Code nº9 abril 2017

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La Junta deberá regular y controlar la publicidad sanitaria para garantizar su veracidad Aprobada una Proposición No de Ley en la que se insta a la Junta al control de la publicidad sanitaria Las Cortes de Castilla y León aprobaron una Proposición no de Ley (PNL), presentada por el Grupo Parlamentario Popular, en la que se insta a la Junta de Castilla y León a desarrollar las medidas legales necesarias para implantar una regulación y control de la publicidad de las actividades y servicios sanitarios. La PNL aprobada con los votos favorables del PP, Podemos y el Grupo Mixto así como la abstención de PSOE y Ciudadanos, llega tras el ruego continuado de los diferentes Colegios Profesionales del ámbito sanitario de Castilla y León, en especial el Colegio de Dentistas de la VIII Región, tras las innumerables denuncias y casos de publicidad poco veraz registradas en los últimos años. De este modo, el Colegio de Dentistas de la VIII Región, muestra su satisfacción por la aprobación de esta PNL. Si bien es cierto, que aún tratándose de un primer paso muy importante, considera que se tratan de una medida insuficiente y seguirá trabajando en la dirección adecuada para que la publicidad y la información prestada a los pacientes sea lo más clara y concisa posible. La presidenta de las Cortes de Castilla y León, Silvia Clemente Municio, dio la palabra a los grupos parlamentarios: LA SEÑORA MAROTO DEL OLMO (PP): Gracias, presidenta. Bueno, traemos a debatir al Pleno de las Cortes una proposición no de ley que tiene como origen las reuniones mantenidas con los cole­gios... o el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Castilla y León, que han manifestado su preocupación por las numerosas quejas y reclamaciones de diferentes usuarios de servicios sanitarios relacionados con esta rama de la sanidad, y que están sinceramente preocupados porque el número de quejas aumenta progresivamente; quejas que también se hacen extensivas a otros profesionales, puesto que también los usuarios de cirugía plástica reparadora, fisioterapia, podología, óptica, optometría, etcétera, manifiestan también en sus colegios de...profesionales quejas por un mal uso o una publicidad que les ha resultado engañosa. Cada vez es más frecuente encontrarse con anuncios publicitarios en los que se ven cosas pues como “garantía de embarazo o te devolvemos el 100 % del importe” u otras cosas como “¿le gustaría mejorar su diabetes en treinta días o menos?’’. Y en otras ocasiones, además, incluso se ofrecen regalos, regalos como teléfonos inteligentes por un tratamiento de implantología dental, o un viaje a un parque temático por un tratamiento de ortodoncia en menores o incluso un masaje a cambio de ponerse una férula de descarga. Estas ofertas, además, llevan implícito lo que podría ser un delito de intrusismo, intrusismo que, como he manifestado en...con compañeros de nuestro grupo, pues nos preocupa a todos bastante, especialmente cuando se trata de profesionales de cirugía, rehabilitación, donde son numerosos los casos de intrusismo en el mundo de los fisioterapeutas, los podólogos, ya que no

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es lo mismo un tratamiento quirúrgico que un raspado superficial en los pacientes. La publicidad engañosa no solamente puede llegar a ser un delito, sino que claramente es un fraude, porque en ella pues se ofrecen resultados o se aseguran resultados que es imposible asegurar a priori, o los precios finales no son los que se ponen en esos anuncios. Y, sobre todo, un problema mayúsculo es que se está comerciando con actos sanitarios, haciendo que los usuarios sean partícipes de una situación en la que, además, se ponen en manos de gente que, en ocasiones, desgraciadamente, no tienen la cualificación profesional para llevar a cabo estos actos sanitarios. Los medios de comunicación, ahora mismo digitales, hacen que la publicidad circule con demasiada facilidad, con lo cual, se está tratando la salud ya no como un derecho sino como un bien de consumo, algo que es bastante peligroso y que debemos proteger. Debemos proteger la salud, y la protección de la salud no es igual que la protección de otros bienes de consumo, y de ahí que la tutela de los poderes públicos en la publicidad sanitaria consideramos que es imprescindible. Debemos tratar de reducir las reclamaciones, que es cierto que en las clínicas tradicionales están reduciéndose, pero que están aumentando de manera exponencial en las clínicas franquiciadas. Y, por tanto, para evitar que sigan aumentando estas reclamaciones, debemos proteger y controlar la publicidad sanitaria. Se debe controlar también la publicidad sanitaria porque los ciudadanos que tienen una enfermedad son especialmente vulnerables, en ellos es fácil generar expectativas demasiado altas. Y se someten a actos que a veces... actos sanitarios que a veces son innecesarios, que a veces son excesivos, inapropiados, y que, en ocasiones, generan daños irreparables. Con lo

cual, estos tratamientos, que se ha constatado que en algunos casos son sobre tratamientos e innecesarios, es imprescindible evitarlos. Y, además, es imprescindible contar con el asesoramiento de profesionales sanitarios para gestionar bien el control de esta publicidad, puesto que cada vez aparecen nuevas técnicas, nuevos productos, nuevos servicios sanitarios, que hacen que los responsables de las Administraciones públicas encargados de controlar la publicidad se vean a veces sobrepasados y no puedan valorar si son criterios de veracidad los que hay en esos anuncios publicitarios o no lo son, porque la publicidad sanitaria debe ser ante todo publicidad fiable, debe mantener criterios éticos, y en ella lo que debe primar es la información, una información veraz, una información basada en conocimientos científicos, nada de publicidad con promesas, regalos y falsas expectativas. Existe normativa a nivel nacional, un Real Decreto, el 1907/1996, donde se establece que deben ser las autoridades sanitarias las que controlen y regulen la publicidad, siempre en colaboración con los colegios profesionales también, que podrán participar en ese control. Y también existe legislación en Comunidades Autónomas. La primera en legislar a nivel comunitario fue el País Vasco, y fue seguida por otras como Navarra, Asturias, Galicia, Murcia o Aragón. O sea, que se cuenta en otras Comunidades con normativa específica para controlar este tipo de publicidad. Incluso existe jurisprudencia en la Unión Europea. Por todo ello, es importante contar con una base legal, que regule la publicidad de una manera más estricta, que lo haga diferente a otros bienes de consumo, para proteger la salud. Con ese fin, con ese objetivo común de proteger la salud y proteger a los usuarios, nosotros hemos planteado esta propuesta de resolución, que no leo por-


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