Edictos y clasificados - 22 de julio de 2018

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Clasificados PBX: 3491174 - EXT:101

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Domingo 22 de Julio de 2018

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Juzgado Noveno De Familia Oral LA SECRETARIA DEL JUZGADO NOVENO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, EMPLAZA De conformidad con el Código General del Proceso, artículos 108 y 623, a los acreedores de la sociedad conyugal conformada por los señores MÓNICA PATRICIA SANTIAGO PALLARES y RAMON NICOLAS ALVEAR BELENO (fallecido), para que comparezcan a este juzgado, ubicado en el piso 5º del Centro Cívico de Barranquilla, por sí o por medio de apoderado judicial, a hacer valer sus derechos dentro de la demanda radicada con el número 080013110009-2006-00332-00, según lo dispuesto en el auto proferido el día 30 de Abril de 2018. La publicación se hará en un medio escrito de amplia circulación nacional o local, como el Heraldo o la Libertad en edición dominical. El interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva donde se hubiere publicado el listado. Efectuada la publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere. El Registro Nacional de Personas Emplazadas publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación de Curador ad litem, si a ello hubiere lugar. Se expide el presente EDICTO a los Diez (10) días del mes de Julio de Dos Mil Dieciocho (2018). CARMEN MARQUEZ VARELO Secretaria Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA: HACE SABER A: SOMALlA SOLANO OLIVEROS Que deben comparecer a este Despacho Judicial, ubicado en la Calle 38 # 44-61 Antiguo Edificio Telecom, Piso 1, Barranquilla, personalmente o por medio de apoderado judicial con el fin de notificarse del auto de vinculación, de fecha 3 de mayo de 2017, dentro del proceso que se relaciona a continuación: MEDIO DE CONTROL: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO RADICACIÓN: 08-001-33-33-0012016-00230-00 DEMANDANTE: LUZ ESTELA MARTINEZ GOMEZ APODERADO: FERNANDO ANTONIO CHACON LEBRUN DEMANDADO: DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO-STRIA DE EDUCACION DPTAL. Se advierte al (los) emplazado (s) que si dentro de los quince (15) días siguientes a la fijación e inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas del presente edicto, no comparece (n) a este juzgado, se le (s) nombrará CURADOR AD LlTEM para que los represente en el proceso hasta su terminación. Para los efectos legales del artículo 108 de la Ley 1564 de 2011, se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO en un lugar visible de este juzgado por el término legal y copia del mismo se entregará al interesado para su publicación en un periódico de amplia circulación: Heraldo y/o Libertad, el día DOMINGO. Se expide en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla a los once (11) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018). CARMEN E. GONZALEZ PADILLA SECRETARIA

5B

AVISO DE REMATE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE TUBARA HACE SABER: Que se ha señalado la fecha del día veintiocho (28) de Agosto del año dos mil Dieciocho (2018); a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para llevar a cabo la diligencia de remate, dentro del proceso Ejecutivo Hipotecario con radicación 2017 - 0059, instaurado por la señora ASLHEY MALDONADO RUA Contra GUSTAVO ALONSO DEL RIO ROLDAN y PIEDAD EN CA RN A CIO N D EL RIO ROLDAN. Los inmuebles a rematar son: Se trata del lote No. 12 Manzana I, ubicado en la Calle 2A No. 16 - 105 sección los acantilados en la esquina formada por la banda sur de la calle colorada y la acera oriental de la calle del peñón, en el plano general de la urbanización playa Mendoza en jurisdicción del municipio de Tubará, con un área de 598.49 M2, QUE MIDE y LINDA POR EL NORTE, 20.00 MTS, CALLE COLORADA EN MEDIO CON PREDIOS DE LA URBANIZADORA, POR EL SUR 20.00 MTS, CON LOTE N. 11 DE LA MISMA MANZANA I, POR EL ESTE 29.70 MTS, CON EL LTE Nº. 13 DE LA MISMA MANZANA I, POR EL OESTE 29.00 MTS, CALLE DEL PEÑÓN EN MEDIO CON PREDIOS DE LA URBANIZADORA. Con matricula inmobiliaria No. 040- 86670 de la Oficina de Registro Instrumentos Públicos del Barranquilla -Atlántico, ubicado en jurisdicción del Municipio de Tubará - Atlántico los presentes datos han sido tomados del certificado de Registro de Instrumentos Públicos del Barranquilla, anexado al expediente. El valor comercial del inmueble es la suma de ($235.950.000.oo) de Pesos Moneda Legal Lote No. 13 de la Manzana I, ubicado en la Calle 2A No. 16-85 sección los acantilados, en la banda sur de la calle colorada, entre las calles del peñón y del melón, en el plano general de la Urbanizadora Playa Mendoza, en jurisdicción del Municipio de Tubará, con un área de 597.36 M2. QUE MIDE Y LINDA POR EL NORTE 20.00 MTS, CALLE COLORADA EN MEDIO CON PREDIOS DE LA URBANIZADORA, POR EL SUR, 19.30 MTS, CON EL LOTE No. 11 DE LA MISMA MANZANA I, POR EL ESTE, 31.10 MTS, CON LOTE No. 14 DE LA MISMA MANZANA I, POR EL OESTE 29.70 MTS, CON EL LOTE No. 12 DE LA MISMA MANZANA I. Con matricula inmobiliaria No. 040- 86671 de la Oficina de Registro Instrumentos Públicos del Barranquilla -Atlántico, ubicado en jurisdicción del Municipio de Tubará - Atlántico los presentes datos han sido tomados del certificado de Registro de Instrumentos Públicos del Barranquilla, anexado al expediente. El valor comercial del inmueble es la suma de ($35.986.500.oo) de Pesos Moneda Legal La licitación comenzará a las 10.00 a m y se cerrará después de haber transcurrido Una Hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó, por ser la primera licitación, previa consignación del porcentaje legal. Secuestre: JAVIER DE JESUS OJEDA HERNANDEZ, quien puede ser ubicado en la Calle 34 No. 42 28 piso 4 Of. E16 en la ciudad de Barranquilla, celular 3114130506, email: acrjbarranquilla@hotmail. com Se expide el presente aviso hoy tres (3) de julio del año dos mil Dieciocho (2018) y la copia se le entregará a la parte interesada para su publicación en un diario de amplia circulación con antelación no inferior a 10 días a la fecha señalada. LILIANA GONZALEZ PEREZ SECRETARIA

CUARTA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

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Robots, ¿aliados o verdugos de la humanidad?

*La llamada cuarta revolución industrial, que incluye la inteligencia artificial, la robótica y el internet de las cosas, entre otros elementos, se mueve entre dos extremos: quienes consideran que puede mejorar la calidad de vida en menos tiempo, y quienes la ven como un peligro para la humanidad. Advertencias que científicos como Stephen Hawking han hecho sobre una posible destrucción de la humanidad por culpa de la robótica y de la inteligencia artificial alimentan este debate. De otro lado, los defensores de la inteligencia artificial argumentan que esta tecnología podrá solucionar problemas del mundo como el cambio climático, la falta de agua o el envejecimiento. ¿Pero qué harían los robots con la humanidad cuando empiecen a ver que son más inteligentes? Al respecto, los expertos plantean otras teorías que señalan que esto dependería de la manera como se programen las máquinas o, más alarmante aún, que los robots podrían considerar el comportamiento del ser humano como un virus, predatorio con el planeta, y tomar decisiones radicales. Estos y otros puntos de vista se conocieron durante el programa Observatorio de Gobierno Urbano, que se transmite por UN Radio, en el que los profesores Sebastián Eslava y Mauricio Tovar, en diálogo con el director del Instituto de Estudios Urbanos (IEU), Carlos Alberto Patiño Villa, debatieron sobre los impactos de la cuarta revolución industrial, que tiene elementos clave como inteligencia artificial, big data, internet de las cosas, impresión 3D, nuevos materiales, robótica, blockchain, biotecnología y nanotecnología. Se trata de temas que serán abordados en el foro “Desafíos de la cu-

arta revolución industrial”, organizado por la Universidad Nacional de Colombia (U.N.) con el apoyo de la Dirección de Investigación y Extensión Sede Bogotá, el IEU y Foros La República, que se realizará los próximos 21 y 22 de febrero en la Cámara de Comercio de Bogotá, Sede Salitre. Al respecto, el ingeniero Tovar, codirector del Grupo de Investigación InTIColombia de la U.N., sostuvo que la convergencia de todas las tecnologías influirá en los procesos industriales mejorando la productividad. “Tiene unas implicaciones muy profundas que si no las aprovechamos no vamos a tener beneficios de ellas y sí vamos a sufrir sus consecuencias”, advirtió. Por su parte, el profesor Sebastián Eslava, jefe de la Oficina de Tecnologías de Información y las Comunicaciones de la U.N. Sede Bogotá, explicó que la inteligencia artificial es la capacidad de tomar decisiones basadas en un histórico de datos de forma autónoma por algún sistema no humano. Lo anterior, debido a que la evolución tecnológica ha generado una mayor cobertura de redes en el mundo

y con esto ha surgido la capacidad de poder aplicar internet para conectar a quienes toman decisiones, fuentes de datos y usuarios. Duro con el empleo Según el ingeniero Tovar, uno de los campos en los que mayores efectos tendrá esta revolución será el del empleo, pues solo en Estados Unidos se produce el 85 % más de bienes que en 1987, pero se utilizan apenas dos terceras partes de la fuerza laboral. Incluso se espera que para 2019 existan 1,4 millones de robots industriales nuevos en el mundo.Frente a esto, el profesor insistió en que dichas tecnologías reemplazarán trabajos principalmente repetitivos y, en este sentido, el debate que debería plantearse es ¿cómo podemos hacer para que las máquinas hagan las labores que los humanos necesitan hacer, mientras estos potencian habilidades que los robots no tienen, como la empatía o la creatividad? “¿Por qué no dedicar menos tiempo a trabajar y más a vivir, a hacer trabajo social, al arte, a la familia o al turismo, mientras las máquinas solucionan los problemas?”, cuestionó.


Persona Emplazada

Juzgado

N A C I R A R O M A N JUZGADO TREINTA Y OTERO UNO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA

Demandante

Demandado

COOPERATIVA MULT I A C T I VA D E L A REGION CARIBE DE COLOMBIA

Objeto

Clase de Proceso

Número de Proceso

N A C I R A R O M A N A U T O D E M A N - EJECUTIVO OTERO Y ROBERTO DAMIENTO DE PAGO MARTINEZ GUTIE- 23 DE ENERO DE 2017 RREZ

837/2016

HAROLD AHUMADA JUZGADO VEINTISIE- COOPERATIVA MUL- HAROLD AHUMADA AUTO QUE LIBRA EJECUTIVO OLIVARES TE CIVIL MUNICIPAL TIACTIVA DE LA RE- OLIVARES Y CARMEN MANDAMIENTO DE DE BARRANQUILLA GION CARIBE DE CO- SABALZA ROMERO PAGO LOMBIA

295/2017

NOTIFICAR MAN - EJECUTIVO SINGU- 2016-00611 DAMIENTO DE PAGO LAR DE DICIEMBRE 9 DE 2016

MEDICARE S.A.S.

A U T O D E M A N - EJECUTIVO SINGU- 2017-00512 DAMIENTO DE PAGO LAR DE MNOR CUANDE FECHA JULIO 13 TÍA DE 2017

JUZGADO DIECISÉIS PERSONAL DRIVERS MEDICARE S.A.S. (16) MUNICIPAL DE S.A.S. BARRANQUILLA

NIDIA ROSA OLMOS PERSONAS INDETER- AUTO ADMISORIO DE DECLARATIVO VER- 00068-2018 MARQUEZ, DONEL MINADAS FECHA 10 DE JULIO BAL DE PERTENENENRIQUE OLMOS DE 2018 CIA URBANA. MARQUEZ, NANCY ESTHER OLMOS MARQUEZ, JAIME R A FA E L O L M O S MARQUEZ, DORYS ESTHER OLMOS MARQUEZ, ESTELA JUDITH OLMOS MARQUEZ, EDILBERTO MENDOZA CARRACEDO

A M E L I A R O S A JUZGADO DE PEQUE- COOPERATIVA COO- A M E L I A R O S A BARRANQUILLA OCHOA BAENA CC. ÑAS CAUSAS Y COM- SOLUCIONES NIT: OCHOA BAENA 24-04-2018 22426349 PETENCIAS MULTI- 900020407-4 PLES DE BARRANQUILLA

EJECUTIVO

080014189003201601667

ARMANDO RAFAEL T R I B U N A L S U P E - CINDYS USTA CAS- B A N C O L O M B I A Y NOTIFICACION AUTO REVISION ARIZA GONZÁLEZ RIOR DEL DISTRITO TLLO OTROS ADMISORIO DE DEJUDICIAL DE BARMANDA RANQUILLA, SALA C I V I L - FA M I L I A - SENTENCIA DEL JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, PROCESO REVISION

40284 CODIGO 08.001.2213-000-201700009-00

LUIS HERNANDO VERA ARDILA CC. 5.796.571 EVELIA GOMEZ DUARTE CC. 22.461. 448

80014189002-2016-002039-00

JUZGADO SEGUN- BANCOLOMBIA S.A. DO DE PEQUEÑAS NIT. 890.903.938-8 CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BARRANQUILLA - S E C TO R S I M Ó N BOLÍVAR

LUIS HERNANDO VERA ARDILA CC. 5.796.571 EVELIA GOMEZ DUARTE CC. 22.461. 448

AUTO QUE LIBRA EJECUTIVO MANDAMIENTO DE PA G O D E F E C H A MARZO 27 DE 2017

A L C I R A R U I D I A Z JUZGADO SEGUNDO COOPERATIVA COO- A L C I R A R U I D I A Z C O N T R E R A S C C . DE PEQUEÑAS CAU- PESER NIT. 900.219.- C O N T R E R A S C C . 57.408.184 SAS Y COMPETEN- 144-9 57.408.184 CIA MÚLTIPLE DE BARRANQUILLA

AUTO QUE LIBRA EJECUTIVO MANDAMIENTO DE PAGO DE FECHA OCTUBRE 20 DE 2016

Emplazamiento DE QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSONALMENTE ARTICULO 108 Y 293 DEL C.G.P. C LISTADO Nombre de la persona emplazada: A todas las personas indeterminadas sobre el cual recae la pretensión de prescripción extraordinaria adqui-

K A R E N D I L I A J I - J U Z G A D O 3 º D E BANCO AGRARIO DE DENISE MARIA JIMÉM É N E Z P O L O C C PEQUEÑAS CAUSAS COLOMBIA.S.A. NEZ POLO Y KAREN .1.129.571.242 Y COMPETENCIAS DILIA JIMÉNEZ POLO MULTIPLES DE SOLEDAD.

PERSONAS INDETER- JUZGADO TERCERO MINADAS PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SABANALARGA ATLANTICO

LA LIBERTAD

EDICTOS

6B Barranquilla, Domingo 22 de Julio de 2018

los señores MARIOLA ESTHER CA BRERA CUETO y JAVIER VALENCIA SANCHEZ. Para ellos, dese aplicación a lo contenido en el numeral 7° del art. 375 y al art. 108 (6) civil del circuito de Barranquilla Demandante: MARIOLA ESTHER CABRERA CUETO Y JAVIER VALENCIA SANCHEZ. Demandado: JULIO RAFAEL MEDINA CUETO, ISABEL MEDINA CUETO, JANETH DEL SOCORRO MEDINA CUETO y Personas Indeterminadas. que admite la demanda de fecha Nueve (9) de Marzo de dos Mil Dieciocho (2.018). Proceso: Verbal Juicio de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio. Radicación Del Proceso: 08001-3153-006-2018-00028-00 El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos los quince días listado. Si el emplazado no comparece lo anterior, de conformidad con el Artículo 293 y 108 del C.G.P. Se ordena publicar el presente edicto listado por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación nacional Barranquilla, Julio 19 del 2018. Atentamente, Secretaria EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA EMPLAZA A: LA SOCIEDAD INVERSIONES EN TIERRAS Y GANADOS ARIGUANI S.A.S y al señor ELlAS ANDRES SERNA TERAN. RAD. No. 2017- 00615 Para que comparezca (n) a este Centro Cívico de esta ciudad, por sí o por medio de apoderado

DIEGO DUQUE LO- JUZGADO DIECISEIS JULIO CARBO FOR- DIEGO DUQUE LOPEZ 12 DE JULIO DE 2017 PEZ, JOHAN FERNAN- CIVIL MUNICIPAL DE CADE Y CIA LTDA DO DUQUE LOPEZ, BARRANQUILLA GENARO DE JESUS DUQUE SALAZAR

EJECUTIVO

80014189002-2016-01183-00

2018-00162

proceso EJECUTIVO, Promovido por el Dr. AMIR AMIN SAKER VERGARA - actuando en calidad de apoderado de BANCOLOMBIA S.A. CONTRA: INVERSIONES EN TIERRAS Y GANADOS DE ARIGUANI S.A.S y otros. Se le advierte al emplazado (s) que transcurridos quince (15) días mino del emplazamiento sin que ha ya comparecido a notificarse ADLITEM, con quien se surtirá la

Causas y Competencia Múltiple de Soledad EMPLAZAMIENTO A los demandados NANCY CASTRO DE VARGAS Y JOSE VARGAS CASTRO

JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA AVISO DE REMATE EL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA ha señalado

quince (15) días comparezca a notificación personal del auto admisorio de la demanda de fecha 25 de Enero de 2018, librado dentro del proceso EJECUTIVO MULTLACTIVA COORODART, mediante apoderado Dra. GLORIA Número 2017-01114. Se le advierte a los emplazados que

y se continuará el proceso hasta su culminación. Para los efectos indicados en el Artículo 293 del C.G.P, en concordancia con el artículo 108,

con folio de matrícula inmobiliaria No. 040-182945, ubicado en la Cra 10 E No. 12-53 del municipio de Puerto Colombia, avaluado en la suma de $14.711.000 pesos, de propiedad .de la parte demandada JAIRO ALBERTO DE CASTRO MENDOZA. Siendo postura admisible la que cubra el 70% de la base del avalúo del bien inmueble, por ser primera vez. JULIO MERCADO DE LOS REYES quien puede ser ubicado en calle 54 No. 31-29 tel. 3795014. Del proceso EJECUTIVO con radicación 08001-40-03-03-200700213-00 promovido por JULIO ARAUJO CERVANTES contra JAIRO ALBERTO DE CASTRO MENDOZA Y ARMANDO DE PRIMERO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA. La licitación comenzará a las 9:00 AM,

al interesado para que sea publicado por una sola vez en el Diario El Heraldo o La Libertad. JANNY GUILLOTH POLO Secretaria EDICTO AUGUSTO OSORIO BERDUGO. NOTARIO SEGUNDO E. DE BARRANQUILLA EMPLAZA A todas las personas que se consideran con derecho a intervenir dentro de publicación del presente EDICTO en el trámite para la liquidación de la herencia de la causante NOLBERTA ISABEL GARCIA SILVA C.C No 22.525.591, fallecida en Malambo el día 28 de octubre de 2.002, teniendo ciudad de Barranquilla. Admitido el respectivo trámite en esta Notaria por Acta Nº.129 de fecha 12 a lo dispuesto por el Decreto 902

(10) días y su publicación en un diario y radio difusora local.

de realizarlo anunciaran en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 de C.G.P, cuando fuere necesario. Transcurrida una hora desde abrirá los sobres y leerá en alta voz las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G.P; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó que será base de el artículo 451 del C.G.P. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO para su publicación en un periódico de amplia circulación, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. JUAN DAVID SANDOVAL COELLO PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 12

del Atlántico

las 8:00 a.m. del día. AUGUSTO OSORIO BERDUGO. NOTARIO SEGUNDO E. DE BARRANQUILLA

Municipal de Barranquilla AVISO DE REMATE EL JUZGADO QUINTO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA ha señalado

del Atlántico

de remate del vehículo de placas QIB394, línea SANDERO, modelo 2009, color GRIS PLATINA, No. DE SERIE 9FBBSRADD9M004260, numero de motor F710Q009857, avaluado en la suma de $ 13.890.000, de propiedad del demandado JESUS MARIAALVAREZ GOENAGA, Siendo postura admisible la que cubra el 70% de la base del avalúo del bien inmueble.

Municipal de Barranquilla RAD 08001-40-03-031-2017-0084400. EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA Y UNO CIVIL MUNICIPAL DE BARRAN QUILLA, POR MEDIO DEL PRESENTE CITA Y EMPLAZA A CLAUDIA PATRICIA LUNA GOMEZ identificada con CC 64.477.567,a recibir notificación personal del auto de Noviembre de dos mil diecisiete (2017), dentro de la demanda Proceso JOSE GREGORIO REDONDO CANTILLO contra CLAUDIA PATRICIA LUNA GOMEZ. Deberá concurrir al proceso a más tardar dentro de los quince (15) quede surtido el emplazamiento, Se le advierte a todos los emplazados CURADOR AD- LITEM, con quien se surtirá la el proceso hasta su terminación. Para los efectos del artículo 108 presente EDICTO al interesado para en los periódicos el HERALDO -o LA LIBERTAD de la ciudad de y posteriormente se remitirá una personas emplazadas. Barranquilla, 26 de Junio de 2018. LORAINE REYES ZAMBRANO Secretaria

REYES ZAMBRANO quien puede ser ubicado en CRA 4 No. 31-94 tel. 3624792 en la ciudad de Barranquilla. Del proceso EJECUTIVO con radicación 08001-40-03-031-201600411-00 promovido por BANCO BBVA contra JESUS MARIA QUINTO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA. La licitación comenzara a las 10:00 AM, realizarlo anunciaran en alta voz la apertura de la licitación, para que los interesados presenten en sobre cerrado sus ofertas para adquirir los bienes subastados. El sobre deberá contener además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 de C.G. P, cuando fuere necesario. Trascurrida una hora desde abrirá los sobres y leerá en alta voz, las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 del C.G. P; siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo que será base de el artículo 451 del C.G.P. Para efectos del artículo 450 del C.G.P, se expide el presente AVISO DE publicación en un periódico de amplia circulación, y radiodifusora local, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. JUAN DAVID SANDOVAL COELLO Profesional Universitario Grado 12 con Funciones Secretariales

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL BARRANQUILLA EMPLAZAMIENTO DE QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSONALMENTE ART. 108 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO JUZGADO: 5º CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA NATURALEZA DEL PROCESO: PERTENENCIA RADICADO: 2017-854 PARTE DEMANDANTE: NAYIBE BERNAL CONSUEGRA PA RT E DEMANDADA: HEREDEROS INDETERMINADOS DE RAUL TRIANA MALAGON y ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACCARO FECHA DE LA PROVIDENCIA: 24 DE MAYO DE 2018 PERSONA EMPLAZADA: HEREDEROS INDETERMINADOS DE LOS SEÑORES RAUL TRIANA MALAGON y ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACARO propietarios de matricula inmobiliaria 040-212501 ubicado en la Calle 115 No. 34-55 de esta ciudad. Las medidas y linderos del respectivo

EDICTO EMPLAZATORIO PATRICIA ISABEL VARGAS ARTEAGA NOTARIO NOVENO ENCARGA DA DEL CIRCULO DE BARRANQUlLLA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en proceso notarial de sucesión testada de la causante HELENA DEL CARMEN

a partir de la fecha de publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora Atlántica. La causante falleció el día Dos (02) De Diciembre de 2017, en

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL BARRANQUILLA EMPLAZAMIENTO DE QUIEN DEBE SER NOTIFICADO PERSONALMENTE ART.108 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO JUZGADO: 5º CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA NATURALEZA DEL PROCESO: PERTENENCIA RADICADO: 2017-854 PARTE DEMANDANTE: NAYIBE BERNAL CONSUEGRA PARTE DEMANDADAHEREDEROS INDETERMINADOS DE RAUL TRIANA MALAGON y ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACCARO FECHA DE LA PROVIDENCIA 24 DE MAYO DE 2018 PERSONA EMPLAZADA: Personas indeterminadas que se crean con derechos sobre el bien inmueble identificado a folio de matricula inmobiliaria 040·212501 ubicado en la Calle 115 No. 34·55 de esta ciudad, cuyo titular de dominio de esta ciudad son los señores RAUL TRIANA MALAGON y ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACARO. Las medidas y linderos del respectivo de 467.16 M2 aproximadamente, cuyas medidas son; NORTE 35.70 MTS; SUR 33.00 MTS; ESTE 13.60 MTS; OESTE 13.60 mts. Los linderos se encuentran descritos en la Escritura No. 3273 de octubre 5/89 Notaria 5 de B/quilla. PA R A E F E C T O S D E L A PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO SEÑÁLESE COMO MEDIO DE AMPLIA CIRCULACIÓN NACIONAL EL HERALDO, LA LIBERTAD O EL TIEMPO, D E B I E N D O S U RT I R S E L A PUBLICACIÓN EN DÍADOMINGO.TERMINO DE COMPARECENCIA: 15 DÍAS, CONTADOS A PARTIR DE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS EMPLAZADAS, SO PENA DE DESIGNARLE CURADOR AD LlTEM, CON QUIEN SE SURTIRA LA NOTIFICACiÓN (ART. 108 DEL CÓDIGO GENERALDELPROCESO) JOANNA MIRANDA ESQUIVEL SECRETARIA

en el Artículo 108 del C. De P

Radicado: 085604089001-201600106-00 Demandante: Hernán Antonio Larran Maldonado

emplazamiento por una sola vez el

y Eira Pertuz Palma AVISO DE REMATE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PRO MISCUO MUNICIPAL DE PONEDERA, POR MEDIO DEL PRESENTE: HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO,que cursa en este No. 085604089001-2016-00106-00;

ultimo domicilio. Admitida como fue la petición de iniciación del trámite notarial correspondiente, por medio del Acta Nº.052-2018 de fecha Veintiuno (21) días del mes de Julio de 2018, y reconocidos a los señores señores EDUARDO CABRALES LLACH,

Cervantes Rúa y Eira Pertuz Palma, se ha señalado mediante proveído calendado 10 de JULIO del 2018,

ESTHER CABRALES LABASTIDA,

Ponedera, cuyas medidas y linderos son: NORTE: Lado 1: mide 22.85 mts. linda con predios de Rosa

CONSUELO RUIZ de 467.16 M2 aproximadamente, cuyas medidas son; NORTE. 35.70 MTS; SUR 33.00 MTS; ESTE 13.60 MTS; OESTE 13.60 mts. Los linderos se encuentran descritos en la Escritura No. 3273 de octubre 5/89 Notaria 5 de B/quilla. PA R A E F E C T O S D E L A PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO SEÑÁLESE COMO MEDIO DE AMPLIA CIRCULACIÓN NACIONAL EL HERALDO, LA LIBERTAD O EL TIEMPO, D E B I E N D O S U RT I R S E L A PUBLICACIÓN EN DÍADOMINGO.TERMINO DE COMPARECENCIA: 15 DÍAS, CONTADOS A PARTIR DE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS EMPLAZADAS, SO PENA DE DESIGNARLE CURADOR AD LlTEM, CON QUIEN SE SURTIRA LA NOTIFICACIÓN (ART. 108 DEL CÓDIGO GENERALDELPROCESO) JOANNA MIRANDA ESQUIVEL SECRETARIA

Municipal de Ponedera - Atlántico

Nº 57.414.796 Y OLGA ALVEAR CANTILLO, varón, mayor de edad, Nº 22.376.804, actuando en calidad pública N° 1660 de fecha Diecisiete vena Del Circulo De Barranquilla, por medio de la cual se protocolizó el acto denominado TESTAMENTO ABIERTO OTORGADO POR LA CAUSANTE HELENA DEL CARMEN CABRALES ROMERO, IDENTIFICADA EN VIDA CON CEDULA DE CIUDADANIA. N° 22.370.484, quienes actúan por intermedio de apoderado doctor RAFAEL DE JESUS GUTIERREZ ACOSTA, Nº- 125.119 del C.S de la J., en este proceso mortuorio, se ORDENA: Edicto en la Cartelera de la Notaria por 2. A costa de los interesados, hacer publicar, por una sola vez, copia del edicto emplazatorio en un periódico y en una emisora de la localidad, que NOTARIO NOVENO DEL CÍRCULO DE BARRANQUlLLA

para el día 10 de AGOSTO del 2018 a las 10:30 a.m., y dentro del inmueble: casa ubicado en la calle 11, con carrera 16 Núm. 15-36,

Perpetuo Socorro. SUR: mide 32.50 mts y linda con el resto del terreno donde hace parte.ESTE mide 18 mts y linda con predios de los señores Inocencio Rúa y Pedro Cantillo; y por el OESTE mide 6.30 mts y linda con la calle 11 en medio, con predios de los señores Luis Enrique inmobiliaria No. 045-66406, de la un avalúo catastral de DIECINUEVE MILLONES SIETE MIL PESOS

bien inmueble: casa ubicado en el lote A, Carrera 15 A # 23 A 07,

de Colombia sucursal Santo Tomás, el equivalente al cuarenta por ciento (40%) del avalúo. Para dar cumplimiento al artículo

AYDEE CECILIA MERIÑO SALAZAR

C.C.No.3.757.169, quien se puede localizar en la Calle 18 No. 11A-51 2018 JOHANA MARLENE LLANES VELASCO SECRETARIA. JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES DE SOLEDAD ATLÁNTICO EDICTO EMPLAZA TORIO Al demandado FRANCIA ELENA CALVO DE LA HOZ Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS,

EDICTO el día Veintiocho (28) de

del 2018 a las 10:30 a.m., y dentro

Ponedera, cuyas medidas, linderos y demás especificaciones se encuentran detalladas en la escritura pública 432 del 03 de abril de 2014 corrida en la Notaría Única de de matrícula No. 045-62394 de la

tal efecto. ALEJANDRINA ESCORCIA NIEBLES Gerente

AVISO

SE SOLICITAN VENDEDORAS PA R A D I A R I O LA LIBERTAD, PRESENTARSE A LA CRA 53 # 55166, EN HORARIO DE OFICINA. SIN IMPORTAR SU NACIONALIDAD JUZGADO DIECISIETE CIVIL MUNICIPALDEBARRANQUILLA Radicación. 2017-00389-00 INFORME SECRETARIAL Señora Juez: Sírvase Proveer A su despacho el proceso EJECUTIVO impetrado por FONDO DE EMPLEADOS MEDICOS DE COLOMBIA PROMÉDICO Contra MARIANA GOMEZ ANGARITA y KARIS NEY DIAZ CHIQUILLO Informándole que se encuentra pendiente de ordenar el emplazamiento al demandado demandados. Barranquilla, Abril 16 del 2018 SALUD LLINAS MERCADO SECRETARIA JUZGADO DIECISIETE CIVIL MUNICIPAL. Barranquilla. Abril (2018) Teniendo que las Comunicaciones a la parte demandada fueron devueltas por no residir en la dirección aportada y que la parte demandante desconoce otra dirección donde pueda ser el emplazamiento de aquella, a la luz de lo dispuesto en los Arts. 110 y 293 del C.G.DEL P. RESUEL VE PRIMERO: Emplazar a MARIANA

esta División, este lote tiene área inmobiliaria No. 045-47575, de la con avalúo catastral de OCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL PESOS M/L (8.731.000=)

intermedio de la Secretaria de la

Se le advierte a los emplazados que

de Colombia sucursal Santo Tomás, el equivalente al cuarenta por ciento (40%) del avalúo. Para dar cumplimiento al artículo 450 del

SEGUNDO: Inclúyase el nombre GOMEZ ANGARITA): las partes del proceso (Demandante: (FONDO DE EMPLEADOS MEDICOS DE COLOMBIA PROMÉDICO) Demandados; (MARIANA GOMEZ ANGARITA y KARIS NEY DIAZ CHIQUILLO); la naturaleza del que lo requiere (17 Civil Municipal) en un listado que se publicara en un medio escrito de amplia circulación nacional: La Libertad o El Heraldo. Su publicación deberá realizarse en entenderá surtido transcurrido quince

sente bien inmueble es la auxiliar de la

de Barranquilla CONSTANCIA DE DESFIJACION.

una radiodifusora de la localidad en las horas comprendidas entre las 6:00 A M y las 11:00 P. M. VICTOR JAVIER GAVALO NORIEGA SECRETARIO

3.757.169, quien se puede localizar en la Calle 18 No. 11A-51 del Municipio LLANES VELASCO SECRETARIA

el emplazamiento de aquella, a la luz de lo dispuesto en los arts. 110 y 293 del C.G.DEL P. RESUELVE PRIMERO: Emplazar a JESUS ALBERTO RODRIGUEZ MO-

RODRIGUEZ MORALES): las partes del proceso (Demandante: (FONDO DE EMPLEADOS MEDICOS DE COLOMBIA PROMEDICO) Demandados: (JESUS ALBERTO RODRIGUEZ MORALES); la naturaleza del que lo requiere (17 Civil Municipal) en un listado que se publicará en un medio escrito de amplia circulación nacional: La Libertad O El Heraldo. Su publicación deberá realizarse en entenderá surtido transcurrido quince listado. Si el emplazado no comparece

del listado. Si el emplazado no Ad litem.con quien se surtirá la

Nacional de procesos y personas emplazadas. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE LA JUEZA, HELDA GRACIELA ESCORCIA ROMO

Barranquilla EJECUTIVO SINGULAR RAD. -08-001-40-03-010-201300527-00 Dte. EDF MARIA DEL PILAR Ddo. JORGE NARVÁEZ MUÑOZ y OTRO JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA.- Barranquilla - Atlántico. Mayo, Diecisiete (17) de Dos Mil Dieciocho (2018). En atención e lo solicitado por el apoderado de la parte demandante, y por ser procedente, se procede

Treinta y uno (31) del mes de Julio del 2018 a las 9:00 A. M. LlCITACION, que comenzará a las Nueve de la Mañana (9:00 A.M.), y transcurrido una (1) hora, siendo postura admisible la que cubra el 40% del correspondiente avalúo, que será la base de la licitación, previa el Art. 452 del C.G. del P. AVISO DE REMATE, por una sola vez, con antelación no interior a Diez (10) días anteriores a la fecha de la licitación, en un periódico de amplia circulación de la ciudad, el día DOMINGO, conforme lo dispone el art. 450 del C.G del P., señaIándose la fecha y hora en que se abrirá la licitación, el bien materia del remate, el avalúo y la base de la licitación, número de radicación del expediente

la parte interesada para su publicación en un diario de amplia circulación como el HERALDO o DIARIO LA LIBERTAD.

que sea publicado por una sola vez en el Diario El Heraldo o”La Libertad

JUZGADO DIECISIETE CIVIL MUNICIPALDE BARRANQUILLA Radicación. 2017-00610-00 INFORME SECRETARIAL Señora Juez: Sírvase Proveer A su despacho el proceso EJECUTIVO impetrado por FONDO DE EMPLEADOS MEDICOS DE COLOMBIA PROMEDICO Contra JESUS ALBERTO RODRIGUEZ MORALES. Informándole que se encuentra pendiente de ordenar el emplazamiento al demandado demandado. Barranquilla, Junio 8 del 2018 SALUD LLINAS MERCADO SECRETARIA JUZGADO DIECISIETE CIVIL MUNICIPAL. Barranquilla. Junio ocho (8) de dos mil dieciocho (2018) Teniendo que las Comunicaciones a la parte demandada fueron devueltas por no residir en la dirección aportada y que la parte demandante desconoce otra dirección donde pueda ser

SEGUNDO: Inclúyase el nombre del

marca HONDA, modelo 1998, Clase: CAMPERO Línea CR-V, avaluado en la suma de Nueve millones ochocientos noventa mil pesos m.cte ($9.890.000 00), de conformidad con el Art. 448 del C. G. del P.

(2018) siendo las 08:00 A.M. AYDEE CECILIA MERIÑO SA-

al público

los bienes del causante, deben hacerle valer los mismos acercándose a la sede de COOTRATEL, situada en esta ciudad, Calle 42 No. 41-27 y formular la correspondiente

Codazzi así: Norte: Mide 4.00 mt y Linda con carrera 15A Sur: Mide 3.60mt y linda con Lote 14 Este: mide 12mt y linda con la calle 23A Oeste: Mide

CERVANTES MARTINEZ, Radi-

y se continuará el proceso hasta su culminación. Para los efectos indicados en el Artículo 293 del e.G.p, en concordancia con el artículo 108

Informa que ha fallecido el asociado JUAN JAIME ROBLES JAIME RADA, ciudadanía número 7.421.764 de Barranquilla, a quien tenía Aportes Sociales en la Cooperativa. Las personas

bien inmueble Vehículo Automotor

RA ARRIETA Mediante apoderado

admisorio de fecha 23 de noviembre de 2.017, librado dentro del proceso

COOTRATEL

coordenadas planas expedidas por

dispuesto en el artículo 448 del C.G.P., quedando aprobado por un valor de TRECE MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS M.L. ($ 13.096.500.oo). Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) de dicho avalúo. To do postor para ser admitido,

Quin ce (15) días comparezcan a este Despacho con el fin de

publicación en un diario de Amplia Circulación Nacional y en una radiez (10) días, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º, del Decreto

Demandante: HERNÁN LARRAN MALDONADO Demandados: YOVANIS MERCADO VERGARA AVISO DE REMATE LASUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE PONEDERA, POR MEDIO DEL PRESENTE: HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO, que cursa en este Despacho Judicial,

intermedio de la Secretaria de la

presente bien inmueble es el auxiliar

EDICTO EMPLAZATORIO en

nicipal de Ponedera - Atlántico Radicado: 085604089001-201600073-00

MALDONADO, contra YOVANIS MER CADO VERGARA, se ha señalado mediante proveídos ca-

NOTARIO NOVENO DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA

(23) de noviembre de 2010, en Barranquilla, siendo su último domicilio el Distrito de Barranquilla, Departamento del Atlántico. La solicitud del trámite de liquidación sucesoral en referencia, fue admitida en esta notaría mediante acta número 003/2018 de fecha veintisiete (27) de

emplazadas, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 108 del C. G. P y el Art. 4 del Acuerdo PSAA14 - 10118 DEL CONSEJO EL EMPLAZAMIENTO SE ENTENDERASURTIDO QUINCE (15) DIAS DESPUES DE PUBLICADA LA INFORMACION EN DICHO REGISTRO. LA SECRETARIA, YUDIS ESTHER SOBRINO MENDOZA

448 del C.G.P., quedando aprobado por un valor de VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS PESOS M.L. ($28.510.500.oo). Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%)de dicho avalúo. Todo postor para ser admitido,

presente a la parte interesada para su publicación en un diario de amplia circulación como el HERALDO o DIARIO LA LIBERTAD y en una radiodifusora de la localidad.

del presente “EDICTO” en el trámite de liquidación de la sucesión intestada del señor JUAN VENTURA SAAVEDRA

en que aparezca la publicación o la constancia sobre su emisión o transmisión suscrita por el administrador o funcionario de la emisora, el interesado deberá aportarlo al proceso y solicitar a inclusión de los datos del presente emplazamiento

un incremento del cincuenta por ciento

tiuno (21) de Julio de 2018, siendo las 9:00 A.M. NOTARIO NOVENO DEL CIRCULO DE BARRANQUILLA

Barranquilla EDICTO EMPLAZATORIO AYDEE CECILIA MERIÑO SALAZAR Notaria Decima en Propiedad de BarranquilIa EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los

circulación como EL HERALDO, LA LlBERT AD, EL ESPECTADOR y LA REPÚBLICA o en cualquier medio masivo de comunicación, en este caso podrá hacerse cualquier día entre las seis (6:00) de la mañana y las once (11:00) de la noche.

L I M I T A D OS

libertad del bien inmueble actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha previa para la NOTIFIQUESE Y CUMPLASE RAMON VICENTE SANCHEZ ARROYO JUEZ

Nacional de procesos y personas emplazadas. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE LA JUEZA YURIS ALEXA PADILLA MARTINEZ JUZGADO SEGUNDO (2º) CIVIL MUNICIPAL ORAL DE BARRANQUILLA LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA POR MEDIO DEL PRESENTE, EMPLAZA A: KARELL IZQUIERDO RUDIMIR

Cívico por sí o por medio de apoderado DE SEPTIEMBRE DE 2017.PROCESO: EJECUTIVO RADICACIÓN: 2017-00695-1 DEMANDANTE: FONDO DE EMPLEADOS MEDICOS DE COLOMBIA-PROMEDICO APODERADO: DR. AYDÉE MARGARITAMGALLO SUAREZ DEMANDADOS: KARELL IZQUIERDO RUDIMIR. Si el emplazado no comparece a

curador Ad-Litem, con quien se Para los fines indicados en los publicación de este emplazamiento en un medio de amplia circulación como el diario EL HERALDO, EL TIEMPO, EL ESPECTADOR, LA REPUBLICA O LA LIBERTAD. en que aparezca la publicación el interesado deberá aportarla al proceso. LA SECRETARIA, YUDIS ESTHER SOBRINO MENDOZA Barranquilla, 9 de marzo de 2018


LA LIBERTAD RAD.2017-01191 INFORME SECRETARIAL SEÑORA JUEZA: Al despacho el proceso EJECUTIVO instau­ra­­do COOPERATIVA DE LOS TRA­ BAJADORES DEL INSTI­TU­TO DE LOS SEGUROS SOCIALES “COOPTRAIS” Representado le­gal­mente por CARLOS JULIO CASTAÑEDA CARDENAS contra CARMEN ALICIA PÉREZ DE CAMARGO. Con escrito presentado por el apoderado demandante so­licitando emplazamiento. Para resolver.Barranquilla, Mayo 15 de 2018 LA SECRETARIA, MARCELlNA FARAK ARRIETA JUZGADO CATORCE CIVIL MU­NICIPAL, BARRANQUILLA. MA­YO QUINCE (15) DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018) Como quiera que en el presente asunto, se cumplen los requisitos esta­blecidos por el 108 y numeral 4° del Artículo 293 del C.G.P. en­ contrándose por tanto el negocio pa­ra emplazar del auto del auto de mandamiento de pago a CARMEN ALICIA PÉREZ DE CAMARGO El juzgado, RESUELVE: 1.- Ordenase el emplazamiento de la demandada CARMEN ALICIA PÉREZ DE CAMARGO lo cual se hará a través de la publicación por una sola vez, en un medio escrito o hablado de amplia circulación na­cional (Heraldo, la Libertad, el Tiempo... ) El emplazamiento se surtirá mediante la inclusión en lista, indicando que la emplazada es CARMEN ALICIA PÉ­REZ DE CAMARGO Actúa co­ mo demandante COOPERATIVA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO DE LOS SE­­ GU­R OS SOCIALES “COOP­­ TRAIS” Representado le­gal­men­ te por CARLOS JULIO CAS­ TAÑEDA CARDENAS y como de­m andada CARMEN ALICIA PÉREZ DE CAMARGO se trata un proceso ejecutivo el cual cursa en el JUZGADO CA­TOR­CE CI­ VIL MUNICIPAL DE BA­RRAN­ QUILLA. Se entenderá surtido el emplaza­ mien­to transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado, de lo cual se allegará al proceso copia informal de la página respectiva o de la constancia de su emisión o trasmisión suscrita por el autorizado en el medio de comunicación. Una vez realizadas las publicaciones ordenadas procédase a realizar la inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, por parte el Consejo Superior de la Judicatura. NOTIFIQUESE y CUMPLASE LA JUEZA, CARMEN BEATRIZ BARROS LEMUS Juzgado Veinte Civil Municipal de Oralidad de Barranquilla, Atlántico RAD.08-001-40-03-020-201700470-00 LISTA DE EMPLAZAMIENTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTE CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA POR MEDIO DEL PRESENTE, EMPLAZA: A LOS DEMANDADOS: GLENDA ISABEL CARABALLO RODELO y WILL FELIPE CUETO RODELO, para que comparezca por sí o por medio de Apoderado a recibir notificación del auto de mandamiento de pago de la demanda proferido por este despacho judicial con fecha de Junio 20 de 2017. Dentro del proceso Ejecutivo instaurado por la COOPERATIVA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES “COOPTRAISS” representada legalmente por el señor CARLOS JULIO CASTAÑEDA CARDENAS, quien actúa a través de Apoderado Judicial, el cual cursa en este Despacho Judicial. El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación de esta lista en el registro nacional de personas emplazadas, de conformidad con el inciso 6 del artículo 108 del C. G. del P. En cumplimiento del artículo 293 del Código General del Proceso, el presente listado, se publicará por una vez, en diario de amplia circulación nacional como LA LIBERTAD, EL TIEMPO O EL HERALDO, el día Domingo, o una emisora de radio nacional o local. Se expide el presente listado, en la ciudad de Barranquilla a los--FABIAN PAYARES PAYARES SECRETARIO JUZGADO DECIMO CIVIL MU­ NICIPAL ORAL DE BA­RRAN­ QUILLA RAD. 08001405301020170056300 INFORME SECRETARIAL: Señora Juez, a su Despacho el proceso de la referencia, con el memorial so­ li­citando emplazamiento. Sírvase proveer. Barranquilla, MAYO 3 De 2018 EL SECRETARIO, JOSE ECHEVERRIA MARTINEZ JUZGADO DECIMO CIVIL MU­ NICIPAL ORAL DE BA­RRAN­ QUILLA, MAYO TRES (3) DE DOS DIECIOCHO (2018) Visto el informe secretarial y te­ niendo en cuenta que (la) (el) apo­ de­rada (o) de la parte demandante so­licita el emplazamiento de (el) (la) (los) demandado (a) (s) NANCY YEPES BARRIOS Y FREDY GUERRERO JIMENO, manifestando que desconoce el domicilio de (el) (la) demandado y lo señalado por la empresa de co­rreo LOGSERVI, que la co­rres­ pon­dencia no se pudo entregar por “ DIRECCION ERRADA Y DI­RECCION INCOMPLETA”, es por ello que este Despacho le da aplicación a lo establecido en el Art. 293 en concordancia con el 108 del Código General de Proceso, para emplazar al aludido demandado. En consecuencia, este Juzgado; RESUELVE: 1°- Emplazar al demandado NAN­ CY YEPES BARRIOS Y FRE­DY GUERRERO JIMENO, de con­ formidad a lo establecido en las ci­tadas disposiciones. 2º El emplazamiento se surtirá con la inclusión del nombre del de­ man­dado en el listado que para tal efecto publique el diario El Heraldo o La Libertad, el día domingo, de­ terminando las partes del proceso, su naturaleza, el Juzgado que lo requiere y la fecha de la providencia a notificar. 3º Efectuada la publicación la par­te interesada remitirá una co­ municación al Registro Nacional de Personas Emplazadas, que lle­va el Consejo Superior de la Ju­ dicatura, incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere (Art. 108 C.G.P.) NOTIFIQUESE Y CUMPLASE JUEZA, MONICA PATRICIA VALVERDE SOLANO

Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Soledad REFERENCIA: 0875831840022018-00218-00 PROCESO: SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD DEMANDANTE: BEATRIZ ELE­ NA SARABIA DIAZ DEMANDADO: JOSE LUIS RO­ DRIGUEZ A FAVOR DE: TOMAS JOSE RO­ DRI­GUEZ SARABIA EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PRO­MISCUO DE FAMILIA DE SO­LEDAD POR MEDIO DEL PRESENTE CITA Y EMPLAZA Al señor: JOSE LUIS RODRIGUEZ y a los parientes del joven TOMAS JO­SE RODRIGUEZ SARABIA, a quien se les desconoce su domicilio y paradero, para que comparezca a este Juzgado, por si o por me­dio de apoderado judicial a re­cibir notificación personal del au­to Admisorio del PROCESO DE SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD, promovido por la señora: BEATRIZ ELENA SA­ RA­BIA DIAZ en representación del Adolescente TOMAS JOSE RO­DRIGUEZ SARABIA en su con­tra; a fin de actuar en derecho dentro del mismo, y para que ejerza su derecho de defensa. Se le advierte al emplazado que si no comparece, se le designará un CU­RADOR AD LITEM, para que la represente en el trámite del proceso, hasta su culminación o hasta tanto comparezca al proceso. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de C.G.P. el pre­sente EDICTO se publicará por una sola vez en un diario de amplia circulación Nacional como lo es el HERALDO O EL TIEMPO, deberá surtirse el día Domingo. Copia de la publicación deberá allegarse al expediente. Se libra el presente en Soledad, a los 13 días del mes de Julio del año 2018. MARIA CONCEPCION BLANCO LIÑAN SECRETARIA JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE SOLEDAD REF: EJECUTIVO = 08-758- 4003-003-2017- 00373-00 EMPLAZAMIENTO LA SUSCRlTA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE SOLEDAD (ATLCO) HACE SABER A: ANGIE KATHERINE AYURE MORALES, Identificado con C.C. 22’732.442 Que debe comparecer a este Juzgado, ubicado en Calle 20 Carrera 21 Edi­ficio Palacio de Justicia Piso 2 Oficina 5 Soledad (Atlántico), personalmente o por medio de Apoderado Judicial con el fin de No­tificarse del auto que profirió man­damiento de pago en su contra, pro­videncias calendada 17 de Enero de 2018, proferido en Proceso Eje­cutivo adelantado por FONDO DE EMPLEADOS MEDICOS DE COLOMBIA PROMEDICOS, con NIT: 890310418-4, mediante apo­­derada judicial Contra: ANGlE KA­THERINE AYURE MORALES, Identificado con CC 22’732.442, RA­DICACION No. 2.017-00037300. Se advierte al emplazado (s) que si dentro de los QUINCE (15) DÍAS HABILES siguientes a la publicación del EMPLAZAMIENTO, y la In­ clusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas no com­pa­ recen a este Juzgado, se le nombrará CURADOR AD LITEM con quien se continuará actuación. Para efectos legales se procederá de conformidad al Art. 108 del C.G.P., y copia del mismo se entrega al in­teresado para su publicación en pe­riódico de amplia circulación (HERALDO, la LIBERTAD, o la REPUBLICA), la cual se efectuara en día DOMINGO, realizada dicha publicación la parte interesada remitirá una comunicación al Re­ gistro Nacional de Personas Em­ plazadas en la forma indicada en el inciso 5 del señalado art. 108 C.G.P. Se libra el presente en Soledad, a los Veintiocho (28) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018) y copia del mismo se le entregará a la parte interesada para su publicación. Secretario Hinarco Medina Gutiérrez JUZGADO CATORCE CI­V IL MUNICIPAL DE BARRAN­ QUILLA RAD.2017-00758 INFORME SECRETARIAL SEÑORA JUEZA: Al despacho el proceso EJECUTIVO seguido por COOPERATIVA COOPTRAIS, re­presentada legalmente por CAR­ LOS JULIO CASTAÑEDA CAR­ DE­N AS. Contra CAROLINA EST­H ER TORRES FERRER. Con escrito presentado por la apo­ de­rada demandante solicitando emplazamiento. Para resolver. Barranquilla, Febrero 16 de 2018 LA SECRETARIA, MARCELlNA FARAK ARRIETA JUZGADO CATORCE CIVIL MUNICIPAL, BARRANQUILLA, FEBRERO DIECISEIS (16) DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO) Como quiera que en el presente asun­to, se cumplen los requisitos es­ta­blecidos por el 108 y numeral 4° del Artículo 293 del C.G.P. en­ con­trándose por tanto el negocio pa­ra emplazar del auto del auto de mandamiento de pago a la de­ mandada CAROLINA ESTHER TORRES FERRER El juzgado, RESUELVE: 1.- Ordenase el emplazamiento de la demandada CAROLINA ESTHER TORRES FERRER lo cual se hará a través de la publicación por una sola vez, en un medio escrito o hablado de amplia circulación nacional (Heraldo, la Libertad, el Tiempo...) El emplazamiento se surtirá mediante la inclusión en lista, indicando que la emplazada es CAROLINA ESTHER TORRES FERRER Actúa como demandante COOPERATIVA COOPTRAIS, representada le­ gal­mente por CARLOS JULIO CAS­TAÑEDA CÁRDENAS y co­m o demandada CAROLINA EST­HER TORRES FERRER se trata un proceso Ejecutivo el cual cursa en el JUZGADO CA­TOR­CE CIVIL MUNICIPAL DE BA­ RRANQUILLA. Se entenderá surtido el emplaza­ mien­to transcurridos quince (15) días después de la publicación del lis­ta­do, de lo cual se allegará al pro­ceso copia informal de la página respectiva o de la constancia de su emisión o trasmisión suscrita por el autorizado en el medio de co­ mu­nicación. Una vez realizadas las publicaciones ordenadas procédase a realizar la in­clusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, por parte el Con­sejo Superior de la Judicatura. NOTIFIQUESE y CUMPLASE LA JUEZA, CARMEN BEATRIZ BARROS LEMUS

Edictos Juzgado Primero Promiscuo del Círculo de Sabanalarga-Atlántico Rad. 0107/16 Informe Secretarial: Señora Juez, a su despacho remito el presente pro­ceso de expropiación promovido por AGENCIA NACIONAL DE IN­FRAESTRUCTURAANI, contra JESUS ANTONIO CEPEDA Y OTROS, informándole que la parte demandante presentó memorial donde solicita el emplazamiento del demandado toda vez que no han comparecido al despacho a notificarse personalmente Esto para su ordenación. Sabanalarga, Junio 20 de 2018. El Secretario, ROBERTO CARLOS ARIZA MON­TERO JUZGADO PRIMERO PROMIS­ CUO DEL CIRCUITO DE SABA­ NA­LARGA-ATLANTICO.- Saba­ na­larga. Junio, Veinte (20) Dos Mil Dieciocho (2.018) En atención a lo anterior y revisada la foliatura el Despacho constata que la parte demandante agotó el trámite de notificación personal y por lo que es procedente la solicitud de emplazamiento del demandado como quiera que el demandado no ha comparecido, acorde con lo expuesto en el artículo 108 del C.G.P., Emplazamiento, y artículo 399 del C.G.P., por lo que el Juzgado; RESUELVE: PRIMERO: Emplazar al demandado señores JESUS ANTONIO CE­ PEDA CORONADO, NAYIBE DEL CARMEN BECHARA CE­ PEDA, ALFREDO VICTOR BE­ CHARA CEPEDA, NEYSA ESTER CEPEDA CORONADO, CAMILO ANTONIO CEPEDACORONADO, FRANCISCO JAVIER CEPEDA CORONADO, ANA MARIA CE­P EDA CORONADO, RO­ SANELLYS GRANADOS PA­ CHECO, SILENA DEL ROCIO CE­ PEDA GRANADOS, SAYONARA DEL CARMEN CEPEDA GRA­ NA­D OS, JENNIFER DE LOS AN­ G ELES CEPEDA GRA­ NA­D OS, EDUARDO JAVIER EVANGELISTA CEPEDA GRA­ NADOS, FERNANDO ANTONIO MORENO CEPEDA, PATRICIA DE JESUS MORENO CEPEDA Y HEREDEROS DETERMINADOS O INDETERMINADOS DEL FI­ NADO ROQUE CEPEDA CO­RO­ NADO, acorde con lo establecido en el artículo 108 del C.G.P., ordénese el emplazamiento a personas de­ ter­minadas, se procederá mediante la inclusión del nombre del sujeto emplazado, las partes, la clase del proceso y el Juzgado que lo requiere, en un listado que se publicará por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación que puede ser EL TIEMPO o EL HERALDO, igualmente debe hacerlo en una emisora de amplia circulación de la ciudad de Barranquilla, lo que se hará el domingo; en los demás casos, podrá hacerse cualquier día entre las seis (6) de la mañana y las once (11) de la noche, copia del presente se deberá fijar en la puerta de acceso del bien inmueble objeto d expropiación. SEGUNDO: Efectuado lo anterior el interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva donde se hubiere publicado el listado y la allegará constancia sobre su emi­sión o transmisión suscrita por el administrador o funcionario, pa­ra que se haga la proceda a la pu­blicación al Registro Nacional de personas Emplazadas. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE La Juez, ESTHER MARIA AR­ MENTA CASTRO EDICTO EMPLAZATORIO GINO CESAR CORDOBA RINCON Notario Tercero (3°) (E) del Círculo de Barranquilla EMPLAZA: Atodas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente “EDICTO”, en el trámite de la liquidación de sucesión del finado LORENZO VILLAREAL YARURO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 3.701.412 y fallecido en el Distrito de Barranquilla, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios el Distrito de Barranquilla. Se Ordena la publicación de este EDICTO, en un periódico de amplia circulación nacional y en un radioperiódico de amplia sintonía, ambos de la ciudad de Barranquilla, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1º. del Decreto 902 de 1.988. Barranquilla, Julio 18 de 2.018 GINO CESAR CORDOBA RINCON NOTARIO TERCERO (3º) (E) DEL CIRCULO DE BARRANQUILLA EDICTO EMPLAZATORIO EL CENTRO DE SERVICIOS JUDICIALES DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO DE LOS JUZGADOS PENALES DE BA­ RRANQUILLA (ATLANTICO), CITA y EMPLAZA a los señor(es) PEDRO EMIRO ESCOBAR BARRETO identificado con Cédula de Ciudadanía N° 3.957.445, JAIME CAMILO ZU­ LE­­TA FERNANDEZ identi­fi­ca­do con Cédula de Ciudadanía N° 1.781.340, JOSE LUIS ACCE­ VE­DO identificado con Cédula de Ciudadanía N° 5.027.066, JOR­GE MIGUEL BORGE MO­ RE­NO identificado con Cédula de Ciudadanía N° 7.957.475, JHON DEIVIS LLANOS RO­ SA­LES identificado con Cédula de Ciudadanía N° 72.276.361, LUD­WING LANDAZABAL MO­ Ll­N A identificado con Cédula de Ciudadanía N° 8.675.493 Y DO­RIAN ROJAS AGUILAR iden­ tificado con Cédula de Ciudadanía N°8.741.760, para el día TRECE (13) DE AGOSTO DE 2018 a las 03:00 PM, quien es requerido por la FISCALlA 50 PATRIMONIO ECONOMICO de Barranquilla, ubicada en la CRA.45 N°33 10 de esta ciudad, para celebrar audiencia RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - SUSPENSION DEL PODER DISPOSITIVO SUS­PENSION y CANCELACION DE REGISTRO OBTENIDOS FRAUDULENTAMENTE ante un Juez Penal Municipal con Fun­ cio­nes de Control de Garantías de Ba­rranquilla (Atlántico), por el delito de FRAUDE PROCESAL OBTENCION DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, dentro del pro­ceso radicado bajo el N° 08001-60-01257 -2016-01867 -00. Pro­movido por ANA MERCEDES VANEGAS LOPEZ, por intermedio de apoderado judicial. Este edicto se fijará y publicará en periódico de amplia circulación y medio radial, tal como se ordenó por parte del suscrito Coordinador del Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados Penales de Control de Garantía de Barranquilla por el término es­tablecido en el artí­culo 127 en con­cordancia con el artículo 27 del Có­digo de Procedimiento Penal, y su remisión expresa al artículo 108 del Código General del Proceso y se publicará en un medio radial y de prensa de cobertura local. DELIO IVÁN NIETO OMAÑA JUEZ COORDINADOR - CENTRO DE SERVICIOS

Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Baranoa AVISO DE REMATE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL BARANOA ATLÁNTICO HACE SABER Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR No. 2013-039 ins­ tau­rado por la Dra. MARIA DEL RO­SARIO ROJANO QUINTERO, como apoderada de HEIDY VA­RE­ LA ARCON., en contra de ALVARO JO­SE GOENAGA POLO, se ha dic­tado providencia que señala el día OCHO (8)DE AGOSTO DE 2018, a las 09:00 a.m. a fin de llevar a cabo la PRIMERA diligencia de venta en pública subasta bien inmueble em­bargado, secuestrado y avaluado en razón de este proceso. Se trata de un (1) un inmueble que está ubicado dentro del bien inmueble localizado en la calle 3 No. 8-80 del municipio de Polonuevo, en la edificación allí construida constituida en la pro­ piedad horizontal tal como consta en la Escritura 12-69 del 10 de Di­ciembre de 2012, de la Notaria Única del Circulo de Baranoa, lo­cal No. 2, con un área de 30.82 metros cuadrados, el cual posee en la puerta principal una estera metálica con dos candados, pisos en mosaico de color rojo, en la parte posterior un área de servidumbre que comunica a la escalera que permite el ingreso a la segunda planta de la edificación total posee el servicio de luz eléctrica, dentro de este local existe el establecimiento comercial denominado Droguería Polonuevo se encuentra distin­ gui­do con la MATRICULA IN­ MO­­BILIARIA 045-62268 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Sabanalarga. Se encuentra avaluado en la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000,oo). La licitación comenzará a las 09:00 a.m. y no se cerrará sino después de haber transcurrido UNA (1) hora por lo menos, siendo postura admisible la que cubra el SETENTA POR CIENTO (70%) del avalúo dado a dicho inmueble, por ser la PRIMERA licitación y todo postor para ser admitido como tal deberá consignar previamente en el Banco Agrario, sucursal Baranoa y a órdenes de este juzgado el CUARENTA POR CIENTO (40%) del mencionado avalúo. El presente aviso de remate se fija en lugar público de la secretaria del juzgado y copia del mismo se entregara a la parte interesada, para efectos de su publicación, la cual se hará por una sola vez con una antelación no inferior a DIEZ (10) días de la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y en una radiodifusora local todo conforme a lo dispuesto en el artículo 450 del C.G.P. YAMILE JOSEFA SOTO BA­ RRA­ZA SECRETARIA EDICTO EMPLAZATORIO EL SECRETARIO DEL JUZGADO QUINCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, EMPLAZA, A todos los acreedores que tengan créditos con títulos de ejecución contra el demandado JOSE DE JESUS OROZCO VALENZUELA, para que dentro del término del emplazamiento comparezcan a este Despacho con el fin de hacerlos valer mediante acumulación de de­m andas dentro del proceso EJECUTIVO seguido en este Juzgado por COOPRODUCTOS me­diante apoderado judicial Contra ARMANDO RAFAEL GUE­ RRE­RO GUERRA Y JOSE DE JE­SUS OROZCO VALENZUELA. Radicado bajo el número 201200165 de conformidad con lo es­­ta­blecido en el Numeral 3° del Artículo 540 del Código de Pro­ cedimiento Civil. Para los efectos indicados en el Artículo 318 del Código de Proce­ di­miento Civil, se fija el presente Edicto en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado por el tér­ mino de veinte (20) días, hoy 06 JUL 2018 copias auténticas del mis­mo se entregan al interesado para que sea publicado por una sola vez en un periódico de amplia circulación regional El HERALDO o El TIEMPO. ALFONSO JOSE GOMEZ BETTER EL SECRETARIO RADICACION 2012-00165 JUZGADO TERCERO DE PE­ QUEÑAS CAUSAS DE COM­PE­ TENCIAS MULTIPLES SOLEDAD - ATLANTICO EDICTO EMPLAZA TORIO A ROSA EMILIA DE LA HOZ MO­ RENO Y FREDDYS HERRERA ACOSTA, y DEMAS PERSONAS IN­DETERMINADAS, para que dentro del término de Quince (15) días comparezca a este Despacho con el fin de recibir notificación per­sonal del auto admisorio de fecha 26 de junio de 2.018, librado dentro del proceso PERTENENCIA seguido en este Juzgado por OLlVIA YEPES DE SANTIAGO Mediante apo­derado judicial Dr. HERNANDO PEÑA MARTINEZ, Radicado bajo el Número 2018-00419-00. Se le advierte a las emplazadas que de no concurrir al Juzgado vencido el término del emplazamiento se le designará Curador Ad - Litem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso hasta su culminación. Para los efectos in­ dicados en el Artículo 293 del C.G.P, en concordancia con el artículo 108 del C.P.C, y copias auténticas del mis­mo se entregan al interesado para que sea publicado por una sola vez en el Diario El Heraldo o La Libertad el día domingo por una sola vez o en una radiodifusora de la localidad en las horas comprendidas entre las 6:00 A M y las 11:00 P.M. EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA EMPLAZA La demandada ANDREA ISABEL MONTOYA GUTIERREZ para que dentro del término de quince (15) días, comparezcan, por si o por me­dio de apoderado judicial a recibir la notificación personal del auto que admite demanda con fecha de 04 de Mayo de 2017, librado dentro del proceso de PERTENENCIA pro­movido por MARTA ELENA CAN­TILLO ZABALETA contra LUIS ANTONIO GUTIERREZ ES­COBAR, ANDREA ISABEL MON­TOYA GUTIERREZ y demás PERSONAS INDETERMINADAS, que cursa bajo el radicado No 201700167 en este despacho judicial ubi­cado en la calle 40 No 44-80 piso 7 Edificio Centro Cívico de es­ta ciudad, proceso por el cual la parte actora pretende que se de­clare que adquirió el dominio del inmueble antes especificado, mediante prescripción. Para fines previstos en el Art. 108 del C.G.P., se entrega copia del presente edicto a la parte interesada para su publicación el día domingo por una vez, en el diario de EL HERALDO o LA LIBERTAD. CARMEN MARIA ROMERO RACEDO. Secretaria

JUZGADO SEGUNDO CIVIL M U N I C I PA L S O L E D A D ORALIDAD AVISO DE REMATE EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE SOLEDAD EN ORALIDAD, HACE SABER: Que dentro del proceso EjecutivoSingular de la Referencia: 12522.014, promovido por MARIA DEL CARMEN SANTIAGO, a tra­vés de apoderado judicial, contra ANTONIO LUIS ARIZA DE LA CRUZ, mediante auto de fecha: Marzo 7 del 2.018, se señaló la fecha correspondiente al veinticuatro. (24) de julio del Dos Mil Dieciocho (2.018), a partir de las diez (10:00) a.m.,para llevar a cabo diligencia de Re­mate del 50% del bien inmueble embargado, secuestrado, y avaluado, ubicado en la Calle 22 No. 23-55 de Soledad; con matricula No. 041-168451 de la OFICINA DE RE­GISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE SOLEDAD; de propiedad de ANTONIO LUIS ARIZA DE LA CRUZ; avaluado en la suma de CUARENTA Y CUA­TRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL PESOS ($44.178.000.00). Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo de cada inmueble y todo postor para ser admitido como tal deberá consignar el 40% de dicho avalúo, por ser la primera licitación.- La licitación comenzará a las diez (10:00) a.m. y no se cerrara hasta que no hayan transcurrido una (1) hora por lo menos.- De conformidad al Art. 450 del C. G. P. C. el Remate se anunciará al publico mediante la inclusión en un listado que se publicara por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad o, en otro medio masivo de comunicación que señale el Juez “radiodifusora”. El listado se publicara el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate.- La página del Diario o la Constancia de la Emisora sobre su tramitación se agregará al Expediente.--- Se fija el presente AVISO DE REMATE, en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado, por el término de diez (10) días, hoy diecisiete (17) de julio del Dos Mil Dieciocho (2.018), siendo las ocho (8:00) a.m. EL SRIO: HENRY CASTRO MENDOZA JUlGADO 14° CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA ED. CENTRO CIVICO, PISO 7 EMPLAZAMIENTO De quien debe ser Notificado perso­ nal­mente Art. 108 del Código General del Pro­ceso LISTADO Nombre de la Persona Emplazada: Herederos Indeterminados de los señores: RAUL ALFREDO TRIA­ NA MALAGON y ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACCARO, y personas indeterminadas. Demandante: MARIA ESTEBANA ROJANO GOMEZ Demandados RAUL ALFREDO TRIA­NA MALAGON y ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACCARO, y personas indeterminadas. Clase de Proceso: Verbal de Perte­ nencia Providencia que se notifica: Auto Admisorio de fecha 05/Dic./2016 Medidas y Linderos: Bien Inmueble de Pertenencia. Norte: mide 25 Mts. Linda con parte del predio de mayor extensión desenglobado (de­nominado las mercedes) hoy pre­dio que es o fue de NURIS CAS­TILLA; Sur: 29.00 mts. En línea quebrada de esta a oeste así (15.00 mts. +4.20 mts. +10.00 mts.) linda con parte del predio de mayor extensión con matricula inmobiliaria No. 040-213109 hoy ELlZABETH MORALES; Este: 6.25 mts. Linda con la calle 117B en medio, frente a predio que es o fue de JOSE PERTUZ, y Oeste: 10.45 mts. Linda con predio que es o fue de SANTANDER POLO. Despacho Judicial: JUZGADO 14 CIVIL DEL CIRCUITO DE BA­ RRANQUILLA El emplazamiento se entenderá surtido transcurrido 5 días después de publicada la información del Registro Nacional de las personas emplazadas de lo anterior de conformidad con el Art. 108 del Código General del Proceso. Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Baranoa AVISO DE REMATE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PRO­ MISCUO MUNICIPAL BARANOA ATLÁNTICO HACE SABER. Que dentro del proceso EJE­CU­ TI­VO SINGULARNo. 2013-040 ins­taurado por la Dra. MARIA DEL RO­SARIO ROJANO QUINTERO, co­mo apoderada de HEIDY VA­RE­ LA ARCON., en contra de ALVARO JO­SE GOENAGA POLO, se ha dic­tado providencia que señala el día 08 DE AGOSTO DE 2018, a la 1:00 p.m. a fin de llevar a cabo la PRIMERA diligencia de venta en pública subasta bien inmueble em­bargado, secuestrado y avaluado en razón de este proceso. Se trata de un (1) local comercial ubicado en la planta baja del edificio en la calle 3 No. 8-80 barrio centro local No. 3, dis­tinguido con la MATRICULA IN­MOBILIARIA 045-62269 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Sabanalarga, con un área de 30.15 metros cuadrado (sic), se encuentra un local comercial denominado punto moda, donde se expende ro­pa de niños, damas y caballero, se trata de un local comercial construido en mampostería, piso en mampostería, piso en mosaico co­lor rojo, loza en concreto rígido, baño con sus accesorios en regular estado de conservación, con un compartimiento para vestir, una estera metálica de color azul en su entrada con sus dos candados, po­see los servicios de luz eléctrica y agua. Se encuentra avaluado en la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000,oo). La licitación comenzará a la 1:00 p.m. y no se cerrara sino después de haber transcurrido UNA(1) ho­ra por 10 menos ,siendo postura admisible la que cubra el SETENTA POR CIENTO (70%) del avalúo dado a dicho inmueble, por ser la PRIMERA licitación y todo pos­tor para ser admitido como tal deberá consignar previamente en el Banco Agrario ,sucursal Baranoa y a ór­denes de este juzgado el CUA­ RENTA POR CIENTO (40%) del mencionado avalúo. El presente aviso de remate se fija en lugar público de la secretaria del juzgado y copia del mismo se entregara a la parte interesada, para efectos de su publicación, la cual se hará por una sola vez con una antelación no inferior a DIEZ (10) días de la fecha señalada para el remate, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y en una radiodifusora Iocal, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 450 del C.G.P.YA M I L E J O S E FA S O T O BARRAZA SECRETARIA

Barranquilla, Domingo 22 de Julio de 2018 Juzgado Noveno De Familia Oral del Circuito LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO NOVENO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA, HACE SABER: Que dentro del proceso de INTER­ DICCIÓN JUDICIAL iniciado por la señora LEYLA CECILIA ALAR­ CON DE ORTIZ, radicación No 08001-31-10009-2017-00137-00, se ha dado por terminado por SEN­ TENCIA cuyo encabezamiento y parte resolutiva es al siguiente tenor: JUZGADO NOVENO ORAL DE FAMILIA DE BARRANQUILLA, VEINTIOCHO (28) DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018). RESUELVE 1. Como consecuencia se declarara en INTERDICCiÓN POR DISCA­ PA­CIDAD MENTAL ABSOLUTA del señor TONY DE JESUS ALARCON BADILLO. 2. Declárese al señor TONY DE JE­ SUS ALARCON BADILLO no tiene libre administración de sus bienes. 3. Desígnese a su hermana señora LEYLA CECILIA ALARCON BA­DILLO como Guardadora De­fi­ nitiva del señor TONY DE JESUS ALARCON BADILLO, quien lo re­presentará en sus actos judiciales y extrajudiciales. Désele la debida posesión y discernimiento del cargo. 4. Por ser la guardadora designada her­mana del interdicto, se le releva de prestar caución de conformidad a las excepciones señaladas en el artículo 84 de la Ley 1306 de 2009. 5. Désele cumplimiento a lo normado por el artículo 46 de la citada ley, re­ ferente a las actuaciones rela­cio­na­das con la capacidad o asuntos personales del interdicto señor TONY DE JE­ SUS ALARCON BADILLO. 6. Inscríbase esta providencia en el registro civil de nacimiento del In­terdicto, Notifíquese al público por edicto en un diario de amplia cir­culación nacional. 7. Ofíciese a la Secretaría de Salud del Distrito de Barranquilla, a efectos de que se sirva inscribir al señor TONY DE JESUS ALARCON BADILLO en el libro de Avecindamiento de Personas con Discapacidad Men­tal Absoluta, en el que debe constar su lugar de residencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1306 de 2009. 8. Se le ordena a la guardadora que cada seis (6) meses deberá presentar rendición de cuentas de los bienes que tenga o llegare a adquirir al señor TONY DE JESUS ALARCON BADILLO, así como de su estado de salud y de las diligencias que se hagan a fin de mantener su salud. 9. Expídase copias autenticadas de la sentencia y del audio a costas de las partes. 10. Las partes quedan notificadas en estrados. COPIESE, NOTIFIQUESE y CUM­ PLASE. (Fdo) LOURDES DIAGO MARTINEZ. Para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 3° del Art. 586 y 108 del C.G.P. Se fija el pre­sente EDICTO en un lugar visible de la SECRETARIA, por el término de tres (03) días. Hoy (16) de Julio del año dos mil dieciocho (2.018), a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) y se desfija el día 18 (-) de Julio de dos mil dieciocho (2.018) a las cinco de la tarde (05:00 p.m.). CARMEN MARQUEZ VARELO SECRETARIA EDICTO EL JUZGADO TERCERO LA­ BO­RAL DE BARRANQUILLA, ATLÁNTICO EMPLAZA: A la demandada E.S.T TALENTO EFECTIVO DE OCCIDENTE, para que dentro del término legal de quince (15) días, comparezca por sí o por intermedio de apoderado judicial a recibir notificación personal del auto admisorio de demanda de fecha proferido al interior del proceso Ordinario Laboral promovido por: el señor DAVID ARROYO DE LA HOZ contra POLLO DEL BU­ CANERO Y OTROS Se previene al emplazado que si ven­cido el citado término legal no ha comparecido al proceso, se le designará curador ad-litern, de con­ formidad con el artículo 29 del C.P.L Para los efectos del artículo 318 del C. de P.C., se libra el presente edicto, el cual se deberá publicar por una sola vez, un día domingo, en el periódico El Heraldo o La Libertad, hoy 23 de Enero del año 2018. FABIAN BERRIO IBARRA SECRETARIO Juzgado Primero Promiscuo del Círculo de Sabanalarga-Atlántico Rad. 0055-2016 Informe Secretarial: Señora Juez, a su despacho remito el presente pro­ceso de expropiación promovido por AGENCIA NACIONAL DE IN­FRAESTRUCTURA ANI, contra INVERSIONES BALLESTEROS Y CIA LTDA, informándole que la parte demandante presentó memorial donde solicita el emplazamiento del demandado toda vez que no han comparecido al despacho a no­ti­ ficarse personalmente. Esto para su ordenación. Sabanalarga, Junio 20 de 2018. El Secretario, ROBERTO CARLOS ARIZA MON­TERO JUZGADO PRIMERO PROMIS­ CUO DEL CIRCUITO DE SABA­ NA­LARGA-ATLANTICO.- Saba­ nalarga, Junio, Veinte (20) Dos Mil Dieciocho (2018). En atención a lo anterior y revisada la foliatura el Despacho constata que la parte demandante agotó el trámite de notificación personal y por lo que es procedente la solicitud de emplazamiento del demandado como quiera que el demandado no ha comparecido, acorde con lo expuesto en el artículo 108 del C.G.P., Emplazamiento, y artículo 399 del C.G.P., por lo que el Juzgado; RESUELVE: PRIMERO: Emplazar al deman­ da­do señor INVERSIONES BA­ LLESTEROS Y CIA LTDA, NIT. 802.017.706-5, acorde con lo es­tablecido en el artículo 108 del C.G.P., ordénese el emplazamiento a personas determinadas, se pro­ ce­derá mediante la inclusión del nombre del sujeto emplazado, las partes, la clase del proceso y el Juzgado que lo requiere, en un lis­tado que se publicará por una so­la vez en un medio escrito de am­ plia circulación que puede ser EL TIEMPO o EL HERALDO, igual­ mente debe hacerlo en una emisora de amplia circulación de la ciudad de Barranquilla, lo que se hará el do­mingo; en los demás casos, podrá hacerse cualquier día entre las seis (6) de la mañana y las once (11) de la noche, copia del presente se deberá fi­jar en la puerta de acceso del bien inmueble objeto de expropiación. SEGUNDO: Efectuado lo anterior el interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva don­de se hubiere publicado el listado y la allegará constancia sobre su emisión o transmisión suscrita por el administrador o funcionario, para que se haga la proceda a la pu­blicación al Registro Nacional de personas Emplazadas. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE LA JUEZ, ESTHER MARIA AR­ MENTA CASTRO

Juzgado Trece Civil Municipal De Barranquilla PROCESO EJECUTIVO DE EULALIO CAMARGO LOPEZ CONTRA JAVIER RODRIGUEZ ARIAS RADICACION 201700949 SECRETARIA Señora Jueza Doy cuenta a usted del anterior es­ crito presentado por el apoderado de la parte demandante doctor CARLOS ARIZA OLAYA en el cual solicita el emplazamiento de conformidad al Art. 293 del C.G.P.Díganse proveer. Barranquilla, Junio 26 de 2018 El Secretario, RUBEN DARIO DELGADO GALEZO JUZGADO TRECE CIVIL MU­ NICIPAL. Barranquilla, Junio veintiséis (26) del dos mil dieciocho (2018) ASUNTO: emplazamiento PREMISA NORMATIVA Fundamento en el Artículo 108 y 293 del C.G.P., el PREMISA FÁCTICA Que el apoderado de la parte de­mandante presenta memorial donde solicita el emplazamiento del demandado y para lo cual, RESUELVE De conformidad con lo dispuesto en Art. 293 en concordancia con el 108 del C.G.P., emplácese al señor JAVIER HUMBERTO RO­ DRI­GUEZ, a fin que comparezca a este despacho por si, o por in­ ter­­medio de apoderado judicial a recibir notificación personal del MANDAMIENTO DE PAGO de fe­ cha OCTUBRE 23 DE 2017 librado dentro del proceso de la referencia. Dicho emplazamiento deberá surtirse en el periódico LA LI­BER­ TAD o El Heraldo, y su publicación deberá realizarse en día domingo. Ingrésese el emplazamiento or­ de­nado al Registro Nacional de personas emplazadas. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE LA JUEZA ROSA ALICIA BARRERA LU­ QUE Juzgado Treinta y Uno Civil Municipal de Barranquilla RAD 08001-40-03-031-201600648-00. EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA Y UNO CIVIL MUNICIPAL DE BA­­RRANQUILLA, POR MEDIO DEL PRESENTE CITA Y EMPLAZA A GLORIA PEREZ URRUCHUR­ TU, a recibir notificación personal de la apertura del proceso de su­cesión intestada presentado por HONORINA PEREZ URRU­ CHU­R UTU de los causantes FILI­BERTO PEREZ MARTINEZ e INES ELOISA URRUCHURTU DE PEREZ, de fecha veintitrés (23) de noviembre de dieciséis (2016). Deberá concurrir al proceso a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que que­de surtido el emplazamiento, a recibir notificación personal del auto admisorio. Se le advierte a todos los emplazados que si dentro del término señalado no comparecen se les designara un CURADOR AD- LITEM, con quien se surtirá la notificación, se tramitara y proseguirá el proceso hasta su ter­minación. Para los efectos del artículo 108 del Código General del Proceso se entrega el presente EDICTO al in­teresado para que lo publique en día domingo en los periódicos el HERALDO o LA LIBERTAD de la ciudad de Barranquilla o El Tiempo de Bogotá, y posteriormente se remitirá una comunicación al registro nacional de personas emplazadas. Barranquilla, 26 de Junio de 2018. LORAINE REYES GUERRERO Secretaria Juzgado Veintiuno Civil Municipal de Barranquilla EDICTO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO VEINTIUNO CI­­VIL MUNICIPAL DE BA­RRAN­ QUILLA EMPLAZA A: A los HEREDEROS INDETERMI­ NADOS de los señores ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACCARO y RAUL ALFREDO TRIANA MA­­ LAGON, que se crean con de­re­cho sobre el respectivo bien in­mueble, ubicado en la Calle 114 # 31 - 80 Barrio La Pradera de esta ciu­dad,distinguido con el FOLlO DE MATRICULA INMOBILIARIA # 040-212617, dentro del proceso VERBALDE PERTENENCIAPOR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DO­MI­ NIO, radicada bajo el No.080014053-021-2017- 00108-00, instau­ rada por la señora ERIKA SUNGEI FIGUEROA PADILLA, a través de apoderado judicial, Dr. FERNANDO TORRECILLA NAVARRO, contra los HEREDEROS INDETER­MI­ NADOS de los señores ANTONIO BLAS ZAMBRANO ZACCARO y RAUL ALFREDO TRAIANA MALAGON, para que comparezcan dentro de los términos legales, y en caso de no comparecer se les nombrará Curador Ad-Litem, con­­forme establece el art. 375 del C.G.P., el emplazamiento se hará a través de un listado el cual deberá realizar en el TIEMPO o HERALDO en un día domingo entre 6:00 a.m. y 11:00 a.m.; el interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva en donde se hubiere publicado el listado, para ello es ne­cesario el cumplimientos a los parámetros establecidos en el inciso 5 del artículo 108 CGP. Lo anterior a fin de comparezcan a este Despacho por sí o por medio de apoderado judicial a notificarse del auto admisorio de la demanda de fecha Abril Veinticuatro (24) de dos mil dieciocho (2018). El in­mueble es el inscrito en el en el folio de matrícula inmobiliaria No. 040 - 212617, correspondiente a un inmueble ubicado en la Calle 114 # 31 - 80 Barrio La Pradera de esta ciudad, el bien en referencia consta de las siguientes medidas y linderos: NORTE: 18.60 mts. y colinda con el predio 0005. SUR: 20.38 mts. Colinda con el predio 0004. ESTE: 4.75 mts. Colinda con el predio 0009 y OESTE: 3.20 mts. Colinda con la CALLE 114, y se identifica con REFERENCIA CATASTRAL No. 01-11-0155-0004-000.- La descripción de dicho inmueble se encuentra en la escritura No. 3273 de Octubre 5 de 1989 de la Notaria 5 del Círculo de Barranquilla. Dispóngase su publicación tal y co­mo fue ordenado en el auto ad­ misorio de fecha 24 de Abril de 2018, por es­crito y realícese todo el trámite de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del C.G.P. El Registro Nacional de Personas Emplazadas publicará la información remitida y el emplazamiento se con­ siderará surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Surtido el emplazamiento se pro­ ce­derá a la designación de curador ad-litem, si a ello hubiere lugar.KATHERINE DE JESUS DIAZ GRANADOS. SECRETARIA

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LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO CI­ VIL MUNICIPAL ORAL DE BA­ RRANQUILLA. EMPLAZA: A: Para que en el término de quince (15) días comparezca a este Juz­ gado ubicado en el Séptimo Piso del Centro Cívico por si o por me­dio de apoderado judicial, a re­cibir notificación del auto de Man­damiento de Pago de fecha 5 DE DICIEMBRE DE 2017. PROCESO: EJECUTIVO RADICACION: 2017-01117-M DEMANDANTE: COOPERATIVA VALOR CONFIANZA APODERADO: DR. JAIME KORT­ RIGHT RIPOLL DEMANDADO: JESUS DAVID MOVILLA ALVAREZ Si el emplazado no comparece a no­tificarse dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del pre­sente listado, se le designará cu­ rador ad-litem, con quien se surtirá la notificación. Para los fines indicados en el Artículo 108 y 293 del Código General del Pro­ceso, hágase la publicación de este emplazamiento por una sola vez el día domingo en un medio de am­plia circulación como el diario EL HERALDO, EL TIEMPO, EL ESPECTADOR, LA REPUBLICA O LA LIBERTAD. La página respectiva del periódico en que aparezca la publicación, el interesado deberá aportarla al proceso. La Secretaria, YUDIS ESTHER SOBRINO MENDOZA Barranquilla, 25 de Junio de 2018 Juzgado Sexto Civil del Circuito de Oralidad de Barranquilla EMPLAZAMIENTO DE QUIEN DEBE SER NO­TI­FI­ CADO PERSONAL­MENTE ARTíCULO 108 DEL C.G.P. LISTADO NOMBRE DE LA PERSONA EM­P LAZADA: HEREDEROS IN­D ETERMINADOS DE EVA MATILDE VALDEZ DESPACHO JUDICIAL: JUZ­ GADO. SEXTO CIVIL DEL CIR­CUITO DE ORALIDAD DE BARRANQUILLA DEMANDANTE: ROSA CAR­ MELA ESCALANTE DE FUENTES Y MODESTO ES­ CALANTE VALDEZ DEMANDADO: CARLOS JOSE ESCALANTE VALDEZ, SAHARA CECILIA VIVES HENRIQUEZ, WILSON ESCALANTE VAL­ DEZ Y HEREDEROS INDE­TER­ MINADOS DE EVA MATILDE VALDEZ PROVIDENCIA QUE SE NO­TI­ FI­CA: AUTO DE FEBRERO 20 DE 2018. PROCESO: VERBAL (SIMULA­ CION) RADICACIÓN DEL PROCESO: 08001315300620170035800 Lo anterior De conformidad con el artículo 108 del Código General del Proceso. Se dispone que el em­ pla­zamiento se surta mediante la inclusión del nombre del emplazado, las partes del proceso, su naturaleza y la designación de este juzgado en un listado que se publicara por una sola vez en un medio escrito (prensa) de amplia circulación nacional o en un medio de comunicación hablada (radio) que tenga cobertura a nivel nacional. La parte interesada dispondrá la publicación del listado en un medio escrito de comunicación podrá hacerlos en el diario LA LI­ BERTAD o EL HERALDO, caso en el cual la publicación se hará en día domingo, y el interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva del periódico donde se hubiere publicado el listado. Si la publicación del listado la realiza por radio (RCN o CARACOL), podrá hacerse cualquier día entre las 6 de la mañana y las 11 de la noche en el cual allegará al expediente, constancia sobre su emisión o transmisión, sus­­crita por el administrador o fun­ cionario de la emisora. Efectuada la publicación, la parte interesada re­­mitirá una comunicación al Re­g istro Nacional de Personas Emplazadas incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere. El Registro Nacional de Personas Emplazadas pu­blicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de di­cho registro. Si el emplazado no comparece se le designará curador ad -litem, con quien se surtirá la notificación.Barranquilla, JULIO 12 de 2018.Atentamente, JOSE DE LA HOZ PIMIENTA SECRETARIO JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL SOLEDAD-ORALIDAD AVISO DE REMATE EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO CI­VIL MUNICIPAL DE SOLEDAD EN ORALIDAD, HACE SABER: Que dentro del proceso EjecutivoHi­p otecario de la Referencia: 00144-2.016, promovido por JAIME BOLAÑO MANJARRES, a través de apoderado judicial, contra ENRIQUE MORALES ZAM­ BRANO y PETRONA CORDOBA HERNANDEZ, mediante auto de fecha: Junio 14 del 2.018, se se­ñaló la fecha correspondiente al tres (3) de agosto del Dos Mil Die­ciocho (2.018), a partir de las diez (10:00) a.m., para llevar a cabo diligencia de Remate del bien inmueble, ubicado en la Calle 43 No. 15-36 de la Urbanización Ta­jamar del municipio de Soledad (nomenclatura actual). Las medidas y linderos se encuentran descritas en el Escritura Publica No. 2413 de Abril 6 del 2.011 de la NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO NO­ TARIAL DE SOLEDAD; identificado con las matricula inmobiliaria No. 041-29126 de la OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE SOLEDAD; avaluado en la su­ma de CINCUENTAY SIETE MI­LLONES DE PESOS MONEDA LE­GAL COLOMBIANA ($57.000.000.00).Será postura ad­misible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo de cada inmueble y todo postor para ser admitido como tal deberá consignar el 40% de dicho avalúo, por ser la pri­mera licitación.- La licitación co­menzara a las diez (10:00) a.m. y no se cerrara hasta que no hayan transcurrido una (1) hora por lo menos.--De conformidad al Art. 450 del C.G. del Proceso el Remate se anunciara al publico mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad, o en su defecto en otro medio masivo de comunicación que señale el Juez “radio difusora” ésta última deberá transmitirse entre las seis (6:00) a.m. y las once (11:00) p.m.---La página del Diario o la Constancia de la Emisora sobre su tramitación se agregará al Ex­pediente.---Se fija el presente AVISO DE REMATE, en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado, por el término de diez (10) días, hoy veintiséis (26) de junio del Dos Mil Dieciocho (2.018), siendo las ocho (8 :00) a.m.---------EL SRIO: HENRY CASTRO MENDOZA


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