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Cusco, lunes 30 de octubre de 2017 REMATE JUDICIAL

EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 1526-2016 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra CESAR CUSIHUAMAN COAVOY y GETRUDIS AYDEE REYES CRUZ, sobre Ejecución de Garantías, el Quinto Juzgado especializado en lo Civil de Cusco, a cargo del señor Juez Dr. Cardenas Villanueva Marianella, asistido por la Especialista Legal Vargas Trujillo Vilma, ha facultado al Martillero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro Nº 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble ubicado en Stand W-9 de la fracción “A” del Terreno ubicado en la Margen Derecha del Rio Huatanay, Sector comprendido entre el Terminal Terrestre y el Puente Cusichaca, del Distrito de Santiago, Provincia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 11004175 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. VALOR DE LA TASACION: US$ 37,030.90 (Treinta y siete mil treinta con 90/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 24,687.27 (Veinticuatro mil seiscientos ochenta y siete con 27/100 dólares americanos). AFECTACIONES: 1) Restricciones.- La compra inscrita en el asiento anterior a favor de Pedro Ancalla Llanos y Constancia Paucar Poma se sujeta a las siguientes restricciones: 1.- El bien materia de venta debe ser destinado exclusivamente al desarrollo de las actividades económicas de comercio de bienes manufacturados de modo permanente y continuo. 2.- La prohibición de efectuar posteriores ampliaciones o modificaciones a la estructura y diseño del centro comercial El Molino, sometiéndose expresamente a las condiciones y limitaciones estipuladas en el Relamento Interno de propiedad del mismo, así consta inscrito en el Asiento D00003; 2) Hipoteca.- Gertrudis Aydee Reyes Cruz y Cesar Cusihuaman Coavoy, en su condición de propietarios, constituyen hipoteca a favor de Scotiabank Peru S.A.A. con personería jurídica inscrita en la en la partida N° 11013686 del Registro de Personas Juridicas e a Oficina Registral de Cusco, representada en este acto por sus funcionarios Alex Mihaly Montes Rojas y Katiuska Karenina Contreras Romero, con facultades debidamente inscritas hasta por la suma de S/ 184,131.36 (Ciento ochenta y cuatro mil ciento treinta y uno con 36/100 soles) en garantía de las obligaciones descritas en la escritura pública que da merito a la presente inscripción, así consta inscrito en el Asiento D000015, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Electrónica N° 11004175 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE: 07 de Noviembre del 2017 a horas 10:15 a.m. (diez con quince minutos de la mañana). LUGAR DE REMATE: En la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil Laboral que es parte del local del Juzgado, ubicada en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Av. El Sol S/N Cercado del Cusco. LOS POSTORES: Depositaran el 10% del valor de la tasación, en cheque de gerencia a sus nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participar en remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI; los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatorio de conformidad con el Articulo 732 del Código Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Publico Registro N° 195; Especialista Legal Vargas Trujillo Vilma, Quinto Juzgado especializado en lo Civil de Cusco. 6vces-23-24-25-26-27-30-x-17 b/v 002-1235 EDICTO SEÑORES: SUCESORES DE LA QUE EN VIDA FUE JESUSA HUALLPA SUTTA En el proceso signado con el No 01302-2017-0-1001-JR- CI-02, seguido por Guillermo Avendaño Carbajal contra Sofía Huallpa Sutta y otra sobre cumplimiento de Obligación de Hacer, seguido ante el señor juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la especialista legal Saida Chiun Manco, de conformidad a lo regulado por el artículo 165° del Código procesal Civil, se ha ordenado se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO la demanda interpuesta por GUILLERMO AVENDAÑO CARBAJAL contra SOFIA HUALLPA SUTTA y JESUSA HUALLPA SUTTA representado por sus sucesores sobre CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE HACER consistente en TORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA de compra venta del terreno rústico denominado Allpa Orccona de una extensión de dos topos y medio ubicado en la Comunidad Campesina de Quillahuata anexo Miskiuno del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco, notifíquesele mediante edictos a los sucesores del que en vida fue Jesusa Huallpa Sutta conforme a las formalidades expresadas en el artículo 167°del Código Procesal Civil, a fin de que los sucesores se apersonen al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Hágase Saber”. -FIRMA: Zamalloa Cornejo Juez, Saida Chiun Manco, Especialista legal. Cusco, 23 de Octubre del 2017. 3VCES-26-27-30-X-17 B/V 002-1284 EDICTO Ante El Tercer Juzgado de Paz letrado del Cusco a cargo de la Dra. Judit Tacuri Chávez y bajo la actuación de la Especialista legal Dra. Judith Castillo Prado, se viene tramitando el expediente N° 2227-1997-FC seguido por Rosa huanca Mer-

cado contra Gregario Huallpa Alvarez sobre Alimentos y mediante Resolución N° 62 se ha RESUELTO: APROBAR la liquidación de fojas 198 a 200 correspondiente al periodo comprendido del mes de noviembre del dos mil doce al mes de octubre del dos mil dieciséis por la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA I NUEVE SOLES CON 80/100.- Requiérase al demandado para que cumpla con cancelar la deuda de los alimentos devengados, dentro de tercer día de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de remitir copias de las piezas procesales pertinentes al representante del Ministerio Publico, para que formule la denuncia por Omisión a la Asistencia Familiar sub tipo Incumplimiento de obligación Alimentaria. Por lo que se le exhorta al demandado a fin de que cumpla con cancelar la deuda bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Público- Lo que se publica para los fines de Ley.Cusco, 20 de octubre del 2017 3vces-27-30-x-y-02-xi-17 b/v 002-1309 EDICTO JUDIC1AL Señores que conforman la SUCESIÓN de: - Sergio Rosario Cahuata Esquivel. - Miguel Grimaldo Esquivel Bustamante. - Rudecindo Esquivel Cahuata. - Quintina Esquive! Bustamante. - Juan Esquivel Bustamante. - Eudocia Esquivel Bustamante. Ante el Juzgado Civil de Canchis - Sicuani, a cargo de la señorita Juez Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación de la secretaria judicial Indyra Raysha Paredez Sanca, se viene tramitando el PROCESO N° 0105-2016-0-1007-JM-CI-02 en los seguidos por JULIO JACINTO CAHUATA ESQUILVEL, donde -en la Resolución N° 03 y 10-: SE RESUELVE: Uno) ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por JULIO JACINTO CAHUATA ESQUIVEL contra SIMON CIRILO ESQUIVEL VEGA, con CITACIÓN DE: IGNACIO CAHUATA ESQUIVEL, sucesión de SERGIO ROSARIO CAHUATA ESQUIVEL, ZOILA CAHUATA ESQUIVEL, OCTAVIA . CAHUATA ESQUIVEL y ELDILFONSO CAHUATA ESQUIVEL, sucesión de Miguel Grimaldo Esquivel Bustamante, sucesión de Rudecindo Esquivel Cahuata, sucesión de Quintina Esquivel Bustamante, sucesión de Juan Esquivel ... Bustamante y sucesión de Eudocia Esquivel Bustamante sobre DECLARACIÓN DE HEREDERO a fin de que se le declare heredero al recurrente y sus hermanos Ignacio, Sergio Rosario, Zoila, Octavia y Eldilfonso Cahuata Esquivel del que en vida fue su abuelo MIGUEL ESQUIVEL PORCEL. Dos) Tramitar la demanda materia de autos por la vía procedimental del PROCESO DE CONOCIMIENTO. Tres) CORRER TRASLADO de la demanda al demandado por el plazo de TREINTA DÍAS para que conteste la demanda; bajo apercibimiento de declarársele rebelde, con conocimiento del citado; para cuyo efecto CUMPLA LA DEMANDANTE con arancel judicial por derecho de notificación en número igual de las partes del proceso, proporcionando copias del escrito de la demanda y de sus escritos de subsanación en numero igual de las partes del . proceso, bajo apercibimiento de no darse trámite a la presente, proporcionando los domicilios de los citados. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos los medios probatorios para ser merítuados en su oportunidad. AL OTROSI DIGO: No siendo el presente proceso sobre sucesión infestada, no corresponde la notificación al Ministerio “Público. AL MAS DIGO: Agréguese a sus antecedentes. HÁGASE SABER. Lo que se publica para los fines de Ley. Sicuani, 09 de octubre del año 201 7. 27-30-31/10/2017 B/.001-568 AVISO DE PUBLICACION, DISOLUCION Y NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADOR.En concordancia con el Art. 82 de la Ley 21621. La empresa: “KAMAQUEN TRAVEL E.I.R.L. EN LIQUIDACION”, representada por su titular-Gerente: Rubén Carlos Orellana Neira, da a conocer que mediante acta de fecha 25 de Octubre de 2017, decidió disolver la empresa por voluntad propia, nombrándose como liquidador al Sr. Ruben Carlos Orellana Neira.- Lo que se comunica conforme a Ley.- Cusco, 26 de Octubre del 2017. 27-28-30/10/2017 B/.001-569 EDICTO JUDICIAL CAMBIO DE APELLIDO PATERNO El Juez del Primer Juzgado Mixto de la provincia de Chumbivilcas, doctora Norma Palomino Paredes, ha dispuesto en el expediente Nro. 0091-2017-0-1008-JM-CI-01, seguido por GERMAN HUAMANI BAUTISTA, viene solicitando el cambio de Apellido Paterno de “HUAMANI” A “RODRIGUEZ” debiendo de quedar como GERMAN RODRIGUEZ BAUTISTA, inscrito en la Municipalidad Distrital de Colquemarca, Provincia de Chumbivilcas- Departamento del Cusco.


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Cusco, lunes 30 de octubre de 2017 Lo que se publica para los fines de Ley Santo Tomas, 02 de octubre del 2017 27-30-31/10/2017 B/.001-572 EDICTO JUDICIAL A LA SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE ROSA CHALLCO HUAMAN.En el Expediente Nro. 02154-2014-0-1001-JR-CI-04, seguido por FELICITAS FUENTES CCAYAHUALLPA, AGUSTINA FUENTES CCAYAHUALLPA y MIGUEL FUENTES CCAYAHUALLPA contra LA SUCESIÓN DE VICTOR CCAYAHUALLPA MENDOZA y la sucesión de quien en vida fue ROSA CHALLCO HUAMAN, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA URBANIZACIÓN WISPAMPA LOTES N° 1-1,1-2 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la notificación mediante edictos a SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE ROSA CHALLCO HUAMAN con el extracto de la demanda y el auto admisorio de la demanda.- DEMANDA.-FELICITAS FUENTES CCAYAHUALLPA, AGUSTINA FUENTES CCAYAHUALLPA y MIGUEL FUENTES CCAYAHUALLPA solicita la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA URBANIZACIÓN WISPAMPA LOTES N° 1-1, 1-2 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN. RESOLUCIÓN NRO. 03.-Cusco, tres de marzo del año dos mil quince. VISTO: El expediente que contiene el presente proceso para fijar los puntos controvertidos. Y CONSIDERANDO, RESUELVE: ADMITIR a tramite la demanda interpuesta por FELICITAS FUENTES CCAYAHUALLPA, AGUSTINA FUENTES CCAYAHUALLPA y MIGUEL FUENTES CCAYAHUALLPA contra LA SUCESIÓN DE VICTOR CCAYAHUALLPA MENDOZA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA URBANIZACIÓN WISPAMPA LOTES N° 1-1, 1-2 DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN; con citación de la EMPRESA CONSTRUCTORA LOS FAROS, LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN y ARTURO ORDOÑES CALDERÓN en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado al demandado por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde. Asimismo, efectúese las publicaciones edictales con un extracto de la demanda y el auto admisorio conforme el artículo 506 del Código Procesal Civil.- Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos. Margot Inquiltupa Calvo, Especialista Legal. 3vces-24-30-x-y-06-xi-17 b/v 002-1263 EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por el Sr. Juez Provisional SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR, en el Exp. N° 171-20160-1015- JM-CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 05 de fecha 05 de octubre del dos mil diecisiete mediante la cual se ha dispuesto que estando a lo señalado por el recurrente y conforme señala el artículo 165 del Código Procesal Civil NOTIFIQUESE a la demandada GRIMALDA CANDIA BENAVIDES, mediante EDICTOS conforme a ley, bajo apercibimiento en caso de no apersonarse a este despacho de nombrárseles Curador Procesal conforme a Ley y continuarse con la tramitación del proceso.- Así mismo mediante resolución N° 03 de fecha tres de marzo del dos mil diecisiete se ha RESUELTO ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por TANIA PEDRAZA CANDIA sobre: . PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE rustico denominado TTICAPATA LEGUAYOC, de la extensión de 0.1603 Has, parte integrante de la U.C. 03462 del sector de Huayoccari, del distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento del Cusco contra GRIMALDA CANDIA BENAVIDES y BEATRIZ CANDIA BENAVIDES. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- AL OTROSI: Tómese en cuenta.AL MAS: En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- AL PRIMER MAS: Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas.- AL SEGUNDO MAS: NOTIFIQUESE a los colindantes del inmueble MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA debidamente representado por su alcalde Julio Llallicuna Carazas, DELFINA LLALLICUNA DE PAUCAR, VICENTE LÓPEZ CANDIA SAMUEL CANDIA BENAVIDES.- A sus antecedentes los anexos que indica. Se requiere a la parte demandante cumpla con realizar las gestiones necesarias en la RENIEC, para conocer el domicilio real de la demandada Grimalda Candia Benavides, para su debido emplazamiento, ya que no basta solo con indicar que desconocen el domicilio de la misma, en el PLAZO DE TRES DIAS, bajo apercibimiento de ley, en caso de incumplimiento. H.S.Urubamba, 20 de Octubre del 2017 3vces-24-30-x-06-xi-17 b/v 002-1266 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE INMUEBLE URBANO Ante mi ORLANDO PACHECO MERCADO, ABOGADO NOTARIO DE CUSCO, CON DESPACHO EN LA AVENIDA GRAU 438 DE LA CIUDAD DE CUSCO, FUE PRESENTE DON PERCY GABINO SUMARRIVA BUSTINZA y su cónyuge NATIVIDAD ORTIZ CARRILLO, SOLICITANDO SE LES DECLARE POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PROPIETARIOS DEL INMUEBLE URBANO DENOMINADO “DEPARTAMENTO E-2-102,- DEL CONDOMINIO URBANO INGENIERIA I, UBICADO EN EL PRIMER NIVEL DEL BLOQUE E-2, DEL

INMUEBLE UBICADO EN LA ESQUINA DE LA DIAGONAL ANGAMOS y LA AV, LOS INCAS N° 1608 DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 11017841 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL X SEDE CUSCO, EMPLAZANDO AL TITULAR REGISTRAL “GUZMAN & SOCIOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA” A LOS PROPIETARIOS DE LOS BIENES COLINDANTES NILDA CARRASCO CANDIA, LIONEL WILFREDO CORRALES GRISPO y SEÑORA MARINA CACERES VALENCIA, RUBEN ARTURO CARRION MOREANO y SEÑORA HAIDEE VARGAS AIMITUMA, FRILO SILVA GUEVARA y SEÑORA LISBETH VERA FERCHAU. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PUBLICO, PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 17 DE OCTUBRE DE 2017. ORLANDO PACHECO MERCADO NOTARIO DE CUSCO 3VCES-18-24-30-X-17 B/V 002-1149 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 01332-2016-0-1001-JR-CI-01. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin García Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil, con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN Nro. 02, Del 23 de setiembre de 2016, ( ... )AUTO ADMISORIO VISTO; ( ... ); Y CONSIDERANDO( ... )SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por instada por Benedicta Cuyro Vda. De Montesinos, Avelino Montesinos Cuyro, Héctor Pablo Montesinos Cuyro y Antonieta Montesinos Cuyro, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; respecto del inmueble Sector Wispampa - Mz. “L” Lote 2 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco; dirigida CONTRA TOMASA QUINTO CCAYAHUALLPA y JACINTO HUMANTUPA QUISPE y con citación de los colindantes; Francisco Quispe Ccahuarupay y Cladis Caballero Incaroca, la Municipalidad Distrital de San Sebastián , y Procurador Público de la Municipalidad Distrital de San Sebastián Cusco; en la vía del PROCESO DE ABREVIADO, confiérase traslado a la demandada por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.- Al Primer Otrosi digo.- Por ofrecidos los medios probatorios que alcanza.- al segundo Mas Digo.- Téngase por presentados los anexos que refiere.- .Al más digo; Téngase en cuenta.- DE OFICIO.- Teniendo en consideración que la demanda se interpone también contra persona indeterminada; en consecuencia se debe proceder a notificar mediante edictos conforme lo establece el Artículo 435° bajo expreso apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo la parte actora concurrir a Administración del Módulo Civil, a efecto de recabar el Edicto Correspondiente y realizar la Publicación correspondiente, sin perjuicio de lo dispuesto CUMPLA el demandante con alcanzar en el plazo de tres días la hoja de identificación RENIEC de los demandados.- ( ... ). Cusco, 17 de octubre de 2017. 3vces-18-24-30-x-17 b/v 002-1160 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N°460 DE ESTA CIUDAD ESTHER GABINA MEDINA ZEGARRA, SOLICITA AL AMPARO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N°27157 Y SU REGLAMENTO, LA DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL PREDIO URBANO UBICADO EN “CALLE CHIMU DE LA A.P.V. LOS NOGALES MANZANA “I” LOTE 12, DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON UN ÁREA DE 200.00 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 60.00 ML. INMUEBLE QUE CUENTA CON INSCRIPCIÓN REGISTRAL EN LA PARTIDA N° 11006862 DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO (SUNARP); TRAMITADO EN EL EXP. NRO. N° 145-2017-NPB. CON CITACIÓN DE LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS. CUSCO, 07 DE OCTUBRE DE 2017. 3VCES-18-24-30-X-17 B/V 002-1162 NOTIFICACION POR EDICTO JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, ABOGADO NOTARIO DEL CERCADO DEL CUSCO, CON OFICINA EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO DE LA CIUDAD DEL CUSCO, MEDIANTE LA PRESENTE SE EMPLAZA A: RAFAEL AGUILAR PAEZ, MARIA TULIA AYANZ ZUÑIGA VIUDA DE AGUILAR, CARMELA EMPERATRIZ AGUILAR AYANZ y HEREDEROS LEGALES, GLORIA MERCEDES AGUILAR AYANZ y HEREDEROS LEGALES, LILIA ELIZABETH AGUILAR AYANZ y HEREDEROS LEGALES, FANNY SEGUNDA AGUILAR AYANZ DE POLO Y HEREDEROS LEGALES, LUCIO EMILIO AGUILAR HERRERA y HEREDEROS LEGALES Y EDGAR ALFREDO AGUILAR AYANZ y HEREDEROS LEGALES, LAS ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA LOS NOGALES, EN EL SEGUIDO POR ESTHER GABINA MEDINA ZEGARRA, SOBRE DECLARACIÓN DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL PREDIO URBANO UBICADO EN “CALLE CHIMU DE LA A.P.V. LOS


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Cusco, lunes 30 de octubre de 2017

NOGALES MANZANA “I” LOTE 12, DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, QUE CUENTA CON EL ÁREA DE 200.00 M2. Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 60.00 ML., TRAMITADO EN EL EXP. NRO. N°145-2017-NPB. CON CITACIÓN DE LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES COLINDANTES AL INMUEBLE, CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD, PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY. BAJO RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS. CUSCO, 07 DE OCTUBRE DE 2017. 3VCES-18-24-30-X-17 B/V 002-1163

notificarse a este último mediante edictos que correrá a cuenta y costo del recurrente. Tramítese la presente demanda en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de DIEZ DIAS. Debiendo de notificarse a la partes conforme a ley. CITESE con la demanda i esta resolución a los colindantes Esteban Castillo Palma La sucesión de quien en vida fue Julio Mendigure Roque, Justa Apaza viuda de Flores y Sucesión de Quien vida fue Isaac Flores Huanaco, A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán ( ... ) HAGASE SABER. Santiago, 19 de octubre del 2017. 3vces-26-30x-y-02-xi-17 b/v 002-1299

A TODOS LOS INTERESADOS

EDICTO

En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony E. Gamarra Flores, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 284- 2017-0-10 18-JM -Cl -01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01.- Santiago, veintidós de mayo del año dos mil diecisiete.-. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUAN FLORES QUISPE, en contra de SANTOS ESTRADA CASTILLA, ELISEO GUTIERREZ JIMENES y AMERICO CASTILLO SANCHEZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del bien inmueble ubicado en la Urbanización Nuevo alto Mirador si n cuya área es de 385.43 m2, del distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco, TRAMITESE el presente proceso en la vía del proceso ABREVIADO; en consecuencia de conformidad a lo dispuesto por el inciso 5 del artículo 491 del Código Procesal Civil, córrase traslado de la misma a los demandados por el plazo de diez días, bajo apremio de nombrársele curador y con citación de los colindantes SANTOS ESTRADA CASTILLA, ELISEO GUTIERREZ JIMENES y AMERICO CASTILLO SANCHEZ. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 506 del código procesal civil, cúmplase con publicar un extracto de la presente resolución en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil (por tres veces con intervalo de tres días en el diario de mayor circulación de la región y Diario Oficial El Peruano). A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios de su referencia, (...) HAGASE SABER. Lo que se publica para fines de ley. Santiago, 17 de Octubre del 2017. 3vces-18-24-30-x-17 b/v 002-1164

Ante el Segundo Juzgado de paz Letrado de la Convención- Quillabamba, despachado por el Señor Juez Dayan Horacio Loaiza Andia, bajo la actuación del Secretario Judicial María Jesús Angulo Aedo, se tramita el Expediente N° 293-2017, seguido por ERLY ACOSTUPA BUSTAMANTE contra ROGER TINTA FLORES, sobre Prestación de Alimentos; en la que se dispone mediante resolución número uno de fecha cinco de setiembre del año dos mil diecisiete, la notificación del demandado mediante edictos, con el auto Admisorio, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, cuyo extracto es el que sigue: “Resolución N° 01 Quillabamba, cinco de setiembre del año dos mil diecisiete.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ERLY ACOSTUPA BUSTAMANTE, sobre PRESTACION DE ALIMENTOS, en contra de ROGER TINTA FLORES. 2) Tramítese en la vía del Proceso Único. 3) Traslado de la demanda al demandado ... para que cumpla con absolverla, bajo apercibimiento de declararlo rebelde .... H.S .. -Fdo. Juez Dayan Horacio Loaiza Andia.- Secretario María Jesús Angulo Aedo. Quillabamba, 05 de setiembre del 2017. 1V-30-X-17 B/V 002-1316

EDICTO JUDICIAL Que el Proceso Civil N° 00523-2016-0-1010-JPCI-01, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA interpuesta por: BRUSLEE OSCCO MORALES sobre Cambio de Nombre a BRUCE OSCCO MORALES contra Manuel Oscco Ccoica y Rufina Morales Suma, EN LA VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, en consecuencia; CÓRRASE traslado de la demanda a los demandados por el PLAZO de DIEZ DÍAS. AL OTROSÍ DECIMOS.-TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que sustentan la demanda. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Abogada Olga Villanueva Valle. Publíquese por tres días con intervalo de tres días, para los fines de ley. Quillabamba, 04 de octubre del año 2017. OLGA VILLANUEVA VALLE SECRETARIA JUDICIAL 18-24-30/10/2017 B/.001-509

EDICTO JUDICIAL Expediente N° 583-2017, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Ana, que despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en los seguidos por TERES PEREIRA ORE, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento: POR LO QUE RESUELVO: ADMITIR a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento interpuesta por TERES PEREIRA ORE, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO; A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos los medios probatorios, A LOS ANEXOS: A sus antecedentes los anexos adjuntos. T.R y H.S. Santa Ana, 25 de Septiembre de 2017. 1V-30-X-17 B/V 002-1316 EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, Exp. N° 31-20 17-Cl, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución N° 02 del 10 de Julio del 2017:” ... ADMITIR A TRÁMITE la demanda en la vía del Proceso No Contencioso sobre SUCESIÓN INTESTADA del QVF. MARIO MAMANI CANDIA, fallecido el 08 de octubre del 2004; presentada por JOHAN MAMANI LIGAS; (...) Practíquese las publicaciones en el Diario Judicial del Cusco y Diario El Peruano”.- Lo que se publica para los fines de ley. Maranura, 01 de Setiembre del 2017 1V-30-X-17 B/V 002-1316

EDICTO JUDICIAL

SUCESION INTESTADA

En el Proceso N° 560-2017, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha resuelto mediante Resolución N° 01 de fecha 22 de Agosto del año dos mil diecisiete: “...VÍA DEL PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por MAGALI SEQUEIROS MEDIANO, en contra de LOS SUCESORES DE QVF DOMINGA SEQUEIROS SALCEDO VIUDA DE CARBAJAL, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de bien inmueble N° 25 de la Manzana “W” de la Urbanización Ttio del distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; en consecuencia se corre traslado de la demanda a los emplazados a fin de que conteste la demanda dentro del plazo de diez días...”, Lo que se publica para los fines de ley.- firma de la Señorita Juez Dra. Elvia Barriga Moron,- Secretaria Judicial Betsabe Prudencio Sotelo. Wanchaq, 16 de Octubre del 2017. 18-24-30/10/2017 B/.001-503

ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; EDGAR JESUS LLERENA USNAYO, EN CALIDAD DE CONYUGE SUPERSTITE DE LA CAUSANTE, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE LA QUE EN VIDA FUE LA SEÑORA: OLGA ASELA MARCELINA CERVANTES GUTIERREZ, FALLECIDA, EL 18 DE MARZO DEL 2013; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 20 DE OCTUBRE DEL 2017. 1V-30-X-17 B/V 002-1317

A LOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA FUERON JULIO MENDIGURE ROQUE E ISAAC FLORES HUANACO En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Bony E. Gamarra Flores, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 372- 2017-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01.- Santiago, veintidós de mayo del año dos mil diecisiete.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CARMEN FLORES PANTOJA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, respecto del lote C-26 con un área de 191 m2 ubicado en la calle 28 de julio antes llamado Girasoles de la asociación de vivienda Kantoc del distrito de Santiago, seguido contra Rodolfo Flores Apaza y Silvia Capacute Pacoticona y contra la asociación pro vivienda Kantoc debiendo de

SUCESION INTESTADA Ante mí, LUIS ALBERTO LIRA APAZA, Notario Público, con oficio notarial en Prolongación Av. La Cultura O-12-B del distrito de San Sebastián - Cusco, don: MIGUEL NINA HUAMAN, solicita la sucesión intestada de quien en vida fue CLOTILDE QUISIYUPANQUI MOREANO, fallecido en fecha uno de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, siendo su último domicilio la ciudad del Cusco, lo que pongo en conocimiento conforme a ley. San Sebastián, 26 de octubre de 2017. 1V-30-X-17 B/V 002-1320 AVISO JUDICIAL Señor: VICTOR CHOQUE QUINALLATA. Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastián que corre bajo la dirección de la señorita magistrado Dra. Lynda Vargas Manga en el proceso judicial No. 00102-2004-0-1 023-JP- FC-01 seguida por Celia Surco Quispe en contra de Victor Choque Quinallata sobre prestación de alimentos, mediante re-


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Cusco, lunes 30 de octubre de 2017 solución No. 40 del ocho de setiembre Del año dos mil diecisiete. se ha dispuesto se proceda al emplazamiento de la parte demandada mediante edictos a ser publicados en el diario de mayor circulación y en el diario judicial de la localidad y en atención a que la demandada podría domiciliar en Arequipa se publicite el emplazamiento en el diario oficial El Peruano, asi como en la tablilla del juzgado, toda vez que aún no está implementada la publicación vía web del Poder Judicial, Aplicándose las consecuencias reguladas en el artículo 435 y 550 del citado cuerpo legal. Emplazamiento que debe realizarse con la Resolución Nro. 36 dictada en San Sebastián, el quince de noviembre del dos mil dieciséis.- ... por estos fundamentos, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 568 del Código Procesal Civil. SE RESUELVE: APROBAR la Liquidación de Alimentos Devengados correspondiente al periodo uno de julio del año 2008 al treinta setiembre del año 2016; en la suma de TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 59/100 Soles; en tal virtud, REQUIERASE al demandado, para que en el plazo de CINCO días hábiles, cumpla con el pago de los alimentos devengados a favor de la parte demandante, bajo apercibimiento de remitirse copias de las piezas pertinentes del proceso a la Fiscalía Provincial de Turno de la ciudad del Cusco, a efecto de que en estricto cumplimiento de lo previsto por el artículo 566-A de la Norma Legal antes citada, se proceda a denunciársele por la comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Subtipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria. NOTIFIQUESE al demandado con la presente resolución, en su domicilio real y procesal. Hágase saber lo que se le pone en conocimiento para los fines consiguientes. media firma del especialista y firma completa de la señorita Juez. San Sebastian, 20 de octubre del 2017 3vces-30-31-x-y-02-xi-17 b/v 002-1321 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA OFICINA DE REGISTRO CIVIL AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Por expediente N09176 - 2017 de fecha 26 de octubre del 2017. Doña : NORA ZUÑIGA PAREJA, solicita la Rectificación Administrativa de su partida de nacimiento que por error se consignó los datos de padre erradamente como Martin Zuniga, siendo lo correcto “MARTIN ZUÑIGA BARBACHAN”, conforme se adjunta el acta de bautismo del padre inserto en el expediente. Lo que se da a conocer a fin de que, quienes resulten perjudicados con la rectificación, puedan formular oposición por escrito, dentro del término de Ley, conforme establece el Art 73 del D.S.No.015-98-PCM. Calca, 26 de octubre del 2017. FRIDA MOLINA MIRANDA REGISTRADORA CIVIL 1V-30-X-17 B/V 002-1322 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 10 de Mayo del 2017, el recurrente JOSE CARLOS CONDORI ECHEA, titular del Acta de nacimiento N° 1009443043, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de sus progenitores, habiéndose registrado como CARLOS GUSTAVO CONDORI y DORIS ECHEA, siendo el nombre correcto del progenitor CARLOS GUSTAVO CONDORI ZAMORA y el nombre correcto de la progenitora JULIA DORIS ECHEA PAULLO . Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 27 de Setiembre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-30-X-17 B/V 002-1322 GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL: Don: BOB COLLINS VILCA SONCCO Identificado con DNI. 47264116 Estado Civil: SOLTERO Natural de: WANCHAQ - CUSCO Nacionalidad: PERUANA Edad: 26 años: Ocupación: QUIMICO FARMACEUTICO Domicilio: AV. CENTENARIO 633-B. Doña: JAEL GUADALUPE APAZA VITOR Identificada con DNI. 45150985 Estado Civil: SOLTERA Natural de: LIMA Nacionalidad: PERUANA Edad: 30 años: Ocupación: QUIMICA FARMACEUTICA Domicilio: AV. CENTENARIO 633-B. Fecha de Matrimonio: 02 DE DICIEMBRE DEL 2017 Las personas Que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad. Cusco, 27 de OCTUBRE del 2017.

WALTER CARPIO CHAVEZ DIRECTOR 1V-30-X-17 B/V 002-1324 SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL, SITO EN LA AV. TULLUMAYO N° 211 DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, SE HA PRESENTADO DOÑA VICTORIA LINARES CONDE, SOLICITANDO SE DECLARE LA SUCESION INTESTADA DEL QUE EN VIDA FUE SU PADRE DON TOMAS LINARES CONDE, FALLECIDO EL 06 DE MAYO DE 1998, LO QUE COMUNICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.CUSCO, 27 DE OCTUBRE DEL 2017. RODOLFO OROS CARRASCO ABOGADO NOTARIO DE CUSCO 1V-30-X-17 B/V 002-1326 EDICTO NOTARIAL ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N° 460 DEL CERCADO DEL CUSCO, LA SRTA INGRID AGUIRRE SOLIS, CONJUNTAMENTE QUE MIS HERMANOS KARINA AGUIRRE SOLIS, BRAYAN ADRIAN AGUIRRE SOLIS, y INGRID MARCIA SOLIS DE AGUIRRE EN CALIDAD DE CONYUGE, SOLICITAN LA SUCESION INTESTADA, DEL QUE EN VIDA FUE: EL SR. ADRIAN AGUIRRE ZARATE, FALLECIDO EN LA CIUDAD DEL CUSCO, EL SIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, SIN DEJAR TESTAMENTO, HABIENDO TENIDO COMO ÚLTIMO DOMICILIO EN LA AV BRASIL A-4 URB QUISPICANCHIS DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO , SIN DEJAR TESTAMENTO , LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. CUSCO, 27 DE OCTUBRE DE 2017 1V-30-X-17 B/V 002-1327 EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 18 de Octubre del 2017, la recurrente MARTHA HORTENCIA LOPEZ DE ALVAREZ, hija de la titular del Acta de Defunción N° 5000531512, correspondiente a MARTA CALDERÓN DE LOPEZ, conforme establece la Directiva N° DI 415-GRC/032, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de la titular del acta, habiéndose registrado como MARTA CALDERON DE LOPEZ, siendo el nombre correcto MARTA CALDERON NAVARRO DE LOPEZ. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Cusco, 25 de Octubre del 2017 Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Oficina Registral Cusco - RENIEC 1V-30-X-17 B/V 002-1328 EDICTO JUDICIAL En el Proceso Civil N° 00014-2014-0-1017-JM-CI-01 seguido por LIZARRAGA VALENCIA, RAFAEL MARIO contra LIZARRAGA VALENCIA, LUIS JUSTINO y OTROS sobre DIVISION y PARTICIPACION DE INMUEBLE CON ENTREGA FÍSICA DE PARCELAS RESULTANTES, tramitado ante el Juzgado Mixto, Unipersonal y Liquidador de Machupicchu, bajo la dirección de la señorita Juez Melody Contreras Barineza y la Actuación de la secretaria Judicial Milagros Paz Chuspe, se ha dispuesto notificar con el resumen de la resolución numero uno de fecha 15 de diciembre del año dos mil catorce y de la resolución N° 39 de fecha 15 agosto del año 2017 que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por RAFAEL MARIO LIZARRAGA VALENCIA en contra de los copropietarios: LUIS JUSTINO LIZARRAGA VALENCIA, HERMITAÑO ROMULO LIZARRAGA VALENCIA, FELIX GUIDO LIZARRAGA VALENCIA, JULIO MACARIO LIZARRAGA VALENCIA, TEOFILO NESTOR LIZARRAGA VALENCIA, LUISA DELGADO VALENCIA, WILFREDO ESCOBAR LIZARRAGA, VIRGINIA ESCOBAR LIZARRAGA, ELIZABETH ESCOBAR LIZARRAGA sobre DIVISION y PARTICION DE INMUEBLE CON ENTREGA FISICA DE PARCELAS RESULTANTES del inmueble denominado predio “Laja Primero” del Sector de Collpani Grande del Distrito de Machupicchu, Provincia de Urubamba del departamento del Cusca como PRETENSIÓN PRINCIPAL Y el cobro de frutos civiles por la suma de S/ 50,000.00( Cincuenta mil nuevos. Estando a lo manifestado por el recurrente y habiéndose acreditado el fallecimiento del demandante Rafael Mario Lizarraga Valencia, al amparo de lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 108 del Código Procesal Civil debe cumplirse con emplazarse a los sucesores o herederos legales de dicho demandante precisándose que estos deberán acreditar tal calidad únicamente con el testamento del causante o con la sucesión intestada del mismo, caso contrario serán representados por un curador procesal que designe el Juzgado Debiendo tramitar se la presente demanda por la vía del PROCESO ABREVIADO: MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios que indica los mismos que serán admitidos o no, en la oportunidad procesal respectiva. ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta. PRIMER OTROSI DIGO: PUBLÍQUESE para fines de los emplazamientos de los sucesores legales, disponiéndose la notificación de los sucesores con el extracto del autoadmisorio y la presente


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Cusco, lunes 30 de octubre de 2017

resolución mediante edicto judicial a publicarse en el Diario Oficial el Peruano y el Diario Judicial del Cusco. SEGUNDO OTROSI DIGO. SUSPENDER el presente proceso hasta que los sucesores o herederos legales del demandante Rafael Mario Lizarraga Valencia cumplan con apersonarse al proceso en el plazo establecido por ley, apersonamiento que debe realizarse ya sea con el testamento del causante o con la resolución Judicial o Notarial de la sucesión intestada bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento dicha sucesión será reemplazada por el curador procesal que designe el Juzgado. TERCER OTROSI DIGO; En atención al requerimiento nómbrese como su apoderado común de los señores Luis Justino Lizarraga Valencia, Hermitaño Rómulo Lizarraga Valencia, Felix Guido Lizarraga VALENCIA, Luisa Delgado Valencia, Julio Macario Lizarraga Valencia y Juliet Lizarraga Santander en representación de Teofilo Lizarraga Valencia al señor LUIS JUSTINO LIZARRAGA VALENCIA y por señalado su domicilio procesal del apoderado común en el domicilio procesal que indica lugar donde se le hara llegar las resoluciones de ley. H.S Firma Dra. Melody Contreras Barineza, Milagros paz Chuspe-Secretaria Judicial. Machupicchu, 11 de Octubre del año 2015. 3vces-30-31-x-y-02-xi-17 b/v 002-1330 EDICTO NOTARIAL ANTE MÍ, DUNIA VICTORIA TERREZAS GONZALES, ABOGADA NOTARIA, CON DESPACHO NOTARIAL EN JIRÓN ARICA NRO. 119, DEL DISTRITO, PROVINCIA DE ESPINAR, Y DEL DEPARTAMENTO CUSCO; JACINTO CCANCHILLO AHUANLLA, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU TIO, EL SEÑOR EMILIANO CCANCHILLO SOTO; FALLECIDO EN FECHA 02 DE JUNIO DEL 2016, EN LA COMUNIDAD CANGALLE, EN EL DISTRITO DE CHAMACA, PROVINCIA DE ESPINAR Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, SE PUBLICA PARA QUE QUIENES TENGAN DERECHOS LOS HAGAN VALER EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LEY. ESPINAR, 11 DE OCTUBRE DE 2017. DUNIA VICTORIA TERREZAS GONZALES ABOGADA NOTARIA 1V-30-X-17 B/V 002-1331 PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI MARTHA BEATRIZ ALEXANDRA DELGADO ESCOBEDO ABOGADA NOTARIA DE CUSCO, EN MI DESPACHO NOTARIAL, UBICADO EN LA URB. VERSALLES N° L-23-B, DISTRITO SAN JERONIMO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, FUE PRESENTE EL SEÑOR JUSTINIANO CRUZ HUISA, QUIEN SOLICITA LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN: ASOCIACION PRO VIVIENDA VILLA ROSALES DE COLLANCAS LOTE A-2 DEL DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE CUSCO, QUE CUENTA CON UN AREA DE 205.20 M2 PERIMETRO 59.60 M.L., CUYOS LINDEROS SON: POR EL FRENTE: CON LA CALLE SIN NOMBRE CON UNA DIMENSION DE 10.80 ML. POR LA DERECHA: CON EL LOTE N° A-1 PROPIEDAD DEL SR JUAN GUILLERMO MARROQUIN SARMIENTO CON UNA DIMENSION DE 19.00ML. POR LA IZQUIERDA: CON EL LOTE DE PROPIEDAD DEL SR. CARRILLO SEGURA RUBEN y ESPOSA, CON UNA DIMENSION DE 19.00 ML, Y POR EL FONDO: CON EL LOTE N° A-3 PROPIEDAD DEL SR. RONALD ARANIBAR BORDA, CON UNA DIMENSION DE 10.80 ML. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PÚBLICO PARA LOS FINES DE LEY - CUSCO 23 DE OCTUBRE DEL 2017.- MARTHA BEATRIZ ALEXANDRA DELGADO ESCOBEDO ABOGADA -NOTARIA, URB. VERSALLES L-23B SAN JERÓNIMO CUSCO. 3VCES-30-X-Y-06-10-XI-17 B/V 002-1325 EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL: No. 000168-2005-0-1001-SP-PE-02. PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN DE FUNCIONES LIQUIDADORA. Secretario: Carmela Pilar Velasco Guzmán. Se cita, emplaza al acusado ERNESTO ARAGÓN CABALLERO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito de Violación Sexual, en agravio de la menor de iniciales G.G.H. Cusco, 20 de Octubre del 2017. 26-27-30/10/2017 CPJ EDICTO PENAL PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO, EN ADICIÓN FUNCIÓN LIQUIDADOR EXPEDIENTE PENAL: N° 2007-00179-0-100 l-SP-PE-02 Secretaria: Carmela Velasco Guzmán Se cita y emplaza al acusado LEÓNIDAS FLORES QUISPE, a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito contra la libertad, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M.R.D. Cusco, 25 de octubre del 2017. 26-27-30/10/2017 CPJ

EDICTO PENAL EXP: 3825-2016-73-1001-JR-PE-01 EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ANTICORRUPCION DEL CUSCO CITA Y EMPLAZA A: IVAN ZAGA DE LA CRUZ Y LUCIA CACERES QUISPE; para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Peculado y otros en agravio del Estado. Cusco, 25 de octubre del 2017. SE ADJUNTA: RESOLUCIÓN NRO. 17 Cusco, veinticinco de octubre del Dos mil diecisiete. DE OFICIO: Estando a la constancia que antecede por el Juez de Paz de Palma Real y por el notificador judicial del distrito de Echarate, respecto de cédulas de notificación respectivamente dirigidas a los imputados IVAN ZAGA DE LA CRUZ, Y LUCIA CACERES QUISPE, SIN DILIGENCIAR por cuánto la dirección de ambos es incierta y para fines de continuar con la secuela del proceso, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 128° del Código Procesal Penal NOTIFIQUESE VÍA EDICTOS el contenido de las providencias y actos procesales que recaigan en el presente expediente. RESOLUCIÓN N° 16 Cusco, veintidós de setiembre Del año dos mil diecisiete.PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio PARTE RESOLUTIVA: (....) 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia al no tener las cédulas de notificación de Ivan Saga de la Cruz y lucia Cáceres Quispe, una vez se cuente con estas de no designar defensor de su libre elección, designarle defensor público para la siguiente sesión con la debida anticipación. 2. SE REPROGRAMA LA CONTINUACIÓN Y DESARROLLO DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL 2017 a hs. 09:00 AM EN ESTA DÉCIMO TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, fecha y hora con que quedan notificadas las partes, con la precisión que persisten los apercibimientos de inaplicabilidad. NOTIFICACIÓN: VI. CONCLUSIÓN: CONCLUSIÓN: 15:37 (Articulo 121° del Código Procesal Penal), de lo que certifico. 27-30-31/10/2017 CPJ EDICTO EXPEDIENTE: 1345-2016-4-0501-2JUP-CSJAY/PJ. Por ante el SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE HUAMANGA, mediante Resolución N° 01, de fecha 18 de octubre del 2017, contenida en el Cuaderno de Debates, se ha dispuesto la notificación mediante el presente; a fin de que el acusado: SERGIO MARCOS VILCA CAPCHA, Por el delito contra LA SALUD PUBLICA en la modalidad de TRAFICO ÍLICTO DE DROGAS en su forma de Tráfico Ilícito de Insumos Químicos y Productos, en agravio del ESTADO. Asista a la audiencia de Juicio Oral para EL DÍA CINCO DE DICIEMBRE DEL 2017 A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA. LA MISMA QUE SE DESARROLLARA EN LA SALA DE AUDIENCIAS N° 08, del Modulo Penal del NCPP, de Huamanga, ubicado en el SEGUNDO PATIO - TERCER PISO de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho bajo expreso apercibimiento de que en caso de inconcurrencia a la audiencia se le declare reo ausente /reo contumaz al acusado y ordenar su ubicación y captura a nivel Nacional; Notifíquese por tres días consecutivos. Juez: DR. JOHN BERNARDINO PILLACA VALDEZ. Especialista Judicial. SARITA C. AGUINAGA ROSADO. 27-30-31/10/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp Nro. 00121-2015-21-1004-JR-PE-01 El Juzgado Penal Unipersonal de Anta. Secretaria: Nathaly Acosta Rado. Se cita, y emplaza a JUAN MONTES DÍAZ, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub Tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, hecho ilícito previsto en el articulo 149 primer párrafo del Código Penal; disposición contenida en la resolución numero 02 de fecha 23 de octubre del año 2017; QUE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL EN EL PROCESO COMÚN en la causa seguido contra JUAN MONTES DÍAZ con DNI N° 23995409, por la comisión del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub Tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, hecho ilícito previsto en el articulo 149 primer párrafo del Código Penal, en agravio del menor de iniciales D.A.M.M. representada por su progenitura ERIKA MENDOZA AGUILAR; la misma que se realizara el día NUEVE noviembre del año dos mil diecisiete a horas nueve de la mañana (09:00 a.m.) la que se realizará en la Segunda Sala del Juzgado Penal Unipersonal de Anta, dándose inicio a la hora exacta. Anta, 23 de octubre de 2017. 27-30-31/10/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE IMVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 211-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO


Cusco, lunes 30 de octubre de 2017 ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento de los señores EDWIN ALFARO ALCCACCAHUA Y RUTH ERIKA YAURI CCOTO, que la Fiscalía provincial Penal de Espinar ha requerido proceso inmediato en contra de EDWIN ALFARO ALCCACCAHUA, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos previsto en el artículo 149 primer párrafo del Código Penal, en agravio de su menor hijo de iniciales Y.S.A.Y, representado por su madre Ruth Erika Yauri Ccoto; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha primero de setiembre del año dos mil diecisiete, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado EDWIN ALFARO ALCCACCAHUA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...) 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a «u domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto.- Finalmente se pone en su conocimiento que mediante resolución número cuatro la audiencia de incoación de PROCESO INMEDIATO ha sido reprogramada para el TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS.Espinar, 20 de Octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00242-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor LORENZO FLOREZ HUISA que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar ha requerido en su contra PROCESO INMEDIATO, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, en agravio de su menor hija de iniciales A.L.F.CC, representada por su madre Elsa Ccama Hachircana; así también se pone en su conocimiento la resolución N° 04, la misma dispone reprogramar la audiencia de incoación de PROCESO INMEDIATO para el día LUNES TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y QUINCE HORAS.Espinar, 19 de Octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 228-2017-71-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor WALTER ROBERTO PUMA ACHUMA la RESOLUCIÓN N° 04 de fecha diecinueve de octubre del dos mil diecisiete, que resolvió: 1) REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA para el día TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS, y 2.- REQUIÉRASE al imputado WALTER ROBERTO PUMA ACHUMA para que en el plazo de 24 horas de notificado cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público.Espinar, 20 de Octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP: 1760-2017-0-1001-JR-PE-05 EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ANTICORRUPCION DEL CUSCO CITA Y EMPLAZA A: FRANKLIN ROOUSSBELL FALCON LLOCLLA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo en agravio del Estado. Cusco, 26 de octubre del 2017. SE ADJUNTA: AUTO DE RECEPCIÓN DE LA DISPOSICIÓN FISCAL DE FORMALIZACION DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, ocho de mayo Del año dos mil diecisiete.III. PARTE RESOLUTIVA: 1.- RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Con-

7 vención, por la que dispuso formalizar y continuar investigación preparatoria contra ABALIO CHAHUA ALMIRON, HUMBERTO CASTILLO TUPAYACHI Y FRANKLIN ROOUSSBELL FALCON LLOCLLA, a título de autores, por la comisión de los delitos contra la administración pública en la modalidad de negociación incompatible, previsto en el artículo 399° del Código Penal, en agravio del Estado, representado por la Procuraduría Pública a Cargo de Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, sin perjuicio de considerar como parte agraviada a la Municipalidad Distrital de Ocobamba. 2. REQUIÉRASE a los imputados ABALIO CHAHUA ALMIRON, HUMBERTO CASTILLO TUPAYACHI Y FRANKLIN ROOUSSBELL FALCON LLOCLLA a que en el plazo de 24 horas de notificados con la presente Resolución, cumplan con nombrar abogado defensor de su libre elección para los fines de su defensa dentro del presente proceso, ello bajo apercibimiento de designárseles un abogado de la Defensa Pública y someterse a lo dispuesto mediante el D.S. 007-2012-JUS - Decreto Supremo que aprueba arancel para servicio no gratuito de la Defensa Publica.Resolución Nro. 05 Cusco, ocho de setiembre del Dos mil diecisiete.VISTO.- El oficio que antecede remitido por el Fiscal Provincial Penal encargado del caso, conjuntamente que la disposición fiscal N° 04-2017 de fecha veintinueve de agosto del año en curso, que dispone la Prorrogar la Investigación Preparatoria de la presente investigación; en consecuencia, este Despacho DISPONE: Recepcionar la disposición de PRORROGA de la investigación preparatoria, por el término de SESENTA DÍAS NATURALES, debiendo ponerse la presente resolución, en conocimiento de las partes procesales. NOTIFIQUESE. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO PENAL EXP: 1760-2017-54-100 l-JR-PE-05 EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ANTICORRUPCION DEL CUSCO CITA Y EMPLAZA A: FRANKLIN ROOUSSBELL FALCON LLOCLLA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo en agravio del Estado. Cusco, 26 de octubre del 2017, SE ADJUNTA: Resolución Nro. 01 Cusco, dieciocho de setiembre Del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA EL PEDIDO/DE CONSTITUCIÓN DE ACTOR CIVIL. A LO EXPUESTO.- Dese por apersonado al Procurador Publico de la Procuraduría Publica a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, con el domicilio procesal en la Casilla Electrónica N° 6915 de la Central de Notificaciones de esta Corte Superior de Justicia de Cusco, donde se le hará llegar las notificaciones de ley. VISTO: La petición de constitución en Actor Civil presentada por la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraería General de la República, en su condición de parte agraviada, y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, la parte agraviada, se apersona al proceso, señalando su domicilio procesal/y realiza la solicitud de constitución en actor civil. SEGUNDO. Que, elector civil en sentido amplio es cualquier persona que en un proceso penal;/ejercita la acción civil. En sentido estricto, el titular de la acción civil es la persona física o jurídica ofendida, distinto al acusado, que ejercita únicamente la acción dentro del proceso penal pretendiendo la restitución de la cosa, la reparación del daño o la indemnización de perjuicios materiales o morales. TERCERO. Que, la petición de constitución en Actor Civil cumple con requisitos exigidos en el artículo cien del Código Procesal Penal, por consiguiente debe admitirse a trámite. En consecuencia: ADMÍTASE a trámite la petición de Constitución en actor Civil, consecuentemente CÓRRASE traslado a los sujetos procesales por el plazo de tres días, después de notificados con la presente resolución, a fin que cumplan con el pronunciamiento respectivo, cumplido con dicho plazo póngase estos autos en despacho a fin de emitir la resolución que corresponda. AL PRIMER OTROSÍ DIGO.- Téngase en cuenta. AL SEGUNDO OTROSÍ DIGO.- Estando a lo manifestado, téngase en cuenta la delegación de representación a favor de los abogados que se indica, en los términos que se precisa.30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO EXPEDIENTE 779-2017-0-2701-JR-PE-03 JUEZ: JUDITH NELLY ATAPAUCAR BARRIENTOS. ESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZAR. NUMERO DE RESOLUCIÓN: 04 de fecha 23 de octubre de 2017. SE CITA a NORBERTO CURASI MENDOZA, investigado por la presunta comisión del delito contra la administración pública en su modalidad de desobediencia o resistencia a la autoridad en agravio del Estado Peruano, por haberse formulado el requerimiento de acusación en su contra, con el extracto de la resolución número 04 de fecha 23 de octubre del año 2017, mediante el cual se programa audiencia para el DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 A HORAS 07:30 DE LA MAÑANA hora exacta para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del 1o


8 Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivero N° 722 de esta ciudad.Puerto Maldonado, 24 de octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CALCA SEÑORES: CONSTANTINA BOHORQUEZ CONDORI y, VICTORIA BOHORQUES CONDORI. La señora Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CALCA, DRA. INÉS ROJAS CONTRERAS, en el Incidente Penal N° 00031-2017-5-1005-JR-PE-01, seguido contra CONSTANTINA BOHORQUEZ CONDORI y, VICTORIA BOHORQUES CONDORI, en agravio de NILSON VLADIMIR VALENCIA PUMA, sobre Lesiones Leves, debiéndose notificar a CONSTANTINA BOHORQUEZ CONDORI y, VICTORIA BOHORQUES CONDORI con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de Audio SONIA RAQUEL JALLO YUCRA, ha resuelto comunicar al imputado con la resolución N° 02 de fecha 17-10-2017. JUEZA: Emite la resolución respectiva. RESOLUCIÓN N° 02 Calca, diecisiete de octubre Del año dos mil diecisiete--VISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUSTRADA el inicio del Juicio oral en el presente proceso. 2.- REPROGRAMAR la audiencia de juicio oral para llevarse a cabo el dia CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS 09:00 DE LA MA-

Cusco, lunes 30 de octubre de 2017 ÑANA, quedando en este acto notificado el representante del Ministerio Publico. 3.- SE DISPONE la notificación via edictos a- los acusadas con la presente reprogramación de audiencia, para lo cual se dirijan los oficios respectivos a fin de que se de cumplimiento la notificación via edictos. 4.- SE DEJA VIGENTE el apercibimiento previsto en el auto de citación a juicio respecto a todas las partes. H.S. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ EDICTO PENAL Exp. 03808-2017-0-í001-IR-PE-02. SEÑOR: EPIFANIO HUALLPA HUAMAN. Ante el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Flagrancia, que despacha la señora Juez Dra. Sonia Alvarez Mendoza, bajo la actuación de la Especialista de Causa Celia Jancco Carazas se CITA Y EMPLAZA al Acusado EPIFANIO HUALLPA HUAMAN, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 03808-2017-0-1001-JRPE-02, que se le sigue por delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de la menor de iniciales WEHH representado por su progenitora Huisa Flores Julia. En la Audiencia de juicio Oral programado para el día 20 DE NOVIEMBRE a HS. 08.30. de la mañana en la 2o sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 27 de Octubre del 2017. 30-31/10/2017 02/11/2017 CPJ


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