AGRUPADOS - DIARIO LA NACIÓN - EDICIÓN 10.399

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AGRUPADOS&JUDICIAL.

LUNES 8 ENERO DE 2024

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ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de CARDIFF S.A., convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito Tte. Héctor Vera de Asunción, Departamento Central, el día 17 de enero del 2024, a las 11:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día:1) Designación de un presidente y un secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección de Directores y Síndicos para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes. -61964/08/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de AGRO PARAGUAY S.A., convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito Tte. Héctor Vera Nº 2249 e/ Nicanor Torales y Raúl Carmona de Asunción, Departamento Central, el día 17 de enero del

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de ANSUD S.A., convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito Tte. Héctor Vera de Asunción, Departamento Central, el día 17 de enero del 2024, a las 09:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día:1) Designación de un presidente y un secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección de Directores y Síndicos para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes. -61968/08/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de AMERICA CREDITOS S.A., convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito en Calle Acaray casi Mcal Lopez Zona Norte N° 2040 de Fernando de la Mora, Departamento Central, el día 17 de enero del 2024, a las 16:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de un presidente y un secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección de Directores y

Síndicos para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes.-61970/08/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de KURUKAU S.A.Convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito Calle Tte. Segundo Juan Benítez c/ Sargento Clemente Rojas de Asunción, Departamento Central, el día 02 de enero del 2024, a las 14:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de un Presidente y un Secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico del ejercicio 2023. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección del Directorio y Síndico para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes. -61971/08/01.ATIS GROUP PARAGUAY S.A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS. El Directorio de Atis Group Paraguay S.A. en uso de las atribuciones que le confiere la ley y en cumplimiento de las disposiciones estatutarias y legales pertinentes, convoca a sus accionistas a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse el día 31 de enero del 2024 en primera convocatoria a las 10:00 horas y en segunda convocatoria una hora después, en el local social ubicado en Avda. Aviadores del Chaco N° 2351 Edificio Plaza Center, Santa Teresa Piso 7B, a efectos de considerar el siguiente Orden del Día: 1. Designación de Presidente y Secretario de la Asamblea Ordinaria; 2. Consideración de la Memoria Anual del Directorio, Balance, Estado de Cuentas de Ganancias y Pérdidas e Informe del Síndico, correspondientes al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2023; 3. Destino de resultados y utilidades del ejercicio 2023; 4. Designación de miembros del Directorio y deter-

minación de sus remuneraciones; 5. Elección del Síndico Titular y Síndico Suplente. Determinación de su remuneración; y 6. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Se recuerda a los señores accionistas que para asistir a la Asamblea Ordinaria deben depositar en la Sociedad sus acciones o certificados provisionales, o un certificado bancario librado al efecto por un banco del Paraguay o del exterior, para su registro en el libro de asistencia a las Asambleas, con no menos de tres días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la celebración de la asamblea. EL DIRECTORIO. -61972/08/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de la firma SATRASA S.A. convoca a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, a realizarse el día martes 18 de Enero del año 2024, a las 09:00 Hs. en la Ciudad de Neuland, Departamento Boqueron, de manera a tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Designación del Presidente y Secretario/a de la Asamblea; 2) Designación de dos accionistas para suscribir el acta; 3) Aumento de capital; 4) Modificación del estatuto; 5) Otros Asuntos a tratar. EL DIRECTORIO COMUNICA QUE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE ESTA ASAMBLEA QUEDA FIJADA PARA UNA HORA DESPUÉS DE LA ESTABLECIDA PARA LA PRIMERA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ESTATUTOS SOCIALES. SE RECUERDA ASIMISMO, A LOS ACCIONISTAS, EL DEPÓSITO DE ACCIONES PARA TENER DERECHO DE ASISTENCIA A LA ASAMBLEA. El Directorio. -61974/08/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de la firma SATRASA S.A. convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a realizarse el día martes 18 de Enero del año 2024, a las 07:00 Hs. en la Ciudad de Neuland, Departamento Boquerón, de manera a tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Designación del Presidente y Secretario/a de la Asamblea; 2)Designación

de dos accionistas para suscribir el acta; 3) Emisión de acciones; 4) Otros Asuntos a tratar.EL DIRECTORIO COMUNICA QUE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE ESTA ASAMBLEA QUEDA FIJADA PARA UNA HORA DESPUÉS DE LA ESTABLECIDA PARA LA PRIMERA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ESTATUTOS SOCIALES. SE RECUERDA ASIMISMO, A LOS ACCIONISTAS, EL DEPÓSITO DE ACCIONES PARA TENER DERECHO DE ASISTENCIA A LA ASAMBLEA. El Directorio.-61975/08/01.INDUSTRIAS CREATIVAS ON S.A.E.C.A. RUC 80087167-7 CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. De conformidad con lo que disponen los Estatutos Sociales y a las leyes vigentes, el Directorio de la Sociedad convoca a Asamblea General Extraordinaria a los Señores Accionistas de INDUSTRIAS CREATIVAS ON S.A.E.C.A. a realizarse el día Lunes 15 de enero del 2024 a las 09.00 horas en el domicilio sito en Complejo Textilia General Santos 1030. Local 04 Bloque C, Asunción - Paraguay para tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Designación de Presidente y Secretario de Asamblea; 2) Reducción de capital social y rescate de acciones; 3) Modificación de Estatuto por reducción de capital; 4) Designación de Accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Si para la hora fijada en primera convocatoria no se reúne el quórum legal, la Asamblea se llevará a cabo en segunda convocatoria una hora después de fijada para la primera. Se recuerda a los señores accionistas que para ejercer el derecho al voto deben ajustarse a lo que establece el estatuto social. EL DIRECTORIO. -61986/09/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA KENPORT PARAGUAY S.A. RUC N° 80105444-3. Convóquese a los Accionistas de la sociedad KEMPORT PARAGUAY S.A. a Asamblea General Ordinaria, para el lunes 22 de enero del 2024, a las 08:00 horas en primera convocatoria y a las 09:00 horas en segunda convocatoria, en el

local sito en la Avda. Aviadores del Chaco N° 2050, de la ciudad de Asunción, a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1.Designación de un Presidente y un Secretario de la Asamblea; 2.Lectura y Consideración de la Memoria Anual del Directorio, Balance General, Informe del Síndico, Inventario, Cuadro de Pérdidas y Ganancias al 31 de diciembre de 2023. Distribución de Utilidades; 3.Elección de miembros del

Directorio por dos periodos 2024 – 2025 y fijación de sus remuneraciones; 4.Designación de Síndico Titular y Síndico Suplente y fijación de sus remuneraciones; 5.Asuntos Varios; 6.Designación de dos accionistas para suscribir el Acta de Asamblea.-62010/09/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA FIRMA VERO EMPRENDIMIENTOS S.A. CON RUC: 80080190-3. Convoca a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas para el día 20 de Enero de 2024, a las 08:00 horas, en su local social, sito en de la ciudad de CAPIATA, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA: 1)Designación de Presidente y Secretario de Asamblea; 2)Disolución y Liquidación de la Sociedad Anónima; 3) Designación de un Liquidador y fijación de su remuneración; y, 4)Designación de dos Accionistas para suscribir el acta de Asamblea. EL DIRECTORIO. -62065/10/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS. El Directorio de la firma VERO EMPRENDIMIENTOS S.A. con RUC N.º 80080190-3 convoca a Asamblea General Ordinaria de accionistas para el día 20 de enero a las 09:00 horas, en su local de la ciudad de Capiatá para tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Elección de Presidente y Secretario de la Asamblea; 2) Lectura y consideración de la Memoria del Directorio, Balance General, Estado de Resultados, Estados Financieros e Informe del Síndico correspondiente al ejercicio cerrado al 2023; 3) Elec-

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CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA FIRMA GRUPO VIC SOCIEDAD ANÓNIMA. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 21 del Estatuto Social se convoca a los señores Accionistas a la Asamblea General Ordinaria de la empresa GRUPO VIC S.A. que se realizara el día 24 de ENERO de 2024 a las 18:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Ruta FERNANDO DE LA MORA COMPAÑÍA CALIXTRO , de la ciudad de Carapeguá, para tratar el siguiente Orden del Día: 1- Elección de Presidente y Secretario de Asamblea 2- Lectura y Consideración de la Memoria del Directorio, Balance General, Estados de Resultados e Informe del Sindico y distribución de utilidades, correspondiente al Ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2023 3- Elección de Directorio y Representante Legal y Sindico 4Determinación de las remuneraciones del Directorio y Sindico 5- Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los accionistas que para tener derechos a participar de la Asamblea deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1084 del Cod. Civil. El Directorio.-61941/08/01.-

2024, a las 18:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de un presidente y un secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección de Directores y Síndicos para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes.-61965/08/01.-


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JUDICIAL.

ción de Miembros del Directorio; 4) Designación del Síndico titular y suplente; 5) Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea; 6) Asuntos Varios. El Directorio. -62064/10/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS, DELIBERATIVA Y ELECTIVA AVISO DE CONVOCATORIA. El Consejo de Administración de la Cooperativa Multiactiva de Ahorro, Crédito, Producción, Consumo y Servicios AYACAPE Ltda. "AVISA" a todos los socios y socias, que en sesión de fecha 24 de enero del 2.024 realizará la Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de socios, Deliberativa y Electiva. El presente "aviso de convocatoria" es para dar cumplimiento al Art. 47 del Estatuto Social de la Cooperativa, a los efectos de que los mismos cumplan con sus obligaciones (Aportes, solidaridad, salud, pro - construcción, pro sede al 31/12/2.023) y compromisos societarios (créditos y tarjetas al día) para participar con voz y voto del acto asambleario. Consejo de administración.-10/01.-

PROSA S.A. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 49, de fecha 28 de noviembre, año 2023, pasada ante la Notaria y Escribana Pública CRISTINA YOLANDA VERA BRITEZ , se constituyó la sociedad denominada: PROSA SA Objeto Social: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República del Paraguay o del extranjero, todo tipo de actividades comerciales, industriales y de servicios. Capital Social: Suscripto: G. 500.000.000. Duración: 99 años. Domicilio: Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier punto de la República o del extranjero. Socios: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA , Paraguayo, con CI Nº 3525650, y LUIS ENRIQUE VERA DA SILVA, con CI Nº 4.644.065, soltero ambos Domiciliado en Asunción . Directorio: Representante y directora: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA. Director suplente: Luis Vera Da Silva. Síndico Titular: Luis Fernando Paciello CI Nº 1.839.777,,. Inscripta en los Registros Públicos de Comercio bajo el Nº 1 , folio 1 ., fecha 15-12-2023.-62048/08/01.GRUPO INOVA S.A. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 51, de fecha 28 de Noviembre, año 2023, pasada ante la Notaria y Escribana Pública CRISTINA YOLANDA VERA BRITEZ , se constituyó la sociedad denominada: GRUPO INOVA SA Objeto Social: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República del Paraguay o del extranjero, todo tipo de actividades comerciales, industriales y de servicios. Capital Social: Suscripto: G. 500.000.000. Duración: 99 años. Domicilio: Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier

punto de la República o del extranjero. Socios: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA , Paraguayo, con CI Nº 3525650, y LUIS ENRIQUE VERA DA SILVA, con CI Nº 4.644.065, soltero ambos Domiciliado en Asunción . Directorio: Representante y directora: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA. Director suplente: Luis Vera Da Silva. Síndico Titular: Luis Fernando Paciello CI Nº 1.839.777,,. Inscripta en los Registros Públicos de Comercio bajo el Nº 1 , folio 1 ., fecha 15-12-2023.62049/08/01.INVESUR Y ASOCIADOS S.A. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 48, de fecha 28 de noviembre, año 2023, pasada ante la Notaria y Escribana Pública CRISTINA YOLANDA VERA BRITEZ , se constituyó la sociedad denominada: INVESUR Y ASOCIADOS SA Objeto Social: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República del Paraguay o del extranjero, todo tipo de actividades comerciales, industriales y de servicios. Capital Social: Suscripto: G. 500.000.000. Duración: 99 años. Domicilio: Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier punto de la República o del extranjero. Socios: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA , Paraguayo, con CI Nº 3525650, y LUIS ENRIQUE VERA DA SILVA, con CI Nº 4.644.065, soltero ambos Domiciliado en Asunción . Directorio: Representante y directora: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA. Director suplente: Luis Vera Da Silva. Síndico Titular: Luis Fernando Paciello CI Nº 1.839.777,,. Inscripta en los Registros Públicos de Comercio bajo el Nº 1 , folio 1 ., fecha 15-12-2023.-62052/08/01.CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Nº 33. Protocolo Comercial Sección "A", de fecha 14/08/2023 ante el N.P. César Ferreira Armoa, se formalizo la Constitución de la firma denominada RENACER GROUP PARAGUAY S.A. Domicilio: en la calle Isaac Kostianovsky Nº 5747 Asunción. Duración: 99 años. Objeto Principal: El OBJETO principal de la Socie-

dad es: es realizar por cuenta propia ylo de manera asociada, en todo el territorio de la República del Paraguay, así como en el extranjero, toda actividad empresarial relacionada directa o indirectamente con el sector inmobiliario o al rubro y mercado de bienes raíces. SOCIOS: ROLANDO HERNAN KEMPFF BACIGALUPO. HORACIO ANDRES TERRAZAS CATALDI. PATRICIA RIVERA SEMPERTEGUI. GUSTAVO ADOLFO JAUREGUI GONZALEZ. MARIO ELISEO PAREDES VARGA S . Capital: (Gs.300.000.000) Inscripto en la D.G.R.P., en la SECCION PERSONAS JURIDICAS Y COMERCIO, Matricula Jurídica Nº 42534 serie COMERCIAL; bajo el Nro. 1, folio 1 y sgts., en fecha 07/1 1/2023. Se inscribe de conformidad a la acordada N,° 1539/21, MATRICULA DE COMERCIANTE, inscripto bajo el N° 6541. Folio 6541, en fecha 13/11/2023.-62054/08/01.-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ALDO CRISTIAN ESPINOLA TRANGONI S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 686 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ALDO CRISTIAN ESPINOLA TRANGONI. 2.DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-61992/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “AMADO SOSA ORTEGA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 690 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de AMADO SOSA ORTEGA . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o

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acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera InstanciaenloCivilyComercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-61994/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ANALIA ALFONSO CASTRO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 688, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ANALIA ALFONSO CASTRO . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-61995/09/01.-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ANIBAL ADRIAN TORRES ALFONSO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 692 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ANIBAL ADRIAN TORRES ALFONSO . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-61997/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “CARLOS MIGUEL RUIZ HERMOSILLA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 687 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CARLOS MIGUEL RUIZ HERMOSILLA. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de

la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62000/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “CARMEN BELEN ALCARAZ SALDIVAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 720, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CARMEN BELEN ALCARAZ SALDIVAR. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspon-


LUNES 8 ENERO DE 2024

dientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62001/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “CORAZON DE MARIA BOGADO GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 708, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CORAZON DE MARIA BOGADO GONZALEZ . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62003/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciu-

dad de Villarrica. En el expediente caratulado: “DIEGO MARCELO CUEVAS GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 729 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de DIEGO MARCELO CUEVAS GONZALEZ. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62004/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “DOMINGO RAMON ESPINOLA ROMAN S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 718 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de DOMINGO RAMON ESPINOLA ROMAN. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse

contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62007/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “EDUARDA IBARRA VAZQUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 689, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de EDUARDA IBARRA VAZQUEZ . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR

al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62011/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ELIDA ECHEVERRIA AÑAZCO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 691, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ELIDA ECHEVERRIA AÑAZCO . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62013/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ELVIRA OVELAR AREVALOS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 703, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores

de ELVIRA OVELAR AREVALOS . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62015/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “FAVIO MANUEL CARVALLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 724 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de FAVIO MANUEL CARVALLO . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia

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en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62016/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “FRANCISCO JAVIER ESCOBAR GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 693 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de FRANCISCO JAVIER ESCOBAR GONZALEZ . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62017/09/01.-


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JUDICIAL.

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “HERIBERTO ZARZA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 719 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de HERIBERTO ZARZA. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62018/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “HERME ROBERTO BENITEZ BENITEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 697 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de HERME ROBERTO BENITEZ BENITEZ. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario

“LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62019/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “HUGO RICARDO VERA RIVEROS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 706 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de HUGO RICARDO VERA RIVEROS. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días mar-

tes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62020/09/01.-

CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “JUAN CHRISTIAN NUÑEZ AREVALO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 722 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de JUAN CHRISTIAN NUÑEZ AREVALO. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62023/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,

LUNES 8 ENERO DE 2024

COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “JUANA ROSALIA ACOSTA GARCETE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 725, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de JUANA ROSALIA ACOSTA GARCETE. 2.DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62024/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “JULIO CESAR ESPINOLA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 700 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de JULIO CESAR ESPINOLA . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario

“LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62027/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: LILIAN RAMONA LEGUIZAMON S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 711, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de LILIAN RAMONA LEGUIZAMON. 2.DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de

Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62028/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “LIZ MARIELA GONZALEZ MARTINEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 717, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de LIZ MARIELA GONZALEZ MARTINEZ. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62029/09/01.-


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