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CÁTEDRA: "POR EL DERECHO PROCESAL"
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CÁTEDRA: "POR EL DERECHO PROCESAL"
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Título de la obra: CÁTEDRA "POR EL DERECHO PROCESAL" Primera edición, México, 2008 Derechos reservados: © 2008. Universidad Tecnológica de México Prohibida la reproducción parcial o total de esta obra por cualquier medio. Se autorizan citas en artículos bibliográficos y periodísticos, dando al editor los créditos correspondientes. Impreso en México con papel reciclado
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ÍNDICE Agradecimiento
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Prólogo
13 CÁTEDRA: "POR EL DERECHO PROCESAL"
Bienvenida
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El derecho procesal en la globalización Lic. Sergio Salvador Aguirre Anguiano
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Instauración de la Cátedra: "Por el Derecho Procesal" Ing. Raúl Méndez Segura
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Declaratoria Ing. Raúl Méndez Segura
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Semblanza del Lic. Juan Velasquez
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Conferencia: La defensa penal Lic. Juan Velasquez
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Clausura
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AGRADECIMIENTO
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an culminado los distintos eventos de celebración del cuarenta aniversario de la Universidad Tecnológica de México (UNITEC). En ellos han participado todos los sectores de nuestra comunidad: alumnos, ex alumnos, profesores; nuestros empleados de servicios generales, administrativos, académicos y directivos de todos los niveles; lo han hecho con entusiasmo y entrega en todos los eventos culturales, deportivos, sociales y académicos que se llevaron a cabo. Lo anterior se dice fácil, pero hubo necesidad de formar equipos de trabajo que –además de las tareas diarias tenidas bajo su responsabilidad– se organizaron, discutieron y trabajaron jornadas extraordinarias para poder cumplir, en tiempo y forma, con los eventos planeados, todos ellos verdaderamente impresionantes, de mucha calidad y con gran participación de todos los integrantes de nuestra comunidad. Esta celebración nos llena de orgullo y nos motiva para seguir trabajando en la formación universitaria de quienes le dan sentido a nuestro quehacer, hacen y son la universidad: nuestros alumnos. Estoy seguro que –a través de las cátedras universitarias instituidas y cuya memoria hoy publicamos– los hemos puesto en contacto con los especialistas mundiales en sus respectivas disciplinas; la calidad y el nivel académico de ellas ha sido impresionante, a la altura de nuestra universidad. Para nuestra 9
comunidad esta será una de las grandes experiencias de su vida personal y académica que nunca olvidarán. La celebración de este cuarenta aniversario, quiero compartirlo, nos hizo reflexionar en nuestro quehacer y justipreciar el trabajo de cada uno de quienes participamos en este proyecto educativo. Tenemos la convicción de que hemos hecho historia, porque miles de alumnos, ahora miles de profesionistas que se desempeñan con éxito en las organizaciones, son muestra inequívoca de que formamos en ellos, hábitos de superación y aptitudes de aprendizaje permanente. El paso de estos miles de egresados por su alma mater y las decenas de miles de alumnos que atendemos en la actualidad son la auténtica historia de la UNITEC; son ellos los que dan sentido a nuestras vidas, a nuestro quehacer cotidiano. Es por ellos que lo realizado, en estos cuarenta años, toma su exacta dimensión y su auténtica trascendencia. Son cuarenta años de formar capital humano para la nación. Sin embargo, tenemos la convicción que aún quedan muchos años por transcurrir, nuevos retos por enfrentar, muchos volúmenes por escribir, muchas vidas por transformar; por ello redoblemos el esfuerzo y sigamos trabajando por nuestros alumnos, pues de su preparación, de su aprendizaje permanente, de su éxito escolar, depende la diferencia de contribuir al desarrollo personal y del país o quedar rezagados con un alto costo social para ellos, sus familias y para la sociedad en su conjunto. 10
Particularmente, como responsable de Operación Académica de nuestro sistema universitario, me llena de orgullo haber coordinado los trabajos de esta celebración; cumplimos la encomienda a cabalidad; por tal motivo agradezco a la Junta de Gobierno por su decidido apoyo para llevar a cabo las distintas actividades. Éstas han quedado en la historia de nuestra universidad como testimonio para las siguientes generaciones. Agradezco también al rector de nuestro Sistema Universitario, ingeniero Raúl Méndez Segura, por la confianza que depositó en esta Vicerrectoría de Operación Académica para coordinar la celebración. Podemos decir, en nombre de este equipo de trabajo, que los eventos han sido de calidad como lo amerita nuestra institución. Hemos cumplido. A todos ustedes, nuestro agradecimiento. Valoramos su entrega y compromiso para engrandecer, con su labor de todos los días, a nuestra universidad. A los rectores de los campus Marina–Cuitláhuac, Sur, Atizapán, Ecatepec, Coyoacán, Cumbres y Zapopan, y a través de ustedes a sus respectivas comunidades, mi gratitud y reconocimiento. A los coordinadores generales, doctor Carlos Muñoz Rocha e ingeniero Andrés Milla López, gracias, valoro su trabajo y entusiasmo, los eventos resultaron un éxito y su calidad fue inobjetable, su esfuerzo valió la pena. A los coordinadores de los distintos comités que menciono a continuación, gracias por su extraordinaria participación: 11
-Héctor González Cruz, Comité de Eventos con Empleados -Carlos Muñoz Rocha, Comité de Eventos Académicos -Andrés Milla López, Comité de Conferencias -Gerardo Santiago Cuetos, Comité de Imagen -Manuel Bueno Guarro, Comité de Eventos Culturales -Félix Vallejo Cano, Comité de Eventos Deportivos -José Luís López López, Comité de Eventos Sociales -Alejandro Domínguez T., Comité de Memoria Gráfica y Escrita -Raúl Legaspi Sauter, Comité de Patrocinios A los miembros de cada uno de los comités anteriores, muchas gracias; su decidida participación y apoyo fue indispensable para el éxito de esta celebración. A todos, sin excepción, mi gratitud y reconocimiento. URIEL GALICIA NEGRETE Vicerrector de Operación Académica
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PRÓLOGO
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s grato para la Universidad Tecnológica de México (UNITEC) poner a disposición de la comunidad universitaria, de la sociedad, de los abogados y, en general, de todos los interesados en el derecho, este foro académico instaurado por nuestra casa de estudios, la Cátedra "Por el Derecho Procesal" y recibir en la sesión inaugural, como primer ponente, al licenciado Juan Velasquez, reconocido defensor de nuestro país. La UNITEC, en el marco de la celebración de su cuarenta aniversario, ha instaurado esta Cátedra que tiene por objeto el debate y la difusión de las ideas vinculadas con los retos que enfrenta la impartición de la justicia pronta y expedita, tal y como lo marca nuestra Constitución; para lo cual convocará periódicamente a los expertos del medio jurídico, para que a través de una serie de eventos académicos, tales como seminarios, ciclos de conferencias, paneles, debates, simposios, entre otros; contribuyan con sus trabajos y reflexión a hacer realidad en nuestro país ese anhelo de justicia que tenemos todos, tal y como corresponde a un país donde aún prevalecen muchas desigualdades. El estado de derecho se establece, precisamente, para evitar la justicia privada; ajustándonos al marco de la legalidad, donde prevalezca el respeto y convivencia de la libertad de cada uno de nosotros frente a la libertad de los 13
demás: leyes iguales y exigibles para gobernantes y gobernados, para ricos y pobres; donde el Estado limite sus facultades discrecionales y garantice la legalidad, donde el ciudadano tenga garantizados sus derechos y, sobre todo, conviva y se desarrolle con tranquilidad. Hoy por hoy, la ciudadanía observa cómo el crimen y la impunidad se han apoderado de nuestras calles, de nuestros hogares, de nuestros caminos, de nuestra patria; el hampa tiene sitiado al Estado y a la sociedad. Nuestras calles se han vuelto campos de guerra, donde se disputan el territorio, palmo a palmo, los delincuentes; donde los ciudadanos vivimos aterrados y en la inseguridad, casi convirtiendo a la ciudad en una gran prisión, enrejando calles y vecindarios, ante la incapacidad del Estado para proporcionarnos seguridad. ¡Que paradoja! Vivimos con temor a la delincuencia y sin confianza en la autoridad o en las instituciones. Más aún, cada día es frecuente la noticia de comunidades que se autoprotegen y hacen justicia por propia mano. Ante esto, nos preguntamos: ¿y el estado de derecho? Dada esta preocupación social por el estado actual de cosas, hemos emprendido esta tarea académica; para contribuir, a través de la Cátedra: “Por el Derecho Procesal”, a la búsqueda de soluciones que hagan del estado de derecho una realidad; para que nos ayuden a recuperar nuestra libertad. Gracias por celebrar, de esta manera, el cuarenta aniversario de nuestra casa de estudios, misma que se desa14
rrolla y crece con eventos de esta calidad; sobre todo, con la gentil presencia de connotados especialistas. Agradecemos a quienes hicieron posible este gran evento académico, especialmente a nuestros profesores y alumnos, a nuestra comunidad; sin cuya ayuda y participación nada hubiera sido posible. Especialmente, la gratitud de nuestra universidad a Juan Velasquez; el defensor experto y amigo; sobre todo, el sencillo ser humano; por haber aceptado ser el primer ponente de esta Cátedra. Gracias también al señor ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, don Sergio Salvador Aguirre Anguiano, por su distinguida presencia; y especialmente por su exposición, nos sentimos muy honrados. También brindamos nuestra gratitud a los integrantes del Consejo del 40 Aniversario, a las autoridades universitarias, especialmente al señor rector, don Raúl Méndez Segura; al vicerrector de Operación Académica, ingeniero Uriel Galicia Negrete. A la Junta de Gobierno, por su apoyo y autorización para hacer posible estos magnos eventos. A nuestra comunidad, alumnos y profesores gracias por su participación. Fue un trabajo intenso, pero gratificante. La misión se ha cumplido: poner en contacto a la academia con los grandes temas y con los expertos. Dr. Carlos Muñoz Rocha
Ing. Andrés Milla López 15
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CÁTEDRA: "POR EL DERECHO PROCESAL" 10 de Agosto de 2007 UNITEC, Campus Sur México, D. F.
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BIENVENIDA Mauricio Baldi, presentador
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eñoras y señores, distinguidos miembros del presidium, miembros del claustro docente y alumnos de todos los campus de la Universidad Tecnológica de México en los estados de México, Jalisco, Nuevo León y el Distrito Federal, familia UNITEC. La UNITEC les da la más cordial bienvenida a esta solemne ceremonia académica de instauración de la Cátedra: "Por el Derecho Procesal". Para dar inicio a esta ceremonia, me permito hacer la presentación de las personalidades que nos acompañan en el presidium: –Ing. Raúl Méndez Segura, rector del Sistema de la UNITEC. –Ing. Uriel Galicia Negrete, vicerrector de Operación Académica del Sistema de la UNITEC. –Dr. Carlos Muñoz Rocha, rector del campus Atizapán –Ing. Andrés Milla López, rector del campus Sur y anfitrión de este solemne evento académico. 19
Quiero ahora presentar a ustedes a nuestros distinguidos invitados, quienes honran a la UNITEC con su presencia en este evento académico: –Lic. Sergio Salvador Aguirre Anguiano, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. –Lic. Juan Velasquez, primer ocupante y miembro del Consejo Consultivo de la Cátedra: "Por el Derecho Procesal".
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EL DERECHO PROCESAL EN LA GLOBALIZACIÓN Lic. Sergio Salvador Aguirre Anguiano Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
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nte todo, muchas gracias a esta universidad, la UNITEC; gracias por su generosidad al invitarme a estar sentado en esta honrosísima mesa que presiden mis compañeros, cuyas dignidades y nombres no repetiré, pero que todos ustedes conocen por su elevadísimo rango. Después, muchas gracias a esta universidad por aventar por delante que la ciencia y la técnica que aquí se imparten tiene humanismo y un sentido humano. Pienso que ello encierra valores destacados, cuyo haz siempre pertenece al hombre, uno de los cuales es la justicia en su sentido social y en su sentido particular. Aparte de honrarme a mí, pienso que honra a la institución misma. Cuando me puse a analizar la partida a la que se me convidaba, me di cuenta de que era muy fuerte, porque para darnos una idea de ello necesitábamos ver el Estado en la era de la globalización, la fragmentación del poder del Estado, las nuevas fuentes de derecho en la globalización, los 21
sistemas jurídicos horizontales, la nueva jerarquía normativa en la globalización, la complejidad de las relaciones jurídicas del mundo global, la internacionalización de los derechos humanos, los poderes judiciales en el mundo globalizado, las dificultades en la recepción e incorporación del derecho internacional, un replanteamiento de los contenidos del derecho procesal constitucional, de los poderes judiciales, de los temas de acceso a la justicia y a la seguridad jurídica, la Corte Penal Internacional, la extraterritorialidad de la justicia penal, el corpus iuris de la comunidad europea, el derecho procesal constitucional y la penalización internacional de las violaciones a los derechos humanos, el programa penal de la Constitución, la reforma institucional de la Unión Europea y con esto nos estaríamos asomando apenas al tema después de desarrollar a profundidad estos tópicos. ¿Qué son los tribunales constitucionales? Pensemos en ello y reflexionemos acerca de lo siguiente: En la antigüedad, no muy lejana, el buen juez era el que revivía la ley y se convertía en la palabra de la ley. La medida final de las cosas era la ley, y bastaba con aplicar ésta con severidad y según espíritu de legislador, para que se fuera por la vida siendo buen juez. Pero resulta que hoy las cosas no son así. Este sistema está en quiebra, porque lo que era el metro último, el sistema de medición último, que era la ley, para a través de eso 22
juzgar, se convirtió en objeto de medición también. ¿Y cuál fue el metro universal para esto? Las constituciones. Entonces, la medida final que era la ley se convirtió en objeto de medición. ¿Y quién iba a determinar los cómos para esa medición? Bueno, en principio las constituciones mismas y después los jueces a través de los instrumentos que las constituciones les daban, y así es como en la época moderna se acordó –y es acuerdo de puño moderno del mundo occidental que eran leyes coercitivas–, se determinó el advenimiento de los tribunales constitucionales y su desarrollo hasta la actualidad. Pero resulta que cuando se llegó a eso, a los tribunales constitucionales, estatales o domésticos, ya el mundo había caminado por otros derroteros, porque había constituciones domésticas que se arrogaban el derecho de juzgar sobre ciertos delitos cometidos fuera del territorio del país emisor de la constitución. Estoy hablando, de lleno, de extraterritorialidad en la aplicación de las constituciones domésticas. Pondré un ejemplo: no hace mucho tiempo que la corte mexicana resolvió que determinado individuo, de origen argentino, era reclamado por España, por la Comisión de delitos en Argentina, para ser juzgado en España, y la Suprema Corte se compadeció del requerimiento de extradición de los españoles. Esto nos lleva a pensar en algo: si alguien pretendiera que se le aplicara a ese hombre la cons23
titución que lo rige en su país, y que la tiene, esto se volvería la Torre de Babel: nadie se entendería, los tribunales tendrían que estar expeditos para aplicarle a cada quien la constitución respectiva, y esto sería absolutamente imposible, caótico. Entonces el que viaja fuera tiene que someterse a la ley del lugar en que esté, y la ley del lugar está presidida ante todo por su constitución. Esto hay que ponerlo en la época de la globalización con una interrogante: ¿será realmente cierto o existirán supertribunales que se rijan por superconstituciones y que estén por arriba de constituciones estatales que –para efectos de esta charla– les llamo domésticas? Debe entenderse que por procedimientos procesales más o menos complicados, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la última palabra en conflictos jurídicos en nuestro país. Pero resulta que no, que probablemente en 1998, México suscribió un tratado mediante el cual aceptó que el Tribunal Latinoamericano privara en México en cuanto a las decisiones de ciertos temas. Esto es, que la Suprema Corte Mexicana tendría entonces que reconocer que había un tribunal que podía regir en México con fuerza decisoria e imperativa más fuerte y superior a ésta. Ello es signo de los tiempos. Existe un régimen universal tribunalicio de cortes internacionales de rasgos supraconstitucionales. Aquí voy a hablar, muy rápidamente –todo esto a vuelo de pájaro y sin profundizar– de la Corte Internacional de 24
Justicia de La Haya, con sede en la capital del estado correspondiente, los Países Bajos, una ciudad con un tribunal muy bonito y con otras sedes de instituciones muy respetables que tienen que ver con el derecho internacional privado, pero no en su conflictiva interfederal, sino en su conflictiva internacional. Antes era más o menos sencillo todo esto: el estatuto personal de los individuos lo sigue a donde vaya y, por tanto, si un mexicano está casado en México, este estatuto debe de serle reconocido en el Congo Belga, en Uganda, en Francia, en Londres o en donde sea. La problemática era bien reducida: el reconocimiento de documentos oficiales otorgados en otros países, por razón de orden interno de un país, serían reconocidos en México, en este caso. Las cosas han cambiado enormemente. Ya los problemas interfederales prácticamente no existen. A través de ciertas leyes o convenios de adhesión celebrados entre países que integran una federación, como México, se han diluido o acabado. En materia de extradiciones, desconozco si en algún caso se cumpla con todas las formalidades de la ley reglamentaria: hay una gran cantidad de arreglos entre procuradurías que sirven para obviar trámites y las conflictivas se diluyen. Pero estas conflictivas a nivel internacional se fomentan; entonces, existen todo tipo de tratados, entre otros, los tratados de extradición. La Corte Internacional de La Haya es el principal organismo jurisdiccional de las Naciones Unidas; se integra por 25
15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad en votaciones independientes. Hábilmente, para no tener mayor rezago, se dividen en Salas y en Pleno, y de último cuño tienen una Sala de Asuntos Ambientales, Derechos del Hombre, Derechos Naturales del Hombre –ius naturalismo rampante, si hay un derecho al ambiente sano que le corresponde al hombre por el hecho de ser hombre y nace con ese derecho, pues estamos hablando de ius naturalismo–. Pero, internacionalmente, tan se reconoce esto, que en el Tribunal de La Haya ya existe una sala de Asuntos Ambientales. Pueden emitirse opiniones consultivas, ninguna persona individual puede recurrir a la corte, solamente los países pueden hacerlo, y no solamente los países miembros, sino aquellos que se puedan adherir. Y desde el momento en que reconocen la jurisdicción del tribunal, ipso facto se comprometen a observar sus reglas procesales y a cumplir sus resoluciones. ¿Qué normas instrumentales aplica? Pues las propias que éste emite. Después, las que interpretan tratados, después la costumbre internacional, etcétera. ¿Qué normatividad adicional aplica el Tribunal? La costumbre internacional, los principios generales reconocidos por las naciones civilizadas, precedentes judiciales. Y hay una disposición que dice que lo anterior no restringe la facultad de la corte para decidir un litigio que –del latín, yo lo traduzco así: "a partir de lo equitativo y de lo bueno", y si lo 26
quiero traducir más al buen cristiano, será: "según su leal saber y entender"–. Creo que esto guardará un mejor sentido con esa posibilidad de decisión de este tribunal, a cuyas competencias y resoluciones estoy dando a ustedes una noticia, así sea muy rápida. Pero vamos a hablar de la Corte Penal Internacional, que es una institución permanente, facultada para ejercer su jurisdicción, ya no sobre países, sino sobre personas respecto a los crímenes de más grave trascendencia. México se adhirió, no hace mucho, con una salvaguarda que se antoja muy peculiar: antes de aceptar la jurisdicción en cada caso, creo que el Senado de la República, tiene que pronunciarse respecto a si la acepta o no. Es, pues, una adhesión muy particular. También, dicha corte opera en salas, la componen 18 magistrados, tiene un presidente, varios vicepresidentes, etcétera. ¿Qué leyes aplica? En primer lugar, el estatuto, los elementos del crimen y sus reglas de procedimiento; en segundo lugar, los tratados y los principios; en tercer lugar, también los principios generales de derecho; en cuarto lugar, principios y normas de derecho respecto de los cuales hubiese hecho una interpretación en decisiones anteriores, etcétera. Pero hay otras jurisdicciones adicionales, y esto nos enfoca de lleno con la existencia de los tribunales ad hoc. Ustedes recordarán un antiguo país, llamado Yugoslavia. Tenía como vecinos a Italia, a Austria, a Hungría, a Ru27
mania, a Bulgaria, a Grecia y a Albania. Se formó por el ángel, bonomía y crueldad de un personaje llamado Josip Broz, y motejado como Tito. Él fue un partisano que en la guerra supo defender ciertos territorios que eran disímbolos en idioma, en cultura, en religiones pero guardaban una posición geográfica importante respecto de Europa. Tenía una presidencia rotativa. Cada una de las regiones o países que conformaban la Federación Yugoslava se turnaba la presidencia y tenía el manejo de la economía y del ejército, y esto era rotativo, por más extraño que parezca, con Tito funcionaba. Muérese Tito y empiezan a primar los ánimos autonomistas primero e independentistas después, y dos de sus regiones, Bosnia y Herzegovina, lugares de gente bellísima pegados al Adriático, empiezan a tupirse entre sí en la forma más ruda que uno pueda imaginar, para independizarse primero de la Federación Yugoslava y después, radicalmente, separarse los bosnios de los herzegovinos. Ahí había cuando menos tres religiones: protestantismo, entiendo que calvinista, muy respetable, islamismo, muy respetable y catolicismo, también muy respetable. Los fundamentalismos, yo pienso que no tienen nada de malo, que es voltear hacia los fundamentos, es un viaje introspectivo hacia los fundamentos. En principio, es plausible, pero malo cuando se vuelve excluyente y se trata de imponer algo a los demás. 28
Pues esto pasó en las regiones de Bosnia y Herzegovina, en donde hubo hasta persecuciones y aniquilaciones étnicas. ¿Qué consecuencias trajo? Bueno, pues que para 1993, todavía en cierta ebullición las cosas, Yugoslavia, segregada en varios países, creara un tribunal ad hoc, que es el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia. Esto lo resolvió la ONU, quien tiene este poder y estatutariamente está contemplado que pueda formar tribunales ad hoc. Estoy hablando de globalización, porque esto puede suceder en todos los puntos cardinales de los países que están en la ONU. ¿De qué se trataba? Tenía el único propósito de perseguir a las personas responsables de serias violaciones al derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la antigua Yugoslavia, de Bosnia y Herzegovina, que antes de 1993 causaron disturbios y aniquilaciones terribles de que he venido hablando: limpiezas raciales, toma, conquista y sometimiento de territorios. Se integró por varios jueces. ¿De qué delitos se les acusó? De los delitos graves de incumplimiento a las convenciones de Ginebra y de genocidio, crímenes contra la humanidad, etcétera. Su jurisdicción se determinó en este caso, y no siempre es así, concurrente con la de los tribunales locales. En algunos casos, el tribunal ad hoc excluye la posibilidad de que los tribunales nacionales de los estados correspondientes para el tema de la creación del tribunal ad hoc puedan tener intervención. 29
Otro caso lo tenemos en Ruanda, en 1994, en donde se determina la creación de otro tribunal ad hoc. Este país está circundado por la República Democrática del Congo, por Uganda, por Tanzania y por Burundi. ¿Qué pasó aquí? Rivalidades tribales permitieron que grupos de militares autoarmados y considerados como tales sin orden o ley alguna, se mataran entre ellos. Prevaleció el orden constitucional y se creó este tribunal ad hoc que excluyó la aplicación de los tribunales locales, la operación de los tribunales locales para estos fines. Por último, voy a platicarles de otro tribunal ad hoc, cuyo acuerdo de formación está claro, pero que no ha empezado a ejercer. Me referiré, concretamente, al tribunal ad hoc de Líbano. Si nosotros le preguntamos a un judío, a un israelí en dónde se encuentra el territorio de Palestina, nos va a contestar muy claramente: "es una muesca que se llevó de nuestro territorio y que está pegada a Jericó, tiene parte de Jerusalén, de Hebrón, de Nablus, y un poco más pegado a Gaza, en el Mediterráneo, y debía de estar desarrollándose hacia Siria". Eso es, lo que según aquellos, debía ser Palestina. Pero si les preguntamos a los sirios, a los jordanos, a los egipcios y a los libaneses en dónde está Palestina, nos van a señalar directamente al territorio de Israel. 30
Entonces, nos encontramos conque son polos opuestos e irreconciliables: unos pretenden que Palestina sean pequeñas muescas territoriales que cede Israel, para que ciertos apátridas puedan tener patria y suelo, e insinúan que debe desarrollarse hasta Siria, mientras que otros, cuando les preguntan dónde está Palestina, los que circundan Israel señalan hacia el mismo Israel. Ustedes deben pensar en la gravedad de este problema. Pues bien, antes de 1995 tuvo Líbano por primer ministro a un señor que todos querían, Rafic Harari, quien tuvo la virtud de despresurizar los conflictos con Israel. A través del virtuosismo político, logró que las tensiones fronterizas entre Israel y Líbano concluyeran y esto permitiera prosperidad en el Líbano, país riquísimo, la perla de oriente. Rafic Harari, señor de las finanzas, fue un ídolo innegable en los años previos a 2005. Pero resulta que un grupo terrorista lo asesinó. Esto motivó que cambiaran las cosas, en forma tal que en los años recientes, el gobierno de Líbano –no estoy enjuiciando a nadie y sólo tratando de señalar con la mayor objetividad posible lo que yo entiendo– permitiera en su región sur (norte de Israel) el aposentamiento de grupos que eran considerados terroristas por el propio Israel, y que desde el suelo libanés procedieran a atacarlo. Esto produjo, aparte de casi una guerra civil interna, una guerra con Israel en la que, obviamente, se exacerban los ánimos de egipcios, jordanos, sirios y demás, y la 31
autoridad nacional palestina, compuesta de grupos liberadores –que para otros son grupos terroristas–, entraran en una guerra terrible. El hecho de la muerte de Rafic Harari a manos del terrorismo determina que en mayo de este año, de 2007, el Consejo de Seguridad de la ONU determinara, mediante alguna resolución formal, otro tribunal ad hoc. Esto es, un tribunal especial que se pide que tenga como sede también La Haya. Esto no se ha resuelto, pero Líbano conviene y acepta, firmando los documentos y acuerdos correspondientes con la ONU, que su jurisdicción no la impondrá, que solamente este tribunal debe de dar con los terroristas que causaron la muerte de su ídolo. Ahí tenemos otro tribunal ad hoc desarrollándose. En el régimen europeo –antes llamado: Comunidad Económica Europea, hoy conocido como: Unión Europea, que es algo más ambicioso–, donde se tienen tribunales derivados de la globalización y con sus respetivos tratados, los cuales comenzaron a celebrarse hacia 1957, en Roma, y que tuvieron que ver con el comercio. Después, estos tratados se modificaron en Bruselas, más tarde se celebraron los Tratados de Mastrich, que hablaban sobre una moneda en común; posteriormente, han seguido los Tratados de Ámsterdam, los Tratados de Niza, etcétera.
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Esto apuntaba hacia la formación de una eventual Constitución de la Unión Europea, una superconstitución sobre las de los demás países, y en Bruselas se abrió a la suscripción, en 2003. Sin embargo, esta declaración de principios, llamada entonces Euro-Constitución no ha llegado a ver la luz, porque los franceses no aceptaron claudicar sus segmentos de soberanía, y otro tanto pasó con los Países Bajos, en La Haya, en donde también se votó en contra. Esto hace que se postergue dicha constitución, entiendo que será para 2008, no estoy seguro, y ya no se va a llamar Euro-Constitución, sino Documento Constitutivo, o algo así. Pero hay un tribunal en Estrasburgo, que está funcionando desde antaño con competencias muy específicas con jurisdicción europea y tiene que ver con los derechos humanos de los países miembros de la Unión Europea. Ha cambiado muchas veces con su forma de ser y su manera de conducirse, pero básicamente lo ha hecho por rezago. Entiendo que en la actualidad tienen un pequeño rezago como de 14,000 asuntos, y esto suena aterrador. Es un tribunal que nació y continua con tanto prestigio que no pueden con tanto trabajo. Hay varios protocolos que han cambiado su forma de manifestarse, y es un tribunal muy activo en sus decisiones que se cumplen supranacionalmente, en los estados adheridos se cumplen a pie juntillas y su jurisprudencia es respetada en todo el mundo. 33
¿Qué pasa con Latinoamérica? Pues que no nos quedamos atrás. Ya les platicaba a ustedes del Tribunal Interamericano, el cual resulta de todo un sistema que deriva de la Convención Americana de los Derechos Humanos, con sede en Washington. Esta Convención, parte de la Organización de Estados Americanos, creó su tribunal con sede en Costa Rica, funciona para todos los países miembros, entre los cuales está México. Aplica sus propias reglas procesales, sus estatutos y se respetan sus decisiones; tiene su propia normatividad, interpreta inteligentemente, ha tenido jueces de gran catadura profesional, mexicanos la han presidido, como el doctor Sergio García Ramírez, entre otros. Bueno... pues esto fue un recorrido, a vuelo de pájaro, sobre los problemas de la globalización, en cuanto a leyes instrumentales que no podrían significar nada si no existieran tribunales derivados de la mundialización, que utilizan los instrumentos necesarios para hacer valer el derecho. Pero, ¿qué pasa si nos agolpamos todos los que llevamos nuestras ciudades consigo? Algún día leí en Roma, en el Panteón de Agripa, cerca de la bellísima Piazza Navona, algo que se me dijo, un texto en latín que significaba: "lleva la ciudad contigo". Y sí que los romanos llevaron su ciudad–estado consigo a todos lados: ellos lograron en su fardo llevar sus leyes y sus constituciones al llevar la ciudad a todo el mundo. 34
En México, tenemos "ciudades portadas con leyes portadas" que convergen aquí y, nosotros, nos asomamos al mundo llevando la nuestra. Por otra parte, pienso que nunca debemos de olvidarnos de lo nuestro, porque si no, nos puede pasar lo que en el cuento de Jorge Luis Borges, El Aleph, donde el personaje, parado en la terraza de su casa, veía su barrio, su ciudad, su región, su país y el mundo, pero tenía la tragedia de no ver abajo de su propio balcón. Ojalá y todos nosotros –tratándose de constituciones, de globalización y de derechos procesales– veamos ante todo lo nuestro y después todo lo demás. Gracias por escucharme.
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INSTAURACIÓN DE LA CÁTEDRA: "POR EL DERECHO PROCESAL" Ing. Raúl Méndez Segura Rector del Sistema de la UNITEC
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icenciado Sergio Salvador Aguirre Anguiano, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; licenciado Juan Velasquez, primer ocupante de la cátedra universitaria que hoy instauraremos; compañeros del presidium, distinguidos invitados, miembros del claustro docente, alumnos y alumnas del Sistema UNITEC en todo el país. La sociedad actual, a la vez actor y víctima del desarrollo tecnológico, demanda un sistema jurídico que responda a las nuevas necesidades que plantea el mundo global. El surgimiento y desarrollo de la integración económica, social, política e inclusive jurídica, tal como está ocurriendo en Europa, plantea desafíos a los sistemas jurídicos. La internacionalización de las relaciones jurídicas, no sólo entre los estados, sino entre los particulares, pone en tela de juicio un gran número de conceptos jurídicos que se consideraban hasta ahora, o hasta hace poco, inamovibles. Vivimos en una realidad y en un mundo globalizado; de hecho, el fenómeno de la globalización parece invadir la 37
vida de los estados y de las personas. La globalización ha alterado nuestra vida, todos sabemos que avanza y que aunque recién ha comenzado, no se sabe, a ciencia cierta, hasta dónde llegará. Algunos afirman que se formarán bloques cada vez más amplios de integración, otros auguran la desaparición de fronteras, otros más hacen hincapié en la debilidad de los estados, aún los poderosos, para enfrentar la problemática surgida por la capacidad operativa de las personas por el uso de las comunicaciones, que se reflejan o no, no sólo en el ámbito financiero, comercial, fiscal, sino también en la capacidad operativa de las redes criminales en todas las formas de delinquir posible, que inclusive han puesto en jaque la seguridad de los estados y han hecho manifiesta su gran incapacidad para combatir la delincuencia, pero sobre todo han exhibido la vulnerabilidad de aquellos estados que se consideran poderosos. La globalización ha dado origen al proceso de integración regional, al multiculturismo –sociedad multiétnica, como la denomina Giovanni Sartori–. Esta integración comprende desde la comercial hasta la integración casi plena como sucede con la Unión Europea a la que algunos expertos denominan un Estado Red. En ese Estado Red, los conceptos de soberanía y territorialidad han sido modificados. En efecto, el estado soberano 38
va perdiendo soberanía, independientemente de cuál sea su justificación. En el ámbito jurídico de la globalización, a pesar de que nos encontremos en algún estado no integrado regionalmente, la creación de las normas, aun cuando se sigue haciendo dentro del ámbito territorial, no manifiesta las aspiraciones de los ciudadanos locales, sino que son influidas en forma decisiva por presiones de otros estados, los estados globalizados o por grupos o actores transnacionales. Las normas así producidas no expresan los intereses ni las aspiraciones sociales, políticas y culturales de los ciudadanos que quedan vinculados a ellas. Con ello, queda claro que la globalización en el aspecto jurídico rompe los paradigmas de soberanía y territorialidad que fueron la base para la construcción del sistema jurídico y político surgido en el siglo XIX, cuyo legado fue el estado nacional en el cual se deposita el monopolio de la coacción y es quien, a través de las normas jurídicas producidas por el orden legislativo, evita la justicia privada de sus ciudadanos o de las personas que se encuentran en su territorio y garantizan la convivencia. Esta noción del estado nacional todo poderoso, con el monopolio de la coacción bajo su mano, ha ido perdiendo validez, pues ahora se encuentra más débil que nunca y menos soberano que en toda su historia, muestra de ello es el aumento en la violencia y la inseguridad, la falta de con39
trol de los grupos migratorios, los métodos alternativos para solucionar los conflictos que han sido adoptados por los particulares, la idea económica y en general la incapacidad para controlar las fronteras que han quedado a merced del contrabando, el narcotráfico, los traficantes de personas y armas. Este fenómeno hace desaparecer las fronteras entre lo público y lo privado. El Estado nacional actual ha cambiado en forma radical defendiendo los criterios de eficiencia y productividad por encima de los criterios sociales de justicia e igualdad característicos de las democracias clásicas modernas. Por otra parte, la globalización produce la pérdida de la gobernabilidad de los países subdesarrollados en beneficio de los dominadores del proceso de la globalización. Los países en vías de desarrollo no tienen más remedio que acatar las decisiones que se toman en el coto del poder del desarrollo, so pena de ser bloqueados y sancionados internacionalmente, marginándolos del acceso a los beneficios que otorgan los organismos internacionales tales como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, la Organización Mundial de Comercio, etcétera. Estos organismos dictan las decisiones monetarias y económicas que seguirán y presionan a los países subdesarrollados para que adopten determinados modelos al margen de sus decisiones soberanas. 40
Este panorama pone de manifiesto los problemas a los que se enfrenta el derecho y la administración de justicia en nuestro mundo actual. Es por ello, que me congratula instaurar este foro de discusión y divulgación académica que versará sobre el Derecho Procesal, conscientes de que, como comunidad universitaria, tenemos el deber de participar y promover la elaboración de leyes que permitan a nuestro país insertarse en el mundo global y ser actores y no víctimas del mismo. Sin embargo, la sola hechura de la ley es insuficiente para la realización de las aspiraciones de justicia en nuestra sociedad. Es necesario, por tanto, la dignificación de los órganos jurisdiccionales, hacer de las normas procesales una realidad, y del derecho, como instrumento de solución de conflictos, una herramienta eficaz. Por eso tenemos ahora en nuestra universidad al ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, digno integrante del máximo órgano judicial de nuestra patria, la Suprema Corte de Justicia de la Nación; al licenciado Juan Velasquez, también digno modelo del abogado que ha hecho del litigio un arte. Qué mejor manera de celebrar nuestro 40 Aniversario que poniendo a disposición de la comunidad jurídica de nuestro país y de nuestra exitosa Escuela de Derecho, que cumple ya 25 años, este foro de discusión y divulgación aca41
démica. Espero que esta Cátedra contribuya a hacer de nuestra patria un país de leyes, favorezca la disminución de las desigualdades y coadyuve a la construcción de un México más justo. Muchas gracias.
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DECLARATORIA Ing. Raúl Méndez Segura Rector del Sistema de la UNITEC
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a UNITEC, consciente de la trascendencia que tiene el marco jurídico en la sociedad mexicana, de su responsabilidad social como institución educativa de alto prestigio académico, y de acuerdo con su misión y filosofía institucional, declara: Concebimos al mundo como un conjunto integrado por naciones que interactúan en un contexto de convivencia, respeto y derecho; naciones que en el marco de la globalización demandan sistemas jurídicos más eficientes, cuya eficacia tiene su plenitud en la búsqueda y realización de las decisiones justas y que sea nuestro legado a las nuevas generaciones. Con el propósito de divulgar las mejores prácticas en tan importante materia y en el marco de su 40 Aniversario, el día de hoy, 10 de agosto de 2007, en la ciudad de México, siendo las 19:40 horas, declaro solemnemente instaurada la Cátedra: "Por el Derecho Procesal", cuyo primer ocupante es el licenciado don Juan Velasquez.
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SEMBLANZA DEL LIC. JUAN VELASQUEZ
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n el ámbito del derecho, incursionan filósofos, sociólogos y juristas. Entre éstos, destacan aquellos que se han desempeñado en el foro con particular notoriedad, llevando a la ciencia jurídica a la excelsitud de un arte. En este orden de ideas, destaca nuestro distinguido primer ocupante de esta cátedra universitaria, quien con su ejercicio profesional dignifica la imagen del abogado postulante. Sería suficiente presentarlo como el licenciado don Juan Velasquez; sin embargo, en este marco, diremos brevemente que don Juan Velasquez es, desde hace 37 años, defensor penal y tiene el grado de maestro; recibió del presidente de la República la presea al mérito jurídico a la excelencia en el ejercicio profesional. Desde hace 35 años imparte la materia de derecho procesal penal en licenciaturas y posgrados, la Universidad Nacional Autónoma de México, el Instituto Tecnológico Autónomo de México, la Universidad Panamericana, la Universidad de las Américas y la Universidad Pontificia de México lo han nombrado consejero, profesor honorario, profesor adscrito, asesor jurídico y asociado honorario, entre otros. 45
Finalmente, el pleno del consejo de la Judicatura Federal lo acaba de designar integrante de la Junta Directiva del Instituto Federal de Defensoría Pública, por ser el arquetipo del defensor. En este solemne acto académico, la Universidad Tecnológica de México le ha designado: Primer ocupante de la Cátedra: "Por el Derecho Procesal" y miembro del Consejo Consultivo de la misma.
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Conferencia
LA DEFENSA PENAL Lic. Juan Velasquez Primer Ocupante y Miembro del Consejo Consultivo de la Cátedra: "Por el Derecho Procesal"
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uiero agradecer, muy sentidamente, el que se me esté honrando con esta invitación; particularmente, compartiendo el presidium con las personalidades de esta universidad y, sobre todo, con el muy honorable señor ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Es verdaderamente una distinción que no merezco. Pero aun inmerecidamente y ya que me invitaron, voy a hablar respecto del tema que se me asignó: «La defensa penal», porque, al final de cuentas, a eso es a lo que me he dedicado toda mi vida. Toda mi vida he sido un defensor en la materia penal. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra garantías a favor de los individuos; derechos mínimos que tenemos como gobernados frente a los gobernantes: los derechos mínimos de asociarnos, de profesar una religión, de poseer armas en nuestro domicilio para nuestra defensa, de expresar libremente nuestras ideas, pero insisto, para los efectos de mi plática, los derechos mínimos 47
importantísimos de un debido proceso legal que si al final de cuentas se nos acusa, se nos enjuicia, se nos condena y por esa condena se nos priva de la libertad, no sea nada más porque sí, que no sea por el capricho del gobernante, sino porque se nos sometió a un debido proceso legal. Esa es la garantía que todos nosotros tenemos y que diríamos que nos da la seguridad de que sólo porque se ha seguido ese debido proceso legal en nuestra contra, es que al final de cuentas se nos ha privado de la libertad. Pero este debido proceso legal sería inconcebible sin una defensa. Absolutamente todos tenemos, dice la fracción novena del artículo XX de la Constitución, el derecho a una defensa. A nosotros, los defensores, luego se nos echa en cara defender a alguien: ¿Señor Velasquez: por qué es que usted defiende? Pues defiendo porque soy un defensor. Pero, ¿qué sería verdaderamente un juicio sin un defensor, solamente por el dicho o por la acusación del Ministerio Público? ¿Podría seguirse ese juicio y ante un señor juez sin un defensor? ¿Sería un juicio? ¿O sería más bien un linchamiento? Absolutamente todos tenemos el derecho de ser oídos al través de un defensor; si no, ¿qué clase de seguridad jurídica tendríamos? ¿Qué clase de debido proceso legal sería ese? El problema es que todos nosotros, como sociedad, padecemos una inseguridad terrible. Salimos de nuestra casa 48
encomendándonos a Dios y preguntándole qué nos sucederá andando por las calles de la ciudad; no, para peor, por los caminos de la República Mexicana; no, bueno, ¡estando en nuestra casa! El señor José Luis Soberanes, el ombudsman nacional, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, le echó en cara al entonces señor presidente, don Vicente Fox, respecto de la seguridad o de la inseguridad. Ése –le dijo Soberanes al señor presidente– ha sido un compromiso incumplido en su sexenio. Y el señor ex presidente, con su modo peculiar de decir las cosas, reconoció: Sí, sí señor Soberanes, efectivamente; ése de la seguridad ha sido un hueso duro de roer. El señor presidente Calderón acaba de reconocer que es insostenible el deterioro en la seguridad. Para este año 2007, se pronostican seis millones de delitos en el ámbito federal. Y, entonces, por esto que sucede, todos culpamos a la ley y clamamos por reformas legales y por penas más severas. Si reformamos la ley, si tenemos penas más severas que se apliquen a quienes delinquen, ¿vamos a remediar ese problema de la inseguridad? Y, entonces, nosotros proponemos que existan en la República Mexicana toques de queda, que desaparezca el secreto bancario, que haya cateos sin mandamiento judicial, que se reduzca la edad para enjuiciar a la personas a 12 años, que se facilite a los señores agentes del ministerio público o a sus policías dependientes 49
que intervengan nuestras comunicaciones privadas sin orden de un juez, que se aumente el plazo de las 72 horas que se tiene en los procesos para decidir si se enjuicia o no a las personas, que se limite la libertad provisional bajo caución en los procesos, la libertad caucional. La caución es el género que tiene especies: la fianza, la prenda, la hipoteca; bueno, que eso se limite, para que las personas que enfrentan sus procesos lo hagan sin la posibilidad de una libertad provisional bajo caución, que enfrenten sus procesos presas, que se denuncie y se castigue a las personas que aleguen violaciones a sus derechos humanos y no las comprueben, que se exijan mayores requisitos a los señores jueces de amparo para que amparen, que se oculte a los informantes, que se mantenga en el anonimato a quienes denuncien, bueno, y, hemos oído, que hasta haya jueces sin rostro. ¿Por quién se inició esta averiguación? Por un informante anónimo? Pero, ¿y quién declara en mi contra? Un testigo cuyo nombre no te podemos dar a conocer. Bueno, ¿y quién me impuso una condena de 50 años? Un señor juez que nunca conociste, porque no tuvo rostro. El 95.2% de nosotros ha exigido la cadena perpetua y el 85.4% de los otros, la reimplantación de la pena de muerte, porque se abolió, del artículo XXII de la Constitución, la pena de muerte. Y hemos llegado a tal extremo que hubo un funcionario, el máximo funcionario del Distrito Federal, que hasta 50
propuso que se cazara –cazara con “z”, de cacería– a los abogados que acudan a las agencias del Ministerio Público con el único propósito de liberar a sus defendidos. –¿Por qué viene aquí licenciado Velasquez, a esta delegación? Me preguntaría un señor agente del Ministerio Público, en una madrugada. –Pues vengo porque mi defendido me habló telefónicamente diciéndome que estaba detenido, que por favor viniera. –Ah, bueno, muy bien. ¿Y para qué viene? –Pues para ver que se quede preso, porque si voy a ver que lo liberen, entonces me cazan. Pero por todo esto que nosotros pedimos cambiar la ley, y nuestros legisladores, muy atentos, reconocen que sí, que hay que cambiar la ley, porque dicen: la imposición de las penas, las reformas legales son los caminos que hasta ahora hemos encontrado para combatir la criminalidad. Y por eso que nosotros pedimos, exigimos, y por esos caminos que son los únicos que han encontrado nuestros legisladores, las leyes se han ido cambiando y las penas se han ido incrementando. Antiguamente, la Constitución otorgaba al Ministerio Público, por ejemplo, un término de 24 horas para mantener detenida a una persona durante una averiguación, una persona detenida por urgencia o por flagrancia. Ahora, ese 51
término es de 48 horas, y además puede duplicarse. Ahora, todas nuestras comunicaciones privadas pueden ser intervenidas y la intervención probar en nuestra contra. Ahora, se puede mantener secuestradas; no... perdón, arraigadas, a las personas hasta por 90 días, y es delito el desobedecer ese mandamiento de arraigo. Ahora, se aumentó el concepto de flagrancia para poder detener a las personas aun y cuando no se les sorprenda cometiendo un delito. Ahora, se puede impedir la libertad provisional bajo caución aun y cuando se trate de delitos no graves que permitirían ordinariamente esa libertad si el Ministerio Público lo pide. Ahora, se suprimió de la Constitución la exigencia de que la persona que acusara a otra fuera digna de fe, para darle cabida a una Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada que permite a los mal llamados testigos protegidos, que yo diría, más bien, que son delincuentes beneficiados. Un testigo es un tercero ajeno a los hechos que los presencia. –¿Un homicidio? ¡Ah, caray!, pues no voy a testificar, porque me pueden matar. –No te preocupes, diría la autoridad, porque como testigo te vamos a proteger. Y cuando, además, la característica fundamental de un testigo es el no haber sido sobornado, aquí se trata de delin52
cuentes a los que se soborna para que entonces declaren lo que sea, contra cualquiera, y hemos presenciado los casos patéticos de un señor cocinero, así le llamaban, que declaró en el caso del asesinato del señor Francisco Stanley. Por ese testimonio encarcelaron, durante más de un año, a los autores de ese asesinato, entre ellos una jovencita y todo para que después los absolvieran. Y vimos el caso de un señor Othón Cortés, al que también por “testigos protegidos” se le acusó de ser el autor material de la muerte del licenciado Luis Donaldo Colosio, y estuvo preso en Almoloya, para que lo absolvieran y decretaran su libertad, ¡ah!, bueno, con ese clásico, “usted dispense”, y con la vida destruida. Y vimos testigos protegidos que declararon a un señor Nahum Acosta, que trabajaba en la presidencia con el señor Fox, era dizque colaborador del narcotráfico, pero que siempre no. Y para que luego otros testigos protegidos, tres, declararan respecto de otro señor, un arquitecto que, según, ¡era el gran narcotraficante!, no se quién, que la policía buscaba desesperadamente. Para que ese señor se salvara, tuvo que comprobarlo, afortunadamente tenía desde su acta de nacimiento y su fe de bautismo que decía que era otro, hasta la fotografía de su primera comunión, además, a toda su familia que declaraba que no era ése que decían y por último se salvó por una prueba de ADN. 53
–¡Vean, no soy! –Ah, sí ¡caray!, pues nos equivocamos. Esos testigos mintieron y ya se comprobó, pero, y si no se hubiera comprobado ese señor estaría todavía preso. Ahora, hay esa figura que nosotros pedimos del denunciante anónimo, de esos ya no digamos delincuentes beneficiados, sino supuestos testigos, pero que ya ni siquiera en el proceso sabemos quiénes son. Ahora, los acusados no pueden comparecer así nada más en una averiguación a través de su defensor, sino que tienen que ir ellos personalmente a nombrarlo. Ahora, se limita la expedición de copias al defensor respecto de esa averiguación para conocer de qué se acusa a nuestro defendido. Ahora, por ejemplo, se obliga a los señores jueces federales a librar o negar una orden de aprensión tratándose de delito grave en el plazo de 24 horas. Regreso al ejemplo del señor Othón Cortés, al que la Procuraduría General de la República, acusó del asesinato de Luis Donaldo Colosio, y respecto del cual pasó lo siguiente: –Señor juez,–le dijo un fiscal un día–, le traigo este expediente de cien mil hojas, que demuestra que Othón Cortés asesinó a Luis Donaldo Colosio, y tiene usted 24 horas para leerlo y resolver si libra o no esa orden de aprensión que le estoy pidiendo, porque usted sabe que el homicidio se trata de un delito grave. Y entonces, el señor juez, sin más remedio, librará esa orden con las consecuencias que les he dicho. Un hombre preso en 54
Almoloya por año y medio, absuelto, pero insisto, con la vida destruida. Ahora, se puede condenar a una persona por un delito distinto del que se le enjuició. Ahora, la garantía que la Constitución establecía para el debido proceso legal, como la garantía por antonomasia, la garantía del careo, la mejor de las garantías. –¡A ver, quién me acusa, que me lo diga en mi cara! Sí, pero por las reformas legales, si esa persona quiere y si quiere en recintos separados y al través de monitores de televisión, porque ya muy acordes con la tecnología, podemos llevar a cabo careos virtuales. Ahora, se puede juzgar a las personas de 12 años. Ahora, se pueden practicar cateos sin mandamiento judicial. Ahora, las penas de prisión se elevaron de 12 a 24, de 15 a 40, de 30 a 60, de 40 a 60 años de prisión. Ahora, es obligatorio para el juez acumular las penas y ahora no hay beneficios preliberacionales. Ahora, por ejemplo, en el estado de Chihuahua hay penas de 105 años de prisión y no se consideran perpetuas. Ahora, vimos el caso, con el que no tengo nada que ver, del señor chino al que le encontraron doscientos cinco millones de dólares y que causaron abandono a favor del Estado. –Te aseguro tus bienes –diría un agente del Ministerio Público–, porque son el producto de un delito. ¡Ah!, pero si 55
no los reclamas en 90 días, entonces esos bienes causan abandono a favor del Estado; hay una renuncia tácita de tu propiedad a favor del Estado. –Oye, no, no –diría esa persona–, ¿pero por qué? ¿Qué no hay un artículo de la Constitución que dice que no me puedes privar de la propiedad de mis bienes sin un juicio y en su caso de una sentencia condenatoria que los decomise? No, ya no, porque ya reformamos el artículo XX de la Constitución para que no se considere un decomiso el abandono de tus bienes. Bueno, diríamos todos nosotros, porque gracias a esas reformas que exigimos, y que nuestros legisladores nos concedieron; el problema de la inseguridad ya desapareció. Que inmediatamente después de las reformas, México es el país que ocupa el quinto lugar como más inseguro en el mundo. La ciudad de México, es la cuarta ciudad más insegura del mundo y aumentaron en 90% los delitos federales. Pues sí, claro, es obvio, porque no nos dan todo lo que pedimos, queremos reformas legales. Hay ahorita y para su análisis en el Congreso las siguientes: que el Ministerio Público sea el que decrete arraigos, ordene la intervención de comunicaciones privadas, reserve datos de los denunciantes, practique cateos sin mandamiento judicial, que la policía sea autónoma del Ministerio Público, que se permita, y ya en todos los casos, no carear al 56
acusado con su acusador y ésta, por favor óiganla, que de una vez se omita procesar al inculpado y se le sentencie si existe su confesión. Esa confesión obtenida, imaginémonos cómo, ¡ah! de manera libre y espontánea. –¿Y por qué entonces, señor agente del Ministerio Público... por qué entonces, señor policía, si mi defendido la rindió está así, todo golpeado? –Porque es muy peligroso. Tan peligroso que por eso confesó. Y como ya confesó, pues ahora... que ya no lo enjuicien. Y yo me pregunto, como defensor, si realmente al través de todos estos cambios legales, porque me podría pasar muchísimo más tiempo refiriéndoles “cambios legales”, al través de estas reformas a la ley, al través de un endurecimiento de estas penas, es como esta inseguridad física que padecemos se va a remediar. Yo me pregunto, por qué, si por ejemplo, para los delitos de violación hay penas hasta de 20 años, en México cada cuatro minutos se comete una violación. ¡Bueno, pues sí, porque la pena, pues, es nada más hasta de 20 años! Vamos a aumentarla a 30. Pero, y entonces, ¿por qué, si por ejemplo, hay penas de 50 o 60 años para el homicidio en México, hay un promedio de diez mil homicidios al año? Pues, porque la pena es de 50 o 60 años, no de 80 o 90. ¡Mmm! Bueno, entonces, por qué si para el secuestro y, por ejemplo, en el estado de Puebla hay penas de 70 años de prisión, 57
en México se comete un secuestro cada 48 horas. Pues porque la pena es hasta 70 años de prisión. ¡Vamos a aumentarla a 90! –¡Ah! –diría yo–. Pero entonces, ¿por qué nos limitamos? ¿Por qué nada más el 71% de los mexicanos pedimos la reimplantación de la pena de muerte? Bueno, por qué no de una vez el 100% de nosotros pedimos, por ejemplo, que haya penas, como en España, de 13 mil años de cárcel para ese señor argentino, Cavallo, que vivía en México y al que se le extraditó allá, ¡Bueno, espérenme! por qué no de una vez tenemos penas como esas, que se pueden imponer a los terroristas de Madrid de 270 mil años. ¿Y si tuviéramos penas de 270 mil años? ¿Si reimplantáramos la pena de muerte? ¿Esa inseguridad se reduciría? ¿O no? A lo mejor el problema de la inseguridad no es un problema de leyes ni de penas, sino un problema de una sola palabra que se llama impunidad, y que en el país alcanza el 98% de los delitos que se cometen. Y entonces yo me pregunto ¿de qué serviría tener penas de 270 mil años de prisión para imponérselas al 1% o 2 % de los delincuentes? Que a lo mejor ni siquiera son los delincuentes, porque como confesaron, ya no hubo la necesidad de un juicio. Entonces, a lo mejor, la solución pudiera ser imponerle al 98% de los delinquen, no 270 mil años de prisión, sino mejor, siete pesos de multa, pero al 98% de los que delinquen. 58
¿Pero qué hacemos para remediar esa impunidad? ¿Qué hicieron nuestras autoridades encargadas de investigar y perseguir los delitos cuando salimos, no sé, un millón de personas vestidas de blanco a protestar por esa inseguridad y con cartelones en los que exigíamos las reformas legales y esas penas de muerte? ¿Qué hicieron respecto de un lote baldío donde todo el tiempo se arrojaban cadáveres? ¡Ah!, pues que inmediatamente pusieron también un letrero, y más grande que el que nosotros teníamos, “Se prohíbe tirar basura y cadáveres” y abajo, “multa”, y abajo, para que se supiera que no era un cuento, firmaba la “polesía” y, para peor, con “s”. Jóvenes, yo quiero pedirles que consideren que es absolutamente erróneo culpar a ley de lo que al final de cuentas es simple y sencillamente ineficacia de las instituciones encargadas de investigar y de perseguir los delitos. Ineficacia de la policía y de las procuradurías. Es de sentido común preguntarse, si la solución al asunto de la seguridad en México es una cuestión de leyes más severas, o si se trata simple y sencillamente de un problema de incapacidad. La evolución de la delincuencia está en relación directa con la ineptitud de los aparatos responsables de combatirla, y que todas estas nuevas reformas legales, penales, simple y sencillamente han reducido nuestras garantías individuales, relativas al debido proceso legal, en favor de tendencias autoritarias, cuando la Comisión Interamericana de los 59
Derechos Humanos, Amnistía Internacional, la Organización de las Naciones Unidas y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos nos han prevenido respecto de las detenciones arbitrarias, de las torturas, de las ejecuciones, y para peor, para peor, de la imposibilidad cada vez mayor de acceder a la justicia. La Organización de las Naciones Unidas acaba de prevenirnos: “las cárceles mexicanas están llenas de pobres”. Y yo digo que la justicia penal es una justicia para pobres, o bueno, más correctamente, es la denegación de la justicia si se es pobre. ¿Por qué? Porque, por ejemplo, en la antigua prisión de Lecumberri, había en el ingreso una leyenda sobre la pared que decía: “en este lugar maldito donde reina la tristeza, no se castiga el delito, se castiga la pobreza”. Porque al 90% de los detenidos los defienden, heroicamente, los señores defensores de oficio, que son un número muy reducido, porque no hay dinero para contratar más y que por eso defienden cada uno un promedio de 260 casos, en absoluta desventaja, por razones obvias, frente a las procuradurías, bueno, defensorías de oficio, que no tienen sillas, escritorios, mobiliario, ni siquiera papelería para imprimir. Señores defensores de oficio, que como en el estado de Morelos, ganan $3,800 pesos, y que por eso pierden el 94% de los casos, cuando el 42% es de inocentes, que por no haber tenido una defensa penal se quedan el resto de sus días en la cárcel. 60
Quiero terminar mi exposición con las palabras de un eminente jurista, don Sergio García Ramírez, que además de haber sido Procurador General de la República, es ahora el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Él a todos nosotros nos preguntó: ¿Deveras necesitamos todas estas reformas legales? ¿Reformas al debido proceso legal o a obscuras legislaciones para enfrentar a la delincuencia? ¿Qué no deberemos de tener cuidado con suprimir garantías para facilitar la persecución? ¿Qué no estaremos negando el principio de inocencia de los individuos? También, nos dijo un eminente tratadista de derecho, Carnelutti, en su libro: Las miserias del proceso penal, en el que afirma: “la justicia humana hace sufrir a los hombres, no porque sean culpables, sino para saber si lo son mediante un proceso que es una tortura”. Tú eres inocente, así la ley te presume, pero te están acusando de un delito y te vamos a enjuiciar para saber si lo cometiste, y si lo cometiste para imponerte una pena de prisión, pero esa pena de prisión desde el primer día de ese “proceso”, a ese inocente se le impone. Esa es la miseria de nuestro proceso penal. Y entonces jóvenes, a mí me parece que por todo esto que nosotros hemos pedido y que nos han dado, ahora sufrimos dos inseguridades. Una la física, aún en nuestras casas y, para peor, en las calles. Pero otra, la jurídica. 61
La física, porque estamos a merced de la delincuencia y la jurídica, porque ya casi no existe ese debido proceso legal, porque ya entonces no tenemos esa seguridad jurídica, de que nada más porque sí, nos enjuician y nos condenen, porque ya cada vez tenemos menos la posibilidad de una defensa penal, porque ya casi, casi, estamos a la merced de que se nos quiera inculpar por algún delito, de que se violen nuestras garantías y se nos arranque una confesión. ¡Ja!, y porque confesamos ya no haya la necesidad de un juicio, sino simplemente se nos imponga una condena que, en una de esas, sí va a ser de 270 mil años de prisión. Muchas gracias.
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CLAUSURA
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ara la Universidad Tecnológica de México ha sido un honor poder contribuir el día de hoy a la generación de un espacio más de conocimiento, investigación y reflexión sobre nuestra responsabilidad social, parte fundamental de nuestra casa de estudios. Gracias a todos ustedes por haber formado parte de esta ceremonia universitaria.
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CÁTEDRA: "POR EL DESARROLLO PROCESAL" se terminó de imprimir en la ciudad de México en... La edición estuvo al cuidado de Amílcar Salazar.
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