleador en una relación laboral.
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El conferenciante no quiso profundizar en el Derecho laboral del Sector Público ya que afirmó cuenta con paralelismos y habría que analizar la legislación de los 50 sistemas legales implementados en los estados de la Unión Americana. Explicó que en el campo de los conflictos individuales del trabajo, el primer paso que da un abogado es estratégico, pues existe una competencia conjunta entre las autoridades locales, estatales y federales. A diferencia de las quejas colectivas que sólo competen al nivel Federal y la Junta de Relaciones Laborales Nacional de EEUU. Al abarcar el tema del despido injustificado, comentó que el punto de partida es la Doctrina a Voluntad, que sólo se encuentra en Norte América. Esta se basa en que cada parte implicada en la relación laboral, tiene el derecho de terminar la relación laboral por la razón que dese, buena, mala o ninguna razón. Aunque está limitada por la legislación antidiscriminatoria.
Es ilegal despedir a una persona por actividad sindical, raza, religión, sexualidad, edad, discapacidad y embarazo entre otras condiciones.
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Conferencia Magistral
Lance Compa Isabel Flota Ayala Víctor Jurado Acevedo
La víctima puede acudir con su queja a una instancia, municipal, estatal, federal o puede tener el recurso de las Cortes pero el abogado en función de su estrategia es el que decide a cuál instancia deberá acudir.
Para finalizar el Dr. Compa abordó los conflictos colectivos se dan tres contextos en Estados Unidos, cuando los trabajadores intentan hacer un nuevo sindicato, negociación colectiva y la huelga.
Salarios mínimos y horas extras, es un fenómeno que está generando crisis por el número de demandas que se han presentado y se le ha llamado a este tema “robo de salario”. Las personas que viven este tipo de situaciones son los migrantes.
Aclaró que la creación de un sindicato el empleador lo ve como un “robo de su poder de administración o gestión de manejar su empresa” y los trabajadores lo ven como una necesidad para desempeñar su poder representativo. Así pues los empleadores se oponen a la creación de sindicatos dentro de sus empresas.
¿Quién es un empleado y empleador en una relación laboral?Respecto a este tema se refirió que las empresas no consideran a los trabajadores independiente o prestadores de servicios como empleados de la empresa por lo que no tiene derecho al Seguro Médico, tiempo extra, entre otros beneficios laborales lo cual es motivo de muchas demandas.
En EEUU son despedidos, por actividades sindicales, 20 mil trabajadores al año, lo cual es ilegal, el juicio de este tema lleva uno a tres años, los abogados hacen una arreglo con el trabajador y generalmente sólo se indemniza al trabajador y no se lleva a cabo en el sindicato.
También en este rubro existen demandas relacionadas al tema de la clasificación de los empleados porque de ello depende el pago o no del tiempo extra. Sobre el tema de quién es el empleador en franquicias es un tópico nuevo que se está llevando en las cortes y que con el resultado del mismo podremos saber y aprender más de esta relación laboral.
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“Sesión Permanente”, se apodera del escenario Víctor Jurado Acevedo
Para nuestra facultad el 2017 es un año emblemático, ya que se celebran cien años de la promulgación de la Constitución de 1917, pero también nuestra facultad está realizando un esfuerzo para que en la memoria del mundo en la UNESCO se reconozca que nuestra constitución de Querétaro fue la primera en el mundo, en establecer los derechos sociales. En el marco de esta festividad, se produce la propuesta teatral titulada “Sesión permanente”, creación de la inquieta y propositiva generación 2014 integrada por los alumnos: Omar B. Betancourt, Camilo Beristáin Delgado, Ariana Candela Michel, Emilio Carrera Quiroga, Uriel García Mendiola, María Fernanda López Toledo, Nora Daniela Márquez, María del Mar Nader Riloba, Yahir Rodríguez Saidde, Romanni Villicaña y Federico Zapata del Centro Universitario de Teatro (CUT) de la UNAM.
La Carta Magna de 1917, es el tema a presentar en esta obra teatral, y fue la División de Estudios de Posgrado de nuestra facultad, representado por su jefe Dr. Armando Soto Flores y la Dra. Alma Sánchez Hernández. Quienes les ofrecieron dicha formación a los integrantes de la generación. Sin duda, es una oportunidad para abordar desde otra perspectiva el conocimiento y explicación de un momento clave en la historia de nuestro país, que desata resonancias constantes en el México contemporáneo. El elenco ha puesto en juego sus diferentes perspectivas artísticas para hacer mucho más que un acto conmemorativo, una reflexión escénica sobre todo en los 136 artículos que conforman nuestra constitución, distante de la efeméride de monografía o discurso oficial. En un recuento cronológico, los artículos son narrados en coro y son dispuesto los discursos y momentos de los delirantes capítulos de la historia en la cámara de diputados, las voces de la historia, los políticos mexicanos en sus extraordinarias intervenciones le otorgan un matiz de vitalidad a nuestro contrato social, como bien se dicen, en la esencia de los aromas hace que nuestra carta magna; ¡está viva! ¡está viva!
Presentando esta puesta en escena, como trabajo final de su licenciatura con el que darán por terminado su proceso de titulación. Todos ellos dirigidos por Luis Mario Moncada, Enrique Singer y Teatro OJO. Los alumnos no solo recibieron formación actoral, escénica y dirección, sino que requirieron de asesoría histórica especializada y crítica en referencia al tema de la puesta en escena.
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A 100 años de la creación del documento sus transformaciones son inmensas y estas enmarcan en nuestra vida social, innumerables oportunidades para el análisis, que la puesta en escena nos desborda y nos invita a una constante reflexión y las preguntas son tan añejas como las voces de la historia en el tiempo a partir de nuestro marco jurídico, ¿quiénes somos como sociedad?, las voces del coro nos refresca el aparato crítico, este nos invita a la investigación que rebasa esta experiencia artística donde la ironía, el dolor, el temor, la compasión. y la esperanza, hace que la constitución se mantenga viva en su centenaria existencia.
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Sin duda, es una oportunidad para abordar desde otra perspectiva el conocimiento y explicación de un momento clave en la historia de nuestro país, que desata resonancias constantes en el México contemporáneo. El coral cumple una función primordiales en la teatralidad, siendo las réplicas, que afianza las ideas y los elemento más relevante de la tragedia, ya que esta se construye sobre la dualidad entre el coro, en el cuerpo de la constitución y el hombre en los discursos como corifeo; aquí los miembros del coro no llevan
a la idea de Antígona o del pueblo en este caso, aquí las máscaras desaparecen pero el uniforme anula toda creatividad y singularidad, esta es regulada por la Constitución y sus leyes que de ella emana, legado de oportunidades para unos obstáculos para todos reglas del pacto social, fuente anuladora de la creatividad, al paso del centenario todos somos ya un coro de mexicanos de más de 120 millones que repite y replica, pero no inventa; un coro en la voz que adula a nuestro rey. Finalmente en la obra sentiremos la angustia, el delirio, la fuerza y la ansiedad, de las órdenes que deberán de ser cumplidas; el coro constitucional se pone a un lado de Creonte, la desobediencia del pueblo ha sido la causa del castigo de Antígona, y pareciera que el pueblo es culpable mucho antes de nacer. “Nunca sabré quien tiene la razón y quién no, en este conflicto entre leyes, la ley es nuestros conflicto y estamos solos”. Otro de los aspectos a destacar es la confianza de las instituciones, para sumar en este gran equipo de trabajo; invocamos al talento a que se contribuyan el debate por la construcción de un México mejor, y este sean el mejor ejemplo del espíritu universitario para este país.
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Solución de conflictos vinculados con las actividades del comercio exterior en México, en el ámbito multilateral, regional y nacional Dr. Ruperto Patiño Manffer Víctor Jurado Acevedo
En el comercio internacional podemos distinguir varios procedimientos, por diferentes razones y por diferentes orígenes, lo he dividido en tres partes fundamentales, porque no es nada más un sistema jurídico, o un procedimiento de solución de diferencias. Primero, México participa en el comercio internacional mediante la suscripción o ratificación de los siguientes acuerdos y tratados: - Como miembro fundador de la Organización Mundial de Comercio desde 1994 y anteriormente como parte contratante del GATT desde el 86. Esta categoría le permite a México participar como un miembro del GATT y consecuentemente de las negociaciones comerciales de la ronda Uruguay. - Otro vínculo jurídico que tiene nuestro país, es como miembro fundador de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio y bajo sus reglas se han suscrito nueve acuerdos de complementación económica y acuerdos de alcance parcial. Es algo que se ha olvidado por razones de tipo económico y comercial. Nos hemos concentrado en el intercambio comercial con Estados Unidos y se nos ha olvidado que en la frontera sur tenemos a Latinoamérica con quien hemos compartido históricamente muchísimas relaciones y vínculos de todos tipos. - Uno de ellos es justamente la suscripción del tratado de Montevideo que crea una organización regional denominada Asociación Latinoamericana de Integración que tiene la pretensión, cada vez más lejana, lamentablemente, de integrar al subcontinente centroamericano y sudamericano, México geográficamente pertenece a América del Norte, pero históricamente nuestra relación más cercana ha sido con nuestros hermanos latinoamericanos, sin duda, Centroamericanos y Sudamericanos.
Sin embargo, del 94 a la fecha en que entra en vigor el Tratado del Libre Comercio volteamos un poco la espalda a Latinoamérica y nos concentramos demasiado con Estados Unidos, olvidándose un poco esa relación. Pero jurídicamente está vigente, tiene y maneja acuardos, relaciones y desde luego también hay conflictos que de alguna manera deben resolverse. Segundo, los sistemas jurídicos que regulan el comercio internacional en los que México participa son cuando menos tres: - El sistema multilateral del comercio, administrado por la Organización Mundial del Comercio mediante el órgano de solución de diferencias, que me parece es uno de los grandes resultados de la Ronda Uruguay. - Los mecanismos de solución de controversias incorporados en los tratados de libre comercio. Todos los tratados en algún apartado de sus reglas tienen algunas disposiciones a través de las cuales se van a ventilar los eventuales conflictos que se puedan derivar de la relación comercial, bilateral, trilateral o regional. Normalmente son regionales, porque hablamos de tratados de libre comercio, pero estos tratados tienen su base jurídica en artículo 24, párrafo 5 del GATT por lo que deberían ser acuerdos para el establecimiento o creación de zonas de libre comercio o uniones aduaneras. - En el tercer grupo tenemos las reglas multilaterales, las reglas regionales y las reglas nacionales dentro de las que podemos dar una revisión muy rápida a nuestra ley de comercio exterior y algunas leyes que se incorporen o que son supletorias.
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Y tercero, las controversias que son derivadas de la participación de México en el comercio exterior se pueden clasificar en el siguiente criterio que propongo, como una forma didáctica de abordar el problema: - Controversias que se suscitan exclusivamente entre Estados. Esto lo vamos a encontrar en todos los tratados, tanto en los acuerdos multilaterales, las reglas de la OMC, como en los acuerdos regionales suscritos por Estados. En ellos no participan los particulares, por ejemplo, acudir a la Organización Mundial del Comercio en busca de resolver un conflicto que tengan con sus mercancías, son los Estados exclusivamente los que litigan y los que van a los procedimientos de solución de diferencias. - Continuamos con el órgano de solución de controversias, conforme al entendimiento y a las medidas específicas sobre solución de diferencias contenidas en los acuerdos abarcados. El órgano de solución de diferencias está facultado para establecer grupos especiales, adoptar los informes de los grupos especiales y del órgano de operación, vigilar la aplicación de las resoluciones y recomendaciones y autorizar la suspensión de concesiones y otras obligaciones en el marco de los acuerdos abarcados. El procedimiento ante el órgano de solución de diferencias, lo dividimos para su análisis en tres etapas, la primera es la etapa de las negociaciones, las consultas y acercamientos entre los países contendientes. En la primera etapa debe acotarse sine qua non; si no se da no puedes brincar a la segunda etapa que sería la petición para el funcionamiento de grupos especiales. El tribunal o el órgano de solución de diferencias se integra con 164 países que son los miembros de la organización, éstos se apoyan a través de grupos especiales que además están integrados por expertos, gente que conoce del tema dependiendo de qué acuerdo o tratado se esté hablando, normalmente son 3 los integrantes de un grupo especial y pueden ser 5 si las partes así lo negocian. El grupo especial es el responsable de conducir lo que en nuestro Derecho nacional llamaríamos la instrucción del procedimiento. Desde recibir lo que sería el equivalente a la demanda, la reclamación, la respuesta, la réplica, la dúplica, la audiencia, las entrevistas con las partes, llevar todo el procedimiento, analizarlo,
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escuchar a los expertos si fuera necesario y finalmente emitir una recomendación. Recomendación que tendrá que presentar al órgano de solución de diferencias que la va a asumir, la va aprobar por consenso. Normalmente se aprueba, no conocemos casos en que la haya rechazado. Lo que puede pasar es que los países tienen una tercera etapa, decíamos primero las consultas, después el grupo especial y la tercera que es la apelación. Dentro del procedimiento que podríamos llamar jurisdiccional la segunda instancia es la apelación, hay un grupo de expertos juristas, 7 de distintas partes del mundo que integran el grupo de apelación y que van a revisar en caso de que alguno de los países, normalmente el perdedor, o los dos países en el conflicto, soliciten la apelación. Van a revisar la parte jurídica exclusivamente. Para aclararlo, el grupo especial va a revisar los hechos planteados, la queja, la demanda, los argumentos, qué dicen los tratados vinculados, y hacen una recomendación. Ese análisis no es de carácter jurídico, es analizar los hechos, las cuestiones planteadas. Todos los tratados establecen un equilibro en la relación entre las partes, es un equilibrio de cualquier tipo, en este caso comercial. Las partes llegan a un acuerdo, firman un tratado, firman un acuerdo de cualquier tema y eso supone el equilibrio en la relación entre esas partes. Si alguna de las partes deja de cumplir con lo correspondiente al tratado o incumple con alguna de sus obligaciones, rompe el equilibrio y entonces el procedimiento de solución de diferencias lo que buscaría principalmente es que se recupere el equilibrio. Los acuerdos abarcados por el entendimiento son los siguientes: - Los acuerdos que administra la OMC. - El acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio que va de 1948 al 94 que se transforma de ser un acuerdo provisional a ser un tratado. - GATT, que fue un acuerdo transitorio, mientras se rescataba la carta de la Habana. La carta nunca se rescató, pero se creó la OMC, por lo tanto, el GATT se transformó en un tratado. - Acuerdo de agricultura
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- Medidas sanitarias - Obstáculos técnicos - Acuerdos en Materias de inversiones - Acuerdo anti dumping. - Valuación aduanera - Inspección previa a la exportación - Normas de origen - Procedimientos de licencias de exportación - Acuerdo de salvaguardas - Acuerdos de servicios y de derecho de propiedad intelectual - Acuerdos sobre facilitación del comercio, recientemente aprobado el 22 de febrero de 2017. El primero que surge después de la Ronda Uruguay.
recomendación elaborada por el grupo especial es el órgano de solución de diferencias. El órgano pasa la recomendación y la adopta. Puede haber una segunda instancia, la apelación en cuyo caso hasta que se ratifica la adopta. Si la adopta entonces se convierte en un vínculo jurídico para el Estado demandando y necesariamente debe de darle cumplimiento y hay consecuencias al incumplimiento. Las consecuencias serían las compensaciones, pero que deben ser siempre medidas provisionales.
Por ultimo, el mandato es examinar a la luz las disposiciones pertinentes del acuerdo abarcado que hayan invocado las partes involucradas en la diferencia el asunto sometido al órgano de solución de diferencias y formular conclusiones que ayuden al órgano a hacer las recomendaciones o dictar las resoluciones previstas en dicho acuerdo. Es decir, quien adopta la
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Presentació
Derecho Marítim Hablar de derecho marítimo, es citar el trabajo académico y de investigación que realizó el doctor Raúl Cervantes Ahumada, quien fue profesor de la asignatura Derecho Mercantil y fundador de la catedra de Derecho Marítimo en nuestra Facultad, reconociéndole también el aumento por la vía del derecho, el tamaño del territorio nacional pasando de 9 millas a 200 millas náuticas, así como el proyecto del Código Marítimo Uniforme para los cinco países centroamericanos, (ONU1959).
en contra de su fauna y de su flora, que se manifiestan con los tsunamis, con objeto de salvar a los océanos para que el mundo a final de cuentas no quede como El Astillero en ruinas de Juan Carlos Onetti”. Como parte del trabajo en colaboración con la Secretaria de Marina (SEMAR), nuestra Facultad firmo el convenio de coedición del libro publicado “Derecho Marítimo Internacional”, siendo una obra donde participaron académicos e investigadores de nuestra Faculta. Tal como lo menciona el cronista de nuestra Facultad Ignacio Otero Muños “Raúl Cervantes Ahumada poeta y abogado marítimo, donde quiera que se encuentren, estarán comentando acerca de la venganza de los océanos en represalias por las agresiones del hombre
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El Rector Dr. Enrique Graue Wiechers realizo el prólogo de la obra, expresando “Para la Universidad Nacional Autónoma de México es de gran importancia los vínculos con instancias de la Administración Pública Federal en aquellos temas en donde la universidad pueda incidir en dar respuesta a la resolución de los problemas
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ón del libro
mo Internacional César Alanís Merchand Víctor Jurado Acevedo
nacionales. La obra Derecho Marítimo Internacional es fruto de un trabajo académico conjunto entre el CESNAV y la Facultad de Derecho de la UNAM.
La presentación del texto y la firma del convenio se realizaron el pasado martes 13 de en la sede de la Secretaria de Marina correspondiente a la dirección de recursos humanos, donde participaron integrantes de la Universidad Naval, el Centro de Estudios Superiores Navales, la Secretaria de Marina y nuestra Universidad Nacional Autónoma de México en representación por nuestra Faculta de Derecho. Finalmente el lector podrá encontrar en esta obra literaria diversos, temas de interés como: Derecho Marítimo, Derecho del Mar, Derecho Marítimo Contractual, Derecho Procesal Marítimo, Jurisdicción Internacional, y los Derechos Humanos en torno al Derecho Marítimo. La primera edición fue el 8 de marzo de 2017 con 604 páginas y se puede encontrar en las publicaciones que realiza nuestra Facultad.
Así mismo nuestro director Dr. Raúl Contreras Bustamante realizo el prefación para la obra literaria donde se aprecia que fue una “colaboración de un dinámico equipo de trabajo y el apoyo de expertos en la espacialidad, se logró integrar una obra con contenidos originales, ordenados de una forma coherente, sistemática, en un lenguaje sencillo y acorde a la disciplina -sin tecnicismos innecesarios- para brindar un texto accesible al lector, con conceptos claros y al mismo tiempo, con aportaciones generosas en su calidad académica y científica”.
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BÚHO ANDARIEGO
5 DE JUNIO
DÍA MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE Lic. María de Lourdes García Ruiz *
La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, con base en su resolución del 15 de diciembre de 1972, estableció el 5 de Junio. Día Mundial del Medio Ambiente, por ser la fecha con la que inició la Conferencia de Estocolmo en ese mismo año, cuyo tema principal fue el medio ambiente. Con esta celebración, las Naciones Unidas instan a los gobiernos y a sus organizaciones integrantes a que este día emprendan actividades mundiales que reafirmen su preocupación por la protección y el mejoramiento del medio ambiente para hacer más profunda la conciencia de los problemas que afectan al bienestar de los pueblos y al desarrollo económico del mundo entero a causa de la degradación del medio ambiente. La Asamblea General de las Naciones Unidas también aprobó la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). El PNUMA ha destacado el papel primordial que desempeñan las mujeres en el desarrollo sostenible y ha adoptado la Decisión 23/11 a fin de integrar en este Programa, en la mayor medida posible, las actividades relacionadas con la igualdad de género y el medio ambiente.
Las mujeres participan decisivamente en la conservación y cuidado del medio ambiente, desde la ordenación de la flora y fauna, el cuidado de los ecosistemas, hasta la recolección de agua, combustible y forraje para uso doméstico y como fuente de ingresos, entre otras actividades, aportando su tiempo y energía, sin embargo su contribución la mayoría de las veces es poco valorada o pasa desapercibida. Ellas son las más afectadas durante los desastres naturales, por esa razón las mujeres son las primeras en luchar contra la degradación del medio ambiente. En la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing adoptada por las y los líderes mundiales durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer que tuvo lugar en 1995, firmada por México, “La mujer y el medio ambiente” es una de las 12 esferas de particular preocupación, asimismo dentro de sus objetivos estratégicos que exigían la actuación de los gobiernos en relación con el medio ambiente se incluye la participación activa de las mujeres en todos los niveles de adopción de decisiones sobre el medio ambiente. El tema 2017 para esta celebración es “Conectar a las personas con la naturaleza” y anima a mujeres y hombres a salir al aire libre y a adentrarse en la naturaleza para apreciar su belleza y reflexionar acerca de cómo somos parte integrante y lo mucho que de ella dependemos.
* Académica de la Facultad de Derecho e Integrante de la Comisión de Equidad de Género.
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ELECCIONES DEL ESTADO DE MÉXICO 2017
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MUNDIAL DE LA A Í D SIDAD SEXU R E A IV
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María de Lourdes García Ruiz* Esta conmemoración tiene como antecedente el movimiento que inició en 1969, el 28 de junio, después de los disturbios de Stonewall, que fueron una serie de manifestaciones y protestas violentas contra una redada policial que perseguía homosexuales con el consentimiento del gobierno y que tuvo lugar esa madrugada en un bar llamado Stonewall Inn ubicado en el barrio de Greenwich Village en Nueva York. El Día Mundial de la Diversidad Sexual también conocido como el Día del Orgullo Gay se celebra en muchos países con diversos actos de la comunidad LGBTTTI (Lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual) principalmente con una marcha para reconocer los avances, aunque insuficientes, en materia legal para erradicar la discriminación y visibilizar a este grupo de la sociedad, así como para reivindicar la tolerancia y respeto a su dignidad humana. El artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que:
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*Académica e Integrante de la Comisión de Equidad de Género de la Facultad de Derecho.
“Queda prohibida toda discriminación motivada por… las preferencias sexuales… o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.” Por su parte, la Declaración Universal de Derechos Humanos proclamada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Artículo 2º dispone que “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de… sexo… o de cualquier otra condición”. A pesar de que existe un marco legal nacional e internacional para tutelar los derechos de este grupo social, el movimiento LGBTTTI o movimiento por una libre orientación sexual persiste en lograr el total reconocimiento de sus derechos y la despenalización de la homosexualidad en diversos países del mundo.
BÚHO ANDARIEGO
DÍA INTERNACIONAL DE LA
EDUCACIÓN NO SEXISTA Lic. María de Lourdes García Ruiz *
La Red de Educación Popular entre Mujeres (REPEM) declaró el 21 de Junio: Día Internacional de la Educación no Sexista, en 1981, en Paraguay. A partir de entonces surgieron en varios países iniciativas para promover el derecho de las mujeres a una educación democrática y no discriminatoria. La educación, tradicionalmente, ha tenido un enfoque androcéntrico, es decir que el proceso enseñanza-aprendizaje parte de la perspectiva del hombre o de la masculinidad, pero generalizando o aplicando los resultados a toda la población. En cambio, la educación no sexista, promueve cambios conductuales y de enfoque en la enseñanza, con la finalidad de lograr el desarrollo integral de mujeres y hombres para alcanzar la igualdad de oportunidades y derechos de todas las personas. En México, el artículo 1° de la Constitución Política prohíbe la discriminación de género, entre otras, y el artículo 3° establece que el criterio que orientará a la educación será democrático y contribuirá a la mejor convivencia humana, evitando los privilegios de sexos. Por su parte, el artículo 4° señala que el varón y la mujer son iguales ante la ley.
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* Académica de la Facultad de Derecho e Integrante de la Comisión de Equidad de Género.
Asimismo, entre los tratados internacionales ratificados por nuestro país, destaca en materia de educación la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belem do Pará, que establece en su artículo 6, b. “el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación” y en su artículo 8, b. dispone que los Estados parte convienen en adoptar medidas que incluyan el “… diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitiman o exacerban la violencia contra la mujer;” Por lo tanto, esta conmemoración nos lleva a reflexionar sobre la importancia de eliminar la educación que propicia y perpetúa la desigualdad y la jerarquización de las personas con base en las diferencias sexuales.
Universidad Nacional Autónoma de México Dr. Enrique Luis Graue Wiechers Rector Dr. Leonardo Lomelí Vanegas Secretario General Facultad de Derecho Dr. Raúl Juan Contreras Bustamante Director Dr. Víctor Manuel Garay Garzón Secretario General
Mtro. Ricardo Rojas Arévalo Jefe de División de Educación a Distancia Lic. César Gabriel Alanís Merchand Responsable de Producción y Difusión Educativa Multimedia Lic. Nora Elizabeth Romero Guerrero Corrección Ortotipográfica Lic. Eréndira Zárate López
Lic.Valeria Treviño Díaz
Mtro.Víctor Jurado Acevedo Diseño, Arte y Fotografía Dr. Ruperto Patiño Manffer Lic. Isabel Flota Ayala Mtra. María de Lourdes García Ruiz
Lic. César Gabriel Alanís Merchand Lic. Nora Romero
Lic. Valeria Treviño
Colaboradores de este número
El Búho. Gaceta Electrónica de la Facultad de Derecho (UNAM), núm. 72, Junio de 2017, es una publicación mensual, editada por la Universidad Nacional Autónoma de México,con domicilio en Ciudad Universitaria s/n, Delegación Coyoacán C.P.04510, México D.F., por conducto de la División de Educación a Distancia (DED) de la Facultad de Derecho. Av. Universidad núm. 2219, colonia Copilco, delegación Coyoacán, CP 04510, México DF, teléfono (01-5) 5622 2411. Certificado de reserva de derechos al uso exclusivo número 04-2014-050711162500-203, expedido por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. ISSN en trámite. Editor en jefe: Mtro. Ricardo Rojas Arévalo. Actualización electrónica a cargo del Lic. César Gabriel Alanís Merchand, responsable del Área de Producción y Difusión Educativa Multimedia (Editor responsable) Av. Universidad núm. 2219, colonia Copilco, delegación Coyoacán, CP 04510, México DF, teléfono (01-5) 5622 2416. Distribución electrónica gratuita. La responsabilidad de los artículos publicados en El Búho. Gaceta Electrónica de la Facultad de Derecho recae de manera exclusiva en sus autores, no necesariamente refleja el criterio del editor o la institución. Se autoriza el uso de los contenidos con la condición de citar la fuente y se respeten los derechos de autor; no así la reproducción de las imágenes, audios y videos, sin que conste previa autorización por escrito, otorgada por la UNAM.
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