Cusco, miércoles 21 de noviembre de 2012 Usuarios FE DE ERRATAS EDICTO NOTARIAL Ante la Notaría Pública del Dr. Jorge Oswaldo Bustamante Aragón, ubicado en la calle Pampa del Castillo N° 460 de esta Ciudad; se presentaron los señores PAUL RODRIGUEZ PAGAZA y MARIA NATIVIDAD PACHECO YABAR, solicitando al amparo de lo dispuesto por las leyes N° 27157,27333 Y el D.S. 001-2009-VIVIENDA, LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, del inmueble urbano ubicado en las calles Intimpa y Los Saucos, signado con los Números 1 y 2 de la Manzana “C”, de la A.P.V. La Planicie, del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco, con un área de 591.25 M2 Y un perímetro de 97.50 ml, con historia registral de la Matriz P.E. 11001921. As. 27, en la Zona Registral N° X Sede Cusco; convocándose a todo aquel que tenga derechos sobre dicha propiedad, para hacer valer su respectivo derecho de acuerdo a Ley. Jorge Oswaldo Bustamante Aragón Notario –Abogado 3v-8-14-20-xi-12 b/v 25905
EDICTO JUDICIAL .- Ante el Juzgado Mixto de Canas, que despacha la Dra. Yossy Samantha Álvarez Tito, se tramita el Proceso Civil N° 003-2012-CI, sobre INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido por JUAN FRANCISCO QUISPE LOPE, contra Alberto Checcori Quispe y otros, que mediante resolución N° 06 del 22 de Junio del 2012 se ha dispuesto se notifique por edictos al demandado Wilber Marquina Lacuaña, con el contenido del autoadmisorio de la demanda, Resolución Nro. 03, del cuatro de mayo del dos mil doce.- que en su parte resolutiva RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la Vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por JUAN FRANCISCO QUISPE LOPE por Indemnización de Daños y Perjuicios ascendente a setecientos mil nuevos soles en contra ALBERTO CHECCORI QUISPE, ISIDORA CHECCORI CUTIRE, MARCOS MAMANI CONDE, MARCOS CHECCORI CUTIRE, WILBER MARQUINA LACUAÑA, Y ELENA CHECCORE CUTIRE, Lo que se publica los edictos, para los fines consiguientes.- Canas, 14 de noviembre de 2012.- Héctor Tairo Curo.- Secretario Judicial.Juzgado Mixto de Canas.3v 22-23-24 nov.
SUCESIÓN INTESTADA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, SEÑORA: SAINAB KARINA VELASCO MIRANDA, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE: AGUSTINA MIRANDA MOSCOSO, FALLECIDA EN ESTA CIUDAD EL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL 2012, HABIENDO SIDO SU ULTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGA USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TÉRMINO DE LEY. CUSCO: 20 DE NOVIEMBRE DEL 2012 NESTOR AVENDAÑO GARCIA NOTARIO ABOGADO 1v-21-xi-12 b/v 26088
EDICTO JUDICIAL EMPLAZAMIENTO EDICTAL Ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que Despacha el Señor Magistrado Eliot Alcibíades Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal Tony Quispe Yanqui se ha admitido a trámite el proceso numero 2012-00419, la publicación del auto admisorio.- Resolución N° 01 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Lucio Quispe Puclla contra Gavina Puclla Ccore sobre Prescripción Adquisitiva de dominio de bien inmueble lote B-2-2 denominado erapata hoy plaza dos de noviembre del distrito de San Jerónimo de 157.81 metros cuadrados, cuyo predio matriz se encuentra registrado en la partida número 11071517.- Tramitase en la vía del proceso ABREVIADO.- Por ofrecidos los medios probatorios que indica, reservándose la admisión y actuación para la etapa procesal Correspondiente.- A sus antecedentes los anexos que apareja- Confiérase traslado al demandado por el término de Ley, conforme prevé el artículo 491 del Código Procesal Civil bajo apremio de acusar rebeldía, y notifíquese también a los colindantes,- Habilitase días y horas para el emplazamiento
de la demandada, inclusive sábados domingos y feriados.- Publíquese extracto del auto admisorio por tres veces con intervalos de tres días. Cusco, 05 de noviembre del 2012. 3v-21-27- xi- y 03-XII-12 b/v 26087
EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 143-2011 seguido en el Juzgado Mixto de la provincia de Quispicanchi que despacha el Señor Juez Dr. Ulises Villena Ramírez interpuesto por Hermogenes Cardoso Jara contra Manuel Jesús Cornejo Vallenas sobre Prescripción Adquisitiva, se ha dispuesto mediante resolución N° 02 de fecha 15 de diciembre del 2011 la publicación con el extracto de dicha resolución con el siguiente contenido: (. .. ) ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por Hermogenes Cardoso Jara, apoderado de Luis Augusto Dario Tomas Herrera Rodríguez sobre Prescripción Adquisitiva de dominio del inmueble S/N de la calle Zubiaga ubicado en el distrito de Andahuaylillas, provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco, contra Manuel Jesús Cornejo Vallenas y esposa Oiga Castro de Cornejo con citación de los colindantes Edwin Cornejo Castro¡ Municipalidad Distrital de Andahuaylillas, Grover Cornejo Castro, Manuel Jesús Cornejo Vallenas y esposa Oiga Castro de Cornejo, en vía de PROCESO ABREVIADO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el plazo de ley para que la conteste, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios para su admisión y actuación en la estación procesal correspondiente. ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos para su oportunidad. Líbrese exhorto para la notificación a la parte demandada para lo cual, adjunte el demandante las tasas judiciales correspondientes por libramiento de exhorto. Urcos, 13 de noviembre del 2012. 3v-21-27- xi- y el 03-xii-12 b/v 26086
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO CIVIL RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Por Expediente N°: 040025 DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2012. Don (a) ANGEL URIEL CARCAUSTO RODRIGUEZ. Solicita la Rectificación Administrativa de la partida ó acta de: Nacimiento de: FIDEL DAVID CARCAUSTO RODRIGUEZ, por existir error respecto de los nombres de los progenitores del titular del acta, consignados como: MIGUEL A. CARCAUSTO y ELISABETH RODRIGUEZ siendo lo nombres correctos los de: MIGUEL ANGEL CARCAUSTO HERMOZA y ELIZABETH RODRIGUEZ SANTOYO. En la partida o Acta N° 540 De 1952 Lo que se da a conocer a fin que, quienes resulten perjudicados con la Rectificación, pueden formular oposición por escrito dentro de los 15 días siguientes a la publicación , conforme establece el Art. 74 del D.S. 015-PCM, ante la oficina de registro Civil de la municipalidad Provincial del Cusco. Se cumple conforme al Art. 73 del D. S. 015-98-PCM. Cusco, 20 de noviembre 2012. Walter Carpio Chávez Director 1v-21-xi—12 b/v 26085
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO CIVIL RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Por Expediente N°: 040026 DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DEL 2012. Don(a) ANGEL URIEL CARCAUSTO RODRIGUEZ. Solicita la Rectificación Administrativa de la partida ó acta de: Nacimiento de: ALCIRA MELCHORA CARCAUSTO RODRIGUEZ, por existir error respecto de los nombres de los progenitores de la titular del acta, consignados como: MIGUEL ANGEL CARCAUSTO H. y ELISABETH RODRIGUEZ, siendo lo nombres correctos los de: MIGUEL ANGEL CARCAUSTO HERMOZA y ELIZABETH RODRIGUEZ SANTOYO. En la partida o Acta N° 56 De 1947 Lo que se da a conocer a fin que, quienes resulten perjudicados con la Rectificación, pueden formular oposición por escrito dentro de los 15 días siguientes a la publicación , conforme establece el Art. 74 del D.S. 015-PCM, ante la oficina de registro Civil de la municipalidad Provincial del Cusco. Se cumple conforme al Art. 73 del D. S. 015-98-PCM. Cusco, 20 de noviembre 2012. Walter Carpio Chávez