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RESOLUCION No.

U 2 4

DE

2 9 ENE. 2013

Por la cual se declaran concetados los asuntos ambientales concernientes al proyecto de modificación excepcional del Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital de Bogotá.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 29 (numeral 1°) de la Ley 99 de 1993; el artículo 1° (parágrafo 6°) de la Ley 507 de 1999; y el artículo 42 (numeral 1°) de la Resolución 703 de 2003, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por la cual se aprueban los Estatutos de la Corporación,

CONSIDERANDO Que el artículo 28 de la Ley 388 de 1997, en concordancia con el parágrafo 6° del artículo 1° de la Ley 507 de 1999, asigna a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca — CAR, la competencia para concertar los asuntos ambientales de las propuestas de revisión de los planes de ordenamiento territorial de los entes de su jurisdicción. Que el artículo 28 (numeral 4°) de la Ley 388 de 1997 y el artículo 1° del Decreto 2079 de 2003, establecen que las revisiones de los planes de ordenamiento territorial se someterán a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstos en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997. Que el artículo 6° del Decreto 4002 de 2004 señala que las modificaciones excepcionales a las normas urbanísticas de carácter estructural o general del plan de ordenamiento territorial, que tengan por objeto asegurar la consecución de los objetivos y estrategias territoriales de largo y mediano plazo, definidas en los componentes general y urbano del Plan de Ordenamiento Territorial, podrán emprenderse en cualquier momento, a iniciativa del alcalde municipal o distrital, siempre y cuando se demuestren y soporten técnicamente los motivos que dan lugar a su modificación. Que el Distrito Capital, mediante Decreto No. 619 de 2000, adoptó su Plan de Ordenamiento Territorial, previo proceso de concertación culminado con la Resolución CAR No. 1869 de 1999, "por la cual se declara concluido el proceso de concertación del Plan de Ordenamiento Territorial de Santa Fe de Bogotá". Que el Distrito Capital, mediante Decreto No. 469 de 2003, adoptó la revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial, previo proceso de concertación culminado con el Acta de Concertación, "Acta de Concertación del proyecto de revisión del Plan de Ordenamiento territorial de Bogotá D.C.

Que mediante Decreto 190 de 2004, el Distrito Compiló la normatividad del Plan de Ordenamiento Territorial".


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