Providencia boletos

Page 1

Providencia mediante la cual se dicta las Condiciones Generales para el Sistema Tarifario de Venta de los Boletos, relativas al Servicio Público de Transporte por Vía Aérea de Pasajeros, Carga y Correo separadamente o en combinación, realizado por Transpo Providencia N° PRE-CJU-GDA-285-14, mediante la cual se dicta las Condiciones Generales para el Sistema Tarifario de Venta de los Boletos, relativas al Servicio Público de Transporte por Vía Aérea de Pasajeros, Carga y Correo separadamente o en combinación, realizado por Transportistas Aéreos Extranjeros que operen desde y hacia el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° PRE-CJU-GDA-285-14 CARACAS, 09 DE JUNIO DE 2014 204°, 155° y 15° En ejercicio de las competencias que me confieren los artículos 9 y 62 de la Ley de Aeronáutica Civil, en concordancia con el artículo 7, numerales 13 y 37 de la Ley del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil y los artículos 14 y 15 de la Ley de Política Social e Integral de Transporte Aéreo, POR CUANTO Corresponde a la autoridad aeronáutica, proveer las condiciones de acceso al mercado nacional e internacional de los transportistas u operadores aéreos nacionales y extranjeros, conforme al Gran Objetivo Histórico N° 2 del Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019 y la 4o Línea Estratégica del Gobierno Revolucionarlo de Consolidar y acelerar la recuperación de la economía nacional, POR CUANTO El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, debe ajustar el servicio de transporte aéreo de pasajeros y pasajeras, en acuerdo a las estructuras de costos, en consideración a los planes y programas del Estado en lo atinente a la inclusión social e impacto económico, DICTA Las siguientes, Condiciones Generales para el Sistema Tarifario de Venta de los Boletos, relativas al Servicio Público de Transporte por Vía Aérea de Pasajeros, Carga y Correo separadamente o en combinación, realizado por Transportistas Aéreos Extranjeros que operen desde y hacia el territorio de la República Bolivariana de Venezuela Artículo 1. La presente Providencia Administrativa tiene por objeto regular el Sistema Tarifario de Venta de los Boletos, relativas al Servicio Público de Transporte por Vía Aérea de Pasajeros, Carga y 1


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.