Programa movilidad estudiantil internacional

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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN RECTORADO R.R. N° 477/09 20 de noviembre de 2009 VISTOS: La nota VR 275/09 de 12 de octubre de 2009, mediante la cual el señor Vicerrector solicita se trate en el H. Consejo Universitario los temas del Comité Académico, que por falta de quórum se encuentran pendientes de aprobación. CONSIDERANDO: Que, el Vicerrectorado cumpliendo las disposiciones estatutarias, ha venido convocando en varias oportunidades a reunión del Comité Académico para dar tratamiento a diferentes temas del que hacer académico y que requieren de aprobación de esta instancia. Que, ante la falta de quórum en las sesiones convocadas para el Comité Académico, los miembros asistentes han sugerido al Vicerrector que los temas por resolver sean elevados ante el H. Consejo Universitario. Que, por la importancia de los temas pendientes de tratamiento y que son de urgente resolución, además del tiempo ya transcurrido, se ha considerado proceder a su aprobación, con carácter ad referéndum del H. Consejo Universitario. Que, el Departamento de Organización y Métodos ha remitido al Comité Académico para su consideración y/o aprobación el Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil Internacional de la UMSS a fin de establecer las normas, organización y procedimientos que regulen la movilidad internacional del exterior del país y viceversa, con reconocimiento académico en un programa de formación profesional, en forma presencial, semipresencial o virtual; este documento ha sido consensuado con todas las Direcciones de la Administración Central de la Universidad. POR TANTO, con carácter ad referéndum del H. C. U. SE RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.Aprobar el REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL INTERNACIONAL DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON, elaborado por el Departamento de Organización y Métodos, y consensuado con las Direcciones de la Administración Central, este documento forma parte indivisible de la presente resolución y entra en vigencia a partir de la fecha. ARTICULO SEGUNDO.- El Departamento de Organización y Métodos queda encargado de socializar el reglamento aprobado entre las unidades pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

c.c. VR - OPA - Facultades - OyM, Arch.

Av. Ballivián esquina Reza - Casilla 992 - Teléf. 4524768 - 69 Fax (591 - 4) 4524772 e-mail: rector@ums8 .• du.bo Cochabamba .. Bolivia


OyM

Departamento de Organización y Métodos – UMSS Teléfonos: 4545488 - 4232540-5 interno 141 www.oym.umss.net

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL INTERNACIONAL DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN Capítulo I.- DISPOSICIONES GENERALES Antecedentes.- Los procesos de integración producen transformaciones científicas, educativas y culturales, que en la mayoría de los países son las Universidades las que están consideradas como las impulsoras de dichos procesos. Entre ellos está el Programa de Movilidad Estudiantil a nivel latinoamericano como el Convenio Multilateral CRISCOS y otros convenios bilaterales en los cuales participa la UMSS, y que para su implementación requieren de una normativa interna. Artículo 1.- Objeto.- Establecer las normas, organización y procedimientos que regulen la movilidad internacional de los estudiantes del pregrado de la Universidad Mayor de San Simón y Universidades del exterior del país y viceversa, con reconocimiento académico en un programa de formación profesional; en forma presencial, semipresencial o virtual (on line). Artículo 2.- Objetivos .- Contribuir a la formación integral de los estudiantes de pregrado brindando herramientas para fortalecer sus competencias y desempeño profesional en un mundo globalizado, facilitando la realización de actividades con reconocimiento académico en universidades extranjeras, con las cuales la UMSS debe estar relacionada mediante convenio, y en las que el estudiante deba cumplir con un programa de estudios y posteriormente ser reconocido y homologado académicamente en su unidad académica de origen. Artículo 3.- Definiciones.- Se entenderá por Movilidad Estudiantil Internacional del Pregrado, la realización y participación por parte de alumnos de la Universidad Mayor de San Simón, en todo tipo de actividad internacional como parte de programas académicos ofertados y concertados por universidades extranjeras, cuyos desarrollos tengan reconocimiento académico. Como también, la participación de alumnos extranjeros en programas académicos de pregrado impartidos por la UMSS, en cualquiera de sus unidades académicas y en modalidades presenciales, semipresenciales o virtuales (on line). Artículo 4.- Base legal.La base legal del presente reglamento lo constituye: • • • •

La constitución política del estado referido a la autonomía de la universidad boliviana. El estatuto de la universidad boliviana El Estatuto de la Universidad Mayor de San Simón El Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil del “CONSEJO DE RECTORES POR LA INTEGRACION DE LA SUBREGION CENTRO OESTE DE SUDAMERICA” CRISCOS. Los convenios interinstitucionales específicos firmados por la UMSS.

Artículo 5.- Del ámbito de aplicación.- El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para todo el personal de las unidades académicas y administrativas de la UMSS, relacionadas con el programa de Movilidad Internacional de Estudiantes, así como de los alumnos que participan de ella.


Capítulo II.- Modalidades y tipos de Programas de Intercambio Estudiantil Artículo 6.- Modalidades.- Se definen dos modalidades generales a través de las cuales se desarrollará el Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad Mayor de San Simón: a) Modalidad de Envío: Corresponde al proceso mediante el cual alumnos de la UMSS que hayan cumplido con los procesos y normas estipuladas en el presente reglamento, puedan participar de una experiencia internacional por un período de tiempo determinado en una institución de educación superior del extranjero. b) Modalidad de Recepción: Corresponde al proceso mediante el cual alumnos extranjeros de cualquier parte del mundo, que cumplan con los procesos y normas estipuladas en el presente reglamento, puedan participar de una experiencia internacional por un período de tiempo determinado en la Universidad Mayor de San Simón a objeto de cursar un programa de formación en las distintas facultades, carreras y/o programas académicos de la institución. Artículo 7.- Tipos de programas.- Considerando las modalidades de envío y recepción, se reconocen los siguientes Programas de Intercambio Internacional Estudiantil: 7.1.- Programa Semestral de Intercambio a) Corresponde el cursar asignaturas en una universidad del extranjero o alguna de las unidades académicas de la UMSS, equivalente a un semestre académico en la universidad de origen del estudiante. b) El estudiante que participe de esta modalidad deberá, en la casa de estudios superiores donde realice el intercambio, inscribirse en asignaturas de acuerdo a sus áreas de especialidad con una carga horaria y/o créditos equivalentes a las asignaturas de la universidad de origen. La equivalencia de la carga académica semestral será calificada por la respectiva unidad académica de origen del estudiante. c) Durante el período de duración del intercambio, el estudiante mantendrá la calidad de alumno regular en la universidad de origen. d) El estudiante tendrá un coordinador tanto en la Institución de Educación Superior donde realice el intercambio como en la UMSS, quienes coordinarán las actividades que éste desarrollará durante el intercambio académico. 7.2.- Programa Anual de Intercambio. a) Corresponde el cursar asignaturas en una universidad del extranjero o alguna de las unidades académicas de la UMSS, equivalente a un año académico en la universidad de origen del estudiante. b) El estudiante que participe de esta modalidad deberá, en la casa de estudios donde realice el intercambio, inscribirse en asignaturas de acuerdo a sus áreas de especialidad con una carga horaria y/o créditos equivalentes a las asignaturas de la universidad de origen. La equivalencia de la carga académica semestral será calificada por la respectiva unidad académica de origen del estudiante. c) Durante el período de duración del intercambio, el estudiante mantendrá la calidad de alumno regular en la universidad de origen. d) El estudiante tendrá un coordinador tanto en la Institución de Educación Superior donde realice el intercambio como en la UMSS, quienes coordinarán las actividades que éste desarrollará durante el intercambio académico.


7.3.- Programa de Múltiple Grado Académico.Corresponde a un programa presencial en el extranjero o en la UMSS, que se encuentre regulado por un Convenio Específico de Doble Grado entre dos carreras de ambas universidades, mediante la cual el alumno puede cursar el último año de estudios y las asignaturas o cursos establecidos para dicho periodo por el plan de estudios oficial de la institución receptora. A efecto de lo anterior, deberá existir un convenio entre dos o más instituciones de educación superior que permita y regule en detalle la obtención de un doble o un múltiple grado académico. 7.4.- Programa de Pasantías y prácticas Internacionales.Corresponden a períodos cortos de formación profesional en instituciones académicas y que deben insertarse como parte de los requisitos académicos de la carrera o programa de origen. En tal sentido, pueden originarse por el interés personal del alumno, requiriendo de respaldo institucional, por tanto la facultad, carrera y/o programa realizará el reconocimiento y/o convalidación de dicho período como parte de sus estudios regulares. Durante el período de duración del intercambio, el estudiante mantendrá la calidad de alumno regular de la Universidad Mayor de San Simón. 7.5.- Programas Internacionales Especiales.Corresponden a programas realizados especialmente para estudiantes internacionales, que desean realizar estudios de perfeccionamiento en algún tema de interés mútuo de las universidades firmantes de un convenio específico, y que no forma parte de la malla curricular de su carrera de origen. Durante el período de duración del intercambio, el estudiante deberá ser alumno regular de la Universidad Mayor de San Simón.

Capítulo III.- De los Participantes y requisitos Artículo 8.- De los participantes.- Podrán participar del programa de movilidad estudiantil internacional todos los alumnos de pregrado tanto de la Universidad Mayor de San Simón, como de las universidades del exterior con las que se tiene convenio, que cumplan con los requisitos del presente reglamento. Artículo 9.- Requisitos para los estudiantes de la UMSS.a) Tener un convenio marco entre la Universidad Mayor de San Simón y la Universidad Extranjera para realizar movilidad estudiantil. b) Tener la calidad de alumno regular de la UMSS, tanto al postular como durante su estadía en la universidad extranjera. c) Haber aprobado como mínimo el sexto semestre o tercer año de su carrera. d) Contar con un promedio general igual o superior a 60 puntos (aprobadas y/o cursadas). e) No haber sido sujeto de sumario administrativo en la UMSS, contar con certificado de solvencia administrativa. f) Cumplir con los requisitos específicos de selección definidos en el convenio con la Universidad a la que se postula, si los hubiere y las exigencias propias que requiera cada Carrera al amparo de este Reglamento General.


g) Certificado de conocimiento del idioma extranjero, si es que la Universidad donde desarrollará la actividad académica, efectúa la docencia en un idioma diferente al castellano. h) Contar con solvencia económica, en aquellos casos que no reciban ayuda Institucional, que le permita costear sus gastos de traslados, alimentación y hospedaje, en el extranjero. i) Comprometerse a realizar actividades académicas exigidas en el plan de estudios de la facultad o carrera que lo acoja y someterse a todas las actuaciones de seguimiento, control y evaluación establecidas por la universidad de acogida. j) No haber sido beneficiado por otro programa de movilidad estudiantil previo.

Artículo 10.- Requisitos para los estudiantes que vienen de otras universidades.- Serán requisitos generales para poder participar en cualquiera de los Programas de Movilidad de la UMSS: a) Tener un convenio marco entre la Universidad Mayor de San Simón y la Universidad Extranjera. b) Presentar el certificado que avale que el postulante fue seleccionado por su universidad de origen, en cumplimiento a los requisitos de selección definidos en el convenio. c) Cumplir con los requisitos de matriculación propios de la Unidad Académica de la UMSS, a la que postula el estudiante extranjero. d) Conocimiento del idioma extranjero, si es que la Universidad donde desarrollará la su actividad académica, efectúa la docencia en un idioma diferente al castellano. e) Demostrar solvencia económica, en aquellos casos que no reciban ayuda Institucional, que le permita costear sus gastos de traslados, alimentación, hospedaje, en el extranjero. f) Comprometerse a realizar actividades académicas exigidas en el plan de estudios de la facultad o carrera que lo acoja y someterse a todas las actuaciones de seguimiento, control y evaluación establecidas por la unidad académica de acogida.

Capítulo IV.- Convocatorias y proceso de selección Artículo 11.- Del número de plazas: La UMSS y las universidades extranjeras firmantes de un convenio de movilidad estudiantil, estarán basadas en el principio de la reciprocidad. Por ello la UMSS y las universidades extranjeras enviarán para cada gestión académica el número de estudiantes que recibirán para cada semestre o año, con un mínimo de una (1) plaza. Artículo12.- De la convocatoria y requisitos para modalidad de envío.- La Dirección de Convenios Internacionales DRIC de la UMSS, en el marco del convenio entre la UMSS y una universidad extranjera para movilidad estudiantil, realizará las convocatorias internas detallando la oferta académica. Exigiendo como mínimo los siguientes documentos: a) Plan de Estudios de la Universidad extranjera donde el estudiante desee cursar sus estudios por el periodo de un semestre (año, según sea el caso), visado por las autoridades de la carrera de origen de la UMSS. b) Carta de respaldo oficial del Director de Carrera de origen de la UMSS, que comprometa la convalidación de asignaturas a cursar en la casa de estudios superiores donde se llevará a efecto el intercambio. c) Informe curricular del responsable de Kardex de cada Facultad o Escuela, acreditando un promedio de notas igual o superior a 60 (sesenta) habiendo superado los seis semestres (o tres años) de su carrera. d) Certificado de idioma, cuando corresponda. e) Carta de aceptación de participación en el programa de intercambio suscrita por los padres o el representante legal del estudiante (garante).


f)

Certificado de Salud que le habilite para cumplir con sus actividades en la institución de destino. g) Carta de compromiso de los padres del interesado, para cubrir gastos de pasajes, alimentación, estadía y otros, cuando corresponda.

Asimismo, las convocatorias deberán determinar, para el caso en el que el número de postulantes sean mayores al de las plazas ofertadas, los criterios bajo los cuales se realizará la selección de los postulantes en coordinación con los directores académicos de las unidades académicas participantes del convenio. Artículo 13.- Del proceso de selección.13.1.- Para la modalidad de Envío: La aceptación final de las solicitudes estará a cargo de la Comisión de Evaluación de Solitudes del Programa de Movilidad Estudiantil, conformada por: • • • •

El Director de la DRIC, o su representante (presidente) El Director de la DPA o su representante El Director de la DUBE o su representante Los Directores Académicos de las unidades participantes

13.2.- Para la Modalidad de recepción: La aceptación de las solicitudes estará a cargo de la DRIC y en coordinación con el Director Académico de la facultad o escuela correspondiente.

Capítulo V.- Derechos y obligaciones Artículo 14.- Derechos de los estudiantes.14.1.- Para modalidad de envío.- El alumno de la UMSS, que haya sido seleccionado para participar en el programa de movilidad estudiantil internacional en una universidad extranjera tendrá derecho a: a) Mantener la calidad de alumno regular de la Universidad Mayor de San Simón, en el tiempo que dure su estadía en la Universidad Extranjera de destino. b) Convalidar asignaturas aprobadas en el extranjero, por parte de la Unidad Académica de origen de la Universidad Mayor de San Simón, según lo estipulado en el presente Reglamento y el convenio específico de equivalencia de tablas de calificación. 14.2.- Para modalidad de recepción.- Los estudiantes extranjeros que realicen estudios en la UMSS por convenio, tendrán los mismos derechos que un alumno regular, salvo lo expresamente establecido en el convenio específico de movilidad estudiantil firmado entre la UMSS y su universidad de origen y los reglamentos internos de la UMSS. Artículo 15 Obligaciones.15.1.- Modalidad de envío.- El alumno que haya sido seleccionado para participar del programa de movilidad estudiantil internacional en una universidad extranjera tendrá la obligación de: a) Cumplir los requisitos exigidos en el presente reglamento y los expresados en el convenio específico. b) Comprar una Póliza de seguro médico de alta cobertura, la que deberá presentar en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad DRIC y adicionalmente deberá presentar en la universidad de destino, una vez que llegue a ella.


c) Comprar una Póliza de seguro de vida, la que deberá presentar en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad DRIC y adicionalmente deberá presentar en la universidad de destino, una vez que llegue a ella. d) Realizar, sus trámites de visa para el país de destino. e) Dejar un poder notarial a algún familiar o persona de confianza, para resguardar cualquier situación administrativa que quede pendiente o pudiere surgir durante su permanencia en el extranjero. f) Cumplir con las obligaciones académicas contraídas al momento de postular, aprobando al menos el 50 % de las asignaturas correspondientes; caso contrario deberá devolver a la UMSS el total de los costos ocasionados, estipulados en el compromiso firmado entre el beneficiario y la UMSS. g) Mantener una conducta apropiada en la Universidad de destino, tanto de acuerdo a su normativa interna como a las leyes del Estado donde esté ubicada esta casa de estudios superiores. En caso de incumplimiento y ser suspendido en la universidad de destino, el beneficiario deberá devolver a la UMSS el total de los costos ocasionados estipulados en el compromiso firmado entre el beneficiario y la UMSS. h) Informar al Director Académico de la facultad o escuela de origen de cualquier cambio al momento de realizar la toma de asignatura o cursos en el extranjero, a objeto de ser convalidadas a su regreso. i) Informar a la DRIC y a su carrera cualquier dificultad académica, económica, de salud u otra que pueda afectar su permanencia en el extranjero. j) Solicitar antes de su retorno al país las notas cursadas durante su permanencia en el extranjero, caso contrario esta documentación deberá ser remitida a la DRIC. k) Una vez terminado el periodo de intercambio en el extranjero y regresado a la UMSS, deberá presentarse ante la DRIC para autenticar la información proporcionada para proseguir con la convalidación de asignaturas en su carrera. l) Presentar un informe y una presentación sobre su experiencia en la universidad del exterior, a los docentes y estudiantes de su unidad académica. 15.2.- Modalidad de recepción: Para obtener la calidad de “Alumno internacional”, los alumnos extranjeros que realicen actividades académicas en la Universidad Mayor de San Simón deberán: a) Realizar su postulación ante la autoridad pertinente de su casa de estudios superiores. Dicha autoridad será la encargada de hacer llegar las postulaciones de sus alumnos a la Dirección de Convenios Internacionales de la UMSS – DRIC de acuerdo a lo establecido en el convenio que avale el programa de intercambio específico. b) Presentar su visa de estudiante en el país, con vigencia durante el periodo de duración de su estadía. c) Cumplir las disposiciones establecidas por la UMSS, para las asignaturas a cursar. d) Someterse a las exigencias normales de la asignatura (s) que cursa, o actividad (es) académica (s) que realice, y a las instancias evaluativas correspondientes. e) Cumplir con las evaluaciones establecidas en cada asignatura. f) Justificar la inasistencia a exámenes y pruebas ante el director académico de la facultad o escuela correspondiente. g) Cumplir con las normativas internas de la UMSS. h) Mantener una conducta apropiada en la Universidad, de acuerdo a su normativa interna como a las leyes del Estado Boliviano, caso contrario será suspendido del beneficio y se informará a la universidad de origen. i) Informar a la DRIC y a su carrera de cualquier dificultad académica, económica, de salud u otra que pueda afectar su rendimiento o permanencia en el país. j) Solicitar antes de su retorno a su país las notas cursadas durante su permanencia, asegurándose de entregar una dirección actualizada en caso de ser necesaria una remisión posterior de la información.


k) Presentar la Póliza de seguro médico de alta cobertura en la DRIC de la UMSS, en casos especiales y de acuerdo a convenio, la UMSS podrá asumir esta responsabilidad. l) Presentar la póliza de seguro de vida en la DRIC - UMSS. m) Reponer daños y perjuicios que ocasionen sus actos reñidos con éste reglamento y demás normativas internas de la UMSS, antes de la entrega de las certificaciones de notas.

Capítulo VI.- Presupuesto y Administración del Programa de movilidad Artículo 16.- Del presupuesto.- Será responsabilidad de cada unidad académica el incluir en su presupuesto anual el correspondiente a la Movilidad Estudiantil de acuerdo a su POA, que tome en cuenta los gastos a ser cubiertos para: Alimentación, Seguro Médico y Vivienda de los alumnos extranjeros que harán pasantías en San Simón. Artículo 17.- De la Administración del programa: La Dirección de Relaciones Internacionales y Convenios de la UMSS, será la única responsable de la gestión y administración del Programa de Movilidad Internacional en sus diversas modalidades y etapas, debiendo coordinar con las Facultades, Carreras y las direcciones (DPA, DUBE, DRIC) las actividades a realizar para el cumplimiento de los objetivos del presente reglamento. Asimismo, será responsable de promover el programa en el extranjero a través de las instancias externas existentes, brindando información a las contrapartes interesadas en realizar programas de movilidad, gestionando los Convenios necesarios para ello y participando en actividades en Bolivia y el extranjero que permitan implementar una amplia cobertura de los convenios de movilidad estudiantil. Por otra parte, deberá orientar a los estudiantes extranjeros que desean participar del programa de movilidad en cuanto a los aspectos académicos, logísticos y económicos que posibiliten la realización de estudios en la Universidad Mayor de San Simón La Dirección Universitaria de Bienestar Estudiantil (DUBE), estará a cargo de la administración de los servicios de alimentación, salud y vivienda (cuando corresponda) de la estadía de los universitarios del programa de movilidad estudiantil internacional en la modalidad de recepción. La Dirección de Administrativa y Financiera (DAF), a través de su departamento correspondiente será la responsable de proveer los recursos económicos, con cargo al presupuesto aprobado de cada unidad académica que participe del programa de movilidad estudiantil.

Capítulo VII.- De las disposiciones especiales Artículo 18.- Las situaciones no contempladas en el presente reglamento, deberán ser resueltas por una Comisión integrada por la DRIC, DPA, DUBE en coordinación con los Directores Académicos de cada una de las Facultades o Escuelas involucradas de la UMSS. Artículo 19.- A partir de la aprobación y promulgación del presente reglamento, todas las unidades académicas y direcciones universitarias, deberán regirse a las disposiciones del mismo. k)


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