COMUNIÓN ÓRGANO OFICIAL DE LA DIÓCESIS DE QUERÉTARO
Santiago de Querétaro, Qro., 5 de mayo de 2013
VI Domingo de Pascua - C
No. 794 AÑO 16
Comunicado de la CEM en ocasión del Análisis de la SCJN a las Controversias Constitucionales sobre el Derecho a la Vida desde la Concepción México, D .F ., a 24 de abril de 2013 D.F .F.,
Al cierre de esta edición se la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lleva a cabo la discusión de las tres controversias constitucionales –presentadas por los municipios de Arroyo Seco, Querétaro; Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, y Uriangato, Guanajuato– en contra de las leyes antiaborto aprobadas en 2009. Los ayuntamientos argumentan que «al dotar de personalidad jurídica al producto de la concepción», se obstaculiza la labor de los municipios en materia de salud y de protección a las mujeres en contra de la violencia de género. La ley que interpeló el municipio de Arroyo Seco, Querétaro se trata del artículo 2 de la Constitución del Estado que en su última reforma de 2009 indica que se «reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano desde el momento de la fecundación como un bien jurídico tutelado y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes hasta la muerte». En septiembre de 2011, la Corte resolvió dos acciones de inconstitucionalidad, presentadas en contra de leyes antiaborto de Baja California y San Luis Potosí, las cuales fueron de-sechadas porque faltó un voto (siete a cuatro) para declarar la invalidez de las normas. En aquel entonces, el actual presidente de la SCJN, Juan N. Silva Meza, así como Olga Sánchez Cordero, Fernando Franco, José Ramón Cossío, Sergio Valls Hernández, Arturo Zaldívar y Luis María Aguilar votaron por la inconstitucionalidad de las normas. Margarita Luna Ramos, Jorge Pardo Rebolledo, Sergio Aguirre Anguiano y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia (estos últimos fueron sustituidos en diciembre pasado por Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Alberto Gelacio Pérez Dayán) avalaron dichas leyes. Ahora, en cambio, se trata de una controversia constitucional, en la que se necesita mayoría simple de seis votos para que las leyes referidas no se apliquen en esos municipios, exclusivamente. Y se requieren ocho votos para que la Corte inicie un proceso y con base en la nueva Ley de Amparo, se ponga en marcha el proceso jurídico para declarar la inconstitucionalidad de todas las leyes que protegen la vida desde la concepción.
Como mexicanos y como pastores, los obispos de México padecemos y hacemos nuestros los problemas y sufrimientos que agobian a los hombres y mujeres de esta gran nación, particularmente de quienes han sido o son víctimas de cualquier forma de violencia, injusticia, discriminación, corrupción o marginación. Y estamos convencidos que, para superar estas dolorosas situaciones, es preciso llegar a la causa de fondo que las provoca: la reducción del ser humano al rango de objeto. Efectivamente, cuando se ve al otro no como alguien sino como algo, entonces el más fuerte siente que tiene derecho de humillar, golpear y abusar; de discriminar a quien siente, piensa o actúa de forma distinta; de pasar por encima de la justicia y la ley con tal de sacar ventaja; de explotar o condenar a la miseria; de robar, asaltar, secuestrar, traficar y matar, si esto le reporta algún beneficio. Ante esta triste realidad, que tanto daño está provocando a millones de mexicanos y mexicanas que con una vida recta y un trabajo honesto contribuyen a edificar un México mejor, estamos convencidos que la solución se encuentra en el reconocimiento y defensa jurídica y cultural de los derechos fundamentales de la persona. Con esta misma convicción, desde hace algún tiempo cientos de ciudadanos a través de sus legítimos representantes en diversos congresos locales, en un ejercicio democrático y republicano, llevaron a cabo reformas a sus constituciones estatales por las que se reconoce el derecho fundamental a la vida desde la concepción. No obstante, en fechas recientes tres municipios han acudido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que analice la constitucionalidad de dichas reformas. La Conferencia del Episcopado Mexicano, solidarizándose con las muchas personas y asociaciones civiles que han expresado su preocupación por este hecho, reitera su convicción que del reconocimiento de los derechos humanos fundamentales, entre los que destaca el más básico de todos, el derecho a la vida, depende el presente y el futuro de nuestra nación. El derecho fundamental a la vida no depende de la calidad moral de quien lo defiende, ni se basa exclusivamente en motivos religiosos, los cuales, en todo caso, también tienen lugar en
un auténtico estado laico que no discrimine a ningún ciudadano por sus creencias religiosas. La ciencia, a través de la genética moderna, demuestra que en el momento de la fecundación surge una célula (cigoto) con su propio código genético, que en el caso de la especie humana es específicamente humano. Este código genético contiene toda la información para irse desarrollando a lo largo de una serie sucesiva de etapas. El 29 enero de 2002, al resolver sobre la reforma legislativa al Código Penal y de Procedimientos Penales del Distrito Federal, los 11 ministros de la Suprema Corte reconocieron unánimemente que “la Constitución Federal protege la vida humana y, de igual forma, protege al producto de la concepción, en tanto que éste es una manifestación de la vida humana, independientemente del momento del proceso biológico en que se encuentre” (cfr. Comunicado 497 de la Dirección de Comunicación Social de la SCJ). Si progreso significa avanzar positivamente, los mexicanos y mexicanas debemos seguir adelante en el reconocimiento, promoción y defensa de los derechos de toda persona, conscientes de que sólo una sociedad que respete el derecho fundamental a la vida desde su concepción puede ser democrática, vivir en paz y tener futuro. Por todo esto, la Conferencia del Episcopado Mexicano espera que, por el bien de las y los ciudadanos mexicanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en congruencia con lo que ha decidido en esta materia, confirme la facultad de los estados a legislar libremente en el ámbito de su soberanía, como corresponde en una República Federal.
Por los obispos de México. † José Francisco, Cardenal Robles Ortega Arzobispo de Guadalajara Presidente de la CEM † Eugenio Lira Rugarcía Obispo Auxiliar de Puebla Secretario General de la CEM