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Señor: VICTOR CHOQUE QUINALLATA. Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastián que corre bajo la dirección de la señorita magistrado Dra. Lynda Vargas Manga en el proceso judicial No. 00102-2004-0-1 023-JP- FC-01 seguida por Celia Surco Quispe en contra de Victor Choque Quinallata sobre prestación de alimentos, mediante resolución No. 40 del ocho de setiembre Del año dos mil diecisiete. se ha dispuesto se proceda al emplazamiento de la parte demandada mediante edictos a ser publicados en el diario de mayor circulación y en el diario judicial de la localidad y en atención a que la demandada podría domiciliar en Arequipa se publicite el emplazamiento en el diario oficial El Peruano, asi como en la tablilla del juzgado, toda vez que aún no está implementada la publicación vía web del Poder Judicial, Aplicándose las consecuencias reguladas en el artículo 435 y 550 del citado cuerpo legal. Emplazamiento que debe realizarse con la Resolución Nro. 36 dictada en San Sebastián, el quince de noviembre del dos mil dieciséis.- ... por estos fundamentos, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 568 del Código Procesal Civil. SE RESUELVE: APROBAR la Liquidación de Alimentos Devengados correspondiente al periodo uno de julio del año 2008 al treinta setiembre del año 2016; en la suma de TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 59/100 Soles; en tal virtud, REQUIERASE al demandado, para que en el plazo de CINCO días hábiles, cumpla con el pago de los alimentos devengados a favor de la parte demandante, bajo apercibimiento de remitirse copias de las piezas pertinentes del proceso a la Fiscalía Provincial de Turno de la ciudad del Cusco, a efecto de que en estricto cumplimiento de lo previsto por el artículo 566-A de la Norma Legal antes citada, se proceda a denunciársele por la comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Subtipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria. NOTIFIQUESE al demandado con la presente resolución, en su domicilio real y procesal. Hágase saber lo que se le pone en conocimiento para los fines consiguientes. media firma del especialista y firma completa de la señorita Juez. San Sebastian, 20 de octubre del 2017 3vces-30-31-x-y-02-xi-17 b/v 002-1321
como PRETENSIÓN PRINCIPAL Y el cobro de frutos civiles por la suma de S/ 50,000.00( Cincuenta mil nuevos. Estando a lo manifestado por el recurrente y habiéndose acreditado el fallecimiento del demandante Rafael Mario Lizarraga Valencia, al amparo de lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 108 del Código Procesal Civil debe cumplirse con emplazarse a los sucesores o herederos legales de dicho demandante precisándose que estos deberán acreditar tal calidad únicamente con el testamento del causante o con la sucesión intestada del mismo, caso contrario serán representados por un curador procesal que designe el Juzgado Debiendo tramitar se la presente demanda por la vía del PROCESO ABREVIADO: MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios que indica los mismos que serán admitidos o no, en la oportunidad procesal respectiva. ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta. PRIMER OTROSI DIGO: PUBLÍQUESE para fines de los emplazamientos de los sucesores legales, disponiéndose la notificación de los sucesores con el extracto del autoadmisorio y la presente resolución mediante edicto judicial a publicarse en el Diario Oficial el Peruano y el Diario Judicial del Cusco. SEGUNDO OTROSI DIGO. SUSPENDER el presente proceso hasta que los sucesores o herederos legales del demandante Rafael Mario Lizarraga Valencia cumplan con apersonarse al proceso en el plazo establecido por ley, apersonamiento que debe realizarse ya sea con el testamento del causante o con la resolución Judicial o Notarial de la sucesión intestada bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento dicha sucesión será reemplazada por el curador procesal que designe el Juzgado. TERCER OTROSI DIGO; En atención al requerimiento nómbrese como su apoderado común de los señores Luis Justino Lizarraga Valencia, Hermitaño Rómulo Lizarraga Valencia, Felix Guido Lizarraga VALENCIA, Luisa Delgado Valencia, Julio Macario Lizarraga Valencia y Juliet Lizarraga Santander en representación de Teofilo Lizarraga Valencia al señor LUIS JUSTINO LIZARRAGA VALENCIA y por señalado su domicilio procesal del apoderado común en el domicilio procesal que indica lugar donde se le hara llegar las resoluciones de ley. H.S Firma Dra. Melody Contreras Barineza, Milagros paz ChuspeSecretaria Judicial. Machupicchu, 11 de Octubre del año 2015. 3vces-30-31-x-y-02-xi-17 b/v 002-1330
EDICTO JUDICIAL
EDICTO JUDICIAL
En el Proceso Civil N° 00014-2014-0-1017-JM-CI-01 seguido por LIZARRAGA VALENCIA, RAFAEL MARIO contra LIZARRAGA VALENCIA, LUIS JUSTINO y OTROS sobre DIVISION y PARTICIPACION DE INMUEBLE CON ENTREGA FÍSICA DE PARCELAS RESULTANTES, tramitado ante el Juzgado Mixto, Unipersonal y Liquidador de Machupicchu, bajo la dirección de la señorita Juez Melody Contreras Barineza y la Actuación de la secretaria Judicial Milagros Paz Chuspe, se ha dispuesto notificar con el resumen de la resolución numero uno de fecha 15 de diciembre del año dos mil catorce y de la resolución N° 39 de fecha 15 agosto del año 2017 que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por RAFAEL MARIO LIZARRAGA VALENCIA en contra de los copropietarios: LUIS JUSTINO LIZARRAGA VALENCIA, HERMITAÑO ROMULO LIZARRAGA VALENCIA, FELIX GUIDO LIZARRAGA VALENCIA, JULIO MACARIO LIZARRAGA VALENCIA, TEOFILO NESTOR LIZARRAGA VALENCIA, LUISA DELGADO VALENCIA, WILFREDO ESCOBAR LIZARRAGA, VIRGINIA ESCOBAR LIZARRAGA, ELIZABETH ESCOBAR LIZARRAGA sobre DIVISION y PARTICION DE INMUEBLE CON ENTREGA FISICA DE PARCELAS RESULTANTES del inmueble denominado predio “Laja Primero” del Sector de Collpani Grande del Distrito de Machupicchu, Provincia de Urubamba del departamento del Cusca
NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por el Sr. Juez Supernumerario YTALO DIEGO TTITO QUISPE, en el Exp. N° 49-2017-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 06 de fecha veintiuno de setiembre del dos mil diecisiete mediante la cual se dispone: AL PRINCIPAL: En aplicación del Art. 165 del código Procesal Civil Notifíquese vía edictos a la demandada PIA ROSARIO AGUILAR PONCE por el lapso de tres días hábiles en el diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de Cusca con el contenido de la Resolución N° 03 Y la presente, que admiten a trámite la demanda y ordenan la publicación de edictos, a fin de que se apersone al proceso y absuelva el traslado de la demanda bajo apercibimiento de declarársele rebelde. Así mismo la resolución tres de fecha veintiséis de mayo del dos mil diecisiete resuelve ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por MELCHOR CAVIEDES FERRO, sobre NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA, contra PIA ROSARIO AGULAR PONCE, AGRIPINA USCA CAVIEDES, Ex Jueza del Juzgado Misto de Urubamba y contra los Magistrados de la Sala Civil del Cusco doctores OCTAVIO CONCHA MORA, DAFNE DANAE BARRA PINEDA Y CARLOS BERNARDINO FERNÁNDEZ ECHEA con emplazamiento del PROCURADOR PÚBLICO
AVISO JUDICIAL
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ENCARGADO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso de CONOCIMIENTO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente, debiendo además agregarse a sus antecedentes los anexos que adjunta. AL OTROSI DIGO.- Téngase en cuenta al momento de notificar al referido demandado.- AL MÁS DIGO.- A sus antecedentes los anexos adjuntos.- HS. Urubamba, 03 de Octubre de 201 7 3vces-20-26-x-y 02-xi-17 b/v 002-1205 NOTIFICACION A INMEDIATO TRANSFERENTE ANTE MI DESPACHO NOTARIAL UBICADO EN EL INMUEBLE 101 DE LA AVENIDA AMAZONAS DEL DISTRITO DE PISAC, PROVINCIA DE CALCA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, LOS SEÑORES LEON ARAGON ROJAS y FAUSTINA ROJAS CAMACHO, VIENEN SIGUIENDO EL PROCESO NO CONTENCIOSO DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO SIN NUMERO UBICADO EN LA URBANIZACION VILCANOTA DEL DISTRITO DE PISAC, PROVINCIA DE CALCA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO AREA: 304 M2 (TRESCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS), EL CUAL FUE ADQUIRIDO DE LA SEÑORA LUISA FRISANCHO NAVARRETE (INMEDIATO TRANSFERENTE); DESCONOCIENDO LOS SOLICITANTES EL DOMICILIO ACTUAL DE DICHA PERSONA ES QUE SE PROCEDE A NOTIFICAR DICHO PROCESO POR ESTE MEDIO. PISAC, 18 DE OCTUBRE DE 2017. EDIE FIGUEROA CAMACHO ABOGADA - NOTARIA 3VCES-20-26-X-Y-02-XI-17 B/V 002-1210 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Expediente N° 80-2017-CI, seguido por Agripina Loaiza Soncco, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, contra Cesar Ramos Carbajal y María Quispe Huaquisito, se ha dispuesto mediante resolución N° 01 del 28 de setiembre del 2016, la publicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, así como el auto de corrección e integración, contenido en la Resolución N° 04 de fecha 10 de octubre de 2017, como sigue: “Resolución N° 03, Quispicanchi, primero de setiembre Del año dos mil dieciséis: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en vía del PROCESO ABREVIADO la demandada instada por AGRIPINA LOAIZA SONCCO, contra la sucesión de MELITON RAMOS ZAPATA Y contra CESAR RAMOS CARBAJAL y MARÍA QUISPE HUAQUISTO, con la pretensión de PRESCRIPCION DE ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio denominado PROGRESO, identificado con la unidad catastral Nro. 313286, parte integrante del predio Quincemil Araza, inscrito en la Partida Electrónica Nro. 02015371 de la Zona Registral Nro. X- Sede Cusco, ubicado en la parte Este del Sector Quincemil salida de la carretera Camanti quincemil a Puerto Maldonado del Distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco; con citación de los propietarios de los predios colindantes: Víctor Pinares Ccoica; al representante le-
gal de la Compañía Aurifera Gambell, a la Autoridad Nacional del Agua representada por el Ingeniero Miguel Beltrán Chite, a la Dirección Regional de Transportes de la ciudad del Cusco, al Procurador de la Dirección Regional de Transportes del Cusco; por su mérito córrase traslado a los demandados por el termino de DIEZ DIAS a fin de que cumpla con absolverla, bajo el apercibimiento de ser declarados rebeldes.- DE LOS MEDIOS PROBATORIOS: Estando adjunto el arancel judicial respectivos, téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, para su admisión, actuación y valoración en la oportunidad procesal.DE LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes; Y conforme lo prescrito en el artículo 506° del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de demanda por tres veces con intervalos de tres días en la forma prescrita por los artículos 167 y 168° del acotado cuerpo legal, para lo cual el cursora cumpla con entregar el respectivo extracto al demandante en horas de atención al público.- AL OTROSI: Para fines de la debida notificación, téngase en cuenta lo manifestado.-H.S. Resolución N° 04 Urcos, 10 de octubre del 2017 SE RESUELVE: 1.CORREGIR el error material incurrido, en el auto admisorio de demanda, contenido en la resolución N° 03, de fecha 01 de setiembre de 2017, en la parte resolutiva , por error material se ha consignado erroneamente como demandado a : “la sucesión de MELITON RAMOS ZAPATA”, en consecuencia; éste extremo debe ser suprimido, quedando inalterable en los demás datos que contiene la citada resolución. 2.INTEGRAR en la parte resolutiva del auto admisorio, contenido en la Resolución N° 03de fecha 01 de setiembre de 2017, que admite a trámite la demanda interpuesta por Agripina Loaiza Soncco sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio contra el Ministerio de Agricultura - Dirección Regional de Agricultura Cusco, debiendo proseguir en ese orden la secuela del proceso, quedando inalterable en los demás datos que contiene dicha resolución; 3. Reponiendo el estado de la causa; Notifíquese a las partes procesales y los citados en sus domicilio señalados en autos con la presente resolución y a la parte integrada con copias del auto admisorio, anexos, auto admisorio y la presente, en sus domicilios proporcionado por la actora. Debiendo correr el término para su absolución desde la notificación con la presente, para dicho efecto, proporcione la actora copia de los actuados pertinentes para dicha notificación. - H.S.Urcos, 17 de octubre de 2017. 3VCES- 20-26-X-Y-02-XI-17 B/V 002-1200 EDICTO JUDICIAL En el Proceso Civil N° 20-2017 seguido por Yeni Villagra Ancayfuro y otros, sobre Prescripción adquisitiva de propiedad, tramitado ante el Juzgado Mixto, Unipersonal y Liquidador de Machupicchu, bajo la dirección de la señorita Juez Melody Contreras Barineza y la Actuación de la secretaria Judicial Milagros Paz Chuspe, se ha dispuesto notificar con el resumen de la resolución número uno de fecha 23 de agosto del año dos mil diecisiete que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Yeni Villagra Ancayfuro, Hilda Villagra Ancayfuro, Mario Villagra Ancayfuro, José Luis Villagra Ancayfuro, Jhon Michel Villagra Ancayfuro, Luz Marina Villagra Ancayfuro. Vicentina Ancayfuro Taype viuda de Villagra del inmueble identificado como Lote No. 03, Manzana M-17, ahora identificado con el número 205, ubicado en la calle Yahuar Huaca, del distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, de un área de 176.00 metros; CÓRRASE traslado de la demanda al CITADO Municipalidad Distrital de Machupicchu, representada por su alcalde Delman David Ga-
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yoso García, ya los COLINDANTES del inmueble, Felipe Meza Higa, EIsa Bias Carrión y Regina Zapata Ccorihuaman, por el plazo de DIEZ DÍAS, para los fines de ley, la misma que se tramitará en la vía del PROCESO ABREVIADO.: MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios que indica los mismos que serán admitidos o no, en la oportunidad procesal respectiva. ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta. MAS DIGO: REQUIÉRASE a los actores para que en el plazo de diez días de notificados con ésta resolución, designen un apoderado común, ello en atención a lo previsto en el artículo 76 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de ser designado por el Juzgado. PRIMER OTROSI DIGO: PUBLÍQUESE los edictos en el diario judicial el Cusco, en el correo institucional de la corte Superior de Justicia del Cusco y en la secretaría del Juzgado por tres veces. SEGUNDO OTROSI DIGO: Téngase por apersonado a los recurrentes en su domicilio procesal (inmueble materia de proceso) ubicado en la ciudad de Machupicchu lugar donde se le harán llegar las notificaciones de ley. H.S Firma: Dra. Melody Contreras Barineza, Milagros Paz Chuspe-Secretaria Judicial. Machupicchu, 02 de Octubre del año 2017. 3vces-26-x-y-02-08-xi-17 b/v 002-1293 EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N° 0157-2015-0-1010-JM-CI-01, seguido por EMPERATRIZ GUTIERREZ OLARTE VDA. DE CISNEROS contra la Dirección Regional de Agricultura de Cusco, Mateo Salas Mariño, Mercedes Mamani Huaman y Celestino Cardinas Mamani, con citación de Delia Espinoza Pumaccari, Leonardo Gallegos Aguayo y Bertha Llamocca Aguayo, Juvenal Flores Martinez y Ebert Taipe Torres y Demetrio Flores Condori y el Procurador Público del Gobierno Regional de Cusco, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de la parcela agrícola denominada RUINAS IPAYOC del sector de Pirhuay del distrito de Occobamba, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA: Por interpuesta la demanda, admítase en la vía del proceso Abreviado; y CÓRRASE traslado a los demandados, por el término de ley, admítase los medios probatorios que se indica. Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga. Fdo. Mónica Maccapa Asto Secretaria Judicial. Publíquese por TRES DÍAS con intervalo de tres días. Lo que se publica para los fines de ley. 3vces-26-x-y-02-08-xi-17 b/v 002-1297 EDICTO Ante El Tercer Juzgado de Paz letrado del Cusco a cargo de la Dra. Judit Tacuri Chávez y bajo la actuación de la Especialista legal Dra. Judith Castillo Prado, se viene tramitando el expediente N° 2227-1997-FC seguido por Rosa huanca Mercado contra Gregario Huallpa Alvarez sobre Alimentos y mediante Resolución N° 62 se ha RESUELTO: APROBAR la liquidación de fojas 198 a 200 correspondiente al periodo comprendido del mes de noviembre del dos mil doce al mes de octubre del dos mil dieciséis por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA I NUEVE SOLES CON 80/100.- Requiérase al demandado para que cumpla con cancelar la deuda de los alimentos devengados, dentro de tercer día de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de remitir copias de las piezas procesales pertinentes al representante del Ministerio Publico, para que formule la denuncia por Omisión a la Asistencia Familiar sub tipo Incumplimiento de obligación Alimentaria. Por lo que se le exhorta al demandado a fin de que cumpla con cancelar la deuda bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Público- Lo que se publica para los fines de Ley.-
Cusco, 20 de octubre del 2017 3vces-27-30-x-y-02-xi-17 b/v 002-1309 A LOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA FUERON JULIO MENDIGURE ROQUE E ISAAC FLORES HUANACO En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony E. Gamarra Flores, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 372- 2017-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01.- Santiago, veintidós de mayo del año dos mil diecisiete.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CARMEN FLORES PANTOJA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, respecto del lote C-26 con un área de 191 m2 ubicado en la calle 28 de julio antes llamado Girasoles de la asociación de vivienda Kantoc del distrito de Santiago, seguido contra Rodolfo Flores Apaza y Silvia Capacute Pacoticona y contra la asociación pro vivienda Kantoc debiendo de notificarse a este último mediante edictos que correrá a cuenta y costo del recurrente. Tramítese la presente demanda en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de DIEZ DIAS. Debiendo de notificarse a la partes conforme a ley. CITESE con la demanda i esta resolución a los colindantes Esteban Castillo Palma La sucesión de quien en vida fue Julio Mendigure Roque, Justa Apaza viuda de Flores y Sucesión de Quien vida fue Isaac Flores Huanaco, A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán ( ... ) HAGASE SABER. Santiago, 19 de octubre del 2017. 3vces-26-30x-y-02-xi-17 b/v 002-1299 AVISO DE LEY Para los efectos del art. 1596 del Código Civil Vigente, se pone en conocimiento del público, que por la escritura pública de fecha 30 de diciembre del 2015, ante el Notarlo Público Don Néstor D. he adquirido de su anterior dueño don José Helart Salinas Estrada, el predio Jabón Mayo Socya Ccollo o Sochuacollo, inscrito en los registros públicos de la propiedad inmueble el 09 de enero de 1911, con resolución directoral N° 0413-88DUAD-XX-CUSCO, amparados en los títulos otorgados con anterioridad el 18 de enero de 1920, inscritos en los Registros Públicos de conformidad con lo dispuesto por el inc. A del art. 2d.o y 7mo. de la ley N° 24657 ley de deslinde y titulación, por juez de tierras de Sicuani de conformidad con lo dispuesto por el art. 232, art. 11 de la ley orgánica del poder judicial N° 14605 y de conformidad con el inc. 11 del art. 223 de la Constitución Política del Perú, y otra R.D. N° 0684-83-DRA20 de 1992 en favor de la Asociación Pro Vivienda Andaluz Jabón Mayo un inmueble privado o particular ubicado en el distrito de Yanaoca de la provincia de Canas departamento del Cusco Cuyos linderos extensión, precio y demás términos aparecen en dicho documento. Sicuani, 30 de diciembre del 2015. APV ANDA LUZ JAVON MAYO CON PARTIDA N° 1103898 01-02/11/2017 B/.001-591
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SUCESIÓN INTESTADA Ante la “NOTARIA HUANCA”, ubicado en el Jirón Jaquijahuana “C6-10” de la ciudad de Anta - Cusco; se ha presentado JOSÉ ANTHONY ZÚÑIGA ALVAREZ, con DNI N° 76085898, solicitando la sucesión intestada de su madre la que en vida fue IBOLINA ALVAREZ HUAMAN, fallecida el 05/03/2016, siendo el último domicilio en el Sector Rioja Andenes sin número, del distrito de Limatambo, provincia de Anta, departamento de Cusco; indica que debe declararse como sus herederos al SOLICITANTE i a su hermana KATHERINE SANI ALVAREZ por ser hijos de la causante. Lo que se publica para fines de ley. Anta, 28 de octubre del 2017. 02/11/2017 B/.001-592 SUCESION INTESTADA Ante mi Despacho Notarial, se presentó el Sr. OSCAR RODOLFO QUISPE QUISPE, identificado con DNI. N° 41160523; solicitando la Sucesión Intestada de Q.E.V.F. Sr. CECILIO QUISPE HUARHUA, fallecido el día veintinueve de octubre de dos mil trece, y siendo el último domicilio del causante el inmueble ubicado en la Asociación Miraflores B-1, distrito, provincia y departamento de Cusco; lo que hago de conocimiento público para los fines de Ley. Cusco, 31 de octubre de 2017. CARLOS AUGUSTO SOMOCURCIO ALARCON NOTARIO DEL CUSCO 1V-02-XI-17 B/V 002-1353 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 18 de Octubre del 2017, la recurrente MARCIA LILIANA ESCOBAR LOPEZ, titular del Acta de nacimiento N° 1009411014, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de sus progenitores, habiéndose registrado como EFRAIN ESCOBAR Y MARIA EMPERATRIZ LOPEZ, siendo el nombre correcto del padre EFRAIN ESCOBAR ALEGRIA Y el nombre correcto de la madre MARIA EMPERATRIZ LOPEZ ARANIBAR. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 25 de Octubre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-02-XI-17 B/V 002-1351 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 12 de Octubre del 2017, el recurrente JOHN ABELARDO MAR PEREZ, titular del Acta de nacimiento N° 1009443241, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su progenitora, habiéndose registrado como LUCILA PEREZ, siendo el nombre correcto LUCILA PÉREZ MUJICA. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 18 de Octubre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-02-XI-17 B/V 002-1360 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL
5 DON: EFRAIN FRISANCHO CAHUA EDAD: 79 AÑOS ESTADO CIVIL: DIVORCIADO OCUPACION: INDEPENDIENTE NACIONALIDAD: PERUANO DNI: 23821429 DOMICILIO: APV. DIEGO QUISPE TIITO A-5 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN DOÑA: EMPERATRIZ ELENA SIERRA FARFAN EDAD: 76 AÑOS ESTADO CIVIL: SOLTERA OCUPACION: SU CASA NACIONALIDAD: PERUANA DNI: 23846183 DOMICILIO: APV. DI EGO QUISPE TIITO A-5 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN FECHA DE MATRIMONIO: 10 DE NOVIEMBRE DEL 2017 HORAS: 11:00:00 a.m. QUIENES PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSALES DE IMPEDIMENTO LEGAL, PODRAN DENUNCIARLOS DENTRO DEL PLAZO DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 253 DEL CODIGO CIVIL, ANTE LA SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL DE ESTA MUNICIPALIDAD. SAN SEBASTIAN, 31 DE OCTUBRE DEL 2017 ALFREDO RIMASCA CHACON REGISTRADOR DE ESTADO CIVIL 1V-02-XI-17 B/V 002-1361 EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE IMVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 211-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento de los señores EDWIN ALFARO ALCCACCAHUA Y RUTH ERIKA YAURI CCOTO, que la Fiscalía provincial Penal de Espinar ha requerido proceso inmediato en contra de EDWIN ALFARO ALCCACCAHUA, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos previsto en el artículo 149 primer párrafo del Código Penal, en agravio de su menor hijo de iniciales Y.S.A.Y, representado por su madre Ruth Erika Yauri Ccoto; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha primero de setiembre del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado EDWIN ALFARO ALCCACCAHUA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...) 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a «u domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto.- Finalmente se pone en su conocimiento que mediante resolución número cuatro la audiencia de incoación de PROCESO INMEDIATO ha sido reprogramada para el TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS.Espinar, 20 de Octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ
6 EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00242-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor LORENZO FLOREZ HUISA que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar ha requerido en su contra PROCESO INMEDIATO, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, en agravio de su menor hija de iniciales A.L.F.CC, representada por su madre Elsa Ccama Hachircana; así también se pone en su conocimiento la resolución N° 04, la misma dispone reprogramar la audiencia de incoación de PROCESO INMEDIATO para el día LUNES TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y QUINCE HORAS.Espinar, 19 de Octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 228-2017-71-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor WALTER ROBERTO PUMA ACHUMA la RESOLUCIÓN N° 04 de fecha diecinueve de octubre del dos mil diecisiete, que resolvió: 1) REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA para el día TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS, y 2.- REQUIÉRASE al imputado WALTER ROBERTO PUMA ACHUMA para que en el plazo de 24 horas de notificado cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público.Espinar, 20 de Octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP: 1760-2017-0-1001-JR-PE-05 EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ANTICORRUPCION DEL CUSCO CITA Y EMPLAZA A: FRANKLIN ROOUSSBELL FALCON LLOCLLA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo en agravio del Estado. Cusco, 26 de octubre del 2017. SE ADJUNTA: AUTO DE RECEPCIÓN DE LA DISPOSICIÓN FISCAL DE FORMALIZACION DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, ocho de mayo Del año dos mil diecisiete.III. PARTE RESOLUTIVA: 1.- RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Convención, por la que dispuso formalizar y continuar investigación preparatoria contra ABALIO CHAHUA ALMIRON, HUMBERTO CASTILLO TUPAYACHI Y FRANKLIN ROOUSSBELL FALCON LLOCLLA, a título de autores, por la comisión de los delitos contra la administración pública en la modalidad de negociación incompatible, previsto en el artículo 399° del Código Penal, en agravio del
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Estado, representado por la Procuraduría Pública a Cargo de Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, sin perjuicio de considerar como parte agraviada a la Municipalidad Distrital de Ocobamba. 2. REQUIÉRASE a los imputados ABALIO CHAHUA ALMIRON, HUMBERTO CASTILLO TUPAYACHI Y FRANKLIN ROOUSSBELL FALCON LLOCLLA a que en el plazo de 24 horas de notificados con la presente Resolución, cumplan con nombrar abogado defensor de su libre elección para los fines de su defensa dentro del presente proceso, ello bajo apercibimiento de designárseles un abogado de la Defensa Pública y someterse a lo dispuesto mediante el D.S. 007-2012-JUS - Decreto Supremo que aprueba arancel para servicio no gratuito de la Defensa Publica.Resolución Nro. 05 Cusco, ocho de setiembre del Dos mil diecisiete.VISTO.- El oficio que antecede remitido por el Fiscal Provincial Penal encargado del caso, conjuntamente que la disposición fiscal N° 04-2017 de fecha veintinueve de agosto del año en curso, que dispone la Prorrogar la Investigación Preparatoria de la presente investigación; en consecuencia, este Despacho DISPONE: Recepcionar la disposición de PRORROGA de la investigación preparatoria, por el término de SESENTA DÍAS NATURALES, debiendo ponerse la presente resolución, en conocimiento de las partes procesales. NOTIFIQUESE. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP: 1760-2017-54-100 l-JR-PE-05 EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ANTICORRUPCION DEL CUSCO CITA Y EMPLAZA A: FRANKLIN ROOUSSBELL FALCON LLOCLLA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo en agravio del Estado. Cusco, 26 de octubre del 2017, SE ADJUNTA: Resolución Nro. 01 Cusco, dieciocho de setiembre Del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA EL PEDIDO/DE CONSTITUCIÓN DE ACTOR CIVIL. A LO EXPUESTO.- Dese por apersonado al Procurador Publico de la Procuraduría Publica a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, con el domicilio procesal en la Casilla Electrónica N° 6915 de la Central de Notificaciones de esta Corte Superior de Justicia de Cusco, donde se le hará llegar las notificaciones de ley. VISTO: La petición de constitución en Actor Civil presentada por la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraería General de la República, en su condición de parte agraviada, y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, la parte agraviada, se apersona al proceso, señalando su domicilio procesal/y realiza la solicitud de constitución en actor civil. SEGUNDO. Que, elector civil en sentido amplio es cualquier persona que en un proceso penal;/ejercita la acción civil. En sentido estricto, el titular de la acción civil es la persona física o jurídica ofendida, distinto al acusado, que ejercita únicamente la acción dentro del proceso penal pretendiendo la restitución de la cosa, la reparación del daño o la indemnización de perjuicios materiales o morales. TERCERO. Que, la petición de constitución en Actor Civil cumple con requisitos exigidos en el artículo cien del Código Procesal Penal, por consiguiente debe admitirse a trámite. En consecuencia: ADMÍTASE a trámite la petición de Constitu-
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ción en actor Civil, consecuentemente CÓRRASE traslado a los sujetos procesales por el plazo de tres días, después de notificados con la presente resolución, a fin que cumplan con el pronunciamiento respectivo, cumplido con dicho plazo póngase estos autos en despacho a fin de emitir la resolución que corresponda. AL PRIMER OTROSÍ DIGO.- Téngase en cuenta. AL SEGUNDO OTROSÍ DIGO.- Estando a lo manifestado, téngase en cuenta la delegación de representación a favor de los abogados que se indica, en los términos que se precisa.30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO EXPEDIENTE 779-2017-0-2701-JR-PE-03 JUEZ: JUDITH NELLY ATAPAUCAR BARRIENTOS. ESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZAR. NUMERO DE RESOLUCIÓN: 04 de fecha 23 de octubre de 2017. SE CITA a NORBERTO CURASI MENDOZA, investigado por la presunta comisión del delito contra la administración pública en su modalidad de desobediencia o resistencia a la autoridad en agravio del Estado Peruano, por haberse formulado el requerimiento de acusación en su contra, con el extracto de la resolución número 04 de fecha 23 de octubre del año 2017, mediante el cual se programa audiencia para el DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 A HORAS 07:30 DE LA MAÑANA hora exacta para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del 1o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivero N° 722 de esta ciudad.Puerto Maldonado, 24 de octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CALCA SEÑORES: CONSTANTINA BOHORQUEZ CONDORI y, VICTORIA BOHORQUES CONDORI. La señora Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CALCA, DRA. INÉS ROJAS CONTRERAS, en el Incidente Penal N° 00031-2017-5-1005-JR-PE-01, seguido contra CONSTANTINA BOHORQUEZ CONDORI y, VICTORIA BOHORQUES CONDORI, en agravio de NILSON VLADIMIR VALENCIA PUMA, sobre Lesiones Leves, debiéndose notificar a CONSTANTINA BOHORQUEZ CONDORI y, VICTORIA BOHORQUES CONDORI con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de Audio SONIA RAQUEL JALLO YUCRA, ha resuelto comunicar al imputado con la resolución N° 02 de fecha 17-10-2017. JUEZA: Emite la resolución respectiva. RESOLUCIÓN N° 02 Calca, diecisiete de octubre Del año dos mil diecisiete--VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUSTRADA el inicio del Juicio oral en el presente proceso. 2.- REPROGRAMAR la audiencia de juicio oral para llevarse a cabo el dia CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, quedando en este acto notificado el representante del Ministerio Publico. 3.- SE DISPONE la notificación via edictos a- los acusadas con la presente reprogramación de audiencia, para lo cual se dirijan los oficios respectivos a fin de que se de cumplimiento la notificación via edictos. 4.- SE DEJA VIGENTE el apercibimiento previsto en el auto de
citación a juicio respecto a todas las partes. H.S. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 03808-2017-0-í001-IR-PE-02. SEÑOR: EPIFANIO HUALLPA HUAMAN. Ante el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Flagrancia, que despacha la señora Juez Dra. Sonia Alvarez Mendoza, bajo la actuación de la Especialista de Causa Celia Jancco Carazas se CITA Y EMPLAZA al Acusado EPIFANIO HUALLPA HUAMAN, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 03808-2017-0-1001-JR-PE-02, que se le sigue por delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de la menor de iniciales WEHH representado por su progenitora Huisa Flores Julia. En la Audiencia de juicio Oral programado para el día 20 DE NOVIEMBRE a HS. 08.30. de la mañana en la 2o sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 27 de Octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Chumbivilcas, que despacha la señora Magistrada MARILYN MUJICA PERALTA, bajo la actuación de la Especialista Judicial Ménica Paola Loza Lovatón, se sigue el Proceso N° 00130-2017-96-1008-JR-PE-01, seguido en contra del ciudadano ROGER DUNE ANAYA MALLMA, por el Delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de la menor Magaly Anaya Quispe representada por su progenitura Yeni Quispe Quispe. NOTIFIQUESE: Al imputado ROGER DUNE ANAYA MALLMA conforme el Acta de Audiencia de fecha 20 de octubre del 2017, mediante el cual se ha dispuesto: JUEZ: (...) REPROGRAMA la presente audiencia para el día JUEVES VEINTITRÉS DE NOVIEMBRE D£L AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), bajo apercibimiento de que una vez agotada la notificación vía edictos al imputado, en caso de inasistencia de éste, será declarado reo contumaz y se dispondrá su orden de captura, considerando que se trata de un proceso inmediato por tanto de naturaleza inaplazable. (...). Audiencia que se llevará a cabo en el Juzgado Penal Unipersonal de Chumbivilcas ubicado en la Calle 28 de Julio S/N - Santo Tomas - Chumbivilcas. 31/10/2017 02-03/11/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL: No. 00707-2009-0-1001-SP-PE-3. PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN DE FUNCIONES LIQUIDADORA. Secretaria: Carmela Pilar Velasco Guzmán. Se cita, emplaza a la acusada MARUJA ILLA FLORES, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado Peruano. Cusco, 27 de Octubre del 2017. 31/10/2017 02-03/11/2017 CPJ EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATO-
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RIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 1992-2016-82-2701-JR-PE-01 JUEZ: Judith Nelly Atapaucar Barrientes ESPECIALISTA JUDICIAL: Ellzabeth B. Anco Gallegos. NUMERO DE RESOLUCIÓN: 08 de fecha 25 de octubre de 2017. SE NOTIFICA a los agraviados Martha Huillca Palomino, Alipio Yabar Farfán, Wilian Huisa Melo y Maribel Huisa Meló, en la investigación seguida contra Edgar Damacio Duran por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo agravado en agravio de Bernardino Santiago Jancco Challco y otros, acta de acuerdo provisional sobre pena y reparación civil y demás consecuencias accesorias, para la celebración de la audiencia de terminación anticipada. Llegando al siguiente acuerdo: imponer a Edgar Damacio Duran, autor de la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado en agravio de los citados agraviados y otros; una pena privativa de libertad efectiva de diez años; reparación civil de S/ 5000,00 soles a razón de S/385,00 soles, lo que se hace de conocimiento de los citados agraviados para los fines pertinentes. Puerto Maldonado, 27 de octubre del 2017. 31/10/2017 02-03/11/2017 CPJ EDICTO PENAL A JUAN HUAMAN QUISPE El Señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cusco Wesly Astete Reyes ha dispuesto se notifique al imputado JUAN HUAMAN QUISPE con DNI. 45416735, en el proceso N° 2174-2015-3-1001-JRPE-Ol seguido contra el referido sentenciado por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de menor de iniciales JFHH representado por Grimalda Huarancca Condori, bajo la actuación de la Especialista Judicial ABOG. FORTUNATA MAMANI MAITA, ha resuelto notificar al imputado con la siguiente resolución dictado en audiencia de fecha dieciocho de octubre del año dos mil diecisiete: RESOLUCIÓN NRO. 03 Cusco, dieciocho de octubre Del año dos mil diecisiete. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se registra en audio. SE RESUELVE: Se REPROGRAMA la continuación y desarrollo de esta audiencia para el día SEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA A VERIFICARSE EN LA DÉCIMO TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, con la nueva fecha y hora damos por notificados de manera directa a la defensa de la parte agraviada que ha concurrido a esta sesión, debiendo de notificarse a Fiscalía en su casilla electrónica Nro. 61817, así mismo se notifique a Juan Huaman Quispe mediante edictos y el Especialista de Causa deberá de verificar que una vez obtenidos los edictos publicados en el diario y no haber señalado en 24 horas abogado defensor el imputado, se le designe defensor público, precisando en el oficio para la Dirección Distrital de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia de Cusco que se ha cumplido con notificar válidamente mediante edictos al imputado y al no señalar abogado defensor se le designa defensor público. Firmado por el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria.31/10/2017 02-03/11/2017 CPJ EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 03084-2017-84-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO
Cusco, jueves 2 de noviembre de 2017
ESPECIALISTA JUDICIAL: YOHANNA B. GALLEGOS PAUCAR. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados WILIAN ALTAMIRANO GALINDO, MARCIAL MUÑOZ HUICANA, CARLOS BORDA FLORES, DONATO BORDA AVALOS, FERNANDO VEGA GARCÍA, DALMIRO ORIHUELA BALDOR, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MIERCOLERS 08 DE NOVIEMBRE DEL 2017 A HORAS 04:30 P.M, la misma que se verificara la audiencia en la tercera sala de de audiencias del establecimiento penal de varones de Quencoro, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03084-2017-84-1001-JR-PE-01, por la comisión del delito contra la seguridad pública -tráfico ilícito de drogas, en la modalidad de promoción, favorecimiento y/o facilitación del consumo ilegal de drogas toxicas mediante actos de trafico con circunstancias agravantes, en agravio del Estado Peruano.Cusco 30 de Octubre del 2017. 02-03-06/11/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE ALFREDO CHAVEZ ESPINOZA Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Marilia Segovia Quiñones, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 45-2017-NCPP, seguido contra ALFREDO CHAVEZ ESPINOZA, por la presunta comisión del Delito de Lesiones Leves en agravio de Abraham Hebert Valer Pilleo, en la cual se ha dispuesto en audiencia de control de acusación de fecha 19 de octubre del 2017, la notificación vía edicto al imputado ALFREDO CHAVEZ ESPINOZA. a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 19 de octubre del 2017 02-03-06/11/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE JULIO CESAR MOLLO CONDORI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez supernumerario Francisco Ponce Atencio quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Marilia Segovia Quiñones, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 30-2016-28-NCPP, seguido contra JULIO CESAR MOLLO CONDORI, por la presunta comisión del Delito de Violación Sexual de menor en agravio de menor de iniciales BE.MA.CO, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado JULIO CESAR MOLLO CONDORI, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA CUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 26 de octubre del 2017. 02-03-06/11/2017 CPJ NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE FRANKLIN FERMÍN COLLANTES CAJAMARCA Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria
Cusco, jueves 2 de noviembre de 2017
de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Marilia Segovia Quiñones, se viene tramitando el* Proceso Penal signado con el Nro. 46-2017-NCPP, seguido contra FRANKLIN FERMÍN COLLANTES CAJAMARCA, por la presunta comisión del Delito de Conducción en estado de ebriedad o drogadicción en agravio de La Sociedad, en la cual se ha dispuesto en audiencia de control de acusación de fecha 23 de octubre del 2017, la notificación vía edicto al imputado FRANKLIN FERMÍN COLLANTES CAJAMARCA, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAA OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 23 de Octubre del 2017. 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO PENAL URUBAMBA (PROCESO 00498-2017-0-1015-JR-PE-01) Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Urubamba, que Despacha el señor Juez Penal Carlos Alberto Gutiérrez Huallpa, bajo la actuación de la Especialista Judicial Roxana Saldivar Yupanqui, en el Proceso Penal Nro. 00498-2017-0, se ha dispuesto: NOTIFICAR a la acusada MARÍA ARROYO QUISPE; con el requerimiento de acusación que dispone: FORMULAR ACUSACIÓN DIRECTA contra Maria Arroyo Quispe, por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de LESIONES LEVES, previsto en el art. 122° del Código Penal en agravio de Adalid Sinchiroca Chavez. Res. N° 01: Dado cuenta con el requerimiento Fiscal de Acusación Directa presentado por el señor representante del Ministerio Público del Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, y conforme a lo previsto en el artículo 350° de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados. obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio: todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de diez días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Resolución N° 03. SE RESUELVE: Declarar FRUSTRADA la presente audiencia señalándose fecha para la presente audiencia en fecha OCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a horas CATORCE CON TREINTA MINUTOS D ELA TARDE. audiencia a verificarse en el local del Juzgado, sito en la Calle Comercio s/n. Urubamba. 31 de Octubre de 2017. 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL: N° 2003-00131-0-1001-SP-PE-01. Secretaria: Carmela Velasco Guzmán.
9 Se cita y emplaza al acusado ALEJANDRO ALMIRON CHOQQUECOTA, a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de Robo Agravado, en agravio de la Empresa Consorcio Andino. Cusco, 27 de Octubre del 2017. 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 245-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Benedicta Mamani Ccapa contra Eugenio Calderón Sullca; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 03. Paucartambo, 20 de Octubre del 2017.- SE DISPONE: REPROGRAMAR la AUDIENCIA ORAL para el día 21 de noviembre del año 2017 a horas 10:00 de la mañana,!...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Hornokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 280-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Feliciana Quispe Quispe contra Valentín Pumachara Tecsi; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 24 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de VALENTÍN PUMACHARA TECSI en agravio de FELICIANA QUISPE QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONAL MENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado VALENTÍN PUMACHARA TECSI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de FELICIANA QUISPE QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 23 de noviembre del año 2017 a horas 09:00 de la mañana,(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Hornokalle) del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 279-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Alejandrina Lipa Juskca contra Simón Ccoya Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 24 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de SIMÓN CCOYA QUISPE, en agravio de ALEJANDRINA LIPA JUSKCA y recíprocamente en contra de ALEJANDRINA LIPA JUSKCA en agravio de SIMÓN CCOYA QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado SIMÓN CCOYA QUISPE, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse
10 de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ALEJANDRINA LIPA JUSKCA. ORDENAR a la de denunciada ALEJANDRINA LIPA JUSKCA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ALEJANDRINA LIPA JUSKCA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 22 de noviembre del año 2017 a horas 11:00 de la mañana,(...) del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 268-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Cirila Tecsi de Tison contra Saturnino Octavio Tison Sencia; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 17 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de SATURNINO OCTAVIO TIZÓN SENCIA, en agravio de CIRILA TECSI DE TIZÓN. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado SATURNINO OCTAVIO TIZÓN SENCIA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de CIRILA TECSI DE TIZÓN. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 20 de noviembre del año 2017 a horas 10:00 de la mañana,(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Hornokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 277-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Norma Yoni Nolasco Quispe contra Ismael Domingo Huallapa Mamani; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 20 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ISMAEL DOMINGO HUALLAPA MAMANI, en agravio de NORMA YONI NOLASCO QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ISMAEL DOMINGO HUALLAPA MAMANI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de NORMA YONI NOLASCO QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 2J. de noviembre del año 2017 a horas 09:00 de la mañana,(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo
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sito en la calle Colon S/N (Hornokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 267-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Diana Leni Turpo Mayta contra Edwin Rodríguez Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 17 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de EDWIN RODRÍGUEZ QUISPE en agravio de DIANA LENI TURPO MAYTA, KELER ALEJANDRA RODRÍGUEZ TURPO (03), JHAROLD YHOVERLY CHOQUEHUANCA TURPO (12). Con citación del Ministerio Público.- En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECClÓN: ORDENAR al denunciado EDWIN RODRÍGUEZ QUISPE, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de DIANA LENI TURPO MAYTA, KELER ALEJANDRA RODRÍGUEZ TURPO (03), JHAROLD YHOVERLY CHOQUEHUANCA TURPO (12). PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 16 de noviembre del año 2017 a horas 11;00 de la mañana,(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Hornokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 270-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Martina Torres Tacuri contra Mauro Chipa Rayan; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 18 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de MAURO CHIPA RAYAN, en agravio de MARTINA TORRES TACURI. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado MAURO CHIPA RAYAN, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de MARTINA TORRES TACURI. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 20 de noviembre del año 2017 a horas 11:00 de la mañana,(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Hornokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 273-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Floren-
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tina Choquepuma Mamani contra Marco Chuquimaco Lipa; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 18 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de MARCO CHUQUIMACO LIPA en agravio de FLORENTINA CHOQUEPUMA MAMANI. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado MARCO CHUQUIMACO LIPA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de FLORENTINA CHOQUEPUMA MAMANI. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 09 de noviembre del año 2017 a horas 11:00 de la mañana.(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Homokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 262-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Francisca Huaman Ttito contra Roberto Huaman Gutierres; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 16 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ROBERTO HUAMAN GUTIERRES, en agravio de FRANCISCA HUAMAN TTITO. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ROBERTO HUAMAN GUTIERRES, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de FRANCISCA HUAMAN TTITO. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 16 de noviembre del año 2017 a horas 09:00 de la mañana,(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Hornokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 266-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Rosa Ccanque Quispe y Marisol Huarayhua Ccanque contra Ciprian Cancapa Pacco; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 16 de Octubre del 201 7- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de CIPRIAN CANCAPA PACCO, en agravio de ROSA CCANQUE QUISPE y MARISOL HUARAYHUA CCANQUE. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN.ORDENAR al denunciado CIPRIAN CANCAPA PACCO, EL CESE
11 Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de ROSA CCANQUE QUISPE. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 16 de noviembre del año 2017 a horas 10:00 de la mañana,(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Homokalle) del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO Exp. 272-2017-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido contra Edgar Suma Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 16 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de_EDGAR SUMA QUISPE en agravio de la adolescente de iniciales M.T.V.(15) representada por su hermana YOLANDA TTUPA VALERIANO. Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:_ORDENAR al denunciado EDGAR SUMA QUISPE, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de de la adolescente de iniciales M.T.V.(15) representada por su hermana YOLANDA TTUPA VALERIANO. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 15 de noviembre del año 2017 a horas 10:00 de la mañana,(...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la calle Colon S/N (Hornokalle)del distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (...) 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL: N° 2010-0053-1001-SP-PE-01. Secretaria: Carmela Velasco Guzmán. Se cita y emplaza al acusado JUAN JOSÉ QUISPE DAVILA, a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito contra la libertad, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales L.J.D.L. Cusco, 27 de Octubre del 2017. 02-03-06/11/2017 CPJ EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL: N° 191-2010-0-1001-SP-PE-02. Secretaria: Carmela Velasco Guzmán. Se cita y emplaza al acusado SABINO HUANCA SUMA, a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito contra la libertad, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales NKHCJ. Cusco, 27 de Octubre del 2017. 02-03-06/11/2017 CPJ
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EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL: N° 2006-0059-0-1001-SP-PE-03. Secretaria: Carmela Velasco Guzmán. Se cita y emplaza al acusado CARMEN EUSTAQUIO VALENCIA SANTOS, a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le si-
gue por el delito contra la libertad, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales D.C.D. Cusco, 27 de Octubre del 2017. 02-03-06/11/2017 CPJ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PRIMERA SALA LABORAL TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA Jueves, 02 de noviembre de 2017 Nº
Hora
Exp.
Apelación
Demandante
1
08:20
2816-2017 Auto
2 3
08:30 09:00
1260-2017 Sentencia Flores Castro, Edgar Toribio 1538-2017 Sentencia Ortiz Portugal, Juan
Nº
Hora 1 2
09:00 10:00
Exp.
Carbajal Cruz, Constantino
Apelación
Demandante
1389-2016 Sentencia Delgado Aybar, Miriam Victoria 2044-2016 Sentencia Palomino Cruz, Alejandro
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DAFNE DANA BARRA PINEDA PRESIDENTA
Materia
Demandado Dir. Desconcentrada de Cultura de Cusco
Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Viernes, 03 de noviembre de 2017
Proc.
Colegiado
Nulidad de Cosa Juzgada 4.J.T.C. Barra-Pinares-Pereira 1.J.T.C. Barra-Pinares-Pereira 1.J.T.C. Barra-Pinares-Pereira
Reposición Reposición
Materia
Demandado PROYECTO PERU CENTER S.C.R.L.
Indemn. por Despido Arbitrario
Inversiones Nacionales de Turismo S.A.
Reposición
Proc.
Colegiado
4.J.T.C. Dirimencia: Alfaro 1.J.T.C. Dirimencia: Alfaro
MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO SECRETARIA
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