SEGUIMIENTO AL PROCESO DE DESIGNACIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SEAY A CARGO DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN 15/01/2018
CUMPLIMIENTO CRITERIO EVALUADO
1. La Convocatoria emitida por la Comisión de Selección del SEAY. 2. Creación de una página web con la finalidad de difundir y dar máxima publicidad a las acciones de la CS.
3. La metodología, plazos y criterios de evaluación y selección de los aspirantes a integrar el Comité de Participación Ciudadana, tal y como lo establece la fracción segunda del artículo 25 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Yucatán
4. El aviso oportuno de la fecha, hora y lugar en que se realizarán las reuniones de trabajo de esa Comisión de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción, para que realmente sean públicas y del conocimiento de la ciudadanía, así como dar a conocer las minutas de cada una de las sesiones de trabajo de esa Comisión.
5. Las cartas de postulación de cada aspirante, firmada por sus proponentes, en las que se indiquen las cualidades que hacen idónea para el cargo a la persona que se está postulando.
S I
INCOMPLETO
NO
OBSERVACIONES
X X
Se creó una página de fb y posteriormente un sitio web en dónde se registraron algunas de las acciones realizadas por la CS.
-La convocatoria menciona etapas del procedimiento, método de registro, requisitos del aspirante y proponente, requisitos del candidato, procedimiento de comparecencias en donde se dice que se hará un análisis por parte de la CS., de tal forma que el método de evaluación de los aspirantes no se hizo público de acuerdo al art. 25 inciso b).
X
-Se difundió información sobre las fechas de las comparecencias de los aspirantes. -Únicamente se encontró evidencia de la publicación de un acta del 13 diciembre del 2017 para efecto de documentar la votación para la designación de los integrantes del CPC.
X
-No se encontró evidencia de otras minutas que den cuenta de sesiones de trabajo que haya realizado la Comisión. -No se encontró evidencia de publicación. Base cuarta inciso c) de la Convocatoria. X
-En la convocatoria se solicitó en la base quinta punto tres, una exposición de motivos por parte del candidato en dónde señale las razones por las cuales la candidatura es idónea y cómo su experiencia lo califica para integrar el CPC. De estas tampoco se encontró evidencia de que se hicieran públicas
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CUMPLIMIENTO CRITERIO EVALUADO
SI
INCOMPLETO
NO
X
-Se presentan las versiones públicas de los curriculum vitae de los aspirantes, sin embargo, éstos se dieron a conocer después de las comparecencias públicas, no antes. (14 de diciembre de 2017 el sitio de fb de la Comisión, puso a disposición el sitio web donde se encuentran los curriculums de los participantes). -Los curriculums publicados no fueron acompañados de las constancias que respalden la experiencia profesional y conocimientos. En este caso se aprecia que en la convocatoria se estableció en la base quinta numeral dos que podría anexarse la documentación respectiva que respalde el curriculum o bien manifestar bajo protesta de decir verdad lo expresado. -En los curriculums no se destacan las contribuciones a la fiscalización, transparencia, rendición de cuentas o combate a la corrupción, requisito indispensable para integrar el CPC, tal como indica el artículo 24 de la Ley del SEAY y la base tercera de la convocatoria inciso IV.
6. El currículum vitae de cada uno de los candidatos propuestos, que contenga principalmente su experiencia académica o profesional, sus contribuciones en los temas de fiscalización, rendición de cuentas y combate a la corrupción, acompañado de las constancias que respalden sus conocimientos y contribuciones en materia de fiscalización, rendición de cuentas y combate a la corrupción.
7. Una cédula de verificación de la documentación de cada aspirante para acreditar la entrega completa de la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos de ley y los demás que se hayan solicitado en la convocatoria. 8. Comparecencias públicas de los aspirantes; en este aspecto solicitamos que además de responder al formato definido por la Comisión, se prevea un mecanismo de participación ciudadana que permita a las asociaciones civiles y ciudadanía interesada, hacer llegar preguntas a los aspirantes, para que sean respondidas por éstos durante dicho acto. (Estas comparecencias además de ser transmitidas en tiempo real a través de alguna de las redes sociales que ustedes pongan en funcionamiento, solicitamos que
OBSERVACIONES
X -No se encontró evidencia de su publicación.
X -Se convocó a través del fb de la Comisión a la ciudadanía para enviar preguntas para los aspirantes, sin embargo, se desconocen dos aspectos: -Cuáles y cuántas organizaciones o ciudadanos enviaron preguntas. -En caso de haberse enviado preguntas, durante las comparecencias, no se citó la fuente de la pregunta.
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SEGUIMIENTO AL PROCESO DE DESIGNACIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SEAY A CARGO DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN 15/01/2018 se mantengan grabadas en el sitio web para su consulta). CRITERIO EVALUADO
CUMPLIMIENTO SI
INCOMPLETO
NO
OBSERVACIONES
Proceso de evaluación de los aspirantes. Para este punto, solicitamos especialmente: 9. Que se hagan del conocimiento público los resultados de la evaluación documental emitidos por los integrantes de la Comisión de Selección a cada uno de los expedientes de los candidatos al CPC.
X
X
-No se encontró evidencia
No fue desechado ningún expediente
10. El acuerdo para el desechamiento de expedientes que no cumplieron con los requisitos de la convocatoria. 11. Lista de los candidatos que pasarán a la etapa de entrevistas y los términos en que éstas se llevarán a cabo, así como la definición de mecanismos para la participación de la sociedad civil en las sesiones de entrevistas. 12. Que se den a conocer los criterios de evaluación empleados para analizar y ponderar la documentación y el desempeño de los aspirantes durante las comparecencias públicas, que permitieron fundar y motivar las razones por las que finalmente fueron elegidos cada uno de los cinco miembros del Comité de Participación Ciudadana del SEAY de Yucatán. 13. La integración de un libro blanco estatal que dé cuenta del trabajo realizado por la Comisión de Selección del SEA de Yucatán, mismo que debe ser del conocimiento público para consulta de la ciudadanía. 14. Base novena de la Convocatoria: La información que se genere con motivo del procedimiento para la designación de los integrantes del CPC se publicará en el Diario Oficial del Gobierno del Estado y en al menos, tres de los diarios o periódicos de mayor circulación estatal.
X
-Se invitó a enviar preguntas a la sociedad civil a través de la página de la CS, sin embargo, durante las comparecencias se hicieron preguntas que no se aclaraba si estas fueron enviadas por organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía en general. X -No se encontró evidencia del método de evaluación de los aspirantes no se hizo público de acuerdo al art. 25 inciso b). -Se comentó en una sesión pública que se hizo un “Análisis” de la documentación y comparecencias, sin que se indique qué criterios específicos fueron evaluados y cómo. X -A la fecha de revisión no se encontró evidencia de la integración del libro blanco.
X -Del 14 de Diciembre del 2017 al 15 de enero del 2018, no se encontró evidencia de cumplimiento de dicha base.
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