AGRUPADOS&JUDICIAL.
SÁBADO 6 ENERO DE 2024
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CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA FIRMA GRUPO VIC SOCIEDAD ANÓNIMA. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 21 del Estatuto Social se convoca a los señores Accionistas a la Asamblea General Ordinaria de la empresa GRUPO VIC S.A. que se realizara el día 24 de ENERO de 2024 a las 18:00 horas, en el local de la Sociedad, sito en la Ruta FERNANDO DE LA MORA COMPAÑÍA CALIXTRO , de la ciudad de Carapeguá, para tratar el siguiente Orden del Día: 1- Elección de Presidente y Secretario de Asamblea 2- Lectura y Consideración de la Memoria del Directorio, Balance General, Estados de Resultados e Informe del Sindico y distribución de utilidades, correspondiente al Ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2023 3- Elección de Directorio y Representante Legal y Sindico 4Determinación de las remuneraciones del Directorio y Sindico 5- Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los accionistas que para tener derechos a participar de la Asamblea deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1084 del Cod. Civil. El Directorio.-61941/08/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de CARDIFF S.A., convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito Tte. Héctor Vera de Asunción, Departamento Central, el día 17 de enero del 2024, a las 11:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día:1) Designación de un presidente y un secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio,
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de AGRO PARAGUAY S.A., convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito Tte. Héctor Vera Nº 2249 e/ Nicanor Torales y Raúl Carmona de Asunción, Departamento Central, el día 17 de enero del 2024, a las 18:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de un presidente y un secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección de Directores y Síndicos para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes.-61965/08/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de ANSUD S.A., convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito Tte. Héctor Vera de Asunción, Departamento Central, el día 17 de enero del 2024, a las 09:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día:1) Designación de un presidente y un secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección de Directores y Síndicos para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum nece-
sario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes. -61968/08/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de AMERICA CREDITOS S.A., convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito en Calle Acaray casi Mcal Lopez Zona Norte N° 2040 de Fernando de la Mora, Departamento Central, el día 17 de enero del 2024, a las 16:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de un presidente y un secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección de Directores y Síndicos para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes.-61970/08/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA DE SOCIOS/AS. El Consejo de Administración en su Sesión Extraordinaria de fecha 27 de diciembre del 2023, Acta N°593 y de conformidad con los Artículos 52 y 53 del Estatuto Social, convoca a los/as socios/as de la “COOPERATIVA MULTIACTIVA DE AHORRO Y CREDITO, SERVICIOS, CONSUMO, PRODUCCION Y VIVIENDA “PORAVO TY” LIMITADA”, a Asamblea Ordinaria, a llevarse a cabo el día 2 de febrero de 2024, a las 07:00 horas, en primera convocatoria y a las 08:00 horas en segunda y última convocatoria en el local de Star Recepciones, sito en 12 de Octubre c/ Santa Rosa, Barrio San Miguel de la ciudad de San Lorenzo, para tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1)Elección del Presidente, un Secretario de Asamblea y designación de dos socios para suscribir conjuntamente el Acta de Asamblea con el Presidente y el Secretario; 2)Lectura y consideración de la Memoria del Consejo de Administración, Balance General y Social, Cuadro de Resultados, Informe y Dictamen de la Junta de Vigilancia y Auditoría Externa, del Ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2023; 3)Propuesta del Consejo de Administración para la distribu-
ción del excedente del ejercicio 2023; 4)Estudio y consideración del Plan General de Trabajos y Proyecto de Crecimiento. Propuesta de Gastos, Inversiones y Recursos para el ejercicio 2024; 5)Fijación del límite máximo y facultades de endeudamiento al Consejo de Administración hasta el 20% del Activo según la Ley; 6)Elección de autoridades: Concejo de Administración 5(cinco) vacancias,Junta de Vigilancia 3(tres) Vacancias; Tribunal Electoral 3(tres) vacancias; 7) Asuntos Varios. Abog. Nicolás Rubén Villalba, Secretario - Ing. Luis Alberto Delgado, Presidente Consejo de Administracion. -61969/06/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de KURUKAU S.A.Convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a llevarse a cabo en su domicilio legal, sito Calle Tte. Segundo Juan Benítez c/ Sargento Clemente Rojas de Asunción, Departamento Central, el día 02 de enero del 2024, a las 14:00 hs. en su primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de un Presidente y un Secretario de la Asamblea. 2) Consideración de la memoria anual del directorio, balance general y estado de resultados, informe del síndico del ejercicio 2023. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección del Directorio y Síndico para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes. -61971/08/01.ATIS GROUP PARAGUAY S.A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS. El Directorio de Atis Group Paraguay S.A. en uso de las atribuciones que le confiere la ley y en cumplimiento de las disposiciones estatutarias y legales pertinentes, convoca a sus accionistas a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse el día 31 de enero del 2024 en primera convocatoria a las 10:00 horas y en segunda convocatoria una hora después, en el local social ubicado en Avda. Aviadores del Chaco N° 2351 Edificio Plaza Center, Santa Teresa Piso 7B, a efectos de considerar el siguiente Orden del Día: 1. Designación de Presidente y Secretario de la Asamblea Ordinaria; 2. Consideración de la Memoria Anual del Directorio, Balance, Estado de Cuentas de Ganancias y Pérdidas e Informe del Síndico, correspondientes al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2023; 3. Destino de resultados y utilidades del ejercicio 2023; 4. Designación de miembros del Directorio y determinación de sus remuneraciones; 5. Elección del Síndico Titular y Síndico Suplente.
Determinación de su remuneración; y 6. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Se recuerda a los señores accionistas que para asistir a la Asamblea Ordinaria deben depositar en la Sociedad sus acciones o certificados provisionales, o un certificado bancario librado al efecto por un banco del Paraguay o del exterior, para su registro en el libro de asistencia a las Asambleas, con no menos de tres días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la celebración de la asamblea. EL DIRECTORIO. -61972/08/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de la firma SATRASA S.A. convoca a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, a realizarse el día martes 18 de Enero del año 2024, a las 09:00 Hs. en la Ciudad de Neuland, Departamento Boqueron, de manera a tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Designación del Presidente y Secretario/a de la Asamblea; 2) Designación de dos accionistas para suscribir el acta; 3) Aumento de capital; 4) Modificación del estatuto; 5) Otros Asuntos a tratar. EL DIRECTORIO COMUNICA QUE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE ESTA ASAMBLEA QUEDA FIJADA PARA UNA HORA DESPUÉS DE LA ESTABLECIDA PARA LA PRIMERA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ESTATUTOS SOCIALES. SE RECUERDA ASIMISMO, A LOS ACCIONISTAS, EL DEPÓSITO DE ACCIONES PARA TENER DERECHO DE ASISTENCIA A LA ASAMBLEA. El Directorio. -61974/08/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de la firma SATRASA S.A. convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a realizarse el día martes 18 de Enero del año 2024, a las 07:00 Hs. en la Ciudad de Neuland, Departamento Boquerón, de manera a tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Designación del Presidente y Secre-
tario/a de la Asamblea; 2)Designación de dos accionistas para suscribir el acta; 3) Emisión de acciones; 4) Otros Asuntos a tratar.EL DIRECTORIO COMUNICA QUE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE ESTA ASAMBLEA QUEDA FIJADA PARA UNA HORA DESPUÉS DE LA ESTABLECIDA
PARA LA PRIMERA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ESTATUTOS SOCIALES. SE RECUERDA ASIMISMO, A LOS ACCIONISTAS, EL DEPÓSITO DE ACCIONES PARA TENER DERECHO DE ASISTENCIA A LA ASAMBLEA. El Directorio.-61975/08/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a los Estatutos Sociales, la Comisión Directiva del CLUB GENERAL BERNARDINO CABALLERO F.B.C. convoca a la Asamblea General Ordinaria de socios el día domingo 04 de febrero del 2024 a llevarse a cabo en la Sede Social ubicada en Guapoy 804 - Asunción. La primera convocatoria para las 10: 00 horas con quórum legal y la segunda para las 11:00 horas con cualquier número de socios presentes para tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA: a) Lectura y consideración del acta de la Asamblea Ordinaria anterior; b) Lectura y Consideración de la Memoria y Balance General; c) Elección y renovación de la Comisión Directiva y d) Asuntos Varios. La Comisión Directiva.-61977/07/01.INDUSTRIAS CREATIVAS ON S.A.E.C.A. RUC 80087167-7 CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. De conformidad con lo que disponen los Estatutos Sociales y a las leyes vigentes, el Directorio de la Sociedad convoca a Asamblea General Extraordinaria a los Señores Accionistas de INDUSTRIAS CREATIVAS ON S.A.E.C.A. a realizarse el día Lunes 15 de enero del 2024 a las 09.00 horas en el domicilio sito en Complejo Textilia
62057/08/01.-
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROGRESS BUSINESS S.A. Convoca el día 12 de Enero 2024 a Asamblea General Ordinaria, conforme al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y de conformidad a los Estatus Sociales a llevarse a cabo en el local de la firma sito en Ciudad del Este el Km. 5 ½ en el local comercial a las 08:00 hs. en la primera convocatoria y a las 09:00 hs. en la segunda convocatoria, para tratar el siguiente orden del día:1-Elección de autoridades de la asamblea un presidente y un secretario, cambios de socios. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance general, cuadro de resultados, inventario, flujo de efectivo, destino de los resultados, variación del patrimonio neto e informe del síndico correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre del año 2023. 3-Elección de Directores y Síndico Titular. 4-Asignación de retribuciones a directores y síndico titular.5Aumento de capital social. 6- Ventas de acciones.-61933/07/01.-
balance general y estado de resultados, informe del síndico. 3) Consideración y tratamiento sobre el resultado económico del ejercicio 2023. 4) Elección de Directores y Síndicos para el ejercicio 2024 y fijación de sus retribuciones. 5) Designación de Accionistas que firmaran el Acta de Asamblea. De acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos Sociales, si no hubiere quórum necesario, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria en la misma forma y con los mismos efectos, ese mismo día, una hora después de la fijada para la primera. En la segunda convocatoria la asamblea quedará válidamente constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes. -61964/08/01.-
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JUDICIAL.
General Santos 1030. Local 04 Bloque C, Asunción - Paraguay para tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Designación de Presidente y Secretario de Asamblea; 2) Reducción de capital social y rescate de acciones; 3) Modificación de Estatuto por reducción de capital; 4) Designación de Accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Si para la hora fijada en primera convocatoria no se reúne el quórum legal, la Asamblea se llevará a cabo en segunda convocatoria una hora después de fijada para la primera. Se recuerda a los señores accionistas que para ejercer el derecho al voto deben ajustarse a lo que establece el estatuto social. EL DIRECTORIO. -61986/09/01.ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA KENPORT PARAGUAY S.A. RUC N° 80105444-3. Convóquese a los Accionistas de la sociedad KEMPORT PARAGUAY S.A. a Asamblea General Ordinaria, para el lunes 22 de enero del 2024, a las 08:00 horas en primera convocatoria y a las 09:00 horas en segunda convocatoria, en el local sito en la Avda. Aviadores del Chaco N° 2050, de la ciudad de Asunción, a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1.Designación de un Presidente y un Secretario de la Asamblea; 2.Lectura y Consideración de la Memoria Anual del Directorio, Balance General, Informe del Síndico, Inventario, Cuadro de Pérdidas y Ganancias al 31 de diciembre de 2023. Distribución de Utilidades; 3.Elección de miembros del Directorio por dos periodos 2024 – 2025 y fijación de sus remuneraciones; 4.Designación de Síndico Titular y Síndico Suplente y fijación de sus remuneraciones; 5.Asuntos Varios; 6.Designación de dos accionistas para suscribir el Acta de Asamblea.-62010/09/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA FIRMA VERO EMPRENDIMIENTOS S.A. CON RUC: 80080190-3. Convoca a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas para el día 20 de Enero de 2024, a las 08:00 horas, en su local social, sito en de la ciudad de CAPIATA, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA: 1)Designación de Presidente y Secretario de Asamblea; 2)Disolución y Liquidación de la Sociedad Anónima; 3)Designación de un Liquidador y fijación de su remuneración; y, 4)Designación de dos Accionistas para suscribir el acta de Asamblea. EL DIRECTORIO. -62065/10/01.CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS. El Directorio de la firma VERO EMPRENDIMIENTOS S.A. con RUC N.º 80080190-3 convoca a Asamblea General Ordinaria de accionistas para el día 20 de enero a las 09:00 horas, en su local de la ciudad de Capiatá para tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Elección de Presidente y Secretario de la Asamblea; 2) Lectura y consideración de la Memoria del Directorio, Balance General, Estado de Resultados, Estados Financieros e Informe del Síndico corres-
pondiente al ejercicio cerrado al 2023; 3) Elección de Miembros del Directorio; 4) Designación del Síndico titular y suplente; 5) Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea; 6) Asuntos Varios. El Directorio. -62064/10/01.-
AUMENTO DE CAPITAL. Por Escritura Nº 156, del 27/10/2023, autorizada por la Esc. Myriam Cantero Wolf, fue modificado por los Est. Soc. de JATEC S.A., en su Art. 5to. Aumento de capital social a la suma de GS. 425.000.000, y emisión de acciones por la suma de GS. 173.000.000.- Inscripto en la D.G.R.P. Sección Personas Jurídicas y Comercio, como Matrícula Jurídica Nº 10144, Serie Comercial, Bajo el Nº 02 Folio 15, de fecha 27/11/2023.61980/07/01.AUMENTO DE CAPITAL. Por Escritura Nº 151, del 24/10/2023, autorizada por la Esc. Myriam Cantero Wolf, fue modificado por los Est. Soc. de EUCATEC SOCIEDAD ANÓNIMA, en su Art. 5to. Aumento de capital social a la suma de GS. 1.098.000.000, y emisión de acciones por la suma de GS. 598.000.000.- Inscripto en la D.G.R.P. Sección Personas Jurídicas y Comercio, como Matrícula Jurídica Nº 22530, Serie Comercial, Bajo el Nº 2 Folio 14, de fecha 27/11/2023.-61981/07/01.AUMENTO DE CAPITAL. Por Escritura Nº 150, del 24/10/2023, autorizada por la Esc. Myriam Cantero Wolf, fue modificado por los Est. Soc. de AGRO GANADERA B R SOCIEDAD ANÓNIMA, en su Art. 5to. Aumento de capital social a la suma de GS. 2.000.000.000, y emisión de acciones por la suma de GS. 1.000.000.000.Inscripto en la D.G.R.P. Sección Personas Jurídicas y Comercio, como Matrícula Nº 13098, Serie Comercial, Bajo el Nº 2 Folio 15, de fecha 27/11/2023.-61983/07/01.AUMENTO DE CAPITAL. Por Escritura Nº 30 folio 95 y siguientes, protocolo de la división Comercial, de fecha 17 de julio del año 2023, autorizada por Luís Alberto Sosa Fracchia del Registro Notarial Nº 18, se realizó la Transcripción y Protoc. De la modificación de Estatutos por aumento de capital de
la firma FC AGRICOLA S.R.L. inscripta en los Registros Públicos Sección Personas Jurídicas y Comercio, Entrada Nº 13383514, inscripta bajo el Nº 2, serie Comercial, folio 10 de fecha 15/11/2023 y que según consta en el sistema de la D.G.R.P. a dicha escritura se le dio salida en fecha 11/12/2023. -62014/07/01.-
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por E. P. Nº 26 del 12/09/2023, pasada ante la E. P. Mirtha E. Domínguez, se constituyó la firma denominada: ZUMAN S.A., Domicilio: CDE. Duración: 99, Objeto: Artículo de plásticos y fabricación. Pte.: Enmanuel Núñez Fretes. Vte.: Mir-
yan Z. Fretez. Síndico Titular: Sara L. Sánchez 5. Capital Social: Gs. 500.000.000. De cuyo testimonio se tomó razón en la D.G. de los R. P. Sección P. J. y C., bajo el Nro. 01 folio 01 y sgts. Serie "SUACE" y M. J. Nº 2021 del 01/12/2023, y Matrícula de Comerciante Nº 6760.61956/06/01.CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 29 de fecha 10/11/2023, autorizada por el N. P. Pablo Rivarola, se constituyó la firma denominada GIMSA TRADING S.A. Domicilio: calle Saltito c/ Curupayty, Ciudad Presidente Franco, Dpto. de Alto Paraná. Duración: 99 Años. Capital: Gs. 1.000.000.000. Objeto Principal: dedicarse por cuenta propia o asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero, comercio al por mayor de productos no clasificados previamente (NCP), comercio de partes, piezas y accesorios nuevos y usados para vehículos automotores, importación y exportación. Administración y Representación: Presidente Victor Alfredo Torres Giménez. Vice-Presidente: Heber German Samaniego. Inscrita en la Dirección General de los Registros Públicos, Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº 42.771, Serie Comercial, bajo el Nº 1, Folio 1, en fecha 13/12/2023.61957/06/01.CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Esc. Nº248 Civil “A”, de fecha 27/11/2023, ante la N.P. Sara María Antonia Díaz Verón, fue constituida la firma AGRICOLA CAACUPE SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: Ciudad de Santa Rita, departamento de Alto Paraná, República del Paraguay. Duración: 99. Años. Domicilio: Objeto Principal, dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros, sean estas personas físicas o jurídicas, en el país o en el extranjero, a la explotación en todas sus formas o modalidades de emprendimientos industriales, ganaderos y agrícolas. Título III. Capital social y acciones: Artículo 5º: El Capital social autorizado se fija en la cantidad de Gs.50.000.000.000 (Guaraníes Cincuenta Mil Millones), representadas por 50.000 (Cincuenta Mil) Acciones Nominativas Endosables de Gs.1.000.000 (Guaraníes Un Millón) cada una. Director Presidente: Julio Pratas Da Costa. Director Vicepresidente: Julio José Hennies Pratas Da Costa. Director Titular: Luis Henrique Hennies Pratas Da Costa. Síndico Titular: Juan Isacio Jara Acosta. Inscripto en la D.G.R.P., Sección Personas Jurídicas y comercio, Matrícula Nº42.846, serie Comercial, inscripto bajo el Nº1 y al folio 01 y sgtes, de fecha 20/12/2023 y en la Matrícula del Comerciante, Bajo el Nº6988 y folio 6988, de fecha 27/12/2023.61963/06/01.CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA. Por Escritura Pública Nº 40 de fecha 30/11/2023.- Pasada ante la Notaria Nelly Paredes de de Isasa fue constituida la firma BAN-
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FIMORI S.A., Presidente: So Yoon Yang, Vicepresidente: Pablo Tilleria Florentín, Sindico Titular: Marilina Ester Santacruz Zarate, Domicilio: Calle Camilo Recalde c/ Cnel. Toledo de Ciudad del Este, Alto Paraná. Duración 99 años. Objeto Principal: compra venta de prendas de vestir y calzados en gral. al por menor y mayor. Imp. y exp. Capital: Gs. 500.000.000. Inscrito en la Dirección General de los Registros Públicos. Secc. Personas Jurídicas y Comercio con Matricula № 42789, bajo el № 1, Folio 1, Serie Comercial, en fecha 13/12/2023.-61979/07/01.CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por E.P. No. 50 del 14/11/2023, pasada ante la E.P. Mirtha E. Domínguez, se constituyó la firma EGNA IMPORT. EXPORT. S.A., Domicilio: CDE. Duración: 99, Objeto: Comercio de prod. diversos. Pte.: Enzo G. Núñez A. Vte.: Adalberto Núñez G. Síndico Titular: Aldo A. Rojas O. Capital Social: Gs. 5.000.000.000. De cuyo testimonio se tomó razón en la D.G. de los R. P. Sección P. J. y C., bajo el Nro. 01 folio 01 y sgts. Serie “SUACE” y M. J. Nro. 2027 del 18/12/2023, Matrícula de Comerciante Nº 6876.61978/07/01.CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD EFICIENCIA EMPRESARIAL BIENES – RAICES S.A. Por Escritura pública Nro. 44 de fecha 12 de octubre del 2023, pasada ante el N.P. Cesar David Ferreira Armoa. Domicilio: Legión Civil Extranjera 946 casi Las Perlas, Asunción, Paraguay. Duración: 99 años. Objeto Principal: dedicarse al comercio y servicio de consultoría nacional e internacional. Presidente: Miguel Ángel Rodriguez Maidana. Vicepresidente: Alex Enrique Gaona Digalo. Síndico Titular: Carlos Alfredo Amarilla Cabrera. Síndico Suplente: Félix Amarilla López. Accionistas: Miguel Ángel Rodríguez Maidana, Alex Enrique Gaona Digalo y Armando Antonio Arrúa González. Capital suscrito G. 500.000.000 (Guaraníes quinientos millones) y capital integrado G. 500.000.000 (Guaraníes quinientos millones). Inscripta en la D.G.R.P., Secc. Personas Jurídicas y Comercio, inscripta con la Matricula Jurídica Nro. 42773 bajo el Nro. 1, Serie Comercial, folio 1, de fecha 14 de diciembre del 2023 .-61982/07/01.CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Esc. Pub. N° 365 del 27/10/2023 pasada ante la Esc. Pub. MONICA ROUSSILLON, se constituyó la firma "KOVE PROPERTIES" SOCIEDAD ANONIMA, Socios: YAN KEROUACH Y ANA BEATRIZ VALIENTE DE ZAPUTOVICH.CAPITAL:GS.600.000.000. OBJETO: la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, entre otros. -Duración: 99 años.
-Inscripta en la SECC. PERSONA JURIDICA Y COMERCIO, MATRICULA Nº 42533, SERIE COMERCIAL, BAJO EL N° 1, FOLIO 1. EN FECHA 07/11//2023. INSCRIPTO DE CONFORMIDAD A LA ACORDADA CSJ N°1539/21 DTR Nº4/21.61996/07/01.PROSA S.A. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 49, de fecha 28 de noviembre, año 2023, pasada ante la Notaria y Escribana Pública CRISTINA YOLANDA VERA BRITEZ , se constituyó la sociedad denominada: PROSA SA Objeto Social: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República del Paraguay o del extranjero, todo tipo de actividades comerciales, industriales y de servicios. Capital Social: Suscripto: G. 500.000.000. Duración: 99 años. Domicilio: Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier punto de la República o del extranjero. Socios: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA , Paraguayo, con CI Nº 3525650, y LUIS ENRIQUE VERA DA SILVA, con CI Nº 4.644.065, soltero ambos Domiciliado en Asunción . Directorio: Representante y directora: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA. Director suplente: Luis Vera Da Silva. Síndico Titular: Luis Fernando Paciello CI Nº 1.839.777,,. Inscripta en los Registros Públicos de Comercio bajo el Nº 1 , folio 1 ., fecha 15-12-2023.62048/08/01.GRUPO INOVA S.A. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 51, de fecha 28 de Noviembre, año 2023, pasada ante la Notaria y Escribana Pública CRISTINA YOLANDA VERA BRITEZ , se constituyó la sociedad denominada: GRUPO INOVA SA Objeto Social: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República del Paraguay o del extranjero, todo tipo de actividades comerciales, industriales y de servicios. Capital Social: Suscripto: G. 500.000.000. Duración: 99 años. Domicilio: Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier punto de la República o del extranjero. Socios: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA , Paraguayo, con CI Nº 3525650, y LUIS ENRIQUE VERA DA SILVA, con CI Nº 4.644.065, soltero ambos Domiciliado en Asunción . Directorio: Representante y directora: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA. Director suplente: Luis Vera Da Silva. Síndico Titular: Luis Fernando Paciello CI Nº 1.839.777,,. Inscripta en los Registros Públicos de Comercio bajo el Nº 1 , folio 1 ., fecha 15-12-2023.62049/08/01.INVESUR Y ASOCIADOS S.A. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 48, de fecha 28 de noviembre, año 2023, pasada
ante la Notaria y Escribana Pública CRISTINA YOLANDA VERA BRITEZ , se constituyó la sociedad denominada: INVESUR Y ASOCIADOS SA Objeto Social: Dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República del Paraguay o del extranjero, todo tipo de actividades comerciales, industriales y de servicios. Capital Social: Suscripto: G. 500.000.000. Duración: 99 años. Domicilio: Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier punto de la República o del extranjero. Socios: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA , Paraguayo, con CI Nº 3525650, y LUIS ENRIQUE VERA DA SILVA, con CI Nº 4.644.065, soltero ambos Domiciliado en Asunción . Directorio: Representante y directora: RUTH MARIA NOELIA CORREA VERA. Director suplente: Luis Vera Da Silva. Síndico Titular: Luis Fernando Paciello CI Nº 1.839.777,,. Inscripta en los Registros Públicos de Comercio bajo el Nº 1 , folio 1 ., fecha 15-12-2023.62052/08/01.CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Nº 33. Protocolo Comercial Sección "A", de fecha 14/08/2023 ante el N.P. César Ferreira Armoa, se formalizo la Constitución de la firma denominada RENACER GROUP PARAGUAY S.A. Domicilio: en la calle Isaac Kostianovsky Nº 5747 Asunción. Duración: 99 años. Objeto Principal: El OBJETO principal de la Sociedad es: es realizar por cuenta propia ylo de manera asociada, en todo el territorio de la República del Paraguay, así como en el extranjero, toda actividad empresarial relacionada directa o indirectamente con el sector inmobiliario o al rubro y mercado de bienes raíces. SOCIOS: ROLANDO HERNAN KEMPFF BACIGALUPO. HORACIO ANDRES TERRAZAS CATALDI. PATRICIA RIVERA SEMPERTEGUI. GUSTAVO ADOLFO JAUREGUI GONZALEZ. MARIO ELISEO PAREDES VARGAS. Capital: (Gs.300.000.000) Inscripto en la D.G.R.P., en la SECCION PERSONAS JURIDICAS Y COMERCIO, Matricula Jurídica Nº 42534 serie COMERCIAL; bajo el Nro. 1, folio 1 y sgts., en fecha 07/1 1/2023. Se inscribe de conformidad a la acordada N,° 1539/21, MATRICULA DE COMERCIANTE, inscripto bajo el N° 6541. Folio 6541, en fecha 13/11/2023.62054/08/01.-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ALDO CRISTIAN ESPINOLA TRANGONI S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 686 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de
SÁBADO 6 ENERO DE 2024
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “AMADO SOSA ORTEGA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 690 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de AMADO SOSA ORTEGA . 2.DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los
Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-61994/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ANALIA ALFONSO CASTRO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 688, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ANALIA ALFONSO CASTRO . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-61995/09/01.-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ANIBAL ADRIAN TORRES ALFONSO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 692 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ANIBAL ADRIAN TORRES ALFONSO . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-61997/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “CARLOS MIGUEL RUIZ HERMOSILLA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 687 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CARLOS MIGUEL RUIZ HERMOSILLA. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de
la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62000/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “CARMEN BELEN ALCARAZ SALDIVAR S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 720, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CARMEN BELEN ALCARAZ SALDIVAR. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspon-
dientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62001/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “CORAZON DE MARIA BOGADO GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 708, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de CORAZON DE MARIA BOGADO GONZALEZ
. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días mar-
62009/06/01.-
acreedores de ALDO CRISTIAN ESPINOLA TRANGONI. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-61992/09/01.-
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JUDICIAL.
tes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62003/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “DIEGO MARCELO CUEVAS GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 729 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de DIEGO MARCELO CUEVAS GONZALEZ. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62004/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente
caratulado: “DOMINGO RAMON ESPINOLA ROMAN S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 718 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de DOMINGO RAMON ESPINOLA ROMAN. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62007/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “EDUARDA IBARRA VAZQUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 689, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de EDUARDA IBARRA VAZQUEZ . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de
los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62011/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ELIDA ECHEVERRIA AÑAZCO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 691, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ELIDA ECHEVERRIA AÑAZCO . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.-
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ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62013/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ELVIRA OVELAR AREVALOS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 703, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ELVIRA OVELAR AREVALOS . 2.DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62015/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “FAVIO MANUEL CARVALLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 724 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.ADMITIR la convocación de acreedores de FAVIO MANUEL CARVALLO . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos
créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62016/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “FRANCISCO JAVIER ESCOBAR GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 693 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de FRANCISCO JAVIER ESCOBAR GONZALEZ . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo
apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62017/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “HERIBERTO ZARZA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 719 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de HERIBERTO ZARZA. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62018/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “HERME ROBERTO BENITEZ BENITEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 697 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de HERME ROBERTO BENITEZ BENITEZ. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.CITAR a los acreedores del convoca-
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tario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62019/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “HUGO RICARDO VERA RIVEROS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 706 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de HUGO RICARDO VERA RIVEROS. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves
de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62020/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “JUAN CHRISTIAN NUÑEZ AREVALO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 722 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de JUAN CHRISTIAN NUÑEZ AREVALO. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62023/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “JUANA ROSALIA ACOSTA GARCETE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 725, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de JUANA ROSALIA ACOSTA GARCETE. 2.- DEJAR establecido que
la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62024/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “JULIO CESAR ESPINOLA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 700 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de JULIO CESAR ESPINOLA . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los
correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62027/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: LILIAN RAMONA LEGUIZAMON S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 711, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.ADMITIR la convocación de acreedores de LILIAN RAMONA LEGUIZAMON. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62028/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “LIZ MARIELA GONZALEZ MARTINEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 717, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de
acreedores de LIZ MARIELA GONZALEZ MARTINEZ. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Minis-
terio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62029/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “LUCIO DAVID SANCHEZ ORTIZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 698 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de LUCIO DAVID SANCHEZ ORTIZ. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comer-
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cial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62030/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “MARIA INES PERALTA DE CHAMORRO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 704, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de MARIA INES PERALTA DE CHAMORRO . 2.DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62035/09/01.-
6 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: MARIA TERESA PRIETO COLMAN S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 710, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de MARIA TERESA PRIETO COLMAN. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62031/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “MATILDE GOMEZ DE FLEITAS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 713, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de MATILDE GOMEZ DE FLEITAS. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en
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el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62032/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “MIRIAM FRANCISCA MARTINEZ VILLALBA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 701, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de MIRIAM FRANCISCA MARTINEZ VILLALBA . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69
de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62033/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “MIRTHA BEATRIZ BENITEZ NUÑEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 716, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de MIRTHA BEATRIZ BENITEZ NUÑEZ . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62034/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “NESTOR JAVIER AGUAYO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 699 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de NESTOR JAVIER AGUAYO . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justi-
ficativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62036/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “NORMA RAQUEL RIVAROLA MEDINA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 714 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de NORMA RAQUEL RIVAROLA MEDINA . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana
para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62037/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “PEDRO CESAR CABRERA ACA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 696 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.ADMITIR la convocación de acreedores de PEDRO CESAR CABRERA ACA. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.- ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62038/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “PORFIRIO RUBEN ROLDAN BRITEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 695 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.ADMITIR la convocación de acreedores de PORFIRIO RUBEN ROLDAN BRITEZ. 2.- DEJAR establecido que el
convocatario no es comerciante.3.CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil
y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62039/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “RAMON GUSTAVO ALFREDO BARRETO ARCE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 723 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de RAMON GUSTAVO ALFREDO BARRETO ARCE . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la
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documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA). -62040/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “RAMONA SILVERO AYALA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 715, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de RAMONA SILVERO AYALA . 2.DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62041/09/01.-
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “RICARDO ARRIOLA FERNANDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 727 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la
convocación de acreedores de RICARDO ARRIOLA FERNANDEZ. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62042/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “ROSANA ELIZABETH PEREZ SAMUDIO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 707, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de ROSANA ELIZABETH PEREZ SAMUDIO. 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario
“LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO).-62043/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “SABRINA DELVALLE MACIEL S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 712, de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de SABRINA DELVALLE MACIEL . 2.- DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores de la convocataria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para
notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.-FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62044/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº4,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “VICTOR LORENZO BARCHELLO GIMENEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 702 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de VICTOR LORENZO BARCHELLO GIMENEZ . 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). Abg. CELSO ARIEL BENITEZ DENIS (ACTUARIO). -62045/09/01.CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº3,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “WILFRIDO RAMON
ACOSTA TORRES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 721 de fecha 29 de Diciembre de 2023, cuanto sigue: 1.- ADMITIR la convocación de acreedores de WILFRIDO RAMON ACOSTA TORRES. 2.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante.3.- CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 4.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 días. 5.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.6.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 7.- DAR intervención al Ministerio Público.8.COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios.9.- FIJAR los días martes y jueves de cada semana para notificaciones en Secretaría, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 131 del C.P.C. y 179 de la Ley 154/69 de Quiebras.10.- DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente.11.ANOTAR, registrar y remitir copia a la oficina de Estadísticas dependiente de la II Circunscripción Judicial de la República.- FDO: Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ).Abg. MIRIAN CHAPARRO DE MATTO (ACTUARIA).-62046/09/01.-
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la ciudad de Hernandarias de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abog. Heriberto Lugo Cañiza, cita y emplaza por 15 (quince) días a quienes tengan intereses a reclamar contra la sociedad conyugal formada por ADRIAN DE JESUS DENIS FRUTOS Y LOANA BARROS LEAL, para que comparezcan en el término perentorio de 30 (treinta) días contados desde la última publicación del presente Edicto, a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Artículo 55 de la Ley 1/92 y en el Art. 614 del C.P.C. del Código Procesal Civil. El juicio radica en la secretaría a mi cargo Abog. Miguel Angel García Galeano (Actuario). Se hace saber al destinatario, para tener certeza que este documento es válido, el mismo cuenta con el Código QR, por
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lo cual, deberá recurrir a la utilización del lector del mencionado Código, a fin de constatar su autenticidad. Hernandarias, 8 de junio de 2022.61644/06/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL LABORAL, DE SANTA ROSA DEL AGUARAY, ABG. NELSON ANTOLIN MERCADO P., cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos: “NORMA ALICE AGUILERA OVELAR Y MARIO ALBERTO VILLARREAL ARGÜELLO” para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 28 de junio de 2023. Firmado digitalmente por: Cinthia Maricel Acevedo Méndez (Actuaria).-61646/06/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez De Primera Instancia En Lo Civil Y Comercial Del Tercer Turno De La Ciudad De San Lorenzo, Secretaria 6, Abg. César Manuel Godoy, CITA Y EMPLAZA por quince días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos NELSON FRANCISCO ARIEL CARRERAS RIOS Y ROSE MARIE MEDINA DE CARRERAS. SAN LORENZO, 12 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el CÓDIGO QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del CÓDIGO QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. Por ante mí el autorizante ABG. NELIDA ROSA VENIALGO TORRES, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley 4992/2013.-61667/06/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA ACTUARIA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO E INTERINA DEL TERCER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL GUAIRÁ, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos “CELSUMINA DELCARMEN CRISTALDO Y RUBEN MENDEZ PORTILLO”, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Cod. Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 6 a mi cargo. Firmado digitalmente por la Abog. Nidia Beatriz Duarte Pereira
- Actuaria Judicial. VILLARRICA, 25 de octubre de 2023.61688/07/01.-
8 DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Yuty, Dr. Miguel Angel Riquelme Irala, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: ARECIO VALIENTE ROJAS Y MIRTA GRACIELA VERA BENÍTEZ, para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 221 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Yuty, 20 de diciembre de 2022. Abg. ORLANDO MIRANDA P., AC TUARIO JUDICIAL .-61708/07/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSÉ RONALD BAREIRO ESPÍNOLA CON C.I. Nº 5.430.920 Y PERLA HOPF CUENCA CON C.I. Nº 2.467.158, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 26 de diciembre de 2023. Abg. WILSON F. SILVA, Actuario Judicial.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-61731/11/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FERMÍN ROMERO PAIVA y RAMONA RÍOS LÓPEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 22 de diciembre de 2023. Abg. Óscar Gaona, Actuario Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia,
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innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-61748/11/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar Derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SOFIA RUIZ DIAZ CUYARI Y CARLOS CESAR CRISTALDO MOLINAS, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de Ley. El Juicio radica en la Secretaría a mi cargo. CAAGUAZU, 22 de Diciembre de 2023. Abg. FIDENCIA MARTINEZ RIVEROS, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticacion manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-61764/12/01.DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Caazapá, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abog. SELMA ISABEL BOGADO DE GOIRIZ, en el juicio caratulado “ELIDA VIGO DE INSFRÁN C/ CELSO INSFRÁN ORTIZ S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, AÑO: 2022. n.° 80”, cita y emplaza por décimaquinta vez, contados desde la última fecha de publicación, al SR. CELSO INSFRÁN ORTIZ, CON C.I. n.° 2.275.652 con domicilio ignorado, para que comparezca, por sí o por apoderado, a estar en el presente juicio bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere dentro del término establecido, se les nombrara como representante al defensor público de Ausentes, conforme lo establece en los Art. 140 y 141 del C.P.C. El juicio radica en la secretaría n.° 02 a mi cargo. Caazapá, 22 de agosto de 2023.- Se hace saber al destinatario de esta orden de publicación que el mismo cuenta con el código QR, por el cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR. Motivo que hace innecesaria la autenticación manual del actuario judicial conforme las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la C . S .J. -61798/12/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital, Abg. Ulises Agustín Peña Vargas, cita y emplaza por
treinta (30) días a los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal conformada por los Sres. LILIAN MARIA DE JESUS GARCIA MAIDANA y JOSEMARIA DIAZ PEREZ, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92. - Asuncion, 28 de diciembre de 2023. Ante mí: Olga Carolina Vázquez Domínguez. (Actuaria Judicial – Secretaría N° 11) Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual para tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el Lector del Código QR, siendo así innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada Nº 1366/2020 y Acordada Nº 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -Firmado digitalmente por: Olga Carolina Vázquez Domínguez, Actuaria. -61814/13/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, DRA. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARIANA DURE RAMOS Y JUAN CARLOS MARTINEZ SPAINI, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 15 de Noviembre de 2023.- Abg. ADELA BENITEZ RAMOS - Actuaria Judicial.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-61834/13/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, Abog. Lilio Bobadilla del 1er Turno, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos YNGRI MALDONADO INSFRAN Y ERME GIMENEZ BENITEZ S/ DISOLUCIÓN. Para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art 212 del Código civil paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. San Estanislao, 22 de Diciembre de 2023 Hugo E. Fariña Silvero.-61835/13/01.DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. LILIAN ROSMARY GONZÁLEZ
DE DUARTE, cita y emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RAMONA JIMENEZ Y VICTOR GOMEZ DUARTE, para que en el término de treinta (30) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente.El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo.- CORONEL OVIEDO, 22 de Diciembre de 2023. Abg. CRISTELL A. PORTILLO ARIAS, Actuaria Judicial.- Se hace saber al destinatario de
este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada N° 1366/2019.-61838/13/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RUTH GABRIELA PEREZ ORTIZ Y DIEGO HUMBERTO DUARTE VOLLING, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 26 de diciembre de 2023. Abg. Emilce Y. Rodríguez Ovelar, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-61853/13/01.DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO E INTERINO DEL JUZGADO DE IGUAL CLASE DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AMAMBAY, DR. JUAN MARCELINO GONZÁLEZ GARCETE, cita y emplaza por el plazo de 15 veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARGARITA GONZÁLEZ DE GIMÉNEZ Y ADOLFO ALFREDO GIMÉNEZ, para que en el término de 30 días contados desde la última publicación del presente EDICTO, comparezcan a deducir acciones, bajo apercibimiento de
lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil. El juicio radica en la secretaria N° 05, a cargo del Actuario Judicial Abg. PEDRO B. BENÍTEZ NOGUERA. Pedro Juan Caballero, 27 de diciembre de 2023.61894/14/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná. cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos BRUNO LEIVA C AÑE TE e/ IG NACIA GALEANO DE LEIVA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 12 de setiembre de 2023. Abg. Sara Ojeda, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticació. -61902/17/01.-
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Juan León Mallorquín, Abg. Gloria Liz González, cita y emplaza por quince días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos "EVERLINA CORONEL LEGUIZAMON e/ IGNACIO ORTIZ DOMINGUEZ" para que, en el término de treinta días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Códio Civil Paraguayo. El juicio de referencia radica en la secretaria N° 1, a cargo del Actuaria Judicial Interino Abg. Adolfo Patiño. Se hace saber al destinatario del presente edicto, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020, de la Corte Suprema de Justicia. Doctor Juan León Mallorquín, 25 de Octubre de 2023.-61909/17/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE
AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SIXTO CELESTINO ROMERO Y ANTONIA BENITEZ DE ROMERO, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA FRANCO VAZQUEZ. Pedro Juan Caballero, 20 de diciembre de 2022. -61917/17/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AMAMBAY, Abg. CLARA GREGORIA MARTINEZ BALBUENA, cita y emplaza por el plazo de 15 veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARGARET JAQUELINE DELGADO REJALA Y ABEL MENDEZ FLEITAS, para que en el término de 30 días contados desde la última publicación del presente EDICTO, comparezcan a deducir acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaría N.º 04 , a cargo del Actuaria Judicial Abog. FANNY ESTELA FERREIRA GIMENEZ. PEDRO JUAN CABALLERO, 09 de agosto de 2023. -61918/17/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de la Circunscripción Judicial del Guaira, Abg. Hector O. Marecos, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos ANA CLARA ROMAN DUARTE Y RAMON ALBERTO FLEITAS MARTINEZ, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Cod. Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 6 a mi cargo. Villarrica, 28 de diciembre de 2023. -61924/17/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Cuarto Turno, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, con asiento en Ciudad del Este, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FELIX HERNAN
SÁBADO 6 ENERO DE 2024
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos AUDA PATRICIA NOEMI MEDRANO RIVEROS Y JORGE ANTONIO LOPEZ SACHELARIDI, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 11 de Diciembre de 2023.- Abg. ADELA BENÍTEZ RAMOS - Actuaria Judicial.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.61952/18/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital, Abg. Ulises Agustín Peña Vargas, cita y emplaza por treinta (30) días a los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal formada por los SRES. EMIGDIO OSVALDO ACOSTA PEREZ Y MARIA GLORIA VILLALBA DE ACOSTA, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92. ASUNCION, 21 de diciembre de 2023. ANTE MÍ: Olga Carolina Vázquez Domínguez. (Actuaria Judicial – Secretaría N° 11).- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual para
tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el Lector del Código QR, siendo así innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada Nº 1366/2020 y Acordada Nº 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -61953/18/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez Penal de la Adolescencia e Interino del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Curuguaty, ABG. VICTOR DARIO GODOY, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: ROBERTO CARLOS RAMIREZ BONAMIGO Y VERONICA CHAMORRO ALMADA, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria N° 2 mi cargo Abg. SCHIRLEY PAOLA IRALA LEITE, Actuaria Judicial. Conste. CURUGUATY, 28 de Diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-61958/18/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos TERESA NOEMI CARDENAS ZORRILLA C/ FIDEL DARIO VARGAS OZUNA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/19. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Coronel Oviedo, 28 de diciembre de 2023. Abg. WILSON F. SILVA, Actuario Judicial.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-61973/18/01.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la ciudad
de Katueté, Circunscripción Judicial de Canindeyú, Abg. Josefina Gunsett Melgarejo, de citación y emplazamiento en el diario LA NACIÓN, por quince veces convocando a todos los que tengan derechos o créditos que reclamar en la presente comunidad conyugal, para que en el perentorio plazo de treinta días contados desde la publicación del edicto, comparezcan a ejercer sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante sino contra los bienes propios del deudor, en el Juicio “VALDIR KENER KOFAL Y ADRIANA CORREIA DE ASSIS S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. EXP N° 143, AÑO 2023 ". QUE RADICA EN LA SECRETARÍA Nº 01, a cargo del Actuario Judicial Interino Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/19.- KATUETE, 27 de Junio de 2023.-62063/20/01.-
USUCAPIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de la ciudad de Lambaré, Abog. Javier R. Gómez A., cita y emplaza por (15) quince veces al Señor Ricardo Vázquez Agüero, Prudencia Vázquez Agüero , Delfín Vázquez Agüero y Petrona Vázquez Agüero, para que comparezcan por sí o por apoderado en el plazo de 18 días contados desde la última publicación, a estar en el juicio que por USUCAPIÓN tiene promovido la Señora HAIDA DOLORES DA ROSA, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, se les designará como representante a la Defensora de Pobres y Ausentes de Turno de la ciudad de Lambaré. El juicio radica en la Secretaría N° 3 a mí cargo. Lambaré, 20 de diciembre de 2023. Abg. Carlos Ortega, Actuario Judicial.-61707/07/01.-
EDICTO. LA SEÑORA JUEZA DE LA NIÑEZ Y DE LA ADOLESCENCIA INTERINA DEL SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, secretaria Nº 4 a cargo de la Actuaria Abog. Nathalia Cárdenas, cita y emplaza por quince días al Sr. ENRIQUE DANIEL GONZALEZ MEDINA con C.I. Nº 3.266.473, para que por sí o por apoderado, comparezca ante este Juzgado a tomar intervención en los autos caratulados: “ENRIQUE BENJAMIN GONZALEZ VITTORE S/ SUSPENSION DE LA PATRIA POTESTAD” Expte N° 22 Año 2023, bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le designará como representante al Defensor de Ausentes, el Juicio radica en la Secretaría Nº 4 a mi cargo, ASUNCION, 12 de Diciembre de 2023.61791/12/01.-
DIVORCIO VINCULAR. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Caazapá, Circunscripción Judicial de Caazapá Abog. SELMA ISABEL BOGADO DE GOIRIZ, en el juicio caratulado “ELIDA VIGO DE INSFRÁN C/ CELSO INSFRÁN ORTIZ S/ DIVORCIO VINCULAR, AÑO: 2022. Nº 69”, cita y emplaza por quince veces, contados desde la última fecha de publicación, al SR. CELSO INSFRÁN ORTIZ, CON C.I. n.° 2.275.652 con domicilio ignorado, para que comparezca, por sí o por apoderado a estar en el presente juicio, bajo apercibimiento de que, si así no lo hicieren dentro del término establecido, se les nombrara como representante al defensor público de Ausentes, conforme lo establece los Art. 140 y 141 del C.P.C. El juicio radica en la secretaría n.° 02 a mi cargo. Caazapá, 22 de agosto de 2023.- Se hace saber al destinatario de esta orden de publicación que el mismo cuenta con el código QR, por el cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR. Motivo que hace innecesaria la autenticación manual del actuario judicial conforme las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la C.S.J.61800/12/01.EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno, Abg. Mario Alberto Aguayo Rodríguez, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná ha dispuesto se cite por edictos a la parte demandada, PERLA ROCIO ACOSTA SANCHEZ, por quince veces, para que comparezcan por sí o por apoderado a estar en el presente juicio, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del término establecido, se continuará los trámites en rebeldía y se tendrá por constituido su domicilio en los estrados de la secretaría del Juzgado en atención a lo dispuesto en el Art. 48 del C.P.C. El juicio radica en la secretaría N° 3 a mi cargo. Actuaria Judicial Abg. Nilsa Esther López Flecha. Ciudad del Este, 18 de Septiembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -61848/13/01.EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Cuarto Turno. Abg. Juan Pereira, de la Sexta Circunscripción Judicial Alto Paraná ha dispuesto en los autos caratulados: “HECTOR RAMON GONZALEZ GAVILAN C/ LIS LORENA SANCHEZ CAMPUZANO S/ DIVORCIO A PETICIÓN DE UNA SOLA DE LAS PARTES” Expdte. N° 177, año 2023, se cite por edictos a la
parte demandada, LIS LORENA SANCHEZ CAMPUZANO, por quince veces, para que comparezcan por sí o por apoderado a estar en el presente juicio, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del plazo de 15 días, se le nombrará como representante al Defensor de Pobres y Ausentes de Turno. El juicio radica en la secretaría a mi cargo, el Actuario Judicial Fredy A. Colman. Ciudad del Este, 21 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este Edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado. -61920/17/01.EDICTO MUNICIPAL Nº 01/2024. Caacupé, 02 de enero de 2024. La Municipalidad de Caacupé, comunica que a través de la Resolución LM. N' 22464 fecha 02 de enero de 2024 “POR LA CUAL SE OBLIGA A LOS PROPIETARIOS DE INMUEBLES A MANTENER LA LIMPIEZA Y ELIMINACIÓN DE CRIADEROS PARA EVITAR LA PROPAGACION DE INSECTOS TRANSMISORES DE ENFERMEDADES”, se dispone la “NOTIFICACION VIA EDICTO A LOS PROPIETARIOS DE INMUEBLES BALDIOS PARA LA LIMPIEZA DE LOS MISMOS”, y se recuerda la vigencia de las Ordenanzas Municipales Nº 6/11 y 3/2016.Que, los propietarios de inmuebles baldíos, residencias
y edificaciones en estado de abandono ubicados en el ejido Municipal de la Ciudad, están obligados a mantener limpio sus predios, combatir el crecimiento de malezas; acumulación de desperdicios, escombros; materiales que produzcan o favorezcan la polución ambiental y la presencia de alimañas y mosquitos, de cualquier tipo en el predio. Por medio del presente Edicto, quedan debidamente notificados, todos los propietarios de inmuebles, emplazándolos por el termino de 10 (diez) días, a partir de la primera publicación, para dar cumplimiento a lo dispuesto; bajo apercibimiento de que, si así no lo hicieren, la Municipalidad, proceda a realizar la limpieza del predio a costa del Propietario Infractor, ingresando al inmueble, a ese efecto, dado que la inacción del propietario está equiparada a la autorización tácita. La inclusión de las facturas impagas por limpieza originada en el costo operativo y aplicación de la multa le será recargada dentro del rubro de tasas especiales. La multa se encuentra establecida por la Ordenanza Municipal N.º 3/2016. Sanciones 0.0043 del jornal mínimo vigente para actividades diversas no especificadas por metro cuadrado de la superficie total del terreno. Ejemplo: Inmueble de 360m2 – Gs. 1.595.848. Publíquese por edicto. Lic. Rosa González, Secretaria General, Lic. Diego A. Riveros G., Intendente Municipal. -61962/15/01.-
62066/10/01.-
ESPINOLA MARTINEZ Y NATIVIDAD DE JESUS CABRERA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92, en concordancia con el Art 614 inc. c) del C.P.C. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 27 de diciembre de 2023. Abg. Fredy A. Colman, Actuario Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo en consecuencia, innecesaria la autenticación manual Actuario del Juzgado. -61928/17/01.-
9
10 JUDICIAL. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES. Por Escritura Pública Nro. 06 de fecha 20 de mayo de 2022 pasada ante la Escr. Públ. Basilia Irene Ybarra, fueron modificados los estatutos sociales en la cláusula quinta por el aumento de capital social de la firma GRUPO PEREGRINO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con RUC 80104420-0, quedando la misma redactada en los siguientes términos: "Artículo 5. Capital Social: El capital social queda fijado en la suma de NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DE GUARANÍES (Gs. 9.824.000.000), dividido en NUEVE MIL OCHOCIENTAS VEINTICUATRO (9.824)CUOTAS de UN MILLÓN DE GUARANÍES (Gs. 1.000.000) cada una, el cual será integrado con el importe de MIL CIENTO TRECE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL GUARANÍES (Gs. 1.113.052.973), totalizando la suma de NUEVE MIL QUINIENTOS TRECE MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES GUARANÍES (Gs. 9.513.052.973) y, el capital restante de TRESCIENTOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL VEINTISIETE GUARANÍES (Gs. 310.947.027) será integrado en el plazo de dos años. El capital social se integra de la siguiente manera: 1) ROLAND CORNI WALDE SIEMENS: 4900 cuotas de UN MILLÓN DE GUARANÍES cada una; 2) AGATHA KATHERINE LEPP DE WALDE: 4900 cuotas de UN MILLÓN DE GUARANÍES cada una; 3) CHRISTIAN ROLAND WALDE LEPP: 6 cuotas de UN MILLÓN DE GUARANÍES cada una; 4) CHRISTEL JEANETTE WALDE LEPP: 6 cuotas de UN MILLÓN DE GUARANÍES cada una; 5) JOHANNES MARKUS WALDE LEPP: 6 cuotas de UN MILLÓN DE GUARANÍES cada una; 6) JONATHAN MATTHAUS WALDE LEPP: 6 cuotas de UN MILLÓN DE GUARANÍES cada una. En cualquier momento, los socios de común acuerdo, podrán aumentar dicho capital, manifestado por Escritura Pública y en las condiciones establecidas en las leyes nacionales vigentes en la materia." La misma fue inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, en la Sección Personas Jurídicas y Comercio, con la Matrícula Jurídica Nº 15626, serie Comercial, bajo el Nº 2, folio 22, en la fecha 03 de julio de 2023. Según Dictamen Nro. 90065 de fecha 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales. -61914/17/01.-
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Nº 21 del 18 de julio de 2023 autorizada por el Escribano Publico Roberto Wilfrido Escobar Gonzalez, inscripta en la DGRP,
Pers. Jurid y Comercio Mat. Jurídica Nro. 24522 Serie COMERCIAL, bajo el Nro. 3 folio 23, de fecha 21/11/2023. fueron modificados todos los artículos del estatuto social de AGROGANADERA JO S.A con domicilio en Julia Miranda Cueto de Estigarribia Nº 444 entre España y Cnel. Romero - San Lorenzo , una duración de 99 años, cuyo objeto principal de la sociedad es la actividad agropecuaria, con un capital suscripto e integrado es de Gs. 6.000.000.000 . Siendo Presidente: Osvaldo Sardi Sobrino , Vice Presidente : Blanca Stela Acha de Sardi, Directores Titulares : Vania Thais Sardi Acha, Maria Martha Sardi Acha , Silvana Maria Sardi Acha, Natalia M. Vallejos Sardi Acha , Sindico Titular Natalia M. Vallejos Martinez. -61951/06/01.MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 57 de fecha 30/08/2023, autorizada por la Esc. Púb. Giovanna Morinigo Krisch, fue modificado el Estatuto Social de la firma G.A.I.J. S.R.L., por aumento de capital y cesión de cuotas sociales (Arts. 1°, 2°, 4°, 5° y 6°).- Inscripto en la DGRP Reg. Pers. Jur. y Com., Mat. Jur. Nº 28713, Serie Comercial, bajo el Nº 02, folio 40, en fecha 06/10/2023 y reingreso en fecha 27/11/2023.-61987/07/01.MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 1.887 de fecha 11/10/2023, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 06/12/2023. Reg. De Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 40.080, bajo el N° 02, folio 21, Serie “COMERCIAL”; se modificaron los Artículos 1°, 2° y 16° de los Estatutos Sociales, donde la firma 1206 MKE ADVISORY SERVICES S.A. pasó a denominarse “COACH S.A”, el domicilio se establece en la ciudad de Mariano Roque Alonso, departamento Central de la República del Paraguay, pudiendo establecer sucursales, agencias y representaciones en otras ciudades y el uso de la firma legal será conformado por una sola persona, estará a cargo del Presidente en forma individual. -61807.4/07/01.MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Por Esc. Pub. Nº 1.547 de fecha 24/08/2023, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. de los Registros Públicos, el 05/12/2023. Reg. de Personas Jurídicas y de Comercio, Matricula N° 1.630, bajo el N° 02, folio 26 y sgts., Serie “SUACE”; se modificaron los Artículos 1° y 5° de los Estatutos Sociales, donde la firma PARTICIPACIONES COMERCIALES S.A. pasó a denominarse “FORESTRY LINKED SECURITIES PARAGUAY S.A”, el capital social queda elevado en la suma de Gs.1.422.000.000 y quedan emitidas (14.190) acciones de Gs.100.000 c/u.-61807.5/08/01.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2021-2131504A
(43)Asunción, 25 de Enero de 2022.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2021-2131504 (22)Fecha de Solicitud: 21/04/2021 11:20:43 (71)Solicitante: MONSANTO TECHNOLOGY LLC. Domicilio Solicitante: 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, MO (63167), EEUU (72)INVENTOR: 1.Pan, Aihong 2. Stelzer, Jason W. 3. Yin, Yong 4. Brown Sara L. 5. Flansinski, Stanislaw 6. Windler, Heidi M. Domicilio Inventor: 1. 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, Missouri 63167, EEUU 2. 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, Missouri 63167, EEUU 3. 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, Missouri 63167, EEUU 4. 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, Missouri 63167, EEUU 5. 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, Missouri 63167, EEUU 6. 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, Missouri 63167, EEUU (54) Titulo: EVENTO DE MAÍZ TRANSGÉNICO MON95275, MÉTODOS PARA SU DETECCIÓN Y USOS DE ESTE (74)Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer-6 (30)Prioridad/es: 63/014771-24/04/2020-US (51) Int. CI 8: A01H5/00; C12N1/21 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (121/21) La invención proporciona un evento de maíz transgénico MON95275, plantas, células vegetales, semillas, partes de plantas (que incluyen polen, semillas y células, y tejidos correspondientes a la panoja, raíz, tallo, caña, hoja, mazorca y similares), plantas de progenie, productos agrícolas que comprenden cantidades detectables de ADN del evento de maíz MON95275. La invención también proporciona polinucleótidos específicos para el evento de maíz MON95275 y métodos para usar y detectar el ADN del evento de maíz MON95275 así como plantas, células vegetales, semillas, partes de plantas, plantas de progenie y productos agrícolas que comprenden el evento de maíz MON95275. La invención también proporciona métodos relacionados con la preparación y el uso del evento de maíz MON95275. Dirección de Patentes. Abg. María Belén Cubilla. Encargada de despacho.-61897/07/01.-
SÁBADO 6 ENERO DE 2024
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY2020-2065718A (43)Asunción, 17 de Enero de 2023.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2065718 (22)Fecha de Solicitud: 16/10/2020 11:27:04 (71) Solicitante: MORPHIC THERAPEUTIC, INC. Domicilio Solicitante: 35 Gatehouse Drive A2, 02451 Waltham, Massachusetts, U.S.A. (72)INVENTOR: 1. Bursavich, Matthew G. 2. Cui, Dan 3. Dowling, James E. 4. Hahn, Kristopher N. 5. Harrison, Bryce A. 6. Lin, Fu-Yang 7. Lippa, Blaise S. 8. Rogers, Bruce N. 9. Troast, Dawn M. 10. Zhong, Cheng 11. Konze, Kyle D. 12. Gerasyuto, Aleksey I. 13. Kim, Byungchan 14. Rafi, Salma 15. Day, Tyler 16. Hickey, Eugene 17. Houang, Evelyne 18. Zahler, Robert Domicilio Inventor: 1. 172 Damon Road, Needham, MA 02494, U.S.A. 2. 655 Concord Avenue, Apt. 603, Cambridge, MA 02138, U.S.A. 3. 8 Partridge Road, Lexington, MA 02420, U.S.A. 4. 32 Webster Street, Medford, MA 02155, U.S.A. 5. 7 Old Wood Road, Framingham, MA 01701, U.S.A. 6. 44 Saxony Drive, Sudbury, MA 01776, U.S.A. 7. 340 Pope Rd., Concord, MA 01742, U.S.A. 8. 252 Common Street, Belmont, MA 02476, U.S.A. 9. 325 Springs Road, Bedford, MA 01730, U.S.A. 10. 19 Burnham Street, D4, Belmont, MA 02478, U.S.A. 11. 224 E. 70 Street, Apt. 6, New York, NY 10021, U.S.A. 12. 20 Skyline Drive, Flemington, NJ 08822, U.S.A. 13. 20 Port Imperial No. 322, West New York, NJ 07003, U.S.A. 14. 10 North Hancock Street, Lexington, MA 02420, U.S.A. 15. 520 West 48th Street, Apt 7G, New York, NY 10036, U.S.A. 16. 5 Woodbury Drive, Danbury, CT 06811, U.S.A. 17. 2638 21st Street, Apt. 9D, Queens, NY 11102, U.S.A. 18. 5 East Welling Avenue, Pennington, NJ 08534, U.S.A. (54)Titulo: INHIBICIÓN DE INTEGRINA α4ß7 HUMANA (74) Agente : Hugo Teodoro Berkemeyer -6 (30)Prioridad/ es: 62/916,062-16/10/2019-US (51) Int. CI 8: A 61K 31/4427 (2006.01), A 61P 1/04(2006.01), A 61P 43/00 (2006.01), C 07D 213/78 (2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (276/20). Moléculas pequeñas antagonistas de la integrina humana α4ß7 , y métodos para usarlas en el tratamiento de varias enfermedades y afecciones. Dirección de Patentes. Abg. María Belén Cubilla. -61897/07/12.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11) Nro. Publicación: PY20202042865A (43) Asunción, 5 de Mayo de 2021.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12)DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 2020-2042865 (22)Fecha de Solicitud: 06/08/2020 (71)Solicitante: BIOCRYST PHARMACEUTICALS, INC. Domicilio Solicitante: 4505 Emperor Boulevard, Suite 200, Durham, North Carolina 27703, Estados Unidos de América (72)INVENTOR: 1. Yahya El-Kattan 2. Yarlagadda S. Babu Domicilio Inventor: 1. 4357 King Mountain Ridge, Vestavia Hills, Alabama 35242, EEUU 2. 4836 Southlake Parkway, Birmingham, Alabama 35244, EEUU (54) Titulo: PROCESO DE SÍNTESIS A ESCALA DE UN INHIBIDOR DE CALICREÍNA PLASMÁTICA (74)Agente: Hugo Teodoro Berkemeyer-6 (30)Prioridad/es: 62/883,396-06/08/2019-US (51) Int. CI 8: C 07C 255/50, A 61P 7/00 En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (202/20). Se divulgan métodos de preparación del Compuesto I y sales del mismo. Los métodos de preparación del Compuesto I son adecuados para usar en procesos a escala. Dirección de Patentes. Farm. Berta Segovia.-61897/07/01.PATENTE DE INVENCIÓN. (19) Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, REPÚBLICA DEL PARAGUAY (11)Nro. Publicación: PY1731653A (43) Asunción, 24 de Mayo de 2018.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de INVENCIÓN (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21)N° de Solicitud: 1731653 (22)Fecha de Solicitud: 23/05/2017 (71)Solicitante: MONSANTO TECHNOLOGY LLC. Domicilio Solicitante: 800 NORTH LINDBERGH BOULEVARD ST. LOUIS, MISSOURI 63167, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (72)INVENTOR: CHITTOR, JAISHREE Domicilio Inventor: 800 NORTH LINDBERGH BOULEVARD ST. LOUIS, MISSOURI 63167, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (54)Titulo: ELEMENTOS REGULADORES DE PLANTAS Y USO DE LOS MISMOS (74)Agente: BERKEMEYER, HUGO T.-6 (30)Prioridad/es: 62/340,656-24/05/2016-US (51) Int. CI 8: H03F 1/ H03F 3/ En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley N° 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud
de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (112/17) La invención proporciona moléculas de ADN recombinantes y constructos, así como sus secuencias de nucleótido, útiles para modular la expresión génica en plantas. La invención también proporciona plantas transgénicas, células vegetales, partes de plantas y semillas que comprenden las moléculas de ADN recombinante enlazadas operativamente a moléculas de ADN que se pueden transcribir heterólogas, así como métodos de su uso. Dirección de Patentes. Farm. Abg. María Belén Cubilla.-61897/07/01.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL REPÚBLICA DELPARAGUAY Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (11) Nro. Publicación: PY2022-22104885A (43) Asunción, 30 de Junio de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 202222104885 (22) Fecha de Solicitud: 01/12/2022 12:13:05 (71) Solicitante: 1. EUROFARMA LABORATÓRIOS S.A. 2. UNIVERSIDADE FEDERAL DO RIO DE JANEIRO – UFRJ Domicilio Solicitante: 1. Rodovia Presidente Castelo Branco, no 3.565, Qadra GL, Lote A lngahi - ltapevi - São Paulo - SP, CEP: 06696-000, Brasil 2. Av. Pedro Calmon, no 550, Prédio da Reitoria, 2º andar, Cidade Universitária, Rio de Janeiro - RJ, CEP: 21941-901, Brasil (72) Inventor: 1. Gabriela Barreiro 2. Danilo Pereira de Sant’Ana 3. Júlia Lammoglia Monteiro 4. Luis Eduardo Reina Gamba 5. Carlos Alberto Manssour Fraga 6. Eliezer Jesus De Lacerda Barreiro 7. Lídia Moreira Lima Domicilio Inventor: 1. Rua Pintassilgo 519 Apto 90, Moema, São Paulo - SP, CEP 04514-032, Brasil 2. 503 The Headline, 1Wellington Way, Leeds, LS14EU, Inglaterra, Reino Unido 3. Estrada Da Roselândia 1800 - Rua da Mata, 48; Parque Rizzo II, Cotia, São Paulo- SP, CEP 06704175, Brasil 4. Av. Trinidade 216, Cond. Selenita, Apto: 2.406, Bethaville I, Barueri, São Paulo - SP, CEP 06404-326, Brasil 5. Rua Malta 170, Tauá, llha do Governador, Rio de Janeiro, RJ, CEP 21920-190, Brasil 6. Rua Severiano da Fonseca 68, apto 202, Jardim Guanabara, llha do Governador, Rio de Janeiro - RJ, CEP: 21931220, Brasil 7.. Rua Severiano da Fonseca 68, apto 202, Jardim Guanabara, llha do Governador, Rio de Janeiro - RJ, CEP: 21931-220, Brasil (54) Título: COMPUESTOS N-ACILIDRAZÓNICOS INHIBIDORES SELECTIVOS DE HDAC6, SUS PROCESOS DE OBTENCIÓN, COMPOSICIONES, USOS, MÉTODOS DE TRATAMIENTOS DE ESTOS Y KITS (74) Agente: Carmelo Alberto Modica Dichirico - 1225 (30) Prioridad/es: US 63/264,734- 01/12/2021- US (51) lnt. CI 8: A 61K 31/15(2006.01), C 07D
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401/12(2006.0l) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (345/22). La presente invención se refiere a compuestos N-acihidrazónicos inhibidores selectivos de HDAC6. Más específicamente, la presente invención se refiere a compuestos N-acihidrazónicos que componen la Fórmula I, así como sus procesos de obtención, composiciones, kits, usos y métodos de tratamiento para tratar o prevenir trastornos depresivos, trastornos de ansiedad, artritis reumatoide y/o dolor neuropático Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes.-61948/09/01.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL REPÚBLICA DEL PARAGUAY Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (11) Nro. Publicación: PY2022-2266122A (43) Asunción, 10 de Marzo de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 20222266122 (22) Fecha de Solicitud: 02/08/2022 09:47:23 (71) Solicitante: 1. EUROFARMA LABORATORIOS S.A 2. UNIVERSIDADE FEDERAL DO RIO DE JANEIRO – UFRJ Domicilio Solicitante: 1. Rodovia Presidente Castelo Branco, no 3.565, Quadra GL, Lote A lngahi - ltapevi - São Paulo - SP, CEP: 06696-000, Brasil 2. Av. Pedro Calmon, no 550, Prédio da Reitoria, 2° andar, Cidade Universitária, Rio de Janeiro - RJ, CEP: 21941-901, Brasil (72) Inventor: 1. Gabriela Bareiro 2. Danilo Pereira De Sant' Ana 3. Luis Eduardo Reina Gamba 4. Carlos Alberto Manssour Fraga 5. Eliezer Jesus De Lacerda Barreiro 6. Lídia Moreira Lima Domicilio Inventor: 1. Rua Pintassilgo 519 Apto 90, Moema, São Paulo- SP, CEP 04514-032, Brasil 2. Estrada Velha de Sorocaba 649- casa 29, Granja Viana, Cotia, São Paulo- SP, CEP 06709-320, Brasil 3. Av. Trinidade 216, Cond. Selenita, Apto: 2.406, Bethaville I, Barueri, São Paulo- SP, CEP 06404-326, Brasil 4. Rua Malta 170, Tauá, llha do Governador, Rio De Janeiro, RJ, CEP 21920190, Brasil 5. Rua Severiano da Fonseca 68, apto 202, Jardim Guanabara, llha do Governador, Rio De Janeiro-RJ, CEP: 21931-220, Brasil 6. Rua Severiano da Fonseca 68, apto 202, Jardim Guanabara, llha do Governador, Rio De Janeiro-RJ, CEP: 21931-220, Brasil (54) Título: COMPUESTOS N-ACILHIDRAZÓNICOS INHIBIDORES DE NAV 1.7 Y/O NAV 1.8, SUS PROCESOS DE OBTENCIÓN, COMPOSICIONES, USOS, MÉTODOS DE TRATAMIENTO DE ESTOS Y KITS (74) Agente: Carmelo Alberto Modica Dichirico - 1225 (30) Prioridad/ es: US 63/228472 - 02/08/2021 – US
(51) lnt. CI 8: A 61K 31/175(2006.01), A 61P 25/02(2006.01), A 61P 29/00(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (204/22). La presente invención se refiere a compuestos N-Acilhidrazónicos lnhibidores de Nav 1.7 y/o Nav 1.8. Más concretamente, la presente invención se refiere a compuestos N-acilhidracónicos que comprenden la Fórmula (I), en los que los sustituyentes R1 a R6 se seleccionan independientemente de los grupos definidos en la memoria descriptiva, así como a sus procedimientos de obtención, composiciones que comprenden al menos uno de estos compuestos, usos, métodos de tratamiento para tratar o prevenir patologías relacionadas con el dolor y kits. La presente invención se encuentra en los campos de la química médica, la síntesis orgánica, así como en el tratamiento de enfermedades relacionadas con el dolor. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes.-61946/09/01.-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL REPÚBLICA DEL PARAGUAY Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (11) Nro. Publicación: PY2022-2266126A (43) Asunción, 10 de Marzo de 2023.- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nº de Solicitud: 20222266126 (22) Fecha de Solicitud: 02/08/2022 09:50:59 (71) Solicitante: 1. EUROFARMA LABORATÓRIOS S.A 2. UNIVERSIDADE FEDERAL DO RIO DE JANEIRO - UFRJ Domicilio Solicitante: 1. Rodovia Presidente Castelo Branco, no 3.565, Quadra GL, Lote A lngahi - ltapevi – São Paulo - SP, CEP: 06696-000, Brasil 2. Av. Pedro Calmon, no 550, Prédio da Reitoria, 2º andar, Cidade Universitária, Rio de Janeiro - RJ, CEP: 21941-901, Brasil (72) Inventor: 1. Gabriela Bareiro 2. Danilo Pereira De Sant' Ana 3. Luis Eduardo Reina Gamba 4. Carlos Alberto Manssour Fraga 5. Eliezer Jesus De Lacerda Barreiro 6. Lídia Moreira Lima Domicilio Inventor: 1. Rua Pintassilgo 519 Apto 90, Moema, São Paulo- SP, CEP 04514-032, Brasil 2. Estrada Velha de Sorocaba 649- casa 29, Granja Viana, Cotia, São Paulo- SP, CEP 06709-320, Brasil 3. Av. Trinidade 216, Cond. Selenita, Apto: 2.406, Bethaville I, Barueri, São Paulo- SP, CEP 06404-326, Brasil 4. Rua Malta 170, Tauá, llha do Governador, Rio De Janeiro, RJ, CEP 21920190, Brasil 5. Rua Severiano da Fonseca 68, apto 202, Jardim Guanabara, llha do Governador, Rio De Janeiro-RJ, CEP: 21931-220, Brasil 6. Rua Severiano da Fonseca 68, apto 202, Jardim Guanabara, llha do Governador, Rio De
Janeiro-RJ, CEP: 21931-220, Brasil (54) Título: COMPUESTOS N-ACILIDRAZÓNICOS INHIBIDORES DE NAV 1.7 Y/O NAV 1.8, SUS PROCESOS DE OBTENCIÓN, COMPOSICIONES, USOS, MÉTODOS DE TRATAMIENTO DE ESTOS Y KITS. (74) Agente: Carmelo Alberto Modica Dichirico - 1225 (30) Prioridad/ es: US 63/228516 - 02/08/2021 - US (51) lnt. CI 8: A 61K 31/175(2006.01), A 61P 25/02(2006.01), A 61P 29/00(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (205/22). La presente invención se refiere a compuestos N-Acilidrazónicos inhibidores de Nav l.7 y/o Nav 1.8. Más específicamente, la presente invención relata compuestos N-acilidrazónicos que comprenden la Fórmula (I), en que los substitutos R1 a R4 son seleccionados independientemente de los grupos definidos en el informe descriptivo, así como sus procesos de obtención, composiciones comprendiendo por lo menos uno de estos compuestos, usos, métodos de tratamiento para tratar o prevenir patologías relacionadas al dolor y kits. La presente invención se encuentra en los campos de la química medicinal, síntesis orgánica, así como en el tratamiento de enfermedades relacionadas con el dolor. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes.-61944/09/01.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Ñemby, Turno, Dr. Miguel Ángel Pereira, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de “CATALINO FERREIRA”. Ñemby, 05 de diciembre de 2023. Cecilia C. Martínez L. - Actuaria Judicial.-61741/06/01. SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial y Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la ciudad de Carapeguá, Abg. MARÍA MARCELA DÍAZ MEDINA, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ERNESTA SOSA y/o ERNESTA SOSA DE BENÍTEZ y/o ERNESTA SOSA VDA. DE BENÍTEZ Y JOSÉ ANTONIO BENITEZ y/o JOSÉ ANTONIO BENÍTEZ SILVA.- Carapeguá, 23 de octubre de 2023.- Abg. Lucio Ramón Rodriguez L., Actuario Judicial-Circunscripción Judicial Paraguarí. -61751/06/01.SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de NATALIA RUIZ DÍAZ DE LEGUIZAMÓN Y VICENTE LEGUIZA-
MÓN. El juicio radica en la Secretaría N° 5 a mi cargo. CAAGUAZÚ, 20 de diciembre de 2023. Abg. FIDENCIA MARTÍNEZ RIVEROS, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. Firmado digitalmente por FIDENCIA MARTÍNEZ RIVEROS (AC TUARIA). -61745/06/01.SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de BENITO ALCARAZ BÁEZ. El juicio radica en la secretaria Nº 5 a mi cargo. CAAGUAZÚ, 14 de diciembre de 2023. Abg. FIDENCIA MARTÍNEZ RIVEROS, Actuaria Judicial. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-61749/06/01.SUCESIÓN. La Jueza de Paz, en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Ciudad de Carapegua Abog. MARÍA MARCELA DIAZ MEDINA cita y emplaza por sesenta días a herederos y Acreedores de la sucesión de RICARDO ENRIQUE ESPINOZA BRAVO Y LUISA FRETES DE ESPINOZA. Carapegua, 06 de Diciembre de 2023.- Actuario Judicial Abog. Lucio Ramón Rodriguez L. Circunscripción Judicial Paraguari.-61769/07/01.SUCESIÓN. La juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná con sede en Ciudad del Este, abogada Gabriela Maricel Meaurio Samudio, cita y emplaza por sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión del señor PEDRO VIDAL CANTERO. El juicio sucesorio radica en la secretaría a mi cargo, abogado Óscar Gaona (actuario judicial - Secretaría n.° 1). Ciudad del Este, 26 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-61767/07/01.SUCESIÓN. La jueza interina de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Juzgado de la Ciudad de Santa Rita 2.º Turno, Sria, n.º3,
Abg. Aurora Lorena Berlt Kickbusch cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ROMEO PELLENZ S/ SUCESIÓN INTESTADA EXPTE. Nº 167, AÑO 2023. (Actuario Judicial) Abg. Adolfo Patiño-Santa Rita, 26 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-61784/07/12.SUCESIÓN. La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de Ciudad del Este, Abg. Nathalia Moreno Tottil, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de PEDRO DOMINGO DIAZ PORTILLO. El juicio radica ante la secretaría n.° 12 a mi cargo. Abg. Claudio Pires. Ciudad del Este, 22 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-61785/07/01.SUCESIÓN. La Actuaria del Juzgado de Paz, de la Ciudad de los Cedrales, de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, quien suscribe y haciendo uso de las facultades conferidas por la Acordada n. 4992/13, cita y emplaza, por el término de sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ZACARÍA SAMUEL ZÁRATE ROMERO Y JUANA ISABEL TOLEDO DE ZÁRATE, para que se presenten ante la Secretaría del Juzgado a cargo Mary Estela Morínigo, si así creyeren a sus derechos. Firmado: Abog. Zully Chávez de Cano( jueza), Mary Estela Morínigo de Carballo (actuaria). Los Cedrales, 27 de diciembre de 2023.-61783/07/01.SUCESIÓN. El juez de paz en lo Civil y Comercial de Ñemby, Turno, Dr. Miguel Ángel Pereira, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de “CARLOS ADRIÁN DUARTE CROSA ”. Ñemby, 22 de diciembre de 2023. Cecilia C. Martínez L. -Actuaria Judicial. -61789/07/01.SUCESIÓN. el juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del primer turno de la ciudad de Hernandarias de la VI circunscripción judicial de Alto Paraná, Abog. Heriberto Lugo Cañiza, cita y emplaza por 60 (sesenta) días a herederos y acreedores del causante JUAN ANTONIO GIMÉNEZ MAÍZ con C.I. n.º 1.264.617, estos autos radican en la secretaría n.° 02. Se hace saber al destinatario de este edicto que el
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mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del código QR Hernandarias, 21 de diciembre de 2023. Abog. Juan Rodrigo Benítez Delvalle (actuario judicial).-61792/07/01.SUCESIÓN. el juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del primer turno de la circunscripcion judicial de Amambay, Dr. Juan Marcelino González cita y emplaza por el término de 60 (sesenta) días, contados desde la publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de GILBERTO RAÚL VILLAR SOSA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 741 del Código Procesal Civil. El juicio radica en la secretaría a cargo de la actuaria judicial Abg. CAROLINA FRANCO VÁZQUEZ. Pedro Juan Caballero, 26 de diciembre de 2023.-61794/07/01.SUCESIÓN. el juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del tercer turno de la circunscripcion judicial de Amambay, Dr. Juan mMarcelino González Garcete, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de NIDIA CABAÑAS VDA. DE FRANCO Y CLARO FRANCO que radica en la secretaría n.º 06 a cargo del actuario judicial Abg. FREDY FERNANDO MOLINAS DESVARS. Pedro Juan Caballero, 18 de diciembre de 2023.-61795/07/01.SUCESIÓN. El Juez Interino del Juzgado de Primera Instancia Multifueros de Mariscal Estigarribia de la Circunscripción Judicial de Boqueron Abg. Ricardo Gosling; cita y emplaza por 60 días a los herederos y acreedores de la Sucesión de LIBERATO BENITEZ CARDOZO. El juicio radica en la Secretaria a mi cargo. Mariscal Estigarribia, 2 de noviembre de 2023. Abog Maria Rodriguez, Actuaria Judicial.-61812/08/01.-
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial, Abog. Héctor P. Ibarra, de conformidad a la Ley 6059/2018, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de RAFAEL MENDOZA Y FRANCISCA VILLALBA DE MENDOZA. Juan León Mallorquín, 28 de diciembre de 2023. Abog. Roberto Trinidad Escobar (Actuario Judicial). -61831/08/01.SUCESIÓN. La Jueza de Paz, Abg. Natalia Carolina Campuzano, cita y emplaza por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de MANUEL FERNANDEZ GOMEZ CON CI N° 1.400 777. Carayaó, 27 de diciembre de 2023. Abg. Gloria Marlene López A. Actuaria Judicial. -61839/08/01.SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Lambaré, Dr. José Segundo Velázquez Alfonso cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la suce-
12 JUDICIAL. sión de EMILCE MONTIEL DE GONZALEZ S/ JUICIO SUCESORIO. Lambaré, 14 de diciembre de 2023. Abg. Hugo Molinas Duré, Actuario Judicial.-61850/08/01.SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno de la Capital, Secretaría N° 43, Abg. Martín Acosta Conde, cita y emplaza por 60 días a fin de que aquellos que tengan algo que reclamar a la sucesión de JUAN ALCIDES VILLALBA MENDOZA. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Abg. Fabriczio Leonel Domingo Sarubbi Ramos. Asunción, 06 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de Actuario de Juzgado conforme Acordada N.º 1366/19 y N.º 1370/20 de la Excelentísima Corte Suprema de justicia.-61851/08/01.SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del 2do Turno Abog Esteban Vazquez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de BARTOLINA RAGGINI PEREZ. San Estanislao 28 de diciembre de 2023. Abog. Cynthia Mereles Duar te, Actuaria Judicial. -61854/08/01.SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y la Adolescencia de Naranjal, Abg. Aurora Lorena Berlt Kickbusch, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ZITA SIQUEIRA KAZIK S/ SUCESIÓN INTESTADA EXP. N° 192 AÑO 2023. Actuario Judicial Abg. Gustavo Aguirre Duarte. Naranjal, 21 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-61857/08/01.SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abogada CELSA ESTELA SANGUINEZ DEGALIANO, cita y emplaza por término de sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión de “VICTORINA FLORENCIANO DE ESPINOLA Y BRAULIO ESPINOLA MIRANDA”. EXPTE. Nº 129, AÑO 2023. El juicio radica en la secretaria Nº 4 a mi cargo.- Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la
autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia.- Firmado digitalmente por: ROSA ELIZABETH MISKINICH LESME (ACTUARIO/A). Concepción, 25 de octubre de 2023.61856/08/01.SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, Alfredo Barrios Jara, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARCIANO RAMON MAIDANA FARIA Y OLGA HERMINIA GUERRA DE MAIDANA- El expediente sucesorio se tramita ante la Secretaria Nº 9 de este Juzgado a cargo del Actuario Judicial. Asuncion, 10 de noviembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este oficio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.Firmado digitalmente por: Heriberto Regino Lezcano Martínez(Actuario). -61849/09/01.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia Multifueros de la ciudad Neuland, Filadelfia y Loma Plata, Abg. Fany Aurelia Cáceres Barrios, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores y quienes tengan interés en el juicio caratulado "LUCIANA ARCE S/ SUCESIÓN" AÑO 2023. N° 82. FOLIO 13. El juicio de referencia radica en la Secretaria única, a cargo de la Abg. Liz Piris Lezcano.- Colonia Neuland, 21 de diciembre de 2.023.- Abg. Liz Piris Lezcano Actuaria Judicial. -61863/09/01.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y de la Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de HERIBERTO BARRETO Y MARIA GABINA VIANA DE BARRETO. (Coronel Oviedo, 29 de diciembre de 2023). Ante mi: WILSON F. SILVA. Actuario Judicial Interino - Secretaria N° 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-6188609/01.SUCESIÓN. El Actuario del Juzgado en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno de la Capital, Sría. 44, Abg. Armando Juan José Figari Romero, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión del Sr. LEOCADIO
BARBOZA ESCOBAR. El Juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Asunción, 26 de diciembre de 2023.-61880/09/01.SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abogada Norma Mabel Fleitas A., cita y emplaza por sesenta días a todos los herederos y acreedores en la Sucesión de SEBASTIAN SEQUEIRA RIVA S Y GENARA ESPINOLA DE SEQUEIRA. El juicio radica en la Secretaría a cargo del Abg. Francisco Recalde Denis. San Pedro del Ycuamandyyu, 21 de diciembre de 2023.-61881/09/01.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de la señora VERÓNIC A SANDOBAL VILLALBA. Ciudad del Este, 19 de diciembre de 2023. Abg. Emilce Y. Rodríguez Ovelar (Actuaria Judicial, Secretaría N° 02). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-61883/09/01.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripcion de Caaguazu, con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Dra. Lilian Rosmary Gonzalez de Duarte, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de SILVIO BENITEZ GONZALEZ. Coronel Oviedo, 28 de diciembre de 2023 Ante mí: Abg. Adela Benitez Ramos. Actuaria Judicial, Secretaría N° 1. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR,siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-61885/09/01.SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil de San José de los Arroyos, Dr. Justo Hernán Valdez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARIA LIDUVINA VELÁZQUEZ . San José de los Arroyos, 28 de diciembre de 2023. Abg. Liz Arminda Rodríguez Irala, Actuaria Judicial. -61913/09/01.SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial, Dra. Maribel Concepción Rojas, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de NIDIA MERCEDES VALLEJOS. Asunción, 29 de diciembre de 2023. Liz Maida Gauto G. (Secretaria) -61910/13/01.-
SÁBADO 6 ENERO DE 2024
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CONCEPCIÓN, ABOG. MATEO DAVID AMARILLA NOCEDA, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de DOMINGO TOLEDO GIMÉNEZ.- El juicio radica en la Secretaría Nº 1 a cargo del Abog. Juan Carlos Aquino G.- Concepcion, 21 de diciembre de 2023. -61919/12/01.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno Sec. 1 Sede de la Ciudad de Juan León Mallorquín de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Gloria Liz González Valdez, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de M ADALENA URBAINSK Y MICHALACK MATRAKAS. El juicio de referencia radica en la secretaría N°1, a cargo del Actuario Judicial Abg. Adolfo Patiño. Se hace saber al destinatario del presente edicto, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado, conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020, de la Corte Suprema de Justicia. Doctor Juan León Mallorquín, 29 de Diciembre de 2023.-61927/12/04.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno. Abg. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANGELINA ZARZA VDA. DE FERNANDEZ S/ SUCESIÓN INTESTADA. EXP. N° 335/2023. El juicio radica en la Secretaría Nº 6 a cargo del Actuario Marcelo Iván Benítez Colman. Ciudad del Este, 22 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR. por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código OR siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.-61954/13/01.SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL GUAIRA (Villarrica), Abg. LIZA MARIA ALFONSO VERA, cita y emplaza por 60 (sesenta) días a los herederos y acreedores de la sucesión de ROLF WAGNER. VILLARRICA, 6 de octubre de 2023.-Firmado digitalmente por: Teresita Noemí Ortellado Zorrilla (Actuaria).-61960/13/01.SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judi-
cial de San Pedro, Abog. Norma Mabel Fleitas Aquino, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la Sucesión de BARTOLA RIERA MONTANIA. El juicio radica en la Secretaría Nº 2, a mi cargo Abg. Luisa Haudenschild. San Pedro De Ycuamandyyu, 29 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. -61985/14/01.SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de CARMELO DARIO SALINAS GALEANO. Ciudad del Este, 28 de Diciembre de 2023. Abg. Emilce Y. Rodríguez Ovelar (Actuaria Judicial, Secretaría N° 02). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201.61988/14/01.-
SUCESIÓN. CURUGUATY, 29 de diciembre de 2023. EL JUEZ PENAL DE LA ADOLESCENCIA E INTERINO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DE LA CIUDAD DE CURUGUATY, ABG. VICTOR DARIO GODOY, cita y emplaza por el termino de Ley a los herederos y acreedores o quienes tengan interés legítimo en la sucesión de quien en vida fuera el señor EMILIANO GASPAR LARREA SALINAS. El juicio radica en la secretaria Nº 1, a cargo de la Actuaria Judicial Abg. SHIRLEY PAOLA IRALA LEITE.61990/14/01.SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial, Dra. Maribel Concepción Rojas, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ALEXIS GONZALEZ GUZMAN. Minga Guazú 14 de diciembre de 2023. Liz Maida Gauto G. (Secretaria).-62047/15/01.SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Dr. Cecilio Baez, Dra. Cristi E. Rojas de Quiñonez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARCOS CACERES OVELAR y/o MARCOS CÁCERES y BLASIDA FRANCISCA OCAMPO y/o BLASIA FRANCO OCAMPO. Dr. Cecilio Báez, 04 de enero de 2024. Víctor Orquiola, Actuario Judicial. -62058/15/01.-
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Niñez y Adolescencia de Vallemi - Concepción Cuarta Circunscripción Judicial, Abg. MARCELO EUGENIO VILLARTA QUINTANA, cita y emplaza por 60 días a los herederos y acreedores de la sucesión del señor SANTIAGO RAMIREZ GOMEZ. El expediente radica en la Secretaría N.º 1. Fdo. Abg. MIRTHA RUIZ.- Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia. VALLEMI, 13 de Diciembre de 2023. Firmado digitalmente por: Mirtha Teofila Ruiz Aguilar (Actuaria).-62062/15/01.SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE GUAIRA, CON ASIENTO EN VILLARRICA Abg. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA, en los autos caratulados: “NERI EFREN NICOLICHIA KURTH S/ SUCESIÓN INTESTADA”, por providencia de fecha 28 de diciembre de 2023, ha ordenado la citación y emplazamiento por este medio por el término de 10 (diez) días conforme lo dispone el Art. 741, inc.) b) del C. P.C. , a fin de que aquellos que tengan algo que reclamar a la sucesión se presenten en el plazo de 60 (sesenta) días contados desde la primera publicación de esta sucesión si así conviniere a sus derechos. FIRMADO: ABG. OSCAR ALFREDO ORTEGA VARELA (JUEZ). ANTE MÍ: ABG. MYRIAM STELLA CHAPARRO DE M AT TO (AC TUARIA).-62069/15/01.-
TRANSCRIPCIÓN DE ACTAS, AUMENTO DE CAPITAL, MODIFICACIÓN PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES Y EMISIÓN DE ACCIONES. Por Esc. Pub. Nº 251 de fecha 16/11/2023, autorizada por la Esc. Pub. Zully M. Schmidke G., se procedió a la Transcripción de Actas, aumento de Capital, Modificación Parcial de Estatutos Sociales y Emisión de Acciones de la firma FULL TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, de la que se tomó razón en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Jurídica Nº 5454, Serie: Comercial, inscripto bajo el Nº 3, folio 29, en fecha 01/12/2023. Dictamen D.R.F.S. 102557 de fecha 30/11/2023. Domicilio: Distrito de Santa Rita – Alto Paraná, República del Paraguay. Representante Legal: Emerson Luis Stern (Presidente).-62002/07/01.-