Gaceta N° 40.314

Page 1

~

DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA AÑO CXLI -

MES 111

Caracas, jueves 12 de diciembre de 2013

SUMARIO Presidencia de la República Comunicado Oficial mediante el cual el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás

Maduro Moros, informa a toda la comunidad estudiantil de Universidades, Liceos, Colegios e Institutos Docentes y al Pueblo en general que el período vacacional correspondiente a las festividades navideñas del año 2013 y año nuevo 2014, comenzarán a partir del día 13 de diciembre hasta el 07 de enero de 2014. Decreto Nº 667, mediante el cual se nombra Presidenta del Instituto Autónomo «Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes», a la ciudadana Amalia Rosa Sáez de Sanquiz. Decreto Nº 668, mediante el cual se autoriza ta creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de Compañía Anónima que se denominará «Constructora de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, C.A. (CONSTRUFANB C.A.)». Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz Resoluciones mediante las cuales se otorga et derecho de Pensión por Invalidez y Pensión Reglamentaria al personal del Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transporte Terrestre (CTVTT), a las ciudadanas y los ciudadanos que en ellas se mencionan. Ministerio del Poder Popular de Finanzas Resolución mediante la cual se delega en la ciudadana Beatriz Helena Bolívar Figuera, en su carácter de Jefa Encargada de la Oficina Nacional de Crédito Público, el ejercicio de las atribuciones y la firma de los actos y documentos que en ella se señalan.

O NA PRE Providencias mediante las cuales se aprueba los Presupuestos de Ingresos y Gastos 2014 de tas Empresas y Hoteles que en ellas se indican, por las cantidades que en ellas se especifican. BCV Aviso Oficial mediante el cual se corrige por error material la Resolución Nº 13-11-02, de fecha 19 de noviembre de 2013, en los términos que en él se mencionan.

Número 40.314

FOGADE Providencia mediante ta cual se designa al ciudadano Luis Alberto Rojas Atmeida, como Coordinador del Proceso de Liquidación de las instituciones bancarias y de las personas jurídicas vinculadas, pertenecientes a los Grupos Financieros que en ella se señalan. Ministerio del Poder Popular para la Defensa Resoluciones mediante las cuales se nombran a los ciudadanos Profesionales Militares que en ellas se indican, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Ministerio. Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras INDER Encomienda convenida entre el Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER) y la Gobernación del Estado Trujillo, para la Rehabilitación del Sistema de Riego Carambu 1, 11, 111, Parroquia Tres de Febrero, Municipio La Ceiba, Estado Trujillo. Ministerio del Poder Popular para la Educación IPASME Providencia mediante la cual se corrige por error material el contenido de la Providencia Administrativa N ° 1 3-41 7 5, de fecha 22 de noviembre de 2013. Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información Resolución mediante la cual se otorga el beneficio de Jubilación Especial al ciudadano José Ángel Rangel. Tribunal Supremo de Justicia Dirección Ejecutiva de la Magistratura Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Evis Herminia Gonzátez Rojas, como Directora Administrativa Regional del estado Miranda de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Ministerio Público

Acta. Resolución mediante la cual se designa Fiscal Provisorio al ciudadanoAbogadoArgenis Ornar Martínez Ramírez, en la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Maturín y competencia en materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales. Poder Ciudadano Resolución mediante la cual se dicta el Código de Ética de las Servidoras y los Servidores Públicos de este Organismo.


407.940

GACETAOFICIALDE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 2013

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Comunicado Oficial del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, con motivo del periodo vacacional correspondiente a las navidades 2013 y año nuevo 2014. Miraflores, 12 de diciembre de 2013

República Bolivariana de Venezuela Presidencia de la República

COMUNICADO OFICIAL El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, informa a toda la comunidad estudiantil de Universidades, Liceos, Colegios e Institutos Docentes y al pueblo en general, que el periodo vacacional correspondiente a las festividades navideñas del año 2013 y año nuevo 2014, comenzarán a partir del día 13 de diciembre hasta el día 07 de enero de 2014. Es propicia la ocasión para desearle que en este corto periodo vacacional la familia venezolana se reencuentre en el amor, la paz y el cariño que inspira el legado heredado de Bolívar y Chávez. Así mismo. aprovecho la oportunidad para ofrecerles a ustedes estas palabras impregnadas de amor con la dulzura del pasado, el valor del presente y la esperanza del futuro. Ofrezco un mensaje de amor porque es el sentimiento más grande que ha podido regalarnos la vida, esperando que el amor se convierta en génesis de la mujer y el hombre nuevo, digno de la patria bolivariana; esa patria que soñamos y que merecen nuestros hijos. ¡Chávez Vive! ¡La Patria Sigue! !Independencia y Patria Socialista! ¡Viviremos y Venceremos!

NICOLÁS MADURO MOROS

l


Jueves 12 de diciembre de 2013

Decreto Nº 667

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

12 de diciembre de 2013

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundaclón de la patria venezolana, basado en los _principios humanistas, sustentado en condiciones mo~les y éticas que persiguen el progreso del país y del colectlvo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artíCtJlo 236 ejusdem¡ en concordancia con lo tipificado en el artículo 46 de Ja Ley Orgánica de la Administración Pública, así como en los artículos 4°, 18, 19 y 20 numeral 7 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, concatenado con lo dispuesto en el artículo 138·A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. DECRETO Artículo 1°. Nombro Presidenta del Instituto Autónomo "CONSEJO NACIONAL DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS V ADOLESCENTES", a la ciudadana AMAUA ROSA SÁEZ DE SANQUIZ, titular de la cédula de identidad Nº V· 4.193.828, en consecuencia, queda facultada para ejercer las competencias que le otorga el Acta Constitutiva y Estatutaria de dicho Instituto. Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, la juramentaclón de la referida ciudadana.

Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Dado en Caracas a los doce días del mes de diciembre de dos mil trece. Años 203º de la Independencia, 154° de la Federación y 14º de la Revolución Bolivariana. Ejecútese, (L.S.)

Decreto Nº 668

407.941

10 de diciembre de 2013

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación del Estado venezolano, basado en principios humanistas, sustentados en condiciones morales y éticas, que persiguen el progreso de la patria y del colectivo por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 103 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo previsto en los artículos 15, 16, 46 105 y 118, ejusdem, en Consejo de Ministros, CONSIDERANDO Que es competencia del Gobierno Nacional de la Repúbllca Bolívariana de Venezuela, la regulación, formulación y seguimiento de las políticas para la realización de los planes del Ejecutivo Nacional; así como, dirigir y consolidar los procesos de ejecución de obra a nivel Nacional a través de políticas para el desarrollo y optimización de la capacidad productiva del Estado, CONSIDERANDO Que el Comandante Supremo de la Revolución Bolivariana HUGO CHÁVEZ FRÍAS, integró a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de manera activa en el desarrollo de la Nación, lo cual quedó consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, CONSIDERANDO Que conforme al Plan Socialista de la Nación Simón Bolívar 2013 - 2019 (Plan de la Patria), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.118 Extraordinario, de fecha 04 de diciembre de 2013, la Fuerza Armada Nacional Bolivariana debe fortalecer su propia docb4na y tecnología mllitar, adecuando la Industria ml!ltar a las necesidades del pueblo venezolano, derivada de nuestra realidad geoestratégica, y asegurando nuestra soberanía en el espacio aéreo, naval y terrestre, CONSIDERANDO

Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de la República (L.S.)

JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT Refrendado El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gesti6n de Gobierno (L.S.) WILMER OMAR BARRIENTOS FERNANDEZ

Que la novena Línea Estratégica del Gobierno Nacional, prevé el fortalecimiento de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para la Defensa del País y con ello el bienestar, seguridad social, desarrollo educativo y protección integral a la familia de dicha Fuerza; asf como, potencial el mantenimiento, equipamiento e infraestructura para la defensa y desarrollo integrar de la Nación, debiendo para ello profundizar en la ejecución de la Gran Misión Negro Primero, CONSIDERANDO Que la Fuerza Armada Nacional Bolivariana como parte Integrante del desarrollo del País, totalmente comprometida con


407.942

GACETAOFICIALDELAREPÚBLICABOLIVARJANADEVENEZUELA

nuestra Nación, pone a su disposición su capacidad Instalada y el personal, para prestar la construcción de Infraestructuras a nivel nacional, socializando el acceso a obras que van en beneficio de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y del pueblo venezolano, con la finalidad de coadyuvar y contribuir con el desarrollo de la Nación.

Jueves 12 de diciembre de 2013

Articulo 3°. Para el cumplimiento de su objeto, la Empresa "CONSTRUCTORA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, C.A. (CONSTRUFANB C.A.)", orientará su actividad al logro de los fines y objetivos del Estado, y deberá seguir los lineamientos y las políticas que dicte el Ejecutivo Nacional, a través de su Órgano de Adscripción y la Comisión Central de Planificación.

CONSIDERANDO

Que resulta de gran Importancia la creación de una Empresa de Construcción del Estado adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, que genere los recursos necesarios, para ser invertidos en los procesos de elaboración de proyectos arquitectónicos, obras de lnfraestructur.~, mant~nin:iiento integral metalmecánico y civil de construcc1on, canallzac1on~s, protección hidráulica, reparaci~nes, c~mpra y venta de mat~~al de ferretería y construcdon, as1 como la promoc1on, asesoramiento y ejecución de urbanismos, decoraciones, diseños ambientales, carpintería y o/o ebanistería, pintura, plomería, electrificación, instalaciones de gas, fabricación, construcción y ejecución de obras; que conforme a lo establecido en el marco de la GRAN MISIÓN NEGRO PRIMERO, permita Impulsar una estructura diversificada y autosuficiente en obras de importancia social, estratégica y de seguridad, adecuando a la gestión del Estado en materia de construcción y ejecución de obras públicas, a las necesidades derivadas del interés público a fin de satisfacerlas de manera oportuna, abreviando los trámites administrativos con vista al Inicio y culminación de las obras contratadas.

DECRETO

Articulo 1°. Se autoriza la creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de Compañía Anónima que se denominará "CONSTRUCTORA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, C.A. (CONSTRUFANB C.A.r, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Defensa y tendrá su domicilio donde lo señale su Acta Constitutiva Estatutaria, pudiendo establecer oficinas, sucursales, agencias o representaciones en cualquier lugar de la República Boli~ariana de Venezuela y del exterior, previa autorización de su Organo de adscripción, aprobación de Asamblea General de Accionistas y cumplimiento de la namativa aplicable.

Artículo 2°. La Empresa "CONSTRUCTORA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, C.A. (CONSTRUFANB C.A.)", tiene como objeto la elaboración de proyectos de construcción, arquitectura e Ingeniería, desarrollos inmobiliarios públicos y privados destinados a los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y a la población civil venezolana, obras de infraestructura, mantenimiento integral, metalmecánico y civil de construcciones, canalizaciones, protecciones hidráulicas, reparaciones, compra venta de materiales de ferretería y construcción; equipamiento en general de edificaciones, así como la promoción, asesoramiento y ejecución de urbanismos, decoraciones, diseños ambientales, carpintería y/o ebanistería, pintura, plomería, electrificación, Instalaciones de gas, ejecución y tendidos de tuberías astm (gas), pruebas de hermetizado, instalaciones de calentadores, todo lo relacionado con tuberías al vapor, gas y presión y todo tipo de actividad relacionada directa o indirectamente con el campo del diseño, arquitectura e ingeniería, y en tal virtud, edificaciones industriales, viviendas turísticas, compra, venta, arrendamiento de todo tipo de maquinaria y/o equipos y materiales de construcción. Esta enumeración es de carácter meramente enunciativo y no limitativo y en consecuencia la empresa podrá dedicarse a cualquier actividad o negocio licito según lo decidiera la Asamblea General de Accionistas.

Artículo 4°. El capital social de la Empresa "CONSTRUCTORA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, C.A. (CONSTRUFANB C.A.)", es ta cantidad de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE BOUVARES (150.000.000,00), representado en CIENTO CINCUENTA MIL (150.000,00), acciones nominativas, no convertibles al portador cuyo valor nominal es de MIL BOUVARES (1.000,00) cada una, y será íntegramente suscrito y pagado por la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Defensa. La Ministra o Ministro del Poder Popular para la Defensa ejercerá e! control accionario y representación de las acciones de la República Bolivariana de Venezuela.

Articulo 5°. La Empresa "CONSTRUCTORA DE LA FUERZA NACIONAL BOLIVARIANA, C.A. ARMADA (CONSTRUFANB C.A.r, percibirá los aportes financieros correspondientes para su funcionamiento, además de los ingresos propios generados por sus actividades y de donaciones de personas jurídicas de carácter público y privado, o de cualquier liberalidad de las previstas en el ordenamiento jurídico.

Articulo 6°. La Empresa "CONSTRUCTORA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, C.A. (CONSTRUFANB C.A.)", estará dirigida por la Asamblea General de Accionistas que será el órgano supremo de dirección, y administrada por una Junta Directiva, integrada por un Presidente o Presidenta, designado por el Ministro a la Ministra de adscripción; un Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y cinco Directores y sus respectivos suplentes, designados por la Asamblea General de Accionistas, previa aprobación del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.

Articulo 7°. En el Acta Constitutiva Estatutaria de la Empresa "CONSTRUCTORA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, C.A. (CONSTRUFANB C.A.)", se determinarán la funciones de la Asamblea General de Accionistas, del Presidente o Presidenta y de la Junta Directiva; así como tas normas sobre su organización y funcionamiento, domicilio, ejercicio económico, duración, conforme a Ja legislación vigente.

Artículo 8º. El Ministerio del Poder Popular para la Defensa realizará los trámites necesarios, para protocolizar el Acta Constitutiva Estatutaria de la Empresa "CONSTRUCTORA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, C.A. (CONSTRUFANB C.A.)", por ante la oficina de Registro Mercantil correspondiente, y velará por su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezueta, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 104 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública.

Artículo 9°. La Ministra o el Ministro del Poder Popular para Defensa, queda encargado de la ejecución del presente Decreto.


Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Artículo 10. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publlcaclón en la Gaceta Oficial de la Repúbllca Bolivariana de Venezuela.

407.943

Refrendado El Minlstro del Poder Popular para la Agricultura y llerras {L.S.) YVÁN EDUARDO GIL PINTO

Dado en caracas, a los diez días del mes de diciembre de dos mil trece. Años 203° de la Independencia, 154º de la Federación y 14° de la Revolución Bolivariana.

Refrendado EL Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria (L.S.) PEDRO ENRIQUE CALZADILLA

Ejecútese, (L.S.)

Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Educación {L.S.) MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES

NICOLÁS MADURO MOROS

Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Salud (L.S.) FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ

Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de I~ República (L.S.) JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT

Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (L.S.) MARÍA CRISTINA IGLESIAS

Refrendado El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno {L.S.) WILMER OMAR BARRIENTOS FERNANDEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz (L.S.)

Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte Terrestre (L.S.) HAIMAN EL TROUDI DOUWARA Refrendado EL Ministro del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo (L.S.) HEBERT JOSUE GARdA PLAZA

MIGUEL EDUARDO RODRÍGUEZ TORRES Refrendado El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores (L.S.)

Refrendado El Ministro del Poder Popular para Vlvi en da y Há bltat (L.S.) RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA

EÚAS JAUA MILANO Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación (L.S.)

Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo y Mlnerfa (L.S.) RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO

JORGE GIORDANI Re&¡-endado El Ministro del Poder Popular de Finanzas (L.S.)

Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ambiente (LS.) MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ

NELSON JOSÉ MERENTES DÍAZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Defensa (L.S.) CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio (L.S.) ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA Refrendado El Ministro del Poder Popular para Industrias {L.S.) RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO

Refrendado El Ministro del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación (L.S.) MANUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ MELÉNDEZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Comunicación y la Información (L.S.) DELCY ELOINA RODRÍGUEZ GÓMEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales (L.S.) REINALDO ANTONIO ITURRIZA LÓPEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para fa Alimentación (L.S.) FÉLIX RAMÓN OSORIO GUZMÁN

Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Turismo (L.S.) ANDRÉS GUILLERMO IZARRA GARCÍA

Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular para la Cultura (L.S.) FIDEL ERNESTO BARBARITO HERNÁNDEZ


407.944

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Deporte (L.S.) ALEJANDRA BENÍTEZ ROMERO Refrendado La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas

(LS.) ALOHA JOSELYN NÚÑEZ GlJTIÉRREZ Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)

JueYes 12 de diciembre de 2013

Refrendado La Ministra de Estado para la Reglón Estratégica de Desarrollo Integral de la Zona Marítima y Espacios Insulares (L.S.) MARLENE YADIRA CÓRDOVA DE PIERUZZI Refrendado El Ministro de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral Los Andes (L.S.) CELSO ENRIQUE CANELONES GUEVARA

ANDREÍNA TARAZÓN BOÚVAR

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ

Refrendado El Ministro del Poder Popular Para la Energía Eléctrica (L.S.)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA

JESSE ALONSO CHACÓN ESCAMILLO

RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ

Refrendado EL Ministro del Poder Popular para la Juventud (L.S.)

DESPACHO DEL MINISTRO 203º, 154º y 14º FECHA: -~1~o~u1_1._.~Zº='l~

HÉCTOR VICENTE RODRÍGUEZ CASTRO Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servido Penitenciario (L.S.)

RESOLUCIÓN

MARÍA IRIS VARELA RANGEL Refrendado El Ministro de Estado para la Banca Públlca (L.S.) RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES Refrendado El Ministro de Estado para la Transformación Revolucionarla de la Gran Caracas (L.S.) ERNESTO EMILIO VILLEGAS POUAK

Refrendado El Ministro de Estado para la Región Estratégica de Desarrollo Integral Central (L.S.) LUIS ALFREDO MOTTA DOMÍNGUEZ Refrendado La Ministra de Estado para la Reglón Estratégica de Desarrollo Integral Occldental (L.S.) ISIS TATIANA OCHOA CAÑIZALEZ

El Director Nacional (E) del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, designado según Resolución Nº 106 de fecha 25 de abril de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bollvarlana de Venezuela Nº 40.154 de la misma f&ha, en ejercicio de las atribuciones para otorgar pensiones de jubilacoo e Incapacidad a los funcionarios, funcionarias, empleados, empleadas, obreros y obreras del Cuerpo de Pollera Nacional Bollvartana, en virtud de delegación del Mlnls1ro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Jusficla y Paz, ciudadano Miguel Eduardo Rodrlguez Torres, según consta de Resolución Nº 118 de fecha 7 de mayo de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de ta República Bolivariana de Venezuela Nº 40.161 de la misma fecha; de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 147 de la Constitución de le República Bolivariana de Venezuela; en concordancia con lo eslablecido en el artlculo 77 numeral 19 del Decreto N' 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org!lnlca de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela N' 5.690 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008; artía.ilos 5 numeral 2 y 78 numeral 4 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela N" 37.522 de fecha 6 de septiembre de 2002; y articulo 14 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de JubKaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N" 5.976 Elctraordinario de fecha 24 de mayo de 2010; en concordancia con lo establecido en el artículo 13 del Decreto N' 6.266 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Seguro Social, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N" 5.976 Extraordinario de fecha 24 de mayo de 2010 y en el ert!colo 73 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N" 2.818 Extraordinario de fecha 1' de julio de ~-

RESUELVE

Arllculo 1. Olctgar el derecho de Ptnalón por Invalidez 11 P«1008I del CUERPO TECNICO DE VIGILANCIA DEL TRANSPORTE TERRESTRE (CTVTTJ d• Nle Mlnllletlo del Poder Popular para Relacione• lntartorN, Jua~ cla Y Paz, que a oonllnuación ae mencionan, de oonlormidad con lo 1proba® mediante Punto de Cuenta Nº 0473 de lecha 24 de oclubre de 2013, preaantado 11 ciudadano Ministro del Poder Popular para Relaciones lnterlcrea: Jualldl YPaz por loa ciudadanos Marcos Jesila Rojas Flgueroa, Vlcemlnlslro del Sllt. rre inllgrado de Policla, y Lula Roberto Karabln VlrgOez, Director Nacional (E) del QJ.erpo de Pollcl1 Nacional Bolivariana, por cum¡ijlr con lo diapuMto en 11 Ley del Eatatuto SOtn el R6glmen da JublJaclonea y Penalonea de loa FIJfldo. narkll, Fundonarlu, EmpleadOI y EmpleadH de 11 Admlnlstreclón Pública N.clonal, dto k>I E11adoe y dto lol Munlclpl~

Refrendado La Ministra de Estado para la Reglón Estratégica de Desarrollo Integral Los Llanos (L.S.) NANCY EVARISTA PEREZ SIERRA Refrendado La Ministra de Estado para la Reglón Estratégica de Desarrollo Integral Oriental (L.S.) MARIA PILAR HERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ Refrendado El Ministro de Estado para la Reglón Estratégica de Desarrollo Integral Guayana

N'

e

CAAOO 2. 149.970 IUTINOUIDO 2.71Uoa DISTVfGl.IOO 3.~.301 SAAGENTO P!llWERO 4.<103.118 COl.ISAAIO JUE 4.134.74'1 Dl811t1GUIOO 4.208.289 DISTll>IOUIC>I)

7

4.321.m DISTINGUIDO

3

4 $

(L.S.)

CEDU.A

4.~.03& :INIOEHTO PllJMERO

CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO

~.2Q1.118

CABO $eOUNOO

APEWOOS V NOMBRES RAMOS ISABEL SILVA LUIS ROORJGUEZ OE GUZMAN OIANORA JOSEFINA TORO FREOOV JOSE COLMENARES HENRIOUEZ DULCE MARIA BECERAA 8lANCO MAGAL V COROMOTO MIESTY URDAN ETA MIGUEL ANGEL ACERO MONSALVES ARMANOO JOSE PENA CASTlUO ANA LUISA

T.

EllM ...... 71

u

.,"

11

St

.. .. 11

IO

55

..

11

" " u

,.

11

"

'°" '°" '°" '°" 10% 70%

707o

'°"

10%


Jueves 12 de diciembre de 2013 10

n

11 '"

8.877.S10 IAAOENTOMMPO

,, 11 11

Ma1.84Z 6.883.806 5.1165.Ga 1 5.1187.1311 5.701.822

12 1S 1'I

211

.. ..

VAAG>.S RIVERO DANIEL JESUS BARRIOS RAMOS MAGAL Y

5.283.3'M $AROEHTO MAYOR

5.425.UD 5.497 .7a5 M()4.111 5.11M. 7114 5.976.172

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CISllNOl.IOO SARGEKIO PfWoERO

AJVAS HECTOR JOSE 8AAOEN'l08EOl.l<DO SEGOVlA ERNESTO M0UNA CONTRiAAS MIGUEL HOAACIO -..i\OENTO MAYOR ORTIZ l/IUAAl\EAI. JUAN QE JESUS SARGEKIO~

aMOeHTO PRIMEJU) COl&8ARIO

IWAlRll V~/>S JGllU8 HOMERO VNM MQIW..ES WIWAN Al.EX.'.NOER VERA PAANJA Wll.LWd HERNAN

llNIOEHTO ROUNDO

DEPMll.OS HUL.D>. BIBEN

8AAOEN'IOMAYOR

RICO MANTIU.A EOUAAOO E.MIRO

IAROENTO PRIMERO 8.719.851 9AAQENTOPRIMERO

CAAOEWIS RAMIREZ IRIS JOSEFINA.

211

5.732.nl llNIOEHTOPIVMEJIO 5.7lU07 IAAOENTO PIUMEJIO 5.7.0.022 OOMllAIOIO Jl1I! 6.747.430 DISTINGUIDO 5.782.t!U SUB COMISARIO 5.118.230 CABO 8EOUNDO 5.aeG.125 SAAOENTO PRIMERO

»

5.IMD.023 8ARGEHTO MAYOR

31

23 2' :11 :11

27

a

GOMEZ SANCliEZ MANUEL ANTONIO MAL.OONADO PEO RAZA MIGllE!. ANTONIO .MORIUO MIRABAL GLADYS w.GC>.AUNA MEJIAS

VM.EAA FIAFAEL DE JESUS

11

u

70'A

u

,.

71111

u

..

.. .. ,.,,. . .." ,.,,.,.,,.... u

..

71111

u

,.,,.

11

11

71111

H

WG0 ROORJGUEZ LUIS ENRIQUE

u

8.171.0Dl IAROENTO PRJr.etO

08..GAOO JAIMES BELKJS MAGM.Y

a$TINOUlllO

PEREZ DE ROORIGUEZ HAYCEE DEL VALLE

tllSl1NO\JOO

GAACIA MELO REGULO JOSE

llAROENTO PRIMERO

MENA DE JOTA MIREYA DEL CARMEN

31

a.243.837 a.358.032 U26.187 a.57:1.480

VIOllNITE

RAMOS OONZM.EZ ASORUBM. JOSE

31

U4U65 MllNOl.IOO

311

e.e.ie.e.ia _,,.o 8'!0\H)()

.o

7.021.371 CMOSEOUNOO 7.015.157 DIS1'INClUllO 7.087 .1111 DISTINClUllO

ROs.l.NA GRACIELA N'ONTE OASI. JAIME ANTONIO GIL

.Alll.AOOSOTO

.. 7.,,.

,. .." ,.,,. '°"'

so

22

'2

7ot. ,.,,.

.

51

MAATINEZ CHIRINO CESAR SEGUNDO

33

••

,.,,.

u

u

HERNmDEZ JOANYS JOSE

:w 31

11

.. .

"

1.0IM.017 tllSTINOl.IOO MATA GRATEROL MADELEINE ZUNEl.CA 8.130.n3 aAAOEHTO SEGUNDO CliACON CHACON BETTY M.AATI1A ZENAIDA

:15

70'A 70'A 70'A 70'A

,.

51

T AAACHE BELlO JESUS MIGUEL CONTllEAAS ORl.»IOO ENRIQUE

21 22

,.,,.

17 .. .. ..

IO

REYNALOOJOSE

NuAIOl CE HEREDl.o. CAAMEN ELENA MOfllllO MI RABAL Vl\llNA. MERCEDES

M

.. '°"' '°"' ..

70'A

... .. ,.,,. JO

....

11 11

,.,,.

17 11

701lo ,.,,.

,. ,.,,.

Sl

1

7K

•• ..

11

,.,,.

H u H

IJ

»

71111

,.,,.

.... 1.,,. '°"'

MJculo 2. La erogación derivada da la presente Resolución u har6 alecttva con cargo a la par1lda 4.07.01.01.01 del Presupuesto de Gasl0$ da este Mini• torio. Mlculo 3. Notlflquese al funcionario o funcionaria, poi órgano de Is Oliclna de Reanos Humanos del Cuerpo de Pollcla Nacional Bolivariana, al olorgamlei\IO de la Pensión pa Invalidez, mediante Ollcio con aspeclftca ción del monlO de 11 penalón y de la fedla a partir de la rual comenzara a pegarte, de conformidad con lo dlspueslO en el artlrulo 11 del Reglamento de 11 Ley de EatatulO sobrl el R6glmen de JubUacion.. y Penalonea de lo9 Ful\cionarlol de la AdmlnJa. lrlclón PObllcl Nacional, da lo. Eatado1 y lo1 Munlclplol, publicado en 11 Gt· cata onc:111de11 Repúbllce de Venezuel1 N' 3&.818 de ledl• 11 de~ de 1999.

Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias, Erfl)leados y Empleadas de la Mministración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios, publicada en la Gaceta Oficial de la ~epúbHca Bolivaríana de Venezuela Nº 5.976 Extraordinario de fecha 24 de mayo de 2010, RESUELVE Articulo 1. Otorgar la Jubilación Reglamentarla al personal del CUERPO TECNICO DE VIGILANCIA DEL TRANSPORTE TERRESTRE (CTVTT] de este Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, que a continuación se mencionan, de conformidad con lo a;;robado mediante Punto de Cuenta N' 0473 de fecha 24 de octubre de 2013, presentado al ciudadano Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz por los ciudadanos Marcos Jesús Rojas Figueroa, Viceministro del Sistema Integra- • do de Policía, y Luis Roberto Karabln Vlrgüez, Director Nactonal (E) del Cuerpo de Policia Nacional Bolivariana, por cumplir con lo dispuesto en la Ley del Estatuto Sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Mministración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios:

XV

T.

,.,.

CEOUlA

e.o.so """"ERO

APELLIDOS Y NOMBRES

4l

~

571.353 0.S'llNGUIOO 745. 127 CABO PRIMERO

BARRIOSJOSEANTONIO

H

80%

6&2.~0

CHACON HERNANOEZ TULIO

80% llOll

SAAOEWTO W.YOR

1.378.057 GMO PRl""'RO

1 1.551.457 1.589.2'-fl 1.113<.71ft 1 1.1!117.!19

MORIS LUGO JAIME

ONOfRE

70

!IJ

~

?.t

u

90'%

SAAGEHTO Mo<.YOR

NllVARRO DE \/ANEGAS CECILIA

~

Jl!i

"°"""

CA110 SEGUNOO

URDANETA PIRELA ESTEBAN RllMON

COMISARIO

GUERR.A. GEOl.A MERCEOES

10 U01.2J1 CA110 SEGUNOO 11 1.7H215 COMISARIO 12 1.6'U78 INSPECTOR JEFE

LIMA OSTOS MIGUEL OSWALOO

1J 1.!97.Qe.4 8AAGENTOMAYOR

GUEVARA GONZALEZ NELSON JOSE

1•

ROORIGUEZ MANUEL

HERHANOEZ CASAS Gll.BERTO ENRIQUE ANGARITA ARELLANO CLOOOMIRO de JESUS

~

"

MORENO JULI" AOOIPINA

lt

39

72,K

ALVAREZ ACOSTA MIOOEI. ANGEL

11

..

12.5'/I

..,

"

02.5'llo

2.130.2511 DISTNOUlOO

JOSe

19 2.143.814 INSl'fC'lO!I

GONZALEZ MORENO GERMAN

2.297.11911 CA80 PlllMeRO

GARCIA RAMIREZ EUDOSIO ACOLIN10

21

2.3!0. 103 CA80 !l!OlJNOO

COLOMO ANTONIO RAMON

22 U~.SV llAAGl!"fa l!l:GlJNOO PAAEDES MEZA LU1S -'ll'ONSO

23

un .230

SAAGENTO MAYOR

2.7•e 235 SARGENTO W.VOR

2.798.1a7 INSPECTOR 30 2.!02.322 CABO PRIMERO

1S

11

"

1l

20

211

ARGUELLO P/.AAA OREGORtO

HERRERll MACHADO EMETERIO

7J

H

80"4

'1

..

-

"'u

...

e.2

n

M

U

156

!11!1

'°"' 90%

1!0% l90%

LEON LOVERll NALLJT CONRAOO

M

Ui

IBO'Mii

RONDON LOPEZ 01.!VIA

17

Z?

e.1,5'11. e.2.~

MAZA ANGEL JOSE

64

z~

31

2.M1.990 SAAOENTOPRIMERO

COLMENARES COl.INA Al.CIDES

6$

M

00%

32

2.164.315 9AROENTOPRllAERO

VARGAS MARI" DE JESUS

7:

a

n.w

33

u~.-

2.875.809 36 2.902.979 311 2.900.128 37 2.974.MJ

:W

SUB co .. SARIO

MORENO GARCIA FRANCISCO GEAAROO

ll

!'51

80%1-

C°""SARJO GENERAL

COBO OE PALMA ESTHELA MARINA

&t

17

-90%

SARGEHTO SEGUNDO

SALAZAR ESCOBAR YGNACIO JOSE

61

H

!O%

DISTINGUIDO

FERRAIZ ESCALONA JOSE RAFAEL

H 71-

lll

7°"'

u

90'%

"

n

!0%

ll

SAAGEHTO OMVOt'I 2.9911.792 SAAGEHTO MAYOR

CENTENO LUGO SAMUEL HERNANDEZ OJEDA ROSA MERCEOES

31

J.0311.ne OISTIOO"DO

CHAPARRO CASTRO NESTOR l\LI

.O 3.0.1.742 SAAGEHTO PRl,,.ERO LAR!\ 0€ REYES MIRIAN ONEIOA ., 3.07U3' SAAGEHTO SEallNDO PLATA !BARRii MIGUEL ANGEL Q 3.079.M9 SARGEHTO MAYOt'I ZANABRIA DIAZ JULIO CESAR

ciudadano Miguel Eduardo Rodrlguez Torres, según consta de Resolución N" 118 de fecha 7 de mayo de 2013, publicado en la Gaeeta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.161, de la misma fecha; de conforrni!'.lad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 147 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en concordancia con lo establecido en el artlculo 77 numeral 19 del Decreto N' 6.217 con Rango, Val°' y Fuerza de Ley Orgánica de la Adm:nistración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela N' 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008; artículos 5 numeral 2 y 78 numeral 4 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela N° 37.522 de fedia 6 de septiembre de 2002; y artículo 3 numerales 1 y 2 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de

4iO'

11 2.138.113 CABO PlllMERO

1•

29

El Director Nacional (E) del Cuerpo de Pollcfa Naclonal Bolivariana, designado según Resolución Nº 106 de fecha 25 de ablil de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.154 de la misma fecha, en ejercicio de las atribuciones para otorgar pensiones de jubilación e Incapacidad a los funcionarios, funcionarias, e~eados, empleadas, obreros y obreras del Cuerpo de Policla Nacional Bolivariana, en virtud de delegación del . Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz,

?1

"'

ARCIA USTARJZ MIGUEL JESUS

27 2.032 09e SARGENTO MAYOR

RESOLUCIÓN

--.... .. 90%

SANASRIA EDMUNOO ANTONIO

1.11811.49"1 CABO PRIMERO

2.574.41• SARGENTO SEGlJNOO TOVAR TOVAR MANUEL OIONISIO

HI 1111:. 2013

~

U

1S 2.021!.0!fl IAl!GEN'l'O W.'l'OR

21

FECHA:

,,.

?I

1e 2.024.125 CABO 9EGUNOO

Coroonl .

432

n

...." ....

BUSTAMANTE ZAMBRANO CHARLES

Nº _ _ _ __

!S

CHACON VElAZCO EMIGDIO

RINCON BAYONA. ANGEL ENRIQUE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ DESPACHO DEL MINISTRO 203°, 154º y 14º

.U

GALLARDO NARDO RAFAEL

2.se2.335 COMISARIO

\l.

77

,.

SAAGENTO SEGUNDO

25

"

7S

79

2' 2.5'1&.75" CABO SEGl.0<00

.... 1,

e... s...

REYES CHAPELL!N PEDRO ELIAS

e13.e9J

~

CAA<lO

Mlculo 4. La p!Ntllte RlllOluclón enlnlré en vigencia 1 partir de 1U publlc.. clóo 111 11 Ga Ollclal de 11 República Bollvarlana da Venazuel1.

~·~~

407.945

~

in &2

'" 11

72".5'.

..

'1

71."'11

6'

n

77.5'/I

'3

3.087.n5 CO .. SARIO JEFE

GONZALEZ GERRA DILCIA JOSEFINA

6'

'2

80'1.

..

3.0!M.672 SARGENTO PRIMERO

GUTIERREZ GARCIA GREGORIO DE JESUS

61

16

IO'Ao

" _,

aoo;.

HERRERA TIR;SQAMAOQ

6J M

ceoeoo DE CABRERA CRISTINA DEYANIRA

..

"'

"°"'

MARQUINACARMENBEATl'llZ

..

>t

7U'll

61

"

$011

'5 3.095.928 SAAGEHTO SEOUNOO RIOS NELSON JESUS

.e

3.127.111

.,

3. 138.•2'1 SlJH

.a 3.152.llOll

SARGENTOPRl~ERO

co ..SAAIO

SAAOEHTOPRl"ERO

•9

3.173.953 SAROEHTOW.YOR

ftQ

3.,74.!12 SAAOENTOPRl\.tERO

CASTl'IOARTURORAFAEL GARCIA CARR!LlO HERIBERTO BENJ.oMIN

51

3.11MU7J INSPECTOR JEFE

PEREZ BERMUDEZ ENRIOUE MIGUEL

$1

3. 103. 3'7 8Ull COMISARIO

MARCIALES ARNOLFO

53

3.220.Mle SAROEHTO PRl"'ERO

DIAZ CARLOS RAFAEL

5'I

3.2711.012 Cl\80 M;Gt.><00

COLINA ALCIDO ANTONIO

55

3.29Cl.2e3 CABO PPllMERO

CONTRERAS DUARTE TEMISTOCtES

.. " .... "" .. ..

~

"""" """"

i58 3.Je9.4M SARGENTO PRJ"'EJIO 11111 3.3911.!M.5 CA110 PRIMERO

OJEOA ARCILA ARIMNOO JOSE

eo 3.011.M:l

!IAAOENTOMAYOt'I

OROPEZAJOSEPASTOR

01 3.•2!1.5' 1 112 3.•<S.410 03 3.•73.071 M 3.< 73.157

SAROEHTO PRJ"ERO

GUERRERO COTE ALBIS DIONISIO

SARGENTOPRl.,ERO

CHAVIEL LUISJOSE

-.... .. lli'S

42

90%

SARGENTO SEGllNOO

RICAURTE HECTOR

M

M

72.W

!111 3.318.842 SAAOENTO MAYOR

SAL.AS MAAIN 80\.MA PASTORA

57

GARCIA ROMERO ISMAEL

115

3.3211. 700 8AAGENTO PPll"'ERO

SARGENTO MAYOR

3.'7(.63' SAAOEN10 MAYOR

3.091.173 SARGEN10 W.YOR 87 3.•96. 707 SARGEN10 OM YOR ea 3.501.691 SARGENTO PRl~ERO ell

09 3.509.699 SUB co .. SARJO

70

3.514.061 SARGENTO MAYOR 3.515.016 SAAGEHTO MAYOR

URDANETA JUAN ANTONIO

•s

n

er.5'1.

17

11!17.ft

M

JJ

.8(l4A.

64

JS

80"4

1$

.,

'7

'°"'

JI

!Mi.

M

ESCALONA TOVAR VICTOR JOSE

'5-

VARGAS MANUEL DAVID

61

19'

D HERS NU~EZ MERCEDES CORINA

116

1J

ROJAS JOSE OS CAR

....

ROORIGUEZ RAFAEL ANTONIO VARGAS OLIVEROS JOSE SABAS SAR.ABIA TORREALBA PEORO JOSE

JS

M

ll

63

n

3S H

l!O%

90"4

ea,.,._, ~

eo%.

ZERPA SANCHEZ MANUEL

.. 6'5

72 3.521.756 O.STINGUIOO

VILORIA JUANA DE LA C

10

J'I

70'%

73

CASTA~EDA DUN JOSE ARGENIS

n

JS

M%

'~ &!.

Jl!I

9041.

71

3.529.8e( SARGEHTO W.YOR

3.5'0.91• SAAOENTO MAYOR 3.S.3.47• SARGENTO PRUAERO "' 3.S.3. 750 SAAOENTO ""'"ERO 1'

CUMARE CIRILO ANTONIO

75

JIMENEZ OE SALOM PETRll RllMONA

n

GARCIA COLINA PEORO OIAZ PACHECO ADOLFO GUSTAVO

3.5'19.084 CAllO PRIMERO

.... ISS

H

U

90%

~

-\ 80%

111

3.573.470 SUB-tflSPECTOR

BARRETO CEDRON lllCTOR

.. "' "°"' fi~

Mi

80%

eo

3. $75.997 CO!.llSARIO

PEREZ D'HERS JULIO

~1

21!1

70'%

IS 3.~.~9 Dl~TINGUIOO

ZERPA NELLY TfRESA


407.946

..... .. .. . . .... .... .. .... .. .. . .. .. -

01 3.597. 714 SARGENTO SEGUNDO BONIUA GRATEROl ASORU ElAI. JESUS PENALOZAFORTUNATO 82 3.817.529 SARGENTO MAYOR

... "'..

1as

4.331.Me

SARGE:NTO MAYOFt

BORGES YENDY GUILLERMO ANTONIO

~

lS

1111! 4.345.832 SARGENTO MAYOR 117 4.3e2.113 $ARGENTO PRIMERO

BELLO DEL NOGAL GUILLERMO

60

B

SALAZAR CORINA MARIA

s'

~a

ro"JI:.

MORALES PEREZ RAMON IGNACIO

6l

11

80"11i

34

&0%

]'5

80'Mi

DELGADO MEDINA JOSE ANTONIO

61

16

~

8' 3.629.053 CABO PRIMERO 95 3.629. 197 CIJIO PRIMERO 111! 3.630.992 SARGENTO SEGUNDO 01 3.631.701 CAllO PRIMERO .. 3.637.71).l SARGENTO MAYOR 80 3.633. 180 SARGENTO PRIMERO 90 3.&49.&24 SAAGEN'TO PRIMERO 91 3.M1.101 SARGENTO MAYOR

REYES PEREZ ORLANDO JOSE

&ol.

SABINO CONTREFIAS LUIS FELIPE

:u ,,

77,5% M%

18a 4.373.9911 SARGENTO MAYOR

sa

112 3.!!&.3M SAAGEN'TO MAYOR

AGREDA JOSE ANGEL

113

3.620.936 SARGENTO MAYOR

ID 3.870. 170 DISll'IGUDO

M 115 • 01 91 1111 100 101 102 103

3.570.4« PROFE!IONAl. ltl

105 109 107

3.879.237 3.9&1. 1L8 3.005.1128 3.801. 730 3.801.823 3.898.355 3.712.785 3.715.419 3.715.704 3.719.954 3.725.014 3.735.253 3.736.187

10I

3.767.•&'4 SARGENTO MAYOR

1Cll

MARRERO ALEJANDRO ALBERTO ROORIGUEZ GONZALINA VILLALOBOS GONZALEZ NESTOR OUBIN PIERRE ROORIGUEZ ROSA ELENA QUINTERO PEREZ OIRtMO JESUS AGUILERA PUENTES DIRIMO RAFAEL GARCIA OSCA/'! JOSE VARGAS VEL.ASQUEZ

OORIS DAIMRIS

llAROENTO PRIMERO

CASTIU.0 MADURO PEDRO JESUS

llARQENTO SEOIHlO

soon ARIAS PEDIR.O TOMAS

llAROENTO PRIMERO

MAGALLANES PARABACUTO JOSE ANTONIO

DIS"TINOl.'DO

LICON DE LEGONES ELBA

COMISARIO JEFE

MORO EUECER GILBERTO

SARGENTO PRIMERO

FRANCO ROJAS ALEJ.t.NORO

CAllOPRIMERO

CORDOVA MARCANO H'ECTORJOSE

SAAGENTOPRIMERO

TIAPAANTONIO

SARGENTO MAYOR

TOVAR GIL UZZIEL VASSU

CABOPRIMERO

ESCAlANTE DE URSINA CARMEN MAGALY

$ARGENTOSECUNOO

PEÑAJUANAJOSEFINA

SARGENTO MAYOR

PATIÑO LUNAR LUIS TORIBIO

SARGENTO MAYOR

ARAUJOATIUO RAMON ROJ-'S BECERFIA EDUARDO

10ll 3. 772.325 CABO PRl"4ERO

CHIRINOS ROBLES ll'AACOS TU.10

110 3.n4.365 SARGENTO Pl\1MERO 111 3.793.429 SAAGENTOMAYOR 112 3.800.1135 SARGENTO PRIMERO

"4AVARES SUNCK.lN

113 3.804.950 CAllO SEGUNDO

PEREZ TORRES SALVADOR

11' 3.1127.814 SARGENTO MAYOR 115 3.835.079 SARGENTO MAYOR 11e 3.842.851 SARGENTO PRIMERO 111 3.847.612 DISTINOUIOO 111 3.885.662 SARGEN'TOMAYOR 11g 3.873.184 SARGENTO PRIMERO

MORALES GARCIA RUllEN RAIKlN

USEC~ ANACELINA

HERNANDEZ NAVA EDDY ALFONSO

LEON SAMUEL JOSE

CASTILLO LINAREZ RUBEN COROMOTO

~9

J.i

80%

190 4.378.638 SARGENTO MAYOR

REA TIBULO ANTONIO

60

u

80%

OLIVEROS TORRES GILBERTO ANTONIO

u

JI

80% 80%

191 4 379.577 SARGENTO MAYOR 192 4.367.259 SARGENTO MAYOR

52

JS

., •• " •• ,. ... 41

NI

JO

07.S% 75'11

J4

"06 "

l~

82,5'11

"4AGO DOMINGUEZ HIJMBERTO DEL VALLE

'1

JA

IO

n

121 3.963.717 121 3.988.&47 12! 3.970.045 129 4.000.807 130 4.001.253 131 4.007.322 132 4.018.639 133 4.020.474 134 4.0M.378 1'M 4.059. 790 139 4.0!la.ea2 131 4.081.587 1311 4.085.003 13; 4.087.&22 1•0 4.095.590 1•1 4.098.408 142 4.115.835 10 4.120.926 1.. 4.121.508 1'5 4. 130.812 1'• 4.137.465 W 4.141.9e6 141 4.146.959 1'Q 4.151.754 1M 4.153.613

SAAGENTOMAYOR

COLMENARES NICOlAS JOSE

61

J9

COMISARIO JEFE

\IELASCUEZ GOMEZ MAGAL Y GRACIELll

IU

JJ

COMISARIO

RAMIREZ QUIROZ TRINA

51

J7

COMISARIO

ROJAS MIGUEL JOSE

62

)9

SAAGEN'TO SEGUNDO

CORDOVA

J6

80'lrt

SAAGEN'TO MAYOR

ALCALA CONOE LUIS JOSE

61 6J:

15

..,.,.

SARGENTO MAYOR

ROORIGUEZ HERRERA NELLY COROMOTO

H

JI

SARGENTO PRIMERO

AFIAUJO OU!U.EN VlC'IO!I. MANUEL

'H

'°"'

1&

SAAGENTOMAYOR

BENITEZ BERNAEZ ISORA MORELeA

SARGENTO MAYOR SARGENTO MAYOR

CEllALLOS EUST AC•O HIDALGO DELGADO AVILIO ANTONIO

CABOSEOIJNDO

LEGUIZAMON CARMEN BEATRIZ

SARGENTO MAYOR

CARRILLO MORENO OSCOR JOSE

CABO SEGLOIDO

GONZAl..EZ FUEN"4AYOR VINICIO

SARGEN10 PRIMERO

SANCHEZ TAaOROA GUIDO FIAFAl:L RIVAS RrvAS Fl.ORENTINO ENRIQUE

INSPECTOR JEFE

RODRIGUEZ BALMQRE ALBERTO

SAAGENTO PRIMERO

GONZALEZ BOHOROUEZ FREODY ENRIQUE

SARGENTO PRl .. ERO

ROBLES ROJ-'S JULIO CESAR.

$ARGENTO PRIMERO

OLllNO .OSE TRINIDAD

SARGENTO MAYOR

BERNAEZ MARLENE COROMOTO

SARGENTO MAYOR

CEOEi'lO BOAOA LUIS ENRIQUE

SARGENTO MAYOR

CORTEStA JUAN JOSE

15' 4. 166.485 SARGENTO SEGUNOO

VASOUEZ VASOUEZ CELESTINO JOSE

H!ll 4.200.630 CAllO PRIMERO

TORREALBA DE ARRIECHE CARMEN LUCIA

1e1

C-'STELLANOS ARTEAGA JOSE DE JESUS

1e2 IOl 1&1 105 10! 101

4.202.096 SARGENTO MAYOR

4.208.224 4.209.245 4.210.052 4.218.Qe1 4.219.314 4.221.703 4.222.137 4.224.&28 4.241.903 U48.325

1ee 19 170 171 172 4.250.071

173 4.250. 1«

SARGENTO MAYOR

1,,.

21

7°'9

80% 80'4

~

BOAOA LEDI ESPERANZA

&l

..

-

65

JS

8Cl"Mt

n

J.4

80%

St

17

. .." ll

. ..

S7

lS

....., .... "'

"'

. .,. "' . "'

" " " "

.. ... .. .. .. .. .... .... ... -SI

'4

80%

61

]~

..

~

"'in 70

ll

70%

&l

,,

90%

n

.....

SARGENTO Pl\1MERO

61

)6

80%

SARGENTO MAYOR

PEREZ MAROUEZ NORBERTO BELISARIO ANTONIO DEL VALLE

SARGENTO MAYOR

TUARE GU.t.NAGUANEY CIPRIANO ANTONIO

SARGENTO MAYOR

HERNANOEZ RAM0N CELESTINO

SARGENTOMAYOR

GONZALEZ ANTONIO

CAllOSEGUNOO

GOMEZ CARDEN AS GREClOR 10 JOSE

SARGENTO MAYOR

BETANCOURT BETANCOURT ANTONIO JOSE

SAROENTO MAYOR

ECHENIQUE OSWALOO Cl>J!ET

$ARGENTO MAYOR

4.332.819 SARGENTOMAYOR

LOPEZRIERAGERMANSEGUNOO DELGADO PAEZ ANTOMO BRICEOO ALBARFIAN JOSE EV.t.NGELISTA

CADENAS JOSE BELTRAN TORREALBA M9/0EZ Y AJAI RA ELENA ESTABA CEDEflO MIRIAN YLOEMARA TORRES ARACEUS PILAR URSINA ROJAS RAFAEL MARIA BRICE>lo DE RUIZ NIXI GARCIA HIDALGO OANY

JOSE

MOLERO FINOl JOSE FRANCISCO

" "" " " •• "eo "'

...

•• " ,. "... " " "'

70'll

17

JO H

" " "eo " ,, "' ,. H

" 11

70'11 tlO'll

li

" "

C-'STELJ.ANO DARIO

SARGEITTO MAYOR

DURAN SALAS DIONEL ANTONIO

SAAOENTO MAYOR SAAOE"1"0PRl'*ERO

NAVA RAFAEL ANTONIO

SI

JS

BENITEZ LANDAETA IVCNNE JIOSEFINA

SS

l'O

1S'lli.

91\RGEITTO MAYOR

MILLAN NElSON RAFAEL

H

Ui

eo'Jlii

COMISARIO JEFE

ORTIZ SERRANO AROU1MEOES JOSE

'HI

!'!i

~

SARGENTO SEGUNDO

TORREALBA SALCEDO RAFAEL SIMON

SI

l6

8'0:%

SARGENTO MAYOR

GONZALEZ JUAN BAUTISTA

ll50

!'5-

80'4.

SARGENTO Pl\1MERO

SANCHEZ PALENCIA EUZABETH

'S.11

:u

80'4 80'%

ClONZALEZ WIU.IAM EDUARDO

213 H11.1182 SAAOENTO PfUMEllO

GARCeS ARClUEU.0 TRINIDAD RAMON

4.!Me.539 SAAOENTO MAYOR

RONOON CASTELLANOS CARLOS Jl.1.10 PEftt. SAL.AZAR ORLMmO UL.1100 MOREUA JOSEFINA PEREZ TO!.EOO RAMON ANTONIO JIMENEZ A>lEZ ALEXIS JOSE "4ATA CRESPO ARISTIDES ANTONIO

.,

l!O

l$

00

20

eo

17 "'

70'll

---

11!11.5'1. 7S'll.

:g

72,5'1.

&O'll.

•1

•1

SARGENTO MAYOR

ROJ-'S LOPEZ EUDIO RAUL

61

1S

SARGENTO MAYOR

ALDANA DOMINGO ANTONIO

60

J.S

90*4

SARGENTO MAYOR

RAMIREZ PALMAR ANTONIO RAMON

6!

ts

M'.11.

SUB CO"°SAAIO SAROENTOMAYOR

c.o.eEu.o MARIA

SI

lS

e:2',5'%

eRITO CIPRIANO RAFAEL ALVARAOO EDUARDO FELICIANO

Si

H

ll!IO"Jli,

u

!Ui

80"9

4.729.152 SA.ROEN'TOW..VOR

2'S3

4.M0.000 aAAGEITTO PRIMERO

25<

4.781.469 4.7e2.240 4.764.1128 4.775.X-6 4.797.976 4.616.SS2

GONZALEZ ESCOBAR OMAR JOSE MARIN MONTERO VICTOR JOSE CRESPO EMIGOIO JOSE • PEREZ ALIRIO GIOVANNY CUICAS CARLOS ALI!ERTO LOPEZ GAMEZ QRV.NDO DE JESUS PELAYO OIAZ ROSALBA COROMOTO GUTIERREZ ZULEYMA ESPERANZA CARPIO RAFAEL RAAION CHAPARRO BRICEAO JESUS ANTONIO GARCIA UTRILLll PAULINO AHTONIO

MARQUEZ SANCHEZ EHRIClUE JOSE PEREZ DE COUNA MOREUA JOSEFINA

SAAOENTO MAYOR

ESIS FR.ANCISCO SEGUNDO

SAAGEN10 W.YOR

"LVARADO DIAZ JUU0 SEGUNDO VILlASMIL RINCON NESTOR $EGU"'10

SARGENTO PRIMERO SARGENTO PRIMERO

ROJAS

CIJIO PRIMERO

Rl.)eEN MIREYA JOSEFINA

INSPECTOR

ARELLANO PARADA INGRIO YANEIDA

MAlDONADO

ISRAEL

4.827.592 SARGENTO PRIMERO ZERPA ZAMeRANO RAFAEL RAMON 4.826.016 SARGENTO SEGUNDO ESOUEA DE EYILOA EYILOA MERCEDES 4.SXl.11(·6 SAAGoNTO MAYO!'

ZAMllRANO CASrOUE MIGUEL ANGEL

• 647.37e SARGENTO MAYOR

GONZALEZ DE CORREA CARMEN LUISA

4.850.224 205 4.852.442 2911 4.8611.303 207 4.661.5C'9 208 4.664.515 20g 4.902 .821 270 4.903.339 271 4.924.353 2n 4.924.n4 273 4.927.893 27• 4.929.086 275 4.929.295 279 4.931.614 2n 4.931.799 271 4.932.416 2711 4.932.Ml 2tl0 4.946.256 291 4.947.338 212 4.957.418 293 4.1162.&.5 2M 4.973.732 29S 4.!1112.2•0 298 4.992.823 217 4.994.&34 288 4.ll!M.743 2111 4.G9Cl.671

01

SARGENTO W.YOR

LINARES VERA GUSTAVO ENRIOUE DELGADO

RIVERO ANGEL ANTONIO

2&I

80%

.. .... " .. .,., .. " .. """ .."'•• "" .. """' ..... """"' """"'

SAAGEN'TOMAYOR

CAllO PRIMERO

212 4.!JM.M2 ~PRIMERO

280 201 202 203

¿.

80%

ARGUEU.0 FARIA ClERMAN ALBERTO

GONZAl.EZ GUTIERREZ ANGEL ENRIQUE

259

90%

tO

SAAGEN'TO PRIMERO

PARDO OL<VARES ETILV1A ROSA

9ARGENTO PRIMERO

255 255 2'!l' 2'S8

61

TORREALSA RAFAEL ANTONIO

SARGENTO MAYOR

241 4.732.940 SARGENTO MAYOR 242 4.733. 134 SARGENTO MAYOR 20 4.733.915 SARGENTO MAYOR 244 4.134.347 SARGENTO MAYOR 24& 4.734.1135 8AROEN10 MAYOR 248 4.738.:1:53 8AROENTOMAYOR 2<7 4.73&.718 IWIOENTOMAYOR 2<8 4.736.970 !ARGEHTOMAYOR 2•11 4.739.&73 SARGENTO MAYOR 200 4.741.130 !!AAOENTO MAYOR 2'S1 4.741.810 8ARGENTO MAYOR 2'S2 4.750.329 $ARGENTO PRIMERO

" " " ," ".

DELGADO LUIS AOELMO

SARGENTO MAYOR

~

2AO

SARGENTO MAYOR

m 4.291.257 SAROE~OMAYOR 115 4.291.281 SAROEHTO MAYOR 11ll 4.29UiCl9 SARGENTO MAYOR 171 4.2112.033 SARGENTO MAYOR 171 4.2ft0.027 SARGENTO MAYOR 17¡ 4.280.541 INSPECTOfl JEFE 11!0 4.290.452 SARGEN10 MAYOR 191 4.303.722 $ARGENTO MAYOR 112 4.322.151 CABO Pl\1MERO

m 4.323.23-4

s.111

ll

CASTRO FORSITH EUER

4. 1~ ~7 SAAGENTO MAYOR

152 4. 156. 176 153 4.156.626 15' 4.180.436 1~ 4. 1ft0.1122 1"5 4.170.MO 157 4. 183.0llll 158 4. 166.891

-

....

REYES PEREZ EOGAR RUSEN

n

SANTANA BETANCOURT NANCY JOSEFINA

4. 882.051 227 U'85.254 228 4.866.970 229 4.1181.713 230 4.1189.3'2 231 4.MI0.8ó!5 232 U9CI. 7SS 233 4. 703.253 234 4.704.099 235 4.705.078 239 •.712.245 237 4.712.334 23" 4.713 660 230 4.719.668

80%

MARTINEZ RfNCON RAFAEL MARIA

SARGEN'TOPRIMERO

u

COMl!IARlO

228

80%

CONTRERAS ROJAS LllURIANO

SARGENTO MAYOR

GOMEZ MORENO JOSE RAMON

207 4 .522.543 20e 4.533.83-0 20ll 4. 5311.004 210 4.550.170 211 4.IJM.l!M

223 4.&47 751 SAAGENTO MAYOR SUBERO FERNANDO RAM0N 22• 4.850.- SARGENTO SEGUNDO ROJAS CABRERA JESUS RAFAEL 225 4.854.779 SARGENTO MAYOR CARABALLO ARQUIMEOES RAFAEL

80'1. 80'%

SARGENTO MAYOR

OllVERO EVELIO

206 4.515.175 SARGENTOMAYOR

222

75'11~

SAAGEN'TO MAYOR

SARGENTO MAYOR

~

4.1!.'13. 1 es SAROENTO MAYOR 210 4.1135.936 SARGENTO PRIMERO 2111 4.637.e~o SARGENTO MAYOR 220 4 .633. 75 t SARGENTO PRIMERO 221 4.&le.455 SARGENTO MAYOR

'1

.."

ll!ICIJli

211

1()'11

... 95

JOSE OSWALOO

214 U13.233 SARGENTO !IEOUNOO DIAZ ADEL JOSE 215 U2tl.257 SNIOeNTO Pl\1MERO MORENO MEDINA 0MAR ENRIQUE 21e 4.1!33.1D2 SAROIENTOMAYOR SUAAEZ OOl.MENARES JORGE

"' "' "' "' .," " " """' " ,,

" "

H

7()'11

80'11

IO

90%

MEDINA JOSE FRANCISCO DEL CAR"4EN

~

•• "

57

!1

34

,.

"""'

. .."" .

80"'4.

"u

6'

)7

60

J9

1151

~

" "

.

.... ... &1

80'% 80'4

u

J~

SABINO JOSE LUIS

SANCHEZ AGUILAR CESAR CIMAR

YEPEZ l'MAYA J()SE GREGORIO

&.!

SARGENTO MAYOR

SARGENTO MAYOR

IWIOENTO MAYOR

ROORIClUEZ NATERA

SARGENTO PRIMERO

SAROENTOMAYOR

CONTREFIAS CONTRERAS MIGUEL ANGEL

2<M 4.•9&.939 8AROE"1"0MAYOR 205 4.514.383 SARGEITTO F'Rli.tERO

3.~.229

NORA ISAeEL

MO!.INA JOSE OUNTO

SAAGENTO PRIMERO

~

125

SAl-"'ZAR DE ZERPA

OU\IEROS HERNANOEZ FELIX UBALDO

SARGENTO MAYOR

n

BRACfiO CARP10 ANA CECILIA

RICCIO G\JOIAO ALOO PEREZ TORRES ANlllAL JOSE

SARGENTO MAYOR

6S

GARCIA DABOIN JOSE ARNOLDO

SARGENTO MAYOR

CHACON TORRES OLGA "40RELIA

PEREZ HONORIO

SUB COMISARIO

COMISAAIO

SARGENTO MAYOR

203 4.~1.7119 SARGENTO PRIMERO

BERMUDEZ FRONTAOO JOSE FRANCISCO

PRIETO ROORIQUEZ ELIA MAAGARITA

CORREA OMAR RAMON

4.413.181 SAAGENTOMAYOR

Gil. JOSE RAFAEL

80%

SARGENTO MAYOR

SAROEHTO MAYOR

197

LINARES

PEREZ YEPEZ PEDRO ALEJANDRO

SA

PEROZO ALBERTO JOSE

!BARRA NESTOR ANTONIO

GALINDEZ ELIO ANTONIO FERNANOEZ ROORIGUEZ ALEXIS MANUEL

n

SAROENTO SEGUNDO

FREITES PATl'lO ANTONIO JOSE

4.40&.346 SAAGE"1"0 PRIMERO

VEGAS HERNANOEZ RICARDO JOSE

1!M 4.411.287 SARGENTOMAYOR 195 4.•11.334 SARGE"1"0PRIMERO 11111 U13.177 SARGEITTOMAYOR 11111 4.421l.660 H•I 4,424.397 200 4.424.n3 201 4,470.992 202 4.474.!!eO

10'll

SARGENTO MAYOR

ORTlZ OUINTEROOMAR ENRIOUE

1!13

J4

3.879.1134 3.892.899 3.904.433 3.952. 725 3.954.739

CABRERA T.t.eARES llEATI'UZ ZULllY

"4 378.207 SARGENTO MAYOA

6:1

120 121 122 123 12<

ESCORCHE MARINO

1MI

I&

., ., ., " """' " "' " "' "

151

Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETAOFICIALDE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA

SARGENTO MAYOR

ROORIGUEZ VASQUEZ SOILINDA MERCEDES

DISTINOLl'OO

TORRES TOLEDO AOEIA ZOIWDA

SARGE"1"0 PRIMERO

NORIEGA ECHANAGUACIA JUAN RAFAEL

SAROENTO MAYOR

LAMUiiO eRITO ALBERTO

SAAGEITTO PRIMERO

CARRILLO GAINSE IVAN JESUS

SAAOENTO PRIMERO

ARREA.ZA OUEREIGUA RAFAEL DAVID

SARGENTO MAYOR

GAMEZ ROORIGUEZ GENESIS DE JESUS

SARGENTO MAYOR

QUINTERO ANGEL MARCOS

SARGENTO MAYOR

BASTIDA HERNANOEZ JOSE CRISTOeAL

SARGENTO MAYOR

SALAS ROSARIO RUMALDO ANTONIO

SARGENTO MAYOR

GAUARDO RODRIGUEZ ANGEL RAFAEL

SAAGEITTO MAYOR

RIVAS JOSE RAMON

SARGENTD MAVOR

FRIAS RAFAEL ANTONIO

SAROEITTO MAYOR

RIVERO PARRA LUIS EMILIO

SAAGEITTO MAYOR

PEflA REINALDO JOSE

SAROENTO MAYOR

HERNANOEZ TITO

SAROEITTO MAVOR

ORTEGA FRANCISCO PAUl.INO

SAROEN'TO ......YOR

ROORIGUEZ MANUEL DE JESUS

SAROEITTO MAYOR

NIETO VERA CL>.UOlA EMILIA

llfSPE<:TOA JEFE

ANGEL

DE ~AJE TANIAALEJANDRINA

SAAGENTOMAYOR

ROORIGUEZ XIOMARA MARGAAITA

OOlolSARIO JEFE SAAOENTO MAYOR &O.l!GEHTO W.YOR

GUERERE SANCHEZ CARLOS ENRJOUE BARRIOS BENITO JOSE

&IJIGENTOPl'llM!<RO

AIJAAIIZA AV1Lll PEDIR.O SEGUNDO

llAA<lENTO MAYOR

MOAA OSWALOO ALIX

fERNANOl!Z RUBIO .WIRA .WROftA

. .. .. --.... .. .. .... .. .. !,6

!'5

8tO'%.

51

:n.

:l!O"lli.

.

" ,.,.., " " " """' " S>

" " " "•1 ,.,.., eo

"' " " s• " " " "'•t "' ",. "u

15'11

.. . .. . .... oo

"' "

5'

'1

:u

...

~9

7:2.5%-

"

51.5'11

" "" "

.. "" .. .." . SS

JS

so

. . " . " .. S7

•s

IQ

SS

JS

..'' .." .. .. .." " SS

JI JI

11

60%

" """'

so

57 00

M%

J5


Jueves 12 de diciembre de 2013 200 5.008.2•2 SARGENTO MAYOR 291 5.010.•54 COMISARIO m 5.011.24$ SAAOENTO MAYOR

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

GARCIA "1.BERTO .!OSE

51

H

VIUARROEL LEMIJS CRUZ ALEJAADRO

y

JS

LORClAo GIL AllELJJOA

."'..", ..... . ~

m

ZARRAGA SANTOS OEL CARMEN

294

ANGOl..A MENOOZA LUOY MIRE'1'.t.

5.013.DOO ~o PRIMERO 5.02H80 !W!GENTO MAYOA 2'05 5.022.038 SARGENTO MAYOR 2M 5.024.055 SARGENTO MAYOA 297

5.024.520 SAAOENTO MAYOR

2M 5.040.0&e SARGENTO MAYOR 2911 5. 050. 259 SARGENTO PRIMERO 300 5.057.998 SARGENTO MAYOR 301 5.058.000 SARGENTO MAYOR 302 s.oeo.6112 CO..SAAIO JEFE 303 5.072.575 SARGENTO MAYOR ~ 5.078.199 SARGENTO PRIMERO 305 5.077.714 SARGENTO MAYOR 308 5.078.028 SARGENTO MAYOR 301 5.093.573 SARGENTO MAYOR 308 5.103.13'1 SARGENTOMAYOR 309

CONTRERAS

f«JGO

USECHE EDGAR HUMBERTO SARCOS ZULA Y MARIA ABREU EUOO MARIO MALAVE ROMERO ALEJANDRO JOSE MALAVE ROMERO WALDO JOSE BRJNEZ P!OLAYO NIXON ALEXANDER VELASQUEZ MARCOS TULIO RAMOS ASTUDILlO DOMINGO JOSE MARCANO CARLOS ENRIQUE ZAVALA MEDINA XlSE LUIS BUSTAMANTE LUIS ENRIQUE PAAOO URDANETA LUIS ENRIQUE

•• "'"'

12

.... ..

ll

M

11

"

ASTUOILlO ROJAS RUSBELIA

SARGENTO PRIMERO

REYES ROJAS RAUL

SARGENTO MAYOR

SERRANO MEDINA WUILllW JESUS

SARGENTOMAYOR

ZAMBRANO JESUS RAMON

SARGENTOMAYOR

ALVAREZ LEON JUAN IRENE

SARGENTO MAYOll

EVIE VASOUEZ F!V.NCISCO JOSE

AAl'AEL SERR.ANO MllV<SAl J1Jll0 ISMAEL

APONTI!TOVARGl..ACY$MARGARITA

SARGENTO SEOUNDO

OONZALEZ SALAS LAURA BEATR!Z

VASOUEZ RAFAEL ESTE!IAN PfTTIA MERCATALI ADELINO CLEMENTE ROMERO CARl.OS AIJBERTO

SMOENTO MAYOR

RODRIGUEZ FREDOY ELOY

8AROENTO MAYOR

CASTILLO CLEOIA NELIDA

~

8.172.712 llAROENTO MAYOR

SILVA FERNANOl!Z NESTOR LUIS

~

5.1n.962 llAROENTO MAYOR

ARTEAGA NIEVES J\A.IO JOSE

5.1118.5315 SARGENTO MAYOR 331 5.20oH17 SARGENTO MAYOR 332 5.202.150 SARGENTOW.YOR

330

RAMIREZ ANGlA.0 MAXWEL LOURDES UZCATEGUI TORO ASUNCION

5.210.820 SARGENTO MAYOR COlMENARES C LUJS E 5.223.1SO SARGENTO W.YOR ORELLANA PEREZ BLANCA VlOLETA 335 5.227 .998 SARGENTO SEGUNDO AGUILERA LUIS EMIUANO 333 334

5.229.911 SARGENTO PRIMERO

RUDAS MARIA TERESA

TABLANTE CARMEN MARIA

SARGENTO MAYOR

GALINOO ROJAS FREDDY JOSE

SARGENTO MAYOR

GARCIA DE CVMANA OSMAIRA ANTONIA

SARGENTO MAYOR

GELVIS GALVIS JOSE IGNACIO

402

5.5811.003 SAAGENTO MAYOR

llARRETO ZAMORA OORIS

•03 <l-05 400 407

5.llOll.MO 8AROENTO MAYOR 8.917.2" SARGENTO MAYOR

ORANDO ORIELA COROMOTQ

5.834.775

l!AAGl:NTO MAYOR 5.1135.0nl &AACIENTO MAYOR

MONTILLA GARCIA MARCIAL

5.840.514 SARGENTO MAYOR

DURAN OROZCO FERNANDO

60

61

MENDEZ JESUS ALBERTO

BARAZARTE VASOUEZ ZENOBIO del CARMEN

5.1&90.811 SARGENlO MAYOF't.

MAGO PATlflO YOEL JOSE

5.e~.822

BOLIVAR SALAZAR ANGEL MIGUEL

5.e97.~2 SARGENTO MAYOR

•1e

21

SUTIL

SARGENTO MAYOR

RONDON CARRERO FERNANDO ANTONIO

SARGENTO MAYOR

PABON SARMIENTO MARIA DEL PILAR

SARGENTO PRlMERO

GUERRERO

SARGENTO MAYOR

VELASCO SANCHEZ EMIGOIO

SARGENTO MAYOR

NAVARRO KECTOR MANUEL

SARGENTO MAYOR

RODRIGUEZ COVA OSWALOO JOSE

SN<GENTO MAYOR SAROENTO MAYOR

419 5.700.014 SAROENTO MAYOR

•1a

------ea..

-

--

151.~.

5.700.169 SARGENTOMAYOR

•20 5.702.1•3 421 5.112.•54 •22 5.115.805 423 5. 723.348 424

TRfJO VIDAL

GUEV"™- LUIS MIGUEL PALOMO ELEOVARDO ANTONIO

SARGENTO MAYOR

VELASOUEZ PRESILLA ALBERTO RAMON

SARGENTO PRIMERO

CUARTE FONSECA WILMER JIMENEZ WILLIAMS RAFAEL COLINA MANUEL ANTONIO

5.736.S72 SNtGENTO MAYOR

FONSECA ANGEL SERAFIN

•i5 5.739.024 SARGENTO MAYOR

OIAZ MARTINEZ LUIS J\RGENIS

•2e 5.7•0.753 SARGENTO MAYOR •27 5.752.3<15 SARGENTO MAYOR •2a 5.7511.7!17 SARGENTO MAYOR

CARVAJAL MENDOZA JOSE SAUL

·~

OJEDA BRICEÍiO OSCAR JOSE

5.172.754 SARGENTO MAYOR 430 5.780.2114 SARGENTO MAYOR 01 5.796.371 SARGENTO MAYOR ·~ 5.1!()1.331! SARGENTO MAYOR 433 5.802.lMS SAROENTO MAYOR

... 5.8111!.144 SARGENTO PRIMERO 435 5.8111!.9111 SARGENTO MAYOR

•30! 5.834.202 SARGENTO MAYOR •37 5.8342!18 &ARGENTO MAYOR 4311 8.8311.028 SAAGENTO MAYOR 00 «O ..1 .. 2

5.&15.53 SARGENTO PRIMERO USll.158 l!AAGENTO MAYOA 5.11119.022 llAROENTO SEGUNDO 6.11119.490 8NIOENTO MAYOR .. 3 U00.128 llAROENTO MAYOR ... U93.7(M !AllOENTD MAYOR .. 5 5.~.&10 SAAOENTO MAYOR

BENITCZ GARCIA FRANCISCO JOSE GRATEROL VALENZUELA JOSE DEL CARMEN MARIN JOSE EUAS

MENOEZ WILUAM SEGUNDO ALVAREZ OOMEZ ZENAIDA ZULAY GONZALEZ LUIS SANTOS HERNANDEZ LOPEZ RAMON DE JESUS AGUILAR CARRUYO EOOAA ENRIQUE ROMERO RAFAEL OSCAR NIJIQEZ DE BETANCOURT ANA Jl.A.IA

oe GARCES NGRro SCARUET MIRIAM AllELJJDA

ANTIQUE DURAN HENRY OMAA

,..

3S

CASTILLO OSCAR FELIPE

S7

"

342 5.254.•39 SARGENTO MAYOR 343 5.257.•05 SARGENTO MAYOR

YEPEZ MARIO JOSE PETIT CARMEN MARIA

" '6

lS

lS

344 5.259.025 SARGENTO MAYOR 345 5.259.30~ SARGENTO MAYOR

CORDERO ANGEL ELIGIO

SI

JS

80%

GARCESGARCIAJOSERAMON

IO

J6

80%

5.970.883 ..a 5.983.807 . . g 5.004.088 •so e.014. 147

348 5.266.95] SARGENTO MAYOR

MACHACO

17

!!

!0%

451 6 O1'-974 CASO SEOUNOO

LEON

452 6.03ol.e72 SAAOENTO SEG<JNOO

GALINDO PAOllON ALEXIS

453 6.041.854 SARGENTO W. YOR •S.O 6.156.003 COMISARIO

PEREZ JOSE RAMON

455 5. 354 .941 SARGENTO MAYOR

GONZALEZ NEREIOA JOSEFINA CARRILlO GAINCE HECTOR

341

J41

SARGENTO MAYOR

5.253.•52 SARGENTOMAYDR

5,298.917 SARGENTO PRIMERO

3411 5.293.116' SARGENTO MAYOR 349

5.2915.~7

SARGENTO PRIMERO

do VARGAS RAFAELA COROMOTO

TORREZ EUCLIOES ANTONIO GOMEZ COLINA JUAN BAUTISTA PARTIDAS MARIN MIGUEL ARCANGEL

350 5 29e.509 SARGENTO MAYOR

MEDINA AREVALO "1.VARO JOSE

351 5.29e.&le SARGENTO MAYOR 352 5.300.334 SARGENTO MAYOR 353 5.318.959 SARGEN'TO MAYOR

ROJAS COLOERO ALBERTO

3SO

5.321.~

Wi

5.324.&52 SARGENTO MAYOR

SARGENTO MAYOR

PEREZ ARMAS EGLE DELVALLE RIVERO PEREIRA QUIRINO DE

ORTEGA DURAA PEDRO PABLO ALCOCER CESAR MANUEL

30!3 5.361.232 SARGENTO MAYOR

ISAAAA XlSE FLORENTINO

30!-I

USU33

eAAGENTOMAYOA

3e7

5.390.38&

3'!11

5.390.~7 SARGENTO MAYOR

SAAGEN'TO MAYOR

31!0 8.397.181 SARGENTO MAYOR 310 5.400.~8 SARGENTO MAYOR J7t U10.281 SARGENTO MAYOR 3n 5.411.442 SARGENTO MAYOR 373 5.411.445 CABOSEGUNDO 37• 5.•13.07• SARGENTOMAYOR 375 5.•14.145 SARGENTOMAYOR 5.•14.25~ SARGENTO MAYOR 371 5.•24 291 SARGENTO SEOUNOO 378 5427.411CJ SARGENTO MAYOR 37~ 5.431278 SARGENTO MAYOR :iac 5.447.538 SARGENTO MAYOR 37'!

LA C.

ROJAS MEOAROO JOSE JU LIAN

350 5.331U77 SARGENTO MAYOR 3117 5.340.&15 SAAGENTOMAYOR :ISO 5.3'14.3'10 SARGENTO MAYOR 3S1 Cl.345.173 SARGENTOSEO\MOO 3eO 5.347.21Q SARGENTO MAYOR 3'!1 5.349.:io. SARGENTO MAYOR 30!2 5.367.969 llAROENTO MAYOR

3'!11 5.3ll0.179 &AROV(!O MAYOR 300 8.393,200 &ARGENTO MAYOR

AAFAEL

ARCILA XlSE ANASTACIO MORA ROA NELSON EMIRO MONT1LVA ll0tA MARIA CAROENAS MORENO LUIS ANTONKl OURAN Gil

AAM0N ALBERTO

AZUAJE VASOUEZ FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ PEREZ PEOOO ALI Nl~S

AAl'AEL ANTONIO

JS

.. .. ".. .." ... ..,. 5>

5' 59

" "

.. .. .. ".. .. ",. " " " " " ,.

487

"

'$!. SI

J! M

GRACIAN G EL Y SAUL

M

SS

'°"' ~

ROORIGUEZ MARTINEZ LUIS MARCELINO

S1

M

804' 90%

CHACON ANGEL LUIS

"

J5

80%

57

J5

~

SANCHEZ VIOLETA DEL SOCORRO

55

15 JI

80'9

BLANCO NERY

ROMEllA

70%

90%

" >6

u

90%

JAIME$ DE MARCAN() TERESA

MOYA TACHINAMO OMAR XlSE PARRA SANTIAGO BELLO IRIAATE AIDA GARCIA CLAVO YULIMA ENRIQUETA MARCANO PALMA LUIS ENRIQUE

•s

CAMEJO NUflEZ JOSE w.NUEL MENDIVELSO CARREl<O JAIRO

.... ... .... " .. ..." ....." ..""" ... " .." " ...."" ""•• . " '1

GUAPE RAFAEL

ALBERTO

PAEZ DUBRON ROBERT ABELAADO ROMERO REINALDO MEDINA RAFAEL ANTONIO CEBALLOS GARCIA CARLOS TEOflLO

!i4

"

GOYO HECTOR ALCAOIO

5'5"

16

~

CAMACHO JOSE GREGORJO

SS

JS

illO%

RODRIGUEZ VICTOR JULIO BRITO GARMENOIA REINALOO ANTONIO

TORRES BERNAL .t.MERICO GERARDO

H

SAi

3'!i

80%

"

!'!i

-

J'§i

SARGENTO MAYOR

ALVARAOO REINALDO J OSE

5J S3

$ARGENTO MAYOA

SANCHEZ RODRIGUEZ MJ\RTIN SEGUNDO

SJ

SARGENTOMAYOR

WWAMS Plill.t. ELIAS SAMUEL

SS

H

&OllOEHTOMAYOR

CASTEL.l..ANO MELENDEZ RAFAEL ANGEL

H

H

eo"'

~1 H96.1152 8NIOENTO MAroR <112 7.63M1S &AROEHTO MAYOA

J1MENEZ JUAN DE LA CRUZ

80"-

413 7.533.904 SARGENTO MAYOR

CASTILlO XlSE ANTONIO

~

....

PEREZ HERNAN PASTOR

57

..

H

IS

S7

Jf

..

J6

4M

7.538.813 SAAOENTOMAYOR

PEROZA NATERA ROSA IWELIA

90%

405

C"1.DERA OUERALES JULIAN ANTONIO

~

-

7.!502.295 SAROENTO MAYOR 7.!503.467 SARGENTO PRl~ERO

KERNANOEZ YONI IDEN

80%

487

7 .l508.659 SARGENTO MAYOR

CASTILLO CHOURIO BETULIO RAMON

405

7 .!508 49"4 SARGENTO W. YDR

GONZALEZ FUENMAY()R EFRAIN DE

80%

48~

7.611. 531 SARGENTO IM YOR

FERNANDEZ ELSIDA RESURRECCION

5i6

H

•llO 7.617 .57 • CABO PRIMERO

QUIROZ DE NIEVES NERY JOSEFINA

is.&

1g

ORTEGA FERNANOEZ CIUBERTO JOSE GIL EUMENES ANTONIO

....

OSUNA PERNIA EVELIN OEL CARMEN GUTIERREZ ANGEL JOSE COLMENARES VASOUEZ IWERICO JOSE

-

si

36

385

MAAAIMA LUIS FRANKLIN

S'

l6

DELISO TORRES OMAR JOSE

59

JS

90% 90%

387

5.491.596 SARGENTO MAYOR

HERNANOEZ CARLOS JOSE

S8

]6

90%

388

5.492.824 SARGENTO MAYOR

RAMIREZ LARA JOSE BAUDrl.10

SS

35

90'9

38Q

5.•94.374 SARGENTO MAYOR 5.•9e.158 COMl"""'O

DELGAOO VALERO ORLANDO J0SE

"

300

TORRESBlANCOJOSEOELCARMEN

~

n n

80%

3~

5.~.15311 SARGENTO MAYOR

AGUILAR MARIA DIONILOA

5-6

J5o

"°"'

9041.

302

5.507.89G SARGENTO W.YOR

GONZALEZ JAVIER JOSE

S7

1S

90%

311:1

5.ll09.eG1 SARGENTO MAYOR

SULBARAN OAVILA LUIS ENRIQUE

eo

~

300

5.512.120 SARGENTOMAYOR

RAMIREZ ROJAS JOSE OROSw.N

H

n n

ll!I0'6i

491 7.619.669 SARGENTO MAYOR •01 7.821!.7•3 SARGENTO PRIMERO 493 7 .827 .1159 SAAGEN'TO MAYOR 4~ 7.713.H3 SAAOENTO MAYOR 7.713.1129 SAAGENTO PRll.!ERO ... 7 .7315.083 SARGENTO MAYOR 497 7.739. 735 SARGENTO MAYOR •1115 7.757.169 SARGENTO M~YOR "'" 7. 7t!0.!51!7 SARGENTO MAYOR

'°'

1110%

ROORIGUEZ BRAVO JESUS AL.EXANDER

'~

AMUNDARAY ERASMO ANTONIO

5.465.49e SARGENTO MAYOR

5'

'6

de ZAMBRANO MERCEDES ENRICUETA

J6

....

lee 5.465.545 SARGENTO MAYOR

"

"""

80%

s,a

SANDOVAL LEON JESUS JOSE

!7

60"-

S..t

5.•79.544 SARGENTO PffiMERO 384 5.48U89 SARGENTO MAYOR 383

--. -

.." """ .." ..."" .."

"80'"""'

"

GONZALEZ TOLEDO JOSE BERNARDO

J6

"""

,.

RAMIREZ SEPULVEOA ZULLY ZORAIDA

J6

" "

80%

"41QU11.ENA EOOAR JOSE

59

"

80%

M%

CASTn.LO RAFAEL JOSE

51

$9

n

410 7 ..a3.M7 8NIOENTC PRIMERO

DIAZ GONZALEZ J\ROLDO AAMON

" " " "

55

•71 7.479.1124 8NIOENTO PRIMERO

HERNANDEZ ROSAS LEOVALDO RAMON

" "' "

80%

80"11.

5.475.437 SARGENTO MAYOR

:llO%

"

DE LONGA CARMEN ELENA

.,,._

5.475.852 SARGENTO MAYOR

lllO%

!'!i

ss

CONDE

)IS

362

''!i

Sol

80% 80%

H

381

S?

J6

U

36

80'1..

11

S'

n

Ui

51

PEAA ANA ISABEL

Sfi

S6

55

AROILA ROORIGUEZ YSOLINA COROMOTO

Sii

80% 90"M.

HERNANDEZ DE VARELA DELIA TERESA

VISSO PERNIAADRIANAEOELMrRA

ALVARAOO .O.LV ARADO RAMON l\NTONIO

.!~

"™-U.Kl KERMES ANTONIO

PALMA HERNANOEZ TIBISAY MARGARITA

St

OUIAONES MAROUEZ REYES GERMAN

!S

SI

'6

7.356.458 SARGENTO MAYOR

23

!5

!il!i

,..

47•

36

"

BASTIDAS BETANCOURT GERw.N ANTONIO

•73 7.3'14.474 SAROENTO MAYOll

S8

80%

RONOON CARMEN ALICIA

470 7 ..313.oee. .9.ARGENlO MAVOR 1.322.2311 SARGENTO PRl""'RO 472 7.337.1127 SARGENTO MAVOR

S..t

M

" " " " " !l" """

SARGEN'TO MAYOR

471

BLANCO ELVIA COROMOTO

J5

SARGENTO MAYOR

.ea 7.187.613 SARGENTO MAYOR q9 7 .30'5.918 SAROENTO MAYOR

NAVAS CASTAilEDA MIRl.t.M AIDA

ID

SI

RAMOS JOSE ANGEL

1. 1'10.386 SARGENTO MAYOR

475 7.363.489 47e 7.454.105 •n 7.47U78 •71 H7UGO

"

.

..,. ..

~

"""

SARGENTO MAYOR

41M 6.IM7.804 SARGENTO MAYOR •115 7,002.516 SARGENTO MAYOR 480 7 .0.00.630 SARGENTO MAYOR

ID

CASEFIES HUGO ENRIQUE

5.980.•19 SAAGENTDIMYOR llARGENTO MAYOR

•!O 5.374.2•9 SARGENTO MAYOR •57 5.376.= SARGENTO MAYOR •58 8.410.1311 SARGENTOMAYOR •541 6.465.072 SARGENTO MAYOR ~ 6.521.151 SARGENTO MAYOR 481 6.529.999 SARGENTO MAYOA 482 6.530.988 SARGENTO PRIMERO 483 ft.1!25.6l4 SARGENTO PRIMERO

"

.. ".. ,.

. .7

lflCI"

-.. .. --. ... .. -. .. .. .... .... .... .... .. .... "57

!5

90% 00% IJO% IJO% IJO%

"

3'41 !.'5

....

" ••

OJEDA FERNANOEZ ALCIRA ELENA

MUflOZ ANGULO

80"

...

MARIN GARCIA DANIEL ANTONIO

MORA LOSSADA AAMON JOSE GIL OENIS BEAmlZ

MONTEROl..A

~

!Z

"

BOLIVAR SALAZAR JULIO CESAR

SARGENTO MAYOR

l~

5S

$9

GIL ACOSTA JORGE LUIS

SARGENTOMAYOR

:M

SS 5S

OLANO CORONA ESTEBAN

.fi14

'17 5.e98.899

ID

LARA ANA JOSEFINA

415

-

1l

CASTRO

8°"' ~

)S

&AAOCNTO MAYOR

BRJCEAO VICTOR JOSE

l!IO"-

J~

59

SARGENTO MAYOR

5.Mll.273 409 5.1148.372 410 5.IM!l.957 411 5.IM9.7•2 412 5.eeuse •13 5.e90.7t7 408

,,

ID

MEJIAS VIELMA XlSE NICOLAS

5.~2.520 SARGENTO MAYOR

5.543.228 5.552.•G!I 5.59.024 S.!582.MO

'°""

Si

ANTICKE JOSE SELIZARIO

SARGENTOMAYOR

5.518.581 SARGENTO MAYOR

61

SARGENTO MAYOR

E$PIN0ZA BELOUIS ANTONIO

5.512.~

300 3111 300 009 400 •01

--

J6

LOPEZ SIERRA HECTOR MANUEL

CHINCHILLA MELENOEZ ELSA MERCEDES

SARGENTOMAYOR

SARoeNTOW.YOR

5.237.937 l38 5.2•2.•29 330 5.246.089 340 5.252.025

"

SARGENTO MAYOR

SARGENTO MAYOR

~4

337

..

3115

~\

..

CHAVEZ ANTONIO JOSE

BASTIDAS LUIS GONZALO

JIMENEZ JOSE

336

" " "

SARGENTO MAYOR

CACERES TERAN ROSALIA

SARGENTOMAYOR

310 5.1:19.032 SARGENTO MAYOR 320 5.1:19.121 SARGENTO PRIMERO ~1 5.1:19.307 SARGEN'TO MAYOR ~ 6.130.961 SARGENTO MAYOR m 5.130.187 SARGENTO W.YOA 6.1!50.393 ~ 5.1&1.9ell 3211 8.185.i!eO W 5.170.219

" "

IO'A

" " " " "

.. " .... .." .. " ...." .."" .... .... " .. "' .... .."" .... "•• .." " ..."" ..".." "' " .." "'

5.107.957 SARGENTOMAYOR

310 5.108.010 3t1 5.108.448 312 5.109.344 313 5.118.881 31• 5.125.15S5 315 5.128.533 310 5.127.~ 317 5.128.088 310 5.1211.874

BELANDRJA BECERRA MARCOS ANTONIO

n

407.947

SS

JE SUS

ROMERO CUBILLAN GUILLERMO

U

.... .... J" S6

JS

SS

t!10% eo"lli

~

eo% -

IOIJIG.

10%

-

80%

l!IO%

l!IO'%

S!

JS

5.4

1'

,,,,

n.

-

ID

"O

80%

flOIJlí,

n,5".

90% 90"1.. ~

"°"'

Si'

15i

DURAN GONZALEZ ORLNIDO ANTONIO

SS

l6

DIAZ REYES ALFREDO ANTONIO

S!

JS

i50"h 90'-

CHAPARRO CIRO RAMON

S-4

31!i

191J1Jti.


-

.. ..

,. JS

-

55 S7

:t6 !6

80'-

.. JS

80*lft

,.

501

7.800.315 SAAOENTOMAYOR 8.005.827 SARGENTO MAYOR

MOLINA JOSE JAVIER

Sl!I

501

8.011.104 SARGENTO MAYOR

MANZANO SOSA RAMON ANTONIO

~2

n

SC

JS

500

SULBARANPAZOMAAOEJESUS

503 8.023.591 SARGENTO MAYOR

ZERPA JUAN PEORO

500

8.053.212 SARGENTO MAYOR 505 8054.311 SARGENTO MAYOR

GUEVARA JOSE GREGORIO

509 8,054.424 SARGENTO MAYOR

YEPEZ SERENO GUSTAVO ANTONIO

507

AZUA.JE RAFAEL ISIDRO

8.054.524 SARGENTO MAYOR

HERNANDEZ BORJAS JUAN !!AUTISTA

MORENO UBALDO ANTONIO

509

RIVAS GIRON ARISTIOES RAMON

'6 55

8.0&l.6C8 !lARGENTO MAYOR

JS

So'

SOS 8.0&l.021 SARGENTO MAYOR

ec"Y.

90,..

IO'l-

M

-

MARTINEZ CAMILO RAMON

S4

JS

90%

MENA JOSE RAMON

S1

JS

90'%

512

90%

8.066.431 SARGENTO MAYOR

YEPEZ SERENO EOITH .!OSE

SI

Jl!i

SARGENTO MAYOR

ESCALONA VICTOR PRAGEOES

SS

J5

80'%

SAAOENTOMAYOR

PEREZRAMIREZVlCTORw.NUEL

oo

36

SARGENTO MAYOR

PEREZ PEREZ AMERICO ANTONIO

"

15

SARGENTO MAYOR

REY REINALOO COROMOTO

"

l6

517

8.137.1158 SAROENTOPRIMERO 511 8.1«.1534 SAROENTOMAYOR

CAMACHOSOLORZANORAMONCAYET.YIO PAREDESPAREDESLUIS"1.FONSO

S7 ..

H

n

519 8.168.022 SAROENTO&EGUNOO

SUAREZARTIAGALUISJOSE

"

u

n

80% 80% 80% 80% 80% 80% 80% 80% 80%

513 8.068.962 514 &131.060 515 8. 132.911 51e 8.135.745

620 &170.974 8.VIOENTOMAYOR

RIVASUZCATEGUIHERIBERTO

'6

821

&.171.2&1 SAROE>ITOPRIMERO

OSORIOJOSE LUIS

H

IS

522

8.171.437 !ARGENTO PRIMERO

LOZA!lA MANUEL SAi.VMJOA

so

16

m e. 171.883

AGUILERA "1.FREOO ANTONIO

..

"

-

8.171.883 SAAOENTOMAYOO 525 8.200.863 SAAGENTO MAYOR 525 8.202.873 SARGEllTO MAYOR

SAAOENTO MAYOll

ROJASGERAROO

"

>S

GARCIA AMllNDARAY .!OSE LUIS

5'

JS

80% 80%

TOVAR GONZALEZ SIMQN RAFAEL

S7

~

90%

527 8.204.S8-i SARGEllTO MAYOR

GAMERO GUEVARA WILLIAN

U

1S

(IC'4

].'S

80%

524

529 8.209.593 SARGEITTO MAYOR

MONTERO TONY Rl'J'AEL

529 8.214. 757 SARGENTO MAYOR

ALCAJ.A FIGUERA JOSE CELESTINO

r.30 8.217.672 SARGENTO MAYOR

SANTOYO JORGE LUIS

8.352.770 SARGENTO MAYOR

SAl.AZAll ISMAEL .!OSE

532 8.354.608 SARGEllTO MAYOR

SAi.AZAR ARRIOJAS JUL1AN RAFAEL

S33 8.355.367 !lARGENTO MAYOR

ARAGOL FUENMAYOR AlEXIS RAFAEL

534 8.357.907 SARGEllTO MAYOR

RM:RO LUIS DE JESUS

535 8.367.089 SARGEllTO MAYOR

RONDON MIGUEL ANTONIO

53e

8.390.•34 SARGENTO MAYOR

MARCANO FIGUEROA CARLOS ENRIQUE

537

8.433.007 SARGENTO MAYOR

ROJAS DE JASPE DELIA !!AUTISTA

$7

.... S.t

35

..

..

90%

&O'l<o

.. .. S3

!.!i

90%

~

!S

*"""'

'J.t

i~

ea,-.

S-41

15

eol!tt

5S

14

90.,.

538 8.5'!5.035 SAROENTO MAYOR

MORALES ELIAS RUBEN

SS

Mi

~

539 8.586.840 CABO PRIMERO

DIAZ SANABRIA GUSTAVO

~

~

5'Q 8.730.26' CO..SARIO 5'1 8.852.103 SARGENTO MAYOR 5'2 8.863.828 SARGENTO MAYOR

MALOONADO RAMIREZ 00\JGLAS

Sl

n n

ROOR1GUEZ TRINO RAFAEL

S7

l4

81:)%

LUGO ROMERO FEUX ABEl

5~

K

90'%

.. 3 9.000.344 SARGENTO PRIMERO

CASTELLANOS TORRES J0SEW"1..00

&2

JI

90"JI,

544

9.003.- SARGENTOMAYOR

SMVEORAGRANJAOCTAVIORAFAEL

"

1'

80'JI.

..s

8 003.987 SAROEllTO MAYOR 9.011.751 SARGENTO MAYOR

ARAUJO URSINA .!OSE ISIDRO Ct'AVEZ BRAVO FIDEL ANTONIO

eo ss

"

-

16

80%

04<!

547 9.053.704 SARGENTO MAYOR .. 8 9.083.794 SARGENTO MAYOR

NOGUERA JOSE JUVENAL CHACON FLORES VICENTE ELIAS

" SJ

H !5

.. 9 9.088.373 SAROEllTO MAYOR

MALOONADO OUARTE EOISSON ENRIQUE

57

lS

CARPIO GARCIA MARTIN DE JESUS

se

MO

9.09U88 SARGENTO MAYOR 9. 121.828 SARGENTO MAYOR

n

~

s.<

n

'6

n

5S3 9.134. 101 llAAOENTO PRIMERO

MARTINEZ GEi.ViS JORGE ELIECER

,.

n

554 9. 1113.290 !ARGENTO MAYOR

BASTIDAS BRICE RO El.EUTERIO DE JESUS

S!

u

NuQEZLINARESCARLOSLUIS

H

-

,, "

80% 80%

5911 9.501.3211 llAROENTO MAYOR

MEDINA SIERRA JESUS ANTONIO

s.< s.<

1147 9.531.948 !ARGENTO MAYOR

VILLEGAS ECHENOIA SAU1. JOSE

"

caracas, 11 1 DIC lOiJ

Años 203º y 154º

Resolución Nº

l. Las operaciones de crédito público, de conformidad con lo señalado

80'll 80% 80%

2.

Art~ulo 2. La erogación derivada de la presente Resolución se hara efectiva

con cargo a la partida 4.07.01.01.02 del Presupuesto de Gastos da este Mlnl!F lerlo.

3.

Articulo 3. Notiffquese al IUnclonario o IUnclonaria, por órger>O de la Oficina de Recursos Humaoos del Cuerpo de Policía Naconal Bolivariana, el otorgamiento de la Jublladón Reglamentaria, mediante Oficio 00!1 especificación del monto de la pensión y de la fecha a partir de la cual comenzara a p¡¡garse. de canfor· mldad con lo dlsp.¡esto en el articulo 11 del Reglamento de la Ley de Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funconarlos da la Admlnfstraclón Publica Nacional, de los Estados y los Municipios, p.¡bl>cado en la Gacela Oficial de la Republica de Venezu~a N' 36.61S de fecha 11 de enero de 1999.

4.

Articulo 4. La presente Resolución enlrarti en V1geneia a parllr de su publicación en la Gaceta Oficial de la Republica Bol•vanana de Venezuela.

S. 6. 7. Comunlquese y Publlquese. Por el

E.::·~. ,Nacional,

.-.

J.

~·P

:

.

. '\o\

8.

"f

'

1

9. UIS ROBERTO KARABIN VIRGÜEZ nal (E) del Culli'PO de Pollera Nacional Bolivariana t40~n ~ludOn N" 11& .. f«/ia 1 .. m"I" dt 2013. Olldal do lo R..,.i1>11ca - - dt .,,..,.,..,,. N" OC.1&1 .. lo mlstlla*"6

1 OO·· · :::f

En virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 90 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Ja Administración Ananciera del Sector Públlco y de conformidad con !o previsto en ,articu~ 34 y 77 numerál 26 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Públ!ca, en concordancia con el numeral 2 del articulo s de la Ley del Estatuto de la Función Pública y 1° del Reglamento de Delegación de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, delego en la ciudadana BEATRIZ HELENA BOUVAR FIGUER.A, titular de la cédula de identidad Nº V·ll.285.250, Jefa Encargada de la Oficina Nacional de Crédito Público, según Resolución Nº 068 de fecha 12 de noviembre de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República BollVariana de Venezuela N° 40.292 de fecha 12 de noviembre de 2013, el ejercicio de las atribuciones y la firma de los actos y documentos, que se detallan a continuación:

90% 90%

GUERRERO MEMlEZ J0SE Cl't1STOBAL

9.1e&.079 SAAOEHTOMAYOR

OcJPa<ho del Minis<ro

-

AR!ASLEA!.LUISESTE!!AN

W

República Bolivariana de Venezuela Min istcrio de Finanzas

80% 80%

5S2 9.132.254 SARGENTOMAYOR

551

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS

80%

510 8.066. 128 SARGENTO MAYOR 511 8.065.«3 SARGENTO MAYOll

S31

Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

407.948

en el artículo 77 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público; Ja administración de crédito público, según lo establecido en los numerales 3, 4, 5, 6 y 7 del articulo 96 ejusdenr, la fiscalización de las actJvidades financieras vinculadas a operaciones de crédito público y las demás relativas a dicha materia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 97 y 102 ejusdenr, la ejecución y evaluación de la política de racionalización y control de los fondos provenientes del crédito público, así como, los esti.Jdlos económicos, fiscales y financieros, en correspondencia con lo estipulado en los numerales 1, 2, 8 y 9 del artículo 96 ejusdem, previa conformidad del Ministro. Comunicaciones dirigidas a las Oficinas Nacionales, Ministerios, Gobemadores, al Distrito Metropolitano de caracas, Alcaldes, órganos con autonomía funcional, Procuraduría General de la República, otros órganos de la administración central y entes descentrallzados referentes a los cronogramas de caja y de deuda lntergubemamental. Documentos e Instrumentos relativos a la ordenación de pagos para la cancelación del capital, Intereses y demás sumas adeudadas en virtud de las operaciones de crédito público celebradas por Ja República y demás entes de la administración descentralizada, establecidos en la Ley de Presupuesto, previa conformidad del Ministro. La expedición de coplas certificadas; certificación de firmas de funcionarios adscritos a la Oficina Nacional de Crédíto Públtco; autorización para ordenar la exhibición e inspección de determinados documentos, expedientes, libros, registro o archivos relacionados con las materias que competen a la Oficina Nacional de Crédito Público, de acuerdo con lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública. Correspondencia externa postal, telegráfica, fax o medios electrónicos en contestación a solicitudes dirigidas al Despacho por particulares. Conformación de facturas y firmas de pedidos de materiales. Certificados Especiales de Reintegro Tributarlo (CERT) para la recuperación de créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuestos de Importación (DRAW BAO<). Certificados Espedales para el pago de Impuestos al Valor Agregado (CEPI), destinados al Reintegro para los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado (lVA). Aprobar viáticos y pasajes, conformación de horas extraordinarias de trabajo, postulaciones de becas, créditos estudiantiles, contrato de prestación de servidos y demás recaudos o documentos que deban tramitarse directamente por ante Jos órganos del Ejecutivo Nacional competentes en esa materia.


Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

10. Las demás Inherentes al cargo de Jefa de la Oficina Nacional de Crédito Público, según el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y el Reglamento Nº 2 de la Ley Orgánica de ta Administración Flnanciera del Sector Público sobre el Sistema de Crédito Público. Artfa.ilo 1: La Jefa de la Oficina Naclonal de Crédito Público, deberá presentar mensualmente una relación de las actuaciones que realice en ejecución de la presente Resolución.

B. Guto1 Con1nCet

Artículo 3: Conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, se autoriza a la ciudadana BEATRIZ HELENA BOLIVAR FIGUERA, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.285.250, en su carácter de Jefa Encargada de la Oficina Nacional de Crédito Público, para que actúe como cuentadante de la Unidad Administradora Desconcentrada Ordenadora de Pago "Oficina Nacional de Crédito Público-Dirección General de Administración de la Deuda, Código "70012" y la Unidad Administradora Desconcentrada, "Oficina Nacional de Crédito Público (ONCP)", Código "70011 ".

17Ul8.000

• o...ios de Opcntioo

ill.111.Q@

.M1tetla!M. Suml.U.- y Mmanclu .DopRdld6n y AmoniDción

t7L6"1S.000 1.161.000 2.200.000 17!.000

C. R••ltad• Eco116mlco: Ahorro

21.64UOO

.Serv!<ioo No Ponotlll .. Jmpuostm !ndiroclm

D. CUENTA CAPITAL A.

Artículo 2: Los actos y documentos firmados con motivo de esta delegación de firmas, deberán Indicar el número y la fecha de la presente Resolución y de la Gaceta Oficial donde se haya publicado.

407.949

lUll.000 21.646.000

l'Dlf'UM de C•pltal .Ahorro m Cucma Corriente

l 75.000

.Incttmmto de la Depreciación y Amortización Aeumuladu B.

GHCOI dlf C•plt•l

!.5&UOO

.Jnv.m6n Rul Dim:ta Formoción Bruta do Copita! MM¡ulnaril!, Equipos y Otro• BioneJ Muebles

U00.000

U&!!® 1.500.000

11.J21.000 IIl. CU!.NTA Fll'IAI'ICIERA A.

h • l • Jlt111ncleru

,......- d e - y ~do cumll!

B.

'1.000300

3H'19.JOO o&ct01pt11 plpf

y•"'"'•• por popr •corto plazo

lti1.2.JOO 3'1.679300

S111ptri'fh: Ftaaadm-ro

17.Jll.000

Apllnclo~,.

61.000300

Ylnaodon1

6J.Qll03~0

AC1ho .l~o

de Otro' A.ctiv.;tS Financilf'J"OS ~enlo de Di:sponibilidadie=:s lnaemento de Blnto~

Artículo 4: La Jefa de la Oficina Nacional de Crédito Público, queda encargada de la ejecución de los actos cuya delegaclón se otorga en la presente Resolución.

I~mmto ~

Anticipos a Proveedore.'I:

Jnaemmtoi de Otro! Aetivo5 Circulantes

11.l)00.)00 ~

11.l)OO.JOO

JS.000.000 9.000.000

Artículo 5: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publlcadón en la Gaceta Ofldal de la República Bolivariana de Venezuela. Comuníquese y Publfquese RESUME~ DEL PRESUPUESTO DI: !:'IGRESOS Y GASTOS POR CATEGORIAS

(En Bollvurs) PrttuptJ•to 101-4

Connpto

240.JU.JOO

INGRESOS

205.SJ4,l)OO !np!IDI de Ca¡>ital

Fuertte1 Financieras

República Bolivariana de Venezuela - Minbterio del Poder Populal de Finulz.as Oficina Nacional de Presupuesto- N6mcro: 216 Caracas, OS de diciembre de 2013 -

CATEGORlAS PRESUPUESTARIAS

m.ooo J4.679.l00

:U0.»1300 2"10.ltUOO

203° y 154°

PROVIDENCIA

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo de Ministros de fecha 08 de Julio de 2013, autorizado para este acto por el Presidente de la República, de acuerdo con lo previsto en el Art!culo 242 y el Nwncral 4 del Articulo 239 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y coofonne a lo establecido en los Artículos 69 y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, se aprueba el Presupuesto de In~ y Gastos 2014 de 111 EMPRESA MIXTA SOCIALISTA DE VEHÍCULOS VENEZOLANOS, S.A, por la cantidad de DOSCIENTOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHO BOLÍVARES (Ba. 240.388.300). Decisión ésta, ratificada por el ciudadano Presidente de Ja Rcpublica, en fecha 03 de diciembre de 2013. En consecuencia. se autoriza su publicación en la Gaceta Oficial de Republica Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución:

CUENTA AHORRO INV!RSION l'INANC'IAMIENTO <K• lklfnrt1)

L

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (En Bolt"ar.. ) DrnominHtón

Partida

4.02

Maten1les., Suministros )' Mcrcandas

4.03

Servidos No Personales

4.04

Aclivru Reales

4.0l

Activot Financ:iero31

4.01

OtrooGutos

....

CIJENTA COJUUEM'I'E 205.53000 • .,....,. de Op<nción

Vmta do Bienes MetCOdo lntallo

2Willl® ~

20!.SJ.4.000

TOTAL

Prauput1to 2014

1n.64S.OOO 4.061.000 U00.000 62.000.JOO 17!.000


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

407.950

B. Guto1 Corr1 ..1.. -OlstO! de OpeBcíón .Oulm de Personal .Mllcriales, Suministros y Mercancías .S<rYicloo No Penonat .. .lmpueotol lnd!tectos .Dcprccieclón y Amorlizaclón .Jmpueotoa Dtr.ctos -TrlNfetenelas y Donaciones Corrient .. .Al Sector Privado Donadonea Corrientes al Sector Privodo Donocloneo • Penonas Donaclooeo a Inst.ltuciones •in Fines de Lucro .Al SCCIOr P4blico Tllll!lfcrmciu Corrientes al Soctor Público A loo Enteo Deoccnlr&lizodoo 1in Fines Empresariales lnslitulo Nociooal de Turismo (!NATIJR) A loo Entoo Delccntrallzedoo con Fin.. Empresarial ..

PRF-~UPUESTO

IJE CAJA (En Bolh·artt)

Conttpto

SALDO ISICIAL INGRESOS

ln¡Jaos de Opmci6n

20l.534.000

SALDO INICIAL+ r.IGRESOS

EGRESOS

Egreoos de Operoción

Venezolana de Turismo Vcnctur, S.A.

151.033.700

n.

.Incremento de IB DepreciB.ci6n y Amoníz.adón Acumulada!

B.

PROYECTOS llnldod de MtdK!a

COdl¡o

21.m.001 l l.(M7.980

597.012 l.246.67J 110.000 !~,J.1.V.~i 100.000 100.000

50.000 50.000 14.082.7'4

14.012.7S4 l.816JS4 1.116Jl4 12.266.200 IU66.200

IUSJ.755

ll.211!!&§

-Rocun<io Propi"' de Copita! .Ahoml en Cuento Corriente

m:

lói:«'i.6-09

CUENTA CAPITAL A. l•V- de Copita!

RESl'.MEN

149.910.212

'ii1i:fü

C. Raullldo E<oa6m1co: AhorTo

Jl.000.000

~

na.214

-Otroo Oor!os Corrient.. .Otrot Oostoo

l.l00.000

SALDOFlNAL

Jueves 12 de diciembre de 2013

Prttupuesto l014

17.900.421

w.Mfiis l.246.67J

GQtOI deC1pl'"I

~

·lnv=ión Real Di=to .FOfl!llClón Bruta de capital Fijo M>qllinmriu, Equipos y Otroo Bienes Muobl .. Canstrucci6n de Bienes del Domi!"io Pri\•&do .Bienes lntongibla

lt&Q.Jl'.QO 14.JSO.OOO 1).950.000

400.000 100.000 J.45o.4l8

120129 Producir, Comf!'l't'.i~izar y RC"potcnciar Vchfcutos Multii:iropÓsitos $Cric Ti una J'.lilrti la F1\ ND

llLCUENTA FINANCIERA

348

Vehículo

A. hmtet de Yin1.ndemiento

Adivo -Disminu<ión de la lnvcnión Financiera .Disminución de Olro> Activos Financiero> DIJmlnución de Cuentu por Cobrar a Co110 Plazo lfuminución de Cucnw Comercial<! por Cobrar a Corto Plazo

345.489 545.419

m·xs9

54!.489 S4S.489

Slll'perivlc Pln•ndero

1450,419

B. AplJadon .. l'lllanduu

~ 5'15.490

Activo

-lnvemón Fhwleien .lnaanento de Orrm Acti\'os Financieros 1ncremen1o de Disponibilidadeo !naomento de Bancos P11lvo -Dlsmlnución de Pul vos .DIJminuclón de Cuentos y Efectos por Pagar Dlsnlnución de CUentu y EfectOI Por Popr a Corto Plazo DlsmlnuclOo de Sueldos, Salllrlos y O!ru 11.cmunenclonc:o

Comurúquese y Publlquese Por el Ejecutivo Nacional GUEZ

~

LAZCO puesto

545.490

.i4I49ií 545.490 545.490 l.450.417 l.450.427 rno~4i7 2.!60.427

porP-

100.000

porP-

1.950.000

Dillllinución de Aport<J Patronaloo y Rctencion.. Labonl .. Dlanlnución do Cuealu por Pagar o Provee&ns a Cono Plazo .Dllmfmlcl6n do Otroo Puivot1 Dlmillll>elón do Pmdoo do Terceros D\Jmlnuclón do Do¡ióottoo ~idos en Oonntla Dlam1nucl6n do 0troo P11lvos o Mediano y Lor¡o Plazo

República Bolivariana de Venezuela • Ministerio del Poder Popular de Firuuizas Oficina Nacional de Presupuesto - Número 219 Caracas, 4 de diciembre de 2013 203ºy !S4º

110.421

590.000 S00.000 S00.000 90.000

RESl!Mf.N DEL PRESUPUESTO DE l!'IGRESOS Y GASTOS POR CAITGORfAs (Bolfvar.,)

PROVIDENCIA

PRESUPUESTO 2014

CONctPTO

m.mJl1

INGRESOS

· lngrooco Corrlon1 ..

Por disposición del ciudadano Vicepresidente EjDCUlivo en Cooacjo Adminilllativo de Ministros Nº 36 fcciia 26 de noviembre del a!io 2013, autorii.ado pu. Cito ~ por el ciuda.i.no Presidente de la Rep6blica Bolivariana de Vl:lleZllda, de acuerdo coa lo previsto en el utlculo 242 y en el numeral 4 del utlculo 239 de la Comtitucióo de la Rep6blica Bolivariana de Venezuela. en coocordancia wn loa utlculOI 69 y 71 de la Ley OrgAnica de la. Adminimación FÍ114Dcicra del Sector Público, "' oprucba.,a1 Prcsupucato de lng=os y Gastos 2014, del HOTEL VENETUR MARGARrr'A' S. A., por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE BOLÍVARES (Da. 183.447.227), Decisión ésta, ratificada por el ciudadano Prc!iidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre de 2013. En consecuencia, se autoriza su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución:

CUENTA AHORRO-INVERSIÓN·FINANCIAMl!:NTO

(Boltnrm) CONCIPTO

PRESUPU!STO 2014

L CUENTA CORRI!.NTE A. illl"'OI Conient• -lngreool de Op<nclén

.Ventalllllla de s...,.;c1os

-ln¡Tesal de la Propiedad .Utilldade!, Dividendos, Alquileres y OtrO! lngreoO! de la Propiedad Alquilorcs

~ .l??,V:'A~

179.734.596 1.920.469

i.9:!ó:469

1.920..69

lll.655.0(i5

l.246.673

•lngmoo de Capitol ·Fuentes de Finandomiento

S45.419

CAITGORIAs PRESUPUESTARIAS

·Accionc:o C<tltn.lindas -Proyectos

m.m.m 41.420.494

llS.026.133

PRESUPUESTO DE GASTÓS POR PARTIDAS (Bolfvor..) DENOMINAOÓN

PARTIDA

4.01

Outoo de Penonal

PRESUPUUTO 1014

108.44 7.609

Maeriales, Swnlniltros y Mm:anclM

ll.571.001

4.0J

Servicios No Perninales

11.644.992 14.4SO.OOO

4.(M

Activos Reo!Cll

4.os

Aaivos Financieros

4.07

Transíerenclu y Donaciones

4.01

Otroo Omtos

l.15047

4.11

Dlmlnuclón de Pul vo•

l.4S0.427

TOTAL

545.490 14. t!l.7S4

l&:l.447.227


CUENTA AHORRQ.INVERSIÓN-FINANCIAMRNTO (Bolf•ar<S)

PRESUPUESTO DE CAJA (Boll•u<S) CONCEPTO

PRESUPUESTO 2014

Saldo laldal

3.453.659

wm.IB

rn.,...01

-Otros lngreooo Soldo Inicial+ Iocraoo

185.654.213

Ecreooo

~

152.114.036 14.450.000 IS.091.028

-Outoo do Opcncldn -lnvenldn Real -O!roe~

PRESUPUESTO 1014

CONCEPTO L CUENTACO!UUJtNTE

aa.m.ru.

A. lnl"'ffll C-orTicnCn

n.mJ.ii

-lnllJ'"OIOO do Open.ción

180.280.085 l.920.469

·lngRsos de Op<nc!On

.Venta Brvt.. de Scrvi.ciru.

8. Gutoo Corr!entca -Ou!oo do Operación .Outoo do Penonal .Mllterialos, SumínUtros y Mercanclas .Servlcloo No Penonales .lm~

h>dlroctoo .Dqncl.ldón y Amortización

3.999.149

-~yDomc!OllfllCorrientel

.Al , _ Prlndo Donadonol Conlerli.. al Socl« Prindo DanacloMI a Pononu Dcnac!oneo a llllllll>cl"""' 1in Finca do Lucro .Al Seccor 1'6blleo Trlnrl\nnclM C<nlentel 11 Sector Póblloo A laRepdbllca A IOfo En!.. Deocentn.lizadoo con Fines E~1les v.......,iana de Turismo VCl'l<lur, S.A.

PERSONAL POR TIPO DE CARGO PRESUPUESTO 2014 N'DECARGOS

TIPO DE CARGO

lli

Pcn<>'Oal Fijo • Ticcopo Complc!O

.Dtn>ctivo .Profcalooal y Tta>leo .Admlnbtn!ivo .MMlco .Obniro

171

-O!rol ouio. Corrion1..

20.073.119

iUil.Hs 4.810.758 2.66H79 9!6.J6J 41.104

1-"Mo:I! 43.767

0.767 IS.OCIO

21.767 J.l06.842 l.l06.842 710.000 426.Ul 426.842 11.000

A~orro

JL CUENTACAPITAL

32

~

A. 111.,..... do Capll•l

1

-R<cunoo l'toplos do Copital .Ahorro en CUenta Comente .i:r.:r.m.oto do la Dcp=ia<ión y Amortización Ac:umuladu

308

ll

Pononal Coatntado .Prof"eolooalyTl!alleo .Admlnb!ndvo .M6dlco .Obrero

lloill.fil

iflioo

.OlrOll Outos C. Rooultado Económloo:

22.27S.l'M

90.000

·lmpues!oo Dln><too

Saldo Piila!

-!D.venlón Rn1 ! ) ! - . .FO!lllldón Bruta do Ctpltll Fijo ~11, l!qufpoe y Otros Bicn01 Muebles Cclllllruocldn de B lcnol del Dominio Prlvldo

2 17

J.l;MQ9. 842.l96 41.!04

mm.

B. G - do Capital

11

C. ltenltsdo rtnaadero: SuperiYlt

m.m. Sl2.000 JS0.000 132.000 l1l.OOO

m.CU&NTA FINANCU:RA

TOTAL

A.. hn:ta defln•ndemlmto

RESUMEN DE PROYECTOS

CÓDIGO

407.951

GACETA OFICIAL DE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 2013

DENOMINACIÓN

121276 Pres!acllln de Servicio Hotelero lnte¡r¡I

372.000

B. ApUndo ... Flllancleru Actln

~

·lnvenlón Flnmciora ~ de Otrtll Acdvoo Flnaneleroo ~ de Dlsponlbllldadca "'"'-to de e lnc:nimenlo de Cuentu por Cobnr a Cono P1uo Jnmmonto de Cuentas Commolales por Colnr 1 Corto Plazo lncreme:nto de Otros Activos Financieros Paolvo

---"'M'ET=.:..:A'"--- PRESUPUESTO 2014

U311811o

2.l0.000

ill.2U:

S•porhit Flnandero

m.026.733

·Dismínuc:íón. dr: Peivm Dbminuclón de Otros

Connmlquooe y Publlqucac, Por el Ejcc:udvo Nadonal,

p.,¡,.,,.

Disminución de l'rov¡,iones y Rcserv., Té<nicas Dimlinuc.íón. de Provisiones Di:tmirnxi6n de Provi9loincs pua Beneficim Socia.les Disminución de Otro5 p.,¡,"' •Corto Plazo Disminución de Ottm PMivoo •Mediano y LMgo Plazo

1'1.000 192.000

i9l.00ci 60.000 60.000 &-4.000

14.000 48.000 IB0.000 110.000 Hó~óóO 66.000 66.000 66.000 14.000 90.000

RESUMEN DEL PRESUPUESTO DI!: lNGlltSOS Y GASTOS POR CATEGORÍA!! (Bolfn...,)

CONCEPTO

PR&SUPUESTO 2014

WW2I 22..275J9-4 41.104

República Bolivariana de Venezuela - Miimtcrio del Poder Popular de Finanzu Oficina Nacional de Presupuesto - Número 220 Caracas, 04 de diciembre de 2013 203ºy 154º

CATEGOIÚAS PRESUPUE.STARIAS -Acclonca Caural izadas -~

WlM2t ll..219.Jl9 10.017.179

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (Bollnreo)

PROVIDENCIA PARTIDA

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administrativo de Ministros Nº 36 fecha 26 de noviembre del afio 2013, autorizado para este acto por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo previsto en el articulo 242 y en el nwncral 4 del articulo 239 de la Constitución de la Rcpublica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artlculos 69 y 71 de la Ley Orgwca de la. Administración Financiera del Sector PUblico, se aprueba.el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2014, del HOTEL VENETUR MAR CARIB'E; S. A., por la cantidad de VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES (Ba. 22.316.498), Decisión tsta, ratificada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre de 2013. En consecuencia, se autoriza su publicac:ión en la Gaceta Oficial de . la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución:

DENOMINACIÓN

PRESUPUESTO 2014

4.01

Ouloo de Penonal

4.02

Materiales, Sumlnlltroo y Mcrcanclas

4.110.751

S""lcioo No Personales

3.648.842

ll.573. llS

A<livoo Ret.lca

S12.000

4.05

Activos Fin.andero!

192.000

4.07

Trarafen:nci.u y Donacione.1

4.0S

Otros Gastos

149.104

4.11

Dímtlnucíón de Pul vos

110.000

TOTAL

l.250.609

JJ.JIMiS


Jue,·es 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

407.952

CUENTA AHORRO-lNVERSIÓN-FINANCIAMIENTO

PRESUPUESTO DE C>JA

(Bolfvaroo)

(Bollvaroo) CONCEPTO

PRESUPUESTO 10!~

CONCEPTO

Saldo lnlclal

304.5Sl

lnrraoa

llJ.2.Lill

-lngreoos de Opeteción

22.191.394

Saldo lnfci1l + lncresot

ll.49S.946

Erra o•

lla.Lll.ill

l. CUENTA CORRIENTE

29.i:ii'i.74f

c....n... 1..

lliS1J2l

.Ot!loo de Penonal .Mllerialeo, Swnlnlstros y Mcmindas .Servicios No Personales .lm.,.-oa lndlrectoo .Depreciación y Amortiw:ión .Provloloneo y OlrO!I Ol!los Cuentm Jnc:obnbles

l.JSl.609

Saldo Final

231.140.40

.Qutos de Operación

20.212.785 512.000 43.000

-Inversión Real ·lnvenion Financiera -Otroo Egreoos

294.6!7.m

-ln¡moo do Operación .Venta BMI do Servicioo B. GootOI

-Outos do Opcroción

ill.fil1!l

A. l•lftlOI Corrionlta

364.SSl

-~Directoo

-Tt1111ftta>Ciu y Donacloneo Corrlentu .Al S - Privado Trtmferenolu Corrlenteo al Sector Priv..:!o A Jnstltucloaea 1ln Fines de Lucro O.X-ionoo Corrlerucs al Secta< Privado Donocloaea a Pcnonu A lnstitucloaea •In Plneo de Lucro .Al Soc<or Pdbl!oo Trwufcrenel11 Comentes al Seao< Póblico

PERSONAL POR TIPO DE CARCO

TIPO DE CARCO

PRESUPUESTO 2014

NºDECARGOS

Ala~bllu

A 1.. am- °"""'1tnllzldoo a1n Flneo Jlnlpresarialca A kil Bnlel o.c..rur.Jlzldoo con Finco Em_.¡a¡es

Por>onal Fijo a Tl<mpo Compl<!o .Dinictlvo .Admini!lratlvo

27

.Obrero

36

VC11CZ10lana do TUrumo Vene!Ut, S.A. -Olmo o.tos Comentes .Olrol Outoo

ijó:i'lü:.4 51.731.975 36.039.619

10.617.735 l.176.000 360.000 360.000 7.200,000 15.S!0.000

.. "7'.iO.OOcl

120.000 !20.000 600.000 4!0.000 ll0.000 IU60.000 lU60.000

7.000.000 900.000 6.960.000 6.960.000

606.7'!

606.fü

C. Renltado !con6mlco: Abom>

Penon•l Cat:1tntado .Obrero

IL CUENTA CAPITAL ~

A. In.,._,. do Copll•I

-Rocunoo Propios de Capital .Ahom> en Cuente Comente .Jncmnento do la Depreciación y Amortización Acumuledu

TOTAL

B. Gutoo de Cap!lal ·lnv<n!ón Roa! Directa

~ IM~UO:Q

.Formación BMI de Capital Fijo

Maqulnario, Equipos y Otros Bicneo Muebles Con!trucciones de Bimes del Dominio Privado .Blcnea Intangibles

RESUMEN DE PROYECTOS

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

121293

Plan do Servicios Óptimos pora el Hosp<daje y Recreación

--~ME=T"-A~-- PRESUPUESTO 2014

J,,J~UJ.Q

32.770.550 2.376.000

C. R•aludo Flnnriero: Superívlt

~

11.722.600 4.4SUOO 610.000

11.259.150

mCU!NTA FINANCIERA

U•u&rlo

16.946

10.017.179 ..'~·

.

Á.

hmllo d• FlnHdlml..,lo

J.LmJ.3

PulYo ·lnlnmcrdo de Pes!YOI .lnc:rmallo de Provb!onoo r lleeor"1lll T6aúcu lncnmento de Provb!oaea lncnmemo de Provisiones para Cuenw Incobrables S.perirlt Ptnndero

Comunfqucoe y Publlquese, Por el Ejecutivo Nacional,

Activo

-lnvenlón Financien .In<:ttmen10 de 01ro• A<1ivoo Financieros Incremento de Disponibilidad<! ln<n:m«tlo de Bancos lnctanento de Cuentas por Cobtor • Corto Plazo lneremento de CUenta:1 Comerciales por Cob<ar a Corto Pluo lncr=>onlo de 01TU Cuentas poi' Cobnir a Corto Plazo lMttfl".lento de fond03 en Avance, Anticipo!., Fideicom.bo y Activos Diferidos lncremen10 de Anticipos• Prov<edores [ncmnento do Anticipos a Conln!istao por Conuatos

do Corto Plazo

República Bolivariana de Venezuela • Ministerio del Poder Popular de Finanzas Oficina Nacional de Presupuesto - Número 221 C11111cas, 04 de diciembre de 2013 203°y ¡5.¡•

PROVIDENCIA

j6ii.00ó' 360.000 360.000 11..159.ISO ~ 11.539-ISO

B. ApUeodonta Flnaud<nl

MÍNGU'-7. Nacianal do

MO.OOO 360.000

!ncr=Cftto de Acti v0> Diferido• a Corto Plazo Incremento de Otro> Activos Financieros Circulante PulTI> -Dimnlnuclón do Puivos .Dlllnlnt>clón de Cuentas y Efectos por Pagar Disminución de CUenlU Efoctos por Pag1t a Corto Pl1Z11 O!Jmlnuclón de Sl>Oldos, Salarios y Olru Remuncncloaea PorPo¡ar .Dlmtlnuclón do Olrol Pulvos Dbm.inuc!ón do l'rovioloneo y Reoervu T 6cnlcu Dlnnlnuclón do Provl•loneo Dlsmlnuclón de Provl.sloneo p1t11 Bmeficioo Socialea Dilminución do Otro1 Puivos a Corto Plazo

l l.S39.150

iU39.YSii 3.0()6.000

3.006.000 6.!0l.650 U00.000 1.650 1.191.SOO 1.000.000 31.SOO 160.000 540.000 7.010.000

7.0!0.000

--s-oo.-cióli S00.000

soo.0:00 6.S!0.000 l.500.000 1.500.000 l.S00.000 S.010.000

RESUMEN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y CASTOS POR CATEGORiA.S

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administrativo de Ministros Nº 36 fecha 26 de noviembre del allo 2013, autorizado para este acto por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo p~ en el articulo 242 y en el numeral 4 del artículo 239 de la Constitución de la Rep6blica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 69 y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector PUblico, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2014, del HOTEL VENETUR MAREMARES S. A., por la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN BOLÍVARES (Bs. 297.393.7.U), Decisión ésta, ratificada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre de 2013. En consecuencia, se autoriza •u publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución:

(Bolfvarea) CONCEPTO INGRESOS

•Jn¡¡resos Corricntea ·lngreoos de Capital -F oentes de Fin me iarn lcruo

CATEGORiAs PRl!'.SUPUESTARIAS ·Acciones Ccnlrali-W -Proyectm

m.m.lli 294.657.741 2.316.000 360.000

ru.m.1!1 122.205.776

17S.IS7.965


PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (BoUv1ra)

PRESUPUESTO 2014

DENOMINACIÓN

PARTIDA

4.0l

o..tos de Personal

4.02

Malerialt$, Suministros y Mercanclas

51.731.975

Servicios No Penonales

46.657.424

Activos Reales

16.117.400

Activos Financieros

l l.539.150

4.07

Transfercnciu y Donaciones

15.580.000

4.01

Otros CJastos

10.542.741

4.ll

Disminución de P&!ivos

4.05

407.953

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 2013

República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular de FinB!lZ.ILS Oficina Nacional de Presupuesto - Número 222 Caracas, 04 de diciembre de 2013 203°y154°

130375.()44

7.080,000 197.393.741

TOTAL

PRESUPUESTO DI CIJA

PROVIDENCIA

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Admini!trativo de Ministros N° 36 fecha 26 de noviembre del al!o 2013, autorizado para este acto por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo prerato en el arUculo 242 y en el numeral 4 del articulo 239 de la Constilllción de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 69 y 71 de 11 Ley Orgtnlca de !.- Admlnlstraclón Financiera del Sector Pílblico, e aprueba el Presupuesto de ~ y Gastos 2014, del HOTEL VENETUR M°tRIDA S. A., por la cantidad de SETENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CATORCE BOLÍVARES (B1. 71.896.514), Decisión Mta, ratificada por el ciudadano Presidente do la República Bolivariana de Venezuela, en focha 26 do noviembre de 2013. E.n con5ecuencia, se autoriz.a su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución:

(Botfn,...) CUENTA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO

PRESUPUESTO 1014

CONC!.PTO

(En &li.,.ra)

4.946.JOO

Ssldo lidc:bl

m.ra.m

hl'""'M -Vcrita de Bienes y Scrvicioi

PRESUPUl.fi'O 2014

CONCEPTO

217.156.091

S•ldo !nidal+ hgr.,ot

191.901.391

El'""'OI -E¡re>Oll de Openición

.llW2.fil

A. b...- Corrlelll• ·~de Op<nclóo

.Vmll BMa de Senlc!oo

244.035.943 16.887.400 540.000 23.386.741

-lnveni6n Real ·lnvenion Financiera

-O!rosE¡re>Oll

B. Gutm Corrlenc.. ~de Operación .Oatoo de Pononal .Mmlorille!, Sumlnll1ro! y Mercancías .S<rviclos No P....,.Wes Jmpoestm lr>Clirectos .Dcprec:l.ae[ón y Arnortíz.adón

7.952.300

Saldo Final

WiM.U .mm~.~

-lmpuestoo Dircc!os -Tronsfemic!u y Donaciones Conienles .Al Soetor Nblioo TrllllÍ<ftnelu Corrientes a! Sector Nbllco A Ja Replbllca

A En1es Deocenlnllizado• ain Fines Emprewia!es Instituto Nacional de Turi""o (!NATUR) A Entes Oeo<enlnlliz.odos con Fines Empresariales VCftm>lana de Turismo Venetur, S.A. ·Otros Oastos CM'ientes .lndomnizaclones y Sanciones Pecunllrias .Otros Oasloo

PERSONAL POR TIPO DE CARGO

PRESUPtnSTO 2014 N" DE CARGOS

TIPO Dlt CARGO

C.

Rt1~llldo

E<onO m leo: Aho1To

12 89 105 310

.Directivo .Profesional y T6cnleo .Admlnlstridivo .Obtm>

]9.600

6.2!6.319

·~Propios

do Copila! .Ahorro m CU<ftta Corri<nte de ta [)ieprtt;iad&n y Amortización Acumutadas

B. Guto1 de CopUol ·lnv..,,lón !leal Diroct.o .Formo<ión Brutll do Capital Fijo Moquinarl1, Equipo> y Bien"' Muebl., Constn>colones de Bienes de Dominio Privado .!11..,.. lnungibles

121

.Obmo

i.fil,ill.

A. In'""" do Capital

.~c:nto

º""'

637

TOTAL

C. R01Uludo Flaond•ro: Superivlt

m RESUMEN DE PROYECTOS (Bollnres)

121290 Plao de Servicios Hoteleros de Calidad

"jri,146

D. CUENTA CAPITAL

lll

Penonal Contnt1do

DENOMINACIÓN

!·.l.~Ml9. 6.167.430 6.167.430 l.000.000 650.000 650.000 1.5 l 7.430 2.517.00 lS!.440

lli

Penoul PIJo a Tiempo Completo

CÓDIGO

30.013.906 12.544.114 10.557.431 2.394.414 260.000 l.000.000

--

Aotivo

' Uwario

PRESUPUESTO 2014

,,...... 117.405

17S.l87.96S

·Dbrninución de la Invcrsl6n Financiera .Dbminucion de OtroJ Activ~ Financieros DiJlninución de Cuentas por Cobrar a Corto Plazo D!Jmlnuclón de Cuentas Comerciales por Cobrar a Corto Plazo Dlmllnución de Otras Cuentas por Cobrar a COflo Plazo D!Jmlnudón de Fond"' en Avance, en Anticipo y en Fideicomiso Dlaninoc.lón de Anlic:ipos a Proveedon:s

SaperivU Jlln an<lcrv B. Aplkadone1 Fln1ndtr1t Activa ·lnv..,,ión Flnoneieni .lncranen!a de Otros ActivM Financieros Inemnento do Disponibilidadeo [naemen!o de Bancos

Comuníquese y Publiqucse, Por el Ejecuti"Yo Nacional,

Pulvo ·Dbminuclón de P1.1!vos .Disminución de Cuentas y Efcclos por Pagar D!Jmlnuclón de cuentas y Efecto. por Pogor a Corlo Plazo Disminución de Sueldos, Sallrios y Otras RemW>erlC!ones por Pagar Dlsmlnu<lón de Apo11es Patronales y Retendones Laborales

Por Pagar D!mdnucl6n de Cuenlu por Pagar a Proveedora 1 Corto Plazo .D!Jmlnuclón de Otros Pul vos D!Jmlnución Olrol Puivoo a Mediano y Largo Plam MltiGUU.: LASCO Nacional de Presiipu..io

260.000 W§.ill .P~~J.l.~

3.230.319 Ul0.319 2.000.000 6.000 l.240.000

ctJVn'A FINANCIERA A. FuttUf!I dt Fln1inc-l•mlento

METAS

6.476.319

6::ii6.ff9

ill!.ill l.054.JSl 2.0S4.l83

":i.Ol4:ffi 2.018122 1.715.222 303.000 36.16! 36.161 ].240.000 ~ l.377.000 3.377.000

f.'lrfooo

l.377.000 l.377.000 1.917.383 l.917.lSJ

rn11:m

l. 7l0.ll3

597.000 IJ6.000 997Jll 117.000 117.000


Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

407.954

RESUMr.N DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS POR CATEGORIAs

{En Bollvna)

Rep<iblica Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popul111 de Fin1111zas • Oficina Nacional de Presupuesto • Nt'uncro 223 CaraCM, 04 de diciembre de 2013 203°y 154°

CONCEPTO

11.lli.lli

INGRESOS

69.582.131

-lnllJ'=S Corrientes

260.000

·Ingresos de Capital

·Fuentes de Finandamienlo

PROVIDENCIA

2.054.3!3

CATEGORÍAS PRESUPUESTARIAS ·Acciones C<ntralizadas

24.365.561

-Proyectos

47.530.946

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (En Bolfvarn) PARTIDA 4.01

DENOMINACIÓN

PRESUPUESTO 1014

º""°"de Personal

30.083.906

4.02

Mlleriales. Swninistro• y Mercan<!"

12.S44. 1S4

4.03

Servicios No Penonal.,

12.951.SSl

4.04

Activos Real.,.

J.136.J 19

Por disposición del ciudad11110 Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administrativo de Ministros Nº 36 fecha 26 de noviembre del al!o 2013, autorizado para este acto por el ciudadano Pre:!lidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo previsto en el articulo 242 y en el numeral 4 del 1111fculo 239 de la Constitución de la Rep<iblica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artlculos 69 y 71 de !a Ley Orgánica de la Adrninistn.ción Fin1111ciera del Sector P<iblico, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2014, de las RESIDENCIAS ANAUCO SUITES, C. A., por la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS BOLÍVARES (B1. rn5.163.762), Decisión ~ ratificada por el ciudad11110 Presidente de la Rep<iblica Bolivari11111 de Venezuela, en fecha 26 de noviembre de 2013. En consecuencia, se autoriza su publicación en la Gaceta OticiRI de la Rcp<iblica Bolivari1111a de Venezuela, de acuerdo con la siguiente dlltrlbución:

3.377.000 6.167.430 4.09

Otros <luto•

1.611.440

4.11

Disminución de p._,ivo,_

1.917.383

CUf.NTA AHORRO.INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO (Bolln~)

PRESUPUUTOlG14

CONCEPTO TOTAL

7U%.Sl4

L A. l•lf9N Corrlelltea

J.Walll l~.m..fü

-~ de Oponci6fl

.v..... Bnita de Servicloa

PRESUPUESTO DE CAJA (En Bol<vor.,)

l44.6ll.IJ2

-Olroo lngreaoo

füJ.~~.

.Otroo lngreaoo Ajeno• a la Operación CONCEPTO

PRESUPUESTO 1014

Saldo Inldol

U40.763

B. Gaotoo Comnua

lnl""º'

·lng=os de Opmición

71.600.353

+ lncraos

75.741.116

E'""°' ·E¡raoo de Opcnlclón

~ 57.461.164

Saldo lnldol

JJ.Lm.fil

-Oulos ele Openclón .Outos de Penonol .Mate:iaJCI, Sumi.n.i.stros y Mcrcanclu .Servicios No Peno na lc5 .lmpllfflol lndir<cios

1L§J!l!..lli

'19.JS6

.Depreciación y Amortización

.l.lJ.l~,;l.l~

93.J4i.21l

ll.91l.299 IS.351.146 l.641.2« 10.544

~ Trmsíerencias

·lnvutión Real

J.ll6.Jl9

-Otros Oastoo

7.SlS.170

y Donaciones Corrientes .Al Sector Pt\bllco A los Entes Descenttoliz.ados con Fines Em¡msariA!es

iiii§úi

C. Reoallado Eeoa6mfco: Aho.....,

ll.532.700

CU!:NTA CAPITAL

A. In

veo•• do Capitol

~

-Reeunos Propio• do Capital .Ahofm en Cuenta Corrienlc .:tncfemen1o de le Depreciación y Amortiudón Acumuladas

PRESUPUESTO 1014

TIPO DE CARGO

136.919

·°"°" º"''°' 11.

PERSONAi. POR TIPO JJE CARGO

217.313 217.l!l

Vcnewlana de Turi!mo Venetur, S.A

-Otros Gutm Corrienfcs

7.517.7'3

Saldo Final

21i.Jll

i'ifiü

N°JJECARGOS

Penon1l Fijo •Tiempo Compll:to

12.m.m

-lnvmión RW Dim:la .Fomw:ión Bl\ltO de C.p11al Fijo Maqulnaria. E<¡uipo• y Otm Bienes Muebles C.Onstruccí.one$ de Bienes de Dominio Priv6do

iíü'füil io.fff:oJi 366.4!7

l.044.091

.B iones [rnangibies Penon1I ContntJido

10.544

W!LW.

B. GHtOO d• Capltol

-Di=tivo -Pcnonal AdminUtntivo .ObmtJ

ll.543.244

iYfü.100

96UJI

C. Re111lllt•do Fln1ndero: Supu..r~·u

.Obrero IJL

TOTAL

CUENTA FINANCIERA

!IS

2U.lli.

A. Famte:t de Fin.ntlamlc-nto

961.631

Saptri"t"tt F1-nan.tltn>

filill

B. Apl!udoneo Fln1ndtras

96!.&JI

A<tl•o RESUMEN DE PROYECTOS

CÓDIGO

DENOMINACIÓS

961.631

-Invenión Fina.ncitta

%Y.fü 96TIJT

.lnacmento de Otros Activos FinancittM lncr<mcn!O de Disponibilidades !nacmento de BlllCOI

----'ME=-"T'-'A_ _ _ PRESUPUESTO 1014

961.631

C&1t1dul

121399

Servicios Hoteleros Integrados

Usuario

102.lS4

47.530.946

RESUMEN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS POR CA TEGORÚS

Comunlqueoe y Publlqucse. Por el Ejecutivo Nacional,

(Bollvam) CONCEPTO INGRESOS

PRESUPUESTO 1014

.w.ill.ZU

-lngmos Corrient'"

14S.15l.lll

·Ingresos de Capital

10.544

CA TEGORiAS PRESUPUF.ST ARIAS TAo:i<Jncs Cenlralindu

~ 79.279.972

6S.!IJ.790


Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (Bollvarco)

DENOMl:"IACIÓN

PARTIDA

PRESUPUESTO 2014

4.01

Gutos de Pmoral

93.347.283

4.03

Ser\'icios No Personales

11.993.090

4.04

Aerivot Reales

12.lll.613

407.955

Repúblita Bolivariana de Venezuela • Ministerio del Poder Popular de Finanzas Oficina Nacional de Presupuesto - Número 224 Caracas, 04 de diciembre de 2013 203° y 154°

11.91 S.299

4.0S

Activos financieros

961.631

4.07

Tnmafercocias y Donacione-J

217.3!3

4.01

Otros Gulos

147.463 145.163.762

TOTAL

PRESL'J'UESTO D!: CAJA (DoU»Td)

PROVIDENCIA

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administrativo de Ministros Nº 36 fecha 26 de noviembre del aJlo 2013, autorizado para este acto por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo previsto en el artículo 242 y en el numeral 4 del articulo 239 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 69 y 71 de la Ley Orgénica de la Administración Financiera del Sector Público, se aprueba el Presupuesto de lng=os y Gastos 2014, del HOTEL VENETUR PUERTO LA CRUZ, C. A., por la cantidad de CIENTO UN MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO DIEZ BOLfv ARES (B1. 101.621.110), Decisión ~ta, ratificada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre de 2013. En consecuencia, se autoriza su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución: CUENT >.. >..llORRO-!NVERSIÓN-FINANCTAM!ENTO

PRESUPUESTO 2014

CONCEPTO

(BQlfV•rH)

S.ldo lalolol 1•1~·

~

·Ingresos de Openci6n -Otro• lngrao•

144.633.132

S.ldo lnlol1l + Iaemos

179.499.348

519.316

E1rao1

ill.12La!

-Ouloo de Opención -lnvenlhn R..!

"°"""

131.25$.672 12.511.613

354.302

l!greJoa

Saldo FID1I

35.307.761

PERSONAL POR TIPO DE CARGO PRESUPUESTO 2014 N'DECARGOS

TIPO DE CARGO

P1no11el Fijo• Tl«tnpo Completo

.Diroctivo

.Proíesional y T6cnioo .Administrativo

44

.Obr=

205

13

CONCEPTO

PRESUPUFSl'O 1014

L ClJENTA CORRIENTI:

A. l•I"'"' Co rrlon l<1 -Ingreso. de Openclón .Venta BMl de Servicioo .Oln>s ~ de Operación -lngraoo de lo Propícdld .Uülldldes, Dividendos, Alquil=s y Ülras I~ de

11 Propledld Alquileres

B. Gulot CorrlenlOI -O.os de Opencíón .Ou!OI de P<S10IUI .Mmlerlales, SumlnU!roo y Mm:ancfas .Servlcioo No Personales .Jmpuoal.oo lndlrec:too .Deprecloclón y Amoniucl6n ·lmplatoo Dlredoo •Tnnsferonclu y Donoclonos Corrlenta .Al Privado ,._,._.... Corrienlel al Sec10t Prlvodo Olrlo T....r.nnc!u Corrlenlel lntcmu al SeclOt Prl-SO Danldoaeo Corrl- al Sector Prlvodo DonlciOMI a Penonaa .Al Pi!bllco r .... ren..c1u eom...... a1 sector Pób11co A loo l!nteo Deoe<nlrallzados con Fines Emprosatlalos Vennollftl. de Turismo VenelUr, S.A• -Olroo Otstos Corricnla .OtroaOuloo

C. Ra:uH•do Económico: Ahorro

2Whlll IJ.U.9.J.i»

71l.149.H6 2.119.610

JlJ.~l.l7f\

ll.)61.176 ll.l61.176

rz.m.w 12.2n.011

47T1Tii0

19.971.030 13.714.<463 llJ.OOS l.ll9.210 693.l!l

t~H~~ m.161

ílrni IS9.361

ll.000 11.000 J.?SS.Sl6 3.7SS.Sl6 3.7SS.S!6

J.7SS.Sl6 125.111

i:iü!i

7.;!01.117

U. ClJENTACAPITAL Penon•I Contntado A. l•e-.. do Copllol

.Proíesional y T6cnioo

-Rccur>os Propios de Capitol ..Aborn::i en Cuenta Corrirnt~ .lnaemento de t1. .Deprcci•ción y Amon.ización Acumulada

.Obr=> TOTAL

277

B. Gutoo d< Cop!tol

·lnvenlón Real Dír<><t& .F°""""ión BMl de Capital Fijo Moquirw1u. Equip00 y Otro> Bienes Muebles a.n.tn>ceíón de Bienes del Dominio Privado

.e1..... Intangibles

C. R... ludo Fin 1nd•ro: Sopuivll

~

l.l40.4l7

'üoi::H'i l.239.210

Z.l2Lill 7.lOl.21

a

f:iiüfi

7.1>69.%2 153.!70

78.016 l.lJ'-109

RESUMEN DE PROYECTOS fil CUENTA FINANCIERA

CÓDIGO

12l9J9

DENOMINACIÓN

--

META

del Fortakicímiento Turismo Social lmpubando los Servicios y Productos de USUArio Calidad

Comunlqume y Publlqueoe, Por el Ejecutivo Nacional,

,,_

JOS.JOS

PRESUPUESTO 2014

A.. Faenta dt: Fln•nclem le-oto

PHlvo

6HIJ.790

r..ívos .lncmnenlo de Cuentas y Efectos por Pagor JncrcmODIO de O!ru Cuentas y Efectos Por Pagar lnaemmlO de O!ru CUcntas por Pagar a Cono plazo

zm.m ,,051.618

·lncmnenlo de

6.051.618

Snpmh11 Plnondoro

6.0ll.61& 6.051.618 J.239.209

B. Aplludofteo Plnonderu Adfvo -lnvenllill financiero .!ftcremerto do Otros Acllvoo Finlnclcros Incremento do Dliiponibllldadcs lncremenlo de BllMOI lncromallO do CUcntu por Cobnr 1 Cono Plazo lncnmento de Cuentru Ccmercial<1 por Cobnr a Corto Plazo lncremenlO de Otru Cuentu por Cobnir 1 Cono Plazo lncremen10 do Otros Activos Financicros Pu!Yo ·D!Jmlnucíóa de Pa>ivoo .D!Jminutll>n de Cuentas y Efe<:to• por Pagar Dtsminución de Cuentas y Eí~cio:!. por Pagsr a Cono Plazo Dism.inución d-r: Cuenla.!i pm P&gar a Proveedores a Cono Pl~

6:0Sí:ii'li

z.m.m: 5.109.251 '-·.l.~,m.

S.109.lll 1.219.765 1.119.765 3.419.~J

2.300.000 1.119.243 470.243 1.181.576 2.111.l76

iYii:fü Tigl.l76 1.1 !1.576


Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

407.956

RESUMEN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS POR CA TI:GOIÚAS

(Bolfvara) CONCEPTO

República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular de Finanzas Oficina Nacional de Presupuesto - Número 225 Caracas, 04 de diciembre de 2013 203ºy 154°

PRESUPUESTO 1014

INGRESOS . J........,. Corrientes

J.2WLill 9030.212

·ln¡r<000 de Capii.I

1.239.210

-Fuente de Flnancimniento

6.051.618

PROVIDENCIA

CATEGOIÚAS PRESUPUESTARIAS ·Accloneo Cen!raliZldts

2S.46S.429

·l'rvyecloo

76.IH.611

Por dispo!lclón del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Adminiltn.tivo de Ministros N° 36 fecha 26 de noviembre del allo 2013, autorizado para este lelo por el ciudadano Pre:!l!dente de la Repóblica Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo

4.01

Outos de Pmonal

47.112.JIO

4.02

M.terioles, Sumlnis!n>S y Mm:ancl.,

19.971.030

4.03

Sorvidoo No Pononales

13.947.461

HM

Aclivoalteoloa

7.301.211

previ!to en el artículo 242 y en el numeral 4 del artlculo 239 de la Constitución de la Rep(lb!ica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los articules 69 y 71 de la Ley Orginica de la Adminístnción Financiera del Sector Público, se aprueba el Pn:supuesto de Ingresos y Gastos 2014, del HOTEL VENETUR VALENCIA, C. A., por la cantidad de NOVENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTISEIS BOLÍVARES (Bs. 91.643. 726). Decisión ésta, ratificada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre de 2013. En consecuencia, se autoriza su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución:

Aclivoa Plnancloros

S.109.2SI

CUENTA AHORRO-lNVERSIÓN-F!NANCIAMIENTO

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTWAS

(Bol!vara) PARTIDA

DENOMINACION

PRESUPUESTO 2014

(En Bollnr<S)

J.932.184

4.11

Di!minución. de Pe.fr,·o!

2.0Sl.J73

CONCEPTO

2.l!l.S76

L

CU!NTACORRIENTE

WllJl{

A. l•lfWOI ConirolOI TOTAL

-~de~l6o

IOJ.611.110

?JJ.I.~-J.!§.

.Vema Bnru. de Servfoloo PRESUPUESTO DE CAJA

(Bolfvores) CONQPTO

PRESUPUESTO 2014

Soldo laldal

1.371.0ll

B. Gutoo Corrlmta -OMl.oo de Oponcl6n .Clutol de Penorul .M.rerta!OI, Sumln!Jtroo y Men:an<:f&! .Somcloo No Penonale. .Impuesto• lnd!m:too

71.549.863 12.361.176 99.212.067

E creso•

ll.lli.lli

-Gastos de Operación

114.550

y.,.,.zolon• de Turismo Venerur, S.A. C. R<Hltldo Económico: Ahorro

l.4SS.399

ffüji/9 2.455.399 2.455.399 2.455.399 l.13S.6U

7.301.218 470.243

IL CUENTACAPITAL A.

4.752.047

Soldo Final

.l•paGI de Copttal

J.Jü.ill. .1.. ~.6.Q .•m.

-Recunot Propioo de Capítol .Ahorro m Cuenta Corriente

9..590.793

l.llS.614

Jnaai>onto do l• Depm:ioción y Amortizoci6n Acwnuledaa B. Gutoo de C1pltal

PRESUPUMTO 1014 N" D! CARGOS

TIPO DE CARGO

!24.SSO

llidil

-lnverslcln. bol D!Jecla .Porm.clón Bnru. do Capital Pijo MAqulurio, Equ!poo y Otroa B¡..,.. Muebla Conmucclona de BICOOI do D<lmlnlo Privado

PERSONAL POR TIPO DE CARGO

,8(..,.. lnlln¡ib(CI

S67.16l

497:fü ifüiO l42.IS6

70.627

C. ll-lbdo Fhtudero: Supcri.vlt

692.371

ill

P•nonol Fijo • TI•111po Compl<eo .Dln>ctivo

IIL CUENTA JIINANCIF.RA

10

.Profesional y Th:.nico

71

.Admini.mmivo

41

.Obn:ro

191

A. heiuoa de Fht o• do111!01>lo

ru.m

Sll pn·hlt Fht ndera

692.371

B. Penonal Contnitado .Profalonal y Técnico

.Obm-o

IS

347

TOTAL

ApHn~o11.a

m.m

P111and1:rH

Act!Yo

346.1!6

-lnvcnlón l'lnanclcn ln<rernea!o de Otro9 Activo• Firancieros lnemne:i!o de Disponibilidades Incremento de Boncoo

m:m·

Pulvo

346.JIS

·Di.sfninud6n de Pasivos Di.smlnuci6n de Cuentas y Efecto:!! por Pagar a Corto Plazo Dism.tnudón de Cucnla:!i por Pagar a PrO\ccdorc! a Corto Plazo

RESUMEN DE PROYECTOS

DENOML'IACIÓN

346.!16 l46.lS6

l46.ll6 346.lll

.Disminución do Cuenw y Efectos por Pagar

121244

6.4!l.307

77.167.766

lnvm.i6n Real ~lnvcnión Financiera 4

CÓDIGO

tt.1Wll .~1,#rn.~ 4l.12S.39S 30.607.935 l.403.701

'-4!3.19!

.Dcprec:loclón y Amortlzac16n

·lmpueolol D!m:tos -T...,,ferenclu y Donaciones Comentes .Al Sector Nbl ico Tnmsferendu Corrient., al Sector Público A Entes Deocrnlnllizado• con Fin., Empr..ariales

nm.m Saldo Inldal + Incresoa

9\.s19. 176

:i46."ii5' H6.US )46.115

___ ME~T~A_ _ _ PRESUPUESTO 1014

P=tatión de Servicio Hotelero Integral de c.Jldad

U•uario

238.156

76.ISS.681

llESUMFJ'\ DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS POR CATEGORfAs

(EnBollvora) CONCEFl'O

Comunlquese y PubllqUC$C, Por el Ejocutivo Nacional,

INGRESOS

·ln¡¡rcoo1 Corrionteo -In¡reooo de Capital

CA TEGQRÍA.S PRESUPUESTARIAS

1

LASCO Nacional do Presupuesto

PRESUPUl!Sl'O 2014

ll.W.1H 91.519.l ?6 124.550

·Accionea Centralizada,,

!.lMUl§ JJ.OSJ.514

-Proy moa

ll.l9Q.2l2


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 2013

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (En Bollnra) PARTIDA

PRESUPUMTO 2014

DENOMINACIÓN

4.01

Outos~Penonal

41.125.395

4.0l

Materiales, Sumini3tro:i; y McrcanclLJ

J0.607.93l

4.03

Servicios No Personales

4 .04

Activos Reales

407.957

República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular de Finanzas Oficina Nacional de Presupuesto - Número 226 Caracas, 04 de diciembre de 2013203º y 154º

PROVIDENCIA

1116.906

S67.86J

-4.0S

Activos Financieros

4.07

Transfemicias y Don1Kionos

2.455.399

4.01

Otros Outos

6.607.157

4.11

Dl!ID.inución de Pasivo•

346.186

346. lSS

TOTAL

91.643.726

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administn.tivo de Minlmos N° 36 fecha 26 de noviembre del afio 2013, autorizado para este acto por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acumlo con lo prevhto en el articulo 242 y en el numeral 4 del artículo 239 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artlculos 69 y 71 de la Ley Org6nica de la Administración Financiera del Sector Público, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2014, del BANCO AGRÍCOLA DE VENEZUELA, C.A., BANCO UNIVERSAL, por la cantidad de

TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL VEINTISEIS BOLIVAR.ES PRESUPUMTO DE CAJA

(En Bollurea) PRESUPUESTO 2014

CONCEPTO

(Bs. 3.466.485.026). Decisión ésta, ratificada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre del 2013. En colll!ecucncia, se autoriza su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución:

Soldo laida(

'º'""º' -lngr<Soo ~Operación

~ 91.S 19.176

Saldo !alela!+ logrcsoo

97.167.200

E1rao1 -Egresos ~ Operación

21.ill.m

CUENTA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO (En Bolh-arcs)

Coat!!lto

Pru1pH•I• 101~

l. CUMTA CORRIENTE

ll.666.42 l

-lnvcnióo Real -Otros Outoo

-lncn- do Openoelóa

S.994.210

-1.o.,_ de Ja pmplodld

In...,.~ do

Soldo FIHI

121.lil.m

1.1 '''""' Corrlnt..

567.163 1.931.706

!:notitucloneo flnlncleru

.,,_

~por p!Útlmot

m- por tftuloo valoru !.l GMteo Corrinl !• - Outoo do ()pefaclón OtilDo do penonal Materiales, rumintstros y mercancfas Scnitloo no penoll.lles Depml.ación 'i 1mOrti:z.ac:ión Pnwlrionc1 'i otros gul01

PF.RSONAL POR TIPO DE CARGO

TIPO DE CARGO

• GU1<>1 do la l'n>pleda<l

PRESUPUESTO 2014

r........

NºDECARGOS PcrooHI Fijo

1 Tiempo Completo -Directivo -Prnfcslonal y Hcnlco -Penonal Administrativo

ill.

-Obrero

145

ln<=OOI por dcpó>ltoo

~ 614.747.213

wn.m

?}.~-~,m 4.201.331 19.tlS.634 ~ ~

4ll.S74.S,. 11.919.107 166.117.253 l•.lOJ.667

2.17S.OOO ~

J.~,'!~º,(l!l9· 79.750.000

- Tnnsfotenclu y Donacionc! Al s<Ctor privado Tn..nsfettneiM c:orricnta l.! sec?or privado Jubilaciones )' ob'os bendkio1 uociado1

10 39

• Otros Gutos Corrien?e:s

ilLIOO

".'!M99. 47UOO 478.100

J!BLill UO!.lll

Pcnou•I Fijo • Tl•mP<> Parcial -Pcnonal M&lico -Obr=>

l.

~A

CAPITAL

l.! l•-oo da C.pllll

Pe-non•I Contratado

- ~ Proplo• do Cap;!ol Ahorrol(Desahor) •• euenca eomem. Jnc:nmon!Q do lo doproc:laclón y amordzoclón acumuladas

-Penonal Administrativo -Obt=

1.2 Gutoo de C.p 1111

TOTAL

209

• Inversión Rcol DI'""' Formación. bruta de eapiW fijo MoquinariL!, equipos y otros biene> muebles B iena :precxi5tenk.s Corutrucciones de: btent"..~ dt dominio priv11do

RESUMEN DE PROYECTOS

CóDIGO

120925

DENOMINACIÓN

e¡eces inlangibles PRESUPUESTO 2014

META Unid. Mtdtd•

C111i1ld1d

Usuario

120.000

9.601.131 l4.l0l.667 ~

~ 60.095.000

··faiii.OOo

23.Ml.000 30.000.000

~~'~'~ (39.190.202)

J. CUENTA FINANCIERA J.1 F•entn de-Pln••ir:i•mlento

Plan de Caplaeión y PrcstlKión de

Servicios Hoteleros

l.3 R<1al!ado Flnoncl•ro: D!flclc

~

W!li.121

51.590.212

Comuniques<: y Publfqucsc, Por el Ejecutivo Nacional,

2 6J4

uo 10•

• Dismlnuc:ión de- l• Jnv.ersión Financiera Rocuperación do prést&mos de lugo plazo o<orgldo• por en~ de!cenn.lizado.s con fine:s empresariales Al soccor privado Dtsrninución de otro1 activos financieros Disminuci6ri de di!iponibi fidades DUminución de: b&ncos • Incremento de Puiv01 ln;:remeDto de provision.cs y .re.servas lúnica.s lni::rtmento de proviJiooC! para cuenrSJ incobrables

2 611 265 !lM

• lnvmióo f'in.anciert Corasión do prtrtamo a largo plazo Al _,privado

259019992

t,?g._s_~?:m

!.7ll.. !69.9JS m,m._1_~9

179.l9S.169 l 79. l9l. l 69

2.J1.U!2!l ~X!!,Cl99 2.17$.000

1.631. 110, 11)4

M1NGUEZ CO clna Noclot1ol do Pteoupueoto

- Otlli:lt finan<ioro

~.~~"~-~-llW

2.S9U49.902

39.29'0.202


GACETAOFlCIALDE LAREPÚBLICABOLIVARIANADEVENEZUELA

407.958

R1SUMEN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS POR CATEGOJUAS {I• Bollv1 ... )

Jueves 12 de diciembre de 2013 RESUMEN DE PROYECTOS

M... Uoldod dt Modldo

C11ridod

Financiamicnco

12.000

Pmwp1..,02014

3,4ff.05.0l6

RECURSOS

Coraolidoclón

120617

2.614.140.104

CATEGOJUAS PRESUPUESTARIAS

J.iff.m.02§

Proyectos Acciones Centralizadu

2.78).500.119 682.984.907

de:

11

Gnin

Misión

ApoVenezu.!"lA uoc:iada a la atmd6n. -.compd&micnio 'J finme-iamicnto de IOI

77!.141.2SS 54.203.667

lnpeooo Conientes lngreoosdeCapital F,_tes Finoocicns

producloreo y produelorls 1 tmú del otorpmleruo de uédltos a¡rkolu del Banco >..¡rk;ola do Vcncntc!I&. C.A. (Fue lI)

2.?IH00.119

PRESUPUESTO DI! GASTOS POR PARTIDAS (l'.• Bolfvoru) Pruapat1to 2014

P1rtld1

Demoml••d6n

4.01

015tOs de Personal

4.02

Material.,, Sumini.1tros y Mere.anclas

Comuniques< ) J'ubllquese.

Pcr el Ejecuti'Vo Nacional,

411.574.SSI 11.919.307 16ó.817.2SJ

4.0]

Activos Real.,

IOJ.095.000

4.05

Activot Financiero!

4.07

Transferencias y Donaciones

4.08

Otros Gutos

U94.149.902

471.400 170.750.106

República Bolivariana de Venezuela • Ministerio del Poder Popular de Finanu.!: • Oficina Nacional de Presupuesto - Número 227 • Caracas, 04 de diciembre de 2013-

2030. 154° Toral

3.4ff.4UOl6

PROVIDENCIA PRESUPUESTO DE CAJA (E1 Bolf..,...)

Prn•panto 2014

Concepto Soldo Jolclol

2.920.299.114

l•lf'tlOI

2.530.71 1.190

lngrosos de Opención Rocupención de pri.itiimos de largo plazo Otroslngrosos

63-4.747.213 l.7!2.569.935 93.393.972

hs...,••

S.4Sl.Oll.004

Soldo blelol +

llfUOI

J.410.106.m

Epso5 de Operación Concesión de p - o o lqo pl1ZO Jn....,.ión Real OtrosGutos

597.JI 1.611 2.59049.902 IOJ.095.000 114.149.139

Soldo Flilol

2.040.904.643

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administrativo de Ministros N° 36 fecha 26 de noviembre del ano 2013, autorizado para este acto por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo previsto en el art(culo 242 y el numeral 4 del artkulo 239 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artJcu!os 69 y 7 l de la Ley Org6nica de la Administración Financiera del Sector Público, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2014, de la EMPRESA SOCIALISTA GANADERA SANTOS LUZARDO, C.A.. por la cantidad de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA BOLIVARES (Bs. 161.343.570). Decisión ésta, ratificada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre del 2013. En consecuencia, se autoriza su publicación en la Gaceu Oficii!.l de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con ]11. siguiente d i.stribución:

CUENTA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO (E•ll<llfVlreo)

PERSONAL POR nro DE CARGO

Concepto Ptt1t1p11t~to lOl• N"ámit,,,. de C1r101

TlpodtC.~o

Peno••I Fijo a Tlemp1> Compldo

• Atto Nivel y de Direc<ión -Dirmivo

Uil 1 19 905 12 61

• Profesional y Técnico • Penonal Administralivo

·Otlmo Pttto••I Coatnl•do ·Profesional y T6cnico

413

Totol

1.481

.Fm11paa:to lOH

l. CUENTA CORRIENTE U

l•JnOH CorTIHta

.l.W.J.Lill

• Ingresos de Opención Vmtu brutos de !>;en.,

.l§.1..lll.ill. 161.31 l.4SS

.w.mm.

l.l Gü101 Corrl<11les

• Outos de Opttaoión OISIOs de personal

~

86.421.612

Materi&.les 1 suministros y mercancfas Servicios no personales Deprecioc!ón y amortización

1.3 R••ll1do Económico•• Caca!• Corrl•ate: Ahorro

31.070.198 9.398.018

n.m

34.389.431

l. CUENTA CAPITAL 2.1 hl1reoo1 de C1pltll

~

• ~ Propios de Capital Abom>l{DMahono) en

PERSONAL JUBILADO Y PENSIONADO Dtaom1Hd6•

Pru•paalo 2014 Ni!iWltte de C•!lol

J1blhldo -Empleado

9

Tot•I

c._ta Corriente

rn.:ren-io de la deprecloclón y amortiuclón ICU!llulod.u 2.1 G - dt Capltll • hn•nlóo Real Directa fomuocldn bruta do capital fijo MM¡ulrwiu, oqulpot y otros bienes muebl.,

.1:M2.1.ill: 34.389.432

J:uu

fJ!Ml2 t.ill.il2 6.463.410

ii:46i"Xló

17.955.137


Jueves 12 de diciembre de 2013

407.959

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CUENTA AllORRO-INVERSIÓN-FTNANCIAMIENTO (En Dol!vor.. )

RESUMEN DE PROYECTOS

l. CUENTA FINANCIERA

Moto

o..oml11eld•

Praapaato 1014

Concepto

1211 ll

Ualdad de Medida

C1111dad

Lllro

2.064.975

Roimpuao Productivo de lu Unidades de

Prodooción AgropecUMias adscritas a la Empresa Socialista Gonadera Santos

l.1 F1t9t01 de Flnantl.1mlenlo

luurdo

27.958.137

- Supcrávil Fi11111ciero

100.61 LOJl

J.l Aplleaclona Financieras ª

Disminución de pasivos Disminución de cuenw y efectos por pagar Disminución de cuentas y efectos por pagar 1 c0t10 plazo Disminución de sueldos, salarios y otras remuncracioneo por pagar Dlsmlnución de opor1a patron1les y retenci0!1es laborales por pagar DiJmlnución de cuentu por pag1r 1 proveedores a cor1o plazo Disminución de cuentu por pag1r a coQtntl!tl.9 o corto plazo

ma.uz 27.958.137 ifüfo7 16.381.345 10.46'1.6"47 783.263 328.882

Comunlq.- y Publlquese. Por el Ejncut!vo N10ion.I, MÍNGUU VEL CO Nocional de Presupuesto

RESUMEN DEL PRESUPUF..STO DE INGRESOS Y GASTOS POR CATEGORIAS (En Boll•arH) Pmnpuato 101•

Co•npto

RECURSOS !ngreoos Corrientes !ngreoo1 de Capital

161.311.•55 32.115

Cil. TEGORÍAS PRESUPUESTARl/t.S

República Bolivariana de Venezuela • Ministerio del Poder Populllr de Finanzas Oficina Nacional de Presupuesto- Número 228 - Caracas, 04 de diciembre de 20132030. 154º

!00.611.032 60.732.538

Proyectos Aecione1 Centnlizldu

PROVIDENCIA PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (Eu Bolfvar<J) Partida

Df"nomlnadón

4.01

Gastos de Personal

86.421.622 ll.070.198

Praapaato 201•

4.02

Materiales, Suministros y Mercandas

•.Ol

Servicíos No PenonaJes

9.398.088

•.a.

Activos Reales

6.463.4 JO

4.01

OtrosOutos

•.11

Disminución de J"15ivos

32.1 IS 27.958.137

Total

161.J.IJ.570

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administrativo de Mmistros N° 36 fecha 26 de noviembre del afio 2013, autorizado p11111 este acto por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo ~isto en el articulo 242 y el numeral 4 del articulo 239 de la Constitución de la Rep(Jbllca Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 69 y 71 de la Ley Ors'nlca de la Administración Financiera del Sector Pliblico, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2014, de CVA COMPAJ'UA DE MECANIZADO AGRÍCOLA Y TRANSPORTE PEDRO CAMEJO, C.A., por la cantidad de TRECIENTOS NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 390.981.696). Decisión ésta, ratificada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre del 2013. En consecuencia, se autoriza su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución: CUENTA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO (En Bollvorn)

PRESUPUESTO DE CAJA Concepto

(En Boll.-ares)

l. CUENTA CORRIENTE

ConHpto

1.1 la1rao1 Corrle1ta 5!6.17l

Saldo lokfol

161.3 l I.4SS Saldo l•lelol + l•1.....

161.817.627

EJ!"OOS de Operoción lnvenl6n Real

154.80.045 6.463.410

SoldoFIHI

516.171

• Ingreso• de Opono<ión Vontu bruW ele se:vicios l.l GutOI C..rrl•tet • OutOI do Operación OUtoil ele ponoool Materiales, IUl!linlstms y mercanc!u Scrric:IOI no penM&la Dcpm:lle!6n y lm0rtizoci6n

m.m.,m l1U.J..2.lli. l7S. 919. 3!9 ~ ~

24l.9U.9S9 60.446.570 49.851.767 !S.062.307

- TnuuferencllS y Do111eloncs Corrientes AISectorPrlvodo Don1dot1e1 <orricnlell al sector privndo

lli.lli

Don>clones a personas Al Soctor Póblico Donaciones corriente! 1.I sector pUblico

213.UI 6J.87S

:UM~l

213.141 6üi7~

PERSONAL POR TIPO DE CARGO

Tipo do Circo Penonal Fijo a Tiempo Completo - Alto Nivel y de Dirección - Diroctlvo

• Profesional y T6cnico • PenoMI Adminisln.tlvo

Pnsapaesto 1014

ll

6

• Recunoo Proploa de Cap!tal AborTol(Dcsahom) en Cuenta Corriente Incremento de lo depreciación y nmortil.ICión 10umulodu

ll.ill.U2 llJill11

6.285.070 LS.062.307

l.l Gutoa de C1plt•I

• Profesionol y Técnico

27

·Personal Administrativo

60

405

• Jnvmión Real Directa formación bruta de capital fijo :-.iaquinaria.., equipos y oll'Os bienes muebles

l.3 Re1uU1do Flnandern: Equilibrio Total

6.185.070

l. CUENTA CAPITAL

l.1 In l"IOI d• C.1pt1.1I ti 9

Penooal Conlntado

- Obrero

l.J Ra•lhdo E<on6mlco en Cuento Corriente: Ahorro

N'mero de Car¡os

519

llJill11 2JJ~.i.Xl.7

2!.347.377


GACETAOF1CIALDE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA

407.960

RESUMEN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS POR CA TEGOIÚAS (En Bolfv1ns)

Jueyes 12 de diciembre de 2013 RESUMEN DE PROYECTOS Me1'1

CHcepto

Pnnpa.,lo 2014

CMl¡o

De111omlnad6111

375.919.389 IS.062.307

CARGOR.ÍAS PRESUPUESTARIAS

39!!.981.696

Proyectos

311.767.366 79.214.330

Ac<:ÍO!ICS Centn11izadas

C1ntJdad

Prestor Servicio de Mecanización y Transporte Agrle-0la, PrO\·ccr Servicios Tknie-0s de M&n!enimitn!o pllrl la Producción Agrlcol1 1 los Pequcftos y Medianos Productore•

Hec!árer.

Praapuato lOH

Modld1 l2JS(6

lngraos Corrlcn1Ca lngrelOI de Cq!tal

Unidad de

ln.797

ll 1.76U66

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (En Bo!fvons) P1rtld1

Denominación

4.01

Gastos de Personal

4.02

Materia.les, Suministros y Mcn::ancla.s

60.«6.S70

4.03

Servicios No Personales

49.858.767

4.04

Activos Reales

21.347.377

4.07

Tran.sferencia5 y Donaciones

Comuníquese y Publlquesc. Por e~ Ej«utivo Nacional.

243.988.959

Otros Gastos

4.08

277.716 15.062.307

Total

390.981.696

República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular de Finanzas • Oficina Nacional de Presupuesto - Niimero 229 Caracas, 04 de diciembre de 2013203ª y 154º

PROVIDENCIA

PRESUPUESTO DE CAJA (En Bolfvons) Coa«pto

PraapH•to l014

Soldo loldol

!0.000

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administrativo de Ministros Nº 36 fecha 26 de noviembre del ano 2013, autorizado para este acto por el ciudad.ano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con lo previsto en el artículo 242 y en el numeral 4 del articulo 239 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 69 y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2014, de la EMPRESA MIXTA SOCIALISfA PESQUERA INDUSTRIAL DEL ALBA, S.A., por la DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES cantidad de VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs. 265.014.578). Decisión ésta, ratificada por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre de 2013. En consecuencia, se autoriza su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución:

1.,..... Ingresos de Operación

375.919.389

Soldo lalclal + lngroto•

375.969.389

EgrotOI

375.919.389

Egresos de Operación Inversión Re1I Otros Gastos

354.294.296 21.H7.377 277.716

Soldo Final

50.000

CUENTA AHORRO-INYERSIÓN-FINANCIAMIENTO (En Bollvans) Cncep!o l. CUENTA CORRIENTE 1.1 111,..,., Corrlent..

• Ingresos de Operación Venc. bMU de blenu y ...-..ieios

l.l Gulol Coniftlt• PERSONAL POR TIPO DE CARGO

Prt•upu .. 10 2014

Tipo de C1rgo PenioHI Fijo

1

Número de Cargo1 Tltmpo Completo

• Outo1 de Operación OllllOs de penonal

Mmerl.llcs, 1m11inlslros y men:ancfos Servlcloo l>O penorWCI Depn:c!od<!n y amortización 1.J Renltodo ~nómico en Cuento Corriente: AborTo

• Alto Nivel y de Dirección

- Directivo • Profesional y Hcnico • Penonal Adminis!nltivo

• Penonal O!>rero

1

13 101 398 1.416

ill

- Penional Adminimativo • Personal Ol=ro

117 297

2.1 la1rt101 de C1pltol

• Recursos Propios de Capilal

Incrementa de la Depreciación y Amortización Acumulodu l.l Go1101 de C1pllol

• Inversión Rea! Direcia Formación Bruta de Capital Fijo

l.343

m.w.m 189.176.698 49.541.102 11.207.277 S00.211 ll.399.059

l. CUENTA CAPITAL

Ahonof(Desohorre) en Cuenia Corriente

Penioaol Conlnllodo

m.w.m

Edificio! e in!ta.lecioncs Moquinlriu, equipos y o!ros bienes muebles Blmes pReXincntes 2.J R..-.ltodo Flnondoro: Eqofllbrfo

W.22.ll2 .lU2.2J.ll! l2.J99.0l9 l00.211

u.m.m Jl..ll2.lli! !HJ.~,~!9. 6.972.266

S.834.317 92.697


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 2013

RESUMEN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS POR CATEGORiAs (En Bollvua)

407.961

República Bolivariana de Venezuela - Ministerio del Poder Popular de FinllllZa.9 • Oficina Nacional de Presupuesto • Número 230 Caracas, 04 de diciembre de 20132030 y 154º

Praapaeslo 2014

Coacep10

RECURSOS 264.524.357 500.221

CATEGOllÍAS PRESUPUESTARIAS 208. 156.442 56.868.136

Proyectos

Acciones Cmtnllzadas

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (En Bollvoru) Pr<np!eslo 2014

P1rtld1

Denomlnoclóa

4.01

Gastos de Pcnonal

4.0l

Materiales, Suministros y Mercancl..,

49.!41.102

4.03

Servíclos No Persono.les

12.207.277

Activo:$ Rt:ale!

12.899.280

119.876.698

Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo en Consejo Administrativo de Ministros Nº 36 fecha 26 de noviembre del año 2013, autorizado para este acto por el ciudadana Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la previsto en el artículo 242 y en el numeral 4 del articulo 239 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia co11 los artículos 69 y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, se aprueba el Presupuesto de illgresos y Gastos 2014, de la EMPRESA MIXTA SOCIALISTA AVÍCOLA DEL ALBA, S.A., por la cantidad de

DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO BOUVARES (Ba. 295.!106.265). Decisión ~ta, ratificada por el ciudadano Pl'Cllidente de la República Bolivariana de Venezuela, en fecha 26 de noviembre del 2013. En COll.!CCucncia, se autoriza su publicación e.n la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo con la siguiente distribución; CUENTA AJIORRO-INVERSIÓN-l'INANCIAMIENTO (F.:n Bolfv..-ti)

l00.221

Otros Gastos

4.01

PROVIDENCIA

Coaeepco

265.0H.578

Total

PRESUPUESTO DE CA.JA (Ea Bollvora)

53.745

Saldo Inicial

lngicsos de Operación

264.52057

Saldo !nidal + Ingresos

264.578.102

J.U.W.lli J.U.W.ill

1.2 G - Corfleat• • Clatoo de Oper.clón 0-depcnonal

J.7.W,Z.lli

lll.ill.2il

1. CUENTA CAPITAL 2.1 lqrwM de Capital • Recunoa l'Topioo de Capital Ahorrol(Oesahoc) en Cuenta Comente lncrommto de lt deproc:i.ción y amorti:r.ación acumuladas 2.l Gutoa de C.plllll

• ln\'ttl lón Real Direc:ta FO<n\ACloo Bruta de Copillll Fijo Edl rt<los e lnmlaciones Moquinarias, OC(llipos y otros bienes muebles

Eves os 251.625.077 12.899.210

Egicsos de Operación lnvenión Real

JIJ.612.9l7

M-'altll, 111m!nlS1ro1 y mcn:ancfas 8'rvlcloi DO pononalol Oepeclaelón y llllOlllDclón 1.3 llonlloclo Eco.d•leo oa C.nibl Corrl<t1te: A•olTO

Pmapaalo 1014

Concepto

1.1 Iocr- Con1Htea - lnpaoo de Openclón Vonlu bnrtu de bienes

2.J R••ltado Fluaclent: D~nd1

40.7lS.920 10"743.$31

2'.102.41! 36.000 IU45.0l4

wn.w

WtLW

10.0"5.014

36.000

lll.liLill w.ill.ll2

122.268.322

"99.:iifüi. 22.116.110

(112.187.JOS)

3. CUEl'ITA FINANCIERA

53.745

Saldo Final

3.\ hHlea de F111nd1mlento

.1.llJ.W!l

• Disminución de lt lnvmión Financien1 Oisminuc-ión de otros activm finandero:!i Disminución de disponibilid&dco Disminución de bancos - Jnuanenro de PL1il'o!i T!>Cmflento de cuenw y efoctos por pogar Incromento de cuentas y efoclOS por pog11 a corto plozo ~CO de cuentas por poglt a proveedore< a corto plazo

PERSONAL POR TIPO DE CARGO Pmapnnto 2014 N" d< Cugos

Tipo de Cargo

Llli

Penonal Fijo a Tiempo Completo

• Prof.,ional y Técnico

37

. Penonal Administrativo

Penonal Contr•tado

l 12.117.!0t

Rl'.SlJMJ:N DEL PRESUPU!'SfO DE INGRESOS Y GASTOS POR

CA.TI:GORIAS

(Ea Bollva'°•) Coattpto

4

• Profesional y Ttcnico ·Obrero

3g Total

1.178

Ornomlnaclón

RECURllOS

~

lnll'*"' Cmlen!ei lnll'*"'deCaplllll

113.682. 95 7

Puenli> Flnanelerto

112.117.JOI

36.000

CATEGOR1As PRESUl'UESTARIAS

RESUMEN DE PROYECTOS

Untd:1d deo Modkla

C•ntld•d

Praapu.esto 2014

Ton:elad.I

lS.200

190.130.6-01

212.204.036

IJ.702.2.29

Consolidación de la producción y proc.c:samicnto de productos de la pese.a)' acuicultun

120791

.1.llJ.W!l

• Otfü:lt Flnanctero

891

-Obrero

120731

IOIJOl.000

ior.liii.ooo

101.301.000

17 189

-D~ivo

C6cll10

IQJ.'19.m 10.179.308 10.179.30! lOl.301.000

J.l .lop!lcadoo.. Flaaodnu

1

• Alto Nivel y de Dirección

W1.!.ill

Rtparlción y mantcnímienlo de cmbartaeionC3 y reactivación del astillero

PRESUPUESTO DE GASTOS POR PARTIDAS (EaBoUnroa)

Smiicbo

22\

l7J2H41 Praopallto 2014

Partida

40.nH20

4.01

4.0l

Materiales. SuminbtroS y Mercanctas

4.03

Set'vlclos No Personal••

4.04

Acti"YM Reales

)6.000 Total

MINGUEZ VELASCO acional de Presupueoto

26.IOl.4!! 122.261.m

4.08

Comuníquese y Publlquese. Por el Ejecutivo Nacional,

106.74Ull

293.906.265


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

407.962

Ley Especial que lo rige, y en el artículo 62 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley d.e Refomlll Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario,

PRESUPUESTO DE CAJ'A (En Bol!vareo)

Pra•p ...102014

Coacepto

Jagneo:1

1n¡resos de Openición

18l.682.9S7

S1ldo lalcl•I + lncresos

196.952.083

Es.72.293.943

Egresos de Operación lnvenión R... I

2.389.818

PERSONAL POR TIPO DI'. CARGO

Pnnpa<Stol014

Tlpod• Car¡o

N•mi:ro d~ Cl!Jot

Parágrafo Único.· De conformidad con lo previsto en la Resolución Nº 09..()6.() 1 del 4 de junio de 2009, la tas.a de interés que rige para las operaciones de asistencia crediticia del Banco Central de Venezuela será anwiciada y publicada peri6diwncnte en la página web del lnsti tu to. Articulo 2.· Las instiNciones bancarias regidas por el Dea-cto coa Rango, Valor y Fueru. de Ley de Rcfonna Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y dan.l.s leyes especiales, no podrán pagar por los depósitos de ahorro de persóaas naturalcs que reciban con Saldo Diario de hasta Veinte Mil Bolivares (Bs. 20.000,00), incluidas las cuentas de activos llquidos, una tas.a de interés inferior al dicciseis por ciento (16%) anual.

fil

Peno11•I Fijo• Tlt'mpo Completo

l 10

• Alto Niw:I y de Dir=:ión -Di~vo

• Prof..ionLI y ncnloo

"5

336

-Ohm-o

Per1<1o•I Coi tratado 10

• Pt<>feslon&l y Hcnioo

512

Total

RE.SVMEN DE PROYF.CTOS

Denomla•dón

Prenpaato 2014

Un Id 1d d-e Mt<lld1

C111Ud1d

TM<lodo

U31

143.121.741

Unid.Id

12.%J.J9l

17.072.lll

1-.lulón

20

104.000.000

Fortalecimiento de la avicultun: n1cion1I pan. La produe<:ión y e<>mm:iollraclón de"'""' de pollo Fortal«imiento de la aviculrura n1cion1I

ran La

producción y comm:i11iz:acíón de los hue,.·os de COMUmO

lnstalación de galpones de cr11 ) recr!a de plllnl y pollos de enpde 121446

Articulo l.· Las instituciones bancarias regida! por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Refomuo Parcial de la Ley de Instituciones del Soctor Bancario y dcnW leyes especiales, no podrán cobrar por sus operaciones activu, excluidu aqutllu relacionadu con larjetaa de cr6dito, una tas& de inter6s anual o do descuento 1upcrior a la IU.I fijada periódicamente por el Diroctorio del Banco Central do Venezuela para lu opcnciones de descuento, redescuento, reporto y anticipo del Instituto de confonnidad coa lo previ51o en la Resolución del Banco Central de Venezuela Nº 09-06-01 do fecha 4 de junio de 2009, reducida en cinco coma cinco (5,5) pwitos porcentuales, excepción hecha de los regímenes especiales.

122.268.322

Soldo FIHI

121417

Ruuelve:

13.269.126

Soldo laldlll

121411

Jueves 12 de diciembre de 2013

lmt.alación de TiJnd de Cofllclación en la Planta Brneficiadon. de Aves, ubiad• en el Municipio Carlos Arvelo, E.st.do Can.bobo

ln~b1KiM

7.lOl.000

Comunfqu= y Publlqu....

Por el Eject1tiY<> No.:lonal, OMlNGUEZ. VELA.Seo Na<ionol de Presupue!IO

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

Por CWlllto en la Resolución NO 13-11-02 de fecha 19 de noviembre de 2013, publicada en la G~ Oficial de la República Bolivariana de Vcmozuela Nº 6.116 Extraordinario, de fecha 29 de noviembre de 2013, se incunió en falla en o! ori¡inal, se procede a su reimpresión de confonnidad con lo dispuesto en el articulo 4° de la Ley de Publicaciones Oficiales. Dado en Caracas, a los veinte (20) dias del mes de noviembre de dos mil trece (2013).

En caso que el Saldo Diario sea igual o superior a los Veinte Mil Bollvares y Un Cmtimo (Bs. 20.000,01 ), lu instiruciones bancarios regidas por el Dea-eto con Rango, Valor y Fueru de Ley de Rcfonna Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás 1eyes especial es, no podrán pagar por los depósitos de ahorro 1 que se refiere aJ presente ankulo, una tasa de interés inferior al doce coma cinco por ciento (12,5'/o) anual. Las instituciones bancarias regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fueru de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y dC01.l.s leyes especiales, no podrán pagar por los depósitos de ahorro de personas jwidicas que rcciban, incluidas las cuentas de activos liquido•, una tasa de interés inferior al doce coma cinco por ciento ( 12,5%) anual calculada sobre el Saldo Diario, indistintamente del saldo de las mimw.

Pari&rafo Único: A los efectos del presente articulo, se entiende por Saldo Diario el monto disponible, incluidos los saldos bloqueados, mantenido por el titular del instrumento de captación respectivo al cierre contable de cada dla de la entidad bancaria correspondiente, e~ceptuando únicamente los saldos diferidos por operaciones en curso en el Sistema de Cámara de Compensación Electrónica. Articulo J .. Las instituciones bancarias regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fueru de Ley de Refonna Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario i demás leyes especiales, no podrín pagar una lisa de inter6s inferior al catorce coma éin"co por ciento (14,So/o) anual, por 101 dep6aito1 a plazos que reciban, y por Ju opcncioaea mediante las cuales se emiten certificados de participaciones a plazos, en el cuo de que lo1 iujcto1 antes meocionadOI estén autorizados para realizar opcnc:ionos del mercado monetario, independientemente del plazo cm que ac realicen cualesquiera do lu referidu opcnciones. ParAgrafo Único.- A los efectos previsto• en el presente articulo, la tua de inL<ril que debe ser pagada por las instituciones bancarias regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Refonna Parcial de la Ley de Instituciones del Soctor Bancario y dcmú leyes especiales, no sera aplicable a los depósitos a plazo recibidos por los bancos de desarrollo en proceso de transformación de conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones Transitorias del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, cuyo objeto exclusivo sea fomentar, financiar o promover las actividades micro financieras, cuando el depositante sea otro banco o institución financiera.

Articulo 4.· Las instituciones bancarias regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de lnstiNciones del Sectcr Bancario y demás leyes espcciales, podrán cobrar como máximo tres por ciento (3%) anual, adicional a la tasa de interes anual pacwla en la respcctiva operación de conformidad con lo establecido en el articulo 1 de la presente Resolución, por las obligaciones morosa.'l de su.s clientes. Dicha tasa de interés sen\ igualmente aplicable a las obligaciones morosa.'l correspondientes a créditos pertenecientes a regímenes regulados por leyes espe<:iales. Artículo S.· Las tasas de interes por operaciones activas y pasivas fijadas por el Banco Central de Venezuela en la presente Resolución, regirán imicamente para operaciones futuras. L-Os créditos otorgados en los cuales se hubieren pactado intereses ajustables periódicamente, deberan sujetarse a lo previsto en la presente Resolución en lo atinen te a \a Jasa de inlerés anual o de descuento aplicable. A tal efecto, los ajustes que deban realizarse se llevarán a cabo en los tenninos previstos en los contratos respectivos. Articulo 6.- Las disposiciones relativas al cobro o pago de wu do intcra anual por las operaciones activas y pasivas que realicen Ju institucionea b-.ncarl» rcgidu por el Dccrao con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Refonna Parcial de la~ de lllltitucione1 del Sector Bancario y demás leyes especiales, contenidas en la presente Resolución, se refieren, exclusivamente, a transacciones efectuadas en bolivarcs. Artículo 7.- Las instituciones bancarias regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuer-LB de Ley de Refonna Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y dc:m!s ley"" especiales, no podran cobrar en sus operaciones activas intereses por anticipados por periodos superiores a ciento ochenta ( 180) días.

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RESOLUCIÓN N' 13-ll·Ol

El Directorio del Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las facultades que le confiere al lnstiruio el articulo 31 S de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en el aniculo 7, numeral 3); 21, numeral 13); 50; y 52 de la

Articulo 8.· Las tasas de interés por operaciones activu y pasivas de las instituciones bancarias regidas por el Decrelo con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de lnstitucioaC4 del Sector .Bancario y demás leyes ospccialoa, llCrin o&oádu de modo que aseguren al póblico usuario el conocimiento exhaultivo do IUt partlculu\d&des, y anWlciadaa en todu rus oficinas cm un lugar visible al público, uf como en 1u t>f&inu web de Jales instituciones. Articulo 9,. Las instituciones bancarias regidas por el Deacto con Rango, Valor y Fucna de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Soctor Bancario y demás leyes especiales, deberán enviar al Banco Central de Venezuela infonnación periódica sobre las


Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

tasas de inlerts que por operaciones activBS y posivBS ofrcz.can a •w clientes, en los ttrminos y en la oportunidad indicada en la nonnativa dictada al efecto por el Banco Central de V ~nezuela.

407.963

2' El Coordinador del Proceso de Liquidación debera presentar al Fondo de ProlBcdón Social de los Depósilos Bancarios, loa Pli111Eis Generales de Liquidación de las ciladas instilllcionet bar.caias y pe110naa juildlcaa vinculadas, denlro de un plazo de cuarenta y cinco (45) dla hilbllee conla:ios a partir de la publicación de la presente Providencia en la Gacela Oficial de la Repijblica llolíva1ana de Venezuela.

Artículo 10.- El incumplimiento de lo establecido en la preaente Resolución seré sancionado administrativamente de confonnidad con lo previsto en el artículo 135 de la Ley del Banoo Central de Vcnczuela.

Comuniquae y Publlqueae,

Artículo 11.· Se deroga la Resolución Nº 09-06-02 del 4 de jimio de 2009, publicada en la Gaceta Óficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39. 193 de esa misma fecha. Artículo 12.- La presente Resolución entrará en vigencia cl 1° de diciembre de 2013. Caracas, 19 de noviembre de 2013. En mi carácter de Secretario Interino del Directorio, certifico la autenticidad de la presente Resolución.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA R!PÚBUCA BOUVAJUANA DI! VENEZUELA MINlSTl!RlO Dl!L PODl!R POPULAR PARA LA DEFl!NSA DESPACHO DE LA MINISTRA

203ª y 154ª

RESOLUCIÓN Nº 0 0 319 0

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS FECHA: 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013

Por dlsposidÓn del Oudadano Presidente de la RepúbUca Bolvilrlanl de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolvarlana, de

203ºY 154°

oonfomlldad c:on lo dispuesto en artículo

PROVIDENCIANº 260

n

numeral 19 del DeaetD ND 6.217 c:on

Rango, Valoí y Fuerza de Ley Orgánica de la Admlnlstradón Públlcl de fecha 31 de

8 Prnldenl8 del Fondo de Prol8cci6o Social de loa Depóeikll s..c.bl, de mnlamidlll con lo diapu811D en el numeral 2 del artlculo 106 del Decnilo con Rango, Vi/ix y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de ln8tituclonet del Sector Bancario, en ejerdclo de lat llJibuclorl8I que 11 confiere el numeral 2 del lll1k;ulo 113 tlil8dem, en coocordarda con lo pr9Yialo en el riculo 2&4 del citado 18xlo nonnativo, resuelve:

julio de 2006, actuando en concordancia con lo establecido en el artk:ulo 11 del

1' Designar al ciudadano LUIS ALBERTO ROJAS ALMEIDA, venezolalo, ma)'OI' de edad, Ulula' de la cédula de identidad Nro. V-14.527.049, como Cooldinadot' del Proceso de Uquidaci6n de las instituciones bancarias y de las personas jur1dicas VÍl1Cllladas. pe.1eneeienln al Grupo Fi1n:iero Comercio, que se mencionan a continuación:

de 2011,

Per10na Jurldica

Datoa de LiquldaclOO

Banco d• Com1rclo, 5.A.C.A

Resoh.1ci0n Nro. 868, emanada del enlOnces Ministerio de Hacienda (actual MV\lsl8r1o del Poder Popula' de Fll\lllUI), de lecha 29 de ;iio de 1986, publicada en la Gaceta Oflcial de la República de Venezuela Nro. 33.523, de lecha 31 de Julio de 1986. Resolución Nro. S87, emanada del enlonces Ministerio de Hacienda (actual Mínistario del Poder Popular de Fí:lwas), de fedla 29 de julio de 19S6, ptJblicada en la Gacela Oficial de la Rep(Jblica de VeneZllllla Nro. 33.523, de lecha 31 de Julio de 1986. Resolución Nrd. 11 i&.1197, ffTl8l\8da de la exWita Junta de Bnei'gerda Filandera, de fedla 28 de nol'iembrt de 1997, publlcma en la Gaceta Oflcial de la Rapública de Venezuela Nro. 5.548 ExlrlonlNrio, de fecha 15 de2001. RetoluclOn Nro. 003-1001' 9l'lllNdl de la exlilll Juiill de A8gl.4aclOrl Fí'lanc:ln. de fecha 08 de octubre de 2001, pl.Cllcada en la Gacela oo:lal de la Re¡xibliel de Vene?Uela Nro. 37.333, de ledla 27 de noW!tnbre de 2001. ReeoluclOn Nro. 216.11, emaiada de la Supem~ de 1at lnllltuclonll del Sectlr Blflelrio, de fecha 29 de julio de 2011, publicada en la Gacela Olclal de la Rapública de Venezuela Nro. 39. 734, de lecha 12 de acoslD de 2011. Resoluei6n Nro. 244.11, llllll\lda de la Superintendencia de lea lmtitucionet del Seca Sane.vio, de lecha 09 de aepllembnl de 2011, publicada en la Gacela Oflcial de la Re¡xibliel de V8!18zuela Nro. 39.760, de lecha 19 de seollembra de 2011. Resolución Nro. 203.12, emanada de la SupemleOdeocla de laa lnslít.lclones del Sectir Bancario, de fecha 27 de noviembre de 2012, publícada en la Gaceta Oficial de la Repúbllca de V8!18Zl181a Nro. 40.073, de lecha 17 de dk:iembre de 2012. Resolución Nro. 179.\ 12, emM&da de la Supe!interoencia de las lnstiluciones del SedDI' Bancario, de lecha 31 da oelu~ de 2012, ¡xiblicada en la Gacela Oficial CÍI ia República de Venezu• Nro. 40.088, de lecha 11 de enero de 2013.

Sociedad Financiera dt Comercio, C.A.

Arrtndldorl Bancomer, CA

Oeaeto con Rango, Valor y Fuena de Ley Orgánica de la FUerm Arm.i. Nacional Bollvilriana de fecha 09 de marzo de 2011, publicada en la Gaceta Otldal de la Repúbllal Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nº 6.020 de fecha 21 de

mano

RESUELVE

/

JJmw; Efectuar el siguiente nombramiento: COf1ANDANQA GQJUL pn l!]ARQIQ IQuyAIUANO TERCERA DMSJÓN PE INEAfíIERÍA 35 Bdgada de Po!!dp M!llt!!c "Ubcrtadgc W de San ~art1n• 355 Bata!!6n de flolldp M!l!tac

-

Teniente Coronel L!ONl!L AUERTO ORTEGA vtÚSQUIZ,, CJ. Nº 10.488.339, Comandante: •...

Cornurúquese y publ

Por el Ejecutivo Na

de.,..,

Or1ent Leulng de V-la, C.A.

lnmoblllarll lndutlrial Pul~ CA

PuUu,SA

lnvtralor111 Cl'9dlval, C.A.

J.V. P1r11nd y Compaftla, C.A.

REPÚBUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA MINlSTERlO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA DESPACHO DE LA MINISTRA C.rKU,

~ 11

oc 2013

203°y 154ª

RESOLUCIÓN Nº 003201 Por dlsposld6n del Oudadano Presidente de la Repúbllca Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bollvarialla, de

conformidad c:on lo dispuesto en el artículo

n

numeral 19 del DeaetD Nº 6.217

c:on Rango, Valor y Euena de Ley Orgánica de la Admlnlstradón Públlc:ll de fecha

31 de jullo de 2008, en a>nalldanda c:cn lo establecido en ft1 .;artículo 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza. Amiadl Nacional


Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA

407.964

BoUvariana ele fedla 09 de marzo de 2011, publlaldl en 11 GICIQ Oftdil de la

República Bollvarlana de Venezuela Extraordlnaria N• 6.020 de fedwl 21 de marzo de 2011 . .

RESUELVE .IÍtfil:Q; Efectuar el siguiente nombramiento:

COMANQANQA Gl!Nl!!W, PI! LA ARMARA IOLIVA!UANA CQMANOO NAVAL PE OPEBAOQNES

RESUELVE

Iofanterla de Mari Di! Bol!wrlan11

ÚWl:Q: Efectuar los siguientes nombramientos:

Prlmera Bdqada de !nflnterfa de: Marina "CaPl1:6n de Nay(o Man¡.¡4!1 Pgng! BOOdgygz"' Gruoo de Art!llerfa "Geoe@I Agyst!n Codazz1•

COMANQANCJA GENERAL pi! LA ARMADA IOLIVABWIA COMANOO NAVAL PE OPERAQONES Dlcea::lón de: Avudantla

Capltjn de Corbeta HÍCTOR Dl!METRJO l!CHl!Vl!RIU6 OSORJO, C.I. Nª 11.674.441, ~pjqf¡l¡f¡i!J(M.._

Capitán de Navío WIS DOMINGO PlBERNAT MORAL!S, C.I. Nº 10.500.431, Director, e/r del CapltiVI de Fragata PEDRO NAPoc..EóN INOJOSA ÁlVAAEZ., C.I. Nº 10.531.+42.

Comun{que:se y publlq

Coma!ldo de Gyardatostl!s

PMslón de Segyr!dad Marftima Capitán de Navlo LUfs RENÉ AGREDA DURÁN, C.I. Nº 6.t6t.4tl. Jefe. Est:!dooes Prindoales de Guardacostas Estación Prlndoal de Gyardacgstas "General Bar!D!oroé Sa!om•

Capitán de Navío ANTONIO ABEL MDfA APONTI!, C.I. Nº 6.519.452, Comandante, e/r del capitán de Fragata JORGE Al.ElANDRO

1

AG0ERO MONTES, C.I. Nº 10.382.334.

de Buques d'= GuOrdOCDSt¡as Bug,ue de Vlal!anda Uto@I AB 1lua!camawto• CGC-21)

Eso indróo

REPÚBUCA BOUVAIUANA DE VENEZUELA

Capitán de Fragata lORGI! ALDANDRO AGÜERO MONTES, C.I. Nº 10.382.334, Comandante, e/r del capUJn de Navlo Wls RENé AGREDA DURÁN, C.I. Nº 6.969.492.

MINISTERlO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA DESPACHO DE LA MINISTR,A c.111cu, !11

Comando de la Escuadra

DIC 2013

patrullero Oq:6nlm A8 "Yt!f::JJana• IPCH3l

• ~ de mgalJI ARMANDO GABRJEL MILANO Hl!llNANDl!Z CJ. NO 1L025.031, Comandante, e/r del capitán de NavfoJESÚS ~ua. MART1N N:JNEDO, C.I. Nº 6.661.225.

CPMANOO NAVAL PE LOGJsnCA Jefah!@ de Sery!dos

Base: Naval =caott6n de Nav!o Fraodsg¡ Jay!er Gut!brez"" Sec!u!ldo Comando y Jefatura de Estado Mayor Capltjn de Navlo ll!SÚS MANUEL MAR.riN Aavll>O, C.I. Nº 6.661.225, Segundo Comando y Jefatura de Estado Mayor, e/r del Capitán de Navlo LUIS DOMINGO PIBERNAT MORALES, C.I. Nº 10.500.431.

RESOLUCIÓN Nº OO3 2 O8 Por diSposldón del Oudadano Presidente de la República Bollvarlana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nadonal BolNarlana, de confonnldad con lo dispuesto en artlOJlo 77 numeral 19 del Decreto NO 6.217 con Rango, Valor y Fuerzll de Ley Orginlc:a de la Adminlstrad6n Pública de fecha J 1 de julio de 2008, actuando en concordandl con lo establecido en el ll1lailo 11 del Deae1D con ~' Valor y fuerz.11 de Ley OrgMial de 11 Fuerza 1'nlldl Nldonll Bollvarlana de fecha 09 de marzo de 2011, publlaldl en 11 GIClltl Clildal di 11 Repúblk3 Bollvarlana de Venezuela Extraordlnar1a Nº 6.020 ele fecha 21 ele marzo de 2011, ~ <"

RESUELVE

Jiwal: Efectuar los siguientes nombramientos: COMANDÁNCIA Gl!Nl!!W, pi! LA A'IJAQÓN MILITAR IOUVA!UANA COMAN[)() AtREO LOGfsnco Dtreg::lón de Aooyo Lpg!st!cp

-

General de Brigada JOst GREGORIO MÁRQUl!Z RAMflll!Z C.!. N" 7.235.5155, Director, e/r del General de 6rlgada ~ A1FREDO FANEITE PÁV!LA, C.I. Nº 9.521.652.

ot!l!Cd6n de: Mantenimiento y [)esarro!lo Aeron6utico -

General de 6rlgada CARLOS LUCO SlSO IRlaflO, CI. Nº Uto~6, Director, e/r del General de Bligada JOSÉ GREGORIO MÁRQUEZ RAMÍREZ, C.I. N" 7.235.565.

Comuolquese y publfquese • ./

REPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Por el EjeCutjvO N

'/

~-~

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA DESPACHO DE LA MINLSTRA c.nicu,

'11 .OC 2Dn 203º

y

154º

RESOLUCIÓN No003202 Rl!PÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Por dlsposldón del Oudadano Presidente de la República Bolivariana de

MINISTl!RJO DEL PODER POPULAR PARA LA DEP!NSA

Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de

DESPACHO DI! LA MINISTRA

conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 numeral 19 del Decreto Nº 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Admlnlstradón Pública de fecha

c:ancu,

n re 2nr>

31 de julio de 2008, actuando en concordancia con lo establecido en el artfaJlo 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgjnlca de la, Fuerza Armada

Nadooal Bolivariana de fecha 09 de marzo de 2011, pubilc:ada en la Gaceta Ofldal de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nª 6.020 de fedla 21 de

ma1ZO de 2011,

RESOLUCIÓN Nº 003212 Por disposldón del Oudadano Presidente de la República Bolivlrianl de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nldonal llollvarlanl, de


Jueves 12 de diciembre de 2013 conformidad con lo dispuesto en artlaJJo

n

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

407.965

REPÚBUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA

numeral 19 del DecretD NO 6.217 con

Rango, Valor y Fuera de Ley Org6nlc.a de la Admlnlstrad6n Pública de fecha 31 de

MINISTIRIO DEL PODER POPULAR PARA LA DIF!NSA

jullo de 2008, actuando en CQllCCl'danda con lo est.lbleddo en el lrUailo 11 del

DESPACHO DE LA MINISTRA

Oecreb::>

con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánlc.a de la fuer2' Annadl Nadonal

Bolivariana de fecha 09 de marzo de 2011, publlcada en la Gaceta Ollclal de la

203º y 154º

República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria NO 6.020 de fecha 21 de marzo de 2011,

RESOLUCÓN Nº 00321-4 RESUELVE

Por dlsposldón del Oudadano Presidente de la RepúblJca Bollvañana de

Úl:ill:Q: Efectuar el siguiente nombramiento:

Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nadcnll llollYarllnl, de

COHANDANQA GINl!BAL DI! LA GUARDIA NAQON&L IOLIVABINM

ainformldad ccn lo dispuesto en artlrulo

OJERfO PE lfüjENIEBOS PE LA GUARpIA NAOQNAL BOl.NARIANA

Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánlc.a de la Admlnistnld6n PúbUc.a de fldia 31 de

"GENEBAÚSIMO fBANOSCO PE MIBAN[W

jullo de 2008, actuando en cona>rdanda con lo esmbleddo en el artículo 11 del

-

General de División lAlMI QRILO HLLOIÚH FRANCO, C.l. N- l.IOL131, Jefe, e/r del General de División JOSé GREGORJO GONZÁLfZ PEA.\ c.L N• 6.175.749.

n numeral 19 del DecretD NO 6.217 CQll

Decreto c:cn Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Bollvartana de fecha 09 de marzo de 2011, publicada

FUeru Armada

Nadonal

en la Gaceta Oftdal

de la

RepÚbllca Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nº 6.020 de fecha 21 de marzo de 2011,

RESUELVE

Will;Q: Efectuar el siguiente nombramiento: COMANDO 1!!5T1lAÚGICO OPl!RAQONAL REGIÓN ESJBAJ'ÉjICA DE DEFENSA INTEGRAL PE LOS ANDES CREPIANl Bcglooal de la Guardia Nacional Bollyarjana Nº 2

-

General de División fRANKLIN HORACIO GARd& DUQUf, C.J. Nº 11.125.430, Comandante.

REPÚBUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA MINISTIRlO DEL PODER POPULAR PARA LA DEF!NSA DESPACHO DE LA MINISTRA C:.nicu,

"1 ' OC 2013 203ºy 154º

RESOLUCIÓN Nº 003 2 1 3 Por disposición del Oudadano Presidente de la Repúbllca Bollvarlana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Annada Nacional Bollvarlana, de conformidad con lo dispuesto en el artlrulo 77 numeral 19 del Decreto Nº 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 31 de julio de 2008, en concordancia con lo estableado en el arUaJlo 11 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánlc.a de la Fuerza Armada ~ Bolivariana de fecha 09 de marw de 2011, publicada en la Gaceta Oftdal de la Repúbllca Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nº 6.020 de fecha 21 de marzo de 2011,

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS UCOKIUDA. COllVBIUDA UTU

JtL

Ilf8TITUTO

•ACJO~

DZ

DUA,JUlOLLO RUJlAI, lllfD&R) Y LA OOB&RXACJÓK D&L •TADO TRtr.rlLLO, .PARA LA RBIL\BILITACió• D&L 818T&llA DZ RmGO CAJl,UDIU I, U. m, PA.IUlOQUXA TRU DB n.BRitaO, lllUJIJCJ110 LA CJtIBA, UTA.DO TRUJILLO. ~

Entre d lnatltu.to. Kaolonal de con

peraona.lida~

Ru.nl (llfD&R), lnatituto Autónomo

jw1dlca y patrimonio propio,. adlCrito al Mlniaterlo do! Poder

Popular ,,.ara la Agricultura y Tierraa, creado por Decreto N" l. 546 con fuerza de Ley de Tienu y

~llUTOllo

Agrario, publicado en la Oaceta Ofld&l de la

Rep\lblica Bollvasiana de Venezuela N' 37 .323 de fecha 13 de Novienibre de

RESUELVE

2001, cuya llltima modificación fue, mediante la Ley de Tierru y Desarrollo

Will:g: Efectuar los siguientes nombramientos:

'·.

COMANDANCIA GENERAL DI! LA GUARDIA NAgpNAb IObIVARIANA

Agrario, publicada en la Oaceta Oficial de la Rep\l blica Bolivariana de Venezuela N" 5.990 Extraordinario, de fecha 29 de Julio 2010, qulen para loa

BJEBZA PE TAREA ANUPROGA.5 PªTA AMAQJBQ

efecto• del preeente Inetrumento, se denominaré. •JU. l!fDER", representado en

- Coronel OSWALDO lOS~ MERCADO SIIRRA,, C.I. N- 10.226.314, Comandante, e/r del Coronel SABINO JOSÉ VIGIL ROOfÚGUEZ, C.I. Nº

eate acto por el ciudadano ALI J'RAJl'CISCO PE!A RUlZ, venezolano, mayor

8.323.906.

Ciudad de Caraca.a, en su condición de PRESID&llTB del llfDER, d1!9isnado

PIRECQÓN PE OPERAOONES r.omaodo BeQlooal Nº 8 •

ae¡Un Decreto N' 26, de fecha 26 de Abril de 2013, publicado en la Oaceta Oficial de la Repüblica Bolivariana de Venezuela N" 40.155 de la miama fecha,

Qestagimento Nº 89 -

Teniente

Coronel

vtcroR

8.tt:Z.751, Comandante,

HUGO

ALBINO

e/r del Teniente Coronel

IARIWtA, C.I. Nº RAFAEL JÓSÉ QUERO

SILVA, C.I. Nº 6.343.902. Comando BeQlonal Nº 9 Seaundo Comando y Jefatura de Estado Mavar

-

de edad, titular de la cédula de identidad N' V-10.113.:158, domiciliado en la

Coronel RJCHARD OSCAR MORALES MEDINA, C.I. Nº t.237.IM, Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor, e/e del General de Brigada BELTRÁN JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, C.l. Nº 6.898.712.

debidamente íac:ultado para eete acto, de conformidad con el Articulo 140, Numeralea 2, 5 y 11 de la Ley de Tierraa y Desarrollo Agrario, por una parte; y por la otra la ~BDJl'ACI6•. DltL ltSTADO TRUJILLO, representada en eate acto por au Oobemador, Ciudadano BURY RAJl'OltL BJLVA, venaolano, mayor de edad, titular de la c6dula de identidad Nº V,· 5.764,952, domiciliado en el eatado Trujlllo, en au caracter de Oobemador del Eatado TruJlllo, canicter 6ate que conata en Acta de Totalización, Aqjudicación y Proclamación de fecha

Dieciaiete (171 de Diciembre de Doa Mil Doce (2,012), emanada dd Conlqjo Nacional Electoral, Junta Regional Electoral, catado Tntjillo y pu bllcada en Oaceta Oficial

~rdinaria

del eatado Tntjlllo, en fecha veintiuno (21) de

Diciembre de Doa Mil Doce (2012), íac:ultado aeg\ln lo eatablecldo en el articulo 107, Numeral 24 de la Constitución del estado TruJlllo, en con<;Ordan~ con el 11Jtlcuk1 6, numeral 17 de la Ley de R~gimen Po!Jtico del eatado Truj!Ifo, quien a los solos efectos de eate contrato se denominara

·u GOllERXACi'or y en

lo


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

407.966

Jueves 12 de diciembre de 2013

omisiones ·que repercutan negativamente en las entregas de loa recunos

adelante, también referidos conjuntamente como "LAS PARTU", auacriben la presente UCOllIEJl'DA COllVUIDA, de confonnidad con lo diapueat.o en el

necesarios para la ejecución de loa Proyectos deacritoa en este documento.

articulo 39 del Decreto Nº 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Or¡Anica de

CLÁUSULA SEXTA; VIGENCIA. La presente Encomienda Convenida, tendrá

la Administración ?Ublica, publicado en la Caceta Oficial de la República

una duración de SEIS (06) MESES, contado a partir de la fecha de auacripci6n

Bolivariana de Venezuela N" 5.890 Extraordinaria, de fecha 31 de Julio de

y podrá ser prorrogada por un lapso menor, igual o mayor, previo acuerdo

2008, actuando dentro del contexto de la ejecución de laa Política.a Agnuiaa del

entre

Estado,

CLÁV8JJLA t&nulA: TUJIIXACIÓK AJITICIPADA. Eata Encomienda

en

consolidación

la

CONSOLIDAR

LA

del

"PROYECTO

IXP'RAESTRUCTURA

PARA

IDDROAGRfCOU

K&JORAR

y

~LAS

PARTES•.

Convenida podré. darae

D& APOYO

por terminada de

forma anticipada,

total

o

PRODUCTIVO•, como parte de la Revolución Agraria Bolivariana, punta de

parcialmente, en loe siguiente• cal!Ps: aj Por el Incumplimiento de una de 'LAS

lanza de las políticas públicas, del fortalecimiento del sector agroinduatrial y

PARTES". b) Por deciaión unilateral de una de 'LU PARTD", previa

garantia de la Soberanía Alimentaria de la Nación, por cuanto ea el Poder

notificación por eacrito a la otra con al menoa treinta (30) dJu de anticipación.

Ejecutivo Nacional el competente para formular politicae publica. nacionales

e) Por mutuo acuerdo entre 'LU PART&S•; d) Por cat0 fortuito o fuerza

de deGRITOl!o que garanticen eficientemente la Soberanla Alimentaria de la

mayor.

Nación. En este sentido, ae hace necesaria la obligatoria cooperación de loa

cLAvlyI.A OCTAYAi lliODlll'lCACI01'B8. •J.All PARTU•, podrén modificar,

Organoa, entes y empresas del Estado Venezolano, para adoptar medidas

amplia.r o incluir nuevos Proyecto& de común y amiatollO acuerdo a la preaente

neceaariaa que fortalez.can y amplien loa programu llOci.alea alimentarios, a

Encomienda Convenida, de conformidad con laa neceaidades e

objeto de garantizar y diversificar la producción agrolnduatrlal, a fin de

mlamaa, mediante la realizaci6n de un Addendum separado, el cual deberi

reactivar, transformar y dinamizar las cadenas agroproductlva.e naclonaJee en

auacribirae con laa forms.lidades correspondientes y el que ae anexari. y

rubros

eatra~gicoa,

propiciar y aaegurar el acercamiento institucional para la

in~

de laa

formaré. parte integrante de este documento.

actuación conjunta y coordinada de loa organiamoa e Instituciones del E:atado

cJ.AuSVLA IQYlllA;

Venezolano, crear condiciones idóneas que permitan alcanar niveles óptimos

con ocaaiOn de la presente Encomienda Convenida deberá hacerae de forma

de autoabaetecimient.o de alimentos y garantizar la diaponlbilidad au.liclente y

escrita, por correo certificado, fax u otro medio convencional. A tal fin, \aa

llOTD1CAClORB8. Toda notificación que deba hacerae

estable de alimentos a la población, dada au conaideración de actividad

partea declaran las siguientes direccione&:

prioritaria y de interés aocial para el País, en la estrategia de diveraiflcaci6n y

•LA OOBDllACIÓlf: Avenida Independencia, frente a la Plua PI.lado de

desarrollo integral y sustentable, en beneficio de toda la colectividad en

Gobierno, aegundo Pieo, Tntjillo Estado Tntjlllo.

general.

•a. DIDBRN1

•LAS PARTU• convienen en suacribír la preaente &ncomlaa4a CoaV8Jl..!4a, la

Municipio Ubertador, Caraca1, Diatrito Capital.

cual ae regirá por laa siguientes clé.uaulas:

cLAJllYLA D&cni&; Para

CIJ.USULA PRUllRA: 08.JETO. La presente Encomienda tiene por objeto

au1 derivados y coneecuenclaa, •Lf.8 pA1tT19• eligen como domicilio elpOC!al,

eetablecer

la ciudad de San Crlatóbal, a la Jurildicción de cuyos Tribunales declaran

un

marco

de

cooperación

entre

"JtL

llfDER"

y

"U

PA,lt,ROQUI,A

DBJ.

TRP

818T&llA DI: JUZGO

D&

J'URJtRO,

CAJt,AllBV 1,

llmfICIPIO LA CaBA.,

D,

Te~fono:

(0212) 5720:Ul.

todo• lo• efecto• de esta Encomienda Convenida,

aometerae.

GOBDJIACIÓlf", a loa fines de realizar 11.ccione• conjunt.u enmarClldaa en la RBB;ABWTACJÓlf

E1tqulna Ferrenquln a La Cruz, Edificio Oflcentro, La Candelaria.

m,

Se hacen cuatro (04) ejemplares de un miamo tenor y a un aolo efecto. En Caraca&, a loa

UTADO

Üe.é "1-i '" Vi e, @".) diae del mea de noviembre de 2013.

,,;>·"-

TllUJD.LO.

~

cI.Au81ije6 llOJJIDA¡ ALCAJIC._ •ua PARTU" convienen que el alcance de este marco de cooperaciOn comprende un: tnonto de OCHO llILL01'B8 DI: BOLfv.utaa..&XACT08 (Ba..8.000.000,001, para la RPABDrr.t.CJÓlf D&L 8181'1\MA D& Ril:GO CARAllBU J, U,.

m, PAJUtOQUIA TRU-DI: ncBRBRO,

llUJllCIPIO LA. CEIBA. ll:STADO TRUJD.LO. cL4ysyLA T1RC1RA1 El proyecto eert ejecutado, por la empresa del Eatado AGROTRUJU.LO, B.A.; o por empresas contrat&du por •LA OOBl:RKACIÓlf",

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

eiempre con estricto apego de las dispoaicione1 contenida. en la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento.

CLÁJ18t!LA CJlARTA. DB:L COllPROllWIO DE LAS PAJlTU. Con el objeto de

iw>uaUCA 80\JVA.l!WIA. Dt! VEHUUfl.A INSTITUTO O! PREVISIÓN Y AIMST"fNCIA IOCIAI.

dar estricto cumplimiento a la presente Encomienda Convenida, •LAS

PARA EL PERSl»IAL DEL MIHISTERlO l>E EOIJCAC!ÓN

PARTU" acuerdan a realizar lo Biguiente:

JUNTA ADYINISTRADORA

Al<09lWy1M'

"BL llfD&R":

PROVID~Cl.A AOMINISTRATNA N' /J- (/2-f l

1. Administrar los recursos y reali:ar las Ordene. de pago neccaariaa y

oportunaa, con ocaaión de la ejecución de la• obl118 eatablecidat en la

lo Junta AdrninllltaClcta <1e1 INSTITUTO DE PREVISIÓN Y ASISTENCIA SOCIM. PARA EL PERSONA1. DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (IPASME). an uoo de las facU1adea legalM que le conllora loo attlcUol 11 y 13 del EttaMo OrY'nlcO de Creación <lel O.V-mo tegún Oeor.w N' 513 del09 ele enero ele 1959. pul>Ucadoen la GacelBOfic;al N"25.861defecha13 deenero<lel mkom<l 111\o, en concordancia con laS R....,.ucione. Minlatorialet N" 021 ele lecha de 19 de ma<211 ele 2012, publicada en la Gacela Ofocial N" 39.886 de fecha 19/03/2012. la N" 077 de'"""" 29/0&'2012 publicada en la Gacela Oficial N" 39.935 ele fecha 01/08/2012. la N" 046 de fecha 18/06/09 publicada en 111 Gaceta Ofocial N" 39.214 de fecha 00t'07/09, toda• emanadas <lel Minjo~ del Populw pw• la Educación. asl como lo dispu81to en loo lllticuk>s 4 y 5 Otdinal 5 y ~ Onico de la ley del e.taluto ele la FunciOO Pública. en lo relativo a la competencia de la Dirección y GMtión de la Fllll<liOn Pública, ejercida 1 travé<I de este Ófoaoo como Máximas Auta<ldadee dlrecilvao y adm lnlstnlllvao de ..ta Or¡¡anismo Aull>nomo. tomando en consideración las obsarvacioMs fonnulodu por la o&lna de Con.aultori o Juridlco d 11 IP ASME. en !atoo a la corrección de error mal«ial en el que ae lncum6 an ta Pr.,.idencla Adminiltrativa N' 1~175 de fecha 22 do noviembre del 2013.

Clé.usula Tercera del presente instrumento. 2. Establecer, conjuntamente con "LA OOJUUUfACJÓlf•, el plan de

actividades a ejecutar. 3. Supervisaré. la correcta ejecución de la obra. "LA GOBltRKACIÓK": l. Asegurar el eficiente cumplimiento de loa objetivos eatablecidoa en la

presente Encomienda Convenid11., en el tiempo y condiciones previat.u para ello.

CONSIDERANDO

las obl118 y remitir las copiu certificada• de loe reapectlvoa expedientes

conformados, de acuerdo con 1aa normu y pautas eatablecidu en la Ley de Contrataciones ?Ublicaa. 3. Suminiatrar oportunamente a "BJ. DfDICR", toda la documentación necesaria sobre la tramitación de loa deaembolsoa correapondíentea a loe anticipos y pagos de valuaciones. CLÁUSULA QUINTA; REBPOJlfBABILIDAD. Queda expresamente establecido que "LA GOBERXACIÓ!f" a travh de au anta ajacutcr, AOROTRUJILLO, B.A., seré.n loa responsables del cumplimiento de todos

10·1

procedimient.oe y

tramites requeridos para la contratación de las emprellllll que tendré.a a eu cargo la ejecución de

1011

proyectos establecidos en eata Encomienda

Convenida. La Responsabilidad, se extiende también a las acciones u

previsto en el articulo &4 de la ley CJ<v'lnlca de Pnx>edlmlentoo •Lo adml nlo!racl 6n podri 1n cualqulw !lempo c:o<reglr ..,._ moúrllll .. o d1

Que de confonnidad con lo

2. Ordenar a su empresa adacrita AOROTRUJILLO, 8.A., la ejecución de

Adminla~alMll:

:'

cálculo en qu1 t11.1bie1e Incurrido en I• connguraclón d1 I011 actoe adminlatr•tJvoa•.

CONSIDERANDO Que de la opottuoa corrección de los errOfes materiakts depende la plena efJCaCla de lot; K1ol administrativo& y su ejecución, y en ejercicio de la aulolutela revisora de oficio, la o&lna d1 Conoulloria Juridlco dll IPASME deleCIO errores por omisión en la Providencia Adminlalnltiva N' 1l4175 de facho 22 do novlembr1 dll 2013. en la cual H aprobó la MOOIFICACION de lol articUol 36, 37 11\lrOI b y d, 311 y 40 del Reglamento General de Crédiloe del lnlliWlc de Prr;ialón y Mlttencia Social para el Penona1 del Minilteno de Educacl6n (IPASME) y la lnclualón err..s. de rnodlflcacjón <lel llterel b) del lllticulo 37 y en ta dlapotlclón derogatoria. RESUELVE Corregil el orrot matarial en el que H lncun1ó en el c:cnl9nido de la Provldenc:i9 Aó-nlNanllv9 N" 13-4175 de fecho 22 de noviembre dll 2013, en lol 11g<Mntea lénninoe: ~' DOHDE DICE:

'Aproé>er la MOOIACACION de~ illllc:ulco JI, 31 uter.I by el, U y ..O del Regllm"'lc Gentn1 de Cr6dlloa del lnall!ulo de Pr-lón y Aolalanc:i9 Soelel !** el PtnoAal del MU!lataflo de EducaciOn (IPASME), en CO<iOOrdanct. con le aprobado por la - . c i - Miiialrl del

Poder Popui8' para la EducaciOn en ~ Punlol da Cuenta mendonadol en loa ~. donde oe aprueba la Refa<ma Pardal del Reglamento Gen""" de er.tcoo, publicado en la Ofidal de la República Bolivoriana de V-.uela N" lS.991 de feclla 22 de Agollc de 2012, y corr<IOdlln por orrot

a...


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 2013

C.· Crklltoe para Adqul1lclón de Vohlculoa: Cuando el afiliado o afilada haya cotizado dur9r'(a un lapso no menor a trea m060S 13) meses consecutivos las CUOlal de ulatancia y ahorroo previalal en el Estaluto Orginlco del ln1titulo

m-181 put>üc:ado en la Gaceui Ollcial de la R9polblicll Ballvarlat\a de V~ N" ol0.008 de fecha 14 de Septiembre de 2012, con ocasión de la modillcaci6n del conllWdo de ou1 llltla.ilol 36, 37 llleraj by d, 39 y olO quedando los mismos redactados de la 1lguiente monera".

DEBE DECIR: "Aprobar la MODIFICACIÓN de loe artla.ilol Ja, 37 litoral d, 39 y 40 dol Reglamento e;_,.¡ de C.....ltos del lnslilulo de Previsión y Asistencia Social pata el Penonal del UW>iolario de Educación (IPASME), en coocordanc.ia con lo aprobado por la ciudadana Mlnlllra d• Poder Popular para la Educación en los Puntos de Cuenta menciooadoa en los conalderanl!oo, donde ae lpN8ba la Reloona Parcial del Reglamooto General de Créditos, publk:aelo en la Gacela Otlcial de la Replibliea Bolivariana de Venezuela N" 39.991 de fecha 22 de A¡¡olto de 2012. y correcci6n 111"' wror material , J>Ubllcaclo en la O - Oflclal de la ~ Bollvwi.,,. de N" ol0.008 de 14 de Septiembre de 2012, qlHld.ndo loo mllmoo r e d _ de la olgulenl9

V-

m......, ".

407.961

d.· C'*lltoe Turfatlcoe: Cu8"do el afoiado y afiliada haya duran10 un lap&o no,,_..,,. a un (1) año ~tlvo las euolal de asiotencia y ahorros previatas en ol Eatalulo Orginioo. 1.- C...utoa Comerclal11: Cuando el afiiado y alihada haya ootiZado dunin10 un lap&o no menor a un (1) aOO conMC:UtJvo lu c:uolal de a1i1lencia y ahorroa prevista• en .. E1tatuto OrgjrWoo. Articulo r. EJ afiliado o afóiada que no cotlCe al lnatltulo el pon;ontajo comospondiente por concep1o de Dhofroa no po<Jr6t1 accooor a loa cr6t;htoa provlatoa en el

fl

CAPITULO 11 Do loe CrildJtoe Sección l.· Créditos P1raonal11

~: DOHDE DICE: "Se deroga el Reglamento Gennl de Cr*IMoe del lnlUlulo de Pr1M&lón y ·~

Alilllancla Social pwa el Uinislario de Educad6n (IPASUE) dlctlldo medialú ProYidencia Admlnlolraliva N" 12·2ol03 do fecha 20 de agoolo del ello 2012, publlcedo en Olldal de la Repúbljca de VWMZUela N" 39.991 de fecha 22 de 9Q0110 ul como la PnNldendll Admlnllnllva N" 12·2630 de fecha 14 de septiembre de 2012, en la C1181 oe corrige por pr_..., error m-..i. la cual fue pubjicada en Gaceta Ollcial de la República de Venezuela N" 40.008 de lecha 14 de oepllerntn del 2012".

a-.

prenrnto ROfi1Mwn«1lO.

Articulo e•. EJ crédito pe<Sonal .. aquel que eslá garantizado con lol ahorro5 de lol afiiada1 o por fiadores_

o

Articulo 10'. El monlo m<Wmo del crédito personal-* huta NUEVE MIL BOUVNIU CON OQ.1100 (81. 9.000,00), dependiendo de la capacidad de pago del afllado o dada. En cuo que 81 ~ del crédito i.iga depoaltado en al>orroo uf\I cantidad ouporlar • la ncMcG en atllQ.llo, or moneo maxmo de dicho crédllo _ . halla 18 cantidad ahorrada, la cual ..,.. or único del mi.mo.

DEBE DECIR: ·s. deroga parcialmente .. Raglamenlo General de Cfédltoo del llllllWlo de Prevtalón y Alilllancla Social para el p<nonal del Mlnlalario de Educación (IPASr.lE), diclado mediante ProYldencla Admnillraliva N" 12·2ol03 de feclla 20 de agoolo del ello 2012, publlcedo en la <>-. Clliclal de la Repúbljal BQltvarlana de Venezuela N" JQ.991 de fecha 22 de 9g001o de 2012. MI como la l'fovldencia Admlnlalraliva N" 12-2630 de fecha 14 de Mpliemtn de 2012,., CUli oe conlge por preoentar wror material, publicada en la Gaceta Ofldal de la República Boltvarianll de N" 40.008 de fecha 14 de septiembre del 2012•.

ava

P~o ÚnlClD: Cuando el allllado o afiUecUI opta por la ftgur1I de loo n.doreo, '8loa ~ la Cll&flded de afllladol o alllladu del lnaUtUlo y oon l<llvencla ..-.... 1*'11 ~ ., ~ del mldit<> ooücltado, quienes lnnll'án 11 contralo en pr-m de lunc:ionariol . . . . . , , _ al . , , _ por el

v...-

lnalitulo. Articulo 11•. ·El allllado o .illiado que para la fecha de la aoil<:ilud oe encwnlr9 .,;';.,.,..con 11 lnotllulo

"°"""""'

Se menliene en todo su electo el reslo del contenido de la Provl<lencia AllmlnlllralMI N" 13-4175 de leclla 22 d• novl..,,b.r• del 2013, con inclusión de la aqul efectuada.

con"°°""'

por hipotecatloo.

a9dllo peraono1, • IO"""llClón de atdMoo

Al'llculo 12". El plazo para el pago del C<édlto Peraonal, podr6 de 2, 4 O 8 a/loo, la capacidad de endeu<lam~lo o ia opción elegida por el afilado o lllf'~lada, devengando un del oeia por c>en1o (6%) anual IObr• saldo deudor y se pagar*1 medllnte cuotas lll80IUllies y COl'IMQJWU, les <uales comprende<an capital, lnteresea y gaslol de C<lbnlnza.

Soccil>n 11.- C'*lltoe NlpOlocarloa

y_.,,

Anlculo 13'; Et crédito hipolecano tendré por objeto aoludonar la o b t - de la vivienda del ollllado o afiiiada coc-.;edidoa en los 1111uientes casos: a. Aóquiaiclórl de 'ffliende. b. Conolrucci6o lle vivief\da. c. Ampliación o relacdOn de vivienda, d, Llberacl6n de hipoteca que grove la vivienda c. Llberaci6n de hipoleca que grave la vivienda y ampliación o relacciOn de la misma. f. Complern..,iar lo& crMtos hipolecanos_

Se enca"ganl a la Gerencia de Crédiloo y a la OllcW\a de Conaultcrla Jurldica de <* Cl.Wllpilmllnto • la P i - Providencia Admlt1'straliva.

WM

or

"°"""' lrút"

O. "°""'"'11ded con lo p<evialo en el articulo 5 de la Ley de ~ Olidaieo, mprlmau .. un l<>lo IAxlo • Raglamenlo Genetal de Crédllol del lnslilulo de f>reviNln y Aslolenclll Sodal pani el Penonal del Ministerio de Educación (IPASME), de fecha 20 de agooto de 2012, publlc:ado en la Gaooui Ot1c1a1 de la RepVbllca Boltvarlana de Vonezuela Nº 39.991 de""""'"' 22 de agoolo de 2012, al como la Providencia Administrativa N" 12-2830 de fecha 14 de oep!Jernln de 2012, en la Q.Llll M oorrige por presentar enor mateóal, publicada en Gacela la Ol'iclal d• la República 11<i1var1ana de V-niela N" 40.008 de fed'la 14 de septiembre del 2012. con la modif~ aq~I ~-

,\~ ~

de crédilco · - · · no po<1r• opi.

Artlculo 14', El pago del créd1lo hipolecaro "" realizara mediante CUOla& mensualel y conHCUtlvu, las cualea tomP<enderan capital, irll...e&M, gaalos de oobranza. fGndo de aervlcio de ~ de gravamen hipotecarlo y fondo del sarvicio de rescato, que aerán deacontadoo del a.alario o ealgnaci6n menaual respectiva, a través del M1msleno del Pode< Popular para la Educ:ación o de las Olk:INo Pagadora.a de tea 11alarW de los af1hado1 y/o afU1adas.

i;

IPASME

Articulo 15'. La capacodad de endeudamiento para oplal a loo cr9dllo8 hipolec.ano. ~loa en ila10 Raglamenlo. Htará representada ha1ta por al CUAREHTA Y CIHCO POR CIENTO (46'41 del~

JU~TA

Ar\4.lllo.i1C'Hl

1

~•

meowal deven¡¡ado por al afil'ildo o afo•ada, o el SETENTA y CINCO POR CIENTO (75'41 del lngreoo del grupo !ami""' del afóiaclo_

Se OOliend<t por grupo famYL81' del oí•1ado aquel consüluklo por el cónyuge o la cónyuge, concub1no o concubina. los hojol o hija& y hermanoe o hermanas que dem_tr.., el mllmo .....,._ y 88 comprom.ian aJ pago solidario del créddo &o11citado, a lnlYéa da documenlo privado. Atllculo 18". El créddo hopolecarlo ....~ omprocedenle en loa slguienleo ourx-loa: a. Cuando oe n<lencie que el aídlado o ar•1ada sea P<opielario de una vivienda exc.ptuando loo ~torales d, e, f. del artl culo 13 del presente Reglamenlo b. Cuando el inmueble evidencie la •xistancia de local o localeo ~ .,..xoo o dentro dol

REPUBUCA BOUVARIAHA DE Vl:NUU~ INSTITUTO DE PRIOVl810N Y ASISTENCIA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL lllNISTIHllO DE WUCACK>fl JUNTA ADlllNl8TRADORA AMOS 203• y 154"

c.

mismo. El inmueble preaente uso b1íam~la.r o multifam1Uar

d. El irlmueble presente obsolescencia luncional l'r-able, con deflcienciaa estruclurWeo, cuya reparaaón lenga un costo mayor que el valor de reemplazo del Inmueble. •. El onmueble se eocuentre en zona de riesgo, declarada como tal por la IUtorldad cun¡¡elenle. f. Cuando el afjjado o afiliada no habite ol inmueble, en el caso de loo lit.aleo d, a, f. del 111\1.::.jo i 3 del prosenle Raglam<>nlo.

PROVlDfNCIA ADMINlSTRATillA N• 13-4175

g.

--··

d-•

Atllculo 11"'. El C<"11to Hlpolecario para Adquoo.lclOrl de v l v - oe otorgart 81 aftliG> o --.i. q.¡e caraua de vivienda, a1 elacto acampanar a 1a . - . . i la dec::WldOn ~ ampla de no

REGLAMENTO GENERAL DE CREDITOS DEL INSTITUTO DE PREVISION Y ASISTENCIA 50CIAL PARA EL PERSONAL DEL ~INISTERIO DE EDUCACION

MfQilo 11. El monto - o de loo a"*'- hipolecarlol • otorgar pin adQulolol6n, COllllNIDln de vivienda. de ~. _ . de DOSCIENTOS CUARENTA MU. BOUVAREll C0H ~100

(S.. 2'1G.000,00).

C•pitulo 1 Dl1poalclonM G""0<alu

Lm aütm hipolecarloo deven¡¡or*1 un ...,.,.. del Mla punlo cinco por (8.5'4) .....i aotn .i uldo deudoi'. La...- correepond""- 11 pagci de 111 olJllgad6n cred..,.. aanllalda, . . . , ~ una vaz que u haya parfeodon8do lo en"- del cheque 111 d.io o~ 'l""'iPI<> OJlndo oe de crédltoa pani la eona~ de vivlendu en cuyo ca.a la Junla Admlnislrldcn podnl eo~ huta un (1) ello de plazo de gracia a loa olectos de ou axlgiblllded, previa lll<1llnclOn ~por le Geren;ia de Cf<idiloa del lnatituto.

Articulo 1•. El presente Reglamenlo liene por olijelo atablaoar loo lipoe, !6rmlnao y condlclar,. de 1o1 crédiloo que el lnatJWlo de Previsión y Asistencia Social pani el P'"""8I del Millltslo de Educacl6n ooocedora a ouo afllladoe y/o afihadaa.

Articulo 1ti'. El crédl!O hipolecario para adq<1islci6n ..... gorentlzado con hipoWcl de excepción de loo releridol en loa it"""ea e) (en lo atnente •., amplladón o relac:clón), 13 del pr~le Reglamenlo que •enln gwaotlzados con hipoleCll de aegundo grado.

Artlculo 2". Laa aoilcltudea de criditoa - - . , , electua<lall en los 1c:ir1nu1ar1o1 que a .._. . _ expoda el lnsUlulo. El Afilado o AllUada debe<t oumlnlatrw en formularlol lodloe lol daloa y ooportea req- en los miamos. La omisión o lalHdad en la w~ Mll!)nletradll victanl de oolldad la aoildWd, proced~ a IU llllUladón. r ;

prmw grado a y 1) del Articulo

Mlculo 20-. El monlo mllxlmo del CrédJlo Hlf)Oleeal1o pani la AóquiaJclón de YMelldll. _ . or equivalente ai e.len por ciento ( 100%) del avallio que realice el tnstlluto. El monto máxmo del a8dllo hi[lOl8cano para refacción o ampliación de vivienda será ol equivalente al cien por cienUI (100%) del prOSIJpueslo presentado por el afliado O af1Wida aprobado por el lnstitulo, liampre y cuamo Mlol no excedan de lo alablecklo en el articulo 18 y 23 del presente Reglamenlo.

Corresponde

Artlc:ulo 3". a la Junla Adminl&tnldora del ltl&lJlulo a n.61 de lo Gerencia de Ct*llloo, conocer Y decidr llObnl las aolacitudea de crédiloa de oortonnidad con el prograr1111 f91¡ledJvo. Cuando el aflllado o afiliada aolicltante del crédito ..,. miembro de la Junta Admlnlalnldota. correepondtri 111 resto del le» m>ernbroo de la Junla Adm!Mlradora del lnatluto 1U conocmienlo y dedaión.

--=mienlo.

Artlculo 4."· El afllJado o afiliada podrá pagar aJ lnsUMo. el crklito O(or¡¡ado antea de ou en cualqu,... momento, en forma total o pardal. En el caao de el afiliado o aNiado cancele parcialmente la deuda, .. la cancelación - · lmpulalSe de m...... d~ecl.I or capltof.

Artlculo 21 '. La 'ffl11nda que &e adquiera con financiamiento del lnstiMo. debe ruidencia principal del solicitante mientras permanezca el l>'•vamen a lav<>r del lnslituto.

a la

Artlw!o 22'. EJ Créddo H1polecario para Construcción da v.,_, M otorgari of afiliado o afiliada qua carezca de vivienda. previo cumplimiento de las siguientes cond-: l . Se< propiela1o o proPietarla del leneno donde se va a c:onallUir. 2. El lerreno d - pooeer lodos los permisoo requetid.. por la Olnlcdón de lngenierle Uunicipel CO<l'eapondiente para la conatruccil>n de ..+<ienda; y 3. Acompafiar a la oolicilud, declaración jurada simple de no -vivienda.

Articulo 5". Todo retardo por pane del afiliado o afiliada en el ~ de lu <UOlal de un cñdito concodklo por el lnatitulo, generarA la obligación de paga1 el uno por denlo (1%) de l n ' moralorioo aobre el valor de cada cuola o giro en el respecllyo cr9dlt<> por ceda mea vencido. La falta de pago de cuatro (4) o mas cuolaa consacutlval de un credlt<> ooncedldo por el lnatitulo dari lugar a que el alUiado o afiliada pierda ol beneficio dol plazo concedido en or reopecllvo conlralo. En consecuenda, 88 con&lderanl la totalidad de la obl<gación llqulcla. exigible y de piazo Yenciclo pudiendo el lnstiluto demandar la ejecución de laa garantlas <>!"'liadas a 1u favor, lnduyondo lolalldacl del capital Insoluto, los lnt0<eses moratorios y los gasios de cobranza e.<trajudlclalaa y ju~.

ademu bo

Articulo 23•. El monlo mrucimo del Créd110 H1polecar10 para Ampliación o Relacci6n de vivienda P<incipaJ, .....i el equ<valente al cien por ""'nto (100%) del preoupueolo que prMMle or oliliado o amada al lnatltuto, liempre que oo exceda de la canbdad de SESEHTA MIL BOÚVARES CON 00/100 (B•. 60.000,00), devengando un 1nterea del ,.,. punlo cinco por cienlo (8.5%) anual oobr8 laido

Articulo tl". Los créditos solicitados se aprobaran conforme a la disponlbYldacl presupuestarla y linancwa del lnsbtulo.

81

deudor. Articulo 7". Los créditos previstos en al C<opllulo 11 de 11Sle Reglamenta, oo1o podrin - IOllcitadOI por los af•1ados y afiiadas en los siguientes casos: •·· CrildJtoo P•raonalea: Cuando el afdlado y afiliada haya colitado duren10 un 1ap&o no menor de un (1) al'to consecutivo laa cuotaa de uislencia y ahOO"os previstas on el E1ratuto Oril'nico del INllituto. b.· Crildlto1 HlpoC•carioa: Cuando el af~iado y afiliada haya coüzaclo durante un 1ap&o no menor a :~~~~-mes"8 consecutivos las cuotas de asislencia y p<evlatas en el Estalulo del

ª"°"""

CWéolco

-

Articulo 24'. El monlo mUimo del Crédito Hipotecar1o para llb.-ac:iOn de hlpoleea 1111 vM9rlclll _. el equlvolente al cien por c>ento (100%) del saldo deudor, 118mpre y cuando áabl "" DOiida de lo establecido en el Articulo 18 del preaente Raglarn..,lo. Anlculo 25". El er.dllo H~ para llbenicllln de hlpoleca y ampllaci6n o ~ de ~ solo se olorgorin • aquelloa af'oiadol o aJltladao que hayan ooneUWldo ~ llObnl la


407.968

Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

misma y tengan la - ' d a d de realizar la relacciOn. No podOn op!lll" • un ........., aédllo hipQl8eano para ampllacl6n o relaccl6n de vivienda alno trwnlc.mdo un . . , de Mil (6) -.'loo de <>largado, previa canceladón de la hipoleca de ~ndo gr.do. Artlculo 28'. B monto m'-lmo del aédlto hlpo4ecano par11 la ~ dll hlpoioc8 y M>pllaclón o relaoción de la vivienda, unl el equlv.iente .i den por dento (100%) del oaldo dooudar y ol den por ciento (100%) dal prwupueato, p r - . i o por el aliiado o ~ oiempre y cuando eeto. no exoedan de lo . . - o en loe anlcuio. 18 y 23 del ~la Rogiwntnlo. Articulo 27". B plazo para el pago del aédilo hi~ unl dll - ® a la - - de ondeudamiento dal diado o afiliada y del monto del - · ol ouol no podrj de lreinla (30) al'loe. Para io. caaoa de Ct6ditol Hipolecarlol ga<anliZado• c:on hlpo(8Cll de aegundo 1191k>, el plam del pago ll8rá de 6, 10 o 15 a/los, salvo que aa lrate de complemenlol de cnldll.oo topolecark>a qua tendrán un plazo mhlmo de quince (15) afooa. Articulo 21". Loa complementoa de aéd1toa hipol8CllriOI, aa podtén IXlll08dar par11 cuOri' hula el cien por dento (100%) del 00&to tolal de la vivienda que el afiliado o alllladll adquiarll o oonatl\lya con créd~o ollrgado denlro de loa término< y condk:ione1 de la Ley qua rige la r ¡ i - habitac:ional y/o cualquier olra lnatitución o ente que ofrezca lnt..,..... preferencialea ol afliad<fo alilada, siempre que no exceda dal monto eotablecldo en el illllculo 16 del preoeote Reglamento.

"11-·""

Artlculo 211'. Loa lnmuebleo ot~ en garanlia hipotecarla, no pcxttn enajlorwM, ni la previa y ex¡>rna aulorWlción asalta de la Junla Adm lniltradcrll <1111 lnatllulo. Ui vlalación de Mili dllpoaición hará exigible el crédito como •i lueaa de plazo vencido y M proeadlri • ojaallllr la gat811tla

Alllculo 43". El allUado o lflll8dl podnl optat 1 un nu.vo criCllO para adqullición de V'lhloulo, un1 vez pago el crédito ~ con lnllrlorldad y nr1l<UITido un (1) llllo, llem¡n • cunplo lo ""~ en el articulo 37 del ptM«lla ~enlo. S. exClpilJan de la iw-u cllapollclón aqualJoo aMa<loa o afllladaa que demuealren la pérdida del vehlculo en procaao de ldquli&ldOn por causa de 1iniestro ocurrido, por cuo fortuko o fuerza mayor. Alllculo .W'. ~ el aBlado o afiliada dejU8 de pertenecer al lnaütuto por c:u.iquillf ,,.._, el c:r6dlto adeudado ge pasara a ta lllfa del mercado y en caao de Insolvencia IObre .,,.trq, (+t c:uclae rnenau8IM. el aédito ee conaiderará como de plazo vencido y, en irlltleulo ~ 1 la ejecYciOO O. la Roo.,... de dominio o Intente" laa ""'"""- clvllaa que hublln lu¡¡or.

conaecuena.. ..

Sección IV.· Cr~ltoa TuriaUcoa Articulo 45°. Loa aéd~oa luri11icoa son aquolloa que oat*l ~ con loa Morrol del lllllado o af~iada, ~oanza por el monto lotal del crédito otOfgado emlllda por una llfilnzl<kn lnoaa9 en la Superintendencia da Bancoa o por la figura del paga<é realizado por la lnaliludOn para tal fin. Articulo 41". Loa cr~lloa turl•tlcoe llenen como fonalidad financiar 11 o ...._ el dlofn.W de """'icioa IU'lslico&, planlf1C8do1 por la Garencia de Cultura, RacreaclOn Oapolle y T........., debldamenle aprobadoa por la Junta Administradora. ul como 1 pi.,.. turi1Uooa olenldoa por personas naturales o Jurldices que eetán legalmente inlcritu en el Regiatro Tll'lltlco Nlcional, on 11 Registro de Pro.- de la Nación y en el Ro¡¡i.tro de Proveedores dal ln&lltulo.

hipotacarja.

Alllculo 47". Loa aéditoa ll>'l•tlcoa l«M otorgadoa previo cumpllmlailo de loa llguionlaa NQUililol: L Eatar oolvenle c:on • 1oslltuto, " ' el pago de ta1 OUOWi ele olroa a*Plol oollcbdoa. b. T_ . capacidad de O<>deudamienlo.

Alt/culo 30". El Instituto podra, a solicitud del afiiado Jubilado o aflllada )ublada, prolongar el plazo en que fve c:on<»dido el Préstamo Hipotecario, son que en nlng4ln CHO egla 8"C8da a lo pr-to en el anlculo 27 del preaante Reglamento. Coocedida dicha p<6rroga ae han! la modlficaci6n c:omoepondiente

una

en el monto de s.ua OJotaa mens.ualea. Articulo 3 t•. Cuando al beneílciat1o o beneliciar\a de un cr4odlto hl;>ote<:ario> pl8r'do la walld8d de afiiado a alllladal del lnatituto, por cualquier causa, loa i n - IOb<e au crédjto hlpotecaóo aa calcularán • la 1aaa que regule la ley en m~terie de Polltlca ~. En caao ca <ridlto "~ "' oonjun!O, al la oCnl i-t- mllnlfeola. . 1U óllpoak:lón de -~ 111 IOlalidacl d.i cridlO, este .. Nlll" conforme 1 laa condlcloneo Mtlblecid•"' loa'«tl"""" 15 y 18 de •18 ~· CkJedan ~ de Mla cWlpoalciOn loa )J~iladoa O )Jbll~, ~ ~ PllQMldo au obllgaclón "' io. mlamoa Wnn._ y o o o d - .. en el dowlMnlo oonaUlulM> de la obligación. En loa caoot en que el deudot o deudora _....,.. ~ ....1c1oa "' la Admlniltrldón ~. 111 Junlll AdmlnlO~. podrj ftjw loa r .,.,._ - roglr*l el pago de 111 obllgec:i6n.

t,.,......,•

Artlc:ulo 32". La aul<Xización 1 que aa refiere el Mla.olo 211 d.i la Junta Adtnlnlatradora, en io. 1igujentea supuealoe:

~ RegllmtnlO

. . . OCOrglldl por

::::=:~:::~:~==~:J-=¡ c.

d.

c.

localidad. Cuando laa ooodicioMs ambientales da la zona donde H encuentte el Inmueble deamejoren apreciablemente, debidamente demoalrada. Cuenda por r1W>M1 de aalud dol afiliado o afollada o de airo miembro de au IJUPD famllar 811 lo requieran. Cuando se demueslre que el Inmueble aa ha eleleriorado cle i.i manara que haga lnMgura la permanencia del af•lado o ar•iada y su famüoa en .i.

-a

Articulo 48°. El monto mé><imo a otorgar para créditos turlstlcoa de OCHO MIL BoLlvARU CON 00/100 (Be.1.000,00) el cual deberlo ,,.. cancelado en un plazo m"""1o de cualro (4) atooa !W<engando tasa fija de ocno por cienlo (8%) 111ual IOb<e uldoa deudoree y M - " en ou<ltll ...........,. conaeculivaa, 1.. cualee comprenden capital, lntet- y gaalol de oobnlnzl. Articulo 411'. a credlto turl1tico no eolali condicionado a la oblencl6n ele olroa cridltoa, llempre y aJilldo 88I06 00 afeclen la Clj)acidad de endeudamiento dal dado o llllada.

lgcl6n v .• CrUltoa eomen:1.i... Altlculo 60'. Loa crédilof unln otorgadoa para l1nlrdar la ~de m.-. oomo io. de 11- blanca, 11- manón y computador.e y demú bl¡jo i.. modalidadea yio oaraclerlllical prevlaW en 11 _ , . . Reglam-. A.ilculo 11•. Loa credltoa com-...

""luiliw.:

•"*'

llj)tObadoa pr9Ylo

1 •

cumpllmlenlo de loa ~

El illfúadoy/o llfiiada, debe t.,_ee¡lKidad ele end«Jdamlenlo. b. El llllliada y/o aliUada, debe eetar lllllventa en 11 pago de lat CUOIM de olroa ~ al lnatituto. c. En cao de que el afiliado o afiliada no cumpla con el requiallo lhorroa diaponliles, ~ presentw como fiador e o1ro llfillado o afflada par11 garantizar 11 monto dal Mldlio comorc111 IOlicitedo, q..., _ . linnar el conlrlto en ~ de un func:iOfwto IUlatzldo ol aneto por ol lr.oütuto. T ambl6n podnl Of>lat por la fQuta de fianza o el - ' · tal cual M <leaaba en loa anlculoa 9 y 45 del pr....,t• Reglamento. L

ca

....a

Articulo 62". El monto mwomo a otorgar del crédito comercial, huta por el monlo de OHCE MIL BoLlVARES CON 00/100 {BI. 11.000,00). En caso que el amado o affiada, ~ dlpoeilado"' ahorTOs una can<idad 1Uperíor a la Indicada en este anlculo, el monto mlixlmo de dicho <ridtto ... huta la canlídad ahorrada, la cual unl el único aval del ml&mo.

f. Articulo 33•, Loa afollados o afiliadas que hayan enajenado 1u vivienda, pod.-'" otro a6dlto hipotecario sólo cuando destinen al e.en por ciento (100%) del proO.iclo de 111 venta pera la ...-. adqullici6n. Parignifo Único: En el caso de que el afiliado y/o af•iada que tenga deuda con el l111litulo por a6díto hlpol-io antenor, no aa tomn en cuenta el saldo deudor para 111 nueva coompre. B raalo del Clpltal unl desUnado el cien por dento (100%) para la nueva adqu'-IClóo.

Articulo 63'. El plazo para el pago do loa créditos comarci- podrá - ele doa (2) aJalro (4) o Mil {8) a/\o&, aagún 111 capacidad de pago o la opción elegida por el afiliado o alliada .W.engando un ,....... del sois por ciento (6%) anual sobre 1aldo deudor y .., pa¡¡arM en cuow menau.i. conoecutlv8I, las cualu comprenden capital, ínter- y ga1l01 de cob<anua.

Alllculo 34'. Se prOhlbe, el o«lfgamiento de aedllol para la l1l8ciQUlliCión de mnllbiel qw sido propiedad del afiüado o afiliada y para la llberaci6o ele hipolecll COOlllluldll c:on el mlarno lit.

Articulo ~·. En un lapso no ma)OI' de sesenta (60) dlaa hab4lel, conladol a parta- de laa publicacionM de 8118 r&Qamento, lal Direcciones de Créditos. Finanzas y Siltemu del lnlllluto, daber6 recalcular y reestrudurar la deuda que por concepto de Interés devengan lodos loa aédilol Npotecarloa otor;adol con antenoridad a la presente normativa, a los f11181 que ge adecuen a la lllfl de lnlatéll del 6.5% anual P"""SIO en el "'11 culo 18 ejusdem, con efecto ex - nonc. • panr de ta onlrlóll en vlpencia de aala

hayan

Altlculo 35'. El monto máximo para los Crédotoa Hipotacarioc en caao ele rnatrmonOo. o unionaa estables de hecho, que cumplan lol requ ..1tos establaadol en 111 lay, Mri ele CUATROCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES CON 00100 (81. 410.000,00), conforme a la capacidad de pago del 11'\lPD familiar. Articulo 38". El avalúo del Inmueble S«á realizado por un perito 1vaiuador debiclatn«ü colagiallo o agremiado, regialrado en loa prloclpalea bancos adscrllol a la Sanca Públlca. aeieccionado por el afMlado o afoiada. quien caTara con .loe gaatos caTeopondientM. B resuti.io ele- la lnlpecclón - • preoenlado madlanlAI un Informa •"""""· qua debenl anexarM en Of'c¡lnal a la~ del <Ñdjlo, El monto da loa cr6diloa hjpot..,.,._, ., 1W9in CNO pocjrj ..,. au¡wic>' ol -.ido .i - · El l,...tluto .., reurvn el derecho 1 relllzar una nuev1 inapeccl6n, oon un porio ~ ldacrlo 1 la Ger.-.cla de er.ditoa que 1 tal aiac:to dealyne, cuando lo QOnllcWoi ap<Rlnl>.

laccl6n 111.- CNdltos p.,,, Adqulald6n ca V........... Artl<>Jlo ·37". El cridlto pora adqui.lció<I de •""lculoa ....., ~ preWi cumpllmllnlo da loa a9Jienlaa req.¡llltoa: L Cuando el .tilado o eNlada M lnocrlba en el .....,..:tMI y M)OI 1-o favorecida. b. Cuando el allllado o a!lllada l\eya ootlDdo durante un lapoo no .....,... 1 lraa (3) meMa conaecuUvoa laa cuotas de asiatenc!a y ahO<TOa ~181 en el Ealalulo ~del lrwUllAo. c. La capacidad de endeudamiento para cpt... • loa a*Plol pora ~ dll vehicúo9 aati repr81Mlada haala por el CUltMll y cinco por clMto {45%) del Jngreao menauaj ~ por el afjlado o llliliada o .. eat...11 y cinco por cl...to {75%) del Jngreao dal .,.,po lam~iar. d. El afiliado y/o afiliada debe canoelat el trelnlll por clMlo \lll%) como minino dal a.lo lotll de vehlculo. lo cual "'el aporte inicial. Articulo 38". B cridito para adquisición de vehlculo ae concederá en io. alguienta ~= L Para comprar vehlculoa nuevoa a precio de llotllla o pautadoa en la G8C8lll Oficial, oonforme al convenio au1crito con 111 enaambladoru ..~ "' el pal1 loa c:oooaalonllfloa autorizJldoa pllfl la venlll de vehlculoa. b. Para comprar vehiculoa nueY01 tramitados dltectamonla por el alllildo o . - . , loa

conceaionarioe autorizadOI a nivel nacional. Articulo 311'. El monto máximo de financlam...,to para la adqulliclón de vehlculol, oar8 Mala el SETENTA POR CIENTO (70%) del valor tOlal del mismo y deber8 garenUzado oonforme a lo pr811iato en la Ley de Venta con Reserva de Dominio, a favor del l,...llluto y Póltza de Sagui:o a todo nesgo otorgada por una Entidad Fonanc""" o Compafllo AMpo.radcn ....,,_ por la Superintendencia de la Aclnlidad AseguradOfa. Articulo 40'. El plazo mtximo para al pago de los créditos para adqu4M:lón de vehlculoa, oar8 hMlll de ocho (8) ai\oa, io. cualee d e - á n una tasa do lnlllfés dal ocno por ciento (8%) anual, IObre loa saldos deudo<etl y pagar'" en cuocao menoual"" y coosecutiYU loe .,...._ com~ capilll,

'°

Interese&, gaatos de c:ob<anza mas

aneo (5) giros especiales.

Articulo 41°. B Instituto owgira qua al •ehlculo adquirido por el afilado o lll'ollada, petlll8ll8ZCll asegurado a todo riesgo en un cien por ciento (100%), sin deducible hull la total cancelaci6n del crédito. Artk:ulo 42". B afollado o afillada d _ . contrm« una Póllz8 da ~ de Vldl por el monto del crédito otorgado por un 1apao MI• (8) o hMlll por ol !lempo QU9 din el cridllo. En C1110 QU9 11 aflllado o aflllada no ¡noenla en treinlll (30) dlaa contn... la pólizl de~ 1 laYor del ln9liluto, blan el a1agne¡e el a6dllo o por ""'1Vld0n, aala uumlfj la gaall(l(t y gll1ot Pl'9 11 ldqulliciOn de 11 p611%a tmpuündoaa diCN deuda .i ~onio paalvo <1111 allllloclo. 1 .,...... de un cr6dllo eapecill, aiyao c!elllml- y aapacllcacionaa lal ~wil la .k.w1ll Adrnlni.llrodora del in.titulo.

ca

Cepltulolll

DlllpoalclonM TtlMllorlM

Reglamento. Mculo 55". En un lapso no ma)OI' de noventa (90) dlu ~. conllldoa a pow1i' de la publicación de eala Reglamanto. el IPASME IUfCriblrá convenio, 1 io. de 1 - 1 loa o allliadal la OIJlención del IUballSio olotl)ado por el Ealado; lllempre que el lngr.a llmlllar no . . . _ 11 monlo requelldo Pllf9 el olorgllmlento del M.lblldlo o plana& halHlaclonalM de YMand•.

nn.

Dlap<lllclonaa FlnaMe

"°'*

Mlculo 19'. El _ . . . lnllmo del Mlnillll1o del f>op¡lllr i-1 la ~ y dll lea Gob«naclorM y IUcaldlH que matUng8n QQIW"""9 . . .lea, porH ~ d9 loa a"*tMpotecarloa, ~. luiatioool y ~-'elea ~ en Miii ~ - - y OJlfldo hayan cothedo donrU ..., lapao no.....,... de doa (02) -.'loo oonMCIJ1lvoa 111 de Mllloncia y ahorTOs ¡nviallla "" el Eotatuto

Orv*iic:o del lr.olitulo.

Articulo 57". El l,...Ututo podnl, 8XCej)Clonalmonte, c:oncedler un nutM> c:..dllo HI~ o "--'"l. anu.. de ta~ delinitlva, siempre que• afiliado o afiliada compn>bw9 •~da 11 de Junta Admmlnl<lora la urgencia o neceo.idad del mismo. Articulo !18". Todo aéd1to que no aa higa efectlYo dentro de io. lnll (3) , , _ ~ a au aprobación. - ' anulado por la Gerencia de Crédijoa.

'i

w.

Articulo La """'pelón de sollCIUJ- da crédltoa podr8 8lq)AIS8ndo loa motivos qua hubiere y siempre que 1ea o financieto.

gugpen<lid.a por 111 Junla Admlnlalrlllora,

.-ano por ,.,...,,,. de 1 - admlrillrltlvo

Mculo 60'. Los montos de los aéd•loe a otor¡¡arM oonforme a las dilpoa- del preaanle Reglamento, 1610 se aplicarán a i.. •oticlludes de aédiloe lntroducid81 a parta- de la entrada en Vigencia del mismo. Artfculo 61 '. El procedimiento para laa fOIOcitudes ele crédlloa en cuoe ele lln.laatroa por catan.fea naturaJes o casoa fc.-tuttos, ...,.An resuellos por la Juma AdmlnlOlradonl el lnstluto. Artlculo 62'. Cu• ndo el afwlado o afi~ada solocllante de loa crédlloa previalol en el prwenla reglarne<ito, tengan cualidad de funcionario de alto mval. le correapondelá • 111 Ju.U Admlnlatradonl el lnalítuto el avocamiento y decisión de la solicitud. Articulo 63'. Lo no previsto en el preaenta reglamento oar8 raaualto por la Junta AdmNlradonl dal lnstiWlo.

Se d""'91' el Reglamento Genetal de Créditos del Instituto de Prevililln y Asiltercil Social pa-a el Personal del Ministerio de Educación (IPASME) dictado mediante Providencia A<lmlrillrallva N" 12·2403 da fecha 20 de agoslo de 2012, publicado en la GllCelll Ofld.i cle ta Repübllal Bohariana ele V~ N" 39.991 de fecha 22 de agosto de 2012, as! como la Provlclencla Mi'nlrálnllNa N" 12-2630 de feclla 1~ de aepliembre de 2012, en la cual 18 corrigl por~ WTtll' ,.,..._, publicada en la Gaceta Oficial de 18 Ropübllca Bolrvwillna de V......,,. N" 40.006 de l9cll9 14 de ""l'tiambfe del 2012, as! como cualquier Reglamento, Normatlv9, Pn:Mdenáli ~ ylo Nltl Adminiatralivo que colida c:on • p<Menle Reglamento. •

{


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 2013

407.969

beneficio de Jubilación Especial, a los fines de garantizar el cumplimiento del Articulo 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

RESUELVE

PRIMERO: Otorgar a partir de la fecha de publlcac!On en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. el beneficio de Jubilación Especial al ciudadano JOSÉ ANGEL RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.198.871, de cincuenta y siete (57) anos de edad, y con diecisiete (17) anos, cuatro (04) meses y siete (07) dlas de servicios prestados en la Administración Pública. desempenando como úlfüno cargo el

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA COMUNICACIÓN Y LA INFORMACIÓN ~ 93~

de Supervisor de Servicios de Reproducción e Impresión, en el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información (MIPPCI).

"""{;..__,¡,, Jw- k

o({.;,..;,¡_,;, d4' :~• g>~

~y&.. ~~ rl.

SEGUNDO: El monto de la Jubilación Especial será por la cantidad de TRES

c:>Y..¡...~

MIL CIENTO CUARENTA

k ol{¡,,,¡,,,¡,.,,

Y TRES

BOLÍVARES CON SESENTA

Y SEIS

CENTIMOS (Bs. 3.143,66), mensuales, equivalentes al CUARENTA Y DOS COMA CINCUENTA POR CIENTO (42,50%) del sueldo promedio de los u!Umos doce (12) meses en servicio activo, de conformidad con lo establecido Caracas, 02 de diciembre de 2013

en los Artfculos B y 9 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de Jos Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Publica Nacional, de los Estados y de los Municipios.

203'. 154' y 14'

TERCERO: El gasto del referido beneficio será imputado a la partida

RESOLUCIÓN Nº 80

presupuestaria Nº 407.01.01.02.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Presidencial N" 297.

CUARTO: Se autoriza a la Dirección de Recursos Humanos del Sef\licio

de fecha 08 de agosto de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República

Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO), a efectuar la

Bolivariana de Venezuela N" 40.224, de igual fecha, y en uso de las facultades

notificación correspondiente, en virtud de lo dispuesto en el Articulo 73 de la

que me confiere el último aparte del Articulo 5 de la Ley del Estatuto de la

Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Función Pública, en concordancia con lo dispuesto en los Articules 62 y 77 numeral 19 del Decreto con Rango. Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Comunlquese y Publlquese ,,..~

Administración Pública. publicada en la Gaceta Oficial de la República

...

~;.. ,,~~

Bolivariana de Venezue_la N" 5.890, Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008.

y en cumplimiento de lo dispuesto en el único aparte del Articulo 10 del Decreto

-~=~

Nº 4.107 de fecha 28 de noviembre de 2005, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana

qe

Venezuela Nº 38.323 de ta misma fecha, referido al

,~,j~

. 'tfil/

Oelcy Rodrlguez Gómez ~'·""~" Ministra del Poder Popular para la Comunicación y la Información

Instructivo que establece las Normas que Regulan la Tramitación de las Jubilaciones Especiales para los Funcionarios y Empleados que prestan

Por Gc!legilCllÓ!l del (;M.xlaaano PtKJCSante de la RepÜt)llC:.a

Servicio en la Administración Pública Nacional, Estadal. Municipal y para los

~11o1aniillna dit venezi..iela SegUn Oeinto NO 297 Cll fed'll 08 de ilgOStO- Oe lOll, ,,,,__""la~ Olioal do i. l\e¡>Y~ llOWOtlan.I do v...,,,,.¡¡,

..

Obreros Dependientes del Poder Publico Nacional;

N• 40.22-4 M la

rrtSmi

fecN.

CONSIDERANDO

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Que en fecha doce (12) de agosto de dos mil trece (2013), a través de la

REPúBLICA BOLIVARJANA DE VENEZUELA

Planilla de Jubilación Especial de Obreros Nº FP-026-0. el ciudadano

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela, aprobó la Jubilación Especial al ciudadano JOS!! ANGEL RANGEL, venezolano, mayor

(

Resolución Nº 0167 Caracas, l l de diciembre de 2013 1 203º y 154º 1

de edad. titular de la cédula de identidad Nº V-5.198.871, actuando en ejercicio de la delegación conferida por el Ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Penslones de los

La

Funcionarios. Funcionarias. Empleados y Empleadas de la Administración

ARGENIS DE JESÚS CHÁVEZ FRÍAS, titular de la cédula de Identidad Nº

Dirección Ejecutiva de la Magistratura, representada por el ciudadano

Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios, acordó el beneficio de

4.925.031, domiciliado en esta ciudad de caracas, Distrito capltal, en su condición

Jubilación Especial al precitado ciudadano, quién se desemperlaba como

de DIRECTOR EJECUTIVO DE LA MAGISTRATURA, designado

Supervisor de Servicios de Reproducción e Impresión, en el Servicio Autónomo

Sala Plena dej Tribunal Supremo de Justicia, el dla doce (12) de jUlllo de 2013,

Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO), ente adscrito a este Ministerio;

publicada en la Gaceta Ofldal de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.188

en 5esl6n de

de fecha trece (13) de junio de 2013, en ejercido de las atribuciones conferidas en CONSIDERANDO

el numeral 12 del articulo

n

de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en la Gaceta OflclaJ de la Que verificados como han sido los requisitos y trámites administrativos y

Repú~lica Bolivariana de Venezuela

legales necesarios, ante las autoridades competentes para la procedencia del

2010.

Nº 3g,s22 de fecha primero (01) de octubre


407.970

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARJANADE VENEZUELA RESUELVE

~'i,~CTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA Nº E.011-13 DE LA •FUNDACIÓN

PRIMERO¡ Designación de la ciudadana EV1S HERMINIA GONZÁl.EZ ROJAS, títular de la Cédula de Identidad Nº 14.551.609, como DirectOl'a Administrativa Regional del estado Miranda de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a partir

;~ARA

Dada, firmada y sellada en la ~celó mes

utiva de la Magistratura,

e diciembre

LA INVESTIGACIÓN, CAPACITACIÓN Y DESARROUO DE LA

~FUNCIÓN FISCAL•, DE FECHA DIECISIETE (17) DE SEPTIEMBRI: DI!: 1013.. -

So hace 0001lllr que el dl• dieclllole (17) de aeptlembnt de 2013, lilodo lu 1191

de la presente fecha, cargo considerado de libre nombramiento y remoción. a los once (11) ·

Jueves 12 dediciembrede2013

de la tardtl (03:00 p.m.), fue celebrad• en la Quinta Kemple, ublc:IKMi en la Avenkla

en caracas

Loa N•ranjo1, de la Urlanlzación

2013.

'

u

Florida, Parroquia El RICAIO, Municipio

Libertador del Diatrito Capital, Sede de la Fundación para la lnveatigeción, Capacitación

y

,.

Desarrollo de la Función Fiacal, la Aaamblllla ~lnaria

.

Nº E--011-13, en la cual

ae

encontraban presentes:

u

Dra. sánta P•lmlla

Stncuul, Ulular de la cédula de Identidad Nro. 5.976.408, Preaidenta de La

~ undacióli para la lnvutigación, Capacitación y Desarrollo de la FunclOll fil.cal, la

\~fbG· 1

MINISTERIO PÚBLICO

1

Maña EugHla Rodrlguez Bento, titular de la cédula de

ld~!Jd8d

Nro.

9.881.874, Miembro Principal de la Junta Directiva, el Uc. Joe6 Antonio Vúquez Pérez, titular de la cédula de identidad Nro. 10.337.307, Miembro Principal de la Junta Difedlva, la Uc. Ullana Parra da Urqula, 1Jtular de la cédula de identidad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA "

Nro. 6.559.538, Miembro Principal de la Junta Directiva. y la Abg. Martha: Cecilia

- lllHISTERJO DEL POOE/i POPUL.AA PARA REl..ACIOHE6 INTEJOOR!tS YJllSTlCIA -

· Magln Marln, titular de la cédula de identidad Nro, 12.071.922. Secretaria

'" SERVICIO AUTONOllO DE REGISTROS YNOTAAIAS "'

REGISTRO PÚBLICO DEL SEGUNDO CIRCUITO MUNICIPIO LIBERTADOR DISTRITO

CAPITAL.-,_

Ejecutiva de la Junta Directiva, tal como consta en el Acta de Atamblee Extraordinaria N• E.013. de fecha velnUocho (28) de ag08to de 2012, publleada en

la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N" 39.996, de fe<:ha veintinueve {29) de agotto de 2012.

lgualmenlAI, la Fl.lldaci6n fue creada

medíanla Aeta Conatltutiv11 y Eltalutol Sodalet, protocolizadll Cuatro (04) de Ok:iembno del doa mil np. (2013)

2Ó3'y 154' 8 anterior documento fue redlldado por el(la) Abg.

GERUNOA DE JESUS GARCIA DE VENTO

lnscrlto(a) en el lnpreabo;8do No. 20062; ldentibdo con el Número 215.2013.4.3832, de fecha

5, follo 136, Tomo 40, Protocolo de Trana<:ripci6n de fecha diecinueve {19)

bnt de 2011, y publlcadoa en la Gaceta Oftclal de la Repúblk:a Bollvarlana

regla11o por llARTHA CECIU4 MAGIN MARIN, CéDULA N"

V-12.071.922. Fue laldo y confrontado con sus copias en lo& protocolol y firmado& en ..toa y en

PrealdlO la Aaamblee la Ora. S.nta Palalla Stracuzzl, anteriormente Identificada,

el presente

&u

original por au(s) otorgante(s) ante mi y loa loltlp LUISANA JUDITH GllTIERREZ

DIAZ y RODOLFO JOSE VARELA MONTILLA con céOUL.A N" V·17.712.410y ,CJlOULA N·

V.a.&27.386. La Re•isi6n Legal fue realizada por el(la) Abg. JINDRICH GHISLAINE RIVERO , con

CÉDULA N' V-10.3"7.269 funcionariO{a)

de esta Oficina de Reglatro. La Re.ialón de

Prohibiciones fue realizada por YANETT JOSEFINA FORSYTH CARPIO, con

C,ÉDULA N"

v.a.388.963.La i<lentificaci6n de (los) Otorgan1e(s) fue efectuada ul: MAR7HA CECILIA llAGIN

I

baJo el

, .-zuele N" 311.788, de fecti. velntJocho (28) de octubre de 2011.. .............. ..

15111/2013. Preeentado para

'

.me ·~ Raglttro (

Público del Segundo Circuito del Municipio Ubertadof del OlllritO C~

quien la declaró vlllidamente constítuida, previa convocatoria, tal: y como lo

ealablece el •rtlculo 11 del Acta Conalltutlva y Eatatulo9 Socialea de la Fundación. 5egummente, 111 Dra. Santa Palalla Stnicuzzl, luego de veriftc:ar 'el quórum, procedió • dar lectura al onlen del dla ........................................................ ÚNICO: Conatltuc:IOn de la Unldmd Contratante de la Fundación para la

CIWIJLA N" V-12.071.922. El

lnvutlgllcl6n, Capacltacl6n y DeNrroUo de la Func:ión Fi.c.I, pí9'Mtm en al

bajo el numero sna y folio 11471-11471 respectivamen1e. El Recaudo Documento de Identidad fue preaan1ado Ad EffeciUm V1dflndi. Esta documento quedó lnacrtto bajo el(io.) Nümero(e) 15 follo(•) 89

articulo 2• del Reglamento de la Ley de Contrataclonea ................................... ..

MARJN, nacionalidad VENEZOLANA, es!ado civll CASADA,

Recaudo CARTA DE CONVOCATORIA agregado al Cuaderno de Comprobantes

de! (de los) Tomo(s) 48 del Protocolo de Tranacrtpclón del pn1..nta afto respectivanMMlta. E&ta documento quedó otorgado en eeta oficina • lQ 08:42 Lm.

Seguidamente, la Dra. Santa P•l•lla Stracuzzl, Preaidenta de la Fundación, aometió a la consideración de la Aaamblea loa puntos del orden del dla y luego de la correspondiente deliberación, la Asamblea decidió: ...................................... .

RESOLUCIÓN PUNTO ÚNICO; Se aprueba la conttltución de la Unidad Contnitlnte previlta en el artJculo 2• del Reglamento de la Ley de Contratacionel de la "Fundación para la Investigación. Capacitación y Oesairollo de la Función Fit.cal", confomlada por la. aigulentes ciudadanas: .......................................... . 1. Ucda. DI,,.. Emlll• Capó C.rruquaro, C.I. N' V-18.47,1.258,

en

repreaentación de la Coordinación de Contabüidad................. 1.,;c ........... . 2. Ucda. Yohalla Yublalay Mlrabal Laand,.., C.I. Nº V-1i127.181 en repreaentaclón de la Coordinación de Administración y 5ervlcloa/: .'_. ............ ..

3. Licda. Ana

K.lr1n•

Ramlraz Cabrara, C.I. N• V-18.18'.071, en

representación de la Coordinación Académica ...................................... ..

Esta Unidad Contratani., de conformidad con lo aproóildo en

et Acta de

Asamblea Extraordinaria N• E.017 de fecha treinta y uno (31) de oáubre de 2012, publicada en la Gacela Oficjaf de la RepúbUca BoUvariana de V~ N" 40.091 de fecha dllclMla (16) de

enero de 2013, uW* adacrita • la Coordlnal:lón de

Admlniatraclón y SalYiclol de le Fundación, y ejen:eri aus funclonM de acuerdo

con lo dispuesto en loa artlculoa 6 nWTllhl 14, 73, 74 y 75 de la Ley de Contra~ P!Jblicu y en loa artlculoa 2y109.i113 del Reglamento de la Ley de Contratacionea PUblicaa........................................................................ .. P08tarionnenta, la Dra. Santa Palalla Stracuzzl, Preaidenta de la

Fundación

aomelió a la cona Id eración de la Asamblea el punto del onlen del d la y luego de 8(La) Reglalnldor(a) Dr(a).

la correepondlente deliberación, la Asamblea decidió: ...................................... .

Finalmente, ae autoriza a la ciudadana Abg. lllartha Cecilia Mlgln Marln, titular de la c6dule de identidad Nro. 12.071.922, de estado civil casada, para que realice lol

trámilas a que hubiera lugar a loa fines de que certifique y protocolice La

~

Acta ante la Oficina de Regiatro Publico COIT88pondiante, tomando en coneideracl6n la exención del pa;o de aranceles y otras tasas previataa en la leglslación qlie regule


Jueves 12 de diciembre de 2013 la actividad Notarial

GACETA OFICIAL DE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA

407.971

y Reg181ral de coofomúdad con lo d~ en el Artfculo 11'l.." o,~

del Decreto N" 8.217, con Rango, Valor y Fu.iza de Ley Orgénica de la

PODER CIUDADANO

Admlnlstraci6n Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la Repúblic8 Bolivariana da Venezuela N° 5.890 Extraordinario, de fecha treinta y uno (31) de julio de 2008 ...

REPÚBLICA BOLIVAFÜANA DE VENEZUELA

No habiendo méa ar.untoa que tratar, ae declaró concluida la rouni6n y conformes firman: .....................................................................................................

.

~ ..... Sanbl Palella Stracuul............................

j ·, Joú Antonio V..quu P6ru.... .. .. .. ..... .. ..

PODER CIUDADANO

Preaidenta (FDO) ................................... .

Miembro Principal (FDO) ......................... ..

(,i

Maria Eugenia RodrlgUN Banto ............... MO.mbro Princlpal (FDO) ........................ ..

l

Ullarui Parra da Urqula .......................... Miembro Pnncipal (FDO) ......................... .

Resoluclón Nº CMR-01€1-2013 Caracas, ~1 '1

Martha Cecilia Magln llarln ................... Secretaria EíecutNa (FDO) ........ ; .............. .

D1C2013

203º y 154º

Quien auacribe, Abg. Marttt. Cecilia Mtigln Mtirln, titular de la cédula da identidad Nro. 12.071.922, de eatado civil casada, Secretaria Ejecutiva de la Fundación para

Investigación. Capacitación y Deaarrollo de la Func!Qn, ~ que el

la

CONSEJO MORAL REPUBLICANO

Acta da Aumblaa Extraordinaria transcrita. distinguida con el N• E'.o11-13 de la "FUNDACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN, CAPACITACIÓN Y DE~ROLLO DE

LA FUNCIÓN FISCAL", de fecha diecisiete (17) de septiembre de','2013, cuyo original corre inserto en el respectivo libro de Acta& de Aaambleu de la \rundación.

'

~l.wliJJi".h~~ ""(fimJ~j.~

.

k En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artlculos 5 numerales 1 y 4 de la Ley Orgénica del Poder Ciudadano Disposición Transitoria Única de la Ley Contra la Corrupción.

!

y 1o, y la

-

. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA , MINISTERIO PÚBLICO Despacho de la Fiscal General de la República Caracas, 10 de diciembre de 2013 Años 203° y 154"

CONSIDERANDO Que de conformidad con lo previsto en el articulo 2 y 141 de la Carta Fundamental, Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurldlco y de su actuación, entre otros, la justicia, 111 Igualdad, la aolldar1dad, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y et pluralismo polftlco; y la Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.

RESOLUOÓN Nº 11173

LUISA ORTEGA Di.u FIKal General de I• Repúblle1 En ejercido de la facultad conferida por el artículo 6 de la Ley Orgánica det Ministerio Público y, en uso de las abibuciones establecidas en los numerales 1 y 3 del artículo 25 elusdem.

t

·:'

CONSIDERANDO Que de conformidad con lo previsto en el articulo 274 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los órganos que ejercen el Poder Ciudadano tienen a su cargo entre otros, prevenir, lnYeStigar y sancionar loa hechos que atenten contra la ética pública y promover ta educación como proceso creador de Ja ciudadania, asi como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsab!lldad social y el trabajo; resuelve, dictar el siguiente:

RESUELVE:

. Úfilt2:

Designar FISCAL PROVJSORIO al ~ A.bogado

ARGENlS OMAR MARTINEZ RAMiREZ.- titular de la cédula de

ldentldac;I

.Nº 8.795.514, en la FlSCAÚA DÉCIMA St:GUNDA del Ministerio Públim de la

Ora.1nsa1pdón Judidal del estido Monagas, con sede en Maturfn y CDmPetenda en materia Contra la Corrupción, Bancos,. Seguros y Merado de capitales, cargo vacante. B refer1do ciudadano se viene ~ como FlsciSI Auxiliar Interino en la Ascalla Segunda del Mlnlsterlo Públlco de 111 citada <;Jrcunsalpclón

CÓDIGO DE éTICA DE LAS SERVIDORAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Judicial.

La presente designadón tiene efectos administrativos a partir del Objeto ArUculo 1. El presente Código tiene por objeto regular los principios : rectores de los deberes y conductas que deben observar las 1 servidoras y los servidores públicos en el ejercicio de las funciones que desempenen, a fin de promover los valores consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y prevenir hechos que atenten, amenacen o lesionen la ética pública y Ja moral administrativa. 1

1


407.972

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

-. Deberea da las servidoras y los eervldon1&11tiblfcos ArUculo 5. Son deberes de las servidoras y los servidores públicos:

Ámbito subjetivo de aplicación ArUculo 2. El presente Código regirá a las servidoras y los servidores públicos al servicio de los órganos del Poder Público Nacional, Estada!. Dlstrltal y Municipal y sus entes descentralizados.

1) Salvaguardar en todo momento y en cada una de sus acruaclones, los Intereses del Estado y preservar el patrimonio público. 2) Actuar con estricto apego a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y a todas las demás normas e instrucciones que deben regir su comportamiento en la realización cabal de todas las tareas que le hayan sido asignadas.

Servidora o servidor público Articulo 3. A tos efectos de este Código, se entenderá por servidora o servidor público toda persona Investida de funciones públicas. permanentes o transitorias, remuneradas o gratuitas, originadas por elección, por nombramiento, designación o contrato, otorgado por ta autoridad competente, que desempene actividades o funciones en nombre o al servicio de los entes u organismos de! sector público, aun cuando realice actividades fuera del terr1torio de la República.

3) Dedicar todos sus esfuerzos para cumplir, con la máxima eficiencia y la más alta eficacia, la misión que le esté encomendada. 4) Realizar permanentemente actividades de superación personal y de colaboración en el mejoramiento institucional de la Administración Pública y, en particular, del ente u organismo donde preste sus servicios. 5) Rehusar con firmeza inequívoca el mantenimiento de relaciones o de lnteresM, con personas u organizaciones, que sean Incompatibles con sus cargos y con las atribuciones y funciones que le estén asignadas.

Principios rectores Articulo 4: Son principios rectores de los deberes y conductas de las servidoras y los servidores públicos respecto a los valores éticos que han de regirlos: 1) La honestidad, que obliga a toda servidora o servidor público a actuar con probidad y honradez, lo cual excluye cualquier comportamiento en desmedro del interés colectivo.

2) La equidad, la cual obliga a toda servidora o servidor público a actuar, respecto de las personas que demanden o soliciten su servicio, sin ningún tipo de preferencias y sólo en razón del mérito, legalidad, motivaciones objetivas con base al principio constitucional de la no discriminación. y sin consideraciones ajenas al fondo del asunto y a la justicia. 3) El decoro, que impone a toda servidora o servidor público la obligación de exteriorizarse en un lenguaje adecuado, y con respeto en la manera de conducirse durante el ejercicio de las funciones y tareas asignadas. 4) La lealtad, que Impone a toda servidora o servidor público la obligación de respetar el ejercicio legitimo de las funciones encomendadas a otras Instituciones; de ponderar, en el ejercicio de las funciones propias, la totalidad de los intereses públicos Implicados, y la fidelidad, constancia y solidaridad para con el ente u organismo en el cual presta sus servicios. 5) La vocación de servicio, la cual Implica que las servidoras o servidores públicos están al servicio de las personas, y en su actuación darán preferencia a los requerimientos de la población y a la satisfacción de sus necesidades, con exclusión de conductas, motivaciones e Intereses distintos de los del ente · u organismo para el cual presta sus servicios. ~ 6) La disciplina, que comporta la observancia y estricto 1 cumplimiento del orden legal establecido, por parte de las servidoras o servidores públicos. 7) La eficacia, la cual entrana el deber de toda servidora o servidor público de dar cumplimiento óptimo y en el menor tiempo posible a los objetivos y metas fijados en las normas. planes y compromiso de gestión, bajo la orientación de pollticas y estrategias establecidas por los órganos del Poder Público Nacional. 8) La responsabilidad, que significa disposición y diligencia en el ejercicio de las competencias, funciones y tareas encomendadas, tomar la iniciativa de ofrecerse a realizarlas, asl como la permanente disposición a rendir cuentas y a asumir las consecuencias de la conducta, sin excusas de ninguna naturaleza, cuando se requiera o juzgue obligante. 9) La puntualidad, la cual exigedetoda servidora o servidor público que los compromisos contraídos y las tareas, encargos y trabajos asignados sean cumplidos eficazmente, dentro de los lapsos establecidos en las normas o los que se haya convenido a ter efecto. 10)La transparencia, que exige de toda servidora o servidor público la ejecución diáfana de los actos de servicio y el respeto del derecho de toda persona a conocer Ja verdad, sin omitirla ni falsearla, en observancia de las garantías establecidas en el articulo 143 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Jueves 12 de diciembre de 2013

6) Proceder con objetividad e imparcialidad en todas las decisiones que le corresponda tomar y en los asuntos en los que deba intervenir. 7) Rechazar en cualquier caso y circunstancia y no solicitar jamás, ni para si mismo ni para terceros, pagos, prebendas, privilegios u otros beneficios indebidos con ocasión de los servicios que deba prestar. 8) Ajustar su conducta, de modo estricto y sin excepciones, a favor de la transparencia en la Administración Públ!ca manteniendo la confidencialidad y reserva de información, salvo las excepciones que expresamente establezca la ley. 9) Tratar a los ciudadanos y ciudadanas y a las servidoras y los servidores públicos con absoluto respeto y prestar sus servicios y colaboración de manera eficiente, puntual y pertinente, sin abusar en modo alguno de la autoridad y atribuciones que le sean conferidas con ocasión del cargo que desempene.

1

Prohibiciones de las servidoras y los servidores públicos Articulo 6. Es contrario a los principios rectores de los deberes y conductas de las servidoras y los servidores públicos, y en consecuencia se les prohibe: 1) Intervenir en la toma de decisiones, acto, contrato o resolución de asuntos en los que tenga interés de naturaleza particular, directo o indirecto; del que pueda resultar algún beneficio para la servidora o el servidor público. 2) Prestar servicios de asesoramiento o gestionar asuntos relacionados con su cargo, por si mismo o a través de un tercero, de los que pueda resultar algún beneficio directo para la servidora o el servidor público. 3) Utilizar en beneficio propio información secreta, reservada o confidencial de la que hubiere tenido conocimiento con ocasión del ejercicio de sus funciones.

4) Obtener ventajas. concesiones o privilegios, en razón del cargo o posición ocupada dentro del órgano o ente en el cual se desempena o se haya desempenado durante los últimos cinco (5) anos, o en aquellos sobre los que dicho organismo o entidad ejerza control de Mela, estatutario o accionarial, en contraposición a los Intereses de dichos órganos o entes. 5) Litigar o tramitar asuntos administrativos o judiciales, en representación de terceros, en contra del órgano o ente del cual es beneficiario de una jubilación.


Jueves 12 de diciembre de 2013

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

contenidas en el presente Código, quienes incurran en actos. hechos, u omisiones que atenten, amenacen o lesionen la ética pública o la moral t:idmlnistrativa, serán sancionados con amonestación o censura. de conformidad con lo previsto-en la Ley Orgánica del Poder Ciudadano.

6) Patrocinar, asesorar, asistir o representar directa o indirectamente a cualquier persona o entidad en materias o asuntos que estos demanden, en contra de los intereses del órgano o ente en el cual se desempena o haya desempenado durante los últimos cinco (5) anos. 7) Ofrecer información, asesorar o representar a cualquier persona en asuntos, acciones, procedimientos o reclamaciones en contra de los intereses del Estado, en los cuales hubiere Intervenido mientras prestaba servicios en algún órgano o ente del sector públlco.

Se entenderá que atentan contra la ética pública y la moral administrativa, las servidoras y los servidores públicos. que cometan hechos contrarios a los principios de honestidad, equidad, decoro, lealtad, vocación de servicio, disciplina, eficacia, responsabilidad, puntualidad y transparencia.

8) Utilizar el patrimonio público para financiar actividades destinadas a favorecer o perjudicar los intereses particulares de organizaciones con fines pollticos, grupos de electores o candidatura a cargos de representación popular; o hacer uso del cargo o función desempenada para tales fines. 9) Utilizar recursos del órgano o ente donde presta sus servicios, para Identificar bienes, obras o vestimenta de servidoras o servidores públicos, con su nombre, imagen, slmbolos, seudónimo o Mlogan con el fin de promocionar su gestión. --1-Ó)No iñt.ibirse del conocimiento, tramitación o resolución de algún asunto que bajo los supuestos contemplados en el ~ presente Código, constituya una situación en la que el ' interés particular, directo o Indirecto, se contraponga a los Intereses del Estado. 1

11) Realizar cualquier otro acto, hecho u omisión Interés particular, directo o indirecto, se contré intereses del Estado, o que sea contrario a I· establecidos en el presente Código.

A los efectos del presente Código se entenderá que la servidora o el servidor público ha obtenido un beneficio, ventaja o privilegio. cuando éste se hubiere obtenido a favor de su cónyuge, concubina o concubino, o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; o para terceros con los que tenga o haya tenido, durante los últimos cinco (5) anos, relaciones profesionales, laborales o de negocios.

Disposición Final Primera: Se exhorta a las servidoras .y a los servidores públicos a ajustar su conducta, en el desempeno de sus funciones, a las disposiciones contenidas en el presente Código: y a las máximas autoridades jerárquicas y demás niveles directivos y gerenciales de los entes y organismos del sector público, a difundir y promover los principios y valores éticos previstos en este instrumento normativo.

Disposición Final Segunda: El presente Código entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuníquese y publlquMe,

Obligación de denunciar Artículo 7. Las servidoras y los servidores públicos deben denunciar ante el Poder Ciudadano, su superior jerárquico o ante los órganos de control fiscal competentes, aquellos actos de los que tuvieren conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones que pudieran atentar, amenazar o lesionar la ética pública y la moral administrativa.

De las evaluaclones y ascensos Articulo 8: La adecuación de la conducta de las servidoras y los servidores públicos a los principios previstos en el presente Código, será considerada en las evaluaciones de desempeno que se les realicen, asl como para el otorgamiento de ascensos, cuando éstos sean propuestos.

------\,---------·-

Sanciones Artfculos 9: Sin Pequlcio de la responsabilidad penal, civil, administrativa o diselpllnaña en que pudieren Incurrir las servidoras y los servidores públicos por la Inobservancia de las disposiciones

407.973

~--


407.974

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jueves 12 d!j.diciembre de 2013

- J

A LA VENTA EN LAS TAOUIUAS DELA GACETA OFlCJAL . .

.

I

GACETA OFIOO

. DrumflmlO~ .,_4 ··~· . ::..

-


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 2013

407.975

·A LAVENTA ... W~RJ­

~~­ ~~

= ..

=.· .

......-;·.

~· . . '

. . ~ .

:. ;o:·~-s. Ot. ·r· 1

.•. •

••.•

Ley&~~-, ~u!~ P~mocl:Qn y~·de!-~~ Ley:O~ite~~nes

©l}l?l~-~~ée C;e~1 Esthntán, P~ctán.Y.~·ae!:~ ~r-0~~ Ley~ec113!,-de·Ato·damcmesC00~ ~-~,~~Y~Il.o~g%mo Ley-O~g&ci!;oa-.ae 13!ino·C'a%1nttos

f

~


407.976

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jueves 12 de diciembre de 7013

ALA VENTA EN LAS UQUILUS DE U CACETA OFICIAL

LEY del Rérünen Prestacional de VIVIENDA yHÁBITAT

LEY Orcínica de la FUERZA ARMADA NACIONAL

LEY·de reforma parcial de la ley

de SEGURO SOCIAL

Bolivariana

GACETA OFICIAL

•Uáu•-·-

GACETA OFICIA.L ·~--

ALA VENTA EN LAS TAQUILLAS DE lA GACETA OFICIAL

LEY del Ré&llnen Prestacional de VIVIENDA yHÁBITAT

GACETA OFICIAL

• U9"U•llll . .•K'lllll:U

LEY Orgánica de la FUERZA ARMADA NACIONAL

' LEY de refonna parcial de la ley de SEGURO SOCIAL

Bolivariana

GACETA OFICIAL

wu.mr..,.... _..

GACETA OFICIAL •u.aw_._.


..

407.977

GACETA OFICIAL DE LA REPllBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Jue\'es 12 de diciembre de 2013

LA:,··v·,.. ·E·· N'1A

A

. .....• ,·

.

...

'

"'

•.

·.'

.

.

'

'

'

·.· · .... _.,.-. .·

l

.

'

~

.

·.

lE'f~Rt-­

~rma. ~

LEY cl!~1r..eatasa!SQNJ 9&V1V!ENOA

--· ·---

,

..

=· ·-~·

~· . . . .

ee; '

'

.

. otros. '.

.··.'

Ley@~' BstBntJ!G, P~mocl-ón y~·de!·~~ Le~"'O~ !e'?e!ecem~nes

©t>~-a.~r1yoe ~.e~,. Est:hnmo, Promcci&l.J~·&i~·

~offn~~ Ley~ecia~h1e·A.So·dadtmesCo.~ L~-~~T~y~IloAg%árlo

Ley'6~#reai·tle ~o-~tttos

[ 1


GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEPÓSITO LEGAL: ppo 187207DF1

NÚ mero 40.314 AÑO CXLI- MES 111 Caracas, jueves 12 de diciembre de 2013 _ Esquina Urapal, edificio Dima.~e, La Candelaria Caracas- Venezuela Tarifa sujeta a publicación de fecha 14 de noviembre de 2003 en la Gaceta Oficial N" 37.818 http://www.mi~ci.gob.ve

Esta Gaceta contiene 40 Págs. costo equivalente a 16,45 % valor Unidad Tributaria

LEY DE PUBLICACIONES OFICIALES (22DEJULIODE 1941) Arriculo l l. La GACETA OflCIAL. creada por Decreto Ejecutivo del 11 de octubre de 1872. continuará editándose en la Imprenta Nacional con la denominación GACETA OFICIAL DE LA Rl::PLIBl.ICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Articulo IJ. La GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicará todos los días hábiles. sin perjuicio de que se editen números extraordinarios siempre que foere necesario: y· deberán insertarse en ella sin retardo los actos oficiaks que hayan de publicarse. Parágrafo único. Las ediciones extraordinarias de la GACETA OFICIAL tendrán una numeración especial. Arric11lo I 3. En la GACETA OFICIAL DE LA REPlJBLIC A BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicarán los actos de los Poderes Públicos qm: deberán insertarse y aquellos cu~ a inclusión sea conveniente por el Ejecutivo Nacional. Arric11lo 14. Las leyes. decretos y demás actos oficiales tendrán carácter de públicos por el hecho de aparecer en la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. cuyos ejemplan:s tendrán fuerza de documentos públicos.

FJ SERVICIO AUTÓNOMO IMPRENTA NACIONAL Y.GACETA OFICIAL de la República Bolivariana de Veqezuela advierte que esta publicación se procesa por reproducción fotomecánica directa de los originales que recibe ~I Consejo de Ministros, en consecuencia esta Institución no es responsable de los contenidos publicados.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.