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Absolvieron a Currumil por el homicidio de su hermano

La Fiscalía cambió la calificación y la Defensa pidió la absolución del acusado por actuar en legítima defensa. La lectura de la sentencia fue en el 6º piso de Tribunales.

El tribunal colegiado integrado por las juezas María Tolomei, Mirta del Valle Moreno y Carolina Marín, resolvió por unanimidad absolver a Sergio Sebastián Currumil del delito de homicidio preterintencional en carácter de autor.

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La lectura del veredicto se desarrolló durante la jornada del jueves 9 de febrero de 2023 en la sala de audiencias del sexto piso del edificio de tribunales de Trelew.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal general Arnaldo Maza y la funcionaria Mariana Millapi, mientras que el acusado, estuvo representado por el defensor oficial, Lisandro Benítez.

El hecho que se juzgó en esta oportunidad fue el crimen de Maximiliano Gabriel Currumil, ocurrido el 21 de junio de 2021 en el barrio Tiro Federal de Trelew, y el autor del hecho se entregó de manera voluntaria a la policía, horas después.

El fiscal Arnaldo Maza manifestó que a lo largo del debate se ha comprobado que la muerte de Maximiliano Currumil encierra en sí mismo un drama familiar y pareciera que su muerte ha sido el corolario de una historia familiar teñida de violencia, zozobra e inseguridad permanente que ubica a la víctima en un rol protagónico de determinados sucesos que se han escuchado.

Sergio Currumil arribó alrededor de las 8 del sábado 12 de junio de 2021 a la vivienda de Saavedra 946 del barrio Tiro Federal, donde vivía su hermano Gabriel Maximiliano, con quien habría mantenido en ese momento un fuerte altercado y a quien habría amenazado de muerte.

En esas circunstancias que habría iniciado una persecución a su hermano, teniendo en su poder un arma de fuego de calibre corto, la que disparó contra su familiar, impactando uno de los proyectiles en la espalda de este y ocasionándole la muerte en el lugar. Ello fue abonado por el propio imputado en su declaración junto a la de su pareja. Maza reconoció que la hipótesis inicial en cuanto a la calificación legal escogida de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, fue puesta en crisis. Explicó que, de la dinámica del hecho, las declaraciones de testigos y el propio imputado, la calificación más acertada para describir el comportamiento del imputado es la de homicidio preterintencional. Es decir que la intención era de dañar a la víctima, pero el hecho fue más allá y ocasionó la muerte. Incluye la conjunción de dolo y culpa, manifestó el fiscal. En función de ello solicitó que se declare a Sergio Currumil como autor del delito de homicidio preterintencional

El defensor Lisandro Benítez indicó que, si bien no discutió la materialidad del hecho ni la autoría, sostuvo que la víctima era una persona violenta, conflictiva que siempre tenía problemas con sus familiares y que había protagonizado hechos de violencia con su grupo familiar, incluido su defendido.

La defensa entendió que el imputado, el día del hecho y conforme la prueba, actuó en legítima defensa hacia él y a terceros como su mujer y su hija. En función de ello solicitó se declare la absolución de su asistido.

El tribunal indicó que la materialidad y autoría del hecho no han sido discutidas, sin embargo, la nueva calificación penal escogida por el Ministerio Público Fiscal – homicidio preterintencional- no prosperó ya que la teoría del caso principal que sostuvo la defensa de Sergio Currumuli -actuar en legítima defensa- es la que coincide con toda la prueba expuesta a lo largo del debate.

En base a ello quedó demostrada la personalidad extremadamente violenta de Maximiliano Currumil y en permanente conflicto con todo su grupo familiar, según Jusnoticias.

El tribunal tuvo por cierto la amenaza de muerte propinada a Sergio Currumil de matarlo junto a su pareja e hija. #

Puerto Madryn

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