Edictos 8 de abril

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6B Barranquilla, Domingo 8 de Abril de 2018

Edictos

Emplazatorio De quien debe ser notificado personalmente (Artículo 318 del C.P.C., Artículo 108 del C.G.P. o Artículo 293 del C.G.P) Persona Emplazada

Juzgado

Demandante

Demandado

Objeto

Clase de Proceso

Número de Proceso

NATIVIDAD DE JE­ JUZGADO DIECISÉIS COOPERATIVA MUL­ SUS VILORIA Y DEY­ (16) MUNICIPAL DE TIACTIVA COOPER­ NOR ADRIAN BUENO BARRANQUILLA TUNO VILORIA

NATIVIDAD DE JE­ SUS VILORIA Y DEY­ NOR ADRIAN BUENO VILORI A

AUTO DE MANDA­ EJECUTIVO SINGU­ 2017-01142 MIENTO DE PAGO DE LAR MINIMA CU­ FECHA DICIEMBRE 12 ANTÍA DE 2017

LA SOCIEDAD GLO­ BAL BROKERS SA, REPRESENTANTE LE­ GAL EL SEÑOR VE­ DEL BONETT GARCA

NACIÓN-FISCALÍA GENERAL DE LA NA­CIÓN, SÚPER SO­ CIEDADES, SUPER­ INTENDENCIA FI­ NANCIERA, GLOBAL BROKERS SA

DE CONFORMIDAD ACCIÓN DE REPARA­ 132 DEL 2017 CON EL ART 293 DEL CIÓN DIRECTA C­G P EN CONCOR­ D A­N­C I A C O N E L ART 108 DEL C GP SE DISPONDRÁ EL EM­­P LA­Z AMIENTO AL REPRESENTANTE LE­­GAL DE LA SOCIE­ DAD GLOBAL BRO­ KERS SA DEL AUTO AD­M ISORIO DE LA DEMANDA AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA DE FE­ CHA 10 DE NOVIEM­ BRE DEL 2017

JUZGADO OCTAVO YORCELIS IVON FON­ ADMINISTRATIVO SECA CERA ORA­L DE BARRAN­ QUILLA

LAURA LISETH PE­- JUZGADO CUARTO SOCIEDAD VIDRIOS LAURA LISETH PE­ RA­L­­TA HIGUERA CIVIL MUNICIPAL DE GUERRERO CARIBE RALTA HIGUERA BARRANQUILLA S.A.S

EJECUTIVO

2017-00566

HEREDEROS INDE­ JUZGADO 1º PROMIS­ JAIME ENRIQUE MO­ TERMINADOS DE AU­ CUO MUNICIPAL DE LINA ARIZA LIO CESAR BALZA BARANOA BOVEA

HEREDEROS INDE­ 15 DE MARZO DE 2018 EJECUTIVO HIPOTE­ 0 8 0 7 8 - 4 0 - 8 9 - 0 0 1 - 2 0 1 8 00027-00 TERMINADOS DE AU­ CARIO LIO CESAR BALZA BOVEA

ADMINISTRADO­ RA DE FONDOS Y P E N­­S I O N E S - A F P PORVENIR S.A NIT 800144331-3

COLPENSIONES Y EMPLAZAMIENTO ORDINARIO LABO­ 2017-00270 ADMINISTRADORA AUTO DE MARZO 22 RAL DE FONDOS Y CENSA­ DE 2018 NTIAS - AFP PORVE­ NIR S.A

JUZGADO CATORCE M A R I A PAT R I C I A LABORAL DEL CIR­ BALCAZAR VILLA­ CUITO DE BARRAN­ LOBOS QUILLA

I S A A C C A N A L E S JUZGADO 5º CIVIL DAINA BUELVAS TO­ I S A A C C A N A L E S 2 DE NOVIEMBRE DE EJECUTIVO BARBOSA M U N I C I P A L D E BIAS BARBOSA 2017 BARRAN­QUILLA

2017-00946

PERSONAS INDETER­ JUZGADO TERCERO BETTY CANTILLO PERSONAS INDETER­ AUTO ADMISORIO DE DECLARATIVO VER­ 00015-2018 MINADAS P R O M I S C U O D E L PATIÑO MINADAS FECHA 22 DE MARZO BAL DE PERTENEN­ CIRCUITO DE SABA­ DE 2018 CIA URBANA. NALARGA ATLAN­ TICO MARIA MANUELA JUZGADO TERCERO BANCO AGRARIO CASTILLO VIZCAINO DE PEQUEÑAS CAU­ SAS Y COMPETEN­ CIAS MULTIPLES DE BARRANQUILLA

MARIA MANUELA AUTO QUE LIBRA EJECUTIVO CASTILLO VIZCAINO MANDAMIENTO DE PAGO 19/10/2016

2016-3030

LUIS ENRIQUE AGUI­ LAR MARRIAGA, AGEN­CIA DE SEGU­ ROS ADESI Y CIA LTDA, DIANA CARO­ LINA AGUILAR ARE­ NAS Y BETTY ARENA AVILA

LUIS ENRIQUE AGUI­ NOTIFICACION AUTO RESTITUCION L A R M A R R I A G A , QUE ADMITE LA DE­ AGENCIA DE SEGU­ MANDA 05/11/2015 ROS ADESI Y CIA LTDA, DIANA CARO­ LINA AGUILAR ARE­ NAS Y BETTY ARENA AVILA

2015-410

JUZGADO NOVENO SOCIEDAD DE ACCTI­ CIVIL MUNICIPAL VOS ESPECIALES ORAL DE BARRAN­ QUILLA

GIAN CARLOS DEL JUZGADO VEINTI­ NESTOR JULIO BLAN­ RIO HANS UNO (21) CIVIL MU­ CO BAENA NICIPAL DE BARRAN­ QUILLA

GIAN CARLOS DEL ADMITE A FECHA 20 VERBAL RESTITU­ 08001-4053-021-2017-00746RIO HANS, PABLO DE SEPTIEMBRE DE CIÓN DE INMUEBLE 00 JOSE DEL RIO HANS, 2017 LEDA BEATRIZ HANS DEL RIO Y SIMAN JA­CIR

MILAGROS CHARRIS JUZGADO VEINTII­ LOSADA, IDENTI­ UNO (21) MUNICIPAL FICADA CON LA C.C. DE BARRANQUILLA # 22.368.541

MIILAGROS CHARRIS LOSADA Y MANUEL ENRIQUE MARTINEZ RAMIREZ, IDENTI­ FICADOS CON LAS C.C. # 22.368.541 Y 1.684.418 RESPECTIV­ AMENTE

COOPERATIVA MUL­ TIACTIUVA DE SER­ VICIOS Y GESTIÓN COMERCIAL COO­ MULTIGEST

R I N A C A S T R O JUZGADO SEGUNDO COOCREDIEXPRESS DE CANABAL C.C. DE PEQUEÑAS CAU­ 22.689.432 SAS Y COMPETEN­ C I A S M Ú LT I P L E S CIRCUITO JUDICIAL DE SOLEDAD

AUTO ADMISORIO EJECUTIIVO DE MII­ 08001-4022-021-2014-0096000 DE LA DEMANDA DE NIIMA CUANTIA FECHA OCTUBRE 10 DE 2014

O R I S M E R C A D O MANDAMIENTO DE EJECUTIVO SINGU­ 08758-41-002-2016-00867-00 M A L D O N A D O Y PAGO DE 27 DE FE­ LAR RI­N A CASTRO DE BRERO DE 2017 CANABAL

KEVIN DAVID SAN­ JUZGADO SEGUNDO LILIANA MONTES KEVIN DAVID SAN­ MANDAMIENTO DE EJECUTIVO SIINGU­ 0 8 7 5 8 - 4 1 - 8 9 - 0 0 2 - 2 0 1 7 00805-00 DOVAL RUDAS C.C. DE PEQUEÑAS CAU­ RODRIGUEZ DOVAL RUDAS PAGO DE FECHA 13 LAR 1.043.874.129 SAS Y COMPETEN­ DE OCTUBRE DE 2017 C I A S M Ú LT I P L E S CIRCUITO JUDICIAL DE SOLEDAD MARINA GONZALEZ JUZGADO TERCERO COOPERATIVA COO­ MARINA GONZALEZ MANDAMIENTO DE EJECUTIVO DE VAZQUEZ DE PEQUEÑAS CAU­ CREDIEXPRESS DE VAZQUEZ PAGO DE FECHA 17 SAS Y COMPETEN­ JUNIO 2016 C I A S M U LT I P L E S SOLEDAD POSIBLES ACRE­E ­ DORES DE LA SOCIE­ DAD CONYUGAL DE LUZ ENITH MUÑE­ TON MONTOYA Y GE­ RARDO ATEHORTUA GARCIA

JUZGADO 1º DE FA­ GERARDO DE JESUS LUZ ENITH MUÑE­ MILIA DEL CIRCUITO ATEHORTUA GARCIA TON MONTOYA C.C. DE BARRANQUILLA, C.C. 70.081.083 21.490.730 CALLE 40 Nº 44-80 PISO 4

2016-00217

AUTO NOVIEMBRE LIQUIDACION DE SO­ 2016-314 30 DE 2017, ADMITE Y CIEDAD ORDENA EMPLA­ZAR A PISBLES ACREE­ DORES DE LA SOCIE­ DAD CONYUGAL

“El emplazamiento se entenderá surtido, transcurrido quince (15) días después de la publicación del listado. si el emplazado no comparece, se le designará Curador Ad-Liten, con quién se surtirá la notificación”.

PROCESO: EJECUTIVO SIN­ GULAR RADICADO: 2015-00960 DEMANDANTE: COOPERATIVA COOMULPEN D E M A N D A D O : E RW I N GUTIÉRREZ PARDO y OTROS FECHA: Mayo 15 de 2015 INFORME SECRETARIAL Al Despacho de la señora Juez el proceso relacionado, informándole que nos correspondió por reparto y está pendiente decidir su admisión. Sírvase proveer. HERNAN DE JESUS ESTRADA ORTEGA SECRETARIO JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE SOLEDAD, ATLANTlCO. Mayo quince (15) del dos mil quince (2015). . VIsto el informe secetarial que antecede y observando que la COOPERATlVA MULTlACTlVA “COOMULPEN”, quien actúa por medio de apoderado (a) judicial o endosatario en procuración Dr. (a) ANTONIO LUIS CASTRO CAS­ TlLLO, presentó demanda ejecutiva singular contra los señores ERWIN GUTIERREZ PARDO, JORGE FILOS RIVERA Y GERMAN RICARDO HERRERA, por la suma correspondiente a TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS M.L ($ 3.418.000.oo M.L.), más los inte­ reses remuneratorios y mora­torias de conformidad con las obli­gación cont­enida en el titulo ejecutivo (Letra de cambio), los títulos reú­ nen los requisitos prescritos en el artícuo 488 del C. de P. C. por cuanto contiene una obligación cla­ra, expresa y exigible, por lo que el Juzgado... RESUELVE 1- Librar orden de pago por la Vía ejecutiva a favor de la COOPERATlVA MULTlACTlVA “COO­ M ULPEN”, contra los señores ERWIN GUTIERREZ PAR­DO, JORGE FILOS RIVERAY GERMAN RICARDO HERRERA, por la suma correspondiente a TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS M.L. ($ 3.418.000.oo M.L.), más los intereses remuneratorios y mora­ torias de conformidad con la obli­ga­ ción desde el día que se hizo lo deuda exigible hasta que se realice el pago total de la misma, más las costas del pro­ceso, todo lo cual deberá pagar el demandado dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de este auto tal como lo dispone el Art. 498 del C. de P.C. 2- Notifíquese este Auto conforme a lo dispuesto en los artículos 315 a 320 y 330 del C. de P. C. reformado por la Ley 794 del 2003, y hágase saber que el traslado es por el término de diez (10) días. 3- Téngase al (la) Dr. (a) ANTONIO LUIS CASTRO CASTlLLO, como apoderado (a) o endosatario en en procuración al cobro judicial de la perte demandante, en los términos del poder conferido. NOTlFIQUESE y CUMPLASE JUANA AIXA VILLACOB DE BLANQUICET LA JUEZ

PROCESO: EJECUTIVO SIN­ GULAR RADICADO: 2015-00779 DEMANDANTE: COOPERATlVA COOMULPEN DEMANDADO: WILLIAN GONZALEZ OJEDA Y OTRO FECHA: Mayo 4 de 2015 INFORME SECRETARIAL Al Despacho de la señora Juez el proceso relacionado, informándole que nos correspondió por reparto y está pendiente decidir su admisión. Sírvase proveer. HERNAN DE JESUS ESTRADA ORTEGA SECRETARIO JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL EN ORALIDAD DE SOLE­DAD, ATLANTICO, Mayo cuatro (4) del dos mil quince (2015) Visto el informe secretarial que antecede y observando que la COOPERATlVA MULTlACTlVA COOMULPEN, quien actúa por medio de apoderado (a) judicial o endosatario en procuración Dr. (a) ANTONIO LUIS CASTRO CASTlLLO, presentó demanda ejecutiva singular contra los señores WILLIAN GONZALEZ OJEDA y ALFREDO DE LA CRUZ BOHORQUEZ, por la suma correspondiente a DIEZ MILLONES CINCUENTA y CUATRO MIL PESOS M.L. ($ 10.054.000.oo M.L.), más los intereses remuneratorios y mora­ torios de conformidad con las obligación contenida en el tí­tu­lo ejecutivo (Letra de cambio), los títulos reúnen los requisitos pres­cri­ tos en el artículo 488 del C. de P. C. por cuanto contiene una obligación cla­ra, expresa y exigible, por lo que el juzgado... RESUELVE 1- Librar orden de pago por la Vía ejecutiva a favor de la COOPERATlVA MULTlACTlVA COOMULPEN, contra los señores WILLIAN GONZALEZ OJEDA y ALFREDO DE LA CRUZ BOHORQUEZ, por la suma correspondiente a DIEZ M I L L O N E S C I N C U E N TA y CUATRO MIL PESOS M.L ($ 10.054.000.oo M.L.), más los intereses remuneratorios y moratorias de conformidad con la obligación desde el día que se hizo la deuda exigible hasta que se realice el pago total de la misma, más las costas del proceso, todo lo cual deberá pagar el demandado dentro de los cinco (5) días siguientes a la noti­ficación de este auto tal como lo dispone el Art. 498 del C. de P. C. 2- Notifíquese este Auto conforme a lo dispuesto en los artículos 315 a 320 y 330 del C. de P.C. reformado por la Ley 794 del 2003, y hágase saber que el traslado es por el término de diez (10) días . 3- Téngase al (la) Dr. (a ANTONIO LUlS CASTRO CASTILLO, como apoderado (a) o endosatario en procuración al cobro judicial de la parte demandante, en los términos del poder conferido. NOTIFIQUESE CUMPLASE JUANA AIXA VILLACOB DE BLAN­QUICETH LA JUEZ

Curaduria urbana No. 1 Barranquilla D.E.I.P. AVISO DE COMUNICACIÓN Y CITACION EL CURADOR URBANO Nº.1 DEL DISTRITO ESPECIAL, IN­ DUSTRIAL Y PORTUARIO DE BA­RRANQUILLA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES y EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS EN EL INCISO PRIMERO DEL AR­ TICULO 65 DE LA LEY 9ª DE 1989, EN CON­CORDANCIA CON LOS ARTICULOS 37 Y 38 DE LA LEY 1437 DE 2011 (CODIGO DE PRO­­ CE­DIMIENTO ADMI­­­NIS­­­­­TRA­TIVO Y DE LO CON­TEN­CIOSO ADMI­­ NISTRATIVO), Y LOS ARTI­CU­LOS 2.2.6.1.2.2.1 Y 2.2.6.1.2.2.2 DEL DECRETO NA­­CIONAL 1077 DE 2015, CO­MUNICA A LOS SEÑO­ RES VE­CINOS COLIN­DAN­TES, PRO­PIE­TARIOS, POSEE­DORES, TENE­DO­RES, RESI­DENTES DEL PRE­DIO LOCA­LI­­ZADO EN LA CALLE 42B Nº 7-77 - CALLE 42B Nº 7-67; Y A TER­CEROS INDE­ TERMINADOS, SE HACE ESTA PU­B LI­C ACIÓN POR PREN­S A DEBIDO A QUE LAS COMU­­ NICACIONES ENVIADAS POR CORREO CERTIFICADO FUE­­ RON DEVUELTAS POR EL CAU­ SAL DOMICILIO CERRA­D O, QUE EN ESTE DESPACHO SE RADICÓ UNA SOLICITUD DE LICENCIA URBANISTICA, CON LAS CARACTERISTICAS QUE A CONTINUACION SE DES­­CRIBEN: Titular de la solicitud: MARIANA DE JESUS PEREZ RODRIGUEZ. Radicación: 08001-1-18-0090 Fecha de Radicación: 27 de febrero de 2018 Clase de Licencia: CONSTRUC­ CION Modalidad Licencia: DEMOLlCION TO­TAL- OBRA NUEVA Uso: VIVIENDA Dirección del predio: CALLE 44 Nº 7-76 Con fundamento en lo anterior lo ci­­tamos para que, si usted lo estima con­veniente, se haga parte en el trá­­mite administrativo y presente su­s objeciones a la expedición de la Licencia Urbanística, dentro del término comprendido desde la fe­­cha de radicación de la solicitud ha­s­­ta antes de la expedición del ac­­to administrativo que resuelva la solicitud. Además le informamos que la re­ so­lución que resuelve la solicitud so­­­lo podrá ser expedida por el des­­ pa­cho una vez haya transcurrido un término mínimo de Cinco (05) dí­as hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de es­ta comunicación a los vecinos co­ lindantes o de la publicación cuando es­ta fuere necesaria. Preci­sán­­dole que las objeciones y obser­vaciones se deberán presentar por es­crito y se re­­solverán en el acto que decida sobre la solicitud, esto de conformidad a lo establecido en el Art. 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacio­nal 1077 de 2015. Para su mayor información y cono­ cimiento del proyecto permítame comu­­nicarle que el expediente con sus respec­tivos planos se en encuentran a su disposición en este despacho y podrá solicitar copias del mismo, a sus costas, si así lo desea, para lo cual le informamos que la Curaduría Urbana N° 1 de Barranquilla, está ubi­ca­da en carrera 58 Nº 64-200 y lo aten­deremos de Lunes a Viernes en el horario de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 a 5:00 p.m. Firmado por, ARMANDO GUIJARRO DAZA Curador Urbano N° 1 de Barranquilla

Notaría Segunda de Soledad Atlántico E L S U S C R I TO N O TA R I O S E G U N D O Y P R I N C I PA L DEL CIRCULO DE SOLEDAD EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación del siguiente edicto en el periódico, dentro del trámite Notarial tendiente a liquidar la herencia y Sociedad Conyugal de ELIDA ROSA ALMARALES DE CHARRIS, identificada con la cédula de ciudadanía No 29.908.082 de Sitio Nuevo (Magdalena), quien falleció el día 10 de Marzo del año 2.010 en la ciudad de Barranquilla, siendo su último domicilio el municipio de Soledad. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 28 de fecha veintiséis (26) de Marzo del año 2018, en el cual se ordena la publicación del siguiente edicto en el periódico y una radiodifusora local por una sola vez, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988 y ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. Para constancia se firma y se fija el presente edicto hoy veintisiete (27) de marzo del año dos mil Dieciocho (2.018) siendo las 8:00 A.M. SANDRO CESAR VERGARA HERNANDEZ NOTARIO SEGUNDO PRINCIPAL Juzgado Segundo Promiscuo Municipal Baranoa-Atlántico LA SECRETARIA DEL JUZGADO SE­GUNDO PROMISCUO MUNI­ CIPAL DE BARANOA-ATLAN­ TICO EMPLAZA A A los demandados MARIA LEONA ZAPATA CARDONA y JORGE ORANDY OCAMPO QUINTERO, para que comparezcan a notificarse del auto fechado 7 de Abril de 2017, mediante el cual se libró mandamiento de pago en el proceso de restitución de inmueble con radicado 00042 de 2017, iniciado por SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES. Para efectos del emplazamiento fíjese EDICTO de acuerdo con lo establecido en el artículo 293 del C.G. del P., y lo ordenado por este Despacho, mediante auto del veintiséis (26) de enero del año dos mil dieciocho (2018), haciendo su publicación por una sola vez, un día domingo en el diario EL HERALDO o LA LIBERTAD de Barranquilla y se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado en la página del Registro Nacional de Emplazados del Consejo Superior de la Judicatura. Baranoa, enero 26 de 2018 DARYS RAQUEL DE LA HOZ BARRIOS SECRETARIA

Notaría Segunda de Soledad Atlántico LA SUSCRITA NOTARIA SE­ G U­­­N­D A Y E N C A R G A D A DEL CIRCULO DE SOLEDAD EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación del siguiente edicto en el periódico, dentro del trámite Notarial tendiente a liquidar la herencia y Sociedad Conyugal de ASEMA ARIAS DE POLO, identificada con la cédula de ciudadanía No 23.245.302 De San Andrés Islas y ADOLFO RAFAEL POLO CARABALLO, identificado con la cédula de ciudadanía No 13.460.645 de San Andrés Islas, quienes fallecieron el día 03 de Septiembre del año 2.016 en la Ciudad de Barranquilla, siendo su último domicilio el municipio de Soledad la primera y el día 25 de Mayo del año 1.992 en el Municipio de Soledad, siendo su último domicilio el municipio de Soledad. Aceptado el presente trámite mediante acta No. 22 de fecha Dieciséis (16) de Marzo del año 2.018, en el cual se ordena la publicación del siguiente edicto en el periódico y una radiodifusora local por una sola vez, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988 y ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. Para constancia se firma y se fija el presente edicto hoy Diecisiete (17) de Marzo del año dos mil Dieciocho (2.018) siendo las 8:00 A.M. JACQUELINE DE LA HOZ DE LA HOZ NOTARIA SEGUNDA ENCAR­ GADA AUGUSTO OSORIO BERDUGO NOTARIO SEGUNDO ENCAR­ GADO DE BARRANQUILLA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguiente a la publicación del presente EDICTO en el trámite de liquidación de la sucesión y herencia del causante REINEL JOSE SANTIAGO RODRIGUEZ, (Q.E.P.D), quien falleció el día 22 de Septiembre del año 2010, en el Estado de Venezuela-Maracaibo, siendo la ciudad de Barranquilla, su último domicilio donde tenía el asiento de sus negocios y se identificaba con su cédula de ciudadanía numero 3.710.301. Admitido el respectivo trámite en esta Notaría por Acta 45 de fecha Nueve (9) del mes de Marzo del año 2018, en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto 902 de 1.988, se ordenó la fijación del presente EDICTO en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y su publicación en un Diario y Radio difusora local. El presente EDICTO se fija hoy a los Nueve (9) días del mes de Marzo del año Dos Mil diez y ocho (2.018) a las 8.00 a.m. horas del día. AUGUSTO OSORIO BERDUGO NOTARIO SEGUNDO ENCAR­ GADO DE BARRAN­QUILLA

LA LIBERTAD Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Juzgado Primero Laboral del Circuito AVISO DE REMATE LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA INFORMA: Que cumplido los requisitos del arto 448 del CGP, el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barranquilla, señala el día veintisiete (27) de abril de 2018 a la 1: OOP.M., como fecha para llevar a cabo la diligencia de remate del 100% del bien inmueble identificado con matricula inmobiliaria No.040-132635 de la oficina de Instrumentos Públicos de la ciudad de Barranquilla, (Atlántico), ubicado en el corregimiento de Pital de Megua (Atlántico), jurisdicción del municipio de BARANOA, denominado “LA SILVERA MEGUA”, de propiedad de la demandada GENESISX S.I.A. LTDA, embargados en el presente proceso Ordinario Laboral en Fase de Ejecución, promovido por OLINTO JUAN HERRERA PEREZ contra GENESIS S.LA. LTDA, el cual se viene tramitando en este Despacho Judicial, con Radicación Nº 08001-31-05-001-2012- 00054-00. El inmueble tiene una extensión calculada aproximada de 4 hectáreas 1750 m2 e individualizado por los siguientes linderos: NORTE: partiendo en detalle N 187 hasta llegar a delta N 205 con una distancia de 205 mts. Lineales, colinda con HECTOR COBAS, ESTE: DEL DELTA N° 205 HASTA EL DETALLE N° 175 con una distancia de 102 mts. Lineales, colinda con EDGARDO ESCOBAR, del detalle N° 175 hasta el delta 207 con una distancia de 75 mts. Lineales, colinda con LUIS M. VARGAS, SUR: del delta N° 207 hasta el detalle N° 185 con una distancia de 194 mts. Lineales, colinda con HERMENEGILDO DE LA ASUNCION DE LA CRUZ. OESTE: del detalle N° 185 hasta el Delta N° 225 con una distancia de 35 mts. Lineales del delta N° 225 hasta el detalle N° 186 con una distancia de 56 mts. Lineales colinda con ALEJANDRO PACHECO, del detalle Nº 186 hasta el detalle 187 con una distancia de 178 mts lineales, colinda con NICOLAS BOLIVAR AVILA, estas medida y linderos se encuentra en el certificado de matrícula inmobiliaria y en la Escritura Pública N° 703 del 31 de 01 de 2007 Notaria 24 de Bogotá (anotación N° 8 del C.M­. INMOBILIARIA N° 040-132635). Sera postura admisible en el remate la que cubre el 70% del avalúo. Fíjese que mediante auto de fecha febrero 7 de 2018, se determinó el avalúo del 100% del inmueble en la suma de: CIENTO TREIN­ TA Y DOS MILLONES DOS­ CIEN­TOS CUATRO MIL PESOS. ($132.204.000.00) Dicho inmueble se encuentra a car­go del demandado, GENESIX S.I.A. LTDA. Todo postor para ser admitido como tal deberá consignar el Cuarenta por cien­to (40%) del mencionado avalúo en la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Colombia a órde­nes de JUZGADO PRIMERO LA­BO­RAL DEL CIRCUITO DE BA­­R RAN­Q UILLA, cuenta No.­ 080012032001, de conformidad con el artículo 451 del C.G.P., con indicación del número de radicación del proceso, título que deberá exhibir junto con su oferta en sobre cerrado al momento de la licitación. La licitación comenzará a la hora antes indicada y no se cerrará, sino después de haber transcurrido una hora dentro de la cual deberá presentar la oferta en sobre cerrado. El presente Aviso se publicará por una sola vez en día domingo, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para esta diligencia en uno de los periódicos de amplia circulación como el Tiempo, el Heraldo o el Espectador o una radiodifusión local, para lo cual se debe aportar una copia informal del diario y la constancia del administrador o funcionario de la emisora conformidad con el artículo 450 del C.G.P. Barranquilla, dos (2) de abril de dos mil dieciocho (2018) PATRICIA ELENA OSORIO SOTO SECRETARIA. EDICTO EMPLAZATORIO PATRICIA ISABEL VARGAS ARTEAGA NOTARIO NOVENO ENCAR­GA­ DO DEL CíRCULO DE BARRAN­­ QUlLLA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en proceso notarial de liquidación de sucesión y de la sociedad conyugal conformada por el hecho del matrimonio del causante HECTOR MANUEL MACIAS CASTRO, identificado en vida con cédula de ciudadanía. Nº 839.413, para que se hagan presentes en la Oficina de esta Notaría en el término de los diez (10) días inmediatamente siguientes, contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora local de gran sintonía en la costa Atlántica. El causante falleció el día Dieciocho (18) de Agosto de 2015, en la ciudad de Barranquilla, siendo esta ciudad asiento patrimonial de sus negocios. Admitida como fue la petición de iniciación del trámite notarial correspondiente, por medio del Acta Nº.025-2018 de fecha cinco (05) días del mes de Abril de 2018, y reconocidos los señores HECTOR MANUEL MACIAS CASTRO, varón, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 8.682.626, expedida en Barranquilla, de estado civil Casado, RODOLFO MACIAS CASTRO, varón, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía W 7.473.119 expedida en Barranquilla, de estado civil Casado, MIRIAM EDITH MACIAS CASTRO, mujer, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 22.405.907expedida en Barranquilla, de estado civil Casada, RAFAELA MACIAS CASTRO, mujer, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No. 32.717.119 expedida en Barranquilla, de estado civil Soltera, quien actúa en nombre propio y en representación de su hermana YANIRA ISABEL MACIAS CASTRO, mujer, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 32.674.616 expedida en Barranquilla, ESTER MARIA MACIAS CASTRO, mujer, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 32.674.617 expedida en Barranquilla, de estado civil Casada, ROSALBA MACIAS CASTRO, mujer, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 22.445.747 expedida en Barranquilla, de estado civil Soltera, GENOVEVA ESTHER MACIAS CASTRO, mujer, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 22.387.173 expedida en Barranquilla, de estado civil Soltera, todos herederos forzosos en línea descendiente, debidamente acreditados; quienes actúan por intermedio de apoderada doctora MARTHA CECILIA SARABIA LEON, en este proceso mortuorio, se ORDENA: 1. Publicar el original del presente Edicto en la Cartelera de la Notaría por el término de diez (10) días; 2. A costa de los interesados, hacer publicar, por una sola vez, copia del edicto emplazatorio en un periódico y en una emisora de la localidad, que reúnan las exigencias atrás indicadas. NOTARIO NOVENO DEL CIR­CU­ LO DE BARRANQUILLA El presente edicto se fija hoy, Seis (06) de Abril de 2018, siendo las 7:30 A.M. NOTARIO NOVENO DEL CIR­CU­ LO DE BARRANQUILLA El presente edicto se desfija Diecisiete (17) de Abril de 2018, siendo las 5:30 P.M. NOTARIONOVENOTITULARDEL CIRCULO DE BARRANQUILLA

L I M I T A D OS EDICTO EMPLAZATORIO La señora LUZ MIRIAM RAMIREZ QUINTERO, identificada con la cédula de ciudadanía N° 41.731.766 de Bogotá, como madre del señor JESUS GABRIEL RAMOS RAMIREZ, que en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía N° 72.258.165 de Barranquilla. LLAMA, CITA Y EMPLAZA A QUIEN INTERESE: Para que en el término de Diez (10) DlAS HABILES contados a partir de la fecha de fijación del presente EDICTO, comparezca ante la oficina de tesorería de la empresa denominada IMPORTADORA EL HUECO S.A.S ubicada en la calle 34 N° 43-109, piso 2, oficina 203, de la ciudad de Barranquilla y que se crea con derechos para reclamar los valores correspondientes a la cesantías del señor JESUS GABRIEL RAMOS RAMIREZ. TERCER AVISO EL SUSCRITO PROFESIONAL ESPECIALIZADO DEL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO DEL ATLANTICO AVISA: Que se presentó a reclamar la prestaciones sociales: SUSTITUCIÓN PENSIONAL, la Señora LUCIA MERCEDES ESCAMILLA CORONADO, identificada con C.C.22.632.015 de Sabanalarga, en calidad de cónyuge a reclamar la Sustitución de Pensión del docente: JAIRO JOSE MERCADO DE LA ROSA, identificado con C.C.3.757.564 de Sabanalarga, fallecido el día 04/02/2018, quién prestó sus servicios como Docente de la Institución Educativa David Montezuma Recuero de Repelón-Atlco Quien se crea con igual o mayor derecho para reclamar, deberá presentarse dentro de los quince (15) días siguientes a esta publicación en la Secretaria de Educación Departamental del Atlántico - Oficina del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio ubicado en la Calle 40 entre Carreras 45 y 46 -Gobernación del Atlántico-Piso Dos (2). Barranquilla, 16 de Marzo 2018 NEIL BADRAN ARRIETA PROFESIONAL ESPECIALIZADO-FONDO PRESTACIONAL DEL MAGISTERIO SECRETARÍA DISTRITAL DE EDUCACIÓN DE BARRANQUILLA FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO EDICTO SEGUNDO AVISO LA SUSCRITA SECRETARIA DISTRITAL DE EDUCACIÓN DE BARRANQUILLA INFORMA Que el día veintiuno (21) de Febrero de 2018, según consta en el Certificado de De­ función con indicativo Serial Nº 09513499, expedido por la Registraduría Nacional Del Estado Civil, falleció la señora YOLANDA ESTHER BALLESTEROS, identificada con cédula de ciudadanía No.22.393.149, quien prestó sus servicios como docente. En consecuencia, se presentó a la SECRETARÍA DISTRITAL DE EDUCACIÓN, con el fin de reclamar el pago de las prestaciones económicas causadas por la docente fallecida, el señor NICANOR BALLESTEROS MARTINEZ, identificada con cédula de ciudadanía No.837.302, en calidad de PADRE. Que el objeto de esta publicación es avisar a las personas que se crean con igual o mejor derecho a reclamar, quienes deben manifestarlo mediante escrito, debidamente soportado y radicarlo en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Educación, que se encuentra ubicada en la Carrera 43 No. 35 - 38 piso 2 del Centro Comercial los Ángeles, en el horario de lunes a jueves de 8:00 a 11:30 AM y de 2:00 a 5:00 PM y los viernes en el horario de 8:00 a 11:30 AM y de 2:00 a 4:00 PM, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto Emplazatorio. BIBIANA RINCÓN LUQUE SECRETARIA DISTRITAL DE EDUCACIÓN DE BARRANQUILLA

LA SECRETARIA DEL JUZGADO NOVENO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA EMPLAZA De conformidad con el Código General del Proceso, artículos 108 y 293, el señor LUIS MANUEL NOBLES PAYARES, para que comparezca a este juzgado, ubicado en el piso 5° del Edificio Rodrigo Lara Bonilla de Barranquilla, por sí o por medio de apoderado judicial, a recibir notificación personal del auto admisorio proferido dentro de la demanda de PRIVACION DE PATRIA POTESTAD, radicada con el número 08001-31-100092018-00011-00, promovida por la señora ZOVEIDA ESTHER BOVEA CABAÑA, a través de la Defensora de Familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. La publicación se hará en un medio escrito de amplia circulación nacional o local, como el Heraldo o La Libertad en edición dominical. El interesado allegará al proceso copia informal de la página respectiva donde se hubiere publicado el listado. Efectuada la publicación, la parte interesada remitirá una comunicación al Registro Nacional de Personas Emplazadas que lleva el Consejo Superior de la Judicatura, incluyendo el nombre del sujeto emplazado, su número de identificación, si se conoce, las partes del proceso, su naturaleza y el juzgado que lo requiere. El Registro Nacional de Personas Emplazadas publicará la información remitida y el emplazamiento se entenderá surtido quince (15) días después de publicada la información de dicho registro. Surtido el emplazamiento se procederá a la designación de Curador ad litem, si a ello hubiere lugar. Se expide el presente EDICTO a los seis ( 6) días del mes de Abril de Dos Mil Dieciocho (2018). CARMEN MÁRQUEZ VARELO Secretaria JUZGADO SECUNDO PRO­MIS­ CUO DE FAMILIA DE SOLEDAD SOLEDAD - ATLÁNTICO Radicado: 00558-2017 EMPLAZA A los señores MARIA DE JESUS DE LA HOZ POLO, NANCY ISA ­­B EL DE LA HOZ POLO, NESTOR JOSE DE LA HOZ PO­LO E ISMAEL ORLANDO DE LA HOZ POLO y a todas las per­sonas que se crean con derecho al ejercicio de la guarda del presunto inter­dicto: BRAYAN JESUS DE LA HOZ POLO CC No 1.002.233.198, con­forme lo establece el Art. 586-3 del C.G.P, para que comparezcan per­sonalmente o por medio de apoderado judicial a este Juzgado a recibir NOTIFICACIÓN PER­ SONAL del auto admisorio de Novie­mbre /Primero (01) de Dos Mil Diecisiete (2017), dentro de la demanda de INTERDICCIÓN JUDI­CIAL, presentada por el señor DAVID ANTONIO DE LA HOZ PO­LO, a través de apoderado, en fa­vor de su hermano BRAYAN DE JESUS DE LA HOZ POLO, y hacerse parte en el mismo en ejercicio del derecho de defensa y de contradicción. Se entrega copia del presente edicto a la parte interesada, de conformidad con el Art. 108, 293 del C.G.P, para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional (LA LIBERTAD o El Heraldo). MARIA CONCEPCION BLANCO LIÑAN SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE PE­ QUE­ÑAS CAUSAS DE COM­PE­ TENCIAS MULTIPLES SOLE­DAD - ATLANTICO EDICTO EMPLAZATORIO A la demandada ANA MARIA GA­­LlNDO CANO y A LAS PER­ SO­N AS INDE­T ER­M I­N A­D AS, pa­ra que dentro del término de Qui­nce (15) días comparezca a es­te Despacho con el fin de recibir no­­tificación personal del auto ad­ mi­sorio de fecha 21 de Febrero del 2018, librado dentro del proceso de PER­TENENCIA seguido en este Juz­gado por NELLY SARMIENTO SARMIENTO, mediante apoderado judicial Dr. CARLOS ENRIQUE LARIOS LOBO, Radicado bajo el Número 2017-00606-00. Se le advierte a los emplazados que de no concurrir al Juzgado vencido el término del emplazamiento se le designará Curador Ad - Litem, con quien se surtirá la notificación y se continuará el proceso hasta su cul­ mi­nación. Para los efectos in­dicados en el Artículo 293 del C.G.P, en con­cordancia con el artículo 108 del C.P.C, y copias auténticas del mismo se entregan al interesado para que sea publicado por una sola vez en el Dia­rio El Heraldo o La Libertad de la localidad en día domingo. VICTOR JAVIER GAVALO NORIEGA SECRETARIO

Juzgado Segundo de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples Soledad - Atlántico RADICACIÓN No. 08758-41-89-0022017-01037-00 EMPLAZA: A SALVADORA SALAS OROZ­CO Y DEMAS PERSONAS INDE­ TERMINADAS, que se crean con derecho sobre el bien inmueble objeto de la prescripción, que más ade­lante se determina, y cuya decla­ ración de PERTENENCIA POR PRES­C RIPCION EXTRA­O R­D I­ NA­R IA ADQUISITIVA DE DO­ MINIO, promueve JAIRO AN­ TO­­NIO PANTOJA POSSO con­tra SAL­VADORA SALAS OROZ­CO y DEMAS PERSONAS INDE­T ER­ MINADAS. Inmueble ubicado en el municipio de Soledad, Atlántico junto con sus mejoras y anexidades, una casa junto con el solar que la contiene, situado en la acera occidental de la calle 17, entre las carreras 22 y 23 con las siguientes medidas y linderos por el norte: 26 metros 43 centímetros, sur: 26 metros 33 centímetros, este: 11.33 centímetros y oeste: 11 metros. Los linderos de dicho inmueble se encuentran contenidos en la escritura pública No. 26 de fecha 27 de marzo de 1958 de la Notaria Única de Soledad. Identificado con la matrícula inmobiliaria No. 041- 147874. Se le advierte a los emplazados, que se crean con derecho sobre el citado bien, a intervenir en este proceso, que a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la expiración de este emplazamiento, sin que hayan comparecido se le designará curador ad-litem, a quien se le notificará y seguirá el proceso en sus nombres y representación. Para los efectos del artículo 108 del Código General del Proceso si se ordena la publicación en un medio escrito el domingo; en los demás casos, podrá hacerse cualquier día entre las seis (6) de la mañana y las once (11) de la noche. Hágase la publicación en el Diario “La Libertad” o “El Heraldo” el día domingo, o para ser radiodifundido por una radiodifusora de la localidad cual­quier día, entre las horas com­prendidas de las 6:00 a.m. y las 11:00 p.m.Barranquilla, Enero 31 de 2018. VICKY ROSALES PERTUZ SECRETARIA R/08001-40-03-012-2016-00l25-00 EJECUTIVO EDICTO EMPLAZATORIO EL SECRETARIO DEL JUZGADO DOCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA CITA Y EMPLAZA A los demandados CONSTRU­VAMOL S.A.S., JESÚS DAVID MOLINA RICARDO, INGE­NIE­RÍA GLOBAL S.A.S. y ADRIA­N A PATRICIA VERGARA LOBO. Para que dentro del término de quince (15) días, comparezcan por sí o por medio de apoderado judicial a notificarse personalmente del auto de mandamiento de pago de fecha Marzo Ocho (8) de 2016, dictado en su contra dentro del presente proceso ejecutivo instaurado por el BANCOLOMBIA S.A., por intermedio de apoderada judicial y estar derecho en forma legal. Publíquese por una sola vez durante el día domingo en alguno de estos diarios, EL TIEMPO CARIBE, EL HERALDO, LA LIBERTAD o en una radio difusora de amplia circulación de la ciudad, entre las horas de las 6 AM y las 11 PM. Se le advierte a los emplazados que si transcurridos quince (15) días a partir de la publicación del emplazamiento no comparece a notificarse se le nombrara CURADOR AD LITEM con quien se continuará el proceso hasta su culminación. Se le indica a las partes interesadas que efectuada la publicación remita una comunicación al Registro Nacional de personas emplazadas el cual deberá incluir el nombre de la persona emplazada, identificación, las partes del proceso, naturaleza y el juzgado que lo requiere. Para los efectos del Art. 108 y 293 del C.G.P., se entregará el presente edicto al interesado para su respectiva publicación en alguno de los medios de comunicación antes anotados. Barranquilla, Marzo 23 de 2018. EL SECRETARIO CARLOS REY MCAUSLAND EDICTO EMPLAZATORIO ALFONSO LUIS AVILA FADUL Notario Tercero del Círculo de Ba­ rran­quilla EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publi­ cación del presente “EDICTO” en el trámite de la LIQUIDACIÓN DE HE­REN­CIA DE: JAMES DONALD STEWART SCHUTTMANN, quien falle­ció el día 10 de octubre del año 2017, siendo la ciudad de Bar­ran­quilla lugar que fuera su ultimo do­mi­cilio y asiento principal de sus ne­go­cios. Se Ordena la publicación de este EDICTO, en un periódico de amplia circulación nacional y en un radioperiódico de amplia sintonía, ambos de Barranquilla, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 1º. del Decreto 902 de 1.988. Barranquilla, abril 7 de 2.018. GINO CESAR CORDOBA RINCON NOTARIO TERCERO (E) DE BARRANQUILLA


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