09 ASPECTOS Y TRÁMITES LEGALES PERMISO DE RESIDENCIA ESTUDIANTE COMUNITARIO Y NO COMUNITARIO
- Certificado médico expedido por las autoridades oficiales del país de origen.
Permiso de residencia para estudiante comunitario
- Tres fotografías a color tamaño carné.
Según las últimas disposiciones del Gobierno español referentes a la Ley de Extranjería, toda persona extranjera que venga a vivir en España está obligada a obtener Solicitud de Certificado de registro como residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Previamente debes solicitar una cita en la siguiente dirección:
- Justificación de los medios económicos para la estancia en España por el periodo que duren los estudios. (Puede hacerse mediante: depósito en una cuenta bancaria en España, Travellers Cheques a nombre del solicitante del visado de estudios, documento que certifique que se es beneficiario de una beca o préstamo de estudio, carta que certifique que la manutención estará a cargo de los padres, familiares o quien corresponda, u otra forma que lo determine el Consulado).
http://www.mpt.gob.es/es/servicios/extranjeria.html El día de tu cita debes presentar la documentación en
- Tasas consulares de cada país.
C/Padre Piquer, 18 28024 Madrid 1. Justificante de la cita. 2. Pasaporte en vigor o Documento Nacional de Identidad de su país de origen (Original y Fotocopia). 3. Modelo de Solicitud EX18 (Original y Fotocopia) 4. Volante de empadronamiento. 5. Tasa modelo 790 (Cod. 12) 10,20 ¿ abonada en cualquier entidad bancaria española. Esta tasa se recoge en la oficina de tramitación, Avda. Padre Piquer, 18 (metro: Campamento, línea 10). Permiso de estancia no comunitario TRAMITACIÓN DEL VISADO DE ESTANCIA POR ESTUDIOS EN EL PAÍS DE ORIGEN DE ESTUDIANTE NO COMUNITARIO Para la tramitación del visado por estudios, el interesado deberá dirigirse al Consulado Español en su país de origen para que le indiquen los documentos que debe presentar y el procedimiento que debe seguir. A continuación, enunciamos algunos de los requisitos que puede pedir el consulado español y que varían dependiendo del país y del caso particular del interesado.
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a. Documento ex 00 (original y copia) b. Carta de matrícula de EAE original c. Fotocopia del pasaporte. d. Fotocopia del visado. e. Volante de Empadronamiento f. Tasa modelo 790 (Cod. 12) 16,35€ ¿ abonada en cualquier entidad bancaria española. Esta tasa se recoge en la oficina de tramitación, Avda. Padre Piquer, 18 (metro: Campamento, línea 10).
Nota: Los requisitos pueden variar dependiendo del país en el que se realice el trámite y de cada caso en particular, por lo que es muy importante que usted se informe de los requisitos que en cada momento pueda pedir el Consulado de España en su país.
Los mismos documentos se exigen a aquellos alumnos que vienen con su cónyuge e hijos, excepto que cuando se en vez de presentar certificado de matricula, deberán presentar registro civil de matrimonio en el primer caso y registro civil de nacimiento en el segundo caso).
Importante:
Importante: El procedimiento presentado puede presentar cambios requeridos por las autoridades correspondientes.
Las gestiones en los Consulados Españoles suelen ser lentas y en algunos casos el interesado debe presentarse más de una vez ante el Consulado Español. Le recomendamos, por lo tanto, que se informe sobre los requisitos, el procedimiento a seguir y, si tiene que pedir cita, lo haga con suficiente tiempo de antelación (al menos con 5 meses de anticipación). Más información en: Primeros Trámites de Estudiantes No Comunitarios (Estudiantes procedentes de fuera de España y UE): http://www.youtube.com/watch?v=VgufP9zYApM Tramitación en España de la tarjeta de estudiante
- Pasaporte original en vigor.
Dentro de los primeros 30 días deben solicitar a la comisaría de policía para comenzar con los trámites de su tarjeta de estudiante NIE.
- Certificado de admisión o matrícula (en nuestro caso de EAE).
Debes ir a la Brigada de Extranjería y Documentación de Madrid situada en Avda. de los
Requisitos:
Poblados, s/n (metro Aluche) horario de 9.00h a 13.00h. Solicitar una cita la suelen dar de una semana para otra. Una vez obtenida tu cita, deberás entregar la siguiente documentación en el día indicado.
Importante: Es el único documento que acredita la “Estancia Legal del Estudiante en España”, más allá de los 90 días, es la “Tarjeta de Estudiante” emitida por el Gobierno Español a través de sus Delegaciones en las Comunidades Autónomas. Es importante dejar claro que el incumplimiento por parte del alumno de la normativa legal vigente en materia de inmigración y las leyes vigentes en España exime a EAE de cualquier responsabilidad de tipo económico, civil, penal, académico o de cualquier otra índole así como de las consecuencias que puedan derivarse.
Renovación de la tarjeta de residencia por estudios: Es un trámite similar que también puede realizarse a través del Servicio que presta el Departamento de Relaciones Exteriores. Se gestiona de forma similar al que se realiza la primera vez que se solicita esta tarjeta, excepto que se debe presentar toda la documentación con al menos 60 días de antes del su vencimiento y se debe poder justificar el aprovechamiento (notas o diploma que obtuvo) y el motivo por el que solicita su renovación (puede tratarse de la realización de cualquier curso cuya duración sea superior a 6 meses). Para descargar los documentos necesarios puedes hacerlo en el siguiente link: http://www.mpt.gob.es/es/servicios/extranjeria.html
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10 EMPADRONAMIENTO ¿Qué es el Padrón? Es el registro de las personas que viven en España y sus correspondientes domicilios. Se tienen que dar de alta todas las personas que viven en el municipio ya sean nacionales o extranjeras y, en este último caso, independientemente de si tienen o no regularizada su estancia en el país. Requisito indispensable para NIE
Empadronarse es un Derecho Empadronarse es un derecho que comporta automáticamente otros derechos. Todas las personas inscritas en el Padrón de un municipio constan como vecinas, en el caso de los estudiantes no europeos sirve como medio para justificar la residencia habitual en un municipio determinado.
11 DIRECCIONES DE INTERÉS DE EAE ÁREAS Y SERVICIOS
PERSONAL
CAMPUS
UBICACIÓN
Area de Sistemas Correo EAE alumnos soporte@eae.es
Ricard Hortigüela Miquel Hernández
Barcelona y Madrid
Barcelona
Blackboard blackboard@eae.es
Miquel Hernández
Barcelona y Madrid
Barcelona
Gestión de Certificados certificados@eae.es
Mª Ángeles Roy
Barcelona y Madrid
Barcelona
Atención al Alumno alumnobcn@eae.es
Carmen Martos
Madrid
Planta 2
Carreras Profesionales lbonvehi@eae.es
Carmen Martos
Madrid
Planta 3
Gestión de Expedientes doc.matricula@eae.es
Secretaría
Madrid
Recepción
Asistencia al Cliente asistenciacliente@eae.es
Mª Ángeles Martos
Barcelona y Madrid
Oficina Virtual
Ana Sorolla
Barcelona y Madrid
Planta 1
Documentación necesaria para el empadronamiento - Documento identificativo de la persona que solicita el empadronamiento: pasaporte, carné de identidad del país de origen, tarjeta de residencia. - Documento que acredite el domicilio: escritura de compra de la vivienda, contrato de alquiler o el último recibo de cualquier suministro (agua, luz, electricidad, etc.) donde conste el nombre y el domicilio de la persona que solicita el empadronamiento. Estos documentos deben ser originales, no se admiten fotocopias. - En caso de que el solicitante no sea propietario ni arrendatario de la vivienda y quiera hacerla constar como domicilio, necesitará una autorización firmada del titular de la vivienda y una fotocopia de su DNI, pasaporte u otro documento personal identificado. Para más información sobre el empadronamiento llamar al 010. (En este teléfono, dando su dirección, le indicarán el ayuntamiento al que debe dirigirse para poderse empadronar).
Gestión de pagos pagos@eae.es
https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.d3089948cb18b1bb68d 8a521ecd08a0c/?vgnextoid=23ccdd9d6baed010VgnVCM2000000c205a0aRCR D&vgnextchannel=23a99c5ffb020310Vg
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