09 TRAMITACIÓN DE VISADOS 9.1 PERMISO DE RESIDENCIA PARA ESTUDIANTE COM UNITARIO RESIDENCIA SUPERIOR A TRES MESES Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tienen derecho a residir en territorio español por un período superior a tres meses. Los interesados estarán obligados a solicitar personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretendan permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente, su inscripción en el Registro Central de Extranjero. Todos los estudiantes pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como la Confederación Suiza, y que pretendan residir en España por un período superior a tres meses deberán: “Solicitar obligatoriamente la inscripción en el Registro Central de Extranjeros donde obtendrán un certificado de registro y un Número de Identificación de Extranjero (NIE)”. La documentación a aportar es la siguiente:
GUÍA DEL ESTUDIANTE
9.2 PERMISO DE ESTANCIA NO COMUNITARIO registrada, su número de identidad de extranjero, y la fecha de registro. Junto con la solicitud de inscripción, deberá presentarse el pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor del solicitante. En el supuesto de que dicho documento esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación. Salvo en los casos de no tener asignado NIE con carácter previo a la solicitud, documento acreditativo del abono de la tasa por expedición del certificado (en el resto de los casos, el órgano administrativo ante el que se presente la solicitud, previa asignación de NIE, hará entrega del impreso para el abono de la tasa, a efectos de que éste sea efectuado con carácter previo a la expedición del certificado).
El estudiante extranjero que pretenda realizar sus estudios en España deberá solicitar el correspondiente visado (tipo D) antes de su llegada ante las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en su país; para ello deberá aportar documentación académica que acredite los estudios ya superados y el certificado de matrícula de EAE (entre otros documentos que le exigirán y que variarán según el país en el que se encuentre el Consulado Español), que es uno de los requisitos solicitados por la Delegación del gobierno para expedir la tarjeta de estancia por estudios.
Para la tramitación del visado por estudios, el interesado deberá dirigirse al Consulado Español en su país de origen para que le indiquen los documentos que debe presentar y el procedimiento que debe seguir.
Para más información: www.policia.es/documentacion/no_comunitarios/requisitos_condiciones.html
• Pasaporte original en vigor.
Dicha solicitud deberá presentarse en el plazo de tres meses contados desde la fecha de entrada en España, siéndole expedido de forma inmediata un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio de la persona
54
A continuación, enunciamos algunos de los requisitos que puede pedir el consulado español y que varían dependiendo del país y del caso particular del interesado. Requisitos: • Certificado de admisión o matrícula (en nuestro caso de EAE). • Certificado médico expedido por las autoridades oficiales del país de origen. • Tres fotografías a color tamaño carné.
Más información en: www.policia.es/documentacion/comunitarios/est_resid.html
• Justificación de los medios económicos para la estancia en España por el periodo que duren los estudios. (Puede hacerse mediante: depósito en una cuenta bancaria en España, Travellers Cheques a nombre del solicitante del visado de estudios, documento que certifique que se es beneficiario de una beca o préstamo de estudio, carta que certifique que la manutención estará a cargo de los padres, familiares o quien corresponda, u otra forma que lo determine el Consulado).
Primeros Trámites de Estudiantes Comunitarios en España (Estudiantes de la UE): www.youtube.com/watch?v=i-Heh-husB0
- 2 copias del formulario de registro estipulado por el organismo - Pasaporte vigente o tarjeta de identidad de su país: original más fotocopia
9.3 TRAMITACIÓN DEL VISADO DE ESTANCI A POR ESTUDIOS EN EL PAÍS DE ORIGEN DE ESTUDIANTE NO COMUNITARIO
Importante: Las gestiones en los Consulados Españoles suelen ser lentas y en algunos casos el interesado debe presentarse más de una vez ante el Consulado Español. Le recomendamos, por lo tanto, que se informe sobre los requisitos, el procedimiento a seguir y, si tiene que pedir cita, lo haga con suficiente tiempo de antelación (almenos con 5meses de anticipación).
• Tasas consulares de cada país. Nota: Los requisitos pueden variar dependiendo del país en el que se realice el trámite y de cada caso en particular, por lo que es muy importante que usted se informe de los requisitos que en cada momento pueda pedir el Consulado de España en su país. Más información en: Primeros Trámites de Estudiantes No Comunitarios (Estudiantes procedentes de fuera de España y UE): www.youtube.com/watch?v=VgufP9zYApM
55
09 TRAMITACIÓN DE VISADOS
GUÍA DEL ESTUDIANTE
9.4 TRAMITACIÓN EN ESPAÑA DE LA TARJETA DE ESTUDIANTE Dentro de los primeros 30 días deben presentarse ante la Delegación de Gobierno para pedir cita y tramitar su tarjeta o ponerse en contacto con el servicio que ofrece el departamento de Relaciones Exteriores junto con la UPC. La duración de este permiso es igual a la del curso para el que esté matriculado.
billete aéreo o el del medio de transporte que utilizó para llegar a Barcelona.
Para realizar este trámite EAE ofrece el servicio de asesoramiento y ayuda a los estudiantes en cuanto a la primera parte de este trámite. Recomendamos a todos los estudiantes no europeos, que dentro del primer mes (contado a partir de que les pongan el sello de entrada en inmigración) se pongan inmediatamente en contacto con EAE para realizar este trámite.
Se gestiona de forma similar al que se realiza la primera vez que se solicita esta tarjeta, excepto que se debe presentar toda la documentación con al menos 45 días de antelación antes de su vencimiento y se debe poder justificar el aprovechamiento (notas o diploma que obtuvo) y el motivo por el que solicita su renovación (puede tratarse de la realización de cualquier curso cuya duración sea superior a 6 meses).
Requisitos: • Formulario de Solicitud de Autorización de Estancia por Estudios • Copia del pasaporte o documento válido para la entrada en España en vigor • Fotocopia de visado Schengen • Fotocopia del certificado de matrícula de EAE. Los mismos documentos se exigen a aquellos alumnos que vienen con su cónyuge e hijos). Nota:Para el trámite de la tarjeta de estancia por estudios, el alumno puede presentarse ante Relaciones Internacionales de EAE o si lo desea puede realizar el trámite directamente ante la Delegación del Gobierno, solicitando cita previa. Los documentos deben entregarse dentro del primer mes de la llegada del alumno a la U.E. Si por algún motivo a su llegada, no le estamparon el sello sobre el visado Schengen en su pasaporte, dispondrá el interesado de 72 horas para presentarse ante cualquier comisaría y pedir un certificado de su fecha de llegada, presentando su
56
www.policia.es/documentacion/no_comunitarios/identificacion.html Renovación de la tarjeta de residencia por estudios:
Para más información www.policia.es/documentacion/no_comunitarios/estancia.html Es importante dejar claro que el incumplimiento por parte del alumno de la normativa legal vigente en materia de inmigración y las leyes vigentes en España exime a EAE de cualquier responsabilidad de tipo económico, civil, penal, académico o de cualquier otra índole así como de las consecuencias que puedan derivarse.
Importante El único documento que acredita la “Estancia Legal del Estudiante en España”, más allá de los 90 días, es la “Tarjeta de Estudiante” emitida por el Gobierno Español a través de sus Delegaciones en las Comunidades Autónomas.
57