Origen de la imagen: commons.wikimedia.org
ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, DERECHOS HUMANOS, LEYES, ACUERDOS,… CON RELACIÓN AL MEDIO AMBIENTE
Los derechos humanos no son estáticos, se adaptan a diversos colectivos, se amplían según las necesidades o evolución social. El cambio climático pone en peligro la aplicación y disfrute de varios derechos humanos, por ello el derecho al medio ambiente, cuyo desarrollo ha comenzado en los últimos decenios, debe ser explicitado y protegido como derecho individual y colectivo, en un tratado internacional, que obligue a los Estados, con mecanismos de investigación y denuncia
«Los derechos humanos y los derechos de la naturaleza son dos nombres de la misma dignidad» EDUARDO GALEANO, 2010
EL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE Un derecho humano de tercera generación La aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948 supuso el reconocimiento en el ámbito internacional de un conjunto de derechos fundamentales para todos los habitantes del planeta, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición (artículo 2). Los derechos de primera generación (derechos civiles y políticos), desarrollados a partir de principios del siglo XIX, surgen de la necesidad de establecer ciertos límites a los Estados. Los derechos de segunda generación (o sociales, económicos y culturales) se refieren al desarrollo de la convivencia y a la cumplimentación de las necesidades básicas en la vida, se fundamentan en la igualdad de oportunidades y el acceso a determinados bienes y servicios básicos. Los derechos de tercera generación, llamados también derechos de la solidaridad y desarrollados a partir del último tercio del siglo XX, surgen de las necesidades creadas por la globalización, el desarrollo científico y la sociedad multicultural. Constituyen un conjunto heterogéneo de derechos, entre los que se incluyen el derecho a la paz, derecho al desarrollo, el derecho a un medio ambiente sano,… Desde los años 70 diversos documentos han establecido una relación entre los derechos humanos y la protección del medio ambiente, como la Declaración sobre el Medio Ambiente Humano (Estocolmo, 1972) y la Declaración sobre Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992). También la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 reconoce a este colectivo el derecho a la protección y conservación del medio ambiente. La Declaración de Bizkaia sobre el Derecho al Medio Ambiente (1999) constituye una completa propuesta para definir este derecho, establecido como individual y colectivo e indicando obligaciones sobre el mismo. La Resolución 45/94, de 14 de diciembre de 1990, de la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoce que «toda persona tiene derecho a vivir en un ambiente adecuado para su salud y bienestar». Puesto que el cambio climático puede poner en peligro el disfrute de muchos derechos humanos, el derecho al medio ambiente debe ser reconocido y protegido como derecho individual y colectivo, en un documento internacional vinculante, con mecanismos de control y denuncia.
Para saber más: Derecho al medio ambiente (DHpedia)
Origen de la imagen: commons.wikimedia.org
ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, DERECHOS HUMANOS, LEYES, ACUERDOS,… CON RELACIÓN AL MEDIO AMBIENTE
Los problemas actuales de la humanidad trascienden las arbitrarias fronteras nacionales . Una sociedad global, fomentada por las tecnologías de la comunicación, está surgiendo. La Carta de la Tierra es una propuesta de código ético universal para el mundo globalizado: « Somos ciudadanos de diferentes naciones y de un solo mundo al mismo tiempo, en donde los ámbitos local y global, se encuentran estrechamente vinculados. Todos compartimos una responsabilidad hacia el bienestar presente y futuro de la familia humana y del mundo viviente en su amplitud».
«Poseemos el conocimiento y la tecnología necesarios para proveer a todos y para reducir nuestros impactos sobre el medio ambiente» […] «Nuestros retos ambientales, económicos, políticos, sociales y espirituales, están interrelacionados y juntos podemos proponer y concretar soluciones comprensivas» CARTA DE LA TIERRA, 2000
LA CARTA DE LA TIERRA Todos somos responsables de nuestro «hogar común» La Carta de la Tierra es un documento declarativo, que expone un conjunto de principios éticos fundamentales consensuados largamente, con la intención de que sean válidos para la humanidad del siglo XXI. El texto, lejos del estilo formal de los tratados internacionales, es emotivo, pretendiendo llegar al corazón y busca inspirar a los pueblos de la Tierra una sociedad justa, fundada en el respeto de los derechos humanos, el desarrollo sostenible y el respeto a la vida en todas sus formas. El texto fue presentado al mundo el 29 de junio de 2000, por una comisión internacional creada al efecto, en el Palacio de la Paz de La Haya, Países Bajos. La elaboración llevó unos diez años y participaron en la misma organizaciones sociales, expertos internacionales, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y otros colectivos. La Carta presenta cuatro principios generales: • • • •
Respeto y cuidado de la comunidad de la vida Integridad ecológica Justicia social y económica Democracia, no violencia y paz
El término «desarrollo sostenible» se utilizó por primera vez en el Informe Brundtland, en 1987, con el sentido de desarrollo que satisface las necesidades de las generaciones actuales sin comprometer las necesidades e las generaciones futuras. La Carta establece que el desarrollo sostenible es interdependiente con otros valores como el respeto a la vida, los derechos humanos, la preservación de ecosistemas, la conservación del patrimonio común de la humanidad, la democracia en todos los niveles organizativos, la educación, la justicia, la igualdad y equidad de género, el consumo, la paz,… Pero la Carta no ha quedado aparcada desde su presentación; la Iniciativa de la Carta de la Tierra, una red global de organizaciones, instituciones y personas que promocionan y ponen en práctica sus valores y principios en distintos ámbitos. Las últimas palabras de la Carta constituyen un esperanzador deseo: Que el nuestro sea un tiempo que se recuerde por el despertar de una nueva reverencia ante la vida; por la firme resolución de alcanzar la sostenibilidad; por el aceleramiento en la lucha por la justicia y la paz y por la alegre celebración de la vida.
Para saber más: «Iniciativa de la Carta de la Tierra»
Origen de la imagen: commons.wikimedia.org
ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, DERECHOS HUMANOS, LEYES, ACUERDOS,… CON RELACIÓN AL MEDIO AMBIENTE
«Los genes son inmortales, o más bien, son definidos como entidades genéticas que casi merecen esta calificación. Nosotros, las máquinas individuales de supervivencia en el mundo, podemos esperar una vida que se prolonga durante unas cuantas décadas. Pero los genes tienen en el mundo una expectativa de vida que debe ser medida no en términos de décadas sino en miles y millones de años» RICHARD DAWKINS, El gen egoísta, 1993
«Científicamente es incorrecto que la guerra o cualquier otra forma de comportamiento violento está genéticamente programada en la naturaleza humana. Aunque los genes están implicados a todos los niveles del funcionamiento del sistema nervioso, son la base de un potencial de desarrollo que sólo se realiza en el marco del entorno social y ecológico. Aunque indiscutiblemente varía la predisposición de los individuos a sufrir la huella de su experiencia, no obstante, sus personalidades son determinadas por la interacción entre su dotación genética y las condiciones de su educación…» Segunda Proposición, MANIFIESTO DE SEVILLA SOBRE LA VIOLENCIA , 1986
«EVA MITOCONDRIAL» La madre común de la humanidad Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
La fraternidad o hermandad nombrada en este primer Derecho de la Declaración Universal tiene un fundamento de realidad, puesto que la ciencia parece demostrar que toda la Humanidad (todos los individuos que hoy viven sobre nuestro planeta, los de todas las razas y todos los tiempos históricos) comparten una madre común, que los científicos han denominado Eva mitocondrial. Las mitocondrias son unos orgánulos celulares que poseen su propio ADN, dándose la circunstancia de que todos los seres humanos, mujeres y hombres, heredamos nuestro ADN mitocondrial exclusivamente por vía materna, al igual que el resto de vertebrados. El ADN del núcleo celular se hereda de ambos progenitores. El ADN mitocondrial sufre mutaciones (variaciones al azar) bastante regulares en el tiempo, como este ADN no experimenta combinación con otros ADN es posible, mediante comparación establecer el árbol evolutivo y fechas de separación de las mismas. El análisis del ADN mitocondrial de difrentes poblaciones del mundo muestra que todas las personas están conectadas ininterrumpidamente con única mujer, madre común de la humanidad. Además, estos estudios de biología molecular han permitido elaborar un árbol evolutivo a partir de las variedades del ADN mitocondrial, mostrando que la Eva mitocondrial vivió en África hace unos 200000 años (±50000 años), en una población de unos miles de individuos, donde únicamente sus genes mitocondriales fueron transmitidos a la descendencia. Esa población originaria de humanos modernos emigró más tarde a través de Asia a Europa y el resto del mundo, unos 100000 años atrás, su llegada terminaría desplazando las poblaciones de Homo neandertalenseis y Homo erectus ya existentes. La reciente obtención del genoma neandertal muestra que hubo un cierto grado de hibridación con los humanos modernos fuera de África con esta especie.
Para saber más: «Eva Mitocondrial» (DHpedia)
Origen de la imagen: commons.wikimedia.org
ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, DERECHOS HUMANOS, LEYES, ACUERDOS,… CON RELACIÓN AL MEDIO AMBIENTE
EL TRATADO ANTÁRTICO Un continente «para el interés de la humanidad»
La colaboración de científicos de los dos bloques de la Guerra Fría durante el Año Geofísico Internacional de 1957 llevó al presidente de los Estados Unidos Dwight David Eisenhower a proponer un compromiso entre las naciones que tenían presencia efectiva en el continente antártico para la colaboración en su conservación y actuar en interés general de la humanidad
«La Antártida se utilizará exclusivamente para fines pacíficos. Se prohíbe entre otras, toda medida de carácter militar, tal como el establecimiento de bases y fortificaciones militares, la realización de maniobras militares, así como los ensayos de toda clase de armas. El presente Tratado no impedirá en empleo de personal o equipo militares, para investigaciones científicas o para cualquier otro fin pacífico» TRATADO ANTÁRTICO, artículo I, 1959
El Tratado Antártico de 1959 es un acuerdo internacional para la preservación y utilización de la Antártida con fines pacíficos y la investigación científica. El 1 de diciembre de este año Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Francia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Sudáfrica, URSS (sustituida por Rusia en 1991), el Reino Unido y Estados Unidos firmaron el Tratado Antártico, cuya entrada en vigor tuvo lugar dos años más tarde y para el que se estableció una vigencia de 30 años, transcurridos los cuales cualquiera de los signatarios podría denunciarlo (artículo XII). Los objetivos del Tratado son la preservación de la Antártida para fines pacíficos, la promoción del libre intercambio de investigaciones científicas, la prohibición del establecimiento de bases militares y la realización de maniobras militares, la desnuclearización del continente, y la prohibición de los ensayos de cualquier tipo de armamento. El ámbito geográfico de aplicación quedó delimitado al sur de los 60º de latitud sur (artículo VI). Para la comprobación del cumplimiento de las estipulaciones del Tratado las partes pueden designar observadores para la realización de inspecciones sobre el terreno, que dispondrán total libertad de acceso a todas las regiones e instalaciones en el continente (artículo VII). Asímismo, para el seguimiento del Tratado y la adopción de medidas que desarrollen sus principios se institucionalizaron encuentros bianuales entre las partes (artículo IX), a los que también tendrían acceso los estados que se adhierean con posterioridad al Tratado. El Sistema Antártico (conjunto legislativo internacional que afecta a este continente) se ha visto acrecentado con otros acuerdos, como el Convenio para la Conservación de las Focas Antárticas de 1972, el Convenio sobre la Conservación de los Recursos Minerales Antárticos de 1980 y el Convenio para la Reglamentación de las Actividades sobre Recursos Minerales Antárticos de 1988. Con motivo del final de la vigencia del Tratado en 1988 se planteó la renegociación del mismo, las reuniones tuvieron lugar en Madrid y se plasmaron el 4 de octubre de 1991 con la firma del Protocolo de Madrid, que prohíbe las actividades mineras y garantiza la protección del continente helado hasta 2041, por 50 años más. Los estados parte en este acuerdo se acercan al medio centenar.
Para saber más: Tratado Antártico (DHpedia)
ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, DERECHOS HUMANOS, LEYES, ACUERDOS,… CON RELACIÓN AL MEDIO AMBIENTE
EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO Una mirada de lo local a lo global «Todos los seres humanos tienen, individual y colectivamente, la responsabilidad del desarrollo, teniendo en cuenta la necesidad del pleno respeto de sus derechos humanos y libertades fundamentales, así como sus deberes para con la comunidad, único ámbito en que se puede asegurar la libre y plena realización del ser humano, y, por consiguiente, deben promover y proteger un orden político, social y económico apropiado para el desarrollo» Artículo 2, DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO, 1986
«La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e inseparables» Principio 25, DECLARACIÓN DE RÍO SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO, 1992 «La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz» Del artículo 26 de LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, 1948
La educación para el desarrollo se entiende como una educación cuyos contenidos se ocupan de las relaciones norte-sur; o también, en un enfoque más amplio, una educación global que integra la coeducación, la educación intercultural, la educación para la paz, la educación para la solidaridad, la educación ambiental,… como dimensiones de un mismo proceso. La educación para el desarrollo intenta mejorar los mecanismos de percepción y comprensión con los que los se abordan determinadas situaciones, así como sus comportamientos frente a ellas; también establece una reflexión sobre las consecuencias de nuestras acciones actuales a largo plazo. Los objetivos principales para la educación para el desarrollo son: • Facilitar la comprensión de las relaciones existentes entre nuestras propias vidas y las de otras personas del mundo. • Aumentar el conocimiento sobre las causas y las consecuencias que explican y provocan la existencia de las pobreza, la desigualdad, la opresión que condicionan la vida de los individuos y grupos. • Fortalecer valores, actitudes y destrezas que mejoren la autoestima de las personas, capacitándolas para ser más responsables de sus actos, estableciendo una relación entre las elecciones individuales y colectivas y el ámbito mundial global actual y futuro. • Dotar a las personas y grupos de recursos e instrumentos (coginitivos, afectivos y actitudinales) que les permitan incidir en la realidad para transformarla. • Favorecer el desarrollo humano sostenible en los ámbitos individual, comunitariolocal e internacional. En diciembre de 2002, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el Decenio de las Naciones Unidas de la Educación para el Desarrollo Sostenible, que se extendería de 2005 a 2014 (resolución 57/252). La UNESCO fue designada organismo coordinador del Decenio y cuyo objeto es integrar los principios, valores y prácticas del desarrollo sostenible en todos los aspectos de la educación y el aprendizaje, con miras a abordar los problemas sociales, económicos, culturales y medioambientales del siglo XXI.
Decenio de la Educación para el Desarrollo Sostenible
Origen de la imagen: commons.wikimedia.org
ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES, DERECHOS HUMANOS, LEYES, ACUERDOS,… CON RELACIÓN AL MEDIO AMBIENTE
LA UNIÓN MUNDIAL PARA LA NATURALEZA Un mundo justo que aprecia y protege la naturaleza
«La humanidad se encuentra en un momento decisivo de la historia. Nos enfrentamos con la perpetuación de las disparidades entre las naciones y dentro de las naciones, con el agravamiento de la pobreza, el hambre, las enfermedades y el analfabetismo y con el continuo empeoramiento de los ecosistemas de los que depende nuestro bienestar. No obstante, si se integran las preocupaciones relativas al medio ambiente y al desarrollo y si se les presta m s atención, se podrán satisfacer las necesidades básicas, elevar el nivel de vida de todos, conseguir una mejor protección y gestión de los ecosistemas y lograr un futuro más seguro y más próspero. Ninguna nación puede alcanzar estos objetivos por sí sola, pero todos juntos podemos hacerlo en una asociación mundial para un desarrollo sostenible» AGENDA 21, preámbulo, 1989
La Unión Mundial para la Naturaleza o Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) es una organización internacional dedicada a la protección de la naturaleza y su diverdidad biológica teniendo en cuenta el desarrollo sostenible. La organización nació en 1948 a partir de una iniciativa de la UNESCO para crear una institución para la conservación del medio natural, su lema es un mundo justo que aprecia y protege la naturaleza La UICN realiza estudios destinados a estimar el estado de la biodiversidad de difrentes espacios medio ambientales, poniendo en práctica estrategias de protección específicas y adaptadas, entre las que se encuentran: la creación de parques nacionales o espacios protegidos y la promoción de legislaciones nacionales o internacionales que permitan la protección de estos espacios. Los miembros de la UICN son Estados, instituciones oficiales y organizaciones no gubernamentales; más de novecientos en total, lo que implica alrededor de diez mil expertos y científicos de la mayoría de países del mundo. La financiación de la organización depende de las aportaciones de los miembros, de donativos de gobiernos, fundaciones y corporaciones y, eventualmente, de acuerdos de cooperación con otras organizaciones En 1980 la UICN, el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en colaboración con la UNESCO y la FAO lanzaron la Estrategia Mundial para la Conservación (World Conservation Strategy), con el objetivo fundamental de asegurar la protección de la biodiversidad y de los ecosistemas a escala mundial, permitiendo su explotación mediante el desarrollo sostenible. Desde 1963 la UICN elabora la Lista Roja de Especies Amenazadas; el inventario más completo del planeta sobre el estado de conservación de especies. La lista se actualiza anualmente (entre abril y mayo generalmente), estableciendo el estado de las especies desde extinta, en peligro, vulnerable,... Organizaciones como BirdLife International, Conservation International, NatureServer, la Sociedad Zoológica de Londres y la Comisión de Supervivencia de Especies de la UICN colaboran en el proceso de elaboración de la lista.
Unión Mundial para la Naturaleza