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Protesta sí, vandalismo no.
from Edición impresa
Una nueva situación de interpretación surgió a partir de lo ocurrido ayer cuando, “un trabajador del Ministerio de Economía filmó al secretario general de la Asociación de Trabajadores de la Educación (ATECH), Daniel Murphy, rompiendo a patadas la puerta de vidrio del organismo. La filmación captura de cerca al dirigente, quien se encontraba de espaldas a la entrada del edificio, pero golpeaba reiteradas veces el ventanal principal. Pese a los múltiples carteles pegados en el cristal, se lo puede identificar claramente”. Así lo afirma la información que se puede leer en Jornada web. Hay que mencionar que un ex directivo de ATECH, fue condenado por la justicia, no hace mucho tiempo atrás, por hechos relacionados a una protesta gremial que terminó en la destrucción de edificios públicos. Es válido reconocer que la razón que han llevado a los gremios a la protesta y el reclamo está, claramen- te fundada. Sin embargo, también es necesario que los protagonistas y referentes de las protestas no desconozcan la letra grande e importante de la Ley. El derecho a la protesta se vincula directamente con derechos consagrados explícitamente por nuestra Constitución Nacional, que en su artículo 14º reconoce tanto el derecho de peticionar a las autoridades como a la libertad de expresión. El dirigente captado en cámara, rompiendo a patadas la puerta de un organismo público, “era consciente y su actuación fue espontánea y personal”. Con lo que queda de manifiesto que el protagonista se debió determinar que su derecho a manifestarse no puede superar los límites del marco legal. Romper edificios públicos, es romper los propios bienes. El que paga cualquier destrozo, es el bolsillo del Pueblo. De allí sale la plata para arreglar lo que se rompe en nombre de un reclamo social. El caso Goodman sentó precedente.#
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