Cartilla de Participación Ciudadana

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CONSTRUYENDO PARTICIPACIÓN

CARTILLA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

República de Colombia

Ministerio de Minas y Energía INSTITUTO COLOMBIANO DE GEOLOGÍA Y MINERÍA Libertad y Orden

INGEOMINAS


Mario Ballesteros Mejía Director General

CARTILLA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Edwin González Moreno Secretario General Plinio Bustamante Ortega Director Técnico del Servicio Minero César David López Arenas Director Técnico del Servicio Geológico

Coordinación y Supervisión General Sandra Victoria Ortiz Ángel Miguel Arcángel Pineda Martín

2008

Asesoría Jurídica Rosalba Contreras Quintero Revisión Jurídica José Fernando Ceballos Concepto y Revisión de textos Juan Fernando Casas Vargas Diseño y Diagramación Ana María Suárez Cabeza Impresión Imprenta Nacional de Colombia


INDICE * Presentación.................................................................................5 * Reseña Histórica de la Participación Ciudadana.........................6 * Qué es la Participación Ciudadana?...........................................7 * Por qué es importante su aplicación?..........................................8 * Cómo se puede participar?.........................................................8 * Cuáles son las herramientas de participación que tiene el ciudadano?..............................................................9 * Qué debe contener un Derecho de Petición?.............................11 * En que término debemos responder sus peticiones?...................12 * Imposibilidad de contestar la Petición dentro del término............13 * Cómo se presentan las quejas?...................................................14 * Qué es una Acción de Tutela?.....................................................15 * Qué es una Acción de Cumplimiento?.......................................15 * Qué es una Acción Popular?.......................................................16 * Qué es una Acción Grupo?........................................................16 * Mecanismos de Participación Ciudadana..................................16-17 * Mecanismos para la protección de los derechos constitucionales...........................................................18 * Derechos Fundamentales............................................................18 * Derechos colectivos y del Medio Ambiente................................18 * Marco Legal.................................................................................19

PRESENTACIÓN En INGEOMINAS entendemos la Participación Ciudadana como un derecho Constitucional que le permite al usuario de nuestro servicio, participar activamente en la toma de decisiones que afecten su entorno económico, político, administrativo y cultural. Así mismo, debemos considerarla como el mecanismo por excelencia de control social y de integración colectiva, que fortalece los lazos de confianza entre la comunidad y sus instituciones. Siendo consecuentes con esta filosofía, nuestro principal objetivo está encaminado a garantizar la calidad en el proceso de recepción, trámite y resolución de peticiones respetuosas de los ciudadanos tanto de interés general, como de interés particular. Se constituye entonces en uno de los más importantes compromisos institucionales, trabajar por la generación de espacios de interlocución entre funcionarios, usuarios y la comunidad. Conforme a lo anterior, el Instituto Colombiano de Geología y Minería INGEOMINAS, se complace en presentar oficialmente esta cartilla útil y práctica que le permitirá al destinatario acceder a la información relacionada con los conceptos fundamentales acerca del ejercicio de sus derechos y la manifestación de sus opiniones. Somos una entidad de puertas abiertas, con la decidida convicción de seguir Construyendo Participación. Mario Ballesteros Mejía Director General PARTICIPACIÓN CIUDADANA

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RESEÑA HISTÓRICA DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Resulta oportuno hacer una breve reseña histórica de la Participación Ciudadana, para lo cual podemos partir de la teoría naturalista de JHON LOCKE (1632 - 1704), quien apuntó a mostrar que los derechos son algo más que una concesión generosa por parte del Estado. Es así como asegura que la función prioritaria del Estado es la de garantizar el goce de estos derechos naturales.

QUÉ ES LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA?

Es un Derecho Constitucional que le permite al usuario de nuestros servicios, participar activamente en la toma de decisiones que afecten en su entorno económico, político, administrativo y cultural.

Bajo dicha teoría, que se sustenta en el poder de participación y resistencia de los pueblos, se empieza a cuestionar las bases del absolutismo estatal y se abona el terreno para la creación del llamado Estado de Derecho. Para empezar, y antes de abordarlo como una de las nuevas formas de control, conviene recordar que su aplicación se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, con los siguientes planteamientos relacionados con la participación como un derecho fundamental: Colombia es democrática, participativa y pluralista; fundada en el respeto a la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. Entre los fines del Estado se encuentra servir a la comunidad, promover y facilitar la participación de todos los colombianos en las decisiones que puedan incidir sobre los principios de una sociedad organizada.

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POR QUÉ ES IMPORTANTE SU APLICACIÓN?

Porque lo convierte en un supervisor de nuestro trabajo y nos obliga a mejorar continuamente para brindarle un servicio de calidad.

CUÁLES SON LAS HERRAMIENTAS DE PARTICIPACIÓN QUE TIENE EL CIUDADANO? Para su efecto y aplicación se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: Petición: Es una solicitud presentada en forma respetuosa verbal o escrita ante un servidor público, con el fin de obtener pronta solución sobre la misma.

CÓMO SE PUEDE PARTICIPAR? Se puede participar activamente en nuestras decisiones informándonos clara y oportunamente sus necesidades..

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Queja:

Es el medio por el cual el usuario manifiesta su inconformidad en razón de una irregularidad administrativa, por la actuación de determinado funcionario o por la forma y condiciones en que se preste o no un servicio, con el propósito de corregir o adoptar las medida correspondientes.

Reclamo: Es una solicitud que manifiesta la inconformidad del usuario por una actuación administrativa de la entidad, con el objeto de que se revise y se tomen los correctivos del caso.

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QUÉ DEBE CONTENER UN DERECHO DE PETICIÓN?

Sugerencia: Es una manifestación orientada al mejoramiento del servicio prestado por la Entidad. Denuncia: Es el mecanismo mediante el cual cualquier ciudadano da aviso o notifica, en forma escrita o verbal, hechos o conductas con las que se pueda estar configurando un posible manejo irregular o un eventual detrimento de los bienes o fondos del Estado. Anónimo:

Es la denuncia o queja, verbal o escrita, que una persona presenta en forma respetuosa haciendo uso del derecho a proteger su identidad.

Todo Derecho de Petición debe contener la siguiente información: 1. Nombre e Identificación del Peticionario, el Representante o su apoderado. 2. Dirección del Peticionario (A donde recibirá la respuesta). 3. Nombre de la Entidad o del funcionario a quien se dirige. 4. Objeto de la petición y las razones que la respaldan. 5. Listado de los documentos que sustentan la petición. 6. Firma del Peticionario. * La respuesta al derecho de petición sera enviada al ciudadano, con copia al Grupo de Participación Ciudadana.

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EN QUÉ TÉRMINO DEBEMOS RESPONDER SUS PETICIONES? El derecho de Petición en interés general o particular debe resolverse dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes a la fecha de su recepción.

IMPOSIBILIDAD DE CONTESTAR LA PETICIÓN DENTRO DEL TÉRMINO.

El derecho de Petición de información o Solicitud de copias de documentos que no haga parte de expedientes deberá resolverse dentro de los DIEZ (10) días hábiles y el peticionario asumirá el costo respetivo. Cuando el derecho de petición verse sobre solicitud de copias y certificaciones de expedientes deberá resolverse en un plazo no mayor a TRES (3) días. Cuando se trate de una solicitud de consulta en relación con la materia a cargo de la entidad, ésta se deberá resolver dentro de un término máximo de TREINTA (30) días hábiles.

SOLICITUDES DE INFORMACIÓN

En el caso de no poder responder su derecho de petición dentro del plazo por ley establecido, se le informará por escrito al peticionario, detallando los motivos y señalando la fecha en la cual se resolverá.

Cuando se trate de una solicitud de información de los congresistas, esta se deberá resolver dentro de un término máximo de CINCO (5) días calendario, siguientes a la fecha de su recepción.

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CÓMO SE PRESENTAN LAS QUEJAS ? Toda queja debe contener la siguiente información? 1. Nombre, identificación y dirección del que presenta la queja. (dónde recibirá la respuesta). 2. Nombre de la entidad o del funcionario contra quien se dirige la queja. 3. Objeto de la queja y los motivos que la sustenta.

QUÉ ES UNA ACCIÓN DE TUTELA? La acción de tutela es uno de los mecanismos para la protección de los derechos constitucionales, ante su eventual o real pérdida, menoscabo o simple amenaza. A diferencia de las demás acciones, ésta otorga al particular la posibilidad de presentarla ante cualquier autoridad, garantizando además una solución pronta, toda vez que su procedimiento es sumario y preferente ante los demás.

4. Pruebas documentadas, testimoniales o cualquier otra que sustenta la queja. 5. Firma del Quejoso. En qué término debemos tramitar una queja? Las quejas, Reclamos y Denuncias se resolverán dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes a su recibo, exceptuando aquellas que requieran de un PROCESO DISCIPLINARIO, las cuales serán atendidas en los TÉRMINOS PREVISTOS POR EL CÓDIGO ÚNICO DISCIPLINARIO.

QUÉ ES UNA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO? Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial definida en esta ley para hacer efectivo el cumplimiento de normas aplicables con la fuerza material de la ley o actos administrativos.

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QUÉ ES UNA ACCIÓN POPULAR? Son los medios procesales para la protección de derechos e intereses colectivos. Las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.

QUÉ ES UNA ACCIÓN DE GRUPO? Son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas. Las condiciones uniformes deben ser también respecto de todos los elementos que configuran la responsabilidad. La acción de grupo se ejercerá exclusivamente para obtener el reconocimiento y pago de indemnización de perjuicios. Nota La Oficina Asesora Jurídica del Instituto, es la encargada de representar judicial y extrajudicialmente a la Entidad, y por lo tanto, efectúa el seguimiento y control de todos los procesos judiciales instaurados, a favor o en contra del Instituto.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Consagrados en el Artículo 103 de la Constitución Política de Colombia, desarrollado por la ley134 de 1994. Estatuto de los Mecanismos de Participación Ciudadana.

Voto: Es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual que el pueblo puede ejercer el derecho al sufragio. El voto es, ante todo, un acto personal y de voluntad política; además, es un derecho y un deber de todos los ciudadanos. 16

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Referendo: Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.

Plebiscito: Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo.

La Consulta Popular: Es la institución mediante la cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.

El Cabildo Abierto : Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

La Revocatoria del Mandato: Es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.

la Iniciativa Legislativa: Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyecto de acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las asambleas departamentales, de acuerdo ante los concejos municipales o distritales y de resolución ante las juntas administradoras locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente. PARTICIPACIÓN CIUDADANA

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MECANISMOS PARA LA PR OTECCIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES Son medios instituidos por el Estado para evitar la vulneración o restituir los derechos consagradosen la Constitución.

DERECHOS FUNDAMENTALES Acción de Tutela Hábeas Data

Hábeas Corpus

Derecho de Petición Quejas Reclamos Solicitudes de información y consultas.

DERECHOS COLECTIVOS Y DEL MEDIO AMBIENTE Acciones Populares

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Acciones de Grupo

MARCO LEGAL Principios Constitucionales En el marco de la constitución de 1991 se consagraron principios orientados para luchar contra la corrupción a d m i n i s t r a t i v a e n C o l o m b i a . La Constitución Política de 1991 dio gran importancia a la participación de la ciudadanía en el control de la gestión publica, y estableció la responsabilidad patrimonial de los servidores públicos. Los Artículos relacionados son: 1,2,23,74,90,122,123, 1 2 4 , 1 2 5 , 1 2 6 , 1 2 7 , 1 2 8 , 1 2 9 , 2 0 9 , 2 7 0 . Las siguientes leyes regulan y orientan la participación ciudadana y sus mecanismos. Se han expedido normas que garantizan la participación democrática de todos los ciudadanos

Ley 190 de 1995, por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el objeto de erradicar la corrupción Decreto 2591 de 1991, por el cual se reglamenta la acción de Tutela consagrada en el Artículo 86 de la Constitución Política. Decreto 306 de 1992, por el cual se reglamenta el Decreto 2591 de 1991. Decreto 1382 de 2000, por el cual se establecen reglas para el reparto de la acción de tutela. Ley 393 de 1997, por la cual se desarrolla el Artículo 87 de la Constitución Política. Ley 472 de 1998, por la cual se desarrolla el Artículo 88 de la Constitución Política de Colombia, en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones. Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley orgánica del plan de desarrollo. Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del Artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. Ley 150 de 2007, por la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos.

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GRUPOS DE TRABAJO REGIONALES

OBSERVATORIOS VULCANOLÓGICOS Y SISMOLÓGICOS

• Medellín Calle 75 No. 79A-51 Teléfonos: 094 2644949 - 2347567 Fax: 2345062 - 2641409 E-mail: medellin@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co • Bucaramanga Carrera 20 No. 24-71 Teléfonos: 097 6425481 6522819 6349127 Fax: 6425481 E-mail: bucaramanga@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co • Nobsa Kilómetro 5 vía a Sogamoso Teléfonos: 098 7705466 -7717620 Fax: 7705466 E-mail: nobsa@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co • Cúcuta Avenida 5 No.11-20 piso 8 (Edificio Antiguo Banco de la República) Teléfonos: 097 5720082 - 5726981 E-mail: cucuta@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co • Ibagué Carrera 8 No. 19-31 Barrio Interlaken Teléfonos: 098 2630683 2638900 Fax: 2630683 E-mail: ibague@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co • Cali Carrera 98 No 16-00 Teléfonos: 092 3393077-3395176-3394899 Fax: 3395156 E-mail: cali@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co • Valledupar Calle 16A No. 12-89 tercer piso Edificio Lotería de la Vallenata Teléfonos: 095 5803585 - 5803878 Fax: 5712152 E-mail: valledupar@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co

• Manizales (Observatorio Vulcanológico y Sismológico) Av. 12 de octubre No. 15-47 Teléfonos: 096 8843004 -8843005 Fax: 8843018 E-mail: manizales@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co • Popayán (Observatorio Vulcanológico Y Sismológico) Calle 5B No. 2-14 Loma C/gena Teléfonos: 092 8240210 8242341 Fax: 8241255 E-mail: popayan@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co • Pasto (Observatorio Vulcanológico y Sismológico) Carrera 31 No. 18-07 Parque Infantil Teléfonos: 092 7312595 -7314752 Fax: 7310514 Apartado Aéreo: 1795 E-mail: pasto@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co

Diagonal 53 No. 34-53 Teléfono : 2 22 18 11 Fax: 2220797 E-mail:cliente@ingeominas.gov.co www.ingeominas.gov.co


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